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1 Excmo. Ayuntamiento de Soria MLPA/mrm Sesión ordinaria número 22 En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes, siendo las nueve horas y cuarenta minutos del día dieciocho de junio de dos mil diez, se reúne la Junta de Gobierno Local para celebrar sesión, en primera convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros: ASISTENTES: Alcalde-Presidente: D. Carlos Martínez Mínguez. 1º Tte. Alcalde: D. Luis A. Rey de las Heras. 2º Tte. Alcalde: Dª Rosa Romero Amaya. Concejal: D. Javier Antón Cacho. Concejal: D. Silvio Orofino de Castro. Concejal: Dª Mª Teresa Valdenebro Mateo. Interventor: D. José Luis López Navarro. Secretaria General Acctal _ Dña. Maria Luisa Plaza Almazán. Excusan su asistencia Dª Rita Isabel López Lobera y D. Jesús Juan Bárez Iglesias. 1.- APROBACIÓN DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 11 DE JUNIO DE 2010. Dada cuenta del Borrador del Acta de la sesión de 11 de junio de 2010, no formulándose observaciones por parte de los presentes, el Acta es aprobada por unanimidad. 2.- DISPOSICIONES Y COMUNICADOS. 2.1.- Se da cuenta de la Sentencia de Apelación de la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos, de fecha siete de junio de dos mil diez, dictada en el recurso de apelación 85/2010, interpuesto por el Ayuntamiento de Vinuesa, contra la Sentencia de fecha 26 de enero de 2010, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número

MLPA/mrm · correspondiente al tramo 4ª-BIII, rodal 259, del “Monte Santa Inés y Verdugal Núm. 177/180 del Catálogo de Utilidad Pública. No se hace expresa imposición de costas,

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Excmo. Ayuntamiento de Soria

MLPA/mrm

Sesión ordinaria número 22

En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes, siendo las nueve horas y cuarenta minutos del día dieciocho de junio de dos mil diez, se reúne la Junta de Gobierno Local para celebrar sesión, en primera convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros:

ASISTENTES: Alcalde-Presidente: D. Carlos Martínez Mínguez. 1º Tte. Alcalde: D. Luis A. Rey de las Heras. 2º Tte. Alcalde: Dª Rosa Romero Amaya. Concejal: D. Javier Antón Cacho. Concejal: D. Silvio Orofino de Castro. Concejal: Dª Mª Teresa Valdenebro Mateo. Interventor: D. José Luis López Navarro. Secretaria General Acctal _ Dña. Maria Luisa Plaza Almazán. Excusan su asistencia Dª Rita Isabel López Lobera y D. Jesús Juan Bárez Iglesias. 1.- APROBACIÓN DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 11 DE JUNIO DE 2010.

Dada cuenta del Borrador del Acta de la sesión de 11 de junio de 2010, no formulándose observaciones por parte de los presentes, el Acta es aprobada por unanimidad. 2.- DISPOSICIONES Y COMUNICADOS. 2.1.- Se da cuenta de la Sentencia de Apelación de la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos, de fecha siete de junio de dos mil diez, dictada en el recurso de apelación 85/2010, interpuesto por el Ayuntamiento de Vinuesa, contra la Sentencia de fecha 26 de enero de 2010, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número

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1 de Soria, que declaró la nulidad de las Resoluciones del Ayuntamiento de Vinuesa de 10 de marzo y de 12 de noviembre de 2008 en el apartado referido a la paralización de la actividad de corta del aprovechamiento forestal, cuyo fallo es el siguiente: “Que se estima el recurso de apelación interpuesto por el Excmo. Ayuntamiento de Vinuesa contra la sentencia de fecha 26 de enero de 2010, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Soria, y, en consecuencia, se revoca la misma y se dicta sentencia por la que se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Excmo. Ayuntamiento de Soria contra las resoluciones del Excmo. Ayuntamiento de Vinuesa de fechas 10 de marzo y 12 de noviembre de 2008, en el apartado referido a la paralización de la actividad de corta del aprovechamiento forestal correspondiente al tramo 4ª-BIII, rodal 259, del “Monte Santa Inés y Verdugal Núm. 177/180 del Catálogo de Utilidad Pública. No se hace expresa imposición de costas, respecto de las causadas en esta apelación.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno.” La Junta de Gobierno Local queda enterada

2.2.- Se da cuenta del Decreto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Soria, de fecha nueve de junio de dos mil diez, dictado en el procedimiento ordinario 247/2010, por el que se acuerda admitir a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Juan Pablo Ridruejo Timbal, contra la resolución dictada por el Sr. Concejal Delegado de Economía y Hacienda de este Ayuntamiento de Soria, Don Luis A. Rey de las Heras, de fecha 5 de mayo de 2010, por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto por el recurrente en relación al Impuesto sobre Bienes Inmuebles, ejercicio 2009 de las fincas catastrales A2900A023300140000MX, A2900A023100440000ME, A2900A023101330000MR, A2900A023001170000MJ, y A2900A023200440000MG. El Juzgado requiere la remisión del expediente por parte de este Ayuntamiento en el plazo de veinte días, así como el emplazamiento a los interesados en el mismo.

La Junta de Gobierno Local propone a la Alcaldía la remisión del expediente, el emplazamiento a los interesados y la personación en el recurso, designando como Letrado en defensa de los intereses municipales a D. Luis Antón Alonso.

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2.3.- Se da cuenta de la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Soria, de fecha quince de junio de dos mil diez, dictada en el procedimiento abreviado nº 1/2010, seguido a instancia de D. Roberto Sánchez Grande contra las ordenes dictadas por el Intendente-Jefe de la Policía Local de Soria con fecha 9 de noviembre de 2009, cuyo fallo es el siguiente: “Que debo declarar y declaro la inadmisión parcial de la presente demanda en lo referente al recurso interpuesto contra las órdenes verbales dictadas por el Sr. Intendente Jefe de la Policía Local de Soria relativas a la atención de llamadas al taxi de guardia y vigilancia del estado de las farolas dando parte de las que están fundidas. Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta contra la orden expresa de apertura y cierre de las puertas de los patios de los colegios de titularidad municipal, declarando la misma no conforme con el ordenamiento jurídico. No se hace especial pronunciamiento en costas. Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación en el plazo de QUINCE DÍAS a contar desde su notificación.” La Junta de Gobierno Local queda enterada. 2.4.- Se da cuenta del Auto de fecha 15 de junio de de 2010, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Soria, dictado en el procedimiento ordinario nº 230/2010, en relación con la demanda presentada por D. José Antonio Leal López y Luis Miguel Bonilla Morte contra la Resolución dictada por el Ilmo. Sr. Alcalde de este Ayuntamiento de Soria de 26 de marzo de 2010, por la que se resuelve el recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo adoptado por esta Junta de Gobierno Local de 5 de febrero del año actual por la que se presta la conformidad al convenio entre la Sociedad Estatal de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios y este Ayuntamiento para la ejecución de infraestructuras hidráulicas, fue dictado Decreto por el Juzgado admitiendo a trámite la demanda, acordando igualmente formar pieza separada para resolver la medida cautelar solicitada.

El Auto resuelve:” Que debo declarar y declaro LA FALTA DE COMPETENCIA de este Juzgado para conocer del presente pleito, correspondiendo su conocimiento a la Sala de lo contencioso administrativo del TSJCyL con sede en Burgos, al que se remitirán las actuaciones firme que sea este auto.

Únase testimonio de este auto a la pieza de medidas cautelares.

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No se hace especial pronunciamiento en costas. Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de

CINCO DÍAS a contar desde su notificación.” La Junta de Gobierno Local queda enterada.

2.5.- Se da cuenta de la providencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Soria, de fecha catorce de junio de dos mil diez, dictada en el procedimiento ordinario 93/2009 seguido a instancia de la Comunidad de Propietarios c/Tejera nº 24, C/Caro nº 2 y Rota de Calatañazor nº 21, por la que se elevan los autos y el expediente administrativo a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en Burgos para la tramitación del recurso de apelación planteado por este Ayuntamiento de Soria y se emplaza a las partes para que puedan comparecer ante la sala citada. La Comisión queda enterada y acuerda comparecer en dicho procedimiento, designando letrado a Dña. Olga Benito Serrano y procurador a D.César Gutierrez Moliner. 3.-ABONO DE GRATIFICACIONES A DIVERSO PERSONAL DE ESTE AYUNTAMIENTO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EXTRAORDINARIOS.

Examinada la propuesta del Concejal-Delegado de Organización y Calidad de los Servicios del Excmo. Ayuntamiento de Soria de fecha 15 de junio de 2010, de abono de gratificaciones por prestación de servicios extraordinarios a personal municipal, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad:

Primero.- Abonar al personal funcionario de este Ayuntamiento

que se cita en la relación adjuntada y en concepto de gratificación por prestación de servicios extraordinarios llevados a cabo durante el periodo indicado en dicha relación (mayo de 2.010), la cantidad total de cuatro mil trescientos treinta y cinco euros, con cuarenta y ocho céntimos de euro (4.335’48 €) con cargo al vigente Presupuesto General Municipal.

Segundo.- Abonar al personal laboral de este Ayuntamiento que

se cita en la relación adjuntada y en concepto de gratificación por prestación de servicios extraordinarios llevados a cabo durante el citado periodo que igualmente se indica en la relación adjunta, la cantidad total de dos mil doscientos noventa y cuatro euros, con veintinueve céntimos de euro (2.294’29 €), con cargo a la partida presupuestaria 121.151.00 del vigente Presupuesto General Municipal con cargo al

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vigente Presupuesto General Municipal. Tercero.- Abonar a la funcionaria municipal, Dª. Ana Belén

Gallardo Sáez, Técnico de Administración General, y en concepto de gratificación por prestación de servicios extraordinarios llevados a cabo en los meses de diciembre de 2.008, marzo de 2.009 y julio de 2.009, la cantidad de quinientos treinta y un euros, con setenta y tres céntimos de euro (531’73 €), no abonados en relaciones anteriores al no haberse pasado con motivo de baja por maternidad y excedencia por cuidado de hijos de la interesada, con cargo al vigente Presupuesto General Municipal.

Cuarto.- El Presente acuerdo se hará público para conocimiento

general de todos los funcionarios, efectuándose dación de cuenta del mismo a las Centrales Sindicales UGT, CC.OO, CSI-CSIF y SPPME, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 5 del R.D. 861/86, de 25 de abril, regulador del Régimen Retributivo de los Funcionarios de Administración Local y art. 32 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, sobre Regulación de los Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal de las Administraciones Públicas, así como en el Capítulo V.6.3, de los vigentes Acuerdo y Convenio Colectivo del personal funcionario y laboral de este Ayuntamiento.

4.-CONCESIÓN CON CARÁCTER PROVISIONAL DE LA AMPLIACIÓN DE LA SUBVENCIÓN PARA LA ACTUACIÓN DE REHABILITACIÓN EN EDIFICIO PLAZA DE RAMÓN AYLLÓN Nº 12. Examinado el dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Vivienda y Urbanismo celebrada el día 4 de junio de 2010, relativa a la solicitud formulada por la Comunidad de Propietarios de la Plaza de Ramón Ayllón nº 12, para la concesión de ayuda de rehabilitación de dicho inmueble, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda:

Conceder con carácter provisional la ampliación en 5.535,00 € de la subvención para la actuación de rehabilitación en edificio (Programa A.R.I.), sito en Plaza Ramón Ayllón nº 12 que se concedió por importe de 70.590,00 € con el siguiente desglose:

Actuaciones en elementos comunes: 2.464, 00 € Actuaciones en elementos privativos: 3.071,00 €

5.- ABONO DE SUBVENCIÓN PROGRAMA A.R.I. SOLICITADA POR

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LA EMPRESA “LOS DOCE LINAJES S.L.” EN EDIFICIO SITO EN LA PLAZA MAYOR Nº 4.

Examinada la solicitud para el abono de la subvención del

Programa A.R.I. formulada por la empresa LOS DOCE LINAJES S.L. propietaria del edificio sito en la Plaza Mayor nº 4, de conformidad con los informes favorables emitidos por los servicios Técnico-Urbanísticos con fechas 2 y 14 de junio del año actual, una vez examinado el cumplimiento de los requisitos exigidos para proceder al abono de la ayuda provisionalmente concedida, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda:

Abonar a la empresa “LOS DOCE LINAJES, S.L.” la cantidad de 10.064,00 (2ª certificación) en concepto de subvención para actuación de rehabilitación en edificio sito en la Plaza Mayor nº 4, Programa A.R.I. 6.- ABONO DE SUBVENCIÓN PROGRAMA A.R.I. SOLICITADA POR LA “COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA PLAZA DE SAN GIL Nº 1”.

Examinada la solicitud para el abono de la subvención del

Programa A.R.I. formulada por la Comunidad de Propietarios de la Plaza de San Gil nº 1, de conformidad con los informes favorables emitidos por los servicios Técnico-Urbanísticos con fechas 3 y 14 de junio del año actual, una vez examinado el cumplimiento de los requisitos exigidos para proceder al abono de la ayuda provisionalmente concedida, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda:

Abonar a “COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PLAZA SAN GIL Nº 1”la cantidad de 2.300,00 € (6ª certificación) en concepto de subvención para actuación de rehabilitación en el referido edificio, Programa A.R.I. 7.- ABONO DE SUBVENCIÓN PROGRAMA A.R.I. SOLICITADA POR LA “COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA PLAZA DE SAN GIL Nº 2”.

Examinada la solicitud para el abono de la subvención del

Programa A.R.I. formulada por la Comunidad de Propietarios de la Plaza de San Gil nº 2, de conformidad con los informes favorables emitidos por los servicios Técnico- Urbanísticos con fechas 3 y 14 de junio del año actual, una vez examinado el cumplimiento de los requisitos exigidos para proceder al abono de la ayuda provisionalmente

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concedida, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda:

Abonar a “COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PLAZA SAN GIL Nº 2” la cantidad de 19.454,00 € (3ª, 4ª Y 5ª certificación) en concepto de subvención para actuación de rehabilitación en el referido edificio, Programa A.R.I. 8.- APROBACIÓN DE PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN, CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRAS Y AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS MISMAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR Y GARAJE A UBICAR EN C/ HUESCA Nº 6, PROMOVIDO POR D. SANTIAGO DE PABLO JIMÉNEZ.

Examinado el proyecto básico y el de ejecución promovidos por D. Santiago de Pablo Jiménez, para la construcción de una vivienda unifamiliar y garaje en la calle Huesca nº 6.

Informado, por los Servicios Técnicos Municipales con fecha 2 de junio de 2.010, y visto el informe emitido por la Técnico de Admón. General de fecha 2 de agosto de 2.001, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda: Aprobar el proyecto básico y de ejecución y conceder la licencia de obras para la construcción de vivienda unifamiliar y garaje a ubicar en C/ Huesca, 6 de esta Ciudad, promovido por D. Santiago de Pablo Jiménez, suscrito por el técnico D. José Luis de Miguel González y autorizar el inicio de las mismas, debiendo cumplir con las siguientes prescripciones, que de conformidad con lo establecido en el art.99 f) de la Ley 5/99, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León, habrán de hacerse constar en el Registro de la Propiedad: 1.- El espacio destinado a garaje deberá mantener este uso, sin que en ningún caso puedan ser modificadas sus condiciones de acceso, mediante la sustitución, por ejemplo de puerta de acceso por ventanas todo ello al objeto de garantizar el mantenimiento del uso al que dicho espacio está destinado. 2.- El denominado Porche Pérgola, tampoco podrá ser objeto de sustitución por otros elementos con la misma finalidad, no pudiendo ser objeto de autorización su cierre o transformación en espacio vividero. 3.- La cubierta deberá ser ejecutada, debiendo así adoptar las medidas técnicas precisas, de modo que queda garantizada su no

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utilización como planta vividera, quedando eliminada cualquier posibilidad de obra que permita alteraciones estructurales destinadas a hacer uso de la misma. 4.- Deberá procederse a inscribir en el Registro de la Propiedad las condiciones a las que se somete la concesión de esta licencia, condiciones que se especificarán además en la licencia de primera ocupación, debiendo explicitar, en tal anotación que se autorizarán en ningún caso obras destinadas a alteraciones estructurales que posibiliten el acceso o posterior utilización de la cubierta, obras de cierre o cubrición de porche Pérgola y las destinadas a la modificación del uso del denominado garaje y en general cualquier obra que se considere suponga alteración de los espacios señalados. Asimismo, deberá aportar Dirección Facultativa de las obras antes de su inicio. Los plazos para la ejecución de las obras contempladas en proyecto contados desde la notificación del otorgamiento de licencia serán: Plazo de inicio: seis meses. Plazo de finalización: dos años Plazo de interrupción máxima: seis meses. Todo ello sin perjuicio de la concesión de las prórrogas que sean solicitadas de conformidad con lo previsto en el art. 303 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 22/04 de 29 de enero). 9.-APROBACIÓN DE PROYECTO BÁSICO REFORMADO Y CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRAS PARA CONSTRUCCIÓN DE 9 VIVIENDAS, 9 TRASTEROS Y 53 APARCAMIENTOS EN C/ VENERABLE CARABANTES, 54, 56 Y 58 (ANTES 36, 38 Y 40), PROMOVIDO POR ACTIVIDADES URBANISTICAS SORIA, S.L.

Examinado el expediente de referencia y visto los informes emitidos por los Servicios Técnico-Urbanísticos de fechas 13 de enero, 11 de febrero y 11 de junio de 2010, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda: Aprobar el proyecto básico reformado y conceder licencia de obras para construcción de 9 viviendas, 9 trasteros y 53 aparcamientos en C/ Venerable Carabantes, 54, 56 y 58 (antes 36, 38 y 40) de esta Ciudad, promovido por ACTIVIDADES URBANISTICAS SORIA, S.L., suscrito por el técnico D. Ignacio Cabrerizo Martínez de Baroja, debiendo cumplir con las siguientes prescripciones, además de las especificadas en los

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informes técnicos emitidos al respecto:

- Efectuará la urbanización y cesión de viales. - Acometerá a redes generales y reparará los posibles

desperfectos que puedan originar. - Se deberá aportar con el Proyecto de Ejecución lo siguiente:

o Estudio de Seguridad. R.D. 1627/97 de “Disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción”, se estima que debe aportarse con características establecidas en Art. 5º.

o Estudio de Gestión de Residuos. Conforme al R.D. 105/08, de 1 de febrero, de “Producción y Gestión de residuos de construcción y demolición” según lo establecido en su Art. 4.

o Telecomunicaciones. Cumplimiento del R.D.L. 1/98 de 27 de febrero y O. 1296/03 de 14 de abril sobre “Infraestructuras comunes para acceso a servicios de Telecomunicación”.

o Otros. Deberá aportarse: � Proyecto de Ejecución. Adaptado a los puntos

anteriores. � Dirección Facultativa. A nivel de Arquitecto

Superior y Técnico. o Fin de obra. se aportará Ficha resumen en Soporte

informático con Datos Básicos (Art. 2.4.3.2) y Planos Generales (art. 2.3.14.C).

No podrán iniciarse las obras hasta la presentación y aprobación

del proyecto de ejecución.

10.-RATIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO APROVECHAMIENTO DE CAZA EN EL MONTE “RAZÓN” Nº 173 DEL C.U.P.

Examinado el acuerdo adoptado por la Mancomunidad de los 150 Pueblos de la Tierra de Soria de fecha 7 de junio de 2010, relativo a la adjudicación definitiva del contrato de aprovechamiento de caza en 543 Has. del Monte “Razón” Nº 173 del C.U.P. de la pertenencia de Soria y su Tierra, con un plazo de duración del contrato de cinco anualidades (2010/2011 a 2014/2015, ambas inclusive), a favor de D. LUIS MARIANO DE DIEGO GARCÍA, por el precio de DOCE MIL CINCO EUROS (12,005,00 €) más IVA.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda: ratificar el acuerdo de referencia en sus propios términos.

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11.- RATIFICACIÓN ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO APROVECHAMIENTO DE CAZA EN EL MONTE “TORANZO” Nº 178 DEL C.U.P. Examinado el acuerdo adoptado por la Mancomunidad de los 150 Pueblos de la Tierra de Soria de fecha 7 de junio de 2010, relativo a la adjudicación definitiva del contrato de aprovechamiento de caza en 1.082 Has. del Monte “Toranzo” Nº 178 del C.U.P. de la pertenencia de Soria y su Tierra, con un plazo de duración del contrato de cinco anualidades (2010/2011 a 2014/2015, ambas inclusive), a favor de la ASOCIACIÓN DEPORTIVA DE CAZADORES RÍO ISUELA, por el precio de QUINCE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS DE EURO (15.965,51 €) más IVA.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda: ratificar el acuerdo de referencia en sus propios términos.

12.- RATIFICACIÓN ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO APROVECHAMIENTO DE CAZA EN EL MONTE “ROBLEDILLO” Nº 175 DEL C.U.P.

Examinado el acuerdo adoptado por la Mancomunidad de los 150 Pueblos de la Tierra de Soria de fecha 7 de junio de 2010, relativo a la adjudicación definitiva del contrato de aprovechamiento de caza en 367 Has. del Monte “Robledillo” Nº 175 del C.U.P. de la pertenencia de Soria y su Tierra, con un plazo de duración del contrato de cinco anualidades (2010/2011 a 2014/2015, ambas inclusive), a favor de D. GABRIEL MARTÍNEZ ARANDA, por el precio de CINCO MIL DOSCIENTOS EUROS CON UN CÉNTIMO DE EURO (5.200,01 €) más IVA.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda: ratificar el acuerdo de referencia en sus propios términos.

13.-CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A DIVERSAS ASOCIACIONES EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE.

Examinado el dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Medio Ambiente, Patrimonio y Montes celebrada el día nueve de junio del actual, relativo a la concesión de subvenciones a Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro, para la realización de actividades ambientales durante el presente año, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de

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atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda la concesión de las siguientes subvenciones:

- Club Deportivo de Cazadores y Pescadores “San Saturio”: 1.200,00 €, para la continuación del estudio de la fauna existente dentro del espacio natural del Monte Valonsadero comenzado el año 2009, tratando de valorar de nuevo las posibilidades cinegéticas del citado monte, así como la evolución de las poblaciones de las distintas especies, tanto cinegéticas como no cinegéticas.

- Asociación de Monitoras de Educación Ambiental BIOSFERA-SORIA: 1.200,00 €, para desarrollo del Programa de Educación Ambiental “Conoce la Fauna Soriana”, destinado a jóvenes sorianos de 1º de ESO de los Centros de Educación Secundaria de Soria Capital.

Conforme a lo establecido en la Base Novena de la convocatoria, la cuantía no podrá sobrepasar la cantidad de 1.200,00 € ni cubrir más del 80% de la cuantía total del presupuesto del proyecto presentado.

- Asociación Soriana de Educadores Medioambientales GAIA:

* 1.200,00 €, para la realización del programa “Hábitats de los Montes de Soria (Pinar Grande, Valonsadero y Santa Inés, destinado a las Asociaciones Vecinales de Soria.

* 1.200,00 €, para la realización de un programa agrupado sobre micología de entre los cuatro propuestos.

En los folletos, carteles, etc., deberá poner el sello del

Ayuntamiento y en cuanto al programa de micología coordinarse con aquellas Administraciones que realicen actividades relativas en esta materia.

14.-RESOLUCIÓN ANTICIPADA CONSORCIOS SO-3146, SO-3244 Y SO-3252, SO-3253 ASÍ COMO ASUNCIÓN ENAJENACIÓN APROVECHAMIENTOS MADERA.

Examinado el dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Medio Ambiente, Patrimonio y Montes celebrada el día nueve de junio del actual, relativo al escrito remitido por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León sobre la posibilidad de rescindir los contratos de repoblación suscritos con la Comunidad de Castilla y León, en el caso de Montes Catalogados de Utilidad Pública, condonando las deudas contraídas con motivo de los trabajos de repoblación realizados y la posibilidad igualmente de que su comercialización siga realizándose por la Consejería de Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda:

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Primero.- Prestar conformidad a la resolución anticipada del contrato de repoblación forestal en vigor sobre los siguientes Montes Catalogados de Utilidad Pública, según lo establecido en la Disposición Adicional Primera de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León (publicada en B.O.C.y L. nº 71, de 16 de abril de 2009):

* Contratos nº SO-3146, SO-3244, Monte “Monte y Dehesa de Pedrajas” Nº 153 del C.U.P.

* Contratos nº SO-3252, SO-3253, Monte “Robledillo y Dehesa de Toledillo” Nº 154 del C.U.P.

Segundo.- Solicitar a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León la tramitación de los procedimientos de enajenación de los aprovechamientos de madera correspondientes a los contratos mencionados en el párrafo anterior, según lo establecido en el artículo 47 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León.

15.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO DE OBRAS DE SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL DE LAS VÍAS PÚBLICAS DE LA CIUDAD DE SORIA.

En el expediente tramitado para la adjudicación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, del contrato de señalización horizontal de las vías públicas de la ciudad de Soria, el adjudicatario provisional, Señalizaciones y Balizamientos La Castellana S.A, en el plazo legalmente establecido de quince días desde la publicación de la adjudicación provisional en el perfil del contratante, ha acreditado hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y ha constituido la garantía definitiva exigida por el Pliego de condiciones económico- administrativas.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/2007 de 30 de

octubre, de Contratos del Sector Público, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Adjudicar definitivamente el contrato de “Señalización horizontal de las vías públicas de la ciudad de Soria” a favor de la empresa Señalizaciones y Balizamientos La Castellana S.A, representada por D. Victor López Caparrós, por los siguientes importes:

• Hora de equipo completo, diurno, de pintura para

señalización horizontal, (integrado por máquina, jefe de equipo, un oficial conductor y un operario): 146,42 euros/hora. A efectos de ponderación de las ofertas se considerarán 150

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horas, sin que esto suponga condición o límite en la posterior ejecución.

• Hora de equipo completo, nocturno, de pintura para señalización horizontal (integrado por máquina, jefe de equipo, un oficial conductor y un operario): 149,10 euros/hora. A efectos de ponderación de las ofertas se considerarán 100 horas, sin que esto suponga condición o límite en la posterior ejecución.

• Kg. de pintura acrílica blanca para señalización horizontal: 1,34 euros/Kg. A efectos de ponderación de las ofertas se considerarán 12.000 Kg., sin que esto suponga condición o límite en la posterior ejecución.

• Kg. de pintura alcídica amarilla: 1,24 euros/Kg. A efectos de ponderación de las ofertas se considerarán 200 Kg., sin que esto suponga condición o límite en la posterior ejecución.

• Kg. de pintura termoplástico blanca de dos componentes antideslizante con p.p. de micro esferas: 1,69 euros/Kg. A efectos de ponderación de las ofertas se considerarán 2.000 Kg. sin que esto suponga condición o límite en la posterior ejecución.

Todos los precios incluyen los gastos generales, beneficio

industrial, costes directos e indirectos, trasportes, seguros, dietas, señalización durante la ejecución de la obra, premarcaje, etc., así como los impuestos e IVA correspondientes.

Segundo.- Que por parte de la Alcaldía se proceda a la firma del

contrato administrativo. 16.-APROBACIÓN DE FACTURA Nº 163-2010, CORRESPONDIENTE A LAS OBRAS DE ILUMINACIÓN INTERIOR DE LOS OJOS DEL PUENTE DE PIEDRA SOBRE EL RÍO DUERO EN SORIA, A FAVOR DE LA EMPRESA ELECTRICIDAD FRANCISCO PÉREZ PALOMAR.

Examinada la factura nº 163-2010, correspondiente a las obras de

"Iluminación interior de los ojos del Puente de Piedra sobre el río Duero en Soria" y habida cuenta de la existencia de la necesaria consignación presupuestaria, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda:

Aprobar la la factura nº 163-2010, a favor de la empresa

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adjudicataria ELECTRICIDAD FRANCISCO PÉREZ PALOMAR, por importe de ochenta mil euros (80.000,00 €), IVA incluido. 17.- APROBACIÓN DE LAS BASES DE USO Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES “LA PRESENTACIÓN” DE ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA.

Examinado el Dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Bienestar Social, Cooperación e Igualdad de fecha 14 de junio de 2010, relativo a la aprobación de las bases de uso y funcionamiento del Centro Municipal de Servicios Sociales “La Presentación”, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda la aprobación de las referidas bases de acuerdo al siguiente texto:

BASES DE USO Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES “LA PRESENTACION” DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA.

EXPOSICION DE MOTIVOS. El Centro Municipal de Servicios Sociales polivalente “LA PRESENTACIÓN” es un bien de dominio público municipal ubicado en la Plaza de Bernardo Robles nº 9 de la Ciudad de Soria destinado a cubrir la demanda social, cultural y educativa, en el sentido más amplio del término, de las aulas de la tercera edad y de aquellos sectores sociales organizados cuyo objeto sea la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos. Se concibe como un conjunto de espacios integrados e integradores, un lugar abierto de información, formación y ocio para el conjunto de la población. A través de diversos programas y servicios se pretende crear una dinámica que favorezca la intercomunicación y participación activa de los usuarios, así como la creación y mantenimiento de hábitos saludables formativos y de ocio de la tercera edad. Las características de la instalación están en consonancia con los citados objetivos, de aquí que su regulación práctica, a través de estas Bases de Uso y Funcionamiento, deba fundamentarse en los siguientes principios:

• Ejecutar las líneas de promoción social: formación, información y desarrollo de actividades.

• Impulsar programas y servicios de carácter social, cultural y educativo que respondan a las demandas y necesidades de los diferente colectivos y que tengan por objeto el desarrollo integral de los mismos.

• Servir de instrumento válido para las iniciativas y actividades ciudadanas fomentando la participación activa de personas y colectivos en los procesos sociales, culturales y educativos de la ciudad.

Las instalaciones permanecerán abiertas en el horario que la Concejalía de

Bienestar Social, Cooperación e Igualdad determine como horario habitual, y excepcionalmente cuando esta lo estime oportuno. BASES

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TITULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1.- Objeto. Es objeto de estas bases regular todos los aspectos relativos al funcionamiento de la instalación mencionada y los derechos, obligaciones y condiciones en que los usuarios podrán utilizar las Instalaciones y demás servicios de los mismos. Estas Bases estarán a disposición del público en el servicio de información de la instalación.

TITULO SEGUNDO.- USUARIOS. Capítulo I.- Las Aulas de la Tercera Edad El uso de la Instalación por el Aula de la Tercera Edad tendrá carácter general, continuado y prioritario.

Los ciudadanos que deseen hacer uso del recurso como miembros del Aula de Tercera Edad deberán estar previamente matriculados en el curso correspondiente.

Las personas físicas que sean miembros del Aula de la Tercera Edad se

encontrarán obligados por las normas de funcionamiento que rigen la misma y, en todo aquello que no regulen, por lo dispuesto en estas Bases. Capítulo II.- Otros usuarios Artículo 2.- Entidades de carácter social.

Además podrán ser usuarios de la Instalación, de forma puntual y con la correspondiente autorización, las entidades de carácter social:

• Cuando participen en actividades relacionadas con asuntos de carácter

social y éstas sean organizadas por las propias entidades sociales. • Cuando accedan para el desarrollo de actividades relacionadas con la

participación (consejos sociales, consejos municipales…). • Cuando participen en actividades de formación del voluntariado.

Cada una de las entidades de carácter social deberá hacer un uso esporádico de la misma, a fin de evitar que el recurso acabe tratándose como un bien propio o dándosele un uso continuado de carácter privativo con la consiguiente restricción para el resto posibles usuarios.

Artículo 3.- Personas físicas.

En ningún caso podrán solicitar el uso de la instalación en su propio nombre

personas físicas. TITULO TERCERO.- NORMAS DE ACCESO Y USO DE LA INSTALACIÓN Artículo 4.- Solicitudes.

Las solicitudes se formalizarán en el modelo oficial que se facilitará a tal efecto

en el propio centro de “La Presentación” y en la Concejalía de Bienestar Social, Cooperación e Igualdad del Ayuntamiento de Soria y deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento con al menos 7 días naturales de antelación

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respecto a la fecha de inicio del uso solicitado. Como norma general y de no especificarse lo contrario no podrán admitirse

solicitudes realizadas por vía telefónica. El horario solicitado estará dentro de los horarios marcados por esta Concejalía

como de apertura ordinaria y expuestos en el tablón de anuncios de las instalaciones. En ocasiones justificadas y a discreción de la Administración podrá autorizarse un horario distinto. Artículo 5.- Documentación.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la acreditación de la relación del solicitante con la entidad a la que representa, a fin de legitimar tal extremo.

Artículo 6.- Criterios para la concesión.

En caso de que se solicite por varias entidades el uso de “La Presentación” sin

que sea posible compatibilizarlas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de adjudicación:

I.- Orden de preferencia:

1º- Actividades, talleres, reuniones o proyectos organizados directamente por el Excmo. Ayuntamiento de Soria a través de la Concejalía de Bienestar Social, Cooperación e Igualdad. 2º- Actividades, talleres, reuniones o proyectos organizados directamente por el Excmo. Ayuntamiento de Soria a través de otras Concejalías. 3º- Actividades, talleres, reuniones o proyectos organizados en colaboración con la Concejalía de Bienestar Social, Cooperación e Igualdad. 4º- Asociaciones de carácter social legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento de Soria carentes de espacio propio para sus actividades, talleres y reuniones. 5º- Asociaciones legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento de Soria no contempladas en el punto anterior. 6º- Asociaciones legalmente constituidas y no inscritas en el Registro de Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento de Soria.

II.- En caso de que se trate de entidades con el mismo orden de preferencia se

tendrá en cuenta el día de entrada de su solicitud de reserva en el Registro, priorizándose a aquellas que tengan una fecha anterior.

III.- En el caso de coincidencia en la fecha de varias solicitudes se considerará

el número de días solicitados, teniendo preferencia aquellos que soliciten un menor número de días para propiciar la utilización del recurso por el mayor número de usuarios posible.

IV.- Si aún hubiese varios candidatos se tendrán en cuenta su ámbito de

actuación, priorizando en el siguiente orden: 1º- Local 2º- Provincial 3º- Regional 4º- Nacional V.- Finalmente se priorizará a aquellas entidades que menor número de días

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haya usado la instalación con anterioridad. En ningún caso se cederá el uso del centro “La Presentación” para la realización

de actividades o talleres organizados con ánimo de lucro.

Artículo 7.- Protocolo de concesión de uso. Estudiada la solicitud se concederá mediante resolución de la Concejalía de

Bienestar Social, Cooperación e Igualdad que será notificada mediante publicación en el tablón de anuncios del propio centro.

En todo caso la autorización de uso de las instalaciones, quedará supeditada a los actos organizados o autorizados por el Ayuntamiento de Soria, no habiendo lugar a reclamaciones cuando por dicha circunstancia haya de suspenderse o variarse el horario de cesión anteriormente autorizado. No obstante, siempre que sea posible, se comunicará dicho extremo al menos con 48 horas de antelación. La instalación será utilizada únicamente en el horario establecido para la realización de las actividades y cursos en su programación, o en el recogido en la resolución de autorización siempre que éste sea más restrictivo. Y en cualquier caso se podrá anular de forma cautelar la autorización concedida por cualquier persona al servicio de esta Administración cuando de forma motivada considere que se está haciendo un mal usos de la instalación o que las actividades realizadas no se corresponden con las previamente autorizadas. En todo caso esta anulación será posteriormente ratificada o enmendada por la Concejalía de Bienestar Social, Cooperación e Igualdad. Asimismo, los responsables de la instalación, se reservan la posibilidad de cerrar total o parcialmente las instalaciones a los usuarios y público en general si por causas accidentales se determinase la existencia de cualquier tipo de riesgo en el uso de las mismas. TITULO CUARTO.- DERECHOS Y OBLIGACIONES. Artículo 8.- Derechos. Son derechos de los usuarios:

• Utilizar las instalaciones y servicios y participar en las actividades en los términos señalados en las presentes Bases.

• Recibir un trato adecuado por parte de los responsables de las Instalaciones.

• Formular sugerencias y/o propuestas de mejora de los servicios. Artículo 9.- Obligaciones. Todos los usuarios deberán cumplir las siguientes obligaciones:

• Someterse y respetar las disposiciones recogidas en estas bases. • Cuidar las instalaciones y su contenido, así como el entorno natural de las

mismas. • Utilizar las Instalaciones, Servicios y equipamiento con la debida diligencia.

Cualquier desperfecto ocasionado por dolo, culpa o negligencia, será por cuenta del responsable del acto.

• Mantener una conducta adecuada que contribuya a crear un clima de tolerancia y respeto mutuo entre los usuarios.

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• Comunicar a los empleados de la instalación, las anomalías de funcionamiento, roturas, deficiencias o incumplimiento de lo dispuesto en las presentes Bases. Se considerará una falta grave la no comunicación de los desperfectos producidos por uno mismo o de los que se haya tenido conocimiento.

• Respetar los derechos, y necesidades particulares del resto de usuarios, máxime en un espacio como el que nos ocupa, donde la diversidad de los usuarios es un rasgo característico.

• Acatar y cumplir cuantas normas e instrucciones dicte la Concejalía de Bienestar Social, Cooperación e Igualdad, a través de los órganos competentes o del personal al servicio de la instalación, favoreciendo en todo caso la labor de los mismos y atendiendo correctamente a sus indicaciones.

• No alterar el estado de los bienes muebles o inmuebles que se encuentre en la instalación

• Correr con el gasto que originen los desperfectos causados por negligencia o mal uso de las instalaciones, fijándose una responsabilidad solidaria entre quien origine personalmente el daño y aquel beneficiario al que se concedió el uso del centro.

• Disponer (salvo especificación expresa), colocar y retirar sus propios medios técnicos, (personales y materiales), para el desarrollo de las actividades.

• Finalizar las actividades y abandonar el recito, salvo indicación expresa, quince minutos antes de la hora de cierre de la instalación.

Artículo 10.- Prohibiciones Queda terminantemente prohibido para los usuarios realizar en la instalación cualquiera de las siguientes actividades:

• Fumar • Comer, salvo en los espacios habilitados para ello y en los casos del

desarrollo de actividades en las que se autorice lo contrario. • Colocar carteles, folletos o publicidad sin la autorización del responsable del

Centro. En todos los casos queda prohibida toda publicidad que pueda incitar al consumo de bebidas alcohólicas, tabaco o cualquier otra sustancia que perjudique seriamente la salud, o cuyo contenido sea sexista, xenófobo etc. y que atenten contra los derechos fundamentales de las personas.

• Vender o consumir tabaco, bebidas alcohólicas o cualquier otra sustancia que perjudique seriamente la salud.

• Acceder con animales. Dicha norma podrá ser derogada temporalmente en casos de fuerza mayor o situaciones concretas mediante acuerdo de la Concejalía de Bienestar Social, Cooperación e Igualdad.

• Acceder a páginas pornográficas, racistas o con contenido violento,..etc. TITULO QUINTO.- REGIMEN SANCIONADOR. Artículo 11.- Incumplimiento de obligaciones. El incumplimiento de las normas, disposiciones e instrucciones marcadas en estas Bases, constituye infracción merecedora de la correspondiente sanción. Los hechos serán puestos en conocimiento de la Concejalía de Bienestar Social, Cooperación e Igualdad, que dictará las medidas a llevar a cabo, en función de la negligencia cometida.

Dichas faltas se apreciarán teniendo en cuenta las circunstancias agravantes,

atenuantes o eximentes de responsabilidad, sin perjuicio del ejercicio de las acciones judiciales que correspondan, cuando el Ayuntamiento de Soria aprecie en las acciones señaladas anteriormente responsabilidades penales o civiles.

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TITULO QUINTO.- RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN Artículo 12.- Responsabilidad por los bienes

El Excmo. Ayuntamiento de Soria no se responsabilizará de las obras artísticas,

materiales, útiles, enseres o cualquier bien que encontrándose en las instalaciones y no siendo de su propiedad sufra daños o se extravíe.

Estas Bases estarán a disposición del público, en los servicios de información y control de la Instalación. 18.-APROBACIÓN DE PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS EN EL AMBITO DEL PROYECTO TSI-070200-2009-25 SORIA, CENTRO DE CONOCIMIENTO SOBRE LAS TIC Y LAS PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES, ENMARCADO EN EL PLAN AVANZA DEL MITYC, EN EL AYUNTAMIENTO DE SORIA.

Examinado el expediente para adjudicar la contratación de la prestación de servicios en el ámbito del proyecto TSI-070200-2009-25 Soria, Centro de Conocimiento sobre las TIC y las personas mayores dependientes, enmarcado en el Plan Avanza del MITYC en el Ayuntamiento de Soria.

Vistos los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas a los que habrá de ajustarse la prestación del servicio objeto del presente contrato.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda:

1º.- Prestar su aprobación al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y al de Prescripciones Técnicas a los que habrá de ajustarse la prestación del servicio objeto del presente contrato.

2º.- El precio del presente contrato asciende a la cuantía de 59.100 € más el IVA correspondiente, abonándose de conformidad con lo que establezca este Ayuntamiento en función de las necesidades del mismo.

El presente contrato se financia con cargo a las partidas presupuestarias nº 10.01.121.62601 administración General Red de municipios digitales y 10 01 121 62603 Administración General Servicios Públicos digitales.

La financiación del mismo es cofinanciada la primera partida por la Junta de Castilla y León y el Ayuntamiento de Soria y la segunda por el

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Ministerio de Industria y el Ayuntamiento de Soria.

3º.- El contrato se adjudicará mediante procedimiento negociado sin publicidad. 4º.- Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta la formalización del oportuno contrato. 19.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCION DE UN CENTRO DE DESARROLLO EMPRESARIAL EN EL POLÍGONO INDUSTRIAL DE VALCORBA.

En el expediente tramitado para la adjudicación, mediante procedimiento abierto y trámite de urgencia, del contrato de ejecución de las obras de construcción de un Centro de Desarrollo Empresarial en el Polígono Industrial de Valcorba, el adjudicatario provisional, “SEDESA OBRAS Y SERVICIOS S.A”, en el plazo legalmente establecido de quince días desde la publicación de la adjudicación provisional en el perfil del contratante, ha acreditado hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y ha constituido la garantía definitiva exigida por el Pliego de condiciones económico-administrativas.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/2007 de 30 de

Octubre, de Contratos del Sector Público, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Adjudicar definitivamente el contrato de ejecución de

las obras de construcción de un Centro de Desarrollo Empresarial en el Polígono Industrial de Valcorba a favor de la empresa “SEDESA OBRAS Y SERVICIOS S.A”, representada por D. Ignacio Javier Sola Martínez, en el precio de 898.573,36€ más 143.771,74€ de IVA.

Segundo.- Que por parte de la Alcaldía se proceda a la firma del

contrato administrativo.

20.-ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO DE REHABILITACIÓN E ILUMINACIÓN ORNAMENTAL DE LAS RUINAS DE SAN FRANCISCO Y SU ENTORNO.

En el expediente tramitado para la adjudicación, mediante procedimiento abierto, oferta económica más ventajosa, varios criterios de adjudicación, del contrato de Rehabilitación e Iluminación ornamental de las Ruinas de San Francisco y su entorno, el adjudicatario provisional, U.T.E. SERANCO S.A.–OBRAS Y SERVICIOS VELILLA, S.L., en el plazo legalmente establecido de quince días desde

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la publicación de la adjudicación provisional en el perfil del contratante, ha acreditado hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y ha constituido la garantía definitiva exigida por el Pliego de condiciones económico- administrativas.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/2007 de 30 de

Octubre, de Contratos del Sector Público, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Adjudicar definitivamente el contrato de Rehabilitación e Iluminación ornamental de las Ruinas de San Francisco y su entorno en favor de la empresa U.T.E. SERANCO S.A.–OBRAS Y SERVICIOS VELILLA, S.L., D. Antonio Lozano Utrilla por importe de 524.330,97 euros más 83.892,96 euros de IVA.

Segundo.- Que por parte de la Alcaldía se proceda a la firma del

contrato administrativo. FUERA DEL ORDEN DEL DÍA:

Discutidos los asuntos incluidos en el Orden del Día, la Junta de Gobierno Local previa declaración de urgencia, en base a la perentoriedad de los plazos y necesidades técnico-administrativas concurrentes; de conformidad con lo dispuesto en el Art. 83 del Reglamento de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y aprobada con el quórum previsto en el Art. 47.3, de la Ley 7/1.985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; delibera sobre los asuntos que se indicarán y adopta los siguientes acuerdos:

1.- ABONO SUBVENCIÓN PROGRAMA A.R.I. SOLICITADA POR LA “COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PLAZA SAN GIL Nº 1”.

Examinada la solicitud para el abono de la subvención del

Programa A.R.I. formulada por la Comunidad de Propietarios de la Plaza de San Gil nº 1, de conformidad con los informes favorables emitidos por los servicios Técnico-Urbanísticos con fechas 15 y 17 de junio del año actual, una vez examinado el cumplimiento de los requisitos exigidos para proceder al abono de la ayuda provisionalmente concedida, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda:

Abonar a la “COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PLAZA SAN GIL Nº

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1” la cantidad de 5.278,00 (7ºª certificación) en concepto de subvención para actuación de rehabilitación en edificio Plaza San Gil 1, Programa A.R.I. 2.- ABONO A CUENTA DE LA APORTACION AL CLUB DEPORTIVO NUMANCIA DE SORIA S.A.D. CORRESPONDIENTE AL AÑO 2010.

Visto el convenio de colaboración formalizado con fecha 22 de

octubre de 2004, entre el Ayuntamiento de Soria y el Club Deportivo Numancia, correspondería abonar al Club Deportivo Numancia la cuantía de 408.336,00 €, correspondiente al ejercicio 2010.

Vista la consignación presupuestaria existente del vigente

presupuesto general prorrogado, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda:

Abonar al Club Deportivo Numancia de Soria S.A.D., en concepto de “a cuenta” de la aportación establecida en el convenio de colaboración, la cantidad de DOSCIENTOS CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y OCHO (204.168,00 €) EUROS. 3.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE COMUNICACIONES EN EL AYUNTAMIENTO DE SORIA.

En el expediente tramitado para la adjudicación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, del contrato de suministro e instalación de infraestructuras de comunicaciones en el Ayuntamiento de Soria, el adjudicatario provisional, la empresa CTELEC, en el plazo legalmente establecido de quince días desde la publicación de la adjudicación provisional en el perfil del contratante, ha acreditado hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y ha constituido la garantía definitiva exigida por el Pliego de condiciones económico- administrativas.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/2007 de 30 de

Octubre, de Contratos del Sector Público, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Adjudicar definitivamente el contrato de Suministro e

instalación de infraestructuras de comunicaciones en el Ayuntamiento de Soria en favor de la empresa CTELEC, representada por D. Jesús Liso Herrero por 55.200 euros IVA incluido.

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Segundo.- Que por parte de la Alcaldía se proceda a la firma del

contrato administrativo. 4.-ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO DE VARIOS EQUIPAMIENTOS EN EL ENTORNO DE LAS MÁRGENES DEL DUERO.

En el expediente tramitado para la adjudicación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, del contrato para la adjudicación de la prestación de servicios y mantenimiento de varios equipamientos en el entorno de las márgenes del Duero, el adjudicatario provisional, la empresa “Biosfera Soria, S.L.”, en el plazo legalmente establecido de quince días desde la publicación de la adjudicación provisional en el perfil del contratante, ha acreditado hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y ha constituido la garantía definitiva exigida por el Pliego de condiciones económico- administrativas.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/2007 de 30 de

Octubre, de Contratos del Sector Público, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha cuatro de julio de dos mil siete, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Adjudicar definitivamente el contrato para la prestación de servicios y mantenimiento de varios equipamientos en el entorno de las márgenes del Duero en favor de la empresa “Biosfera Soria, S.L.”, representada por Dña. Cristina Martínez Narro, por importe de 10.876,50€ anuales más 1.740,24€ de IVA anual.

Segundo.- Que por parte de la Alcaldía se proceda a la firma del

contrato administrativo.

A las diez horas y diez minutos finaliza la sesión, doy fe, la Secretaria General Accidental.

Vº Bº EL ALCALDE,