15
@MINEDUCACIÓN Fecha: 17-03-2017 REUNIÓN: Plan de trabajo fallo 428 de 2009, universidad colegio mayor de Cundinamarca - MEN, predio Av. la Esperanza "Nicolás Esguerra". ASISTENTES: Se adjunta hoja de asistencia. TEMAS TRATADOS: Situación del predio denominado "Nicolás Esguerra" ESCENARIOS: En presencia de los representantes de Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, y del equipo del Ministerio, se exploraron las distintas situaciones las cuales se exponena continuación: En relación con el predio denominado "Nicolás Esguerra" ubicado en el barrio Quinta Paredes de la ciudad de Bogotá, este se encuentra a nombre del Ministerio de Educación Nacional, sin embargo, se requiere adelantar un proceso de saneamiento de los títulos de propiedad ante las autoridades Registrales, Catastrales, y de Ordenamiento Territorial de la ciudad de Bogotá. De acuerdo a ello se hace necesario, estudiar su actual situación física, jurídica, económica y posteriormente, analizar los usos del suelo permitidos, los desarrollos urbanísticos posibles, y las actividades que se están adelantando con el fin de armonizar la información entre las diferentes entidades del orden distrital. Situación Física: Por efectos de las obras públicas de vías, canales y espacio público correspondientes a la Avenida la Esperanza, la Carrera 50 y el Canal San Francisco, lo que antes era un solo predio, hoy por hoy, se encuentran dos (2) lotes de terreno. Situación Jurídica: En este momento registra una nuda propiedad, al presentar un usufructo por parte de terceros como lo es el Colegio William Mackinley (Predio A) y por negocios de carácter comercial (Predio B). Situación Económica y Fiscal: Conforme la información que existe en la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, el predio A registra pago correspondiente al

@MINEDUCACIÓN · @MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN ~~.~~~PAÍ~ Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el

  • Upload
    others

  • View
    13

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: @MINEDUCACIÓN · @MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN ~~.~~~PAÍ~ Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el

@MINEDUCACIÓN

Fecha: 17-03-2017

REUNIÓN: Plan de trabajo fallo 428 de 2009, universidad colegio mayor de Cundinamarca - MEN, predio Av. la Esperanza "Nicolás Esguerra".

ASISTENTES: Se adjunta hoja de asistencia.

TEMAS TRATADOS:

Situación del predio denominado "Nicolás Esguerra"

ESCENARIOS:

En presencia de los representantes de Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, y del equipo del Ministerio, se exploraron las distintas situaciones las cuales se exponena continuación:

En relación con el predio denominado "Nicolás Esguerra" ubicado en el barrio Quinta Paredes de la ciudad de Bogotá, este se encuentra a nombre del Ministerio de Educación Nacional, sin embargo, se requiere adelantar un proceso de saneamiento de los títulos de propiedad ante las autoridades Registrales, Catastrales, y de Ordenamiento Territorial de la ciudad de Bogotá.

De acuerdo a ello se hace necesario, estudiar su actual situación física, jurídica, económica y posteriormente, analizar los usos del suelo permitidos, los desarrollos urbanísticos posibles, y las actividades que se están adelantando con el fin de armonizar la información entre las diferentes entidades del orden distrital.

Situación Física: Por efectos de las obras públicas de vías, canales y espacio público correspondientes a la Avenida la Esperanza, la Carrera 50 y el Canal San Francisco, lo que antes era un solo predio, hoy por hoy, se encuentran dos (2) lotes de terreno.

Situación Jurídica: En este momento registra una nuda propiedad, al presentar un usufructo por parte de terceros como lo es el Colegio William Mackinley (Predio A) y por negocios de carácter comercial (Predio B).

Situación Económica y Fiscal: Conforme la información que existe en la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, el predio A registra pago correspondiente al

Page 2: @MINEDUCACIÓN · @MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN ~~.~~~PAÍ~ Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el

@MINEDUCACIÓN

impuesto predial y Valorización, encontrándose Tributariamente al día con el Distrito Capital.

En cuanto al predio B se tiene, que no cuenta con un folio de matrícula inmobiliaria independiente, motivo por el cual, ante la carencia de individualización jurídica del derecho de propiedad, (el cual es el hecho generador del impuesto predia~, no es objeto de liquidación y pago.

Actividades a desarrollar

1. Se deben adelantar trámite ante UAECD, de depuración de la inscripción catastral, (Presentación de planos topográficos actualizados, para su incorporación cartográfica). 2. Trámites ante la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, DADEP e IDU, a fin de hacer entregas correspondientes a los espacios públicos y la actualización de la nueva configuración cartográfica de los Lotes. 3. Trámite de desenglobe y escrituración. 4. Se debe definir conjuntamente con la Alcaldía Mayor de Bogotá- SED y el Rector del Nicolás Esguerra, la ruta jurídica para retomar la posesión de los bienes.

l. INFORMACIÓN FÍSICA PREDIO A.

Dirección Actual AC 24 48 53 / Anterior DG 22B 48 A 83 Cédula Catastral 006208560500000000 Código Sector 006208561800000000 CHIP AAA0074BNKC Propietario(s) MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL NIT. 899999001-7 Matrícula Inmobiliaria 050C00548892 Area (M2) Lote 8,284.17 / Construcción 1,637.68 Destino Dotacional Público (por permanencia) Avalúo Catastral $17,097,095,000

USO DEL SUELO PERMITIDO

Primero: Este predio cuenta con edificaciones sin embargo, no se tienen planos topográficos o urbanísticos, ni licencias asociadas y/o registradas ante la Secretaría Distrital de Planeación, razón por la cual, el mismo se cataloga como un "predio urbanizable no urbanizadd'1

1 DECRETO 3050 OE 2013. Artículo 3º. Definiciones. Adóptense las siguientes definiciones: l. Área o predio urbanizable no urbanizado. Son las áreas a predios que na han sido desarrollados y en las cuales se permiten las actuaciones de urbanización, o que aun cuando contaron can licencia urbanística no ejecutaron las obras de urbanización aprobadas en la misma.

Page 3: @MINEDUCACIÓN · @MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN ~~.~~~PAÍ~ Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el

@MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN

~~.~~~PAÍ~

Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el trámite de una licencia de urbanismo y construcción ante una Curaduría Urbana, respetando la "permanencia'3 en el uso que ha tenido por varios años, el cual es dotacional educativo existente a nivel zonal.

Tercero: Al momento de tramitar la licencia de urbanismo y construcción, se debe tener en cuenta tanto la destinación como la escala existente, es decir, para realizar obras de equipamientos educativos de escala vecinal y la construcción de la Universidad presenta una escala de tipo metropolitana. Esto se fundamenta, en el cuadro de usos permitidos:

ltl>f--de~,up,,t>O< le-o. 4"' .-.it>,¡0001 lml-Edual!M,<

- Oe ~~,en Nudt<lol~..eai ..... "" Re<!<> Coléf,ltM-RN! ~plll'*'ellnlbloj,,yd<!urrolohtrmBOO

ln>fll.lao<>n EducaMls.

- <leA¡,oyoPtod11gó¡¡,co, NAP Ni.iCIMseduc:l!-enR...:l<>CoieO'(l,-Rt<I ~l*Jellnlo.joy-.illolMMM

-"~ ~<leA¡,oyoPeda,p,¡,co, NAP -~enRedeCOlog,os-Red i- pa,11 elv,l:,ajo y<IM&m)Jo - ..

lnM-~ .... , ~MApoy<>P~"" --•n Red <>Colél,li<>s-Rtd ~l*lel-¡oyn~"""""'~

1"lCTOfl 2 RUIIDEHCIAl,.COff ~

OE..-u,nAaoe COMERC,OV

u-

V

' ,.,

9ECTOfl, lrealOf:NCLf.l_C(>Of ,_ OEl-TAI>Aa QE

C~ltCtOV '1EOIVIC'°"

SECTOA7 OOTAC.,....._

Sf.lWICI<)$ =~ """"=

Fuerte Dec 190:04. Anexo Usos 107_2011

Convenciones C.--- Los usos permitidos para la urbanización de los predios urbanizables no urbanizados, que no están identificados en esta cartografía como sectores normativos, son los que figuran en la presente ficha para el sector normativo donde se encuentran. Lo anterior en razón a los establecido en el artículo 32 del decreto 327 de 2004. 1. --- Solo se permite en predios con el uso existente a la entrega en vigencia del presente decreto.

11. INFORMACIÓN FÍSICA PREDIO B.

1 Dirección Actual 1 AC 24 48 50 / Anterior DG 228 48 50

2 DECRETO 327 DE 2004. Articulo 2. Definiciones. Para efectos del presente decreto, se adoptan y recogen las siguientes definiciones: a) Tratamiento de

desarrolla: El tratamiento de desarrolla es el conjunta de dispasiciane5 que oriento y regula la urbanización de los predios o conjunta de predios urbonizables na urbanizadas, localizadas en suela urbana a de expansión, y define, en el marco de las sistemas de distribución equitativa de cargas y beneficias, los espacias públicos, equipo mientas e infraestructuras y el potencial edi/icable de la5 óreos privadas.

3 Decreto 190 de 2004. Articulo 344. Normas para el uso dotacional (artículo 333 del Decreto 619 de 2000). l. Permanencia. Sin perjuicio de la dispuesta en

el articula anterior, las inmuebles de escala metrapalitona, urbana a zanal can usa datacionol existentes, las señaladas cama institucionales par normas anteriore5, las que se destinen en el futura a este usa, a mediante la destinación del suela hecha en este Plan, en sus /ichos normativas, a sean incluidas mediante Planes de Regularización y Maneja, deben mantener el usa dotacianal y quedan comprendidos por las normas del tratamiento de Consolidación para Secta res Urbanos Especiales.

Page 4: @MINEDUCACIÓN · @MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN ~~.~~~PAÍ~ Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el

@MINEDUCACIÓN

Cédula Catastral 006209700100000000 Código Sector 006209700100000000 CHIP AAA0074FLLF Propietario(s) INSTITUTO NIGOLAS ESGUERRA NIT. 899999001-7 Matrícula Inmobiliaria No cuenta con Folio de Matrícula Inmobiliaria Area (M2) Lote 7,953.00/ Construcción 1,979.16 Destino Comercio en Corredor Comercial (sin permanencia de uso) Avalúo Catastral $ 24,090,642,000

USO DEL SUELO PERMITIDO

Primero: Al igual que el predio A, el predio B cuenta con edificaciones de las cuales no se tienen planos topográficos o urbanísticos, ni licencias asociadas y/o registradas ante la Secretaría Distrital de Planeación, razón por la cual, el mismo se cataloga como un "predio urbanizable no urbanizadd' y debe someterse a Tratamiento de Desarrollo.

Segundo: No presenta restricción de uso ya que carece de usos reglamentados, motivo por el cual, al momento de tramitarse la licencia de urbanismo y construcción, se debe tener en cuenta las cargas y beneficios conforme a lo señalado, en el Decreto 190 de 2004 (POT) para la UPZ 107 Quinta Paredes.

Tercero: En este escenario podría gestionarse un "Plan Parcial"4, en la medida que en el

predio, deban " .. . desarrollarse mediante unidades de actuación urbanística, macroproyectos u operaciones urbanas especiales y así lo defina el Plan Zonal, el Plan de Ordenamiento Zonal, la Unidad de Planeamiento Zonal, el Programa de Ejecución o cualquier otro instrumento que desarrolle el Plan de Ordenamiento Territorial", o el predio sea objeto de recuperación morfológica, tras determinación en ese sentido por la autoridad competente5

Cuarto: La siguiente gráfica, también tomada del documento "Anexo Usos 107 _2011" que hace parte de POT, muestra el predio sin convención sobre el predio Ben el la base de

datos de la Secretaría Distrital de Planeación, brindando claridad cartográfica de la ausencia de reglamentación del uso del suelo para ese predio en específico.

4 Las planes parciales son los instrumentas que articulan de manera específica los objetivos de ordenamiento territorio/ con los de gestión del suelo concretando los condiciones técnicos, juridicas, económica - financieros y de diseña urbanística que permiten la generación de los sapartes necesarios para nuevos usas urbanos o para la transformación de las espacios urbanos previamente existentes, asegurando condiciones de habitabilidad y de protección de la Estructura Ecológica Principal, de conformidad con las previsiones y políticos del Pion de Ordenamiento Territorial. Tomada de: http://www.sdp.gov.ca/portol/page/portal/PortaJSDP/OrdenamientoTerritarial/PlanesParcioles/PlonesParcia/esDesorro/Jo/Oefinician

5 Decreto 327 de 2004. Artículo 5.

Page 5: @MINEDUCACIÓN · @MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN ~~.~~~PAÍ~ Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el

@MINEDUCACIÓN

Fuente Oec.190/04, Anexo Usos 107 _2011

1- Problemas con poseedores, y con el colegio se recuerda que existen niños estudiando en el cual, es necesario revisar la posible afectación de los niños en una eventual acción de restitución de posesión.

COMPROMISOS:

1- Gestionar reunión con las autoridades distritales (Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca -MEN)

2- Revisar avances de las gestiones de saneamiento y administrativas. (Gerente del Proyecto - Secretaria General}

3- Contestar requerimiento del juez. Uurídica)

Page 6: @MINEDUCACIÓN · @MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN ~~.~~~PAÍ~ Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el

@MINEDUCACIÓN TODOS POR l,!N NUEVOPAIS

: '' ',', ' ' ·,,

Acta de plan de trabajo de Fallo 2009-428 del 17 de marzo de 2017.

Nombre:~"""" f>. · ~-"'"'lº S Firma: ~~/

J

Entidad/cargo: A,e,c, vG) '-íTW·

Nombre: b~,-~~L Firma: ~?'~ Entidad/cargo: ~)(''¡V'{ ;v'le V

,~c-c~k Entidad/cargo~ \.,!:::,, =-:..4<:>""' e le

~,c..c::.\~( .

Nombre: / Lt ~ A)°'"".]º í3, 1,~,'--

Firma: 1/3) / /

Entidad/cargo: f '12 fsuo~~ - S { ;J

No~~(\(,~-'> ~- be~~ Firma<C~ \e (: Entida::go: N. €: t• /~\:g-,l,.Jc: (~J-

Page 7: @MINEDUCACIÓN · @MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN ~~.~~~PAÍ~ Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el

( ':') MINEDUCi\CIOi'i ' :f

Bogotá

Señor:

., ,m:ios r'O!! UN NUEVO PA§:S ,

JUEZ TREINTA ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO Sección Segunda de Bogotá Carrera 7 No 13-27 Piso 8 Bogotá D C,

Ref: Actor: Demandado:

'-'

Expediente No. 11001333331030200900@ ~ LUIS FELIPE VERGARA CABAL "" -~ ,: ·; 9, NACIÓN MINISTERIO DE·.···· EDL1GACIÓN ;,• NACIONAL ALCALDÍA MAYOR. DE BOSOTÁ Y;, ~} OTROS. ...... . ·•

Asunto: Respuesta Requerimiento Oficio Nº 2017

En obedecimiento a lo dispuesto por su despacho en el auto del 06 dé'marzo del año en curso por medio del cual ordenó a este Ministerio reunirse con las autoridades de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca y demás autoridades pertinentes a efectos de que se defina de manera documentada y motivada si los predios ubicados en la avenida la Esperanza con carrera 50 del Distrito Capital pueden ser destinados para la reubicación de la citada institución de educación superior y en caso al negativo, se informara qué otras alternativas reales existen, cuáles son las dificultades que se presentan y/o de qué manera se pretende por esta cartera cumplir con la sentencia proferida en el marco del proceso de la referencia, procedemos a dar respuesta a su requerimiento en los siguientes términos:

Frente a su requerimiento <<REUNIÓN CON LAS AUTORIDADES DE LA UNIVERSIDAD COLEGIO MAYOR DE CUNDINAMARCA Y DEMÁS QUE CONSIDERE PERTINENTES Y DEFINAN DOCUMENTADA Y MOTIVADA SI EL PREDIO UBICADO EN LA AVENIDA LA ESPERANZA CON CARRERA 50 DEL DISTRITO CAPITAL PUEDE SER DESTINADO PARA LA REUBICACIÓN DE LA CITADA INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR>> le informamos

Se han celebrado dos reuniones en las que el Ministerio de Educación Nacional, junto con las demás entidades e instituciones involucradas, han participado en la discusión y construcción de estrategias de alianza y concertación en procura del cumplimiento del fallo así:

A) El día 15 de marzo de 2017, con ocasión a la convocatoria realizada por el Rector (e) de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca se reinstaló el comité de verificación y se celebró la primera sesión del comité del año 2017,

Calle 43 N" 57-14 Centro Administrativo Nacional, CAN, Bogotá, D.C PBX +57 (1) 222 2800 - Fax 222 4953

www. mi n ed ucac10 n. gov _ co - 5_1 /.:!_'.'_; !.'..J :_ 1_;iJ o; [email protected].:iJr.t§'_\l'.-~f ª·C.: i _(~!]_.iJ.'.-2. 1/.., ·-~~.~-'

,l

e

Page 8: @MINEDUCACIÓN · @MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN ~~.~~~PAÍ~ Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el

, .. · -, .~· r~ .'.'.I :_

la cual tuvo como principal propósito discutir, coordinar y articular las acciones para el traslado la sede de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca que actualmente se encuentra ubicada en la carrera 7 28-66 Museo Nacional: sesión que se llevó a cabo en las instalaciones de la referida Institución de Educación Superior, con el siguiente orden del día:

'( .) 1. LECTURA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DEL ORDEN

DEL OÍA 2. REGISTRO DE LOS ASISTENTES AL COMITÉ. 3. PRESENTACIÓN DE LOS ASISTENTES AL COMITÉ. 4. CONSTITUCIÓN FORMAL DEL COMITÉ DE

VERIFICACIÓN

a) Lectura y discusión y adopción del reglamento para el funcionamiento del Comité de Verificación

b) Formalización de los representantes de las diferentes entidades ante el comité de verificación

c) Elección del presidente y del secretario del comité de verificación

d) Constitución de las Comisiones de Trabajo y Gestión

5. VERIFICACION DEL QUÓRUM 6. ESTADO DEL ARTE EN LAS GESTIONES POR PARTE

DE LAS ENTIDADES COMPROMETIDAS EN LAS SENTENCIA JUDICIAL

a. Institución educativa 01strital Policarpa Salavarrieta /Secretaría de Educación del Distrito.

b. Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca I Min,sterio de Educación Nacional.

c. Museo Nacional! Ministerio de Cultura. d. Otras entidades.

7. RONDA DE PREGUNTAS, SUGERENCIAS PROPOSICIONES Y VARIOS.

8. OISCUSION Y ADOPCION DE TAREAS Y COMPROMISOS

9. VALIDACION DEL ACTA/INFORME PRELIMINAR DEL COMITÉ DE VERIFICACIÓN

10.FECHA HORA Y LUGAR PRÓXIMO COMITÉ DE VERIFICACIÓN"

B) El día 17 de marzo de 2017 se celebró una reunión en las instalaciones del Ministerio de Educación Nacional con los representantes de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, con el fin de exponer la situación del predio

Calle 43 N·· 57--14 Centro Administrativo Nacional, CAN, Bogotá, D.C PBX +57 (1) 222 2800 - Fax 222 4953

www.mineducacion.gov.co - <_i,;-,F·;;

Page 9: @MINEDUCACIÓN · @MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN ~~.~~~PAÍ~ Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el

~,;, i l'i f:UUC1--\C ! t_l N

derecho de propiedad, (el cual es el hecho generador del impuesto predial) objeto de liquidación y pago.

1 - IDENTIFICACIÓN INDIVIDUALIZACIÓN - PREDIO A

no es

r ~~~~~~6fa~~~~~~l~i;~:~o~~6;;¿~~G 22Ef4á A83 - - ---•. ~ Código Sector 1 006208561800000000 - --~ , CHIP AAA0074BNKC ~- MINISTERIO DE EDUCACIÓN-N-ACIONAC ___ -1 Propietario(s) NIT. 899999001-7 i Matrícula _

1 050C

005~;;;; - ----- --- -- -

~J¿~~~~ia ---= 1-B;\~-~¡J~~c_~~Sl~~n(~~~~c~~~;~~~:i~j -- -- - - ----~

,_l:V-ª'-º-º Catastral_J_ $17,097,095,000 _ _ _____ -- - --- - J 1.1. PLANO CATASTRAL

¡

Fuente UAECD 2017

1.2 USO DEL SUELO PERMITIDO

• Este predio cuenta con edificaciones, sin embargo, no se tienen planos topográficos o urbanísticos, ni licencias asociadas o registradas ante la Secretaría Distrital de Planeación, razón por la cual, el mismo se cataloga como un <<predio urbanizable no urbanizado>> 1

1 DECRETO 3050 DE 2013 Articulo 3º Definiciones Adóptense las siguientes def1n1c1ones. 1 Área o predio urbamzable no urbanizado Son las áreas o µredros que no han sido .Jesarrol/ados y en los cuales se penniten las acruac1ones de urbamzac1ón o que aun cuando contaron con licencia urbanist1ca no e¡ecutaron las obras de urbanrzac1ón aprobadas en la n11smn

Calle 43 N' 57-14 Centro Administrativo Nacional. CAN Bogotá D C PBX +57 (1) 222 2800 - Fax 222 4953

www mineducacion.gov.co - .a1E~nc: Íü_na_Jc iuciad:cino{IVrn i nnd11c;:1c ¡or_;.qv _v·s0

Page 10: @MINEDUCACIÓN · @MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN ~~.~~~PAÍ~ Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el

t·•1 IN E iJUC!-\C: UN

ubicado en la avenida la Esperanza con carrera 50 del Distrito Capital, de acuerdo a lo solicitado en el auto del 6 de marzo del 2017 (se anexa acta).

En lo que se refiere a la definición documentada y motivada de si el predio ubicado en la avenida la Esperanza con carrera 50 del Distrito Capital puede ser destinado para la reubicación de la citada institución de educación superior, se expuso en la reunión del 17 de marzo, la situación jurídica del bien la cual presentamos a usted de acuerdo a la información suministrada por la Subdirección de Gestión Administrativa.

En principio, es importante precisar, que el predio ubicado en la Av. la Esperanza con Carrera 50 (Conforme a la ubicación referenciada por su Despacho), se encuentra ubicado en el Barrio Quinta Paredes de la ciudad de Bogotá, el cual aparece registrado a nombre del Ministerio de Educación Nacional.

En atención al estudio de títulos realizado por la Subdirección de Gestión Administrativa, se logró determinar que el presente inmueble registra una afectación física con ocasión a las obras públicas de vías, canales y de espacio público realizadas en la Avenida la Esperanza, la Carrera 50 y el Canal San Francisco. por parte del Distrito Capital de Bogotá; por ende, lo que antes era un solo predio, hoy en día. se encuentra dividido en dos (2) lotes de terreno, tal y como se evidencia en la siguiente imagen de plano. extraída del SINUPOT.

.á\, \(1!7

- - ·, '

\

Situación Jurídica: en este momento. los dos lotes registran una nuda propiedad, al presentar un usufructo por parte de terceros como lo es el Gimnasio William Mackinley - Servicio Educativo de carácter privado (Predio A) y por negocios de carácter comercial para el (Predio B)

Situación Económica y Fiscal: conforme la información que existe en la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD), el predio A registra pago correspondiente al Impuesto Predial y Valorización, encontrándose Tributariamente al día con el Distrito Capital

Por su parte, el Predio B no cuenta con un folio de matricula inmobiliaria independiente, motivo por el cual, ante la carencia de individualización jurídica del

Calle 43 N'º 57-14 Centro Adm1111strat1vo Nacional, CAN, Bogotá. O.C PBX +57 (1) 222 2800 - Fax 222 4953

www. m1neducacion .gov.co - ~1tenc i e,_, 1;_, ! : i.ud~d a ry¿@rn inod ucé-l_Gion.,.q ov. ce 1

Page 11: @MINEDUCACIÓN · @MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN ~~.~~~PAÍ~ Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el

(s) MINEDIJU,CION

• Urbanísticamente está catalogado como predio sometido a Tratamiento de Desarrollo2

, y conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, debe darse trámite a una licencia de urbanismo y construcción ante una Curaduría Urbana, respetando la <<permanencia>>3 en el uso que ha tenido por varios años, el cual es dotacional educativo existente a nivel zonal.

• Al momento de tramitar la licencia de urbanismo y construcción, se debe tener en cuenta tanto la destinación como la escala existente, es decir, se podría contemplar la realización de obras de equipamientos educativos de escala vecinal; a diferencia de lo que ocurriría con la construcción de la Universidad que presenta una escala

"""°'" e,j" ,,•,,">< t•O ~•'>"' ',· ;, ,, ''"•) ,xl11<-><•"·º ''·"ª ,.,,,,,!,"f' ¡,k .,n.,·,., 1-,"''"'º

~,·w,1r,oo" - .,.,.,,,, ; ,,-,--;,-- -·,¡;¡¡,,,r,,,l) ..

1

' l-----+,=,s,,~.,,.· . .;c,n~,.,c,,~.,, .. ~0

,,·,~,, --------------- - -i----- -- -- ~---f----"- -'!,tc;."'• ~~ /.¡,,y-0 PMC<J'>;u, ,:,V l~ON~~ ;~:~·~'l;lp~:~:t~:;~~' ~:o·,~~;,~~

1

o<./~u,>uo<, E-d,,ca, .as '1,·k-o,~, lr>,:>y, re1;v;óc ~

) V(LIN,)~ ¡:,~uu~~'~' ';.,,.:,~~-.:,:.,~,~',,e~:.;::, .. , f'e~

----i- ----- - ______ L _____ -

! ' ; 1 ''

,.r,oMao,, OM•c;o~

"""''~é ,o~ .,

-------

de tipo metropolitana. Esto se fundamenta, en el cuadro de usos permitidos

Convenciones: C.--- Los usos permitidos para la urbanización de los predios urbanizables no urbanizados, que no están identificados en esta cartografía como sectores normativos, son los que figuran en la presente ficha para el sector normativo donde se encuentran Lo anterior en razón a los establecido en el artículo 32 del decreto 327 de 2004. 1.--- Solo se permite en predios con el uso existente a la entrega en vigencia del presente decreto.

2 - IDENTIFICACIÓN INDIVIDUALIZACIÓN - PREDIO B

¡_Qirección Actual _ _j_. /\C 24 48 50 / Anterio.r DG 2. 2B 48 ~.o_·~~··~~--·-.. __ l l_(::édula Catastral__J. 006209700100000000 . 1

Df.CRETO :l2/ DE 2004 Articulo 2. Def,n,c,c,nes. Paro ele:tos del presente decreto, se ~doptan y recogen ias s,gwentes def,n<e,oAeS. a/ Tratom,ento de desarrollo El /rotom,e>nrc o~

desarrollo es el con¡unro de d1spos,r1ones que> oriento \' wgi,lo lo urbomzooon de 10s predios o conjunto de predios urbonizoble>s no urban,zod,.s. locofüodos en suelo L'rbono o de exoa,,i,o,· !' defu,e. en el marco de /as sistemas de dist11buoon equitot1va c'e cargos y benef,c,os, los espacios púbhcos, equipamientos e rnfroe5t1ucturas y el potrmc,al edifico ble de los areos p..-isior!os

l Decret<J 190 d~ 2004, Art;culo 344 Norm~s p~,a el uso dnt~c,onal (a,tirnio 3 33 de< Decre,o 619 de 2000). 1 Perman,.nr1a. 5m per¡u,c,o de lo di,pueslé! en,.¡ ort,rulo onl"''º' /c,s ,n~'ueiJ/es

d .. e.<coln metre>polironn u,bona" ,onal ro,, "'" d'Jtocwno1 e>~istente.<. los se,ialadas como insri111c/onales 001 ,,,.,,mas c,ntenores. 105 q,1r se dectmPn en el j,,turo;. este .,., 0 n n;e>d10

,,,,· ,0

destmc,cion del me/e, herha en ~sre P/c,,., en,,,, f,c has no1ma1iva.,, o seon mclc11do, med1onr,• Plone>s de Re>r;wlan!anc,n v Mane¡o, deben mantener el uso dolooonc,I v que>dnn ron,ere>ml•do, pe>r les normas del t,otc,m1er.to de CC'/lso/tc/a1.wn coro Su 1e,es U,l!onos [sper1a1és

Calle 43 W 57·14 Centro Administrativo Nacional, CAN. Bogotá, o.e PBX +57 (1) 222 2800 . Fax 222 4953

www. mi n ed ucacion. gov co - ~ (e_1_~_c_LQ:::~1J_~j_1,,i_~J-ª \Jf1; ·1_0_(q2_if.0.J.S'...C:~ ~_i_~~:.f .i_Qn.,.!1~::L_~:-º

Page 12: @MINEDUCACIÓN · @MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN ~~.~~~PAÍ~ Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el

i'vi I Nf:üUC,L\C;

- ----- ---------

[{~~~º Sector __ -_- P!:ii;2~~~~000~-~ - -- - -=- -= =-- 1 ri--_ --_ --- liNSTITUTO NICOLÁS ESGUERRA NIT. 899999001-7, !

, Pr~p;etano(s2_ _ ---f sintransferenc1a de dom111_10 __________ _

¡,Matricula_ -1

No cuenta con Folio de Matrícula Inmobiliaria

t!r:Z(t~~

1

ª-- - - f~~t~;;~1~3:~º~;r~:~~~1~~t~;~;~-~s~!p~rmanenc1a :e 1

1 Des~n~ - ___ ¡ uso) ------- --- ---- ------ - -- -[Avalúo Catastral __ L$_24,090,642,000 ___ __ __ __ _ __ __ _ ____ _

2.1 - PLANO CATASTRAL

ente UAECD 2017

2.2 - USO DEL SUELO PERMITIDO

• Al igual que el predio A, el predio B cuenta con edificaciones de las cuales no se tienen planos topográficos o urbanísticos, ni licencias asociadas y/o registradas ante la Secretaría Distrital de Planeación, razón por la cual, el mismo se cataloga como un <<predio urbanizable no urbanizado>> y debe someterse a << Tratamiento de Desarrollo>>_

• Al no tener convención sobre el predio B, conforme con la base de datos de la Secretaria Distrital de Planeación, se tiene que no existe reglamentación del uso del suelo para ese predio en específico, y por ello, su tratamiento es de desarrollo_ lo que significa que deben definirse los usos al momento de tramitarse la licencia de urbanismo y construcción, teniendo en cuenta las cargas y beneficios conforme a lo señalado en el Decreto 190 de 2004 (POT) para la UPZ 107 Quinta Paredes_

Calle 43 N° 57-14 Centro Adrn1nistrat1vo Nacional, CAN_ Bogota, D C PBX +57 (1) 222 2800 - Fax 222 4953

www.mineducac1on.gov co - ,!_C-;'.'é"-'c'' '''-''e" ,_u,,u,,,_,"'-""-'"'"'' -s,,,ee~ ,,,,,_,,,,_, ,c. ,

Page 13: @MINEDUCACIÓN · @MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN ~~.~~~PAÍ~ Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el

MI i~ FDUC.t\(iÓN

• Además para poder tramitarse una licencia de urbanismo y construcción, para lograr dar al predio acorde con alguno de los usos del suelo deseado, es viable la urbanización del mismo definiendo el uso del suelo permitido a través de un <<Pian Parcia/>>4, para lo cual es necesario que en el predio, deban <<(. .. )desarrollarse mediante unidades de actuación urbanística, macroproyectos u operaciones urbanas especiales y así lo defina el Plan Zonal, el Plan de Ordenamiento Zonal, la Unidad de Planeamiento Zonal, el Programa de Ejecución o cualquier otro instrumento que desarrolle el Plan de Ordenamiento Territorial>>, o en su defecto, es necesario que el predio sea objeto de recuperación morfológica, tras determinación en ese sentido por la autoridad competente5

• De optarse por la gestión de un Plan Parcial, puede incluir el predio A y el predio B, siendo necesaria la concurrencia de la Entidades Distritales competentes para gestionar su adecuado trámite (Secretaria Distrital de Planeación, Educación).

111 - DIFICULTADES QUE SE PRESENTAN

PRINCIPAL

Actualmente los predios A y B, registran ocupación por parte de terceros diferentes al propietario real, lo que impide el desarrollo de cualquier proyecto encaminado a la reubicación del Colegio Mayor de Cundinamarca, en los tiempos señalados en el Fallo de la Acción Popular

SECUNDARIAS

Se hace necesario desplegar las diferentes acciones Juridicas como lo son

- Saneamiento y desenglobe de los predios. - Reubicación y traslado del Gimnasio William Mackinley (para el lote A). - Recuperación de la tenencia (para el lote B). - Trámite de entregas de espacios públicos para la determinación del metraje disponible y resultante. - Cambio de uso de suelo.

,; '·º' plo,,,,, µorcioie, son los rn<tmmento, qu, o,t,rulo,, de mone,o f'Spec,f,cc lo< ob¡e1,vos de ordenom,eMo territorio/ con los de ges/ion del suelo concretando la, rond1c,ones tecn,w, !"' ,d,ra< econom,co - fu1c,,1.;1ero5 y de r/1,ei)o ucbon,sr,co oue µe1 m11e11 lo gene, oc,011 de los sopo1/e5 nece,01,05 µoro nuevo., uso e urbanos o poro 10 /ronsformcwon de los espar•os u, ba•,c,s w,,v,o,,iente e<1</enles a,egurondo cond,c1one, cfr 11ob1101>rl1dod y de protnc,on de lo Es/.'UOuro Ecmog,rn Prrnc,poi. d<i! conform1dod ron las p.-evg1onn y ooM,cos riel P/cn de Q,dcncnw,·tr r eu 1tc•r,o I í on,ado de- h llp //wv.1w sdp gov co/µo,rol/ pog'i! /pe,, wl/Pa, / o!SDP !Ordeno m ren 1,, Te,,,¡ or,a 1/Plo,,e,Po, c,o/es/PlonesPa,c10/p5Qe,n.'ro 1/0/0efm,oon 5 llenera 321 d( 200 .. ' Act1w/o 5

Calle 43 N° 57-14 Centro Administrativo Nacional, CAN, Bogotá, D.C PBX +57 (1) 222 2800 - Fax 222 4953

www. mi neducacion. gov. co - <') t9 '.1 l:.Í 9.n0.L~ j [email protected]] Í_D~(l L,lr;:9_~ .ÍQ!l, q_g-1{ ', (~ 9

Page 14: @MINEDUCACIÓN · @MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN ~~.~~~PAÍ~ Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el

IV. ACTIVIDADES A DESARROLLAR

De acuerdo a lo anterior, se hace necesario emprender las siguientes actividades tendientes a superar las dificultades planteadas y así normalizar los predios A y B.

1. Adelantar trámite ante Unidad Administrativa ECO, de depuración de la inscripción catastral, (Presentación de planos topográficos actualizados, para su incorporación cartográfica).

2. Gestionar ante la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, DADEP e IDU. a fin de hacer entregas correspondientes a los espacios pLiblicos y la actualización de la nueva configuración cartográfica de los lotes antes mencionados.

3. Tramitar el desenglobe y escrituración (Notariado y Registro).

4. Definir conjuntamente con la Alcaldía Mayor de Bogotá- SED y el Rector del Nicolás Esguerra, la ruta Jurídica para retomar la posesión de los bienes.

CONCLUSIONES DE LA REUNIÓN:

Una vez fue presentada por parte del Ministerio de Educación Nacional a los representantes del Colegio Mayor de Cundinamarca, la situación Juridica del predio ubicado en la Avenida la Esperanza con carrera 50, se concluyó en principio que el predio B, podría ser una alternativa para el traslado de la sede de la universidad, sin embargo se debe tener en cuenta los inconvenientes que presenta el inmueble y para ello se están adelantando lé1s gestiones correspondientes con el fin de lograr el saneamiento y uso del bien.

De esta manera damos cumplimiento al requerimiento realizado en auto del 6 de marzo del 2017, y continuaremos trabajando en las mesas de verificación del fallo

Se Anexan

1 Copia del acta del d ia 17 de marzo. 2. Copia del informe predios, sumillistrado por la Subdirección de Gestión

Administrativa

Atentament~, [

. \Dlt\ .~ JAI h, EN~lgU~ LENCIA CHAMORRO\'\:¡_. Jef1gfici11a Asesora Jurídica (e) Ministerio de Educación Nacional. .~,\ ... , 1~ (--\-- .

Calle 43 N° 57-14 Centro Adrn1nistrat1vo Nacional, CAN, Bogotá, O.C PEiX. +57 (1) 222 2800 - Fax 222 4953

www m1neducac1on.gov.co - ;~t.0r1,..:!or_1:,ici,id;--\~i?r -:\Z_{'.J:1]_~_;_~(~!_ -::_21:-'.i.u ___ u_._i\'/\1_.-c

Page 15: @MINEDUCACIÓN · @MINEDUCACIÓN jllllf TODOS POR UN ~~.~~~PAÍ~ Segundo: Debe someterse a Tratamiento de Desarrolld, conforme a lo regulado en el Decreto 327 de 2004, mediante el

@MINEDUCACIÓN TODOS POR UN NUEVO PAÍS

Reunión Colegio Mayor de Cundinamarca Fecha: 17 de marzo de 2017 H: 09:00 am sala de juntas despacho Secretaría General

NOMBRE

~J¿ &t/11-::,/L G"v<f"-<-,r~

,~~~~'4k rdr.L L

\,

~e,, ,.,., n --1?. , I rt• ,

'ó,\/'o ,,._ \' / 11 t 'b\ kl' ( l í": \, :\ / \ ,

!Jud,lh ~oda~ Q,l¡b,,Ul, 0!.-~¿_Y\ f\,.¡,e> ~ -"'ec¡c s ~ó t:; C..v'\" ·.\-.; V 1 \ \lo t.

-

. "

CARGO CELULAR E-MAIL ENTIDAD -1t1rJ f: Y c..;;t. o ,1. ~ t..,,,_ , _J rvu, cd , J..,f, e/ .... 3 11-~2-'r4áJ~ ~ {,)tb i'V . Ce;;,/. /-1,1-¡,v C~/ o<¿_ --~ ... ~ ,,. \

'~ \~~\o:::,\~"-{t:t'. '9:: ""'a::.\\"-\~~( ,- ·~,¿· ·, ~ - -~.:2.Ao-z:.<=;t ~.e.o ~\ - . •,

frd·~ s1&,1w{_ ~ ,J; <",,bdt r -"'«t ,u-; <e ;,;; IJ . '3tl l. {, l c;>14"! (J í/lk r••"·/ O J> I? (3 ,-n'"" , ). CV ,-,, H e-1\/

' f CJA) / \ V

\v;, \-ef'('~ {o) 1V1,r, e 0~C01CuJ·, .Ci0V.(0 f1f'í~ ~>< 1 { . ¡f ')Ut;b 0 «,92.1 J l ./ \..__ ¡ )

r :56"' / ) - ti E AJ 13¡og7g7~2t ~ /.'-' Q. J :J t) caal-011e.Ja..p - ,'111o e_,t,{,N10, ~ .. t'q_O ¡/ ,., 8:::> J./E¡t.)

G...::x.,Q)

A:;c.sa,

5::,.-,c,~..> .u u

ü !SS 3: 4. (-6'''\ ·s isc:\ t U-''<.:f<YeP.O {J_ º<'IA\0.~ . r.10.:.· o:, ' J - ¡

t'\ ~ 3'Z.Ll o'56l,-C1L e. ir'-'l i { O @1""' I A (l J..-( c,(lv, ,e¡ ¡/~(<:;

'' Calle 43 No. 57 - 14 Centro Admm1strat1vo Nacional CAN, Bogota D.G., Pbx 222 280 www.mineducacion.gov.co

l.;.·.

/Vl ~

.....:

FIRMA

V~ '-

~ :__ 1 \ . ~

.

~ -rV~ ---

/,f7Ju-f/= ( I ~·~. / -·

/

~~-

'

)

..