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Metodología para la identificación de Programas ......siguientes categorías de programación: programa, subprograma, proyecto, actividad y obra. Las categorías enunciadas se ajustarán

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ÍNDICE

LISTA DE ACRÓNIMOS…………………………………………………………....... 4

LISTA DE ILUSTRACIONES……………………………………………………….. 5

I. INTRODUCCIÓN……………………………………………………………… 7

II. MARCO LEGAL……………………………………………………………….. 9

III. MARCO CONCEPTUAL Y METODOLÓGICO……………………………... 15

CADENA DE VALOR DEL SECTOR PÚBLICO ……………………………….…. 15

PRODUCTOS………………………………………………………………………….. 17

RELACIÓN ENTRE PRODUCTOS, RESULTADOS E IMPACTOS……………….. 20

CONCEPTUALIZACIÓN DE PROGRAMAS PRIORITARIOS……………………. 23

IV. PRESUPUESTO POR PROGRAMAS Y SU CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO

…………………………………………………………………………………… 24

OBJETIVO Y ASPECTOS GENERALES…………………………………………….. 25

METODOLOGÍA DE APLICACIÓN…………………………………………………. 27

ESTRUCTURA DEL CLASIFICADOR PROGRAMÁTICO………………………… 63

CODIFICACIÓN DE CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS……………………….. 67

V. BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………….. 71

NORMAS LEGALES………………………………………………………………… 71

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS………………………………………………… 72

VI. ANEXO I: CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS: CONCEPTOS Y

REQUISITOS …………………………………………………………………… 76

VII. ANEXO II: MATRIZ INTEGRADORA PRODUCTOS-RESULTADOS-

IMPACTOS……………………………………………………………………… 82

VIII. ANEXO III: FICHA TÉCNICA DE PROCEDIMIENTO…………………….. 86

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LISTA DE ACRÓNIMOS

DIGEPRES Dirección General de Presupuesto

MEPyD Ministerio de Economía Planificación y Desarrollo

MH Ministerio de Hacienda

PNPSP Plan Nacional Plurianual del Sector Público

PGE Presupuesto General del Estado

PAI Plan Ampliado de Inmunizaciones

DIGEDES Dirección General de Desarrollo Económico y Social

END Estrategia Nacional de Desarrollo

DIGEPRES Dirección General de Presupuesto

Febrero 2016

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LISTA DE ILUSTRACIONES

Ilustración 1: Cadena de Valor Público ...................................................................................................... 16

Ilustración 2: Relación entre Cadena Valor Público y Presupuesto .......................................................... 18

Ilustración 3: Retroalimentación Continua en Cadena de Valor Público.................................................... 19

Ilustración 4: Relaciones Multidireccionales de Influencia ........................................................................ 20

Ilustración 5: Productos Terminales Independientes .................................................................................. 32

Ilustración 6: Productos Terminales Conjuntos .......................................................................................... 33

Ilustración 7: Centro Responsable de Gestión Productiva .......................................................................... 35

Ilustración 8: Centro de Asignación de Recursos Financieros ................................................................... 36

Ilustración 9: Ejemplo 1: de Programas y Subprogramas ........................................................................... 38

Ilustración 10: Ejemplo 2: de Programas y Subprogramas ......................................................................... 39

Ilustración 11: Relaciones de Condicionamiento ........................................................................................ 41

Ilustración 12: Programa Presupuestario y sus Actividades Específicas .................................................... 42

Ilustración 13: Ejemplo de Programa Presupuestario y sus Actividades Específicas ................................. 43

Ilustración 14: Actividades Centrales, Comunes y Específicas según Relaciones de Condicionamiento .. 44

Ilustración 15: Ejemplo en Hipotético Ministerio de Educación y Deportes .............................................. 45

Ilustración 16: Ciclo de Vida de Proyecto de Inversión y su Relación con Categoría Presupuestaria

“PROYECTO” .................................................................................................................................... 51

Ilustración 17: Proyecto “Construcción de Carretera entre Puntos A y C” ................................................ 54

Ilustración 18: Proyecto “Construcción de Carretera entre Puntos A y C. Primer Tramo A y B” ............. 54

Ilustración 19: “Construcción de Carretera entre Puntos A y C. Segundo Tramo B y C” .......................... 55

Ilustración 20: Tipos de Proyectos Según Relaciones de Condicionamiento ............................................. 56

Ilustración 21: Ejemplo de Proyecto con Dos Obras y Una Actividad Específica ..................................... 59

Ilustración 22: Categorías de Máximo Nivel (equivalentes entre sí) .......................................................... 62

Ilustración 23: Subprogramas como categorías de menor nivel que Programa .......................................... 63

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Ilustración 24: Tipos de Proyectos Según su Condicionamiento a las Producciones intermedias o terminal

............................................................................................................................................................ 64

Ilustración 25: Tipos de Actividades Según su Condicionamiento a las Producciones en las Categorías de

Máximo Nivel ..................................................................................................................................... 65

Ilustración 26: Ejemplo de Conformación de un Proyecto ......................................................................... 66

Ilustración 27: Estructura de la Codificación Programática ....................................................................... 67

Ilustración 28: Un Ejemplo Tabulado de Codificación de Supuesto Ministerio de Educación .................. 70

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I. INTRODUCCIÓN

1. La República Dominicana efectuó un proceso de reforma legal e institucional de

la Administración Financiera Gubernamental que, a principios de la gestión del año 2007,

se logró finalizar.

2. Las normas que fundamentan esta reforma son la Ley No. 494-06, sobre la

Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda); la

Ley No. 5-07, sobre el Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado; la

Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público, No. 423-06; la Ley No. 567-05, de

la Tesorería Nacional; la Ley No. 6-06, sobre Crédito Público; las Leyes Nos. 340-06 y

449-06, sobre Contrataciones Públicas; la Ley 10-07, de la Contraloría General de la

República y del Control Interno.

3. Estas leyes conforman, junto con la Ley No. 126-01 de la Dirección General de

Contabilidad Gubernamental, la reforma del nuevo marco legal de la Hacienda Pública,

las normas jurídicas destinadas a mejorar la eficiencia, la transparencia y la

responsabilidad de la gestión pública, e impulsar la rendición de cuentas.

4. En términos legales, respecto al Presupuesto General del Estado, se destaca lo

expresado en la Constitución de la República Dominicana en su CAPÍTULO II DE LAS

FINANZAS PÚBLICAS, SECCIÓN I DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL

ESTADO, Artículo 233. - Elaboración del presupuesto. “Corresponde al Poder Ejecutivo

la elaboración del Proyecto de Ley del Presupuesto General del Estado, el cual contempla

los ingresos probables, los gastos propuestos y el financiamiento requerido, realizado en

un marco de sostenibilidad fiscal, asegurando que el endeudamiento público sea

compatible con la capacidad de pago del Estado”. El párrafo también agrega: “En este

proyecto se consignarán de manera individualizada las asignaciones que correspondan a

las diferentes instituciones del Estado”.

5. Particularmente, el Artículo 12 de la mencionada Ley No. 423-06 (Ley Orgánica

de Presupuesto) dispone que los presupuestos incluyan la producción de bienes y

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servicios, y su incidencia en los resultados esperados de las políticas de desarrollo de

corto, mediano y largo plazo.

6. Asimismo, en el año 2012, la Ley Orgánica de la Administración Pública (Ley

247/12) estableció como principios fundamentales de su organización y funcionamiento:

la Unidad de Administración Pública, la juridicidad, lealtad institucional, coordinación y

colaboración, el funcionamiento planificado y la evaluación del desempeño y de los

resultados, la eficacia, eficiencia, racionalidad, responsabilidad fiscal, rendición de

cuentas, transparencia, publicidad, participación, competencia, jerarquía, simplicidad,

responsabilidad civil y penal.

7. En este contexto, la Dirección General de Presupuesto (DIGEPRES) ha

desarrollado el modelo conceptual del Nuevo Sistema Presupuestario Dominicano

(NSPD) como forma de lograr sostenibilidad a las reformas encaradas de manera

normativa. La elaboración de este modelo ha partido de un análisis del marco normativo

vigente en República Dominicana, y se han identificado los sistemas y procesos que de

ellos se derivan y los flujos de información que se requieren para brindar los elementos

necesarios para optimizar la toma de decisiones de parte de las autoridades.

8. Por otro lado, sobre la aplicación de principios y técnicas, el Decreto 492/07

(Reglamento de la Ley Orgánica), en su Artículo 8, enuncia que los presupuestos anuales

de los organismos públicos se elaborarán, ejecutarán y evaluarán atendiendo a los

principios presupuestarios establecidos en la Ley y aplicarán la técnica del presupuesto

por programas.

9. Para aplicar esta técnica resulta imprescindible identificar el modelo y elaborar la

metodología que permitirá identificar los “programas presupuestarios” que expresen la

contribución de la institución a los objetivos de la planificación estratégica, mediante la

oferta de bienes y/o servicios que permitan satisfacer una necesidad pública reflejada en

los resultados buscados según las prioridades del plan de gobierno.

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10. Sobre esta base se presenta el presente informe - que consta de una descripción del

marco conceptual general en que se basa el presupuesto orientado a resultados - así como

una descripción de la ya conocida técnica de Presupuesto por Programas. A partir de ello

se presenta la puntualización de conceptos para arribar al clasificador programático

presupuestario aplicable a la República Dominicana, y su codificación sugerida.

II. MARCO LEGAL

11. El marco legal referido a los resultados, los programas presupuestarios, la

producción pública y sus mediciones, y responsabilidades consecuentes, es amplio. No

obstante, se mencionan a continuación aquellas normas consideradas como las más

relevantes en las partes de sus artículos y apartados pertinentes.

1. Ley 05/07: Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado

Artículo 5. – El Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado deberá

cumplir con los siguientes propósitos:

b) Facilitar la vinculación de la planificación con el presupuesto;

g) Viabilizar la gestión por resultados mediante contratos que premian y sancionan el

cumplimiento de objetivos y metas específicas; y

f) Promover la instrumentación de sistemas de información física que posibiliten, a través

de su vinculación con el sistema de información financiera, la evaluación de la ejecución

presupuestaria.

2. Ley 423/06: Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público

Artículo 1. – El Sistema de Presupuesto es el conjunto de principios, normas,

órganos y procesos…[cuya] finalidad [es] que la asignación y utilización de los recursos

públicos se realicen en la forma más eficaz y eficiente posible para el cumplimiento de

las políticas y objetivos del Estado;

Artículo 11. – Los presupuestos públicos se enmarcarán en los siguientes principios:

c) Principio de programación. Todos los presupuestos públicos deben estar basados en

las políticas, objetivos y metas establecidas en el programa de gobierno;

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Artículo 12. – Los presupuestos de los organismos públicos deberán expresar las

responsabilidades que les han sido asignadas a los mismos en los planes de desarrollo

nacional, constituyendo tales presupuestos el plan de acción anual de gobierno. En

consecuencia, los presupuestos deberán contener la producción de bienes y servicios y su

incidencia en los resultados esperados de las políticas de desarrollo de corto, mediano y

largo plazo.

Artículo 17. – En la formulación de los presupuestos de gastos se utilizarán técnicas y

principios presupuestarios que permitan evaluar el cumplimiento de las políticas y los

planes, así como la incidencia y el impacto económico-financiero de la ejecución. Para

ello, deberán justificarse los programas y proyectos, tomando en cuenta la prestación de

servicios, la producción de bienes y los recursos reales y financieros que se requieran

para su obtención.

Artículo 31. – Párrafo I: Los anteproyectos de presupuesto remitidos por los organismos

antes señalados deberán especificar el grado de cumplimiento de la política

presupuestaria, los programas y proyectos priorizados previamente por el Secretariado

Técnico de la Presidencia, la demanda o población a ser atendida, los resultados y metas

físicas a alcanzarse durante el ejercicio presupuestario, los medios de verificación de cada

producción y su relación con los recursos previstos, así como…;

Artículo 44. – Las apropiaciones presupuestarias aprobadas por el Congreso de la

República constituyen el límite máximo de gasto, sujeto a la disponibilidad efectiva de

los ingresos estimados, que podrán disponer los organismos públicos comprendidos en

este título con el propósito de cumplir con las políticas, objetivos, resultados y metas

previstas.

Artículo 61. – Basándose en las informaciones que suministren los organismos

comprendidos en este Título, en las que suministre la Dirección General de Contabilidad

Gubernamental y en otras que se consideren adecuadas, la Dirección General de

Presupuesto:

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a) Analizará las variaciones entre los objetivos y las metas programados con relación a lo

ejecutado y determinará sus causas; y

c) Realizará un análisis crítico de la variación entre las relaciones insumo-producto,

programadas con respecto a las ejecutadas y estimará los efectos de las mismas.

3. Decreto No. 492-07: Reglamento de Aplicación de la Ley Orgánica de

Presupuesto para el Sector Público

Artículo 5. – La Dirección General de Presupuesto, además de las funciones establecidas

en la Ley, deberá:

c) Indicar, mediante unidades de medidas simples, homogéneas y representativas, las

realizaciones de las políticas y acciones de los distintos organismos del sector público;

f) Elaborar informes ejecutivos, sobre los avances y logros alcanzados, así como de los

inconvenientes que pudieran afectar la eficiencia de la gestión gubernamental;

Artículo 27. – El presupuesto de gastos de cada uno de los Capítulos y Organismos

comprendidos en este Título se estructurará por Áreas Programáticas y de acuerdo con las

siguientes categorías de programación: programa, subprograma, proyecto, actividad y

obra. Las categorías enunciadas se ajustarán a las siguientes directrices:

II. En cada uno de los programas se describirá la vinculación cualitativa y cuantitativa

con las políticas nacionales a cuyos logros contribuyen.

Artículo 50. – Párrafo II: La Dirección General de Presupuesto deberá exponer, en los

informes y recomendaciones, su opinión técnica respecto de la aplicación de los

principios de eficiencia y eficacia operacional, teniendo en cuenta los resultados físicos y

económicos obtenidos y los efectos producidos por los mismos para cada capítulo,

institución descentralizada y autónoma no financiera, o institución pública de la seguridad

social.

4. Decreto No. 685-00: Creación e integración del Sistema Nacional de

Planificación y la Descentralización

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Artículo 1. – El presente Reglamento tiene por objetivos:

III. Establecer mecanismos y procedimientos institucionales para vincular y coordinar,

entre las instituciones públicas, la sociedad civil y el sector privado organizados, las

acciones del Sistema Nacional de Planificación Económica, Social y Administrativa

en las diferentes fases de elaboración de los planes nacionales de desarrollo

económico y social y en el proceso de formulación, ejecución, control y evaluación

del presupuesto del sector público como expresión financiera de tales planes;

Artículo 28. – Son funciones de las Oficinas Institucionales de Programación:

b) Formular el presupuesto anual de la institución como expresión financiera de los

proyectos de desarrollo, de acuerdo con las normas y procedimientos dictados por la

Oficina Nacional de Presupuesto y evaluar sus resultados;

c) Establecer óptimos canales de comunicación que permitan el flujo de las

informaciones a través de todos los niveles de la institución en el proceso de elaboración

y formulación de los programas y proyectos institucionales;

d) Velar por la compatibilidad entre el proyecto de presupuesto y los planes de desarrollo

institucional, realizando las actividades de coordinación necesarias con las oficinas

nacionales del Secretariado Técnico de la Presidencia; y

h) Coordinar con las demás oficinas institucionales de programación pertenecientes al

sector, todas las acciones dentro del área de planificación, presupuesto, recursos

humanos, reformas administrativas y estadísticas;

5. Ley No. 498-06: Planificación e Inversión Pública

Artículo 3. – El Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública se enmarca en el

pleno respeto a los siguientes principios:

a) Programación de políticas y objetivos estratégicos. Las acciones públicas diarias y

cotidianas que ejecuten las instituciones públicas deben sustentarse en políticas y

objetivos para el largo y mediano plazo definidos a través del sistema de planificación.

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b) Consistencia y coherencia entre las políticas y acciones. Los objetivos, metas y

acciones asociadas a las políticas sectoriales y globales incluidas en los planes de

desarrollo, deben ser compatibles y guardar una relación lógicamente consistente entre sí

dentro del contexto macroeconómico y el financiamiento disponible.

c) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos establecidos. Las políticas y objetivos

contenidos en los planes deben procurar la satisfacción de las demandas de la sociedad y

el logro de los impactos previstos sobre las necesidades insatisfechas….

g) Responsabilidad por la gestión pública. La ejecución de las políticas y objetivos

definidos en los planes debe estar claramente asignada a las instituciones públicas,

quienes deben responder por la misma.

Artículo 22. – Las funciones de las Unidades de Planificación y Desarrollo serán las

siguientes:

c) Supervisar y evaluar el impacto logrado en el cumplimiento de las políticas y planes

institucionales a través de la ejecución de los programas y proyectos.

Artículo 25. – Los instrumentos de la Planificación son:

a) Estrategia de Desarrollo

b) Plan Nacional Plurianual del Sector Público que, con base en lineamientos de la

Estrategia de Desarrollo, así como en la política fiscal y el marco financiero del

Presupuesto Plurianual elaborados por la Secretaría de Estado de Finanzas (actual

Ministerio de Finanzas), contendrá los programas y proyectos prioritarios a ser ejecutados

por los organismos del Sector Público no financiero y los respectivos requerimientos de

recursos.

c) Planes Regionales, que expresarán las orientaciones del Plan Nacional Plurianual del

Sector Público en los ámbitos regionales del país e incluirá la participación de los

Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional.

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d) Planes Estratégicos Sectoriales e Institucionales a mediano plazo, que expresarán las

políticas, objetivos y prioridades a nivel sectorial e institucional. Los planes estratégicos

institucionales deberán estar compatibilizados con los respectivos planes sectoriales que

los comprenden.

6. Decreto No. 493-07: Reglamento de Aplicación de la Ley No. 498-06, sobre

Planificación e Inversión Pública

Artículo 17. – A las Unidades Institucionales de Planificación y Desarrollo les

corresponden las siguientes funciones:

d. Participar conjuntamente con la unidad responsable del presupuesto, en la formulación

del presupuesto institucional, en los aspectos referidos a la instrumentación del plan

estratégico institucional, así como en la definición de la estructura programática del

presupuesto;

e. Monitorear la ejecución de los programas y proyectos institucionales; y

f. Evaluar el impacto de los Planes Estratégicos Institucionales.

Artículo 30. – El Plan Nacional Plurianual del Sector Público establece prioridades,

objetivos, metas y requerimientos de recursos del Sector Público para un período de

cuatro años y deberá ser consistente con la Estrategia de Desarrollo. Su contenido mínimo

será el siguiente:

b) Políticas, programas y proyectos prioritarios a ser ejecutados por el Sector Público…

PÁRRAFO II. – La clasificación funcional y la estructura programática son los

instrumentos metodológicos básicos de vinculación del Plan Nacional Plurianual del

Sector Público y los presupuestos públicos.

Artículo 31. – La Secretaría de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo (actual

Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo) presentará al Consejo de Gobierno,

en el mes de septiembre del año en que se inicia el periodo de gobierno, los lineamientos

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estratégicos para la formulación del Plan Nacional Plurianual del Sector Público. Su

contenido será el siguiente:

c) Políticas, programas y proyectos prioritarios a ser ejecutados por el Sector Público.

Artículo 34. – La Secretaría de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo (actual

Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo) preparará informes sobre la eficacia

de las políticas y el cumplimiento de los objetivos y metas comprendidos en el Plan

Nacional Plurianual del Sector Público. Dichos informes deberán dar cuenta, como

mínimo, de los siguientes aspectos con la periodicidad indicada:

b) Análisis de los resultados e impactos generados por la producción pública y por las

políticas de promoción para el sector privado.

III. MARCO CONCEPTUAL Y METODOLÓGICO

CADENA DE VALOR DEL SECTOR PÚBLICO

12. El marco conceptual en que se basa la metodología presentada en el presente

documento es la CADENA DE VALOR PÚBLICO.

13. Esta cadena aplicada a la nomenclatura y características de República Dominicana

es la generación de valor establecida en una relación secuencial y lógica entre la

Estrategia Nacional, los Ejes Estratégicos, los Objetivos Generales, los Objetivos

Específicos, las Líneas de Acción, los Resultados, Productos, Procesos Productivos y los

Insumos.

14. En función de la normativa mencionada en el Punto II, y el propósito explícito de

orientar el Presupuesto hacia los resultados deseados, se consideró imprescindible obtener

una clara vinculación de resultados que reflejen los objetivos específicos de política

fijados como prioridades gubernamentales en el Plan Nacional Plurianual del Sector

Público con los aspectos financieros (del gasto autorizado a efectuar) y físicos (de

prestación de bienes y/o servicios previstos para el logro de tales resultados) del

Presupuesto General del Estado.

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15. Para ello se trabajó en conjunto con MH-DIGEPRES (órgano rector del

Presupuesto General del Estado) y el MEPyD (órgano responsable de llevar adelante la

Planificación de la Nación), mediante un acuerdo que posibilitó enmarcar todos los

eslabones de esta cadena en una sola relación consensuada y consistente tanto en términos

formales de lenguaje y conceptos como en las definiciones únicas de producto acordadas,

o acordar en labor conjunta.

16. Se estableció por consenso que se utilizará el modelo de cadena de valor del sector

público que consta de cinco elementos ya mencionados en la Guía Metodológica para

definir la producción institucional y su relación con los objetivos de política, editada por

el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, el Vice Ministerio de

Planificación, y la Dirección General de Desarrollo Económico y Social.

17. Allí se expresa: “El sector público puede ser entendido como un conjunto de

instituciones dedicadas a generar productos - bienes o servicios - que se entregan a la

población. Estos productos constituyen la razón de ser de una institución ya que, a través

de ellos, satisfacen necesidades sociales contribuyendo de este modo en forma directa al

logro de las políticas públicas. Los objetivos de esas políticas, a su vez, se

operacionalizan en resultados e impactos esperados; ambos cotejables y susceptibles de

seguimiento. Ahora bien, para producir los bienes y servicios se requieren cantidades y

calidades adecuadas de insumos; y para adquirirlos se requiere de recursos financieros. Se

denomina operación al proceso mediante el cual las entidades públicas, en este caso,

transforman recursos en productos”.

18. En forma gráfica se pueden expresar los eslabones de esta cadena de la siguiente

manera:

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Ilustración 1

19. En realidad, un elemento que merece mencionarse por su importancia en este

esquema, si bien no es estrictamente un eslabón dentro de la cadena de valor del Sector

Público, son las medidas de política.

Recurriendo una vez más a la Guía ya mencionada, se puede agregar que “la adopción de

dichas medidas tiene por objeto modificar, orientar y/o regular los comportamientos de

los actores en una determinada área de política, y que se expresan en decisiones o normas

producidas por autoridades u órganos competentes”.

PRODUCTOS

20. Los productos constituyen la esencia del Presupuesto orientado a resultados, pues

son los bienes y servicios que se ofrecen a la comunidad en cumplimiento de la misión de

cada una de las instituciones públicas, su verdadera razón de ser, con los cuales se

pretenden alcanzar los resultados previstos en las políticas públicas.

21. Debido a ello son también el eslabón de enlace entre la planificación y el

presupuesto, pues los productos determinarán la existencia de los programas

presupuestarios y el resto de las categorías a las que se asignarán los recursos financieros

para efectuar los procesos productivos que les darán origen.

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22. Permiten vincular la producción pública con los resultados e impactos en los que

se operacionalizan los objetivos de política y, a su vez, posibilitan la definición de las

estructuras programáticas institucionales que permitirán la adecuada asignación de los

recursos financieros determinando sus responsables.

23. Como corolario de la labor desarrollada en equipo, se acordó entre la DIGEPRES

y el MEPyD que se realizará, de aquí en adelante, un trabajo conjunto con cada una de las

instituciones públicas el “ajuste”, o definición de sus productos, tanto en el sistema

presupuestario como en el de planificación, para conformar un único catálogo de

productos que se construirá gradual y paulatinamente y que nutrirá a ambos Ministerios a

los fines requeridos por cada uno, responsables de distintos eslabones de la misma cadena

de valor.

24. A través de un gráfico orientador presentado por el MEPyD, se clarifica la

interrelación de los distintos componentes de la planificación y el presupuesto de la

siguiente manera:

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Ilustración 2

25. Se verifica una retroalimentación permanente en cuanto a las definiciones entre

los distintos componentes de la cadena. Fundamentalmente sobre los productos públicos

definidos y los respectivos indicadores de resultado e impacto a los que contribuyen.

Pero, obviamente, también en las cantidades de esta producción y sus insumos requeridos.

Esta construcción es dinámica y variará a medida que se incrementen el conocimiento y la

información pertinentes en ambos sentidos.

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Ilustración 3

RELACIÓN ENTRE PRODUCTOS, RESULTADOS E IMPACTOS

26. Esta relación es más complicada de lo que en principio podría pensarse pues, en

general, es multidireccional. Es decir, varios productos terminales (provenientes de

distintos programas de la misma o de diferentes instituciones) condicionan cada resultado

y/o impacto y, a su vez, un solo producto puede condicionar a más de un resultado y/o

impacto.

27. Por otra parte, también puede un resultado influir de manera muy directa en otro

resultado y/o impacto.

28. En forma gráfica se puede visualizar esta trama compleja de una forma más

simple, utilizando una ilustración facilitada por el MEPyD:

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Ilustración 4

29. Los indicadores de producto, o también llamadas metas físicas utilizadas, suelen

ser parámetros referenciales del nivel de producción de los programas presupuestarios. Pero,

su relación con los resultados buscados necesita ser articulada, especialmente en las áreas

sociales, en un proceso de fortalecimiento de la gestión presupuestaria orientada a la gestión

por resultados.

30. Los indicadores básicos de la producción terminal los determinan los volúmenes

de producción física, pero deben contar con una clara definición del nombre del producto y

de la unidad de medida con la cual se hará la medición.

31. Son tres los elementos imprescindibles para conceptualizar la producción terminal

(o sea, bienes y servicios de que se trate): DENOMINACIÓN, UNIDAD DE MEDIDA y

CANTIDAD.

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32. La DENOMINACIÓN debe describir la acción que caracteriza la naturaleza del

bien o servicio, acompañada del nombre que define su materia (Ej.: Enseñanza Primaria).

33. La UNIDAD DE MEDIDA expresa la forma en que se mide la producción (Ej.;

alumno inscrito, egresado).

34. La CANTIDAD refleja la cuantificación física del producto (Ej.; 25,000).

35. Los indicadores de resultado y/o impacto incorporados al PNPSP que permiten

medir el grado de alcance de los objetivos específicos previstos resultan primordiales en

este esquema de relaciones.

36. La construcción de los indicadores de resultado e impacto deberá contemplar que

éstos resulten definidos, según los requisitos mínimos de pertinencia, utilidad, solidez,

simplicidad, fiabilidad y accesibilidad.

37. Desde otro punto de vista, será importante que sus valores sean producto de una

previsión racional y un establecimiento realista de las potencialidades de la organización,

teniendo en cuenta los recursos físicos, financieros y humanos, más allá de la validez

teórica del indicador y de los deseos sobre los valores a alcanzarse (o sea, se deberá buscar

lo mejor en la medida de lo posible).

38. En otras palabras, deberá existir una correspondencia entre las asignaciones

presupuestarias presumiblemente disponibles con las metas físicas de producción de

bienes y servicios para obtener los resultados esperados que permitirán lograr los impactos

deseados.

39. Los indicadores de resultado y de impacto se calcularán anualmente, ya sea con

valores que se acumulan a lo largo de cada ejercicio, o con valores que se revelan en

determinada fecha preestablecida de corte (que deberá ser mantenida de manera

consistente).

40. Los valores previstos en los indicadores de resultado serán contrastados con los

que efectivamente se logren en la realidad, al final del ejercicio.

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41. Es recomendable para el futuro prever un registro específico que, asegurando la

inalterabilidad de sus asientos, deje asentada su fórmula de cálculo, el significado del

indicador y su interpretación, así como la historia de los valores efectivos alcanzados en

cada período a los efectos de permitir la correspondiente auditoría.

42. De acuerdo al comportamiento de los valores de los indicadores, las autoridades

responsables del programa y sus superiores jerárquicos estarán en condiciones de tomar

decisiones tales como cambiar determinados aspectos de las líneas de acción llevadas a

cabo o, de manera más drástica, cambiar substancialmente el programa y/o el enfoque y/o

la organización del mismo.

43. De la misma manera, la evaluación de lo ocurrido podría hacer variar la

asignación presupuestaria para los próximos años tanto para reforzar los recursos

financieros necesarios para obtener el objetivo o para disminuirlos si los poderes

decisorios consideraran que el objetivo buscado no es prioritario en el nuevo período

proyectado.

44. Otra alternativa podría ser que se revele la necesidad de aumentar la eficiencia del

programa, manteniendo la misma cantidad de recursos financieros pero con una exigencia

de acrecentar la cantidad o calidad de las metas de provisión de bienes y/o servicios.

CONCEPTUALIZACIÓN DE PROGRAMAS PRIORITARIOS

45. La Ley 1-12 de la END, en su Artículo 4, cita “…el PNPSP definirá los

programas y proyectos prioritarios que tendrán financiamiento protegido…” y, en el

Artículo 12 del Decreto 134-14, sobre el reglamento de aplicación de la Ley Orgánica de

la END, se expresa que “…los programas y proyectos prioritarios y protegidos

contemplados en el PNPSP tienen garantizadas las apropiaciones presupuestarias previstas

en los presupuestos”.

46. Usando las mismas palabras enunciadas en el PNPSP, lo fundamental de estos

programas es que “se blindan con el objetivo de garantizar la provisión y fluidez de los

recursos presupuestarios a los mismos”.

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47. La idea subyacente es que para alcanzar los resultados e impactos buscados resulta

de esencial importancia la cantidad y calidad de determinada producción pública. De tal

manera que los programas que tienen bajo su responsabilidad dicha producción estén

priorizados respecto a otros, cuya producción no es tan imprescindible.

48. El Plan Nacional Plurianual del Sector Público 2013-2016: Actualización 2015

indica que “atendiendo a la prioridad que le ha dado la nueva administración

gubernamental a la superación de la pobreza y desigualdad, con énfasis en la protección

social, la salud y la educación ha concentrado su producción protegida en el eje

estratégico 2, con unos 28 programas protegidos, que permite continuar avanzando en la

construcción de una sociedad con igualdad de derechos y oportunidades”.

49. No obstante, en su totalidad se destacan treinta y siete (37) programas y proyectos

priorizados y protegidos, los cuales apuntan hacia el alcance de las metas identificadas en

la END 2030 para los cuatro ejes estratégicos: Eje 1, Desarrollo Institucional; Eje 2,

Desarrollo Social; Eje 3, Desarrollo Productivo; Eje 4, Desarrollo Sostenible.

50. A los fines de facilitar la relación entre los distintos componentes de la cadena de

valor en los casos en que la producción se vincula directamente con una contribución

prevista por el sector público a los distintos objetivos de desarrollo, se anexa un

formulario denominado “Ficha Matriz de Programas Prioritarios con Vínculo Productos-

Resultados-Impacto”, como instrumento considerado útil a los efectos mencionados (ver

ANEXO II).

51. Esta ficha debería ser confeccionada imprescindiblemente por aquellos programas

definidos como prioritarios a los fines de proveer la producción pública necesaria para la

obtención de los resultados esperados, según indicadores de PNPSP, pero resultará

conveniente extenderla a todos los programas presupuestarios fortaleciendo su relación

con los resultados.

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IV. PRESUPUESTO POR PROGRAMAS Y CLASIFICADOR

PRESUPUESTARIO

52. Retomando lo expresado previamente, el eslabón vinculante entre Plan-

Presupuesto son los productos, es decir los bienes y servicios resultantes del o los

programas presupuestarios que les dan origen, de acuerdo a los insumos reales necesarios

que avalan los requerimientos financieros para su provisión y cuya responsabilidad está

claramente definida en unidades gestoras de las instituciones.

53. Así, para lograr una correcta vinculación presupuestaria entre resultados y los

bienes y servicios que permiten alcanzar dichos resultados, se considera que el

Presupuesto por Programas aplicado a todo el Sector Público (en un todo de acuerdo con

las normas legales imperantes) es idóneo para lograrlo.

54. Desde el punto de vista presupuestario cada institución necesitará la asignación

financiera pertinente, y rendirá cuentas por ella, para elaborar o proveer los productos que

contribuyan a la obtención de los resultados y sus impactos que permitan cumplir con los

objetivos de política específicos y generales fijados por las autoridades mayores de la

Nación.

OBJETIVO Y ASPECTOS GENERALES

55. El objetivo de un clasificador programático es apreciar los recursos financieros

que se requieren para adquirir los recursos reales que han de posibilitar la producción de

los bienes y servicios intermedios y terminales por parte de las instituciones públicas.

56. Su ventaja es posibilitar visualizar la expresión financiera de las políticas de

desarrollo en el presupuesto, por cuanto este último instrumento se formula tomando en

cuenta los programas del gobierno para el período presupuestario.

57. Asimismo, permite establecer la responsabilidad de los funcionarios por la

administración de los recursos reales y financieros asignados a nivel de cada categoría

programática.

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58. Esta clasificación presupuestaria de gastos presenta particularidades en relación a

las restantes. Al ser la estructura programática del presupuesto la expresión de una política

presupuestaria determinada, la definición en cada año de dicha política implica

modificaciones anuales de la clasificación programática.

59. El presupuesto por programas es una de las herramientas ampliamente utilizada

internacionalmente por los sistemas de presupuesto público, con el propósito de que las

asignaciones presupuestarias se relacionen estrechamente con las prioridades de las

políticas públicas a través de una transparente distribución de recursos financieros que

permita la producción de bienes y servicios públicos necesarios para el logro de los

resultados esperados para alcanzar los objetivos de políticas públicas buscadas.

60. En términos legales, esto está normado en la Ley 423/06 (Ley Orgánica de

Presupuesto), en su Artículo 25, párrafo tercero, donde se señala que el programa

“…expresa la producción de bienes y servicios que contribuyen en forma directa al logro

de las políticas y planes, así como los recursos reales y financieros que requieren para su

obtención”.

61. El Decreto 492/07, a su vez, que reglamenta dicha Ley, dispone que el

“programa” y las restantes categorías programáticas (subprograma, proyecto, actividad y

obra) que configuran la “estructura programática” de una institución pública, debe

identificar obligatoriamente la unidad organizacional (Unidad Responsable) a cargo del

mismo.

62. La aplicación de la técnica de Presupuesto por Programas origina, en términos de

clasificador presupuestario de gastos, la asignación de recursos financieros a cada una de

las categorías programáticas del presupuesto (programa, subprograma, proyecto, actividad

y obra) de cada institución. En otras palabras, cada categoría programática será objeto de

apropiaciones y seguimiento presupuestarios y tendrá un responsable en términos

organizativos formales.

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26

63. El cálculo primario se realiza a nivel de las categorías programáticas de mínimo

nivel (actividad y obra), y por agregación resulta la asignación de los recursos financieros

en las categorías programáticas de mayor nivel (proyecto, subprograma y programa).

64. Las categorías programáticas que conforman el presupuesto deben ser

adecuadamente identificadas dentro del proceso presupuestario público, en tanto que ellas

expresan los recursos financieros que se les asignarán para adquirir los insumos reales

que, una vez procesados, se transformarán en productos intermedios o terminales que

permitirán el suministro de bienes y servicios.

65. La presupuestación de cada categoría programática debe comprender la totalidad

de sus insumos presupuestarios, independientemente de que su adquisición esté

centralizada en otros centros de gestión (la típica oficina de compras de cada institución).

METODOLOGÍA DE APLICACIÓN

66. Teniendo en cuenta que, de manera habitual, se parte de una institución ya en

marcha, esta consultora cree conveniente describir previamente la manera práctica de

encarar la definición de la estructura programática para luego dar paso a las

conceptualizaciones de las categorías, pues la experiencia indica que resultan más claros

los conceptos siguiendo este camino (inverso a los manuales existentes, pero

consistente con ellos) y, por otra parte, facilita la comprensión general de la aplicación

de la técnica.

67. Cabe mencionar la importancia de que las estructuras programáticas, en tanto y

en cuanto se establecen como reflejo de la realidad institucional respecto a la situación

política y social, y las decisiones de provisión de bienes y servicios acordes a los

objetivos gubernamentales y sus prioridades, son fundamentalmente dinámicas. Es

fundamental referirlas siempre al año en que se elabora y ejecuta el Presupuesto,

independientemente de que los resultados a los que contribuyen los productos puedan

establecerse a plazos más extensos.

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68. Es dable suponer que a medida que se perfeccione la cadena de valor pública, en

función de los objetivos de política perseguidos, no deberían existir programas cuyos

productos no satisfagan necesidades sociales explícitamente buscadas.

69. En algunos casos, el cambio sucede por las características de las categorías

programáticas en sí mismas (como los proyectos de inversión que desaparecen de la

estructura programática una vez que están en condiciones de operar) y, en otros casos, por

cambio en las prioridades que se establecen en función de las necesidades colectivas a

satisfacer, que varían por su origen en tiempo y lugar.

DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO PRESUPUESTARIO

70. Es la institución donde se construye la organización presupuestaria en sus

diferentes categorías programáticas. Es decir, el organismo donde se definirá la estructura

programática.

71. El conjunto de categorías programáticas organizadas jerárquicamente en cada

institución pública conforma la estructura programática del presupuesto de dicha

institución, pues es lo que determina la responsabilidad del uso de los recursos financieros

asignados por el presupuesto. Esto no debe confundirse con la posibilidad de que varios

programas presupuestarios provenientes de distintas organizaciones públicas confluyan en

la obtención de determinado resultado (tal como se vio previamente en el apartado de

cadena de valor público).

72. Cada categoría programática tiene, entonces, sentido de significación y

organización presupuestaria dentro del ámbito del organismo al que refiera, no de manera

aislada.

73. Este aspecto de las categorías programáticas no se resalta, habitualmente, en toda

su importancia y genera en la práctica ciertos sinsentidos como, por ejemplo, que en una

misma institución haya dos categorías 01 de actividades centrales, cuando en realidad la

categoría 01, que resulta equivalente a programa, significa la totalidad o suma de todas las

actividades centrales que existen en la institución.

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74. La clasificación programática se construye al interior de cada ámbito

presupuestario institucional. En otras palabras, se debe utilizar a nivel de cada uno de los

Ministerios, Organismos Descentralizados y Autónomos, Instituciones de la Seguridad

Social, Empresas Públicas y Ayuntamientos.

75. Dicho de otra manera, cada Capítulo (Artículo 25 de la Ley Orgánica de

Presupuesto, 423/06) tendrá su propia estructura programática ya que las categorías

programáticas existen en tanto y en cuanto se delimite el entorno en el cual nacen.

76. El ámbito presupuestario base para la conformación de las respectivas aperturas

programáticas es cada uno de los organismos del Sector Público que integran los agregados

institucionales mencionados en el Artículo 3 de la Ley 423/06 del Gobierno Central, las

Instituciones Descentralizadas y Autónomas Financieras y no Financieras, las Instituciones

Públicas de la Seguridad Social, las Empresas Públicas Financieras y no Financieras, y los

Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional.

IDENTIFICACIÓN DE PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS

77. El programa es la categoría programática de máximo nivel dentro de cada

institución, en función de su relevancia en el logro de la misión de la institución y en el

cumplimiento de las políticas públicas y más específicamente, en la mayoría de los

casos, de los objetivos estratégicos definidos por las máximas autoridades, dado que es

la categoría que genera los bienes y/o servicios que se ofrecerán a la sociedad, para

satisfacer en todo o en parte las necesidades sociales (contribuyendo directamente por

sí solos o concomitantemente con otros a los resultados y/o impactos perseguidos).

78. Consistente con la complejidad del tema, resulta apropiado avanzar

paulatinamente, comenzando por describir la secuencia de la senda a transitar para la

identificación y conceptualización de los mismos.

79. Se enumerarán a continuación los pasos a seguir para luego proceder a su

explicación detallada:

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a) Determinación de cada uno de los productos terminales que se originan en la

institución referida (bienes y servicios que se ofrecen a la comunidad en

cumplimiento de su misión específica);

b) Análisis de la posibilidad de establecer una clara relación insumo-producto para

todos los productos terminales (determinar si son productos conjuntos o

independientes);

c) Definición de centros de gestión responsables de los procesos productivos que

originan dichos productos;

d) Que dichas unidades sean factibles de constituirse como centros de asignación de

recursos.

Determinación de cada uno de los productos terminales

80. Ante todo, es importante definir el concepto de producto terminal.

81. Se denominan productos terminales, exclusivamente, aquellos bienes y/o servicios

concretos que están acabados, listos para ser utilizados por la sociedad o por otras

instituciones públicas (pudiendo ser en ciertos casos aún en la misma) en donde

ingresarán como insumo para formar parte de otros procesos productivos que ofrecerán

otros productos terminales.

82. En otras palabras, aquellos bienes que se fabrican o proveen, y aquellos servicios

que se ofrecen a la comunidad para satisfacción, en todo o en parte de determinada

necesidad social que originó tal proceso productivo en la institución pública que se trate,

contribuyendo directamente a su razón de existencia.

83. A mayor abundancia, un producto terminal es todo producto (bien o servicio) que

“sale” de la institución que le dio origen no necesitando ninguna transformación posterior

para ser consumido y que caracteriza y justifica la existencia de la institución (su razón de

ser).

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84. Si bien esta conceptualización pareciera que es lo suficientemente precisa como

para evitar definiciones erradas, los hechos demuestran que es imprescindible el criterio

del analista y/o decisor técnico lo suficientemente entrenado para determinarlo con

mayor certidumbre, con el agregado de su sentido común o espíritu crítico y la

experiencia técnica en Presupuesto por Programas.

85. A título ilustrativo se listan algunos productos terminales habituales:

EJEMPLOS DE ALGUNOS PRODUCTOS TERMINALES

86. Lo clave en este proceso de enumerar todos los productos terminales que provee

la organización es tener la certeza absoluta que no queda sector ni área sin rastrear, o sea

que no subsiste algún producto terminal no considerado.

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87. El universo debe incluir absolutamente todos los bienes y servicios que se ofrecen

a la comunidad, pues de omitirse algunos de ellos se estaría ante la imposibilidad de

proveer dicho bien y/o servicio al no disponer de recursos financieros (asignados a cada

categoría programática) y, por ende, los recursos reales para su proceso productivo.

Posibilidad de establecimiento de una clara relación Insumo-Producto para cada uno de

ellos

88. Para analizar esta posibilidad, cabe puntualizar la noción de insumo. Según la

Real Academia Española, insumo es un concepto económico que significa el conjunto de

bienes empleados en la producción de otros bienes. Es decir, todos aquellos elementos

que toman parte en la producción de un bien distinto al que originalmente ingresó en el

proceso productivo para su transformación mediante determinada tecnología.

89. Ejemplo simple: madera y clavos. Los recursos humanos especializados en

carpintería son insumos que se transforman mediante un determinado proceso productivo

y el resultado de dicha combinación de insumos y trabajo es una mesa lista para usarse,

que constituye un producto terminal.

90. Otro ejemplo: Los ingredientes de una receta gastronómica, conjuntamente con el

tiempo de dedicación del cocinero/a y el equipamiento necesario en la cocina, son los

insumos requeridos para elaborar determinada comida, que es el producto terminal.

91. El establecimiento de una clara relación insumo-producto indica que es posible

saber con certeza las calidades y cantidades de cada uno de los insumos utilizados para

obtener cierta cantidad y calidad de producción terminada, sin que se mezclen ni

confundan con otros procesos productivos que dan origen a distintos productos

terminales.

92. Si los insumos requeridos en cada proceso productivo originan una producción

terminal diferenciada, esos productos son independientes entre sí y, por lo tanto, son

factibles de una presupuestación separada. En consecuencia, se tienen programas

presupuestarios distintos.

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93. Gráficamente:

Ilustración 5

PRODUCTOS TERMINALES INDEPENDIENTES

94. Si en cambio, en un mismo proceso productivo, se originan productos distintos

pero no pueden distinguirse sus insumos, pues surgen de un único proceso productivo, se

obtienen productos conjuntos y, por lo tanto, no pueden ser presupuestados por separado.

95. Si se quiere determinar su gasto presupuestario por separado, éste deberá ser

calculado por otros medios, separado de la información que proporciona el Presupuesto

General del Estado.

96. En esta ocasión, se tendrá un único programa presupuestario donde se obtendrán

dos productos terminales distintos pero con una sola asignación presupuestaria

para ambos productos terminales.

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97. Gráficamente:

Ilustración 6

PRODUCTOS TERMINALES CONJUNTOS

98. Por ejemplo: En un hospital universitario el proceso de producción de los

servicios médicos hospitalarios generado por un médico residente - quien está haciendo

su formación práctica en la clínica hospitalaria - origina simultáneamente dos productos:

La "Atención Médica a Pacientes" y la "Formación de Recursos Humanos en Medicina",

por lo cual todos los insumos se utilizan en su totalidad de una forma indivisible y

simultánea, lo que implica que no puede asignarse a cada uno de ellos la cuota parte de

los insumos que les corresponde.

99. En consecuencia en estos casos no se puede preparar el presupuesto asignando

recursos para cada producto individualmente considerado, sino que se deberá hacer para

el conjunto de ambos.

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a) Centros responsables de gestión productiva

100. Habiendo individualizado los productos terminales y las relaciones insumo

producto que los representa, es imprescindible la existencia de una unidad orgánica en la

institución pública que se haga cargo del proceso productivo en términos de su

compromiso con el quehacer y sus resultados.

101. Por otro lado, según se establece en el Decreto 492/07, sobre el Reglamento de la

Ley Orgánica de Presupuesto, “…la clasificación institucional deberá posibilitar el

establecimiento de la responsabilidad administrativa que tiene cada una de esas unidades

administrativas en todo el proceso presupuestario, no solo ante quien jurídicamente

aprueba su presupuesto, sino ante la sociedad toda, por la eficacia y la eficiencia con

que deben desarrollar su labor”.

102. Cabe destacar que esto no significa que la máxima autoridad del organismo deje de

tener la autoridad y la responsabilidad de todo lo que se hace en él, sino que para cada

programa presupuestario debe existir un centro más cercano y directo al accionar

cotidiano en el proceso productivo que genera él o los productos terminales pertinentes.

103. El centro de gestión productiva es el que determina cuál será la combinación de los

recursos que se utilizarán, fijando la tecnología de producción más apropiada según

tiempo, lugar y condiciones y, en consecuencia, la cantidad y calidad de los insumos

requeridos en cada oportunidad.

104. En otras palabras, es el que determina el rumbo a seguir fijando la cantidad y calidad

del producto terminal según las distintas circunstancias que se atraviesen.

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Ilustración 7

105. Se pueden enumerar algunos ejemplos concretos de centros responsables de la

gestión productiva del programa presupuestario pertinente:

Dirección General de Pasaportes

Tesorería Nacional

Dirección General de Educación Primaria

Viceministerio de Recreación y Deporte Tiempo Libre

Dirección General de Empleos

d. Posibilidad de asignación de recursos a dichos centros o unidades de producción

106. De acuerdo a lo establecido en el Decreto 492/07 ya mencionado, en su Artículo

14:“Cada categoría programática de la clasificación programática deberá identificar

obligatoriamente la unidad organizacional responsable de ejecutar la producción que tiene

a su cargo; por tanto, el Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) identificará

dicha responsabilidad bajo el denominativo de ‘Unidad Responsable’ y estará asociada

directamente con la categoría programática respectiva”.

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107. Para que el centro de gestión productiva mencionado en el punto anterior (3.2.3)

sea pasible de asignación de recursos financieros, es ineludible que cumpla con la

condición de relevancia económica. Es decir que debe ser importante, tanto por su

contribución al proceso productivo como con respecto al volumen de gastos que genera

según los insumos reales que requiera en la producción.

108. Esto es así porque es parte explícita del Presupuesto. Es decir que será objeto de

apropiaciones y seguimiento presupuestarios.

109. Es cierto que esta condición posee un límite impreciso. Nuevamente, deberá

recurrirse al sentido común y a la experiencia del técnico presupuestario. No debe

olvidarse que se está hablando de la conformación del Presupuesto de cada entidad y que

ella integra el Presupuesto General del Estado, que a su vez hace lo propio con el

Presupuesto del todo el sector público.

110. Así, en muchos casos, se detecta la existencia de factibles programas

presupuestarios que cumplen con los requisitos metodológicos respectivos. Pero, sería un

sinsentido llevar la administración presupuestaria a esos niveles de detalle para obtener

información irrelevante en términos económicos.

Ilustración 8

111. Siguiendo los pasos descritos precedentemente, se dispondrán de todos los

programas presupuestarios existentes en la institución pública analizada en tanto, y en

cuanto, cada uno de los mismos cumpla con todos los requisitos detallados.

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IDENTIFICACIÓN DE SUBPROGRAMAS EN EL CASO DE SU EXISTENCIA

112. Un subprograma es una categoría programática de menor jerarquía que el

programa porque, en efecto, especifica así como el programa la producción

terminal pero en forma parcial. Es decir, parte del total de la provisión de bienes y

servicios de un programa.

113. Se utiliza en casos muy puntuales en donde existen diversos centros de gestión

responsables de distintas partes de un proceso productivo global más amplio,

constituyéndose cada uno de éstos en centros de asignación de recursos

financieros para llevar a cabo dicha porción de la producción total del programa.

114. Para su existencia deben cumplirse con todas las condiciones mencionadas

precedentemente para el programa, con la particularidad de que el centro de

gestión productiva del programa pueda ser divisible en centros menores de

gestión, los que serán responsables de los procesos productivos de los productos

terminales parciales correspondientes a cada subprograma.

115. Además, las producciones o provisiones parciales contenidas en la categoría

"subprograma", tienen que ser sumables en unidades físicas, sin que se pierda el

significado de la unidad de medida de la producción o provisión global que surge

del "programa" del cual forman parte.

116. En otras palabras, cuando la producción terminal bajo la categoría "programa"

admite desagregaciones que también son productos terminales, cada una de éstas

origina un subprograma, siempre que exista el respectivo centro de gestión

responsable.

117. Por ello puede definirse a un subprograma como la categoría que expresa una

producción terminal fragmentaria, al formar parte de la producción terminal

global de un programa.

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Ilustración 9

EJEMPLO 1: DE PROGRAMA Y SUS SUBPROGRAMAS

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Ilustración 10

EJEMPLO 2: DE PROGRAMA Y SUS SUBPROGRAMAS

IDENTIFICACIÓN DE ACTIVIDADES

118. Las actividades se definen en forma muy similar a los programas, cumpliendo

todos los requisitos enumerados para ellos, con la salvedad de que su producción

es exclusivamente intermedia. Es decir, abastecen internamente a la institución.

119. Su producción es necesaria para que la institución funcione, pero sus bienes o

servicios no pueden ofrecerse directamente a la comunidad sino que contribuyen a que la

institución produzca sus productos terminales.

120. Es dable mencionar que en ciertas excepciones esa producción podría llegar a ser

terminal y, sin embargo, ser el producto de una actividad (deberían ser muy pocos

los casos y estar sumamente fundamentados para admitirse en la estructura

institucional). Esa situación se da cuando la envergadura de la producción, y su

respectivo gasto, no cumplen con el requisito de relevancia económica como para

elevar ese proceso productivo a la categoría de programa.

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121. En líneas generales, se advierte que en esos casos no se cumplen las reglas

del Presupuesto por Programas. Sin embargo, también debe manifestarse que dichas

situaciones existen y deben contemplarse como raras excepciones.

122. Habrá actividades que condicionen directamente a ciertos, o a todos los productos

terminales, y otras que lo hagan indirectamente. Serán distintos tipos de

actividades, como se explicitará más adelante, pero casi siempre (obviando las

excepciones mencionadas) se está en presencia de una producción intermedia y no

terminal.

123. Se entenderá mejor explicando las relaciones de condicionamiento que se

establecen entre los diversos productos.

124. Si la relación es unidireccional significa que son productos intermedios que

condicionan directamente a determinado producto terminal. Entonces, se está en

presencia de una ACTIVIDAD ESPECÍFICA o, en otras palabras, los gastos directos

del programa.

125. Mientras que si la relación es pluri-direccional, o sea productos intermedios que

condicionan a distintos productos terminales provenientes de diferentes programas

presupuestarios, serán ACTIVIDADES CENTRALES si es a la totalidad de los

productos terminales de la institución o ACTIVIDADES COMUNES si condicionan a

varios productos terminales provenientes de distintos programas, pero no a todos ellos.

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Ilustración 11

RELACIONES DE CONDICIONAMIENTO

126. Ejemplo de relaciones unidireccionales:

127. Dado el Producto Terminal “Educación Básica” (producto condicionado) los

productos condicionantes son: 1) Dirección y Coordinación de Enseñanza Básica;

2) Enseñanza Básica General; y 3) Enseñanza Básica Especial.

128. Ejemplo de relaciones pluri-direccionales:

129. Dado los productos terminales (condicionados): 1) “Educación Inicial”,

“Educación Básica” y “Educación Media”, el producto condicionante sería la

Dirección Superior del Ministerio de Educación Pública.

130. Expresado de otra manera, comenzando por las actividades que se encuentran al

interior de cada programa presupuestario, si resulta posible establecer diferentes procesos

productivos con relaciones insumo-producto diferenciados unos de otros, y están

definidas las unidades responsables de esa gestión productiva y éstas podrían ser

susceptibles de transformarse en centros de asignación de recursos (o sea son relevantes

en términos económicos), se está frente a actividades específicas.

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131. Si bien los requisitos son similares a los de la categoría Programa, la diferencia

esencial es, se reitera, que los productos no son terminales sino intermedios. O sea, son

necesarios para contribuir directamente a la provisión del producto terminal del programa

pero, por sí mismos, no alcanzan a satisfacer una necesidad colectiva “saliendo de la

institución sin transformaciones ulteriores para contribuir a resolver una demanda

social”.

132. Gráficamente:

Ilustración 12

PROGRAMA PRESUPUESTARIO Y SUS ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

133. Ejemplificando con un caso concreto la misma situación del gráfico anterior, y

repitiendo el gráfico, pero referido al caso:

134. Reduciendo a los fines didácticos la información del complejo sistema de

educación primaria a lo mínimo indispensable, para que se entienda el concepto de

actividad específica en el ejemplo, se puede comprender que es necesario no sólo la

actividad de impartir la enseñanza en todas las escuelas sino los servicios de la dirección

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del sistema y los servicios de administración de los recursos humanos que

posibilita que los docentes cobren sus salarios, tareas distintas a las de docencia con

diferentes insumos (e incluso ocurren en ámbitos distintos) y, sin embargo, actividades

imprescindibles para que la enseñanza ocurra y los niños aprendan.

135. Así, el mismo gráfico anterior se transforma en el siguiente:

Ilustración 13

EJEMPLO DE PROGRAMA PRESUPUESTARIO

Y SUS ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

136. Ampliando el concepto a los otros tipos de actividades, se tienen aquellas que

condicionan indirectamente a los productos terminales de los todos los diferentes

programas y sus producciones terminales. Estas son las Actividades Centrales.

137. Mientras se condicionan a algunos, pero no a todos, serán Actividades Comunes a

los programas condicionados.

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138. Gráficamente, se puede visualizar este tipo de relaciones de condicionamiento

en el siguiente esquema:

Ilustración 14

ACTIVIDADES CENTRALES, COMUNES Y ESPECÍFICAS

SEGÚN RELACIONES DE CONDICIONAMIENTO

139. Ejemplificando en el gráfico siguiente, dentro de un hipotético “Ministerio de

Educación y Deportes”, se enumeran los distintos tipos de actividades (Actividades

Centrales, Comunes y Específicas) que se listan por letras para facilitar la claridad

del esquema.

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Ilustración 15

EJEMPLO EN HIPOTÉTICO

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES14514514

140.

Administración institucional

Asesorías técnicas y legales del Ministro

Dirección superior

Planificación y dirección de infraestructura edilicia

Intendencia del Ministerio

141. Actividades comunes a los programas de educación primaria y

secundaria (listadas bajo la letra B).

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142. Apoyo en nuevas tecnologías a docentes de escuelas primarias y

secundarias.

143. Dirección de Educación Primaria y Secundaria

144. Actividades específicas correspondientes a cada uno de los programas

definidos con las letras C, D y E, respectivamente.

145. Actividades específicas correspondientes al Programa C.

Educación básica regular

Dirección General y coordinación de escuelas primarias

Educación básica para adultos

146. Actividades específicas correspondientes al Programa D

Educación media para adultos

Educación media regular

Dirección General y coordinación de escuelas secundarias

147. Actividades específicas correspondientes al Programa E

Fomento de actividades deportivas lúdicas

Fomento del deporte de alto rendimiento

Dirección General y coordinación de instituciones deportivas

148. A título exclusivamente informativo cabe mencionar que, habitualmente, las

actividades centrales que se suelen encontrar en la mayoría de las organizaciones

de cierta envergadura, sin que la lista deba ser tomada como taxativa ni mucho menos

signifique una recomendación ni siquiera de nombres (habrá que evaluar si cada una de

ellas tienen la relevancia económica como para transformarse en categoría de actividad,

además de cumplir con todos los requisitos mencionados oportunamente) son:

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Dirección Superior de la Institución

Servicios administrativos financieros

Administración de Recursos Humanos

Servicios legales

Servicios informáticos

Asesoría técnica de las autoridades

Relaciones Públicas y servicios protocolares

Servicios generales y de mayordomía

149. Profundizando algo más el concepto de actividad, cabe mencionar que

conforman cada una de ellas la combinación de acciones operacionales con

una finalidad homogénea: las tareas. Se trata de una dimensión que no justifica la

identificación de un centro formal de asignación de recursos, pero que son

necesarias muchas veces para el cálculo de insumos de una actividad y básica para

el análisis de eficiencia de la técnica de un centro de gestión.

150. En ningún caso la tarea habrá de comprender de manera integral una

producción intermedia o terminal. Su producto será cualitativamente diferente al

resultado de una actividad, aunque lo integra, razón por la que los resultados

físicos de las tareas no son sumables para llegar al producto de la actividad.

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151. Un simple ejemplo de actividad con sus tareas agregará mayor claridad:

ACTIVIDAD: ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

Y SU DETALLE DE TAREAS

TAREAS UNIDAD DE MEDIDA VOLUMEN DE TAREAS

- Selección de personal Prueba de admisión 300

- Contratación de personal Personal contratado 10

- Tratamiento de casos de

ascenso

Funcionario a ascender 5

- Procedimiento de

desincorporaciones

Funcionario a desincorporar 3

152. Teniendo en cuenta esta diferencia conceptual entre actividad (que conforma una

categoría programática, lo que significa que es destinataria de determinada

apropiación) y tarea, acción micro operacional pero no presupuestaria, cabe mencionar el

hecho fáctico de que no siempre resulta posible definir para cada actividad una

producción intermedia concreta que la represente y sintetice.

153. En la mayoría de los casos (pero sobre todo en las actividades centrales) resulta

útil tener una clara idea de su quehacer pero no agrega mayor información

al Presupuesto General del Estado el listado de las tareas y su respectivo

volumen, aunque sí ventajoso a los efectos de su gestión tener esa información

en forma interna.

IDENTIFICACIÓN DE PROYECTOS

154. La categoría “Proyecto” se define como un conjunto de actividades y obras

complementarias entre sí, que tiene como objetivo la construcción o ampliación

de un bien de capital destinado a crear, ampliar o modernizar la capacidad de

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oferta de bienes o servicios al momento que termina su ejecución o

implantación y equipamiento, de ser necesario.

155. Su registración es consistente con el concepto de activo no financiero producido,

imputado en las cuentas nacionales y dentro de esta categoría, particularmente

corresponde a los activos fijos.

156. En el Sistema de Cuentas Nacionales 2008, se especifica en su Capítulo 10,

Párrafo 10.11 que los activos fijos “son aquellos activos producidos que se

utilizan repetida o continuadamente en procesos de producción durante más

de un año. La característica distintiva de un activo fijo no es que sea durable en

un sentido físico, sino que pueda utilizarse repetida o continuadamente en la

producción durante un período largo de tiempo, el cual se establece en más

de un año”.

157. Y continuando con lo expresado en el mismo texto: “Entre los activos fijos se

incluyen no sólo las estructuras, maquinaria y equipo, sino también los activos

cultivados, como los árboles o los animales que se utilizan repetida o continuadamente

para obtener otros productos, como frutas o productos lácteos. Se incluyen, asimismo,

los productos de la propiedad intelectual como programas de informática u originales

artísticos que se usan en el proceso de producción”.

158. La categoría programática "proyecto" remite a la fase de ejecución del ciclo de

vida de un proyecto de inversión, de manera tal que dicha categoría se abre

en el presupuesto sólo cuando se tienen que asignar los recursos para dar

comienzo a la ejecución de la propuesta de inversión y desaparece dicha

categoría cuando el activo fijo producido está en condiciones de generar los

bienes o servicios para los que se ejecutó. O sea, cuando está en condiciones de

operar y cuando el bien durable está terminado listo para su funcionamiento.

159. Cabe aclarar que en la etapa de pre-inversión, cuando se sistematiza y analiza la

información de corto y largo plazo para establecer el grado de preferencia sobre

los cursos de acción alternativos que se hayan identificado respecto a un

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problema a resolver, no se configura la categoría programática en términos

presupuestarios, aunque sí figure en el Sistema de inversión Pública con su

identificación pertinente.

160. Esto es así, básicamente, pues se está recién en el momento de los estudios de

pre-factibilidad y de factibilidad que abarcan todos los análisis que se deben

realizar sobre un proyecto desde su nivel de idea hasta que se toma la

decisión de su ejecución, postergación o abandono. Al no haberse decidido

todavía llevar adelante el proyecto, no tiene sentido asignar recursos

presupuestarios al mismo.

161. En este sentido restringido, respecto al ciclo de vida total del proyecto (no

incorpora la pre-inversión ni la operación y el mantenimiento), entonces la

categoría programática “Proyecto" denomina a una propuesta de inversión

real mediante la generación de un bien de capital, definido como una unidad

de producción mínima autosuficiente y destinado a crear, ampliar o

modernizar la capacidad de oferta de bienes o servicios al momento que

termina su ejecución o implantación y equipamiento de ser necesario.

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Ilustración 16

CICLO DE VIDA DE PROYECTO DE INVERSIÓN Y SU RELACIÓN

CON CATEGORÍA PRESUPUESTARIA “PROYECTO”

162. Cabe mencionar que para el Sistema Nacional de Inversión Pública existe una

definición algo más amplia para proyecto de inversión, no sólo desde el

punto de vista de su ciclo de vida - mencionado precedentemente - sino desde

los conceptos que abarca pues incluye, según lo establece el Decreto 493/07,

en su Artículo 62, tres tipos de proyectos de inversión, a saber:

163. a) Proyecto de capital fijo: Creación, incremento, rehabilitación y mejora de la

capacidad instalada para la producción de bienes o la prestación de servicios. Se

materializa en una obra física, como por ejemplo: escuelas, hospitales,

carreteras, puentes y desarrollo forestal, e incluye todos los elementos

componentes que posibilitarán que una vez finalizado su ejecución esté en

condiciones de entrar en operación.

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164. b) Proyecto de capital humano: Implementación, mantenimiento y

recuperación de la eficiencia y productividad del capital humano. Se materializa

en una acción, como por ejemplo: capacitación, alimentación, vacunación y

fortalecimiento institucional que debe tener una duración definida y finita

en el tiempo no superior a los tres años. Al cabo de este período cesa

como proyecto y, si corresponde, se transforma en una actividad permanente.

165. c) Proyecto de creación de conocimiento: Investigaciones, desarrollos

tecnológicos, catastros, diagnósticos, inventarios, censos y cualquier otro tipo

de acción orientada a la creación de conocimiento que debe tener una

duración definida y finita en el tiempo no superior a los tres años. Al cabo de

este período cesa como proyecto y, si corresponde, se transforma en una

actividad permanente.

166. De los tres tipos mencionados sólo configuran la categoría programática

“Proyecto”, aquellos que conforman la formación bruta de capital fijo (todo el

primer tipo mencionado y sólo una parte del último, como serían ciertos

productos de la propiedad intelectual como los programas informáticos que se

usarán en el proceso de producción, o la investigación aplicada que

permitiría mejorar la capacidad instalada de producción de bienes o

servicios).

167. Se destaca que la incorporación de un activo fijo, cuando se realiza directamente

por su simple adquisición sin que medie ningún proceso de producción previo a

su puesta en uso, corresponde considerarlo como un insumo más, que será

catalogado como gasto de capital dentro de la categoría pertinente.

168. El producto de un "Proyecto" es un bien de capital y siempre resulta de un

proceso de producción controlado por un único centro de gestión, sea por su

propia ejecución o por la supervisión que ejerce cuando la ejecución está a

cargo de terceros.

169. Por razones de diversa índole puede ser necesario dividir en el tiempo (etapas), o

funcionalmente (tramos de una carretera; salas de un hospital; etc.), la ejecución

de un proyecto de inversión. Se originan así particiones que deberán manifestarse bajo la

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categoría "Proyecto", siempre y cuando cada una de las partes o tramos del principal

resulte una unidad de producción autosuficiente.

170. En general, esta situación se presenta en inversiones de gran magnitud, que se

licitan por partes, de manera consecutiva en varios períodos de tiempo pero donde cada

parte queda en operación y es utilizable por sí misma.

171. En otras palabras, cuando un proyecto de inversión, por cualquier razón, se

ejecute por etapas, tramos o cualquier otra subdivisión, en tanto cada una de

éstas se constituya en una unidad productiva capaz de cumplir con el propósito

del mismo, proporcionalmente a su tamaño, tendría que ser considerada en el

presupuesto como un "Proyecto", abriendo la correspondiente categoría.

172. En suma, habrá tantos "Proyectos" como etapas o subdivisiones se definan en el

proyecto original, pudiendo coincidir varias de ellas en un mismo ejercicio

presupuestario (habrá que mencionar en su denominación la etapa o el tramo que

corresponda para evitar confusiones).

173. Por ejemplo, el Proyecto Construcción de la Carretera entre los puntos A y C. El

objetivo de esta carretera es el transporte de personas y otras cosas entre esos

dos puntos.

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Ilustración 17

174. Si como se señaló antes, por cualquier razón se decide realizar la construcción de

tramos, siendo el primero entre los puntos A y B, el proyecto queda

automáticamente redefinido a efectos de la asignación de recursos para la

ejecución de ese tramo. Es decir, será la construcción de la Carretera entre los

puntos A y B.

Ilustración 18

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175. Le corresponderá la categoría "Proyecto" porque es una unidad autosuficiente

porque permite el transporte de personas, y otras cosas entre esos dos puntos.

De esta forma, si se decide - por cualquier circunstancia - no continuar la construcción de

la carretera una vez finalizada la primera etapa, el proyecto original no aparecería más en

el presupuesto, reapareciendo sólo cuando se requiera la asignación de crédito

presupuestario para el inicio de la segunda etapa.

Ilustración 19

176. También es posible que varios tramos estén en ejecución simultáneamente,

constituyendo cada uno de ellos una unidad autosuficiente aun cuando lo ejecute un

mismo contratista. Por esta razón lo que corresponde es incorporar a cada uno de ellos en

el presupuesto bajo la categoría programática "Proyecto". El seguimiento y evaluación

de la ejecución es así más preciso y relevante.

177. Desde otro punto de vista los proyectos podrán ser centrales, comunes a

determinados programas, o específicos dependiendo de su condicionamiento a: a) todos

los programas de la institución (en tal caso serán centrales); b) a determinados

programas, pero no todos (en ese caso serán comunes a esos mismos programas

señalados); o c) específicos cuando condicionan a un único programa.

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Ilustración 20

TIPOS DE PROYECTOS SEGÚN RELACIONES

DE CONDICIONAMIENTOS

178. Ejemplos de proyecto central, común y específico, en distintos ámbitos

presupuestarios:

179. En el Ministerio de Agricultura: Proyecto central es la remodelación y

ampliación del edificio de la sede central.

180. En el Ministerio de Relaciones Exteriores: Proyecto común a los Programas 11

- Aplicación de la Política Exterior y Comercial del País - y 13 - Formación

Diplomática y Consular. Proyecto construcción de nuevo edificio del Ministerio

de Relaciones Exteriores que albergará, asimismo, al INESDYC (Aclaración: el

Programa 12 de Expedición, Renovación y Control de Pasaportes no queda

afectado).

181. En el Ministerio de la Mujer, el Programa 13, sobre Defensoría de los

Derechos de la Mujer: Proyecto específico de construcción de nueva sede para la

atención de víctimas de violencia intrafamiliar.

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IDENTIFICACIÓN DE OBRAS Y ACTIVIDADES

ESPECÍFICAS DENTRO DE LOS PROYECTOS

182. Al interior de cada proyecto se encuentran las categorías programáticas de

mínimo nivel en el campo de la inversión y, como tal, indivisibles a los fines de la

asignación de recursos: las OBRAS y ACTIVIDADES ESPECÍFICAS. Ambas

categorías pueden formar parte del proyecto.

183. Los proyectos de inversión se desagregan por razones técnicas o de

ordenamiento en la ejecución, en diversos componentes, los cuales en una secuencia

temporal y de mutua complementación permiten que, unificados, se cumplan los

propósitos del proyecto al conformar la estructura de diseño de la unidad productiva,

expresada en el respectivo bien de capital.

184. Sobre la OBRA se puede sintetizar que es cada componente físico que forma

parte del Proyecto y que asume una identidad propia como categoría

programática, en tanto y en cuanto:

contribuye al logro del propósito del proyecto;

actúa dentro del proyecto como producción intermedia. Esto

es, no satisfacen por sí mismos los objetivos o finalidad del

mismo; y

constituye una unidad física individualizable y, por lo tanto,

puede ser contratada separada del resto de los

componentes.

185. Respecto a las ACTIVIDADES ESPECÍFICAS éstas comprenden las acciones

necesarias para que la utilización de los recursos financieros asignados a

la categoría Proyecto, sea efectuada en la oportunidad y en la forma diseñada. Se

refieren, en general, a la Administración del Proyecto, Dirección de Obras, el Control e

Inspección de Obras, los estudios originados por eventos no previstos, etc.

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186. El valor de los recursos humanos y materiales utilizados en estas actividades

forman parte del costo total de la inversión, como así también cualquier servicio

técnico profesional una vez activado el proyecto como categoría programática

(se cataloga toda la categoría como gasto de capital), no antes.

187. Si las obras aún no se han iniciado pero sí hay tareas técnicas o administrativas

que corresponden, habrá una ejecución financiera correspondiente a la actividad

pero no un avance físico de las obras.

188. Ejemplo de proyecto con obras y actividades específicas:

"Proyecto de construcción de planta potabilizadora y distribución de agua

potable en Barahona", que se prepara, analiza y evalúa en conjunto, definido

como unidad de proyecto y consta de dos obras: CONSTRUCCIÓN DE

PLANTA POTABILIZADORA y RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA

POTABLE. También de la actividad específica ADMINISTRACIÓN EL

PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE PLANTA POTABILIZADORA Y RED

DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE.

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Ilustración 21

189. La categoría programática "Obra" es, en este contexto metodológico, la categoría

programática de mínimo nivel y, como tal, indivisible a los fines de la asignación

de los recursos reales y financieros que demande su ejecución.

190. Esto significa que es la última categoría relevante en materia de gestión de las

inversiones públicas a los efectos presupuestarios pero, a los fines de la

programación y ejecución, cada centro de gestión genera, en el momento del

costeo, información más detallada. Cada "Obra" contiene "Trabajos".

191. Así, al igual que las tareas dentro de la actividad, la obra se desagrega en trabajos.

A continuación un ejemplo para clarificar el tema:

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OBRA: Construcción de caminos rurales

TRABAJOS UNIDAD DE MEDIDA VOLUMEN DE TRABAJOS

Desmonte Hectárea 50

Movimiento de tierra para la nivelación

del terreno

Metro cúbico 30,000

Engrazonado Kilómetro 8

Carpeta de asfalto Kilómetro 8

IDENTIFICACIÓN DE PARTIDAS NO ASIGNABLES A PROGRAMAS NI A

CATEGORÍAS EQUIVALENTES

192. El concepto que origina las diversas categorías programáticas dentro de la

técnica de presupuesto por programas implica la asignación de recursos para

producir o proveer bienes o servicios bajo la responsabilidad, o dentro del

ámbito, de una institución o sector.

193. Es decir, la asignación de recursos financieros y el proceso de gestión productiva

están indisolublemente unidos. Sin embargo, la gestión administrativa de un

organismo no siempre exige que éste produzca o provea bienes o servicios. Hay

asignaciones presupuestarias que no resultan en productos, y que no tienen

relación con el proceso de gestión productiva de la institución o sector.

194. En algunos casos, la asignación de recursos financieros constituye una cesión de

fondos para que en otro ámbito del sector público se realice el proceso de

gestión productiva. Por ejemplo, el aporte desde el gobierno central a un

organismo descentralizado o a un ayuntamiento, es una asignación de recursos

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financieros para que en éstos últimos ámbitos se realicen las acciones

productivas.

195. En otros casos, existen asignaciones de recursos financieros que no tienen

como objetivo proveer los medios para un proceso de gestión productiva y

constituyen una forma, sin intermediación productiva, de contribuir al logro de

políticas. El caso típico es la asignación financiera para el servicio de la deuda

pública, que no tiene como objetivo un proceso de gestión productiva por

parte de la entidad receptora de los fondos y está en función directa del

cumplimiento de obligaciones emanadas de la política de deuda pública.

196. NOTA IMPORTANTE sobre este tema:

197. Las situaciones descritas precedentemente no deben confundirse con aquellas

en las que existen transferencias de recursos hacia el sector público o privado,

cuya administración, programación, ejecución, control y evaluación requieren la

creación de un centro de gestión responsable de ello.

198. Es el caso de las becas, de los subsidios concedidos a personas en situación de

pobreza, de los subsidios a investigadores con el fin de su dedicación plena a

su especialidad, de las transferencias financieras (subsidios o préstamos) a los

ayuntamientos con fines determinados como, por ejemplo, para la

construcción de viviendas, etc.

199. En estos casos es necesaria la logística para que el dinero llegue a tiempo y forma

al receptor, y los recursos financieros que se requieren para cubrir no sólo las

transferencias mismas sino los recursos reales necesarios -insumos- para llevar adelante

el proceso de gestión.

200. Cuando esto ocurre, entonces, la utilización de una categoría programática

expresa el proceso de gestión del servicio de transferencia y la responsabilidad

de su resultado en términos de producción física. De esta manera, se debe

registrar expresamente ese modo y no vía una partida no asignable a programa

ni categoría equivalente.

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ESTRUCTURA DEL CLASIFICADOR PROGRAMÁTICO

201. A partir de los datos precedentes se procede a la elaboración de la estructura

programática de la institución, que estará conformada con la siguiente

jerarquización de categorías, según corresponda:

PROGRAMAS O CATEGORÍAS EQUIVALENTES: Partidas no asignables a programas

ni a categorías equivalentes. Son las categorías de máximo nivel:

Ilustración 22

Categorías de máximo nivel (equivalentes entre sí)

SUBPROGRAMAS

202. En cada programa podrían existir subprogramas cuando los procesos productivos

respectivos generen en forma discriminada unos de otros, producción terminal pero ésta

resulta parcial.

203. La suma de las parciales de los subprogramas permiten conocer la producción

total terminal del programa.

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Ilustración 23

SUBPROGRAMAS como categoría de menor nivel que el programa

PROYECTOS

204. La categoría PROYECTO, como se indicó en el apartado correspondiente,

comprende al conjunto de acciones destinadas a la producción de un bien de capital, de

manera que el producto de un proyecto es siempre terminal (el bien de capital listo para

utilizarse) y eso hace que su jerarquía sea la misma, independientemente de la categoría a

la que contribuya.

205. Por lo tanto, se encuentra en la estructura programática inmediatamente a

continuación del programa (o categoría equivalente), y subprograma existente.

206. Según sus relaciones de condicionamiento podrá ser: CENTRAL (cuando

condiciona a todos los programas); COMÚN A DETERMINADOS

SUBPROGRAMAS O PROGRAMAS (cuando condiciona a algunos de ellos, pero no a

todos) o ESPECÍFICO (cuando condiciona a un único programa o subprograma).

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Ilustración 24

Tipos de Proyectos según su condicionamiento a las producciones

intermedia o terminal

ACTIVIDADES

207. Dentro de cada categoría de máximo nivel, subprograma, y proyecto se

encuentran las actividades.

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Ilustración 25

Tipos de Actividades según su condicionamiento a las producciones

en las categorías de máximo nivel

OBRAS

208. Dentro de la categoría Proyecto (independientemente de que sea central, común o

específico) se desagregan actividades u obras.

ACTIVIDADES CENTRALES

Actividad Central 1

Actividad Central 2

Actividad Central 3

ACTIVIDADES COMUNES A LOS

PROGRAMAS X y Z

Actividad común 1

Actividad común 2

PROGRAMA

Actividad específica 1

Actividad específica 2

Actividad específica 3

Actividad específica 4

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Ilustración 26

Ejemplo de conformación de Proyecto

CODIFICACIÓN DE CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS

209. Siempre considerando que todas las categorías programáticas parten del Código y

denominación de la INSTITUCIÓN (individualizada por el clasificador institucional), y

el año al que se refiere el presupuesto (de acuerdo a lo ya explicitado

precedentemente).

210. Corresponde un código determinado por cada categoría programática que forma

parte de la estructura. Este código se presenta de forma concatenada, es decir como la

sucesión de los códigos relativos a: programa o categoría equivalente, subprograma,

proyecto, actividad y obra, en ese orden, que correspondan en cada caso, de acuerdo a

la conformación de la estructura programática de la jurisdicción o entidad.

211. Se sintetizan los conceptos para cada categoría y los requisitos a cumplir por cada

una de ellas en el ANEXO I.

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Ilustración 27

ESTRUCTURA DE LA CODIFICACIÓN PROGRAMÁTICA

212. Los códigos correspondientes a los programas, o categorías equivalentes a

programas, son los siguientes:

- Actividades Centrales: 01

- Actividades Comunes: 02 al 10

- Programas: 11 al 91

- Partidas no asignables a Programas ni categorías equivalentes: 92 al 99

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213. Los códigos correspondientes a las restantes categorías programáticas son los

siguientes:

- Subprogramas: 01 al 99

- Proyectos: 01 al 99

- Actividades (ya sean centrales y comunes desagregadas o actividades

específicas): 0001 al 0500

- Obras: 0501 al 9999

EJEMPLO DE CODIFICACIÓN

214. Ejemplo tabulado de codificación sugerida, con su correspondiente explicación

debajo, señalando los niveles de jerarquía según color. Cada línea, representante

de una categoría programática, tendrá su apropiación presupuestaria pertinente:

Programa o Categoría Equivalente

Actividad Central, Común o Específica

Proyecto

Actividad Específica del Proyecto

Obra

215. Como se podrá observar en la tabla siguiente, cuando se habla de actividades

específicas del programa se debe asignar 0 al subprograma, y 0 al proyecto.

216. Cuando se habla de actividades específicas del subprograma se debe registrar

previamente el código del mismo.

217. Cuando se habla de actividades específicas del proyecto, se debe registrar el

código del proyecto previamente para interpretarlo.

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Ilustración 28

UN EJEMPLO TABULADO DE CODIFICACIÓN DE SUPUESTO

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

218. Descripción de la tabla precedente:

01. Actividades centrales, conformadas por tres actividades centrales distintas y un

proyecto central con una actividad y una obra.

Programa o

categoría

equivalente

Subprograma ProyectoActividad

/ObraDenominación de la categoría

1 0 0 0 ACTIVIDADES CENTRALES

1 0 0 1 DIRECCIÓN Y COORD. SUPERIOR

1 0 0 2 SERVICIOS INFORMÁTICOS

1 0 0 3 SERVICIOS GENERALES

1 0 1 0 REMODELACIÓN SEDE CENTRAL MINISTERIO

1 0 1 1 DIRECCIÓN DE OBRA

1 0 1 501 CONSTRUCCIÓN NUEVO SECTOR EDIFICIO

2 0 0 0 ACTIVIDADES COMUNES A LOS PROGRAMAS 16 Y 17

2 0 0 1 COORDINACIÓN GENERAL ESCUELAS INICIALES Y BÁSICAS

2 0 0 2 GESTIÓN PEDAGÓGICA EDUCACIÓN INICIAL Y BÁSICA

2 0 1 0 CONSTRUCCIÓN ESCUELAS INTEGRALES EDUCACIÓN INICIAL Y BÁSICA

2 0 1 1 DIRECCIÓN OBRAS ESCUELAS NUEVAS

2 0 1 501 CONSTRUCCIÓN ESCUELA INTEGRAL PROVINCIA AZUA

16 0 0 0 EDUCACIÓN INICIAL

16 0 0 1 DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN EDUCACIÓN INICIAL

16 0 0 2 SERVICIOS ENSEÑANZA EDUCACIÓN INICIAL

16 1 0 0 EDUCACIÓN INICIAL JORNADA COMPLETA

16 1 0 1 DIRECCIÓN ESCUELAS EDUC. INICIAL JORNADA COMPLETA

16 1 0 2 APOYO PSICOLÓGICO ESCUELAS EDUC. INICIAL J.C.

16 1 1 0 CONSTRUCCIÓN SEDE DIRECCIÓN GENERAL EDUCACIÓN INICIAL

16 1 1 1 DIRECCIÓN OBRA SEDE DIRECCIÓN GRAL

16 1 1 501 CONSTRUCCIÓN SEDE DIRECCIÓN GENERAL EDUCACIÓN INICIAL

16 2 0 0 EDUCACIÓN INICIAL MEDIA JORNADA

16 2 0 1 DIRECCIÓN ESCUELAS EDUC. INICIAL MEDIA JORNADA

16 2 0 2 APOYO PSICOLÓGICO ESCUELAS EDUC. INICIAL MEDIA J.

17 0 0 0 EDUCACIÓN BÁSICA

17 0 0 1 DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN EDUCACIÓN BÁSICA

17 0 0 2 SERVICIOS BIBLIOTECA EDUCACIÓN BÁSICA

17 0 0 3 SERVICIOS ENSEÑANZA EDUCACIÓN BÁSICA

18 0 0 0 EDUCACIÓN MEDIA

18 0 0 1 DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN EDUCACIÓN MEDIA

18 0 0 2 SERVICIOS BIBLIOTECA EDUCACIÓN MEDIA

18 0 0 3 SERVICIOS ENSEÑANZA EDUCACIÓN MEDIA

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70

02. Actividades comunes a dos programas, con dos actividades comunes diferentes y

un proyecto común con una actividad específica del proyecto, y una obra.

16. Programa conformado por dos actividades específicas y dos subprogramas con dos

actividades específicas cada uno. Uno de ellos con un proyecto que tiene una actividad

específica y una obra.

17. Programa con tres actividades específicas.

18. Programa con tres actividades específicas.

V. BIBLIOGRAFÍA

NORMAS LEGALES

Constitución Política de la República Dominicana. Proclamada el 26 de enero de 2010.

Decreto 685-00, sobre el Sistema Nacional de Planificación y la Descentralización.

Ley No. 423-06, sobre la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público.

Ley No. 494-06, sobre la Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (actual

Ministerio de Hacienda).

Ley No. 498-06, sobre el Sistema de Planificación e Inversión Pública.

Ley No. 5-07, que crea el Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado.

Decreto No. 231-07, sobre el Reglamento Orgánico Funcional de la Secretaría de Estado

de Economía, Planificación y Desarrollo (actual Ministerio de Economía, Planificación y

Desarrollo).

Decreto No. 492-07, sobre el Reglamento de Aplicación de la Ley Orgánica de

Presupuesto para el Sector Público.

Decreto No. 493-07, que aprueba el Reglamento de Aplicación No. 1 para la Ley No.

498-06, de Planificación e Inversión.

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71

Ley No. 170-07, del Sistema de Presupuesto Participativo Municipal.

Ley No. 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios.

Ley No. 41-08, sobre la Función Pública.

Resolución MEPyD No. 01-2010, sobre las Normas Técnicas del SNIP.

Ley No. 247-12, sobre la Ley Orgánica de Administración Pública.

Ley 1-12, sobre la Estrategia Nacional de Desarrollo (END).

Decreto 134-14, sobre el Reglamento de Aplicación de la Ley Orgánica de la END.

V. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

Plan Nacional Plurianual del Sector Público 2013-2016. República Dominicana.

(Actualización: enero 2015).

Manual de clasificadores presupuestarios para el sector público de la República

Dominicana. Enero 2014.

Hacia un Nuevo Sistema Presupuestario Dominicano: “Modelo Conceptual To Be”,

Equipo de Reforma Presupuestaria, República Dominicana (mimeografía). Noviembre

2014.

Manual sobre presupuestos basados en resultados. Materiales de capacitación, Centros

Regionales de Aprendizaje sobre Evaluación y Resultados (CLEAR). Robinson Marc,

2014.

Presupuesto orientado a resultados. Claves para su aplicación. Buenos Aires

(mimeografía). Bolívar, Miguel. 2014.

La gestión pública en Argentina: El proceso presupuestario vigente y la asignación

basada en resultados. Mimeografía utilizada en el Posgrado de Gerenciamiento por

Resultados y Control de Gestión. UBA. Martirene, Roberto. Junio 2013.

Page 72: Metodología para la identificación de Programas ......siguientes categorías de programación: programa, subprograma, proyecto, actividad y obra. Las categorías enunciadas se ajustarán

72

La vinculación entre la planificación y el presupuesto. Recomendaciones para su

implementación. Documento de Trabajo N°119. Buenos Aires: CIPPEC. Bonari, D. y

Gasparin, J. Marzo 2014.

La Planificación Institucional: Guía metodológica para definir la producción institucional

y su relación con los objetivos de política. Ministerio de Economía, Planificación y

Desarrollo. República Dominicana, 2011. Documento elaborado por el consultor Jorge

Sotelo y revisado y adaptado por el equipo técnico de la DIGEDES.

Program of Classification for Performance-Based Budgeting: How to Structure Budgets

to Enable the Use of Evidence. IEG Evaluation Capacity Development Series.

Washington, D.C.: Banco Mundial. Licencia: Creative Commons Attribution CC BY 3.0.

Robinson, Marc. 2013.

Metodología para la revisión de las estructuras programáticas. Proyecto de Gestión del

Gasto Público de la República Dominicana. Donación TF N° 011524 Banco

Interamericano de Reconstrucción y Fomento. Martirene, Roberto. República

Dominicana (mimeografía). 2013.

Breve repaso de conceptos: Categorías programáticas en teoría y metodología de

presupuesto por programas. Relaciones con cadena de valor de planificación. Proyecto

PNUD No. 00084525. “Gestión Financiera y Presupuestaria del Estado”. Boeykens,

Diana Mabel. República Dominicana (mimeografía). 2013.

Guide Practique de la Loi Organique Relative Aux Lois de Finances: Comprendre le

Budget de l’État. Édition République Francaise. Juin 2012.

La planificación estratégica, el presupuesto y el proceso de fijación de objetivos. Nota

d'Economie, Revista 99. Generalitat de Catalunya: Departament d'Economia i Finances.

Jordi Sort Miret. 2011.

Manual sobre teoría y metodología presupuestaria en la República Argentina, 2011.

http://www.mecon.gov.ar/onp/html/manuales/el_sistema_presupuestario_publico.pdf.

Page 73: Metodología para la identificación de Programas ......siguientes categorías de programación: programa, subprograma, proyecto, actividad y obra. Las categorías enunciadas se ajustarán

73

Manual de Planificación Estratégica e Indicadores de Desempeño en el Sector Público.

Santiago de Chile: Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificación Económica y

Social (ILPES). Armijo M. 2009.

Sistema de Cuentas Nacionales 2008 (SCN 2008), confeccionado por las Naciones

Unidas, la Comisión Europea, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo

Económico, el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial, aprobado por la

Comisión de Estadísticas de las Naciones Unidas en su Cuadragésimo Período de

Sesiones en febrero de 2009. Es una actualización del Sistema de Cuentas Nacionales,

1993. Traducción al español efectuada por la Comisión Económica para América Latina

y el Caribe (CEPAL).

La relación planificación-presupuesto en el marco de la gestión orientada a resultados.

Revista del CLAD Reforma y Democracia. No. 40. Sotelo Maciel Aníbal Jorge. Febrero

2008. Caracas, Venezuela.

Tercera Mesa Redonda Internacional “Gestión orientada a los resultados en términos de

desarrollo”. Planificación y Presupuestación: Vínculos entre la política, la planificación y

la presupuestación. Hanói, Vietnam. 2007.

Manual de presupuestación plurianual. Santiago de Chile: Instituto Latinoamericano y del

Caribe de Planificación Económica y Social (ILPES). Martirene, R. A. 2007.

Planificar y presupuestar: Modelos de integración y coordinación en América Latina.

Bonnefoy, J. C. y Martner, R. 2006.

Presupuesto y control: Las mejores prácticas para América Latina. Petrei, Humberto;

Ratner, Gabriel; Petrei, Romeo. Editorial Buyatti. 2005.

La gestión orientada a resultados, el presupuesto y los sistemas de apoyo. Buenos Aires,

Subsecretaría de la Gestión Pública (mimeografía). Makón, Marcos Pedro. 2005.

Planificación y presupuesto por programas. Martner Gonzalo. 2004. Siglo XXI Editores.

México.

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74

La Démarche de Performance: Stratégie, objectifs, indicateurs. Guide méthodologique

pour l’application de la loi organique relative aux lois de finances. Le Ministre d’État,

Ministre de l’économie, des finances et de l’industrie; le Secrétarie d’ État au budget et à

la réforme budgétarie; la Commission des finances de l’Assemblée Nationale; la

Commission des Finances du Sénat; la Cour des Comptes et le Comité Interministériel

d’Audit des Programmes. Francia. 2004.

Les objectifs et les indicateurs de perfomance des projects et rapports annuels de

performance annexés aux projects de lois de finances. Mémento. Direction de la Reforme

Budgétaire. Francia. 2003.

Planeamiento Estratégico. Dirección de Planeamiento y Reingeniería Organizacional.

Ossorio, A. 2003.

Cahier des charges pour l’élaboration des nouveaux contenus des budgets ministériels.

Circulaire du Ministre de l’Economie, des Finances et de l’Industrie du 18 février 2002.

Francia.

Reflections on the New Zealand Model. Schick A. 2001.

“El modelo de gestión por resultados en los organismos de la administración pública

nacional”. Documento presentado en el V Congreso Internacional del CLAD sobre la

Reforma del Estado y de la Administración Pública, Santo Domingo, República

Dominicana. Makón, Marcos Pedro. Octubre 2000.

“Sistemas integrados de administración financiera pública en América Latina”, Santiago,

ILPES, CEPAL (Serie Gestión Pública; N° 3). Makón, Marcos Pedro. 2000.

Page 75: Metodología para la identificación de Programas ......siguientes categorías de programación: programa, subprograma, proyecto, actividad y obra. Las categorías enunciadas se ajustarán

75

VI. ANEXO I

CATEGORIAS PROGRAMÁTICAS: CONCEPTOS Y REQUISITOS A CUMPLIR

INTRODUCCIÓN

El objetivo de un clasificador programático es apreciar los recursos financieros que se requieren

para adquirir los recursos reales que han de posibilitar la producción de los bienes y servicios

intermedios y terminales por parte de las instituciones públicas, necesarios para el logro de los

resultados esperados para alcanzar los objetivos de política pública buscados.

Esta clasificación implica la asignación de recursos financieros a cada una de las categorías

programáticas (programa, subprograma, proyecto, actividad y obra) del presupuesto de cada

institución. En otras palabras, cada categoría programática será objeto de apropiaciones y

seguimiento presupuestarios y tendrá un responsable en términos organizativos formales.

El cálculo primario se realiza a nivel de las categorías programáticas de mínimo nivel (actividad

y obra) y, por agregación, resulta la asignación de los recursos financieros en las categorías

programáticas de mayor nivel (proyecto, subprograma y programa).

CATEGORÍA PROGRAMÁTICA (cualquiera que sea)

Toda categoría programática está constituida por tres componentes básicos:

Clara determinación de bienes o servicios que origina (productos terminales o

intermedios).

Definición de insumos reales requeridos para el proceso productivo que se lleva a cabo

(recursos humanos, materiales y suministros, equipamiento, servicios básicos, etc.) y su

correlato financiero.

Designación de una o varias unidades ejecutoras, responsables de las operaciones de

producción que orgánicamente son unidades administrativas.

Page 76: Metodología para la identificación de Programas ......siguientes categorías de programación: programa, subprograma, proyecto, actividad y obra. Las categorías enunciadas se ajustarán

76

Exigencias a cumplir para cualquier CATEGORÍA PROGRAMÁTICA:

- Cada producto intermedio o terminal deberá registrarse en la categoría

donde se produce.

- No puede carecer de recursos humanos.

- No puede mostrar un único insumo.

- Si un insumo se utiliza exclusivamente en un programa no podrá

registrarse en una actividad central o común.

- Cuando exista más de una producción terminal en un mismo proceso

productivo, se deben estimar por otros medios, por fuera de la

información presupuestaria, los recursos reales y financieros para cada

una de ellas.

PROGRAMA

El programa es la categoría programática de mayor jerarquía dentro de la estructura programática

de cada institución que conforma el Presupuesto General del Estado, dado que refleja los bienes

o servicios que se ofrecen a la comunidad para satisfacción parcial o total de sus necesidades. Se

conforma de actividades de menor nivel.

Para poder constituirse un programa presupuestario como categoría programática, será necesario

que se reúnan las siguientes condiciones:

1) Factibilidad de que sus insumos reales sean perfectamente identificables.

2) Identificación del proceso productivo diferenciado de otros, en forma indubitable y

pudiendo establecerse la relación insumos-producto(s) de forma discriminada, de otras

relaciones existentes de ese tipo, pero que originan otra producción pública.

3) El resultado de ese proceso productivo es uno o varios productos terminales (en otras

palabras, los bienes y/o servicios que se ofrecen a la comunidad), acabados y concretos,

sin transformación posterior, cuyo fin es satisfacer las necesidades sociales. Esta

Page 77: Metodología para la identificación de Programas ......siguientes categorías de programación: programa, subprograma, proyecto, actividad y obra. Las categorías enunciadas se ajustarán

77

producción pública contribuye a la razón de ser de la institución y concurre directamente

con el cumplimiento de los resultados para el logro del o de los objetivos específicos

establecidos en la cadena de valor público.

4) Existencia de centro responsable de la gestión productiva.

5) Factibilidad de asignación de recursos a dicho centro responsable (con relevancia

económica para constituirse en categoría programática).

6) El producto terminal contribuye directamente al resultado e impacto de la cadena de valor

pública.

Nota:

Un programa no puede estar integrado por una sola categoría programática de menor

nivel. Habitualmente se puede diferenciar la actividad de apoyo de las sustantivas y, por

lo tanto, tendrá como mínimo una actividad específica de Dirección y Coordinación y

otra que refleje lo esencial de su quehacer.

SUBPROGRAMA

Un subprograma es una categoría programática de menor jerarquía que el programa porque en

efecto también refleja, así como el programa, producción terminal pero en forma parcial. Es

decir, sólo una parte del total de la provisión de bienes y servicios del programa al que pertenece.

Se utiliza en casos muy puntuales en donde existen diversos centros de gestión responsables de

distintas partes de un mismo proceso productivo global más amplio, constituyéndose cada uno de

éstos en centros de asignación de recursos financieros para llevar a cabo dicha porción de la

producción total del programa.

Para su existencia deben cumplirse con todas las condiciones mencionadas precedentemente para

el programa, con la particularidad de que el centro de gestión productiva del programa pueda ser

divisible en centros menores de gestión, los que serán responsables de los procesos productivos

de los productos terminales parciales correspondientes a cada subprograma.

Page 78: Metodología para la identificación de Programas ......siguientes categorías de programación: programa, subprograma, proyecto, actividad y obra. Las categorías enunciadas se ajustarán

78

La suma de las producciones terminales parciales de los subprogramas expresa la totalidad del

Programa al que pertenecen. De ahí que el requisito adicional de los subprogramas es que la

unidad de medida de sus productos debe ser la misma entre sí, lo que posibilitará su agregación

en un único total (el de la producción del programa).

PROYECTO

La categoría “Proyecto” se define como un conjunto de actividades y obras complementarias

entre sí, que tiene como objetivo una inversión destinada a crear, ampliar o modernizar la

capacidad de oferta de bienes o servicios al momento que termina su ejecución o implantación y

equipamiento, de ser necesario, y que se utilizará repetida o continuadamente en procesos de

producción durante más de un año.

El producto de un "Proyecto" es un bien de capital y siempre resulta de un proceso de producción

controlado por un único centro de gestión que podrá ser ejecutado directamente (producción

propia), o indirectamente, mediante la ejecución por medio de un/una contratista.

Cabe aclarar que cuando la incorporación de un activo se realiza directamente por su simple

adquisición, sin que medie ningún proceso de producción previo a su puesta en uso, corresponde

considerarlo como un insumo más que será catalogado como gasto de capital dentro de la

categoría pertinente, pero no como categoría PROYECTO.

ACTIVIDAD

Es la categoría programática de mínimo nivel dentro del Presupuesto General del Estado,

existente al interior de los Programas, Subprogramas y/o Proyectos (para las actividades

específicas) o Categorías Equivalentes a Programas (para las Actividades Centrales y

Actividades Comunes).

Sus requisitos de existencia son:

1) Factibilidad de que sus insumos reales sean perfectamente identificables.

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2) Identificación del proceso productivo diferenciado de otros, en forma indubitable y

pudiendo establecerse la relación insumos-producto(s) de forma discriminada de otras

relaciones existentes de ese tipo, pero que originan otra producción pública.

3) Existencia de producto intermedio que contribuye, directa o indirectamente, a la

producción terminal institucional. En el primer caso (contribución directa) se tratará de

actividades específicas (del Programa, Subprograma o Proyecto), y en el segundo caso

(contribución indirecta) serán actividades centrales o comunes.

4) Existencia de centro responsable de la gestión productiva.

5) Factibilidad de asignación de recursos a dicho centro responsable (con relevancia

económica para constituirse en categoría programática).

Exigencias a cumplir para cada ACTIVIDAD CENTRAL

• Condicionar toda la producción terminal institucional. Es decir, una actividad central

contribuye a todos los productos terminales que surgen de los distintos programas

institucionales existentes, sin excepción.

• Para que haya actividades centrales deben haberse definido al menos dos programas, pues

de existir un solo programa institucional la actividad sería específica.

Exigencias a cumplir para cada ACTIVIDAD COMÚN

• Condicionar la producción terminal de varios programas, pero no la de todos.

• Para que existan actividades comunes deben haberse definido al menos tres programas

pues si sólo existen sólo dos, la actividad que condiciona a ambos sería central y si existe un solo

programa institucional la actividad sería específica.

Exigencias a cumplir por cada ACTIVIDAD ESPECÍFICA DE PROGRAMA

Condicionar directa e íntegramente a la producción terminal de un programa.

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Exigencias a cumplir por cada ACTIVIDAD ESPECÍFICA DE SUBPROGRAMA

Condicionar directa e íntegramente la producción terminal parcial de un subprograma.

Exigencias a cumplir por cada ACTIVIDAD ESPECÍFICA DE PROYECTO

Condicionar directa e íntegramente el activo no financiero producido. Es decir al bien de

capital que surgirá como producto de un proyecto.

OBRA

Es cada componente físico que forma parte del proyecto y que asume una identidad propia como

categoría programática, en tanto y en cuanto:

1) Contribuye al logro del propósito del proyecto.

2) Actúa dentro del proyecto como producción intermedia. Esto es, no satisface por sí

misma los objetivos o finalidad del mismo.

3) Constituye una unidad física individualizable y, por lo tanto, puede ser contratada

separada del resto de los componentes.

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VII. ANEXO II

MATRIZ INTEGRADORA PRODUCTOS-RESULTADOS-IMPACTOS

CÓDIGO

CÓDIGO

CÓDIGO

Contribución

relevante del

programa según END

o PNPSP (a)

Nombre del

Indicador

(b)

Valor

Año Línea

Base (c)

Valor

estimado

Año

Presupuesta

do (d)

Valor

estimado

Año

siguiente al

Presupuesta

do (e)

Valor

estimado

Año

subsiguiente

al

Presupuesta

do (f)

Medios de

Verificación

(g)

Supuestos

(h)

Denominación

(i)

Unidad de

Medida

(j)

Cantidad

Meta año

vigente

(k)

Cantidad

Meta año

presupuesta

do

(l)

Cantidad

estimada

año

siguiente al

presupuesta

do (m)

Cantidad

estimada

año

subsiguiente

al

presupuesta

do (n)

Usuarios

(o)

Medios de

Verificación

(p)

Nombre (q)

Unidad

ejecutora

responsable

(r)

Código (s)

AC

TIV

IDA

DES

ESP

ECÍF

ICA

S (

9)

PR

OY

ECTO

S -

si

los

hu

bie

re-

(8)

Insumos críticos

(u)Recursos financieros (t)

IMP

AC

TOS

(4)

RES

ULT

AD

OS

(5)

PR

OD

UC

TOS

TER

MIN

ALE

S

(6)

SUB

PR

OG

RA

MA

S

(7)

INSTITUCIÓN (1):

NOMBRE DEL PROGRAMA (2):

UNIDAD EJECUTORA (3):

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82

INFORMACIÓN PARA COMPLETARLA

Filas

(1) Se debe consignar el nombre de la INSTITUCIÓN y el CÓDIGO correspondiente del

clasificador institucional.

(2) Se debe consignar el nombre actual o propuesta del PROGRAMA presupuestario.

(3) Se debe consignar el nombre de la unidad administrativa que oficia u oficiará de UNIDAD

EJECUTORA, responsable del programa presupuestario.

(4) En las filas de IMPACTOS se deben volcar todos los datos relativos a cada uno de los

impactos esperados con lo que contribuya el programa, según lo vayan indicando las distintas

columnas.

(5) En las filas de RESULTADOS se deben volcar todos los datos relativos a cada uno de los

resultados o efectos esperados con lo que contribuya el programa, según lo vayan indicando las

distintas columnas.

(6) En las filas de PRODUCTOS se deben volcar cada uno de los productos terminales que el

programa ofrece, y completar con datos según lo vayan indicando las distintas columnas.

(7) En las filas de SUBPROGRAMAS se deben volcar los subprogramas que conforman el

programa así como los datos respectivos que se indican en cada una de las columnas.

(8) En las filas de PROYECTOS se deben volcar aquellos que condicionan al programa en la

medida en que existan y los datos respectivos que se indican en cada una de las columnas.

(9) En las filas de ACTIVIDADES ESPECÍFICAS se deben volcar todas las actividades

específicas del Programa (no las de los subprogramas ni las de los proyectos), y los datos

respectivos según las columnas.

Page 83: Metodología para la identificación de Programas ......siguientes categorías de programación: programa, subprograma, proyecto, actividad y obra. Las categorías enunciadas se ajustarán

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Columnas

(a) Se debe consignar el nombre de cada uno de los impactos/resultados con el que el programa

contribuye de manera relevante. Los impactos y resultados deben estar formulados de manera

idéntica a cómo aparecen en la END o en el PNPSP. Por ejemplo, "Reducción de la mortalidad

materna".

(b) Se debe identificar el indicador que se utiliza o utilizará para medir el impacto. Por ejemplo,

"Tasa de mortalidad materna". Debe ser idéntico a los de la END y el PNPSP, y debe presentarse

anexa la Ficha Técnica correspondiente.

(c) Se debe señalar el año de la línea de base y su valor correspondiente. Ejemplo: "2007:

159/00000".

(d), (e) y (f) Se debe señalar el año y el valor de la meta. Por ejemplo, en la columna (d) "2016:

130/00000"; en la columna (e) "2017: 120/00000"; en la columna (f) "2018: 110/00000".

(g) Se debe informar el medio de verificación. Por ejemplo, "Reportes del sistema de vigilancia

epidemiológica".

(h) Se deben señalar los supuestos relevantes para el logro del impacto o resultado.

(i) Se debe consignar el nombre de los productos terminales del programa. Por ejemplo,

"Controles prenatales según normas de atención".

(j) Se debe describir la unidad de medida del bien o servicio. Por ejemplo, "Embarazada

controlada o visitas programadas con el equipo de salud y la embarazada (OMS)”.

(k) Consignar, en número absoluto, la cantidad de producto terminal prevista para el presupuesto

vigente en el caso de los programas existentes. Si es un programa nuevo, dejar sin llenar esa

columna. Por ejemplo, "595.343".

(l) Consignar, en número absoluto, la cantidad de producto terminal prevista para el año para el

que se formula el presupuesto. Por ejemplo, "600,000".

Page 84: Metodología para la identificación de Programas ......siguientes categorías de programación: programa, subprograma, proyecto, actividad y obra. Las categorías enunciadas se ajustarán

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(m) Consignar, en número absoluto, la cantidad de producto terminal prevista para el año

siguiente al que se formula el presupuesto. Por ejemplo, "620,000".

(n) Consignar, en número absoluto, la cantidad de producto terminal prevista para el año

subsiguiente al que se formula el presupuesto. Por ejemplo, "650,000".

(o) Identificar el tipo de usuario. Por ejemplo, "Embarazadas de sectores rurales y urbanos de

bajos recursos, en especial de los grupos de riesgo".

(p) Se debe informar el medio de verificación. Por ejemplo, "Reportes del Sistema de Vigilancia

Epidemiológica".

(q) Se debe consignar el nombre de cada uno de los Subprogramas (si los hubiere), de los

Proyectos (si los hubiere) y de las actividades específicas que conforman el programa.

(r) Se debe consignar el nombre de la unidad orgánica que oficia u oficiará de unidad ejecutora

responsable de la categoría programática, según corresponda.

(s) Se debe consignar el código correspondiente de la unidad orgánica que oficia u oficiará la

unidad ejecutora responsable de cada categoría programática.

(u) Se debe consignar la apropiación presupuestaria aprobada en el presupuesto vigente, en el

caso de los programas existentes, o bien los recursos estimados para el próximo ejercicio, en el

caso de las propuestas de programa.

(v) Se debe identificar únicamente el insumo real que se considera crítico o más relevante para la

operación (como ejemplos: recursos humanos, vacunas, medicamentos, alimentos, etc.).

Page 85: Metodología para la identificación de Programas ......siguientes categorías de programación: programa, subprograma, proyecto, actividad y obra. Las categorías enunciadas se ajustarán

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VIII. ANEXO III

FICHA TÉCNICA DE PROCEDIMIENTO: Guía operativa secuencial.

NOMBRE DEL SUBPROCESO: Creación o revisión de estructuras programáticas.

RESPONSABLES:

• Unidades de Presupuesto de las instituciones del Gobierno Central, descentralizadas y de

la seguridad social, empresas públicas y gobiernos locales.

• Órgano rector Dirección General de Presupuesto (DIGEPRES).

BREVE DESCRIPCIÓN:

Consiste en la creación (en caso de organismo nuevo), o revisión (en caso de un organismo

existente), de las estructuras programáticas de las instituciones para verificar los elementos que

rigen la clasificación programática, la producción institucional, y el ordenamiento jerarquizado

en categorías programáticas.

La aplicación de la herramienta del llamado Presupuesto por Programas constituye la base para

estructurar en forma ordenada y sistematizada diferentes categorías programáticas en una

institución pública, de tal manera que se gestione el sistema presupuestario en todas sus etapas

brindando la información múltiple necesaria.

OBJETIVO:

Su objetivo es facilitar que las asignaciones presupuestarias se relacionen estrechamente con las

prioridades de las políticas públicas, mediante una transparente distribución de recursos

financieros que permita la producción de bienes y servicios públicos necesarios para el logro de

los resultados esperados para alcanzar los objetivos de política pública deseados.

Page 86: Metodología para la identificación de Programas ......siguientes categorías de programación: programa, subprograma, proyecto, actividad y obra. Las categorías enunciadas se ajustarán

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ALCANCE:

Anualmente se aplica a todas las instituciones públicas, previamente a la formulación de su

presupuesto anual y en los casos de creación de nuevas instituciones, previo a su puesta en

funcionamiento.

SE INICIA CON:

Revisión de la estructura programática vigente (en caso de institución en marcha), o de la

propuesta de una nueva (en caso de no existir una anterior).

FECHA DE INICIO:

A determinarse año a año en el cronograma oficializado del proceso presupuestario, o en el

momento de vigencia de norma de creación de un nuevo organismo.

FINALIZA CON:

La aprobación definitiva de estructura programática nueva o revisada.

FECHA DE FINALIZACIÓN:

A determinarse en el cronograma oficializado del proceso presupuestario al momento de

formular el anteproyecto institucional de Presupuesto, o transcurridos 10 días desde el momento

de vigencia de norma de creación de un nuevo organismo durante el ejercicio.

REGLAS:

1. NORMATIVA APLICABLE

1.1. Constitución Política de la República Dominicana. Enero 2010.

1.2. Ley 1-12: Estrategia Nacional de Desarrollo 2030.

1.3. Ley 247-12: Ley Orgánica de la Administración Pública.

1.4. Resolución MEPyD No. 01-2010: Normas Técnicas del SNIP.

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1.5. Ley 5-07: Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAFE).

1.6. Ley 176-07: sobre el Distrito Nacional y los Municipios.

1.7. Ley No. 170-07: sobre el Sistema de Presupuesto Participativo Municipal.

1.8. Decreto No. 231-07. Reglamento Orgánico Funcional de la Secretaría de Estado de

Economía, Planificación y Desarrollo (actual Ministerio de Economía, Planificación y

Desarrollo).

1.9. Ley 423-06: Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público y su Reglamento

(Decreto 492-07).

1.10. Ley 494-06: Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (actual Ministerio de

Hacienda).

1.11. Ley 498-06: sobre el Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública.

1.12. Decreto 685-00: sobre el Sistema Nacional de Planificación y la Descentralización.

2. REFERENCIAS ESPECÍFICAS

2.1. Norma legal de creación del organismo y disposiciones jurídicas vigentes que lo afectan.

2.2. Políticas institucionales.

2.3. Organigrama aprobado.

2.4. Manual de misiones y funciones.

2.5. Plan de inversión pública institucional.

2.6. Plan estratégico institucional.

2.7. Plan operativo anual institucional.

2.8. Plan Nacional Plurianual del Sector Público.

2.9. Metodología de identificación de programas presupuestarios.

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2.10. Clasificador Programático dentro del Manual de Clasificaciones Presupuestarias de

Cuentas.

ENTRADAS A DIGEPRES PROVEEDORES

Propuesta de estructura programática nueva o redefinida…………………..Instituciones Públicas

SALIDAS DE DIGEPRES RECEPTORES

Aprobación de estructura programática nueva o redefinida…...……………Instituciones Públicas

PLAZO ESTABLECIDO:

Si transcurridos 10 días desde la recepción de la estructura propuesta, enviada por la institución,

no se recibiera respuesta de parte de la DIGEPRES, se dará por aprobada.

DESCRIPCIÓN DE LA SECUENCIA DE ACTIVIDADES PARA EL DESARROLLO

DEL PROCESO:

A continuación, se detalla cada uno de los pasos que conforman las actividades principales a

seguir, tanto en la institución pública que originariamente propondrá la estructura nueva o

revisada, como DIGEPRES, para poder evaluarla y aprobarla.

• Paso 1: Relevamiento de información relativa a la institución para enfocar el

análisis de la estructura según su razón de ser, su misión y política institucional.

Ante todo se debe obtener un razonable conocimiento de la misión de la institución y sus

objetivos políticos, aunque no resulta de menor importancia el marco legal y normativo en el que

se desenvuelve la institución.

Muchas veces la Ley de Creación y las disposiciones jurídicas que afectan al organismo

determinan su razón de ser, sus obligaciones y también su estructura orgánica. Todo ello

condiciona los procesos productivos y sus consecuentes productos intermedios y terminales.

• Paso 2: Análisis del organigrama funcional y jerárquico del organismo así como el

manual de misiones y funciones para cada puesto reflejado en el mismo.

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La idea subyacente es verificar cuáles son las actividades sustantivas (aquellas directamente

relacionadas con la producción terminal de la institución) y las de apoyo, materia que guiará la

conformación final de la estructura. En otras palabras, surgirán los productos intermedios y

finales con mayor claridad.

• Paso 3: Profundizar en los Planes de Inversión Pública Institucional, Plan Operativo

Anual Institucional y el Plan Estratégico Institucional

Esta investigación permitirá determinar cuáles son los programas y proyectos prioritarios, cuál

será la inversión que se llevará a cabo efectivamente por haber sido aprobada por el Sistema

Nacional de Inversión Pública para el futuro inmediato y todas las líneas de acción que, en

general, se desarrollan en la institución y se reflejan en las operaciones programadas en su plan

operativo y estratégico. También servirá para determinar acciones inconducentes que

simplemente se siguen haciendo a través del tiempo pero que no contribuyen a la cadena de valor

y por lo tanto habrá que decidir sobre su continuación.

• Paso 4: Obtención de vínculos entre la producción terminal y los objetivos

específicos del Plan Plurianual del Sector Público con sus correspondientes indicadores de

resultado e impacto.

Los productos permiten vincular la producción pública con los resultados e impactos en los que

se operacionalizan los objetivos de política y, a su vez, posibilitan la definición de las estructuras

programáticas que permitirán la adecuada asignación de recursos.

Los indicadores básicos de la producción terminal los determinan los volúmenes de producción

física que deben contar con una clara definición del nombre del producto y de la unidad de

medida con la cual se hará la medición.

Los indicadores de resultado y/o impacto incorporados al PNPSP, que permiten medir el grado

de alcance de los objetivos específicos previstos, resultan primordiales en este esquema de

relaciones.

A su vez, los productos terminales son neurálgicos en la identificación de los programas

presupuestarios, la categoría de mayor jerarquía dentro de la estructura programática (que no

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necesariamente es coincidente con el concepto de programa que se tiene en otros ámbitos o

áreas).

Paso 5: Investigación sobre la producción terminal ya definida (la institución suele

estar en marcha y tener sus productos ya precisados) o nueva propuesta.

El examen estará focalizado a determinar si los productos cumplen con los demandados para

contribuir a la obtención de los resultados esperados o al cumplimiento del requerimiento legal.

Según se concluya a partir del estudio, se dictaminará si corresponde que se mantengan, se

modifiquen o se eliminen.

Deberá hacerse especial hincapié en que la producción pública de los programas refleje los

bienes y/o servicios que constituyen la razón de ser de esa institución y que se ponen a

disposición de la comunidad o de otras instituciones que los necesitan como insumos para iniciar

otros procesos productivos. Además, deberán ser concretos y estar listos para ser utilizados.

A partir del concepto anterior, se deberán eliminar del listado de productos vigentes aquellos que

son objetivos (propósito a alcanzarse), resultados (interpretados como lo que se logrará con los

servicios que se proveen), impactos (expresión de deseos o “apuestas” a largo plazo), productos

intermedios (satisfacen demanda interna de la institución), etc., que no constituyen productos

terminales, aunque resulten fácilmente confundibles.

Adicionalmente, se deberá investigar si no quedan otros productos existentes que no están

incluidos en los puntualizados y que por su relevancia deberían estarlo.

Paso 6: Identificación de programas presupuestarios

Para constituirse un programa, además de producir bienes o servicios que constituyan

producción terminal, es decir cuando el bien o servicio resultante no sufre ninguna

transformación ulterior dentro de la institución que lo presupuesta, contribuyendo

directamente a la satisfacción de las necesidades sociales, es decir participando

directamente en el logro de resultados, u otra demanda institucional (ya sea en el mismo

organismo o en otras instituciones que lo usarán como insumo para nutrir otros procesos

productivos) deberán de verificarse los siguientes requisitos:

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Posibilidad de establecer una clara relación insumo-producto; o en otras palabras, que los

insumos utilizados estén diferenciados de los usados en otros procesos productivos.

Poseer un centro de gestión responsable del proceso productivo.

Que dicha unidad constituya un centro de asignación de recursos.

Detentar relevancia económica, relativa al total del Presupuesto Nacional.

• Paso 7: Análisis de cada categoría programática existente o propuesta

Aplicando los conocimientos propios de la base teórica del presupuesto por programas, se deberá

asegurar que cada categoría programática cumpla con todos los requisitos y condiciones que las

definen (ver detalladamente en “Conceptos y Requisitos”, ANEXO II) así como las

interrelaciones entre ellas, pues básicamente quedan enlazadas en función del condicionamiento

que sus productos intermedios o finales provocan. En breve resumen:

Si al interior de cada uno de los programas es posible discriminar acciones presupuestarias en

procesos productivos diferenciados (con sus correspondientes relaciones insumo-producto)

entonces se podrán determinar las diferentes actividades específicas que lo conforman, o sea

categorías programáticas de menor nivel, pero que pueden ser diferenciadas unas de otras, en

muchos casos con productos intermedios definidos y en otros casos con productos más difusos o

de difícil cuantificación.

Cuando los resultados de una acción presupuestaria condicionan no exclusivamente a los

productos de un programa determinado sino a todos los procesos de producción terminal

(programas) y a la provisión íntegra de bienes y de servicios de una institución, pero no es parte

integrante única de ninguno de ellos, se está en presencia de una actividad central.

Si esta actividad condiciona a más de un programa, pero no a todos los de una institución, se está

en presencia de una actividad común, categoría programática que reúne todas las características

de la categoría "actividad central", pero se aplica cuando la acción presupuestaria concreta apoya

a más de un programa pero no a todos los existentes.

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Otra categoría programática es la de proyecto de inversión, que denomina a una propuesta de

inversión mediante la generación de un bien de capital, destinado a crear, ampliar o modernizar

la capacidad de oferta de bienes o servicios determinados.

Dependiendo de la relación de condicionamiento que se establezca en la red de producción

institucional, los proyectos se subdividen en: específicos si condicionan a un solo programa,

centrales, si condicionan a todos los programas de la jurisdicción o entidad y comunes, si

condicionan a dos o más de esos programas, pero no a todos.

Al interior de los proyectos se definirán también las actividades específicas que surjan, así como

las obras.

Se entiende por obras los componentes físicos que forman parte del proyecto y que asumen una

identidad propia como categoría programática si contribuyen al logro del propósito del proyecto,

actúan dentro del proyecto como producción intermedia (no satisfacen por sí misma los objetivos

o finalidad del mismo) y constituyen cada una de ellas una unidad física individualizable.

Paso 8: Establecimiento de todos los objetos de gastos necesarios para cumplir con

el proceso productivo íntegro que le cabe a cada categoría programática

Esta verificación contribuye a corregir probables distorsiones como aquellas que se producen

cuando no están contemplados todos los conceptos de gasto necesarios para obtener dichos

productos en la categoría pertinente o viceversa, cuando se registran ciertos objetos de gasto que

no pertenecen a esa producción. En cualquiera de los dos escenarios se desfigura la asignación

presupuestaria apropiada para poder proveer dichos bienes y/o servicios.

• Paso 9: Asignación de recursos a cada categoría programática

El propósito es examinar si están correctamente asignados los recursos correspondientes a cada

categoría programática.

Para ello, se debe profundizar en la medida de lo posible el conocimiento de las relaciones

insumo-producto pertinente a cada una de ellas. En este paso resulta fundamental que formen

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parte del equipo de análisis no sólo los técnicos de Presupuesto sino los especializados y

conocedores del proceso productivo mismo.

• Paso 10: Generación de estructura programática a utilizarse en el anteproyecto de

Presupuesto para el año que se formula o en el vigente, si se trata de la incorporación de

nuevo organismo durante el ejercicio presente.