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Ministerio de Economía Unidad de Auditoría Interna Informe de Auditoría N° 3/2020 CIERRE DE EJERCICIO 2019 MINISTERIO DE ECONOMÍA

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Informe de Auditoría N° 3/2020

CIERRE DE EJERCICIO 2019 MINISTERIO DE ECONOMÍA

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"2020 – AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO”

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INFORME EJECUTIVO

El presente informe tiene por objeto poner en su conocimiento en forma sucinta, los resultados obtenidos de la aplicación de los procedimientos de revisión establecidos por la Sindicatura General de la Nación correspondientes al Cierre del Ejercicio 2019, en el ámbito del Servicio Administrativo Financiero N°357 -Ministerio de Economía-.

La tarea fue realizada de acuerdo con las Normas de Auditoría Interna Gubernamental aprobadas por la Resolución N° 152/02 SGN y mediante la aplicación del Sistema de Gestión de la Calidad, que esta Unidad certificó de acuerdo con los requisitos del Referencial IRAM N° 13 segunda edición. La misma se efectuó entre los meses de enero y febrero de 2020.

A continuación se exponen las principales observaciones que han surgido de la labor:

Falta de regularización financiera de montos correspondientes a anulaciones de gastos repuestos.

Se mantienen garantías de antigua data en custodia de la Tesorería Jurisdiccional.

Cumplimiento parcial del artículo 8° de la Resolución SH N° 213/19.

Con el alcance, aclaraciones, resultados y observaciones expuestos en el Informe Analítico, esta Unidad de Auditoría Interna ha verificado la realización de los procedimientos de cierre correspondiente al ejercicio 2019, por parte del Servicio Administrativo Financiero SAF 357 -Ministerio de Economía-, en un razonable ambiente de control interno.

BUENOS AIRES,12 febrero de 2020

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INFORME ANALÍTICO

Tabla de Contenido

1. Objeto ............................................................................ 4

2. Alcance.......................................................................... 4

3. Tareas Realizadas ........................................................ 4

4. Marco de Referencia ..................................................... 7

5. Aclaraciones Previas ..................................................... 8

6. Resultados y Observaciones ......................................... 9

7. Observaciones Anteriores ........................................... 12

8. Conclusión ................................................................... 14

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1. Objeto

Aplicar los procedimientos de revisión establecidos por la Sindicatura General de la Nación correspondientes al Cierre del Ejercicio 2019, en el ámbito del Servicio Administrativo Financiero N° 357 -Ministerio de Economía-.

2. Alcance

El presente informe se efectuó en cumplimiento del Plan Anual correspondiente al año 2020, el cual se encuentra en proceso de ratificación por parte de las nuevas autoridades.

La tarea fue realizada de acuerdo con las Normas de Auditoría Interna Gubernamental aprobadas por la Resolución N° 152/02 SGN y mediante la aplicación del Sistema de Gestión de la Calidad, que esta Unidad certificó de acuerdo con los requisitos del Referencial IRAM N° 13 segunda edición. La misma se efectuó entre los meses de enero y febrero de 2020.

3. Tareas Realizadas

Los procedimientos particulares aplicados fueron los siguientes:

a) Arqueo de Fondos y Valores

- Determinación de los fondos y valores en poder de la Tesorería al cierre de las operaciones del último día hábil de 2019, comprobando que los importes recontados se ajusten a los criterios de liquidez, certeza y efectividad, respondiendo a la información contable.

- Verificación de las conciliaciones bancarias al cierre de las operaciones del último día hábil del ejercicio 2019. Constatar su correspondencia con las certificaciones de los saldos emitidas por el Banco de la Nación Argentina.

- Identificación del último cheque emitido y de la totalidad de cheques en blanco.

- Identificación del último recibo emitido y primero en blanco.

- Obtención del Parte Diario del 31/12/19 emitido por la Coordinación Área de Tesorería desde el sistema desarrollado por la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones, al cual se accede a través de la Intranet.

- Obtención del Cargo Contable suscripto conjuntamente por las Coordinaciones Área Tesorería y Área Rendición de Cuentas y Auditoría Técnica y Contable.

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- Confección del Acta de Firma Conjunta con los resultados del recuento de fondos y valores.

b) Cierre de Registros Contables y Patrimoniales.

- Se procedió al cierre de los registros Presupuestario-contable (e-SIDIF), Patrimonio y Almacenes, labrándose, en todos los casos, el acta pertinente y obteniendo los últimos formularios/comprobantes utilizados por los sectores al momento del cierre.

- Se realizó un segundo corte de registros y formularios al cierre de las operaciones presupuestarias el día 07/01/2020, en función de los plazos previstos en la Resolución SH N° 213/19 para la recepción de formularios.

c) Cierre de registros de Actos Administrativos.

Se ha procedido al corte de los actos administrativos emitidos por el Ministro de Economía, por los Secretarios y Subsecretarios, así como los correspondientes a la Dirección General de Administración, Contaduría General de la Nación, Oficina Nacional de Presupuesto, Oficina Nacional de Crédito Público y Tesorería General de la Nación.

Cabe señalar, que el período de corte es el comprendido entre el 10/12/19 y el 31/12/19, considerando que el cierre por cambio de autoridades fue realizado al 09/12/19.

El corte se llevó a cabo el día 2 de enero de 2020, efectuándose los siguientes procedimientos:

1. Se identificó en el Sistema GDE el código de repartición correspondiente a cada funcionario, conforme la estructura organizativa aprobada por Decreto N°50/2019 de fecha 19/12/2019 y con la denominación de la repartición con extensión MEC (Ministerio de Economía).

2. De la Solapa Sindicatura del Sistema GDE se obtuvo el listado con el total de carátulas de trámites GEDO utilizados entre el 10/12/2019 y el 31/12/2019 correspondiente a cada uno de los funcionarios identificados.

3. Se verificó el último Acto Administrativo emitido por cada funcionario al 31/12/2019 y su vinculación con el número GEDO respectivo.

4. Se verificó que durante el período comprendido entre el 10/12/19 y el 20/12/19 (fecha de entrada en vigencia de la nueva estructura organizativa de la Administración Pública Nacional hasta nivel de Subsecretaría), la repartición que contaba anteriormente con la extensión MHA (Ministerio de Hacienda) no registró en el sistema GDE caratulas utilizadas para los parámetros ingresados en la búsqueda.

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Por último, se deja constancia que la Dirección de Gestión de Despacho, mediante Nota NO-2020-00969014-APNDGD#MHA, informó que en los registros de la Coordinación de Despacho no obran resoluciones conjuntas suscriptas por el señor Ministro de Economía en el período 10/12/2019 al 31/12/2019; y que el Secretario de Finanzas y el Secretario de Hacienda han suscripto 5 resoluciones conjuntas durante el período citado todas ellas numeradas en la repartición SH#MEC.

e) Cierre de Unidades Ejecutoras de Préstamos con Organismos Internacionales de Crédito.

Se solicitó a las UEPEX, dependientes del SAF 357, información respecto a los resultados de las tareas de cierre, copia de los comprobantes presupuestarios y no presupuestarios emitidos al último día hábil del ejercicio, extractos y conciliaciones bancarias, entre otros.

Detalle de UEPEX:

- BID 3759/OC-AR - BID 4648/OC-AR - FONPLATA 38/2018 - CAF 7882

f) Cierre de Fondos Fiduciarios.

Se procedió a solicitar a los Fondos Fiduciarios constituidos en la Jurisdicción, copia del acta de arqueo de fondos y valores, certificaciones bancarias de saldos, última conciliación bancaria realizada, copia de la última Acta del Comité Directivo y/o de la Comisión de Contralor y copia de la última nota emitida durante el ejercicio impartiendo instrucciones a la Banca Fiduciaria.

Detalle de Fondos Fiduciarios:

- Para el Desarrollo Provincial - Para la Reconstrucción de Empresas - De Capital Social - Para la Refinanciación Hipotecaria - De Hidrocarburos

h) Controles Posteriores a las tareas de cierre.

- Conciliación de los saldos del arqueo con los registros pertinentes, y verificación de la regularización de las partidas conciliatorias al cierre del ejercicio.

- Verificación del registro de las operaciones con el corte de documentación, tanto de cierre como de apertura de ejercicio.

- Determinación del monto máximo del Fondo Rotatorio para el ejercicio 2020, de acuerdo con los créditos distribuidos por la Decisión Administrativa N° 01/2020, verificando que el fondo constituido sea inferior o igual al determinado.

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- Verificación del cumplimiento de los plazos establecidos en los artículos 5º y 8º de la Resolución SH Nº 213/19.

- Determinación del estado de regularización de las observaciones surgidas de auditorías anteriores.

- Se ha dado cumplimiento al Instructivo Nº 12-SGN, adjuntando el mismo al presente Informe.

4. Marco de Referencia

- La Ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, de fecha 30 de septiembre de 1992, establece el sistema presupuestario, de crédito público, de tesorería, de contabilidad gubernamental y de control interno y externo.

- La Resolución SIGEN N° 152, de fecha 21 de diciembre de 1995, dispone que las autoridades de cada jurisdicción o entidad del Sector Público Nacional deberán implementar las medidas necesarias para el cierre vinculado a los arqueos de fondos y valores, corte de documentación y de libros y de otros procedimientos por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de cada año.

- La Resolución SIGEN N° 141, de fecha 2 de enero de 1997, establece que el informe de auditoría emergente de los procedimientos practicados relacionados con el cierre de ejercicio, se presentará a la máxima autoridad de la jurisdicción o entidad de que se trate y a la Sindicatura General de la Nación dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores al cierre de ejercicio.

- La Resolución CGN N° 16, de fecha 4 de octubre de 2019, establece la presentación del cierre de ejercicio Intermedio al 31 de octubre 2019.

- La Resolución S.H. N° 213, de fecha 5 de diciembre de 2019, establece metodologías para que los organismos de la Administración Nacional procedan al cierre de las cuentas correspondientes al ejercicio 2019.

- Decreto N° 7, de fecha 10 de diciembre de 2019. Modifica la denominación Ministerio de Hacienda por Ministerio de Economía.

- La Circular CGN Nº 2, de fecha 16 de enero de 2020, establece los límites por Servicio Administrativo Financiero, por fuente de financiamiento de acuerdo a los créditos presupuestarios originales distribuidos por la D.A. Nº 01/2020, para la creación o adecuación del Fondo Rotatorio 2020.

- La Circular TGN Nº 1, de fecha 20 de enero de 2020, establece el cronograma para la creación y adecuación de Fondos Rotatorios Ejercicio 2020 (Resoluciones S.H. Nros. 87/14 y 213/19).

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5. Aclaraciones Previas

1) La operatividad del Sistema e-SIDIF no abarca la totalidad de las operaciones, permaneciendo aún la parcialidad operativa en materia de registro de movimiento de fondos y valores. En relación a ello, se utiliza supletoriamente, como registro auxiliar de Tesorería, un sistema desarrollado por la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones, al cual se accede a través de la Intranet.

2) La Resolución SH N° 101-E/17 dispuso la utilización, como medio preferente de pago, de Tarjetas de Compra Corporativas Prepagas emitidas por el Banco de la Nación Argentina, para la cancelación de los gastos que se canalicen a través del régimen de Fondo Rotatorio, Fondo Rotatorio Interno y Cajas Chicas.

Al respecto, cabe mencionar que el citado medio de pago se encuentra implementado en la totalidad de las Cajas Chicas habilitadas y en el Fondo Rotatorio.

Se señala que las tareas realizadas no abarcaron el análisis de los gastos efectuados a través del Fondo Rotatorio.

3) Con referencia al cierre presupuestario, la Resolución SH N° 213/19, en su artículo 4°, establece los plazos para la ejecución de gastos del ejercicio, siendo el 06/01/2020 para la Orden de Pago Presupuestaria (PRE).

4) El SAF no efectuó procedimientos de recuentos físicos de Bienes de Uso, de Bienes de Patrimonio Cultural ni de Consumo, los mismos se realizaron en oportunidad del corte al 09/12/2019 por el cambio de gestión presidencial.

Con referencia a los Bienes de Consumo el SAF realizó una comparación del stock al 31/12/2019 respecto del 09/12/2019, verificando la procedencia de los movimientos de altas y bajas.

Cabe señalar que no se emitió Acta con el resultado de la actividad descripta en el párrafo anterior.

5) El recuento de Valores en Custodia efectuado en la Tesorería Jurisdiccional se limitó a la verificación de los movimientos producidos entre el 10 y el 31/12/2019.

6) El 27/05/2019 se produjo el cierre definitivo del Fondo Rotatorio del SAF 367 -ex Ministerio de Finanzas-, dicho movimiento fue expuesto en el Cuadro 1 C.

7) Continúa vigente el mecanismo de recaudación “e-Recauda” implementado oportunamente por la Circular TGN N° 01/16, motivo por el cual no se realizan las tareas posteriores de verificación del ingreso de los valores a depositar ni de constatación del registro y depósito de los recursos en la cuenta de la Tesorería General de la Nación (puntos 4.2. y 4.6. del Instructivo SIGEN N°12, respectivamente).

8) Las Actas generadas con motivo de las tareas de auditoría obran embebidas al presente Informe.

9) La información contenida en el Instructivo SIGEN Nº 12 que se adjunta, forma parte del presente.

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6. Resultados y Observaciones

6.1. Resultados

De las tareas de auditoría realizadas surgieron los resultados que a continuación se exponen:

1) Los resultados del arqueo practicado en la Tesorería Jurisdiccional han sido expuestos en el Acta de firma conjunta IF-2020-00309920-APN-UAI#MHA.

2) Al 31/12/2019 se encontraban gastos pendientes de incluir en una Rendición Administrativa (comprobante RENADM) por pasajes y viáticos por un importe de $12.451,00 y un anticipo de fondos por $6.212,31, ascendiendo a la suma de $18.663,31. El anticipo de fondos fue rendido el 24/01/2020, no obstante, tanto este último como los gastos precitados se hallaban al 31/01/2020 sin incluir en un RENADM.

3) En oportunidad del arqueo del Fondo Rotatorio, las Rendiciones que se encontraban pendientes de pago por la TGN ascendían a $ 13.637.200,35, compuesto por:

Rendido No Repuesto: $ 7.271.631,56 Repuesto No Pagado: $ 6.365.568,79 Total $ 13.637.200,35

De la información suministrada por la Tesorería sobre la composición de dicho saldo surge que del RENADM N° 84 por $ 2.312.610,21 se encontraba pendiente de reponer el importe de $ 1.536.850,31, conforme se expone a continuación:

Cobro parcial $ 775.759,90 Saldo pendiente de reposición $ 1.536.850,31

Total RENADM N° 84 $ 2.312.610,21

Sin embargo, de la verificación realizada en el Sistema e-SIDIF se advierte que el cobro parcial difería del informado, a saber:

Cobro parcial $ 612.539,00 Saldo pendiente de reposición $ 1.700.071,21

Total RENADM N° 84 $ 2.312.610,21

Consultada la Tesorería Jurisdiccional sobre el motivo de la diferencia, ésta explicó que el monto cobrado informado en el arqueo se compone de la siguiente manera:

Cobro parcial del RENADM Nº 84: $ 612.539,00 ARADM Nº1/2019 del 07/08/2019: $ 7.610,90

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ARADM Nº2/2019 del 03/12/2019: $ 155.610,00 TOTAL: $ 775.759,90

(ARADM = “Anulación de Rendición Administrativa de Fondo”)

Dichas anulaciones corresponden a gastos que habían sido incluidos en los RENADM 23/2019 y 71/2019, los cuales fueron repuestos oportunamente por la TGN.

Como consecuencia de la operatoria descripta surge que existen gastos por un total de $ 163.220,90 que han sido recuperados en forma duplicada generando, de esta forma, un sobrecargo en el Fondo Rotatorio.

4) Del análisis de las conciliaciones bancarias, se advierten partidas conciliatorias pendientes de regularización al 31/01/2020:

Cuenta

Corriente Nº

Débitos bancarios sin

contabilizar $

1664/09 488.235,36

3063/66 3.010,68

5) Los cierres de los registros contables y patrimoniales obran en las siguientes Actas:

- Registro Presupuestario-contable: IF-2020-00599972-APN-UAI#MHA - Registro Patrimonio: IF-2020-00925862-APN-UAI#MHA - Registro Almacenes: IF-2020-00928090-APN-UAI#MHA

6) Los resultados obtenidos del corte de actos administrativos, emitidos por las autoridades y funcionarios del Ministerio de Economía, y registrados en el sistema GDE al 31/12/2019 se exponen en el Acta que se adjunta como archivo embebido al IF-2020-02627503-APN-UAI#MHA.

7) En Anexo I se exhiben los resultados de la comparación entre el cierre del registro presupuestario establecido para el 06/01/2020 y al 31/01/2020. La información del corte al 06/01/2020 se encuentra contenida en el Acta de firma conjunta IF-2020-01518653-APN-UAI#MHA de fecha 08/01/2020.

8) Con relación a lo establecido en los artículos 5° y 8° de la Resolución SH N° 213/2019, se constató la inexistencia de Órdenes de Pago caducas y de gastos pendientes de rendición incurridos en el ejercicio 2018.

9) No se ha recibido respuesta de las UEPEX a la información solicitada sobre el cierre de ejercicio.

10) Con referencia a los Fondos Fiduciarios que operan en la órbita del Ministerio de Economía, han remitido información sobre el cierre al 31/12/2019 los siguientes:

Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial por NO-2020-05842229-APN-FFDP#MHA.

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Fondo Fiduciario para la Refinanciación Hipotecaria por NO-2020-02608869-APN-SF#MHA.

11) Se advierte que en el Sistema e-SIDIF no se carga en forma completa el número de expediente que identifica la operación, lo que dificulta su localización en el Sistema GDE.

6.2. Observaciones

Observación N° 1

Falta de regularización financiera de montos correspondientes a anulaciones de gastos repuestos.

Como consecuencia de la falta de regularización de la situación generada por la anulación de 2 gastos por un total de $ 163.220,90, incluidos en Comprobantes de Rendiciones Administrativas (RENADM) que habían sido repuestos por la Tesorería General de la Nación, se encuentra distorsionada la composición del Fondo Rotatorio del SAF.

Recomendación:

Se recomienda regularizar financieramente la situación planteada.

Observación N° 2

Se mantienen garantías de antigua data en custodia de la Tesorería Jurisdiccional. Sin perjuicio que durante el año 2019 se procedió a la devolución y destrucción de garantías, continúan registradas y en poder de la Coordinación Área Tesorería en calidad de custodia, pólizas y pagarés vencidas, algunas de las cuales superan los veinte años de antigüedad. Recomendación:

Se recomienda realizar una revisión integral de las garantías en custodia, efectuando las acciones tendientes a su depuración, teniendo en cuenta lo dispuesto en el “Manual Modelo de Procesos sobre Custodia de Títulos y Valores en Garantías para Tesorerías Jurisdiccionales de la APN” confeccionado por la Tesorería General de la Nación, aprobado por la Disposición TGN N° 25/13.

Observación N° 3

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Cumplimiento parcial del artículo 8° de la Resolución SH N° 213/19. Sin bien no resulta significativo el monto de gastos no rendido al 31/12/2019 ($18.663,31), no se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8° de la Resolución SH N° 213/19, en lo referente a la inclusión de la totalidad de los gastos efectuados hasta el cierre de ejercicio en comprobantes RENADM, los que debieron ser autorizados dentro del plazo establecido en el artículo 4° de la mencionada Resolución (06/01/2020). Recomendación:

Se recomienda ajustar la operatoria de cierre de ejercicio a las prescripciones contempladas en la normativa emitida por la Secretaría de Hacienda.

7. Observaciones Anteriores

SISIO N° 2 – Informe 07/2019

Observación N° 1

Inconsistencias en la exposición de la composición del Fondo Rotatorio en el e-SIDIF.

El Reporte de Composición de Fondo o Caja refleja incorrectamente los rubros Saldos (banco) y Rendiciones, Reposiciones y Otros (en FRI y CC), como consecuencia de la devolución de fondos correspondientes a Cajas Chicas expuesto en el punto 2) de Resultados.

Estado Anterior: Sin Acción Correctiva Informada.

Nuevo Estado: Regularizado.

Al cierre del 31/12/2019 no se verifica la situación planteada.

Observación N° 2

Se mantienen garantías de antigua data en custodia de la Tesorería Jurisdiccional.

Continúan en poder de la Coordinación Área Tesorería, en calidad de custodia, pólizas y pagarés de antigua data.

Estado Anterior: Sin Acción Correctiva Informada.

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Nuevo Estado: No regularizable.

Subsumida en la Observación N° 2 del presente Informe.

Observación N° 3

Emisión del Comprobante Rendición Administrativa de Fondo Rotatorio (RENADM) fuera del plazo estipulado.

No se ha dado cumplimiento en su totalidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la Resolución SH N° 257/18, en lo referente a la inclusión de la totalidad de los gastos efectuados hasta el cierre de ejercicio en comprobantes RENADM, los que debieron ser autorizados dentro del plazo establecido en el artículo 4° de la mencionada Resolución (04/01/19).

Estado Anterior: Sin Acción Correctiva Informada.

Nuevo Estado: No regularizable.

Subsumida en la Observación N° 3 del presente Informe

Observación N° 4

Inconsistencias en la registración de Bienes de Uso en el Sistema de Bienes Patrimoniales

Del recuento de Bienes de Uso surgieron diferencias por elementos sobrantes respecto de lo registrado en el sistema. Conforme la información suministrada por el responsable del Sector Patrimonio, las mismas obedecerían a movimientos internos no comunicados al área.

No obstante, a la fecha de finalización de las tareas de campo, se verificó la regularización de las diferencias detectadas.

Estado Anterior: Sin Acción Correctiva Informada.

Nuevo Estado: Sin Acción Correctiva Informada.

Del resultado de los recuentos físicos practicados con motivo del cambio de administración, se advirtieron situaciones similares a las citadas precedentemente.

Observación N° 5

Parcialidad en los procedimientos programados para el recuento de bienes.

No fueron previstos entre los procedimientos de recuento físico de bienes, los correspondientes al acervo cultural del organismo.

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Estado Anterior: Sin Acción Correctiva Informada

Nuevo Estado: Regularizada.

Para el cierre practicado con motivo del cambio de administración, el SAF incorporó procedimientos de recuento físico de los bienes de Patrimonio Cultural.

8. Conclusión

Con el alcance, aclaraciones, resultados y observaciones, expuestos en los apartados pertinentes, esta Unidad de Auditoría Interna ha verificado la realización de los procedimientos de cierre correspondiente al ejercicio 2019, por parte del Servicio Administrativo Financiero SAF 357 -Ministerio de Economía-, en un razonable ambiente de control interno.

BUENOS AIRES,12 de febrero de 2020