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?MMrí?MAM.cK!Sl AL 0FERENTEQUESUMINISTRE, INSTALE ... · Deconformidad con lo dispuesto en las Leyes 80 de 1993, artículo 66, 850 de2003 y 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015,

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PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA No. 7 DE 2017

?MMrí?MAM.cK!Sl AL 0FERENTE QUE SUMINISTRE, INSTALE, CONFIGURE Y PONGA ENFUNCIONAMIENTO LOS SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO DE REFRIGERANTE VARIABLE

R^nÍA?JÍEv wSamI«A PR0CURADURÍA DE CARTAGENA, BARRANQUILLA, SANTA MARTA,RIOHACHA Y VALLEDUPAR, DEL MISMO MODO QUE, LOS EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADOTIPO MINI SPLIT EN LAS SEDES DE LA PROCURADURÍA A NIVEL NACIONAL

OCTUBRE DE 2017

Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No. 7 de 2017

Secretaría General Ext.10796 secretariaqeneral(a)procuraduria aov coCra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qovxo—

RECOMENDACIONES

La Procuraduría General de la Nación se encuentra interesada en recibir propuestas para¿iPrcíoNAR AL OFERENTE QUE SUMINISTRE, INSTALE, CONFIGURE Y PONGA ENFUNCÍ^AMIENTO LOS SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO DE REFRIGERANTE VARIABLEFUNCIONAWlltNiu luo UR¡A DE CARTAGENA, BARRANQUILLA, SANTA MARTA,

valledupÍr del mismo modo que, los equipos de aire acondicionado■ EN LAS SEDES DE LA PROCURADURÍA A NIVEL NACIONAL.

Para lo anterior, se recomienda a los oferentes que antes de elaborar y presentar sus propuestas, tengan

en cuenta lo siguiente:

A Verificar que no se encuentran incursos dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad oprohibiciones, constitucional y legalmente establecidas para licitar y contratar.

B Examinar rigurosamente el contenido del pliego de condiciones de la licitación de los documentosanacen parte del mismo y de las normas que regulan la contratación administrativa con entidades3ef Estado "(Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 26 de mayo de 2015 y demásnormas reglamentarias y complementarias).

C Adelantar oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos que deben allegarcoí"las^propuestas y verificar que contienen la información completa que acredita el cumpl.rn.ento delos requisitos exigidos, en la ley y en el presente pliego de condiciones.

D. Examinar que las fechas de expedición de los documentos, se encuentren dentro de los plazos

exigidos en el pliego de condiciones.

E. Suministrar toda la información requerida a través de este pliego.

F. Diligenciar totalmente los anexos y formatos contenidos en este pliego.

G Elaborar y presentar su propuesta en estricto acatamiento de lo dispuesto en el presente pliego,verificando la integridad y coherencia de los ofrecimientos.

H Presentar sus ofertas con el correspondiente índice y debidamente foliadas.

LA MISMA.

Provecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No. 7 de 2017proyecto ae mea" « ...^__:___^^^i/»«mfiirarfiiria.aov.co

CAPÍTULO PRIMEROASPECTOS GENERALES DE LA LICITACIÓN

1-1 RÉGIMEN LEGAL

Tanto el proceso de Licitación Pública como el contrato que se suscriba como consecuencia del mismo

Leves 80 de Q<5uTn h o°nn? "^TT^0 constituciona|. el rég¡™en jurídico determinado en lasriPmi nn ■: y 2011' Decret0 1082 de 2015- sus normas reglamentarias ydemás normas civiles y comerciales que la complementan, adicionan y reglamentan disposiciones aueregulen la materia y lo establecido en el presente pliego. disposiciones que

expírieendae9°cum <j£1nClÍCÍOnes Se describen aspectos técnicos, legales, financieros, contractuales, de

JnUternnrPtSoaintlab0rar \ ^T SU ^^1" «nten^deMi^o di^di^^díte'wrnterpretado integralmente. El orden de los capítulos y numerales no implica prelacióilos títulos utilizados son orientadores y no afectan las exigencias en ellos contenidos.

1.2 MODALIDAD DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y SU JUSTIFICACIÓN

115° de 2°07' artíCUl° 2 «Otoñado por la Ley 1474 de 2011,ZtarLnúZT ' (} Laesc°3encia del Contratista se efectuará por regla general a través delicitación publica, con las excepciones que se señalan en los numerales 2,3y4 del presente artículo (.. .)"

6l °bjet° del C°ntrat0 es el suministro e instalación de equipos de airee incluye múltiples actividades propias de la necesidad que requiere solucionar la entidad

que se exige la ponderación de elementos de calidad y precio y que el presupuesto estimado para

?pmMTAel°ÍÍ?Í0T^ Pr°CeS0 contractual- asciende a la suma de TRES MIL CUATROCIENTOS«f«JÍJ CUATRO DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVEPESOS CON TREINTA Y DOS SENTAVOS M/CTE ($ 3.434.248.739,32) monto que supera el de lamenor cuantía de contratación de la Procuraduría General de la Nación que corresponde a $479 516 050la escogencia del Contratista se efectuará con arreglo a la modalidad de Licitación Pública de acuerdocon lo consagrado en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, articulo 2, numeral 1 y 1474 de 2011 enconcordancia con lo estipulado por el Decreto 1082 de 2015 Libro 2, Parte 2, Título I, capítulo 2 Sección1, Subsección 1.

Para la selección del Contratista, la Entidad aplicará los principios de economía, transparencia yresponsabilidad contenidos en la Ley 80 de 1993 y los postulados que rigen la función administrativa.

1.3 INVITACIÓN VEEDURÍAS CIUDADANAS

De conformidad con lo dispuesto en las Leyes 80 de 1993, artículo 66, 850 de 2003 y 1150 de 2007 y elDecreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.1.5, numeral 5, el presente proceso licitatorio así como elcontrato que como consecuencia de su trámite se suscriba, podrán ser objeto de la vigilancia y controlciudadano.

1.4 COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN

Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los documentos delproceso, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las ofertas, la presentaciónde observaciones a las mismas, la asistencia a audiencias públicas y cualquier otro costo o gastorelacionado con la participación en el proceso de contratación estará a cargo exclusivo de los interesadosy Proponentes.

1.5 COMUNICACIONES

Las comunicaciones en el marco del Proceso de Contratación deben hacerse por escrito, por medio físicoo electrónico, toda la correspondencia que se genere se radicará directamente' en la DivisiónAdministrativa de la Procuraduría, ubicada en la carrera 5 No. 15-80 piso 3 de la ciudad de Bogotá, D.C.

3

Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No. 7 de 2017Secretaría General Ext.10796 secretañaaeneral^orocuraduria aov co

Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov¡co—

FROCUFGENERAL DE LA NACÍOH

o al fax No. 5878750 extensiones 10397 ó 10796, o a la siguiente dirección de correo electrónico:

[email protected].

En cuanto a las aclaraciones y envío de documentos requeridos con ocasión de la verificación yevaluación de las propuestas, sólo serán tenidas en cuenta aquellas que se entreguen directamente en ladependencia evaluadora o se remitan al número de fax o correo electrónico que se indique en lacomunicación que se le envíe al oferente por parte del integrante o de los integrantes del respectivo

comité verificador y evaluador, dentro del término previsto en el cronograma.

La Procuraduría por su parte, enviará la correspondencia a las direcciones, números de fax o correos

electrónicos indicados por los interesados.

NOTA- No será atendida la correspondencia entregada en la División de Registro y Control yCorrespondencia en cualquier otra Dependencia de la Entidad o cualquier otra dirección de correo-diferente a la señalada con antelación, salvo que sea absolutamente necesario para garantizar el

principio de transparencia. .

1.6 IDIOMA

Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los Proponentes o por

terceros para efectos del proceso de contratación, o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben serotorgados en castellano. La oferta y sus anexos deben ser presentados en castellano.

Los documentos en un idioma distinto al castellano, deben ser presentados en su lengua original juntocon la traducción al castellano. El proponente puede presentar con la oferta una traducción simple alcastellano. Si el proponente resulta adjudicatario, debe presentar la traducción oficial al castellano de losdocumentos presentados en idioma extranjero. La traducción oficial debe ser el mismo texto presentado.1

1.7 LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR

La Entidad exige la legalización o la consularización de documentos públicos otorgados en el extranjero,

de acuerdo con la Convención de la Apostilla. Si en el proceso de contratación, un proponente presenta

un documento público legalizado de acuerdo con la Convención de la Apostilla, la Procuraduría General

de la Nación no solicitará legalizaciones, autenticaciones o ratificaciones adicionales de ninguna

autoridad nacional o extranjera, puesto que el trámite de la Apostilla es suficiente para certificar por sí

mismo su autenticidad.

De acuerdo con el Manual para el Funcionamiento Práctico de la Convención de la Apostilla, el país de

origen del documento puede tener una autoridad que verifica y certifica ciertos documentos públicos

(autoridad intermedia) y otra autoridad centralizadora que es quien emite la Apostilla. En consecuencia, laProcuraduría General de la Nación acepta la Apostilla expedida por la autoridad centralizadora

correspondiente.2

1.8 CONVERSIÓN DE MONEDAS

Los Proponentes extranjeros deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el

cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos.

Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte

América, debe convertirse a ésta moneda utilizando para ello el valor de la TRM de la fecha de corte de

los estados financieros.

Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de América o si la información se

presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos colombianos se debe tener en

1 Circular Externa No. 17 del 11 de febrero de 2015 - Colombia Compra Eficiente

Circular Externa No. 17 del 11 de febrero de 2015 - Colombia Compra Eficiente2

Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No. 7 de 2017

Secretaría General Ext.10796 secretariaQeneral&MQ.cumduimggv.co

Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 }MWWM®£M!iÉáMɧMl^

PROCURADURÍA

da Co,ombia

1.9 DEFINICIONES

sase aCUerd° C°n la ^finidón contenida en e

* continuación ^ben entenderse de acuerdo con suT

natural y obvio

DEFINICIONES GENERALES DEL PROCESO

TERMINO

ACTA DE CIERRE DEL EXPEDIENTE

ACTA DE INICIO

SIGNIFICADO

^ administrativo a través del cual la entidad deja constancia de la finalización detodas actividades conexas al contrato y de la finalización de los términos de lasgarantías pendientes de calidad estabilidad y mantenimientos. Será responsabilidadde os supervisores o es cumplir con las funciones y obligaciones a su cargorelativas a la vigilancia del cumplimiento de todas y cada una de las obligacionespactadas, asi se cumplan en la etapa pos contractual, como garantías serviciosconexos, etc. En cumplimiento de esta responsabilidad deberán elaborar y remitir ala Oficina Jurídica el Acta de Cierre correspondiente para su revisión y visto bueno yparala firma del ordenador del gasto. Si a la terminación del contrato, cuando no serequiera su liquidación, o a la liquidación de éste se cumplan todas las obligacionespactadas, con la suscripción de las actas correspondientes se efectuará el cierre delexpediente contractual.6

Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual sedeja constancia de que se han cumplido los requisitos de ejecución del contrato y seestípula la fecha de inicio del plazo pactado. Será obligatoria cuando así seestablezca en la minuta corresnnnrii---- 7

ACTA DE ENTREGA Y RECIBO ASATISFACCIÓN

Es el documento en el que se deja constancia de la forma cómo el contratistaentrega a la Entidad los bienes, las obras o los servicios objeto del contrato y delrecibo a satisfacción de estos por parte de la PGN, puede incluir salvedades sobreasuntos de la ejecución del negocio iurídi

ACTA DE SUSPENSIÓN

Es el documento mediante el cual la Entidad, a través del supervisor o interventor yel contratista acuerdan la suspensión del plazo de ejecución del contrato cuando sepresenten circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, o por acuerdo de laspartes

ACTA DE REINICIO

Es el documento mediante el cual se da por terminada la suspensión del contratopor haberse superado las situaciones que le dieron origen y se ordena la reiniciaciónde las actividades. Este documento será firmado por supervisor o interventor de laPGN y el contratista. El contratista se obliga a actualizar la garantía única 10

ACTO ADMINISTRATIVO DEADJUDICACIÓN

Es el documento por el cual la Entidad manifiesta su voluntad inequívoca deadjudicar o declarar desierto un proceso de selección. Para las licitaciones públicasse expedirá una Resolución, para las demás modalidades de selección dichavoluntad se expresará en el acta correspondiente, salvo en la contratación directaen la que se proferirá el acto administrativo de justificación o el correspondientedocumento de estudios previos. Este acto es definitivo y no admite recursos demanera que solo puede impugnarse ante la jurisdicción contenciosa administrativaEl acto de adjudicación es irrevocable, salvo que dentro del plazo comprendido entrela adjudicación del contrato y su suscripción, sobrevenga una inhabilidad oincompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales estepodra ser revocado, caso en el cual, la Entidad podrá aplicar lo previsto en el incisofinal del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993.

Cuando se trate de una licitación pública, la adjudicación se hará en audienciapublica.1.

3 h^://www.fasecoto.com/index.php/serv¡cios/alosarin/t/ consulta realizada el 17 de mayo de 2017 530 p m2«M°^^ consulta realizada el 17 de mayo de5 Artículo 2.2.1.1.2.4.3 del Decreto 1082 de 20156 Manual de Contratación de la Procuraduría General de la NaciónManual de Contratación de la Procuraduría General de la NaciónManual de Contratación de la Procuraduría General de la NaciónManual de Contratación de la Procuraduría General de la NaciónManual de Contratación de la Procuraduría General de la Nación

11 Manual de Contratación de la Procuraduría General de la Nación

Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No. 7 de 2017

Secretaría General Ext.10796 secretaríaqeneral(a)orocuraduría.aov.coCra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qovcñ—

PROCURADURÍA

ADENDA

Documento por medio del cual la Entidad modifica los pliegos de condiciones . Parael caso de la licitación pública en la actualidad la ley establece que no podranexpedirse dentro de los tres (3) días anteriores a la fecha en la que se tiene previstoel cierre del proceso de selección, ni siquiera para extender el término del mismo. Lapublicación de estas adendas sólo se podrá realizar en días hábiles y horarioslaborales Para las demás modalidades de selección en las que se elabore pliego decondiciones no se podrán expedir adendas en la fecha de cierre de la convocatoria,

salvo para modificar el cronograma y ampliar el plazo de recepción de ofertas.

ANTICIPO

Son los recursos públicos entregados cu uuimmraia v,umu !,>_•-,.-..,.-...-

financiación para facilitar la ejecución del objeto del contrato, en tal sentido, noconstituye pago y los recursos girados continúan siendo públicos hasta suamortización a través de la ejecución del respectivo negocio. La inversión delanticipo debe obedecer a un plan previamente acordado entre el contratista y elsupervisor o interventor del contrato y se efectuará a través de la figura legal que lanormatividad establezca De acuerdo con las leyes vigentes, e! monto entregadocomo anticipo no puede ser superior al 50% del valor del contrato, parágrafo delartículo 40 de la ley 80 de 1993. En las contrataciones distintas a las que se refiereel artículo 91 de la Ley 1474 de 2011, el manejo de los recursos entregados alcontratista a título de anticipo deberá realizarse en cuenta bancaria separada, no

conjunta, a nombre del contrato suscrito.Para los contratos de obra, concesión, salud cuyo monto sea superior a la menorcuantía de la Entidad, y para los que se realicen por licitación pública, el contratista

deberá constituir una fiducia o un patrimonio autónomo irrevocable para el manejode los recursos que reciba a título de anticipo en los términos previstos en el artículo91 de la Ley 1474 de 2011, según se opte poruña u otra figura en el contrato.

La suficiencia de la garantía de buen manejo y correcta inversión del anticipo debeestar vigente hasta la liquidación del contrato o hasta la amortización del anticipo, deacuerdo con lo que determine la Entidad que debe ser del ciento por ciento (100%)

de la suma establecida como anticipo. Decreto 1082 de 201514

CDP (CERTIFICADO DE

DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL)

Documento que deja constancia de la asignación de recursos de un determinado

rubro del presupuesto de la Entidad con el fin de destinarla a la selección de uncontratista en un proceso determinado, y cuya función o propósito es reservar

recursos presupuéstales para la celebración de un contrato orientado a la ejecuciónde un proyecto o un programa específico, sin el cual dicho proyecto o programa se

pueda llevar a cabo.15Estipulación plasmada dentro de una minuta de un contrato que hace referencia alas prestaciones, obligaciones o disposiciones a cargo de las partes para dar

cumplimiento al objeto del negocio celebrado.16CLÁUSULA

CONTRATO

Son contratos estatales todos los actos jurídicos generadores de obligaciones que

celebren las entidades a que se refiere el presente estatuto, previstos en el derecho

privado o en disposiciones especiales, o derivados del ejercicio de la autonomía de

la voluntad17.Cuando una de las partes es una persona de derecho público, estaremos frente a un

contrato estatal; si las partes son todas personas jurídicas de derecho público

tendremos un contrato ínter administrativo.18

CONTRATISTA

Es la persona natural o jurídica, nacional o extranjera, en forma individual

conjunta, que suscribe un contrato estatal 19

ESTUDIOS PREVIOS

Son todos los estudios, análisis y trámites, debidamente documentados, que sirven

de soporte para la elaboración del proyecto de pliego de condiciones, pliegos

definitivos y del contrato, de manera que los proponentes o el eventual contratistarespectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la

Entidad20.

GARANTÍA

Mecanismos de cobertura del riesgo, expedidas en los términos de la normatividad

vigente, otorgada por los oferentes o por el contratista a favor de la Entidad

contratante. ■"*

GARANTÍA LEGAL

Es la obligación, en los términos de esta ley, a cargo de todo productor y/o

proveedor de responder por la calidad, idoneidad, seguridad y el buen estado yfuncionamiento de los productos. Es una "Obligación temporal, solidaria a cargo delproductor y el proveedor, de responder por el buen estado del producto y laconformidad del mismo con las condiciones de idoneidad, calidad y seguridad

legalmente exigibles o las ofrecidas.22

INFORME DE EVALUACIÓN Documento en el que los miembros del comité o comités designados, consignan el

2 Artículo 2.20.1.1.1.3.1 Decreto 1082 de 2015

3 Manual de Contratación de la Procuraduría General

1 Manual de Contratación de la Procuraduría General

5 Manual de Contratación de la Procuraduría General de la Nación■6 Manual de Contratación de la Procuraduría General

17 Artículo 32 de la Ley 80 de 199318 Manual de Contratación de la Procuraduría General

19 Manual de Contratación de ia Procuraduría General

!0 Artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015.:1 Manual de Contratación de la Procuraduría General

2 Ley 1474 de 2011, artículo 5, numeral 5 y articulo 7.

Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No. 7 de 2017

Secretaría General Ext.10796 secretarlag^er^l^^rGcuraduna^govjco

Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuradurja.goyxo

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INFORME DEL INTERVENTOR

INTERVENTORÍA O SUPERVISIÓN

resultado de la verificación de la capacidad de los oferentes y de ponderación de las

X?5 reC'bídaS en el trámite de los Proces°s de selección adelantados por la

Documento a través del cual el interventor o el supervisor de un contrato da cuentaa la bntidad sobre la ejecución material y financiera del negocio jurídico pudiendodar a conocer situaciones irregulares o dificultades que ameritan la adopción demedidas administrativas o judiciales para salvaguardar los intereses de la Entidad yel erario publico. '

LICITACIÓN PÚBLICA

MINUTA

Figuras jurídicas establecidas para que las entidades públicas cumplan el deber devigilancia, control y seguimiento de la ejecución de los contratos estatales que

Es el procedimiento mediante el cual la PGN formula públicamente unaconvocatoria, para que en igualdad de oportunidades, los interesados presenten susofertas y seleccione entre ellas la más favorable, de acuerdo con los requerimientosestablecidos en el pliego de condiciones.26

Documento que suscriben las partes para dejar constancia de las condiciones deejecución de un contrato (tales como objeto, valor, plazo, forma de pagoobligaciones, garantías, sanciones, domicilio, responsables de seguimiento ycontrol, información presupuesta!, requisitos de perfeccionamiento y legalizaciónentre otras) o de las modificaciones que se efectúan a su contenido original (adición'prorroga, otrosí, modificación) '7

MULTAMecanismo legal previsto para conminar el cumplimiento de un contratista a travésde a aplicación de una pena o sanción pecuniaria, que debe ser impuesta enacatamiento del debido proceso y en las condiciones pactadas dentro del contratosiempre durante su plazo de ~:~ " " '"

OFERTAEs la propuesta presentada a la Procuraduría General de la Nación por losinteresados en ser el contratista del Proceso de Contratación objeto del presentePliego de Condicioner 29

PACEs el Plan Anualizado de Caja; es decir es la planeación de los flujos de fondos através de un periodo de tiempo anual que se deben tener para cumplir unoscompromisos adquiridos o presupuesto para llevar a cabo determinada actividad 30Procuraduría General de la Nació

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES

Es el plan general de compras al que se refiere el artículo 74 de la Ley 1474 de2011 y el plan de compras al que se refiere la Ley Anual de presupuesto Es uninstrumento de planeación de la gestión contractual de una vigencia fiscaldeterminada, que las entidades estatales deben diligenciar, publicar y actualizar enlos términos de la normatividad vigente31

PLAZO DE EJECUCIÓN

Es el tiempo específico en el que se debe ejecutar el objeto del contrato fuera delcual ello ya no será posible; en todo caso, el plazo de ejecución empezará acontarse desde la fecha en la cual se cumplan los requisitos de ejecución o desdeaquella en que se suscriba el "acta de inicio", para el efecto, el contratocorrespondiente señalará la condición para iniciar su contabili;

PLIEGO DE CONDICIONES

Es el acto administrativo que contiene los requisitos objetivos de participación en unproceso de contratación cuando implica convocatoria pública, en el que se definenentre otros aspectos, las reglas de verificación de la capacidad de los oferentes y deevaluación de las ofertas, las causales de rechazo de los ofrecimientos elcronograma del proceso, los mecanismos de comunicación con la administraciónlas condiciones del contrato a celebrar, etc. Hacen parte del pliego de condiciones yde la invitación pública las adendas, aclaraciones v resouesta a ot

PRIMER ORDEN DE ELEGIBILIDAD Es la posición que ocupa el Proponente que, una vez habilitado, obtiene el puntajemás alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el Pliego de Condiciones34

PROPONENTEEs toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, en forma individual oconjunta (unión temporal, consorcio y promesa de sociedad) que aspira a celebrarcontratos con la PGN y presenta para ello, de manera formal ""= «fe>*<> 3S

REGISTRO PRESUPUESTAL (RP)Es la afectación definitiva de la partida presupuestal destinada al cumplimiento delas obligaciones derivadas del contrato y se realiza como un requisito para elperfeccionamiento y legalización del contrato 36

Manual de Contratación de la Procuraduría General de la NaciónManual de Contratación de la Procuraduría General de la NaciónManual de Contratación de la Procuraduría General de la Nación

^ Manual de Contratación de la Procuraduría General de la NaciónManual de Contratación de la Procuraduría General de la Nación

8 Manual de Contratación de la Procuraduría General de la Nación

de^OlT ^ C°ndiclones tipo Para contratos de obra pública - Agencia Nacional de Contratación - 18

30 Manual de Contratación de la Procuraduría General de la NaciónArtículo 2.2.1.1.1.3.1 Decreto 1082 de 2015

de agosto

1 Decreto 1082 de 2015

32 Manual de Contratación de la Procuraduría General de la Nación3 Manual de Contratación de la Procuraduría General de la NaciónPliego de condiciones tipo para contratos de obra públic

de 201" ca - Agencia Nacional de Contratación - 18 de agosto

35 Manual de Contratación de la Procuraduría General de la Nación

Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No 7 de 2017

Secretaría General Ext.10796 [email protected] No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.aovlco—

PROCURADURÍA

RESOLUCIÓN DE APERTURA

Es un acto administrativo mediante el cual se da inicio al proceso de contratación,

cuando se requiera de convocatoria pública, señala el término del proceso de

.elección.37

RUP

Registro único de proponentes que llevan las cámaras de comercio yinteresados en participar en Procesos de Contratación deben estar inscritos .^

SECOP

Sistema Electrónico para la Contratación Pública al que se refiere el articulo 3 de la

Ley 1150 de 2007.3&istema Integrado de Información Financiera.

SISTEMA GENERAL DE RIESGOS

LABORALES

El artículo 1o de la Ley 1562 de 2012, el "Sistema General de Riesgos Laooraies: tzs

el conjunto de Entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados

a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedadesy los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajoque desarrollan (...)". De igual forma establece el artículo 2o ibídem, que en formaobligatoria deben afiliarse al sistema las personas vinculadas a través de un contratoformal de prestación de servicios con Entidades o instituciones públicas con una

duración superior a un mes y con precisión de las situaciones de tiempo, modo y

lugar en que se realiza dicha prestación. "

TRM

Es un indicador económico que revela el nivel diario de la tasa de cambio oficial enel mercado spot de divisas colombiano. Corresponde al promedio aritmético de las

tasas promedio ponderadas de compra y venta de divisas de las operacionesinterbancarias y de transferencias, desarrolladas por los intermediarios del mercado

cambiarlo que se encuentran autorizados en el Estatuto Cambiario.La Superintendencia Financiera de Colombia tiene la obligación de calcular la

TCRM, divulgarla al mercado y al público en general, conforme a lo dispuesto en elartículo 80 de la Resolución Externa No. 08 de 2000, expedida por la Junta Directivadel Banco de la República, la metodología establecida por el Banco medianteCircular Reglamentaria DODM - 146 del 21 de Septiembre de 2004, el Artículo 93del Decreto 4327 del 25 de Noviembre de 2005, Resolución No.0416 del 03 de

Marzo de 2006 de la Superintendencia Financiera de Colombia., ■ r ■ _l_í ~ I _ „«. £_^ .^i^a <■!. I ** I >^ i i fm i i ^

VEEDURÍAS CIUDADANAS

Son organizaciones sociales, establecidas conforme la ley, que pueden adelantar lavigilancia y el control en las etapas preparatoria, precontractual y contractual del

proceso de contratación.42

DEFINICIONES AIRES ACONDICIONADOS

TÉRMINO SIGNIFICADO

AIRE ACONDICIONADO

El acondicionamiento de aire es el proceso que se considera más completo detratamiento del aire ambiente de los locales habitados; consiste en regular lascondiciones en cuanto a la temperatura (calefacción o refrigeración), humedad,

limpieza (renovación, filtrado) y el movimiento del aire dentro de los locales.Entre los sistemas de acondicionamiento se cuentan los autónomos y los

centralizados. Los primeros producen el calor o el frío y tratan el aire (aunque a

menudo no del todo). Los segundos tienen un/unos acondicionador/es que

solamente tratan el aire y obtienen la energía térmica (calor o frío) de un sistema

centralizado. En este último caso, la producción de calor suele confiarse a calderasque funcionan con combustibles. La de frío a máquinas frigoríficas, que funcionan

por compresión o por absorción y llevan el frío producido mediante sistemas de

refrigeración.

La expresión aire acondicionado suele referirse a la refrigeración, pero no es

correcto, puesto que también debe referirse a la calefacción, siempre que se traten

(acondicionen) todos o algunos de los parámetros del aire de la atmósfera. Lo que

ocurre es que el más importante que trata el aire acondicionado, la humedad del

aire, no ha tenido importancia en la calefacción, puesto que casi toda la humedadnecesaria cuando se calienta el aire, se añade de modo natural por los procesos de

respiración y transpiración de las personas. De ahí que cuando se inventaron

máquinas capaces de refrigerar, hubiera necesidad de crear sistemas que redujesen

también la humedad ambiente.43

AIRE ACONDICIONADO SPLIT

Es un equipo de aire acondicionado cuya unidad interna se ubica en una pared o

cielo, se les llama así debido a que sus componentes principales son separados

unos de otros. (Evaporador: parte interna /Condensador: parte externa).44

36 Manual de Contratación de la Procuraduría General de la Nación

37 Manual de Contratación de la Procuraduría General de la Nación

38 Artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 201539 Decreto 1082 de 2015, Articulo 2.2.1.1.1.3.1.

40 Manual de Contratación de la Procuraduría General de la Nación41 Manual de Contratación de la Procuraduría General de la Nación

42 Manual de Contratación de la Procuraduría General de la Nación43 hrtn-//es wikioedia orq/wikí/Acondicionamiento de aire consulta 23 de agosto de 2017. Hora: 10:00 am

44 h$>í^.haceb.<MfT^ 24 de °CtUbre dS2017. Hora: 10:49 am

Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No. 7 de 2017

Secretaría General Ext.10796 secretanaaenerMMME£M£MÉMnÉ^a£v:co

Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuradurjargoyxo

PROCURADURÍA

REFRIGERANTE

Producto químico en estado líquido o gaseoso, fácilmente licuable, que es utilizadocomo medio transmisor de calor en aires acondicionados. A través de los

componentes del equipo se hace pasar el refrigerante, líquido o gas para hacer el

proceso de intercambio de calor con lo cual se logra el cambio de las condicionestérmicas del aire que circula en el recinto.4'

AZEOTROPOUn azeótropo (o mezcla azeotrópica) es una mezcla líquida de dos o más

compuestos químicos que hierven a temperatura constante y que se comportancomo si estuviesen formadas por un solo componente.4''

R410A

Refrigerante en estado gaseoso que se vende bajo las denominaciones comerciales

de Forane 410A, Puron, EcoFluor R410,Genetron R410AyAZ-20, es una mezclacasi azeotrópica de dos gases HFC o hidrofluorocarbonados: diflorometano (llamadoR-32) y pentafluoroetano (llamado R-125), el cual es usado como refrigerante enequipos de aire acondicionado.47

AIRE ACONDICIONADO PORTÁTILEquipo de aire acondicionado que es fácil de mover y transportar de un lugar a otropor ser manejable y de pequeño tamaño.

(fuente: definición propia)

SISTEMAS DE REFRIGERANTEVARIABLE

Sistemas de climatización de flujo de refrigerante variable...", Consistenbásicamente en una unidad exterior de gran capacidad que contiene un serpentínintercambiador de calor refrigerante-aire y uno o varios compresores dependiendo

de la capacidad. Esta suministra un flujo de refrigerante a múltiples unidadesinteriores a través de un matriz de tubería y ramales que son derivados del matriz en

forma paralela. Cada unidad interior posee a su vez un serpentín intercambiador decalor refrigerante aire con lo cual la unidad interior puede suministrar aire frío ocaliente, según sea la demanda.

El concepto de variable proviene del simple hecho que el requerimiento de frío ocalor de las unidades interiores normalmente no es al 100% de su capacidad, de talmodo que una unidad puede estar requiriendo sólo el 60% de su capacidad y en el

recinto del lado la unidad interior puede estar requiriendo el 100% y la de más allá

puede estar apagada... bajo esta situación, la unidad exterior reconoce la demanda

de capacidad de las unidades interiores y modifica el flujo de refrigerantesuministrado a las unidades interiores, ajustándose a este requerimiento.48

MANTENIMIENTO PREVENTIVO

En las operaciones de mantenimiento, el mantenimiento preventivo es el destinado ala conservación de equipos o instalaciones mediante realización de revisión yreparación que garanticen su buen funcionamiento y fiabilidad.

El mantenimiento preventivo se realiza en equipos en condiciones de

funcionamiento, por oposición al mantenimiento correctivo que repara o pone en

condiciones de funcionamiento aquellos que dejaron de funcionar o están dañados.4?

MANTENIMIENTO CORRECTIVOSe denomina mantenimiento correctivo, aquel que corrige los defectos observadosen los equipamientos o instalaciones, es la forma más básica de mantenimiento y

consiste en localizar averías o defectos y corregirlos o repararlos.50

1.10 OBJETO

SELECCIONAR AL OFERENTE QUE SUMINISTRE, INSTALE, CONFIGURE Y PONGA ENFUNCIONAMIENTO LOS SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO DE REFRIGERANTE VARIABLEEN LAS SEDES DE LA PROCURADURÍA DE CARTAGENA, BARRANQUILLA, SANTA MARTA,RIOHACHA Y VALLEDUPAR, DEL MISMO MODO QUE, SUMINISTRE, CONFIGURE Y PONGA EN

FUNCIONAMIENTO LOS EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI SPLIT EN LAS SEDES DELA PROCURADURÍA A NIVEL NACIONAL.

1.10.1 Alcance del objeto:

Para la presente contratación se incluye el suministro, el transporte, la instalación, la configuración, lapuesta en funcionamiento de equipos de aire acondicionado de refrigerante variables y el retiro de los

existentes para la Procuraduría General de la Nación para las siguientes ciudades:

CIUDAD

CARTAGENA

SEDE

• Carrera 5 A No. 38 - 64 Casa colonia de la Chichería (piso 1 y 2)

• Calle 33 No. 8 - 20 Banco Agrario (piso 2)

46 http://es.wikipedia.org/wiki/Refrigera.nte consulta 23 de agosto de 2017. Hora: 10:38 am46 tÉ£j]e^Mne^Mai}íáwñZ^¿oC3%B3ifOi>g. consulta 23 de agosto de 2017. Hora: 10:43 am47 http://es.wikipedia.org/wiki/R-410A consulta 23 de agosto de 2017. Hora: 10:48 am

48hltp://wv'Jw.emb.cl/construccion/articuio.mvc?xid=1238&edi=56&xit=5i5temas-de-climatizac¡on-de-fluio-de-refrigerante-var¡able-con-recuperacion-decalor-mitos-y-realidades consulta 23 de agosto de 2017. Hora: 11:00 pm

49 MMesiwikjpedjaio.rg/wjki/to consulta 23 de agosto de 2017. Hora: 11:08 pm50 http://es.vvikipedia.org/wiki/iviantenimiento correctivo consulta 23 de agosto de 2017. Hora: 11:20 pm

Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No. 7 de 2017

Secretaría General Ext.10796 secretariaaeneral((i)procuraduria.ctov.coCra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.gov.co

PROCURADURÍAGEHLKUMI

CIUDAD

SANTA MARTA

BARRANQUILLA

RIOHACHA

VALLEDUPAR

SEDE

. Calle 5 No. 3 - 07 Edificio BCH (pisos 8, 9 y 10)

• Carrera 44 No. 38 -11 Banco Popular (pisos 6 y 17)

• Calle 40 No. 44 - 39 Edificio Cámara de Comercio (mezzanine,

pisos 1 y 2)

• Carrera 15 No. 14 C-100 (pisos 1 y 2)

• Calle 16 No. 9-30 (pisos 5 y 6)

Igualmente el suministro, configuración e instalación y puesta en funcionamiento de 152 equipos de aire

acondicionado tipo mini-Split para ser instalados en diferentes sedes de la entidad, de acuerdo con los

requerimientos hechos a la División Administrativa por los Coordinadores Administrativos a nivel nacional.

De acuerdo con lo anterior a continuación se listan las necesidades definidas para cada uno de los

espacios, que se tienen en las diferentes sedes, considerando el área que va a servir el aire

acondicionado, la altura de cada uno de los espacios y las cargas térmicas asociadas a los mismos:

SEDE

1. HUILA

2. RISARALDA

3. AMAZONAS

4. CALDAS

5.TOLIMA

Regional Neiva - Calle 7 No. 3 - 67, Edificio Banco

Popular pisos 2

Provincial Neiva - Calle 7 No. 3 - 67, Edificio Banco

Popular pisos 5

Provincial Garzón - Calle 8 No. 9 - 47 Palacio Nacional

Provincial Pereira - Carrera 8 No.42 B - 43 de Pereira.

Piso 4

Judicial Leticia - Carrera 8 No. 11 -106/114

Regional Leticia - Carrera 8 No. 11 -106/114

Regional Manizales - Calle 22 No, 22 - 26. Edificio

Banco del Comercio, piso 11

Judicial Manizales- Calle 22 No. 22 - 26. Edificio

Banco del Comercio, piso 3

Provincial Manizales - Calle 21 No. 21 - 45. Edificio

Millan y Asociados. Piso 18

Judicial Manizales - Calle 21 No. 21 - 45. Edificio

Millan y Asociados. Piso 13

Regional Ibagué - Carrera 4 No. 11 - 40 piso 5

CANTIDAD/CAPACIDAD

12.000 BTU

i

i

i

1

1

1

1

18.000 BTU

i

1

1

i

i

i

i

i

i

i

i

i

i

i

i

24.000 BTU

i

i

i

i

36.000 BTU

10

Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No. 7 de 2017

Secretaría General Ext. 10796 secretariaaeneral@>procuraduria.aov.co

Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.gov.co

SEDE

6. QUINDIO

7. ARAUCA

8. ATLÁNTICO

9. ANTIOQU1A

10. CAQUETA

11. VALLE

Judicial Ibagué - Calle 15 No. 3 - 26 (era. 3 No.15-17).

Edificio Banco Agrario, pisos 8 y 9

Judicial Espinal - Carrera 15 entre 10 y 11

Judicial Melgar - Calle 6 No. 24 - 02

Provincial Honda - Carrera 12A No. 12 -42. Edificio

Centro Comercial Restrepo

Regional Armenia - Carrera 17 No. 20 - 27 Edificio

Banco Cafetero piso 11

Provincial Armenia - Carrera 17 No. 20 - 27 Edificio

Banco Cafetero piso 10

Judicial Armenia - Carrera 16 No. 19 - 21 Edificio

Lotería del Quindío piso 3

Judicial Arauca - Calle 21 No. 18 - 47 pisos 2 y 3

Regional Arauca - Calle 21 No. 18 - 47 piso 1

Judicial Soledad - Carrera 21 No. 20 - 30 Local 2

Provincial Apartado - Calle 95 No. 96 A - 65

Provincial Puerto Berrío - Calle 6 No. 3 - 40

Provincial Santafe de Antioquia - Calle 10 No. 9 - 06

Regional Medellín - Carrera 56 A No. 49 A -18/24/30.

Edificio Cosmos, piso 3

Regional y provincial Florencia - Carrera 56 A No. 49

A - 18/24/30. Piso 2 Y 3

Provincial y judicial Buenaventura - Calle 6 N 5-11

Barrio Obrero

Judicial Palmira - Calle 31 No. 30 - 05

Judicial Tuluá - Calle 25 No. 23-63

Provincial Buga - Carrera 16 No. 6-51

Judicial Buga - Calle 5 No. 10 - 57

CANTIDAD/CAPACIDAD

12.000 BTU

i

6

1

1

2

1

1

18.000 BTU

16

2

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

4

24.000 BTU

i

i

5

2

1

1

1

2

1

1

3

9

36.000 BTU

1

Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No. 7 de 2017

Secretaría General Ext.10796 secretariacjeneral®mocuraduria.aov.co

Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov.co

11

12. SUCRE

13. N. STD.

14. VAUPES

15. PUTUMAYO

16. SANTANDER

17. CESAR

18. C/MARCA

19, VICHADA

TOTAL

SEDE

Provincial Roldanlllo - Calle 7 No. 8 - 40

Regional Sincelejo - Calle 22 No. 16 - 20. Piso 1

Provincial Sincelejo - Calle 22 No. 16 - 20. Piso 2

Judicial Sincelejo - Calle 23 No. 16 - 33 Edificio las

Marías

Judicial Cúcuta - Avenida 6 No. 10 - 82 Edificio Banco

Bogotá

Provincial y judicial Ocaña - Calle 12 No. 11 - 35

Regional Mitú - Carrera 14 No. 12 - 04

Regional y judicial Mocoa - Calle 8 No. 5 -10

Judicial Puerto Leguízamo -

Provincial Barrancabermeja - Calle 49 A No. 8 A - 36

Edificio BBVA (Granahorrar) piso 4

Judicial Aguachica - Carrera 10 No.5 A -02

Judicial Chiriguaná - Calle 7 No. 5 - 60

Provincial Girardot - Calle 19 No. 10 - 61

Provincial Puerto Carreño - calle 19 No.11-50 Barrio

las Acacias

152

CANTIDAD/CAPACIDAD

12.000 BTU

1

2

1

1

1

1

1

2

30

18.000 BTU

i

i

3

3

1

2

1

1

1

2

68

24.000 BTU

i

i

i

i

2

4

2

1

1

2

2

50

36.000 BTU

2

1

4

1.11 PRESUPUESTO OFICIAL Y PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES

Teniendo en cuenta el estudio de mercado realizado y que el contrato pretende atender las necesidadesde aires acondicionados centrales y mini split a nivel nacional para el uso de la Procuraduría General dela Nación, la entidad cuenta con un presupuesto que asciende a la suma de TRES MIL

CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOSTREINTA Y NUEVE PESOS CON TREINTA Y DOS SENTAVOS M/CTE ($ 3.434.248.739,32)desglosados de la siguiente manera:

COMPONENTE

Aires acondicionados centrales

Aires mini split

VALOR TOTAL

VALOR COMPONENTE

$2.910.170.359,32

$ 524.078.380,00

$ 3.434.248.739,32

Teniendo en cuenta que la necesidad a satisfacer es mayor a la disponibilidad presupuestal y en el casoen el que la oferta seleccionada tenga un menor valor que el presupuesto oficial se llevará a cabo laejecución de los recursos hasta que estos se agoten, para tal fin, la entidad aumentará el número de aires

Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No. 7 de 2017Secretaría General Ext.10796 i

12

96 sect^ajiagBneraí&procuradhjrí^govjCra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 wwwyn;ocutadurja.ggv.co

PROCURADURÍAGEUDEUnil

acondicionados tipo mini split a suministrar e instalar, supliendo las cantidades que no se encuentren

contempladas en el presupuesto oficial pero que se requieran, como sucede en las sedes el Valle del

Cauca y Putumayo.

La necesidad de contratar está prevista en el Plan de Adquisiciones de la Vigencia 2017, de conformidad

con el certificado 2017-170 del 18 de octubre de 2017. Así mismo, existe disponibilidad presupuestal la

cual se encuentra amparada presupuestalmente conforme al CDP No. 106917 del 31 de octubre de 2017,

expedido por la Coordinadora del Grupo de Ejecución Presupuestal.

La financiación de este proceso corresponde a los recursos asignados en el Decreto 1238 de julio 19 de

2017, el cual fue comunicado a la Entidad el 25 de julio de 2017. Por lo tanto, se hizo necesario la

actualización de la ficha técnica del DNP y su aprobación fue recibida el pasado 14 de septiembre de

2017.

EL PROPONENTE DEBE TENER EN CUENTA QUE EL VALOR DE SU OFRECIMIENTO NO PUEDE

SUPERAR EL VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL, SO PENA DE RECHAZO.

1.12 FORMA DE ADJUDICACIÓN

LA ADJUDICACIÓN DEL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN SE HARÁ EN FORMA TOTAL YHASTA EL VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL. LOS PROPONENTES DEBEN PRESENTAR SU

OFERTA DE MANERA TOTAL.

1.13 PROPUESTAS ALTERNATIVAS

Conforme con lo establecido en la Ley 80 de 1.993, artículo 30, numeral 6o, los proponentes pueden

presentar propuestas alternativas técnicas económicas siempre cuando ellas no signifiquen

condicionamientos para la adjudicación. Los proponentes podrán presentar éstas propuestas alternativas

adicionalmente a la propuesta básica, que será la única objeto de evaluación. La Entidad entiende que

"La propuesta alternativa es la que acogiéndose, exactamente, las especificaciones del pliego de

condiciones sobre el objeto contratar, contiene otra posibilidad técnica para la ejecución del mismo sin

que afecte el fin propuesto con la contratación"5'1. Cuando un proponente presente una alternativa, deberá

adjuntar toda la información necesaria para su análisis. Todos los costos necesarios para desarrollar la

alternativa deberán estar incluidos en la oferta. Sólo serán consideradas las propuestas alternativas del

proponente que en la evaluación de las propuestas básicas haya quedado en primer orden de

elegibilidad, la selección de la alternativa será potestad de la Procuraduría.

1.14 PARTICIPANTES

Bajo los parámetros establecidos en las Leyes 80 de 1993 1150 de 2007 el Decreto 1082 de 2015, en el

proceso licitatorio pueden participar personas naturales y/o jurídicas, nacionales extranjeras, consorcios,

uniones temporales promesas de sociedad futura, legalmente constituidas, con capacidad legal para

proponer, contratar ejecutar el objeto del presente proceso consideradas legalmente capaces de

conformidad con las disposiciones legales colombianas, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto

del contrato celebrarse, las cuales deberán acreditar el cumplimiento de requisitos exigidos en el pliego

de condiciones.

1.15 ADENDAS

Cualquier modificación al pliego de condiciones se efectuará a través de ADENDAS, las cuales se

incorporarán al que se encuentra en la División Administrativa para consulta y se publicarán en las páginas

Web de la entidad y del portal único de contratación para consulta.

En el evento que se modifiquen los plazos y términos del proceso de selección, la adenda deberá incluir

el nuevo cronograma, estableciendo los cambios que ello implique en el contenido de la Resolución de

Apertura, en todo caso atendiendo los términos previstos en la Ley 1474 de 2011, artículo 89 en

51 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Consejera Ponente María Elena Giraldo Gómez. Sentencia del 14 deseptiembre de 2000.

13

Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No. 7 de 2017

Secretaría General Ext.10796 secretaríac¡eneral&.procuraduria,aov.co

Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov.co

concordancia con el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.1.

1.16 FORMA DE PRESENTAR LAS PROPUESTAS

Las propuestas se presentarán en original, una copia y un cd con todos los documentos e información

que contiene la oferta, identificadas bajo el título Licitación Pública No. 7 de 2017, indicando si se trata

de original o copia. Las hojas deben estar foliadas en forma consecutiva tanto en el original como en la

copia. En todo caso, de llegarse a presentar alguna discrepancia entre el contenido del cd, la copia y el

original, prevalece este último.

La carta de presentación se deberá diligenciar de conformidad con el Anexo No. 1 adjunto al presente

pliego de condiciones.

La oferta debe redactarse en idioma castellano, salvo los términos técnicos que se utilicen en idioma

distinto. No deben figurar tachones, borrones o enmendaduras que hagan dudar sobre el contenido de la

propuesta.

No se aceptarán propuestas complementarias o propuestas de modificaciones presentadas con

posterioridad a la fecha y hora del cierre de la licitación.

La Procuraduría General de la Nación sólo acepta la presentación de una oferta por cada proponente. En

el caso que una misma persona presente más de una oferta, ya sea a título individual o como miembro de

Consorcio o Unión Temporal, solo será evaluada la oferta que se haya presentado en primer lugar dentro

del término fijado en el presente pliego, de acuerdo con el listado de recepción de propuestas que realiza

la División Administrativa, en el que se dejará constancia de la fecha y hora de recibo de las ofertas,

indicando el nombre o razón social de los oferentes y sus representantes legales (Decreto 1082 de 2015

artículo 2.2.1.1.2.2.5).

1.17 VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS

Las personas que deseen participar en el presente proceso licitatorio, tendrán en cuenta que sus

ofrecimientos deben tener un término de validez igual al de la vigencia de la garantía de seriedad del

ofrecimiento, esto es, tres (3) meses contados a partir del momento de presentación de la oferta. En caso

de incluirse un plazo de validez de la oferta menor al exigido, éste no será tenido en cuenta.

1.18 DEVOLUCIÓN DE LAS COPIAS DE LAS PROPUESTAS

Los proponentes no favorecidos con la adjudicación del presente proceso licitatorio, deben retirar dentro

del mes siguiente a la fecha de celebración del respectivo contrato, las copias de las ofertas presentadas

dentro de este proceso. Caso contrario, la Entidad procederá a destruir dichas copias.

CAPÍTULO SEGUNDOPROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO

ACTUACIÓN

Publicación aviso de convocatoria, proyecto de pliego de

condiciones y estudios previos en las páginas Web del Portal

Único de Contratación y de la entidad

Observaciones al proyecto de pliego de condiciones

Publicación aviso conforme a lo dispuesto en el numeral 3

artículo 30 Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 224 del

Decreto 019 de 2012

Publicación del documento que contiene la respuesta de la

entidad sobre las observaciones presentadas

Publicación de la Resolución de apertura

Publicación Pliego de Condiciones Definitivo

FECHA

31 de octubre de 2017

Desde el 31 de octubre hasta el 16 de noviembre de 2017

xx de xx de 2017

XXX

xxx de xxx de 2017

xxx de xxx de 2017

14

Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No. 7 de 2017

Secretaría General Ext.10796 secretariaqenera!&.procuraduría,ciov.coCra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.gov.co

PROCURADURÍA

Plazo de la licitación

Visita técnica no obligatoria

Fecha y hora de la audiencia de asignación de riesgos

Plazo máximo para presentar solicitudes de aclaración al Pliegode Condiciones Definitivo

Plazo máximo para expedir adendas

Lugar y fecha límite de cierre y/o presentación de las ofertas

Plazo para efectuar la verificación de los requisitos habilitantes yevaluación de las ofertas.

Plazo para presentar documentos y aclaraciones solicitadas porlos Comités verificadores y evaluadores

Publicación de informes de evaluación de las ofertas yformulación de observaciones frente a los mismos por parte delos proponentes.

Plazo limite para subsanar documentos

Audiencia de Adjudicación o declaratoria de desierta

Plazo para la celebración del contrato

Plazo para la expedición del registro presupuestal

Plazo para la entrega de la garantía

Plazo para la aprobación de la garantía

Plazo para la suscripción del acta de inicio

Plazo para la publicación en el SECOP

Plazo para la ejecución del contrato

Plazo para el pago del contrato

Apertura: xxxde xxx de 2017

Cierre: xxx de xxx de 2017 a las xxx., en la Carrera 5 No. 15-80

Piso 3 de la ciudad de Bogotá, D.C. Sala Inteligente

xx de xxx de 2017

xx de xxx de 2017 a las xxx.., en la Carrera 5 No. 15-80 piso 3 de

la ciudad de Boqotá, D.C. Sala Inteligente

xx de xxxde 2017

xx de xxx de 2017

Hasta el xxx de xxx de 2017a las xxx. en el Piso 3o de la Carrera5a No. 15-80 de la ciudad de Bogotá Sala Inteligente

xx al xx de xxxde 2017

xx al xx de xxxde 2017

xx al xx de xxx de 2017

Hasta las 5:00 p.m. del día hábil anterior a la adjudicación odeclaratoria de desierta del proceso

xxx de xxx de 2017 a las xxx. en la Carrera 5 No. 15-80 piso 3 de

la ciudad de Bogotá, D.C. - Sala Inteliqente

Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la adjudicación delproceso

Dentro del día (1) hábil siquiente a la suscripción del contrato

Dentro de los dos (2) días hábiles siguiente a la suscripción delcontrato

Dentro del día (1) hábil siquiente a la entrega de la garantía

Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de

perfeccionamiento y legalización del negocio jurídico

Dentro de los tres (3) días siguientes a la expedición de los

documentos del proceso y los actos administrativos del proceso de

contratación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.2.1.1.1.7.1 delDecreto 1082 de 2015

El plazo de ejecución del contrato será el que determine el numeral

9.4 del pliego de condiciones

La Procuraduría pagará el valor del contrato conforme lo establece el

numeral 9.6 del pliego de condiciones

2.2 PUBLICACIÓN Y CONSULTA DEL AVISO DE CONVOCATORIA, PROYECTO DE PLIEGO DECONDICIONES, ESTUDIOS PREVIOS Y OBSERVACIONES AL MISMO

A partir de la fecha señalada en el cronograma, el proyecto de pliego de condiciones, el aviso de

convocatoria y los estudios previos serán puestos a disposición para ser consultados en la página Web

del Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co y en la página Web de la Entidadwww.procuraduria.gov.co, vínculo de contratación y también pueden ser consultados en la División

Administrativa de la Procuraduría General de la Nación, ubicada en la carrera 5 No. 15- 80 piso 3 de la

ciudad de Bogotá, D.C. De igual forma a partir de dicha fecha y de conformidad con lo consagrado por el

Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.1.4, durante el término de diez (10) días hábiles, los interesados

pueden hacer comentarios, presentar observaciones y solicitar aclaraciones al proyecto de pliego de

condiciones, las cuales serán publicadas en las páginas Web antes relacionadas, junto con el documento

que contiene las apreciaciones de la entidad sobre las mismas.

2.3 CONVOCATORIA A LICITACIÓN

De conformidad con lo señalado en el numeral 3 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, modificado por el

artículo 224 del Decreto 19 de 2012, en la fecha establecida en el cronograma se publicará un aviso que

contiene información sobre el objeto y características esenciales de la Licitación.

2.4 PUBLICACIÓN

MISMO

Y CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES Y OBSERVACIONES AL

A partir de la fecha de apertura de la Licitación Pública No. 7 de 2017, el pliego de condiciones definitivo

podrá ser consultado en la página Web del Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co y en la

15

Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No. 7 de 2017

Secretaría General Ext.10796 secretariacfeneral(a)Brocuraduria.ciov.coCra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov.co

página Web de la entidad www.procuraduria.gov.co, vínculo de contratación y además también podrá ser

consultado en la División Administrativa de la Procuraduría General de la Nación, ubicada en la carrera 5a

No. 15-80, piso 3 de la ciudad de Bogotá, D.C.

De igual forma a partir de dicha fecha y durante el plazo del proceso de selección señalado en el

cronograma, las personas interesadas en participar en el mismo, pueden formular las observaciones que

consideren pertinentes al contenido del pliego, las cuales serán analizadas y resueltas por la entidad,

publicándose las respuestas a las mismas en las páginas Web antes relacionadas. En todo caso, se

entiende cumplida la obligación establecida en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.7.1, con la

publicación que lleve a cabo en el portal único de contratación, www.contratos.gov.co

Cuando los interesados deseen retirar fotocopia de cualquiera de los documentos que reposan en el

expediente de la convocatoria, salvo aquellos que tengan reserva legal, deberán consignar previamente

el valor de las fotocopias solicitadas en las siguientes condiciones:

Entidad Bancaria: Banco Popular

Nombre de la Cuenta: Dirección del Tesoro Nacional

Número de la Cuenta: 050000249

Código: 121225

Valor: $100 por fotocopia

Concepto: Fotocopias de folios dentro del proceso de Licitación Pública No. 7 de 2017 -

Procuraduría General de la Nación.

No obstante lo anterior, la información o documentación puede ser suministrada a través de los diferentes

formatos o medios de almacenamiento, conforme lo señala la Resolución Interna No. 247 de 2016 "Por la

cual se establece el valor para la expedición de copias de documentos en la Procuraduría General de la

Nación".

2.5 PLAZO DE LA LICITACIÓN

Teniendo en cuenta lo indicado en el respectivo acto administrativo, el plazo de la licitación es el que se

fija en el cronograma, cuyas diligencias de apertura y cierre se llevarán a cabo en la sala de audiencias

ubicada en el tercer piso del edificio principal de la Procuraduría General de la Nación localizado en la

carrera 5a No. 15-80 de la ciudad de Bogotá, D.C, de lo cual se dejará constancia en las actas que se

levanten para el efecto.

2.6 AUDIENCIA DE ASIGNACIÓN DE RIESGOS.

De conformidad con lo consagrado por la Ley 1150 de 2007, artículo 4, y el Decreto 1082 de 2015, artículo

2.2.1.2.1.1.2, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la apertura del plazo de la licitación, se realizará

la audiencia de asignación de riesgos, con el fin de presentar el análisis de riesgos efectuado por la Entidad y

hacer la asignación de riesgos definitiva.

Tal como lo indica el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.1.1.2, si a solicitud de un interesado es necesario

adelantar una audiencia para precisar el contenido y el alcance de los pliegos de condiciones, este tema se

tratará en la audiencia de asignación de riesgos.

De dicha diligencia se levantará un acta, en la que se dejará constancia de las observaciones presentadas

por los interesados, así como también lo verificado frente a la tipificación, estimación y asignación de los

riesgos previstos.

Con el ánimo de facilitar el desarrollo de la audiencia, se recomienda a los interesados que con antelación a

la audiencia manifiesten por escrito sus inquietudes. Las que surjan en el desarrollo de dicha diligencia

deberán presentarse igualmente por escrito.

Se informa que de acuerdo con el contenido y complejidad de las preguntas formuladas y el análisis que

deba efectuarse para dar respuesta a las mismas, la Procuraduría General de la Nación, se reserva

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expresamente la facultad de emitir la respuesta en la misma audiencia en forma oral o de hacerloposteriormente por escrito.

Como resultado de lo debatido en la audiencia y cuando resulte conveniente, se expedirán lasmodificaciones pertinentes al pliego de condiciones y se podrá prorrogar, si fuere necesario, el plazo de lalicitación de conformidad con lo señalado en la Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 4, inciso 2.

Cualquier modificación al pliego de condiciones se efectuará a través de adendas, las cuales se incorporaránal pliego que se encuentra en la División Administrativa para consulta y se publicarán en las páginas web dela entidad y del portal único de contratación para consulta.

La publicación de las adendas solo se podrá realizar en días hábiles, entre las 700 a m y las 700 p mcomo lo señala el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.1.

2.7 PLAZO MÁXIMO PARA PRESENTAR SOLICITUDES DE ACLARACIÓN AL PLIEGO DECONDICIONES

Los proponentes deberán examinar el contenido del pliego de condiciones e informarse de losrequerimientos y circunstancias que puedan afectar el desarrollo de todas y cada una de las actividades aejecutar.

Cualquier información y aclaración adicional, deberá ser solicitada por escrito, a la División Administrativade la Procuraduría General de la Nación, ubicada en la Carrera 5a. No. 15-80 Piso 3o de la ciudad deBogotá, D.C., o al fax No. 5878750 extensiones 10397 o 10796, referencia Licitación Pública No. 7 de2017, o al correo electrónico [email protected] a más tardar hasta la hora y fecha señaladaen el cronograma. No se atenderán solicitudes que lleguen con posterioridad a la fecha y hora señalada.

En el evento que se realicen aclaraciones, la Procuraduría las agregará como respuesta a observacioneso Adenda al pliego de condiciones que reposa en la División Administrativa para consulta y las publicaráen el Portal Único de Contratación Pública y en la página Web de la entidad. En todo caso, se entiendecumplida la obligación establecida en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.7.1, con la publicaciónque lleve a cabo en el portal único de contratación, www.contratos.qov.co.

NO SE ABSOLVERÁN CONSULTAS EFECTUADAS TELEFÓNICAMENTE O EN FORMA PERSONAL,SOLO SERA TENIDA EN CUENTA EN ESTE PROCESO LICITATORIO LA INFORMACIÓN QUE LAPROCURADURÍA SUMINISTRE POR ESCRITO.

2.8 PLAZO MÁXIMO PARA EXPEDIR ADENDAS

Cualquier modificación al pliego de condiciones se efectuará a través de ADENDAS, las cuales se

incorporarán al que se encuentra en la División Administrativa para consulta y se publicarán en las páginasWeb de la entidad y del portal único de contratación.

Cuando proceda la expedición de adendas al pliego de condiciones, la Procuraduría General de laNación las expedirá dentro del plazo máximo señalado en el cronograma.

En el evento que se modifiquen los plazos y términos del proceso de la Licitación, la adenda si es del

caso deberá incluir el nuevo cronograma, estableciendo los cambios que ello implique en el contenido de

la Resolución de apertura, en todo caso la Procuraduría General de la Nación las expedirá dentro del

plazo máximo señalado en el cronograma, atendiendo los términos previstos en el Decreto 1082 de 2015artículo 2.2.1.1.2.2.1.

2.9 PRÓRROGA DEL PLAZO DE LA LICITACIÓN

De conformidad con lo consagrado en la Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 5, se entiende que el plazo

de la licitación es el término que debe transcurrir entre la fecha a partir de la cual se pueden presentar

ofertas y la de su cierre, el cual puede prorrogarse antes del vencimiento cuando así lo estime

conveniente la Procuraduría, de oficio o a solicitud de un número plural de posibles oferentes (art. 89 Ley

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1474/11).

2.10 LUGAR Y FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las propuestas deberán ser depositadas en la urna reseñada con la Licitación Pública No. 7 de 2017, la

cual se encuentra localizada en la División Administrativa de la Procuraduría, Dependencia ubicada en la

carrera 5a No. 15-80 piso 3o. de la ciudad de Bogotá, D.C.

Sólo se aceptan las propuestas que se presenten hasta la fecha y hora señalada en el cronograma.

Después de esta hora y fecha límite no se recibirán propuestas, aun cuando su representante legal o la

persona encargada de depositar el ofrecimiento, se encuentre en el lugar donde se halla la urna. No se

admiten ofertas enviadas por correo electrónico. Son válidas las propuestas remitidas por correo

certificado, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos contemplados en la presente licitación y

lleguen al sitio indicado con antelación en la fecha y hora límite de presentación de ofertas.

La hora que se tendrá en cuenta para el cierre, será la que señale el link de hora legal colombiana que se

encuentra en la página web del Instituto Nacional de Metrología e indique en voz alta el funcionario de la

Procuraduría encargado del proceso, ya que de conformidad con lo consagrado por el Decreto No. 4175

de 2011, artículo 6, numeral 14, este órgano es el encargado de mantener, coordinar y difundir la hora

legal en la República de Colombia. En su defecto se tendrá como hora oficial la previa llamada telefónica

se indique por altavoz a través del número 117, o el número que a la fecha de cierre de la solicitud

corresponda a este servicio.

2.11 DILIGENCIA DE CIERRE DE LA LICITACIÓN

La diligencia de cierre de la Licitación Pública No. 7 de 2017, se hará en acto público el día y hora

señalados en el cronograma, donde se abrirán las propuestas por el o los funcionario(s) que designe(n)

los miembros de la Junta de Licitaciones y Adquisiciones de la Entidad, quien o quienes leerán los

aspectos más relevantes de las mismas, de los cuales se dejará constancia en el acta respectiva que se

levante para el efecto, en la que además se consignarán los nombres de quienes integran el comité de

verificación de los requisitos habilitantes y de evaluación, quienes de conformidad con lo dispuesto en el

Decreto 262 de 2000, artículo 68, numeral 1, serán designados por los miembros de la Junta de

Licitaciones y Adquisiciones.

2.12 PLAZO PARA EFECTUAR LA VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES YEVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y PARA PRESENTAR DOCUMENTOS Y ACLARACIONES

SOLICITADAS POR LOS COMITÉS VERIFICADORES Y EVALUADORES

La Procuraduría General de la Nación verificará y evaluará las ofertas presentadas por los proponentes

dentro del plazo señalado en el cronograma, término dentro del cual los comités verificadores y

evaluadores, solicitarán a los oferentes, cuando sea necesario hacerlo, que en el término que se fija en el

cronograma de la selección, realicen las aclaraciones, precisiones y/o alleguen los documentos que se le

requieran, sin que por ello puedan los proponentes completar, adicionar, modificar o mejorar sus

propuestas.

En la verificación y evaluación de las ofertas primará lo sustancial sobre lo formal.

La omisión de los requisitos, documentos e información necesarios para la comparación de las ofertas, es

decir, para la aplicación de los criterios de evaluación de las mismas, establecidos en el presente pliego

de condiciones no será subsanable.

La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación al proponente, no

necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los

ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la

asignación de puntaje, podrán ser solicitados por la entidad en cualquier momento, hasta la adjudicación.

2.13 PUBLICIDAD DE LOS INFORMES EVALUACIÓN Y FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES

FRENTE A LOS MISMOS POR PARTE DE LOS PROPONENTES

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PROCURADURÍAGENERALDELAKACION

Para dar cumplimiento a lo consagrado en la Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 8, los informes deevaluación de las propuestas permanecerán a disposición de los participantes en la DivisiónAdministrativa de la Procuraduría, ubicada en la carrera 5 No. 15-80 piso 3o, los días señalados en elcronograma, para que dentro de ese término los oferentes presenten las observaciones que estimen

pertinentes. En ejercicio de esta facultad, los proponentes NO PODRÁN COMPLETAR ADICIONARMODIFICAR O MEJORAR SUS OFRECIMIENTOS.

Las observaciones formuladas por los oferentes a los informes de evaluación de las propuestas seresolverán en la audiencia de adjudicación.

La entidad dará cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.7.1 con lapublicación que lleve a cabo en el portal único de contratación, www.contratos.qov.co

2.14 PLAZO MÁXIMO CONCEDIDO A LOS NO HABILITADOS PARA QUE SUBSANEN LAAUSENCIA DE REQUISITOS O FALTA DE DOCUMENTOS HABILITANTES, SO PENA DE RECHAZODEFINITIVO DE LAS PROPUESTAS (LEY 1150 DE 2007, ARTÍCULO 5, PARÁGRAFO 1.)

Los proponentes que según los informes de verificación no resultaren habilitados, cuentan hasta las 5:00p.m. del día hábil anterior a la fecha prevista para la adjudicación para que subsanen la ausencia derequisitos o falta de documentos habilitantes, so pena de rechazo definitivo de sus propuestas. Eloferente no podrá subsanar aquellos requisitos que en virtud de la Ley 1150 de 2007, artículo 5o nopueden subsanarse.

2.15 AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN

La Procuraduría previa consolidación de la información resultante del proceso de verificación yevaluación, dispone hasta el día y la hora señalada en el cronograma para seleccionar la oferta másfavorable a sus necesidades, trámite que se surtirá en Audiencia Pública. Este plazo podrá ser ampliadoen los términos señalados en la Ley 80 de 1993, artículo 30, ordinal 9o.

La adjudicación de la presente licitación se hará en forma total.

Con fundamento en lo consagrado en la Ley 1150 de 2007, artículo 9 en concordancia con lo previsto enel Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.1.1.2, la adjudicación de la presente licitación se realizará enaudiencia pública, diligencia que se llevará a cabo en la fecha y hora señalada en el cronograma, en lacarrera 5a No. 15-80, piso 3, sala de audiencias de la ciudad de Bogotá, D.C.

El procedimiento a realizar durante la audiencia de adjudicación es el siguiente:

1.- Inscripción de los participantes a la audiencia.

2.- Apertura de la audiencia en la fecha y hora señalada.

3.- Lectura de las observaciones presentadas por los oferentes a los informes de evaluación de laspropuestas.

4.- Respuesta dada por los comités de verificación y evaluación de las propuestas a lasobservaciones presentadas por los oferentes.

5.- Pronunciamiento inicial de los oferentes sobre las respuestas dadas por la entidad a lasobservaciones presentadas respecto de los informes de evaluación. En ningún caso, esta posibilidadimplica una nueva oportunidad para mejorar o modificar la oferta.

En caso de presentarse pronunciamientos que a juicio la Entidad requieran de análisis y cuya soluciónpodría incidir en el sentido de la decisión a adoptar, la audiencia podrá ser suspendida por el términorazonable necesario para la verificación de los asuntos debatidos y la comprobación de lo alegado.

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6.- Concesión del uso de la palabra por una única vez al oferente que así lo solicite, con el objeto de

replicar las observaciones que sobre la evaluación de su oferta se hayan presentado por los

intervinientes. Toda intervención deberá ser hecha por la persona o personas previamente designadas

por el oferente y estará limitada a un tiempo máximo de diez (10) minutos.

7.- Deliberación por parte de los miembros de la Junta.

8.- Adopción de la decisión definitiva de adjudicación o declaratoria de desierta por parte de la

Secretaria General.

9.- Cierre de la audiencia.

Durante la audiencia los asistentes deberán observar una conducta respetuosa hacia los servidores

públicos y los demás presentes. Quien preside la audiencia podrá tomar las medidas necesarias para

preservar el orden y correcto desarrollo de la misma, pudiendo excluir de ella, a quien con su

comportamiento altere su curso normal.

De todo lo ocurrido durante la Audiencia de Adjudicación del proceso se dejará constancia en un acta que

se publicará en el portal único de contratación y en la página WEB de la entidad.

La entidad dará cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.7.1, con la

publicación que lleve a cabo en el portal único de contratación, www.contratos.gov.co.

2.16 EFECTOS DE LA ADJUDICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, artículo 77, Parágrafo 1o. en concordancia con la

Ley 1150 de 2007, artículo 9, el acto de adjudicación es irrevocable, obliga a la entidad y al adjudicatario

y no tendrá recursos por la vía gubernativa. Su impugnación procede mediante el ejercicio de las

acciones judiciales que correspondan.

No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción

del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por

medios ilegales, este podrá ser revocado, caso en el cual, la entidad podrá aplicar lo previsto en el inciso

final de la Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 12.

2.17 DECLARATORIA DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN

Dentro del mismo término de adjudicación, la Procuraduría, por motivos o causas que impidan la

escogencia objetiva del contratista, podrá declarar desierta la licitación, mediante acto administrativo

motivado, conforme a lo previsto en la Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 9o, Inciso 3o., en

concordancia con el artículo 25, numeral 18 de la misma norma y lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007,

artículo 5o.

La entidad dará cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.7.1, con la

publicación que lleve a cabo en el portal único de contratación, www.contratos.qov.co

CAPÍTULO TERCEROREQUISITOS HABILITANTES Y DOCUMENTOS PARA ACREDITARLOS

Los requisitos habilitantes que deberán acreditar los proponentes serán: las capacidades jurídica,

financiera y organizacional, condiciones de experiencia y el cumplimiento de las condiciones técnicas

mínimas a contratar. Estos requisitos serán verificables por los integrantes de los diferentes comités,

analizando si los proponentes CUMPLEN O NO con los requisitos y especificaciones mínimas exigidas

por la Entidad.

En virtud de lo establecido por la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, el cumplimiento de los

requisitos habilitantes se demostrará con el respectivo certificado del RUP en donde deberán constar

dichas condiciones. No obstante lo anterior, en caso de requerirse la verificación de requisitos del

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proponente adicionales a los contenidos en el Registro, la entidad podrá hacer tal verificación en formadirecta.

3.1. CAPACIDAD JURÍDICA

De conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, artículo, pueden celebrar contratos con lasentidades estatales las personas consideradas legalmente capaces en las disposiciones vigentes.

La capacidad jurídica es la facultad de una persona para celebrar contratos con una Entidad Estatal esdecir (i) obligarse a cumplir el objeto del contrato; y (ii) no estar incursa en inhabilidades oincompatibilidades que impidan la celebración del contrato52

Las personas naturales mayores de 18 años con capaces jurídicamente a menos que esténexpresamente inhabilitadas por decisión judicial o administrativa, como la interdicción judicial, y que no

estén incursas en inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones para contratar derivadas de la ley.53

La capacidad jurídica de las personas jurídicas está relacionada con: (i) la posibilidad de adelantaractividades en el marco de su objeto social; (ii) las facultades de su representante legal y la autorizacióndel órgano social competente cuando esto es necesario de acuerdo con sus estatutos sociales; y (iii) laausencia de inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones para contratar derivadas de la ley.5*

El objeto social de las personas jurídicas integrantes de un proponente plural debe permitir adelantar lasactividades del Proceso de Contratación, bien por ser parte de su objeto social principal o ser unaactividad conexa a este. Los representantes legales de las personas jurídicas integrantes del proponenteplural deben estar plenamente facultados para comprometer a la persona jurídica en el cumplimiento dela totalidad del objeto del contrato puesto que la responsabilidad es solidaria frente a la ProcuraduríaGeneral de la Nación.55

Si la propuesta la presenta una persona jurídica, su objeto social será verificado con la información queconste en el RUP y el certificado de existencia y representación o el que haga sus veces, donde severificará quién ejerce la representación legal, las facultades del mismo, el objeto social, dentro del cualse debe hallar el objeto del presente proceso y la duración de la sociedad.

En el caso de uniones temporales, consorcios o promesa de sociedad futura, sus miembros deberánacreditar que dentro de su objeto social se encuentra comprendida la actividad que se comprometen a

desarrollar en el acuerdo de conformación correspondiente. En todo caso el consorcio, la unión temporalo la promesa de sociedad futura, deberá en conjunto, acreditar que sus objetos sociales comprenden elobjeto de la contratación. La sociedad debe tener una duración no inferior al plazo del contrato y un añomás (artículo 6o Ley 80 de 1993).

Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al Representante Legal, el oferentedeberá allegar la correspondiente autorización la cual debe ser impartida por la Junta de Socios o elestamento de la sociedad que tenga esa función.

En el evento que del contenido del RUP, del certificado de existencia y representación o el que haga sus

veces se haga la remisión a los estatutos de la Sociedad para establecer las facultades del

Representante Legal, el oferente anexará copia de la parte pertinente de dichos estatutos, y si de éstos

se desprende que hay limitación para presentar la propuesta en cuanto a su monto, se deberá igualmente

52 Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación - M-DVRHPC-04 - ColombiaCompra Eficiente

53 Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación - M-DVRHPC-04 - ColombiaCompra Eficiente.

54 Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación - M-DVRHPC-04 - ColombiaCompra Eficiente.

55 Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación - M-DVRHPC-04 - ColombiaCompra Eficiente.

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allegar la correspondiente autorización la cual debe ser impartida por la Junta de Socios o el estamento

de la sociedad que tenga esa función.

Respecto de la capacidad jurídica, se verificarán adicionalmente los siguientes aspectos:

3.1.1. Oferta debidamente firmada

Requisito que se cumple con la firma de la carta de presentación de la oferta por parte de la persona

legalmente facultada.

Debe ser firmada por el proponente, representante legal para personas jurídicas, persona designada para

representarlo en caso de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura o apoderado

debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el poder autenticado donde se especifique las

facultades que se confieren al apoderado.

Si la oferta es presentada por un Consorcio o una Unión Temporal, en la carta de presentación se debe

indicar el nombre del consorcio o unión temporal y además el nombre de los integrantes del mismo.

En la carta de presentación de la oferta el proponente manifestará de manera expresa que no se

encuentra incurso en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones para contratar,

establecidas en la Constitución Política o en la Ley.

El representante legal debe encontrarse debidamente facultado para representar legalmente a la

sociedad y para celebrar todos los actos y contratos que se relacionen con el objeto de la misma.

Antecediendo a la firma, se debe indicar en forma clara el nombre de la persona que suscribe la oferta y

junto con la carta de presentación de la oferta el proponente debe aportar fotocopia de la cédula de

ciudadanía de quien suscribe la oferta.

La carta de presentación se deberá diligenciar de conformidad con el formato del Anexo No.1 adjunto al

pliego de condiciones.

Abono de la oferta

El artículo 20 de la Ley 842 de 2003 señala que: "Las propuestas que se formulen en las licitaciones y

concursos abiertos por entidades públicas del orden nacional, seccional o local, para la adjudicación de

contratos cuyo objeto implique el desarrollo de las actividades catalogadas como ejercicio de la

ingeniería, deberán estar avalados, en todo caso, cuando menos, por un ingeniero inscrito y con tarjeta

de matrícula profesional en la respectiva rama de la ingeniería". Por lo tanto, los oferentes bien sean

personas naturales, jurídicas, consorcios o uniones temporales deben tener en cuenta:

Persona Natural: El oferente que se presente como persona natural debe ser profesional en

INGENIERÍA MECÁNICA, considerando los conocimientos especializados que requiere el tema de aires

acondicionados, tales como termodinámica, mecánica de fluidos y sistemas de ventilación mecánica, que

son propios de esta rama de la ingeniería, adicionalmente debe contar con tarjeta profesional, allegando

para el efecto la respectiva fotocopia y certificado de vigencia de la misma. La persona que abona la

oferta no debe encontrarse reportado en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de

la República o inhabilitado para contratar en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y

Causas de Inhabilidad "SIRI" de la Entidad y en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas

RNMC de la Policía Nacional de Colombia como infractor de la Ley 1801 de 2016. En caso, de

encontrarse reportado en el boletín, en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas RNMC o se

encuentre inhabilitado, no podrá abonar la propuesta.

Persona Jurídica: La propuesta presentada por una persona jurídica, cuyo representante legal no sea

profesional en INGENIERÍA MECÁNICA deberá ser abonada por una persona natural profesional en el

área mencionada, considerando los conocimientos especializados que requiere el tema de aires

acondicionados, tales como termodinámica, mecánica de fluidos y sistemas de ventilación mecánica, que

son propios de esta rama de la ingeniería, adicionalmente la persona que abona la oferta no debe

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encontrarse reportado en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República o

inhabilitado para contratar en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas deInhabilidad "SIRI" de la Entidad y en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas RNMC de laPolicía Nacional de Colombia como infractor de la Ley 1801 de 2016. En caso, de encontrarse reportadoen el boletín, en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas RNMC o se encuentre inhabilitado,no podrá abonar la propuesta.

Consorcio o unión temporal: En el evento en el que la propuesta sea presentada en forma asociativa ysu representante no sea un profesional en INGENIERÍA MECÁNICA, esta deberá ser abonada por una

persona natural profesional en el área mencionada, considerando los conocimientos especializados que

requiere el tema de aires acondicionados, tales como termodinámica, mecánica de fluidos y sistemas deventilación mecánica, que son propios de esta rama de la ingeniería, adicionalmente la persona que

abona la oferta no debe encontrarse reportado en el boletín de responsables fiscales de la ContraloríaGeneral de la República o inhabilitado para contratar en el Sistema de Información de Registro deSanciones y Causas de Inhabilidad "S/R/" de la Entidad y en el Sistema Registro Nacional de MedidasCorrectivas RNMC de la Policía Nacional de Colombia como infractor de la Ley 1801 de 2016. En caso,de encontrarse reportado en el boletín, en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas RNMC ose encuentre inhabilitado, no podrá abonar la propuesta.

3.1.2. Documento de conformación del consorcio o unión temporal

Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura, en la cartade presentación se debe indicar el nombre del consorcio, unión temporal o sociedad futura, además del

nombre de los integrantes del mismo. De acuerdo con lo establecido en la Ley 80 de 1993, artículo 7, en

el documento de conformación del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura se debe:

a. Indicar en forma expresa si su participación es a título de CONSORCIO, UNIÓN TEMPORAL OPROMESA DE SOCIEDAD FUTURA

b. Designar la persona, que para todos los efectos representará el consorcio, la unión temporal o lapromesa de sociedad futura.

c. Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio o la unión

temporal y sus respectivas responsabilidades.

d. En el caso de la UNIÓN TEMPORAL señalar en forma clara y precisa, los términos y extensiónde la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de

cada uno en la ejecución del contrato (ACTIVIDADES), los cuales no podrán ser modificados sin

el consentimiento previo de la Entidad contratante.

e. Señalar la duración del mismo que no deberá ser inferior a la del contrato y un año más.

f. En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del

Consorcio o Unión Temporal en el documento de constitución deben manifestar para efectos del

pago en relación con la facturación:

Si la va a efectuar en representación del consorcio o la unión temporal uno de sus integrantes, caso en el

cual se debe informar el número del NIT de quien factura.

Si la va realizar el consorcio o unión temporal con su propio NIT, hecho que se debe indicar en el

documento de conformación. Además se debe señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda

a cada uno de los integrantes, el nombre o razón social y el NIT de cada uno de ellos. En este caso, para

efectos de la inscripción y actualización en el Registro Único Tributario deberán tener en cuenta lo

dispuesto en las normas aplicables a la materia.

El impuesto sobre las ventas discriminado en la factura que expida el Consorcio o Unión Temporal,

deberá ser distribuido a cada uno de sus miembros de acuerdo con su participación en las actividades

gravadas que dieron lugar al impuesto, para efectos de ser declarado.

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En cualquiera de las alternativas anteriores, las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos en

las disposiciones legales.

Suscribir por todos sus integrantes y el representante del mismo.

3.1.3 Certificado de existencia y representación legal y/o documento legal idóneo

El proponente, persona jurídica, debe allegar el certificado de existencia y representación legal, expedido

por la Cámara de Comercio respectiva, dentro de los quince (15) días hábiles anteriores a la fecha de

presentación de la oferta, donde conste quién ejerce la representación legal, las facultades del mismo, la

duración de la sociedad y el objeto social dentro del cual se debe hallar comprendido el objeto del

proceso de selección.

Si el proponente es persona jurídica que legalmente no está obligada a registrarse en la Cámara de

Comercio, debe allegar el documento legal idóneo que acredite su existencia y representación o

reconocimiento de personería jurídica, con fecha de expedición dentro de los quince (15) días hábiles

anteriores al cierre del proceso contractual.

En ofertas conjuntas, cuando los integrantes del consorcio o unión temporal, o uno de ellos, sea persona

jurídica, cada uno de ellos o el integrante respectivo, debe aportar el citado certificado, cumpliendo

además con todos los requisitos señalados con antelación. De igual forma, cada uno de los miembros

deberá acreditar que dentro de su objeto social se encuentra comprendido el objeto de proceso de

selección o la actividad que se compromete a desarrollar en el acuerdo de conformación correspondiente.

En todo caso el consorcio o la unión temporal deberá en conjunto, acreditar que sus objetos sociales

comprenden la totalidad del objeto del proceso de selección.

La sociedad debe tener una duración no inferior al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más (Ley

80 de 1993, artículo 6o).

Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al Representante Legal, el oferente

allegará la correspondiente autorización la cual debe ser impartida por la Junta de Socios o el estamento

de la sociedad que tenga esa función.

En el evento que del contenido del Certificado expedido por la Cámara de Comercio o la entidad

competente se haga la remisión a los estatutos de la sociedad para establecer las facultades del

Representante Legal, el oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos, y si de

éstos se desprende que hay limitación para presentar la propuesta en cuanto a su monto, se deberá

igualmente allegar la correspondiente autorización la cual debe ser impartida por la Junta de socios o el

estamento de la sociedad que tenga esa función.

Si la propuesta se presenta a nombre de una sucursal, se deberán anexar los certificados tanto de la

sucursal como de la casa principal.

3.1.4. Certificado de inscripción en el registro único de proponentes (RUP), acorde con lo

establecido por la Parte 1 Título 1 Subsección 5 del Decreto 1082 de 2015.

El proponente debe aportar el certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes expedido

por la Cámara de Comercio del domicilio del oferente, expedido dentro de los quince (15) días hábiles

anteriores al cierre de la presente selección.

Se tendrá en cuenta la información que se encuentre registrada en el RUP y que esté en firme para la

fecha de adjudicación del proceso, relacionada con la inscripción, actualización o renovación hecha bajo

el régimen del Decreto 1082 de 2015 y acorde con lo establecido por Decreto 019 de 2012.

Tanto en el evento de presentación de la oferta en forma individual como conjunta (consorcios, uniones

temporales o promesas de sociedad futura), el oferente y cada uno de los integrantes de dicha persona,

debe estar inscrito en el RUP.

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)ÜRIAeEMLOEUKUCi

En caso de prórroga del plazo del proceso, el certificado RUP tendrá validez con la primera fecha previstapara la entrega de la propuesta.

3.1.5. Garantía de seriedad de la oferta

De conformidad con lo señalado en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.1.2, los proponentespodrán otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, una de las siguientes garantías:

-Contrato de seguro contenido en una póliza

-Patrimonio autónomo

-Garantía bancaria

Para evaluar la suficiencia de la garantía se aplicaran las reglas establecidas en el artículo 2.2.1.2.3.1.9del referido Decreto.

Cuando la oferta es presentada por un proponente plural, como Unión Temporal, Consorcio o Promesa

de sociedad futura, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes. La garantía de seriedad de laoferta debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, en los siguientes eventos:

i. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la

adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a

tres (3) meses.

ii. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas,

iii. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.

iv. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento

del contrato, dentro del plazo señalado en el mismo.

La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la presentación de la oferta y hasta la

aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato (3 meses) y su valor debe ser de por lo menos el

diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial. Las cifras del valor de la garantía deben

expresarse en pesos, sin utilizar decimales, para lo cual se aproximará al múltiplo de mil inmediato,

teniendo en cuenta reducir al valor inferior si el decimal es de 1 a 49 y aproximar al siguiente superior, si

el decimal es de 50 a 99.

Dicha garantía debe estar constituida a favor de la Procuraduría General de la Nación y en caso de que la

fecha de cierre de la selección se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la

vigencia de la garantía.

Cuando no se allegue la garantía de seriedad o en la que se presente con la oferta obren datos

incorrectos en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no estar referida al

presente proceso de selección, la Entidad solicitará al oferente el documento o la modificación del caso.

3.1.6. Certificación de pago de aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscales.

El oferente deberá cumplir con las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales,

conforme a lo previsto en las normas aplicables sobre la materia. En el evento que el oferente se

encuentre incurso en alguna de las causales de exoneración previstas en la ley, deberá hacer esta

manifestación por escrito.

El cumplimiento de este requisito, se acredita, cuando es persona jurídica, mediante certificación suscrita

por el representante legal o revisor fiscal de la empresa, según el caso, y cuando es persona natural

allegando copia de la planilla PILA debidamente pagada.

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En el caso de consorcios, uniones temporales o promesa de sociedad futura, cada uno de los integrantes

debe cumplir con este requisito.

Cuando el proponente no allegue con su oferta la certificación de que trata este numeral o la misma

requiere aclaraciones, la Procuraduría las solicitará dentro de los términos previstos para solicitar

aclaraciones.

3.1.7. Verificación responsables fiscales, antecedentes disciplinarios y Sistema Registro Nacional

de Medidas Correctivas RNMC de la Policía Nacional de Colombia como infractor de la Ley 1801

de 2016.

La Procuraduría General de la Nación se reserva el derecho de verificar si el proponente o cualquiera de

los integrantes del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se encuentra (n) reportado(s)

como responsable (s) fiscal de responsables fiscal de la Contraloría General de la República, si aparece

inhabilitado para contratar en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de

Inhabilidad "SIRI" de la Entidad y en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas RNMC de la j

Policía Nacional de Colombia como infractor de la Ley 1801 de 2016. En caso que el proponente o

alguno de los integrantes del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, se encuentren

reportado como responsable fiscal y registre sanciones o inhabilidades, no podrá contratar con la

Procuraduría General de la Nación.

3.1.8. Certificaciones para acreditar la condición de discapacidad y de Mipyme.

Para efecto de los factores de desempate relacionados con la condición de discapacidad, en el caso de

empresas que en sus nóminas por lo menos un diez por ciento (10%) de sus empleados se encuentren

en las condiciones de discapacidad enunciadas en la Ley 361 de 1997, deberán acreditar con la oferta el

certificado expedido por la Oficina del Trabajo de la respectiva zona y con las constancias firmadas por el

representante legal y/o por el revisor fiscal de la contratación en las que conste la contratación del

personal por lo menos con un (1) año de anterioridad y la condición de mantenerlo por un lapso igual al

de la contratación.

En el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los integrantes que tenga esta condición,

debe acreditarla.

La condición de Mipyme se verificará directamente con la información que obre en el RUP.

3.2 CAPACIDAD FINANCIERA

Los requisitos financieros para participar en el presente proceso de selección, serán verificados a partir

de la información sobre capacidad financiera con corte a diciembre 31 de 2016 que obra en el Certificado

de Inscripción RUP.

En el caso de Consorcios o Uniones Temporales el RUP será presentado por cada uno de los

integrantes con el lleno de los requisitos exigidos en el pliego de condiciones; la PGN verificará la

información financiera, de acuerdo a lo certificado por la Cámara de Comercio.

Se efectuó el análisis para establecer los indicadores para verificar la capacidad financiera, de acuerdo

con la obligación prevista en el Decreto 1082 de 2015.

Se verificaran con HABILITADO o NO HABILITADO los siguientes indicadores financieros:

• índice de Liquidez

• índice de Endeudamiento

• Razón de cobertura de intereses

ÍNDICE REQUERIDO

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PROCURADURÍA

LIQUIDEZ

(Activo corriente/Pasivo corriente)

ENDEUDAMIENTO

(Pasivo total/ Activo total)*100

RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES

(Utilidad Operacional/ gastos de intereses)

Mayor o igual a 1

Menor o igual a 70 %

Mayor o igual a 1

Los proponentes que no tengan gastos de intereses y cuya utilidad operacional sea positiva, quedanhabilitados respecto el indicador de Cobertura de Intereses.

Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, los índices de Liquidez, Endeudamiento yRazón de Cobertura de Intereses, cada uno de los integrantes de la asociación deberá cumplir conel mínimo requerido. Lo mismo aplica, para quienes presenten su propuesta bajo la premisa de

Sociedad Futura, en caso de adjudicársele el proceso, como quiera que de esta circunstancia nace elhecho de la constitución de la sociedad, razón por la cual cada uno de los integrantes ya sea personanatural o jurídica, deberán cumplir con el mínimo requerido para cada uno de los indicadores.

Registro Único Tributario

El proponente debe allegar fotocopia del Registro Único Tributario RUT, en el que indique a qué régimenpertenece.

En caso de consorcios y/o uniones temporales, cada uno de sus integrantes debe presentar estedocumento.

3.3. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL

La capacidad organizacional se verificará con base en la información financiera con corte a diciembre 31

de 2016 que obre en el RUP respecto de los siguientes indicadores financieros.

(a) Rentabilidad del Activo:

El proponente deberá acreditar una rentabilidad del activo mayor o igual a 2%.

La utilidad operacional sobre los activos indica qué tan rentable es una empresa respecto de sus activos

totales, por lo tanto muestra que tan eficientemente usa sus activos para generar ganancias.

(b) Rentabilidad del Patrimonio:

El proponente deberá acreditar una rentabilidad del patrimonio mayor o igual a 5%.

La utilidad operacional sobre el patrimonio indica qué tan rentable es una empresa respecto de su

patrimonio, por lo tanto muestra que tan eficientemente usa su patrimonio para generar ganancias.

INDICADOR

Rentabilidad del Activo

(utilidad operacional /activo)*100

Rentabilidad del Patrimonio

(utilidad operacional/patrimonio)*100

REQUERIDO

Mayor o igual a

2%

Mayor o igual a

5%

Cuando se trate de consorcios, uniones temporales, los Indicadores de Rentabilidad del Activo y

Rentabilidad del Patrimonio, cada uno de los integrantes de la asociación deberá cumplir con el

mínimo requerido. Lo mismo aplica, para quienes presenten su propuesta bajo la premisa de Sociedad

Futura, en caso de adjudicársele el proceso, como quiera que de esta circunstancia nace el hecho de la

constitución de la sociedad, razón por la cual cada uno de los integrantes ya sea persona natural o

jurídica, deberán cumplir con el mínimo requerido para cada uno de los indicadores.

3.4. CONDICIONES DE EXPERIENCIA

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La verificación de la experiencia se realizará con la información que obra en el Registro Único deProponentes, en el cual se deben evidenciar contratos celebrados, ejecutados y terminados por el

proponente y registrados en uno cualquiera de los siguientes códigos:

Clasificación

UNSPSC

40101701

72101511

721512

73161517

SEGMENTO

40

Componentes y

Equipos para

Distribución y Sistemas

de Acondicionamiento

72

Servicios de

edificación,

construcción de

instalaciones y

mantenimiento

72

Servicios de

edificación,

construcción de

instalaciones y

mantenimiento

73

Servicio de producción

industrial y manufactura

FAMILIA

4010

Calefacción, ventilación y

circulación del aire

7210

servicios de

mantenimiento y

reparaciones de

construcciones e

instalaciones

7215

servicios de

mantenimiento y

construcción de comercio

especializado

7316

Fabricación de maquinaria

CLASE

401017

Enfriamiento

721015

servicios de apoyo

para la

construcción

721512

Servicios de

construcción y de

mantenimiento de

HVAC calefacción

y enfriamiento y

aire acondicionado

731615

Manufactura de

maquinaria

CUANTÍA

100% del valor del

presupuesto (4.655,2

SMMLV), expresado

en máximo siete (7)

certificaciones de

contratos.

Nota 1: La Procuraduría aceptará la inscripción de la experiencia de los proponentes en cualquier otro

código, siempre y cuando, el objeto del contrato que se registre sea el requerido por la Entidad en el

presente numeral.

Teniendo en cuenta que en el RUP se registra solamente información del contratista, contratante, valor

del contrato ejecutado, porcentaje de participación en el valor ejecutado en caso de consorcios o uniones

temporales y el contrato identificado con el clasificador de bienes y servicios en el tercer nivel, y que la

Entidad requiere verificar otros aspectos relacionados con cada uno de los contratos que el oferente

registra en el RUP con los cuales acreditará a la Entidad el cumplimiento de la experiencia, el Proponente

deberá diligenciar el anexo EXPERIENCIA PROPONENTE, con la siguiente información:

• Número consecutivo que obra en el RUP del reporte del contrato relacionado para acreditar

experiencia.

• Nombre de la entidad o empresa contratante, Dirección, Teléfono, Ciudad y Contacto por correo

electrónico

• Número y fecha de suscripción del contrato.

• Objeto del contrato: suministro e instalación de equipos de aire acondicionado de refrigerante

variable y/o mini splits.

• Fecha de iniciación

• Fecha de terminación.

• Porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado en consorcio o unión temporal

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Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750

PRÜCUFGENERAL DE LA NACIÓN

La Entidad no acepta que cada renovación automática de un contrato se cuente como un nuevo contrato,

en razón que el contrato es uno solo y el hecho de prorrogarlo o adicionarlo no significa que se celebre

un nuevo negocio contractual. De esta forma su cumplimiento se verifica desde el inicio hasta la

culminación del mismo, entendiendo que ha finalizado cuando ha terminado su última renovación.

En el caso de propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, cada uno de los integrantesdebe acreditar el cumplimiento de por lo menos un (1) contrato con el lleno de los requisitos establecidosen este numeral, salvo lo relativo al valor del contrato, ya que éste se puede acreditar en conjunto.

Si los documentos presentados por el proponente no precisan el número de SMMLV, la Entidad los

calculará, utilizando el valor del salario para la época de la firma del contrato que se esté relacionando,proyectado a valor presente. El valor de los SMMLV que se tendrán en cuenta será el valor del salario

para la época de la firma del contrato, actualizado a valor presente.

En los contratos que fueron ejecutados en consorcio o unión temporal, deberá indicarse el porcentaje dek participación de cada uno de ellos en dicho contrato, valor que debe discriminarse en pesos colombianos

^ y será el que se aplique al proponente para verificar la experiencia teniendo en cuenta lo señalado eneste numeral. Así mismo, en caso de personas jurídicas cuando no tengan más de tres (3) años de

constituidas, se les podrá acumular la experiencia de los accionistas, socios o constituyentes, de acuerdocon lo señalado en el Decreto 1510 de 2013, artículo 2.2.1.1.1.5.2, numeral 2.5.

En el caso que el proponente haya participado en procesos de fusión o escisión empresarial, debe tomar

para estos efectos, exclusivamente los contratos o el porcentaje de los mismos, que le hayan asignado

en el respectivo proceso de fusión o escisión, para ello debe aportar el certificado del contador público o

del revisor fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal) que así lo acredite.

LAS CERTIFICACIONES DEL CONTRATANTE, LAS COPIAS DE CONTRATOS, ACTAS DE

LIQUIDACIÓN, REFERENCIAS COMERCIALES, ETC., SE ACEPTARÁN COMO DOCUMENTOSACLARATORIOS DE LA INFORMACIÓN RELACIONADA.

La Entidad se reserva el derecho de verificar la información suministrada por los oferentes. En caso de

requerirse aclaraciones sobre datos contenidos en el anexo experiencia del proponente, la Procuraduría

podrá solicitarlas al proponente por escrito, quien contará con el término establecido en el cronograma delproceso para suministrarlas.

En el periodo de verificación de las propuestas, los oferentes podrán allegar el formato e incluir nuevos

contratos para acreditar este requisito, siempre y cuando cumplan con los requerimientos exigidos por la

Entidad en este numeral y los contratos se encuentren concluidos antes de la fecha de cierre del proceso.

Justificación del requerimiento de experiencia

Para la definición de las condiciones de experiencia, se tuvieron en cuenta tanto los procesos que ha

adelantado la entidad, como los que adelantaron otras entidades públicas, relacionados con la compra e

instalación o adquisición de equipos de aires acondicionados.

En contrataciones previas de la entidad se evidenció que se solicitaron entre 2 y 3 certificaciones que

sumadas correspondan al 100% del presupuesto oficial para acreditar la experiencia del proponente, en

contrataciones de otras entidades, para la acreditación de la experiencia del proponente se evidenció que

en tres (3) casos se solicitaron entre 1 y 5 certificaciones que sumadas correspondan al 100% del

presupuesto oficial, en otro caso no se especificó la cantidad de certificaciones y para el último se definióla experiencia a partir del tiempo de constitución de la empresa.

No obstante lo anterior, es importante anotar que ni la cuantía de los procesos de la entidad, ni la de los

procesos de otras entidades es comparable con la del presente objeto, por lo que para este se

incrementa el número de certificaciones, considerando que en el estudio del sector no se encontraron

contrataciones estatales que permitan cumplir el requisito con la cantidad de certificaciones propuestas

en los pliegos de condiciones analizados.

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En consecuencia, del análisis efectuado, se tiene que estas determinaciones no limitan la libre

concurrencia y garantizan la idoneidad requerida por la Entidad.

3.5 REQUISITOS HABILITANTES DE PERSONAS EXTRANJERAS NO INSCRITAS EN EL REGISTRO

ÚNICO DE PROPONENTES POR NO TENER DOMICILIO O SUCURSAL EN EL PAÍS

Cuando se trate de proponentes extranjeros no obligados a estar inscritos en el Registro Único de

Proponentes, por no tener domicilio o sucursal en el país, la Procuraduría General de la Nación, verificará

directa y únicamente la información sobre la capacidad jurídica, y las condiciones de experiencia,

capacidad financiera y de organización de los proponentes bien sea individuales o integrantes de una

unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura.

Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia, no están obligadas a

estar inscritas en el RUP, por lo cual las Entidades Estatales deben verificar directamente el cumplimiento

de los requisitos habilitantes.

De acuerdo con el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de

Contratación, la capacidad jurídica de las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia se

acredita mediante los documentos previstos por la legislación del país de origen, los cuales deben

aportarse al Proceso de Contratación.

De conformidad con lo establecido en el inciso del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, las

sucursales de sociedad extranjera sin domicilio o sucursal en el país deben presentar para registro la

información contable o financiera de su casa matriz.

Capacidad Jurídica.

Se deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad

extranjera en el país de origen. Así mismo, su decisión de establecer negocios en Colombia deberá

cumplir con los requisitos señalados en el artículo 472 del Código de Comercio, que indica:

"ARTÍCULO 472. La resolución o acto en que la sociedad acuerda conforme a la ley de su domicilio

principal establecer negocios permanentes en Colombia, expresará:

1) Los negocios que se proponga desarrollar, ajustándose a las exigencias de la ley colombiana respecto

a la claridad y concreción del objeto social;

2) El monto del capital asignado a la sucursal, y el originado en otras fuentes, si las hubiere;

3) El lugar escogido como domicilio;

4) El plazo de duración de sus negocios en el país y las causales para la terminación de los mismos;

5) La designación de un mandatario general, con uno o más suplentes, que represente a la sociedad en

todos los negocios que se proponga desarrollar en el país. Dicho mandatario se entenderá facultado para

realizar todos los actos comprendidos en el objeto social, y tendrá la personería judicial y extrajudicial de

la sociedad para todos los efectos legales, y

6) La designación del revisor fiscal, quien será persona natural con residencia permanente en Colombia."

Experiencia

Se verificará con certificaciones de contratos allegados por los proponentes, las cuales deben cumplir los

requisitos establecidos en el numeral 3.2.2 del presente documento.

Capacidad financiera y de organización

De conformidad con el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.5.2, los estados financieros de las

sociedades extranjeras deben ser presentados de conformidad con las normas aplicables en el país en el

que son emitidos.

Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia, no están obligadas a

estar inscritas en el RUP, por lo cual las Entidades Estatales deben verificar directamente el cumplimiento

de los requisitos habilitantes.

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Secretaría General Ext.10796 secretariageneral&procuraduría.ftov.co

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GENERAL DE LA NACIÓN

De acuerdo con el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos deContratación, la capacidad jurídica de las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia seacredita mediante los documentos previstos por la legislación del país de origen, los cuales debenaportarse al Proceso de Contratación.

El proponente extranjero debe adjuntar con su propuesta, los Estados financieros de la sociedad, con sus;notas explicativas, estos deben ser firmados por el Representante Legal, el contador y Revisor Fiscal si lapersona jurídica está obligado a tenerlo.

Para efectos de la verificación de los indicadores de capacidad financiera y de organización, deberé

anexar el formato CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA \CAPACIDAD ORGNIZACIONAL.

Consularización

De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, "los documentos otorgadosen el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firmade tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación

amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Al

autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedady ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país."

Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante elMinisterio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma delcónsul y demás trámites pertinentes.

Apostille

Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo

previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este numeral,

siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de

1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la

Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado

mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del

documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.

Atendiendo las recomendaciones dadas por Colombia Compra Eficiente en el Manual para determinar y

verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación la siguiente información es relevante

para la presentación de ofertas por parte de proponentes extranjeros:

Idioma - Los documentos con los cuales el proponente acredite sus requisitos habilitantes que hayan

sido escritos originalmente en una lengua distinta al castellano, deben ser traducidos al castellano y ser

presentados en su lengua original junto con la traducción al castellano. El proponente puede presentar

una traducción simple al castellano. Si el proponente resulta adjudicatario para firmar el contrato debe

presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados en idioma extranjero. La

traducción oficial debe ser el mismo texto presentado para acreditar los requisitos habilitantes.

Legalización de documentos - Los documentos presentados por los proponentes no requieren

legalización alguna salvo los documentos otorgados en el exterior y los poderes generales o especiales

que deben ser otorgados ante Notario Público.

Los proponentes pueden entregar con su oferta los documentos otorgados en el exterior sin que sea

necesaria su legalización. Para firmar el Contrato, el oferente que resulte adjudicatario debe presentar los

documentos otorgados en el extranjero, legalizados de conformidad con la Convención de la Apostilla56 o

legalizados ante cónsul colombiano.

56 Ley 455 de 1998

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Fecha de corte de los Estados Financieros - Los oferentes extranjeros deben presentar sus estados

financieros a la fecha de corte establecida en los países de origen o en sus estatutos sociales.

Moneda - Los oferentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual

fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. El proponente y la Entidad Estatal para efectos

de acreditar y verificar los requisitos habilitantes tendrán en cuenta la tasa representativa del mercado

vigente en la fecha en la cual los estados financieros fueron expedidos. Para el efecto, el proponente y la

Entidad Estatal tendrán en cuenta las tasas de cambio certificadas por la Superintendencia Financiera.

CAPÍTULO CUARTO

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS

4.1. CLASIFICADOR UNSPSC:

El objeto del presente proceso de contratación se enmarca dentro de los siguientes códigos de

Clasificador de Bienes y Servicios de acuerdo a cada uno de los componentes que integran el proyecto:

Clasificación

UNSPSC

40101701

72101511

721512

73161517

Segmento

40

Componentes y

Equipos para

Distribución y Sistemas

de Acondicionamiento

72

Servicios de

edificación,

construcción de

instalaciones y

mantenimiento

72

Servicios de

edificación,

construcción de

instalaciones y

mantenimiento

73

Servicio de producción

industrial y manufactura

Familia

4010

Calefacción, ventilación y

circulación del aire

7210

servicios de

mantenimiento y

reparaciones de

construcciones e

instalaciones

7215

servicios de

mantenimiento y

construcción de comercio

especializado

7316

Fabricación de maquinaria

Clase

401017

Enfriamiento

721015

servicios de apoyo

para la

construcción

721512

Servicios de

construcción y de

mantenimiento de

HVAC calefacción

y enfriamiento y

aire acondicionado

731615

Manufactura de

maquinaria

Producto

40101701

Aires acondicionados

72101511

servicio de instalación o

mantenimiento o

reparación de aires

acondicionados

72151201

Servicio de instalación y

mantenimiento

acondicionado de aire,

enfriamiento y

calefacción HVAC

73161517

Servicio de fabricación

de equipos de aire

acondicionado,

ventilación o

refrigeración

4.2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, CONDICIONES GENERALES Y OBLIGACIONES DE LOSCONTRATISTAS

Las especificaciones técnicas, condiciones generales, requisitos mínimos obligatorios y descripciones de

están divididas de acuerdo con el tipo de aparatos a suministrar e instalar, que son:

4.2.1 SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE EQUIPOS DE REFRIGERANTE VARIABLE

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Secretaría General Ext.10796 secretariacfeneral&procuraduria.ctov.co

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PROCURADURÍA

La Entidad, a fin de establecer el alcance del suministro, la instalación y el presupuesto oficial, elaborótanto el Anexo No. 5 Especificaciones Técnicas, que contempla los ítems asociados al suministro einstalación del sistema de refrigerante variable, así como los planos preliminares que se encuentrancontenidos en el Anexo 3 Planos de estos estudios previos. Si una vez publicados los mismos en laspáginas Web de la Entidad y de Colombia Compra Eficiente, alguna persona interesada en participartiene dificultad para abrir los respectivos archivos, éstos se podrán consultar en la División Administrativade la Entidad - Grupo de Inmuebles, y si es del caso se podrá obtener una copia en medio magnético ouna fotocopia impresa del mismo.

Los planos para este proyecto son los siguientes:

PLANOS DE LA PROPUESTA:

CIUDAD

Cartagena

Cartagena

Barranquilla

Barranquilla

Barranquilla

Santa Marta

Santa Marta

Santa Marta

Riohacha

Valledupar

SEDE

Procuraduría Regional

Procuraduría Provincial y Judiciales

Procuraduría Judicial Administrativa

Procuraduría Judicial

Procuraduría Provincial

Procuraduría Provincial

Procuraduría Regional Magdalena

Procuraduría Administrativa

Procuraduría Riohacha

Procuraduría Regional Cesar

DIRECCIÓN

Calle de la Chichería Carrera 5 # 38-64

Ed. Banco Agrario Calle 33 # 8-20

Ed. Cámara de Comercio Calle 40 # 44-39

Banco Popular Calle 44 #38-11 Piso 17

Banco Popular Calle 44 #38-11 Piso 6

Calle 5 #3-07 Piso 8

Calle 5 #3-07 Piso 9

Calle 5 #3-07 Piso 10

Carrera 15#14C-80

Calle 16 #9-30

Los planos del anteproyecto, que suministra la Entidad, son preliminares y sirvieron como soporte para laestructuración y determinación del presupuesto oficial del proyecto, el Contratista debe tenerlos en cuenta

para la instalación de los equipos, sin embargo, si se presentan situaciones que ameriten realizar

cambios, estos se deben ver reflejados en los planos, que el contratista debe entregar al supervisor delcontrato previa aprobación del mismo y con la debida justificación técnica a que haya lugar.

4.2.2. SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE MINI SPLITS

Las especificaciones para este componente se encuentran descritas en detalle en el Anexo No. 5

Especificaciones Técnicas. En este capítulo se contempla el suministro e instalación de 152 equipos

con capacidades entre 12.000 y 36.000 BTU a nivel nacional. El contratista debe confirmar, previo al

suministro de los equipos en cada uno de los lugares en donde se instalarán, que las capacidades

contenidas en el cuadro de cantidades sean las que satisfagan adecuadamente la necesidad de

refrigeración de los espacios en dónde se instalaran los mini splits; en caso de no ser así, se deberá

informar por escrito al supervisor del contrato con el fin de hacer los ajustes a que haya lugar.

De igual manera el contratista deberá hacer una revisión al sistema eléctrico del inmueble, esto con el fin

de determinar la viabilidad del montaje de nuevos equipos allí. En caso de que no haya disponibilidad de

carga, se deberá informar por escrito al supervisor del contrato, con el fin de hacer los ajustes a que hayalugar.

Cualquier ajuste que se realice debe contar con el Vo.Bo. previo del supervisor y debe encontrarse

amparado presupuestalmente.

AL MOMENTO DE HACER SU OFRECIMIENTO, EL PROPONENTE TENDRÁ EN CUENTA TODA LA

INFORMACIÓN CONTENIDA EN LOS CUADROS DE CANTIDADES DEL ANEXO No. 2 FORMATO

DE PROPUESTA ECONÓMICA Y EL ANEXO No. 5 DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL

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PRESENTE ESTUDIO-

SI TRANSCRIBE CADA UNA DE ELLAS, SE RECOMIENDA HACERLO DE MANERA TEXTUAL Y

EXPRESA.

EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR QUE PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTADEBERÁ ANEXAR EL SIGUIENTE DOCUMENTO:

. CERTIFICACIÓN EXPEDIDA POR EL FABRICANTE DE LOS EQUIPOS DE AIRE

ACONDICIONADO OFRECIDOS, EN DONDE GARANTICE LA DISPONIBILIDAD DE

REPUESTOS AL MENOS POR DIEZ (10) AÑOS DESPUÉS DE LA FECHA DE ENTREGA A

SATISFACCIÓN DE LOS EQUIPOS.

NOTA: EL CONTRATISTA DEBE TENER EN CUENTA QUE LOS MATERIALES CON LOS CUALES

SE EJECUTE EL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE LOS BIENES CONTRATADOS, NO DEBENCONTENER OLORES TÓXICOS, IRRITANTES O MOLESTOS QUE ALTEREN LA SALUD Y EL

BIENESTAR TANTO DE LOS FUNCIONARIOS QUE OCUPARAN EL ÁREA REMODELADA, COMODE LAS PERSONAS QUE REQUIERAN LOS SERVICIOS DE LA ENTIDAD.

LA ACEPTACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS MISMOS SE ENTENDERÁ CON LA SUSCRIPCIÓNDE LA CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA, SEGÚN EL RESPECTIVO FORMATO ANEXO

4.2.3 PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO

LOS OFERENTES DEBERÁN MANIFESTAR EN LA CARTA DE PRESENTACIÓN DE LAPROPUESTA QUE PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, CUENTAN MÍNIMO CON EL SIGUIENTE

PERSONAL, EL CUAL SERA ACREDITADO POR EL CONTRATISTA EL DÍA DE LA SUSCRIPCIÓN

DEL ACTA DE INICIO

Teniendo en cuenta que para el presente proceso se requiere el suministro e instalación de sistemas de

aire acondicionado de refrigerante variable y de equipos mini-split, que tienen unas condiciones de

instalación específicas, se requiere mínimo del siguiente personal para la ejecución del contrato producto

de este proceso de selección, el cual deberá ser acreditado el día de la suscripción del acta de inicio:

• Un (1) director, ingeniero mecánico que será la persona que liderará todas las actividades de

ejecución del contrato a nivel nacional. Este profesional deberán tener una dedicación de tiempo ^^

completo para la ejecución del presente proceso.

• Cinco (5) residentes, uno por cada ciudad, para la instalación de los aires de refrigerante variable,

ingenieros mecánicos o electromecánicos o electricistas que serán las personas responsables de

coordinar la ejecución de las actividades en cada una de las sedes en donde se instalarán aires

centrales. Estos profesionales deberán tener una dedicación de tiempo completo.

• Cuatro (4) residentes de instalación de equipos mini splits a nivel nacional, ingenieros mecánicos

o electromecánicos o electricistas que serán responsables de coordinar la instalación de los

equipos mini splits en cada una de las sedes en donde está prevista, de acuerdo con su

distribución geográfica. El contratista deberá garantizar que estos residentes se desplacen a

cualquier sede del país, en este sentido, al firmar el acta de inicio se determinará en conjunto con

el supervisor del contrato la distribución de cada uno de estos en las diferentes regiones que se

estipulen. . Estos profesionales deberán tener una dedicación de tiempo completo para la

ejecución del presente proceso.

• Tres (3) ingenieros eléctricos que serán las personas encargadas de la revisión de la ejecución

de las acometidas eléctricas para los equipos de refrigerante variable. Estos profesionales

deberán tener una dedicación de tiempo completo para la ejecución del presente proceso y

deberán apoyar de manera simultánea una o dos ciudades.

• Cuatro (4) ingenieros eléctricos que serán las personas encargadas de la revisión de la ejecución

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de las conexiones eléctricas para los equipos de tipo mini Split. Estos profesionales deberántener una dedicación de tiempo completo para la ejecución del presente proceso, de acuerdo con

la distribución geográfica de las sedes en donde se instalarán los aires acondicionados. Elcontratista deberá garantizar que estos ingenieros se desplacen a cualquier sede del país, en

este sentido, al firmar el acta de inicio se determinará en conjunto con el supervisor del contratola distribución de cada uno de estos en las diferentes regiones que se estipulen.

• Cinco (5) cuadrillas tipo A de personal técnico, para la instalación de equipos de refrigeraciónvariable, cada una las cuales deberá estar conformada por:

a) Un (1) técnico o tecnólogo especializado en aires acondicionados.b) Un (1) auxiliar de aires acondicionados.

c) Un (1) oficial de obra.

d) Un (1) ayudante de obra.

• Ocho (8) cuadrillas tipo B de personal técnico, para la instalación de equipos tipo mini split deacuerdo con la distribución geográfica de las sedes, cada una las cuales deberá estarconformada por:

a) Un (1) técnico o tecnólogo especializado en aires acondicionados.b) Un (1) auxiliar de aires acondicionados.

El contratista deberá garantizar que las cuadrillas tipo B se desplacen a cualquier sede del país, en estesentido, al firmar el acta de inicio se determinará en conjunto con el supervisor del contrato la distribuciónde ellas en las diferentes regiones que se estipulen.

El personal anteriormente descrito se requiere para cumplir el objeto del contrato dentro del tiempo deejecución del mismo, no obstante, el proponente debe considerar que la ejecución del proyecto se realiza

en varias regiones del país de manera simultánea y será su responsabilidad poner a disposición todo elpersonal adicional necesario para cumplir con el objeto del contrato en el plazo establecido.

Para acreditar el personal, el contratista deberá presentar al momento de la firma del acta de inicio lasiguiente documentación:

INGENIEROS MECÁNICOS O ELECTROMECÁNICOS O ELECTRICISTAS:

• Fotocopia de la tarjeta profesional de los ingenieros requeridos con certificado de vigenciaactualizada.

• Mínimo cuatro (4) certificaciones de experiencia en la que se indique que actuó como Ingeniero

en la instalación de equipos de aire acondicionado de refrigerante variable y/o mini splits. Las

sumatorias de estas certificaciones deben ser mayor o igual al 50% del presupuesto oficial del

presente proceso expresado en SMMLV. Este porcentaje se determina teniendo en cuenta que,

como se evidenció en el sector el presupuesto oficial de este proceso en relación con el de otros

que se ocupan de un objeto similar y que fueron consultados, adelantados tanto por la entidad

como por otras entidades oficiales, es de una cuantía significativa que excede los montos

comunes de contratación para el tema de aires acondicionados; en este sentido se considera

suficiente que los ingenieros acrediten con las certificaciones la suma mencionada y con ello se

demuestra la experiencia adquirida en la ejecución de proyectos de esta envergadura.. Cada una

de las certificaciones contendrán la siguiente información: nombre, dirección y teléfono de quien

suscribe la certificación; descripción del objeto, el cual debe contener como mínimo la instalación

de equipos de aire acondicionado de los descritos anteriormente.

INGENIEROS ELÉCTRICOS:

• Fotocopia de la tarjeta profesional de los ingenieros requeridos con certificado de vigencia

actualizada.

• Mínimo cuatro (4) certificaciones de experiencia en la que se indique que actuó como ingeniero

eléctrico en la instalación de equipos de aire acondicionado. Las sumatorias de estas

certificaciones deben ser mayor o igual al 50% del presupuesto oficial del presente proceso

expresado en SMMLV. Este porcentaje se determina teniendo en cuenta que, como se evidenció

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en el sector el presupuesto oficial de este proceso en relación con el de otros que se ocupan de

un objeto similar y que fueron consultados, adelantados tanto por la entidad como por otras

entidades oficiales, es de una cuantía significativa que excede los montos comunes de

contratación para el tema de aires acondicionados; en este sentido se considera suficiente que

los ingenieros acrediten con las certificaciones la suma mencionada y con ello se demuestra la

experiencia adquirida en la ejecución de proyectos de esta envergadura. Cada una de las

certificaciones contendrán la siguiente información: nombre, dirección y teléfono de quien

suscribe la certificación; descripción del objeto, el cual debe contener como mínimo la instalación

de equipos de aire acondicionado de los descritos anteriormente.

TÉCNICOS:

Mínimo tres (3) certificaciones de estudios para cada técnico referentes al tema de aires

acondicionados.

Certificación en la Norma de Competencia laboral Colombiana "Manejo Ambiental de Sustancias

refrigerantes utilizadas en los sistemas de refrigeración y aire acondicionado según la

normatividad nacional e internacional", Código 280501022. Esto con el fin de cumplir con los

compromisos asumidos por Colombia frente al Protocolo de Montreal, adoptado a través de la

Ley 29 de 1992 "Por medio de la cual se aprueba el Protocolo de Montreal relativo a las

sustancias agotadoras de la capa de ozono", suscrito en Montreal el 16 de septiembre de 1987,

con sus enmiendas adoptadas en Londres el 29 de junio de 1990 y en Nairobi el 21 de junio de

1991".

Certificado de capacitación en protección contra caídas para un trabajo seguro en alturas.

Mínimo tres (3) certificaciones de experiencia en la que se indique que actuó como técnico en la

instalación de equipos de aire acondicionado. La sumatoria de estas certificaciones deben ser

mayor o igual al 20% del presupuesto oficial del presente proceso expresado en SMMLV. Este

porcentaje se determina teniendo en cuenta que, como se evidenció en el sector el presupuesto

oficial de este proceso en relación con el de otros que se ocupan de un objeto similar y que

fueron consultados, adelantados tanto por la entidad como por otras entidades oficiales, es de

una cuantía significativa que excede los montos comunes de contratación para el tema de aires

acondicionados; en este sentido se considera suficiente que ios técnicos acrediten con las

certificaciones la suma mencionada y con ello se demuestra la experiencia adquirida en la

ejecución de proyectos de refrigeración mecánica. Cada una de las certificaciones contendrán la

siguiente información: nombre, dirección y teléfono de quien suscribe la certificación; descripción

del objeto, el cual debe ser similar o igual al del presente proceso.

AUXILIARES:

Mínimo dos (2) certificaciones de estudios referentes al tema de aires acondicionados.

Certificado de capacitación en protección contra caídas para un trabajo seguro en alturas.

Mínimo tres (3) certificaciones de experiencia en la que se indique que actuó como auxiliar en la

instalación de equipos de aire acondicionado. La sumatoria de estas certificaciones deben ser

mayor o igual al 20% del presupuesto oficial del presente proceso expresado en SMMLV. Este

porcentaje se determina teniendo en cuenta que, como se evidenció en el sector el presupuesto

oficial de este proceso en relación con el de otros que se ocupan de un objeto similar y que

fueron consultados, adelantados tanto por la entidad como por otras entidades oficiales, es de

una cuantía significativa que excede los montos comunes de contratación para el tema de aires

acondicionados; en este sentido se considera suficiente que los auxiliares acrediten con las

certificaciones la suma mencionada y con ello se demuestra la experiencia adquirida en la

ejecución de proyectos de refrigeración mecánica. Cada una de las certificaciones contendrán la

siguiente información: nombre, dirección y teléfono de quien suscribe la certificación; descripción

del objeto, el cual debe ser similar o igual al del presente proceso.

OFICIAL DE OBRA:

Mínimo tres (3) certificaciones de experiencia suscritas por el propietario o por el constructor de

obras ejecutadas en la que se indique que actuó como oficial de obra en contratos de

construcción y/o reparación y/o mantenimiento y/o adecuación y/o ampliación de edificaciones

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públicas o privadas. La sumatoria de estas certificaciones deben ser mayor o igual al 20% del

presupuesto oficial del presente proceso expresado en SMMLV, Este monto se determina

considerando que del presupuesto oficial las actividades relacionadas con obra civil no se

constituyen como la cuantía de mayor peso porcentual. Cada una de las certificaciones contendrála siguiente información: nombre, dirección, correo electrónico y teléfono de quien suscribe la

certificación; descripción de la obra realizada, plazo de duración y valor total del contratoejecutado.

■ Certificado de capacitación en protección contra caídas para un trabajo seguro en alturas

AYUDANTE DE OBRA:

■ Mínimo tres (3) certificaciones de experiencia suscritas por el propietario o por el constructor de

obras ejecutadas en la que se indique que actuó como ayudante de obra en contratos de

construcción y/o reparación y/o mantenimiento y/o adecuación y/o ampliación de edificaciones

públicas o privadas. La sumatoria de estas certificaciones deben ser mayor o igual al 20% del

presupuesto oficial del presente proceso expresado en SMMLV. Este monto se determina

considerando que del presupuesto oficial las actividades relacionadas con obra civil no se

constituyen como la cuantía de mayor peso porcentual. Cada una de las certificaciones contendrá

la siguiente información: nombre, dirección, correo electrónico y teléfono de quien suscribe la

certificación; descripción de la obra realizada, plazo de duración y valor total del contratoejecutado.

• Certificado de capacitación en protección contra caídas para un trabajo seguro en alturas.

REGLAS DE TODO EL PERSONAL

1. La formación académica se acreditará con los títulos respectivos.

2. La experiencia se contará a partir de la fecha de terminación de materias, de acuerdo con el

artículo 229 del Decreto Ley 019 de 2012. Sólo se tendrá en cuenta la certificación por una sola

vez para los eventos de actividades simultáneas con diferentes empleadores.

3. Para el personal con título profesional y para todas aquellas profesiones que aplique, los

proponentes deben anexar fotocopia de la respectiva matrícula profesional, de conformidad con

lo establecido en el artículo 7 de la Ley 842 de 2003. Si el título es otorgado por una Institución

de Educación Superior del exterior, deberá acreditarse la resolución de su convalidación

expedida por el Ministerio de Educación Nacional.

4. La Procuraduría se reserva el derecho de verificar la información de los profesionales contenida

en las certificaciones que acrediten su idoneidad y experiencia y cambiar alguno de los

integrantes del grupo de trabajo, en el momento en que la supervisión del contrato lo requiera, al

considerar que no satisfacen los requerimientos necesarios para desarrollar adecuadamente el

objeto a contratar.

4.4 IMPACTO SOCIAL, ECONÓMICO Y AMBIENTAL DEL PROYECTO

De conformidad con lo establecido en la Ley 1474 de 2011, artículo 87 se precisa que este proyecto es

viable y permite establecer el impacto social, económico y ambiental que pueda llegar a tener en su

ejecución.

4.4.1 SOCIAL

■ Las oficinas de la Procuraduría que van a ser intervenidas en la ciudades de Cartagena,

Barranquilla, Santa Marta, Riohacha y Valledupar son las contarán con un nivel mayor de

intervención derivado de la instalación de los aires centrales, por lo tanto el contratista y la

supervisión deberán tomar las medidas necesarias para reducir el impacto de las obras y no

alterar las relaciones con la vecindad.

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PROCURADURÍAGENERAL DE LA NACIÓN

- Los inmuebles se encuentran ocupados por funcionarios de la entidad, por lo que el retiro y

montaje de los equipos de aires acondicionados deberá ser ejecutado teniendo en cuenta esta

condición, dada la imposibilidad de trasladarlos a otras sedes por inexistencia de inmuebles en

arrendamiento para un período corto y la infraestructura necesaria para la operación. Por la

anterior razón el contratista deberá elaborar un plan estratégico para poder ejecutar las

actividades de forma que no se presenten traumatismos, y se cumpla con los tiempos

establecidos. El plan estratégico debe considerar la normativa vigente de salud y seguridad en el

trabajo para proteger tanto a funcionarios como a visitantes de la entidad y debe contar con la

aprobación de la supervisión del Contrato.

■ Con el montaje de los equipos de aire acondicionados de refrigeración variable y mini-Split, se

obtendrán ambientes de confort en las diferentes sedes que serán intervenidas, con los

beneficios que esto implica para los funcionarios que laboran en dichas sedes.

4.4.2 ECONÓMICO

El valor económico del contrato se controla con precios unitarios fijos por cada actividad. El objetivo final

que se pretende con la celebración de este contrato, y por lo tanto con el montaje de los equipos de aire

acondicionado en las diferentes sedes incluidas en este proceso, es reemplazar equipos obsoletos, que

en el momento no prestan un servicio al 100% a los funcionarios o dotar de nuevos para incrementar la

capacidad de refrigeración en algunas áreas de oficinas que lo requieren.

4.4.3 AMBIENTAL

Se estima que los impactos ambientales del proyecto serán eventuales y menores, limitados básicamente

al manejo de los materiales sueltos de construcción, el ruido que generarían la ejecución de las

actividades, el polvo que se levantaría a consecuencia de los trabajos y el manejo del tráfico por la

entrada y salida de vehículos.

Para reducir los impactos negativos se deben tener en cuenta, entre otras, las siguientes actividades:

■ Uso de mallas resistentes que eviten la caída de elementos y materiales sobre transeúntes y

peatones.

■ Aislar con polisombra los lugares donde se ejecuten actividades.

■ Uso de mallas que impidan que micro partículas afecten el medio ambiente.

■ Manejo de basuras donde se tenga en cuenta el proceso de reciclaje.

■ Retiro de escombros de conformidad con la Resolución 541 de 1994 y demás normas de orden

nacional o local vigentes.

■ Responder por cualquier contravención, acción o sanción que origine daño ambiental y los costos

asociadas a las mismas.

■ Minimizar al máximo la producción de ruidos por la utilización de equipos en la ejecución de

actividades para evitar molestias a la comunidad, funcionarios, usuarios y vecinos

■ Minimizar la dispersión de polvo tanto por la instalación de los equipos como por el traslado de

materiales y escombros.

CAPÍTULO QUINTOPARÁMETROS GENERALES DE EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS,FACTORES DE PONDERACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LOS MISMOS, FACTORES DE DESEMPATE YCAUSALES DE RECHAZO

5.1. PARÁMETROS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LASPROPUESTAS

El procedimiento de selección del contratista está sometido al deber de selección objetiva y a los

principios de transparencia e igualdad de derechos y oportunidades de los que se deriva la obligación de

someter a todos los oferentes a las mismas condiciones definidas en la ley y en el pliego de condiciones.

Los estudios previos y el pliego de condiciones forman parte esencial del contrato, son la fuente de

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derechos y obligaciones de las partes y elemento fundamental para su interpretación e integración, pues

contienen la voluntad de la administración a la que se someten los proponentes y el futuro contratista

La Ley 1474 de 2011, artículo 88, que modifica el numeral 2 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007estipula que:

"La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de

escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenida en los pliegos de condiciones o

sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan

factores diferentes a los contenidos en dichos documentos. En los contratos de obra pública, el menor

plazo ofrecido no será objeto de evaluación. La entidad efectuará las comparaciones del caso mediante

el cotejo de los ofrecimientos recibidos y la consulta de precios o condiciones del mercado y los estudios

y deducciones de la entidad o de los organismos consultores o asesores designados para ello. En los

procesos de selección en los que se tenga en cuenta los factores técnicos y económicos, la oferta más

ventajosa será la que resulte de aplicar alguna de las siguientes alternativas:

í.

T"" a) La ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o formulasseñaladas en el pliego de condiciones; ó

b) La ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-beneficio para la entidad."

Con base en lo anterior, en concordancia con el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.2 yatendiendo el objeto de la contratación, se considera que para seleccionar la oferta más ventajosa para la

entidad se debe aplicar la ponderación de los elementos de calidad y precio teniendo en cuenta que a

mayor calidad se alcanzan mayores niveles de eficiencia, buen uso de los dineros de la Entidad, estaponderación está soportada en puntajes, así:

1. El factor precio, soportado en fórmulas matemáticas relacionadas con operaciones aritméticas

sobre las medias: aritmética, aritmética baja, generalizada, geométrica baja y armónica, sobre el

valor total de los costos directos y sobre el valor del AlU; la selección de la fórmula base para el

cálculo del presupuesto promedio se realizará tomando los primeros dos dígitos decimales de la

TRM que rige el día hábil siguiente a la fecha del cierre, tal y como se detalla en estos estudios,

con lo cual se busca garantizar transparencia y objetividad.

No se señala como única opción el otorgar el mayor puntaje a quien ofrezca el menor precio, ya que no

obstante se cumplan con todos los requisitos del pliego de condiciones, se considera que la aplicación de

fórmulas permite un proceso en que se garantice la obtención de un buen precio, se otorgue mayor

valoración a los precios reales del mercado, evitando el control de precios por parte de los oferentes y el

privilegio de precios extremos (mínimo o máximo).

Teniendo en cuenta el artículo 420 del Estatuto Tributario, el objeto del contrato se encuentra gravado por

el impuesto al valor agregado IVA, tarifa que corresponde al 19%. En consecuencia, en la propuesta se

debe discriminar la base gravable, la tarifa del impuesto y el valor total de la oferta presentada de

conformidad con el Anexo Formato Propuesta Económica adjunto al presente estudio.

El impuesto se causa en el momento de la emisión de la factura o del documento equivalente.

Las personas naturales o jurídicas responsables del impuesto al valor agregado -IVA, conforman el

régimen común.

Con relación al impuesto al valor agregado (IVA) en el caso del grupo de actividades de obra civil se debe

aplicar sólo sobre la utilidad que forma parte el AlU que se aplicará únicamente al suministro e instalación

de los equipos de refrigerante variable. Para el resto de las actividades que corresponden al suministro e

instalación de los sistemas de aire acondicionado tipo mini split el impuesto al valor agregado (IVA) se

aplicará sobre el total de costo directo en un 19%.

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Los proponentes que pertenezcan al régimen simplificado deben presentar sus propuestas sin Impuesto

al Valor Agregado IVA; consecuentemente, de ser seleccionado un proponente de ese régimen, el valor

del contrato no debe incluir dicho tributo. En las evaluaciones económicas la comparación deberá

realizarse por el valor total de la propuesta, que corresponde al costo para la Procuraduría General de la

Nación.

Así mismo, los oferentes deberán tener en cuenta que el Artículo 499 del Estatuto Tributario define

quienes pertenecen al régimen simplificado y en el Parágrafo 1 precisa: "Para la celebración de contratos

de venta de bienes o de prestación de servicios gravados por cuantía individual y superior a 3.300 UVT,

el responsable del Régimen Simplificado deberá inscribirse previamente en el Régimen Común."

La Procuraduría General de la Nación aplicará el régimen de deducciones tributarias vigentes por

concepto de impuestos, tasas contribuciones (estampillas) de carácter nacional. Así como las

deducciones tributarias propias del Municipio y/o Departamento. En consecuencia los oferentes deberán

tener en cuenta en la conformación de sus ofertas además de los tributos nacionales.

En el evento que apliquen estampillas de carácter territorial, el contratista, una vez suscrito el contrato,

procederá efectuar la adquisición y pago de las mismas allegando los soportes correspondientes con la

solicitud del primer pago del contrato.

EL PROPONENTE AL ELABORAR SU PROPUESTA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN

EL ARTÍCULO 6o DE LA LEY 1106 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2006, VIGENCIA PERMANENTE PORLA LEY 1738 DE 2014, ARTÍCULO 8, PARÁGRAFO, DEBERÁ CONSIDERAR EL PAGO A FAVOR DELA NACIÓN, DE UNA CONTRIBUCIÓN EQUIVALENTE AL CINCO POR CIENTO (5%) DEL VALORTOTAL DEL CONTRATO RESULTANTE DEL PROCESO

ASÍ MISMO EL PROPONENTE DEBERÁ TENER EN CUENTA LA LEY 1697 DE 2013 "POR LA CUALSE CREA LA ESTAMPILLA PRO UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Y DEMÁS

UNIVERSIDADES ESTATALES DE COLOMBIA", LA CUAL SEÑALA EN LOS ARTÍCULOS SEXTO,OCTAVO Y NOVENO LO SIGUIENTE;

"Artículo 6°. Sujeto pasivo. El tributo estará a cargo de la persona natural, jurídica, consorcio o unión

temporal que funja como contratista en los negocios jurídicos a que se refiere el artículo anterior."

"Artículo 8°. Base gravable y tarifa. El sujeto pasivo definido en el artículo 6o de la presente ley pagará

por las suscripciones de los contratos de obra pública y sus conexos en función de las siguientes bases y

tarifas: por los contratos cuyo valor esté entre 1 y 2.000 smmlv pagarán el 0.5%. Los contratos entre

2.001 y 6.000 smmlv pagarán el 1% y los contratos mayores a 6.001 smmlv pagarán el 2%.

Parágrafo. En cuanto no sea posible determinar el valor del hecho generador, definido en el artículo 5°

de la presente ley, al momento de su respectiva suscripción, la base gravable se determinará como el

valor correspondiente al momento del pago, por el término de duración del contrato respectivo."

"Artículo 9o. Causación. Es obligación de las entidades contratantes retener de manera proporcional al

pago o pagos realizados al contratista, el porcentaje correspondiente a la contribución de estampilla

definido según el Artículo 8° de la presente ley."

Adicionalmente, para el contrato aplican los siguientes descuentos57.

"(...) Si el proveedor presenta la Factura Contentiva de un Concepto Global Principal, los ítems

comprendidos en la factura corresponden a un concepto principal o global han de ser gravados como un

todo, es decir, se aplicará la tarifa de retención correspondiente sobre el valor total a pagar así:

• Retención en la fuente: Por Compras, Valor Base 27 UVT ($860.000), tarifa 2.5%, para

Declarantes de renta. DUR 1625 Art. 1.2.4.9.1. Si es NO Declarante de renta, (Dcto.260

de 2001 Art. 4, Dcto.2418 de 2013 Art. 1), tarifa 3.5%. (Excepto Autorretenedores)

• Retención de IVA, tarifa 15% (sobre el valor del 19% del IVA facturado). (Excepto Gran

contribuyente).

57 Correo electrónico del 11 de octubre de 2017 suscrito por la Coordinadora del Grupo de Cuentas

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GENERALDEUNACÍON

• Retención de ICA, en la ciudad de Bogotá, tarifa 1,104%, del valorantes de IVA.

• Estampilla Pro-Universidad Nacional de Colombia y demás Universidades Estatales deColombia, Valor Base Contratos entre 1 y 2.000 SMMLV ($ 737.717 y $ 1.475.434.000)tarifa 0,5%, Ley 1697 de 2013, Art. 8°.

• No se aplica retención por estampilla a contratos realizados en el Distrito Capital. (...)"

2. El factor de calidad. Las condiciones a evaluar por este aspecto se entienden adicionales a losrequerimientos mínimos exigidos al proponente. En este sentido, los ofrecimientos que por esteaspecto de calidad formule por escrito el oferente no tendrán ningún costo adicional para laProcuraduría.

Respecto al factor de calidad se determinó otorgarles a los oferentes puntaje adicional por suministrarle ala Entidad, sin ningún costo, el servicio de mantenimiento preventivo. Se justifica este factor porque seríael propio contratista quien se encargaría de conservar en mejor estado los equipos que ha suministrado,

garantizando a la Entidad una mejor tutela de los mismos teniendo en cuenta la vigencia de las garantías!Igualmente la estipulación de este factor responde al estudio de mercado de posibles oferentes, en talsentido se garantiza la libre concurrencia, así mismo, su valor no afecta el equilibrio económico del futurocontrato. Esta condición es:

Mantenimiento preventivo (200 puntos)

Para la asignación de este puntaje, se tendrá en cuenta el ofrecimiento que realice el oferente en númerode meses de mantenimiento preventivo de acuerdo con el cuadro a continuación

Cantidad de meses de

mantenimiento preventivo

ofrecidos

Dos (2) meses

Un (1) mes

Cero (0) meses

Periodicidad para

ejecución

El primero ejecutado a los

tres (3) meses y el segundo

a los seis (6) meses

posteriores a la instalación

de los equipos

Ejecutado a los tres (3)

meses posteriores a la

instalación de los equipos

No aplica

Puntaje otorgado

200 puntos

100 puntos

Sin puntaje

La entidad solo aceptará y otorgará el respectivo puntaje sobre ofrecimientos dados en meses y no enfracción de los mismos (días).

El ofrecimiento de este aspecto adicional -calidad del producto ofrecido- no altera el equilibrio económico

del contrato, teniendo en cuenta que de acuerdo con la información suministrada por los cotizantes, el

valor promedio del mantenimiento preventivo mensual de los equipos a adquirir es de $37.446.270,91, lo

que frente al presupuesto oficial equivale al 1.09%, por lo anterior, el valor no representa un desequilibrio

económico para el proceso de contratación que actualmente se está adelantando, además es importante

destacar que las empresas que instalan equipos de aire acondicionado normalmente tienen el servicio de

mantenimiento, razón por lo cual dichas firmas pueden garantizar el servicio a precios más bajos que lo

que normalmente se reflejan en las cotizaciones.

NOTA: PARA OBTENER ESTE PUNTAJE, EL OFERENTE DEBE HACER LA MANIFESTACIÓN

EXPRESA DENTRO DE SU PROPUESTA, DEL OFRECIMIENTO DEL ASPECTO, SI NO CUMPLE

CON ESTE REQUISITO, NO SE OTORGARÁ PUNTAJE.

3. El incentivo para los bienes, servicios y oferentes nacionales o aquellos considerados nacionales

con ocasión de la existencia de trato nacional.

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41

Con base en lo anterior, y atendiendo el objeto de la presente contratación, se considera que para

seleccionar la oferta más favorable para la entidad se debe aplicar la ponderación de los elementos de

calidad y precio soportado en los siguientes puntajes:

No.

1

2

3

FACTOR

Factor Precio

Factor de calidad

Factor de Apoyo a la Industria Nacional Colombiana

PUNTAJE TOTAL

PUNTAJE

700 Puntos

200 Puntos

100 Puntos

1000 puntos

8.1 FACTOR PRECIO (700 PUNTOS)

El precio ofrecido en la propuesta debe expresarse en pesos colombianos.

EL VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA NO PODRÁ SUPERAR EL MONTO DEL PRESUPUESTOOFICIAL POR VALOR DE DE TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO DOSCIENTOS

CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS CON TREINTA Y DOS

SENTAVOS M/CTE ($ 3.434.248.739,32) QUE CORRESPONDE A LA SUMA DE LOS VALORES

UNITARIOS DE CADA ACTIVIDAD, LO ANTERIOR DE ACUERDO CON EL ANEXO No. 2.

Para efecto del señalamiento del precio ofrecido, el proponente debe tener en cuenta la totalidad de las

especificaciones técnicas indicadas por la Entidad en el pliego de condiciones y en el Anexo Formato

Propuesta Económica y todos los costos, gastos, impuestos, seguros, pago de salarios, prestaciones

sociales y demás emolumentos que considere necesarios para la fijación de la propuesta económica.

La propuesta económica debe elaborarse con base en el anexo formato propuesta económica, el cual se

debe diligenciar de manera clara y en forma completa, indicando valor unitario de cada actividad.

Será causal de rechazo de la propuesta la no presentación con ésta del Anexo Formato Propuesta

Económica diligenciado totalmente y la no cotización de todos los ítems allí descritos. Así mismo

se rechazará la propuesta que sobrepase el valor del presupuesto oficial TRES MIL

CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS

TREINTA Y NUEVE PESOS CON TREINTA Y DOS SENTAVOS M/CTE ($ 3.434.248.739,32)

Con relación al impuesto al valor agregado (IVA) para las actividades de obra relacionadas con la

instalación de los equipos de refrigerante variable, se debe aplicar sólo sobre la utilidad.

Los proponentes que pertenezcan al régimen simplificado deben presentar sus propuestas sin Impuesto

al Valor Agregado - IVA; consecuentemente, de ser seleccionado un proponente de ese régimen, el valor

del contrato no debe incluir dicho tributo. En las evaluaciones económicas la comparación deberá

realizarse por el valor total de la propuesta, que corresponde al costo para la Procuraduría General de la

Nación.

Así mismo, los oferentes deberán tener en cuenta que el Artículo 499 del Estatuto Tributario define

quienes pertenecen al régimen simplificado y en el Parágrafo 1 precisa: "Para la celebración de contratos

de venta de bienes o de prestación de servicios gravados por cuantía individual y superior a 3.300 UVT,

el responsable del Régimen Simplificado deberá inscribirse previamente en el Régimen Común."

EL PROPONENTE AL ELABORAR SU PROPUESTA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN

EL ARTÍCULO 6o DE LA LEY 1106 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2006, VIGENCIA PERMANENTE PORLA LEY 1738 DE 2014, ARTÍCULO 8, PARÁGRAFO, DEBERÁ CONSIDERAR EL PAGO A FAVOR DELA NACIÓN, DE UNA CONTRIBUCIÓN EQUIVALENTE AL CINCO POR CIENTO (5%) DEL VALORTOTAL DEL CONTRATO RESULTANTE DEL PROCESO.

ASÍ MISMO EL PROPONENTE DEBERÁ TENER EN CUENTA EL ARTÍCULO 8o DE LA LEY 1697 DE2013 QUE SEÑALA "EL SUJETO PASIVO DEFINIDO EN EL ARTÍCULO 6o DE LA PRESENTE LEYPAGARÁ POR LAS SUSCRIPCIONES DE LOS CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA Y SUS CONEXOS,

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EN FUNCIÓN DE LAS SIGUIENTES BASES Y TARIFAS: POR LOS CONTRATOS CUYO VALORESTE ENTRE 1 Y 2.000 SMMLV PAGARÁN EL 0.5%. LOS CONTRATOS ENTRE 2 001 Y 6 000SMMLV PAGARAN EL 1% Y LOS CONTRATOS MAYORES A 6.001 SMMLV PAGARÁN EL 2%

La Entidad verificará las operaciones aritméticas de los componentes de los valores. En caso depresentarse error de ésta índole y/o de la multiplicación de los valores unitarios, la Entidad en el anexopropuesta económica, los corregirá y se tendrá en cuenta el valor corregido para efectos de la

adjudicación. En caso de diferencia prevalecerán los valores unitarios, sobre subtotales y totales y a partirde los precios unitarios se efectuarán todas las correcciones que corresponda.

Para facilitar las diferentes etapas del proceso, el Proponente deberá presentar en la propuesta (mediemagnético y en medio impreso), la información puntual del anexo formato propuesta económica. En casede existir discrepancias entre los medios, prevalecerá lo impreso.

Los análisis de precios unitarios de todos los ítems que componen el objeto de estos estudios previosserán elaborados por el oferente al que se le adjudique el contrato y deberá presentarlos y ser aprobadospor el supervisor, previamente a la iniciación de la actividad que se vaya a ejecutar dentro del contrato.

No se aceptarán propuestas complementarias o propuestas de modificaciones presentadas conposterioridad a la fecha y hora del cierre del proceso contractual.

Dentro de la evaluación económica la Entidad verificará que los proponentes no ofrezcan preciosartificialmente bajos, dentro de los parámetros establecidos en el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082de 2015, según el cual cuando de conformidad con la información a su alcance la entidad estime que el

valor de una oferta resulta artificialmente bajo requerirá al oferente para que explique las razones quesustenten el valor por él ofertado. Analizadas las explicaciones, el comité asesor evaluador, recomendará

el rechazo o la continuidad de la oferta explicando sus razones.

Así mismo, si durante la evaluación económica se evidencian precios unitarios que exceden el rango

admisible estimado por la Entidad, se requerirá al oferente para que sustente los motivos a los que

obedece el valor propuesto. Analizados los mismos, el comité asesor evaluador, recomendará el rechazoo la continuidad de la oferta explicando sus razones

La propuesta económica debe elaborarse de manera clara y en forma completa, indicando valor unitario

de cada ítem o actividad a realizar, así como los porcentajes de AlU para el grupo de actividades de obra

Civil en el suministro e instalación de equipos de aire acondicionado de refrigerante variable y deberá

presentarse en medio físico y en CD en formato Excel. En caso de discrepancia entre el medio físico y el

magnético, prevalecerá el físico.

Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que

la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá elmonto en cifras con sujeción a los párrafos antes mencionados.

El no diligenciamiento del precio unitario de alguna actividad a realizar o ítem será causal de RECHAZOde la propuesta.

LA PROPUESTA DEBERÁ PRESENTARSE EN FORMA TOTAL Y ASÍ IGUALMENTE SERÁ LAADJUDICACIÓN.

LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA ES A PRECIOS UNITARIOS FIJOS.

Para la valoración de este factor la Entidad determinará el presupuesto promedio a partir de las medias

de los valores totales ofertados de las propuestas habilitadas efectuando para ello los procedimientos de

cálculo que se citan en este numeral.

Se reitera que el proponente debe diligenciar el precio unitario de todos los ítems a realizar descritos en

el ANEXO FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA, so pena de rechazo de la propuesta.

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Para la selección de las fórmulas para el cálculo del presupuesto unitario promedio se tomarán los

primeros dos dígitos decimales de la Tasa Representativa del Mercado que rige el día hábil siguiente a la

fecha de cierre del proceso, de acuerdo a la siguiente tabla:

Decimales Entre

00 a 19

20 a 39

40 a 59

60 a 79

80 a 99

Método

Media Aritmética

Media Aritmética Baja

Media Generalizada

Media Geométrica Baja

Media Armónica

Donde las medias se definen con las fórmulas:

Media Aritmética

Donde

í=l

M, - Media Aritmética

n = Número de propuestas hábiles

^i ~ Valor de la l-ésima propuesta hábil

Media Aritmética Baja

Donde

M2 - Media Aritmética Baja

M, = Media Aritmética

n = Número de propuestas hábiles

%i ~ Valor de la i-ésima propuesta hábil

Media Generalizada n

Donde

Ma = Media Generalizada n

n ~ Número de propuestas hábiles

%i ~ Valor de la l-ésima propuesta hábil

Media Geométrica Baja

44

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Donde

*í* = Media Geométrica Baja

^h - Media Geométrica

n = Número de propuestas hábiles

* = Valor de la ¿-ésima propuesta hábilMedia Armónica

Donde

*í$ - Media Armónica

n = Número de propuestas hábilesy. =

Valor de la l-ésima propuesta hábil

Y se aplicarán efectuando siguiente el proceso de cálculo:

Durante la evaluación se determinaran las medias respectivas de las fórmulas no seleccionadas, una vez

establecidos sus cuatro valores promedio resultantes, se aplicará la fórmula favorecida del sorteo a estos,

el resultado obtenido será la media /-ésima de promedios, que analíticamente se denota:

Donde k ~ *■ -<5i indica los posibles resultados del sorteo señalado, í el resultado favorecido de este, y

Mk las medias de las propuestas habilitadas calculadas y ps la media /-ésima de promedios.

Adicionalmente, se calcula el promedio de los valores con la formula seleccionada ^i.

Luego, se efectúa la operación aritmética que se describe matemáticamente a continuación, cuyo

resultado será el presupuesto promedio ?:

F = P, +■ [-1 + (« mod 3)] , _

Donde n mD^ 3 ¡ndica el valor del residuo que se obtiene al dividir las n propuestas hábiles en el número

3 y sus posibles resultados son °-1 )'2 y m el número total de propuestas presentadas.

Culminado ese proceso, establecido el presupuesto promedio p se asignará a cada uno de los n

proponentes habilitados el puntaje del factor económico de la propuesta mediante la aplicación de la

función lineal absoluta que se muestra en seguida:

7;=^x■ !-■

En la que 7i denota el puntaje obtenido por el é-ésimo proponente habilitado, n el número de propuestas

habilitadas y po el Presupuesto Oficial y pmnx el puntaje máximo posible, para el caso 700 puntos.

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8.2 FACTOR DE CALIDAD (200 PUNTOS)

Las condiciones a evaluar por este aspecto se entienden adicionales a los requerimientos mínimos

exigidos al proponente. En este sentido, los ofrecimientos que por este aspecto de calidad formule por

escrito el oferente no tendrán ningún costo adicional para la Procuraduría.

Respecto al factor de calidad se determinó otorgarles a los oferentes puntaje adicional por suministrarle a

la entidad, sin ningún costo, el servicio de mantenimiento preventivo. Se justifica este factor porque sería

el propio contratista quien se encargaría de conservar en mejor estado los equipos que ha suministrado,

garantizando a la entidad una mejor tutela de los mismos teniendo en cuenta la vigencia de las garantías.

Igualmente la estipulación de este factor responde a cotizaciones de posibles oferentes, en tal sentido se

garantiza la libre concurrencia, así mismo, su valor no afecta el equilibrio económico del futuro contrato.

Esta condición es:

1.1.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO (200 puntos)

Para la asignación de este puntaje, se tendrá en cuenta el ofrecimiento que realice el oferente en número

de meses de mantenimiento preventivo de acuerdo con el cuadro a continuación

Cantidad de meses de

mantenimiento preventivo

ofrecidos

Dos (2) meses

Un (1) mes

Cero (0) meses

Periodicidad para

ejecución

El primero ejecutado a los

tres (3) meses y el segundo

a los seis (6) meses

posteriores a la instalación

de los equipos

Ejecutado a los tres (3)

meses posteriores a la

instalación de los equipos

No aplica

Puntaje otorgado

200 puntos

100 puntos

Sin puntaje

La entidad solo aceptará y otorgará el respectivo puntaje sobre ofrecimientos dados en meses y no en

fracción de los mismos (días).

El ofrecimiento de este aspecto adicional -calidad del producto ofrecido- no altera el equilibrio económico

del contrato, teniendo en cuenta que de acuerdo con la información suministrada por los cotizantes, el

valor promedio del mantenimiento mensual de los equipos a adquirir es de $37.446.270,91, lo que frente

al presupuesto oficial equivale al 1.09%, por lo anterior, el valor no representa un desequilibrio económico

para el proceso de contratación que actualmente se está adelantando, además es importante destacar

que las empresas que instalan equipos de aire acondicionado normalmente tienen el servicio de

mantenimiento, razón por lo cual dichas firmas pueden garantizar el servicio a precios más bajos que lo

que normalmente se reflejan en las cotizaciones.

EL OFRECIMIENTO DEL FACTOR TÉCNICO ADICIONAL NO ALTERA EL EQUILIBRIO ECONÓMICODEL CONTRATO, PUES EL VALOR MENSUAL DEL MANTENIMIENTO ES DE $ 37.446.270,91, Y SE

ESPERA QUE EL VALOR DE LO QUE SE OFERECE NO SE SUPERE EL 2.00% DEL PRESUPUESTO

OFICIAL, QUE CORRESPONDE A $ 68.684.974,78

La persona que represente al proponente y que suscriba la carta de presentación de la oferta,

deberá hacer la manifestación expresa por escrito del ofrecimiento del aspecto ofrecido e

incluirla dentro de su propuesta. Para que esta manifestación tenga validez y derecho a puntaje,

deberá presentarse como un documento adicional a la carta de presentación de la propuesta y

debe venir debidamente firmado.

SI NO CUMPLE CON LOS REQUISITOS ANTERIORES. NO SE OTORGARÁ PUNTAJE.

Justificación del factor de calidad

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Con este ofrecimiento adicional como calidad, se pretende: obtener meses de mantenimiento preventivopor el mismo precio del contrato, dado que se considera como un valor agregado para la entidad, en lamedida que significa un periodo de cubrimiento de mantenimiento y por ende un mayor tiempo deestabilidad en el funcionamiento de los equipos instalados.

8.3 ESTÍMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL

Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje máximo cien (100) puntos y se tendrá encuenta lo establecido en la Ley 816 de 2003, artículo 1, parágrafo, modificado por el Decreto 19 de 2012y el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.3.1, que define los servicios nacionales, disponiendo que"(■ ■ ■) son los servicios prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia o porpersonas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana (...)" y artículo 2.2.1.2.4.1.3que indica la existencia de trato internacional así "(...) La Entidad Estatal debe conceder trato nacional a:(a) los oferentes, bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga AcuerdosComerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales; (b) a los bienes y servicios

W provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales elGobierno Nacional haya certificado que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de tratonacional, con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contrataciónpública de dicho Estado; y (c) a los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andinade Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia.

El Ministerio de Relaciones Exteriores debe expedir el certificado por medio del cual se acredite lasituación mencionada en el literal (b) anterior en relación con un Estado en particular, lo cual no esrequerido para acreditar las situaciones a las que se refieren los literales (a) y (c) anteriores. Para

constatar que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional en un Estado, elMinisterio de Relaciones Exteriores debe revisar y comparar la normativa en materia de compras y

contratación pública del respectivo Estado para lo cual puede solicitar apoyo técnico del Ministerio de

Comercio, Industria y Turismo o de Colombia Compra Eficiente, dentro de sus competencias legales.

Los certificados para acreditar la condición a la que se refiere el literal (b) anterior deben ser publicados

en la forma y oportunidad que para el efecto disponga Colombia Compra Eficiente. La vigencia de los

certificados será de dos años contados a partir de su expedición, sin perjuicio de que el Ministerio de

Comercio, Industria y Turismo o Colombia Compra Eficiente puede determinar vía circular la forma como

el Ministerio de Relaciones Exteriores debe constatar que los oferentes de bienes y servicios nacionales

gozan de trato nacional y de revisar y comparar la normativa en materia de compras y contratación

pública para la expedición del certificado".

El puntaje se asignará en cada uno de los casos será el siguiente:

PROTECCIÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL

Servicios nacionales

Servicios extranjeros que incorporen componente colombiano de bienes yservicios profesionales, técnicos y operativos

Servicios extranjeros

PUNTAJE MÁXIMO

100 puntos

50 puntos

0 puntos

5.2. FACTORES DE DESEMPATE

Con el fin de dirimir un empate cuando respecto del puntaje total se llegue a presentar esta situación en

la puntuación de dos o más ofertas de manera que una y otra queden ubicadas en el primer orden de

elegibilidad, se aplicarán las siguientes reglas:

A.- Se seleccionará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación del factor de precio.

B.- Si persiste el empate, se seleccionará la oferta que haya obtenido mayor puntaje en el factor calidad.

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C - En caso de persistir el empate, la Entidad aplicará las reglas señaladas en el Decreto 1082 de 2015,

artículo 2.2.1.1.2.2.9 y en el Manual para el manejo de los incentivos en los Procesos de Contratación de

Colombia Compra Eficiente58, así:

1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios

extranjeros.

2. Preferir la oferta presentada por una Mipyme; o, consorcio, unión temporal o promesa de

sociedad futura constituida por exclusivamente por Mipyme59.

3. En caso en que dentro del Proceso de Contratación no existan ofertas presentadas por Mipyme o

proponentes plurales constituidos exclusivamente por Mipyme, preferir la oferta presentada por

un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura siempre que:

(a) esté conformado por al menos una Mipyme que tenga una participación de por lo menos el veinticinco

por ciento;

(b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento de la experiencia acreditada en la oferta; (c) ni la

Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los

miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura.

4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en

la ley que por lo menos el diez por ciento de su nómina está en condición de discapacidad según

las reglas contenidas en la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un consorcio, unión

temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por

ciento de su nómina está en condición de discapacidad, debe tener una participación de por lo

menos el veinticinco por ciento en el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura y

aportar mínimo el veinticinco por ciento de la experiencia acreditada en la oferta.

5. Si continúa el empate éste se dirimirá entre los proponentes que estuvieron en igualdad de

condiciones, mediante sorteo de balota que se efectúe en el momento de la adjudicación.

Cuando en la evaluación de las ofertas sea aplicable un Acuerdo Comercial, no es posible aplicar los

factores de desempate previstos en los numerales 2 y 3 del literal C anterior.60

5.3. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS

Una propuesta será admisible cuando haya sido presentada oportunamente y se halle ajustada al pliego

de condiciones; de lo contrario será rechazada, a menos que las falencias sean subsanables de acuerdo

con la Ley 1150 de 2007.

• Cuando el proponente no cumpla con los requisitos y documentos exigidos en el pliego y que no

sean susceptibles de subsanar, de conformidad con lo establecido en la Ley 1150 de 2007,

artículo 5.

• Cuando el proponente, en forma individual o conjunta, no subsane los requisitos habilitantes,

hasta las 5:00 p.m. del día hábil anterior a la fecha prevista en el cronograma para la adjudicación

del proceso, o no subsane en debida forma, en cuanto a los aspectos que pueden subsanarse.

• Cuando no se presente la propuesta económica o no se allegue la información necesaria para

llevar a cabo la evaluación económica de las propuestas.

• Cuando se presenten inconsistencias o inconformidades entre la información o documentación

allegada por el proponente y lo verificado por la Procuraduría General de la Nación, que no

puedan ser aclaradas oportunamente por los proponentes, sin perjuicio de las acciones legales

que puedan iniciarse por este hecho.

htt£s://w:^j;piam^ consulta del 16 de septiembre de

2017 a las 12:54 p.m.

59 En caso en que sean preferidas las ofertas presentadas por Mipyme y proponentes plurales constituidos en su totalidad por Mipyme, la siguienteregla a aplicar es la contenida en el numeral 4, y no en el numeral 3.

60 httpsv'/www.colombiacomDra.qov,co/sites/cce public/fíles/cce documents/manual manejo incentivos esp.pdf - consulta del 16d e septiembre de2017 a las 12:54 p.m.

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PROCURADURÍA

• Cuando para el mismo proceso de selección se presenten varias propuestas por el mismo

proponente, por si o por interpuesta persona, o cuando la misma persona forme parte de dos o

más consorcios o Uniones Temporales.

• Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o

incompatibilidad establecidas en la Ley 80 de 1993, así como en las demás disposiciones legalesvigentes.

• Cuando se determine que el valor total de la oferta es artificialmente bajo, de acuerdo con loestablecido en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.4.

• Cuando la oferta exceda el presupuesto oficial estimado para el presente proceso.

• Cuando el proponente no cotice la totalidad de los ítems del anexo formato propuesta económica.

• Cuando tras el análisis económico se evidencie precios unitarios por fuera del rango de los

precios del estudio de mercado, se solicitarán las explicaciones a que haya lugar. De no resultarsatisfactorias, la Entidad podrá rechazar el ofrecimiento.

• En los demás casos que expresamente el pliego de condiciones así lo indique.

CAPÍTULO SEXTOINDICACIÓN SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADO POR UN ACUERDO

COMERCIAL

De conformidad con el Manual para el manejo de los acuerdos Comerciales en proceso de contratación,

versión M-MACPC-12 actualizado por Colombia Compra Eficiente el 8 de mayo de 201761, el presente

proceso de selección se encuentra cobijado por los siguientes Acuerdos comerciales.

ACUERDO COMERCIAL

ALIANZA PACÍFICO

CANADÁ

CHILE

COREA

COSTA RICA

ESTADOS AELC

(Islandia,

Liechtenstein,

Noruega y Suiza)

ESTADOS UNIDOS

MÉXICO

TRIÁNGULO NORTE

CHILE

MÉXICO

PERÚ

EL

SALVADOR

GUATEMALA

ENTIDAD

ESTATAL

INCLUIDA

SI/NO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

NO

SI

SI

PRESUPUESTO

DEL PROCESO DE

CONTRATACIÓN

SUPERIOR AL

VALOR DEL

ACUERDO

COMERCIAL

SI/NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

VALOR DE LA

MENOR CUANTÍA

DE LA ENTIDAD

($479.516.050)

VALOR DE LA

EXCEPCIÓN

APLICABLE AL

PROCESO DE

CONTRATACIÓNSI/NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

N/A

NO

NO

PROCESO DE

CONTRATACIÓNCUBIERTO POR

EL ACUERDO

COMERCIAL

SI/NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

N/A

SI

SI

61 61https://www.colombiacompra.gov.co/sites/cce_public/f¡les/cce_documents/cce_manual_acuerdos_comerciales_web.pdf -

consulta del 4 de septiembre de 2017 a las 12.39 p.m.

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49

UNIÓN EUROPEA

COMUNIDAD

ANDINA

HONDURAS NO

SI

SI

MENOR CUANTÍA

DE LA ENTIDAD

($479.516.050)

NO

NO

SI

N/A

NO

NO

N/A

NO

SI

Teniendo en cuenta que al presente proceso le aplican los tratados del Triángulo Norte (El Salvador y

Guatemala) y el de la Comunidad Andina de Naciones, la Procuraduría General de la Nación le dará a los

servicios de construcción de los Estados con quienes Colombia ha suscrito estos Acuerdos Comerciales,

el mismo trato que da a los servicios de construcción Colombianos y establecerá los plazos mínimos en

ellos requeridos, teniendo en cuenta en todo caso, que el presente proceso fue publicado en el Plan

Anual de Adquisiciones de la Entidad.

CAPÍTULO SÉPTIMORIESGOS ASOCIADOS AL CONTRATO, LA FORMA DE MITIGARLOS Y LA ASIGNACIÓN DEL

RIESGO ENTRE LAS PARTES

De acuerdo con la evaluación del riesgo que el proceso representa para el cumplimiento de las metas y

objetivos de acuerdo con el manual y guías de Colombia Compra Eficiente, se elaboró la respectiva

matriz:

1

2

3

re

O

Gener

al

Gener

al

Espec

ifico

Exte

rno

Exte

rno

ínter

no

a.

a

Ejecu

ción

Ejecu

ción

Ejecu

ción

Econó

mico

Regula

torio

Operat

ivo

Descripción

(Qué puede

pasar y,

cómo puede

ocurrir)

Súbito

incremento

délos

precios de

los bienes

contratados

Efectos

originados

por nuevas

normas

aplicables

al proyecto

Desabastec

imipntn dpIII lid IIVJ UC

equipos por

demoras en

la

importación

Consecu

encia de

la

ocurrenc

ia del

evento

Pérdida

del

equilibri

0

económi

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contrato

Demora

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prestad

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Nota: La probabilidad, el Impacto, la valoración y la categoría del riesgo se realizaron tomando como

referencia las tablas 2, 3, 4 y 5 respectivamente, ubicadas en las páginas 12 y 13 del Manual para la

identificación y cobertura del riesgo en los procesos de contratación de la Agencia Nacional de

Contratación.

No obstante lo anterior, en la audiencia programada dentro del proceso de selección de análisis de

riesgos, los posibles oferentes o interesados en participar en el proceso deberán manifestar a la Entidad,

teniendo en cuenta el conocimiento que tienen como expertos en su actividad ordinaria, la existencia de

posibles riesgos asociados a la ejecución del contrato que puedan afectar el equilibrio económico del

mismo de conformidad con lo expresado por el artículo 863 del código de comercio, según el cual, las

partes deberán proceder de buena fe exenta de culpa en el periodo precontractual, so pena de

indemnizar los perjuicios que se causen.

En consecuencia, la Procuraduría no aceptará reclamaciones relacionadas con circunstancias previsibles

por el contratista que afecten dicho equilibrio económico y que no hayan sido manifestadas por el mismo

en tal audiencia.

NOTA: Debe entenderse que los mecanismos contenidos en el contrato permiten mantener las

condiciones económicas y financieras existentes al momento de la presentación de la propuesta por parte

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del contratista y consecuentemente, están diseñados para restablecer y mantener la ecuación del

equilibrio contractual, en los términos señalados en la Ley 80 de 1993, en concordancia con el Decreto

1082 de 2015.

CAPÍTULO OCTAVOGARANTÍAS EXIGIDAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y SUS CONDICIONES.

8.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA:

El oferente debe presentar garantía de seriedad de la oferta, vigente desde la presentación de la oferta y

hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato (3 meses) y su valor debe ser de por lo

menos el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial.

8.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO:

Con el fin de amparar los perjuicios de naturaleza contractual y extracontractual derivados del

incumplimiento del contrato y de su liquidación que pueda surgir para la administración por las

actuaciones, hechos u omisiones del contratista, éste debe presentar una garantía de cumplimiento a

favor de la Procuraduría General de la Nación, en cualquiera de las garantías que de conformidad con el

Decreto 1082 de 2015 sean aplicables, con la siguiente cobertura:

AMPARO

Buen manejo y correcta inversión

del anticipo

Cumplimiento del contrato

Calidad y correcto funcionamiento

de los bienes suministrados

Pago de salarios, prestaciones

sociales legales e Indemnizaciones

laborales

Estabilidad y calidad de la obra

PORCENTAJE (%) SOBRE EL

VALOR TOTAL DEL CONTRATO

100% del valor girado en calidad de

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30%

30%

20%

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VIGENCIA

Tiempo de ejecución del contrato y ocho (8) meses

más, contado a partir de la suscripción del mismo.

Tiempo de ejecución del contrato y ocho (8) meses

más, contados a partir de la fecha de firma del

negocio jurídico

Tres (3) años contados a partir de la fecha del acta

de recibo a satisfacción de los equipos.

Tiempo de ejecución del contrato y tres (3) años

más, contados a partir de la fecha de iniciación del

contrato

Cinco (5) años contados a partir de la fecha de

recibido a satisfacción de la obra por parte de la

Entidad.

GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

Responsabilidad civil

extracontractual (contrato de

seguro) (Nota 1)

200 SMLMV

(Decreto 1082 de 2015, Art

2.2.1.2.3.1.17)

Igual período de ejecución del contrato

Nota: *Esta póliza deberá contener en forma expresa y en adición a la cobertura de precios, labores y

operaciones, los amparos estipulados por el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.2.9. En esta póliza

de responsabilidad extracontractual, el contratista debe aportar la constancia de pago de la prima

correspondiente.

En todo caso, el contratista se compromete ampliar el valor de la misma o su vigencia, en el evento en

que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, en virtud de lo consagrado en

el artículo 2.2.1.2.3.1.18 del Decreto 1082 de 2015.

Se estima la inclusión de estos amparos, en los porcentajes y vigencias antes señalados, ya que teniendo

en cuenta la naturaleza del contrato a celebrar y las obligaciones a cargo del contratista, la Entidad debe

estar cubierta de los perjuicios derivados por el incumplimiento total o parcial a cargo del contratista; el

cumplimiento tardío o defectuoso del mismo; el pago del valor de las multas y de la cláusula penal

pecuniaria; el cumplimiento de las obligaciones laborales derivadas de la contratación de personal para la

ejecución del contrato y los perjuicios derivados por la deficiente calidad del servicio prestado y la mala

calidad de los bienes suministrados o aquellos que pongan en riesgo a terceros, teniendo en cuenta que

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con el servicio se manipulan bienes y activos de la entidad que están en uso de funcionarios y demásusuarios.

CAPÍTULO NOVENODEL CONTRATO Y OTROS ASPECTOS

9.1 FIRMA DEL CONTRATO

El proponente a quien se le haya adjudicado ei presente proceso de selección, deberá firmar el contrato

dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de realización de la adjudicación, previasuscripción del mismo por parte del Jefe de la entidad o su delegado.

En el momento de la firma del contrato, el contratista deberá diligenciar el formulario Beneficiario cuentaen el cual indicará el número de la cuenta corriente o de ahorros y la entidad bancaria en donde pueda

consignarse el valor del contrato, cuenta que debe figurar a nombre y con el NIT del contratista y en caso

de consorcios o uniones temporales a nombre y con el NIT de quien (es) va(n) a facturar.

VIgualmente en el momento de la firma del contrato y para el registro de las cuentas bancarias, elcontratista debe anexar una certificación de la entidad bancaria en la que conste el nombre del

cuentahabiente, su número de identificación, número de la cuenta, tipo de la cuenta y si a la fecha estáactiva. Esta documentación hará parte integral del contrato.

El nombre del beneficiario y número de identificación debe ser el mismo en el contrato, en el formularioBeneficiario Cuenta, en la certificación del banco y en las facturas que posteriormente se presenten.

9.2. REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El contrato, se entiende legalizado con la suscripción y expedición del registro presupuestalcorrespondiente.

La ejecución del contrato sólo podrá efectuarse una vez se haya legalizado y se encuentre constituida y

aprobada la garantía de cumplimiento y de responsabilidad civil extracontractual presentada por ELCONTRATISTA.

9.3 EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD

Si el adjudicatario no suscribe el contrato correspondiente dentro de los términos señalados en el pliego

de condiciones o no otorga, dentro del plazo señalado en el contrato, la garantía de cumplimiento o de

responsabilidad civil extracontractual exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las

obligaciones del mismo, quedara a favor de la Procuraduría General de la Nación, en calidad de sanción,

el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las

acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos con el valor de la

citada garantía (Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 12, inciso 1).

9.4 ADJUDICACIÓN AL PROPONENTE UBICADO EN SEGUNDO LUGAR

Atendiendo los parámetros indicados en la Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 12, inciso 2, si dentro del

término que se ha señalado, la persona seleccionada en primer lugar no suscribe el respectivo contrato,

la Procuraduría General de la Nación, mediante acto administrativo motivado, podrá adjudicar el contrato

al proponente calificado en segundo lugar dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento de

dicho término. De igual forma se procederá en el caso señalado en la Ley 1150 de 2007, artículo 9, inciso

3.

9.5 DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA

Una vez se hayan cumplido los requisitos necesarios para la ejecución del contrato con el adjudicatario,

previa solicitud escrita de la persona que haya realizado el ofrecimiento a la Entidad, la Procuraduría

devolverá la garantía de seriedad de la oferta a los proponentes no seleccionados.

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9.6 GASTOS DEL CONTRATISTA

Serán de cuenta del contratista, todos los gastos, derechos e impuestos que se causen con ocasión de la

confección y presentación de la oferta, la legalización del contrato y los que se requieran cancelar para dar

cumplimiento a las disposiciones legales vigentes sobre el particular.

9.7 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El plazo de ejecución del contrato que se suscriba como consecuencia de la adjudicación de la presente

licitación es de CUATRO (4) MESES contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo el

cumplimiento de los requisitos de legalización del contrato.

El acta de iniciación del contrato, se suscribirá por parte del contratista y el supervisor, dentro de los tres

(03) días hábiles siguientes a la fecha de firma del contrato.

Una vez suscrita el acta de inicio el contratista debe entregarle al supervisor y éste aprobar, los análisis

de precios unitarios, cronograma, horarios y normas de salud ocupacional, acreditación del personal

ofrecido, plan de movilidad y manejo ambiental.

Una vez suscrita el acta de recibo a satisfacción, se iniciará tanto la garantía mínima exigida de un año

así como la prestación del servicio de mantenimiento, durante los meses ofrecidos como factor de calidad

en el tiempo de mantenimiento, si a ello hubiese lugar.

La entrega de los bienes objeto de la presente licitación se efectuará en el lugar de las obras

debidamente instalados, configurados y en funcionamiento. Los bienes entregados e instalados deben

ser de la mejor calidad y cumplirán con todas las especificaciones exigidas por la entidad en el pliego de

condiciones y sus anexos. La entrega de los mismos, así como de las obras se hará constar en las

respectivas actas de entrega parcial y final suscrita por el contratista o su representante y el supervisor

del contrato.

Hasta la suscripción de la correspondiente acta de recibo a satisfacción, el transporte, custodia y

almacenamiento de los materiales y bienes requeridos en la ejecución del contrato, correrán por cuenta

del contratista. Todos los costos asociados, dentro de los cuales se incluye el desplazamiento del

personal del contratista, correrán por su cuenta.

9.8 LUGAR DE EJECUCIÓN.

La instalación y puesta en funcionamiento de los equipos de aires acondicionados, se realizará en todos

los lugares y sitios que se encuentran en el anexo de propuesta económica, que hace parte del presente

estudio.

Para todos los efectos legales, se tendrá como domicilio contractual la ciudad de Bogotá, en la sede

principal de la Procuraduría General de la Nación, División Administrativa, Grupo de Inmuebles.

9.9 FORMA DE PAGO

La Procuraduría General de la Nación cancelará el valor del contrato que se suscribe, de la siguiente

forma:

a) Un anticipo por el cincuenta por ciento (50%) del valor del contrato,

b) Diez por ciento (10%) contra la legalización de los equipos en las bodegas del contratista.

c) Diez por ciento (10%) contra entrega de la totalidad de los equipos en cada uno de los lugares

asignados para la instalación de los mismos.

d) Treinta por ciento (30%) restante una vez se reciba la totalidad de los equipos adquiridos instalados

y operando adecuadamente en cada una de las sedes definidas en el contrato.

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En cada pago parcial se debe efectuar la amortización del porcentaje que se entrega por anticipo (50%)hasta su amortización total. Los pagos se efectuarán dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a lacorrecta presentación de la factura, acompañados de la documentación correspondiente, suscripción del

acta de recibo, entrada al almacén y expedición del cumplido a satisfacción del supervisor designadopara el efecto y demás trámites administrativos a que haya lugar.

Para los pagos se deberá presentar la factura con el cumplimiento de los requisitos legales, lacertificación de paz y salvo de las obligaciones parafiscales y de seguridad social, el cumplimiento deesta obligación, por parte del contratista, se acredita, cuando es persona jurídica, mediante certificaciónsuscrita por el representante legal o revisor fiscal de la empresa, según el caso, y cuando es persona

natural allegando copia de la planilla PILA debidamente pagada. Para el caso de consorcios, unionestemporales o promesa de sociedad futura, cada uno de los integrantes debe acreditar este requisito62; elRUT y el RIT, Fotocopia de Cédula del representante legal, Certificación Bancaria y los demás que porley correspondan a la naturaleza jurídica y tributaria del contratista.

La anterior documentación deberá presentarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes alcumplimiento de cada hito de pago. El recibo a satisfacción expedido por el supervisor se dará dentro delos tres (3) días hábiles siguientes a la entrega de la documentación según los requerimientos de laentidad, durante este periodo el supervisor realizará las reclamaciones en contra de su contenido, biensea mediante la devolución de la misma, o por medio de reclamo escrito dirigido al emisor o tenedor de la

factura. En todo caso el pago del contrato, se encuentra sujeto a la aprobación y disponibilidad del PAC(Programación Anual Mensualizada de Caja).

De conformidad con lo consagrado por la Ley 1474 de 2011 y el Decreto 1082 de 2015 para efectos del

manejo de los recursos que se reciban a título de anticipo y con el fin de garantizar que dichos recursosse apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato, el contratista deberá constituir una fiducia o un

patrimonio autónomo irrevocable, y todos los costos tanto de la comisión fiduciaria como los relacionadoscon manejos bancarios, transferencias, impuestos y demás asociados al contrato fiduciario serán

cubiertos directamente por él. Dentro del contrato fiduciario tendrán la calidad de beneficiarios la Entidaden calidad de contratante respecto a los rendimientos generados y a la devolución del dinero en caso de

incumplimiento del contrato, y el contratista como fideicomitente respecto a los recursos derivados delmismo.

Una vez adjudicado el proceso, es requisito para el desembolso del valor del anticipo que el contratista

certifique la constitución de la fiducia, teniendo en cuenta que la Entidad solamente hará este

desembolso nombre de dicha Fiducia. Será causal de incumplimiento del contrato que el contratista nocelebre el contrato fiduciario.

Para que la Fiduciaria le pueda realizar del valor del anticipo desembolsos al contratista, éste debe

presentar el plan de inversión del anticipo debidamente aprobado por el supervisor del contrato, fotocopia

de las facturas que soportan los gastos realizados aprobación del supervisor del pago solicitado por elcontratista.

Los dineros del anticipo no podrán destinarse a fines distintos a los relacionados con la ejecución y

cumplimiento del contrato y tienen la condición de fondos públicos hasta el momento que sean

amortizados mediante la ejecución del objeto del contrato, momento hasta el cual su mal manejo, el

cambio de destinación o su apropiación darán lugar a las responsabilidades penales correspondientes.

Una vez agotado el valor del anticipo y teniendo en cuenta los informes presentados por la fiduciaria a la

Procuraduría General de la Nación en relación con la aplicación del mismo al contrato, la Entidad

procederá a realizar el pago del saldo del valor del contrato.

El contratista deberá entregar los informes de inversión y buen manejo de anticipo que le solicite el

supervisor del contrato.

62 Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, Sentencia 11 febrero 2009 Rad. 24426

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PROCURADURÍAGENEMDEUHACION

El contratista y el supervisor del contrato cumplirán con las normas internas establecidas por la entidad

para el manejo e inversión del anticipo, establecidas en el Manual de Contratación de la Entidad.

El contratista debe tener en cuenta que de conformidad con lo dispuesto por la Ley 1106 de 2006,

artículo 6, la entidad descontará tanto del valor del anticipo como del pago final, la contribución a favor de

la Nación, equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato.

La Iniciación de la ejecución del contrato no se encuentra sujeta a la entrega del anticipo.

Cada facturación deberá contener el costo correspondiente al mantenimiento efectuado a cada sede, de

acuerdo con el valor unitario. El proceso de aceptación de la factura se surtirá en un término no mayor a

tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su entrega por parte del CONTRATISTA, periodo en el cual

la interventoría realizará las reclamaciones en contra de su contenido, bien sea mediante la devolución de

la misma, o por medio de reclamo escrito dirigido al emisor o tenedor de la factura. La factura deberá ir

acompañada del formato de recibo a satisfacción expedido por el interventor del contrato e informe de

ejecución de acuerdo con el formato establecido por la Entidad y de la certificación de cumplimiento con

las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales, conforme lo previsto en las

normas aplicables a la materia. El cumplimiento de esta obligación, por parte del contratista, se acredita,

cuando es persona jurídica, mediante certificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal de la

empresa, según el caso, y cuando es persona natural allegando copia de la planilla PILA debidamente

pagada.

En caso de consorcios o uniones temporales cada uno de sus integrantes debe allegar estos

documentos.

En todo caso, cada pago estará sujeto a la aprobación del PAC (Programación Anual Mensualizada de

Caja).

9.10 SUPERVISIÓN DEL CONTRATO

No se requiere interventoría externa. En cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 83 de la

Ley 1474 de 2011, la entidad considera que no se requiere interventoría externa debido a que se cuenta

con personal de planta idóneo y suficiente para realizar el seguimiento técnico, administrativo, financiero,

contable y jurídico sobre el cumplimiento de las obligaciones adquiridas con el presente proceso de

selección.

La Procuraduría General de la Nación designará como supervisor del contrato a funcionarios del nivel

técnico o profesional, con conocimiento y experiencia relacionados con aires acondicionados.

El o los funcionarios designados como supervisores deberán llevar a cabo el seguimiento y control del

contrato, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 1474 de 2011 y el Manual de Contratación de la

entidad, sin perjuicio de las responsabilidades que le asisten al Jefe del área en relación con la

supervisión de la contratación solicitada.

9.11 DOCUMENTOS Y REQUISITOS QUE SE DEBEN ENTREGAR Y CUMPLIR PREVIO AL INICIO

DE LAS OBRAS

El proponente al que se le adjudique el contrato, entregará al supervisor de la Procuraduría, para su

aprobación, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de firma del contrato y como requisito

previo para la iniciación de las actividades del objeto contractual, los siguientes documentos, los cuales

serán aprobados por el supervisor dentro de ese mismo plazo.

9.11.1. Análisis de Precios Unitarios

Los análisis de precios unitarios para cada uno de los ítems que componen el proyecto: suministro e

instalación de aires acondicionados de refrigerante variables, obra civil y mini splits.

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9.11.2. Cronograma de Trabajo

Se debe presentar la programación en sistema Project y/o similar, incluyendo el suministro de bienespara desarrollar la totalidad de las actividades del proyecto.

Así mismo, debe presentar programa de trabajo e inversiones en donde indicará por capítulos día a día ypor semanas, el compromiso de avance sobre las actividades físicas y financieras del proyecto.

Este cronograma y programa de trabajo debe ser actualizado, según los períodos de seguimiento que se

acuerden conjuntamente entre Contratista y la supervisión al iniciar la ejecución del contrato. Esto con elfin de contar con información confiable y verídica sobre los avances del mismo.

Este cronograma debe ser acorde al Plan Estratégico solicitado en el numeral 4 4 del capítulo 4IMPACTO SOCIAL, ECONÓMICO Y AMBIENTAL DEL PROYECTO.

, 9.11.3. Horario de los Trabajos y Normas de Salud Ocupacional

Los proponentes tendrán en cuenta que las áreas a intervenir estarán ocupadas por los servidores

públicos de la entidad y por los ciudadanos usuarios de los servicios de la Procuraduría, por lo tanto

deberán considerar los horarios, traslados y cerramientos que correspondan para llevar a cabo la

instalación de los equipos generando el menor impacto posible. Así mismo, con la debida antelación

deberá presentar ante el supervisor los listados de personal que ingresarán al inmueble, así como losmateriales y equipos que utilizará en desarrollo de los trabajos.

Para lo anterior tendrá en cuenta las siguientes recomendaciones:

El contratista contará con un programa de salud ocupacional, adaptado a las características de una

empresa de construcción. De conformidad con lo establecido en la Resolución 1016 de 1989, expedida

por los Ministerios del Trabajo y Seguridad Social y de Salud y el Decreto 1072 de 2015 por medio del

cual se expide el Decreto Único Reglamentario para el Sector Trabajo capítulo 4 Titulo 6 implementacióndel Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). De acuerdo con lo establecido

en la resolución 1111 de 2017 este programa debe estar coordinado por un profesional o tecnólogo con

licencia para prestar servicios en Salud Ocupacional.

Una vez legalizado el contrato, para la ejecución de las actividades, el contratista para poder dar inicio a

las mismas entregará para la aprobación del supervisor, los siguientes documentos: cronograma del

programa de salud ocupacional, en el que se establezca la fecha de realización de las siguientesactividades:

a) Inspecciones planeadas en la ejecución de las actividades del contrato, las inspecciones

incluirán la supervisión de condiciones de seguridad, la conservación de los elementos de

prevención y atención de emergencias (señalización, áreas de circulación, ubicación de

extintores, etc.) y el comportamiento seguro.

b) Evacuación: Si para algún proceso de intervención del inmueble se alteraran rutas de

evacuación, áreas de circulación, señalización de extintores, se comunicará a todos los

servidores y particulares que se encuentren en el lugar de los trabajos, capacitándolos respectos

de los cambios efectuados.

c) Señalización: El contratista señalizará debidamente el lugar de la intervención, previniendo de

las actividades a ejecutar en cada espacio y de los cuidados que se deben tener respecto a las

mismas.

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Las áreas de trabajo deben estar aisladas, tanto a nivel del piso como en su altura para impedir el acceso

y para proteger contra caída de materiales.

d) Emergencias: el contratista conformará su propia brigada de emergencia y verificará su

participación dentro del plan de emergencia de la dependencia. Así mismo, contará con un listado

actualizado de las EPS y ARP de los trabajadores a su cargo y un responsable capacitado en la

aplicación de primeros auxilios, quien deberá contar con el botiquín correspondiente.

e) Capacitación: el contratista contará con un profesional o tecnólogo con licencia para prestar

servicios en salud ocupacional el cual efectué la capacitación de los trabajadores a su cargo en

lo pertinente a la seguridad industrial y manejo de riesgos, que lidere las inspecciones

planeadas.

f) Seguridad: El personal del contratista utilizará durante la ejecución de los trabajos las

herramientas, equipos e implementos de seguridad requeridos de acuerdo con las normas

técnicas. No se podrán ingresar bebidas alcohólicas ni armas a las instalaciones de la Entidad.

Igualmente se encuentra prohibido fumar. Todo el personal, tanto operativo, técnico y profesional

debe contar con certificado para trabajo seguro en alturas.

Los proponentes dentro de su propuesta se comprometerán a adoptar todas las medidas que garanticen

el bienestar y la seguridad de sus trabajadores.

9.11.4. Disposición de residuos y materiales sobrantes, planes de movilidad y manejo ambiental

Una vez sean retirados los equipos existentes se debe evaluar por parte del contratista y con el aval del

supervisor la posibilidad de reusar los equipos de acuerdo con las condiciones en las que se encuentren,

en caso de ser posible la reutilización los equipos deben ser enviados a la sede de la Procuraduría en

Bogotá, en caso de no sea factible la reutilización, estos se deberán disponer adecuadamente,

cumpliendo con la normativa vigente.

Para el retiro de escombros se exigirá que el Contratista presente al supervisor una certificación de que la

escombrera a donde se llevarán estos residuos sobrantes y basuras de la obra está debidamente

autorizada por la autoridad competente.

Igualmente para el movimiento de los escombros de la obra y el suministro de los materiales y equipos, el

contratista deberá elaborar y presentar a consideración de la supervisión un Plan de Movilidad que regule

el tránsito vehicular.

Así mismo el Contratista deberá presentar e implementar un plan de manejo ambiental para controlar y/o

mitigar aquellos aspectos generados por la ejecución de las diferentes actividades relacionadas con la

instalación de los equipos, tales como ruidos de alta frecuencia, malos olores, partículas de polvo y todos

aquellos que en determinado momento puedan afectar la tranquilidad y la salubridad del sector, teniendo

en cuenta la normatividad vigente a nivel nacional y distrital sobre la materia. Dichos planes deberán ser

previamente aprobados por la supervisión.

9.11.5. Acreditación del Personal Ofrecido

Para la aprobación de la supervisión, previo a la suscripción del acta de inicio, el proponente al que se le

adjudique el contrato debe acreditar el personal técnico mínimo exigido en el numeral 4.2.3.

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PROCURADURÍAnuuini

9.11.6. Plan de manejo y correcta inversión del anticipo

El contratista debe indicar la forma en que se invertirá el anticipo, presentando para el efecto el plan demanejo y correcta inversión del mismo.

9.11.7. Visita al sitio de la instalación de los equipos

El proponente puede efectuar visita técnica tanto a las sedes en las cuales se instalaran los equipos deaires acondicionados de refrigeración variable: Cartagena, Barranquilla, Santa Marta, Riohacha y

Valledupar, como a las sedes en las que se instalarán equipos tipo mini split. El objeto de esta visita es el

de evaluar entre otros aspectos, el espacio físico, los requerimientos la instalación, identificar posiblesdificultades que se pueden presentar en la ejecución del contrato y en general, tener un acercamiento

con la magnitud del proyecto y las condiciones del inmueble para la instalación, en el horario de 8:00a.m. a 12:00 m y de 2:00 a 5:00 p.m., previa coordinación de la visita.

L El contratista una vez adjudicada la licitación, para las sedes que se les proyecta instalar equipos mini-split, deberá realizar una visita previa que le permita determinar la carga térmica y eléctrica en el

inmueble con el fin de verificar que las capacidades propuestas corresponden con las necesidades de losespacios, antes del montaje de dichos equipos.

9.11.8. ENTREGA DE BIENES

El contratista entregará los bienes objeto del contrato, debidamente instalados y en funcionamiento, en el

lugar indicado en el presente documento. Los bienes deben ser de la mejor calidad y cumplirán con todaslas especificaciones exigidas en los anexos del presente estudio.

La entrega de los mismos, se hará constar en la respectiva acta de entrega final suscrita por elContratista o su representante y el supervisor del contrato.

9.11.9. TRANSPORTE, CUSTODIA Y ALMACENAMIENTO

El transporte, custodia y almacenamiento de los materiales y bienes requeridos en la ejecución del

contrato correrán por cuenta del contratista. Así como todos los costos asociados, dentro de los cuales

se incluye el desplazamiento del personal del contratista.

9.12 CLÁUSULA DE INDEMNIDAD

EL CONTRATISTA está en la obligación de mantener a LA PROCURADURÍA libre de cualquier daño o

perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus

subcontratistas o dependientes.

9.13 SUBCONTRATACIÓN

El CONTRATISTA puede subcontratar con cualquier tercero la ejecución de actividades relacionadas con

el objeto del presente contrato, sin embargo, EL CONTRATISTA responde directamente a la Entidad por

el cumplimiento del contrato y la mantendrá indemne de cualquier daño o perjuicio originado en

reclamaciones de terceros que deriven de sus actuaciones o las de sus subcontratistas o dependientes.

9.14. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

La liquidación del contrato se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en los artículos 60 de la

Ley 80 de 1993 y 11 déla Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 217 del Decreto Ley 019 de 2012.

La liquidación por mutuo acuerdo podrá efectuarse dentro de los ocho (8) meses siguientes a la fecha de

terminación del plazo de vigencia establecido en el contrato. En aquellos casos en que el contratista no

se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o las partes no

lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral

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dentro de los dos (2) meses siguientes, de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento

Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Los amparos de la garantía única que se constituyan,

relacionados con las obligaciones a cargo del contratista, que queden pendientes a la fecha de la

suscripción del acta de liquidación, deberán permanecer vigentes hasta la satisfacción total de las

mismas.

9.15. RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE

El proponente y posterior contratista responderá por haber ocultado inhabilidades, incompatibilidades o

prohibiciones, o por haber suministrado información falsa (numeral 7 artículo 26 de la ley 80 de 1993).

9.16 CIERRE DEL EXPEDIENTE

De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015 y los

lineamientos impartidos por la Agencia Nacional de Contratación, "vencidos los términos de las garantías

de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de disposición final o recuperación ambiental

de las obras o bienes": Culminado el término de vigencia del último de los amparos de la póliza de

cumplimiento, los supervisores deberán presentar un informe de cumplimiento, con el fin de llevar a cabo

el cierre del expediente,

JORGE ALEXANDER CASTAÑEDA ENCISO

Secretario General

Anexos:

1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

2. FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA (DOCUMENTO ADJUNTO)3. PLANOS PROPUESTA AIRE DE REFRIGERANTE VARIABLE (DOCUMENTO ADJUNTO)

4. PRESUPUESTO OFICIAL (DOCUMENTO ADJUNTO)

5. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (DOCUMENTO ADJUNTO)

6. EXPERIENCIA RELACIONADA

7. CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL PARA PERSONAS

EXTRANJERAS NO INSCRITAS EN EL RUP POR NO TENER DOMICILIO O SUCURSAL EN EL PAÍS

8. NORMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS (DOCUMENTO ADJUNTO)

9. PROYECTO DE MINUTA DEL CONTRATO

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ANEXO No. 1

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Bogotá, D.C.

Señores

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Cra. 5a. No. 15-80

Bogotá D.C.

Ref.: Licitación Pública N° 7 de 2017

El suscrito actuando como (persona natural; Representante Legal de la sociedad ; representantedel Consorcio o Unión Temporal , integrado por

; o como apoderado de según poder debidamente

conferido y que adjunto a la presente), de acuerdo con las condiciones que se establecen en los documentos delpresente proceso de selección, cordialmente me permito presentar propuesta para la SELECCIONAR AL

f OFERENTE QUE SUMINISTRE, INSTALE, CONFIGURE Y PONGA EN FUNCIONAMIENTO LOS SISTEMAS DEW AIRE ACONDICIONADO DE REFRIGERANTE VARIABLE EN LAS SEDES DE LA PROCURADURÍA DE

CARTAGENA, BARRANQUILLA, SANTA MARTA, RIOHACHA Y VALLEDUPAR, DEL MISMO MODO QUE LOSEQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI SPLIT EN LAS SEDES DE LA PROCURADURÍA A NIVELNACIONAL.

En caso que esa Entidad me adjudique dicho proceso, me comprometo a suscribir el contrato correspondiente yefectuar los trámites de legalización a cargo del contratista, dentro del término señalado para el efecto.Así mismo declaro:

a) Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse sólo compromete al oferente.

b) Que ninguna otra persona fuera del proponente tiene interés comercial en esta propuesta ni en el contratoque de ella se derive.

c) Que si se nos adjudica el contrato, nos comprometemos a suscribir el contrato y a constituir las garantíasrequeridas dentro de los términos señalados para ello.

d) Que conozco la información general y especial y demás documentos que integran el pliego de condiciones yacepto los requisitos en ellos contenidos.

e) Que el suscrito afirma bajo la gravedad del juramento, que no existe ninguna causal de inhabilidad,

incompatibilidad y/o prohibición, de las señaladas en la Constitución Política, en la Ley, especialmente en el

artículo 8o de la Ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007, la ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes,

que impidan la participación del oferente en el presente proceso de selección y en la celebración y ejecucióndel respectivo contrato.

f) Que los activos y recursos que conforman el patrimonio del proponente provienen de actividades lícitas.

g) Que declaro que conozco, entiendo y acepto las especificaciones técnicas exigidas por la Entidad para el

presente proceso contractual y me comprometo a cumplir con ocasión de la ejecución del contrato.

h) Que autorizo a la Procuraduría General de la Nación a utilizar en forma indefinida los archivos, respetando

siempre la fuente de la cual proviene la información,

i) Que la propuesta consta de folios numerados en forma consecutiva tanto en el original comoen las copias.

j) Que el valor de la oferta económica corresponde a la suma de .

k) Que acepto ser notificado electrónicamente al correo @ , de todos los actos y

comunicaciones que se emitan durante el proceso, acorde con lo establecido por el artículo 56 de la Ley

1437 de 2011.

I) Que toda la información que se allega al proceso de selección es pública, salvo las excepciones previstas

en la ley. Con la presentación de la oferta, acepto tal condición.

Atentamente,

NOMBRE Y FIRMA (persona natural; representante legal de la sociedad; representante del consorcio o unión

temporal o apoderado según el caso)

C.C. No. expedida en: Nit:

Dirección:

Número de Teléfono:

Número de fax:

Buzón del Correo Electrónico:

Celular:

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PROCURADURÍAGENERAL DE LA NACIÓN

ANEXO No. 6

EXPERIENCIA RELACIONADA

Número

consecutiv

o

que obra

en el

RUP del

reporte

del

contrato

relacionad

o

para

acreditar

Nombre dei

la entidad o i

empresa

contratante, ¡

Dirección, j

Teléfono, !

Ciudad y i

Contacto j

por correo íelectrónico >

No y

fecha

de

suscripc

ion

del

contrato

Objeto

del

contrato

Fecha

de

iniciació

n

Fecha

de

termina

ción

Valor

Porcent

aje de

particip

ación

(cuando

sea

en caso

de

consorc

io o

unión

témpora

I)

ACEPTO QUE CON EL DILIGENCIAMIENTO DE ESTE ANEXO AUTORIZO LA

VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN EN EL CONTENIDA

Nota 1: En cada contrato relacionado en el anexo de experiencia, se debe señalar que el contratista

cumplió con las obligaciones del contrato satisfactoriamente.

Nota 2: el valor será expresado en SMMLV utilizando el valor del salario para la época de la firma del

contrato o de la realización del evento que se esté relacionando, proyectado a valor presente.

Nota 3: Los contratos relacionados sumados deben acreditar un valor total igual o superior a una (1) vez

el presupuesto oficial.

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ANEXO No. 7

CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y CAPACIDAD

ORGANIZACIONAL A DICIEMBRE 31 DE 2016

PARA PERSONAS EXTRANJERAS NO INSCRITAS EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTESPOR NO TENER DOMICILIO O SUCURSAL EN EL PAÍS

OFERENTE:

CUENTA

OFERENTE

INDIVIDUALParticipante No.

Valoren

OFERENTE PLURAL

1 Participante No. 2

Pesos Colombianos

Participante No. 3

INFORMACIÓN FINANCIERA A DICIEMBRE

31 DE 2016

Activo Corriente

Activo Total

Pasivo Corriente

Pasivo Total

Utilidad Operacional

Gastos de intereses

Fecha de corte de los estados financieros

CAPACIDAD FINANCIERA

INDICADOR

índice de Liquidez

índice de Endeudamiento

Razón de Cobertura Intereses

índice del

Oferente

Individual

OFERENTE PLURAL

índice del

Participante No. 1

índice del

Participante No. 2

índice del

Participante No.

3

CAPACIDAD ORGANIZACIONAL

INDICADOR

Rentabilidad sobre activos

Rentabilidad sobre patrimonio

índice del

Oferente

Individual

índice del

Participante No. 1

OFERENTE PLURAL

índice del

Participante No. 2

índice del

Participante No. 3

Firma Representante Legal del Oferente

Nombre:

Identificación:

Firma del Contador y/o Auditor

y/o Revisor Fiscal

Nombre:

Identificación

Tarjeta Profesional:

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GENERAL DE LA NACIÓN

ANEXO No. 9 PROYECTO MINUTA DEL CONTRATO

El presente anexo incluye como guía para las partes contratantes, las condiciones generales del

contrato, pero esta minuta podrá ser modificada o complementada por la Procuraduría General de

la Nación de acuerdo con el Pliego de Condiciones, la propuesta del adjudicatario y la

adjudicación del contrato.

Entre LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, representada por JORGE ALEXANDER CASTAÑEDA

ENCISO, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No. **, quien actúa en calidad

de Secretario General, según consta en el Decreto No. ** del ** de ** de 2017 y Acta de Posesión No. ** del ** de **

de 2017, debidamente facultada para celebrar contratos según Resolución No. 200 del 17 de mayo de 2017,

expedida por el Procurador General de la Nación, de una parte, quien en adelante se denominará como LA

PROCURADURÍA, y de la otra, la sociedad XXXXXX identificada con NIT. XXXXXX, representada legalmente por el

señor XXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No. XXXXX de Bogotá, en su calidad de XXXX, de

conformidad con el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de XXXX

del XX de XXXX de 2017, quien en adelante y para los efectos de este contrato se denominará EL CONTRATISTA,

hemos convenido suscribir el presente contrato de arrendamiento, previas las siguientes consideraciones: 1) Que XX

(consideraciones planteadas en los estudios previos). 2) Que para desarrollar la contratación mencionada, la

Procuraduría General de la Nación definió como presupuesto oficial la suma de xxx ($ xxxxx) incluido IVA,

impuestos y demás deducciones a que haya lugar, amparado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. **

del ** de octubre de 2017 expedido por la Coordinadora del Grupo de Ejecución Presupuestal de la entidad y previsto

en el Plan de Adquisiciones según el Certificado No. 2017-** del ** de ** de 2017 expedido por el Administrador de

dicho plan. 3) Que por las razones expuestas, la Procuraduría General de la Nación adelantó el proceso de licitación

pública No. 5 de 2017 con el objeto de SELECCIONAR AL OFERENTE QUE SUMINISTRE, INSTALE, CONFIGURE

Y PONGA EN FUNCIONAMIENTO LOS SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO DE REFRIGERANTE VARIABLE

EN LAS SEDES DE LA PROCURADURÍA DE CARTAGENA, BARRANQUILLA, SANTA MARTA, RIOHACHA YVALLEDUPAR, DEL MISMO MODO QUE, LOS EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI SPLIT EN LAS

SEDES DE LA PROCURADURÍA A NIVEL NACIONAL. 4) Que con el fin de satisfacer la necesidad antesmanifestada, el Grupo de Inmuebles de la Entidad elaboró los estudios previos de la contratación, de conformidad

con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015. 5) Que una vez publicado el proyecto de pliego de condiciones el día

XX de XX de 2017, se presentaron observaciones las cuales fueron resueltas por la Entidad mediante documento

emitido el día xxx de xxxx de 2017, publicado en la página web de la Entidad y del Secop el mismo día. 6) Que

mediante Resolución No. xxx del día xxx dexxxxx de 2017, se dio apertura al proceso de selección publicándose el

pliego de condiciones definitivo. 7) Que el día xxx de xxx a las XX:XX a.m., fecha establecida en el cronograma del

proceso de selección para cerrar el proceso, se dio apertura a la respectiva urna, en la que se encontraron las

siguientes ofertas xxxx. 8) Que en cumplimiento del deber de selección objetiva señalado por la Ley 80 de 1993, la

Ley 1150 de 2007, y como consecuencia de la verificación de capacidad jurídica, económica, técnica y de

experiencia realizada por los comités dentro del plazo establecido para ello, del xxx al xxxx de xxxx fue publicado el

informe de verificación de las ofertas presentadas, arrojando el siguiente resultado: xxxxx 9) Que durante el término

del traslado se presentaron observaciones, las cuales fueron resueltas por el comité verificador técnico ratificando el

informe presentado, por lo que no sufrió modificación el consolidado. 10) Que visto lo anterior y teniendo en cuenta

las ofertas presentadas, el desarrollo del proceso de selección, los informes de verificación de acuerdo con el análisis

efectuado por los Comités, se llevó a cabo la adjudicación del proceso de selección, en audiencia adelantada el día

** de 2017.11) Que teniendo en cuenta lo anterior y fundados en la recomendación emitida por el comité verificador y

evaluador, la Junta de Licitaciones y Adquisiciones manifestó que una vez analizados los informes presentados por

los Comités, expertos en cada una de sus áreas, donde se destaca que el cumplió con los requisitos establecidos por

la Entidad en la Licitación Pública No. 7 de 2017 no tiene observación alguna, por lo que recomendaron a la

ordenadora del gasto adjudicar el proceso de selección a la mencionada firma por el valor de PESOS ($xxxx,00)

M/CTE incluido el valor del IVA. 12) Que la anterior recomendación fue acogida por la ordenadora del gasto, tal y

como consta en el Acta de Adjudicación del proceso. 13) Que el presente contrato se regirá por la Ley 80 de 1993,

sus Decretos Reglamentarios, la Ley 1150 de 2007, las demás disposiciones que regulan la materia y las

estipulaciones contenidas en las siguientes cláusulas: PRIMERA - OBJETO: SUMINISTRAR, INSTALAR

CONFIGURAR Y PONER EN FUNCIONAMIENTO LOS SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO DE

REFRIGERANTE VARIABLE EN LAS SEDES DE LA PROCURADURÍA DE CARTAGENA, BARRANQUILLA,SANTA MARTA, RIOHACHA Y VALLEDUPAR, DEL MISMO MODO QUE, LOS EQUIPOS DE AIRE

ACONDICIONADO TIPO MINI SPLIT EN LAS SEDES DE LA PROCURADURÍA A NIVEL NACIONAL, de

conformidad con las condiciones, características y especificaciones señaladas en el pliego de condiciones de la

Licitación Pública No. 7 de 2017, sus anexos y aclaraciones, respuesta a las observaciones, y la propuesta

presentada por EL CONTRATISTA, así como todos los documentos que en respuesta a las solicitudes formuladas

por la Entidad allegó EL CONTRATISTA en desarrollo del proceso de selección, documentos que forman parte

integral del presente contrato y serán leídos e interpretados en forma conjunta con el mismo. PARÁGRAFO:

ALCANCE DEL OBJETO: Los componentes del objeto de este contrato se encuentran descritos en el anexo No. 5

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del pliego de condiciones de la Licitación Pública No. 7 de 2017. SEGUNDA-VALOR: Para todos los efectos legalesy fiscales el valor del contrato es hasta por la suma de XXXX ($XXXXX) incluido IVA, valor que corresponde a XXX

SMMLV para el presente año. TERCERA - APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El valor de este contrato secancelará con recursos provenientes del presupuesto de la actual vigencia según Certificado de DisponibilidadPresupuestal No. ** del ** de octubre de 2017, expedido por la Coordinadora del Grupo de Ejecución Presupuestal dela División Financiera de la Procuraduría General. CUARTA - FORMA DE PAGO: La Procuraduría General de la

Nación cancelará el valor del contrato que se suscribe, de la siguiente forma: a) Un anticipo por el cincuenta porciento (50%) del valor del contrato, b) Diez por ciento (10%) contra la legalización de los equipos en las bodegas delcontratista, c) Diez por ciento (10%) contra entrega de la totalidad de los equipos en cada uno de los lugares

asignados para la instalación de los mismos, d) Treinta por ciento (30%) restante una vez se reciba la totalidad de losequipos adquiridos instalados y operando adecuadamente en cada una de las sedes definidas en el contrato. Encada pago parcial se debe efectuar la amortización del porcentaje que se entrega por anticipo (50% en cada pago)hasta su amortización total. De conformidad con lo consagrado por la Ley 1474 de 2011 y el Decreto 1082 de 2015

para efectos del manejo de los recursos que se reciban a título de anticipo y con el fin de garantizar que dichosrecursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato, el contratista deberá constituir una fiducia o un

patrimonio autónomo irrevocable, y todos los costos tanto de la comisión fiduciaria como los relacionados conmanejos bancarios, transferencias, impuestos y demás asociados al contrato fiduciario serán cubiertos directamentepor él. Dentro del contrato fiduciario tendrán la calidad de beneficiarios la Entidad en calidad de contratante respecto

a los rendimientos generados y a la devolución del dinero en caso de incumplimiento del contrato, y el contratistacomo fideicomitente respecto a los recursos derivados del mismo. Una vez adjudicado el proceso, es requisito para eldesembolso del valor del anticipo que el contratista certifique la constitución de la fiducia, teniendo en cuenta que laEntidad solamente hará este desembolso a nombre de dicha Fiducia. Será causal de incumplimiento del contrato queel contratista no celebre el contrato fiduciario. Para que la Fiduciaria le pueda realizar del valor del anticipodesembolsos al contratista, éste debe presentar el plan de inversión del anticipo debidamente aprobado por elinterventor del contrato, fotocopia de las facturas que soportan los gastos realizados y aprobación del interventor delpago solicitado por el contratista. Los dineros del anticipo no podrán destinarse a fines distintos a los relacionados

con la ejecución y cumplimiento del contrato y tienen la condición de fondos públicos hasta el momento que sean

amortizados mediante la ejecución del objeto del contrato, momento hasta el cual su mal manejo, el cambio de

destinación o su apropiación darán lugar a las responsabilidades penales correspondientes. Una vez agotado el valor

del anticipo y teniendo en cuenta los informes presentados por la fiduciaria a la Procuraduría General de la Nación enrelación con la aplicación del mismo al contrato, la Entidad procederá a realizar el pago del saldo del valor del

contrato. El contratista deberá entregar los informes de inversión y buen manejo de anticipo que le solicite el

interventor del contrato. Cada facturación deberá contener el costo correspondiente al mantenimiento efectuado a

cada sede, de acuerdo con el valor unitario. El proceso de aceptación de la factura se surtirá en un término no mayor

a tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su entrega por parte del CONTRATISTA, periodo en el cual la

interventoría realizará las reclamaciones en contra de su contenido, bien sea mediante la devolución de la misma, o

por medio de reclamo escrito dirigido al emisor o tenedor de la factura. La factura deberá ir acompañada del formato

de recibo a satisfacción expedido por el interventor del contrato e informe de ejecución de acuerdo con el formato

establecido por la Entidad y de la certificación de cumplimiento con las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social

Integral y Parafiscales, conforme lo previsto en las normas aplicables a la materia. El cumplimiento de esta

obligación, por parte del contratista, se acredita, cuando es persona jurídica, mediante certificación suscrita por el

representante legal o revisor fiscal de la empresa, según el caso, y cuando es persona natural allegando copia de la

planilla PILA debidamente pagada. En caso de consorcios o uniones temporales cada uno de sus integrantes debe

allegar estos documentos. El contratista y el interventor del contrato cumplirán con las normas internas establecidas

por la entidad para el manejo e inversión del anticipo, establecidas en el Manual de Contratación de la Entidad. El

contratista debe tener en cuenta que de conformidad con lo dispuesto por la Ley 1106 de 2006, artículo 6, la entidad

descontará tanto del valor del anticipo como del pago final, la contribución a favor de la Nación, equivalente al cinco

por ciento (5%) del valor del contrato. En todo caso, cada pago estará sujeto a la aprobación del PAC (Programación

Anual Mensualizada de Caja). La Iniciación de la ejecución del contrato no se encuentra sujeta a la entrega del

anticipo. En caso que el oferente adjudicatario ofrezca con su propuesta mayor tiempo de mantenimientos a las

sedes, según lo previsto en los factores de calificación descritos en el presente documento, este plazo se sumará al

mínimo establecido. PARÁGRAFO: Cuando LA PROCURADURÍA no cancele al CONTRATISTA las sumaspactadas, dentro del término señalado con antelación, ésta reconocerá al CONTRATISTA como intereses de mora el

incremento mensual promedio del índice de Precios al Consumidor certificado por el DAÑE entre el 1o de enero y el31 de diciembre del año anterior. QUINTA - PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del contrato

que se suscriba como consecuencia de la adjudicación de la presente licitación es de CUATRO (4) MESES contados

a partir de la suscripción del acta de inicio, previo el cumplimiento de los requisitos de legalización del contrato. La

instalación y puesta en funcionamiento de los equipos de aires acondicionados, se realizará en todos los lugares y

sitios que se encuentran en el anexo de propuesta económica, que hace parte del presente estudio. En todo caso, el

domicilio contractual es la ciudad de Bogotá D.C. PARÁGRAFO PRIMERO: Siempre que cualquiera de los plazos en

días calendario señalados en el presente contrato, tenga vencimiento en día no hábil, se entenderá que dicho plazo

vence el día hábil inmediatamente siguiente. PARÁGRAFO SEGUNDO: No se concederán prórrogas salvo causasde fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobadas, o cuando LA PROCURADURÍA lo considere necesario.

Las circunstancias que impidan la ejecución oportuna del objeto del contrato, deberán ser comunicadas por escrito y

en forma inmediata a LA PROCURADURÍA - SECRETARIA GENERAL para que se adopte la decisión sobre el

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Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No. 7 de 2017

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particular. A falta de prórroga y ante el incumplimiento del objeto del contrato, LA PROCURADURÍA procederá ahacer efectivas las sanciones establecidas en el contrato. SEXTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO: La vigencia del

presente contrato comprende el plazo de ejecución y ocho (8) meses más. SÉPTIMA - OBLIGACIONES DEL

CONTRATISTA; En desarrollo del presente contrato EL CONTRATISTA se obliga para con LA PROCURADURÍA a:

1) Cumplir con el objeto del contrato en los términos y condiciones establecidos en este documento, en la oferta, en

el pliego de condiciones y sus anexos, especificaciones técnicas, la oferta económica presentadas por EL

CONTRATISTA y los términos de la adjudicación y el contrato. 2) Hacer los cambios pertinentes de los bienes

entregados según las observaciones formuladas por el supervisor del contrato, cuando no cumplan con las

características, condiciones y especificaciones indicadas en el pliego de condiciones, sus anexos y la oferta

presentada por EL CONTRATISTA. 3) Adelantar todas las gestiones necesarias para la ejecución del contrato en

condiciones de eficiencia y calidad, y de acuerdo a las especificaciones exigidas por la Procuraduría en el pliego de

condiciones y en el contrato. 4) Tener un registro detallado y actualizado, sobre el estado de la ejecución del

contrato. 5) Avisar a la Procuraduría dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o

circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro

los intereses legítimos de la Procuraduría. 6) Sufragar los gastos que legalmente haya lugar para la legalización y

ejecución del contrato. 7) Diligenciar al momento de la firma del contrato, el formulario beneficiario/cuenta, en el cual

informará el número de la cuenta corriente o de ahorros y la entidad bancaria en donde pueda consignarse el valor

del contrato, cuenta que debe figurar a nombre y con el NIT del CONTRATISTA. 8) Anexar una certificación vigente

de la entidad bancaria en la que conste el nombre del cuentahabiente, su número de identificación, número de la

cuenta, tipo de la cuenta y si a la fecha está activa. 9) Cumplir con las cotizaciones al Sistema General de Seguridad

Social Integral y parafiscales. Para el efecto, EL CONTRATISTA debe presentarle al supervisor del contrato en forma

mensual y para el pago del contrato, la documentación que acredite el cumplimiento del pago de estas obligaciones.

10) Mantener la reserva y confidencialidad sobre la información que conozca con ocasión de la ejecución del

contrato. 11) Aceptar los procedimientos administrativos que determine la Procuraduría General de la Nación -

Oficina de Sistemas para la ejecución del contrato. 12) Las demás que se encuentren contempladas en los estudios

previos y en la oferta presentada por EL CONTRATISTA, así como las que se deriven de la suscripción del presente

contrato. OCTAVA - OBLIGACIONES DE LA PROCURADURÍA: LA PROCURADURÍA se obliga a: 1) Efectuar el

pago que se genere del cumplimiento de la ejecución del contrato, dentro del plazo establecido en el presente

contrato. 2) Ejercer los controles necesarios para la cabal ejecución del contrato. 3) Prestarle toda la colaboración al

CONTRATISTA para que el objeto del contrato se cumpla de conformidad con los términos del presente documento.

4) Tener en cuenta las observaciones y recomendaciones pertinentes que EL CONTRATISTA le formule en relación

con los elementos que componente el objeto del contrato. NOVENA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder

el presente contrato a persona alguna, natural o jurídica sin autorización previa, expresa y escrita de LA

PROCURADURÍA. DÉCIMA - RELACIÓN LABORAL: EL CONTRATISTA manifiesta que la ejecución del contrato larealizará por su propia cuenta, por lo que las relaciones laborales que adquiera con el personal que emplee en la

ejecución del contrato y las obligaciones surgidas de éstas no comprometen de ningún modo a LA

PROCURADURÍA. DÉCIMA PRIMERA - SUBCONTRATACIÓN: En caso que EL CONTRATISTA subcontrate conterceros la ejecución de actividades relacionadas con el objeto del presente contrato, EL CONTRATISTA responde

directamente a la Entidad por el cumplimiento del contrato y la mantendrá indemne de cualquier daño o perjuicio

originado en reclamaciones de terceros que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o

dependientes. LA PROCURADURÍA no tendrá ninguna vinculación con el subcontratista. DÉCIMA SEGUNDA -SUPERVISIÓN Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: La Dirección, Control y Coordinación delcontrato, será del Coordinador del Grupo de Inmuebles de LA PROCURADURÍA o quien haga sus veces. La

supervisión del presente contrato será ejercida por la funcionaría **, servidor adscrito al Grupo de Inmuebles, quien

tendrá a su cargo las funciones señaladas en este contrato, en la Ley 1474 de 2011 y las que se mencionan en el

Manual de Contratación de la Entidad. DÉCIMA TERCERA - CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso depresentarse incumplimiento parcial y/o total del contrato por parte del CONTRATISTA, éste pagará a título de cláusula

penal pecuniaria, una suma equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato. PARÁGRAFO: La suma

resultante de la cláusula penal se hará efectiva directamente por LA PROCURADURÍA, pudiendo acudir para el efecto al

respectivo descuento del valor o saldo del contrato o a cualquier otro medio para obtener el pago, incluido el proceso ante

la jurisdicción coactiva. En todo caso se tendrá en cuenta lo consagrado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011.

DECIMA CUARTA - MULTAS: En caso de retardo o mora por parte del CONTRATISTA en el cumplimiento de las

obligaciones surgidas del presente contrato, éste pagará a LA PROCURADURÍA, una suma equivalente al uno por mil(1X1000) del valor del contrato por cada día de retardo en el cumplimiento de la respectiva obligación, sin que el total de

las mismas exceda el treinta por ciento (30%) del valor del Contrato. PARÁGRAFO: La suma resultante de las multas sehará efectiva directamente por LA PROCURADURÍA, pudiendo acudir para el efecto al respectivo descuento del valor osaldo del contrato, o a cualquier otro medio para obtener el pago, incluido el proceso ante la jurisdicción coactiva. En todo

caso se tendrá en cuenta lo consagrado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. DÉCIMA QUINTA -

INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL: Al presente contrato se entienden incluidas lascláusulas establecidas en los artículos 15,16 y 17 de la Ley 80 de 1993. DÉCIMA SEXTA - CADUCIDAD: Si se presentaalguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, que afecte de

manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencia que puede conducir a su paralización, o EL CONTRATISTA

no cumpla con la obligación de obtener la ampliación de la garantía o de la obligación de obtener su renovación o de la

obligación de restablecer su valor o de aquella de otorgar una nueva garantía que ampare el cumplimiento de las

obligaciones que surjan por razón de la celebración, ejecución y liquidación del contrato, LA PROCURADURÍA por medio

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de acto administrativo motivado lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre.Declarada la caducidad del contrato no habrá lugar a indemnización para el CONTRATISTA, quien se hará acreedor a

las sanciones e inhabilidades previstas en el Estatuto General de Contratación. La declaratoria de caducidad seráconstitutiva del siniestro de incumplimiento. De igual forma LA PROCURADURÍA podrá declarar la caducidad delcontrato, de llegarse a presentar el evento contemplado en la Ley 40 de 1993, artículo 25. DÉCIMA SÉPTIMA -

GARANTÍA: El CONTRATISTA constituirá a su costa y a favor de LA PROCURADURÍA como mecanismo decobertura del riesgo, cualquiera de las garantías que de conformidad con el artículo 2.2.1.2.3.1.2., y concordantes delDecreto 1082 de 2015 sean aplicables, con las siguientes coberturas:

AMPAROPORCENTAJE (%) SOBRE EL

VALOR TOTAL DEL CONTRATOVIGENCIA

Buen manejo y correcta inversión

del anticipo100% del valor girado en calidad de

anticipo

Tiempo de ejecución del contrato y ocho (8) meses

más, contado a partir de la suscripción del mismo.

Cumplimiento del contrato 30%Tiempo de ejecución del contrato y ocho (8) meses

más, contados a partir de la fecha de firma del

negocio jurídico

Calidad y correcto funcionamiento

de los bienes suministrados30%

Tres (3) años contados a partir de la fecha del acta

de recibo a satisfacción de los equipos.

Pago de salarios, prestaciones

sociales legales e Indemnizaciones

laborales20%

Tiempo de ejecución del contrato y tres (3) años

más, contados a partir de la fecha de iniciación del

contrato

Estabilidad y calidad de la obra 10%

Cinco (5) años contados a partir de la fecha de

recibido a satisfacción de la obra por parte de la

Entidad.

Se estima la inclusión de estos amparos, en los porcentajes y vigencias antes señalados, ya que teniendo en cuentala naturaleza del contrato a celebrar las obligaciones a cargo del contratista, la Entidad debe estar cubierta de los

perjuicios derivados por el incumplimiento total o parcial a cargo del contratista; el cumplimiento tardío o defectuosodel mismo; el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria, así como el cumplimiento de las

obligaciones laborales de la contratación de personal para la ejecución del contrato. El contratista constituirá a sucosta y a favor de la Procuraduría, una póliza de responsabilidad extracontractual, derivada de las actuaciones,hechos u omisiones que realice el personal del equipo de trabajo del contratista, así:

AMPARO

PORCENTAJE (%)

SOBRE EL VALOR

TOTAL DEL

CONTRATO

VIGENCIA

Responsabilidad civil

(contrato de seguro)

extracontractual200 smlmv

(Decreto 1082 de 2015,

Art 2.2.1.2.3.1.1.7)

Igual al período de ejecución del contrato

Nota 1: Esta póliza deberá contener en forma expresa y en adición a la cobertura básica de predios, labores y

operaciones, los amparos estipulados por el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.2.9. Nota 2: En todo caso, el

contratista se compromete a ampliar el valor de la misma a su vigencia, en el evento en que se aumente o adicione el

valor del contrato o se prorrogue su término, en virtud de los consagrado en el artículo 2.2.1.2.3.1.18 del Decreto

1082 de 2015. DÉCIMA OCTAVA - CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDADSOCIAL INTEGRAL Y PARAFISCALES: El CONTRATISTA deberá cumplir con las cotizaciones al Sistema General

de Seguridad Social Integral, los aportes por concepto de las contribuciones parafiscales conforme a lo previsto en

las normas aplicables sobre la materia. El cumplimiento de esta obligación, por parte del CONTRATISTA, se

acredita, mediante certificación expedida por el representante legal o revisor fiscal de la empresa, según el caso. En

el evento que el CONTRATISTA se encuentre incurso en alguna de las causales de exoneración previstas en las

leyes citadas, deberá hacer esta manifestación en la respectiva certificación. PARÁGRAFO: El CONTRATISTA debe

allegar este documento para el trámite de los pagos que se deriven de la ejecución del contrato. Para el efecto el

CONTRATISTA debe presentarle a la supervisión del contrato, la documentación que acredite el cumplimiento del

mismo. DÉCIMA NOVENA - PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LASCLÁUSULAS DECIMA QUINTA Y DECIMA SEXTA: EL CONTRATISTA deberá cumplir con los requisitosseñalados en la cláusula décima séptima y décima octava dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de

suscripción del contrato y los documentos resultantes, deberán entregarse en forma conjunta dentro de este plazo en

la OFICINA JURÍDICA para el trámite correspondiente. VIGÉSIMA- INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA está en laobligación de mantener a LA PROCURADURÍA libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones deterceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes con ocasión de la

ejecución del contrato. LA PROCURADURÍA una vez tenga conocimiento de la reclamación, se la comunicará demanera oportuna al CONTRATISTA, para que éste adopte las medidas necesarias de defensa ante el tercero de

manera judicial o extrajudicial, cumpliendo con esta obligación en los términos de ley. VIGÉSIMA PRIMERA -

LEGALIZACIÓN: Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, se entenderá que el presente contrato seencuentra legalizado con la suscripción por las partes contratantes y una vez LA PROCURADURÍA efectúe el

correspondiente registro presupuestal. VIGÉSIMA SEGUNDA - EJECUCIÓN: La ejecución del contrato sólo podráefectuarse una vez se haya legalizado y se encuentre constituida y aprobada la garantía de cumplimiento y la de

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responsabilidad civil extracontracual presentada por EL CONTRATISTA. VIGÉSIMA TERCERA - INHABILIDADES

E INCOMPATIBILIDADES: El Representante legal del CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento, que

se entiende prestado con la firma del presente contrato, que ni él, ni los socios, ni la sociedad que representa, se

hallan incursos en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad y prohibiciones para contratar; al tenor de

lo consagrado en la Ley 80 de 1993 y demás disposiciones vigentes sobre la materia. VIGÉSIMA CUARTA -

PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO: El representante legal delCONTRATISTA, declara bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente

contrato, que los recursos que componen su patrimonio, ni el de los socios ni el de la sociedad, no provienen de

lavado de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general, de cualquier

actividad ilícita y que los dineros recibidos como pago de este contrato, no serán destinados a ninguna de las

actividades antes descritas. VIGÉSIMA QUINTA - CIERRE DEL EXPEDIENTE: De conformidad con lo establecidoen el artículo 2.2.1.1.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015 y los lineamientos impartidos por la Agencia Nacional de

Contratación, "vencidos los términos de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de

disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes", se procederá a suscribir el acta de cierre del

expediente del proceso contractual. La liquidación del contrato se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en

los artículos 60 de la Ley 80 de 1993 y 11 déla Ley 1150 de 2007, modificado por el articulo 217 del Decreto Ley 019

de 2012. VIGÉSIMA SEXTA - LIQUIDACIÓN: La liquidación por mutuo acuerdo podrá efectuarse dentro de los ocho

(8) meses siguientes a la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato. En aquellos casos en que EL

CONTRATISTA no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la Entidad, o las partes

no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los

dos (2) meses siguientes, de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo

Contencioso Administrativo. VIGÉSIMA SÉPTIMA - NOTIFICACIONES: Los avisos, solicitudes, comunicaciones ynotificaciones que las Partes deban hacer en desarrollo del presente contrato, deben constar por escrito y se

entenderán debidamente efectuadas sólo si se entregan personalmente o por correo electrónico a la persona y

direcciones indicadas a continuación:

LA ENTIDAD CONTRATANTE

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Nombre: Jorge Alexander Castañeda Enciso

Cargo: Secretario General

Dirección: Carrera 5 No. 15-80 Piso 7 - Bogotá, D.C.

Teléfono: 5878750 extensión 10703

Correo electrónico: [email protected]

Nombre: XXXXXXXXXX

Cargo: XXXXXXXXXXX

Dirección. XXXXXXXXXXX

Teléfono: XXXXXXXXXXXXXXXXXX

Correo electrónico: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

EL CONTRATISTA

XXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Representante Legal: XXXXXXX

Cédula de Ciudadanía: XXXXXXXXX

Dirección: XXXXXXX

Teléfono: XXXXXXX

Celular: XXXXXXXXX

Correo electrónico: XXXXXXXXXXXX

VIGÉSIMA OCTAVA - DOMICILIO: Para los efectos legales del presente contrato, las partes acuerdan como

domicilio la ciudad de Bogotá, D. C. Para constancia se firma el presente documento en la ciudad de Bogotá D.C, el

LA ENTIDAD CONTRATANTE,

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

JORGE ALEXANDER CASTAÑEDA ENCISOSECRETARIO GENERAL

EL CONTRATISTA,

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

REPRESENTANTE LEGAL

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