MINISTERIO DE GOBERNACIÓN DE GUATEMALA

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    MINISTERIO DE GOBERNACIN DE GUATEMALA

    Fue fundado el 26 de abril de 1839

    El Ministerio de Gobernacin es uno de los catorce ministerios que

    conforman el Organismo Ejecutivo del Gobierno de Guatemala, bajo la

    direccin del presidente de la Repblica de Guatemala. Su funcin primordial

    es formular las polticas, cumplir y hacer cumplir el rgimen jurdico relativo al

    mantenimiento de la paz y el orden pblico, la seguridad de las personas y de

    sus bienes, la garanta de sus derechos, la ejecucin de las rdenes y

    resoluciones judiciales, el rgimen migratorio y refrendar los nombramientos

    de los Ministros de Estado. El actual Ministro de Gobernacin es Mauricio

    Lpez Bonilla (Ministerio de Gobernacin, 2010).

    El Ministerio de Gobernacin tambin es llamado Ministerio del Interior

    (Ministerio de Gobernacin, 2010).

    Dependencias

    Polica Nacional Civil de Guatemala

    Sistema Penitenciario de Guatemala

    Bomberos Voluntarios de Guatemala

    Direccin General de Migracin

    Funciones

    De acuerdo con Ministerio de Gobernacin (2010), con base en el Artculo 36

    de la Ley del Organismo Ejecutivo, sus funciones son:

    a. Compilar y publicar ordenadamente los cdigos, leyes y reglamentos

    de la Repblica.

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    b. Aprobar los estatutos de las fundaciones, y otras formas de

    asociacin, que requieran por ley tal formalidad, y otorgar y

    reconocer la personalidad jurdica de las mismas.

    c. Ejercer la vigilancia y supervisin de los montes de piedad, rifas y

    loteras, salvo lo dispuesto por leyes especficas.

    d. Administrar descentralizadamente los registros y sistemas de

    documentacin de identidad ciudadana, bajo su jurisdiccin.

    e. Dar cumplimiento a las resoluciones emanadas de los tribunales de

    justicia en lo que le compete.

    f. Prestar el servicio de notariado del Estado a travs del Escribano de

    Cmara y de Gobierno.

    g. Atender lo relativo a la impresin de publicaciones de carcter

    oficial.

    h. Velar por la eficiente administracin de los registros pblicos

    sometidos a su jurisdiccin.

    i. Representar, en el seno de la administracin pblica, al Presidente de

    la Repblica y coordinar sus relaciones con los gobernadores

    departamentales.

    j. Formular y ejecutar, dentro del marco de la ley, la poltica que en

    materia migratoria debe seguirse en el pas.

    k. Administrar el registro, control y documentacin de los movimientos

    migratorios.

    l. Controlar, conforme a la ley, el registro de las armas de fuego en

    circulacin y la identificacin de sus propietarios.

    m. Elaborar y aplicar planes de seguridad pblica y encargarse de todo

    lo relativo al mantenimiento del orden pblico y a la seguridad de las

    personas y de sus bienes.

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    n. Conducir los cuerpos de seguridad pblica del Gobierno.

    o. Proponer los anteproyectos, para reglamentacin de los servicios

    privados de seguridad.

    p. Elaborar y aplicar las polticas de inteligencia civil, y recabar y

    analizar informacin para combatir el crimen organizado y la

    delincuencia comn, dentro del marco de la ley.

    q. Administrar el rgimen penitenciario del pas, salvo aquello asignado a

    otros rganos del Estado.

    r. Es la mano derecha del residente y es el vocero del presidente.

    La seguridad pblica se entiende como una situacin social que se caracteriza

    por un clima de paz, convivencia y confianza que facilita a los ciudadanos el

    ejercicio de sus derechos y obligaciones, y el goce de sus bienes, lo que incide

    en generar condiciones de bienestar para la poblacin. Es deber del Estado

    garantizar la seguridad pblica, lo que implica que el Ministerio de Gobernacin

    y sus rganos especficos deben formular soluciones de seguridad pblica y

    ejecutar acciones preventives y de persecucin del delito (Informe de

    Transicin Poltica Institucional 2007-2008, 2008).

    Organizacin

    El Ministerio de Gobernacin de Guatemala se organiza as:

    Despacho Ministerial

    Ministro de Gobernacin

    o Viceministro de Seguridad Pblica

    o Viceministro Administrativo

    o Viceministro de Prevencin de la Violencia y el Delito

    o Viceministro de Tecnologas de la Informacin y la Comunicacin

    o Viceministro de Antinarcticos

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    MINISTRO DE GOBERNACIN

    El Ministro de Gobernacin es la autoridad superior y en consecuencia el

    funcionario de mayor jerarqua del Ministerio de Gobernacin a quien le

    corresponde cumplir y desarrollar las funciones que establece la Constitucin

    Poltica de la Repblica de Guatemala (Ministerio de Gobernacin, 2010).

    BASE LEGAL

    Los principales ordenamientos y mandatos jurdicos de los cuales se

    deriva la organizacin y funcionamiento del Ministerio de Gobernacin, son los

    siguientes:

    o Artculos 19, 193, 194, 200, 227 y 228 de la Constitucin Poltica de la

    Repblica de Guatemala.

    o Decreto No. 114-97 del Congreso de la Repblica: "Ley del Organismo

    Ejecutivo", publicado el 12 de diciembre de 1997; modificado por

    Decreto No. 63-98, publicado el 4 de noviembre de 1998; reformado por

    Decretos Nos. 22-99, publicado el 28 de mayo de 1999, y 90-2000,

    publicado el 11 de diciembre del 2000.

    o Acuerdo Gubernativo del 10 de enero de 1959: Reglamento para el

    Rgimen Interior del Ministerio de Gobernacin, publicado el 6 de

    febrero de 1959.

    o Acuerdo Gubernativo No. 607-88: Reglamento Interno de la Direccin

    General del Sistema Penitenciario, publicado el 11 de agosto de 1988,

    modificado por el Acuerdo Gubernativo 197-2005, de fecha 2 de junio

    de 2005.

    o Decreto No. 42-94 del Congreso de la Repblica: Ley de Creacin del

    Consejo Nacional contra el Crimen, la Delincuencia y la Impunidad,

    publicado el 17 de mayo de 1994.

    o Acuerdo Gubernativo No. 584-97: Reglamento Disciplinario de la Polica

    Nacional Civil, publicado el 5 de agosto de 1997; reformado por Acuerdo

    Gubernativo No. 203-2000, publicado el 23 de mayo de 2000.

    o Decreto No. 11-97 del Congreso de la Repblica: "Ley de la Polica

    Nacional Civil", publicado el 4 de marzo de 1997; reformado por Decreto

    No.29-98, publicado el 3 de abril de 1998; Decreto No. 55-98,

    publicado el 2 de octubre de 1998; Decreto No. 5-2000, publicado el 3

    de marzo del 2000; Decreto 8-2000, publicado el 21 de marzo del 2000.

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    o Acuerdo Gubernativo No. 586-97: Reglamento de Provisin de Destinos

    de la Polica Nacional Civil, publicado el 5 de agosto de 1997.

    o Acuerdo Gubernativo No. 588-97: Reglamento de Situaciones

    Administrativas de la Polica Nacional Civil", publicado el 5 de agosto de

    1997.

    o Acuerdo Gubernativo No. 587-97: Reglamento del Rgimen Educativo

    de la Polica Nacional Civil, publicado el 5 de agosto de 1997; reformado

    por Acuerdo Gubernativo No. 554-98, publicado el 26 de agosto de

    1998.

    o Acuerdo Ministerial No. 299-97: Rgimen Interior de la PNC,

    publicado el 17 de septiembre de 1997.

    o Acuerdo Ministerial No. 300-97: Rgimen de vacaciones, permisos y

    descansos de la PNC, publicado el 17 de septiembre de 1997.

    o Acuerdo Gubernativo No. 5-98: Reglamento de Distinciones y

    Recompensas de la PNC, publicado el 13 de enero de 1998; reformado

    por Acuerdo Gubernativo 151-99, publicado el 25 de marzo de 1999.

    o Acuerdo Gubernativo 202-2000 Crase el Servicio de Comando

    Antisecuestros dentro de la estructura orgnica de la Polica Nacional

    Civil, publicado el 23 de mayo del 2000.

    o Acuerdo Ministerial No. 077-2000: Crase la Unidad de Administracin

    Financiera UDAF- del Ministerio, publicado el 30 de mayo del 2000.

    o Acuerdo Ministerial No. 079-2000: Crase la Unidad de Planificacin

    del Ministerio de Gobernacin, publicado el 31 de mayo del 2000.

    o Acuerdo Gubernativo No. 447-2006 Creacin del Quinto Viceministerio

    de Gobernacin. La jurisdiccin y sede de dicho cargo ser el

    Departamento de El Petn publicado el 24 de agosto de 2006.

    o Acuerdo Ministerial 745-2006: Crea el Centro de Detencin Preventiva

    para Hombres de Santa Cruz del Quich, adscrito a la Direccin General

    del Sistema Penitenciario, de fecha 20 de junio de 2006.

    o Acuerdo Ministerial 747-2006: Crea el Centro de Detencin Preventiva

    de Delitos Menores y Faltas para Hombres, adscrito a la Direccin

    General del Sistema Penitenciario, de fecha 20 de junio de 2006.

    o Acuerdo Gubernativo 74-2007: Ordena la Depuracin de la Policia

    Nacional Civil, emitido el 5 de marzo de 2007.

    o Acuerdo Gubernativo 194-2007: Creacin de la Comisin Presidencial

    para la Reestructuracin y Modernizacin del Sistema Penitenciario del

    Pas, publicado el 29 de junio de 2007.

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    o Otras leyes de observancia general relacionadas con la funcin del

    Ministerio