2
.. .,... -¡-- REPUBLlCA DE COLOMBIA (&& ___-0.- . ---pI ) MINISTERIO DEL INTERIOR ;.) .. . j 393 DECRETO 'a1. '1 k ffl6 L Y ti Por el cual se da cumplimiento a una san Ión C!rsciplinaria impuesta al señor Joaco Berrío Villarreal en su condición de Gobernador del departamento de Bolívar EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 304 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 172 de la Ley 734 de 2002, y CONSIDERANDO: Que la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública de la Procuraduría General de la Nación, mediante fallo de primera instancia del 30 de noviembre de 2012, proferido dentro del proceso disciplinario radicado bajo el número IUS:2010-227522, adelantado en contra del señor Joaco Berrío Vil/arreal y otros, identificado con la cédula de ciudadanía número 9.094.681 ,en su condición de Gobernador del departamento de Bolívar, para la época de hechos, años 2007, 2008 Y2009, impuso sanción disciplinaria consistente en la destitución del cargo e inhabilidad para ejercer función pública por el término de dieciocho (18) años. Que la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, mediante providencia del 15 de diciembre de 2015, aprobada en Acta de Sala Extraordinaria No. 51, dentro del expediente NO.161-561 0(1 UC-D-2008-878-60834), confirmó el ordinal segundo del fallo radicado bajo el número IUS:2010-227522, del 30 de noviembre de 2012, emitido por la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública de la Procuraduría General de la Nación, en el sentido de sancionar al señor Joaco Berrío Villarreal con destitución del cargo e inhabilidad general para ejercer función pública por el término de dieciocho (18) años. Que según constancia secretarial del 17 febrero 2016, suscrita por la Secretaria del Grupo de Asesores Anticorrupción del Despacho del Procurador General de la Nación, la decisión cobró ejecutoria el día 4 de febrero de 2016, bajo el entendido que los efectos jurídicos se surten a partir de la misma fecha. Que mediante oficio de salida NO.24678 del18 de febrero de 2016, radicado en este Ministerio el 22 del mismo mes y año, dirigido al Presidente de la República, la doctora Sandra Yamile Mesa Diaz, en calidad de Secretaria del Grupo Asesores Anticorrupción del Despacho del Procurador General de la Nación, remitió copia de las providencias de primera y segunda instancia proferidas por la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública y la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, respectivamente, para que se haga efectiva la sanción impuesta al señor Joaco Berrío Vil/arreal, en su condición de Gobernador del departamento de Bolívar.

MINISTERIO DEL INTERIOR 'a k ffl6es.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO 393 DEL...Que mediante oficio de salida NO.24678 del18 de febrero de 2016, radicado en este Ministerio

  • Upload
    others

  • View
    0

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: MINISTERIO DEL INTERIOR 'a k ffl6es.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO 393 DEL...Que mediante oficio de salida NO.24678 del18 de febrero de 2016, radicado en este Ministerio

~ ..

.,... -¡-- ~

REPUBLlCA DE COLOMBIA (&& • ___-0.-. ---pI

)

MINISTERIO DEL INTERIOR

-~j ;.) .. . j 393 DECRETO NÚMERO ~I''''' 'a1.'1 k ~J ~.f ffl6

j~ ~rr;·~r\~ L Y ti ~ Por el cual se da cumplimiento a una san Ión C!rsciplinaria impuesta al señor Joaco Berrío

Villarreal en su condición de Gobernador del departamento de Bolívar

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 304 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 172 de la Ley 734

de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública de la Procuraduría General de la Nación, mediante fallo de primera instancia del 30 de noviembre de 2012, proferido dentro del proceso disciplinario radicado bajo el número IUS:2010-227522, adelantado en contra del señor Joaco Berrío Vil/arreal y otros, identificado con la cédula de ciudadanía número 9.094.681 ,en su condición de Gobernador del departamento de Bolívar, para la época de hechos, años 2007, 2008 Y2009, impuso sanción disciplinaria consistente en la destitución del cargo e inhabilidad para ejercer función pública por el término de dieciocho (18) años.

Que la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, mediante providencia del 15 de diciembre de 2015, aprobada en Acta de Sala Extraordinaria No. 51, dentro del expediente NO.161-561 0(1 UC-D-2008-878-60834), confirmó el ordinal segundo del fallo radicado bajo el número IUS:2010-227522, del 30 de noviembre de 2012, emitido por la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública de la Procuraduría General de la Nación, en el sentido de sancionar al señor Joaco Berrío Villarreal con destitución del cargo e inhabilidad general para ejercer función pública por el término de dieciocho (18) años.

Que según constancia secretarial del 17 febrero 2016, suscrita por la Secretaria del Grupo de Asesores Anticorrupción del Despacho del Procurador General de la Nación, la decisión cobró ejecutoria el día 4 de febrero de 2016, bajo el entendido que los efectos jurídicos se surten a partir de la misma fecha.

Que mediante oficio de salida NO.24678 del18 de febrero de 2016, radicado en este Ministerio el 22 del mismo mes y año, dirigido al Presidente de la República, la doctora Sandra Yamile Mesa Diaz, en calidad de Secretaria del Grupo Asesores Anticorrupción del Despacho del Procurador General de la Nación, remitió copia de las providencias de primera y segunda instancia proferidas por la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública y la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, respectivamente, para que se haga efectiva la sanción impuesta al señor Joaco Berrío Vil/arreal, en su condición de Gobernador del departamento de Bolívar.

Page 2: MINISTERIO DEL INTERIOR 'a k ffl6es.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO 393 DEL...Que mediante oficio de salida NO.24678 del18 de febrero de 2016, radicado en este Ministerio

_.' ' • . J . ... ¡ 393 DECRETO _____ DE 2016

Continuación del Decreto 'Por el cual se da cumplimiento a una sanción disciplinaria impuesta al seilor Joaco Barrio Vil/arreal en su condición de Gobemador del departamento de Bolívar' Hoja No, 2

Que en cumplimiento de lo ordenado por la Procuraduría General de la Nación, es necesario hacer efectiva la medida de destitución del cargo e inhabilidad general para ejercer función pública, por el término de dieciocho (18) años impuesta al señor Joaco Berrío Villarreal, en su condición de gobernador del departamento de Bolívar para la época de los hechos, años 2007,2008 Y 2009,

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. Sanción. Hacer efectiva la sanción disciplinaria consistente en destitución del cargo e inhabilidad general para ejercer función pública por el término de dieciocho (18) años, impuesta al señor Joaco Berrío Villarreal, identificado con la cédula de ciudadanía No. 9.094.681, en su condición de Gobernador del departamento de Bolívar, para la época de los hechos años, (2007, 2008 Y 2009); en cumplimiento de lo ordenado por la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública de la Procuraduría General de la Nación, en providencia de fecha 30 de noviembre de 2012, proferida dentro del proceso disciplinario con radicado bajo el número I US:201 0-227522, confirmada por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, en fallo del 15 de diciembre de 2015, dentro del expediente No. 161­5610(IUC-D-2008-878-60834), de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente decreto.

Artículo 2. Comunicación. Comunicar el contenido de este decreto al señor Joaco Berrío Villarreal, a la Procuraduría General de la Nación y a la Gobernación del departamento de Bolívar, para que efectúe la sanción y realice las anotaciones en la hoja de vida.

Artículo 3. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y contra él no procede recurso alguno.

PUBLíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C. a los

~ , --· l ~~~L~\ ~:~ . .16Ii~ ' ? /0,1 ;

/ J ~u~. ,.~tl ~

El Ministro del Interior,

( j JU~N FERN D· CRISTO BUSTOS

\

Proyectó Grece Silva Bermudez - Profesional Especializado .... ..r Revisó Jaime Andrés Ospina Echeverri - Coordinador Actuaciones ¡'dministrativa~

Gabriel René Cera Cantillo - Jefe Oficina Asesora JUrldiCa~~~~ Aprobó Ana Maria Almario Dreszer- Directora para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal

Sandra Patricia Devia Ruiz- Viceministra (el de Relaciones P líticas

EXTM116-0006838 del 22/02/16-TRD 1402.43,06