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Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1559-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 25 MINUTOS DEL 10 DE AGOSTO DEL 2017 PROYECTO REMODELACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA DEL SECTOR VOLCÁN BARVA DEL PARQUE NACIONAL BRAULIO CARRILLO EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº D1-19944-2016-SETENA Conoce la Comisión Plenaria de esta Secretaría, el informe técnico DEA-2470-2017- SETENA, referente al del proceso de evaluación ambiental del expediente No. D1-19944- 2017-SETENA proyecto: Remodelación y ampliación de la infraestructura física del sector Volcán Barva del Parque Nacional Braulio Carrillo”, presentado por el señor Mario Coto Hidalgo, cédula de identidad 2-0333-0906, en representación legal del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, cédula jurídica: 3-007-317912. RESULTANDO PRIMERO: Que el día 2 de mayo del 2017, ingresa el proyecto “Remodelación y ampliación de la infraestructura física del sector Volcán Barva del Parque Nacional Braulio Carrilloa nombre del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, cédula jurídica: 3- 007-317912, representado por el Director Ejecutivo del SINAC señor Mario Coto Hidalgo, cédula de identidad 2-0333-0906, con número de expediente administrativo D1-19944- 2017-SETENA. SEGUNDO: Que el día 2 de junio del 2017, se realizó inspección al área del proyecto por parte de los funcionarios del Departamento de Evaluación Ambiental (DEA) Mauricio Solís Campos y Joanna Méndez Herrera, el señor Darrin Valerio cédula de identidad 110360084 en representación de la empresa consultora ambiental Ambiente & Desarrollo S.A, y el señor Mauricio Arias Zumbado, cédula de identidad 108550917en representación del SINAC. (Folios 0110 al 0112 del expediente administrativo). TERCERO: Que mediante oficio DEA-1740-2017-SETENA del 06 de junio del 2017, se le solicita al desarrollador aportar la siguiente información de previo a resolver: 1. Georreferenciación (área del proyecto incluyendo senderos nuevos y senderos a mejorar), 2. Diseño de sitio de la actividad, obra o proyecto que incluya el área donde se desarrolla la obra gris y los senderos nuevos y a mejorar, 3. Estudio técnico de geología básica del terreno en el que se corrija información aportada en el mapa Geomorfológico y se indique el volumen del movimiento de tierras a realizar y la disposición de los mismos,4. Estudio de hidrogeología ambiental donde se solicita aclarar información aportada en este apartado así como, Presentar la síntesis de los resultados hidrogeológicos y conclusiones según lo indicado en el D.E. 32712- MINAE. Anexo 6, 5. Condición de amenazas/riesgos naturales del AP, se solicita presentar información sobre estabilidad de ladera y actividad volcánica, 6. Presentar el Estudio biológico rápido, 7. Certificación de la inversión total de la actividad, 8. Disponibilidad de servicios públicos (a. Agua potable, b. Electricidad, c. Recolección de desechos sólidos), 9. Realizar aclaraciones sobre el desfogue pluvial y 10. Realizar aclaraciones sobre el personal que se contratará para el proyecto, otorgándose

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Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental

SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862

www.setena.go.cr

Resolución Nº 1559-2017-SETENA

EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 25 MINUTOS DEL 10 DE AGOSTO DEL 2017

PROYECTO REMODELACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA DEL SECTOR

VOLCÁN BARVA DEL PARQUE NACIONAL BRAULIO CARRILLO EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº D1-19944-2016-SETENA

Conoce la Comisión Plenaria de esta Secretaría, el informe técnico DEA-2470-2017-SETENA, referente al del proceso de evaluación ambiental del expediente No. D1-19944-2017-SETENA proyecto: “Remodelación y ampliación de la infraestructura física del sector Volcán Barva del Parque Nacional Braulio Carrillo”, presentado por el señor Mario Coto Hidalgo, cédula de identidad 2-0333-0906, en representación legal del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, cédula jurídica: 3-007-317912.

RESULTANDO

PRIMERO: Que el día 2 de mayo del 2017, ingresa el proyecto “Remodelación y ampliación de la infraestructura física del sector Volcán Barva del Parque Nacional Braulio Carrillo” a nombre del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, cédula jurídica: 3-007-317912, representado por el Director Ejecutivo del SINAC señor Mario Coto Hidalgo, cédula de identidad 2-0333-0906, con número de expediente administrativo D1-19944-2017-SETENA.

SEGUNDO: Que el día 2 de junio del 2017, se realizó inspección al área del proyecto por parte de los funcionarios del Departamento de Evaluación Ambiental (DEA) Mauricio Solís Campos y Joanna Méndez Herrera, el señor Darrin Valerio cédula de identidad 110360084 en representación de la empresa consultora ambiental Ambiente & Desarrollo S.A, y el señor Mauricio Arias Zumbado, cédula de identidad 108550917en representación del SINAC. (Folios 0110 al 0112 del expediente administrativo).

TERCERO: Que mediante oficio DEA-1740-2017-SETENA del 06 de junio del 2017, se le solicita al desarrollador aportar la siguiente información de previo a resolver: 1. Georreferenciación (área del proyecto incluyendo senderos nuevos y senderos a mejorar), 2. Diseño de sitio de la actividad, obra o proyecto que incluya el área donde se desarrolla la obra gris y los senderos nuevos y a mejorar, 3. Estudio técnico de geología básica del terreno en el que se corrija información aportada en el mapa Geomorfológico y se indique el volumen del movimiento de tierras a realizar y la disposición de los mismos,4. Estudio de hidrogeología ambiental donde se solicita aclarar información aportada en este apartado así como, Presentar la síntesis de los resultados hidrogeológicos y conclusiones según lo indicado en el D.E. 32712- MINAE. Anexo 6, 5. Condición de amenazas/riesgos naturales del AP, se solicita presentar información sobre estabilidad de ladera y actividad volcánica, 6. Presentar el Estudio biológico rápido, 7. Certificación de la inversión total de la actividad, 8. Disponibilidad de servicios públicos (a. Agua potable, b. Electricidad, c. Recolección de desechos sólidos), 9. Realizar aclaraciones sobre el desfogue pluvial y 10. Realizar aclaraciones sobre el personal que se contratará para el proyecto, otorgándose

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un plazo de 30 días hábiles para su presentación. (Folios 0117 al 0120 del expediente administrativo).

CUARTO: Mediante el consecutivo 6742 con fecha de recibido por esta Secretaría del 18 de julio del 2017 y los consecutivos 6861 DEA y 6922 DEA, con fecha de recibido por esta Secretaría del 21 de julio del 2017, se recibe la información solicitada según oficio DEA-1740-2017-SETENA, la cual después de su respectivo análisis se da por aceptada. (Folios 0122 al 0167 del expediente administrativo).

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que el artículo 19 de la Ley Orgánica del Ambiente señala "Las resoluciones de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental deberán ser fundadas y razonadas. Serán obligatorias tanto para los particulares como para los entes y organismos públicos." SEGUNDO: Legitimación. De conformidad con los artículos 282 y 283 de la Ley General de Administración Pública (en adelante LGAP) y 1253 del Código Civil, se tiene por legitimado al señor Mario Coto Hidalgo, cédula de identidad 2-0333-0906, representante Legal del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, cédula jurídica: 3-007-317912, para solicitar y cumplir con la evaluación ambiental ante esta Secretaría, del proyecto Remodelación y ampliación de la infraestructura física del sector Volcán Barva del Parque Nacional Braulio Carrillo, al cual se le asignó el expediente administrativo D1-19944-2017-SETENA. TERCERO: Que de conformidad con el criterio del Departamento de Evaluación Ambiental y de la documentación que consta en el expediente administrativo, se determinó lo siguiente:

1. Mediante la categorización general según el Impacto Ambiental Potencial (IAP) se establece que el proyecto corresponde con la subcategoría B2: Moderado - Bajo Impacto Ambiental Potencial. Respecto a los criterios de ponderación y clasificación para la Significancia Ambiental (SIA), se estableció una calificación final de 261 puntos.

2. Descripción del proyecto: La descripción del proyecto se detalla en los folios 0022 al 0032 del expediente administrativo. Los componentes que se plantean construir son los siguientes: área de parqueo para 25 automóviles, 20 bicicletas, 2 carros de acampar y 8 motocicletas, centro de visitantes, área de acampar para diferentes tipos de tiendas, con área de cocina y servicios sanitarios, zona para 2 ranchos familiares de 4 familias cada uno, zona de mesas al aire libre, caseta para el guarda, centro de acopio y remodelación de servicios sanitarios existentes, senderos de ingreso al Parque, mejoras a los senderos: La Laguna, El Mirador y Cacho de Venado, casa de voluntarios e investigadores, demolición de las viviendas para voluntarios existentes.

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Cuadro de áreas:

Descripción Área Parcial

Área Total

Área de parqueo 1205 1205

Área de camping 253 253

Centro de visitantes 283 283

Ranchos familiares 72 72

Caseta de guarda 3,75 3,75

Centro de acopio 24 24

Senderos 402 402

Casa de investigación 125 125

Total 2367,75

Descripción de los trabajos a realizar: 1. Demolición: Demolición de la infraestructura de ingreso del sector de este Parque y casa de visitantes. Estas estructuras son de madera y techo de zinc. 2. Movimiento de tierras: El material removido (1348m3) será utilizado en labores de nivelación y de reparación de otras superficies internas del Parque, el material que no se utilice será colocado contiguo a la casa actual del guarda parques, área alterada. 3. Zanjeo para colocación de tuberías: Se requerirá movimiento de tierra para la colocación de tuberías para el sistema de agua potable y manejo de aguas pluviales, en la mayoría de los casos el material removido utilizará en el cierre del zanjeo realizado. 4. Obra gris: - Parqueo para 35 automóviles, 20 bicicletas, 2 carros de acampar y 8 motocicletas: Tendrá un área de 1205 m2, se plantea en concreto permeable, con manejo de escorrentía a través de cortes de agua y desfogues controlados al sector boscoso, para evitar erosión tanto en el parqueo como en el bosque. - Centro de visitantes: Con un área de 283m2, integra la caseta de control, oficina de guías, tienda de naturaleza, cafetería, terraza, centro de información y capacitación, área central y servicios sanitarios. El sistema constructivo se plantea en muro seco con “Plycem”. Las aguas servidas se manejarán a través de un tanque séptico mejorado con filtro FAFA y drenajes. - Área de acampar para diferentes tipos de tiendas, con áreas de cocina y servicios sanitarios: Las plataformas para las tiendas de acampar serán de tres tipos: para tiendas sencillas de dos personas con 12,5 m2, para tiendas de 4 o 6 personas con 21 m2 y para tiendas de 8 personas con 36m2. Las plataformas serán confinadas con bloques de concreto, relleno el borde sale 20 cm sobre el nivel del terreno, las tiendas sobre piso de arena con geotextil para separar tierra firme de esta. La zona de cocina de 36m2, en muro seco con forros de “Plycem” y piso en concreto lujado. El módulo de servicio sanitario con 18 m2 más 3 lavamanos. - Zona para dos ranchos familiares de 4 familias cada uno: serán de 72m2, los pisos serán en concreto lujado con bancas en concreto con protector para evitar el deterioro del mismo. - Zona de mesas al aire libre: Serán en madera curada para intemperie con capacidad para 6 personas, se instalarán inicialmente 4, luego 6 más para un total de 10 mesas.

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- Caseta para el guarda del parqueo: Será de 3.75m2, el sistema constructivo se plantea en muro seco con forros de “Plycem”. - Centro de acopio y remodelación del módulo existente: Tiene un área de 24m2, tendrá 4 compartimentos para papeles y cartones, plásticos, vidrios y latas. Los desechos biodegradables se manejarán dentro del Parque en donde actualmente se disponen los que genera la administración. Senderos: - Sendero 1 (del parqueo al centro de visitantes, acceso auxiliar). Tendrá 20 m lineales con 1,5 m de ancho. - Sendero 2 (del parqueo al centro de visitantes, acceso principal). Tendrá 40 m lineales con 2.5 m de ancho. - Sendero 3 (conexión del cetro de visitantes al sendero La Laguna). Tendrá 170 m lineales con 1,5 m de ancho. - Sendero 4 (Del centro de visitantes a plataformas de acampar). Tendrá 60 m lineales con 1,2 m de ancho. - Mejora a los senderos La Laguna Barva 300 m de longitud, Mirador Vara Blanca 900 m de longitud y Cacho de Venado 1900 m de longitud. Estos senderos se proponen en piedra cuarta sobre malla geotextil confinados con losas de concreto, con bahías de 15 m2, además, con estructuras para rótulos integrados. Los senderos 1, 2 y 3 se plantean en concreto permeable sobre malla geotextil, confinado con losas de concreto y sus respectivos sistemas de manejo de aguas pluviales, este sendero tendrá pendientes inferiores al 10% procurando con ello ofrecerlo como universal. Sin embargo, tendrá una bahía de conexión a un futuro sendero universal de 300 m de largo por 2 m de ancho con sus respectivas bahías de descanso (4 en total) de 15 m2 cada uno. - Casa de voluntarios e investigadores: Tendrá 125m2 de construcción más las terrazas exteriores, el sistema constructivo se plantea en muro seco con forros de “Plycem”. 3. El día 9 de mayo del 2017, luego de haber revisado la información contenida en el expediente administrativo Nº 19944-2017-SETENA y aplicado el procedimiento de ubicación del proyecto por medio de coordenadas en el Sistema de Información Geográfica que maneja esta Secretaría, cumpliendo de esta manera con lo ordenado mediante Resolución Nº 1661-2011-SETENA, se determinó por parte del Departamento de Evaluación Ambiental, recomendar realizar la inspección de campo. 4. El día 2 de junio del 2017, se realizó inspección al área del proyecto por parte de los funcionarios del Departamento de Evaluación Ambiental (DEA) Mauricio Solís Campos y Joanna Méndez Herrera, el señor Darrin Valerio cédula de identidad 110360084 en representación de la empresa consultora Ambiente & Desarrollo S.A, y el señor Mauricio Arias Zumbado, cédula de identidad 108550917 en representación del SINAC. (Folios 0110 al 0112 del expediente administrativo).

a. Accesos Área de Proyecto (AP): El acceso al proyecto es en lastre desde la comunidad de Sacramento, apto para carros 4X4.

b. Condición del AP: El AP se ubica dentro del Parque Nacional Volcán Barva, en el sitio existe una casa de madera antigua que será demolida según la descripción del proyecto y actualmente se usa como casa de registro de visitantes.

c. Registro de Coordenadas GPS: Se localiza en las coordenadas Latitud 1120238 y longitud 486258.

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d. Presencia de Cuerpos de Agua Superficiales: Dentro del AP no se ubican cuerpos de agua superficiales.

e. Otros Aspectos: En el AP (área de camping e infraestructura gris) se presenta topografía plana ondulada cubierta por zacate, además se observan troncos caídos y algunos árboles esporádicos. Los senderos a mejorar presentan segmentos en tierra y otros segmentos en piedra cuarta mezclada con suelo. En los segmentos de tierra se observaron huellas de Danta según reconoció el biólogo Mauricio Solís Campos.

5. De acuerdo con la información aportada a los folios 0125 y 0126 del expediente administrativo, el presupuesto preliminar de la obra es de 266 255 772,75 (doscientos sesenta y seis millones doscientos cincuenta y cinco mil setecientos setenta y dos colones con setenta y cinco céntimos). I. Observaciones Generadas y Anexos

1. Aspectos técnicos contemplados en la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)

Contenido Folios del expediente

administrativo

Responsable / Institución

Estudio de Geotécnico

0057 al 0084. Ing. Marco Valverde Mora. Consultor CI-111-16 (INGEOTEC, S.A) Vigente al 09/05/2018

Estudio Hidrológico 0051 al 0055 se utilizará sistema de alcantarillado pluvial, Elier Navarro Quirós, CI-080-2006. Vigente al 29/06/2019

Certificación de Riesgo Antrópico

0050 Ing. Elier Navarro Quirós, CI-080-2006

Geología Básica 0036 al 0049 Geól. María Gómez T. CI-03-2004, vigente al 23/12/2018.

Hidrogeología 0038 al 0041, ampliación en los folios

0138 al 0141

Geól. María Gómez T. CI-03-2004, vigente al 23/12/2018.

Amenazas Naturales 0036 al 0037, ampliación en los folios0138 al 0141

Geól. María Gómez T. CI-03-2004, vigente al 23/12/2018.

Reporte Arqueológico Rápido

0035 Certificación de no presentación del estudio de arqueológico rápido del terreno, Tatiana Hidalgo O. Arqueóloga CI-SETENA-160-96. Vigente al 09/05/2018.

Componente Biológico

0127 al 0136, ampliación en los folios

0154 al 0165

Biól. Susana Gutiérrez Acuña CI-238-16-SETENA. Vigente al 12/10/2018

Descripción detallada del proyecto

0022 al 0032 Ambiente & Desarrollo Consultores Ambientales S.A EC-0010-2007. Vigente al 07/09/2018

Estudio de tiempos de tránsitos de

0038 Geól. María Gómez T. CI-03-2004, apto para uso de tanque séptico.

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contaminantes

2. Otros aspectos incorporados en el expediente

Contenido

Folios del expediente

administrativo

Descripción Responsable / Institución

Diseño de sitio de la actividad, obra o proyecto

0086, ampliación en los folios 0142

al 0143

Se aportan 3 lámina de diseño.

Arq. Walter Sánchez Salas A-6105.

Disponibilidad de agua potable

0124 Existe disponibilidad actual del servicio.

SINAC-DE-1201, Oficio presentado por el SINAC

Disponibilidad de recolección de desechos sólidos

0124 Existe disponibilidad actual del servicio.

SINAC-DE-1201, Oficio presentado por el SINAC

Disponibilidad de energía eléctrica

0124 Existe disponibilidad actual del servicio.

SINAC-DE-1201, Oficio presentado por el SINAC

Visto bueno para desfogue de aguas pluviales

0125 Se autoriza desfogue pluvial.

SINAC-DE-1200, Oficio presentado por el SINAC

1. El estudio de suelos brinda recomendaciones específicas que deben realizar para las

siguientes actividades: Capacidad de soporte admisible, Cimentación de estructuras y Parámetros de diseño de estructuras que soportan empujes, (Folios 0066 al 0073 del expediente administrativo). En el folio 0072 se menciona que los materiales que componen el depósito estudiado son de pobre calidad mecánica. Lo anterior traerá como consecuencia la necesidad de emplear sistemas de cimentación no convencionales, con el fin de minimizar la posibilidad de que se presenten situaciones en la fundación que puedan afectar negativamente la estructura.

2. La certificación arqueológica recomienda que, los desarrolladores quedan obligados a dar aviso al Museo Nacional de Costa Rica, tal y como lo establece la Ley 6703, en el caso de que se detecte cualquier tipo de evidencia arqueológica (Folio 0035 del expediente administrativo).

3. En el estudio de Hidrogeología Ambienta se indica que la vulnerabilidad del acuífero a la contaminación para el área del proyecto es y baja (0,19). De acuerdo con el análisis del tiempo de tránsito de contaminantes, se tiene que éstos tardan 180 días en llegar a la zona saturada, Por lo tanto, las bacterias llegarían muertas a la zona saturada y no se analiza el tiempo de tránsito en dicha zona. (Folios 0038 y 0139 del expediente administrativo).

4. En el estudio de Biología Rápida del terreno se concluye que las obras no tendrán un impacto negativo, ya que la mayoría de la cobertura vegetal son pastos y arbustos. Se recomienda; 1. Dar una charla de inducción a los trabajadores de la obra donde se explique la importancia y los cuidados que se deben tener en un ambiente frágil. 2. Delimitar la zona de trabajo para evitar el intercambio entre el área de construcción con el área de bosque, 3. Crear un centro de acopio para la correcta gestión de los

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residuos y evitar la afectación al área ambientalmente frágil, 4. Respetar los picos de actividad de la avifauna con el fin de evitar el impacto en este grupo. Se recomienda no llevar a cabo actividades que generen ruido y vibraciones entre los horarios de 5:30 am a 7:30 am y de 4 pm a 5:30 pm.

5. Se le advierte al desarrollador que deberá de solicitar los permisos correspondientes ante las instancias competentes. Ninguna resolución de esta Secretaría, le crea derecho alguno en el caso de que la Municipalidad Local u otra dependencia, no le otorgué los permisos correspondientes.

CUARTO: Que el artículo 17 de la Ley Orgánica del Ambiente señala que: “Las actividades humanas que alteren o destruyan elementos del ambiente o generen residuos, materiales tóxicos o peligrosos, requerirán una evaluación de impacto ambiental por parte de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental creada en esta ley. Su aprobación previa, de parte de este organismo, será requisito indispensable para iniciar las actividades, obras o proyectos. Las leyes y los reglamentos indicarán cuales actividades, obras o proyectos requerirán la evaluación de impacto ambiental.” QUINTO: Que en el presente procedimiento administrativo, se presentó el instrumento de evaluación ambiental documento de Evaluación Ambiental inicial y la Declaración Jurada de Compromisos Ambientales, de acuerdo al Manual de Instrumentos Técnicos para el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (Manual de EIA, parte II), los cuales fueron debidamente analizados por el Departamento de Evaluación Ambiental, se concluyó que cumplen con los términos de referencia y los requerimientos técnicos emitidos por esta Secretaría. En virtud de lo anterior, y de conformidad con las facultades de control y seguimiento establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica del Ambiente, que señala: “La Secretaría Técnica Nacional Ambiental establecerá instrumentos y medios para dar seguimiento al cumplimiento de las resoluciones de la evaluación de impacto ambiental. En los casos de violación de su contenido, podrá ordenar la paralización de las obras. El interesado, el autor del estudio y quienes lo aprueben serán, directa y solidariamente, responsables por los daños que se causen.” lo procedente en el presente caso es aprobar el instrumento de evaluación de impacto ambiental: Declaración Jurada de Compromisos Ambientales y las matrices de impacto ambiental, presentados en el Documento D1 y otorgar la viabilidad ambiental. SEXTO: Que de conformidad con el Artículo 45°. - Resolución y otorgamiento de la Viabilidad (o Licencia) Ambiental del reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental Decreto Ejecutivo No. 31849-MINAE-MAG-MOPT,MEIC,S, señala: “Los lineamientos o directrices ambientales de compromiso que enmarcan el otorgamiento de la viabilidad (licencia) ambiental, y que estarán basadas en todo el proceso de EIA, así como una serie de condiciones e instrumentos de control y seguimiento ambiental, que incluyen los siguientes elementos: Desarrollo e implementación de los Instrumentos de Control y Seguimiento Ambiental (ICOS), que comprenden 3 aspectos básicos como son: Nombramiento de un Responsable Ambiental, una Bitácora Ambiental. La presentación de los Instrumentos de Control y Seguimiento Ambiental (ICOS) deberá realizarse antes de iniciar obras”. SÉTIMO: Que al momento de emitir el presente informe no hay apersonados o personas opuestas al desarrollo del proyecto descrito.

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OCTAVO: Tomando en cuenta lo establecido en el artículo 86, punto 5 del DE 31849, la Comisión Plenaria considera que, por tratarse de un proyecto de infraestructura de interés público, se exonere el monto por concepto de garantía ambiental. Además, los impactos son de baja significancia (SIA 261 puntos).

POR TANTO LA COMISIÓN PLENARIA RESUELVE

En Sesión Ordinaria Nº 097-2017 de esta Secretaría, realizada el 09 de agosto del 2017, en el Artículo No. 15 acuerda: PRIMERO: De acuerdo a la información aportada por el señor Mario Coto Hidalgo, cédula de identidad: 2-0333-0906, representante legal del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), cédula jurídica: 3-007-317912, y al señor Darrin Valerio cédula de identidad 110360084, representante legal de la empresa Ambiente & Desarrollo S.A EC-0010-2007 responsables de la presentación y elaboración de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) presentada ante la SETENA (Normativa concordante Decreto Ejecutivo No. 31849 artículos 3 inciso 23, 81, Decreto 32712-MINAE artículo 5 y artículo 20 de la Ley 7554), cuya información tiene carácter de Declaración Jurada, por lo que se considera actual y verdadera, en caso contrario pueden derivarse consecuencias penales del hecho según lo establece el artículo 9 del Decreto Ejecutivo No.31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC reformado por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 32734 del 09 de agosto de 2005, se aprueba:

a. El Formulario de Evaluación Ambiental D1. b. La Declaración Jurada de Compromisos Ambientales c. Las medidas ambientales, las recomendaciones de los Estudios Técnicos y

las matrices de impacto ambiental, presentados junto al Documento de Evaluación Ambiental, los cuales fueron sometidos a evaluación por el consultor ambiental y el proyectista.

d. Los estudios técnicos complementarios, los cuales incluyen una serie de recomendaciones que son de acatamiento obligatorio, por lo que, en caso de no acogerlos, podrá ser sancionado de acuerdo a la legislación vinculante vigente.

e. La información adicional presentada. SEGUNDO: Exonerar al señor Mario Coto Hidalgo, cédula de identidad 2-0333-0906, en representación legal del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, cédula jurídica: 3-007-317912, expediente administrativo D1-19944-2017-SETENA, del pago por concepto de monto de garantía ambiental, según lo indicado en el Considerando Octavo. Se le ordena a cumplir con lo siguiente:

1. Nombrar un Responsable Ambiental, con su inscripción vigente en el Registro de Consultores de la SETENA, mediante el envío de una nota firmada por el propietario con la aceptación del profesional asignado. Deberá aportar la carta de nombramiento, firmado por el desarrollador y la carta de aceptación firmada por el consultor. Los informes ambientales deberán ser presentados en un plazo máximo de 10 días posteriores a la finalización del periodo que cubren.

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2. Presentar ante la Unidad Legal de esta Secretaría, un libro de Actas de 100 folios, el cual será habilitado por dicho Dpto. como Bitácora.

La anterior documentación deberá ser presentada por el desarrollador antes del inicio de actividades. TERCERO: Con base en las características ambientales del AP y su interacción con las actividades que realizará el proyecto, se establece una periodicidad de presentación de informes regenciales de cada cuatro meses durante la etapa constructiva y un informe final consolidado al finalizar dicha etapa. Los Informes ambientales deberán ser presentados en un plazo máximo de 10 días posteriores a la finalización del periodo que cubren. En el momento de iniciar actividades se inicia el periodo del primer informe de regencia ambiental. Para la elaboración de estos informes, de acuerdo al formato establecido por esta Secretaría, será responsabilidad del regente ambiental realizar el número de visitas necesarias, dependiendo de las características del proyecto. Con base en estos informes y al programa de monitoreo, la SETENA podrá ajustar el monto de garantía y dictar medidas de acatamiento obligatorio para mantener al proyecto, obra o actividad dentro de un margen de impacto ambiental controlado. El responsable y el propietario deberán brindar apoyo a las labores de la SETENA, en las inspecciones que esta efectúe. CUARTO: El incumplimiento de los requerimientos de esta Secretaría, así como de cualquiera de las obligaciones contraídas en la Declaración Jurada de Compromisos Ambientales, las matrices de impacto ambiental y el Formulario D1, podrán ser sancionados de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Ley Orgánica de Ambiente, así como la demás legislación vigente. QUINTO: Se le comunica al interesado que, de conformidad con los artículos 17,18 y 19 de la Ley Orgánica del Ambiente, se ha cumplido con el procedimiento de evaluación ambiental del proyecto que tiene las siguientes características: Nombre Proyecto: Remodelación y ampliación de la infraestructura física del sector Volcán Barva del Parque Nacional Braulio Carrillo Desarrollador: Sistema Nacional de Áreas de Conservación, cédula jurídica: 3-007-317912 Representante legal: Mario Coto Hidalgo, cédula de identidad 2-0333-0906 Ubicación: Provincia: Heredia Cantón: Barva Distrito: San José de la Montaña Hoja cartográfica: Abra. Escala: 1:50,000 Coordenadas: Longitud 486484 y Latitud 1119997 Planos catastrados: Volcán Barva del Parque Nacional Braulio Carrillo Descripción del Proyecto La descripción del proyecto se detalla en los folios 0022 al 0032 del expediente administrativo. Los componentes que se plantean construir son los siguientes: área de parqueo para 25 automóviles, 20 bicicletas, 2 carros de acampar y 8 motocicletas, centro de visitantes, área de acampar para diferentes tipos de tiendas, con área de cocina y servicios sanitarios, zona para 2 ranchos familiares de 4 familias cada uno, zona de

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mesas al aire libre, caseta para el guarda, centro de acopio y remodelación de servicios sanitarios existentes, senderos de ingreso al Parque, mejoras a los senderos: La Laguna, El Mirador y Cacho de Venado, casa de voluntarios e investigadores, demolición de las viviendas para voluntarios existentes. Cuadro de áreas:

Descripción Área Parcial

Área Total

Área de parqueo 1205 1205

Área de camping 253 253

Centro de visitantes 283 283

Ranchos familiares 72 72

Caseta de guarda 3,75 3,75

Centro de acopio 24 24

Senderos 402 402

Casa de investigación 125 125

Total 2367,75

Descripción de los trabajos a realizar: 1. Demolición: Demolición de la infraestructura de ingreso del sector de este Parque y casa de visitantes. Estas estructuras son de madera y techo de zinc. 2. Movimiento de tierras: El material removido (1348m3) será utilizado en labores de nivelación y de reparación de otras superficies internas del Parque, el material que no se utilice será colocado contiguo a la casa actual del guarda parques, área alterada. 3. Zanjeo para colocación de tuberías: Se requerirá movimiento de tierra para la colocación de tuberías para el sistema de agua potable y manejo de aguas pluviales, en la mayoría de los casos el material removido utilizará en el cierre del zanjeo realizado. 4. Obra gris: - Parqueo para 35 automóviles, 20 bicicletas, 2 carros de acampar y 8 motocicletas: Tendrá un área de 1205 m2, se plantea en concreto permeable, con manejo de escorrentía a través de cortes de agua y desfogues controlados al sector boscoso, para evitar erosión tanto en el parqueo como en el bosque. - Centro de visitantes: Con un área de 283m2, integra la caseta de control, oficina de guías, tienda de naturaleza, cafetería, terraza, centro de información y capacitación, área central y servicios sanitarios. El sistema constructivo se plantea en muro seco con “Plycem”. Las aguas servidas se manejarán a través de un tanque séptico mejorado con filtro FAFA y drenajes. - Área de acampar para diferentes tipos de tiendas, con áreas de cocina y servicios sanitarios: Las plataformas para las tiendas de acampar serán de tres tipos: para tiendas sencillas de dos personas con 12,5 m2, para tiendas de 4 o 6 personas con 21 m2 y para tiendas de 8 personas con 36m2. Las plataformas serán confinadas con bloques de concreto, relleno el borde sale 20 cm sobre el nivel del terreno, las tiendas sobre piso de arena con geotextil para separar tierra firme de esta. La zona de cocina de 36m2, en muro seco con forros de “Plycem” y piso en concreto lujado. El módulo de servicio sanitario con 18 m2 más 3 lavamanos.

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- Zona para dos ranchos familiares de 4 familias cada uno: serán de 72m2, los pisos serán en concreto lujado con bancas en concreto con protector para evitar el deterioro del mismo. - Zona de mesas al aire libre: Serán en madera curada para intemperie con capacidad para 6 personas, se instalarán inicialmente 4, luego 6 más para un total de 10 mesas. - Caseta para el guarda del parqueo: Será de 3.75m2, el sistema constructivo se plantea en muro seco con forros de “Plycem”. - Centro de acopio y remodelación del módulo existente: Tiene un área de 24m2, tendrá 4 compartimentos para papeles y cartones, plásticos, vidrios y latas. Los desechos biodegradables se manejarán dentro del Parque en donde actualmente se disponen los que genera la administración. Senderos: - Sendero 1 (del parqueo al centro de visitantes, acceso auxiliar). Tendrá 20 m lineales con 1,5 m de ancho. - Sendero 2 (del parqueo al centro de visitantes, acceso principal). Tendrá 40 m lineales con 2.5 m de ancho. - Sendero 3 (conexión del cetro de visitantes al sendero La Laguna). Tendrá 170 m lineales con 1,5 m de ancho. - Sendero 4 (Del centro de visitantes a plataformas de acampar). Tendrá 60 m lineales con 1,2 m de ancho. - Mejora a los senderos La Laguna Barva 300 m de longitud, Mirador Vara Blanca 900 m de longitud y Cacho de Venado 1900 m de longitud. Estos senderos se proponen en piedra cuarta sobre malla geotextil confinados con losas de concreto, con bahías de 15 m2, además, con estructuras para rótulos integrados. Los senderos 1, 2 y 3 se plantean en concreto permeable sobre malla geotextil, confinado con losas de concreto y sus respectivos sistemas de manejo de aguas pluviales, este sendero tendrá pendientes inferiores al 10% procurando con ello ofrecerlo como universal. Sin embargo, tendrá una bahía de conexión a un futuro sendero universal de 300 m de largo por 2 m de ancho con sus respectivas bahías de descanso (4 en total) de 15 m2 cada uno. - Casa de voluntarios e investigadores: Tendrá 125m2 de construcción más las terrazas exteriores, el sistema constructivo se plantea en muro seco con forros de “Plycem”. Por lo que se le otorga la VIABILIDAD (Licencia) AMBIENTAL a la actividad planteada, quedando abierta la etapa de Gestión Ambiental. SEXTO: Se le previene al desarrollador que la viabilidad ambiental, sólo contempla lo indicado en la descripción del proyecto y el diseño presentado, cualquier modificación, debe ser informada a la SETENA, para que realice la evaluación ambiental respectiva, de lo contrario se procederá conforme a la normativa vigente. SÉTIMO: Se le previene al desarrollador que de acuerdo al Artículo 11 del Decreto Ejecutivo Nº 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC—Alcance del trámite de EIA ante la SETENA, el cumplimiento del procedimiento de EIA no exime al desarrollador de una actividad, obra o proyecto, del trámite a cumplir ante otras autoridades de la Administración, de conformidad con las competencias y normativa vigentes, ni de cumplir con sus obligaciones o responsabilidades que de su gestión deriven.

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OCTAVO: La vigencia de esta viabilidad será por un período de CINCO AÑOS para el inicio de las obras, actividades o proyectos. En caso de no iniciarse las obras en el tiempo establecido, se procederá a aplicar lo establecido en la legislación vigente. NOVENO: Contra esta resolución cabe interponer dentro del plazo de tres días a partir del día siguiente a la notificación, los recursos ordinarios de revocatoria ante la SETENA, y el de apelación ante el Ministro de Ambiente y Energía, de conformidad con los artículos 342 y siguientes de la Ley General de Administración Pública y 87 de la Ley Orgánica del Ambiente. DÉCIMO: Toda documentación que sea presentada ante la SETENA deberá indicar claramente el número de expediente, el número de resolución, un correo electrónico y el nombre completo del proyecto. DÉCIMO PRIMERO: Los documentos originales firmados digitalmente (Firma Digital) estarán en la dirección web http://www.setena.go.cr/docs/, donde debe ser verificado por el interesado. Un original impreso y firmado se archiva como una pieza del expediente administrativo que se encuentra en custodia de la SETENA. En cuanto a los documentos firmados físicamente, constan en el expediente administrativo para cualquier verificación. En caso de que el interesado requiera una copia impresa certificada de alguno de los documentos notificados, deberá solicitar por escrito una certificación ante la SETENA.

Atentamente,

LIC. MARCO V. ARROYO FLORES SECRETARIO GENERAL

EN REPRESENTACION DE LA COMISION PLENARIA

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En la oficina de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental se notificó documento Nº 1559-2017-SETENA de las 07 horas 25 minutos del 10 de AGOSTO 2017. NOTIFÍQUESE:

Representante legal: Mario Coto Hidalgo Fax: 2238-0278

Correo electrónico: [email protected], [email protected]

Firma:__________________________________________cédula_____________ A las______ horas y ______minutos del _______ de ______________ del 2017.

Notifica______________________ De conformidad con el artículo 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales No. 8687 (publicada en La Gaceta No.20 de 29 de enero del 2009), el documento que se emite por correo electrónico o fax tiene la validez y la eficacia de los documentos físicos originales, debiéndose establecer medios para garantizar la autenticidad, integridad y seguridad.