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Pregunta El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta par 1) Respecto de la insolvencia como presupuesto objetivo del concu 2a) En la Ley concursal la insolvencia se define como: 3a) Un acreedor que haya adquirido el crédito después de vencido 4a) La prueba sobre el incumplimiento de las obligaciones tributa 5a) Se llama concurso necesario: a. - Al solicitado por los acreedores 6a) La administración concursal: 7a) La suspensión del concursado en el ejercicio de sus facultade 8a) En caso de declaración de concurso de una persona jurídica: 9a) Sobre la apertura de la fase de liquidación cabe decir que: 10a) Como consecuencia de la declaración de concurso: 11a) Serán rescindibles los actos realizados por el deudor concur 12a) El derecho a la prestación que pudiera resultar a favor de c 13 a) Los créditos por salarios por los últimos treinta días de t 14a) No quedan vinculados por el convenio: 15 a) Los créditos derivados de la responsabilidad civil extracon 16a) Carecen de derecho de voto para aprobar el convenio: a. - Los acreedores privilegiados 17a) Con carácter general, una propuesta de convenio se entenderá 18a) Deberá abrirse de oficio por el juez la fase de liquidación: 19a) Dentro de la fase de liquidación, el pago de los créditos co 20a) El empresario de la navegación aérea: 21a) La limitación de responsabilidad en el ámbito de la navegaci 22a) La llamada acción de abandono como forma de liquidar el sini 23a) Cuando un sujeto que es deudor por virtud de una relación ju 24a) Se dice que el título-valor es un documento necesario para e 25a) Frente al poseedor de un título-valor, el deudor: 26a) En nuestro derecho se consideran como títulos de tradición: 27a) Las acciones de una sociedad anónima: a. - Son títulos-valores perfectos o completos 28a) El Cheque: a. - Es una orden de pago a la vista 29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento 30a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, la C 31a) En el mismo supuesto de las dos preguntas anteriores, si la 32a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento 33 a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, si la Caja de 34a) En el mismo supuesto de las dos preguntas anteriores, en el 35a) En el mismo supuesto de las tres preguntas anteriores, en el Ia) La Ley Concursal se aplica: a.- A todo tipo de deudores, empr 2a) La finalidad principal del concurso de acreedores es: 3a) Si la solicitud de concurso la presenta el deudor: 4a) Si la solicitud de concurso la presenta un acreedor: 5a) El concurso voluntario de la Sociedad Anónima puede solicitar 6a) En caso de concurso necesario, los créditos del acreedor que

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Page 1: Mercantil II 2º Parcial en Excel

Pregunta

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Armería el Montés, S.A", cuyo administrador único es D. Luís Abril, vendió diversos artículos de caza a D. Juan Gómez por un importe de 12.000 euros. Para el pago aplazado del precio, "Armería el Montés, SA." emitió una letra de cambio el día 26 de febrero del presente año, que el Sr. Gómez aceptó ese mismo día y con vencimiento a 90 días vista. El pago se domicilió en el Banco Aragonés, sucursal 1, de Huesca. "Armería el Montés, S.A." quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de los Pirineos, pero esta entidad exigió un avalista. Por ello "Armería el Montés, S.A." consiguió que D. Pedro Ruiz avalara la letra poniendo en el anverso, en el lugar reservado a "cláusulas", la expresión "por aval" y su firma. "Armería el Montés, S.A." entregó la letra así avalada a la Caja de Ahorros de los Pirineos poniéndola como tomadora de la misma. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

1) Respecto de la insolvencia como presupuesto objetivo del concurso cabe decir que: a. - El deudor que solicita el concurso no tiene que probarla 2a) En la Ley concursal la insolvencia se define como: a. - Situación de desbalance 3a) Un acreedor que haya adquirido el crédito después de vencido no está legitimado en cuanto titular del mismo para solicitar el concurso del deudor: a. - Siempre que lo haya adquirido por actos ínter vivos 4a) La prueba sobre el incumplimiento de las obligaciones tributarias de los tres últimos meses: a. - Es determinante del estado de insolvencia 5a) Se llama concurso necesario: a. - Al solicitado por los acreedores 6a) La administración concursal: a. - Actúa solo en la fase común de tramitación y en la de convenio 7a) La suspensión del concursado en el ejercicio de sus facultades de administración y disposición de los bienes integrantes de la masa activa: a. - Es un efecto imprescindible de todos los supuestos de concurso necesario 8a) En caso de declaración de concurso de una persona jurídica: a. - Esta mantiene su misma estructura orgánica, aunque con alteraciones en su funcionamiento 9a) Sobre la apertura de la fase de liquidación cabe decir que: a. - Debe esperar, en todo caso, a que finalice la llamada fase común de tramitación del concurso 10a) Como consecuencia de la declaración de concurso: a. - Todos los créditos se computaran en dinero y se expresaran en moneda de curso legal 11a) Serán rescindibles los actos realizados por el deudor concursado dentro de los dos años anteriores a la fecha de declaración de concurso: a. - Sólo si son perjudiciales para la masa activa 12a) El derecho a la prestación que pudiera resultar a favor de cualquiera de los demandados como consecuencia de la rescisión: a. - Tendrá la consideración de crédito contra la masa, salvo caso de mala fe 13 a) Los créditos por salarios por los últimos treinta días de trabajo anteriores a la declaración de concurso y en cuantía que no supone el doble del salario mínimo interprofesional se consideran: a. - Créditos contra la masa 14a) No quedan vinculados por el convenio: a. - Los créditos contra la masa 15 a) Los créditos derivados de la responsabilidad civil extracontractual del concursado: a. - Son créditos contra la masa si se producen con posterioridad a la declaración del concurso 16a) Carecen de derecho de voto para aprobar el convenio: a. - Los acreedores privilegiados 17a) Con carácter general, una propuesta de convenio se entenderá aceptada: a. - Cuando vote a favor, al menos, la mitad del pasivo ordinario del concurso 18a) Deberá abrirse de oficio por el juez la fase de liquidación: a.- Siempre que fracase la solución normal del convenio, sea cual sea la causa del fracaso 19a) Dentro de la fase de liquidación, el pago de los créditos con privilegio especial con cargo a los bienes y derechos afectos: a. - Será preferente sobre los demás créditos concúrsales 20a) El empresario de la navegación aérea: a. - Puede ser una persona física o individual 21a) La limitación de responsabilidad en el ámbito de la navegación marítima se prevé a favor de: a. - El naviero, sea o no propietario del buque 22a) La llamada acción de abandono como forma de liquidar el siniestro en el seguro marítimo se caracteriza porque: a. - Se prevé sólo para determinados supuestos 23a) Cuando un sujeto que es deudor por virtud de una relación jurídica previa suscribe un título-valor entregándoselo a su acreedor, el efecto que se produce es el siguiente: a. - Se crea una obligación nueva que extingue la anterior 24a) Se dice que el título-valor es un documento necesario para ejercitar un derecho incorporado al mismo porque: a. - Es el único documento probatorio de la existencia del derecho 25a) Frente al poseedor de un título-valor, el deudor: a. - Sólo está obligado a pagar si el tenedor del documento prueba además que él es el verdadero titular legítimo del mismo 26a) En nuestro derecho se consideran como títulos de tradición: a. - La carta de porte y el conocimiento de embarque 27a) Las acciones de una sociedad anónima: a. - Son títulos-valores perfectos o completos 28a) El Cheque: a. - Es una orden de pago a la vista 29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que había sido denegado el pago, la Caja de Ahorros de los Pirineos tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Al Banco Aragonés 30a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, la Caja de Ahorros de los Pirineos tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A "Armería el Montés, S.A" y a Pedro Ruiz 31a) En el mismo supuesto de las dos preguntas anteriores, si la Caja de Ahorros de los Pirineos dirigiera su acción cambiaría contra Pedro Ruiz, éste: a. - Tendría que pagar 32a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada, no se protestara, pero la entidad domiciliataria hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, la Caja de Ahorros de los Pirineos: a. - Tendría acción cambiaría para exigir el pago indistintamente contra Pedro Ruiz y Banco Aragonés 33 a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, si la Caja de Ahorros de los Pirineos dirigiera su acción cambiaría: a. - Contra Pedro Ruiz, éste podría negarse a pagar alegando que primero habría que reclamar el pago a Juan Gómez y a "Armería el Montés, S.A." 34a) En el mismo supuesto de las dos preguntas anteriores, en el caso de que la letra hubiera sido pagada por Pedro Ruiz, éste tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A "Armería el Montés, S.A." 35a) En el mismo supuesto de las tres preguntas anteriores, en el caso de que la letra hubiera sido pagada por "Armería el Montés, S.A.", esta entidad tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A Pedro Ruiz Ia) La Ley Concursal se aplica: a.- A todo tipo de deudores, empresarios y no empresariosb.- Unicamente a los empresarios, individuales y sociales2a) La finalidad principal del concurso de acreedores es:a.- Fomentar la conservación de la empresa y de los puestos de trabajo3a) Si la solicitud de concurso la presenta el deudor:a.- Deberá justificar su endeudamiento y su estado de insolvencia, que podrá ser actual o inminente4a) Si la solicitud de concurso la presenta un acreedor:a.- Unicamente podrá fundarla en la existencia de un sobreseimiento general en el pago comente de las obligaciones del deudor5a) El concurso voluntario de la Sociedad Anónima puede solicitarlo:a.- Cualquier socio6a) En caso de concurso necesario, los créditos del acreedor que lo haya instado que no tengan el carácter de subordinados:a.- Se consideran créditos contra la masa7a) El deudor que conoce su estado de insolvencia:a.- Puede solicitar su propio concurso, pero la Ley no le impone el deber de hacerlo8a) Cuando la solicitud de concurso haya sido presentada por un acreedor:a.- El deudor podrá oponerse a la misma basándose en la inexistencia del hecho en que se fundamenta la solicitud o en que, aun existiendo, no se encuentra en estado de insolvencia9a) La declaración de concurso:a.- Inhabilita al concursado para administrar sus propios bienes

Page 2: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Rocío Rubio, de 17 años, estudiante, compró un equipo de música pagando una parte del precio en efectivo y aceptando una letra de cambio para el pago de 600 euros de la parte aplazada del precio. La letra de cambio fue emitida el 2 de marzo de este año por "Discocenter, S.L.", cuyo administrador único es D. Rodrigo Alvarez. La letra se emitió a tres meses desde la fecha de emisión, domiciliándose el pago en la Caja de Ahorros de Sevilla, Oficina Principal. La aceptación se firmó en el momento mismo de la emisión y simultáneamente firmo la letra como avalista de Rocío Rubio, un amigo suyo, José Tomé, que es el administrador único de "Motos Tomé, S.L.". El aval lo firmó como administrador de la sociedad. "Discocenter, S.L." entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Electrónica 2000, S.L." en pago de unos suministros. El administrador único de esta sociedad es D. Angel García. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las siguientes preguntas

10a) La sentencia firme de concurso culpable:a.- Inhabilita al concursado para administrar sus propios bienes11a) La resolución judicial de apertura de la fase de liquidación:a.- Produce la inhabilitación del concursado12a) La declaración de concurso de una persona jurídica:a.- Produce su extinción13a) El concurso de una sociedad comanditaria:a.- Conlleva el concurso de todos sus socios14a) Declarado el concurso, los acreedores con garantía real:a.- Pueden iniciar o continuar la ejecución forzosa de la garantía cuando ésta recaiga sobre bienes no afectos al ejercicio de la actividad profesional o empresarial15a) La legitimación activa para el ejercicio de las acciones rescisorias:a.- Se atribuye sólo a la administración concursal16a) Los créditos subordinados:a.- Son créditos sometidos a condición resolutoria17a) El convenio:a.- Puede ser propuesto por cualquier acreedor, aun cuando el deudor hubiera optado por la liquidación al solicitar la declaración de concurso voluntario18a) La formación de la sección de calificación del concurso:a.- Tiene carácter necesario y ha de realizarse siempre, cualquiera que sea la solución que se alcance en el concurso19a) Están legitimados para formular oposición a la aprobación judicial del convenio:a.- La administración concursal20a) Jurídicamente es empresario marítimo:a.- El propietario del buque21a) En relación con el abandono del buque a los acreedores como sistema de limitación de responsabilidad cabe afirmar que:a.- Sólo puede abandonar el buque a los acreedores el que ostente la propiedad del mismo22a) La estadía es:a.- El tiempo convenido para la duración de un contrato de fletamento por viaje23 a) El principio de universalidad del riesgo en el seguro marítimo significa:a.- Que no se admiten cláusulas convencionales de exclusión de riesgos24a) Según la Ley Cambiaría, el firmante de un pagaré se obliga de igual modo que:a.- El librado de un cheque25a) En el cheque, el librado:a.- Ha de ser necesariamente un Banco o entidad de crédito26a) En el lugar de la cambial en que se ha de hacer constar la aceptación, debe figurar:27a) En el lugar de la cambial en que se ha de hacer constar la firma y el nombre del librador, debe figurar:a.- La firma autógrafa de Rocío Rubio28a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago de la misma, “Electrónica 2000, S.L.” tendría acción cambiaría para exigir el pago:a.- A José Tomé29a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, “Electrónica 2000, S.L.” tendría acción cambiaría para exigirle el pago:a.- A “Discocenter, S.L.”30a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 28, “Electrónica 2000, S.L.” podría dirigir una acción cambiaría para exigir el pago:a.- Indistintamente contra José Tomé y “Discocenter, S.L.”31a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 28, si “Electrónica 2000, S.L.” dirigiera una acción cambiaría contra Rocío Rubio, ésta:a.- Tendría que pagar32a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 28, si “Electrónica 2000, S.L.” dirigiera una acción cambiaría contra el avalista de Rocío Rubio, éste:a.- Tendría que pagar33a) Si la letra fúera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fúera pagada y no se levantara protesto, ni se hiciera constar por la entidad domiciliataria en la propia letra que se había denegado el pago, “Electrónica 2000, S.L.” tendía acción cambiaría para exigir el pago:a.- A “Discocenter, S.L.”34a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, “Electrónica 2000, S.L.” tendría acción cambiaría para exigir el pago:a.- A “Motos Tomé, S.L.”35a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 33, si “Electrónica 2000, S.L.” dirigiera una acción cambiaría contra “Motos Tomé, S.L.”, esta sociedad:a.- Tendría que pagar1a) Puede ser declarada en concurso:A. La herencia no aceptada pura y simplemente2a) Pueden ser declarados en concurso:A. Los entes de derecho público3a) En caso de insolvencia, las entidades de crédito:A. Se someten íntegramente a la legislación concursal general4a) Si la solicitud de concurso de acreedores la presenta el propio deudor, la ley precisa el alcance del presupuesto objetivo del concurso estableciendo expresamente que:A. El deudor debe justificar no sólo su estado de insolvencia, sino también su endeudamiento5a) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta un acreedor:A. Puede fundarla en la existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera general al patrimonio del deudor6a) Admitida a trámite la solicitud de concurso necesario, el deudor puede impedir la declaración de concurso:A. Unicamente probando la inexistencia del hecho en que se fundamenta la solicitud7a) Están legitimados para la solicitud de concurso:A. Cualquier acreedor, sin ningún tipo de excepción8a) Si el deudor es una sociedad anónima, el órgano competente para decidir sobre la solicitud de concurso voluntario es:A. La Junta General9a) El auto de declaración de concurso:A. Abre la fase común de tramitación del concurso10a) Los administradores concúrsales:A. Son nombrados por el juez, que es también quien determina sus facultades11a) La declaración de concurso necesario conlleva, como regla general:A. La disolución de la persona jurídica concursada12a) La resolución judicial de apertura de la fase de liquidación conlleva necesariamente:A. La inhabilitación del concursado o de sus administradores o liquidadores13 a) Los actos realizados por el concursado en contravención de las limitaciones de sus facultades patrimoniales derivadas del concurso:A. Son radicalmente nulos14a) Declarado el concurso, los acreedores ordinarios:A. Pueden continuar las ejecuciones civiles ya iniciadas, siempre que recaigan sobre bienes no afectos al ejercicio de la actividad empresarial del concursado15a) Declarado el concurso, los acreedores con garantía real:A. Pueden iniciar o continuar la ejecución o realización forzosa de la garantía cuando ésta recaiga sobre bienes no afectos al ejercicio de la actividad profesional o empresarial del concursado16a) Declarado el concurso son rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor:A. Dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración17a) La legitimación para el ejercicio de las acciones rescisorias corresponde:A. A cualquier acreedor o tercero interesado18a) Los créditos incluidos en la lista de acreedores se clasifican, a efectos del concurso en:A. Privilegiados y ordinarios19a) Los créditos que, como consecuencia de una acción de reintegración de la masa, resulten a favor de quien haya sido declarado parte de mala fe en el acto impugnado:A. Quedan excluidos de la masa pasiva del concurso

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas Instalaciones: Alfa, S.L., cuyo administrador único es D. Pedro Jiménez, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 13 de mayo del presente año, poniendo como tomador a Transportes El Rápido, S. A., cuyo director general es D. Manuel López. La letra se libró contra Cafetería La Luz, S.L., cuya administradora única es Da Ana Villa. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y su pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Luz, S.L en la Caja Asturias, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de junio a Mecánica Abril, S.L., cuyo administrador único es D. José Pérez. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Construcciones Ruiz, S.L., cuyo director-gerente es D. José Torres, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 14 de febrero del presente año, poniendo como tomador, para pagar una deuda por sus servicios, a "Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A., cuyo administrador único es D. Luís García. La letra se libró contra Cafetería La Estrella, S.L., cuyo director-general es D. Javier Muro, entidad frente a la que Construcciones Ruiz, S.L. tenía un crédito por trabajos de reformas realizados en su establecimiento. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y el pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Estrella, S.L., en la Caja del Duero, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el 25 de marzo a Ferretería El Clavo, S.A., cuya administradora única es Da Marta Clavo, para el pago de herramientas y otros productos suministrados al endosante. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

20a) En caso de convenio, la sección de calificación del concurso se forma necesariamente:A. Cualquiera que sea el contenido del convenio21a) El naviero puede limitar la responsabilidad por el sistema de suma fija, calculada en función del tonelaje del buque:A. Cuando se aplica el sistema de abandono regulado en el Código de Comercio22a) El buque:A. Es una cosa mueble, aunque susceptible de hipoteca23a) La venta forzosa del buque se presenta en dos supuestos regulados legalmente:a.- Por abandono del buque a los acreedores y por abandono del buque a los aseguradores24a) En el seguro marítimo, cuando se habla del principio de universalidad del riesgo, lo que se quiere indicar es:A. Que no son válidas las cláusulas contractuales de exclusión de riesgos25a) En el seguro marítimo, la liquidación del siniestro:A. Se produce siempre mediante la acción de abandono26a) Las tarjetas de crédito:A. Son títulos-valores impropios27a) Si en un cheque la suma a pagar escrita en letra no coincide con la escrita en números:A. El cheque carece de valor28a) Un cheque emitido a favor de persona determinada:A. Unicamente puede cobrarse por la persona designada29a) En el lugar de la letra reservada para hacer constar el vencimiento debe figurar:A. A tres meses30a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domicilataria tampoco hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago, Mecánica Abril, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:A. Indistintamente a D. Pedro Jiménez y a Transportes El Rápido, S.A.31a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, Mecánica Abril, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:A. A Transportes El Rápido, S.A32a) En el mismo supuesto de la pregunta 30, Mecánica Abril, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:A. A Instalaciones Alfa, S.L.33a) Si Transportes El Rápido, S.A. hubiera pagado la letra, sin que ésta hubiera sido protestada ni la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la letra que se denegaba el pago, Trasportes El Rápido, S.A.:A. Tendría acción cambiaría contra Instalaciones Alfa, S.L para recobrar el importe pagado34a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, sí que fuera protestada y la entidad domiciliataria no hubiera hecho constar en la propia letra que se había denegado el pago, Mecánica Abril, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:A. Indistintamente a Transporte El Rápido, S.A. y a Instalaciones Alfa, S.L.35a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, Mecánica Abril, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:A. A Caja Asturias1a) La solicitud de declaración de concurso debe fundarse necesariamente en el estado de insolvencia del deudor: A. Si la solicita el propio deudor 2a) La limitación de las facultades patrimoniales del concursado: A. Constituye una incapacitación del deudor 3a) Los actos realizados por el deudor concursado en contravención de las limitaciones patrimoniales: A. Son nulos de pleno derecho 4a) Los créditos subordinados: A. No se consideran créditos concúrsales 5a) Se llama concurso necesario: A. El que se declara a solicitud de un acreedor o de cualquier legitimado 6a) El derecho de retribución de los administradores concúrsales: A. Es un crédito privilegiado con privilegio general 7a) La responsabilidad de los administradores concúrsales funciona de manera que: A. Se prevé la responsabilidad solidaria de los administradores que actúen colegiadamente sin que quepa ningún tipo de exoneración 8a) Existe un derecho de separación de la masa activa del concurso de: A. Los bienes afectos a una garantía real 9a) Efectos de la declaración del concurso sobre los créditos son: A. El vencimiento anticipado de los créditos y la suspensión del devengo de intereses 10a) Declarado el concurso los contratos bilaterales pendientes de ejecución: A. Se resuelven automáticamente 11a) La venta realizada por un comerciante concursado en el ejercicio normal de su tráfico: A. Será rescindible en todo si se realizó en los dos años anteriores a la declaración del concurso 12a) Los llamados créditos contra la masa: A. Son créditos contingentes 13a) La formación de la sección de calificación: A. No tiene carácter necesario en el concurso 14a) La propuesta anticipada de convenio: A. Ha de ir acompañada de adhesiones de acreedores cuyos créditos superen la quinta parte del pasivo presentado por el deudor 15a) El contenido del convenio: A. Queda sometido a normas imperativas 16a) El concursado quedará obligado por el convenio aprobado por la junta: A. Sólo si es él quien ha formulado la propuesta de convenio, o si presentada por los acreedores da su conformidad a ella 17a) Son causas de conclusión del concurso: A. La aprobación del convenio por el juez 18a) Como efectos de la declaración del concurso sobre las personas jurídicas cabe señalar: A. La posibilidad de que el juez del concurso ordene el embargo de bienes y derechos de los administradores de hecho o de derecho de la sociedad concursada19a) La apertura de la fase de liquidación: A. Debe esperar siempre a la finalización de la fase común de tramitación del concurso 20a) Sobre el contrato de construcción de buques cabe decir que: A. El Código de Comercio lo califica como un contrato formal que requiere para su validez escritura pública 21a) En la limitación de responsabilidad del naviero por abandono, el abandono del buque a los acreedores: A. Es un acto traslativo de la propiedad 22a) En el fletamento por tiempo la obligación principal del fletante consiste en: A. La actividad de navegar durante el tiempo pactado, siguiendo las instrucciones del fletador 23a) Se dice que el título-valor es un documento necesario para ejercitar un derecho incorporado al mismo porque: A. Tiene valor constitutivo del derecho 24a) La entrega de una letra de cambio para satisfacer el precio de una compraventa: A. Produce los efectos del pago 25a) Las acciones de una sociedad anónima representada por títulos son: A. Títulos emitidos en serie 26a) El firmante de un pagaré cambiario: A. Queda obligado al pago del mismo desde el momento de la emisión sin necesidad de una nueva declaración 27a) El cheque posdatado: A. La Ley lo declara nulo 28a) El tenedor de un cheque no pagado dispone de acciones de regreso frente: A. Al librador y librado

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Instalaciones Eléctricas, S.L., cuyo administrador único es D. Manuel Silva, emitió el 10 de febrero del presente año una letra de cambio a cargo de D. Javier Cruces. El Sr. Cruces aceptó la letra en el mismo momento de la emisión, por amistad con el Sr. Silva, que se había comprometido a poner a disposición del Sr. Cruces el importe de la letra, antes del vencimiento, para que pudiera pagarla. El importe de la letra era de 60.000 euros, su vencimiento a tres meses fecha e incluía la cláusula "sin gastos". El pago de la letra se domicilió en la Oficina Principal de Caja España en León. La letra fue entregada, poniéndola como tomadora a Reformas Interiores, S.L. en pago de unos trabajos. La administradora única de esta sociedad es Da Ángela Luna. Por exigencias del tomador, D. Luís Gil avaló la letra, indicando que avalaba a D. Javier Cruces. Reformas Interiores, S.L endosó la letra el 10 de abril a Pinturas Murales, S.A, cuyo consejero-delegado es D. Alfonso Álvarez. Con estos antecedentes deben contestarse las preguntas siguientes

29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago, Ferretería El Clavo, S.A tendría acción cambiaría para exigir el pago: A. Indistintamente a D. José Torres y a Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A 30a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, Ferretería El Clavo, S.A. tendría acción cambiaría para exigir el pago: A. A Construcciones Ruiz, S.L. 31a) En el mismo supuesto de la pregunta 29, Ferretería El Clavo, S.A. tendría acción cambiaría para exigir el pago: A. A Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A. 32a) Si Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A. hubiera pagado la letra, sin que ésta hubiera sido protestada ni la entidad domiciliataria hubiese hecho constar en la letra que se denegaba el pago, Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A.: A. Tendría acción cambiaría contra Construcciones Ruiz S.L. para recobrar el importe pagado 33a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, sín que fuera protestada y la entidad domiciliataria no hubiera hecho constar en la propia letra que se había denegado el pago, Ferretería El Clavo, S.A. tendría acción cambiaría para exigir el pago: A. Indistintamente a Instalaciones Eléctricas Pardo S.A. y a Construcciones Ruiz S.L. 34a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, Ferretería El Clavo, S.A. tendría acción cambiaría para exigir el pago: A. A Caja del Duero 35a) En el mismo supuesto de la pregunta 33, Ferretería El Clavo, S.A. tendría acción cambiaría para exigir el pago: A. Indistintamente a D. José Torres y a D. Luís García 1a) La competencia para conocer del concurso se atribuye: A. A los Juzgados de Ia Instancia 2a) Una de las especialidades que presenta el concurso abreviado consiste en que: A. La administración concursal es unipersonal 3a) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta un acreedor, puede fundamentarla en el hecho de que: A. El deudor ha sobreseído en el pago corriente de sus obligaciones 4a) Para solicitar la declaración de concurso de una sociedad anónima están legitimados: A. Los socios, el órgano de administración y los auditores de cuentas 5a) El incumplimiento del deber de solicitar concurso que la Ley impone al deudor cuando concurren determinadas circunstancias, tiene como consecuencia: A. Únicamente la prohibición de celebrar convenio 6a) Admitida a trámite la solicitud de concurso presentada por un acreedor: A. El deudor sólo podrá oponerse a la misma alegando defectos de tramitación 7a) Los administradores concúrsales son nombrados: A. Por el concursado 8a) Como regla general y salvo que el juez decida otra cosa, como consecuencia de la declaración del concurso: A. El concursado queda suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de la masa activa, si el concurso es necesario; y queda sometido a intervención, si el concurso es voluntario 9a) Los actos realizados por el deudor en contravención de la limitación patrimonial que origine su declaración en concurso: A. Son radicalmente nulos 10a) Desde la declaración del concurso: A. Queda suspendido el devengo de los intereses de todos los créditos contra el concursado 11a) El vencimiento anticipado de los créditos contra el concursado: A. Se produce como consecuencia de la declaración del concurso 12a) Los créditos sometidos a condición resolutoria: A. Reciben el mismo tratamiento que los créditos sometidos a condición suspensiva 13a) El reconocimiento de un crédito contra el concursado como "crédito contingente sin cuantía propia" implica: A. La admisión de su titular como acreedor en el concurso, pero con los derechos concúrsales de adhesión, de voto y de cobro en suspenso 14a) Como regla general, la declaración de concurso: A. Implica la extinción de los contratos con obligaciones recíprocas en los que ninguna de las partes hubiese cumplido su prestación 15a) Para el ejercicio de las acciones rescisorias están legitimados: A. La administración concursal y, de forma subsidiaria, los acreedores que previamente hayan solicitado por escrito a la administración concursal el ejercicio de la acción 16a) Los créditos garantizados con hipoteca: A. Son créditos contra la masa17a) Los créditos subordinados: A. Disfrutan de peor condición que los restantes créditos concúrsales 18a) La propuesta anticipada de convenio puede presentarla: A. Únicamente el propio concursado 19a) El Código de Comercio establece que: A. La responsabilidad civil del naviero está siempre limitada al valor del buque 20a) El embargo preventivo del buque: A. Consiste en su inmovilización o detención física21a) De acuerdo con la Ley de Navegación Aérea, la responsabilidad del porteador aéreo: A. Es objetiva, porque el porteador no responde por culpa o negligencia, sino por el hecho objetivo del daño 22a) El seguro de flete: A. Cubre el riesgo de pérdida del derecho del porteador a cobrar el precio convenido 23a) Según la Ley Cambiaría es requisito esencial del cheque: A. La fecha de vencimiento 24a) El cheque confirmado: A. Lleva, además de la firma del librador, la del banco librado 25a) El cheque: A. No puede ser transmitido por endoso 26a) Si al avalar una letra de cambio no se indica quien es el avalado: A. El aval se reputa nulo 27a) El pagaré cambiario cumple una función económica: A. Idéntica a la de una letra girada al propio cargo 28a) La Ley Cambiaría establece que el firmante de un pagaré queda obligado: A. De igual manera que el librador de una letra de cambio 29a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indiciado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria hiciera constar en la propia letra que deniega el pago de la misma, Pinturas Murales, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago: A. A Caja España 30a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, Pinturas Murales, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago: A. Indistintamente a Instalaciones Eléctricas, S.L. y a D. Manuel Silva 31a) En el mismo supuesto de la pregunta 29, si Pinturas Murales, S.L. dirigiera una acción cambiaría contra D. Luís Gil, éste: A. Podría negarse a pagar alegando que sólo tendría que abonar la cambial si D. Javier Cruces fuera insolvente 32a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, y no se levantara protesto, ni se hiciera constar en la propia letra por la entidad domiciliataria que se deniega el pago, Pinturas Murales, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago: A. A Reformas Interiores, S.L. 33a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, Pinturas Murales, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago: A. Indistintamente a D. Luís Gil y D. Manuel Silva 34a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 32, si Pinturas Murales, S.L. dirigiera una acción cambiaría contra D. Javier Cruces, éste: A. Podría negarse a pagar alegando que no está obligado al pago por no haber recibido de Instalaciones Eléctricas, S.L. la provisión de fondos prometida para hacer frente a la cambial 35a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 32, si Pinturas Murales, S.L. dirigiera una acción cambiaría contra Reformas Interiores, S.L., ésta: A. Tendría que pagar 1a) La conversión de los créditos en dinero se produce: a.- Como consecuencia de la declaración del concurso 2a) En la liquidación, el pago de los créditos con privilegio especial se hace de la forma siguiente: a.- En caso de concurrencia de privilegios sobre un mismo bien se aplica el principio de prioridad temporal 3a) En relación con el convenio el juez podrá autorizar quitas superiores al cincuenta por ciento de cada uno de los créditos ordinarios y esperas de los créditos ordinarios de más de cinco años: a.- Cuando lo apoye la administración concursal

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4a) Las operaciones ordinarias del tráfico a que se dedique el deudor concursado: a.- No son en ningún caso rescindibles si se realizaran en condiciones normales 5a) Los acreedores del concursado: a.- Podrán solicitar, en todo caso, la anulación de los actos realizados por el concursado en contravención de sus limitaciones patrimoniales 6a) Los créditos que se concedan al concursado para financiar el plan de viabilidad: a.- Se satisfacen en los términos fijados en el convenio 7a) Los acreedores con garantía personal: a.- No ven, en ningún caso, afectada la garantía de su crédito por el convenio 8a) La propuesta de convenio: a.- No podrá ser condicionada en ningún caso 9a) Están legitimados para solicitar el concurso: a.- El deudor y cualquiera de sus acreedores sin limitación alguna 10a) El incumplimiento por parte del deudor del deber de solicitar la declaración del propio concurso determina que: a.- No puede realizar propuesta anticipada de convenio 11a) El deudor puede oponerse a la solicitud de concurso presentada por otro legitimado: a.- Sólo si alega que no se encuentra en estado de insolvencia 12a) En la práctica la acumulación de concursos ya declarados se admite: a.- En los casos en los que los concursados son personas especialmente relacionadas entre sí 13a) La limitación de las facultades patrimoniales del concursado se orienta a: a.- La intención de sancionar al concursado 14a) Los actos realizados por el deudor en contravención de sus limitaciones patrimoniales serán: a.- Nulos de pleno derecho 15a) La declaración de concurso de una persona jurídica: a.- Produce su extinción 16a) La propuesta anticipada de convenio: a.- Puede proceder del deudor o de los acreedores cuyos créditos superen la quinta parte del pasivo 17a) Carecen de derecho de voto para la aprobación del convenio: a.- Los acreedores que hayan adquirido su crédito por actos ínter vivos después de la declaración del concurso 18a) Son créditos contra la masa: a.- Los gastos de justicia y de administración 19a) El beneficio de la limitación de la responsabilidad del naviero ad valorem se caracteriza porque: a.- Es específico del abordaje 20a) El seguro de flete: a.- Cubre el riesgo de impago del flete por insolvencia del cargador 21a) La póliza de fletamento es el documento propio del: a.- Tráfico marítimo libre de mercancías (fletamento por tiempo o por viajea) 22a) La responsabilidad del porteador aéreo por daños personales en nuestro derecho interno se caracteriza porque: a.- Es objetiva e ilimitada 23a) Los privilegios de los acreedores marítimos se caracterizan porque: a.- Gozan de eficacia erga omnes al margen de su inscripción registral 24a) El deudor que sabe que no es legítima la posesión de quien se presenta como tenedor de un título-valor: a.- Debe pagarlo, a pesar de conocer dicha circunstancia 25a) La entrega de pagarés a la orden o letras de cambio produce los efectos del pago: a.- Desde el mismo momento de la entrega 26a) Se denominan títulos de tradición: a.- Los títulos transmisibles 27a) En las letras giradas a la propia orden: a.- Se elimina la posibilidad de endoso 28a) El librador de una letra de cambio: a.- Puede exonerarse de la garantía de la aceptación y del pago, mediante la fórmula “sin mi responsabilidad” 29a) El endosante de una letra de cambio: a.- Puede exonerarse de la garantía de la aceptación y del pago, mediante la fórmula “sin mi responsabilidad” 30a) Deben presentarse forzosamente a la aceptación: a.- Todas las letras de cambio 31a) Si una letra de cambio no aceptada fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, el tenedor tendría acción cambiaría para exigir el pago: a.- Al librado y al librador 32a) Si una letra de cambio aceptada fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, el tenedor tendría acción cambiaría para exigir el pago: a.- Al aceptante 33a) Si una letra de cambio no aceptada fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hiciera constar en la letra que se había denegado el pago, el tenedor tendría acción cambiaría para exigir el pago: a.- Al librado, al librador y a los endosantes 34a) Comparando el cheque y el pagaré, cabe afirmar que: a.- Se diferencian en que el cheque es siempre pagadero a la vista y el pagaré es pagadero en la fecha que se indique en el título 35a) Si un cheque presentado al cobro, no es pagado y no se levanta el protesto ni se realiza la declaración equivalente, el tenedor: a.- Podrá ejercitar la acción de regreso contra los endosantes, el librador y los demás obligados 1a) La insolvencia del deudor en la Ley Concursal se determina: a. - Sobre el hecho objetivo de su imposibilidad de cumplir 2a) La constitución por parte del deudor de garantías reales a favor de operaciones preexistentes dentro de los dos años anteriores a la fecha de declaración de concurso: a. - Se presumen perjudiciales y son impugnables sin posibilidad de prueba en contrario 3a) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta un acreedor: a. - Puede fundarla en la existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera general al patrimonio del deudor 4a) El incumplimiento por el deudor del deber de solicitar el concurso: a. - Determina la calificación del concurso como culpable, salvo prueba en contrario5a) La separación del cargo de cualquiera de los administradores concúrsales: a. - Sólo la puede decretar el juez de oficio 6a) La actividad profesional o empresarial del deudor: a. - Se interrumpe en caso de que el juez acuerde la suspensión del deudor 7a) Los actos realizados por el deudor en contravención de la limitación de sus facultades patrimoniales: a. - Son nulos de pleno derecho 8a) La declaración de concurso de una sociedad: a. - Determina su disolución 9a) Declarado el concurso, el acreedor por créditos con garantía real sobre bienes no afectos a la actividad profesional o empresarial del deudor: a. - Puede iniciar o continuar la ejecución separada de los créditos 10a) Declarado el concurso: a. - No procede la compensación de créditos en ningún caso 11a) Sobre la suspensión del devengo de intereses como efecto de la declaración del concurso cabe decir que: a. - Tiene carácter definitivo 12a) Los créditos sometidos a condición resolutoria son tratados en el concurso como: a. - Créditos puros no condicionados 13a) Son efectos de la declaración del concurso: a. - La paralización del devengo de intereses 14a) A efectos de la reintegración se presume la existencia de perjuicio patrimonial sin posibilidad de prueba en contrario: a. - En los pagos anticipados

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Da Elisa Flores vendió a Automecánica SL un equipo informático por valor de 20.000 euros. Para el pago aplazado de 10.000 euros se emitió una letra de cambio por dicho importe y con vencimiento a tres meses fecha. La letra fue aceptada en el mismo momento de su emisión por D. Julio Pérez en cuanto administrador único de Automecánica SL y el pago se domicilió en el Banco Valenciano. Da Elisa quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de Sagunto, pero esta entidad exigió para ello un avalista, ya que no le ofrecían suficiente garantía los firmantes de la cambial. El padre de Da Elisa, D. Agustín Flores, se prestó a ello y firmó como avalista en el espacio reservado a tal efecto en el dorso de la letra. D. Agustín se limitó a estampar su firma en el sitio indicado, sin rellenar ningún otro dato y sin especificar el nombre del avalado. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

15a) En caso de liquidación los créditos contra la masa gozan de la denominada prededucción: a. - Frente a todos los demás créditos 16a) Son objeto del llamado derecho de separación de la masa: a. - Los bienes que se encuentran en posesión del deudor y sobre los que no tiene un derecho de retención, de uso o de garantía que justifique su posesión 17a) La propuesta anticipada de convenio: a. - Sólo puede proceder del deudor 18a) En caso de convenio los créditos privilegiados: a. - Si se trata de créditos con privilegio especial quedan en todo caso fuera del convenio 19a) La sección de calificación del concurso se forma: a. - En todo caso de concurso necesario 20a) La llevanza de doble contabilidad por parte del deudor: a. - Determina la calificación del concurso como culpable sin que puede alegarse que no ha sido causa de la insolvencia 21a) La propuesta ordinaria de convenio puede ser presentada: a. - Por el juez con carácter subsidiario 22a) La limitación ad valorem de la responsabilidad del naviero se produce: a. - Como supuesto general de la limitación de responsabilidad del naviero frente a sus acreedores 23a) De acuerdo con la Ley de Navegación Aérea, la responsabilidad del porteador aéreo: a. - Es objetiva, porque el porteador no responde por culpa o negligencia, sino por el hecho objetivo del daño 24a) En el fletamento por tiempo la obligación principal del fletante consiste en: a. - La actividad de navegación durante el tiempo pactado siguiendo las instrucciones del fletador 25a) El cheque posdatado: a. - La Ley lo declara nulo 26a) El pagaré cambiario: a. - Cumple la misma función económica que una letra girada al propio cargo 27a) La entrega de pagarés a la orden o letras de cambio produce los efectos del pago: a. - Desde el mismo momento de la entrega 28a) Deben presentarse forzosamente a la aceptación: a. - Todas las letras de cambio 29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A D. Julio Pérez 30a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a Automecánica SL y a D. Agustín Flores 31a) En el mismo supuesto de la pregunta 29, Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a Da Elisa Flores y a D. Agustín Flores 32a) En el mismo supuesto de la pregunta 29, si Caja de Ahorros de Sagunto dirigiera una acción cambiaría contra D. Agustín Flores, éste: a. - Podría negarse a pagar alegando que no está obligado cambiariamente porque le letra está perjudicada 33a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la propia letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Al Banco Valenciano 34a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a Automecánica SL y a Da Elisa Flores 35a) En el mismo supuesto de la pregunta 33, si D. Agustín Flores hubiera pagado la letra, para recuperar lo pagado podría dirigirse contra: a. - Automecánica SL 1a) En relación con el concurso de acreedores cabe afirmar que: a. - Es un procedimiento aplicable exclusivamente a los empresarios 2a) El denominado "concurso abreviado": a. - Es el que puede aplicar el juez cuando el deudor puede presentar balance abreviado y la estimación inicial del pasivo no supera el millón de euros 3a) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta un acreedor: a. - Se exige que demuestre o bien la existencia de un sobreseimiento general en el pago de las obligaciones del deudor, o bien la existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera general al patrimonio del deudor 4a) Para solicitar el concurso de una sociedad están legitimados: a. - Todos y cada uno de los socios 5a) El deudor que conoce su estado de insolvencia: a. - Tiene el deber de solicitar su propio concurso y, si no lo hace en el plazo previsto al efecto, no podrá presentar propuesta anticipada de convenio 6a) Los administradores concúrsales: a. - Son nombrados por el juez en el auto de declaración de concurso 7a) En relación con los efectos del concurso sobre el deudor, cabe afirmar que la declaración de concurso: a. - Sólo produce la intervención del ejercicio de sus facultades de administración y de disposición 8a) Los actos realizados por el deudor en contravención de la limitación patrimonial producida por la declaración de concurso: a. - Son anulables, de modo que pueden quedar sin efecto o ser confirmados si resultaran favorables 9a) Declarado el concurso, los acreedores con garantía real: a. - Pueden iniciar la ejecución de la garantía cuando ésta recaiga sobre bienes no afectos al ejercicio de la actividad empresarial 10a) Los titulares de "créditos contingentes": a. - No son admitidos como acreedores en el concurso 11a) Las denominadas acciones de reintegración de la masa van dirigidas: a. - A excluir de la masa los bienes que no sean de titularidad del concursado 12a) La legitimación activa para el ejercicio de la acción rescisoria concursal se atribuye: a. - A la administración concursal y, subsidiariamente, a los acreedores que previamente hubieran solicitado a la administración concursal su ejercicio 13a) El régimen de los créditos contra la masa se basa: a. - En el principio de la par conditio creditorum 14a) Los créditos con privilegio especial: a. - Ostentan un privilegio que recae sobre todo el patrimonio del deudor 15a) Los créditos que, como consecuencia del ejercicio de la acción rescisoria concursal, resulten a favor de quien haya sido declarado parte de mala fe en el acto impugnado: a. - Pierden la condición de créditos concúrsales y el derecho al cobro en el procedimiento 16a) El convenio: a. - Debe contener necesariamente quitas y/o esperas de los créditos 17a) La propuesta ordinaria de convenio puede ser presentada: a. - Sólo por el deudor 18a) La formación de la sección de calificación del concurso: a. - Únicamente tiene que hacerse en caso de apertura de la fase de liquidación 19a) Si el concurso se califica como culpable, las personas afectadas por la calificación: a. - Quedan inhabilitadas para administrar sus bienes durante un período de dos a quince años 20a) El empresario marítimo: a. - Responde ilimitadamente con todos sus bienes presentes y futuros de todas las deudas derivadas del ejercicio de su actividad empresarial 21a) Entre los supuestos de venta forzosa del buque cabe incluir: a. - La venta por inhabilitación del buque para navegar 22a) En el derecho interno la responsabilidad del porteador aéreo: a. - Es objetiva, porque el porteador no responde por culpa o negligencia, sino por el hecho objetivo del daño 23a) En relación con la liquidación del siniestro cabe afirmar que en el seguro marítimo: a. - Hay dos procedimientos; la acción de avería y la acción de abandono 24a) La entrega de un pagaré a la orden o de una letra de cambio produce los efectos del pago: a. - Sólo cuando hayan sido efectivamente pagados

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Juan García emitió una letra de cambio por importe de 60.000 euros. En el mismo acto D. Luís Pérez aceptó la letra como favor a su amigo D. Juan García, que se había comprometido a entregarle los 60.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. La letra se domicilió en el Banco Castilla, donde tenía su cuenta D. Luís Pérez. La letra se emitió a la orden de Automoción SL, cuyo administrador único es D. Antonio López. La letra se entregó a esa entidad en pago de unas máquinas compradas por D. Juan García. Posteriormente Automoción SL descontó la letra en el Banco León, haciendo el correspondiente endoso. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

25a) Si en una letra de cambio no se indica la fecha de su vencimiento: a. - La letra no sería válida 26a) Si en el aval de una letra de cambio no se indica la persona del avalado: a. - El aval no surtirá efecto 27a) Si el librado no paga un cheque, presentado oportunamente al cobro, por faltar la necesaria provisión de fondos y no se acredita la falta de pago mediante protesto o declaración equivalente, el tenedor: a. - Pierde todas las acciones de regreso 28a) El firmante de un pagaré queda obligado de igual manera que: a. - El librado de un cheque 29a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada, ni la entidad domiciliataria hiciera constar en la letra que se deniega el pago, Banco León tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A D. Antonio López 30a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, Banco León tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A D. Luís Pérez 31a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 29, Banco León tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a D. Luís Pérez y a D. Juan García 32a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 29, si Banco León dirigiera su acción cambiaría: a. - Contra Automoción SL, esta entidad podría negarse a pagar alegando que no está obligada cambiariamente 33a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada, pero la entidad domiciliataria sí hiciera constar en la letra que se deniega el pago, Banco León tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Al Banco Castilla 34a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, Banco León tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a D. Juan García y a D. Antonio López 35a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 33, si la letra hubiera sido pagada por D. Juan García y éste dirigiera su acción cambiaría: a. - Contra D. Luís Pérez, éste podría negarse a pagar alegando que no ha recibido provisión de fondos, si efectivamente D. Juan García no le ha entregado los 60.000 euros 1a) Sobre la función represora del concurso cabe decir que: a. - Pueden existir concursos real y efectivamente culpables que sin embargo no den lugar a la formación de la sección de calificación 2a) Admitida a trámite la solicitud de concurso necesario, el deudor puede impedir la declaración de concurso: a. - Probando que, aun existiendo el hecho en que se fundamenta la solicitud, no se encuentra en estado de insolvencia 3a) Concurso necesario es: a. - El que se declara a solicitud de un acreedor o de cualquier otro legitimado 4a) La administración concursal está sometida: a. - Al control del juez del concurso 5a) Sobre la responsabilidad de los administradores concursarles cabe decir que: a. - Es solidaria en el sentido de que se presume la culpabilidad de todos los que actúen colegiadamente, sin que ninguno de ellos pueda alegar causa alguna de exclusión 6a) Los actos realizados por el deudor en contravención de las limitaciones patrimoniales que se le hubiesen impuesto: a. - Son nulos de pleno derecho 7a) Como regla general y salvo que el juez decida otra cosa, como consecuencia de la declaración del concurso: a. - El concursado queda sometido a intervención, tanto si el concurso es voluntario como si es necesario 8a) La declaración del concurso determina: a. - El vencimiento anticipado de los créditos aplazados 9a) La declaración de concurso: a.- No interrumpirá el ejercicio de la actividad profesional o empresarial del concursado, cualquiera que sea la limitación de las facultades patrimoniales del deudor 10a) La declaración de concurso produce los siguientes efectos sobre la persona jurídica: a. - Cesa la acción de responsabilidad que corresponda a la sociedad contra sus administradores por los daños causados a la misma 11a) Los créditos sometidos a condición resolutoria se tratan en el concurso como: a. - Créditos contingentes 12a) Sobre el régimen de la compensación de los créditos y deudas del concursado sabe decir que: a. - Existe una prohibición general total, salvo lo que dispongan las normas de Derecho Internacional Privado 13a) Los créditos contra la masa: a. - Han de satisfacerse de forma inmediata o a su vencimiento 14a) Los créditos subordinados: a. - En caso de convenio, carecen de derecho de adhesión y de voto 15a) El llamado derecho de abstención en el convenio: a. - Es un derecho que se concede a los acreedores privilegiados 16a) La calificación del concurso a. - Se realiza en todos los casos 17a) En la limitación de responsabilidad del naviero por abandono del buque cabe decir que: a. - Se beneficia de ella el naviero gestor 18a) La obligación principal del naviero fletante en el fletamento por tiempo consiste en: a. - Realizar una actividad de transporte de mercancías 19a) La liquidación del siniestro por la acción de abandono: a. - Es exclusiva del seguro marítimo 20a) Los casos de avería común: a. - Afectan tanto al buque como al cargamento 21a) Sobre la responsabilidad del porteador aéreo en el derecho interno cabe decir que: a. - Es una responsabilidad cuyo régimen es inderogable, incluso en beneficio del perjudicado 22a) La entrega de pagarés a la orden o letras de cambio produce los efectos del pago: a. - Desde el mismo momento de su entrega 23a) En las letras giradas a la propia orden coinciden los papeles de: a. - Librado y librador 24a) En las letras giradas al propio cargo coinciden los papeles de: a. - Librado y librador 25a) El librado es un obligado cambiario: a. - Siempre 26a) Si en una letra de cambio existe discrepancias entre la cantidad a pagar que se expresa en letras y la que se expresa en guarismo: a. - La letra carecerá de validez 27a) Si una letra de cambio lleva la cláusula "sin gastos": a. - El tenedor tendrá acción cambiaría contra el librado, aunque éste no haya firmado la letra aceptándola 28a) Si en una letra de cambio en la que no existe aceptación, el avalista no indica la persona del avalado, se entenderá avalado: a. - El librado 29a) Si una letra de cambio en la que no existe aceptación se presenta oportunamente al cobro, pero no es pagada y el tomador acredita la falta de pago mediante el protesto notarial de la letra, el tomador tendrá acción cambiaría: a. - Contra el librado y el librador 30a) El cheque: a. - Tiene en común con el pagaré el que ambos son promesas de pago 31a) El cheque emitido a favor de persona determinada: a. - Puede transmitirse por endoso 32a) Si un cheque es presentado oportunamente al cobro, no es pagado y no se levanta protesto ni se realizada la declaración equivalente, el tenedor tiene acción cambiaría: a. - Contra el librado 33a) El pagaré: a. - Es siempre un título nominativo 34a) El firmante del pagaré queda obligado de igual manera que: a. - El librador de una letra de cambio

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Talleres Pardo, S.A.", con domicilio en Oviedo y cuyo administrador único es D. Luis Nieto, emitió el 15 de marzo del presente año una letra contra Da María Valle, con domicilio también en Oviedo. La letra se emitió por un importe de 2.000 euros, que era el precio aplazado por la compra de un coche de segunda mano. La letra emitida a tres meses fecha fue aceptada en el mismo acto de la emisión y su pago se domicilió en el Banco de Oviedo, Oficina Principal. "Talleres Pardo, S.A." consiguió que un amigo de Da María Valle, D. Lorenzo Oña, avalara a ésta como aceptante, firmando el aval el día 25 de marzo y posteriormente entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Sánchez Motor, S.L.", con domicilio en León y cuyo Director Gerente es D. Amador Río. La letra se entregó para pagar una deuda que "Talleres Pardo, S.A." tenía pendiente con esta sociedad. A mediados de mayo "Sánchez Motor, S.L." endosó la letra, poniendo en el endoso "valor al cobro", a su delegado en la zona de Asturias, D. Jesús Díaz. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

35a) En caso de impago de un pagaré el levantamiento del protesto o declaración equivalente es necesario para ejercitar la acción cambiaría: a. - Contra los endosantes y sus respectivos avalistas 1a) La competencia para declarar y tramitar concursos corresponde: a. - A la Audiencia Provincial 2a) La especialidad orgánica que presenta el concurso abreviado: a. - Consiste en que la administración concursal es siempre unipersonal 3a) Los "fondos de garantía de depósitos": a. - Intervienen en la gestión de las entidades de crédito en crisis y, además, en caso de insolvencia satisfacen a los depositantes el importe de los depósitos garantizados hasta un determinado límite 4a) Si la solicitud de declaración del concurso la presenta un acreedor: a.- Puede fundarla en el incumplimiento generalizado de las obligaciones de pago de salarios correspondientes a las tres últimas mensualidades 5a) Se denomina concurso necesario: a. - El que tiene obligación de solicitar el propio deudor cuando conoce su estado de insolvencia 6a) Una vez admitida a trámite la solicitud de concurso presentada por un acreedor: a. - El deudor ya no podrá oponerse a la misma 7a) El auto de declaración de concurso: a. - Abre la fase común de tramitación del concurso 8a) Los administradores concúrsales son nombrados: a. - Por el juez 9a) La declaración del concurso de acreedores: a. - Constituye causa de disolución de la persona jurídica concursada 10a) La apertura de la fase de liquidación trae consigo necesariamente, si no se hubiera producido con anterioridad: a. - La disolución de la persona jurídica concursada 11a) Si el concursado realiza un acto contraviniendo la limitación patrimonial establecida, los acreedores: a. - Están legitimados para ejercitar la acción de anulación de dicho acto 12a) Los acreedores con garantía real, cuando ésta recae sobre bienes afectos al ejercicio de la actividad empresarial: a. - Pueden iniciar la ejecución de la garantía cualquiera que sea el estado de tramitación del concurso 13a) La acción rescisoria concursal permite rescindir: a. - Los actos fraudulentos realizados por el deudor dentro de los cinco años anteriores a la declaración del concurso 14a) A efectos del concurso tienen la consideración de créditos privilegiados: a. - Los créditos contra la masa 15a) En caso de convenio, los créditos con privilegio general: a. - Reciben el mismo tratamiento que los créditos con privilegio especial 16a) El contenido del convenio: a. - Puede ser el que libremente acuerden las partes, sin ningún tipo de limitación 17a) La propuesta anticipada de convenio: a. - Puede proceder de los acreedores 18a) La formación de la sección de calificación: a. - Se realiza cuando se declara el concurso 19a) El buque: a. - Es una cosa mueble, aunque susceptible de hipoteca 20a) En relación con el abandono del buque a los acreedores, como sistema de limitación de responsabilidad del naviero, cabe afirmar que: a. - El Código de comercio sólo permite utilizar este sistema cuando el naviero es propietario del buque 21a) En el caso de arrendamiento del buque, la condición de naviero la ostenta: a. - El armador 22a) Pertenecen a la categoría de los llamados "títulos de legitimación": a. - Los billetes de lotería 23a) Si en el texto de una letra de cambio no se expresa el vencimiento: a. - El documento no tendrá la consideración de letra de cambio 24a) Si en la letra de cambio el librador incluye la cláusula "sin gastos": a. - El librador queda exonerado de responsabilidad en el caso de que la letra sea impagada a su vencimiento 25a) La Ley declara expresamente que será nulo: a. - El endoso que incorpore cláusulas de exoneración de responsabilidad del endosante 26a) El tenedor de un cheque que, presentado en tiempo hábil al cobro, no fuera pagado: a. - Puede ejercitar la acción directa contra el librado, levantando previamente el oportuno protesto 27a) En relación con el cheque confirmado o certificado cabe afirmar que: a. - Este cheque lleva, además de la firma del librador, la del banco librado 28a) El pagaré cambiario: a. - Tiene que ser necesariamente nominativo 29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y fuera protestada por falta de pago, D. Jesús Díaz:a. Podría ejercitar una acción cambiaría para reclamar el pago contra Sánchez Motor SL b. Podría ejercitar una acción cambiaría para reclamar el pago contra Talleres Pardo SA 30a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, si D. Jesús Díaz ejercitara la acción cambiaría contra D. Lorenzo Oña, éste: a. - Podría oponer las excepciones que le correspondan frente a "Sánchez Motor S,L." 31a) En el mismo supuesto enunciado en las dos preguntas anteriores, si D. Jesús Díaz ejercitara la acción cambiaría contra Da María Valle, ésta: a. - Podría negarse a pagar alegando que es menor de edad, si ello fuera cierto 32a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no se protestara ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que había sido denegado el pago y D. Jesús Díaz hubiera devuelto la letra a "Sánchez Motor, S.L.", esta entidad: a. - Podría ejercer la acción cambiaría contra D. Lorenzo Oña 33a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, "Sánchez Motor, S.L.": a. - Podría ejercitar una acción cambiaría indistintamente contra "Talleres Pardo, S.A.", y contra Da María Valle 34a) En el mismo supuesto enunciado en las dos preguntas anteriores, si "Sánchez Motor, S.A." ejercitara una acción cambiaría contra D. Lorenzo Oña, éste: a. - Podría negarse a pagar alegando que "Sánchez Motor, S.A." no está legitimado para ejercitar la acción puesto que no era la última endosataria 35a) En el mismo supuesto enunciado en las tres preguntas anteriores, si "Sánchez Motor, S.L." ejercitara una acción cambiaría contra "Talleres Pardo, S.A.", éste: a. - Podría oponer a "Sánchez Motor, S.L." las mismas excepciones personales que le corresponderían frente a D. Jesús Díaz 1a) El concurso de acreedores es un procedimiento aplicable: a. - Sólo a los empresarios mercantiles 2a) La especialidad procesal que presenta el concurso abreviado: a. - Consiste en que los plazos establecidos en la Ley Concursal se reducen a la mitad, salvo aquellos que el juez acuerde mantener 3a) Las entidades de crédito: a. - Se someten a la legislación concursal general, pero con especialidades en materia de declaración de concurso y de administración concursal 4a) Si la solicitud de concurso de acreedores la presenta el propio deudor: a. - No se exige que justifique su estado de insolvencia 5a) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta un acreedor: a. - Tendrá que demostrar en todo caso que existe un sobreseimiento general en el pago corriente de las obligaciones del deudor 6a) Si un acreedor insta la declaración de concurso: a. - No recibe por ello ningún tratamiento especial 7a) El deudor que conoce su estado de insolvencia: a. - Puede solicitar la declaración de concurso, pero en ningún caso está obligado a hacerlo 8a) El auto de declaración de concurso debe contener necesariamente, entre otros pronunciamientos: a. - El nombramiento de los administradores concúrsales 9a) La declaración de concurso: a. - Constituye causa de disolución de la persona jurídica concursada

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Gráficas La Moraña, SL cuyo administrador único es D. Félix García, ha comprado una impresora a Suministros Gráficos, SA, cuyo Consejero Delegado es D. Ramón Crespos. Para el cobro de la parte aplazada del precio Suministros Gráficos SA, emitió el 15 de abril de este año una letra girada contra Gráficas Moraña SL que fue aceptada el mismo día de su emisión, con vencimiento a tres meses vista. La letra se domicilió para su pago en Caja Duero, Sucursal de Arévalo, y la cambial se emitió con la cláusula "sin gastos". "Suministros Gráficos, S.A." entregó la letra a "Papelería Industrial, S.A.", cuya administradora única es Da Soledad del Barco. La entrega de la letra se hizo en pago de un suministro de papel milimetrado. "Papelería Industrial, S.A." endosó la letra para pagar una deuda a D. Luís Ruiz. El endoso tiene fecha 16 de mayo y se hizo con la cláusula "sin mi responsabilidad". Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

10a) Los actos realizados por el deudor en contravención de la limitación patrimonial establecida: a. - Son radicalmente nulos 11a) La declaración de concurso de una sociedad anónima: a. - Puede ser solicitada por los socios 12a) Como efecto de la declaración de concurso: a. - Los créditos que tuvieran por objeto prestaciones no dineradas se modifican convirtiéndose en créditos dinerarios 13a) Durante el período en que está en suspenso la ejecución individual iniciada por un acreedor con garantía real, la administración concursal: a. - No podrá adoptar ninguna medida que afecte al crédito garantizado o al bien que lo garantiza 14a) Si prospera una acción rescisoria concursal y como consecuencia de la rescisión resultara un crédito a favor del demandado, este crédito: a. - Tendrá la consideración de crédito contra la masa, salvo que se haya apreciado mala fe en el acreedor, en cuyo caso se considera crédito concursal subordinado 15a) Los créditos subordinados: a. - Son créditos concúrsales que en caso de convenio carecen de derecho de voto 16a) En relación con el contenido del convenio cabe afirmar que las quitas podrán superar la mitad de cada uno de los créditos ordinarios: a. - En ningún caso 17a) La propuesta ordinaria de convenio puede ser presentada: a.- Únicamente por el deudor 18a) Si el producto de la ejecución del bien sobre el que recae fuera insuficiente para la satisfacción íntegra del crédito con privilegio especial, en la parte no satisfecha el crédito compartirá posición: a. - Con los créditos con privilegio general 19a) En relación con la limitación ad valorem, como sistema de limitación de responsabilidad del naviero en el Derecho español, cabe afirmar que este sistema: a. - Sólo puede aplicarse cuando la causa que motiva la responsabilidad es la propia negligencia del naviero 20a) En relación con la responsabilidad del porteador aéreo en el derecho interno, cabe afirmar que: a. - Responde ilimitadamente de los daños personales causados a los pasajeros, si ha existido culpa o negligencia del porteador o de la tripulación 21a) En relación con el seguro marítimo cabe afirmar que: a. - Se rige por el principio de universalidad del riesgo, por lo que no son válidas las cláusulas contractuales de exclusión de riesgos 22a) La entrega de pagarés a la orden produce los efectos del pago: a. - Desde el mismo momento en que se realiza la entrega 23a) La falsedad de la firma del librador de una letra de cambio: a. - Implica la nulidad de la letra de cambio 24a) El librador de una letra de cambio: a. - Puede exonerarse de la garantía de la aceptación y de la garantía del pago, haciéndolo constar así en la letra 25a) Si el librador emite un cheque sin tener provisión de fondos en poder del librado por la suma en el indicada: a. - Deberá pagar al tenedor, además de ésta, el diez por ciento del importe no cubierto del cheque, y la indemnización de los daños y perjuicios 26a) En el cheque: a. - El librado necesariamente ha de ser un banco o enditad de crédito 27a) El pagaré cambiario: a. - Es siempre pagadero a la vista, al igual que el cheque 28a) El firmante de un pagaré queda obligado de igual manera que: a. - El librador de un cheque 29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera protestada y la entidad domiciliataria hiciera constar en el propia letra que se deniega el pago de la misma, D. Luís Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A "Papelería Industrial, S.A." 30a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, D. Luís Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a "Gráficas La Moraña, S.L." y a "Suministros Gráficos, S.A." 31a) En el mismo supuesto enunciado en las dos preguntas anteriores, si D. Luís Ruiz dirigiera una acción cambiaría contra "Papelería Industrial, S.A.", ésta: a. - Podría negarse a pagar alegando que no está obligada cambiariamente 32a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y no se levantara protesto ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que se deniega el pago, D. Luís Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A D. Ramón Crespos 33a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, D. Luís Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A "Gráficas La Moraña, S.L." 34a) En el mismo supuesto enunciado en las dos preguntas anteriores, D. Luís Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a "Gráficas La Moraña, S.L." y a Félix García 35a) En el mismo supuesto enunciado en las tres preguntas anteriores, si D. Luis Ruiz dirigiera una acción cambiaría contra "Suministros Gráficos, S.A.", ésta: a. - Tendría que pagar la letra Ia) En relación con los títulos valores cabe afirmar que: a. - El deudor debe pagar al que le presente el documento al portador, aunque sepa que no es legítima la posesión de quien se presenta como tenedor del documento 2a) La entrega de pagarés a la orden o letras de cambio produce los efectos del pago: a. - Desde el mismo momento en que se realiza la entrega 3a) Las letras emitidas a favor de persona determinada: a. - No pueden transmitirse por endoso 4a) Para que el documento tenga la consideración legal de letra de cambio es imprescindible que en el mismo figure, entre otros datos: a. - La indicación del vencimiento 5a) Si se comprueba que la firma del librador de una letra de cambio está falsificada, tal circunstancia: a. - Implica la nulidad de la letra 6a) Si el tomador de la letra realiza un endoso de apoderamiento: a. - El librador podría oponer frente al endosatario las excepciones que pueda tener contra el endosante 7a) Se denominan títulos de tradición: a. - Los títulos transmisibles 8a) La aceptación de la letra: a. - Es requisito imprescindible para la validez de la letra 9a) En el caso de una letra de cambio, oportunamente presentada al cobro, resulte impagada y el tenedor no levante protesto ni obtenga declaración equivalente, el tenedor: a. - Perdería las acciones cambiarías contra el librador 10a) Si el librador de una letra de cambio impagada ejercita la acción cambiaría directa contra el aceptante: a. - El aceptante tendría que pagar y no podría oponer ningún tipo de excepción para exonerarse del pago 11a) El cheque: a. - Al igual que la letra es orden de pago 12a) El cheque: a. - Genera acción directa contra el librado cuando ha sido aceptado 13a) La fecha de emisión del cheque: a. - Es necesaria a efectos del cómputo del plazo de presentación del cheque al pago 14a) El tenedor de un cheque no pagado dispone de: a. - Acción directa contra el librado si existe aceptación 15a) El firmante de un pagaré queda obligado de igual manera que: a. - El librador de una letra de cambio 16a) La función primaria del concurso es: a. - La conservación de las empresas 17a) En el modelo general, la "fase común" del concurso está destinada básicamente a: a. - La tramitación del convenio 18a) El presupuesto objetivo del concurso de acreedores lo constituye la insolvencia del deudor común que se define legalmente como: a. - El estado en que se encuentra el deudor cuyo pasivo es superior a su activo 19a) Los socios están legitimados para solicitar el concurso de la sociedad: a. - Si se trata de una sociedad anónima o de responsabilidad limitada

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Luis Vives vendió el día 25 de enero del presente año una parcela a Ondarbi, S.L., cuyo administrador único es Da Elena Gris. El precio de la venta era de 100.000 euros que deberían pagarse a los tres meses de la aceptación de la letra que libraría el Sr. Vives y que habría de presentarse al cobro en el Banco de Almería. El Sr. Vives libró la letra y puso como tomador a D. Juan Pérez para pagarle parte del precio de la venta de un chalet. La letra fue aceptada por la Sra. Gris en nombre de Ondarbi, S.L. el día 15 de febrero y D. Juan Pérez la descontó en la Caja de Ahorros de Andalucía el día 17 de febrero. Partiendo de estos datos debe contestarse las siguientes preguntas.

20a) La propuesta anticipada de convenio: a.- Sólo puede hacerse en el caso de concurso voluntario 21a) Como regla general cabe afirmar que: a. - El deudor tiene el deber de solicitar su propio concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia 22a) Si la solicitud de concurso la ha presentado un acreedor: a. - El deudor no puede oponerse a la solicitud una vez que haya sido admitida a trámite 23a) Como regla general la declaración de concurso origina: a. - La inhabilitación del concursado 24a) Los actos realizados por el deudor en contravención de la limitación patrimonial originada por el concurso: a. - Son nulos 25a) La declaración de concurso de una sociedad colectiva: a. - Lleva consigo la declaración de concurso de sus socios 26a) Como efecto de la declaración de concurso: a. - El concursado queda inhabilitado para el ejercicio del comercio 27a) En virtud de la acción rescisoria concursal pueden rescindirse: a. - Los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración del concurso, aunque no hubiere existido intención fraudulenta 28a) La legitimación activa para el ejercicio de la acción rescisoria concursal se atribuye: a. - Exclusivamente a la administración concursal 29a) La separación de bienes de la masa tiene una estrecha relación con: a. - Los créditos con privilegio general 30a) Cuando el convenio se tramite de forma anticipada: a. - Las quitas no podrán superar la mitad de cada uno de los créditos ordinarios 31a) La calificación de concurso culpable tiene como efecto: a. - La inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para el ejercicio del comercio 32a) El abandono del buque a los acreedores es: a. - Un acto traslativo de la propiedad del buque 33a) El abandono del buque a los acreedores: a. - Sólo puede hacerlo el propietario del buque 34a) El abandono del buque al asegurador: a. - Opera únicamente en los denominados siniestros mayores 35a) En relación con la responsabilidad del porteador en régimen de conocimiento de embarque cabe afirmar que: a. - Como regla general el importe de la indemnización no se corresponde con el daño efectivamente causado, sino con una cantidad máxima establecida en la propia Ley 1a) Los títulos valores cumplen la función principal de: a. - Facilitar la circulación de los derechos y agilizar el tráfico de mercancías. 2a) La sustitución del sistema llamado de titulización por el sistema de tabulación o registro: a. - Se ha producido en el sector de los valores mobiliarios agrupados en emisiones. 3a) La llamada incorporación del derecho al titulo quiere decir: a. - Que el título es constitutivo del derecho. 4a) En los títulos valores la posesión del título genera apariencia de la titularidad del derecho: a. - Sólo en beneficio del acreedor 5a) Frente al poseedor de un título valor, el deudor: a. - Sólo está obligado al pago si el poseedor prueba que él es su legítimo dueño6a) La entrega de un pagaré a la orden o de una letra de cambio: a. - Produce inmediatamente los efectos del pago 7a) En el pagaré la acción directa es la que se ejercita: a. - Frente al firmante y sus avalistas 8a) El pagaré es: a. - Una promesa de pago 9a) En el cheque la falta de presentación en los plazos legales: a. - Produce la pérdida total de los derechos que derivan el cheque 10a) En el concurso de acreedores en Derecho Español: a. - Prima la llamada función solutoria del concurso en interés de los acreedores 11a) El concurso es un procedimiento civil que se inicia con el auto de declaración del concurso: a. - Siempre 12a) En la regulación actual del concurso de acreedores en nuestro Derecho: a. - Se mantiene una tradición plurisecular en nuestro ordenamiento reconociendo la cesión de bienes como posible solución del concurso 13a) Las entidades de crédito y las entidades de seguros: a. - En ningún caso pueden ser declaradas en concurso 14a) Si el deudor incumple el deber de solicitar el propio concurso, en caso de que se forme la sección de calificación: a. - El concurso se calificará como culpable salvo prueba en contrario. 15a) En el escrito de solicitud del concurso el deudor está obligado a presentar: a. - Una relación de acreedores 16a) Los administradores concúrsales son nombrados: a. - Por el concursado 17a) El sistema general u ordinario de administración concursal en nuestro derecho se caracteriza porque: a. - Es de corte profesional 18a) La declaración del concurso de acreedores: a. - Limita el ejercicio de las facultades patrimoniales del concursado a través de su intervención o de su suspensión 19a) Los actos realizados por el deudor contraviniendo la limitación de sus facultades patrimoniales: a. - Son nulos de propio derecho 20a) Los llamados créditos contra la masa: a. - Son créditos contingentes 21a) Los acuerdos de refinanciación: a. - En ningún caso están sujetos a la acción rescisoria concursal 22a) Carecen de derecho de voto para la aprobación del convenio: a. - Los acreedores privilegiados 23a) La propuesta anticipada de convenio: a. - Sólo puede proceder del deudor 24a) El contenido del convenio no afecta en ningún caso: a. - A los créditos subordinados que no hayan participado en él 25a) El concursado quedará obligado por el convenio aprobado por la junta: a. - Sólo si es él quien ha formulado la propuesta de convenio, o si presentada por los acreedores da su conformidad a ella 26a) La apertura de la fase de liquidación: a. - Supone el vencimiento anticipado de los créditos y la suspensión de las facultades de administración y disposición. 27a) El abandono del buque a los acreedores como sistema de limitación de la responsabilidad del naviero: a. - Es propio del abordaje 28a) Sobre la responsabilidad del porteador en el transporte marítimo en régimen de conocimiento de embarque cabe decir que: a. - Está establecida en la ley y no admite cláusulas de exoneración 29a) En la ley de navegación aérea se considera como abordaje aéreo: a. - Solo la colisión de aeronaves

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Lubián, S.L.", cuyo administrador es D. Julián Gómez, libró una letra de cambio por importe de 9.000 euros el día 25 de febrero del presente año, poniendo como tomador a "El Rápido, S.L.", a quien debía esa cantidad. La letra se libró contra "La Candela, S.A.", cuyo director-gerente es D. Antonio Cid, entidad frente a la que "Lubián, S.L." tenía un crédito por varios suministros. La letra se libró con vencimiento a tres meses fecha y se domicilió el pago en la cuenta corriente de "La Candela, S.A." en la Caja de Leganés, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de marzo a Motorplus, S.L.. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas.

30a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Andalucía tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A D, Juan Pérez 31a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, la Caja de Ahorros de Andalucía tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a D. Juan Pérez y a Ondarbi, S.L 32a) En el mismo supuesto de las dos preguntas anteriores si la Caja de Ahorros de Andalucía dirigiera una acción cambiaría contra Ondarbi, S.L., esta sociedad: a. - Tendría que pagar 33a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la propia letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Andalucía tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A D. Luis Vives 34a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, la Caja de Ahorros de Andalucía tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a D. Juan Pérez y al Banco de Almería 35a) En el mismo supuesto de las dos preguntas anteriores, si D. Luis Vives hubiera pagado la letra y dirigiera una acción cambiaría contra Ondarbi, S.L., esta sociedad: a. - Podría negarse a pagar alegando que D. Luis Vives le debe más de 100.000 euros, si eso fuera cierto a) Los denominados "acuerdos de refinanciación": a. - Están prohibidos por la Ley concursal 2a) El concurso de acreedores tiene como principal finalidad: a. - La conservación de las empresas y el mantenimiento de las relaciones laborales con los trabajadores 3a) La Ley atribuye la competencia para declarar y tramitar concursos: a. - A los jueces de lo mercantil 4a) El concurso abreviado: a. - Es aquel en el que el deudor ha presentado propuesta anticipada de convenio 5a) Una de las especialidades que presenta el concurso abreviado consiste en que: a. - Sólo puede declararse a instancia del deudor 6a) Concurso necesario: a. - Es el que se declara a solicitud de un acreedor 7a) Están legitimados para la solicitud de concurso de un deudor: a. - Todos sus acreedores sin excepciones 8a) En relación con el concurso de las sociedades mercantiles cabe afirmar que: a. - Para realizar la solicitud de concurso voluntario es competente el órgano de administración o de liquidación 9a) Como regla general y salvo que el juez decida otra cosa, cabe afirmar que en caso de concurso necesario: a. - El concursado queda inhabilitado para el ejercicio del comercio 10a) Para el ejercicio de la acción de anulación de los actos realizados por el deudor en contravención de las limitaciones patrimoniales que originó su declaración en concurso están legitimados: a. - La administración concursal y cualquiera de los acreedores 11a) La Ley Concursal establece, como regla general, que están legitimados para el ejercicio de la acción rescisoria concursal: a. - La administración concursal y cualquiera de los acreedores 12a) En virtud de la acción rescisoria concursal pueden rescindirse: a. - Los actos realizados por el deudor en contravención de las limitaciones patrimoniales que originó su declaración en concurso 13a) Tienen la consideración de créditos contra la masa: a. - Todos los crédito concúrsales 14a) En caso de convenio, los créditos subordinados: a. - Carecen de derecho de adhesión y de voto, por lo que no quedan afectados por las quitas y esperas que puedan acordarse 15a) En relación con el contenido del convenio cabe afirmar que: a. - Debe contener necesariamente quitas y/o esperas de los créditos 16a) Cuando se trata de una tramitación ordinaria, la aceptación del convenio: a. - Ha de producirse necesariamente en junta de acreedores debidamente convocada o constituida 17a) Con carácter general, una propuesta de convenio se entenderá aceptada cuando vote a favor; al menos: a. - Dos tercios del pasivo del concurso 18a) El convenio obliga: a. - A todos los creedores concúrsales, hayan votado o no a favor del mismo 19a) Si el convenio consiste en una espera de cinco años: a. - El juez debe rechazar su aprobación por infracción legal en el contenido del convenio 20a) El juez puede acordar la venta forzosa del buque: a. - Únicamente para satisfacción de los acreedores y de los titulares de créditos privilegiados marítimos 21a) Entre las diferencias existentes entre el fletamento y el transporte en régimen de conocimiento de embarque cabe destacar la siguiente: a. - El fletamento ha sido objeto de regulación internacional y el transporte en régimen de conocimiento no. 22a) En relación con el seguro marítimo y los procedimientos para liquidar el siniestro, cabe afirmar que: a. - La liquidación por abandono opera únicamente en los denominados siniestros mayores 23a) Una letra de cambio con la cláusula "no a la orden": a. - Es nula 24a) El aval cambiario: a. - Es nulo siempre que la obligación avalada sea nula 25a) Si en un cheque el importe del mismo figura dos veces, una vez escrito en números y otra escrito en letra, por cantidades diferentes: a. - Prevalecerá el importe escrito en letra 26a) Si el tenedor de un cheque no lo presenta al pago dentro de los plazos legalmente previstos: a.- Pierde sus derechos contra el librador en todo caso 27a) Según la ley cambiaría, el avalista: a. - Puede oponer al tenedor las excepciones personales que su avalado tenga contra el mismo 28a) Si el librador de una letra de cambio es un incapaz: a. - La letra se considerará nula 29a) El librado de una letra de cambio que deniega la aceptación de la misma: a. - No está obligado cambiariamente 30a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la propia letra que deniega el pago, Motorplus, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a D. Julián Gómez y a El Rápido, S.L. 31a) En el mismo supuesto de 1 a pregunta anterior, Motorplus, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A El Rápido, S.L. 32a) En el mismo supuesto de la pregunta 30, si Motorplus, S.L. dirigiera una acción cambiaría contra La Candela, S.A., esta entidad: a. - Tendría que pagar 33a) Si El Rápido, S.L. hubiera pagado la letra, sin que ésta hubiera sido protestada ni la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la letra que se denegaba el pago, El Rápido, S.L.: a. - Tendría acción cambiaría de regreso contra Lubián, S.L. para recobrar el importe pagado 34a) Si la letra fuera presentada al cobro el día de vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la propia letra que se había denegado el pago, Motorplus, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a El Rápido, S.L. y a Lubián, S.L. 35a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, Motorplus, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A Caja de Leganés 1a) La entrega de pagarés a la orden, o de letras de cambio u otros documentos mercantiles, produce los efectos del pago: a. - Cuando se han realizado o cuando se han perjudicado por culpa del acreedor 2a) Los llamados "títulos de tradición" son: a. - Títulos de pago muy utilizados, como el cheque 3a) Como regla general los títulos nominativos: a. - Sólo se pueden transmitir con el consentimiento del deudor 4a) En la letra de cambio, el librado: a. - Es siempre un obligado cambiario

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5a) El librador de una letra de cambio: a. - No puede disponer que la cantidad correspondiente devengue intereses 6a) El librador de una letra de cambio: a. - No puede exonerarse de la garantía del pago 7a) Si se realiza un endoso mediante la fórmula "valor al cobro": a. - Se realiza un endoso de garantía y, en consecuencia, el endosatario es inmune a las excepciones surgidas de las relaciones entre deudor y endosante 8a) Deben presentarse forzosamente a la aceptación: a. - Todas las letras de cambio 9a) Si la letra no es pagada a su vencimiento, el tenedor puede ejercitar la acción cambiaría contra el aceptante: a. - Sin necesidad de levantar protesto, ni de obtener la llamada "declaración equivalente" 10a) Si se emite un cheque sin tener suficiente provisión de fondos en poder del librado: a. - El cheque se considera nulo 11a) En relación con el cheque cabe afirmar que: a. - El cheque no puede ser aceptado 12a) Si un cheque presentado oportunamente al cobro resulta impagado, el tenedor puede ejercitar: a.- La acción cambiaría directa contra el librado si aceptó el cheque 13a) El firmante de un pagaré queda obligado de igual manera que: a. - El librador de un cheque 14a) El pagaré: a. - Al igual que el cheque es siempre pagadero a la vista 15a) En relación con el sistema de anotaciones en cuenta cabe afirmar que: a. - Sólo pueden acogerse a este sistema los valores admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales 16a) El concurso de acreedores es un procedimiento que se inicia: a. - Con el auto de admisión a trámite de la solicitud, cuando la solicitud ha sido presentada por cualquier legitimado distinto del deudor 17a) El concurso de acreedores es un procedimiento aplicable: a. - Tanto al deudor civil como al deudor mercantil 18a) En el "modelo general" de concurso, la denominada "fase común" está destinada básicamente: a. - A la tramitación del convenio 19a) Si se declara el incumplimiento del convenio: a.- Los acreedores afectados por el incumplimiento podrán solicitar la reapertura del concurso 20a) La "insolvencia" del deudor común se define legalmente como el estado en que se encuentra el deudor: a. - Que no tiene bienes suficientes para cubrir todas sus deudas 21a) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta el deudor: a. - Sólo deberá justificar su endeudamiento 22a) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta un acreedor: a. - Podrá fundarla en el hecho de que el deudor ha dejado de pagar a todos sus trabajadores los salarios correspondientes a los cinco últimos meses 23a) La declaración de concurso de un empresario: a. - Conlleva necesariamente el cese de la actividad empresarial que venía ejerciendo 24a) Los actos realizados por el concursado en contravención de las limitaciones patrimoniales originadas por la declaración de concurso: a. - Sólo pueden ser anulados a instancia de la administración concursal 25a) Como efecto de la declaración de concurso: a. - Se produce el vencimiento anticipado de los créditos concúrsales aplazados 26a) En relación con los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento por ambas partes, la regla fundamental es que la declaración de concurso: a. - Es caso de resolución de estos contratos a instancia de cualquiera de las partes 27a) En virtud de la acción rescisoria concursal pueden rescindirse: a. - Los actos realizados por el concursado en contravención de las limitaciones patrimoniales originadas por la declaración de concurso 28a) Los titulares de créditos con privilegio especial: a. - Sólo quedan vinculados al contenido del convenio si votaron a favor de la propuesta que resultó aceptada o se adhirieron a la misma 29a) Los créditos subordinados: a. - En caso de convenio carecen de derecho de voto 30a) En relación con el contenido del convenio cabe afirmar que la regla general es que las esperas de los créditos ordinarios: a. - Pueden tener la duración que libremente hayan acordado concursado y acreedores 31a) En relación con la tramitación anticipada de convenio cabe afirmar que: a.- La falta de aprobación judicial del convenio tramitado de forma anticipada conduce necesariamente a la apertura de la fase de liquidación 32a) La calificación del concurso como culpable: a. - Determina la inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para administrar los bienes ajenos durante un período de dos a quince años 33a) El naviero tiene derecho a limitar su responsabilidad por el criterio "ad valorem": a. - En cualquier supuesto de responsabilidad derivada de actos ilícitos del capitán 34a) En el caso de arrendamiento del buque, la condición de naviero la ostenta: a. - El arrendador 35a) En el seguro marítimo la liquidación del siniestro: a. - Tiene que hacerse necesariamente mediante la acción de avería en los casos de siniestros de menor importancia y mediante la acción de abandono en los denominados siniestros mayores 1a) Una letra de cambio con la cláusula "no a la orden": a. - Es nula 2a) La entrega de efectos mercantiles para pago de una deuda: a. - Extingue automáticamente la deuda pagada 3a) El pago realizado al poseedor de un titulo valor: a. - Libera siempre y en todo caso al que lo realiza aunque no se trate de un poseedor legítimo 4a) Deben presentarse forzosamente a la aceptación: a. - Todas las letras de cambio 5a) Del cheque cabe decir que: a. - Es una promesa de pago 6a) La falta de presentación de un cheque en los plazos legales determina que: a. - Se pierdan todos los derechos que derivan del cheque 7a) Si el librador revoca el cheque por él emitido sin razón que lo justifique, el librado: a. - Está obligado a secundar la orden de revocación desde el mismo momento en que se le comunica 8a) En el cheque el librado: a. - Es un obligado cambiado frente al tenedor de un cheque no perjudicado 9a) El tenedor insatisfecho de un pagaré tiene las siguientes acciones: a. - Acción directa frente al aceptante 10a) A través del cheque confirmado o certificado, el banco: a. - Asume la posición de aceptante del cheque 11a) El librador de una letra de cambio: a. - Puede exonerarse de la garantía de la aceptación y de la garantía del pago, haciéndolo constar en la letra 12a) La declaración de concurso procede: a. - Respecto de cualquier deudor sea persona física o jurídica 13a) La insolvencia del deudor como presupuesto objetivo de la declaración del concurso supone: a. - Imposibilidad de cumplir sus obligaciones por insuficiencia patrimonial 14a) Uno de los efectos de la calificación del concurso como culpable es: a. - La pérdida de cualquier derecho que las personas declaradas cómplices tuvieran como acreedores en el concurso 15a) Están legitimados para solicitar el concurso: a. - El deudor y cualquiera de sus acreedores sin excepción alguna

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Aceites Baza, S.A.", cuyo consejero delegado es D. José Gris ha comprado una máquina de envasado a "Maquinaria Industrial, S.L.", cuyo administrador único es Da Ana Ruiz. Para el cobro de la parte aplazada del precio "Maquinaria Industrial, S.L." emitió el 18 de abril de este año una letra girada contra "Aceites Baza, S.A." que fue aceptada el mismo día de su emisión, figurando en la aceptación la firma autógrafa de D. José Gris con la antefirma "Aceites Baza, S.A. Consejero Delegado". La letra se emitió con la cláusula "sin gastos" y su pago se domicilió en Cajasur. "Maquinaria Industrial, S.L." entregó la letra a D. Emilio Rodríguez, quien a su vez la endosó para pagar una deuda a D. Pedro Pérez, haciendo constar en el endoso la expresión "sin mi responsabilidad". Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

16a) El deudor puede oponerse a la solicitud de concurso presentada por un acreedor: a. - Sólo alegando la inexistencia del hecho en que el acreedor hubiera fundamentado su solicitud 17a) Si el deudor fuera una sociedad será competente para realizar la solicitud de concurso voluntario: a. - El órgano de administración o los liquidadores 18a) En caso de concurso necesario el juez: a. - Debe suspender necesariamente el ejercicio por parte del deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio 19a) Los actos que realice el deudor en contravención de las limitaciones que le hayan sido impuestas por el juez: a.- Son nulos de pleno derecho 20a) La declaración del concurso produce como efecto sobre los acreedores: a. - El vencimiento anticipado de sus créditos 21a) Los llamados créditos contra la masa se caracterizan porque son: a. - Todos los créditos que constituyen la masa pasiva del concurso 22a) Sobre los efectos del convenio cabe decir que: a. - Afecta a los créditos contra la masa que sean posteriores al concurso 23a) Sobre la propuesta anticipada de convenio cabe decir que: a. - Es un beneficio que se concede al deudor y a los acreedores que superen el veinte por ciento del pasivo 24a) La apertura de la fase de liquidación: a. - Puede hacerse de oficio por el juez 25a) El pago de los créditos con privilegio especial será preferente con cargo a los bienes afectos: a. - Tanto respecto de los créditos concúrsales como respecto de los créditos contra la masa 26a) En el fletamento por tiempo la obligación principal del fletante consiste en: a. - La actividad de navegación durante el tiempo pactado siguiendo las instrucciones del fletador 27a) Sobre la limitación de la responsabilidad del naviero por abandono del buque a los acreedores, cabe decir que: a. - Es específica del abordaje 28a) Del régimen de responsabilidad del porteador en el transporte marítimo de mercancías en régimen de conocimiento de embarque, cabe decir que: a. - Es imperativo, pero mediante pacto puede reducirse la responsabilidad establecida 29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago de la misma, D. Pedro Pérez tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A "Maquinaria Industrial, S.L." 30a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, D. Pedro Pérez tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A D. Emilio Rodríguez 31a) En el mismo supuesto enunciado en las dos preguntas anteriores, D. Pedro Pérez tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a "Maquinaria Industrial, S.L." y a D. Emilio Rodríguez 32a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y no se levantara protesto ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que se deniega el pago, D. Pedro Pérez tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A Da Ana Ruiz 33a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, D. Pedro Pérez tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A "Aceites Baza, S.A." 34a) En el mismo supuesto enunciado en las dos preguntas anteriores, D. Pedro Pérez tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a "Aceites Baza, S.A." y a "Maquinaria Industrial, S.L." 35a) En el mismo supuesto enunciado en las tres preguntas anteriores, si D. Pedro Pérez dirigiera una acción cambiaría contra "Maquinaria Industrial, S.L.", esta sociedad: a. - Tendría que pagar la letra 1a) La Ley Concursal establece que se encuentra en estado de insolvencia el deudor: a. - Que ha sobreseído de forma general en el pago corriente de sus obligaciones 2a) Si la solicitud de declaración del concurso la presenta el deudor: a. - Debe justificar su endeudamiento y su estado de insolvencia 3a) El concurso de acreedores tiene la consideración de voluntario: a. - Cuando se declara teniendo el deudor bienes suficientes para pagar sus deudas 4a) Con carácter general están legitimados para solicitar la declaración de concurso: a. - Únicamente el deudor y cualquiera de sus acreedores, sin ninguna excepción 5a) El deudor puede oponerse a la solicitud de declaración de concurso presentada por cualquier otro legitimado: a. - Únicamente alegando la inexistencia del hecho en que se hubiera fundamentado la solicitud 6a) En relación con la limitación de las facultades patrimoniales del concursado cabe afirmar que: a. - La declaración de concurso interrumpe el ejercicio de la actividad empresarial que viniera ejerciendo el deudor, cuando el juez acuerde la suspensión del ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio 7a) En relación con la interrupción de la prescripción de las acciones contra el concursado cabe afirmar que: a. - Desde la declaración del concurso queda interrumpida la prescripción de las acciones contra el deudor por los créditos anteriores a la declaración 8a) Los créditos contra el concursado garantizados con hipoteca voluntaria son: a. - Créditos subordinados 9a) En caso de convenio carecen de derecho de voto los titulares de: a. - Créditos con privilegio especial 10a) El convenio no vincula: a. - A los acreedores que no hayan podido participar en su aprobación por carecer de derecho de voto 11a) Como regla general, la calificación del concurso como culpable produce como efecto: a. - La inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para administrar los bienes ajenos durante un período de dos a quince años 12a) La Ley Concursal establece que son rescindibles: a. - Los actos fraudulentos realizados por el deudor dentro de los cinco años anteriores a la fecha de la declaración del concurso 13a) La legitimación activa para el ejercicio de la acción rescisoria concursal se atribuye: a. - Sólo a la administración concursal 14a) En relación con el abandono del buque a los acreedores como sistema de limitación de responsabilidad cabe afirmar que: a. - Los acreedores adquieren la propiedad del buque abandonado 15a) El seguro de flete: a. - Cubre el interés sobre las mercancías objeto del transporte marítimo 16a) En relación con los procedimientos de liquidación del siniestro en el seguro marítimo cabe afirmar que: a. - La acción de avería es general y se puede usar en cualquier tipo de daño, mientras que la liquidación por abandono opera únicamente en los siniestros mayores 17a) La entrega de una letra de cambio produce los efectos del pago: a. - En el momento en que el deudor se la entrega al acreedor para pagarle la deuda 18a) Se denominan "títulos de tradición": a. - Los que incorporan el derecho a obtener la restitución de las mercancías especificadas en ellos 19a) Los títulos a la orden se caracterizan por: a. - Incorporar un mandato de pago de una suma de dinero 20a) La letra de cambio: a. - Es siempre transmisible por endoso, sin que el librador pueda prohibir esta forma de transmisión 21a) Si en una letra de cambio no se expresa su vencimiento: a. - La letra carece de validez 22a) El librador de una letra de cambio: a. - No puede disponer que la cantidad correspondiente devengue intereses 23a) Si se realiza un "endoso de apoderamiento", el endosatario: a. - Adquiere la propiedad del título y es inmune a las excepciones que el deudor pueda tener contra el endosante 24a) Si antes de su vencimiento se presenta la letra a la aceptación, el librado se niega a aceptarla y se levanta protesto por falta de aceptación, el tenedor de la letra: a. - Podrá exigir el pago al librador sin tener que esperar a la fecha de vencimiento de la letra 25a) El cheque se configura legalmente como: a. - Una promesa de pago

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Antón e hijos, S.L.", cuyo administrador único es D. Luis Antón, emitió una letra de cambio el día 15 de febrero del presente año por importe de 20.000 euros y con vencimiento a tres meses fecha. En el mismo acto D. Juan López aceptó la letra como favor a D. Luis Antón, que se comprometió a entregarle los 20.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. El pago se domicilió en el Banco Central, sucursal 2 de Toledo. La letra se emitió a la orden de "Automoción Rojo, S.L.", cuyo administrador es D. Ángel Rojo, a quien se la entregó en pago del precio de un coche. Posteriormente "Automoción Rojo, S.L." endosó la letra a D. Pedro Ruiz. Teniendo en cuenta estos datos deben constarse las siguientes preguntas.

26a) Como regla general, si un cheque presentado al cobro en tiempo hábil no es pagado y no se levanta protesto ni se realiza la declaración equivalente, el tenedor: a. - Pierde la acción de regreso contra los endosantes y contra el librador y demás obligados cambiados 27a) En relación con el cheque confirmado o certificado cabe afirmar que: a. - Es un cheque que lleva, además de la firma del librador, la del banco librado 28a) El firmante de un pagaré queda obligado de igual manera que: a. - El librador de una letra de cambio 29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, D. Pedro Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a "Antón e hijos, S.L." y a D. Juan López 30a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, D. Pedro Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A. D. Juan López 31a) En el mismo supuesto enunciado en las dos preguntas anteriores, si D. Pedro Ruiz dirigiera su acción cambiaría: a. - Contra "Automoción Rojo, S.L." esta entidad podría negarse a pagar alegando que no está obligada cambiariamente 32a) Si la letra se hubiera emitido con la cláusula "sin gastos", fuera presentada oportunamente al cobro, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que había sido denegado el pago, D. Pedro Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - A "Antón e hijos, S.L." 33a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, D. Pedro Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a D. Juan López y a D. Luis Antón 34a) En el mismo supuesto enunciado en las dos preguntas anteriores, si D. Pedro Ruiz dirigiera su acción cambiaría: a. - Contra "Automoción Rojo, S.L.", esta entidad podría negarse a pagar alegando que no está obligada cambiariamente 35a) En el mismo supuesto enunciado en las tres preguntas anteriores, en el caso de que la letra hubiera sido pagada por "Antón e hijos, S.L." y esta entidad dirigiera su acción cambiaría: a. - Contra D. Juan López, éste podría negarse a pagar alegando que no ha recibido provisión de fondos, si efectivamente D. Luis Antón no le ha entregado los 20.000 euros 1a) En relación con el concepto de título valor cuando se dice que el derecho mencionado en él es autónomo, se afirma que el deudor: a. - No puede oponer al poseedor del título las excepciones personales que pudiera tener frente al mismo 2a) La entrega de un pagaré a la orden produce los efectos del pago: a. - Desde el momento en que el acreedor acepta el pagaré como medio de pago 3a) El que se ha visto desposeído ilegítimamente de un título al portador: a. - No podrá reivindicar el título si su actual poseedor lo ha adquirido de buena fe y sin culpa grave 4a) Los resguardos expedidos por los almacenes generales de depósito son: a. - Títulos de tradición 5a) El régimen de transmisión más sencillo es el de los títulos: a. - Al portador 6a) La letra de cambio es un título por el que: a. - Se manda entregar mercaderías o pagar una suma de dinero 7a) En las letras de cambio la denominada "provisión de fondos" hace referencia: a. - A la relación causal entre librador y librado 8a) Existe acción cambiara directa contra el librado: a. - Siempre 9a) Si en una letra de cambio no se indica su vencimiento: a. - La letra se considerará nula por falta de un requisito esencial para su validez 10a) Si en una letra de cambio figura la cláusula "no a la orden": a. - Dicha cláusula se tendrá por no puesta 11a) Si en una letra de cambio el librador inserta la cláusula "sin gastos": a. - El tenedor no podrá presentar la letra a la aceptación 12a) Si se realiza un endoso normal u ordinario, el endosante es responsable del éxito de la letra con igual alcance que: a. - El librado 13a) Si se realiza un endoso de apoderamiento: a. - El deudor puede oponer al endosatario las excepciones que tenga contra el endosante 14a) Deben presentarse forzosamente a la aceptación: a. - Todas las letras emitidas sin aceptación previa 15a) Si el librado se niega a aceptar la letra y se levanta protesto por esta causa: a. - El librado queda obligado al pago de la letra en los mismos términos que si hubiera aceptado la letra 16a) En relación con el aval cambiario cabe afirmar que: a. - El aval es nulo si la obligación garantizada fuera nula por cualquier causa 17a) En relación con el cheque cabe afirmar que: a. - Es siempre una orden pago a la vista y cualquier mención contraria se tendrá por no escrita 18a) Un cheque presentado al pago antes del día indicado como fecha de emisión: a. - Es pagadero el día de la presentación 19a) Se considera cheque de banco o cheque bancario: a. - El que lleva, además de la firma del librador, la del banco librado 20a) El tenedor de un pagaré insatisfecho: a. - Tiene acción cambiaría directa contra el firmante del pagaré, sin necesidad de protesto o declaración equivalente 21a) Los denominados "acuerdos de refinanciación" hacen referencia a los acuerdos de refinanciación adoptados: a. - En la fase de convenio del concurso y como contenido del mismo 22a) En el Derecho español vigente, la función primaria del concurso de acreedores es la denominada: a. - Función represora 23a) La Ley Concursal establece que se encuentra en estado de insolvencia: a. - El deudor que no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles 24a) Como regla general, el deudor tiene el deber de solicitar su propio concurso: a. - El día en que conoce su estado de insolvencia 25a) Como regla general cabe afirmar que la declaración de concurso: a. - Interrumpe el ejercicio de la actividad empresarial que viniera ejerciendo el deudor cuando se trata de un concurso necesario 26a) Los actos realizados por el concursado en contravención de la limitación patrimonial originada por la declaración de concurso: a. - Son radicalmente nulos 27a) En relación con el devengo de intereses de los créditos concúrsales, la regla general es que: a. - Desde la declaración de concurso quedará suspendido el devengo de los intereses legales o convencionales 28a) La expresión "créditos contingentes" guarda relación con: a. - Los créditos subordinados 29a) Los créditos de que fuera titular el acreedor que instó la declaración del concurso: a. - Son créditos con privilegio especial 30a) Los créditos concúrsales de que fuera titular un hermano del concursado, que no sean créditos salariales con privilegio general: a. - Son créditos subordinados 31a) En caso de convenio, los créditos con privilegio general reciben el mismo tratamiento que: a. - Los créditos con privilegio especial 32a) La calificación del concurso como culpable produce entre otros efectos: a. - La calificación como créditos subordinados de los créditos que tuvieran en el concurso las personas declaradas cómplices 33a) El principio de universalidad del riesgo en el seguro marítimo supone que: a. - No son válidas las cláusulas de exclusión del riesgo 34a) En el caso de arrendamiento del buque, la condición de naviero la ostenta: a. - El arrendatario 35a) Entre los supuestos de venta forzosa del buque cabe incluir: a. - La venta por inhabilitación del buque para navegar

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1a) El concurso de acreedores es un procedimiento aplicable: a. - Sólo a los empresarios mercantiles 2a)La competencia para declarar y tramitar concursos corresponde: a. - A la Audiencia Provincial 3a) La función primaria del concurso es: a. - La conservación de las empresas 4a) En el modelo general, la "fase común" del concurso está destinada básicamente a: a. - La tramitación del convenio 5a) La especialidad procesal que presenta el concurso abreviado: a. - Consiste en que los plazos establecidos en la Ley Concursal se reducen a la mitad, salvo aquellos que el juez acuerde mantener 6a) La especialidad orgánica que presenta el concurso abreviado: a. - Consiste en que la administración concursal es siempre unipersonal 7a) Los "fondos de garantía de depósitos": a. - Intervienen en la gestión de las entidades de crédito en crisis y, además, en caso de insolvencia satisfacen a los depositantes el importe de los depósitos garantizados hasta un determinado límite 8a) Las entidades de crédito: a. - Se someten a la legislación concursal general, pero con especialidades en materia de declaración de concurso y de administración concursal 9a) El presupuesto objetivo del concurso de acreedores lo constituye la insolvencia del deudor común que se define legalmente como: a. - El estado en que se encuentra el deudor cuyo pasivo es superior a su activo 10a) Si la solicitud de concurso de acreedores la presenta el propio deudor: a. - No se exige que justifique su estado de insolvencia 11a) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta un acreedor: a. - Tendrá que demostrar en todo caso que existe un sobreseimiento general en el pago corriente de las obligaciones del deudor 12a) Si un acreedor insta la declaración de concurso: a. - No recibe por ello ningún tratamiento especial 13a) Se denomina concurso necesario: a. - El que tiene obligación de solicitar el propio deudor cuando conoce su estado de insolvencia 14a) El deudor que conoce su estado de insolvencia: a. - Puede solicitar la declaración de concurso, pero en ningún caso está obligado a hacerlo 15a) El auto de declaración de concurso debe contener necesariamente, entre otros pronunciamientos: a. - El nombramiento de los administradores concursales 16a) La declaración de concurso: a. - Constituye causa de disolución de la persona jurídica concursada 17a) Una vez admitida a trámite la solicitud de concurso presentada por un acreedor: a. - El deudor ya no podrá oponerse a la misma 18a) El auto de declaración de concurso: a. - Abre la fase común de tramitación del concurso 19a) Los administradores concursales son nombrados: a. - Por el juez 20a) La declaración del concurso de acreedores: a. - Constituye causa de disolución de la persona jurídica concursada 21a) La apertura de la fase de liquidación trae consigo necesariamente, si no se hubiera producido con anterioridad: a. - La disolución de la persona jurídica concursada 22a) Los actos realizados por el deudor en contravención de la limitación patrimonial establecida: a. - Son radicalmente nulos 23a) La declaración de concurso de una sociedad anónima: a. - Puede ser solicitada por los socios 24a) La propuesta anticipada de convenio: a.- Sólo puede hacerse en el caso de concurso voluntario 25a) Como regla general la declaración de concurso origina: a. - La inhabilitación del concursado 26a) Si el concursado realiza un acto contraviniendo la limitación patrimonial establecida, los acreedores: a. - Están legitimados para ejercitar la acción de anulación de dicho acto 27a) Los acreedores con garantía real, cuando ésta recae sobre bienes afectos al ejercicio de la actividad empresarial: a. - Pueden iniciar la ejecución de la garantía cualquiera que sea el estado de tramitación del concurso 28a) Como efecto de la declaración de concurso: a. - Los créditos que tuvieran por objeto prestaciones no dinerarias se modifican convirtiéndose en créditos dinerarios 29a) Durante el período en que está en suspenso la ejecución individual iniciada por un acreedor con garantía real, la administración concursal: a. - No podrá adoptar ninguna medida que afecte al crédito garantizado o al bien que lo garantiza 30a) La acción rescisoria concursal permite rescindir: a. - Los actos fraudulentos realizados por el deudor dentro de los cinco años anteriores a la declaración del concurso 31a) Si prospera una acción rescisoria concursal y como consecuencia de la rescisión resultara un crédito a favor del demandado, este crédito:a. - Tendrá la consideración de crédito contra la masa, salvo que se haya apreciado mala fe en el acreedor, en cuyo caso se considera crédito concursal subordinado 32a) Los créditos subordinados: a. - Son créditos concursales que en caso de convenio carecen de derecho de voto 33a) En relación con el contenido del convenio cabe afirmar que las quitas podrán superar la mitad de cada uno de los créditos ordinarios: a. - En ningún caso 34a) A efectos del concurso tienen la consideración de créditos privilegiados: a. - Los créditos contra la masa 35a) En caso de convenio, los créditos con privilegio general: a. - Reciben el mismo tratamiento que los créditos con privilegio especial 36a) El contenido del convenio: a. - Puede ser el que libremente acuerden las partes, sin ningún tipo de limitación 37a) La propuesta anticipada de convenio: a. - Puede proceder de los acreedores 38a) La formación de la sección de calificación: a. - Se realiza cuando se declara el concurso 39a) Cuando el convenio se tramite de forma anticipada: a. - Las quitas no podrán superar la mitad de cada uno de los créditos ordinarios 40a) La calificación de concurso culpable tiene como efecto: a. - La inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para el ejercicio del comercio 1a) Si el producto de la ejecución del bien sobre el que recae fuera insuficiente para la satisfacción íntegra del crédito con privilegio especial, en la parte no satisfecha el crédito compartirá posición: a. - Con los créditos con privilegio general 2a) Como efecto de la declaración de concurso: a. - El concursado queda inhabilitado para el ejercicio del comercio 3a) En virtud de la acción rescisoria concursal pueden rescindirse: a. - Los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración del concurso, aunque no hubiere existido intención fraudulenta 4a) La legitimación activa para el ejercicio de la acción rescisoria concursal se atribuye: a. - Exclusivamente a la administración concursal 5a) La separación de bienes de la masa tiene una estrecha relación con: a. - Los créditos con privilegio general 6a) El buque: a. - Es una cosa mueble, aunque susceptible de hipoteca

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7a) El abandono del buque a los acreedores es: a. - Un acto traslativo de la propiedad del buque 8a) El abandono del buque a los acreedores: a. - Sólo puede hacerlo el propietario del buque 9a) En relación con la limitación ad valorem, como sistema de limitación de responsabilidad del naviero en el Derecho español, cabe afirmar que este sistema: a. - Sólo puede aplicarse cuando la causa que motiva la responsabilidad es la propia negligencia del naviero 10a) En el caso de arrendamiento del buque, la condición de naviero la ostenta: a. - El armador 11a) El abandono del buque al asegurador: a. - Opera únicamente en los denominados siniestros mayores 12a) En relación con la responsabilidad del porteador en régimen de conocimiento de embarque cabe afirmar que: a. - Como regla general el importe de la indemnización no se corresponde con el daño efectivamente causado, sino con una cantidad máxima establecida en la propia Ley 13a) En relación con la responsabilidad del porteador aéreo en el derecho interno, cabe afirmar que: a. - Responde ilimitadamente de los daños personales causados a los pasajeros, si ha existido culpa o negligencia del porteador o de la tripulación 14a) En relación con el seguro marítimo cabe afirmar que: a. - Se rige por el principio de universalidad del riesgo, por lo que no son válidas las cláusulas contractuales de exclusión de riesgos 15a) En relación con los títulos valores cabe afirmar que: a. - El deudor debe pagar al que le presente el documento al portador, aunque sepa que no es legítima la posesión de quien se presenta como tenedor del documento 16a) Pertenecen a la categoría de los llamados "títulos de legitimación": a. - Los billetes de lotería 17a) Si en el texto de una letra de cambio no se expresa el vencimiento: a. - El documento no tendrá la consideración de letra de cambio 18a) Las letras emitidas a favor de persona determinada: a. - No pueden transmitirse por endoso 19a) Si en la letra de cambio el librador incluye la cláusula "sin gastos": a. - El librador queda exonerado de responsabilidad en el caso de que la letra sea impagada a su vencimiento 20a) La Ley declara expresamente que será nulo: a.- El endoso que incorpore cláusulas de exoneración de responsabilidad del endosante 21a) para que el documento tenga la consideración legal de letra de cambio es imprescindible que en el mismo figure, entre otros datos: a. - La indicación del vencimiento 22a) Si se comprueba que la firma del librador de una letra de cambio está falsificada, tal circunstancia: a. - Implica la nulidad de la letra 23a) Si el tomador de la letra realiza un endoso de apoderamiento: a. - El librador podría oponer frente al endosatario las excepciones que pueda tener contra el endosante 24a) Se denominan títulos de tradición: a. - Los títulos transmisibles 25a) El librador de una letra de cambio: a. - Puede exonerarse de la garantía de la aceptación y de la garantía del pago, haciéndolo constar así en la letra 26a) La aceptación de la letra: a. - Es requisito imprescindible para la validez de la letra 27a) En el caso de una letra de cambio, oportunamente presentada al cobro, resulte impagada y el tenedor no levante protesto ni obtenga declaración equivalente, el tenedor: a. - Perdería las acciones cambiarias contra el librador 28a) Si el librador de una letra de cambio impagada ejercita la acción cambiaria directa contra el aceptante: a. - El aceptante tendría que pagar y no podría oponer ningún tipo de excepción para exonerarse del pago 29a) El cheque: a. - Al igual que la letra es orden de pago 30a) El cheque: a. - Genera acción directa contra el librado cuando ha sido aceptado 31a) La fecha de emisión del cheque: a. - Es necesaria a efectos del cómputo del plazo de presentación del cheque al pago 32a) El tenedor de un cheque no pagado dispone de: a. - Acción directa contra el librado si existe aceptación 33a) Si el librador emite un cheque sin tener provisión de fondos en poder del librado por la suma en el indicada: a. - Deberá pagar al tenedor, además de ésta, el diez por ciento del importe no cubierto del cheque, y la indemnización de los daños y perjuicios 34a) En el cheque: a. - El librado necesariamente ha de ser un banco o enditad de crédito 35a) El tenedor de un cheque que, presentado en tiempo hábil al cobro, no fuera pagado: a. - Puede ejercitar la acción directa contra el librado, levantando previamente el oportuno protesto 36a) En relación con el cheque confirmado o certificado cabe afirmar que: a. - Este cheque lleva, además de la firma del librador, la del banco librado 37a) El pagaré cambiario: a. - Es siempre pagadero a la vista, al igual que el cheque 38a) El pagaré cambiario: a. - Tiene que ser necesariamente nominativo 39a) La entrega de pagarés a la orden o letras de cambio produce los efectos del pago: a. - Desde el mismo momento en que se realiza la entrega 40a) El firmante de un pagaré queda obligado de igual manera que: a. - El librador de una letra de cambio 1a) Los títulos valores cumplen la función principal de: a. - Facilitar la circulación de los derechos y agilizar el tráfico de mercancías. 2a) La sustitución del sistema llamado de titulización por el sistema de tabulación o registro: a. - Se ha producido en el sector de los valores mobiliarios agrupados en emisiones. 3a) La llamada incorporación del derecho al titulo quiere decir: a. - Que el título es constitutivo del derecho. 4a) En los títulos valores la posesión del título genera apariencia de la titularidad del derecho: a. - Sólo en beneficio del acreedor 5a) Frente al poseedor de un título valor, el deudor: a. - Sólo está obligado al pago si el poseedor prueba que él es su legítimo dueño6a) La entrega de pagarés a la orden, o de letras de cambio u otros documentos mercantiles, produce los efectos del pago: a. - Cuando se han realizado o cuando se han perjudicado por culpa del acreedor 7a) Los llamados "títulos de tradición" son: a. - Títulos de pago muy utilizados, como el cheque 8a) Como regla general los títulos nominativos: a. - Sólo se pueden transmitir con el consentimiento del deudor 9a) En la letra de cambio, el librado: a. - Es siempre un obligado cambiario10a) El librador de una letra de cambio: a. - No puede disponer que la cantidad correspondiente devengue intereses 11a) El librador de una letra de cambio:a. - No puede exonerarse de la garantía del pago 12a) Una letra de cambio con la cláusula "no a la orden": a. - Es nula

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13a) Si el librador de una letra de cambio es un incapaz: a. - La letra se considerará nula 14a) El librado de una letra de cambio que deniega la aceptación de la misma: a. - No está obligado cambiariamente 15a) Si se realiza un endoso mediante la fórmula "valor al cobro": a. - Se realiza un endoso de garantía y, en consecuencia, el endosatario es inmune a las excepciones surgidas de las relaciones entre deudor y endosante 16a) Deben presentarse forzosamente a la aceptación: a. - Todas las letras de cambio 17a) Si la letra no es pagada a su vencimiento, el tenedor puede ejercitar la acción cambiaria contra el aceptante: a. - Sin necesidad de levantar protesto, ni de obtener la llamada "declaración equivalente" 18a) La falsedad de la firma del librador de una letra de cambio: a. - Implica la nulidad de la letra de cambio 19a) Según la ley cambiaría, el avalista: a. - Puede oponer al tenedor las excepciones personales que su avalado tenga contra el mismo 20a) El aval cambiario: a. - Es nulo siempre que la obligación avalada sea nula 21a) Si en un cheque el importe del mismo figura dos veces, una vez escrito en números y otra escrito en letra, por cantidades diferentes: a. - Prevalecerá el importe escrito en letra 22a) sí el tenedor de un cheque no lo presenta al pago dentro de los plazos legalmente previstos: a. - Pierde sus derechos contra el librador en todo caso 23a) Si se emite un cheque sin tener suficiente provisión de fondos en poder del librado: a. - El cheque se considera nulo 24a) En relación con el cheque cabe afirmar que: a. - El cheque no puede ser aceptado 25a) Si un cheque presentado oportunamente al cobro resulta impagado, el tenedor puede ejercitar: a. - La acción cambiaria directa contra el librado si aceptó el cheque 26a) La entrega de un pagaré a la orden o de una letra de cambio: a. - Produce inmediatamente los efectos del pago 27a) En el pagaré la acción directa es la que se ejercita: a. - Frente al firmante y sus avalistas 28a) el pagaré es: a. - Una promesa de pago 29a) El firmante de un pagaré queda obligado de igual manera que: a. - El librador de un cheque 30a) El pagaré: a. - Al igual que el cheque es siempre pagadero a la vista31a) En el concurso de acreedores en Derecho Español: a. - Prima la llamada función solutoria del concurso en interés de los acreedores 32a) El concurso es un procedimiento civil que se inicia con el auto de declaración del concurso: a. - Siempre 33a) En la regulación actual del concurso de acreedores en nuestro Derecho: a. - Se mantiene una tradición plurisecular en nuestro ordenamiento reconociendo la cesión de bienes como posible solución del concurso 34a) Las entidades de crédito y las entidades de seguros: a. - En ningún caso pueden ser declaradas en concurso 35a) Los denominados "acuerdos de refinanciación": a. - Están prohibidos por la Ley concursal 36a) Los acuerdos de refinanciación: a. - En ningún caso están sujetos a la acción rescisoria concursal 37a) El concurso de acreedores tiene como principal finalidad: a. - La conservación de las empresas y el mantenimiento de las relaciones laborales con los trabajadores38a) La Ley atribuye la competencia para declarar y tramitar concursos: a. - A los jueces de lo mercantil 39a) El concurso de acreedores es un procedimiento aplicable: a. - Tanto al deudor civil como al deudor mercantil 40a) En el "modelo general" de concurso, la denominada "fase común" está destinada básicamente: a. - A la tramitación del convenio 1a) Si el deudor incumple el deber de solicitar el propio concurso, en caso de que se forme la sección de calificación: a. - El concurso se calificará como culpable salvo prueba en contrario. 2a) En el escrito de solicitud del concurso el deudor está obligado a presentar: a. - Una relación de acreedores 3a) La "insolvencia" del deudor común se define legalmente como el estado en que se encuentra el deudor: a. - Que no tiene bienes suficientes para cubrir todas sus deudas 4a) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta el deudor: a. - Sólo deberá justificar su endeudamiento 5a) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta un acreedor: a. - Podrá fundarla en el hecho de que el deudor ha dejado de pagar a todos sus trabajadores los salarios correspondientes a los cinco últimos meses 6a) La declaración de concurso de un empresario: a. - Conlleva necesariamente el cese de la actividad empresarial que venía ejerciendo 7a) Los actos realizados por el concursado en contravención de las limitaciones patrimoniales originadas por la declaración de concurso: a. - Sólo pueden ser anulados a instancia de la administración concursal 8a) Como efecto de la declaración de concurso:a. - Se produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados 9a) En relación con los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento por ambas partes, la regla fundamental es que la declaración de concurso: a. - Es caso de resolución de estos contratos a instancia de cualquiera de las partes 10a) Los administradores concursales son nombrados: a. - Por el concursado 11a) Los llamados créditos contra la masa: a. - Son créditos contingentes 12a) En relación con el concurso de las sociedades mercantiles cabe afirmar que: a. - Para realizar la solicitud de concurso voluntario es competente el órgano de administración o de liquidación 13a) Como regla general y salvo que el juez decida otra cosa, cabe afirmar que en caso de concurso necesario: a. - El concursado queda inhabilitado para el ejercicio del comercio 14a) La Ley Concursal establece, como regla general, que están legitimados para el ejercicio de la acción rescisoria concursal: a. - La administración concursal y cualquiera de los acreedores 15a) En virtud de la acción rescisoria concursal pueden rescindirse: a. - Los actos realizados por el deudor en contravención de las limitaciones patrimoniales que originó su declaración en concurso 16a) Tienen la consideración de créditos contra la masa: a. - Todos los crédito concursales 17a) Carecen de derecho de voto para la aprobación del convenio: a. - Los acreedores privilegiados 18a) La propuesta anticipada de convenio: a. - Sólo puede proceder del deudor

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19a) El contenido del convenio no afecta en ningún caso: a. - A los créditos subordinados que no hayan participado en él 20a) El concursado quedará obligado por el convenio aprobado por la junta: a. - Sólo si es él quien ha formulado la propuesta de convenio, o si presentada por los acreedores da su conformidad a ella 21a) En caso de convenio, los créditos subordinados: a. - Carecen de derecho de adhesión y de voto, por lo que no quedan afectados por las quitas y esperas que puedan acordarse 22a) Los titulares de créditos con privilegio especial: a. - Sólo quedan vinculados al contenido del convenio si votaron a favor de la propuesta que resultó aceptada o se adhirieron a la misma 23a) En relación con el contenido del convenio cabe afirmar que la regla general es que las esperas de los créditos ordinarios: a. - Pueden tener la duración que libremente hayan acordado concursado y acreedores 24a) En relación con la tramitación anticipada de convenio cabe afirmar que: a. - La falta de aprobación judicial del convenio tramitado de forma anticipada conduce necesariamente a la apertura de la fase de liquidación 25a) La calificación del concurso como culpable: a. - Determina la inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para administrar los bienes ajenos durante un período de dos a quince años 26a) Cuando se trata de una tramitación ordinaria, la aceptación del convenio: a. - Ha de producirse necesariamente en junta de acreedores debidamente convocada o constituida 27a) Con carácter general, una propuesta de convenio se entenderá aceptada cuando vote a favor; al menos: a. - Dos tercios del pasivo del concurso 28a) El convenio obliga: a. - A todos los acreedores concursales, hayan votado o no a favor del mismo 29a) Si el convenio consiste en una espera de cinco años: a. - El juez debe rechazar su aprobación por infracción legal en el contenido del convenio 30a) Si se declara el incumplimiento del convenio: a. - Los acreedores afectados por el incumplimiento podrán solicitar la reapertura del concurso 31a) La apertura de la fase de liquidación: a. - Supone el vencimiento anticipado de los créditos y la suspensión de las facultades de administración y disposición. 32a) El naviero tiene derecho a limitar su responsabilidad por el criterio "ad valorem": a. - En cualquier supuesto de responsabilidad derivada de actos ilícitos del capitán 33a) El abandono del buque a los acreedores como sistema de limitación de la responsabilidad del naviero: a. - Es propio del abordaje 34a) El juez puede acordar la venta forzosa del buque: a. - Únicamente para satisfacción de los acreedores y de los titulares de créditos privilegiados marítimos 35a) Entre las diferencias existentes entre el fletamento y el transporte en régimen de conocimiento de embarque cabe destacar la siguiente: a. - El fletamento ha sido objeto de regulación internacional y el transporte en régimen de conocimiento no. 36a) En el caso de arrendamiento del buque, la condición de naviero la ostenta: a. - El arrendador 37a) Sobre la responsabilidad del porteador en el transporte marítimo en régimen de conocimiento de embarque cabe decir que: a. - Está establecida en la ley y no admite cláusulas de exoneración 38a) En relación con el seguro marítimo y los procedimientos para liquidar el siniestro, cabe afirmar que: a. - La liquidación por abandono opera únicamente en los denominados siniestros mayores 39a) En el seguro marítimo la liquidación del siniestro: a. - Tiene que hacerse necesariamente mediante la acción de avería en los casos de siniestros de menor importancia y mediante la acción de abandono en los denominados siniestros mayores 40a) En la ley de navegación aérea se considera como abordaje aéreo: a. - Solo la colisión de aeronaves

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Armería el Montés, S.A", cuyo administrador único es D. Luís Abril, vendió diversos artículos de caza a D. Juan Gómez por un importe de 12.000 euros. Para el pago aplazado del precio, "Armería el Montés, SA." emitió una letra de cambio el día 26 de febrero del presente año, que el Sr. Gómez aceptó ese mismo día y con vencimiento a 90 días vista. El pago se domicilió en el Banco Aragonés, sucursal 1, de Huesca. "Armería el Montés, S.A." quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de los Pirineos, pero esta entidad exigió un avalista. Por ello "Armería el Montés, S.A." consiguió que D. Pedro Ruiz avalara la letra poniendo en el anverso, en el lugar reservado a "cláusulas", la expresión "por aval" y su firma. "Armería el Montés, S.A." entregó la letra así avalada a la Caja de Ahorros de los Pirineos poniéndola como tomadora de la misma. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

1) Respecto de la insolvencia como presupuesto objetivo del concurso cabe decir que:

3a) Un acreedor que haya adquirido el crédito después de vencido no está legitimado en cuanto titular del mismo para solicitar el concurso del deudor: 4a) La prueba sobre el incumplimiento de las obligaciones tributarias de los tres últimos meses:

7a) La suspensión del concursado en el ejercicio de sus facultades de administración y disposición de los bienes integrantes de la masa activa: a. - Es un efecto imprescindible de todos los supuestos de concurso necesario a. - Esta mantiene su misma estructura orgánica, aunque con alteraciones en su funcionamiento a. - Debe esperar, en todo caso, a que finalice la llamada fase común de tramitación del concurso a. - Todos los créditos se computaran en dinero y se expresaran en moneda de curso legal 11a) Serán rescindibles los actos realizados por el deudor concursado dentro de los dos años anteriores a la fecha de declaración de concurso: 12a) El derecho a la prestación que pudiera resultar a favor de cualquiera de los demandados como consecuencia de la rescisión: a. - Tendrá la consideración de crédito contra la masa, salvo caso de mala fe 13 a) Los créditos por salarios por los últimos treinta días de trabajo anteriores a la declaración de concurso y en cuantía que no supone el doble del salario mínimo interprofesional se consideran:

15 a) Los créditos derivados de la responsabilidad civil extracontractual del concursado: a. - Son créditos contra la masa si se producen con posterioridad a la declaración del concurso 17a) Con carácter general, una propuesta de convenio se entenderá aceptada: a. - Cuando vote a favor, al menos, la mitad del pasivo ordinario del concurso a.- Siempre que fracase la solución normal del convenio, sea cual sea la causa del fracaso 19a) Dentro de la fase de liquidación, el pago de los créditos con privilegio especial con cargo a los bienes y derechos afectos:

21a) La limitación de responsabilidad en el ámbito de la navegación marítima se prevé a favor de: 22a) La llamada acción de abandono como forma de liquidar el siniestro en el seguro marítimo se caracteriza porque: 23a) Cuando un sujeto que es deudor por virtud de una relación jurídica previa suscribe un título-valor entregándoselo a su acreedor, el efecto que se produce es el siguiente: 24a) Se dice que el título-valor es un documento necesario para ejercitar un derecho incorporado al mismo porque:

a. - Sólo está obligado a pagar si el tenedor del documento prueba además que él es el verdadero titular legítimo del mismo

29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que había sido denegado el pago, la Caja de Ahorros de los Pirineos tendría acción cambiaría para exigir el pago: 30a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, la Caja de Ahorros de los Pirineos tendría acción cambiaría para exigir el pago: 31a) En el mismo supuesto de las dos preguntas anteriores, si la Caja de Ahorros de los Pirineos dirigiera su acción cambiaría contra Pedro Ruiz, éste: 32a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada, no se protestara, pero la entidad domiciliataria hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, la Caja de Ahorros de los Pirineos: a. - Tendría acción cambiaría para exigir el pago indistintamente contra Pedro Ruiz y Banco Aragonés 33 a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, si la Caja de Ahorros de los Pirineos dirigiera su acción cambiaría: a. - Contra Pedro Ruiz, éste podría negarse a pagar alegando que primero habría que reclamar el pago a Juan Gómez y a "Armería el Montés, S.A." 34a) En el mismo supuesto de las dos preguntas anteriores, en el caso de que la letra hubiera sido pagada por Pedro Ruiz, éste tendría acción cambiaría para exigir el pago: 35a) En el mismo supuesto de las tres preguntas anteriores, en el caso de que la letra hubiera sido pagada por "Armería el Montés, S.A.", esta entidad tendría acción cambiaría para exigir el pago: Ia) La Ley Concursal se aplica: a.- A todo tipo de deudores, empresarios y no empresarios

a.- Fomentar la conservación de la empresa y de los puestos de trabajoa.- Deberá justificar su endeudamiento y su estado de insolvencia, que podrá ser actual o inminentea.- Unicamente podrá fundarla en la existencia de un sobreseimiento general en el pago comente de las obligaciones del deudor6a) En caso de concurso necesario, los créditos del acreedor que lo haya instado que no tengan el carácter de subordinados:

a.- Puede solicitar su propio concurso, pero la Ley no le impone el deber de hacerlo8a) Cuando la solicitud de concurso haya sido presentada por un acreedor:a.- El deudor podrá oponerse a la misma basándose en la inexistencia del hecho en que se fundamenta la solicitud o en que, aun existiendo, no se encuentra en estado de insolvencia

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Rocío Rubio, de 17 años, estudiante, compró un equipo de música pagando una parte del precio en efectivo y aceptando una letra de cambio para el pago de 600 euros de la parte aplazada del precio. La letra de cambio fue emitida el 2 de marzo de este año por "Discocenter, S.L.", cuyo administrador único es D. Rodrigo Alvarez. La letra se emitió a tres meses desde la fecha de emisión, domiciliándose el pago en la Caja de Ahorros de Sevilla, Oficina Principal. La aceptación se firmó en el momento mismo de la emisión y simultáneamente firmo la letra como avalista de Rocío Rubio, un amigo suyo, José Tomé, que es el administrador único de "Motos Tomé, S.L.". El aval lo firmó como administrador de la sociedad. "Discocenter, S.L." entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Electrónica 2000, S.L." en pago de unos suministros. El administrador único de esta sociedad es D. Angel García. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las siguientes preguntas

a.- Pueden iniciar o continuar la ejecución forzosa de la garantía cuando ésta recaiga sobre bienes no afectos al ejercicio de la actividad profesional o empresarial15a) La legitimación activa para el ejercicio de las acciones rescisorias:

a.- Puede ser propuesto por cualquier acreedor, aun cuando el deudor hubiera optado por la liquidación al solicitar la declaración de concurso voluntarioa.- Tiene carácter necesario y ha de realizarse siempre, cualquiera que sea la solución que se alcance en el concurso19a) Están legitimados para formular oposición a la aprobación judicial del convenio:

21a) En relación con el abandono del buque a los acreedores como sistema de limitación de responsabilidad cabe afirmar que:a.- Sólo puede abandonar el buque a los acreedores el que ostente la propiedad del mismo23 a) El principio de universalidad del riesgo en el seguro marítimo significa:a.- Que no se admiten cláusulas convencionales de exclusión de riesgos24a) Según la Ley Cambiaría, el firmante de un pagaré se obliga de igual modo que:

26a) En el lugar de la cambial en que se ha de hacer constar la aceptación, debe figurar:27a) En el lugar de la cambial en que se ha de hacer constar la firma y el nombre del librador, debe figurar:28a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago de la misma, “Electrónica 2000, S.L.” tendría acción cambiaría para exigir el pago:29a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, “Electrónica 2000, S.L.” tendría acción cambiaría para exigirle el pago:30a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 28, “Electrónica 2000, S.L.” podría dirigir una acción cambiaría para exigir el pago:31a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 28, si “Electrónica 2000, S.L.” dirigiera una acción cambiaría contra Rocío Rubio, ésta:32a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 28, si “Electrónica 2000, S.L.” dirigiera una acción cambiaría contra el avalista de Rocío Rubio, éste:33a) Si la letra fúera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fúera pagada y no se levantara protesto, ni se hiciera constar por la entidad domiciliataria en la propia letra que se había denegado el pago, “Electrónica 2000, S.L.” tendía acción cambiaría para exigir el pago:34a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, “Electrónica 2000, S.L.” tendría acción cambiaría para exigir el pago:35a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 33, si “Electrónica 2000, S.L.” dirigiera una acción cambiaría contra “Motos Tomé, S.L.”, esta sociedad:

4a) Si la solicitud de concurso de acreedores la presenta el propio deudor, la ley precisa el alcance del presupuesto objetivo del concurso estableciendo expresamente que:A. El deudor debe justificar no sólo su estado de insolvencia, sino también su endeudamientoA. Puede fundarla en la existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera general al patrimonio del deudor6a) Admitida a trámite la solicitud de concurso necesario, el deudor puede impedir la declaración de concurso:A. Unicamente probando la inexistencia del hecho en que se fundamenta la solicitud8a) Si el deudor es una sociedad anónima, el órgano competente para decidir sobre la solicitud de concurso voluntario es:

A. Son nombrados por el juez, que es también quien determina sus facultades11a) La declaración de concurso necesario conlleva, como regla general:12a) La resolución judicial de apertura de la fase de liquidación conlleva necesariamente:A. La inhabilitación del concursado o de sus administradores o liquidadores13 a) Los actos realizados por el concursado en contravención de las limitaciones de sus facultades patrimoniales derivadas del concurso:

A. Pueden continuar las ejecuciones civiles ya iniciadas, siempre que recaigan sobre bienes no afectos al ejercicio de la actividad empresarial del concursadoA. Pueden iniciar o continuar la ejecución o realización forzosa de la garantía cuando ésta recaiga sobre bienes no afectos al ejercicio de la actividad profesional o empresarial del concursado16a) Declarado el concurso son rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor:17a) La legitimación para el ejercicio de las acciones rescisorias corresponde:18a) Los créditos incluidos en la lista de acreedores se clasifican, a efectos del concurso en:19a) Los créditos que, como consecuencia de una acción de reintegración de la masa, resulten a favor de quien haya sido declarado parte de mala fe en el acto impugnado:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas Instalaciones: Alfa, S.L., cuyo administrador único es D. Pedro Jiménez, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 13 de mayo del presente año, poniendo como tomador a Transportes El Rápido, S. A., cuyo director general es D. Manuel López. La letra se libró contra Cafetería La Luz, S.L., cuya administradora única es Da Ana Villa. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y su pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Luz, S.L en la Caja Asturias, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de junio a Mecánica Abril, S.L., cuyo administrador único es D. José Pérez. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Construcciones Ruiz, S.L., cuyo director-gerente es D. José Torres, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 14 de febrero del presente año, poniendo como tomador, para pagar una deuda por sus servicios, a "Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A., cuyo administrador único es D. Luís García. La letra se libró contra Cafetería La Estrella, S.L., cuyo director-general es D. Javier Muro, entidad frente a la que Construcciones Ruiz, S.L. tenía un crédito por trabajos de reformas realizados en su establecimiento. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y el pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Estrella, S.L., en la Caja del Duero, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el 25 de marzo a Ferretería El Clavo, S.A., cuya administradora única es Da Marta Clavo, para el pago de herramientas y otros productos suministrados al endosante. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

20a) En caso de convenio, la sección de calificación del concurso se forma necesariamente:21a) El naviero puede limitar la responsabilidad por el sistema de suma fija, calculada en función del tonelaje del buque:A. Cuando se aplica el sistema de abandono regulado en el Código de Comercio23a) La venta forzosa del buque se presenta en dos supuestos regulados legalmente:a.- Por abandono del buque a los acreedores y por abandono del buque a los aseguradores24a) En el seguro marítimo, cuando se habla del principio de universalidad del riesgo, lo que se quiere indicar es:A. Que no son válidas las cláusulas contractuales de exclusión de riesgos

27a) Si en un cheque la suma a pagar escrita en letra no coincide con la escrita en números:

29a) En el lugar de la letra reservada para hacer constar el vencimiento debe figurar:30a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domicilataria tampoco hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago, Mecánica Abril, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:31a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, Mecánica Abril, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:32a) En el mismo supuesto de la pregunta 30, Mecánica Abril, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:33a) Si Transportes El Rápido, S.A. hubiera pagado la letra, sin que ésta hubiera sido protestada ni la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la letra que se denegaba el pago, Trasportes El Rápido, S.A.:A. Tendría acción cambiaría contra Instalaciones Alfa, S.L para recobrar el importe pagado34a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, sí que fuera protestada y la entidad domiciliataria no hubiera hecho constar en la propia letra que se había denegado el pago, Mecánica Abril, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:A. Indistintamente a Transporte El Rápido, S.A. y a Instalaciones Alfa, S.L.35a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, Mecánica Abril, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:1a) La solicitud de declaración de concurso debe fundarse necesariamente en el estado de insolvencia del deudor:

3a) Los actos realizados por el deudor concursado en contravención de las limitaciones patrimoniales:

7a) La responsabilidad de los administradores concúrsales funciona de manera que: A. Se prevé la responsabilidad solidaria de los administradores que actúen colegiadamente sin que quepa ningún tipo de exoneración 8a) Existe un derecho de separación de la masa activa del concurso de:

A. El vencimiento anticipado de los créditos y la suspensión del devengo de intereses 10a) Declarado el concurso los contratos bilaterales pendientes de ejecución: 11a) La venta realizada por un comerciante concursado en el ejercicio normal de su tráfico: A. Será rescindible en todo si se realizó en los dos años anteriores a la declaración del concurso

A. Ha de ir acompañada de adhesiones de acreedores cuyos créditos superen la quinta parte del pasivo presentado por el deudor 16a) El concursado quedará obligado por el convenio aprobado por la junta: A. Sólo si es él quien ha formulado la propuesta de convenio, o si presentada por los acreedores da su conformidad a ella 18a) Como efectos de la declaración del concurso sobre las personas jurídicas cabe señalar: A. La posibilidad de que el juez del concurso ordene el embargo de bienes y derechos de los administradores de hecho o de derecho de la sociedad concursadaA. Debe esperar siempre a la finalización de la fase común de tramitación del concurso A. El Código de Comercio lo califica como un contrato formal que requiere para su validez escritura pública 21a) En la limitación de responsabilidad del naviero por abandono, el abandono del buque a los acreedores: 22a) En el fletamento por tiempo la obligación principal del fletante consiste en: A. La actividad de navegar durante el tiempo pactado, siguiendo las instrucciones del fletador 23a) Se dice que el título-valor es un documento necesario para ejercitar un derecho incorporado al mismo porque: 24a) La entrega de una letra de cambio para satisfacer el precio de una compraventa:

A. Queda obligado al pago del mismo desde el momento de la emisión sin necesidad de una nueva declaración

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Instalaciones Eléctricas, S.L., cuyo administrador único es D. Manuel Silva, emitió el 10 de febrero del presente año una letra de cambio a cargo de D. Javier Cruces. El Sr. Cruces aceptó la letra en el mismo momento de la emisión, por amistad con el Sr. Silva, que se había comprometido a poner a disposición del Sr. Cruces el importe de la letra, antes del vencimiento, para que pudiera pagarla. El importe de la letra era de 60.000 euros, su vencimiento a tres meses fecha e incluía la cláusula "sin gastos". El pago de la letra se domicilió en la Oficina Principal de Caja España en León. La letra fue entregada, poniéndola como tomadora a Reformas Interiores, S.L. en pago de unos trabajos. La administradora única de esta sociedad es Da Ángela Luna. Por exigencias del tomador, D. Luís Gil avaló la letra, indicando que avalaba a D. Javier Cruces. Reformas Interiores, S.L endosó la letra el 10 de abril a Pinturas Murales, S.A, cuyo consejero-delegado es D. Alfonso Álvarez. Con estos antecedentes deben contestarse las preguntas siguientes

29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago, Ferretería El Clavo, S.A tendría acción cambiaría para exigir el pago: A. Indistintamente a D. José Torres y a Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A 30a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, Ferretería El Clavo, S.A. tendría acción cambiaría para exigir el pago: 31a) En el mismo supuesto de la pregunta 29, Ferretería El Clavo, S.A. tendría acción cambiaría para exigir el pago: 32a) Si Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A. hubiera pagado la letra, sin que ésta hubiera sido protestada ni la entidad domiciliataria hubiese hecho constar en la letra que se denegaba el pago, Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A.: A. Tendría acción cambiaría contra Construcciones Ruiz S.L. para recobrar el importe pagado 33a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, sín que fuera protestada y la entidad domiciliataria no hubiera hecho constar en la propia letra que se había denegado el pago, Ferretería El Clavo, S.A. tendría acción cambiaría para exigir el pago: A. Indistintamente a Instalaciones Eléctricas Pardo S.A. y a Construcciones Ruiz S.L. 34a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, Ferretería El Clavo, S.A. tendría acción cambiaría para exigir el pago: 35a) En el mismo supuesto de la pregunta 33, Ferretería El Clavo, S.A. tendría acción cambiaría para exigir el pago:

2a) Una de las especialidades que presenta el concurso abreviado consiste en que: 3a) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta un acreedor, puede fundamentarla en el hecho de que: 4a) Para solicitar la declaración de concurso de una sociedad anónima están legitimados: 5a) El incumplimiento del deber de solicitar concurso que la Ley impone al deudor cuando concurren determinadas circunstancias, tiene como consecuencia: 6a) Admitida a trámite la solicitud de concurso presentada por un acreedor: A. El deudor sólo podrá oponerse a la misma alegando defectos de tramitación 8a) Como regla general y salvo que el juez decida otra cosa, como consecuencia de la declaración del concurso: A. El concursado queda suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de la masa activa, si el concurso es necesario; y queda sometido a intervención, si el concurso es voluntario 9a) Los actos realizados por el deudor en contravención de la limitación patrimonial que origine su declaración en concurso:

A. Queda suspendido el devengo de los intereses de todos los créditos contra el concursado

A. Reciben el mismo tratamiento que los créditos sometidos a condición suspensiva 13a) El reconocimiento de un crédito contra el concursado como "crédito contingente sin cuantía propia" implica: A. La admisión de su titular como acreedor en el concurso, pero con los derechos concúrsales de adhesión, de voto y de cobro en suspenso A. Implica la extinción de los contratos con obligaciones recíprocas en los que ninguna de las partes hubiese cumplido su prestación A. La administración concursal y, de forma subsidiaria, los acreedores que previamente hayan solicitado por escrito a la administración concursal el ejercicio de la acción

A. La responsabilidad civil del naviero está siempre limitada al valor del buque 21a) De acuerdo con la Ley de Navegación Aérea, la responsabilidad del porteador aéreo: A. Es objetiva, porque el porteador no responde por culpa o negligencia, sino por el hecho objetivo del daño A. Cubre el riesgo de pérdida del derecho del porteador a cobrar el precio convenido

29a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indiciado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria hiciera constar en la propia letra que deniega el pago de la misma, Pinturas Murales, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago: 30a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, Pinturas Murales, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago: 31a) En el mismo supuesto de la pregunta 29, si Pinturas Murales, S.L. dirigiera una acción cambiaría contra D. Luís Gil, éste: A. Podría negarse a pagar alegando que sólo tendría que abonar la cambial si D. Javier Cruces fuera insolvente 32a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, y no se levantara protesto, ni se hiciera constar en la propia letra por la entidad domiciliataria que se deniega el pago, Pinturas Murales, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago: 33a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, Pinturas Murales, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago: 34a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 32, si Pinturas Murales, S.L. dirigiera una acción cambiaría contra D. Javier Cruces, éste: A. Podría negarse a pagar alegando que no está obligado al pago por no haber recibido de Instalaciones Eléctricas, S.L. la provisión de fondos prometida para hacer frente a la cambial 35a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 32, si Pinturas Murales, S.L. dirigiera una acción cambiaría contra Reformas Interiores, S.L., ésta:

2a) En la liquidación, el pago de los créditos con privilegio especial se hace de la forma siguiente: a.- En caso de concurrencia de privilegios sobre un mismo bien se aplica el principio de prioridad temporal 3a) En relación con el convenio el juez podrá autorizar quitas superiores al cincuenta por ciento de cada uno de los créditos ordinarios y esperas de los créditos ordinarios de más de cinco años:

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4a) Las operaciones ordinarias del tráfico a que se dedique el deudor concursado: a.- No son en ningún caso rescindibles si se realizaran en condiciones normales a.- Podrán solicitar, en todo caso, la anulación de los actos realizados por el concursado en contravención de sus limitaciones patrimoniales 6a) Los créditos que se concedan al concursado para financiar el plan de viabilidad:

a.- No ven, en ningún caso, afectada la garantía de su crédito por el convenio

10a) El incumplimiento por parte del deudor del deber de solicitar la declaración del propio concurso determina que: 11a) El deudor puede oponerse a la solicitud de concurso presentada por otro legitimado: 12a) En la práctica la acumulación de concursos ya declarados se admite: a.- En los casos en los que los concursados son personas especialmente relacionadas entre sí 14a) Los actos realizados por el deudor en contravención de sus limitaciones patrimoniales serán:

a.- Puede proceder del deudor o de los acreedores cuyos créditos superen la quinta parte del pasivo a.- Los acreedores que hayan adquirido su crédito por actos ínter vivos después de la declaración del concurso 19a) El beneficio de la limitación de la responsabilidad del naviero ad valorem se caracteriza porque:

22a) La responsabilidad del porteador aéreo por daños personales en nuestro derecho interno se caracteriza porque:

24a) El deudor que sabe que no es legítima la posesión de quien se presenta como tenedor de un título-valor: 25a) La entrega de pagarés a la orden o letras de cambio produce los efectos del pago:

a.- Puede exonerarse de la garantía de la aceptación y del pago, mediante la fórmula “sin mi responsabilidad” a.- Puede exonerarse de la garantía de la aceptación y del pago, mediante la fórmula “sin mi responsabilidad” 31a) Si una letra de cambio no aceptada fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, el tenedor tendría acción cambiaría para exigir el pago: 32a) Si una letra de cambio aceptada fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, el tenedor tendría acción cambiaría para exigir el pago: 33a) Si una letra de cambio no aceptada fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hiciera constar en la letra que se había denegado el pago, el tenedor tendría acción cambiaría para exigir el pago:

a.- Se diferencian en que el cheque es siempre pagadero a la vista y el pagaré es pagadero en la fecha que se indique en el título 35a) Si un cheque presentado al cobro, no es pagado y no se levanta el protesto ni se realiza la declaración equivalente, el tenedor: a.- Podrá ejercitar la acción de regreso contra los endosantes, el librador y los demás obligados 2a) La constitución por parte del deudor de garantías reales a favor de operaciones preexistentes dentro de los dos años anteriores a la fecha de declaración de concurso: a. - Se presumen perjudiciales y son impugnables sin posibilidad de prueba en contrario a. - Puede fundarla en la existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera general al patrimonio del deudor a. - Determina la calificación del concurso como culpable, salvo prueba en contrario5a) La separación del cargo de cualquiera de los administradores concúrsales:

a. - Se interrumpe en caso de que el juez acuerde la suspensión del deudor 7a) Los actos realizados por el deudor en contravención de la limitación de sus facultades patrimoniales:

9a) Declarado el concurso, el acreedor por créditos con garantía real sobre bienes no afectos a la actividad profesional o empresarial del deudor:

11a) Sobre la suspensión del devengo de intereses como efecto de la declaración del concurso cabe decir que: 12a) Los créditos sometidos a condición resolutoria son tratados en el concurso como:

14a) A efectos de la reintegración se presume la existencia de perjuicio patrimonial sin posibilidad de prueba en contrario:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Da Elisa Flores vendió a Automecánica SL un equipo informático por valor de 20.000 euros. Para el pago aplazado de 10.000 euros se emitió una letra de cambio por dicho importe y con vencimiento a tres meses fecha. La letra fue aceptada en el mismo momento de su emisión por D. Julio Pérez en cuanto administrador único de Automecánica SL y el pago se domicilió en el Banco Valenciano. Da Elisa quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de Sagunto, pero esta entidad exigió para ello un avalista, ya que no le ofrecían suficiente garantía los firmantes de la cambial. El padre de Da Elisa, D. Agustín Flores, se prestó a ello y firmó como avalista en el espacio reservado a tal efecto en el dorso de la letra. D. Agustín se limitó a estampar su firma en el sitio indicado, sin rellenar ningún otro dato y sin especificar el nombre del avalado. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

15a) En caso de liquidación los créditos contra la masa gozan de la denominada prededucción:

a. - Los bienes que se encuentran en posesión del deudor y sobre los que no tiene un derecho de retención, de uso o de garantía que justifique su posesión

a. - Si se trata de créditos con privilegio especial quedan en todo caso fuera del convenio

a. - Determina la calificación del concurso como culpable sin que puede alegarse que no ha sido causa de la insolvencia 22a) La limitación ad valorem de la responsabilidad del naviero se produce: a. - Como supuesto general de la limitación de responsabilidad del naviero frente a sus acreedores 23a) De acuerdo con la Ley de Navegación Aérea, la responsabilidad del porteador aéreo: a. - Es objetiva, porque el porteador no responde por culpa o negligencia, sino por el hecho objetivo del daño 24a) En el fletamento por tiempo la obligación principal del fletante consiste en: a. - La actividad de navegación durante el tiempo pactado siguiendo las instrucciones del fletador

a. - Cumple la misma función económica que una letra girada al propio cargo 27a) La entrega de pagarés a la orden o letras de cambio produce los efectos del pago:

29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaría para exigir el pago: 30a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaría para exigir el pago: 31a) En el mismo supuesto de la pregunta 29, Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaría para exigir el pago: 32a) En el mismo supuesto de la pregunta 29, si Caja de Ahorros de Sagunto dirigiera una acción cambiaría contra D. Agustín Flores, éste: a. - Podría negarse a pagar alegando que no está obligado cambiariamente porque le letra está perjudicada 33a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la propia letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaría para exigir el pago: 34a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaría para exigir el pago: 35a) En el mismo supuesto de la pregunta 33, si D. Agustín Flores hubiera pagado la letra, para recuperar lo pagado podría dirigirse contra:

a. - Es el que puede aplicar el juez cuando el deudor puede presentar balance abreviado y la estimación inicial del pasivo no supera el millón de euros a. - Se exige que demuestre o bien la existencia de un sobreseimiento general en el pago de las obligaciones del deudor, o bien la existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera general al patrimonio del deudor

a. - Tiene el deber de solicitar su propio concurso y, si no lo hace en el plazo previsto al efecto, no podrá presentar propuesta anticipada de convenio 7a) En relación con los efectos del concurso sobre el deudor, cabe afirmar que la declaración de concurso: a. - Sólo produce la intervención del ejercicio de sus facultades de administración y de disposición 8a) Los actos realizados por el deudor en contravención de la limitación patrimonial producida por la declaración de concurso: a. - Son anulables, de modo que pueden quedar sin efecto o ser confirmados si resultaran favorables a. - Pueden iniciar la ejecución de la garantía cuando ésta recaiga sobre bienes no afectos al ejercicio de la actividad empresarial 11a) Las denominadas acciones de reintegración de la masa van dirigidas: a. - A excluir de la masa los bienes que no sean de titularidad del concursado 12a) La legitimación activa para el ejercicio de la acción rescisoria concursal se atribuye: a. - A la administración concursal y, subsidiariamente, a los acreedores que previamente hubieran solicitado a la administración concursal su ejercicio

a. - Ostentan un privilegio que recae sobre todo el patrimonio del deudor 15a) Los créditos que, como consecuencia del ejercicio de la acción rescisoria concursal, resulten a favor de quien haya sido declarado parte de mala fe en el acto impugnado: a. - Pierden la condición de créditos concúrsales y el derecho al cobro en el procedimiento

a. - Únicamente tiene que hacerse en caso de apertura de la fase de liquidación 19a) Si el concurso se califica como culpable, las personas afectadas por la calificación: a. - Quedan inhabilitadas para administrar sus bienes durante un período de dos a quince años a. - Responde ilimitadamente con todos sus bienes presentes y futuros de todas las deudas derivadas del ejercicio de su actividad empresarial

a. - Es objetiva, porque el porteador no responde por culpa o negligencia, sino por el hecho objetivo del daño 23a) En relación con la liquidación del siniestro cabe afirmar que en el seguro marítimo: a. - Hay dos procedimientos; la acción de avería y la acción de abandono 24a) La entrega de un pagaré a la orden o de una letra de cambio produce los efectos del pago:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Juan García emitió una letra de cambio por importe de 60.000 euros. En el mismo acto D. Luís Pérez aceptó la letra como favor a su amigo D. Juan García, que se había comprometido a entregarle los 60.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. La letra se domicilió en el Banco Castilla, donde tenía su cuenta D. Luís Pérez. La letra se emitió a la orden de Automoción SL, cuyo administrador único es D. Antonio López. La letra se entregó a esa entidad en pago de unas máquinas compradas por D. Juan García. Posteriormente Automoción SL descontó la letra en el Banco León, haciendo el correspondiente endoso. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

25a) Si en una letra de cambio no se indica la fecha de su vencimiento:

27a) Si el librado no paga un cheque, presentado oportunamente al cobro, por faltar la necesaria provisión de fondos y no se acredita la falta de pago mediante protesto o declaración equivalente, el tenedor:

29a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada, ni la entidad domiciliataria hiciera constar en la letra que se deniega el pago, Banco León tendría acción cambiaría para exigir el pago: 30a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, Banco León tendría acción cambiaría para exigir el pago: 31a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 29, Banco León tendría acción cambiaría para exigir el pago: 32a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 29, si Banco León dirigiera su acción cambiaría: a. - Contra Automoción SL, esta entidad podría negarse a pagar alegando que no está obligada cambiariamente 33a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada, pero la entidad domiciliataria sí hiciera constar en la letra que se deniega el pago, Banco León tendría acción cambiaría para exigir el pago: 34a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, Banco León tendría acción cambiaría para exigir el pago: 35a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta 33, si la letra hubiera sido pagada por D. Juan García y éste dirigiera su acción cambiaría: a. - Contra D. Luís Pérez, éste podría negarse a pagar alegando que no ha recibido provisión de fondos, si efectivamente D. Juan García no le ha entregado los 60.000 euros a. - Pueden existir concursos real y efectivamente culpables que sin embargo no den lugar a la formación de la sección de calificación 2a) Admitida a trámite la solicitud de concurso necesario, el deudor puede impedir la declaración de concurso: a. - Probando que, aun existiendo el hecho en que se fundamenta la solicitud, no se encuentra en estado de insolvencia a. - El que se declara a solicitud de un acreedor o de cualquier otro legitimado 5a) Sobre la responsabilidad de los administradores concursarles cabe decir que: a. - Es solidaria en el sentido de que se presume la culpabilidad de todos los que actúen colegiadamente, sin que ninguno de ellos pueda alegar causa alguna de exclusión 6a) Los actos realizados por el deudor en contravención de las limitaciones patrimoniales que se le hubiesen impuesto: 7a) Como regla general y salvo que el juez decida otra cosa, como consecuencia de la declaración del concurso: a. - El concursado queda sometido a intervención, tanto si el concurso es voluntario como si es necesario

a.- No interrumpirá el ejercicio de la actividad profesional o empresarial del concursado, cualquiera que sea la limitación de las facultades patrimoniales del deudor 10a) La declaración de concurso produce los siguientes efectos sobre la persona jurídica: a. - Cesa la acción de responsabilidad que corresponda a la sociedad contra sus administradores por los daños causados a la misma 11a) Los créditos sometidos a condición resolutoria se tratan en el concurso como: 12a) Sobre el régimen de la compensación de los créditos y deudas del concursado sabe decir que: a. - Existe una prohibición general total, salvo lo que dispongan las normas de Derecho Internacional Privado

17a) En la limitación de responsabilidad del naviero por abandono del buque cabe decir que: 18a) La obligación principal del naviero fletante en el fletamento por tiempo consiste en:

21a) Sobre la responsabilidad del porteador aéreo en el derecho interno cabe decir que: a. - Es una responsabilidad cuyo régimen es inderogable, incluso en beneficio del perjudicado 22a) La entrega de pagarés a la orden o letras de cambio produce los efectos del pago:

26a) Si en una letra de cambio existe discrepancias entre la cantidad a pagar que se expresa en letras y la que se expresa en guarismo:

a. - El tenedor tendrá acción cambiaría contra el librado, aunque éste no haya firmado la letra aceptándola 28a) Si en una letra de cambio en la que no existe aceptación, el avalista no indica la persona del avalado, se entenderá avalado: 29a) Si una letra de cambio en la que no existe aceptación se presenta oportunamente al cobro, pero no es pagada y el tomador acredita la falta de pago mediante el protesto notarial de la letra, el tomador tendrá acción cambiaría:

a. - Tiene en común con el pagaré el que ambos son promesas de pago 32a) Si un cheque es presentado oportunamente al cobro, no es pagado y no se levanta protesto ni se realizada la declaración equivalente, el tenedor tiene acción cambiaría:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Talleres Pardo, S.A.", con domicilio en Oviedo y cuyo administrador único es D. Luis Nieto, emitió el 15 de marzo del presente año una letra contra Da María Valle, con domicilio también en Oviedo. La letra se emitió por un importe de 2.000 euros, que era el precio aplazado por la compra de un coche de segunda mano. La letra emitida a tres meses fecha fue aceptada en el mismo acto de la emisión y su pago se domicilió en el Banco de Oviedo, Oficina Principal. "Talleres Pardo, S.A." consiguió que un amigo de Da María Valle, D. Lorenzo Oña, avalara a ésta como aceptante, firmando el aval el día 25 de marzo y posteriormente entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Sánchez Motor, S.L.", con domicilio en León y cuyo Director Gerente es D. Amador Río. La letra se entregó para pagar una deuda que "Talleres Pardo, S.A." tenía pendiente con esta sociedad. A mediados de mayo "Sánchez Motor, S.L." endosó la letra, poniendo en el endoso "valor al cobro", a su delegado en la zona de Asturias, D. Jesús Díaz. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

35a) En caso de impago de un pagaré el levantamiento del protesto o declaración equivalente es necesario para ejercitar la acción cambiaría:

a. - Consiste en que la administración concursal es siempre unipersonal a. - Intervienen en la gestión de las entidades de crédito en crisis y, además, en caso de insolvencia satisfacen a los depositantes el importe de los depósitos garantizados hasta un determinado límite 4a) Si la solicitud de declaración del concurso la presenta un acreedor: a.- Puede fundarla en el incumplimiento generalizado de las obligaciones de pago de salarios correspondientes a las tres últimas mensualidades a. - El que tiene obligación de solicitar el propio deudor cuando conoce su estado de insolvencia 6a) Una vez admitida a trámite la solicitud de concurso presentada por un acreedor:

10a) La apertura de la fase de liquidación trae consigo necesariamente, si no se hubiera producido con anterioridad: 11a) Si el concursado realiza un acto contraviniendo la limitación patrimonial establecida, los acreedores: a. - Están legitimados para ejercitar la acción de anulación de dicho acto 12a) Los acreedores con garantía real, cuando ésta recae sobre bienes afectos al ejercicio de la actividad empresarial: a. - Pueden iniciar la ejecución de la garantía cualquiera que sea el estado de tramitación del concurso a. - Los actos fraudulentos realizados por el deudor dentro de los cinco años anteriores a la declaración del concurso

a. - Reciben el mismo tratamiento que los créditos con privilegio especial a. - Puede ser el que libremente acuerden las partes, sin ningún tipo de limitación

20a) En relación con el abandono del buque a los acreedores, como sistema de limitación de responsabilidad del naviero, cabe afirmar que: a. - El Código de comercio sólo permite utilizar este sistema cuando el naviero es propietario del buque

24a) Si en la letra de cambio el librador incluye la cláusula "sin gastos": a. - El librador queda exonerado de responsabilidad en el caso de que la letra sea impagada a su vencimiento a. - El endoso que incorpore cláusulas de exoneración de responsabilidad del endosante 26a) El tenedor de un cheque que, presentado en tiempo hábil al cobro, no fuera pagado: a. - Puede ejercitar la acción directa contra el librado, levantando previamente el oportuno protesto 27a) En relación con el cheque confirmado o certificado cabe afirmar que: a. - Este cheque lleva, además de la firma del librador, la del banco librado

29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y fuera protestada por falta de pago, D. Jesús Díaz:a. Podría ejercitar una acción cambiaría para reclamar el pago contra Sánchez Motor SL b. Podría ejercitar una acción cambiaría para reclamar el pago contra Talleres Pardo SA 30a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, si D. Jesús Díaz ejercitara la acción cambiaría contra D. Lorenzo Oña, éste: a. - Podría oponer las excepciones que le correspondan frente a "Sánchez Motor S,L." 31a) En el mismo supuesto enunciado en las dos preguntas anteriores, si D. Jesús Díaz ejercitara la acción cambiaría contra Da María Valle, ésta: a. - Podría negarse a pagar alegando que es menor de edad, si ello fuera cierto 32a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no se protestara ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que había sido denegado el pago y D. Jesús Díaz hubiera devuelto la letra a "Sánchez Motor, S.L.", esta entidad: 33a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, "Sánchez Motor, S.L.": a. - Podría ejercitar una acción cambiaría indistintamente contra "Talleres Pardo, S.A.", y contra Da María Valle 34a) En el mismo supuesto enunciado en las dos preguntas anteriores, si "Sánchez Motor, S.A." ejercitara una acción cambiaría contra D. Lorenzo Oña, éste: a. - Podría negarse a pagar alegando que "Sánchez Motor, S.A." no está legitimado para ejercitar la acción puesto que no era la última endosataria 35a) En el mismo supuesto enunciado en las tres preguntas anteriores, si "Sánchez Motor, S.L." ejercitara una acción cambiaría contra "Talleres Pardo, S.A.", éste: a. - Podría oponer a "Sánchez Motor, S.L." las mismas excepciones personales que le corresponderían frente a D. Jesús Díaz

a. - Consiste en que los plazos establecidos en la Ley Concursal se reducen a la mitad, salvo aquellos que el juez acuerde mantener a. - Se someten a la legislación concursal general, pero con especialidades en materia de declaración de concurso y de administración concursal 4a) Si la solicitud de concurso de acreedores la presenta el propio deudor:

a. - Tendrá que demostrar en todo caso que existe un sobreseimiento general en el pago corriente de las obligaciones del deudor

a. - Puede solicitar la declaración de concurso, pero en ningún caso está obligado a hacerlo 8a) El auto de declaración de concurso debe contener necesariamente, entre otros pronunciamientos:

Page 27: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Gráficas La Moraña, SL cuyo administrador único es D. Félix García, ha comprado una impresora a Suministros Gráficos, SA, cuyo Consejero Delegado es D. Ramón Crespos. Para el cobro de la parte aplazada del precio Suministros Gráficos SA, emitió el 15 de abril de este año una letra girada contra Gráficas Moraña SL que fue aceptada el mismo día de su emisión, con vencimiento a tres meses vista. La letra se domicilió para su pago en Caja Duero, Sucursal de Arévalo, y la cambial se emitió con la cláusula "sin gastos". "Suministros Gráficos, S.A." entregó la letra a "Papelería Industrial, S.A.", cuya administradora única es Da Soledad del Barco. La entrega de la letra se hizo en pago de un suministro de papel milimetrado. "Papelería Industrial, S.A." endosó la letra para pagar una deuda a D. Luís Ruiz. El endoso tiene fecha 16 de mayo y se hizo con la cláusula "sin mi responsabilidad". Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

10a) Los actos realizados por el deudor en contravención de la limitación patrimonial establecida:

a. - Los créditos que tuvieran por objeto prestaciones no dineradas se modifican convirtiéndose en créditos dinerarios 13a) Durante el período en que está en suspenso la ejecución individual iniciada por un acreedor con garantía real, la administración concursal: a. - No podrá adoptar ninguna medida que afecte al crédito garantizado o al bien que lo garantiza 14a) Si prospera una acción rescisoria concursal y como consecuencia de la rescisión resultara un crédito a favor del demandado, este crédito: a. - Tendrá la consideración de crédito contra la masa, salvo que se haya apreciado mala fe en el acreedor, en cuyo caso se considera crédito concursal subordinado a. - Son créditos concúrsales que en caso de convenio carecen de derecho de voto 16a) En relación con el contenido del convenio cabe afirmar que las quitas podrán superar la mitad de cada uno de los créditos ordinarios:

18a) Si el producto de la ejecución del bien sobre el que recae fuera insuficiente para la satisfacción íntegra del crédito con privilegio especial, en la parte no satisfecha el crédito compartirá posición: 19a) En relación con la limitación ad valorem, como sistema de limitación de responsabilidad del naviero en el Derecho español, cabe afirmar que este sistema: a. - Sólo puede aplicarse cuando la causa que motiva la responsabilidad es la propia negligencia del naviero 20a) En relación con la responsabilidad del porteador aéreo en el derecho interno, cabe afirmar que: a. - Responde ilimitadamente de los daños personales causados a los pasajeros, si ha existido culpa o negligencia del porteador o de la tripulación a. - Se rige por el principio de universalidad del riesgo, por lo que no son válidas las cláusulas contractuales de exclusión de riesgos

a. - Puede exonerarse de la garantía de la aceptación y de la garantía del pago, haciéndolo constar así en la letra 25a) Si el librador emite un cheque sin tener provisión de fondos en poder del librado por la suma en el indicada: a. - Deberá pagar al tenedor, además de ésta, el diez por ciento del importe no cubierto del cheque, y la indemnización de los daños y perjuicios

29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera protestada y la entidad domiciliataria hiciera constar en el propia letra que se deniega el pago de la misma, D. Luís Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: 30a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, D. Luís Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a "Gráficas La Moraña, S.L." y a "Suministros Gráficos, S.A." 31a) En el mismo supuesto enunciado en las dos preguntas anteriores, si D. Luís Ruiz dirigiera una acción cambiaría contra "Papelería Industrial, S.A.", ésta: a. - Podría negarse a pagar alegando que no está obligada cambiariamente 32a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y no se levantara protesto ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que se deniega el pago, D. Luís Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: 33a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, D. Luís Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: 34a) En el mismo supuesto enunciado en las dos preguntas anteriores, D. Luís Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: 35a) En el mismo supuesto enunciado en las tres preguntas anteriores, si D. Luis Ruiz dirigiera una acción cambiaría contra "Suministros Gráficos, S.A.", ésta:

a. - El deudor debe pagar al que le presente el documento al portador, aunque sepa que no es legítima la posesión de quien se presenta como tenedor del documento 2a) La entrega de pagarés a la orden o letras de cambio produce los efectos del pago:

4a) Para que el documento tenga la consideración legal de letra de cambio es imprescindible que en el mismo figure, entre otros datos: 5a) Si se comprueba que la firma del librador de una letra de cambio está falsificada, tal circunstancia:

a. - El librador podría oponer frente al endosatario las excepciones que pueda tener contra el endosante

9a) En el caso de una letra de cambio, oportunamente presentada al cobro, resulte impagada y el tenedor no levante protesto ni obtenga declaración equivalente, el tenedor: 10a) Si el librador de una letra de cambio impagada ejercita la acción cambiaría directa contra el aceptante: a. - El aceptante tendría que pagar y no podría oponer ningún tipo de excepción para exonerarse del pago

a. - Es necesaria a efectos del cómputo del plazo de presentación del cheque al pago

17a) En el modelo general, la "fase común" del concurso está destinada básicamente a: 18a) El presupuesto objetivo del concurso de acreedores lo constituye la insolvencia del deudor común que se define legalmente como: a. - El estado en que se encuentra el deudor cuyo pasivo es superior a su activo

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Luis Vives vendió el día 25 de enero del presente año una parcela a Ondarbi, S.L., cuyo administrador único es Da Elena Gris. El precio de la venta era de 100.000 euros que deberían pagarse a los tres meses de la aceptación de la letra que libraría el Sr. Vives y que habría de presentarse al cobro en el Banco de Almería. El Sr. Vives libró la letra y puso como tomador a D. Juan Pérez para pagarle parte del precio de la venta de un chalet. La letra fue aceptada por la Sra. Gris en nombre de Ondarbi, S.L. el día 15 de febrero y D. Juan Pérez la descontó en la Caja de Ahorros de Andalucía el día 17 de febrero. Partiendo de estos datos debe contestarse las siguientes preguntas.

a. - El deudor tiene el deber de solicitar su propio concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia a. - El deudor no puede oponerse a la solicitud una vez que haya sido admitida a trámite 24a) Los actos realizados por el deudor en contravención de la limitación patrimonial originada por el concurso:

a. - Los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración del concurso, aunque no hubiere existido intención fraudulenta 28a) La legitimación activa para el ejercicio de la acción rescisoria concursal se atribuye:

a. - La inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para el ejercicio del comercio

35a) En relación con la responsabilidad del porteador en régimen de conocimiento de embarque cabe afirmar que: a. - Como regla general el importe de la indemnización no se corresponde con el daño efectivamente causado, sino con una cantidad máxima establecida en la propia Ley 2a) La sustitución del sistema llamado de titulización por el sistema de tabulación o registro: a. - Se ha producido en el sector de los valores mobiliarios agrupados en emisiones. 4a) En los títulos valores la posesión del título genera apariencia de la titularidad del derecho:

a. - Sólo está obligado al pago si el poseedor prueba que él es su legítimo dueño

a. - Prima la llamada función solutoria del concurso en interés de los acreedores 11a) El concurso es un procedimiento civil que se inicia con el auto de declaración del concurso: 12a) En la regulación actual del concurso de acreedores en nuestro Derecho: a. - Se mantiene una tradición plurisecular en nuestro ordenamiento reconociendo la cesión de bienes como posible solución del concurso 14a) Si el deudor incumple el deber de solicitar el propio concurso, en caso de que se forme la sección de calificación:

17a) El sistema general u ordinario de administración concursal en nuestro derecho se caracteriza porque:

a. - Limita el ejercicio de las facultades patrimoniales del concursado a través de su intervención o de su suspensión 19a) Los actos realizados por el deudor contraviniendo la limitación de sus facultades patrimoniales:

25a) El concursado quedará obligado por el convenio aprobado por la junta: a. - Sólo si es él quien ha formulado la propuesta de convenio, o si presentada por los acreedores da su conformidad a ella a. - Supone el vencimiento anticipado de los créditos y la suspensión de las facultades de administración y disposición. 27a) El abandono del buque a los acreedores como sistema de limitación de la responsabilidad del naviero: 28a) Sobre la responsabilidad del porteador en el transporte marítimo en régimen de conocimiento de embarque cabe decir que: 29a) En la ley de navegación aérea se considera como abordaje aéreo:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Lubián, S.L.", cuyo administrador es D. Julián Gómez, libró una letra de cambio por importe de 9.000 euros el día 25 de febrero del presente año, poniendo como tomador a "El Rápido, S.L.", a quien debía esa cantidad. La letra se libró contra "La Candela, S.A.", cuyo director-gerente es D. Antonio Cid, entidad frente a la que "Lubián, S.L." tenía un crédito por varios suministros. La letra se libró con vencimiento a tres meses fecha y se domicilió el pago en la cuenta corriente de "La Candela, S.A." en la Caja de Leganés, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de marzo a Motorplus, S.L.. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas.

30a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Andalucía tendría acción cambiaría para exigir el pago: 31a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, la Caja de Ahorros de Andalucía tendría acción cambiaría para exigir el pago: 32a) En el mismo supuesto de las dos preguntas anteriores si la Caja de Ahorros de Andalucía dirigiera una acción cambiaría contra Ondarbi, S.L., esta sociedad: 33a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la propia letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Andalucía tendría acción cambiaría para exigir el pago: 34a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, la Caja de Ahorros de Andalucía tendría acción cambiaría para exigir el pago: 35a) En el mismo supuesto de las dos preguntas anteriores, si D. Luis Vives hubiera pagado la letra y dirigiera una acción cambiaría contra Ondarbi, S.L., esta sociedad: a. - Podría negarse a pagar alegando que D. Luis Vives le debe más de 100.000 euros, si eso fuera cierto

a. - La conservación de las empresas y el mantenimiento de las relaciones laborales con los trabajadores

a. - Es aquel en el que el deudor ha presentado propuesta anticipada de convenio 5a) Una de las especialidades que presenta el concurso abreviado consiste en que:

8a) En relación con el concurso de las sociedades mercantiles cabe afirmar que: a. - Para realizar la solicitud de concurso voluntario es competente el órgano de administración o de liquidación 9a) Como regla general y salvo que el juez decida otra cosa, cabe afirmar que en caso de concurso necesario: 10a) Para el ejercicio de la acción de anulación de los actos realizados por el deudor en contravención de las limitaciones patrimoniales que originó su declaración en concurso están legitimados: 11a) La Ley Concursal establece, como regla general, que están legitimados para el ejercicio de la acción rescisoria concursal:

a. - Los actos realizados por el deudor en contravención de las limitaciones patrimoniales que originó su declaración en concurso

a. - Carecen de derecho de adhesión y de voto, por lo que no quedan afectados por las quitas y esperas que puedan acordarse 16a) Cuando se trata de una tramitación ordinaria, la aceptación del convenio: a. - Ha de producirse necesariamente en junta de acreedores debidamente convocada o constituida 17a) Con carácter general, una propuesta de convenio se entenderá aceptada cuando vote a favor; al menos:

a. - A todos los creedores concúrsales, hayan votado o no a favor del mismo a. - El juez debe rechazar su aprobación por infracción legal en el contenido del convenio a. - Únicamente para satisfacción de los acreedores y de los titulares de créditos privilegiados marítimos 21a) Entre las diferencias existentes entre el fletamento y el transporte en régimen de conocimiento de embarque cabe destacar la siguiente: a. - El fletamento ha sido objeto de regulación internacional y el transporte en régimen de conocimiento no. 22a) En relación con el seguro marítimo y los procedimientos para liquidar el siniestro, cabe afirmar que: a. - La liquidación por abandono opera únicamente en los denominados siniestros mayores

25a) Si en un cheque el importe del mismo figura dos veces, una vez escrito en números y otra escrito en letra, por cantidades diferentes: 26a) Si el tenedor de un cheque no lo presenta al pago dentro de los plazos legalmente previstos:

a. - Puede oponer al tenedor las excepciones personales que su avalado tenga contra el mismo

30a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la propia letra que deniega el pago, Motorplus, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago: 31a) En el mismo supuesto de 1 a pregunta anterior, Motorplus, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago: 32a) En el mismo supuesto de la pregunta 30, si Motorplus, S.L. dirigiera una acción cambiaría contra La Candela, S.A., esta entidad: 33a) Si El Rápido, S.L. hubiera pagado la letra, sin que ésta hubiera sido protestada ni la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la letra que se denegaba el pago, El Rápido, S.L.: a. - Tendría acción cambiaría de regreso contra Lubián, S.L. para recobrar el importe pagado 34a) Si la letra fuera presentada al cobro el día de vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la propia letra que se había denegado el pago, Motorplus, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago: 35a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, Motorplus, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago: 1a) La entrega de pagarés a la orden, o de letras de cambio u otros documentos mercantiles, produce los efectos del pago: a. - Cuando se han realizado o cuando se han perjudicado por culpa del acreedor

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a. - No puede disponer que la cantidad correspondiente devengue intereses

a. - Se realiza un endoso de garantía y, en consecuencia, el endosatario es inmune a las excepciones surgidas de las relaciones entre deudor y endosante 9a) Si la letra no es pagada a su vencimiento, el tenedor puede ejercitar la acción cambiaría contra el aceptante: a. - Sin necesidad de levantar protesto, ni de obtener la llamada "declaración equivalente" 10a) Si se emite un cheque sin tener suficiente provisión de fondos en poder del librado:

12a) Si un cheque presentado oportunamente al cobro resulta impagado, el tenedor puede ejercitar:

15a) En relación con el sistema de anotaciones en cuenta cabe afirmar que: a. - Sólo pueden acogerse a este sistema los valores admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales a. - Con el auto de admisión a trámite de la solicitud, cuando la solicitud ha sido presentada por cualquier legitimado distinto del deudor 18a) En el "modelo general" de concurso, la denominada "fase común" está destinada básicamente:

a.- Los acreedores afectados por el incumplimiento podrán solicitar la reapertura del concurso 20a) La "insolvencia" del deudor común se define legalmente como el estado en que se encuentra el deudor:

22a) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta un acreedor: a. - Podrá fundarla en el hecho de que el deudor ha dejado de pagar a todos sus trabajadores los salarios correspondientes a los cinco últimos meses a. - Conlleva necesariamente el cese de la actividad empresarial que venía ejerciendo 24a) Los actos realizados por el concursado en contravención de las limitaciones patrimoniales originadas por la declaración de concurso: a. - Sólo pueden ser anulados a instancia de la administración concursal 26a) En relación con los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento por ambas partes, la regla fundamental es que la declaración de concurso: a. - Es caso de resolución de estos contratos a instancia de cualquiera de las partes a. - Los actos realizados por el concursado en contravención de las limitaciones patrimoniales originadas por la declaración de concurso a. - Sólo quedan vinculados al contenido del convenio si votaron a favor de la propuesta que resultó aceptada o se adhirieron a la misma 30a) En relación con el contenido del convenio cabe afirmar que la regla general es que las esperas de los créditos ordinarios: a. - Pueden tener la duración que libremente hayan acordado concursado y acreedores 31a) En relación con la tramitación anticipada de convenio cabe afirmar que: a.- La falta de aprobación judicial del convenio tramitado de forma anticipada conduce necesariamente a la apertura de la fase de liquidación a. - Determina la inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para administrar los bienes ajenos durante un período de dos a quince años 33a) El naviero tiene derecho a limitar su responsabilidad por el criterio "ad valorem": a. - En cualquier supuesto de responsabilidad derivada de actos ilícitos del capitán 34a) En el caso de arrendamiento del buque, la condición de naviero la ostenta:

a. - Tiene que hacerse necesariamente mediante la acción de avería en los casos de siniestros de menor importancia y mediante la acción de abandono en los denominados siniestros mayores

a. - Libera siempre y en todo caso al que lo realiza aunque no se trate de un poseedor legítimo

6a) La falta de presentación de un cheque en los plazos legales determina que: 7a) Si el librador revoca el cheque por él emitido sin razón que lo justifique, el librado: a. - Está obligado a secundar la orden de revocación desde el mismo momento en que se le comunica 9a) El tenedor insatisfecho de un pagaré tiene las siguientes acciones:

a. - Puede exonerarse de la garantía de la aceptación y de la garantía del pago, haciéndolo constar en la letra 13a) La insolvencia del deudor como presupuesto objetivo de la declaración del concurso supone: a. - Imposibilidad de cumplir sus obligaciones por insuficiencia patrimonial 14a) Uno de los efectos de la calificación del concurso como culpable es: a. - La pérdida de cualquier derecho que las personas declaradas cómplices tuvieran como acreedores en el concurso

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Aceites Baza, S.A.", cuyo consejero delegado es D. José Gris ha comprado una máquina de envasado a "Maquinaria Industrial, S.L.", cuyo administrador único es Da Ana Ruiz. Para el cobro de la parte aplazada del precio "Maquinaria Industrial, S.L." emitió el 18 de abril de este año una letra girada contra "Aceites Baza, S.A." que fue aceptada el mismo día de su emisión, figurando en la aceptación la firma autógrafa de D. José Gris con la antefirma "Aceites Baza, S.A. Consejero Delegado". La letra se emitió con la cláusula "sin gastos" y su pago se domicilió en Cajasur. "Maquinaria Industrial, S.L." entregó la letra a D. Emilio Rodríguez, quien a su vez la endosó para pagar una deuda a D. Pedro Pérez, haciendo constar en el endoso la expresión "sin mi responsabilidad". Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

16a) El deudor puede oponerse a la solicitud de concurso presentada por un acreedor: a. - Sólo alegando la inexistencia del hecho en que el acreedor hubiera fundamentado su solicitud 17a) Si el deudor fuera una sociedad será competente para realizar la solicitud de concurso voluntario:

a. - Debe suspender necesariamente el ejercicio por parte del deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio 19a) Los actos que realice el deudor en contravención de las limitaciones que le hayan sido impuestas por el juez:

a. - Afecta a los créditos contra la masa que sean posteriores al concurso a. - Es un beneficio que se concede al deudor y a los acreedores que superen el veinte por ciento del pasivo 25a) El pago de los créditos con privilegio especial será preferente con cargo a los bienes afectos: a. - Tanto respecto de los créditos concúrsales como respecto de los créditos contra la masa 26a) En el fletamento por tiempo la obligación principal del fletante consiste en: a. - La actividad de navegación durante el tiempo pactado siguiendo las instrucciones del fletador 27a) Sobre la limitación de la responsabilidad del naviero por abandono del buque a los acreedores, cabe decir que: 28a) Del régimen de responsabilidad del porteador en el transporte marítimo de mercancías en régimen de conocimiento de embarque, cabe decir que: a. - Es imperativo, pero mediante pacto puede reducirse la responsabilidad establecida 29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago de la misma, D. Pedro Pérez tendría acción cambiaría para exigir el pago: 30a) En el mismo supuesto de la pregunta anterior, D. Pedro Pérez tendría acción cambiaría para exigir el pago: 31a) En el mismo supuesto enunciado en las dos preguntas anteriores, D. Pedro Pérez tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a "Maquinaria Industrial, S.L." y a D. Emilio Rodríguez 32a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y no se levantara protesto ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que se deniega el pago, D. Pedro Pérez tendría acción cambiaría para exigir el pago: 33a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, D. Pedro Pérez tendría acción cambiaría para exigir el pago: 34a) En el mismo supuesto enunciado en las dos preguntas anteriores, D. Pedro Pérez tendría acción cambiaría para exigir el pago: a. - Indistintamente a "Aceites Baza, S.A." y a "Maquinaria Industrial, S.L." 35a) En el mismo supuesto enunciado en las tres preguntas anteriores, si D. Pedro Pérez dirigiera una acción cambiaría contra "Maquinaria Industrial, S.L.", esta sociedad: 1a) La Ley Concursal establece que se encuentra en estado de insolvencia el deudor: a. - Que ha sobreseído de forma general en el pago corriente de sus obligaciones

a. - Cuando se declara teniendo el deudor bienes suficientes para pagar sus deudas 4a) Con carácter general están legitimados para solicitar la declaración de concurso: a. - Únicamente el deudor y cualquiera de sus acreedores, sin ninguna excepción 5a) El deudor puede oponerse a la solicitud de declaración de concurso presentada por cualquier otro legitimado: a. - Únicamente alegando la inexistencia del hecho en que se hubiera fundamentado la solicitud 6a) En relación con la limitación de las facultades patrimoniales del concursado cabe afirmar que: a. - La declaración de concurso interrumpe el ejercicio de la actividad empresarial que viniera ejerciendo el deudor, cuando el juez acuerde la suspensión del ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio 7a) En relación con la interrupción de la prescripción de las acciones contra el concursado cabe afirmar que: a. - Desde la declaración del concurso queda interrumpida la prescripción de las acciones contra el deudor por los créditos anteriores a la declaración

a. - A los acreedores que no hayan podido participar en su aprobación por carecer de derecho de voto 11a) Como regla general, la calificación del concurso como culpable produce como efecto: a. - La inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para administrar los bienes ajenos durante un período de dos a quince años a. - Los actos fraudulentos realizados por el deudor dentro de los cinco años anteriores a la fecha de la declaración del concurso 13a) La legitimación activa para el ejercicio de la acción rescisoria concursal se atribuye: 14a) En relación con el abandono del buque a los acreedores como sistema de limitación de responsabilidad cabe afirmar que:

a. - Cubre el interés sobre las mercancías objeto del transporte marítimo 16a) En relación con los procedimientos de liquidación del siniestro en el seguro marítimo cabe afirmar que: a. - La acción de avería es general y se puede usar en cualquier tipo de daño, mientras que la liquidación por abandono opera únicamente en los siniestros mayores a. - En el momento en que el deudor se la entrega al acreedor para pagarle la deuda a. - Los que incorporan el derecho a obtener la restitución de las mercancías especificadas en ellos

a. - Es siempre transmisible por endoso, sin que el librador pueda prohibir esta forma de transmisión

a. - No puede disponer que la cantidad correspondiente devengue intereses a. - Adquiere la propiedad del título y es inmune a las excepciones que el deudor pueda tener contra el endosante 24a) Si antes de su vencimiento se presenta la letra a la aceptación, el librado se niega a aceptarla y se levanta protesto por falta de aceptación, el tenedor de la letra: a. - Podrá exigir el pago al librador sin tener que esperar a la fecha de vencimiento de la letra

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Antón e hijos, S.L.", cuyo administrador único es D. Luis Antón, emitió una letra de cambio el día 15 de febrero del presente año por importe de 20.000 euros y con vencimiento a tres meses fecha. En el mismo acto D. Juan López aceptó la letra como favor a D. Luis Antón, que se comprometió a entregarle los 20.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. El pago se domicilió en el Banco Central, sucursal 2 de Toledo. La letra se emitió a la orden de "Automoción Rojo, S.L.", cuyo administrador es D. Ángel Rojo, a quien se la entregó en pago del precio de un coche. Posteriormente "Automoción Rojo, S.L." endosó la letra a D. Pedro Ruiz. Teniendo en cuenta estos datos deben constarse las siguientes preguntas.

26a) Como regla general, si un cheque presentado al cobro en tiempo hábil no es pagado y no se levanta protesto ni se realiza la declaración equivalente, el tenedor: a. - Pierde la acción de regreso contra los endosantes y contra el librador y demás obligados cambiados 27a) En relación con el cheque confirmado o certificado cabe afirmar que: a. - Es un cheque que lleva, además de la firma del librador, la del banco librado

29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, D. Pedro Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: 30a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, D. Pedro Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: 31a) En el mismo supuesto enunciado en las dos preguntas anteriores, si D. Pedro Ruiz dirigiera su acción cambiaría: a. - Contra "Automoción Rojo, S.L." esta entidad podría negarse a pagar alegando que no está obligada cambiariamente 32a) Si la letra se hubiera emitido con la cláusula "sin gastos", fuera presentada oportunamente al cobro, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que había sido denegado el pago, D. Pedro Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: 33a) En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, D. Pedro Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago: 34a) En el mismo supuesto enunciado en las dos preguntas anteriores, si D. Pedro Ruiz dirigiera su acción cambiaría: a. - Contra "Automoción Rojo, S.L.", esta entidad podría negarse a pagar alegando que no está obligada cambiariamente 35a) En el mismo supuesto enunciado en las tres preguntas anteriores, en el caso de que la letra hubiera sido pagada por "Antón e hijos, S.L." y esta entidad dirigiera su acción cambiaría: a. - Contra D. Juan López, éste podría negarse a pagar alegando que no ha recibido provisión de fondos, si efectivamente D. Luis Antón no le ha entregado los 20.000 euros 1a) En relación con el concepto de título valor cuando se dice que el derecho mencionado en él es autónomo, se afirma que el deudor: a. - No puede oponer al poseedor del título las excepciones personales que pudiera tener frente al mismo a. - Desde el momento en que el acreedor acepta el pagaré como medio de pago 3a) El que se ha visto desposeído ilegítimamente de un título al portador: a. - No podrá reivindicar el título si su actual poseedor lo ha adquirido de buena fe y sin culpa grave

7a) En las letras de cambio la denominada "provisión de fondos" hace referencia:

11a) Si en una letra de cambio el librador inserta la cláusula "sin gastos": 12a) Si se realiza un endoso normal u ordinario, el endosante es responsable del éxito de la letra con igual alcance que:

a. - El deudor puede oponer al endosatario las excepciones que tenga contra el endosante 15a) Si el librado se niega a aceptar la letra y se levanta protesto por esta causa: a. - El librado queda obligado al pago de la letra en los mismos términos que si hubiera aceptado la letra

a. - Es siempre una orden pago a la vista y cualquier mención contraria se tendrá por no escrita 18a) Un cheque presentado al pago antes del día indicado como fecha de emisión:

a. - Tiene acción cambiaría directa contra el firmante del pagaré, sin necesidad de protesto o declaración equivalente 21a) Los denominados "acuerdos de refinanciación" hacen referencia a los acuerdos de refinanciación adoptados: 22a) En el Derecho español vigente, la función primaria del concurso de acreedores es la denominada:

24a) Como regla general, el deudor tiene el deber de solicitar su propio concurso: 25a) Como regla general cabe afirmar que la declaración de concurso: a. - Interrumpe el ejercicio de la actividad empresarial que viniera ejerciendo el deudor cuando se trata de un concurso necesario 26a) Los actos realizados por el concursado en contravención de la limitación patrimonial originada por la declaración de concurso: 27a) En relación con el devengo de intereses de los créditos concúrsales, la regla general es que: a. - Desde la declaración de concurso quedará suspendido el devengo de los intereses legales o convencionales 29a) Los créditos de que fuera titular el acreedor que instó la declaración del concurso: 30a) Los créditos concúrsales de que fuera titular un hermano del concursado, que no sean créditos salariales con privilegio general: 31a) En caso de convenio, los créditos con privilegio general reciben el mismo tratamiento que: 32a) La calificación del concurso como culpable produce entre otros efectos: a. - La calificación como créditos subordinados de los créditos que tuvieran en el concurso las personas declaradas cómplices 33a) El principio de universalidad del riesgo en el seguro marítimo supone que:

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4a) En el modelo general, la "fase común" del concurso está destinada básicamente a:

a. - Consiste en que los plazos establecidos en la Ley Concursal se reducen a la mitad, salvo aquellos que el juez acuerde mantener a. - Consiste en que la administración concursal es siempre unipersonal a. - Intervienen en la gestión de las entidades de crédito en crisis y, además, en caso de insolvencia satisfacen a los depositantes el importe de los depósitos garantizados hasta un determinado límite a. - Se someten a la legislación concursal general, pero con especialidades en materia de declaración de concurso y de administración concursal 9a) El presupuesto objetivo del concurso de acreedores lo constituye la insolvencia del deudor común que se define legalmente como: a. - El estado en que se encuentra el deudor cuyo pasivo es superior a su activo 10a) Si la solicitud de concurso de acreedores la presenta el propio deudor: 11a) Si la solicitud de declaración de concurso la presenta un acreedor: a. - Tendrá que demostrar en todo caso que existe un sobreseimiento general en el pago corriente de las obligaciones del deudor

a. - El que tiene obligación de solicitar el propio deudor cuando conoce su estado de insolvencia a. - Puede solicitar la declaración de concurso, pero en ningún caso está obligado a hacerlo 15a) El auto de declaración de concurso debe contener necesariamente, entre otros pronunciamientos:

17a) Una vez admitida a trámite la solicitud de concurso presentada por un acreedor:

21a) La apertura de la fase de liquidación trae consigo necesariamente, si no se hubiera producido con anterioridad: 22a) Los actos realizados por el deudor en contravención de la limitación patrimonial establecida:

26a) Si el concursado realiza un acto contraviniendo la limitación patrimonial establecida, los acreedores: a. - Están legitimados para ejercitar la acción de anulación de dicho acto 27a) Los acreedores con garantía real, cuando ésta recae sobre bienes afectos al ejercicio de la actividad empresarial: a. - Pueden iniciar la ejecución de la garantía cualquiera que sea el estado de tramitación del concurso a. - Los créditos que tuvieran por objeto prestaciones no dinerarias se modifican convirtiéndose en créditos dinerarios 29a) Durante el período en que está en suspenso la ejecución individual iniciada por un acreedor con garantía real, la administración concursal: a. - No podrá adoptar ninguna medida que afecte al crédito garantizado o al bien que lo garantiza a. - Los actos fraudulentos realizados por el deudor dentro de los cinco años anteriores a la declaración del concurso 31a) Si prospera una acción rescisoria concursal y como consecuencia de la rescisión resultara un crédito a favor del demandado, este crédito:a. - Tendrá la consideración de crédito contra la masa, salvo que se haya apreciado mala fe en el acreedor, en cuyo caso se considera crédito concursal subordinado a. - Son créditos concursales que en caso de convenio carecen de derecho de voto 33a) En relación con el contenido del convenio cabe afirmar que las quitas podrán superar la mitad de cada uno de los créditos ordinarios:

a. - Reciben el mismo tratamiento que los créditos con privilegio especial a. - Puede ser el que libremente acuerden las partes, sin ningún tipo de limitación

a. - La inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para el ejercicio del comercio 1a) Si el producto de la ejecución del bien sobre el que recae fuera insuficiente para la satisfacción íntegra del crédito con privilegio especial, en la parte no satisfecha el crédito compartirá posición:

a. - Los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración del concurso, aunque no hubiere existido intención fraudulenta 4a) La legitimación activa para el ejercicio de la acción rescisoria concursal se atribuye:

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9a) En relación con la limitación ad valorem, como sistema de limitación de responsabilidad del naviero en el Derecho español, cabe afirmar que este sistema: a. - Sólo puede aplicarse cuando la causa que motiva la responsabilidad es la propia negligencia del naviero

12a) En relación con la responsabilidad del porteador en régimen de conocimiento de embarque cabe afirmar que: a. - Como regla general el importe de la indemnización no se corresponde con el daño efectivamente causado, sino con una cantidad máxima establecida en la propia Ley 13a) En relación con la responsabilidad del porteador aéreo en el derecho interno, cabe afirmar que: a. - Responde ilimitadamente de los daños personales causados a los pasajeros, si ha existido culpa o negligencia del porteador o de la tripulación a. - Se rige por el principio de universalidad del riesgo, por lo que no son válidas las cláusulas contractuales de exclusión de riesgos a. - El deudor debe pagar al que le presente el documento al portador, aunque sepa que no es legítima la posesión de quien se presenta como tenedor del documento

19a) Si en la letra de cambio el librador incluye la cláusula "sin gastos": a. - El librador queda exonerado de responsabilidad en el caso de que la letra sea impagada a su vencimiento a.- El endoso que incorpore cláusulas de exoneración de responsabilidad del endosante 21a) para que el documento tenga la consideración legal de letra de cambio es imprescindible que en el mismo figure, entre otros datos: 22a) Si se comprueba que la firma del librador de una letra de cambio está falsificada, tal circunstancia:

a. - El librador podría oponer frente al endosatario las excepciones que pueda tener contra el endosante

a. - Puede exonerarse de la garantía de la aceptación y de la garantía del pago, haciéndolo constar así en la letra 27a) En el caso de una letra de cambio, oportunamente presentada al cobro, resulte impagada y el tenedor no levante protesto ni obtenga declaración equivalente, el tenedor: 28a) Si el librador de una letra de cambio impagada ejercita la acción cambiaria directa contra el aceptante: a. - El aceptante tendría que pagar y no podría oponer ningún tipo de excepción para exonerarse del pago

a. - Es necesaria a efectos del cómputo del plazo de presentación del cheque al pago 33a) Si el librador emite un cheque sin tener provisión de fondos en poder del librado por la suma en el indicada: a. - Deberá pagar al tenedor, además de ésta, el diez por ciento del importe no cubierto del cheque, y la indemnización de los daños y perjuicios 35a) El tenedor de un cheque que, presentado en tiempo hábil al cobro, no fuera pagado: a. - Puede ejercitar la acción directa contra el librado, levantando previamente el oportuno protesto 36a) En relación con el cheque confirmado o certificado cabe afirmar que: a. - Este cheque lleva, además de la firma del librador, la del banco librado

39a) La entrega de pagarés a la orden o letras de cambio produce los efectos del pago:

2a) La sustitución del sistema llamado de titulización por el sistema de tabulación o registro: a. - Se ha producido en el sector de los valores mobiliarios agrupados en emisiones. 4a) En los títulos valores la posesión del título genera apariencia de la titularidad del derecho:

a. - Sólo está obligado al pago si el poseedor prueba que él es su legítimo dueño6a) La entrega de pagarés a la orden, o de letras de cambio u otros documentos mercantiles, produce los efectos del pago: a. - Cuando se han realizado o cuando se han perjudicado por culpa del acreedor

a. - No puede disponer que la cantidad correspondiente devengue intereses

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a. - Se realiza un endoso de garantía y, en consecuencia, el endosatario es inmune a las excepciones surgidas de las relaciones entre deudor y endosante 17a) Si la letra no es pagada a su vencimiento, el tenedor puede ejercitar la acción cambiaria contra el aceptante: a. - Sin necesidad de levantar protesto, ni de obtener la llamada "declaración equivalente"

a. - Puede oponer al tenedor las excepciones personales que su avalado tenga contra el mismo 21a) Si en un cheque el importe del mismo figura dos veces, una vez escrito en números y otra escrito en letra, por cantidades diferentes: 22a) sí el tenedor de un cheque no lo presenta al pago dentro de los plazos legalmente previstos: 23a) Si se emite un cheque sin tener suficiente provisión de fondos en poder del librado:

25a) Si un cheque presentado oportunamente al cobro resulta impagado, el tenedor puede ejercitar:

a. - Prima la llamada función solutoria del concurso en interés de los acreedores 32a) El concurso es un procedimiento civil que se inicia con el auto de declaración del concurso: 33a) En la regulación actual del concurso de acreedores en nuestro Derecho: a. - Se mantiene una tradición plurisecular en nuestro ordenamiento reconociendo la cesión de bienes como posible solución del concurso

a. - La conservación de las empresas y el mantenimiento de las relaciones laborales con los trabajadores

40a) En el "modelo general" de concurso, la denominada "fase común" está destinada básicamente: 1a) Si el deudor incumple el deber de solicitar el propio concurso, en caso de que se forme la sección de calificación:

3a) La "insolvencia" del deudor común se define legalmente como el estado en que se encuentra el deudor:

a. - Podrá fundarla en el hecho de que el deudor ha dejado de pagar a todos sus trabajadores los salarios correspondientes a los cinco últimos meses a. - Conlleva necesariamente el cese de la actividad empresarial que venía ejerciendo 7a) Los actos realizados por el concursado en contravención de las limitaciones patrimoniales originadas por la declaración de concurso: a. - Sólo pueden ser anulados a instancia de la administración concursal 9a) En relación con los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento por ambas partes, la regla fundamental es que la declaración de concurso: a. - Es caso de resolución de estos contratos a instancia de cualquiera de las partes

12a) En relación con el concurso de las sociedades mercantiles cabe afirmar que: a. - Para realizar la solicitud de concurso voluntario es competente el órgano de administración o de liquidación 13a) Como regla general y salvo que el juez decida otra cosa, cabe afirmar que en caso de concurso necesario: 14a) La Ley Concursal establece, como regla general, que están legitimados para el ejercicio de la acción rescisoria concursal:

a. - Los actos realizados por el deudor en contravención de las limitaciones patrimoniales que originó su declaración en concurso

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20a) El concursado quedará obligado por el convenio aprobado por la junta: a. - Sólo si es él quien ha formulado la propuesta de convenio, o si presentada por los acreedores da su conformidad a ella a. - Carecen de derecho de adhesión y de voto, por lo que no quedan afectados por las quitas y esperas que puedan acordarse a. - Sólo quedan vinculados al contenido del convenio si votaron a favor de la propuesta que resultó aceptada o se adhirieron a la misma 23a) En relación con el contenido del convenio cabe afirmar que la regla general es que las esperas de los créditos ordinarios: a. - Pueden tener la duración que libremente hayan acordado concursado y acreedores 24a) En relación con la tramitación anticipada de convenio cabe afirmar que: a. - La falta de aprobación judicial del convenio tramitado de forma anticipada conduce necesariamente a la apertura de la fase de liquidación a. - Determina la inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para administrar los bienes ajenos durante un período de dos a quince años 26a) Cuando se trata de una tramitación ordinaria, la aceptación del convenio: a. - Ha de producirse necesariamente en junta de acreedores debidamente convocada o constituida 27a) Con carácter general, una propuesta de convenio se entenderá aceptada cuando vote a favor; al menos:

a. - A todos los acreedores concursales, hayan votado o no a favor del mismo a. - El juez debe rechazar su aprobación por infracción legal en el contenido del convenio a. - Los acreedores afectados por el incumplimiento podrán solicitar la reapertura del concurso a. - Supone el vencimiento anticipado de los créditos y la suspensión de las facultades de administración y disposición. 32a) El naviero tiene derecho a limitar su responsabilidad por el criterio "ad valorem": a. - En cualquier supuesto de responsabilidad derivada de actos ilícitos del capitán 33a) El abandono del buque a los acreedores como sistema de limitación de la responsabilidad del naviero:

a. - Únicamente para satisfacción de los acreedores y de los titulares de créditos privilegiados marítimos 35a) Entre las diferencias existentes entre el fletamento y el transporte en régimen de conocimiento de embarque cabe destacar la siguiente: a. - El fletamento ha sido objeto de regulación internacional y el transporte en régimen de conocimiento no. 36a) En el caso de arrendamiento del buque, la condición de naviero la ostenta: 37a) Sobre la responsabilidad del porteador en el transporte marítimo en régimen de conocimiento de embarque cabe decir que: 38a) En relación con el seguro marítimo y los procedimientos para liquidar el siniestro, cabe afirmar que: a. - La liquidación por abandono opera únicamente en los denominados siniestros mayores a. - Tiene que hacerse necesariamente mediante la acción de avería en los casos de siniestros de menor importancia y mediante la acción de abandono en los denominados siniestros mayores 40a) En la ley de navegación aérea se considera como abordaje aéreo:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Armería el Montés, S.A", cuyo administrador único es D. Luís Abril, vendió diversos artículos de caza a D. Juan Gómez por un importe de 12.000 euros. Para el pago aplazado del precio, "Armería el Montés, SA." emitió una letra de cambio el día 26 de febrero del presente año, que el Sr. Gómez aceptó ese mismo día y con vencimiento a 90 días vista. El pago se domicilió en el Banco Aragonés, sucursal 1, de Huesca. "Armería el Montés, S.A." quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de los Pirineos, pero esta entidad exigió un avalista. Por ello "Armería el Montés, S.A." consiguió que D. Pedro Ruiz avalara la letra poniendo en el anverso, en el lugar reservado a "cláusulas", la expresión "por aval" y su firma. "Armería el Montés, S.A." entregó la letra así avalada a la Caja de Ahorros de los Pirineos poniéndola como tomadora de la misma. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

13 a) Los créditos por salarios por los últimos treinta días de trabajo anteriores a la declaración de concurso y en cuantía que no supone el doble del salario mínimo interprofesional se consideran:

23a) Cuando un sujeto que es deudor por virtud de una relación jurídica previa suscribe un título-valor entregándoselo a su acreedor, el efecto que se produce es el siguiente:

29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que había sido denegado el pago, la Caja de Ahorros de los Pirineos tendría acción cambiaría para exigir el pago:

32a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada, no se protestara, pero la entidad domiciliataria hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, la Caja de Ahorros de los Pirineos:

34a) En el mismo supuesto de las dos preguntas anteriores, en el caso de que la letra hubiera sido pagada por Pedro Ruiz, éste tendría acción cambiaría para exigir el pago: 35a) En el mismo supuesto de las tres preguntas anteriores, en el caso de que la letra hubiera sido pagada por "Armería el Montés, S.A.", esta entidad tendría acción cambiaría para exigir el pago:

a.- El deudor podrá oponerse a la misma basándose en la inexistencia del hecho en que se fundamenta la solicitud o en que, aun existiendo, no se encuentra en estado de insolvencia

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Rocío Rubio, de 17 años, estudiante, compró un equipo de música pagando una parte del precio en efectivo y aceptando una letra de cambio para el pago de 600 euros de la parte aplazada del precio. La letra de cambio fue emitida el 2 de marzo de este año por "Discocenter, S.L.", cuyo administrador único es D. Rodrigo Alvarez. La letra se emitió a tres meses desde la fecha de emisión, domiciliándose el pago en la Caja de Ahorros de Sevilla, Oficina Principal. La aceptación se firmó en el momento mismo de la emisión y simultáneamente firmo la letra como avalista de Rocío Rubio, un amigo suyo, José Tomé, que es el administrador único de "Motos Tomé, S.L.". El aval lo firmó como administrador de la sociedad. "Discocenter, S.L." entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Electrónica 2000, S.L." en pago de unos suministros. El administrador único de esta sociedad es D. Angel García. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las siguientes preguntas

28a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago de la misma, “Electrónica 2000, S.L.” tendría acción cambiaría para exigir el pago:

33a) Si la letra fúera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fúera pagada y no se levantara protesto, ni se hiciera constar por la entidad domiciliataria en la propia letra que se había denegado el pago, “Electrónica 2000, S.L.” tendía acción cambiaría para exigir el pago:

4a) Si la solicitud de concurso de acreedores la presenta el propio deudor, la ley precisa el alcance del presupuesto objetivo del concurso estableciendo expresamente que:

A. Pueden continuar las ejecuciones civiles ya iniciadas, siempre que recaigan sobre bienes no afectos al ejercicio de la actividad empresarial del concursadoA. Pueden iniciar o continuar la ejecución o realización forzosa de la garantía cuando ésta recaiga sobre bienes no afectos al ejercicio de la actividad profesional o empresarial del concursado

19a) Los créditos que, como consecuencia de una acción de reintegración de la masa, resulten a favor de quien haya sido declarado parte de mala fe en el acto impugnado:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas Instalaciones: Alfa, S.L., cuyo administrador único es D. Pedro Jiménez, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 13 de mayo del presente año, poniendo como tomador a Transportes El Rápido, S. A., cuyo director general es D. Manuel López. La letra se libró contra Cafetería La Luz, S.L., cuya administradora única es Da Ana Villa. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y su pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Luz, S.L en la Caja Asturias, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de junio a Mecánica Abril, S.L., cuyo administrador único es D. José Pérez. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Construcciones Ruiz, S.L., cuyo director-gerente es D. José Torres, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 14 de febrero del presente año, poniendo como tomador, para pagar una deuda por sus servicios, a "Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A., cuyo administrador único es D. Luís García. La letra se libró contra Cafetería La Estrella, S.L., cuyo director-general es D. Javier Muro, entidad frente a la que Construcciones Ruiz, S.L. tenía un crédito por trabajos de reformas realizados en su establecimiento. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y el pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Estrella, S.L., en la Caja del Duero, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el 25 de marzo a Ferretería El Clavo, S.A., cuya administradora única es Da Marta Clavo, para el pago de herramientas y otros productos suministrados al endosante. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

30a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domicilataria tampoco hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago, Mecánica Abril, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:

33a) Si Transportes El Rápido, S.A. hubiera pagado la letra, sin que ésta hubiera sido protestada ni la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la letra que se denegaba el pago, Trasportes El Rápido, S.A.:34a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, sí que fuera protestada y la entidad domiciliataria no hubiera hecho constar en la propia letra que se había denegado el pago, Mecánica Abril, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Instalaciones Eléctricas, S.L., cuyo administrador único es D. Manuel Silva, emitió el 10 de febrero del presente año una letra de cambio a cargo de D. Javier Cruces. El Sr. Cruces aceptó la letra en el mismo momento de la emisión, por amistad con el Sr. Silva, que se había comprometido a poner a disposición del Sr. Cruces el importe de la letra, antes del vencimiento, para que pudiera pagarla. El importe de la letra era de 60.000 euros, su vencimiento a tres meses fecha e incluía la cláusula "sin gastos". El pago de la letra se domicilió en la Oficina Principal de Caja España en León. La letra fue entregada, poniéndola como tomadora a Reformas Interiores, S.L. en pago de unos trabajos. La administradora única de esta sociedad es Da Ángela Luna. Por exigencias del tomador, D. Luís Gil avaló la letra, indicando que avalaba a D. Javier Cruces. Reformas Interiores, S.L endosó la letra el 10 de abril a Pinturas Murales, S.A, cuyo consejero-delegado es D. Alfonso Álvarez. Con estos antecedentes deben contestarse las preguntas siguientes

29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago, Ferretería El Clavo, S.A tendría acción cambiaría para exigir el pago:

32a) Si Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A. hubiera pagado la letra, sin que ésta hubiera sido protestada ni la entidad domiciliataria hubiese hecho constar en la letra que se denegaba el pago, Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A.: 33a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, sín que fuera protestada y la entidad domiciliataria no hubiera hecho constar en la propia letra que se había denegado el pago, Ferretería El Clavo, S.A. tendría acción cambiaría para exigir el pago:

A. El concursado queda suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de la masa activa, si el concurso es necesario; y queda sometido a intervención, si el concurso es voluntario

A. La administración concursal y, de forma subsidiaria, los acreedores que previamente hayan solicitado por escrito a la administración concursal el ejercicio de la acción

29a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indiciado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria hiciera constar en la propia letra que deniega el pago de la misma, Pinturas Murales, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:

32a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, y no se levantara protesto, ni se hiciera constar en la propia letra por la entidad domiciliataria que se deniega el pago, Pinturas Murales, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:

A. Podría negarse a pagar alegando que no está obligado al pago por no haber recibido de Instalaciones Eléctricas, S.L. la provisión de fondos prometida para hacer frente a la cambial

3a) En relación con el convenio el juez podrá autorizar quitas superiores al cincuenta por ciento de cada uno de los créditos ordinarios y esperas de los créditos ordinarios de más de cinco años:

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31a) Si una letra de cambio no aceptada fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, el tenedor tendría acción cambiaría para exigir el pago: 32a) Si una letra de cambio aceptada fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, el tenedor tendría acción cambiaría para exigir el pago: 33a) Si una letra de cambio no aceptada fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hiciera constar en la letra que se había denegado el pago, el tenedor tendría acción cambiaría para exigir el pago:

2a) La constitución por parte del deudor de garantías reales a favor de operaciones preexistentes dentro de los dos años anteriores a la fecha de declaración de concurso:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Da Elisa Flores vendió a Automecánica SL un equipo informático por valor de 20.000 euros. Para el pago aplazado de 10.000 euros se emitió una letra de cambio por dicho importe y con vencimiento a tres meses fecha. La letra fue aceptada en el mismo momento de su emisión por D. Julio Pérez en cuanto administrador único de Automecánica SL y el pago se domicilió en el Banco Valenciano. Da Elisa quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de Sagunto, pero esta entidad exigió para ello un avalista, ya que no le ofrecían suficiente garantía los firmantes de la cambial. El padre de Da Elisa, D. Agustín Flores, se prestó a ello y firmó como avalista en el espacio reservado a tal efecto en el dorso de la letra. D. Agustín se limitó a estampar su firma en el sitio indicado, sin rellenar ningún otro dato y sin especificar el nombre del avalado. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaría para exigir el pago:

33a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la propia letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaría para exigir el pago:

a. - Se exige que demuestre o bien la existencia de un sobreseimiento general en el pago de las obligaciones del deudor, o bien la existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera general al patrimonio del deudor

15a) Los créditos que, como consecuencia del ejercicio de la acción rescisoria concursal, resulten a favor de quien haya sido declarado parte de mala fe en el acto impugnado:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Juan García emitió una letra de cambio por importe de 60.000 euros. En el mismo acto D. Luís Pérez aceptó la letra como favor a su amigo D. Juan García, que se había comprometido a entregarle los 60.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. La letra se domicilió en el Banco Castilla, donde tenía su cuenta D. Luís Pérez. La letra se emitió a la orden de Automoción SL, cuyo administrador único es D. Antonio López. La letra se entregó a esa entidad en pago de unas máquinas compradas por D. Juan García. Posteriormente Automoción SL descontó la letra en el Banco León, haciendo el correspondiente endoso. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

27a) Si el librado no paga un cheque, presentado oportunamente al cobro, por faltar la necesaria provisión de fondos y no se acredita la falta de pago mediante protesto o declaración equivalente, el tenedor:

29a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada, ni la entidad domiciliataria hiciera constar en la letra que se deniega el pago, Banco León tendría acción cambiaría para exigir el pago:

33a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada, pero la entidad domiciliataria sí hiciera constar en la letra que se deniega el pago, Banco León tendría acción cambiaría para exigir el pago:

a. - Contra D. Luís Pérez, éste podría negarse a pagar alegando que no ha recibido provisión de fondos, si efectivamente D. Juan García no le ha entregado los 60.000 euros

a. - Es solidaria en el sentido de que se presume la culpabilidad de todos los que actúen colegiadamente, sin que ninguno de ellos pueda alegar causa alguna de exclusión

a.- No interrumpirá el ejercicio de la actividad profesional o empresarial del concursado, cualquiera que sea la limitación de las facultades patrimoniales del deudor

29a) Si una letra de cambio en la que no existe aceptación se presenta oportunamente al cobro, pero no es pagada y el tomador acredita la falta de pago mediante el protesto notarial de la letra, el tomador tendrá acción cambiaría:

32a) Si un cheque es presentado oportunamente al cobro, no es pagado y no se levanta protesto ni se realizada la declaración equivalente, el tenedor tiene acción cambiaría:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Talleres Pardo, S.A.", con domicilio en Oviedo y cuyo administrador único es D. Luis Nieto, emitió el 15 de marzo del presente año una letra contra Da María Valle, con domicilio también en Oviedo. La letra se emitió por un importe de 2.000 euros, que era el precio aplazado por la compra de un coche de segunda mano. La letra emitida a tres meses fecha fue aceptada en el mismo acto de la emisión y su pago se domicilió en el Banco de Oviedo, Oficina Principal. "Talleres Pardo, S.A." consiguió que un amigo de Da María Valle, D. Lorenzo Oña, avalara a ésta como aceptante, firmando el aval el día 25 de marzo y posteriormente entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Sánchez Motor, S.L.", con domicilio en León y cuyo Director Gerente es D. Amador Río. La letra se entregó para pagar una deuda que "Talleres Pardo, S.A." tenía pendiente con esta sociedad. A mediados de mayo "Sánchez Motor, S.L." endosó la letra, poniendo en el endoso "valor al cobro", a su delegado en la zona de Asturias, D. Jesús Díaz. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

a. - Intervienen en la gestión de las entidades de crédito en crisis y, además, en caso de insolvencia satisfacen a los depositantes el importe de los depósitos garantizados hasta un determinado límite

29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y fuera protestada por falta de pago, D. Jesús Díaz:a. Podría ejercitar una acción cambiaría para reclamar el pago contra Sánchez Motor SL

32a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no se protestara ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que había sido denegado el pago y D. Jesús Díaz hubiera devuelto la letra a "Sánchez Motor, S.L.", esta entidad:

35a) En el mismo supuesto enunciado en las tres preguntas anteriores, si "Sánchez Motor, S.L." ejercitara una acción cambiaría contra "Talleres Pardo, S.A.", éste:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Gráficas La Moraña, SL cuyo administrador único es D. Félix García, ha comprado una impresora a Suministros Gráficos, SA, cuyo Consejero Delegado es D. Ramón Crespos. Para el cobro de la parte aplazada del precio Suministros Gráficos SA, emitió el 15 de abril de este año una letra girada contra Gráficas Moraña SL que fue aceptada el mismo día de su emisión, con vencimiento a tres meses vista. La letra se domicilió para su pago en Caja Duero, Sucursal de Arévalo, y la cambial se emitió con la cláusula "sin gastos". "Suministros Gráficos, S.A." entregó la letra a "Papelería Industrial, S.A.", cuya administradora única es Da Soledad del Barco. La entrega de la letra se hizo en pago de un suministro de papel milimetrado. "Papelería Industrial, S.A." endosó la letra para pagar una deuda a D. Luís Ruiz. El endoso tiene fecha 16 de mayo y se hizo con la cláusula "sin mi responsabilidad". Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

a. - Tendrá la consideración de crédito contra la masa, salvo que se haya apreciado mala fe en el acreedor, en cuyo caso se considera crédito concursal subordinado

18a) Si el producto de la ejecución del bien sobre el que recae fuera insuficiente para la satisfacción íntegra del crédito con privilegio especial, en la parte no satisfecha el crédito compartirá posición:

29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera protestada y la entidad domiciliataria hiciera constar en el propia letra que se deniega el pago de la misma, D. Luís Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago:

32a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y no se levantara protesto ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que se deniega el pago, D. Luís Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago:

a. - El deudor debe pagar al que le presente el documento al portador, aunque sepa que no es legítima la posesión de quien se presenta como tenedor del documento

9a) En el caso de una letra de cambio, oportunamente presentada al cobro, resulte impagada y el tenedor no levante protesto ni obtenga declaración equivalente, el tenedor:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Luis Vives vendió el día 25 de enero del presente año una parcela a Ondarbi, S.L., cuyo administrador único es Da Elena Gris. El precio de la venta era de 100.000 euros que deberían pagarse a los tres meses de la aceptación de la letra que libraría el Sr. Vives y que habría de presentarse al cobro en el Banco de Almería. El Sr. Vives libró la letra y puso como tomador a D. Juan Pérez para pagarle parte del precio de la venta de un chalet. La letra fue aceptada por la Sra. Gris en nombre de Ondarbi, S.L. el día 15 de febrero y D. Juan Pérez la descontó en la Caja de Ahorros de Andalucía el día 17 de febrero. Partiendo de estos datos debe contestarse las siguientes preguntas.

a. - El deudor tiene el deber de solicitar su propio concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia

a. - Los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración del concurso, aunque no hubiere existido intención fraudulenta

a. - Como regla general el importe de la indemnización no se corresponde con el daño efectivamente causado, sino con una cantidad máxima establecida en la propia Ley

Page 47: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Lubián, S.L.", cuyo administrador es D. Julián Gómez, libró una letra de cambio por importe de 9.000 euros el día 25 de febrero del presente año, poniendo como tomador a "El Rápido, S.L.", a quien debía esa cantidad. La letra se libró contra "La Candela, S.A.", cuyo director-gerente es D. Antonio Cid, entidad frente a la que "Lubián, S.L." tenía un crédito por varios suministros. La letra se libró con vencimiento a tres meses fecha y se domicilió el pago en la cuenta corriente de "La Candela, S.A." en la Caja de Leganés, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de marzo a Motorplus, S.L.. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas.

30a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Andalucía tendría acción cambiaría para exigir el pago:

33a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la propia letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Andalucía tendría acción cambiaría para exigir el pago:

35a) En el mismo supuesto de las dos preguntas anteriores, si D. Luis Vives hubiera pagado la letra y dirigiera una acción cambiaría contra Ondarbi, S.L., esta sociedad:

10a) Para el ejercicio de la acción de anulación de los actos realizados por el deudor en contravención de las limitaciones patrimoniales que originó su declaración en concurso están legitimados:

30a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la propia letra que deniega el pago, Motorplus, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:

33a) Si El Rápido, S.L. hubiera pagado la letra, sin que ésta hubiera sido protestada ni la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la letra que se denegaba el pago, El Rápido, S.L.: 34a) Si la letra fuera presentada al cobro el día de vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la propia letra que se había denegado el pago, Motorplus, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:

Page 48: Mercantil II 2º Parcial en Excel

26a) En relación con los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento por ambas partes, la regla fundamental es que la declaración de concurso:

a. - Tiene que hacerse necesariamente mediante la acción de avería en los casos de siniestros de menor importancia y mediante la acción de abandono en los denominados siniestros mayores

Page 49: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Aceites Baza, S.A.", cuyo consejero delegado es D. José Gris ha comprado una máquina de envasado a "Maquinaria Industrial, S.L.", cuyo administrador único es Da Ana Ruiz. Para el cobro de la parte aplazada del precio "Maquinaria Industrial, S.L." emitió el 18 de abril de este año una letra girada contra "Aceites Baza, S.A." que fue aceptada el mismo día de su emisión, figurando en la aceptación la firma autógrafa de D. José Gris con la antefirma "Aceites Baza, S.A. Consejero Delegado". La letra se emitió con la cláusula "sin gastos" y su pago se domicilió en Cajasur. "Maquinaria Industrial, S.L." entregó la letra a D. Emilio Rodríguez, quien a su vez la endosó para pagar una deuda a D. Pedro Pérez, haciendo constar en el endoso la expresión "sin mi responsabilidad". Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago de la misma, D. Pedro Pérez tendría acción cambiaría para exigir el pago:

32a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y no se levantara protesto ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que se deniega el pago, D. Pedro Pérez tendría acción cambiaría para exigir el pago:

35a) En el mismo supuesto enunciado en las tres preguntas anteriores, si D. Pedro Pérez dirigiera una acción cambiaría contra "Maquinaria Industrial, S.L.", esta sociedad:

a. - La declaración de concurso interrumpe el ejercicio de la actividad empresarial que viniera ejerciendo el deudor, cuando el juez acuerde la suspensión del ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio

a. - La acción de avería es general y se puede usar en cualquier tipo de daño, mientras que la liquidación por abandono opera únicamente en los siniestros mayores

24a) Si antes de su vencimiento se presenta la letra a la aceptación, el librado se niega a aceptarla y se levanta protesto por falta de aceptación, el tenedor de la letra:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Antón e hijos, S.L.", cuyo administrador único es D. Luis Antón, emitió una letra de cambio el día 15 de febrero del presente año por importe de 20.000 euros y con vencimiento a tres meses fecha. En el mismo acto D. Juan López aceptó la letra como favor a D. Luis Antón, que se comprometió a entregarle los 20.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. El pago se domicilió en el Banco Central, sucursal 2 de Toledo. La letra se emitió a la orden de "Automoción Rojo, S.L.", cuyo administrador es D. Ángel Rojo, a quien se la entregó en pago del precio de un coche. Posteriormente "Automoción Rojo, S.L." endosó la letra a D. Pedro Ruiz. Teniendo en cuenta estos datos deben constarse las siguientes preguntas.

26a) Como regla general, si un cheque presentado al cobro en tiempo hábil no es pagado y no se levanta protesto ni se realiza la declaración equivalente, el tenedor:

29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, D. Pedro Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago:

32a) Si la letra se hubiera emitido con la cláusula "sin gastos", fuera presentada oportunamente al cobro, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que había sido denegado el pago, D. Pedro Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago:

35a) En el mismo supuesto enunciado en las tres preguntas anteriores, en el caso de que la letra hubiera sido pagada por "Antón e hijos, S.L." y esta entidad dirigiera su acción cambiaría: a. - Contra D. Juan López, éste podría negarse a pagar alegando que no ha recibido provisión de fondos, si efectivamente D. Luis Antón no le ha entregado los 20.000 euros

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a. - Intervienen en la gestión de las entidades de crédito en crisis y, además, en caso de insolvencia satisfacen a los depositantes el importe de los depósitos garantizados hasta un determinado límite

a. - Tendrá la consideración de crédito contra la masa, salvo que se haya apreciado mala fe en el acreedor, en cuyo caso se considera crédito concursal subordinado

1a) Si el producto de la ejecución del bien sobre el que recae fuera insuficiente para la satisfacción íntegra del crédito con privilegio especial, en la parte no satisfecha el crédito compartirá posición:

a. - Los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración del concurso, aunque no hubiere existido intención fraudulenta

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a. - Como regla general el importe de la indemnización no se corresponde con el daño efectivamente causado, sino con una cantidad máxima establecida en la propia Ley

a. - El deudor debe pagar al que le presente el documento al portador, aunque sepa que no es legítima la posesión de quien se presenta como tenedor del documento

27a) En el caso de una letra de cambio, oportunamente presentada al cobro, resulte impagada y el tenedor no levante protesto ni obtenga declaración equivalente, el tenedor:

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9a) En relación con los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento por ambas partes, la regla fundamental es que la declaración de concurso:

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a. - Tiene que hacerse necesariamente mediante la acción de avería en los casos de siniestros de menor importancia y mediante la acción de abandono en los denominados siniestros mayores

Page 55: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Armería el Montés, S.A", cuyo administrador único es D. Luís Abril, vendió diversos artículos de caza a D. Juan Gómez por un importe de 12.000 euros. Para el pago aplazado del precio, "Armería el Montés, SA." emitió una letra de cambio el día 26 de febrero del presente año, que el Sr. Gómez aceptó ese mismo día y con vencimiento a 90 días vista. El pago se domicilió en el Banco Aragonés, sucursal 1, de Huesca. "Armería el Montés, S.A." quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de los Pirineos, pero esta entidad exigió un avalista. Por ello "Armería el Montés, S.A." consiguió que D. Pedro Ruiz avalara la letra poniendo en el anverso, en el lugar reservado a "cláusulas", la expresión "por aval" y su firma. "Armería el Montés, S.A." entregó la letra así avalada a la Caja de Ahorros de los Pirineos poniéndola como tomadora de la misma. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que había sido denegado el pago, la Caja de Ahorros de los Pirineos tendría acción cambiaría para exigir el pago:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Rocío Rubio, de 17 años, estudiante, compró un equipo de música pagando una parte del precio en efectivo y aceptando una letra de cambio para el pago de 600 euros de la parte aplazada del precio. La letra de cambio fue emitida el 2 de marzo de este año por "Discocenter, S.L.", cuyo administrador único es D. Rodrigo Alvarez. La letra se emitió a tres meses desde la fecha de emisión, domiciliándose el pago en la Caja de Ahorros de Sevilla, Oficina Principal. La aceptación se firmó en el momento mismo de la emisión y simultáneamente firmo la letra como avalista de Rocío Rubio, un amigo suyo, José Tomé, que es el administrador único de "Motos Tomé, S.L.". El aval lo firmó como administrador de la sociedad. "Discocenter, S.L." entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Electrónica 2000, S.L." en pago de unos suministros. El administrador único de esta sociedad es D. Angel García. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las siguientes preguntas

28a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago de la misma, “Electrónica 2000, S.L.” tendría acción cambiaría para exigir el pago:

33a) Si la letra fúera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fúera pagada y no se levantara protesto, ni se hiciera constar por la entidad domiciliataria en la propia letra que se había denegado el pago, “Electrónica 2000, S.L.” tendía acción cambiaría para exigir el pago:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas Instalaciones: Alfa, S.L., cuyo administrador único es D. Pedro Jiménez, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 13 de mayo del presente año, poniendo como tomador a Transportes El Rápido, S. A., cuyo director general es D. Manuel López. La letra se libró contra Cafetería La Luz, S.L., cuya administradora única es Da Ana Villa. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y su pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Luz, S.L en la Caja Asturias, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de junio a Mecánica Abril, S.L., cuyo administrador único es D. José Pérez. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Construcciones Ruiz, S.L., cuyo director-gerente es D. José Torres, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 14 de febrero del presente año, poniendo como tomador, para pagar una deuda por sus servicios, a "Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A., cuyo administrador único es D. Luís García. La letra se libró contra Cafetería La Estrella, S.L., cuyo director-general es D. Javier Muro, entidad frente a la que Construcciones Ruiz, S.L. tenía un crédito por trabajos de reformas realizados en su establecimiento. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y el pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Estrella, S.L., en la Caja del Duero, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el 25 de marzo a Ferretería El Clavo, S.A., cuya administradora única es Da Marta Clavo, para el pago de herramientas y otros productos suministrados al endosante. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

30a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domicilataria tampoco hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago, Mecánica Abril, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:

34a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, sí que fuera protestada y la entidad domiciliataria no hubiera hecho constar en la propia letra que se había denegado el pago, Mecánica Abril, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:

Page 58: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Instalaciones Eléctricas, S.L., cuyo administrador único es D. Manuel Silva, emitió el 10 de febrero del presente año una letra de cambio a cargo de D. Javier Cruces. El Sr. Cruces aceptó la letra en el mismo momento de la emisión, por amistad con el Sr. Silva, que se había comprometido a poner a disposición del Sr. Cruces el importe de la letra, antes del vencimiento, para que pudiera pagarla. El importe de la letra era de 60.000 euros, su vencimiento a tres meses fecha e incluía la cláusula "sin gastos". El pago de la letra se domicilió en la Oficina Principal de Caja España en León. La letra fue entregada, poniéndola como tomadora a Reformas Interiores, S.L. en pago de unos trabajos. La administradora única de esta sociedad es Da Ángela Luna. Por exigencias del tomador, D. Luís Gil avaló la letra, indicando que avalaba a D. Javier Cruces. Reformas Interiores, S.L endosó la letra el 10 de abril a Pinturas Murales, S.A, cuyo consejero-delegado es D. Alfonso Álvarez. Con estos antecedentes deben contestarse las preguntas siguientes

29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago, Ferretería El Clavo, S.A tendría acción cambiaría para exigir el pago:

33a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, sín que fuera protestada y la entidad domiciliataria no hubiera hecho constar en la propia letra que se había denegado el pago, Ferretería El Clavo, S.A. tendría acción cambiaría para exigir el pago:

29a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indiciado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria hiciera constar en la propia letra que deniega el pago de la misma, Pinturas Murales, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:

32a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, y no se levantara protesto, ni se hiciera constar en la propia letra por la entidad domiciliataria que se deniega el pago, Pinturas Murales, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:

Page 59: Mercantil II 2º Parcial en Excel

31a) Si una letra de cambio no aceptada fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, el tenedor tendría acción cambiaría para exigir el pago: 32a) Si una letra de cambio aceptada fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, el tenedor tendría acción cambiaría para exigir el pago: 33a) Si una letra de cambio no aceptada fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hiciera constar en la letra que se había denegado el pago, el tenedor tendría acción cambiaría para exigir el pago:

Page 60: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Da Elisa Flores vendió a Automecánica SL un equipo informático por valor de 20.000 euros. Para el pago aplazado de 10.000 euros se emitió una letra de cambio por dicho importe y con vencimiento a tres meses fecha. La letra fue aceptada en el mismo momento de su emisión por D. Julio Pérez en cuanto administrador único de Automecánica SL y el pago se domicilió en el Banco Valenciano. Da Elisa quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de Sagunto, pero esta entidad exigió para ello un avalista, ya que no le ofrecían suficiente garantía los firmantes de la cambial. El padre de Da Elisa, D. Agustín Flores, se prestó a ello y firmó como avalista en el espacio reservado a tal efecto en el dorso de la letra. D. Agustín se limitó a estampar su firma en el sitio indicado, sin rellenar ningún otro dato y sin especificar el nombre del avalado. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaría para exigir el pago:

33a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la propia letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaría para exigir el pago:

a. - Se exige que demuestre o bien la existencia de un sobreseimiento general en el pago de las obligaciones del deudor, o bien la existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera general al patrimonio del deudor

Page 61: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Juan García emitió una letra de cambio por importe de 60.000 euros. En el mismo acto D. Luís Pérez aceptó la letra como favor a su amigo D. Juan García, que se había comprometido a entregarle los 60.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. La letra se domicilió en el Banco Castilla, donde tenía su cuenta D. Luís Pérez. La letra se emitió a la orden de Automoción SL, cuyo administrador único es D. Antonio López. La letra se entregó a esa entidad en pago de unas máquinas compradas por D. Juan García. Posteriormente Automoción SL descontó la letra en el Banco León, haciendo el correspondiente endoso. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes29a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada, ni la entidad domiciliataria hiciera constar en la letra que se deniega el pago, Banco León tendría acción cambiaría para exigir el pago:

33a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada, pero la entidad domiciliataria sí hiciera constar en la letra que se deniega el pago, Banco León tendría acción cambiaría para exigir el pago:

Page 62: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Talleres Pardo, S.A.", con domicilio en Oviedo y cuyo administrador único es D. Luis Nieto, emitió el 15 de marzo del presente año una letra contra Da María Valle, con domicilio también en Oviedo. La letra se emitió por un importe de 2.000 euros, que era el precio aplazado por la compra de un coche de segunda mano. La letra emitida a tres meses fecha fue aceptada en el mismo acto de la emisión y su pago se domicilió en el Banco de Oviedo, Oficina Principal. "Talleres Pardo, S.A." consiguió que un amigo de Da María Valle, D. Lorenzo Oña, avalara a ésta como aceptante, firmando el aval el día 25 de marzo y posteriormente entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Sánchez Motor, S.L.", con domicilio en León y cuyo Director Gerente es D. Amador Río. La letra se entregó para pagar una deuda que "Talleres Pardo, S.A." tenía pendiente con esta sociedad. A mediados de mayo "Sánchez Motor, S.L." endosó la letra, poniendo en el endoso "valor al cobro", a su delegado en la zona de Asturias, D. Jesús Díaz. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y fuera protestada por falta de pago, D. Jesús Díaz:a. Podría ejercitar una acción cambiaría para reclamar el pago contra Sánchez Motor SL

32a) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no se protestara ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que había sido denegado el pago y D. Jesús Díaz hubiera devuelto la letra a "Sánchez Motor, S.L.", esta entidad:

Page 63: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Gráficas La Moraña, SL cuyo administrador único es D. Félix García, ha comprado una impresora a Suministros Gráficos, SA, cuyo Consejero Delegado es D. Ramón Crespos. Para el cobro de la parte aplazada del precio Suministros Gráficos SA, emitió el 15 de abril de este año una letra girada contra Gráficas Moraña SL que fue aceptada el mismo día de su emisión, con vencimiento a tres meses vista. La letra se domicilió para su pago en Caja Duero, Sucursal de Arévalo, y la cambial se emitió con la cláusula "sin gastos". "Suministros Gráficos, S.A." entregó la letra a "Papelería Industrial, S.A.", cuya administradora única es Da Soledad del Barco. La entrega de la letra se hizo en pago de un suministro de papel milimetrado. "Papelería Industrial, S.A." endosó la letra para pagar una deuda a D. Luís Ruiz. El endoso tiene fecha 16 de mayo y se hizo con la cláusula "sin mi responsabilidad". Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera protestada y la entidad domiciliataria hiciera constar en el propia letra que se deniega el pago de la misma, D. Luís Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago:

32a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y no se levantara protesto ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que se deniega el pago, D. Luís Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago:

Page 64: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Luis Vives vendió el día 25 de enero del presente año una parcela a Ondarbi, S.L., cuyo administrador único es Da Elena Gris. El precio de la venta era de 100.000 euros que deberían pagarse a los tres meses de la aceptación de la letra que libraría el Sr. Vives y que habría de presentarse al cobro en el Banco de Almería. El Sr. Vives libró la letra y puso como tomador a D. Juan Pérez para pagarle parte del precio de la venta de un chalet. La letra fue aceptada por la Sra. Gris en nombre de Ondarbi, S.L. el día 15 de febrero y D. Juan Pérez la descontó en la Caja de Ahorros de Andalucía el día 17 de febrero. Partiendo de estos datos debe contestarse las siguientes preguntas.

Page 65: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Lubián, S.L.", cuyo administrador es D. Julián Gómez, libró una letra de cambio por importe de 9.000 euros el día 25 de febrero del presente año, poniendo como tomador a "El Rápido, S.L.", a quien debía esa cantidad. La letra se libró contra "La Candela, S.A.", cuyo director-gerente es D. Antonio Cid, entidad frente a la que "Lubián, S.L." tenía un crédito por varios suministros. La letra se libró con vencimiento a tres meses fecha y se domicilió el pago en la cuenta corriente de "La Candela, S.A." en la Caja de Leganés, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de marzo a Motorplus, S.L.. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas.

30a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Andalucía tendría acción cambiaría para exigir el pago:

33a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la propia letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Andalucía tendría acción cambiaría para exigir el pago:

30a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la propia letra que deniega el pago, Motorplus, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:

34a) Si la letra fuera presentada al cobro el día de vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la propia letra que se había denegado el pago, Motorplus, S.L. tendría acción cambiaría para exigir el pago:

Page 66: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Aceites Baza, S.A.", cuyo consejero delegado es D. José Gris ha comprado una máquina de envasado a "Maquinaria Industrial, S.L.", cuyo administrador único es Da Ana Ruiz. Para el cobro de la parte aplazada del precio "Maquinaria Industrial, S.L." emitió el 18 de abril de este año una letra girada contra "Aceites Baza, S.A." que fue aceptada el mismo día de su emisión, figurando en la aceptación la firma autógrafa de D. José Gris con la antefirma "Aceites Baza, S.A. Consejero Delegado". La letra se emitió con la cláusula "sin gastos" y su pago se domicilió en Cajasur. "Maquinaria Industrial, S.L." entregó la letra a D. Emilio Rodríguez, quien a su vez la endosó para pagar una deuda a D. Pedro Pérez, haciendo constar en el endoso la expresión "sin mi responsabilidad". Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria hiciera constar en la propia letra que se deniega el pago de la misma, D. Pedro Pérez tendría acción cambiaría para exigir el pago:

32a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y no se levantara protesto ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que se deniega el pago, D. Pedro Pérez tendría acción cambiaría para exigir el pago:

a. - La declaración de concurso interrumpe el ejercicio de la actividad empresarial que viniera ejerciendo el deudor, cuando el juez acuerde la suspensión del ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio

Page 67: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Antón e hijos, S.L.", cuyo administrador único es D. Luis Antón, emitió una letra de cambio el día 15 de febrero del presente año por importe de 20.000 euros y con vencimiento a tres meses fecha. En el mismo acto D. Juan López aceptó la letra como favor a D. Luis Antón, que se comprometió a entregarle los 20.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. El pago se domicilió en el Banco Central, sucursal 2 de Toledo. La letra se emitió a la orden de "Automoción Rojo, S.L.", cuyo administrador es D. Ángel Rojo, a quien se la entregó en pago del precio de un coche. Posteriormente "Automoción Rojo, S.L." endosó la letra a D. Pedro Ruiz. Teniendo en cuenta estos datos deben constarse las siguientes preguntas.29a) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, D. Pedro Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago:

32a) Si la letra se hubiera emitido con la cláusula "sin gastos", fuera presentada oportunamente al cobro, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra por la entidad domiciliataria que había sido denegado el pago, D. Pedro Ruiz tendría acción cambiaría para exigir el pago:

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Armería el Montés, S.A", cuyo administrador único es D. Luís Abril, vendió diversos artículos de caza a D. Juan Gómez por un importe de 12.000 euros. Para el pago aplazado del precio, "Armería el Montés, SA." emitió una letra de cambio el día 26 de febrero del presente año, que el Sr. Gómez aceptó ese mismo día y con vencimiento a 90 días vista. El pago se domicilió en el Banco Aragonés, sucursal 1, de Huesca. "Armería el Montés, S.A." quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de los Pirineos, pero esta entidad exigió un avalista. Por ello "Armería el Montés, S.A." consiguió que D. Pedro Ruiz avalara la letra poniendo en el anverso, en el lugar reservado a "cláusulas", la expresión "por aval" y su firma. "Armería el Montés, S.A." entregó la letra así avalada a la Caja de Ahorros de los Pirineos poniéndola como tomadora de la misma. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Rocío Rubio, de 17 años, estudiante, compró un equipo de música pagando una parte del precio en efectivo y aceptando una letra de cambio para el pago de 600 euros de la parte aplazada del precio. La letra de cambio fue emitida el 2 de marzo de este año por "Discocenter, S.L.", cuyo administrador único es D. Rodrigo Alvarez. La letra se emitió a tres meses desde la fecha de emisión, domiciliándose el pago en la Caja de Ahorros de Sevilla, Oficina Principal. La aceptación se firmó en el momento mismo de la emisión y simultáneamente firmo la letra como avalista de Rocío Rubio, un amigo suyo, José Tomé, que es el administrador único de "Motos Tomé, S.L.". El aval lo firmó como administrador de la sociedad. "Discocenter, S.L." entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Electrónica 2000, S.L." en pago de unos suministros. El administrador único de esta sociedad es D. Angel García. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las siguientes preguntas

Page 71: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas Instalaciones: Alfa, S.L., cuyo administrador único es D. Pedro Jiménez, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 13 de mayo del presente año, poniendo como tomador a Transportes El Rápido, S. A., cuyo director general es D. Manuel López. La letra se libró contra Cafetería La Luz, S.L., cuya administradora única es Da Ana Villa. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y su pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Luz, S.L en la Caja Asturias, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de junio a Mecánica Abril, S.L., cuyo administrador único es D. José Pérez. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Construcciones Ruiz, S.L., cuyo director-gerente es D. José Torres, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 14 de febrero del presente año, poniendo como tomador, para pagar una deuda por sus servicios, a "Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A., cuyo administrador único es D. Luís García. La letra se libró contra Cafetería La Estrella, S.L., cuyo director-general es D. Javier Muro, entidad frente a la que Construcciones Ruiz, S.L. tenía un crédito por trabajos de reformas realizados en su establecimiento. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y el pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Estrella, S.L., en la Caja del Duero, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el 25 de marzo a Ferretería El Clavo, S.A., cuya administradora única es Da Marta Clavo, para el pago de herramientas y otros productos suministrados al endosante. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Instalaciones Eléctricas, S.L., cuyo administrador único es D. Manuel Silva, emitió el 10 de febrero del presente año una letra de cambio a cargo de D. Javier Cruces. El Sr. Cruces aceptó la letra en el mismo momento de la emisión, por amistad con el Sr. Silva, que se había comprometido a poner a disposición del Sr. Cruces el importe de la letra, antes del vencimiento, para que pudiera pagarla. El importe de la letra era de 60.000 euros, su vencimiento a tres meses fecha e incluía la cláusula "sin gastos". El pago de la letra se domicilió en la Oficina Principal de Caja España en León. La letra fue entregada, poniéndola como tomadora a Reformas Interiores, S.L. en pago de unos trabajos. La administradora única de esta sociedad es Da Ángela Luna. Por exigencias del tomador, D. Luís Gil avaló la letra, indicando que avalaba a D. Javier Cruces. Reformas Interiores, S.L endosó la letra el 10 de abril a Pinturas Murales, S.A, cuyo consejero-delegado es D. Alfonso Álvarez. Con estos antecedentes deben contestarse las preguntas siguientes

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Da Elisa Flores vendió a Automecánica SL un equipo informático por valor de 20.000 euros. Para el pago aplazado de 10.000 euros se emitió una letra de cambio por dicho importe y con vencimiento a tres meses fecha. La letra fue aceptada en el mismo momento de su emisión por D. Julio Pérez en cuanto administrador único de Automecánica SL y el pago se domicilió en el Banco Valenciano. Da Elisa quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de Sagunto, pero esta entidad exigió para ello un avalista, ya que no le ofrecían suficiente garantía los firmantes de la cambial. El padre de Da Elisa, D. Agustín Flores, se prestó a ello y firmó como avalista en el espacio reservado a tal efecto en el dorso de la letra. D. Agustín se limitó a estampar su firma en el sitio indicado, sin rellenar ningún otro dato y sin especificar el nombre del avalado. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Juan García emitió una letra de cambio por importe de 60.000 euros. En el mismo acto D. Luís Pérez aceptó la letra como favor a su amigo D. Juan García, que se había comprometido a entregarle los 60.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. La letra se domicilió en el Banco Castilla, donde tenía su cuenta D. Luís Pérez. La letra se emitió a la orden de Automoción SL, cuyo administrador único es D. Antonio López. La letra se entregó a esa entidad en pago de unas máquinas compradas por D. Juan García. Posteriormente Automoción SL descontó la letra en el Banco León, haciendo el correspondiente endoso. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Talleres Pardo, S.A.", con domicilio en Oviedo y cuyo administrador único es D. Luis Nieto, emitió el 15 de marzo del presente año una letra contra Da María Valle, con domicilio también en Oviedo. La letra se emitió por un importe de 2.000 euros, que era el precio aplazado por la compra de un coche de segunda mano. La letra emitida a tres meses fecha fue aceptada en el mismo acto de la emisión y su pago se domicilió en el Banco de Oviedo, Oficina Principal. "Talleres Pardo, S.A." consiguió que un amigo de Da María Valle, D. Lorenzo Oña, avalara a ésta como aceptante, firmando el aval el día 25 de marzo y posteriormente entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Sánchez Motor, S.L.", con domicilio en León y cuyo Director Gerente es D. Amador Río. La letra se entregó para pagar una deuda que "Talleres Pardo, S.A." tenía pendiente con esta sociedad. A mediados de mayo "Sánchez Motor, S.L." endosó la letra, poniendo en el endoso "valor al cobro", a su delegado en la zona de Asturias, D. Jesús Díaz. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Gráficas La Moraña, SL cuyo administrador único es D. Félix García, ha comprado una impresora a Suministros Gráficos, SA, cuyo Consejero Delegado es D. Ramón Crespos. Para el cobro de la parte aplazada del precio Suministros Gráficos SA, emitió el 15 de abril de este año una letra girada contra Gráficas Moraña SL que fue aceptada el mismo día de su emisión, con vencimiento a tres meses vista. La letra se domicilió para su pago en Caja Duero, Sucursal de Arévalo, y la cambial se emitió con la cláusula "sin gastos". "Suministros Gráficos, S.A." entregó la letra a "Papelería Industrial, S.A.", cuya administradora única es Da Soledad del Barco. La entrega de la letra se hizo en pago de un suministro de papel milimetrado. "Papelería Industrial, S.A." endosó la letra para pagar una deuda a D. Luís Ruiz. El endoso tiene fecha 16 de mayo y se hizo con la cláusula "sin mi responsabilidad". Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 77: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Luis Vives vendió el día 25 de enero del presente año una parcela a Ondarbi, S.L., cuyo administrador único es Da Elena Gris. El precio de la venta era de 100.000 euros que deberían pagarse a los tres meses de la aceptación de la letra que libraría el Sr. Vives y que habría de presentarse al cobro en el Banco de Almería. El Sr. Vives libró la letra y puso como tomador a D. Juan Pérez para pagarle parte del precio de la venta de un chalet. La letra fue aceptada por la Sra. Gris en nombre de Ondarbi, S.L. el día 15 de febrero y D. Juan Pérez la descontó en la Caja de Ahorros de Andalucía el día 17 de febrero. Partiendo de estos datos debe contestarse las siguientes preguntas.

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Lubián, S.L.", cuyo administrador es D. Julián Gómez, libró una letra de cambio por importe de 9.000 euros el día 25 de febrero del presente año, poniendo como tomador a "El Rápido, S.L.", a quien debía esa cantidad. La letra se libró contra "La Candela, S.A.", cuyo director-gerente es D. Antonio Cid, entidad frente a la que "Lubián, S.L." tenía un crédito por varios suministros. La letra se libró con vencimiento a tres meses fecha y se domicilió el pago en la cuenta corriente de "La Candela, S.A." en la Caja de Leganés, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de marzo a Motorplus, S.L.. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas.

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Aceites Baza, S.A.", cuyo consejero delegado es D. José Gris ha comprado una máquina de envasado a "Maquinaria Industrial, S.L.", cuyo administrador único es Da Ana Ruiz. Para el cobro de la parte aplazada del precio "Maquinaria Industrial, S.L." emitió el 18 de abril de este año una letra girada contra "Aceites Baza, S.A." que fue aceptada el mismo día de su emisión, figurando en la aceptación la firma autógrafa de D. José Gris con la antefirma "Aceites Baza, S.A. Consejero Delegado". La letra se emitió con la cláusula "sin gastos" y su pago se domicilió en Cajasur. "Maquinaria Industrial, S.L." entregó la letra a D. Emilio Rodríguez, quien a su vez la endosó para pagar una deuda a D. Pedro Pérez, haciendo constar en el endoso la expresión "sin mi responsabilidad". Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 80: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Antón e hijos, S.L.", cuyo administrador único es D. Luis Antón, emitió una letra de cambio el día 15 de febrero del presente año por importe de 20.000 euros y con vencimiento a tres meses fecha. En el mismo acto D. Juan López aceptó la letra como favor a D. Luis Antón, que se comprometió a entregarle los 20.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. El pago se domicilió en el Banco Central, sucursal 2 de Toledo. La letra se emitió a la orden de "Automoción Rojo, S.L.", cuyo administrador es D. Ángel Rojo, a quien se la entregó en pago del precio de un coche. Posteriormente "Automoción Rojo, S.L." endosó la letra a D. Pedro Ruiz. Teniendo en cuenta estos datos deben constarse las siguientes preguntas.

Page 81: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Armería el Montés, S.A", cuyo administrador único es D. Luís Abril, vendió diversos artículos de caza a D. Juan Gómez por un importe de 12.000 euros. Para el pago aplazado del precio, "Armería el Montés, SA." emitió una letra de cambio el día 26 de febrero del presente año, que el Sr. Gómez aceptó ese mismo día y con vencimiento a 90 días vista. El pago se domicilió en el Banco Aragonés, sucursal 1, de Huesca. "Armería el Montés, S.A." quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de los Pirineos, pero esta entidad exigió un avalista. Por ello "Armería el Montés, S.A." consiguió que D. Pedro Ruiz avalara la letra poniendo en el anverso, en el lugar reservado a "cláusulas", la expresión "por aval" y su firma. "Armería el Montés, S.A." entregó la letra así avalada a la Caja de Ahorros de los Pirineos poniéndola como tomadora de la misma. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 82: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Rocío Rubio, de 17 años, estudiante, compró un equipo de música pagando una parte del precio en efectivo y aceptando una letra de cambio para el pago de 600 euros de la parte aplazada del precio. La letra de cambio fue emitida el 2 de marzo de este año por "Discocenter, S.L.", cuyo administrador único es D. Rodrigo Alvarez. La letra se emitió a tres meses desde la fecha de emisión, domiciliándose el pago en la Caja de Ahorros de Sevilla, Oficina Principal. La aceptación se firmó en el momento mismo de la emisión y simultáneamente firmo la letra como avalista de Rocío Rubio, un amigo suyo, José Tomé, que es el administrador único de "Motos Tomé, S.L.". El aval lo firmó como administrador de la sociedad. "Discocenter, S.L." entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Electrónica 2000, S.L." en pago de unos suministros. El administrador único de esta sociedad es D. Angel García. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las siguientes preguntas

Page 83: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas Instalaciones: Alfa, S.L., cuyo administrador único es D. Pedro Jiménez, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 13 de mayo del presente año, poniendo como tomador a Transportes El Rápido, S. A., cuyo director general es D. Manuel López. La letra se libró contra Cafetería La Luz, S.L., cuya administradora única es Da Ana Villa. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y su pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Luz, S.L en la Caja Asturias, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de junio a Mecánica Abril, S.L., cuyo administrador único es D. José Pérez. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Construcciones Ruiz, S.L., cuyo director-gerente es D. José Torres, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 14 de febrero del presente año, poniendo como tomador, para pagar una deuda por sus servicios, a "Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A., cuyo administrador único es D. Luís García. La letra se libró contra Cafetería La Estrella, S.L., cuyo director-general es D. Javier Muro, entidad frente a la que Construcciones Ruiz, S.L. tenía un crédito por trabajos de reformas realizados en su establecimiento. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y el pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Estrella, S.L., en la Caja del Duero, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el 25 de marzo a Ferretería El Clavo, S.A., cuya administradora única es Da Marta Clavo, para el pago de herramientas y otros productos suministrados al endosante. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 84: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Instalaciones Eléctricas, S.L., cuyo administrador único es D. Manuel Silva, emitió el 10 de febrero del presente año una letra de cambio a cargo de D. Javier Cruces. El Sr. Cruces aceptó la letra en el mismo momento de la emisión, por amistad con el Sr. Silva, que se había comprometido a poner a disposición del Sr. Cruces el importe de la letra, antes del vencimiento, para que pudiera pagarla. El importe de la letra era de 60.000 euros, su vencimiento a tres meses fecha e incluía la cláusula "sin gastos". El pago de la letra se domicilió en la Oficina Principal de Caja España en León. La letra fue entregada, poniéndola como tomadora a Reformas Interiores, S.L. en pago de unos trabajos. La administradora única de esta sociedad es Da Ángela Luna. Por exigencias del tomador, D. Luís Gil avaló la letra, indicando que avalaba a D. Javier Cruces. Reformas Interiores, S.L endosó la letra el 10 de abril a Pinturas Murales, S.A, cuyo consejero-delegado es D. Alfonso Álvarez. Con estos antecedentes deben contestarse las preguntas siguientes

Page 85: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Da Elisa Flores vendió a Automecánica SL un equipo informático por valor de 20.000 euros. Para el pago aplazado de 10.000 euros se emitió una letra de cambio por dicho importe y con vencimiento a tres meses fecha. La letra fue aceptada en el mismo momento de su emisión por D. Julio Pérez en cuanto administrador único de Automecánica SL y el pago se domicilió en el Banco Valenciano. Da Elisa quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de Sagunto, pero esta entidad exigió para ello un avalista, ya que no le ofrecían suficiente garantía los firmantes de la cambial. El padre de Da Elisa, D. Agustín Flores, se prestó a ello y firmó como avalista en el espacio reservado a tal efecto en el dorso de la letra. D. Agustín se limitó a estampar su firma en el sitio indicado, sin rellenar ningún otro dato y sin especificar el nombre del avalado. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 86: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Juan García emitió una letra de cambio por importe de 60.000 euros. En el mismo acto D. Luís Pérez aceptó la letra como favor a su amigo D. Juan García, que se había comprometido a entregarle los 60.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. La letra se domicilió en el Banco Castilla, donde tenía su cuenta D. Luís Pérez. La letra se emitió a la orden de Automoción SL, cuyo administrador único es D. Antonio López. La letra se entregó a esa entidad en pago de unas máquinas compradas por D. Juan García. Posteriormente Automoción SL descontó la letra en el Banco León, haciendo el correspondiente endoso. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 87: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Talleres Pardo, S.A.", con domicilio en Oviedo y cuyo administrador único es D. Luis Nieto, emitió el 15 de marzo del presente año una letra contra Da María Valle, con domicilio también en Oviedo. La letra se emitió por un importe de 2.000 euros, que era el precio aplazado por la compra de un coche de segunda mano. La letra emitida a tres meses fecha fue aceptada en el mismo acto de la emisión y su pago se domicilió en el Banco de Oviedo, Oficina Principal. "Talleres Pardo, S.A." consiguió que un amigo de Da María Valle, D. Lorenzo Oña, avalara a ésta como aceptante, firmando el aval el día 25 de marzo y posteriormente entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Sánchez Motor, S.L.", con domicilio en León y cuyo Director Gerente es D. Amador Río. La letra se entregó para pagar una deuda que "Talleres Pardo, S.A." tenía pendiente con esta sociedad. A mediados de mayo "Sánchez Motor, S.L." endosó la letra, poniendo en el endoso "valor al cobro", a su delegado en la zona de Asturias, D. Jesús Díaz. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 88: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Gráficas La Moraña, SL cuyo administrador único es D. Félix García, ha comprado una impresora a Suministros Gráficos, SA, cuyo Consejero Delegado es D. Ramón Crespos. Para el cobro de la parte aplazada del precio Suministros Gráficos SA, emitió el 15 de abril de este año una letra girada contra Gráficas Moraña SL que fue aceptada el mismo día de su emisión, con vencimiento a tres meses vista. La letra se domicilió para su pago en Caja Duero, Sucursal de Arévalo, y la cambial se emitió con la cláusula "sin gastos". "Suministros Gráficos, S.A." entregó la letra a "Papelería Industrial, S.A.", cuya administradora única es Da Soledad del Barco. La entrega de la letra se hizo en pago de un suministro de papel milimetrado. "Papelería Industrial, S.A." endosó la letra para pagar una deuda a D. Luís Ruiz. El endoso tiene fecha 16 de mayo y se hizo con la cláusula "sin mi responsabilidad". Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 89: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Luis Vives vendió el día 25 de enero del presente año una parcela a Ondarbi, S.L., cuyo administrador único es Da Elena Gris. El precio de la venta era de 100.000 euros que deberían pagarse a los tres meses de la aceptación de la letra que libraría el Sr. Vives y que habría de presentarse al cobro en el Banco de Almería. El Sr. Vives libró la letra y puso como tomador a D. Juan Pérez para pagarle parte del precio de la venta de un chalet. La letra fue aceptada por la Sra. Gris en nombre de Ondarbi, S.L. el día 15 de febrero y D. Juan Pérez la descontó en la Caja de Ahorros de Andalucía el día 17 de febrero. Partiendo de estos datos debe contestarse las siguientes preguntas.

Page 90: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Lubián, S.L.", cuyo administrador es D. Julián Gómez, libró una letra de cambio por importe de 9.000 euros el día 25 de febrero del presente año, poniendo como tomador a "El Rápido, S.L.", a quien debía esa cantidad. La letra se libró contra "La Candela, S.A.", cuyo director-gerente es D. Antonio Cid, entidad frente a la que "Lubián, S.L." tenía un crédito por varios suministros. La letra se libró con vencimiento a tres meses fecha y se domicilió el pago en la cuenta corriente de "La Candela, S.A." en la Caja de Leganés, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de marzo a Motorplus, S.L.. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas.

Page 91: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Aceites Baza, S.A.", cuyo consejero delegado es D. José Gris ha comprado una máquina de envasado a "Maquinaria Industrial, S.L.", cuyo administrador único es Da Ana Ruiz. Para el cobro de la parte aplazada del precio "Maquinaria Industrial, S.L." emitió el 18 de abril de este año una letra girada contra "Aceites Baza, S.A." que fue aceptada el mismo día de su emisión, figurando en la aceptación la firma autógrafa de D. José Gris con la antefirma "Aceites Baza, S.A. Consejero Delegado". La letra se emitió con la cláusula "sin gastos" y su pago se domicilió en Cajasur. "Maquinaria Industrial, S.L." entregó la letra a D. Emilio Rodríguez, quien a su vez la endosó para pagar una deuda a D. Pedro Pérez, haciendo constar en el endoso la expresión "sin mi responsabilidad". Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 92: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Antón e hijos, S.L.", cuyo administrador único es D. Luis Antón, emitió una letra de cambio el día 15 de febrero del presente año por importe de 20.000 euros y con vencimiento a tres meses fecha. En el mismo acto D. Juan López aceptó la letra como favor a D. Luis Antón, que se comprometió a entregarle los 20.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. El pago se domicilió en el Banco Central, sucursal 2 de Toledo. La letra se emitió a la orden de "Automoción Rojo, S.L.", cuyo administrador es D. Ángel Rojo, a quien se la entregó en pago del precio de un coche. Posteriormente "Automoción Rojo, S.L." endosó la letra a D. Pedro Ruiz. Teniendo en cuenta estos datos deben constarse las siguientes preguntas.

Page 93: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Armería el Montés, S.A", cuyo administrador único es D. Luís Abril, vendió diversos artículos de caza a D. Juan Gómez por un importe de 12.000 euros. Para el pago aplazado del precio, "Armería el Montés, SA." emitió una letra de cambio el día 26 de febrero del presente año, que el Sr. Gómez aceptó ese mismo día y con vencimiento a 90 días vista. El pago se domicilió en el Banco Aragonés, sucursal 1, de Huesca. "Armería el Montés, S.A." quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de los Pirineos, pero esta entidad exigió un avalista. Por ello "Armería el Montés, S.A." consiguió que D. Pedro Ruiz avalara la letra poniendo en el anverso, en el lugar reservado a "cláusulas", la expresión "por aval" y su firma. "Armería el Montés, S.A." entregó la letra así avalada a la Caja de Ahorros de los Pirineos poniéndola como tomadora de la misma. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 94: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Rocío Rubio, de 17 años, estudiante, compró un equipo de música pagando una parte del precio en efectivo y aceptando una letra de cambio para el pago de 600 euros de la parte aplazada del precio. La letra de cambio fue emitida el 2 de marzo de este año por "Discocenter, S.L.", cuyo administrador único es D. Rodrigo Alvarez. La letra se emitió a tres meses desde la fecha de emisión, domiciliándose el pago en la Caja de Ahorros de Sevilla, Oficina Principal. La aceptación se firmó en el momento mismo de la emisión y simultáneamente firmo la letra como avalista de Rocío Rubio, un amigo suyo, José Tomé, que es el administrador único de "Motos Tomé, S.L.". El aval lo firmó como administrador de la sociedad. "Discocenter, S.L." entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Electrónica 2000, S.L." en pago de unos suministros. El administrador único de esta sociedad es D. Angel García. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las siguientes preguntas

Page 95: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas Instalaciones: Alfa, S.L., cuyo administrador único es D. Pedro Jiménez, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 13 de mayo del presente año, poniendo como tomador a Transportes El Rápido, S. A., cuyo director general es D. Manuel López. La letra se libró contra Cafetería La Luz, S.L., cuya administradora única es Da Ana Villa. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y su pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Luz, S.L en la Caja Asturias, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de junio a Mecánica Abril, S.L., cuyo administrador único es D. José Pérez. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Construcciones Ruiz, S.L., cuyo director-gerente es D. José Torres, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 14 de febrero del presente año, poniendo como tomador, para pagar una deuda por sus servicios, a "Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A., cuyo administrador único es D. Luís García. La letra se libró contra Cafetería La Estrella, S.L., cuyo director-general es D. Javier Muro, entidad frente a la que Construcciones Ruiz, S.L. tenía un crédito por trabajos de reformas realizados en su establecimiento. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y el pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Estrella, S.L., en la Caja del Duero, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el 25 de marzo a Ferretería El Clavo, S.A., cuya administradora única es Da Marta Clavo, para el pago de herramientas y otros productos suministrados al endosante. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 96: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Instalaciones Eléctricas, S.L., cuyo administrador único es D. Manuel Silva, emitió el 10 de febrero del presente año una letra de cambio a cargo de D. Javier Cruces. El Sr. Cruces aceptó la letra en el mismo momento de la emisión, por amistad con el Sr. Silva, que se había comprometido a poner a disposición del Sr. Cruces el importe de la letra, antes del vencimiento, para que pudiera pagarla. El importe de la letra era de 60.000 euros, su vencimiento a tres meses fecha e incluía la cláusula "sin gastos". El pago de la letra se domicilió en la Oficina Principal de Caja España en León. La letra fue entregada, poniéndola como tomadora a Reformas Interiores, S.L. en pago de unos trabajos. La administradora única de esta sociedad es Da Ángela Luna. Por exigencias del tomador, D. Luís Gil avaló la letra, indicando que avalaba a D. Javier Cruces. Reformas Interiores, S.L endosó la letra el 10 de abril a Pinturas Murales, S.A, cuyo consejero-delegado es D. Alfonso Álvarez. Con estos antecedentes deben contestarse las preguntas siguientes

Page 97: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Da Elisa Flores vendió a Automecánica SL un equipo informático por valor de 20.000 euros. Para el pago aplazado de 10.000 euros se emitió una letra de cambio por dicho importe y con vencimiento a tres meses fecha. La letra fue aceptada en el mismo momento de su emisión por D. Julio Pérez en cuanto administrador único de Automecánica SL y el pago se domicilió en el Banco Valenciano. Da Elisa quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de Sagunto, pero esta entidad exigió para ello un avalista, ya que no le ofrecían suficiente garantía los firmantes de la cambial. El padre de Da Elisa, D. Agustín Flores, se prestó a ello y firmó como avalista en el espacio reservado a tal efecto en el dorso de la letra. D. Agustín se limitó a estampar su firma en el sitio indicado, sin rellenar ningún otro dato y sin especificar el nombre del avalado. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 98: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Juan García emitió una letra de cambio por importe de 60.000 euros. En el mismo acto D. Luís Pérez aceptó la letra como favor a su amigo D. Juan García, que se había comprometido a entregarle los 60.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. La letra se domicilió en el Banco Castilla, donde tenía su cuenta D. Luís Pérez. La letra se emitió a la orden de Automoción SL, cuyo administrador único es D. Antonio López. La letra se entregó a esa entidad en pago de unas máquinas compradas por D. Juan García. Posteriormente Automoción SL descontó la letra en el Banco León, haciendo el correspondiente endoso. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 99: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Talleres Pardo, S.A.", con domicilio en Oviedo y cuyo administrador único es D. Luis Nieto, emitió el 15 de marzo del presente año una letra contra Da María Valle, con domicilio también en Oviedo. La letra se emitió por un importe de 2.000 euros, que era el precio aplazado por la compra de un coche de segunda mano. La letra emitida a tres meses fecha fue aceptada en el mismo acto de la emisión y su pago se domicilió en el Banco de Oviedo, Oficina Principal. "Talleres Pardo, S.A." consiguió que un amigo de Da María Valle, D. Lorenzo Oña, avalara a ésta como aceptante, firmando el aval el día 25 de marzo y posteriormente entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Sánchez Motor, S.L.", con domicilio en León y cuyo Director Gerente es D. Amador Río. La letra se entregó para pagar una deuda que "Talleres Pardo, S.A." tenía pendiente con esta sociedad. A mediados de mayo "Sánchez Motor, S.L." endosó la letra, poniendo en el endoso "valor al cobro", a su delegado en la zona de Asturias, D. Jesús Díaz. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 100: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Gráficas La Moraña, SL cuyo administrador único es D. Félix García, ha comprado una impresora a Suministros Gráficos, SA, cuyo Consejero Delegado es D. Ramón Crespos. Para el cobro de la parte aplazada del precio Suministros Gráficos SA, emitió el 15 de abril de este año una letra girada contra Gráficas Moraña SL que fue aceptada el mismo día de su emisión, con vencimiento a tres meses vista. La letra se domicilió para su pago en Caja Duero, Sucursal de Arévalo, y la cambial se emitió con la cláusula "sin gastos". "Suministros Gráficos, S.A." entregó la letra a "Papelería Industrial, S.A.", cuya administradora única es Da Soledad del Barco. La entrega de la letra se hizo en pago de un suministro de papel milimetrado. "Papelería Industrial, S.A." endosó la letra para pagar una deuda a D. Luís Ruiz. El endoso tiene fecha 16 de mayo y se hizo con la cláusula "sin mi responsabilidad". Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 101: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Luis Vives vendió el día 25 de enero del presente año una parcela a Ondarbi, S.L., cuyo administrador único es Da Elena Gris. El precio de la venta era de 100.000 euros que deberían pagarse a los tres meses de la aceptación de la letra que libraría el Sr. Vives y que habría de presentarse al cobro en el Banco de Almería. El Sr. Vives libró la letra y puso como tomador a D. Juan Pérez para pagarle parte del precio de la venta de un chalet. La letra fue aceptada por la Sra. Gris en nombre de Ondarbi, S.L. el día 15 de febrero y D. Juan Pérez la descontó en la Caja de Ahorros de Andalucía el día 17 de febrero. Partiendo de estos datos debe contestarse las siguientes preguntas.

Page 102: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Lubián, S.L.", cuyo administrador es D. Julián Gómez, libró una letra de cambio por importe de 9.000 euros el día 25 de febrero del presente año, poniendo como tomador a "El Rápido, S.L.", a quien debía esa cantidad. La letra se libró contra "La Candela, S.A.", cuyo director-gerente es D. Antonio Cid, entidad frente a la que "Lubián, S.L." tenía un crédito por varios suministros. La letra se libró con vencimiento a tres meses fecha y se domicilió el pago en la cuenta corriente de "La Candela, S.A." en la Caja de Leganés, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de marzo a Motorplus, S.L.. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas.

Page 103: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Aceites Baza, S.A.", cuyo consejero delegado es D. José Gris ha comprado una máquina de envasado a "Maquinaria Industrial, S.L.", cuyo administrador único es Da Ana Ruiz. Para el cobro de la parte aplazada del precio "Maquinaria Industrial, S.L." emitió el 18 de abril de este año una letra girada contra "Aceites Baza, S.A." que fue aceptada el mismo día de su emisión, figurando en la aceptación la firma autógrafa de D. José Gris con la antefirma "Aceites Baza, S.A. Consejero Delegado". La letra se emitió con la cláusula "sin gastos" y su pago se domicilió en Cajasur. "Maquinaria Industrial, S.L." entregó la letra a D. Emilio Rodríguez, quien a su vez la endosó para pagar una deuda a D. Pedro Pérez, haciendo constar en el endoso la expresión "sin mi responsabilidad". Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 104: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Antón e hijos, S.L.", cuyo administrador único es D. Luis Antón, emitió una letra de cambio el día 15 de febrero del presente año por importe de 20.000 euros y con vencimiento a tres meses fecha. En el mismo acto D. Juan López aceptó la letra como favor a D. Luis Antón, que se comprometió a entregarle los 20.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. El pago se domicilió en el Banco Central, sucursal 2 de Toledo. La letra se emitió a la orden de "Automoción Rojo, S.L.", cuyo administrador es D. Ángel Rojo, a quien se la entregó en pago del precio de un coche. Posteriormente "Automoción Rojo, S.L." endosó la letra a D. Pedro Ruiz. Teniendo en cuenta estos datos deben constarse las siguientes preguntas.

Page 105: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Armería el Montés, S.A", cuyo administrador único es D. Luís Abril, vendió diversos artículos de caza a D. Juan Gómez por un importe de 12.000 euros. Para el pago aplazado del precio, "Armería el Montés, SA." emitió una letra de cambio el día 26 de febrero del presente año, que el Sr. Gómez aceptó ese mismo día y con vencimiento a 90 días vista. El pago se domicilió en el Banco Aragonés, sucursal 1, de Huesca. "Armería el Montés, S.A." quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de los Pirineos, pero esta entidad exigió un avalista. Por ello "Armería el Montés, S.A." consiguió que D. Pedro Ruiz avalara la letra poniendo en el anverso, en el lugar reservado a "cláusulas", la expresión "por aval" y su firma. "Armería el Montés, S.A." entregó la letra así avalada a la Caja de Ahorros de los Pirineos poniéndola como tomadora de la misma. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 106: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Rocío Rubio, de 17 años, estudiante, compró un equipo de música pagando una parte del precio en efectivo y aceptando una letra de cambio para el pago de 600 euros de la parte aplazada del precio. La letra de cambio fue emitida el 2 de marzo de este año por "Discocenter, S.L.", cuyo administrador único es D. Rodrigo Alvarez. La letra se emitió a tres meses desde la fecha de emisión, domiciliándose el pago en la Caja de Ahorros de Sevilla, Oficina Principal. La aceptación se firmó en el momento mismo de la emisión y simultáneamente firmo la letra como avalista de Rocío Rubio, un amigo suyo, José Tomé, que es el administrador único de "Motos Tomé, S.L.". El aval lo firmó como administrador de la sociedad. "Discocenter, S.L." entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Electrónica 2000, S.L." en pago de unos suministros. El administrador único de esta sociedad es D. Angel García. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las siguientes preguntas

Page 107: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas Instalaciones: Alfa, S.L., cuyo administrador único es D. Pedro Jiménez, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 13 de mayo del presente año, poniendo como tomador a Transportes El Rápido, S. A., cuyo director general es D. Manuel López. La letra se libró contra Cafetería La Luz, S.L., cuya administradora única es Da Ana Villa. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y su pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Luz, S.L en la Caja Asturias, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de junio a Mecánica Abril, S.L., cuyo administrador único es D. José Pérez. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Construcciones Ruiz, S.L., cuyo director-gerente es D. José Torres, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 14 de febrero del presente año, poniendo como tomador, para pagar una deuda por sus servicios, a "Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A., cuyo administrador único es D. Luís García. La letra se libró contra Cafetería La Estrella, S.L., cuyo director-general es D. Javier Muro, entidad frente a la que Construcciones Ruiz, S.L. tenía un crédito por trabajos de reformas realizados en su establecimiento. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y el pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Estrella, S.L., en la Caja del Duero, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el 25 de marzo a Ferretería El Clavo, S.A., cuya administradora única es Da Marta Clavo, para el pago de herramientas y otros productos suministrados al endosante. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 108: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Instalaciones Eléctricas, S.L., cuyo administrador único es D. Manuel Silva, emitió el 10 de febrero del presente año una letra de cambio a cargo de D. Javier Cruces. El Sr. Cruces aceptó la letra en el mismo momento de la emisión, por amistad con el Sr. Silva, que se había comprometido a poner a disposición del Sr. Cruces el importe de la letra, antes del vencimiento, para que pudiera pagarla. El importe de la letra era de 60.000 euros, su vencimiento a tres meses fecha e incluía la cláusula "sin gastos". El pago de la letra se domicilió en la Oficina Principal de Caja España en León. La letra fue entregada, poniéndola como tomadora a Reformas Interiores, S.L. en pago de unos trabajos. La administradora única de esta sociedad es Da Ángela Luna. Por exigencias del tomador, D. Luís Gil avaló la letra, indicando que avalaba a D. Javier Cruces. Reformas Interiores, S.L endosó la letra el 10 de abril a Pinturas Murales, S.A, cuyo consejero-delegado es D. Alfonso Álvarez. Con estos antecedentes deben contestarse las preguntas siguientes

Page 109: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Da Elisa Flores vendió a Automecánica SL un equipo informático por valor de 20.000 euros. Para el pago aplazado de 10.000 euros se emitió una letra de cambio por dicho importe y con vencimiento a tres meses fecha. La letra fue aceptada en el mismo momento de su emisión por D. Julio Pérez en cuanto administrador único de Automecánica SL y el pago se domicilió en el Banco Valenciano. Da Elisa quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de Sagunto, pero esta entidad exigió para ello un avalista, ya que no le ofrecían suficiente garantía los firmantes de la cambial. El padre de Da Elisa, D. Agustín Flores, se prestó a ello y firmó como avalista en el espacio reservado a tal efecto en el dorso de la letra. D. Agustín se limitó a estampar su firma en el sitio indicado, sin rellenar ningún otro dato y sin especificar el nombre del avalado. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 110: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Juan García emitió una letra de cambio por importe de 60.000 euros. En el mismo acto D. Luís Pérez aceptó la letra como favor a su amigo D. Juan García, que se había comprometido a entregarle los 60.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. La letra se domicilió en el Banco Castilla, donde tenía su cuenta D. Luís Pérez. La letra se emitió a la orden de Automoción SL, cuyo administrador único es D. Antonio López. La letra se entregó a esa entidad en pago de unas máquinas compradas por D. Juan García. Posteriormente Automoción SL descontó la letra en el Banco León, haciendo el correspondiente endoso. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 111: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Talleres Pardo, S.A.", con domicilio en Oviedo y cuyo administrador único es D. Luis Nieto, emitió el 15 de marzo del presente año una letra contra Da María Valle, con domicilio también en Oviedo. La letra se emitió por un importe de 2.000 euros, que era el precio aplazado por la compra de un coche de segunda mano. La letra emitida a tres meses fecha fue aceptada en el mismo acto de la emisión y su pago se domicilió en el Banco de Oviedo, Oficina Principal. "Talleres Pardo, S.A." consiguió que un amigo de Da María Valle, D. Lorenzo Oña, avalara a ésta como aceptante, firmando el aval el día 25 de marzo y posteriormente entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Sánchez Motor, S.L.", con domicilio en León y cuyo Director Gerente es D. Amador Río. La letra se entregó para pagar una deuda que "Talleres Pardo, S.A." tenía pendiente con esta sociedad. A mediados de mayo "Sánchez Motor, S.L." endosó la letra, poniendo en el endoso "valor al cobro", a su delegado en la zona de Asturias, D. Jesús Díaz. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 112: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Gráficas La Moraña, SL cuyo administrador único es D. Félix García, ha comprado una impresora a Suministros Gráficos, SA, cuyo Consejero Delegado es D. Ramón Crespos. Para el cobro de la parte aplazada del precio Suministros Gráficos SA, emitió el 15 de abril de este año una letra girada contra Gráficas Moraña SL que fue aceptada el mismo día de su emisión, con vencimiento a tres meses vista. La letra se domicilió para su pago en Caja Duero, Sucursal de Arévalo, y la cambial se emitió con la cláusula "sin gastos". "Suministros Gráficos, S.A." entregó la letra a "Papelería Industrial, S.A.", cuya administradora única es Da Soledad del Barco. La entrega de la letra se hizo en pago de un suministro de papel milimetrado. "Papelería Industrial, S.A." endosó la letra para pagar una deuda a D. Luís Ruiz. El endoso tiene fecha 16 de mayo y se hizo con la cláusula "sin mi responsabilidad". Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 113: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Luis Vives vendió el día 25 de enero del presente año una parcela a Ondarbi, S.L., cuyo administrador único es Da Elena Gris. El precio de la venta era de 100.000 euros que deberían pagarse a los tres meses de la aceptación de la letra que libraría el Sr. Vives y que habría de presentarse al cobro en el Banco de Almería. El Sr. Vives libró la letra y puso como tomador a D. Juan Pérez para pagarle parte del precio de la venta de un chalet. La letra fue aceptada por la Sra. Gris en nombre de Ondarbi, S.L. el día 15 de febrero y D. Juan Pérez la descontó en la Caja de Ahorros de Andalucía el día 17 de febrero. Partiendo de estos datos debe contestarse las siguientes preguntas.

Page 114: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Lubián, S.L.", cuyo administrador es D. Julián Gómez, libró una letra de cambio por importe de 9.000 euros el día 25 de febrero del presente año, poniendo como tomador a "El Rápido, S.L.", a quien debía esa cantidad. La letra se libró contra "La Candela, S.A.", cuyo director-gerente es D. Antonio Cid, entidad frente a la que "Lubián, S.L." tenía un crédito por varios suministros. La letra se libró con vencimiento a tres meses fecha y se domicilió el pago en la cuenta corriente de "La Candela, S.A." en la Caja de Leganés, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de marzo a Motorplus, S.L.. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas.

Page 115: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Aceites Baza, S.A.", cuyo consejero delegado es D. José Gris ha comprado una máquina de envasado a "Maquinaria Industrial, S.L.", cuyo administrador único es Da Ana Ruiz. Para el cobro de la parte aplazada del precio "Maquinaria Industrial, S.L." emitió el 18 de abril de este año una letra girada contra "Aceites Baza, S.A." que fue aceptada el mismo día de su emisión, figurando en la aceptación la firma autógrafa de D. José Gris con la antefirma "Aceites Baza, S.A. Consejero Delegado". La letra se emitió con la cláusula "sin gastos" y su pago se domicilió en Cajasur. "Maquinaria Industrial, S.L." entregó la letra a D. Emilio Rodríguez, quien a su vez la endosó para pagar una deuda a D. Pedro Pérez, haciendo constar en el endoso la expresión "sin mi responsabilidad". Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 116: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Antón e hijos, S.L.", cuyo administrador único es D. Luis Antón, emitió una letra de cambio el día 15 de febrero del presente año por importe de 20.000 euros y con vencimiento a tres meses fecha. En el mismo acto D. Juan López aceptó la letra como favor a D. Luis Antón, que se comprometió a entregarle los 20.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. El pago se domicilió en el Banco Central, sucursal 2 de Toledo. La letra se emitió a la orden de "Automoción Rojo, S.L.", cuyo administrador es D. Ángel Rojo, a quien se la entregó en pago del precio de un coche. Posteriormente "Automoción Rojo, S.L." endosó la letra a D. Pedro Ruiz. Teniendo en cuenta estos datos deben constarse las siguientes preguntas.

Page 117: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Armería el Montés, S.A", cuyo administrador único es D. Luís Abril, vendió diversos artículos de caza a D. Juan Gómez por un importe de 12.000 euros. Para el pago aplazado del precio, "Armería el Montés, SA." emitió una letra de cambio el día 26 de febrero del presente año, que el Sr. Gómez aceptó ese mismo día y con vencimiento a 90 días vista. El pago se domicilió en el Banco Aragonés, sucursal 1, de Huesca. "Armería el Montés, S.A." quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de los Pirineos, pero esta entidad exigió un avalista. Por ello "Armería el Montés, S.A." consiguió que D. Pedro Ruiz avalara la letra poniendo en el anverso, en el lugar reservado a "cláusulas", la expresión "por aval" y su firma. "Armería el Montés, S.A." entregó la letra así avalada a la Caja de Ahorros de los Pirineos poniéndola como tomadora de la misma. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 118: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Rocío Rubio, de 17 años, estudiante, compró un equipo de música pagando una parte del precio en efectivo y aceptando una letra de cambio para el pago de 600 euros de la parte aplazada del precio. La letra de cambio fue emitida el 2 de marzo de este año por "Discocenter, S.L.", cuyo administrador único es D. Rodrigo Alvarez. La letra se emitió a tres meses desde la fecha de emisión, domiciliándose el pago en la Caja de Ahorros de Sevilla, Oficina Principal. La aceptación se firmó en el momento mismo de la emisión y simultáneamente firmo la letra como avalista de Rocío Rubio, un amigo suyo, José Tomé, que es el administrador único de "Motos Tomé, S.L.". El aval lo firmó como administrador de la sociedad. "Discocenter, S.L." entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Electrónica 2000, S.L." en pago de unos suministros. El administrador único de esta sociedad es D. Angel García. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las siguientes preguntas

Page 119: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas Instalaciones: Alfa, S.L., cuyo administrador único es D. Pedro Jiménez, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 13 de mayo del presente año, poniendo como tomador a Transportes El Rápido, S. A., cuyo director general es D. Manuel López. La letra se libró contra Cafetería La Luz, S.L., cuya administradora única es Da Ana Villa. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y su pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Luz, S.L en la Caja Asturias, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de junio a Mecánica Abril, S.L., cuyo administrador único es D. José Pérez. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Construcciones Ruiz, S.L., cuyo director-gerente es D. José Torres, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 14 de febrero del presente año, poniendo como tomador, para pagar una deuda por sus servicios, a "Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A., cuyo administrador único es D. Luís García. La letra se libró contra Cafetería La Estrella, S.L., cuyo director-general es D. Javier Muro, entidad frente a la que Construcciones Ruiz, S.L. tenía un crédito por trabajos de reformas realizados en su establecimiento. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y el pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Estrella, S.L., en la Caja del Duero, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el 25 de marzo a Ferretería El Clavo, S.A., cuya administradora única es Da Marta Clavo, para el pago de herramientas y otros productos suministrados al endosante. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 120: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Instalaciones Eléctricas, S.L., cuyo administrador único es D. Manuel Silva, emitió el 10 de febrero del presente año una letra de cambio a cargo de D. Javier Cruces. El Sr. Cruces aceptó la letra en el mismo momento de la emisión, por amistad con el Sr. Silva, que se había comprometido a poner a disposición del Sr. Cruces el importe de la letra, antes del vencimiento, para que pudiera pagarla. El importe de la letra era de 60.000 euros, su vencimiento a tres meses fecha e incluía la cláusula "sin gastos". El pago de la letra se domicilió en la Oficina Principal de Caja España en León. La letra fue entregada, poniéndola como tomadora a Reformas Interiores, S.L. en pago de unos trabajos. La administradora única de esta sociedad es Da Ángela Luna. Por exigencias del tomador, D. Luís Gil avaló la letra, indicando que avalaba a D. Javier Cruces. Reformas Interiores, S.L endosó la letra el 10 de abril a Pinturas Murales, S.A, cuyo consejero-delegado es D. Alfonso Álvarez. Con estos antecedentes deben contestarse las preguntas siguientes

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Da Elisa Flores vendió a Automecánica SL un equipo informático por valor de 20.000 euros. Para el pago aplazado de 10.000 euros se emitió una letra de cambio por dicho importe y con vencimiento a tres meses fecha. La letra fue aceptada en el mismo momento de su emisión por D. Julio Pérez en cuanto administrador único de Automecánica SL y el pago se domicilió en el Banco Valenciano. Da Elisa quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de Sagunto, pero esta entidad exigió para ello un avalista, ya que no le ofrecían suficiente garantía los firmantes de la cambial. El padre de Da Elisa, D. Agustín Flores, se prestó a ello y firmó como avalista en el espacio reservado a tal efecto en el dorso de la letra. D. Agustín se limitó a estampar su firma en el sitio indicado, sin rellenar ningún otro dato y sin especificar el nombre del avalado. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Juan García emitió una letra de cambio por importe de 60.000 euros. En el mismo acto D. Luís Pérez aceptó la letra como favor a su amigo D. Juan García, que se había comprometido a entregarle los 60.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. La letra se domicilió en el Banco Castilla, donde tenía su cuenta D. Luís Pérez. La letra se emitió a la orden de Automoción SL, cuyo administrador único es D. Antonio López. La letra se entregó a esa entidad en pago de unas máquinas compradas por D. Juan García. Posteriormente Automoción SL descontó la letra en el Banco León, haciendo el correspondiente endoso. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

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El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Talleres Pardo, S.A.", con domicilio en Oviedo y cuyo administrador único es D. Luis Nieto, emitió el 15 de marzo del presente año una letra contra Da María Valle, con domicilio también en Oviedo. La letra se emitió por un importe de 2.000 euros, que era el precio aplazado por la compra de un coche de segunda mano. La letra emitida a tres meses fecha fue aceptada en el mismo acto de la emisión y su pago se domicilió en el Banco de Oviedo, Oficina Principal. "Talleres Pardo, S.A." consiguió que un amigo de Da María Valle, D. Lorenzo Oña, avalara a ésta como aceptante, firmando el aval el día 25 de marzo y posteriormente entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Sánchez Motor, S.L.", con domicilio en León y cuyo Director Gerente es D. Amador Río. La letra se entregó para pagar una deuda que "Talleres Pardo, S.A." tenía pendiente con esta sociedad. A mediados de mayo "Sánchez Motor, S.L." endosó la letra, poniendo en el endoso "valor al cobro", a su delegado en la zona de Asturias, D. Jesús Díaz. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 124: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Gráficas La Moraña, SL cuyo administrador único es D. Félix García, ha comprado una impresora a Suministros Gráficos, SA, cuyo Consejero Delegado es D. Ramón Crespos. Para el cobro de la parte aplazada del precio Suministros Gráficos SA, emitió el 15 de abril de este año una letra girada contra Gráficas Moraña SL que fue aceptada el mismo día de su emisión, con vencimiento a tres meses vista. La letra se domicilió para su pago en Caja Duero, Sucursal de Arévalo, y la cambial se emitió con la cláusula "sin gastos". "Suministros Gráficos, S.A." entregó la letra a "Papelería Industrial, S.A.", cuya administradora única es Da Soledad del Barco. La entrega de la letra se hizo en pago de un suministro de papel milimetrado. "Papelería Industrial, S.A." endosó la letra para pagar una deuda a D. Luís Ruiz. El endoso tiene fecha 16 de mayo y se hizo con la cláusula "sin mi responsabilidad". Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 125: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Luis Vives vendió el día 25 de enero del presente año una parcela a Ondarbi, S.L., cuyo administrador único es Da Elena Gris. El precio de la venta era de 100.000 euros que deberían pagarse a los tres meses de la aceptación de la letra que libraría el Sr. Vives y que habría de presentarse al cobro en el Banco de Almería. El Sr. Vives libró la letra y puso como tomador a D. Juan Pérez para pagarle parte del precio de la venta de un chalet. La letra fue aceptada por la Sra. Gris en nombre de Ondarbi, S.L. el día 15 de febrero y D. Juan Pérez la descontó en la Caja de Ahorros de Andalucía el día 17 de febrero. Partiendo de estos datos debe contestarse las siguientes preguntas.

Page 126: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Lubián, S.L.", cuyo administrador es D. Julián Gómez, libró una letra de cambio por importe de 9.000 euros el día 25 de febrero del presente año, poniendo como tomador a "El Rápido, S.L.", a quien debía esa cantidad. La letra se libró contra "La Candela, S.A.", cuyo director-gerente es D. Antonio Cid, entidad frente a la que "Lubián, S.L." tenía un crédito por varios suministros. La letra se libró con vencimiento a tres meses fecha y se domicilió el pago en la cuenta corriente de "La Candela, S.A." en la Caja de Leganés, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de marzo a Motorplus, S.L.. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas.

Page 127: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Aceites Baza, S.A.", cuyo consejero delegado es D. José Gris ha comprado una máquina de envasado a "Maquinaria Industrial, S.L.", cuyo administrador único es Da Ana Ruiz. Para el cobro de la parte aplazada del precio "Maquinaria Industrial, S.L." emitió el 18 de abril de este año una letra girada contra "Aceites Baza, S.A." que fue aceptada el mismo día de su emisión, figurando en la aceptación la firma autógrafa de D. José Gris con la antefirma "Aceites Baza, S.A. Consejero Delegado". La letra se emitió con la cláusula "sin gastos" y su pago se domicilió en Cajasur. "Maquinaria Industrial, S.L." entregó la letra a D. Emilio Rodríguez, quien a su vez la endosó para pagar una deuda a D. Pedro Pérez, haciendo constar en el endoso la expresión "sin mi responsabilidad". Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 128: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Antón e hijos, S.L.", cuyo administrador único es D. Luis Antón, emitió una letra de cambio el día 15 de febrero del presente año por importe de 20.000 euros y con vencimiento a tres meses fecha. En el mismo acto D. Juan López aceptó la letra como favor a D. Luis Antón, que se comprometió a entregarle los 20.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. El pago se domicilió en el Banco Central, sucursal 2 de Toledo. La letra se emitió a la orden de "Automoción Rojo, S.L.", cuyo administrador es D. Ángel Rojo, a quien se la entregó en pago del precio de un coche. Posteriormente "Automoción Rojo, S.L." endosó la letra a D. Pedro Ruiz. Teniendo en cuenta estos datos deben constarse las siguientes preguntas.

Page 129: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Armería el Montés, S.A", cuyo administrador único es D. Luís Abril, vendió diversos artículos de caza a D. Juan Gómez por un importe de 12.000 euros. Para el pago aplazado del precio, "Armería el Montés, SA." emitió una letra de cambio el día 26 de febrero del presente año, que el Sr. Gómez aceptó ese mismo día y con vencimiento a 90 días vista. El pago se domicilió en el Banco Aragonés, sucursal 1, de Huesca. "Armería el Montés, S.A." quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de los Pirineos, pero esta entidad exigió un avalista. Por ello "Armería el Montés, S.A." consiguió que D. Pedro Ruiz avalara la letra poniendo en el anverso, en el lugar reservado a "cláusulas", la expresión "por aval" y su firma. "Armería el Montés, S.A." entregó la letra así avalada a la Caja de Ahorros de los Pirineos poniéndola como tomadora de la misma. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 130: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Rocío Rubio, de 17 años, estudiante, compró un equipo de música pagando una parte del precio en efectivo y aceptando una letra de cambio para el pago de 600 euros de la parte aplazada del precio. La letra de cambio fue emitida el 2 de marzo de este año por "Discocenter, S.L.", cuyo administrador único es D. Rodrigo Alvarez. La letra se emitió a tres meses desde la fecha de emisión, domiciliándose el pago en la Caja de Ahorros de Sevilla, Oficina Principal. La aceptación se firmó en el momento mismo de la emisión y simultáneamente firmo la letra como avalista de Rocío Rubio, un amigo suyo, José Tomé, que es el administrador único de "Motos Tomé, S.L.". El aval lo firmó como administrador de la sociedad. "Discocenter, S.L." entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Electrónica 2000, S.L." en pago de unos suministros. El administrador único de esta sociedad es D. Angel García. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las siguientes preguntas

Page 131: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas Instalaciones: Alfa, S.L., cuyo administrador único es D. Pedro Jiménez, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 13 de mayo del presente año, poniendo como tomador a Transportes El Rápido, S. A., cuyo director general es D. Manuel López. La letra se libró contra Cafetería La Luz, S.L., cuya administradora única es Da Ana Villa. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y su pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Luz, S.L en la Caja Asturias, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de junio a Mecánica Abril, S.L., cuyo administrador único es D. José Pérez. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Construcciones Ruiz, S.L., cuyo director-gerente es D. José Torres, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 14 de febrero del presente año, poniendo como tomador, para pagar una deuda por sus servicios, a "Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A., cuyo administrador único es D. Luís García. La letra se libró contra Cafetería La Estrella, S.L., cuyo director-general es D. Javier Muro, entidad frente a la que Construcciones Ruiz, S.L. tenía un crédito por trabajos de reformas realizados en su establecimiento. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y el pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Estrella, S.L., en la Caja del Duero, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el 25 de marzo a Ferretería El Clavo, S.A., cuya administradora única es Da Marta Clavo, para el pago de herramientas y otros productos suministrados al endosante. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 132: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Instalaciones Eléctricas, S.L., cuyo administrador único es D. Manuel Silva, emitió el 10 de febrero del presente año una letra de cambio a cargo de D. Javier Cruces. El Sr. Cruces aceptó la letra en el mismo momento de la emisión, por amistad con el Sr. Silva, que se había comprometido a poner a disposición del Sr. Cruces el importe de la letra, antes del vencimiento, para que pudiera pagarla. El importe de la letra era de 60.000 euros, su vencimiento a tres meses fecha e incluía la cláusula "sin gastos". El pago de la letra se domicilió en la Oficina Principal de Caja España en León. La letra fue entregada, poniéndola como tomadora a Reformas Interiores, S.L. en pago de unos trabajos. La administradora única de esta sociedad es Da Ángela Luna. Por exigencias del tomador, D. Luís Gil avaló la letra, indicando que avalaba a D. Javier Cruces. Reformas Interiores, S.L endosó la letra el 10 de abril a Pinturas Murales, S.A, cuyo consejero-delegado es D. Alfonso Álvarez. Con estos antecedentes deben contestarse las preguntas siguientes

Page 133: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Da Elisa Flores vendió a Automecánica SL un equipo informático por valor de 20.000 euros. Para el pago aplazado de 10.000 euros se emitió una letra de cambio por dicho importe y con vencimiento a tres meses fecha. La letra fue aceptada en el mismo momento de su emisión por D. Julio Pérez en cuanto administrador único de Automecánica SL y el pago se domicilió en el Banco Valenciano. Da Elisa quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de Sagunto, pero esta entidad exigió para ello un avalista, ya que no le ofrecían suficiente garantía los firmantes de la cambial. El padre de Da Elisa, D. Agustín Flores, se prestó a ello y firmó como avalista en el espacio reservado a tal efecto en el dorso de la letra. D. Agustín se limitó a estampar su firma en el sitio indicado, sin rellenar ningún otro dato y sin especificar el nombre del avalado. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 134: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Juan García emitió una letra de cambio por importe de 60.000 euros. En el mismo acto D. Luís Pérez aceptó la letra como favor a su amigo D. Juan García, que se había comprometido a entregarle los 60.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. La letra se domicilió en el Banco Castilla, donde tenía su cuenta D. Luís Pérez. La letra se emitió a la orden de Automoción SL, cuyo administrador único es D. Antonio López. La letra se entregó a esa entidad en pago de unas máquinas compradas por D. Juan García. Posteriormente Automoción SL descontó la letra en el Banco León, haciendo el correspondiente endoso. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 135: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Talleres Pardo, S.A.", con domicilio en Oviedo y cuyo administrador único es D. Luis Nieto, emitió el 15 de marzo del presente año una letra contra Da María Valle, con domicilio también en Oviedo. La letra se emitió por un importe de 2.000 euros, que era el precio aplazado por la compra de un coche de segunda mano. La letra emitida a tres meses fecha fue aceptada en el mismo acto de la emisión y su pago se domicilió en el Banco de Oviedo, Oficina Principal. "Talleres Pardo, S.A." consiguió que un amigo de Da María Valle, D. Lorenzo Oña, avalara a ésta como aceptante, firmando el aval el día 25 de marzo y posteriormente entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Sánchez Motor, S.L.", con domicilio en León y cuyo Director Gerente es D. Amador Río. La letra se entregó para pagar una deuda que "Talleres Pardo, S.A." tenía pendiente con esta sociedad. A mediados de mayo "Sánchez Motor, S.L." endosó la letra, poniendo en el endoso "valor al cobro", a su delegado en la zona de Asturias, D. Jesús Díaz. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 136: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Gráficas La Moraña, SL cuyo administrador único es D. Félix García, ha comprado una impresora a Suministros Gráficos, SA, cuyo Consejero Delegado es D. Ramón Crespos. Para el cobro de la parte aplazada del precio Suministros Gráficos SA, emitió el 15 de abril de este año una letra girada contra Gráficas Moraña SL que fue aceptada el mismo día de su emisión, con vencimiento a tres meses vista. La letra se domicilió para su pago en Caja Duero, Sucursal de Arévalo, y la cambial se emitió con la cláusula "sin gastos". "Suministros Gráficos, S.A." entregó la letra a "Papelería Industrial, S.A.", cuya administradora única es Da Soledad del Barco. La entrega de la letra se hizo en pago de un suministro de papel milimetrado. "Papelería Industrial, S.A." endosó la letra para pagar una deuda a D. Luís Ruiz. El endoso tiene fecha 16 de mayo y se hizo con la cláusula "sin mi responsabilidad". Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 137: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: D. Luis Vives vendió el día 25 de enero del presente año una parcela a Ondarbi, S.L., cuyo administrador único es Da Elena Gris. El precio de la venta era de 100.000 euros que deberían pagarse a los tres meses de la aceptación de la letra que libraría el Sr. Vives y que habría de presentarse al cobro en el Banco de Almería. El Sr. Vives libró la letra y puso como tomador a D. Juan Pérez para pagarle parte del precio de la venta de un chalet. La letra fue aceptada por la Sra. Gris en nombre de Ondarbi, S.L. el día 15 de febrero y D. Juan Pérez la descontó en la Caja de Ahorros de Andalucía el día 17 de febrero. Partiendo de estos datos debe contestarse las siguientes preguntas.

Page 138: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Lubián, S.L.", cuyo administrador es D. Julián Gómez, libró una letra de cambio por importe de 9.000 euros el día 25 de febrero del presente año, poniendo como tomador a "El Rápido, S.L.", a quien debía esa cantidad. La letra se libró contra "La Candela, S.A.", cuyo director-gerente es D. Antonio Cid, entidad frente a la que "Lubián, S.L." tenía un crédito por varios suministros. La letra se libró con vencimiento a tres meses fecha y se domicilió el pago en la cuenta corriente de "La Candela, S.A." en la Caja de Leganés, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de marzo a Motorplus, S.L.. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas.

Page 139: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Aceites Baza, S.A.", cuyo consejero delegado es D. José Gris ha comprado una máquina de envasado a "Maquinaria Industrial, S.L.", cuyo administrador único es Da Ana Ruiz. Para el cobro de la parte aplazada del precio "Maquinaria Industrial, S.L." emitió el 18 de abril de este año una letra girada contra "Aceites Baza, S.A." que fue aceptada el mismo día de su emisión, figurando en la aceptación la firma autógrafa de D. José Gris con la antefirma "Aceites Baza, S.A. Consejero Delegado". La letra se emitió con la cláusula "sin gastos" y su pago se domicilió en Cajasur. "Maquinaria Industrial, S.L." entregó la letra a D. Emilio Rodríguez, quien a su vez la endosó para pagar una deuda a D. Pedro Pérez, haciendo constar en el endoso la expresión "sin mi responsabilidad". Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 140: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Antón e hijos, S.L.", cuyo administrador único es D. Luis Antón, emitió una letra de cambio el día 15 de febrero del presente año por importe de 20.000 euros y con vencimiento a tres meses fecha. En el mismo acto D. Juan López aceptó la letra como favor a D. Luis Antón, que se comprometió a entregarle los 20.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. El pago se domicilió en el Banco Central, sucursal 2 de Toledo. La letra se emitió a la orden de "Automoción Rojo, S.L.", cuyo administrador es D. Ángel Rojo, a quien se la entregó en pago del precio de un coche. Posteriormente "Automoción Rojo, S.L." endosó la letra a D. Pedro Ruiz. Teniendo en cuenta estos datos deben constarse las siguientes preguntas.

Page 141: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Armería el Montés, S.A", cuyo administrador único es D. Luís Abril, vendió diversos artículos de caza a D. Juan Gómez por un importe de 12.000 euros. Para el pago aplazado del precio, "Armería el Montés, SA." emitió una letra de cambio el día 26 de febrero del presente año, que el Sr. Gómez aceptó ese mismo día y con vencimiento a 90 días vista. El pago se domicilió en el Banco Aragonés, sucursal 1, de Huesca. "Armería el Montés, S.A." quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de los Pirineos, pero esta entidad exigió un avalista. Por ello "Armería el Montés, S.A." consiguió que D. Pedro Ruiz avalara la letra poniendo en el anverso, en el lugar reservado a "cláusulas", la expresión "por aval" y su firma. "Armería el Montés, S.A." entregó la letra así avalada a la Caja de Ahorros de los Pirineos poniéndola como tomadora de la misma. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 142: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Rocío Rubio, de 17 años, estudiante, compró un equipo de música pagando una parte del precio en efectivo y aceptando una letra de cambio para el pago de 600 euros de la parte aplazada del precio. La letra de cambio fue emitida el 2 de marzo de este año por "Discocenter, S.L.", cuyo administrador único es D. Rodrigo Alvarez. La letra se emitió a tres meses desde la fecha de emisión, domiciliándose el pago en la Caja de Ahorros de Sevilla, Oficina Principal. La aceptación se firmó en el momento mismo de la emisión y simultáneamente firmo la letra como avalista de Rocío Rubio, un amigo suyo, José Tomé, que es el administrador único de "Motos Tomé, S.L.". El aval lo firmó como administrador de la sociedad. "Discocenter, S.L." entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Electrónica 2000, S.L." en pago de unos suministros. El administrador único de esta sociedad es D. Angel García. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las siguientes preguntas

Page 143: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas Instalaciones: Alfa, S.L., cuyo administrador único es D. Pedro Jiménez, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 13 de mayo del presente año, poniendo como tomador a Transportes El Rápido, S. A., cuyo director general es D. Manuel López. La letra se libró contra Cafetería La Luz, S.L., cuya administradora única es Da Ana Villa. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y su pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Luz, S.L en la Caja Asturias, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el día 18 de junio a Mecánica Abril, S.L., cuyo administrador único es D. José Pérez. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Construcciones Ruiz, S.L., cuyo director-gerente es D. José Torres, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 14 de febrero del presente año, poniendo como tomador, para pagar una deuda por sus servicios, a "Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A., cuyo administrador único es D. Luís García. La letra se libró contra Cafetería La Estrella, S.L., cuyo director-general es D. Javier Muro, entidad frente a la que Construcciones Ruiz, S.L. tenía un crédito por trabajos de reformas realizados en su establecimiento. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y el pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Estrella, S.L., en la Caja del Duero, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el 25 de marzo a Ferretería El Clavo, S.A., cuya administradora única es Da Marta Clavo, para el pago de herramientas y otros productos suministrados al endosante. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 144: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Instalaciones Eléctricas, S.L., cuyo administrador único es D. Manuel Silva, emitió el 10 de febrero del presente año una letra de cambio a cargo de D. Javier Cruces. El Sr. Cruces aceptó la letra en el mismo momento de la emisión, por amistad con el Sr. Silva, que se había comprometido a poner a disposición del Sr. Cruces el importe de la letra, antes del vencimiento, para que pudiera pagarla. El importe de la letra era de 60.000 euros, su vencimiento a tres meses fecha e incluía la cláusula "sin gastos". El pago de la letra se domicilió en la Oficina Principal de Caja España en León. La letra fue entregada, poniéndola como tomadora a Reformas Interiores, S.L. en pago de unos trabajos. La administradora única de esta sociedad es Da Ángela Luna. Por exigencias del tomador, D. Luís Gil avaló la letra, indicando que avalaba a D. Javier Cruces. Reformas Interiores, S.L endosó la letra el 10 de abril a Pinturas Murales, S.A, cuyo consejero-delegado es D. Alfonso Álvarez. Con estos antecedentes deben contestarse las preguntas siguientes

Page 145: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Da Elisa Flores vendió a Automecánica SL un equipo informático por valor de 20.000 euros. Para el pago aplazado de 10.000 euros se emitió una letra de cambio por dicho importe y con vencimiento a tres meses fecha. La letra fue aceptada en el mismo momento de su emisión por D. Julio Pérez en cuanto administrador único de Automecánica SL y el pago se domicilió en el Banco Valenciano. Da Elisa quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de Sagunto, pero esta entidad exigió para ello un avalista, ya que no le ofrecían suficiente garantía los firmantes de la cambial. El padre de Da Elisa, D. Agustín Flores, se prestó a ello y firmó como avalista en el espacio reservado a tal efecto en el dorso de la letra. D. Agustín se limitó a estampar su firma en el sitio indicado, sin rellenar ningún otro dato y sin especificar el nombre del avalado. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 146: Mercantil II 2º Parcial en Excel
Page 147: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Talleres Pardo, S.A.", con domicilio en Oviedo y cuyo administrador único es D. Luis Nieto, emitió el 15 de marzo del presente año una letra contra Da María Valle, con domicilio también en Oviedo. La letra se emitió por un importe de 2.000 euros, que era el precio aplazado por la compra de un coche de segunda mano. La letra emitida a tres meses fecha fue aceptada en el mismo acto de la emisión y su pago se domicilió en el Banco de Oviedo, Oficina Principal. "Talleres Pardo, S.A." consiguió que un amigo de Da María Valle, D. Lorenzo Oña, avalara a ésta como aceptante, firmando el aval el día 25 de marzo y posteriormente entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Sánchez Motor, S.L.", con domicilio en León y cuyo Director Gerente es D. Amador Río. La letra se entregó para pagar una deuda que "Talleres Pardo, S.A." tenía pendiente con esta sociedad. A mediados de mayo "Sánchez Motor, S.L." endosó la letra, poniendo en el endoso "valor al cobro", a su delegado en la zona de Asturias, D. Jesús Díaz. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 148: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Gráficas La Moraña, SL cuyo administrador único es D. Félix García, ha comprado una impresora a Suministros Gráficos, SA, cuyo Consejero Delegado es D. Ramón Crespos. Para el cobro de la parte aplazada del precio Suministros Gráficos SA, emitió el 15 de abril de este año una letra girada contra Gráficas Moraña SL que fue aceptada el mismo día de su emisión, con vencimiento a tres meses vista. La letra se domicilió para su pago en Caja Duero, Sucursal de Arévalo, y la cambial se emitió con la cláusula "sin gastos". "Suministros Gráficos, S.A." entregó la letra a "Papelería Industrial, S.A.", cuya administradora única es Da Soledad del Barco. La entrega de la letra se hizo en pago de un suministro de papel milimetrado. "Papelería Industrial, S.A." endosó la letra para pagar una deuda a D. Luís Ruiz. El endoso tiene fecha 16 de mayo y se hizo con la cláusula "sin mi responsabilidad". Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 149: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Aceites Baza, S.A.", cuyo consejero delegado es D. José Gris ha comprado una máquina de envasado a "Maquinaria Industrial, S.L.", cuyo administrador único es Da Ana Ruiz. Para el cobro de la parte aplazada del precio "Maquinaria Industrial, S.L." emitió el 18 de abril de este año una letra girada contra "Aceites Baza, S.A." que fue aceptada el mismo día de su emisión, figurando en la aceptación la firma autógrafa de D. José Gris con la antefirma "Aceites Baza, S.A. Consejero Delegado". La letra se emitió con la cláusula "sin gastos" y su pago se domicilió en Cajasur. "Maquinaria Industrial, S.L." entregó la letra a D. Emilio Rodríguez, quien a su vez la endosó para pagar una deuda a D. Pedro Pérez, haciendo constar en el endoso la expresión "sin mi responsabilidad". Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 150: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Antón e hijos, S.L.", cuyo administrador único es D. Luis Antón, emitió una letra de cambio el día 15 de febrero del presente año por importe de 20.000 euros y con vencimiento a tres meses fecha. En el mismo acto D. Juan López aceptó la letra como favor a D. Luis Antón, que se comprometió a entregarle los 20.000 euros para el pago de la letra antes de su vencimiento. El pago se domicilió en el Banco Central, sucursal 2 de Toledo. La letra se emitió a la orden de "Automoción Rojo, S.L.", cuyo administrador es D. Ángel Rojo, a quien se la entregó en pago del precio de un coche. Posteriormente "Automoción Rojo, S.L." endosó la letra a D. Pedro Ruiz. Teniendo en cuenta estos datos deben constarse las siguientes preguntas.

Page 151: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Armería el Montés, S.A", cuyo administrador único es D. Luís Abril, vendió diversos artículos de caza a D. Juan Gómez por un importe de 12.000 euros. Para el pago aplazado del precio, "Armería el Montés, SA." emitió una letra de cambio el día 26 de febrero del presente año, que el Sr. Gómez aceptó ese mismo día y con vencimiento a 90 días vista. El pago se domicilió en el Banco Aragonés, sucursal 1, de Huesca. "Armería el Montés, S.A." quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de los Pirineos, pero esta entidad exigió un avalista. Por ello "Armería el Montés, S.A." consiguió que D. Pedro Ruiz avalara la letra poniendo en el anverso, en el lugar reservado a "cláusulas", la expresión "por aval" y su firma. "Armería el Montés, S.A." entregó la letra así avalada a la Caja de Ahorros de los Pirineos poniéndola como tomadora de la misma. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 152: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Rocío Rubio, de 17 años, estudiante, compró un equipo de música pagando una parte del precio en efectivo y aceptando una letra de cambio para el pago de 600 euros de la parte aplazada del precio. La letra de cambio fue emitida el 2 de marzo de este año por "Discocenter, S.L.", cuyo administrador único es D. Rodrigo Alvarez. La letra se emitió a tres meses desde la fecha de emisión, domiciliándose el pago en la Caja de Ahorros de Sevilla, Oficina Principal. La aceptación se firmó en el momento mismo de la emisión y simultáneamente firmo la letra como avalista de Rocío Rubio, un amigo suyo, José Tomé, que es el administrador único de "Motos Tomé, S.L.". El aval lo firmó como administrador de la sociedad. "Discocenter, S.L." entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Electrónica 2000, S.L." en pago de unos suministros. El administrador único de esta sociedad es D. Angel García. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las siguientes preguntas

Page 153: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Construcciones Ruiz, S.L., cuyo director-gerente es D. José Torres, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 14 de febrero del presente año, poniendo como tomador, para pagar una deuda por sus servicios, a "Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A., cuyo administrador único es D. Luís García. La letra se libró contra Cafetería La Estrella, S.L., cuyo director-general es D. Javier Muro, entidad frente a la que Construcciones Ruiz, S.L. tenía un crédito por trabajos de reformas realizados en su establecimiento. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y el pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Estrella, S.L., en la Caja del Duero, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el 25 de marzo a Ferretería El Clavo, S.A., cuya administradora única es Da Marta Clavo, para el pago de herramientas y otros productos suministrados al endosante. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 154: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Instalaciones Eléctricas, S.L., cuyo administrador único es D. Manuel Silva, emitió el 10 de febrero del presente año una letra de cambio a cargo de D. Javier Cruces. El Sr. Cruces aceptó la letra en el mismo momento de la emisión, por amistad con el Sr. Silva, que se había comprometido a poner a disposición del Sr. Cruces el importe de la letra, antes del vencimiento, para que pudiera pagarla. El importe de la letra era de 60.000 euros, su vencimiento a tres meses fecha e incluía la cláusula "sin gastos". El pago de la letra se domicilió en la Oficina Principal de Caja España en León. La letra fue entregada, poniéndola como tomadora a Reformas Interiores, S.L. en pago de unos trabajos. La administradora única de esta sociedad es Da Ángela Luna. Por exigencias del tomador, D. Luís Gil avaló la letra, indicando que avalaba a D. Javier Cruces. Reformas Interiores, S.L endosó la letra el 10 de abril a Pinturas Murales, S.A, cuyo consejero-delegado es D. Alfonso Álvarez. Con estos antecedentes deben contestarse las preguntas siguientes

Page 155: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Da Elisa Flores vendió a Automecánica SL un equipo informático por valor de 20.000 euros. Para el pago aplazado de 10.000 euros se emitió una letra de cambio por dicho importe y con vencimiento a tres meses fecha. La letra fue aceptada en el mismo momento de su emisión por D. Julio Pérez en cuanto administrador único de Automecánica SL y el pago se domicilió en el Banco Valenciano. Da Elisa quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de Sagunto, pero esta entidad exigió para ello un avalista, ya que no le ofrecían suficiente garantía los firmantes de la cambial. El padre de Da Elisa, D. Agustín Flores, se prestó a ello y firmó como avalista en el espacio reservado a tal efecto en el dorso de la letra. D. Agustín se limitó a estampar su firma en el sitio indicado, sin rellenar ningún otro dato y sin especificar el nombre del avalado. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 156: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Talleres Pardo, S.A.", con domicilio en Oviedo y cuyo administrador único es D. Luis Nieto, emitió el 15 de marzo del presente año una letra contra Da María Valle, con domicilio también en Oviedo. La letra se emitió por un importe de 2.000 euros, que era el precio aplazado por la compra de un coche de segunda mano. La letra emitida a tres meses fecha fue aceptada en el mismo acto de la emisión y su pago se domicilió en el Banco de Oviedo, Oficina Principal. "Talleres Pardo, S.A." consiguió que un amigo de Da María Valle, D. Lorenzo Oña, avalara a ésta como aceptante, firmando el aval el día 25 de marzo y posteriormente entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Sánchez Motor, S.L.", con domicilio en León y cuyo Director Gerente es D. Amador Río. La letra se entregó para pagar una deuda que "Talleres Pardo, S.A." tenía pendiente con esta sociedad. A mediados de mayo "Sánchez Motor, S.L." endosó la letra, poniendo en el endoso "valor al cobro", a su delegado en la zona de Asturias, D. Jesús Díaz. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 157: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Gráficas La Moraña, SL cuyo administrador único es D. Félix García, ha comprado una impresora a Suministros Gráficos, SA, cuyo Consejero Delegado es D. Ramón Crespos. Para el cobro de la parte aplazada del precio Suministros Gráficos SA, emitió el 15 de abril de este año una letra girada contra Gráficas Moraña SL que fue aceptada el mismo día de su emisión, con vencimiento a tres meses vista. La letra se domicilió para su pago en Caja Duero, Sucursal de Arévalo, y la cambial se emitió con la cláusula "sin gastos". "Suministros Gráficos, S.A." entregó la letra a "Papelería Industrial, S.A.", cuya administradora única es Da Soledad del Barco. La entrega de la letra se hizo en pago de un suministro de papel milimetrado. "Papelería Industrial, S.A." endosó la letra para pagar una deuda a D. Luís Ruiz. El endoso tiene fecha 16 de mayo y se hizo con la cláusula "sin mi responsabilidad". Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 158: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Aceites Baza, S.A.", cuyo consejero delegado es D. José Gris ha comprado una máquina de envasado a "Maquinaria Industrial, S.L.", cuyo administrador único es Da Ana Ruiz. Para el cobro de la parte aplazada del precio "Maquinaria Industrial, S.L." emitió el 18 de abril de este año una letra girada contra "Aceites Baza, S.A." que fue aceptada el mismo día de su emisión, figurando en la aceptación la firma autógrafa de D. José Gris con la antefirma "Aceites Baza, S.A. Consejero Delegado". La letra se emitió con la cláusula "sin gastos" y su pago se domicilió en Cajasur. "Maquinaria Industrial, S.L." entregó la letra a D. Emilio Rodríguez, quien a su vez la endosó para pagar una deuda a D. Pedro Pérez, haciendo constar en el endoso la expresión "sin mi responsabilidad". Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 159: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Armería el Montés, S.A", cuyo administrador único es D. Luís Abril, vendió diversos artículos de caza a D. Juan Gómez por un importe de 12.000 euros. Para el pago aplazado del precio, "Armería el Montés, SA." emitió una letra de cambio el día 26 de febrero del presente año, que el Sr. Gómez aceptó ese mismo día y con vencimiento a 90 días vista. El pago se domicilió en el Banco Aragonés, sucursal 1, de Huesca. "Armería el Montés, S.A." quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de los Pirineos, pero esta entidad exigió un avalista. Por ello "Armería el Montés, S.A." consiguió que D. Pedro Ruiz avalara la letra poniendo en el anverso, en el lugar reservado a "cláusulas", la expresión "por aval" y su firma. "Armería el Montés, S.A." entregó la letra así avalada a la Caja de Ahorros de los Pirineos poniéndola como tomadora de la misma. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 160: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Rocío Rubio, de 17 años, estudiante, compró un equipo de música pagando una parte del precio en efectivo y aceptando una letra de cambio para el pago de 600 euros de la parte aplazada del precio. La letra de cambio fue emitida el 2 de marzo de este año por "Discocenter, S.L.", cuyo administrador único es D. Rodrigo Alvarez. La letra se emitió a tres meses desde la fecha de emisión, domiciliándose el pago en la Caja de Ahorros de Sevilla, Oficina Principal. La aceptación se firmó en el momento mismo de la emisión y simultáneamente firmo la letra como avalista de Rocío Rubio, un amigo suyo, José Tomé, que es el administrador único de "Motos Tomé, S.L.". El aval lo firmó como administrador de la sociedad. "Discocenter, S.L." entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Electrónica 2000, S.L." en pago de unos suministros. El administrador único de esta sociedad es D. Angel García. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las siguientes preguntas

Page 161: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Construcciones Ruiz, S.L., cuyo director-gerente es D. José Torres, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 14 de febrero del presente año, poniendo como tomador, para pagar una deuda por sus servicios, a "Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A., cuyo administrador único es D. Luís García. La letra se libró contra Cafetería La Estrella, S.L., cuyo director-general es D. Javier Muro, entidad frente a la que Construcciones Ruiz, S.L. tenía un crédito por trabajos de reformas realizados en su establecimiento. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y el pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Estrella, S.L., en la Caja del Duero, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el 25 de marzo a Ferretería El Clavo, S.A., cuya administradora única es Da Marta Clavo, para el pago de herramientas y otros productos suministrados al endosante. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 162: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Instalaciones Eléctricas, S.L., cuyo administrador único es D. Manuel Silva, emitió el 10 de febrero del presente año una letra de cambio a cargo de D. Javier Cruces. El Sr. Cruces aceptó la letra en el mismo momento de la emisión, por amistad con el Sr. Silva, que se había comprometido a poner a disposición del Sr. Cruces el importe de la letra, antes del vencimiento, para que pudiera pagarla. El importe de la letra era de 60.000 euros, su vencimiento a tres meses fecha e incluía la cláusula "sin gastos". El pago de la letra se domicilió en la Oficina Principal de Caja España en León. La letra fue entregada, poniéndola como tomadora a Reformas Interiores, S.L. en pago de unos trabajos. La administradora única de esta sociedad es Da Ángela Luna. Por exigencias del tomador, D. Luís Gil avaló la letra, indicando que avalaba a D. Javier Cruces. Reformas Interiores, S.L endosó la letra el 10 de abril a Pinturas Murales, S.A, cuyo consejero-delegado es D. Alfonso Álvarez. Con estos antecedentes deben contestarse las preguntas siguientes

Page 163: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Da Elisa Flores vendió a Automecánica SL un equipo informático por valor de 20.000 euros. Para el pago aplazado de 10.000 euros se emitió una letra de cambio por dicho importe y con vencimiento a tres meses fecha. La letra fue aceptada en el mismo momento de su emisión por D. Julio Pérez en cuanto administrador único de Automecánica SL y el pago se domicilió en el Banco Valenciano. Da Elisa quiso descontar la letra en la Caja de Ahorros de Sagunto, pero esta entidad exigió para ello un avalista, ya que no le ofrecían suficiente garantía los firmantes de la cambial. El padre de Da Elisa, D. Agustín Flores, se prestó a ello y firmó como avalista en el espacio reservado a tal efecto en el dorso de la letra. D. Agustín se limitó a estampar su firma en el sitio indicado, sin rellenar ningún otro dato y sin especificar el nombre del avalado. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes

Page 164: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Talleres Pardo, S.A.", con domicilio en Oviedo y cuyo administrador único es D. Luis Nieto, emitió el 15 de marzo del presente año una letra contra Da María Valle, con domicilio también en Oviedo. La letra se emitió por un importe de 2.000 euros, que era el precio aplazado por la compra de un coche de segunda mano. La letra emitida a tres meses fecha fue aceptada en el mismo acto de la emisión y su pago se domicilió en el Banco de Oviedo, Oficina Principal. "Talleres Pardo, S.A." consiguió que un amigo de Da María Valle, D. Lorenzo Oña, avalara a ésta como aceptante, firmando el aval el día 25 de marzo y posteriormente entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Sánchez Motor, S.L.", con domicilio en León y cuyo Director Gerente es D. Amador Río. La letra se entregó para pagar una deuda que "Talleres Pardo, S.A." tenía pendiente con esta sociedad. A mediados de mayo "Sánchez Motor, S.L." endosó la letra, poniendo en el endoso "valor al cobro", a su delegado en la zona de Asturias, D. Jesús Díaz. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 165: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Gráficas La Moraña, SL cuyo administrador único es D. Félix García, ha comprado una impresora a Suministros Gráficos, SA, cuyo Consejero Delegado es D. Ramón Crespos. Para el cobro de la parte aplazada del precio Suministros Gráficos SA, emitió el 15 de abril de este año una letra girada contra Gráficas Moraña SL que fue aceptada el mismo día de su emisión, con vencimiento a tres meses vista. La letra se domicilió para su pago en Caja Duero, Sucursal de Arévalo, y la cambial se emitió con la cláusula "sin gastos". "Suministros Gráficos, S.A." entregó la letra a "Papelería Industrial, S.A.", cuya administradora única es Da Soledad del Barco. La entrega de la letra se hizo en pago de un suministro de papel milimetrado. "Papelería Industrial, S.A." endosó la letra para pagar una deuda a D. Luís Ruiz. El endoso tiene fecha 16 de mayo y se hizo con la cláusula "sin mi responsabilidad". Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 166: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Rocío Rubio, de 17 años, estudiante, compró un equipo de música pagando una parte del precio en efectivo y aceptando una letra de cambio para el pago de 600 euros de la parte aplazada del precio. La letra de cambio fue emitida el 2 de marzo de este año por "Discocenter, S.L.", cuyo administrador único es D. Rodrigo Alvarez. La letra se emitió a tres meses desde la fecha de emisión, domiciliándose el pago en la Caja de Ahorros de Sevilla, Oficina Principal. La aceptación se firmó en el momento mismo de la emisión y simultáneamente firmo la letra como avalista de Rocío Rubio, un amigo suyo, José Tomé, que es el administrador único de "Motos Tomé, S.L.". El aval lo firmó como administrador de la sociedad. "Discocenter, S.L." entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Electrónica 2000, S.L." en pago de unos suministros. El administrador único de esta sociedad es D. Angel García. Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las siguientes preguntas

Page 167: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Construcciones Ruiz, S.L., cuyo director-gerente es D. José Torres, libró una letra de cambio por importe de 20.000 euros el día 14 de febrero del presente año, poniendo como tomador, para pagar una deuda por sus servicios, a "Instalaciones Eléctricas Pardo, S.A., cuyo administrador único es D. Luís García. La letra se libró contra Cafetería La Estrella, S.L., cuyo director-general es D. Javier Muro, entidad frente a la que Construcciones Ruiz, S.L. tenía un crédito por trabajos de reformas realizados en su establecimiento. La letra se libró con vencimiento a tres meses desde la emisión y el pago se domicilió en la cuenta corriente de Cafetería La Estrella, S.L., en la Caja del Duero, Oficina Principal. La letra, que no tenía aceptación, fue endosada el 25 de marzo a Ferretería El Clavo, S.A., cuya administradora única es Da Marta Clavo, para el pago de herramientas y otros productos suministrados al endosante. Con estos antecedentes deben contestarse las siguientes preguntas

Page 168: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Instalaciones Eléctricas, S.L., cuyo administrador único es D. Manuel Silva, emitió el 10 de febrero del presente año una letra de cambio a cargo de D. Javier Cruces. El Sr. Cruces aceptó la letra en el mismo momento de la emisión, por amistad con el Sr. Silva, que se había comprometido a poner a disposición del Sr. Cruces el importe de la letra, antes del vencimiento, para que pudiera pagarla. El importe de la letra era de 60.000 euros, su vencimiento a tres meses fecha e incluía la cláusula "sin gastos". El pago de la letra se domicilió en la Oficina Principal de Caja España en León. La letra fue entregada, poniéndola como tomadora a Reformas Interiores, S.L. en pago de unos trabajos. La administradora única de esta sociedad es Da Ángela Luna. Por exigencias del tomador, D. Luís Gil avaló la letra, indicando que avalaba a D. Javier Cruces. Reformas Interiores, S.L endosó la letra el 10 de abril a Pinturas Murales, S.A, cuyo consejero-delegado es D. Alfonso Álvarez. Con estos antecedentes deben contestarse las preguntas siguientes

Page 169: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Talleres Pardo, S.A.", con domicilio en Oviedo y cuyo administrador único es D. Luis Nieto, emitió el 15 de marzo del presente año una letra contra Da María Valle, con domicilio también en Oviedo. La letra se emitió por un importe de 2.000 euros, que era el precio aplazado por la compra de un coche de segunda mano. La letra emitida a tres meses fecha fue aceptada en el mismo acto de la emisión y su pago se domicilió en el Banco de Oviedo, Oficina Principal. "Talleres Pardo, S.A." consiguió que un amigo de Da María Valle, D. Lorenzo Oña, avalara a ésta como aceptante, firmando el aval el día 25 de marzo y posteriormente entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Sánchez Motor, S.L.", con domicilio en León y cuyo Director Gerente es D. Amador Río. La letra se entregó para pagar una deuda que "Talleres Pardo, S.A." tenía pendiente con esta sociedad. A mediados de mayo "Sánchez Motor, S.L." endosó la letra, poniendo en el endoso "valor al cobro", a su delegado en la zona de Asturias, D. Jesús Díaz. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 170: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Gráficas La Moraña, SL cuyo administrador único es D. Félix García, ha comprado una impresora a Suministros Gráficos, SA, cuyo Consejero Delegado es D. Ramón Crespos. Para el cobro de la parte aplazada del precio Suministros Gráficos SA, emitió el 15 de abril de este año una letra girada contra Gráficas Moraña SL que fue aceptada el mismo día de su emisión, con vencimiento a tres meses vista. La letra se domicilió para su pago en Caja Duero, Sucursal de Arévalo, y la cambial se emitió con la cláusula "sin gastos". "Suministros Gráficos, S.A." entregó la letra a "Papelería Industrial, S.A.", cuya administradora única es Da Soledad del Barco. La entrega de la letra se hizo en pago de un suministro de papel milimetrado. "Papelería Industrial, S.A." endosó la letra para pagar una deuda a D. Luís Ruiz. El endoso tiene fecha 16 de mayo y se hizo con la cláusula "sin mi responsabilidad". Teniendo en cuenta estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.

Page 171: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: Instalaciones Eléctricas, S.L., cuyo administrador único es D. Manuel Silva, emitió el 10 de febrero del presente año una letra de cambio a cargo de D. Javier Cruces. El Sr. Cruces aceptó la letra en el mismo momento de la emisión, por amistad con el Sr. Silva, que se había comprometido a poner a disposición del Sr. Cruces el importe de la letra, antes del vencimiento, para que pudiera pagarla. El importe de la letra era de 60.000 euros, su vencimiento a tres meses fecha e incluía la cláusula "sin gastos". El pago de la letra se domicilió en la Oficina Principal de Caja España en León. La letra fue entregada, poniéndola como tomadora a Reformas Interiores, S.L. en pago de unos trabajos. La administradora única de esta sociedad es Da Ángela Luna. Por exigencias del tomador, D. Luís Gil avaló la letra, indicando que avalaba a D. Javier Cruces. Reformas Interiores, S.L endosó la letra el 10 de abril a Pinturas Murales, S.A, cuyo consejero-delegado es D. Alfonso Álvarez. Con estos antecedentes deben contestarse las preguntas siguientes

Page 172: Mercantil II 2º Parcial en Excel

El enunciado que figura a continuación debe tenerse en cuenta para la contestación del resto de las preguntas: "Talleres Pardo, S.A.", con domicilio en Oviedo y cuyo administrador único es D. Luis Nieto, emitió el 15 de marzo del presente año una letra contra Da María Valle, con domicilio también en Oviedo. La letra se emitió por un importe de 2.000 euros, que era el precio aplazado por la compra de un coche de segunda mano. La letra emitida a tres meses fecha fue aceptada en el mismo acto de la emisión y su pago se domicilió en el Banco de Oviedo, Oficina Principal. "Talleres Pardo, S.A." consiguió que un amigo de Da María Valle, D. Lorenzo Oña, avalara a ésta como aceptante, firmando el aval el día 25 de marzo y posteriormente entregó la letra, poniéndola como tomadora, a "Sánchez Motor, S.L.", con domicilio en León y cuyo Director Gerente es D. Amador Río. La letra se entregó para pagar una deuda que "Talleres Pardo, S.A." tenía pendiente con esta sociedad. A mediados de mayo "Sánchez Motor, S.L." endosó la letra, poniendo en el endoso "valor al cobro", a su delegado en la zona de Asturias, D. Jesús Díaz. Partiendo de estos datos deben contestarse las preguntas siguientes.