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Avenida 2, Calle 1 y 3. Diagonal al Teatro Nacional. San José, Costa Rica. Tel:(506)2284-52-42 Fax: 2222-1334 - www.hacienda.go.cr San José, 13 de diciembre de 2013 INF-DGAI-036-2013 Licenciado Gerardo Bolaños Alvarado Director General de Aduanas Asunto: Servicios de Auditoría Informe de control interno Estimado señor: Nos permitimos presentarle el informe INF-DGAI-036-2013 sobre la gestión del Área de Relaciones y Asuntos Externos de la Dirección General de Aduanas. En el apartado de resultados se presenta algunos aspectos de control interno que requieren ser fortalecidos en el Área de Relaciones y Asuntos Externos, por lo que se giran las recomendaciones pertinentes para que se incorporen como parte de la mejora continua que lleva a cabo la Dirección General de Aduanas. Las recomendaciones propuestas están sujetas a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley Nº 8292 Ley General de Control Interno, que establece un plazo improrrogable de 10 días hábiles contados a partir de la fecha de recibo del informe, para ordenar la implantación de las recomendaciones, o si discrepa de ellas, debe elevar el informe al señor Ministro de Hacienda con las objeciones y soluciones alternas, con copia a la Auditoría Interna. Por lo anterior, le agradecemos comunicarnos, dentro del plazo señalado la decisión que se tome al respecto; así como el plan de acción que se defina en un plazo razonable para el efectivo cumplimiento de lo recomendado. Olman Saborío Alfaro Director General OMA/dla C. Estudio 008-2013

Ministerio de Hacienda - INF-DGAI-036-2013...Informe de control interno Estimado señor: Nos permitimos presentarle el informe INF-DGAI-036-2013 sobre la gestión del Área de Relaciones

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San José, 13 de diciembre de 2013 INF-DGAI-036-2013

Licenciado Gerardo Bolaños Alvarado Director General de Aduanas

Asunto: Servicios de Auditoría Informe de control interno

Estimado señor: Nos permitimos presentarle el informe INF-DGAI-036-2013 sobre la gestión del Área de Relaciones y Asuntos Externos de la Dirección General de Aduanas. En el apartado de resultados se presenta algunos aspectos de control interno que requieren ser fortalecidos en el Área de Relaciones y Asuntos Externos, por lo que se giran las recomendaciones pertinentes para que se incorporen como parte de la mejora continua que lleva a cabo la Dirección General de Aduanas. Las recomendaciones propuestas están sujetas a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley Nº 8292 Ley General de Control Interno, que establece un plazo improrrogable de 10 días hábiles contados a partir de la fecha de recibo del informe, para ordenar la implantación de las recomendaciones, o si discrepa de ellas, debe elevar el informe al señor Ministro de Hacienda con las objeciones y soluciones alternas, con copia a la Auditoría Interna. Por lo anterior, le agradecemos comunicarnos, dentro del plazo señalado la decisión que se tome al respecto; así como el plan de acción que se defina en un plazo razonable para el efectivo cumplimiento de lo recomendado.

Olman Saborío Alfaro Director General

OMA/dla C. Estudio 008-2013

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INFORME SOBRE LA EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN DEL ÁREA DE RELACIONES Y

ASUNTOS EXTERNOS DE LA DGA

INF-DGAI-036-2013

Dirección General de Auditoría Interna Diciembre 2013

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INFORME SOBRE LA GESTION DEL ÁREA DE RELACIONES Y ASUNTOS EXTERNOS

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

TABLA DE CONTENIDO

RESUMEN EJECUTIVO ....................................................................................................................................................................... i

1 Introducción ............................................................................................................................................................................. 1

1.1 Origen ........................................................................................................................................................... 1

1.2 Objetivo del estudio ..................................................................................................................................... 1

1.3 Alcance ......................................................................................................................................................... 1

1.4 Comunicación oral de resultados ................................................................................................................. 1

1.5 Normativa relacionada con Ley General de Control Interno ........................................................................ 1

1.6 Aspectos Generales ...................................................................................................................................... 2

2 Resultados................................................................................................................................................................................ 5

2.1 Sobre las funciones del Área de Relaciones y Asuntos Externos .................................................................. 5 2.1.1. Funciones designadas por decreto ejecutivo y funciones sustantivas establecidas por el Área ....................... 5 2.1.2. Sobre el cumplimiento de las funciones encomendadas ........................................................................... 10

2.2 Ejecución de otras actividades ................................................................................................................... 11 2.2.1. Desarrollar e implementar el Proyecto del Operador Económico Autorizado, OEA – PROFAC ..................... 11 2.2.2. Desarrollo de verificaciones denominadas “Auditorías Internas” ................................................................ 12

2.3 Plan Anual Operativo .................................................................................................................................. 13 2.3.1. Sobre la elaboración del Plan Operativo .................................................................................................. 14 2.3.2. Sobre la evaluación del Plan Operativo ................................................................................................... 16

2.4 Necesidad de establecer procedimientos .................................................................................................. 18

3 Conclusiones ......................................................................................................................................................................... 19

4 Recomendaciones ................................................................................................................................................................. 20

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INFORME SOBRE LA GESTION DEL ÁREA DE RELACIONES Y ASUNTOS EXTERNOS

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

RESUMEN EJECUTIVO El estudio se realizó de conformidad con el Plan de Trabajo Anual 2013 y comprende la revisión de las gestiones que lleva a cabo al Área de Relaciones y Asuntos Externos de la Dirección General de Aduanas, a fin de cumplir con las funciones que le han sido asignadas mediante Decreto Ejecutivo Nº 25270, Reglamento a la Ley General de Aduanas y Decreto Ejecutivo Nº 34475 Reforma al Reglamento a la Ley General de Aduanas, para el periodo comprendido entre enero 2012 y junio de 2013, extendiéndose cuando se consideró necesario. El Área de Relaciones y Asuntos Externos, en adelante ARAE, ha realizado esfuerzos importantes para cumplir con su misión y llevar a cabo las funciones que le han sido encomendadas por decreto, sin embargo, se determinaron algunos aspectos que son susceptibles de mejora, según se indica en los siguientes párrafos. El ARAE, a pesar de que mediante Decreto Ejecutivo Nº 25270 Reglamento a la Ley General de Aduanas y su reforma mediante Decreto Ejecutivo Nº 34475, le establecen las funciones que son de su competencia, ha planteado otras 17 funciones, las cuales no se relacionan en su totalidad con las funciones establecidas por normativa, sino que solo 11 de ellas se encuentran alineadas con las del decreto; asimismo, de las 9 funciones revisadas, se evidencia que en 6 de estas se presentan algunos aspectos en cuanto a su cumplimiento y atención. Respecto a otras actividades que lleva a cabo el ARAE, se observan las relacionadas con la implementación del Proyecto del Operador Económico Autorizado OEA–PROFAC, y el desarrollo de las llamadas “Auditorías Internas”, las cuales no se encuentran establecidas entre sus funciones y, sin embargo, le consumen tiempo, recursos humanos, tecnológicos y financieros al Área, a pesar del poco personal con que cuentan. En cuanto al establecimiento del Plan Anual Operativo del ARAE, se determinó que a pesar de cumplir con la información relevante que debe contener todo plan, los objetivos y acciones planteadas son muy similares de un año a otro, así como que algunos de estos no se encuentran alineados con las funciones que debe ejecutar el Área de conformidad con la normativa que la rige, y algunas de las metas que se plantean y se dan por cumplidas en el Informe de gestión diciembre 2012, no son ejecutadas directamente por el ARAE sino por otras Áreas de la DGA. Por último, se determina que aún cuando el ARAE cuenta con un Manual de Procedimientos, el mismo no se encuentra actualizado por cuanto no incorpora procedimientos para la totalidad de funciones que debe ejecutar, de conformidad con las competencias asignadas. Se realizan las recomendaciones correspondientes, según los aspectos determinados y presentados en el apartado de resultados del informe, en aras de que a la brevedad posible se tomen las medidas correctivas que proceden. Este informe está sujeto al artículo 36 de la Ley 8292 Ley General de Control Interno, que establece un plazo improrrogable de 10 días posterior al recibo del informe para ordenar la implantación de lo recomendado, y si discrepa de ellas deberá elevar el informe al Ministro, exponiendo las razones por las cuales objeta las recomendaciones y proponiendo soluciones alternas para solventar los hallazgos determinados, en cuyo caso debe enviar copia a la Auditoría Interna.

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INFORME SOBRE LA GESTION DEL ÁREA DE RELACIONES Y ASUNTOS EXTERNOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

1 Introducción 1.1 Origen Este estudio se origina de conformidad con el Plan de Trabajo Anual del año 2013. 1.2 Objetivo del estudio

Evaluar la efectividad de la gestión del Área de Relaciones y Asuntos Externos y su contribución al cumplimiento de los objetivos de la Dirección General de Aduanas, sus funciones, la normativa vigente, la salvaguarda de los recursos públicos, y la confiabilidad y oportunidad de la información que se genera para la toma de decisiones. 1.3 Alcance El estudio comprende la revisión de las gestiones que lleva a cabo el Área de Relaciones y Asuntos Externos de la Dirección General de Aduanas, a fin de cumplir con las funciones que le han sido asignadas mediante Decreto Ejecutivo Nº 25270, Reglamento a la Ley General de Aduanas1, y su modificación en Decreto Ejecutivo Nº 34475 Reforma al Reglamento a la Ley General de Aduanas, para el periodo comprendido entre enero 2012 y junio de 2013, extendiéndose cuando se consideró importante. Los resultados y las conclusiones a las que se llega en este informe están en función de la información que se tuvo a la vista. 1.4 Comunicación oral de resultados Los resultados y recomendaciones que contiene este informe fueron comunicados oralmente el 10 de diciembre de 2013, a los funcionarios Lic. Gerardo Bolaños Alvarado, Director General de Aduanas y el Lic. José Raúl Vargas Calvo, Coordinador del Área de Planificación y Control de la Gestión, quienes en términos generales manifestaron estar de acuerdo con la presentación de los resultados y las recomendaciones. Las observaciones realizadas por los participantes, en la medida de las circunstancias, fueron consideradas en este informe. 1.5 Normativa relacionada con Ley General de Control Interno A fin de prevenir efectos negativos por inobservancia de la legislación vigente, se transcriben a continuación los artículos de la Ley General de Control Interno N° 8292, que regulan los deberes en materia de control interno, el trámite de informes y los plazos que deben observarse, así como las posibles responsabilidades en que se puede incurrir por incumplimiento injustificado de esas disposiciones. Artículo 10.- Responsabilidad por el sistema de control interno. “Serán responsabilidad del jerarca y del titular subordinado establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional. Asimismo, será responsabilidad de la administración activa realizar las acciones necesarias para garantizar su efectivo funcionamiento.”

1 Publicado en La Gaceta Nº 123 de fecha 28 de junio de 1996.

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Artículo 17.- Seguimiento del sistema de control interno. “Entiéndase por seguimiento del sistema de control interno las actividades que se realizan para valorar la calidad del funcionamiento del sistema de control interno, a lo largo del tiempo; asimismo, para asegurar que los hallazgos de la auditoría y los resultados de otras revisiones se atiendan con prontitud” Artículo 36.-Informes dirigidos a los titulares subordinados. “Cuando los informes de auditoría contengan recomendaciones dirigidas a los titulares subordinados, se procederá de la siguiente manera: // El titular subordinado, en un plazo improrrogable de diez días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el informe, ordenará la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de ellas, en el transcurso de dicho plazo elevará el informe de auditoría al jerarca, con copia a la auditoría interna, expondrá por escrito las razones por las cuales objeta las recomendaciones del informe y propondrá soluciones alternas para los hallazgos detectados. // Con vista de lo anterior, el jerarca deberá resolver, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la documentación remitida por el titular subordinado; además, deberá ordenar la implantación de recomendaciones de la auditoría interna, las soluciones alternas propuestas por el titular subordinado o las de su propia iniciativa, debidamente fundamentadas. Dentro de los primeros diez días de ese lapso, el auditor interno podrá apersonarse, de oficio, ante el jerarca, para pronunciarse sobre las objeciones o soluciones alternas propuestas. Las soluciones que el jerarca ordene implantar y que sean distintas de las propuestas por la auditoría interna, estarán sujetas, en lo conducente, a lo dispuesto en los artículos siguientes. // El acto en firme será dado a conocer a la auditoría interna y al titular subordinado correspondiente, para el trámite que proceda.” Artículo 39.-Causales de responsabilidad administrativa. “El jerarca y los titulares subordinados incurrirán en responsabilidad administrativa y civil, cuando corresponda, si incumplen injustificadamente los deberes asignados en esta Ley, sin perjuicio de otras causales previstas en el régimen aplicable a la respectiva relación de servicios.[…] // Igualmente, cabrá responsabilidad administrativa contra los funcionarios públicos que injustificadamente incumplan los deberes y las funciones que en materia de control interno les asigne el jerarca o el titular subordinado, incluso las acciones para instaurar las recomendaciones emitidas por la auditoría interna, sin perjuicio de las responsabilidades que les puedan ser imputadas civil y penalmente. […]” 1.6 Aspectos Generales El Área de Relaciones y Asuntos Externos de la Dirección General de Aduanas, en adelante ARAE, es una de las Áreas que conforman la Dirección General de Aduanas, según lo que establece el Decreto Ejecutivo Nº 25270, Reglamento a la Ley General de Aduanas, y su modificación en Decreto Ejecutivo Nº 34475 Reforma al Reglamento a la Ley General de Aduanas, en su artículo 6. En cuanto a las funciones que son competencia del ARAE, las mismas se encuentran establecidas en el artículo 7 bis, del cuerpo normativo anteriormente mencionado, e indica que son “…para coordinar, administrar, organizar y difundir las políticas y directrices que orienten las decisiones y acciones del ámbito aduanero en el plano nacional e internacional, para el efectivo cumplimiento de los compromisos contraídos en ambos planos, con la finalidad de proyectar una nueva imagen institucional y fortalecer las relaciones nacionales e internacionales.” Estas competencias y funciones del ARAE son las siguientes:

a. Colaborar y apoyar a la Dirección General en sus relaciones bilaterales y multilaterales con otros países, así como en las demás relaciones internacionales.

b. Coadyuvar en la estrategia de comunicación y fortalecimiento de la imagen institucional.

c. Promover la suscripción de convenios, programas de colaboración permanente entre la Dirección General y auxiliares o instituciones públicas o privadas, con el fin de desarrollar proyectos que faciliten y permitan un mejoramiento y control más eficiente del comercio internacional.

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d. Canalizar las comunicaciones e informes relacionados con materia aduanera ante organismos internacionales, foros, administraciones aduaneras, instituciones gubernamentales y no gubernamentales, embajadas y ministerios.

e. Promover la asistencia mutua y cooperación y el intercambio de información, para seguimiento de las discusiones y tendencias internacionales en materia de desarrollo aduanero.

f. Organizar y dirigir las relaciones de coordinación con el Ministerio de Comercio Exterior con respecto a los temas aduaneros incluidos en las negociaciones comerciales internacionales y con el Ministerio de Relaciones Exteriores, en los asuntos que corresponda.

g. Fomentar la celebración de Convenios y Tratados Internacionales que faciliten la actividad aduanera nacional y colaborar con los organismos internacionales de carácter aduanero.

h. Recopilar información relativa a los diferentes aspectos del comercio internacional, previo a cualquier negociación que genere la suscripción o modificación de tratados, acuerdos o convenios que tengan relación con la materia aduanera.

i. Diseñar y emitir las políticas y/o directrices que orienten las decisiones y acciones para el cumplimiento efectivo y uniforme de las relaciones y compromisos aduaneros adquiridos internacionalmente.

j. Preparar las ponencias y posiciones de negociación en temas aduaneros para la Dirección General y en el caso de negociaciones comerciales internacionales, coordinar con la autoridad competente su presentación y negociación.

k. Coordinar la participación de funcionarios y funcionarias en las instancias de negociación, cooperación, asistencia técnica, puesta en vigencia de tratados, acuerdos y convenios comerciales.

l. Dar seguimiento, ante las dependencias del Servicio, sobre los compromisos aduaneros asumidos en los tratados, convenios, otros instrumentos aduaneros o comerciales, acuerdos con auxiliares, otras instituciones públicas y organizaciones del sector privado, así como velar por el cumplimiento de tales compromisos.

m. Recibir, analizar y divulgar la documentación e información sobre materia aduanera o con incidencia en ella, recibida de la Organización Mundial de Aduanas, la Organización Mundial del Comercio y demás organismos internacionales y nacionales, así como la coordinación con la dependencia respectiva para su divulgación.

n. Coordinar la información, difusión y divulgación a los usuarios de los asuntos aduaneros establecidos en los tratados de libre comercio, acuerdos y convenios internacionales suscritos por el país.

o. Coordinar la atención de las denuncias nacionales e internacionales relacionadas con temas aduaneros que se presenten por el incumplimiento de tratados, acuerdos o convenios, dar el seguimiento respectivo y tramitar las respuestas correspondientes.

p. Desarrollar programas de información, divulgación y capacitación en materia aduanera.

q. Promover la participación de la Dirección General y sus dependencias en foros internacionales que permitan el enriquecimiento del conocimiento de los funcionarios y funcionarias de la institución.

r. Recopilar información de organismos internacionales relativa a las posibilidades de acceder a recursos de cooperación técnica, administrativa y financiera y su administración en materia técnica y canalizar dicha información a las autoridades competentes del Ministerio de Hacienda, para el aprovechamiento de estos recursos.

s. Identificar y coordinar con el ente respectivo actividades de formación, capacitación y divulgación continua a funcionarios públicos, auxiliares de la función pública aduanera y público en general, sobre los temas aduaneros incorporados en los tratados, convenios o cualquier otro instrumento comercial o aduanero suscrito por Costa Rica.

t. Solicitar, recopilar, dar seguimiento y difusión a los informes que deben presentar todos los funcionarios que representen al Servicio en foros o eventos internacionales, de las actividades realizadas.

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u. Identificar y coordinar con el ente administrativo correspondiente las necesidades y actividades de capacitación de organismos internacionales para los funcionarios del Servicio.

v. Realizar todas aquellas labores especiales que le delegue el Director General.

Para llevar a cabo estas funciones, el ARAE cuenta con 5 funcionarios propiamente del Área, considerando la Jefatura, la oficinista y 3 profesionales; así como con otros 3 funcionarios de préstamo provenientes de la Dirección de Fiscalización, Dirección de Riesgo y Dirección de Gestión Técnica, quienes junto con uno de los funcionarios del Área, llevan a cabo la administración e implementación del proyecto del Operador Económico Autorizado PROFAC, que inició desde el 2010. 2 En cuanto a la normativa utilizada por el ARAE para llevar a cabo las funciones que le han sido asignadas, se debe considerar la Ley General de Aduanas y su Reglamento; la Ley General de la Administración Pública; la Ley 8292 General de Control Interno; los Tratados de Libre Comercio; los instrumentos emitidos por la Organización Mundial del Comercio, OMC, que son obligatorios y los emitidos por la Organización Mundial de Aduanas, OMA, los cuales no son obligatorios pero sí de buenas prácticas; y los convenios firmados con otras instituciones. Lo anterior, de conformidad con lo externado por la Licda. María Iris Céspedes Núñez, Jefe del ARAE de la DGA3. Entre las instituciones con las cuales se tienen convenios firmados están: la Cámara de Industrias, la Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria -CNAA, la Cámara de Comercio de Estados Unidos -AMCHAM, BASS Costa Rica (entidad privada que promueve la seguridad para el comercio), el Instituto de Control de Drogas -ICD, y la BASS Internacional. El presente informe, se enfocó en la evaluación de la gestión llevada a cabo por el Área de Relaciones y Asuntos Externos de la DGA, a fin de dar cumplimiento con las funciones que le competen de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 25270 y Decreto Ejecutivo Nº 34475 Reforma al Reglamento a la Ley General de Aduanas, específicamente con las que abajo se detallan:

1.- Colaborar y apoyar a la Dirección General en sus relaciones bilaterales y multilaterales con otros países, así como en las demás relaciones internacionales.

2.- Fomentar la celebración de Convenios y Tratados Internacionales que faciliten la actividad aduanera nacional y colaborar con los organismos internacionales de carácter aduanero.

3.-. Organizar y dirigir las relaciones de coordinación con el Ministerio de Comercio Exterior con respecto a los temas aduaneros incluidos en las negociaciones comerciales internacionales y con el Ministerio de Relaciones Exteriores, en los asuntos que corresponda.

4.- Coordinar la atención de las denuncias nacionales e internacionales relacionadas con temas aduaneros que se presenten por el incumplimiento de tratados, acuerdos o convenios, dar el seguimiento respectivo y tramitar las respuestas correspondientes.

5.- Dar seguimiento, ante las dependencias del Servicio, sobre los compromisos aduaneros asumidos en los tratados, convenios, otros instrumentos aduaneros o comerciales, acuerdos con auxiliares, otras instituciones públicas y organizaciones del sector privado, así como velar por el cumplimiento de tales compromisos.

6.- Diseñar y emitir las políticas y/o directrices que orienten las decisiones y acciones para el cumplimiento efectivo y uniforme de las relaciones y compromisos aduaneros adquiridos internacionalmente

2 Información suministrada por Fanny González Villalta, funcionaria del Área de Relaciones y Asuntos Externos de la DGA, con copia a la Licda. María Iris

Céspedes, Jefe del Área, mediante correo electrónico de fecha 19/04/2013. 3 Consulta realizada el 19 de junio de 2013.

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7.- Promover la asistencia mutua y cooperación y el intercambio de información, para seguimiento de las discusiones y tendencias internacionales en materia de desarrollo aduanero.

8.- Preparar las ponencias y posiciones de negociación en temas aduaneros para la Dirección General y en el caso de negociaciones comerciales internacionales, coordinar con la autoridad competente su presentación y negociación.

9.- Identificar y coordinar con el ente respectivo actividades de formación, capacitación y divulgación continua a funcionarios públicos, auxiliares de la función pública aduanera y público en general, sobre los temas aduaneros incorporados en los tratados, convenios o cualquier otro instrumento comercial o aduanero suscrito por Costa Rica.

Asimismo, para algunos puntos de este informe, se requirió considerar la totalidad de funciones asignadas, con la finalidad de establecer el grado de atención de dichas funciones por parte del ARAE. 2 Resultados El ARAE se encuentra realizando esfuerzos para dar cumplimiento con las funciones que le son establecidas por decreto, y a su vez contribuir al cumplimiento de los objetivos de la Dirección General de Aduanas, sin embargo, se presentan algunos aspectos de control y de gestión susceptibles de mejora que coadyuvarían a un desarrollo más adecuado de su gestión y a garantizar razonablemente el cumplimiento de sus funciones y el logro de sus objetivos. A continuación se detallan los aspectos determinados que requieren ser fortalecidos. 2.1 Sobre las funciones del Área de Relaciones y Asuntos Externos

2.1.1. Funciones designadas por decreto ejecutivo y funciones sustantivas establecidas por el Área El Área de Relaciones y Asuntos Externos de la Dirección General de Aduanas, tiene establecidas por Decreto Ejecutivo Nº 25270, Reglamento a la Ley General de Aduanas4, y su modificación en Decreto Ejecutivo Nº 34475 Reforma al Reglamento a la Ley General de Aduanas5, en su artículo 7 bis, las funciones que son de su competencia, no obstante, esa Área ha establecido las funciones sustantivas que realizan y estas no necesariamente se ajustan en su totalidad con las funciones decretadas. En consulta realizada a la Licda. María Iris Céspedes Núñez, Jefe del Área de Relaciones y Asuntos Externos6, respecto a indicar cuáles considera son las funciones sustantivas del Área a su cargo, de las encomendadas por decreto, nos enlistó 17 funciones. Al confrontar las funciones detalladas en el Decreto Ejecutivo Nº 25270 y sus reformas, con las funciones sustantivas facilitadas por la Licda. Céspedes Núñez, se observa que varias de estas no concuerdan entre sí, dejando de considerar algunas funciones del decreto, e incorporando otras diferentes al mismo. Este resultado se presenta a continuación:

4 Decreto Ejecutivo emitido el 14 de junio de 1996. 5 Decreto Ejecutivo emitido el 04 de abril de 2008. 6 Respuesta brindada mediante correo electrónico de fecha 27 de junio de 2013.

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Área de Relaciones y Asuntos Externos Cuadro Funciones decretadas versus Funciones sustantivas

Funciones Decreto Ejecutivo 25270 y reformas Reglamento a la Ley General de Aduanas

Funciones sustantivas establecidas por la jefatura del ARAE (asociadas con las del Decreto)

a. Colaborar y apoyar a la Dirección General en sus relaciones bilaterales y multilaterales con otros países, así como en las demás relaciones internacionales.

Colaborar y apoyar a la Dirección General en sus relaciones bilaterales y multilaterales con otros países, así como en las demás relaciones internacionales.

b. Coadyuvar en la estrategia de comunicación y fortalecimiento de la imagen institucional.

Coadyuvar en la estrategia de comunicación y fortalecimiento de la imagen institucional.

c. Promover la suscripción de convenios, programas de colaboración permanente entre la Dirección General y auxiliares o instituciones públicas o privadas, con el fin de desarrollar proyectos que faciliten y permitan un mejoramiento y control más eficiente del comercio internacional. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, esta función no se encuentra abarcada.

-

d. Canalizar las comunicaciones e informes relacionados con materia aduanera ante organismos internacionales, foros, administraciones aduaneras, instituciones gubernamentales y no gubernamentales, embajadas y ministerios. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, en esta función no se considera la canalización de comunicaciones relacionadas con la materia ante foros y administraciones aduaneras.

Canalizar las comunicaciones e informes relacionados con materia aduanera ante organismos internacionales, instituciones gubernamentales y no gubernamentales, embajadas y ministerios.

e. Promover la asistencia mutua y cooperación y el intercambio de información, para seguimiento de las discusiones y tendencias internacionales en materia de desarrollo aduanero.

Promover la asistencia mutua y cooperación y el intercambio de información, para seguimiento de las discusiones y tendencias internacionales en materia de desarrollo aduanero.

f. Organizar y dirigir las relaciones de coordinación con el Ministerio de Comercio Exterior con respecto a los temas aduaneros incluidos en las negociaciones comerciales internacionales y con el Ministerio de Relaciones Exteriores, en los asuntos que corresponda. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, en esta función, además de lo indicado en el decreto, el ARAE participa en dichas reuniones.

Participar en reuniones de coordinación con los Ministerios de Comercio Exterior, Relaciones Exteriores, y demás entes relacionados, a partir de las instrucciones recibidas, a efecto de armonizar las políticas globales del comercio internacional que involucran el quehacer técnico aduanero, de implementar los compromisos internacionales suscritos en materia aduanera y asegurar su cumplimiento.

g. Fomentar la celebración de Convenios y Tratados Internacionales que faciliten la actividad aduanera nacional y colaborar con los organismos internacionales de carácter aduanero. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, esta función no se encuentra abarcada.

-

h. Recopilar información relativa a los diferentes aspectos del comercio internacional, previo a cualquier negociación que genere la suscripción o modificación de tratados, acuerdos o convenios que tengan relación con la materia aduanera. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, esta función no se encuentra abarcada.

-

i. Diseñar y emitir las políticas y/o directrices que orienten las decisiones y acciones para el cumplimiento efectivo y uniforme de las relaciones y compromisos aduaneros adquiridos internacionalmente. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, en esta función el ARAE solo realiza una colaboración para la propuesta de directrices.

Colaborar en la elaboración de propuestas de directrices aduaneras que incidan directa o indirectamente en el comercio exterior, así como en la implementación y administración de los aspectos aduaneros contemplados en los tratados de libre comercio, acuerdos y convenios internacionales suscritos, con base en el estudio de los textos respectivos, para cumplir con los compromisos adquiridos internacionalmente por el país en materia aduanera o que tengan incidencia en el Servicio Nacional de Aduanas.

j. Preparar las ponencias y posiciones de negociación en temas aduaneros para la Dirección General y en el caso de negociaciones

Participar o coordinar la participación en las negociaciones internacionales para la suscripción de tratados de libre comercio, unión

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Funciones Decreto Ejecutivo 25270 y reformas Reglamento a la Ley General de Aduanas

Funciones sustantivas establecidas por la jefatura del ARAE (asociadas con las del Decreto)

comerciales internacionales, coordinar con la autoridad competente su presentación y negociación. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, en esta función, el ARAE prepara la información, documentos y propuestas que definen la posición del SNA.

aduanera, convenios de asistencia, intercambio y cooperación técnica en materia aduanera, preparando la información, documentos y propuestas que le correspondan, con el fin de definir la posición del Servicio Nacional de Aduanas con respecto a los diversos temas a ser negociados.

k. Coordinar la participación de funcionarios y funcionarias en las instancias de negociación, cooperación, asistencia técnica, puesta en vigencia de tratados, acuerdos y convenios comerciales. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, esta función no se encuentra abarcada.

-

l. Dar seguimiento, ante las dependencias del Servicio, sobre los compromisos aduaneros asumidos en los tratados, convenios, otros instrumentos aduaneros o comerciales, acuerdos con auxiliares, otras instituciones públicas y organizaciones del sector privado, así como velar por el cumplimiento de tales compromisos. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, esta función difiere en cuanto a redacción pero el fondo se refiere al seguimiento de los compromisos asumidos para velar por el cumplimiento de los mismos.

Analizar los compromisos adquiridos en los Tratados de Libre Comercio, Unión Aduanera y convenios internacionales de cooperación, con base en los resultados de ese análisis se procede a coordinar con las Direcciones competentes para el cumplimiento en tiempo y forma o atenderlos directamente cuando así corresponda.

m. Recibir, analizar y divulgar la documentación e información sobre materia aduanera o con incidencia en ella, recibida de la Organización Mundial de Aduanas, la Organización Mundial del Comercio y demás organismos internacionales y nacionales, así como la coordinación con la dependencia respectiva para su divulgación. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, esta función no se encuentra abarcada.

-

n. Coordinar la información, difusión y divulgación a los usuarios de los asuntos aduaneros establecidos en los tratados de libre comercio, acuerdos y convenios internacionales suscritos por el país. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, esta función no se encuentra abarcada.

-

o. Coordinar la atención de las denuncias nacionales e internacionales relacionadas con temas aduaneros que se presenten por el incumplimiento de tratados, acuerdos o convenios, dar el seguimiento respectivo y tramitar las respuestas correspondientes. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, esta función no se encuentra abarcada.

-

p. Desarrollar programas de información, divulgación y capacitación en materia aduanera. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, esta función no se encuentra abarcada.

-

q. Promover la participación de la Dirección General y sus dependencias en foros internacionales que permitan el enriquecimiento del conocimiento de los funcionarios y funcionarias de la institución. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, esa Área plantea la función para el Servicio Nacional de Aduanas, -que comprende solamente a las Aduanas según lo establece el artículo 3 del Reglamento a la Ley General de Aduanas-, y no a la Dirección General y dependencias.

Promover la participación del Servicio Nacional de Aduanas en foros nacionales e internacionales que permitan el enriquecimiento del conocimiento de los funcionarios y funcionarias de la institución y la divulgación de los avances en modernización aduanera.

r. Recopilar información de organismos internacionales relativa a las -

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Funciones Decreto Ejecutivo 25270 y reformas Reglamento a la Ley General de Aduanas

Funciones sustantivas establecidas por la jefatura del ARAE (asociadas con las del Decreto)

posibilidades de acceder a recursos de cooperación técnica, administrativa y financiera y su administración en materia técnica y canalizar dicha información a las autoridades competentes del Ministerio de Hacienda, para el aprovechamiento de estos recursos. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, esta función no se encuentra abarcada.

s. Identificar y coordinar con el ente respectivo actividades de formación, capacitación y divulgación continua a funcionarios públicos, auxiliares de la función pública aduanera y público en general, sobre los temas aduaneros incorporados en los tratados, convenios o cualquier otro instrumento comercial o aduanero suscrito por Costa Rica. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, esta función no se encuentra abarcada, no obstante, tiene cierta relación con la función “u” y mantiene la misma debilidad anotada para ese punto. Relacionada con la función “u”, que sí es parcialmente atendida.

-

t. Solicitar, recopilar, dar seguimiento y difusión a los informes que deben presentar todos los funcionarios que representen al Servicio en foros o eventos internacionales, de las actividades realizadas. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, esta función no se encuentra abarcada.

-

u. Identificar y coordinar con el ente administrativo correspondiente las necesidades y actividades de capacitación de organismos internacionales para los funcionarios del Servicio. Comentario: De conformidad con las actividades sustantivas, la función no es en su totalidad concordante con la del decreto, ya que, además de participar en la capacitación para los funcionarios de SNA, va más allá de lo que este establece. Relacionada con la función “s”, nada más que sí especifica a los funcionarios del SNA y se cumpliría la misma debilidad anotada en el párrafo anterior.

Colaborar en la administración y seguimiento a los proyectos, acuerdos y convenios internacionales que se suscriban en materia de cooperación, asistencia técnica, administrativa y financiera para el Servicio Nacional de Aduanas, con base en las prioridades asignadas por la Dirección General de Aduanas, para contribuir al cumplimiento de los programas de capacitación del Servicio Nacional de Aduanas mediante el uso de los fondos y la ayuda que proporcionan los gobiernos extranjeros.

v. Realizar todas aquellas labores especiales que le delegue el Director General.

Realizar todas aquellas labores especiales que le delegue el Director General.

- Participar en la elaboración de estudios especiales, cuantitativos y cualitativos, en materia técnica aduanera relacionados con asuntos y relaciones internacionales, a partir de los requerimientos de la Dirección General de Aduanas, para diagnosticar situaciones de interés y facilitar la toma de decisiones. Comentario: Esta función que establece la jefatura del ARAE como sustantiva no se encuentra entre las detalladas en el decreto.

- Brindar atención e información técnica oportuna a las consultas que los usuarios internos y externos, plantean en forma verbal o escrita, en estricto apego al principio de legalidad, y a la realidad operativa y técnica que rige la materia, para asegurar una correcta interpretación e integración de la normativa vigente. Comentario: Esta función que establece la jefatura del ARAE como sustantiva no se encuentra entre las detalladas en el decreto.

- Dar seguimiento a los acontecimientos políticos, económicos y sociales que afecten positiva o negativamente al Servicio Nacional de Aduanas, por medio del análisis de comunicados de prensa escrita, radial, televisiva o digital, para dar respuesta oportuna a los planteamientos realizados por los diferentes públicos del Sistema Aduanero Nacional.

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Funciones Decreto Ejecutivo 25270 y reformas Reglamento a la Ley General de Aduanas

Funciones sustantivas establecidas por la jefatura del ARAE (asociadas con las del Decreto)

Comentario: Esta función que establece la jefatura del ARAE como sustantiva no se encuentra entre las detalladas en el decreto.

- Participar en la elaboración de la estrategia de comunicación interna y externa del Servicio Nacional de Aduanas, con base en los requerimientos detectados y las prioridades asignadas por la Dirección General, para coadyuvar en el logro de los objetivos institucionales. Comentario: Esta función que establece la jefatura del ARAE como sustantiva no se encuentra entre las detalladas en el decreto.

Recibir, analizar y divulgar la documentación e información que sobre materia aduanera o con incidencia en ella, recibida de la Organización Mundial de Aduanas, la Organización Mundial del Comercio y organismos internacionales y nacionales. Comentario: Esta función que establece la jefatura del ARAE como sustantiva no se encuentra entre las detalladas en el decreto.

Elaborar el Plan Anual Operativo. Comentario: Esta función que establece la jefatura del ARAE como sustantiva no se encuentra entre las detalladas en el decreto.

Fuente: Elaboración propia con base en información suministrada.

Del cuadro anterior se refleja que de las 22 funciones que se tienen establecidas por Decreto Ejecutivo, solamente 11 están asociadas con las funciones que el Área ha establecido como sustantivas, es decir, un 50% del total. Al respecto, en consulta realizada a la Licda. María Iris Céspedes, indica que esas funciones vienen a ser las mismas nada más que con diferente redacción, no obstante lo indicado, no se logra identificar la concordancia para la totalidad de estas funciones. Además, de acuerdo con conversación y documentación facilitada por la Licda. Céspedes, se determina que el ARAE si ejecuta ciertas actividades que de alguna forma se encuentran establecidas dentro de las otras funciones del decreto, pero sin embargo, hay otras de las que se encuentran establecidas en el decreto que del todo no realizan; a saber: - La coordinación de la información, difusión, y divulgación a los usuarios de los asuntos aduaneros establecidos

en los tratados de libre comercio, acuerdos y convenios internacionales, ya que quien se encarga de esto es el Área de Gestión Técnica que lo comunica vía circular;

- La coordinación de la atención de denuncias nacionales e internacionales relacionados con temas aduaneros por incumplimientos en los tratados, acuerdos y convenios ya que la oficina oficial que lo atiende a nivel país es el Ministerio de Comercio Exterior y solo cuando tiene que ver con incumplimiento en materia aduanera lo pasan al ARAE, y a la fecha no se les ha presentado;

- El desarrollo de programas de información, divulgación y capacitación en materia aduanera, actualmente a quien le corresponde es al CIFH;

- El solicitar, recopilar, dar seguimiento y difusión a los informes que deben presentar todos los funcionarios que representen al Servicio en foros o eventos internacionales, de las actividades realizadas, el ARAE solo les solicita copia de los informes ya que esto se relaciona con lo indicado en el punto anterior y es el CIFH a quien se le rinden estos informes.

El Decreto Ejecutivo Nº 25270, Reglamento a la Ley General de Aduanas y sus reformas, en su artículo 7 bis establece cuáles son las funciones que le competen llevar a cabo al Área de Relaciones y Asuntos Externos de la DGA, normativa que rige el actuar de esa Área.

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El no desarrollar las funciones que le han sido designadas por decreto a un Área y realizar otras de manera informal, debido a que no se encuentran acorde a la realidad de lo que ejecuta un Área, no está de conformidad con el principio de legalidad en que se basa la Administración Pública, de forma tal que podría traer resultados desfavorables a la Dirección General de Aduanas, en el tanto las labores que se asignan a cada una de las unidades están destinadas a coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos generales de la Dirección General de Aduanas según la misión que le corresponde y su debida organización.

2.1.2. Sobre el cumplimiento de las funciones encomendadas Para el desarrollo de este estudio se indagó7 en la gestión que el ARAE lleva a cabo a fin de dar cumplimiento con 9 de las funciones sujetas a nuestro estudio, y que fueron designadas por decreto. De esta revisión se determinó algunos aspectos de interés respecto a su cumplimiento y atención en 6 de estas funciones, según se detalla a continuación: a) Para la función que se refiere a fomentar la celebración de Convenios y Tratados Internacionales que faciliten la

actividad aduanera nacional y colaborar con los organismos internacionales de carácter aduanero, los funcionarios del Área únicamente participan en las mesas de negociación en cuanto a informar cuál es la posición del Servicio Nacional de Aduanas en un tema específico, sin embargo, esta participación se da solo en lo concerniente a convenios. El encargado de fomentar los tratados internacionales es el Ministerio de Comercio Exterior, por orden de la Presidencia.

b) Para la función que se refiere a las relaciones de coordinación con el Ministerio de Comercio Exterior con

respecto a los temas aduaneros incluidos en las negociaciones comerciales internacionales y con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la participación del ARAE es de acuerdo a las convocatorias que realiza la Dirección General de Comercio Exterior a las reuniones previas a la negociación, a fin de decidir la posición en los temas aduaneros que se van a negociar y posteriormente en la ronda de negociación, se ve el avance de los textos negociados, las posiciones y definición de nuevas posiciones; no obstante, la participación del Área depende de quién esté a cargo de la Dirección General. En los periodos 2012 y 2013 bajo estudio, esa Área no ha tenido participación dado que no se han negociado tratados de libre comercio.

c) Para la función referida a coordinar la atención de las denuncias nacionales e internacionales relacionadas con

temas aduaneros que se presenten por el incumplimiento de tratados, acuerdos o convenios, dar el seguimiento respectivo y tramitar las respuestas correspondientes, indica la jefatura del ARAE que esta función no se lleva a cabo porque hasta el momento no se han presentado denuncias, situación que se indicó en el aparte 2.1.1 de este informe.

d) Respecto a dar seguimiento, ante las dependencias del Servicio, sobre los compromisos aduaneros asumidos

en los tratados, convenios, otros instrumentos aduaneros o comerciales, acuerdos con auxiliares, otras instituciones, el funcionario del ARAE encargado del seguimiento respectivo realiza consultas por correo electrónico a las diferentes dependencias, sobre el cumplimiento de lo acordado en las reuniones de negociación y a su vez, se mantiene al tanto de que se cumplan ciertas acciones, sin embargo, no se dispone de una metodología establecida para dar el respectivo seguimiento.

e) En lo referente a diseñar y emitir las políticas y/o directrices que orienten las decisiones y acciones para el

cumplimiento efectivo y uniforme de las relaciones y compromisos aduaneros adquiridos internacionalmente, es una función que el ARAE no lleva a cabo ya que estos no pueden emitir directrices de ese tipo y alcance, sino

7 Mediante la aplicación de cuestionarios específicos de las funciones bajo estudio, aplicados en las fechas 31/07/2013 y. 09/09/2013.

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que conversan con el Director General de Aduanas sobre asuntos que requieran la emisión de una política o directriz; quienes sí emiten y firman directrices son los Directores de Gestión Técnica, Riesgo o Normativa.

f) Respecto a la función de preparar las ponencias y posiciones de negociación en temas aduaneros para la

Dirección General y en el caso de negociaciones comerciales internacionales, coordinar con la autoridad competente su presentación y negociación, el ARAE prepara las ponencias y realiza el seguimiento para informar del avance de los temas tratados en negociación. En el periodo bajo estudio, esta Área ha realizado ponencias debido a la Presidencia Protémpore que ostentó Costa Rica en el I Semestre de este año. No obstante lo anterior, indica la Jefe del área que durante el 2012 se realizaron 8 ponencias pero no para la Dirección General, sino para el mismo ARAE, situación que muestra que esta función no es rutinaria para esta Área.

Como síntesis de este punto, se evidencia que de las nueve funciones específicas que se revisaron en este estudio, el ARAE no ejecuta la totalidad de ellas o las ejecuta parcialmente, ya sea porque se refiere a funciones que su gestión no está en la operativa de todos los años del Área, o porque dado el tema no le corresponde a ese nivel ejecutarla, o bien, porque depende de una decisión de la Dirección General el darle o no la ejecución de ciertos puntos. Las Normas de Control, en el aparte 4.6 Cumplimiento del ordenamiento jurídico y técnico, establece que “El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben establecer las actividades de control que permitan obtener una seguridad razonable de que la actuación de la institución es conforme con las disposiciones jurídicas y técnicas vigentes. Las actividades de control respectivas deben actuar como motivadoras del cumplimiento, prevenir la ocurrencia de eventuales desviaciones, y en caso de que estas ocurran, emprender las medidas correspondientes. Lo anterior, tomando en cuenta, fundamentalmente, el bloque de legalidad, la naturaleza de sus operaciones y los riesgos relevantes a los cuales puedan verse expuestas, así como los requisitos indicados en la norma 4.2.” Una dependencia, al no desempeñarse de conformidad con el ordenamiento jurídico que la rige ni ejecutar las funciones que le han sido asignadas, genera el riesgo de que no se cumpla a plenitud las competencias, situación que además podría derivar nulidad de actos o alguna responsabilidad administrativa ante eventuales situaciones, y por tanto no estaría coadyuvando al cumplimiento de las metas y objetivos de la Dirección General de Aduanas, en lo que a su aporte corresponde. 2.2 Ejecución de otras actividades Dentro de las gestiones que lleva a cabo el ARAE, se detectaron unas en las cuales se invierte tiempo, recursos humano, tecnológico y financiero asociado, y sin embargo, no forman parte o derivan de las funciones que son competencia de esa Área de conformidad con lo establecido en el Reglamento a la Ley General de Aduanas. Esta situación, tomando en consideración que esa Área cuenta con 5 funcionarios propiamente del Área, entre los cuales se cuenta a la Jefatura y la secretaria; más 3 funcionarios de préstamo, provenientes de la Dirección de Fiscalización, Dirección de Riesgo y Dirección de Gestión Técnica, quienes junto con uno de los funcionarios del Área (de los 5 mencionados), llevan a cabo la administración e implementación del proyecto del Operador Económico Autorizado PROFAC, que inició desde el 2010. Las gestiones que nos ocupan son las siguientes:

2.2.1. Desarrollar e implementar el Proyecto del Operador Económico Autorizado, OEA – PROFAC

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En consulta realizada a la Licda. María Iris Céspedes8, jefe del ARAE, respecto a este proyecto, manifestó que el Área a su cargo lleva a cabo la administración e implementación del proyecto del Operador Económico Autorizado PROFAC, el cual inició desde el 2010, y para lo cual tiene destacados a tres profesionales provenientes de otras direcciones y una cuarta persona que pertenece propiamente al ARAE; para esto, el Área emitió el Manual del Especialista OEA – PROFAC. De acuerdo con documentación que se tuvo a la vista, el Director General de Aduanas de ese momento, Lic. Desiderio Soto Sequeira, mediante oficio DGA-207-2009 de fecha 01 de abril de 2009, comunica a los funcionarios que estarán a cargo de la implementación de la figura del OEA (Operador Económico Autorizado), su nombramiento para conformar el grupo de trabajo que tendrá a cargo el desarrollo de dicho programa por decisión de sus jefaturas (Direcciones de Gestión Técnica, Fiscalización, Riesgo y Área de Internacional), asimismo, indica que la coordinación de este grupo estará bajo la coordinación del Área de Relaciones y Asuntos Externos bajo la persona de Javier I. Solís Arce. No obstante lo anterior, de acuerdo con lo que establecen los Decretos Ejecutivos DE 35802-H Reglamento de Implementación del Operador Económico Autorizado, derogado por el DE 36461-H Reglamento del Programa de facilitación aduanera para el comercio confiable en Costa Rica (PROFAC)9, la condición de OEA “será otorgada por la DGA quien por medio de la Dirección de Gestión Técnica, conocerá de los requisitos, obligaciones y beneficios necesarios para efectuar el proceso de certificación, renovación, comprobación de la condición, y los actos administrativos del proceso de desinscripción que generen la pérdida de la condición de Operador Económico Autorizado, así como, todas aquellas otras formalidades que se establezcan mediante Ley, Decreto, Reglamento u otras disposiciones, cuya divulgación se hará de conocimiento del interesado conforme a lo dispuesto en el artículo 6° del presente Reglamento.” Esta situación muestra una contradicción por cuanto la función relacionada con el Operador Económico Autorizado no es de competencia del Área de Relaciones y Asuntos Externos de la DGA, que a pesar de contar con la designación del Director General, en Reglamento posterior emitido se le da esa competencia a otra Dirección. Sobre este tema, en la comunicación oral de resultados citada, tanto el Lic. Gerardo Bolaños Alvarado como el Lic. José Raúl Vargas Calvo, indicaron que el Operador Económico Autorizado es una iniciativa impulsada por la Organización Mundial de Aduanas, situación ante la cual el sector privado, principalmente importador, ha manifestado su descontento.

2.2.2. Desarrollo de verificaciones denominadas “Auditorías Internas”

En consulta realizada a la Licda. María Iris Céspedes Núñez10, se le solicita información referente a las auditorías que ha realizado el Área a su cargo, a lo cual suministra un listado de 4 auditorías realizadas entre el 2011 a la fecha, sean éstas: " 2011 Auditoria N1. Procedimiento para la Recepción y Control de Documentos Auditoria N2. Procedimiento para la atención de delegaciones que vienen a recibir o dar asistencia técnica 2012 Auditoria N1. Pago por concepto de membrecía a la Organización Mundial de Aduanas (O.M.A). 2013

8 Mediante correo electrónico de fecha 19/04/2013. 9 El DE 35802 publicado en La Gaceta 46 del 08/03/2010 y el DE 36461 en La Gaceta 55 del 18/03/2011. 10 Consulta realizada vía correo electrónico el 20/06/2013.

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Auditoria N1. Manual del Especialista OEA-PROFAC." De conformidad con lo indicado por la Jefe del ARAE11, estas auditorías se realizan sobre los procedimientos que emite esa unidad, con la finalidad de determinar la correcta aplicación de los mismos, o bien, si requieren de una modificación o actualización a los pasos en estos definidos para que queden conforme a las actividades que actualmente desarrollan. Asimismo, indica que en las auditorías participan dos funcionarios, uno quien funge como auditor encargado y otro como asistente. Para el año 2012 el objetivo de esta era "Determinar el debido y efectivo cumplimiento del Procedimiento para el Pago por concepto de membrecía a la Organización Mundial de Aduanas (O.M.A), del Área de Relaciones y Asuntos Externos Nacionales e Internacionales." y con un alcance que abarcaba todo el Procedimiento para el Pago por concepto de membrecía a la Organización Mundial de Aduanas (O.M.A). Según lo determinado en esa auditoría fue sobre algunos incumplimientos, así como observaciones en ciertos apartados del mismo, pero con la observación general de que estos incumplimientos se dan por aspectos de redacción de algunos apartados, no obstante, se está cumpliendo con el propósito de dicho procedimiento. Ante esta observación, se recomienda redactar de acuerdo al proceso, los puntos donde se realizó observación y valorar la redacción en los puntos donde se presentó incumplimiento. Por su parte, la auditoría que se inició en el 2013, a la fecha de la consulta -octubre- se encontraba aún en redacción de informe y pendiente de la revisión interna. Esta actividad que lleva a cabo el Área bajo estudio, a pesar de que se encuentra descrita en los planes operativos 2012 y 2013, no se encuentra alineada con las funciones que son competencia del Área, y aún le significa inversión de tiempo y recursos. Asimismo, se determina que esta actividad corresponde al seguimiento al sistema de control interno, el cual es competencia de todo titular subordinado y no tiene relación con una auditoría interna, por lo que el nombre utilizado puede causar confusión en lo que a la actividad se refiere. Las Normas de Control, en el punto 2.5 Estructura organizativa, pero en específico el subpunto 2.5.1 Delegación de funciones, establece “El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben asegurarse de que la delegación de funciones se realice de conformidad con el bloque de legalidad, y de que conlleve la exigencia de la responsabilidad correspondiente y la asignación de la autoridad necesaria para que los funcionarios respectivos puedan tomar las decisiones y emprender las acciones pertinentes.” Esta situación que se presenta con el ARAE podría traer consecuencias negativas para el Área en razón del riesgo de que se desatiendan otras funciones relevantes por estar dotando de recursos humanos, materiales, económicos, tecnológicos, entre otros, para el desarrollo de actividades que no son parte de las competencias establecidas, evitando que dichos recursos sean utilizados eficazmente en la gestión del Área. Al respecto, sobre este tema en la comunicación oral de resultados citada, el Lic. Gerardo Bolaños Alvarado manifestó que esa gestión que realiza el Área es meramente aspecto de control interno que deben llevar a cabo las direcciones. 2.3 Plan Anual Operativo

11 Mediante consulta realizada el 19 de junio de 2013.

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2.3.1. Sobre la elaboración del Plan Operativo El ARAE elabora el Plan Anual Operativo, en el cual se realiza la descripción de los elementos relevantes como son los objetivos del año, las actividades que se requieren para cumplir con esos objetivos, las metas programadas, los indicadores de gestión para cada una de las actividades, la programación de la ejecución para cada uno de los meses del año agrupado por trimestre, el Departamento responsable de ejecutar cada objetivo, y el responsable por unidad; este plan es remitido al Área de Planificación y Control de la Gestión, para su aprobación. Para el año 2012 el Plan Operativo planteó 12 objetivos con sus correspondientes actividades, mientras que para el año 2013 se plantearon 10 objetivos, también con sus respectivas actividades. De conformidad con la documentación que se tuvo a la vista12, el plan operativo 2012 fue aprobado mediante oficio DGA-PC-077-2012 del 30 de abril de 2012, mientras que para el caso del plan operativo 2013, con oficio DGA-PC-047-2013 del 18 de febrero de 2013 les realizaron unas observaciones respecto a tres puntos referentes a: que unas metas asociadas a acciones a desarrollar durante el periodo no estaban bajo el control de esa Unidad y estaban sujetas a requerimientos de otras dependencias por lo cual les solicitan no cuantificar ese tipo de metas dado que las cifras pueden resultar insuficientes o exageradas; revisar una actividad -1.6- y respectiva acción ya que no refleja si se implementaron las mejores prácticas a implementar; y les recomiendan que en las metas que tienen el 100% de su cumplimiento al final del año se establezca, por ejemplo, 50% a mitad del periodo y el 100% al final y no dividirlo proporcionalmente. Las observaciones fueron aclaradas por la Licda. María Iris Céspedes mediante oficio ARAE-020-2013 del 20 de marzo de 2013. De la información consignada en estos planes se observa uniformidad en cuanto a formato e información que se detalla, pues los objetivos planteados en ambos planes no difieren mucho unos de otros, razón por la cual llama la atención que solo para el 2013 se hayan realizado las observaciones mencionadas; asimismo, para algunos de estos objetivos no se visualiza su alineación con las funciones que son competencia de esa Área, tal es el caso de los que se detallan a continuación:

Área de Relaciones y Asuntos Externos

Objetivos de los Planes Operativos Anuales 2012 y 2013 no asociados con alguna función

Objetivos y actividades planteadas Plan que incorpora

Lograr un desempeño laboral que permita cumplir con la labor programada para el año 2010 con un personal motivado y mayor capacitado.

- Reuniones de personal bimensuales durante el año 2012, con el propósito de dar seguimiento grupal a los casos asignados a cada funcionario y funcionaria, analizar temas que motiven un mejor desempeño laboral y promuevan el potencial de los funcionarios (as).

- Participación en la elaboración del Plan Estratégico del Servicio Nacional de Aduanas 2012-2016. - Presentación de los informes de gestión mensuales por parte de los funcionarios y funcionarias destacados en

ARAE a la Jefatura del Área. - Presentación del informe de gestión de ARAE al Área de Planificación Estratégica y Control de la Gestión. - Los funcionarios y funcionarias de ARAE participen en eventos de capacitación tanto a nivel nacional como

internacional sobre temas que les permita fortalecer los conocimientos técnicos aduaneros y otros complementarios, para lograr un mejor desempeño en su labor.

- Los conocimientos que se adquieran en los eventos de capacitación que participen representantes de ARAE, deben ser replicados con los demás compañeros y compañeras del Área

- Mejorar la labor que realiza ARAE poniendo en aplicación las mejores prácticas adquiridas en las capacitaciones en las que participen los funcionarios y funcionarias de ARAE.

- Realización del Plan Anual Operativo para el 2013.

2012 y 2013

12 Facilitada por la Licda. María Iris Céspedes Núñez, Jefe del ARAE.

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Objetivos y actividades planteadas Plan que incorpora

- Planeamiento presupuesto 2013 para ARAE.

Poseer manuales de procedimientos sobre las funciones que se realizan; entendibles y aplicables por parte de los funcionarios y funcionarias de ARAE.

- Realizar auditoría interna sobre las funciones que realiza ARAE. - Poner en práctica las recomendaciones que se generen de la auditoría aplicada a los procedimientos

desarrollados en ARAE.

2012 y 2013

Estar actualizados sobre el acontecer del quehacer aduanero y el comercio Internacional. - Informes diarios de noticias nacionales relacionadas con el quehacer aduanero y comercio internacional,

publicadas en la prensa nacional y en páginas web de organismos internacionales (SIECA y SICA) - Revisión quincenal de la página web de la OMC. - Revisión quincenal de la página web de la OMA.

2012 y 2013

Compartir con el mundo aduanero y nacional lo realizado por el SNA en pro de su modernización y fortalecer lo realizado mediante el intercambio de experiencias

- Elaborar ponencias para la Dirección General en los temas en que se solicite la participación como expositor del SNA en foros internacionales y nacionales. (Esta actividad tiene cierta relación con la función j) del decreto)

- Búsqueda y realización de foros internacionales en el SNA con la cooperación y coordinación con organismos internacionales. (Esta actividad tienen cierta relación con la función q) del decreto).

Para el 2013 se plantea este objetivo pero incorpora dos actividades más:

- Atención de Misiones Internacionales. - Colaborar en la puesta en vigencia de los indicadores BID versión COMALEP y Nacional.

2012 y 2013

El SNA continúe en el proceso de llegar a ser una aduana moderna conforme a los requerimientos del siglo XXI. - Continuar con la coordinación ante la OMA y otros organismos internacionales para obtener la cooperación con

el fin de desarrollar proyectos relacionados con el proceso de modernización aduanera. - Preparar y llevar a cabo plan piloto entre los programas PROFAC- CTPAT. - Atender la logística de las Misiones del FMI y dar seguimiento a la solicitud de información y aplicación de las

recomendaciones emanadas de los informes que se generan en cada una de las Misiones. - Atender la logística de las Misiones del BID y dar seguimiento a la solicitud de información y aplicación de las

recomendaciones emanadas de los informes que se generan en cada una de las Misiones.

2012

Concientizar al usuario del SNA sobre la importancia del pago de los impuestos correctamente. - Continuar con la coadyuvancia en el desarrollo del proyecto de Educación Fiscal del Ministerio de Hacienda

conjuntamente con la Dirección General de Tributación

2012

Desarrollar e implementar el proyecto del OEA. - Aplicar el plan piloto de la II y III etapa del Operador Económico Autorizado y las terminales de carga. - Conforme a los resultados del plan piloto de la II y III etapa, realizar las modificaciones que sean necesarias

para la aprobación final de los documentos emitidos para la vigencia de esas etapas y la incorporación de las terminales de carga.

- Realizar la tramitología necesaria para poner en vigencia la II y III etapas del programa PROFAC. - Iniciar el desarrollo de la IV etapa del proyecto OEA. - Certificar empresas exportadoras como PROFAC. - Preparar y llevar a cabo plan piloto entre los programas PROFAC- CTPAT. - Acercamiento con las altas autoridades de los Ministerios que realizan controles en frontera con el fin de llegar

a negociar el ingreso de esas instituciones al programa PROFAC, de manera que se convierta en un programa país.

- Realizar capacitaciones a las aduanas y a la Dirección de Gestión Técnica sobre el PROFAC. - Buscar financiamiento con organismos internacionales para la creación de diversas formas para publicitar el

PROFAC. - Realizar un evento nacional sobre el PROFAC dirigido tanto a todos los miembros de la cadena logística de

comercialización.

2013

Fuente: Elaboración propia con base en información suministrada.

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Según se observa en el cuadro anterior, algunos de esos objetivos y actividades sí requieren ser ejecutadas por el ARAE aún cuando no se especifique dentro de las funciones en el Reglamento a la Ley General de Aduanas, pues son actividades de tipo administrativas que deben ejecutarse, como es el caso de la elaboración de manuales de procedimientos; la búsqueda de un mejor desempeño laboral de los funcionarios, partiendo de la capacitación y motivación; y el conocimiento del acontecer aduanero y de comercio internacional. Por otro lado, tanto para el año 2012 como para el año 2013 los objetivos relacionados con alguna de las funciones son 6 y 5 respectivamente, lo que representa el 50% de los objetivos planteados en cada plan operativo; mientras que las funciones a las cuales se les estableció objetivo para cumplir con lo encomendado fue en proporción de 27% y 22% para los planes del 2012 y 2013, respectivamente. El establecimiento del plan operativo de una Área responde tanto al Plan Estratégico de la Dirección como a las funciones que por decreto le son asignadas, a fin de direccionar sus recursos y gestión en la misma dirección de los objetivos y metas de la DGA e institucionales, en aras de colaborar al cumplimiento de estos. Conforme lo anterior, en nuestra opinión el plan operativo emitido no atienda en su totalidad las funciones para las cuales fue creada el Área, situación que podría incidir en un incumplimiento y desatención de funciones, por cuanto, el espíritu de la creación de un Área es que sus recursos y gestión se encaminen en una línea que vaya a contribuir al todo de la Dirección a que pertenecen, así como a la institución. Sobre este tema, en la comunicación oral de resultados señalada en el punto 1.4 de este informe, el Lic. Gerardo Bolaños Alvarado señala que esas funciones administrativas deben ser llevadas a cabo por un Área Administrativa, sin embargo, ellos no contaban con un área de este tipo, únicamente lo que recae sobre las Gestorías.

2.3.2. Sobre la evaluación del Plan Operativo El ARAE plantea en sus planes operativos de cada año, los objetivos, actividades y metas, sin embargo, en la revisión que se realizó se detectó que algunos de estos objetivos, actividades y metas no fueron ejecutadas por el Área, recayendo la responsabilidad y ejecución en otras unidades y aun así, se contabiliza el cumplimiento de esa meta como producto propio. La revisión se efectuó sobre algunos objetivos y actividades contenidos en el archivo denominado “Informe de gestión diciembre de 2012”, y el cual no incluye en su encabezado información como periodo que detalla, indicadores de gestión, meta propuesta, periodo en que se cumple la meta, fuente de información y nombre de los funcionarios que elaboran, revisan y aprueban el documento; asimismo, se detectaron algunas actividades en las cuales no tuvo participación directamente el ARAE y dan la meta por cumplida13. En esta situación se encuentran las siguientes:

13 De conformidad con consulta realizada a la Licda. María Iris Céspedes Núñez, Jefe del ARAE, el 03/09/2013.

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Área de Relaciones y Asuntos Externos

Funciones incorporadas al PAO 2012 en las que no se tuvo participación

Nº de la actividad del PAO y descripción Comentarios Jefe de Área de Relaciones de Asuntos Externos

7.2.A.2

Reuniones internas para coordinación de propuestas a textos para participación en las rondas de negociación.

El Área de Relaciones y Asuntos Externos no estuvo involucrada en la negociación por cuanto el Director General de Aduanas designó a una funcionaria de la Dirección de Gestión Técnica. Al texto final se tuvo acceso por medio de COMEX.

7.2.B Matriz en origen para la negociación del TLC con EFTA

El Área de Relaciones y Asuntos Externos no estuvo involucrada ni en las reuniones de coordinación interna ni en la definición de la posición de la DGA. La negociación la llevó a cabo el Lic. Luis Gómez y una funcionaria de la Dirección de Gestión Técnica.

7.3

Negociación bilateral que lleva a cabo el Ministerio de Relaciones Exteriores en las reuniones binacionales Costa Rica - Nicaragua y la posición del SNA en los temas aduaneros que se agenden para ser negociados.

Estas reuniones bilaterales las programa y coordinada el Ministerio de Relaciones Exteriores y se programaban una por año, sin embargo en el 2012 y lo que resta del 2013 no se ha convocado por parte de ese Ministerio para la preparación de la binacional. El ARAE ha participado tanto en las reuniones internas de preparación como en la Binacional y se cita como ejemplo la realizada en Liberia en el año 2011. Por situaciones políticas se ha suspendido. Las reuniones que se han convocado son para atender aspectos relacionados con seguridad.

7.4.A Comisión Técnica Comercio Aduanas Costa Rica-Panamá (I)

No se participó en reuniones, se dio seguimiento a las acciones.

7.5 Negociación Unión Aduanera Centroamericana

No se cumplió la meta 100% ya que no se participó en las reuniones programadas porque no se finiquitaron los acuerdos de viaje a tiempo. Se aclara que los acuerdos de viaje son solicitados por el ARAE pero gestionados por el Área Administrativa.

Fuente: Elaboración propia con base en información suministrada.

La Norma de control 5.6, respecto a la Calidad de la información, y específicamente en el subpunto 5.6.1 Confiabilidad, establece que “La información debe poseer las cualidades necesarias que la acrediten como confiable, de modo que se encuentre libre de errores, defectos, omisiones y modificaciones no autorizadas, y sea emitida por la instancia competente.” La calidad de la información que se brinda sobre la gestión que lleva a cabo un Área, tiene relevancia por cuanto es utilizada para la toma de decisiones y para realizar el seguimiento, dado el caso específico, a las actividades establecidas en los acuerdos del Comité Aduanero y del Grupo Técnico Normativo, entre otros, con relación a los temas aduaneros que corresponden a la Dirección General de Aduanas llevar, así como para efectuar los ajustes necesarios en caso de desviaciones. Por otro lado, estos informes podrían ser un instrumento evaluativo y de seguimiento de los resultados de la gestión, de tal forma que permitan orientar los programas de trabajo tanto del Área de Relaciones y Asuntos Externos como de otras dependencias internas, por lo que deberán considerar en su elaboración factores como calidad, oportunidad, tiempo, atención, insumos, eficiencia, comunicación, responsabilidad e innovación.

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2.4 Necesidad de establecer procedimientos El ARAE ha emitido un Manual de Procedimientos que cuenta con 10 procedimientos, no obstante, únicamente se relacionan con 4 de las funciones decretadas, sean las funciones identificadas con los incisos e), f), g) y q) del punto 2.1.1 de este informe, y no necesariamente en la totalidad de lo que indica la función sino en aspectos como: asistencia, cooperación e intercambio de información; celebración de convenios y tratados internacionales; participación en foros internacionales. Asimismo, el citado manual detalla otros procedimientos relacionados con actividades que ejecuta el Área no alineadas con las funciones del decreto y otros meramente administrativos, tales como: Auditoría Interna, Manual del Especialista OEA – PROFAC, Recepción y control de documentos, Pago de membresía a la OMA, y uno de políticas para realizar funciones asignadas al Área. Lo anterior evidencia que, a pesar de los esfuerzos que ha venido realizando el ARAE en la emisión de este Manual, la misma ha invertido recursos y esfuerzos en el establecimiento de procedimientos que no necesariamente se encuentran alineados con las funciones designadas por decreto ejecutivo, y ha dejado de lado las restantes 17 funciones, sean estas: a. Colaborar y apoyar a la Dirección General en sus relaciones bilaterales y multilaterales con otros países, así como en las demás relaciones internacionales. b. Coadyuvar en la estrategia de comunicación y fortalecimiento de la imagen institucional. c. Promover la suscripción de convenios, programas de colaboración permanente entre la Dirección General y auxiliares o instituciones públicas o privadas, con el fin de desarrollar proyectos que faciliten y permitan un mejoramiento y control más eficiente del comercio internacional. d. Canalizar las comunicaciones e informes relacionados con materia aduanera ante organismos internacionales, foros, administraciones aduaneras, instituciones gubernamentales y no gubernamentales, embajadas y ministerios. h. Recopilar información relativa a los diferentes aspectos del comercio internacional, previo a cualquier negociación que genere la suscripción o modificación de tratados, acuerdos o convenios que tengan relación con la materia aduanera. i. Diseñar y emitir las políticas y/o directrices que orienten las decisiones y acciones para el cumplimiento efectivo y uniforme de las relaciones y compromisos aduaneros adquiridos internacionalmente. j. Preparar las ponencias y posiciones de negociación en temas aduaneros para la Dirección General y en el caso de negociaciones comerciales internacionales, coordinar con la autoridad competente su presentación y negociación. k. Coordinar la participación de funcionarios y funcionarias en las instancias de negociación, cooperación, asistencia técnica, puesta en vigencia de tratados, acuerdos y convenios comerciales. l. Dar seguimiento, ante las dependencias del Servicio, sobre los compromisos aduaneros asumidos en los tratados, convenios, otros instrumentos aduaneros o comerciales, acuerdos con auxiliares, otras instituciones públicas y organizaciones del sector privado, así como velar por el cumplimiento de tales compromisos.

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m. Recibir, analizar y divulgar la documentación e información sobre materia aduanera o con incidencia en ella, recibida de la Organización Mundial de Aduanas, la Organización Mundial del Comercio y demás organismos internacionales y nacionales, así como la coordinación con la dependencia respectiva para su divulgación. n. Coordinar la información, difusión y divulgación a los usuarios de los asuntos aduaneros establecidos en los tratados de libre comercio, acuerdos y convenios internacionales suscritos por el país. o. Coordinar la atención de las denuncias nacionales e internacionales relacionadas con temas aduaneros que se presenten por el incumplimiento de tratados, acuerdos o convenios, dar el seguimiento respectivo y tramitar las respuestas correspondientes. p. Desarrollar programas de información, divulgación y capacitación en materia aduanera. r. Recopilar información de organismos internacionales relativa a las posibilidades de acceder a recursos de cooperación técnica, administrativa y financiera y su administración en materia técnica y canalizar dicha información a las autoridades competentes del Ministerio de Hacienda, para el aprovechamiento de estos recursos. s. Identificar y coordinar con el ente respectivo actividades de formación, capacitación y divulgación continua a funcionarios públicos, auxiliares de la función pública aduanera y público en general, sobre los temas aduaneros incorporados en los tratados, convenios o cualquier otro instrumento comercial o aduanero suscrito por Costa Rica. t. Solicitar, recopilar, dar seguimiento y difusión a los informes que deben presentar todos los funcionarios que representen al Servicio en foros o eventos internacionales, de las actividades realizadas u. Identificar y coordinar con el ente administrativo correspondiente las necesidades y actividades de capacitación de organismos internacionales para los funcionarios del Servicio Sobre el tema, las Normas de Control en el punto 4.2 Requisitos de las actividades de control, inciso e. Documentación, establece que “Las actividades de control deben documentarse mediante su incorporación en los manuales de procedimientos, en las descripciones de puestos y procesos, o en documentos de naturaleza similar. Esa documentación debe estar disponible, en forma ordenada conforme a criterios previamente establecidos, para su uso, consulta y evaluación.” Asimismo, por sanas prácticas administrativas, se deben revisar periódicamente los procedimientos con el fin de mantenerlos actualizados y ajustarlos a la realidad de la dependencia. La actualización y mejora de los manuales de procedimientos, de forma tal que contengan todos los procedimientos que son de competencia del Área, para llevar a cabo cada una de las funciones que le son establecidas, incide directamente en el desempeño eficiente y eficaz del funcionario al momento de ejercer sus funciones, asimismo, es un instrumento que minimizaría el riesgo de que un funcionario ejecute una función de modo incorrecto y lo que esta situación podría acarrear. 3 Conclusiones El Área de Relaciones y Asuntos Externos de la Dirección General de Aduanas, de acuerdo a la normativa que la rige, tiene a su cargo una serie de funciones orientadas a coordinar, administrar, organizar y difundir las políticas y directrices que orienten las decisiones y acciones del ámbito aduanero en el plano nacional e internacional, para el efectivo cumplimiento de los compromisos contraídos en ambos planos, con la finalidad de proyectar una nueva imagen institucional y fortalecer las relaciones nacionales e internacionales. No obstante, en el estudio se determinaron algunos aspectos de control que son susceptibles de mejora.

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Lo primero que se determinó en este estudio es que el Área de Relaciones y Asuntos Externos, a pesar de contar con 22 funciones designadas mediante Decreto Ejecutivo Nº 25270 Reglamento a la Ley General de Aduanas y su reforma mediante Decreto Ejecutivo Nº 34475, tiene planteadas un listado de 17 funciones, de las cuales solo 11 de ellas se encuentran alineadas con las funciones designadas, dejando de considerar las restantes 11 funciones del decreto, y a la vez agregando otras 6 funciones más. Asimismo, de las 9 funciones del decreto que se indagaron más a fondo, se determinó que 6 de estas presentan algunos aspectos en cuanto a su cumplimiento y atención. Ver punto 2.1 de este informe. Otro aspecto que llama la atención son las otras actividades que lleva a cabo el ARAE referentes al desarrolle e implementación del Proyecto del Operador Económico Autorizado OEA–PROFAC –que por decreto le corresponde ejecutarla a la Dirección General de Aduanas mediante la Dirección de Gestión Técnica-, y el desarrollo de Auditorías Internas, en las cuales el Área invierte tiempo, recursos humanos, tecnológicos y financieros, sin ser estas parte o derivadas de las competencias establecidas por decreto, máxime si se considera la cantidad de funcionarios con que actualmente cuenta el Área. Ver punto 2.2 de este informe. Por otro lado, se observó que el Plan Anual Operativo del ARAE, a pesar de contener los elementos relevantes de todo plan, y los objetivos y acciones planteados son muy similares de un año a otro, no se logró determinar en su totalidad que estos se encontraran alineados con las funciones que le competen al Área, situación que se observa para 6 objetivos y actividades relacionadas que se incorporan en el Plan 2012 y 5 de los del Plan 2013, lo anterior, aún cuando algunas de estas funciones sí requieren ser ejecutadas por el Área por ser aspectos meramente administrativos. Por otro lado, se constató en el Informe de gestión diciembre 2012 que el cumplimiento de algunas de las metas que se detallan no fueron ejecutadas por el ARAE sino a través de otras Áreas y aún así se presentan entre las metas cumplidas del ARAE. Ver punto 2.3 de este informe. Por último se determinó que, a pesar de que el ARAE cuenta con un Manual de Procedimientos, conformado con las políticas para llevar a cabo las gestiones del Área y 10 procedimientos, así como el Manual del Especialista OEA-PROFAC, dichos Manuales y procedimientos no consideran todas las funciones que debe ejecutar el ARAE, pues únicamente trata 4 de la totalidad de funciones que le son de su competencia según lo establecido por decreto. Ver punto 2.4 de este informe. 4 Recomendaciones Al Director General de Aduanas: 4.1 Revisar en conjunto con el Área de Relaciones y Asuntos Externos, las funciones asignadas a esta Área mediante Decreto Ejecutivo Nº 25270 Reglamento a la Ley General de Aduanas, y Decreto Ejecutivo Nº 34475 Reforma al Reglamento a la Ley General de Aduanas, específicamente el artículo 7 bis, a fin de valorar cuáles son realmente las funciones que le corresponde realizar a esa Área, considerando la naturaleza, realidad, y necesidad de la misma, así como la participación que esa Área realiza al cumplimiento de los objetivos de la Dirección General de Aduanas; lo anterior, atendiendo la normativa vigente. Ver punto 2.1 de este informe. 4.2 Ordenar a quien corresponda que se revisen las actividades que realiza el Área de Relaciones y Asuntos Externos señaladas en el punto 2.2 de este informe, en torno a la implementación del Proyecto del Operador Económico Autorizado y a la realización de las llamadas “auditorías internas”, a fin de establecer lo que en derecho y las necesidades institucionales corresponde, y la utilización de los recursos del Área de Relaciones y Asuntos Externos se orienten a contribuir a las funciones establecidas y los objetivos de la Dirección General de Aduanas. Ver punto 2.2 de este informe.

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4.3 Ordenar a la Jefe del Área de Relaciones y Asuntos Externos, establecer los mecanismos de control necesarios y el seguimiento respectivo, que garanticen que en el Plan Anual Operativo del ARAE se incorporen únicamente los objetivos, acciones, metas y demás información relevantes y de su competencia para el cumplimiento de las funciones para las cuales fue creada el Área, sin incorporar información de otras áreas, a fin de informar de la situación propia del ARAE y su contribución al cumplimiento de los objetivos de la Dirección General de Aduanas. Ver punto 2.3 de este informe. 4.4 Ordenar a la Jefe del Área de Relaciones y Asuntos Externos realizar las gestiones que correspondan a fin de actualizar el Manual de Procedimientos, incorporando los procedimientos relacionados con todas las funciones que son de competencia, y que a su vez le permita contar con una herramienta de control y uso de los funcionarios, que establezca la forma como se deben ejecutar las funciones, los controles que se debe aplicar, así como el grado de participación y responsabilidad de los funcionarios. Ver punto 2.4 de este informe. Las recomendaciones contenidas en el presente informe, están sujetas a las disposiciones del artículo 36 de la Ley Nº 8292 Ley General de Control Interno, que establecen un plazo improrrogable de 10 días hábiles, para ordenar la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de ellas, debe dentro ese plazo señalado elevar el informe de auditoría al Ministro con las objeciones y soluciones alternas, con copia a la Auditoría Interna. _____________________________________ _________________________________________ Licda. Dyanna Lewis Álvarez Lic. Oldemar Murillo Arce Profesional de Auditoría Interna 3 Coordinador Auditoría Área de Ingresos

Copia Estudio 008-2013