160
Consejería de Administración Pública y Hacienda Organizaciones sindicales. Subvenciones. Resolución de 1 de octubre de 2010, del Consejero, sobre concesión de subvenciones para el año 2010 a las organizaciones sindicales con implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura que no ostentan la condición de más representativas ..................................................................................... 25237 Consejería de Fomento Urbanismo. Resolución de 26 de febrero de 2009, de la Comisión de Urbanismo y Ordena- ción del Territorio de Extremadura, por la que se aprueba definitivamente la modificación puntual n.º 1 del Plan Parcial del Sector 3 del polígono industrial “Las Arenas” de Malpartida de Cáceres, que consiste en la modificación de las condiciones de separación a linderos y retranqueos, en parcelas en esquina y para naves aisladas ..................................... 25239 Normas subsidiarias. Resolución de 26 de noviembre de 2009, de la Comisión de Urbanis- mo y Ordenación del Territorio de Extremadura, por la que se aprueba definitivamente la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Maguilla, que consiste en apertura de vial en la calle Hernán Cortés ............................................ 25242 Normas subsidiarias. Resolución de 29 de abril de 2010, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, por la que se aprueba definitivamente la MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 NÚMERO 207 DIARIO OFICIAL DE EXTREMADURA SUMARIO III OTRAS RESOLUCIONES

MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

  • Upload
    others

  • View
    7

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Consejería de Administración Pública y Hacienda

Organizaciones sindicales. Subvenciones. Resolución de 1 de octubre de 2010, delConsejero, sobre concesión de subvenciones para el año 2010 a las organizaciones sindicalescon implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura que no ostentan la condiciónde más representativas ..................................................................................... 25237

Consejería de Fomento

Urbanismo. Resolución de 26 de febrero de 2009, de la Comisión de Urbanismo y Ordena-ción del Territorio de Extremadura, por la que se aprueba definitivamente la modificaciónpuntual n.º 1 del Plan Parcial del Sector 3 del polígono industrial “Las Arenas” de Malpartidade Cáceres, que consiste en la modificación de las condiciones de separación a linderos yretranqueos, en parcelas en esquina y para naves aisladas ..................................... 25239

Normas subsidiarias. Resolución de 26 de noviembre de 2009, de la Comisión de Urbanis-mo y Ordenación del Territorio de Extremadura, por la que se aprueba definitivamente lamodificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Maguilla, queconsiste en apertura de vial en la calle Hernán Cortés ............................................ 25242

Normas subsidiarias. Resolución de 29 de abril de 2010, de la Comisión de Urbanismoy Ordenación del Territorio de Extremadura, por la que se aprueba definitivamente la

MIÉRCOLES, 27de octubre de 2010

NÚMERO 207DIARIO OFICIAL DE

EXTREMADURA

S U M A R I O

III OTRAS RESOLUCIONES

Page 2: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Feria, queconsiste en la reclasificación de suelo no urbanizable a suelo urbano de uso dotacional,así como la reordenación de terrenos colindantes sitos junto al camino de los Mártirescon objeto de construir un tanatorio .................................................................. 25244

Viviendas. Corrección de errores de la Resolución de 17 de septiembre de 2010, de laDirección General de Vivienda y Arquitectura, por la que se acuerda el inicio del procedimientopara la inscripción de demandantes y la adjudicación de las viviendas protegidas incluidas enla promoción de viviendas tramitadas bajo el expediente n.º 06-NC-0043/2010-1-E, en lalocalidad de Medellín ......................................................................................... 25248

Consejería de Educación

Formación del Profesorado. Ayudas. Resolución de 11 de octubre de 2010, de la Conse-jera, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas para la realización de proyectos deformación en centros educativos para el curso 2010/2011 ...................................... 25249

Educación. Subvenciones. Resolución de 11 de octubre de 2010, de la Consejera, por laque se resuelve la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, dela Comunidad Autónoma de Extremadura, dedicadas a la atención de minorías étnicas y/oinmigrantes durante el curso 2010/2011 .............................................................. 25255

Consejería de los Jóvenes y del Deporte

Federaciones deportivas. Resolución de 4 de octubre de 2010, de la Dirección General deDeportes, por la que se dispone la publicación del Reglamento Electoral de la FederaciónExtremeña de Deportes para Discapacitados Intelectuales ...................................... 25257

Deportes. Ayudas. Resolución de 6 de octubre de 2010, del Consejero, por la que se conce-den ayudas a entidades deportivas extremeñas para el año 2010 ............................ 25272

Deportes. Ayudas. Resolución de 7 de octubre de 2010, del Consejero, por la que se denie-gan solicitudes de ayuda para la realización de eventos deportivos de especial interés en laComunidad Autónoma de Extremadura, desde el 1 al 31 de diciembre de 2010, conforme a lodispuesto en el Decreto 276/2009, de 28 de diciembre .......................................... 25284

Tribunal Superior de Justicia de Extremadura

Notificaciones. Edicto de 11 de octubre de 2010 sobre notificación de sentencia dictada enel recurso de suplicación n.º 320/2010 ................................................................ 25285

Miércoles, 27 de octubre de 201025234NÚMERO 207

IV ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Page 3: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Consejería de Economía, Comercio e Innovación

Adjudicación. Resolución de 13 de octubre de 2010, de la Secretaría General, por la que sehace pública la adjudicación del suministro de “Microscopio electrónico de barrido SEM parael Centro de Investigación Finca La Orden-Valdesequera”. Expte.: S-012/10/10 ......... 25287

Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente

Instalaciones eléctricas. Anuncio de 13 de octubre de 2010 sobre autorización administra-tiva de instalación eléctrica. Ref.: 06/AT-013695-017352 ....................................... 25288

Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural

Notificaciones. Anuncio de 1 de octubre de 2010 sobre notificación del acuerdo de inicio delprocedimiento de devolución de pagos indebidos en expediente tramitado por el Servicio deAyudas Sectoriales ............................................................................................ 25289

Concentración parcelaria. Anuncio de 4 de octubre de 2010 sobre aprobación del Plan deObras y Mejoras Territoriales de la zona de concentración parcelaria de Los Quintos, en eltérmino municipal de Villanueva de la Serena ....................................................... 25290

Notificaciones. Anuncio de 5 de octubre de 2010 sobre notificación de subsanación de solicituden el expediente n.º JF-5896, en relación a la calificación de explotación prioritaria ........ 25291

Notificaciones. Anuncio de 6 de octubre de 2010 sobre notificación de resoluciones aproba-torias en procedimientos de amojonamiento de vías pecuarias a su paso por la provincia deBadajoz ........................................................................................................... 25291

Notificaciones. Anuncio de 6 de octubre de 2010 sobre notificación de resoluciones apro-batorias en procedimientos de deslinde de vías pecuarias a su paso por la provincia deBadajoz ........................................................................................................... 25294

Explotaciones agrarias. Anuncio de 15 de octubre de 2010 por el que se da publicidad alas entidades beneficiarias de ayudas para la creación y/o adecuación de los servicios deasesoramiento a las explotaciones agrarias para el año 2010 .................................. 25295

Consejería de Igualdad y Empleo

Notificaciones. Anuncio de 22 de septiembre de 2010 sobre notificación en el expediente n.º1143/06, tramitado por la Dirección General de Inclusión Social, Infancia y Familias ... 25297

Consejería de Cultura y Turismo

Notificaciones. Anuncio de 23 de septiembre de 2010 sobre notificación de solicitud de visi-ta para valoración de estado de inmueble en expediente de declaración de ruina ....... 25297

Miércoles, 27 de octubre de 201025235NÚMERO 207

V ANUNCIOS

Page 4: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Notificaciones. Anuncio de 30 de septiembre de 2010 sobre notificación de acuerdo deincoación y pliego de cargos en expedientes sancionadores en materia de turismo ..... 25298

Notificaciones. Anuncio de 30 de septiembre de 2010 sobre notificación de propuesta deresolución en expedientes sancionadores en materia de turismo .............................. 25363

Notificaciones. Anuncio de 30 de septiembre de 2010 sobre notificación de resolución enexpedientes sancionadores en materia de turismo ................................................. 25376

Notificaciones. Anuncio de 30 de septiembre de 2010 sobre notificación de trámite deaudiencia en el expediente sancionador n.º 0069-CC/10, en materia de turismo ........ 25388

Ayuntamiento de Casar de Cáceres

Urbanismo. Anuncio de 15 de octubre de 2010 sobre aprobación inicial del Proyecto deReparcelación del SAPU Sector 1 “Portada Blanca” de las Normas Subsidiarias .......... 25389

Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

Urbanismo. Anuncio de 17 de septiembre de 2010 sobre aprobación inicial del Proyecto deUrbanización de la UE-23 ................................................................................... 25389

Urbanismo. Anuncio de 17 de septiembre de 2010 sobre aprobación inicial del Proyecto deUrbanización de la UE-9A “Eras Los Santos” ......................................................... 25390

Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

Urbanismo. Anuncio de 14 de octubre de 2010 sobre Estudio de Detalle ................. 25390

Urbanismo. Edicto de 14 de octubre de 2010 sobre aprobación del plano parcelario resul-tante de la gestión de la segunda etapa del Plan Parcial del Sector S-5 “Polígono IndustrialLos Varales” ..................................................................................................... 25391

Miércoles, 27 de octubre de 201025236NÚMERO 207

Page 5: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA

RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 2010, del Consejero, sobre concesión desubvenciones para el año 2010 a las organizaciones sindicales conimplantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura que no ostentanla condición de más representativas. (2010062489)

La Ley 8/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma deExtremadura para 2010, prevé con cargo a la aplicación presupuestaria 10.01.113A.489.00,superproyecto 200810019007 y proyecto 200810010009, un crédito de 77.142 euros destina-dos al apoyo a las organizaciones sindicales que, habiendo obtenido representación en el ámbi-to de la Comunidad Autónoma de Extremadura en las elecciones de miembros de Comités deEmpresas, Delegados de Personal y Juntas de Personal, no ostentan la condición de más repre-sentativas, en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica de Libertad Sindical.

Con fecha 23 de julio de 2009 se publica el Decreto 161/2009, de 17 de julio, por el que seaprueban las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar a las organizaciones sindicalesy empresariales con implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Con fecha 23de junio de 2010, se efectúa, para el ejercicio 2010, convocatoria de subvenciones a lasorganizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas.

Mediante la citada orden se concreta el procedimiento por el que ha de regirse el otorga-miento de las mencionadas subvenciones para el ejercicio 2010.

La base decimosexta del citado decreto establece que el crédito se prorrateará entre lascentrales sindicales, en función de las resultados obtenidos a nivel regional en las eleccionesa miembros de Comités de Empresas, Delegados de Personal y Juntas de Personal, lo cual haquedado acreditado mediante el certificado expedido por la Dirección General de Trabajo.

A tal efecto,

R E S U E L V O :

La concesión de subvenciones a cada una de las centrales sindicales que más abajo se rela-cionan, al amparo del Decreto 161/2009, por el que se aprueban las bases reguladoras delas subvenciones a otorgar a las organizaciones sindicales y empresariales con implantaciónen la Comunidad Autónoma de Extremadura, y Orden de 23 de junio de 2010 por la que seestablece la convocatoria de subvenciones a las organizaciones sindicales carentes de lacondición de más representantivas, por importe de máximo de 77.142 euros, financiándosecon cargo a la aplicación presupuestaria 10.01.113A.489.00, superproyecto 200810019007 yproyecto 200810010009, prevista en la Ley 8/2009, de 28 de diciembre, de PresupuestosGenerales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2010, en las siguientes cuantías,de acuerdo con lo previsto en la base decimosexta del citado decreto:

Miércoles, 27 de octubre de 201025237NÚMERO 207

III OTRAS RESOLUCIONES

Page 6: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

NOMBRE N.º REPRESENT. CIF PORCENTAJE SUBVENCIÓN

Central Sindical Independiente y 545 G10233542 0,6996 53.969,69 €

de Funcionarios (CSI-CSIF)

FETICO 81 G06302954 0,1040 8.021,18 €

CEMSATSE 41 G78641370 0,0526 4.060,11 €

PALSI 1 G06301626 0,0013 99,03 €

CGT 35 G79196614 0,0449 3.465,94 €

Federación de Asociaciones 16 G28804292 0,0205 1.584,43 €

Sindicales (FASGA)

CSICA 20 G28868123 0,0257 1.980,54 €

Sindicato Independiente de la 8 G80829997 0,0103 792,22 €

Energía (SIE)

FRASP-SGTEX 6 G06012140 0,0077 594,16 €

Sindicato de Trabajadores de 3 G82671827 0,0039 297,08 €

Comunicaciones (STC)

Unión Sindical y Auxiliares de 23 G49105620 0,0295 2.277,62 €

Enfermería (USAE)

779 1 77.142,00 €

Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse,potestativamente, recurso de reposición ante el Consejero de Administración Pública yHacienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tengalugar la presente publicación, tal y como disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común.

Podrá también interponer directamente, en el plazo de dos meses contados desde el díasiguiente al de la presente publicación, el correspondiente recurso contencioso-administrativoante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Todo ello sin prejuicio de que el intere-sado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Mérida, a 1 de octubre de 2010.

El Consejero de Administración Pública y Hacienda,

ÁNGEL FRANCO RUBIO

Miércoles, 27 de octubre de 201025238NÚMERO 207

Page 7: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

CONSEJERÍA DE FOMENTO

RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2009, de la Comisión de Urbanismo yOrdenación del Territorio de Extremadura, por la que se apruebadefinitivamente la modificación puntual n.º 1 del Plan Parcial del Sector 3del polígono industrial “Las Arenas” de Malpartida de Cáceres, que consisteen la modificación de las condiciones de separación a linderos yretranqueos, en parcelas en esquina y para naves aisladas. (2010062460)

La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en sesión de 26 defebrero de 2009, adoptó la siguiente resolución:

Visto el expediente de referencia, así como los informes emitidos por el personal adscrito a laDirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio y debatido el asunto.

De conformidad con lo previsto en el artículo 7.2.h del Decreto 314/2007, de 26 de octubre,de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de la organiza-ción y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio, el artículoúnico.2 del Decreto del Presidente 29/2007, de 28 de septiembre, y el art. 3, séptimo, delDecreto 299/2007, de 28 de septiembre, por el que se extingue la Agencia Extremeña de laVivienda, el Urbanismo y el Territorio, y se modifica el Decreto 186/2007, de 20 de julio,corresponde el conocimiento del asunto, al objeto de su resolución, a la Comisión de Urba-nismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.

Puesto que Malpartida de Cáceres no dispone de Normas Subsidiarias de Planeamiento Muni-cipal adaptadas u homologadas a la ordenación estructural del art. 70.1.1 de la Ley 15/2001,de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (LSOTEX), hasta tantodicha homologación se produzca, la competencia de aprobación definitiva del planeamientoradicará, en todo caso, en dicho órgano de la Junta de Extremadura.

Cualquier innovación de las determinaciones de los planes de ordenación urbanística deberáser establecida por la misma clase de plan y observando el mismo procedimiento seguidopara la aprobación de dichas determinaciones (art. 80 de la Ley 15/2001, de 14 de diciem-bre, —LSOTEX—).

Respecto del asunto epigrafiado, se ha seguido el procedimiento para su aprobación previstoen los arts. 77 y ss. de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territo-rial de Extremadura.

Su contenido documental mínimo se encuentra previsto en el art. 75 de la LSOTEX y en losarts. 56 y siguientes del Reglamento de Planeamiento.

Sus determinaciones se han adaptado a la ordenación y previsiones del art. 71 de la LSOTEX,y a las limitaciones y estándares establecidos en el art. 74 de este mismo cuerpo legal.

En su virtud, esta Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, vistoslos preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,

Miércoles, 27 de octubre de 201025239NÚMERO 207

Page 8: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

A C U E R D A :

1.º) Aprobar definitivamente la modificación puntual n.º 1 del Plan Parcial del Sector 3epigrafiado.

2.º) Publicar, como Anexo a esta resolución, la normativa urbanística afectada resultante dela aprobación de la presente modificación.

A los efectos previstos en el art. 79.2.b de la LSOTEX, el municipio deberá disponer, en sucaso y si procede, la publicación del contenido del planeamiento aprobado en el BoletínOficial de la Provincia.

Contra esta resolución, que tiene carácter normativo, no cabe recurso en vía administrativa(art. 107.3 de la LRJAP y PAC), y sólo podrá interponerse recurso contencioso-administrativoante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo dedos meses contados desde el día siguiente al de su publicación (art. 46 de la Ley 29/1998,de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

V.º B.ºEl Presidente,

F. JAVIER GASPAR NIETO

El Secretario,

JUAN IGNACIO RODRÍGUEZ ROLDÁN

A N E X O

Como consecuencia de la aprobación definitiva del asunto arriba señalado por Resolución dela Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de fecha 26 de febrero de 2009, semodifican los artículos 50 y 51 del Plan Parcial del Sector 3 del polígono industrial “LasArenas”, quedando redactados como sigue:

Artículo 50. Separación a linderos.

1. En naves aisladas.

Es la distancia en cada punto del plano de fachada, entre ésta y el lindero de referenciamás próximo, sus dimensiones son:

— 5 m al lindero frontal.

— 5 m al lindero testero.

— 3 m a linderos laterales.

Se podrá optar por adosar a una de las medianerías, siendo en este caso ciega, dejandolibre la otra (3 m al lindero lateral).

En el caso de parcelas en esquina, con dos linderos frontales, se considerará la obligaciónde separación de la edificación exclusivamente al lindero frontal con las calles A, B y C,pudiendo adosarse o retranquearse libremente al otro lindero frontal.

Miércoles, 27 de octubre de 201025240NÚMERO 207

Page 9: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

En el caso de parcelas en esquina, los dos linderos medianeros tendrán la consideraciónde linderos laterales a los efectos de retranqueos. No obstante, si la edificación se adosaal lindero lateral paralelo a uno de los linderos frontales con las calles A, B o C, no podráhacerlo en una dimensión superior a 30 m, medidos perpendicularmente al otro linderofrontal. En este último caso, la edificación deberá retranquearse respecto al otro linderomedianero, o lindero lateral, al menos 3 m.

2. En naves nidos adosadas no existen retranqueos a linderos laterales pero sí al frontal y altestero, que será en ambos casos de 3 m.

Artículo 51. Retranqueo.

Es la anchura de la faja de terreno comprendida entre la línea de edificación y la alineaciónexterior o pública. Será de 5 m como mínimo en el caso de naves individuales y de 3 m en elcaso de Naves-Nido.

En concordancia con el artículo anterior, en el caso de parcelas en esquina de naves aisladas,este retranqueo mínimo se entiende aplicado sobre la alineación exterior con las calles A, B yC, pudiendo adosarse o retranquearse libremente la edificación al otro lindero frontal.

• • •

Miércoles, 27 de octubre de 201025241NÚMERO 207

Page 10: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2009, de la Comisión de Urbanismo yOrdenación del Territorio de Extremadura, por la que se apruebadefinitivamente la modificación puntual de las Normas Subsidiarias dePlaneamiento Municipal de Maguilla, que consiste en apertura de vial en lacalle Hernán Cortés. (2010062465)

La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en sesión de 26 denoviembre de 2009, adoptó el siguiente acuerdo:

Visto el expediente de referencia, así como los informes emitidos por el personal adscrito a laDirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio y debatido el asunto.

De conformidad con lo previsto en el art. 7.2.h del Decreto 314/2007, de 26 de octubre, deatribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización yfuncionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio, en el artículoúnico.2 del Decreto del Presidente 29/2007, de 28 de septiembre, y el art. 3, séptimo, delDecreto 299/2007, de 28 de septiembre, por el que se extingue la Agencia Extremeña de laVivienda, el Urbanismo y el Territorio, y se modifica el Decreto 186/2007, de 20 de julio,corresponde el conocimiento del asunto, al objeto de su acuerdo, a la Comisión de Urbanis-mo y Ordenación del Territorio de Extremadura.

Puesto que Maguilla no dispone de Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal adapta-das u homologadas a la ordenación estructural del art. 70.1.1 de la Ley 15/2001, de 14 dediciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (LSOTEX), hasta tanto dichahomologación se produzca, la competencia de aprobación definitiva del planeamiento radica-rá, en todo caso, en dicho órgano de la Junta de Extremadura.

Cualquier innovación de las determinaciones de los planes de ordenación urbanística deberáser establecida por la misma clase de plan y observando el mismo procedimiento seguidopara la aprobación de dichas determinaciones (art. 80 de la Ley 15/2001, de 14 de diciem-bre, —LSOTEX—).

Respecto del asunto epigrafiado, se ha seguido el procedimiento para su aprobación previstoen los arts. 77 y ss. de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territo-rial de Extremadura.

En su virtud, esta Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, vistoslos preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,

A C U E R D A :

Aprobar definitivamente la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de PlaneamientoMunicipal epigrafiada.

A los efectos previstos en el art. 79.2.b de la LSOTEX, el municipio deberá disponer, en sucaso y si procede, la publicación del contenido del planeamiento aprobado en el BoletínOficial de la Provincia.

Miércoles, 27 de octubre de 201025242NÚMERO 207

Page 11: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Contra este acuerdo, que tiene carácter normativo, no cabe recurso en vía administrativa(art. 107.3 de la LRJAP y PAC), y sólo podrá interponerse recurso contencioso-administrativoante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo dedos meses contados desde el día siguiente al de su publicación (art. 46 de la Ley 29/1998,de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

V.º B.ºEl Presidente,

MIGUEL ÁNGEL CAMPOS RODAS

El Secretario,

JUAN IGNACIO RODRÍGUEZ ROLDÁN

• • •

Miércoles, 27 de octubre de 201025243NÚMERO 207

Page 12: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2010, de la Comisión de Urbanismo yOrdenación del Territorio de Extremadura, por la que se apruebadefinitivamente la modificación puntual de las Normas Subsidiarias dePlaneamiento Municipal de Feria, que consiste en la reclasificación de suelono urbanizable a suelo urbano de uso dotacional, así como la reordenaciónde terrenos colindantes sitos junto al camino de los Mártires con objeto deconstruir un tanatorio. (2010062466)

La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en sesión de 29 deabril de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:

Visto el expediente de referencia, así como los informes emitidos por el personal adscrito a laDirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio y debatido el asunto.

De conformidad con lo previsto en el art. 7.2.h del Decreto 314/2007, de 26 de octubre, deatribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización yfuncionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio, en el artículoúnico.2 del Decreto del Presidente 29/2007, de 28 de septiembre, y el art. 3, séptimo, delDecreto 299/2007, de 28 de septiembre, por el que se extingue la Agencia Extremeña de laVivienda, el Urbanismo y el Territorio, y se modifica el Decreto 186/2007, de 20 de julio,corresponde el conocimiento del asunto, al objeto de su acuerdo, a la Comisión de Urbanis-mo y Ordenación del Territorio de Extremadura.

Puesto que Feria no dispone de Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal adaptadas uhomologadas a la ordenación estructural del art. 70.1.1 de la Ley 15/2001, de 14 de diciem-bre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (LSOTEX), hasta tanto dicha homolo-gación se produzca, la competencia de aprobación definitiva del planeamiento radicará, entodo caso, en dicho órgano de la Junta de Extremadura.

Cualquier innovación de las determinaciones de los planes de ordenación urbanística deberáser establecida por la misma clase de plan y observando el mismo procedimiento seguidopara la aprobación de dichas determinaciones (art. 80 de la Ley 15/2001, de 14 de diciem-bre, —LSOTEX—).

Respecto del asunto epigrafiado, se ha seguido el procedimiento para su aprobación previstoen los arts. 77 y ss. de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territo-rial de Extremadura.

En su virtud, esta Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, vistoslos preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,

A C U E R D A :

1.º) Aprobar definitivamente la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planea-miento Municipal epigrafiada.

2.º) Publicar, en su caso, y como Anexo a este acuerdo, la normativa urbanística afectadaresultante de la aprobación de la presente modificación.

Miércoles, 27 de octubre de 201025244NÚMERO 207

Page 13: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

A los efectos previstos en el art. 79.2.b de la LSOTEX, el municipio deberá disponer, en sucaso y si procede, la publicación del contenido del planeamiento aprobado en el BoletínOficial de la Provincia.

Contra este acuerdo, que tiene carácter normativo, no cabe recurso en vía administrativa(art. 107.3 de la LRJAP y PAC), y sólo podrá interponerse recurso contencioso-administrativoante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo dedos meses contados desde el día siguiente al de su publicación (art. 46 de la Ley 29/1998,de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

V.º B.ºEl Presidente,

MIGUEL ÁNGEL CAMPOS RODAS

El Secretario,

JUAN IGNACIO RODRÍGUEZ ROLDÁN

A N E X O

Como consecuencia de la aprobación definitiva del asunto arriba epigrafiado por Resoluciónde la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de fecha 29 de abril de 2010, semodifican los artículos 47 y 83.bis de las Normas Subsidiarias de Feria, quedando redactadoscomo sigue:

Artículo 47. Usos.

A los efectos de las presentes Normas se consideran las siguientes clases o tipos fundamen-tales de usos:

a) Residencial. Es el que corresponde a las edificaciones destinadas a viviendas o residenciasfamiliares.

Se distinguen las siguientes categorías.

1. Vivienda unifamiliar, en la que el edificio se destina exclusivamente a albergar a unaúnica familia o individuo, con acceso directo desde el exterior.

2. Vivienda colectiva o plurifamiliar, constituido por varias viviendas agrupadas en torno auno o varios núcleos de distribución interior al que se accede desde el exterior.

b) Industrial. Corresponde a los edificios, locales o instalaciones, dedicados a la ejecución deoperaciones encaminadas a la obtención y transformación de primera materias, así comoal almacenaje y distribución mayoritaria de productos naturales o manufacturados. Seestablecen los siguientes grados o categorías:

1. Artesanía y pequeña industria compatible con vivienda, que comprende las actividadesde artes, oficios y pequeñas industrias que pueden situarse en edificios destinados auso residencial, o inmediatos a ellos, por no entrañar molestias y ser necesarios para elservicio de las zonas donde se emplacen. La potencia máxima a instalar será igual oinferior a 10 C.V. y su nivel sonoro no sobrepasará los 50 dB a una distancia de 10 m.

Miércoles, 27 de octubre de 201025245NÚMERO 207

Page 14: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

2. Industria limpia, que es el grado correspondiente a aquellas industrias que por suscaracterísticas y de acuerdo con el Reglamento de Actividades Molestas, InsalubresNocivas y Peligrosas, así como por la naturaleza de los materiales o productos quetratan y por los procesos de fabricación y volumen de sus instalaciones, es posibleadmitir en edificios exclusivos dentro de zonas o polígonos urbanos de tolerancia indus-trial, no limitándose la potencia a instalar pero condicionándose a nivel sonoro máximode forma análoga a lo establecido para el grado 1. Los humos máximos permitidosserán de 0,5 gramos/m3 y sus vertidos de 10 miligramos/litro.

3. Industrial en general, que es la específica de usos industriales incluidos en el reglamen-to de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas o de Industrias Agropecua-rias y de Extracción, que por sus peculiares características deben localizarse fuera delos núcleos urbanos y distanciados de los mismos.

c) Público y terciario. Se engloban dentro de este tipo los restantes usos, englobados en lassiguientes categorías según grupos de actividades homogéneas:

1. Asistencias (servicios públicos o privados destinados a la asistencia social).

2. Administrativos (servicios de la Administración pública).

3. Comercial (establecimientos dedicados a la permuta o compra).

4. Deportivo (edificios e instalaciones destinados a práctica o enseñanza de la cultura físi-ca y el deporte).

5. Enseñanza (centros docentes de carácter público o privado).

6. Espectáculo (salas de cine, teatros, plazas de toros, discotecas y demás locales o edifi-cios destinados al esparcimiento público).

7. Garajes y aparcamientos (espacios cerrados o abiertos destinados a la guarda y estan-cia de vehículos automóviles).

8. Hotelero (locales o edificios destinados al alojamiento o manutención temporal de laspersonas, hoteles, residencias, bares, restaurantes, etc.).

9. Oficinas (servicios privados en los que se desarrollan actividades burocráticas oadministrativas).

10. Recreo y expansión (plazas, paseos, parques, jardines, y demás esparcimientosciudadanos).

11. Religioso (edificios e instalaciones dedicados al culto y al recogimiento y formaciónespiritual del individuo).

12. Sanitario (establecimientos destinados a la atención, tratamiento y alojamiento deenfermos).

13. Socio-cultural (edificios e instalaciones, públicas o privadas destinadas a reunionescolectivas y vida social con fines predominantemente culturales).

Miércoles, 27 de octubre de 201025246NÚMERO 207

Page 15: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

14. Transporte y comunicaciones (redes y edificios complementarios de los servicios deuso público de comunicación y transporte de viajeros o mercancías: Correos, Telégra-fos, Telefonía, RENFE, autobuses urbanos e interurbanos, etc.).

15. Cementerio. Es el uso propio de cementerio y complementarios, regulados por elDecreto 101/2002, Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.

d) Agrícola y pecuario. Es el uso correspondiente a las explotaciones agrícolas forestales yganaderas inherente al suelo rústico no urbanizable.

Artículo 83.bis. Normas para el uso socio-cultural, hotelero y cementerio.

1. La edificabilidad será de 1 m2/1 m2.

2. El número máximo de plantas: 2, y la altura máxima de la edificación: 10 m.

3. El uso será el correspondiente al especificado en el plano 11: zonificación, y su regulaciónserá la especificada en el artículo 47.c) Público y terciario.

4. Se aplicarán las condiciones estéticas y de composición estipuladas en el artículo 81.

• • •

Miércoles, 27 de octubre de 201025247NÚMERO 207

Page 16: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 17 de septiembre de 2010, dela Dirección General de Vivienda y Arquitectura, por la que se acuerda elinicio del procedimiento para la inscripción de demandantes y laadjudicación de las viviendas protegidas incluidas en la promoción deviviendas tramitadas bajo el expediente n.º 06-NC-0043/2010-1-E, en lalocalidad de Medellín. (2010062505)

Advertido el error material en la Resolución de 17 de septiembre de 2010, de la DirecciónGeneral de Vivienda y Arquitectura, por la que se acuerda el inicio del procedimiento para lainscripción de demandantes y la adjudicación de las viviendas protegidas incluidas en lapromoción de viviendas tramitadas bajo el expediente n.º 06-NC-0043/2010-1-E, en la loca-lidad de Medellín, publicada en el DOE número 195, de 8 de octubre de 2010, se procede a lasiguiente rectificación:

En el título de la resolución:

Donde dice:

«06-NC-0043/2010-1-E».

Debe decir:

«06-NC-0043/2010-1-G».

En el preámbulo de la resolución:

Donde dice:

«06-NC-0043/2010-1-E».

Debe decir:

«06-NC-0043/2010-1-G».

En la base 1.ª, apartado 2:

Donde dice:

«7 viviendas unifamiliares de régimen especial».

Debe decir:

«7 viviendas unifamiliares de régimen general».

Miércoles, 27 de octubre de 201025248NÚMERO 207

Page 17: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2010, de la Consejera, por la que seresuelve la convocatoria de ayudas para la realización de proyectos deformación en centros educativos para el curso 2010/2011. (2010062459)

De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 6 de mayo de 2010 por la que se convocanayudas para la realización de proyectos de formación en centros educativos para el curso2010/2011 (DOE núm. 96, de 21 de mayo), a tenor de lo que se establece en su artículo 10,y a propuesta de la Dirección General de Política Educativa, en uso de las atribuciones quetengo conferidas,

R E S U E L V O :

Primero. Conceder las ayudas para la elaboración de proyectos en formación en los centros quese especifican en el Anexo I, por un importe de 104.328 euros, que será hecho efectivo concargo a la aplicación presupuestaria 2010.13.02.221B.481.00, superproyecto 2006.13.02.9001y proyecto 2006.13.02.0002, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma deExtremadura para 2010.

Segundo. Denegar las solicitudes que se especifican en el Anexo II.

Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponersepotestativamente recurso de reposición ante esta Consejería de Educación, en el plazo de unmes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadu-ra, tal y como disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Podrá también interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados desde el díasiguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recursocontencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supe-rior de Justicia de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitarcualquier otro recurso que estime procedente.

Mérida, a 11 de octubre de 2010.

La Consejera de Educación,

EVA M.ª PÉREZ LÓPEZ

Miércoles, 27 de octubre de 201025249NÚMERO 207

Page 18: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025250NÚMERO 207

Page 19: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025251NÚMERO 207

Page 20: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025252NÚMERO 207

Page 21: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025253NÚMERO 207

Page 22: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025254NÚMERO 207

• •

Page 23: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2010, de la Consejera, por la que seresuelve la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin ánimo delucro, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dedicadas a la atenciónde minorías étnicas y/o inmigrantes durante el curso 2010/2011. (2010062457)

De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 14 de abril de 2010 por la que se convocansubvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Extre-madura dedicadas a la atención de minorías étnicas y/o inmigrantes, durante el curso2010/2011 (DOE núm. 79, de 28 de abril), a tenor de lo dispuesto en su artículo 10 y apropuesta de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, en uso de las atribucionesque tengo conferidas,

R E S U E L V O :

Conceder subvenciones a las entidades que se especifican en el Anexo de la presente resolu-ción, por un importe total de 54.753 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria2010.13.03.222G.489.00, superproyecto 2006.13.06.9010 y proyecto 2006.13.06.0013, delos Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2010.

Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponersepotestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Educación en el plazo de unmes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común.

Podrá también interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados desde el díasiguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Conten-cioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Todo ello, sin perjuiciode que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Mérida, a 11 de octubre de 2010.

La Consejera de Educación,

EVA M.ª PÉREZ LÓPEZ

Miércoles, 27 de octubre de 201025255NÚMERO 207

Page 24: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025256NÚMERO 207

Page 25: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

CONSEJERÍA DE LOS JÓVENES Y DEL DEPORTE

RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2010, de la Dirección General de Deportes,por la que se dispone la publicación del Reglamento Electoral de la FederaciónExtremeña de Deportes para Discapacitados Intelectuales. (2010062449)

En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 7.g) de la Ley 2/1995, de 6 deabril, del Deporte de Extremadura, el Director General de Deportes, mediante Resolución de4 de octubre de 2010, ha aprobado el Reglamento Electoral de la Federación Extremeña deDeportes para Discapacitados Intelectuales.

En cumplimiento de lo prevenido en el artículo 26.3 de la Ley 2/1995, de 6 de abril, delDeporte de Extremadura, y en el artículo 16.2 del Decreto 27/1998, de 17 de marzo, por elque se regulan las federaciones deportivas extremeñas, procede la publicación en el DiarioOficial de Extremadura del estatuto, reglamentos y sus modificaciones.

En virtud de lo anterior, esta Dirección General de Deportes,

A C U E R D A :

Disponer la publicación del Reglamento Electoral de la Federación Extremeña de Deportespara Discapacitados Intelectuales, contenido en el Anexo a la presente resolución.

Mérida, a 4 de octubre de 2010.

El Director General de Deportes,

FABIÁN QUESADA GÓMEZ

A N E X O

REGLAMENTO DE ELECCIONES A MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL Y PRESIDENTE DELA FEDERACIÓN EXTREMEÑA DE DEPORTES PARA DISCAPACITADOS INTELECTUALES

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Sección 1.ª. Disposiciones generales.

Artículo 1. Regulación.

1. Por el presente Reglamento Electoral se rige el régimen electoral de la Federación Extre-meña de Deportes para Discapacitados Intelectuales, en desarrollo al apartado correspon-diente de su estatuto y ajustándose a lo dispuesto en la Ley 2/1995, de 6 de abril, delDeporte de Extremadura, y disposiciones de desarrollo.

2. El presente Reglamento Electoral estará expuesto en los tablones de anuncios de la fede-ración, en los de sus delegaciones y en el de la Dirección General de Deportes, desde eldía de la convocatoria de las elecciones hasta aquel en que concluyan los comicios.

Miércoles, 27 de octubre de 201025257NÚMERO 207

Page 26: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Artículo 2. Composición de la Asamblea General.

La Asamblea General de la Federación Extremeña de Deportes para Discapacitados Intelec-tuales estará compuesta por (20) miembros, representantes de los estamentos de EntidadesDeportivas, Deportistas, Técnicos y Jueces y Árbitros, a los que corresponderán el siguientenúmero de representantes:

— Entidades Deportivas = 50% = 10 miembros.

— Deportistas = 40% = 8 miembros.

— Técnicos = 10% = 2 miembros.

Artículo 3. Efectos de la representación.

1. La representación del estamento de Entidades Deportivas corresponde a la propia entidady no a una persona física. A estos efectos, el representante será su Presidente o la perso-na que la entidad designe fehacientemente.

2. La representación del resto de los estamentos es personal, por lo que no cabe ningún tipode sustitución en el ejercicio de la misma.

3. Una misma persona no podrá ostentar una doble representación en la Asamblea General.

Artículo 4. Condición de miembro.

La condición de miembro de la Asamblea General se perderá por cualesquiera de las siguien-tes causas:

a) Expiración del periodo de mandato.

b) Dimisión.

c) Incapacidad que le impida desempeñar el cargo o muerte.

d) Incompatibilidad sobrevenida de las establecidas legal o estatutariamente para el cargo deque se trate.

e) Pérdida de la condición federativa que le permitió el acceso a la representación, conexcepción del Presidente.

f) En el supuesto de ser representante de Entidad Deportiva, que sea relegado de su repre-sentación por la misma.

g) Resolución sancionadora firme de los Comités Disciplinarios de la federación o del ComitéExtremeño de Disciplina Deportiva, por comisión de falta tipificada como muy grave.

h) Sentencia judicial firme.

i) Cualquiera otra causa que determinen las leyes.

Miércoles, 27 de octubre de 201025258NÚMERO 207

Page 27: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Artículo 5. Sustitución de bajas.

1. La sustitución de las bajas que se produjesen entre los miembros de la Asamblea Generalse realizará a través de la designación de miembros suplentes en cada uno de los esta-mentos y circunscripciones, que corresponderán a las candidaturas más votadas y que noobtuvieron representación.

2. En el caso de no existir miembros suplentes, las bajas o vacantes se cubrirán mediante lacelebración de elecciones parciales.

Sección 2.ª. Electores y elegibles.

Artículo 6. Deportistas.

1. Tienen la consideración de electores los deportistas no menores de dieciséis años y deelegibles los mayores de edad, referido en ambos casos a la fecha de celebración delas votaciones.

2. Para poder estar incluidos en el censo electoral, los deportistas deberán estar en posesiónde licencia deportiva oficial en vigor y haberla tenido, al menos, durante la temporadadeportiva anterior, siempre que hayan participado en competiciones o actividades de carác-ter oficial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. A estos efectos, lascompeticiones nacionales se equipararán a las competiciones oficiales de ámbito regional.

3. Estos requisitos se exigirán en relación con el momento de la convocatoria de las elecciones.

Artículo 7. Entidades deportivas.

Tienen la consideración de electoras y elegibles las entidades inscritas en el Registro Generalde Entidades Deportivas de Extremadura en las mismas circunstancias a las señaladas paralos deportistas, en lo que les sea de aplicación.

Artículo 8. Técnicos.

Tienen la consideración de electores y elegibles aquellos técnicos que estén en posesión detitulación suficiente y de licencia oficial en vigor, además de las circunstancias señaladas paralos deportistas, en lo que les sea de aplicación, excepto el requisito de participación encompeticiones o actividades.

Artículo 9. Jueces y árbitros.

Tienen la consideración de electores y elegibles aquellos jueces y árbitros que estén en pose-sión de titulación suficiente y de licencia oficial en vigor, además de las circunstancias señala-das para los deportistas, en lo que les sea de aplicación.

Sección 3.ª. Candidaturas.

Artículo 10. Requisitos de los candidatos.

1. Para presentar candidatura a miembro de la Asamblea General de la Federación Extremeñade Deportes para Discapacitados Intelectuales deberán reunirse los siguientes requisitos:

Miércoles, 27 de octubre de 201025259NÚMERO 207

Page 28: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

a) Estar incluido en el apartado de “elegibles” del censo electoral.

b) Estar en pleno uso de los derechos civiles.

c) No haber sido inhabilitado para el desempeño de un cargo público por sentencia judi-cial firme.

d) No estar sujeto a corrección disciplinaria, de carácter deportivo, que le inhabilite.

2. Quienes estén incluidos en dos o más estamentos del censo electoral, no podrán presen-tar candidatura más que a uno de ellos, aunque sí podrán ejercer su derecho al voto entodos ellos.

Artículo 11. Documentación a presentar.

1. Los candidatos a miembros de la Asamblea General deberán presentar escrito dirigido alpresidente de la Junta Electoral Federativa en el que se hagan constar los siguientes datos:

a) Nombre y apellidos.

b) Domicilio completo.

c) Candidatura a la que se presenta.

2. Al citado escrito se le adjuntará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia de la licencia en vigor (sólo para deportistas, técnicos y árbitros).

c) Los representantes de las entidades deportivas adjuntarán certificado del secretario dela misma, con el visto bueno del presidente, de que posee tal condición.

CAPÍTULO II

DE LOS ÓRGANOS ELECTORALES

Sección 1.ª. Junta Electoral Federativa.

Artículo 12. Composición.

1. La Junta Electoral Federativa es el órgano encargado de velar, en última instancia federati-va, por la legalidad del proceso electoral y está compuesta por tres miembros titulares yotros tantos suplentes, elegidos por la Asamblea General de entre personas ajenas alproceso electoral.

2. Los miembros de la Junta Electoral Federativa no podrán ser candidatos a miembros de laAsamblea General, debiendo reunir, además, los siguientes requisitos:

a) Ser ajeno al proceso electoral.

b) Les será de aplicación las causas de abstención y recusación determinadas en los artícu-los 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Miércoles, 27 de octubre de 201025260NÚMERO 207

Page 29: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

3. Los miembros de la Junta Electoral Federativa extenderán su mandato hasta la convocato-ria de nuevas elecciones generales a la Asamblea General en que sean renovados.

4. Entre los miembros titulares y suplentes que componen la Junta Electoral Federativa elegi-rán, respectivamente, a un Presidente y a un Secretario del órgano. En caso de ausenciade alguno de ellos le sustituirá el correspondiente suplente, salvo que se haya constituidoya el órgano en cuyo supuesto el Presidente será sustituido por el Secretario.

Artículo 13. Funciones.

La Junta Electoral Federativa tendrá entre sus cometidos las siguientes funciones:

a) Custodia de la documentación electoral hasta la conclusión del proceso.

b) Admisión y publicación de las candidaturas.

c) Emisión de las certificaciones que habiliten para ejercer el voto por correo.

d) Conocimiento y resolución de las impugnaciones y reclamaciones que se interpongandurante el proceso electoral.

e) Cualquier incidencia que pueda afectar al desarrollo o resultado de las elecciones.

f) Proclamación de los miembros electos de la Asamblea General.

Artículo 14. Trámite de documentos.

1. La sede de la Junta Electoral Federativa será la de la federación, estando asistida en suslabores por el personal administrativo de la misma.

2. Los documentos dirigidos a la Junta Electoral Federativa serán registrados de entrada en elcorrespondiente libro de registro de la federación y podrán ser enviados por cualquiermedio que acredite fehacientemente su recepción o ser entregados en mano. A tal efecto,el horario de apertura y cierre de los servicios administrativos de la federación será delunes a viernes, de 18,00 a 21,00 horas y los sábados de 10,00 a 13,00 horas.

3. Los documentos remitidos vía fax y correo electrónico tendrán validez provisional hasta lallegada, en el plazo de cuarenta y ocho horas, de los correspondientes originales.

Artículo 15. Reuniones.

1. Las convocatorias de las reuniones de la Junta Electoral Federativa serán efectuadas por elSecretario y de orden del Presidente de la misma, al menos en los días establecidos en elCalendario y Reglamento Electorales y siempre que su actuación sea precisa. Quedaráválidamente constituida cuando asista la mayoría de sus miembros, siendo obligatoria lapresencia del Presidente y el Secretario.

2. En todo caso, deberá garantizarse la permanencia del órgano durante los días en quepuedan los electores requerir la certificación que les habilite para emitir el voto por correo.

Miércoles, 27 de octubre de 201025261NÚMERO 207

Page 30: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

3. Las convocatorias de las reuniones deberán ser comunicadas a la Dirección General deDeportes con, al menos, veinticuatro horas de antelación.

4. La Consejería de los Jóvenes y del Deporte podrá designar, de oficio o a instancia departe, observadores para las reuniones de la Junta Electoral Federativa.

Artículo 16. Acuerdos.

1. Los acuerdos de la Junta Electoral Federativa se adoptarán por mayoría simple de los asis-tentes, teniendo el Presidente voto de calidad en caso de empate. De la reunión se levan-tará la correspondiente acta en la que se hará constar, de la manera más exacta posible,lo ocurrido en la misma. Igualmente se relacionarán los votos particulares al acuerdo quepudieran existir.

2. Los acuerdos de la Junta Electoral Federativa serán comunicados a los interesados formalmentey por el medio que se considere más rápido, siempre por escrito y con acuse de recibo.

3. Las resoluciones de la Junta Electoral Federativa podrán ser recurridas ante el Comité deGarantías Electorales de las Federaciones Deportivas Extremeñas en el plazo de siete díashábiles desde su notificación, excepto en el supuesto que concierna al censo electoral queserá de tres días.

Sección 2.ª. Mesas Electorales.

Artículo 17. Composición.

1. Las Mesas Electorales estarán compuestas por tres miembros, actuando uno como presi-dente, otro como secretario y el tercero como vocal.

2. La elección de los miembros de las Mesas Electorales se efectuará mediante sorteo de entrelos censados en cualquiera de los estamentos, designándose tres titulares y tres suplentes.

3. Los miembros de las Mesas Electorales no podrán ser candidatos a miembros de la Asam-blea General.

4. El Presidente de la Mesa tiene como competencias la dirección del proceso de votaciónconforme a las normas electorales, ostentando la autoridad exclusiva para conservar elorden, asegurar la libertad de voto y garantizar la existencia del número suficiente desobres y de papeletas de voto y, en definitiva, adoptando las medidas conducentes almejor desarrollo de la jornada electoral, y redactará y levantará el acta de su constitucióny la de votación y escrutinio de votos, que serán firmadas por todos sus componentes, yla remitirá a la Junta Electoral de manera inmediata.

5. El número y la localización de cada Mesa se determinará por la Junta Electoral, conforme alo recogido en el presente Reglamento Electoral.

Artículo 18. Constitución.

1. Para el acto de constitución de las Mesas Electorales y todos los actos propios de la vota-ción, los candidatos a miembros electos podrán nombrar un interventor por cada Mesa

Miércoles, 27 de octubre de 201025262NÚMERO 207

Page 31: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Electoral mediante la expedición de un documento que le acredite como tal, siendo nece-sario para ello tener la condición de elector, no pudiendo ser candidato.

2. La Consejería de los Jóvenes y del Deporte podrá designar interventores de mesa, con elfin de garantizar los derechos de electores y elegibles.

3. Los interventores ejercen su derecho a sufragio en la Mesa Electoral ante la que estánacreditados y pueden asistir a la Mesa Electoral, participar en sus deliberaciones con voz,pero sin voto, y ejercer los derechos que les concede la reglamentación electoral.

4. Si el presidente de la Mesa Electoral no se presentase, le sustituirá el secretario y a éste elvocal y, por último, los suplentes por su orden.

5. En el caso en que no fuera posible la constitución de la Mesa Electoral por no asistir lostitulares y suplentes de la misma, se procederá a su constitución con los tres primerosvotantes que accedieran a ello, los cuales ocuparán los cargos por cubrir.

6. Cada Mesa Electoral deberá contar con una lista del censo electoral de la circunscripción,papeletas electorales y una urna transparente precintada para cada uno de los estamen-tos, en las que por los miembros de cada estamento se introducirán indistintamente laspapeletas correspondientes a las elecciones de miembros de la Asamblea General.

7. Reunidos los miembros de la Mesa Electoral con media hora al menos de antelación alcomienzo de las votaciones, recibirán las acreditaciones de los interventores, si los hubie-re. Sólo podrá haber uno por cada candidatura, que firmará la correspondiente Acta.

CAPÍTULO III

DEL PROCESO ELECTORAL

Sección 1.ª. Disposiciones generales.

Artículo 19. Censo electoral.

1. El censo electoral consta de dos apartados: electores y elegibles, estando subdividido enlos estamentos que lo componen y, a su vez, cada estamento se relacionará por circuns-cripciones electorales.

2. El censo electoral estará expuesto en los tablones de anuncios de la federación, en los desus delegaciones y en el de la Dirección General de Deportes, desde el día de la convoca-toria de las elecciones hasta aquel en que concluyan los comicios.

3. Se comunicará su situación censal a todas las entidades, deportistas, técnicos y jueces-árbitros, con licencia federativa en vigor, indicando la causa de exclusión, en su caso.

4. Contra el censo electoral se podrá interponer reclamación ante la Junta Electoral Federati-va, en el plazo previsto en el calendario electoral.

Resueltas las reclamaciones y firme el censo electoral no podrán realizarse impugnacionesde ningún tipo referidas al mismo en otras fases del proceso electoral.

Miércoles, 27 de octubre de 201025263NÚMERO 207

Page 32: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Artículo 20. Calendario electoral.

1. El calendario por el que ha de regirse el proceso electoral se ajustará a lo establecido en elDecreto regulador de los procesos electorales de las Federaciones Deportivas Extremeñas.

2. Los días en que tengan lugar las elecciones de miembros de la Asamblea General y dePresidente no podrán coincidir con días en los que se celebren pruebas o competicionesdeportivas de carácter oficial en alguna de las especialidades de esta federación.

3. El proceso electoral se verificará considerando los días hábiles. Serán considerados inhábi-les los domingos y festivos (estos últimos referidos únicamente a la localidad sede de laJunta Electoral Federativa), así como el mes de agosto, a efectos de cómputo de plazosdel calendario y presentación de recursos o reclamaciones.

4. Los plazos determinados en el Calendario Electoral finalizarán a las 21,00 horas del díaestablecido.

Artículo 21. Convocatoria de elecciones y disolución de la Junta Directiva.

1. Corresponde al Presidente de la federación la convocatoria de elecciones a la Asamblea General.

2. La convocatoria deberá incluir, como mínimo:

A. Número total de miembros de la Asamblea General.

B. Distribución del número de miembros de la Asamblea General por circunscripcioneselectorales y por estamentos.

C. Censo electoral.

D. Calendario electoral.

E. Composición de la Junta Electoral.

F. Modelos oficiales de sobres y papeletas.

G. Regulación del voto por correo.

3. Simultáneamente a la convocatoria, la Junta Directiva se disolverá constituyéndose enComisión Gestora. En caso de inexistencia de Junta Directiva, la Asamblea General desig-nará la Comisión Gestora, que estará integrada por tres miembros.

Artículo 22. Difusión del proceso electoral.

1. El anuncio de convocatoria electoral para la Asamblea General deberá publicarse en elDiario Oficial de Extremadura y, al menos, en uno de los periódicos de mayor difusiónregional, especificando los lugares en los que se encuentre expuesta públicamente cuantadocumentación concierna al proceso en cuestión. Asimismo, el citado anuncio se comuni-cará a todas las entidades, técnicos y jueces-árbitros con licencia federativa en vigor.

2. La Comisión Gestora garantizará la máxima difusión y publicidad de las convocatorias deelecciones a la Asamblea General y a Presidente. A tal fin, será obligatoria la exposición

Miércoles, 27 de octubre de 201025264NÚMERO 207

Page 33: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

de todos los documentos que genere el proceso electoral en el tablón de anuncios de lafederación, en sus delegaciones y en la sede de la Dirección General de Deportes. Todoello sin perjuicio de que, una vez constituida la Asamblea General y a efectos de losprocedimientos para la elección de Presidente, se curse notificación individual a cadamiembro, en la que se asegure fehacientemente su recepción.

Artículo 23. Circunscripciones electorales.

La distribución de miembros por circunscripciones y estamentos se establecerá en cadaconvocatoria electoral con arreglo a los siguientes criterios:

1.º) La circunscripción electoral para los distintos estamentos podrá ser provincial o autonó-mica. Será provincial cuando el número de electores en ambas provincias sea superioral veinticinco por ciento del total que constituya el censo del estamento. Será autonómi-ca cuando en una de las provincias no se llegue al porcentaje referido.

2.º) Cuando la circunscripción electoral sea la provincial, el número de representantes elegi-bles para la Asamblea General se distribuirá entre las distintas circunscripciones electo-rales proporcionalmente al número de censados en cada una de ellas.

Sección 2.ª. Elecciones a la Asamblea General.

Artículo 24. Votaciones a la Asamblea General.

1. En las elecciones a todos los estamentos el voto será libre, igual, directo y secreto.

2. Con el fin de posibilitar la presencia de las minorías, cuando el número de puestos quecorresponda elegir a un estamento sea superior a cuatro, cada elector podrá votar comomáximo un número de candidatos del 70 por 100 del total de miembros a elegir en sucircunscripción electoral y, en su caso, especialidad deportiva.

3. Sólo podrán votar por el estamento de Entidades Deportivas los Presidentes de las mismaso personas en quien éstos deleguen de forma expresa y por escrito al que se acompañaráfotocopia de su Documento Nacional de Identidad.

Artículo 25. Acto de votación.

1. El acto de votación se efectuará previa convocatoria pública, de acuerdo con el calendarioelectoral, especificándose lugar y horario de las votaciones.

2. Tienen derecho a entrar en los locales donde se celebre la elección, además de los miem-bros de la Mesa Electoral:

a) Los electores.

b) Los interventores o representantes de las candidaturas.

c) Los miembros de la Junta Electoral Federativa.

d) Aquellas personas cuyo cometido sea mantener el orden en el recinto.

3. El acto de votación se efectuará acreditando el votante su condición ante el secretario queanotará al margen del censo electoral que lo ha efectuado. A continuación, el votante

Miércoles, 27 de octubre de 201025265NÚMERO 207

Page 34: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

entregará el voto al Presidente que lo introducirá en la urna añadiendo en voz alta la pala-bra “Votó”.

4. A efectos de facilitar la votación, se habilitará un modelo oficial de papeleta que, encabe-zada con la denominación del estamento, determinará el nombre y los dos apellidos de loscandidatos por la circunscripción electoral. Igualmente se pondrá a disposición del votanteun sobre con el nombre del estamento.

5. La votación se efectuará colocando el votante una cruz o aspa delante del nombre delcandidato.

6. Serán consideradas nulas aquellas papeletas que:

a) No se ajusten al modelo establecido.

b) Incluyan más nombres que los candidatos existentes.

c) Contengan cualquier anotación no referida a la votación.

d) Efectúen votación a personas que no estén incluidas en la candidatura.

7. Llegada la hora de la conclusión de la votación, el presidente ordenará cerrar el lugardonde se efectúe la votación, no permitiendo a partir de ese momento el acceso a ningúnvotante. A continuación, procederán a realizar la votación las personas que se encuentrenen la sala. El orden de votación en este caso será el siguiente:

1.º) Votantes que no lo hubieran efectuado y que se encuentren en la sala.

2.º) Votos por correo.

3.º) Interventores.

4.º) Componentes de la Mesa Electoral por orden de vocal, secretario y presidente.

8. Finalizada la votación, el presidente de la Mesa Electoral procederá al escrutinio que serápúblico y de acuerdo al siguiente mecanismo:

1.º) Se abrirán las puertas por si alguien quiere presenciarlo.

2.º) Se desprecintarán las urnas y volcarán las papeletas.

3.º) Se procederá al recuento de los votos emitidos que en todos los casos será coinci-dente con el número de votantes; en caso de no coincidir, se declarará nula la vota-ción que deberá repetirse al cuarto día natural de la misma.

4.º) Se iniciará el escrutinio de votos de cada candidatura. Finalizado el mismo, se levan-tará la correspondiente acta que, firmada por los interventores y componentes de laMesa Electoral, especificará:

a) Votos válidos.

b) Votos en blanco.

c) Votos nulos.

d) Número de votos obtenido por cada candidatura.

e) Alegaciones que pudieran hacer los interventores y componentes de la Mesa Electoral.

Miércoles, 27 de octubre de 201025266NÚMERO 207

Page 35: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

5.º) Se destruirá la totalidad de papeletas en el caso de que estén conformes todas laspartes. De no ser así, se incorporarán al acta de resultados.

6.º) Se remitirá una copia del acta a la Junta Electoral Federativa.

Artículo 26. Candidatos electos y candidatos suplentes.

1. Serán elegidos miembros de la Asamblea General, los candidatos que obtengan mayornúmero de votos hasta cubrir el número total de representantes elegibles.

2. Caso de existir empate entre dos o más candidatos en cualquiera de los estamentos, sedecidirá mediante sorteo celebrado el día siguiente de las votaciones por parte de la JuntaElectoral Federativa, antes de la publicación de resultados provisionales. El sorteo serápúblico y consistirá en la extracción de una papeleta en las que previamente se hayanhecho figurar los nombres de los candidatos empatados, siendo elegido aquél cuya pape-leta sea la extraída por uno de los miembros de la Junta Electoral Federativa. El resultadodel sorteo se incorporará como anexo al acta de votaciones de la Mesa Electoral.

3. Los candidatos que no hubieran resultado elegidos miembros de la Asamblea, serán consi-derados suplentes para cubrir eventuales bajas en su estamento, circunscripción y en sucaso especialidad deportiva respectiva.

4. La Junta Electoral Federativa elaborará la relación de suplentes que se ordenará según elnúmero de votos obtenidos por cada uno de ellos.

5. Cuando el número de candidatos presentados por un estamento determinado, sea igual oinferior al número de representantes que corresponden por dicho estamento y circunscrip-ción electoral y en su caso especialidad, no se celebrarán las elecciones en dicho estamen-to, considerándose los candidatos ya proclamados como miembros de la Asamblea.

Artículo 27. El voto por correo.

1. Aquellos electores que prevean que en la fecha de la votación no podrán ejercer su dere-cho de voto personalmente, podrán hacerlo por correo, previa solicitud a la Junta Electoralen el plazo, lugares, días y horarios especificados en el calendario electoral. La solicituddeberá presentarse personalmente, exigiéndose al interesado la exhibición de su Docu-mento Nacional de Identidad y comprobándose la coincidencia de la firma del mismo.

La solicitud podrá ser presentada en nombre del elector por persona debidamente autori-zada para ello por escrito, que aportará a la Junta Electoral junto con su acreditación y elDocumento Nacional de Identidad del solicitante. Una persona no podrá representar aestos efectos ante la Junta Electoral a más de un elector.

2. La Junta Electoral Federativa comprobará si el solicitante se encuentra incluido en elcenso, en cuyo caso realizará la correspondiente anotación en el mismo y expedirá lacertificación de inscripción que se entregará o remitirá al interesado junto con la docu-mentación electoral.

3. El elector introducirá la papeleta de voto en el sobre de votación y lo cerrará. Incluirá elsobre de votación y el certificado en otro sobre dirigido a la Federación, con indicación de la

Miércoles, 27 de octubre de 201025267NÚMERO 207

Page 36: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Mesa Electoral que le corresponda, a través del Servicio Oficial de Correos, mediante envíocertificado con aviso de recibo. En el reverso del sobre deberá indicarse necesariamente elnombre y los apellidos del elector, su firma, y el estamento federativo al que pertenece.

4. En cualquier caso, los votos emitidos por esta modalidad deberán estar a disposición de laMesa Electoral antes de la hora señalada para el final de la votación.

5. Finalizado el horario de votación, la Mesa Electoral comprobará la validez de los votos emiti-dos por correo, no teniendo en cuenta dicho voto si ya se hubiese hecho personalmente.

Sección 3.ª. Elecciones a Presidente.

Artículo 28. Elección de Presidente.

1. El Presidente de la federación será elegido por sufragio libre, directo, igual y secreto por yentre los miembros de la Asamblea General, reunidos a tal efecto en sesión extraordina-ria, en la que no será válido el voto por correo ni la delegación de voto.

2. El presidente tendrá la condición de miembro nato de la Asamblea General durante elperiodo de su mandato, aunque pierda la representación inicial en la misma.

3. Procederá elegir presidente en la primera sesión que celebre cada nueva Asamblea General.

Artículo 29. Presentación de candidaturas.

1. La candidatura a la presidencia deberá efectuarse mediante escrito dirigido a la JuntaElectoral Federativa, debiéndose hacer constar la filiación, domicilio completo y fecha denacimiento del interesado, así como su renuncia expresa y formal a la condición activaque le hubiese legitimado como representante en la Asamblea General para el supuestoque resultase elegido presidente, adjuntándose a referido escrito fotocopia del DocumentoNacional de Identidad.

2. La lista de candidaturas presentadas deberá obrar en poder de todos los miembros de laAsamblea General con, al menos, cuarenta y ocho horas de antelación a la celebración delas votaciones.

3. Si algún miembro de la Comisión Gestora presenta su candidatura a la presidencia deberá,previa o simultáneamente, abandonar la citada Comisión.

Artículo 30. Asamblea General para la elección de Presidente.

1. Para que se proceda válidamente a la elección de presidente será necesaria la presenciaen el momento de iniciarse la misma de, al menos, la mitad más uno del total de losmiembros de la Asamblea General.

2. La presidencia de la sesión constitutiva de la Asamblea General se formará con los dosasambleístas de más edad que actuarán como Presidente y Vicepresidente respectivamente,no pudiendo en ningún caso coincidir con los candidatos a la presidencia, desempeñando lasfunciones de Secretario quien ostente este cargo en la Comisión Gestora de la federación.

Miércoles, 27 de octubre de 201025268NÚMERO 207

Page 37: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

3. Con carácter previo a la votación, cada candidato —por orden determinado previamentepor sorteo— expondrá su programa por un tiempo máximo de treinta minutos, sin quepueda existir réplica, ni siquiera en el caso de alusiones.

4. Terminada la intervención de los candidatos, los miembros de la Asamblea General podránefectuarles preguntas. Finalizada la ronda de preguntas pasará a realizarse la votación.

Artículo 31. Acto de votación.

La votación se efectuará según el siguiente proceso:

1.º) El presidente de la Asamblea General llamará a votar a los miembros de la misma. Pasa-dos cinco minutos, ordenará el cierre del local donde vaya a efectuarse la votación, nopudiendo incorporarse a la sala ningún nuevo asambleísta.

2.º) El secretario nombrará a cada uno de los miembros de la Asamblea General, que entre-garán la papeleta al presidente, introduciéndola éste en la urna.

3.º) El orden de votación será: asambleístas, interventores, vicepresidente y presidente.

4.º) Finalizada la votación, en la que no será válido el voto por correo ni la delegación devoto, se procederá por parte del presidente de la Asamblea al desprecintado de la urna,contando el número de votos, que será coincidente con el número de votantes, debien-do anular la votación en aquellos casos en que este hecho no se produzca.

Artículo 32. Candidato electo.

1. Será proclamado Presidente el candidato que obtuviere mayoría absoluta de votos. En elcaso de que ninguno de los candidatos alcance la mayoría absoluta en primera vuelta, serealizará una nueva votación por mayoría simple entre los dos candidatos que hayan obte-nido mayor número de votos.

2. En caso de empate se suspenderá la sesión por un espacio de tiempo no inferior a unahora ni superior a tres, celebrándose una última votación, también por mayoría simple. Depersistir el empate, se efectuará el sorteo que decidirá quién será el presidente.

3. El presidente electo ocupará la presidencia de la Asamblea General inmediatamentedespués de celebrada la votación en que haya sido elegido.

4. En el caso de que sólo exista un único candidato, no se realizarán votaciones y quedaránombrado Presidente.

CAPÍTULO IV

DE LOS RECURSOS ELECTORALES

Sección 1.ª. Recursos ante la Junta Electoral Federativa.

Artículo 33. Legitimación.

Estarán legitimados para recurrir ante la Junta Electoral Federativa quienes ostenten la condi-ción de interesado de acuerdo con el artículo 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Miércoles, 27 de octubre de 201025269NÚMERO 207

Page 38: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Artículo 34. Tramitación.

1. Los plazos para la presentación de reclamaciones y recursos ante la Junta Electoral Fede-rativa y para su resolución serán los determinados en el calendario electoral.

2. La Junta Electoral Federativa podrá actuar de oficio en cualquier fase del procedimientoelectoral.

Sección 2.ª. Recursos ante el Comité de Garantías Electorales.

Artículo 35. Competencias.

El Comité de Garantías Electorales de las Federaciones Deportivas Extremeñas es competen-te para conocer, en última instancia administrativa:

a) De los recursos que se interpongan contra los acuerdos de la Junta Electoral Federativa,sobre la validez de las elecciones, y los que versen sobre proclamación de candidaturas osobre la proclamación de candidatos electos.

b) De los recursos que se interpongan contra los acuerdos definitivos de la Junta ElectoralFederativa respecto a las sanciones que se impongan con motivo de la comisión de infraccio-nes en materia electoral.

c) De los recursos contra las resoluciones de la Junta Electoral Federativa relativas al censoelectoral.

d) De los conflictos de competencias que se susciten entre las Juntas Electorales de las fede-raciones deportivas extremeñas.

e) De las demás cuestiones que en materia electoral deportiva le sean sometidas por laConsejería de los Jóvenes y del Deporte, de oficio o a instancia de parte.

Artículo 36. Legitimación.

Están legitimados para recurrir ante el Comité de Garantías Electorales quienes ostenten lacondición de interesado de acuerdo con el artículo 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 37. Tramitación.

1. La tramitación de los recursos de que conoce el Comité de Garantías Electorales se regulapor lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por laLey 4/1999, de 13 de enero.

2. Los recursos deberán presentarse por escrito debidamente firmado, en el que se haráconstar la identidad del recurrente, el acuerdo o resolución que se recurre, los fundamen-tos en que se basa la impugnación, las normas que se consideren infringidas y la preten-sión que se deduce contra dicho acuerdo o resolución.

3. Los recursos deberán presentarse en la Secretaría del Comité de Garantías Electorales oante los órganos federativos, Comisión Gestora o Junta Electoral que adoptó el acuerdo o

Miércoles, 27 de octubre de 201025270NÚMERO 207

Page 39: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

resolución impugnado, en el plazo que se establece en el calendario electoral. En todocaso, el plazo se computará en días hábiles, a partir del día siguiente de la notificación opublicación del acuerdo o resolución impugnado. Transcurrido dicho plazo sin haberseinterpuesto recurso, los acuerdos o resoluciones serán firmes.

4. El órgano federativo, Comisión Gestora o Junta Electoral ante el que se hubiere presenta-do el recurso deberá dar traslado inmediato del mismo al Comité de Garantías Electorales.Éste pondrá en conocimiento el escrito de interposición y los documentos que lo acompa-ñen a todos aquellos cuyos derechos o intereses pudieran resultar afectados, concedién-doles un plazo de tres días hábiles para que formulen las alegaciones y presenten losdocumentos que consideren procedentes.

5. La resolución estimará en todo o en parte o desestimará las pretensiones formuladas en elrecurso o declarará su inadmisión. Cuando por existir vicio de forma no se estime proce-dente resolver sobre el fondo, se ordenará la retroacción del procedimiento electoral almomento en que el vicio fue cometido.

6. En el caso de que el recurso no fuera resuelto expresamente en el plazo máximo detreinta días, el recurrente podrá considerarlo desestimado, quedando expedita la víajurisdiccional procedente.

7. La ejecución de las resoluciones del Comité de Garantías Electorales corresponderá a laDirección General de Deportes directamente o a través de la correspondiente organiza-ción federativa.

Disposición derogatoria.

Queda expresamente derogado el Reglamento Electoral de esta federación, en vigor hasta eldía de la fecha, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lodispuesto en el presente Reglamento Electoral.

Badajoz, a 14 de septiembre de 2010.

DILIGENCIA: para hacer constar que el presente Reglamento Electoral fue aprobado enAsamblea General Extraordinaria celebrada el día 11 de septiembre de 2010.

V.º B.º. El Presidente, Fdo.: Pedro Nieto Suárez. El Secretario General, Fdo.: Francisco JavierSánchez Vicente.

• • •

Miércoles, 27 de octubre de 201025271NÚMERO 207

Page 40: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2010, del Consejero, por la que se concedenayudas a entidades deportivas extremeñas para el año 2010. (2010062450)

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 86/2010, de 26 de marzo (DOE n.º 61, de 31de marzo), por el que se regulan los programas de ayudas a las entidades deportivas extre-meñas y se establece la primera convocatoria para el año 2010, y a la vista de la propuestaque presenta el Director General de Deportes,

R E S U E L V O :

Primero. Conceder las ayudas que se especifican en el Anexo I.

Segundo. Desestimar las solicitudes que se especifican en el Anexo II, por los motivos que seindican en cada una de ellas.

Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer,potestativamente, recurso de reposición ante esta Consejería de los Jóvenes y del Deporte,en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el DiarioOficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

Se podrá también interponer directamente, en el plazo de dos meses contados desde el díasiguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recursocontencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supe-rior de Justicia de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitarcualquier recurso que estime procedente.

Mérida, a 6 de octubre de 2010.

El Consejero de los Jóvenes y del Deporte,

CARLOS J. RODRÍGUEZ JIMÉNEZ

Miércoles, 27 de octubre de 201025272NÚMERO 207

Page 41: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

A N E X O I

RELACIÓN DE AYUDAS CONCEDIDAS

Miércoles, 27 de octubre de 201025273NÚMERO 207

Page 42: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025274NÚMERO 207

Page 43: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025275NÚMERO 207

Page 44: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025276NÚMERO 207

Page 45: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025277NÚMERO 207

Page 46: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025278NÚMERO 207

Page 47: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025279NÚMERO 207

Page 48: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025280NÚMERO 207

Page 49: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025281NÚMERO 207

Page 50: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025282NÚMERO 207

A N E X O I I

RELACIÓN DE SOLICITUDES DENEGADAS

Page 51: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

MOTIVOS DE DENEGACIÓN:

A) Incumple el artículo 4.a) de la convocatoria (no figura inscrita en el Registro de EntidadesDeportivas de Extremadura o bien como entidad o bien en las modalidades deportivaspara las que solicita ayuda).

B) Incumple el artículo 6.1.c) de la convocatoria (solicitud fuera de plazo).

C) Incumple el artículo 6.2 de la convocatoria (tras ser requerido al efecto, no envió toda ladocumentación solicitada, por lo que se le declara desistido de su petición).

D) Incumple el artículo 6.2 de la convocatoria (tras ser requerido al efecto, no envió la docu-mentación solicitada dentro del plazo concedido de diez días, por lo que se le declaradesistido de su petición).

E) Incumple el artículo 4.b) de la convocatoria (no se halla al corriente en el cumplimiento delas obligaciones fiscales y tributarias con el Estado, o con la Seguridad Social o con laHacienda de la Comunidad Autónoma).

• • •

Miércoles, 27 de octubre de 201025283NÚMERO 207

Page 52: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2010, del Consejero, por la que sedeniegan solicitudes de ayuda para la realización de eventos deportivos deespecial interés en la Comunidad Autónoma de Extremadura, desde el 1 al31 de diciembre de 2010, conforme a lo dispuesto en el Decreto 276/2009,de 28 de diciembre. (2010062451)

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 276/2009, de 28 de diciembre, por el que seestablecieron las bases reguladoras de las ayudas para la realización de eventos deportivosde especial interés en la Comunidad Autónoma de Extremadura y primera convocatoria parael año 2010, y a la vista de la propuesta que presenta el Director General de Deportes,

R E S U E L V O :

Desestimar las solicitudes que se especifican en el Anexo, por las causas de denegación quese exponen.

Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse,potestativamente, recurso de reposición ante esta Consejería de los Jóvenes y del Deporte,en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el DiarioOficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modificaa la anterior.

Podrá interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente alde su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recurso contencio-so-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior deJusticia de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cual-quier recurso que estime procedente.

Mérida, a 7 de octubre de 2010.

El Consejero de los Jóvenes y del Deporte,

CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ JIMÉNEZ

A N E X O

RELACIÓN DE SOLICITUDES DESESTIMADAS

EVENTO SOLICITANTE CAUSA DE DENEGACIÓN

Media maratón Club Deportivo Navalmaratón No alcanza la puntuaciónValdehúncar-Navalmoral exigida en la convocatoria

IV San Silvestre popular A.D. Puebla del Maestre No alcanza la puntuaciónexigida en la convocatoria

Miércoles, 27 de octubre de 201025284NÚMERO 207

Page 53: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA

EDICTO de 11 de octubre de 2010 sobre notificación de sentencia dictadaen el recurso de suplicación n.º 320/2010. (2010ED0509)

D.ª María Jesús del Cuvillo Silos, Secretaria de la Sala de lo Social del Tribunal Superior deJusticia de Extremadura.

Hago saber:

Que en las actuaciones número 744/2008 a las que se refiere el encabezamiento, seguidasante la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, recurso de suplicación0000320/2010, siendo la parte Recurrente Nicolás Guzmán Oliva, Agustín Mangas Valero,Juan Manuel Pilao Rodríguez, Francisco Guzmán Oliva y Bernabé Martínez Sayago, en recla-mación por extinción de contrato temporal, con fecha 11-10-2010, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

“Desestimando el recurso de suplicación interpuesto por D. Nicolás y D. Francisco GuzmánOliva, D. Bernabé Martínez Sayago, D. Agustín Mangas Valero y D. Juan Manuel Pilao Rodrí-guez contra la sentencia dictada el 3 de diciembre de 2009 por el Juzgado de lo Social n.º 1de Badajoz, en autos seguidos a instancia de los recurrentes frente a Edificios Badajoz ySuroeste, SL, Construcciones Vicarma, SL, y sus administradores concursales, D. RafaelCamps Pérez del Bosque y D. Carlos Ignacio Durán Mariñas, Grupo de Empresas Proyectos eInversiones, SL, Unipromo Proyectos Inmobiliarios, SA, Construcciones y PromocionesAlmossassa, SA, Promociones Armijo, SL, Vencasa, SL, y el Fondo de Garantía Salarial, pordespido, debemos confirmar y confirmamos la sentencia recurrida.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al Libro de Sentencias de estaSección de Sala.

Expídanse certificaciones de esta sentencia para su unión a la pieza separada o rollo de supli-cación, que se archivará en este Tribunal, y a los autos principales.

Notifíquese la presente sentencia a las partes y a la Fiscalía de este Tribunal Superior deJusticia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponerrecurso de casación para la unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escritopresentado ante esta Sala de lo Social dentro del improrrogable plazo de diez días hábilesinmediatos siguientes a la fecha de notificación de esta sentencia. Si el recurrente no tuvierela condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberáconsignar la cantidad de 300 euros en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta deConsignaciones de esta Sala, abierta en Grupo Banesto con el n.º 11310000350 320-10,debiendo indicar en el campo concepto, “Recurso”, seguido del código “35 Social Casación”.Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida,

Miércoles, 27 de octubre de 201025285NÚMERO 207

IV ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Page 54: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

separados por un espacio, el código “35 Social Casación”. Si efectuare diversos pagos en lamisma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otrosrecursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de laresolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todocaso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y losOrganismos Autónomos dependientes de ellos.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos”.

Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notifica-ciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdocon lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a Construcciones Vicarma, SL,Promociones Armijo, SL, y Vencasa Badajoz, SL, en ignorado paradero, se expide el presenteedicto en Cáceres, a once de octubre de dos mil diez.

La Secretario Judicial,

MARÍA JESÚS DEL CUVILLO SILOS

Miércoles, 27 de octubre de 201025286NÚMERO 207

Page 55: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO E INNOVACIÓN

RESOLUCIÓN de 13 de octubre de 2010, de la Secretaría General, por laque se hace pública la adjudicación del suministro de “Microscopioelectrónico de barrido SEM para el Centro de Investigación Finca La Orden-Valdesequera”. Expte.: S-012/10/10. (2010062452)

1.- ENTIDAD ADJUDICADORA:

a) Organismo: Junta de Extremadura, Vicepresidencia Segunda y Consejería de Econo-mía, Comercio e Innovación.

b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General.

c) Número de expediente: S-012/10/10.

2.- OBJETO DEL CONTRATO:

a) Tipo del contrato: Suministro.

b) Descripción del objeto: Microscopio electrónico de barrido SEM para el Centro deInvestigación Finca La Orden-Valdesequera.

3.- TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

4.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN:

Precio sin IVA: 167.800,00 €.

IVA (16%): 26.848,00 €.

Precio con IVA: 194.648,00 €.

5.- ADJUDICACIÓN:

a) Fecha: 30 de septiembre de 2010.

b) Contratista: Carl Zeiss Microimaging, SL.

c) Nacionalidad: Española.

d) Importe de adjudicación: 197.874,20 € (IVA 18% incluido, por cambio de tipo imposi-tivo durante la tramitación del expediente).

Mérida, a 13 de octubre de 2010. El Secretario General (P.D. Resolución de 24/07/2007, DOEn.º 88, de 31/07/2007), CARLOS GONZÁLEZ MATEOS.

Miércoles, 27 de octubre de 201025287NÚMERO 207

V ANUNCIOS

Page 56: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE

ANUNCIO de 13 de octubre de 2010 sobre autorización administrativa deinstalación eléctrica. Ref.: 06/AT-013695-017352. (2010083643)

Visto el expediente iniciado en este Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera deBadajoz a petición de: Eléctrica de Malcocinado, SLU, con domicilio en: Malcocinado, C/ Real,17, solicitando autorización administrativa para el establecimiento de una instalación eléctri-ca cuyas características principales son las siguientes:

LÍNEA ELÉCTRICA:

Origen: acometida n.º 1: LAMT 15/20 kV desde punto frontera; acometida n.º 2: LAMT 15/20kV zona Norte de Malcocinado; acometida n.º 3: LAMT 15/20 kV zona Este de Malcocinado.

Final: centro de seccionamiento y transformación proyectada.

Término municipal afectado: Malcocinado.

Tipo de línea: subterránea.

Tensión de servicio en kV: 15/20.

Material: homologado.

Conductores: aluminio. Aluminio. Aluminio.

Longitud total en km: 0,110.

Emplazamiento de la línea: Parque Municipal de Malcocinado.

ESTACIÓN TRANSFORMADORA:

Tipo: cubierto.

Núm. de transformadores:

Número Relación de transformación

1 20,000/

0,380/0,220

Potencia total en transformadores: 250 (kVA).

Emplazamiento: Malcocinado. Parque Municipal.

Presupuesto en euros: 27.482,00.

Presupuesto en pesetas: 4.572.620.

Finalidad: mejora del suministro eléctrico de la localidad de Malcocinado.

Referencia del expediente: 06/AT-013695-017352.

A los efectos prevenidos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en elartículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las activi-dades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autoriza-ción de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la

Miércoles, 27 de octubre de 201025288NÚMERO 207

Page 57: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

petición de autorización administrativa, para que pueda ser examinado el expediente en esteServicio sito en Avda. Miguel de Fabra, 4 (Polígono Industrial El Nevero), en Badajoz, yformularse las reclamaciones oportunas en el plazo de veinte días contados a partir delsiguiente al de la publicación de este anuncio.

Badajoz, a 13 de octubre de 2010. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética yMinera, JUAN CARLOS BUENO RECIO.

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

ANUNCIO de 1 de octubre de 2010 sobre notificación del acuerdo de iniciodel procedimiento de devolución de pagos indebidos en expedientetramitado por el Servicio de Ayudas Sectoriales. (2010083584)

No habiendo sido posible practicar, en el domicilio de su destinatario, la notificación delAcuerdo de 11 de agosto de 2010, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria,cuyo extracto literal se transcribe como Anexo, a D. Diego Blanco Morales Martín, con DNI08.271.910-Y, con domicilio a efectos de notificaciones en calle Merced, n.º 16, Villagarcía dela Torre, Badajoz, en relación a la iniciación del procedimiento de devolución de pagos indebi-dos, se procede a su publicación conforme a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 deenero, que modifica a la anterior.

Mérida, a 1 de octubre de 2010. El Director General de Política Agraria Comunitaria, ANTO-NIO CABEZAS GARCÍA.

A N E X O

“ACUERDA:

Primero. Proceder al inicio del procedimiento de devolución de pagos indebidos, fijando lacuantía de la deuda en 406,30 euros y figurando como titular de la misma D. Diego BlancoMorales Martín.

Segundo. Conceder al interesado trámite de audiencia, a fin de que en el plazo de 15 díashábiles, a contar desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, puedaformular alegaciones y aportar cuantos documentos y justificantes estime pertinentes, envirtud de lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El expediente se encuentra archivado en el Servicio de Ayudas Sectoriales de la DirecciónGeneral de Política Agraria Comunitaria, sito en Ctra. de San Vicente, n.º 3, de Badajoz,

Miércoles, 27 de octubre de 201025289NÚMERO 207

Page 58: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

donde podrá dirigirse para su constancia, preguntando por el técnico Francisco Morcillo Vale-ro (tlfno.: 924 011296/Fax: 924 011313).

En el supuesto de que el interesado considerase oportuna la realización de la devolución indi-cada en el punto primero de este acuerdo durante el plazo del trámite de audiencia en la C/CFEAGA de Caja Extremadura n.º 2099 0086 60 0070066849, deberá remitir copia delresguardo del ingreso efectuado a este Servicio de Ayudas Sectoriales, en cuyo caso seprocederá al archivo del procedimiento.

El presente acuerdo es un acto de trámite no cualificado no susceptible de impugnación, sinperjuicio de que la oposición al mismo pueda alegarse por el interesado para su considera-ción en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Mérida, a 11 de agosto de 2010. El Director General de Política Agraria Comunitaria, P.A. ElDirector General de Infraestructuras e Industrias Agrarias, Res. de 26/06/2009 (DOE n.º 124,de 30 de junio), Instrucción 7/2010, de 21 de julio de 2010, Fdo.: Eduardo de Orduña Puebla”.

El texto íntegro del acuerdo se encuentra archivado en el Servicio de Ayudas Sectoriales, sitoen Ctra. de San Vicente, 3, 06071, de Badajoz, donde podrá dirigirse para su constancia.

• • •

ANUNCIO de 4 de octubre de 2010 sobre aprobación del Plan de Obras yMejoras Territoriales de la zona de concentración parcelaria de Los Quintos,en el término municipal de Villanueva de la Serena. (2010083585)

Visto el informe emitido por el Jefe del Servicio de Regadíos e Infraestructuras Agrarias defecha 30 de septiembre de 2010 en relación con la aprobación del Plan de Obras y MejorasTerritoriales de la zona de concentración parcelaria de Los Quintos, término municipal deVillanueva de la Serena (Badajoz), la Dirección General de Infraestructuras e IndustriasAgrarias, en virtud de las competencias que tiene atribuidas, ha resuelto, con fecha 4 deoctubre de 2010:

Primero. Aprobar el Plan de Obras y Mejoras Territoriales de la zona de concentración parce-laria de Los Quintos, término municipal de Villanueva de la Serena (Badajoz).

Segundo. Que las obras sean clasificadas como obras de interés general de las definidas enla Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.

Tercero. Autorizar al Servicio de Regadíos e Infraestructuras Agrarias a la redacción de losproyectos correspondientes.

Mérida, a 4 de octubre de 2010. El Director General de Infraestructuras e Industrias Agra-rias, EDUARDO DE ORDUÑA PUEBLA.

• • •

Miércoles, 27 de octubre de 201025290NÚMERO 207

Page 59: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

ANUNCIO de 5 de octubre de 2010 sobre notificación de subsanación desolicitud en el expediente n.º JF-5896, en relación a la calificación deexplotación prioritaria. (2010083598)

No habiendo sido posible practicar, en el domicilio de su destinataria, la notificación corres-pondiente a la subsanación de la solicitud en relación a la calificación de explotación priorita-ria que a continuación se especifica, se procede a su publicación en el Diario Oficial de Extre-madura de conformidad con el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOEnúm. 285, de 27 de noviembre), en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,que modifica a la anterior.

Expediente: JF-5896.

Destinatario: SAT Pedregal de la Felipa.

Último domicilio conocido: Nueva, 37. 06490 Puebla de la Calzada (Badajoz).

Así mismo y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se requiere a la interesada para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta oacompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se letendrá por desistida de su petición.

Finalmente, se informa que el texto íntegro de la notificación se encuentra en el Servicio deRegistro de Explotaciones y Organismo Pagador de la Consejería de Agricultura y DesarrolloRural, ubicado en la Avda. de Portugal, s/n., de Mérida, tlfno.: 924 002000, donde podrá diri-girse para su constancia.

Mérida, a 5 de octubre de 2010. El Jefe de Servicio de Registro de Explotaciones y Organis-mo Pagador, JULIO ENCINAS MARTÍN.

• • •

ANUNCIO de 6 de octubre de 2010 sobre notificación de resolucionesaprobatorias en procedimientos de amojonamiento de vías pecuarias a supaso por la provincia de Badajoz. (2010083582)

No habiendo sido posible practicar, en el domicilio de los interesados que en el Anexo alpresente anuncio se relacionan, la notificación de las resoluciones por las que se apruebanlos procedimientos de amojonamiento de vías pecuarias, a su paso por términos de laprovincia de Badajoz, que en el mismo se indican, se procede a su publicación, a los efectosprevistos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redac-ción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con lo establecido en el artículo19.3 del Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, apro-bado por Decreto 49/2000, de 8 de marzo.

Miércoles, 27 de octubre de 201025291NÚMERO 207

Page 60: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

El texto íntegro de las resoluciones se encuentra publicado en el Diario Oficial de Extremadu-ra que se indica. Asimismo, toda la documentación que integra el expediente se encuentraarchivada en el Servicio Territorial de Badajoz, de la Consejería de Consejería de Agriculturay Desarrollo Rural, en la Ctra. de San Vicente, 3, de la localidad de Badajoz, donde podrándirigirse los interesados para cualquier información que precisen.

Frente a las resoluciones que se indican, que no ponen fin a la vía administrativa, se podráinterponer recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura y Desarrollo Rural de la Juntade Extremadura en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114y 115 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, por la que se modifica la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, y los artículos 101 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobiernoy de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de cualquierotro recurso que se estime procedente.

Mérida, a 6 de octubre de 2010. El Director General de Desarrollo Rural, ANTONIO GUIBER-TEAU CABANILLAS.

Miércoles, 27 de octubre de 201025292NÚMERO 207

A N E X O

Page 61: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025293NÚMERO 207

Page 62: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025294NÚMERO 207

• • •

ANUNCIO de 6 de octubre de 2010 sobre notificación de resolucionesaprobatorias en procedimientos de deslinde de vías pecuarias a su paso porla provincia de Badajoz. (2010083583)

No habiendo sido posible practicar, en el domicilio de los interesados que en el Anexo alpresente anuncio se relacionan, la notificación de las resoluciones por las que se apruebanlos procedimientos de deslinde de vías pecuarias, a su paso por términos de la provincia deBadajoz, que en el mismo se indican, se procede a su publicación, a los efectos previstos enel artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por laLey 4/1999, de 13 de enero, en relación con lo establecido en el artículo 15.2 del Reglamen-to de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto49/2000, de 8 de marzo.

El texto íntegro de las resoluciones se encuentra publicado en el Diario Oficial de Extremadu-ra que se indica. Asimismo, toda la documentación que integra el expediente se encuentraarchivada en el Servicio Territorial de Badajoz de la Consejería de Consejería de Agriculturay Desarrollo Rural, en la Ctra. de San Vicente, 3, de la localidad de Badajoz, donde podrándirigirse los interesados para cualquier información que precisen.

Frente a las resoluciones que se indican, que ponen fin a la vía administrativa, se podráinterponer recurso de reposición ante el Consejero de Agricultura y Desarrollo Rural de laJunta de Extremadura en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artícu-los 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la

Page 63: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante elTribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cual-quier otro recurso que se estime procedente.

Mérida, a 6 de octubre de 2010. El Director General de Desarrollo Rural, ANTONIO GUIBER-TEAU CABANILLAS.

• • •

ANUNCIO de 15 de octubre de 2010 por el que se da publicidad a las entidades beneficiarias de ayudas para la creación y/o adecuación de los servicios de asesoramiento a las explotaciones agrarias para el año 2010. (2010083682)

De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones, y en el artículo 30 del Reglamento de desarrollo de la anterior,aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en relación con lo previsto en el artícu-lo 12.7 del Decreto 166/2009, de 17 de julio, por el que se establece el procedimiento parael reconocimiento de las entidades que presten servicios de asesoramiento a las explotacio-nes agrarias, se crea el Registro Extremeño de las Entidades de Asesoramiento y se estable-cen las bases para la concesión de ayudas a la creación y/o adaptación de los servicios deasesoramiento, y el artículo 8.2 de la Orden de 29 de diciembre de 2009 por la que se llevaa cabo la convocatoria de estas ayudas para el año 2010, mediante el Anexo adjunto al

Miércoles, 27 de octubre de 201025295NÚMERO 207

A N E X O

Page 64: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

presente anuncio se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de losbeneficiarios de las ayudas concedidas.

En virtud de lo previsto en el artículo 7.1 del citado Decreto 166/2009 y en el artículo 2 de laOrden de 29 de diciembre de 2009, la convocatoria se ha dirigido a las entidades de asesora-miento a explotaciones agrarias, sin ánimo de lucro, que con anterioridad a la presentaciónde la solicitud de ayuda se hallen inscritas, o hayan solicitado la inscripción, en el Registro.

Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural(FEADER), dentro del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2007-2013, dentro delEje prioritario 1 “Aumento de la competitividad del sector agrícola y forestal”, en un64,35%, Medida 115 “Implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento”, elresto será cofinanciado por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y laJunta de Extremadura.

Frente a estas resoluciones, que no ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponerrecurso de alzada ante la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, en el plazo de un mescontado desde el día siguiente al de la publicación, conforme al artículo 116 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 deenero. Todo ello, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se estime procedente.

Mérida, a 15 de octubre de 2010. El Jefe de Servicio de Formación del Medio Rural, ESTEBANSIMANCAS REDREJO.

A N E X O

BENEFICIARIO CIF AYUDA (EUROS)

Cooperativas Agroalimentarias de Extremadura G06124309 467.730,34

APAG-Extremadura-ASAJA G06361711 334.456,14

UPA-UCE Extremadura G06291520 115.673,72

APAG-ASAJA Cáceres G10038073 292.384,41

Asociación Agropecuaria Pregunt@ G10378230 55.656,15

COGANEX F06236566 18.552,05

Asociación para el Asesoramiento G06478127 37.104,10Ganadero y Agrícola (ASEGA)

Miércoles, 27 de octubre de 201025296NÚMERO 207

Page 65: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y EMPLEO

ANUNCIO de 22 de septiembre de 2010 sobre notificación en el expedienten.º 1143/06, tramitado por la Dirección General de Inclusión Social,Infancia y Familias. (2010083570)

Intentada por esta Dirección General de Inclusión Social, Infancia y Familias la localizaciónde D. Manuel Antonio Fernández Márquez y D.ª Rafaela Quintero Morán, con relación a unexpediente de adopción, no se ha podido practicar notificación. En consecuencia, de confor-midad con lo prevenido en el artículo 61, en relación con el 59.5, de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, por medio del presente anuncio, se comunica a los interesados que,en el plazo de diez días hábiles, podrán comparecer en la Dirección General de InclusiónSocial, Infancia y Familias, Avda. Reina Sofía, s/n., de Mérida, teléfono 901 400 550, delunes a viernes en horario de 9,00 a 14,00 horas, para conocimiento del contenido íntegrodel mencionado acto y constancia de tal conocimiento.

Mérida, a 22 de septiembre de 2010. La Directora General de Inclusión Social, Infancia yFamilias, CONCEPCIÓN CÁCERES ARROYO.

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

ANUNCIO de 23 de septiembre de 2010 sobre notificación de solicitud devisita para valoración de estado de inmueble en expediente de declaraciónde ruina. (2010083572)

Habiéndose intentado la notificación de solicitud de autorización a D. Antonio Sixto GarcíaGarcía, como propietario del inmueble sito en C/ Corredera, 2, de la localidad de Coria, Cáce-res, para la realización de una visita técnica en la tramitación del expediente de declaraciónde ruina del citado inmueble, se procede a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura,de conformidad con los arts. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, refor-mada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Se advierte al interesado que podrá personarse enel plazo máximo de 7 días en la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería deCultura y Turismo situada en la Calle Almendralejo, número 14, en Mérida, al objeto de cono-cer el contenido íntegro del mencionado acto.

Asimismo se remite al Excmo. Ayuntamiento de Coria para que esta notificación sea expues-ta en el tablón de edictos.

Mérida, a 23 de septiembre de 2010. La Coordinadora Regional de Áreas de RehabilitaciónIntegrada, CARMEN BARROSO EXPÓSITO.

• • •

Miércoles, 27 de octubre de 201025297NÚMERO 207

Page 66: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

ANUNCIO de 30 de septiembre de 2010 sobre notificación de acuerdo de incoación y pliego de cargos en expedientes sancionadores en materiade turismo. (2010083515)

No habiendo sido posible practicar en los domicilios de sus destinatarios las notificaciones delos acuerdos de incoación y pliego de cargos, correspondientes a los expedientes sancionado-res que se especifican en el Anexo, se procede a su publicación en el Diario Oficial de Extre-madura, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común(BOE núm. 285, de 27 de noviembre).

Cáceres, a 30 de septiembre de 2010. El Instructor, EUGENIO JUAN EXPÓSITO ALBUQUERQUE.

A N E X O

Miércoles, 27 de octubre de 201025298NÚMERO 207

Page 67: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025299NÚMERO 207

Page 68: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025300NÚMERO 207

Page 69: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025301NÚMERO 207

Page 70: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025302NÚMERO 207

Page 71: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025303NÚMERO 207

Page 72: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025304NÚMERO 207

Page 73: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025305NÚMERO 207

Page 74: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025306NÚMERO 207

Page 75: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025307NÚMERO 207

Page 76: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025308NÚMERO 207

Page 77: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025309NÚMERO 207

Page 78: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025310NÚMERO 207

Page 79: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025311NÚMERO 207

Page 80: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025312NÚMERO 207

Page 81: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025313NÚMERO 207

Page 82: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025314NÚMERO 207

Page 83: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025315NÚMERO 207

Page 84: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025316NÚMERO 207

Page 85: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025317NÚMERO 207

Page 86: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025318NÚMERO 207

Page 87: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025319NÚMERO 207

Page 88: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025320NÚMERO 207

Page 89: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025321NÚMERO 207

Page 90: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025322NÚMERO 207

Page 91: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025323NÚMERO 207

Page 92: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025324NÚMERO 207

Page 93: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025325NÚMERO 207

Page 94: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025326NÚMERO 207

Page 95: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025327NÚMERO 207

Page 96: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025328NÚMERO 207

Page 97: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025329NÚMERO 207

Page 98: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025330NÚMERO 207

Page 99: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025331NÚMERO 207

Page 100: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025332NÚMERO 207

Page 101: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025333NÚMERO 207

Page 102: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025334NÚMERO 207

Page 103: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025335NÚMERO 207

Page 104: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025336NÚMERO 207

Page 105: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025337NÚMERO 207

Page 106: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025338NÚMERO 207

Page 107: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025339NÚMERO 207

Page 108: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025340NÚMERO 207

Page 109: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025341NÚMERO 207

Page 110: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025342NÚMERO 207

Page 111: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025343NÚMERO 207

Page 112: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025344NÚMERO 207

Page 113: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025345NÚMERO 207

Page 114: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025346NÚMERO 207

Page 115: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025347NÚMERO 207

Page 116: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025348NÚMERO 207

Page 117: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025349NÚMERO 207

Page 118: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025350NÚMERO 207

Page 119: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025351NÚMERO 207

Page 120: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025352NÚMERO 207

Page 121: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025353NÚMERO 207

Page 122: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025354NÚMERO 207

Page 123: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025355NÚMERO 207

Page 124: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025356NÚMERO 207

Page 125: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025357NÚMERO 207

Page 126: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025358NÚMERO 207

Page 127: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025359NÚMERO 207

Page 128: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025360NÚMERO 207

Page 129: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025361NÚMERO 207

Page 130: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025362NÚMERO 207

Page 131: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

• • •

ANUNCIO de 30 de septiembre de 2010 sobre notificación de propuesta deresolución en expedientes sancionadores en materia de turismo. (2010083516)

No habiendo sido posible practicar en los domicilios de sus destinatarios las notificaciones depropuesta de resolución, correspondientes a los expedientes sancionadores que se especifican enel Anexo, se procede a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con elartículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre).

Cáceres, a 30 de septiembre de 2010. El Instructor, EUGENIO JUAN EXPÓSITO ALBUQUERQUE.

A N E X O

Miércoles, 27 de octubre de 201025363NÚMERO 207

Page 132: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025364NÚMERO 207

Page 133: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025365NÚMERO 207

Page 134: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025366NÚMERO 207

Page 135: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025367NÚMERO 207

Page 136: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025368NÚMERO 207

Page 137: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025369NÚMERO 207

Page 138: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025370NÚMERO 207

Page 139: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025371NÚMERO 207

Page 140: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025372NÚMERO 207

Page 141: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025373NÚMERO 207

Page 142: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025374NÚMERO 207

Page 143: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025375NÚMERO 207

• • •

Page 144: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

ANUNCIO de 30 de septiembre de 2010 sobre notificación de resolución enexpedientes sancionadores en materia de turismo. (2010083517)

No habiendo sido posible practicar en los domicilios de sus destinatarios las notificaciones deresolución, correspondientes a los expedientes sancionadores que se especifican en el Anexo,se procede a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con el artícu-lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre).

Cáceres, a 30 de septiembre de 2010. El Instructor, EUGENIO JUAN EXPÓSITO ALBUQUERQUE.

A N E X O

Miércoles, 27 de octubre de 201025376NÚMERO 207

Page 145: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025377NÚMERO 207

Page 146: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025378NÚMERO 207

Page 147: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025379NÚMERO 207

Page 148: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025380NÚMERO 207

Page 149: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025381NÚMERO 207

Page 150: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025382NÚMERO 207

Page 151: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025383NÚMERO 207

Page 152: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025384NÚMERO 207

Page 153: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025385NÚMERO 207

Page 154: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025386NÚMERO 207

Page 155: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025387NÚMERO 207

Page 156: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Miércoles, 27 de octubre de 201025388NÚMERO 207

• • •

ANUNCIO de 30 de septiembre de 2010 sobre notificación de trámite deaudiencia en el expediente sancionador n.º 0069-CC/10, en materia de turismo. (2010083519)

No habiendo sido posible practicar en el domicilio de su destinatario la notificación de puestade manifiesto, correspondiente al expediente sancionador que se especifica en el Anexo, seprocede a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con el artículo59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre).

Cáceres, a 30 de septiembre de 2010. El Instructor, EUGENIO JUAN EXPÓSITO ALBUQUERQUE.

Page 157: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

A N E X O

Asunto: notificación de trámite de audiencia.

Expediente número: 0069-CC/10.

Instructor: Eugenio J. Expósito Albuquerque.

Denunciado: Qiaoping Liu.

NIF: X01225797N.

Último domicilio conocido: Juan Solano, 14. Cáceres.

Se hace saber que el citado procedimiento sancionador se encuentra a disposición del intere-sado en la Inspección Territorial de Turismo, calle Gómez Becerra, 21. Cáceres.

AYUNTAMIENTO DE CASAR DE CÁCERES

ANUNCIO de 15 de octubre de 2010 sobre aprobación inicial del Proyectode Reparcelación del SAPU Sector 1 “Portada Blanca” de las NormasSubsidiarias. (2010083640)

Por acuerdo de la Junta de Gobierno, de fecha 11/10/2010, se aprobó inicialmente el Proyectode Reparcelación del SAPU Sector 1 “Portada Blanca” de las Normas Subsidiarias de esta locali-dad, de conformidad con el artículo 43.3.c).1.ª de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Sueloy Ordenación Territorial de Extremadura, se somete a información pública durante el plazo de unmes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el DOE.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Casar de Cáceres, a 15 de octubre de 2010. El Alcalde, FLORENCIO RINCÓN GODINO.

AYUNTAMIENTO DE LOS SANTOS DE MAIMONA

ANUNCIO de 17 de septiembre de 2010 sobre aprobación inicial delProyecto de Urbanización de la UE-23. (2010083320)

El Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de septiembre de2010, adoptó el acuerdo de aprobar inicialmente el Proyecto de Urbanización de la Unidadde Ejecución UE-23 de Los Santos de Maimona, tramitado a instancias de la Agrupación deInterés Urbanístico “Sierra de los Pinos”, referido al suelo urbano, en el área delimitada porla Unidad de Ejecución n.º 23, sito en Ronda de San Cristóbal, s/n.

Miércoles, 27 de octubre de 201025389NÚMERO 207

Page 158: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

Asimismo, acordó su sometimiento a información pública por un mes, para que pueda serexaminado el expediente y formularse cuantas alegaciones se estimen pertinentes.

Los Santos de Maimona, a 17 de septiembre de 2010. El Alcalde-Presidente acctal., FRAN-CISCO JAVIER GORDILLO MARTÍNEZ.

• • •

ANUNCIO de 17 de septiembre de 2010 sobre aprobación inicial delProyecto de Urbanización de la UE-9A “Eras Los Santos”. (2010083322)

El Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de septiembre de2010, adoptó el acuerdo de aprobar inicialmente el Proyecto de Urbanización de la UE-9A“Eras Los Santos”, tramitado a instancias de D. Agustín Gordillo Caballero, en nombre yrepresentación de la Agrupación de Interés Urbanístico “UE-9 Eras Los Santos”.

Asimismo, acordó su sometimiento a información pública por un mes, para que pueda serexaminado el expediente y formularse cuantas alegaciones se estimen pertinentes.

Los Santos de Maimona, a 17 de septiembre de 2010. El Alcalde-Presidente acctal., FRAN-CISCO JAVIER GORDILLO MARTÍNEZ.

AYUNTAMIENTO DE VILLAFRANCA DE LOS BARROS

ANUNCIO de 14 de octubre de 2010 sobre Estudio de Detalle. (2010083642)

Se pone en conocimiento del público en general que el Pleno de la Corporación, es su sesiónde 7 de octubre de 2010, ha aprobando definitivamente el Estudio de Detalle del solar sito enla calle Dinamarca, esquina con la calle Gravina, según petición formulada por D. Antonio JoséTorres Gallardo, de fecha 6 de julio de 2010, y R.E. n.º 5739, actuando en nombre y represen-tación de la mercantil Construcciones Torres Denpaasar, SL, conforme al documento redactadopor Arcos Consulting de Arquitectura, SLP, de fecha junio de 2010, ordenando la remisión deuna copia del expediente a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, parasu depósito en el registro administrativo de los instrumentos de planeamiento urbanístico.

Todo ello en cumplimiento de lo establecido en el art. 79.2 de la Ley 15/2001, de 14 dediciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura.

Así lo firmo y hago saber.

Villafranca de los Barros, a 14 de octubre de 2010. El Alcalde, RAMÓN ROPERO MANCERA.

• • •

Miércoles, 27 de octubre de 201025390NÚMERO 207

Page 159: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

EDICTO de 14 de octubre de 2010 sobre aprobación del plano parcelarioresultante de la gestión de la segunda etapa del Plan Parcial del Sector S-5“Polígono Industrial Los Varales”. (2010ED0511)

El Ayuntamiento pleno, en sesión celebrada con fecha 7 de octubre de 2010, acordó aprobarel plano parcelario resultante de la gestión de la segunda etapa del Plan Parcial del Sector S-5“Polígono Industrial Los Varales”, y la localización de las cesiones de viales y equipamientodotacional y zonas verdes, según plano y Anexo I, descriptivo suscrito por los Ingenieros deCaminos, Canales y Puertos, D. Federico Moreno Cascón y D. Javier Romero Durán, promovi-do a instancia municipal por la Junta de Extremadura, que actúa a través de la SociedadFomento Extremeño de Infraestructuras Industriales, SAU, acordando, asimismo, aceptar lacesión del aprovechamiento urbanístico que corresponde a este Ayuntamiento que integratanto la cesión obligatoria del 10 por ciento del aprovechamiento lucrativo, localizada en lasparcelas 56, 57, 58, 59, 60, 64, 65, 66 y 67, como la cesión voluntaria convenida en acuerdode fecha 30 de marzo de 2007, localizada en las parcelas 49, 50, 51, 52, 53, 54 y 55, dereferido plano parcelario aprobado y que consta en el expediente de su razón.

Lo que se expone al público en los términos del artículo 7.1 del Real Decreto 1093/1997, de4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecu-ción de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Natu-raleza Urbanística.

Villafranca de los Barros, a 14 de octubre de 2010. El Alcalde, RAMÓN ROPERO MANCERA.

Miércoles, 27 de octubre de 201025391NÚMERO 207

Page 160: MIÉRCOLES, 27 de octubre de 2010 EXTREMADURA

JUNTA DE EXTREMADURAConsejería de Administración Pública y HaciendaSecretaría General

Paseo de Roma, s/n. 06800 MéridaTeléfono: 924 005012e-mail: [email protected]