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COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUE SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE OBRA PÚBLICA INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS No. IS-432-RM-LPM-2008562 FECHA DE EMISION DE LAS BASES A LA INVITACION: 24 /07/12 PROYECTO: SUSTANTIVO PEMEX-PETROQUIMICA ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIOS DE CONFORMIDAD CON LA LEY ORGÁNICA DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS PUBLICADA EL 16 DE JULIO DE 1992 EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN. Y TIENE POR OBJETO PROCESOS INDUSTRIALES PETROQUÍMICOS CUYOS PRODUCTOS NO FORMAN PARTE DE LA INDUSTRIA PEMEX PETROQUIMICA BÁSICA, ASÍ COMO SU ALMACENAMIENTO, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN, Y DENTRO DE SUS ATRIBUCIONES ESTÁ LA DE CELEBRAR CONTRATOS Y CONTINÚA REALIZANDO DICHAS ACTIVIDADES, EN CUMPLIMIENTO A SU OBJETO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO, DE LA LEY ORGÁNICA DE PETRÓLEOS MEXICANOS PUBLICADA EL 28 DE NOVIEMBRE DE 2008 EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN. EMITE LAS SIGUIENTES: BASES MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS, DE CARÁCTER NACIONAL. TIPO PRESENCIAL NO. DE CONCURSO: IS-432-RM-LPM-2008562 PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN: “MANTENIMIENTO A MAQUINA CENTRIFUGADORA DE ACEITE DIELECTRICO” BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO A PRECIO FIJO REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO A LOS EVENTOS.- Indicar que los representantes de los licitantes que ingresen a los centros de trabajo e instalaciones de Pemex petroquímica, deberán cumplir con las medidas de seguridad BASES 1

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COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUESUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES

JEFATURA DE OBRA PÚBLICA

INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS No. IS-432-RM-LPM-2008562FECHA DE EMISION DE LAS BASES A LA INVITACION: 24 /07/12

PROYECTO: SUSTANTIVO

PEMEX-PETROQUIMICA ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIOS DE CONFORMIDAD CON LA LEY ORGÁNICA DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS PUBLICADA EL 16 DE JULIO DE 1992 EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN. Y TIENE POR OBJETO PROCESOS INDUSTRIALES PETROQUÍMICOS CUYOS PRODUCTOS NO FORMAN PARTE DE LA INDUSTRIA PEMEX PETROQUIMICA BÁSICA, ASÍ COMO SU ALMACENAMIENTO, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN, Y DENTRO DE SUS ATRIBUCIONES ESTÁ LA DE CELEBRAR CONTRATOS Y CONTINÚA REALIZANDO DICHAS ACTIVIDADES, EN CUMPLIMIENTO A SU OBJETO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO, DE LA LEY ORGÁNICA DE PETRÓLEOS MEXICANOS PUBLICADA EL 28 DE NOVIEMBRE DE 2008 EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.

EMITE LAS SIGUIENTES:

BASES MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS, DE CARÁCTER NACIONAL.

TIPO PRESENCIAL

NO. DE CONCURSO: IS-432-RM-LPM-2008562

PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN: “MANTENIMIENTO A MAQUINA CENTRIFUGADORA DE ACEITE DIELECTRICO”

BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO A PRECIO FIJO

REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO A LOS EVENTOS.- Indicar que los representantes de los licitantes que ingresen a los centros de trabajo e instalaciones de Pemex petroquímica, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de Seguridad, salud y Protección Ambiental que deben cumplir los contratistas y/o proveedores dentro de las instalaciones de PEMEX PETROQUÍMICA. Sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

BASES 1

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PROYECTO: SUSTANTIVO

CRONOGRAMASERVICIO: “MANTENIMIENTO A MAQUINA CENTRIFUGADORA DE ACEITE DIELECTRICO”

REQUISICION: 432-42000-S-1022199

ACTO FECHA HORA LUGARENTREGA DE INVITACION Y BASES A TODOS LOS PARTICIPANTES EN EL EVENTO

31 JULIO 2012 ------------------ POR MEDIOS ELECTRÓNICOS:

VISITA(S) A INSTALACIONES 10 AGOSTO 2012 10:00 HORAS

Sala de licitaciones del Departamento de Obra Pública, localizada en el Edificio I en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, ubicado en Carretera Costera del Golfo Km 39 + 400, S/C, S/C , C.P. 96340

JUNTA(S) DE ACLARACIÓN(ES) A LA INVITACIÓN 10 AGOSTO 2012 11:30

HORAS

Sala de licitaciones del Departamento de Obra Pública, localizada en el Edificio I en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, ubicado en Carretera Costera del Golfo Km 39 + 400, S/C, S/C , C.P. 96340

FECHA DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS 21 AGOSTO 2012 10:00

HORAS

Sala de licitaciones del Departamento de Obra Pública, localizada en el Edificio I en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, ubicado en Carretera Costera del Golfo Km 39 + 400, S/C, S/C , C.P. 96340

PLAZOS PARA QUE LA CONVOCANTE SOLICITE ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS PRESENTADAS Y/O PARA QUE LOS LICITANTES SUBSANEN OMISIONES EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTÍCULO 29 DE LAS DAC´S.

16 AGOSTO 2012AL

27 AGOSTO 2012

08:00 HORAS

A14:00

HORAS

EN EL DOMICILIO DE LA CONVOCANTE.

FECHA DE NOTIFICACIÓN DEL FALLO 30 AGOSTO 2012 13:00

HORAS

Sala de licitaciones del Departamento de Obra Pública, localizada en el Edificio I en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, ubicado en Carretera Costera del Golfo Km 39 + 400, S/C, S/C , C.P. 96340

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

DENTRO DE LOS 15 (QUINCE) DÍAS

SIGUIENTES A LA NOTIFICACIÓN DEL

FALLO

08:00 A

14:00 HORAS

Sala de licitaciones del Departamento de Obra Pública, localizada en el Edificio I en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, ubicado en Carretera Costera del Golfo Km 39 + 400, S/C, S/C , C.P.

ATENCION: El representante del Licitante y/o Proveedor, al realizar trámites inherentes a esta licitación en el interior de las instalaciones de la Convocante tales como: Consulta de la convocatoria a la licitación, asistencia a visita a las instalaciones, junta de aclaraciones, acto de presentación de aperturas de proposiciones, acto de fallo, formalización de contratos, entrega de servicio o servicios, etc., deberá traer ropa de algodón 100% (camisa manga larga y pantalón u overol con el logotipo de su empresa, de no ser así, deberá de ser en color naranja), casco dieléctrico con logotipo de su empresa y zapatos para uso industrial. En caso de no ser permitida la entrada a las instalaciones por el departamento de seguridad física, el incumplimiento de lo anterior, será de la estricta responsabilidad del licitante y/o proveedor. Deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de Seguridad, salud y Protección Ambiental que deben cumplir los contratistas y/o proveedores dentro de las instalaciones de PEMEX Petroquímica sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

BASES 2

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PROYECTO: SUSTANTIVO

RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN ESTAS BASES MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS

DOCUMENTO CONTENIDO01 Información y Descripción Especifica de los servicios.02 Aspectos Administrativos.03 Formato de Información para acreditar la existencia y personalidad del licitante.04 Documentos que deberán ser firmados en el acto de apertura de proposiciones.

05 Formato para la Constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de apertura de proposiciones.

06 Formato de propuesta Técnica.06-A Formato de propuesta Económica.06-B Resumen de Condiciones de Contratación06-C Formato de Manifestación de Estratificación de la Empresa a la que corresponde.

07Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los Artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

08 Declaración de integridad

09

Modelo de Texto 1 de la póliza de Fianza que presentará(n) el(los) Proveedor(es) adjudicado(s) para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos, así como cualquier otra responsabilidad.Modelo de texto 2 de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para: Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos, los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

10 Compromisos con la Transparencia. 11 Nota informativa para incluir en las bases de licitación del Gobierno Federal12 Modelo de Contrato13 Causas de desechamiento.14 Niveles de inspección de servicios.

15 Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

16Formato de Manifestación de Integración Nacional de mano de obra en los servicios ofertados, derivado de la estrategia para el desarrollo de proveedores y contratistas de petróleos mexicanos.

NOTA: PARA MEJOR CONDUCCIÓN DE ESTA INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS PREFERENTEMENTE SE DEBERÁN UTILIZAR LOS FORMATOS INTEGRADOS A ESTAS BASES, LOS CUALES CONTIENEN LOS DATOS MÍNIMOS NECESARIOS. PODRÁN UTILIZAR DOCUMENTOS MEMBRETADOS DE SU EMPRESA LOS CUALES DEBERÁN CUMPLIR CUANDO MENOS CON LOS DATOS SOLICITADOS EN CADA FORMATO.

BASES 3

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PROYECTO: SUSTANTIVO

DOCUMENTO 01

INFORMACIÓN Y DESCRIPCIÓN ESPECÍFICA DE LOS SERVICIOS

REQUISICIÓN: 432-42000-S-1022199

PARTIDA UNIDAD DE MEDIDA DESCRIPCIÓN

1 SERVICIO “MANTENIMIENTO A MAQUINA CENTRIFUGADORA DE ACEITE DIELECTRICO”

CODIFICACIÓN SUBPARTIDA CANTIDAD UNIDADDE MEDIDA DESCRIPCION

99.311.150 1 2 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE BOMBA HIDRÁULICA DE SUCCIÓN Y DESCARGA DE 1 ½ IN DE DIÁMETRO

CON CAPACIDAD DE 200 M3/H.INCLUYE:

DESMONTAJE DE LA BOMBA HIDRÁULICA.LIMPIEZA MECÁNICA CON CEPILLO DE ALAMBRE

HASTA ELIMINAR LA OXIDACIÓN EN LAS BRIDAS DE UNIÓN.

LIMPIEZA Y REEMPLAZO DE JUNTAS EN LA UNIÓN DE BRIDAS.

ARMADO, AJUSTE Y MONTAJE DE BOMBA.

99.311.150 2 1 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE SELLOS, EMPAQUES Y CARTUCHOS PARA FILTRADO DE

ACEITE. (FILTRO IZQUIERDO).INCLUYE:

DESMONTAJE Y DESARMADO DE FILTROS.VERIFICACIÓN, LIMPIEZA Y REEMPLAZO DE SELLOS Y

EMPAQUES DEL FILTRO.FABRICACÓN E INSTALACIÓN (5 PZAS) DE

CARTUCHOS CON DIMENSIONES DIAMETRO EXTERIOR 3 5/8 IN, DIÁMETRO INTERIOR 1 ¾ IN,

LONGITUD 5 ½ IN, FABRICADO EN BRONCE MICROCELULAR PARA FILTRADO DE ACEITE.

ARMADO Y MONTAJE DE FILTRO.

99.311.150 3 1 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE SELLOS, EMPAQUES Y CARTUCHOS PARA FILTRADO DE

ACEITE. (FILTRO DERECHO).INCLUYE:

DESMONTAJE Y DESARMADO DE FILTRO.VERIFICACIÓN, LIMPIEZA Y REEMPLAZO DE SELLOS Y

EMPAQUES DE FILTRADO.FABRICACION E INSTALACIÓN (8 PZAS) DE

CARTUCHO CON DIMENSIONES DIÁMETRO EXTERIOR 3 5/8 IN, DIAMETRO INTERIOR 1 ¾ IN Y LONGITUD 5 ½ IN, FABRICADO EN BRONCE MICROCELULAR PARA

FILTRADO DE ACEITE.ARMADO Y MONTAJE DE FILTRO.

BASES 4

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PROYECTO: SUSTANTIVO

99.311.150 4 1 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE SELLOS, EMPAQUES Y CARTUCHOS PARA FILTRADO DE

ACEITE. (FILTRO CENTRAL).INCLUYE:

DESMONTAJE Y DESARMADO DE FILTRO.VERIFICACIÓN, LIMPIEZA Y REEMPLAZO DE SELLOS Y

EMPAQUES DEL FILTRO.SUMINISTRO E INSTALACIÓN (4 PZAS) DE CARTUCHO

PARA FILTRADO DE ACEITE.ARMADO Y MONTAJE DEL FILTRO.

99.311.150 5 4 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE POLEAS PARA BOMBA HIDRÁULICA Y MOTOR ELÉCTRICO.

INCLUYE:DESMONTAJE DEL MOTOR ELÉCTRICO.DESACOPLAR POLEAS DE ENGRANES.

FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE POLEAS DE RANURA DE ALUMINIO DE 3 ½ IN.

MONTAJE DEL MOTOR ELÉCTRICO.SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE BANDA MOTRIZ.

AJUSTE DE BANDA MOTRIZ ENTRE LA FLECHA DE LA BOMBA Y LA FLECHA DEL MOTOR.

99.311.150 6 1 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TERMÓMETRO BIMETÁLICO ESCALA DE 0-100 GRADOS

CENTÍGRADOS.INCLUYE:

DESCONECTAR TERMÓMETRO.DESMONTAR TERMÓMETRO

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DEL TERMÓMETRO EN TABLERO DE CONTROL

CONEXIÓN DEL TERMÓMETRO.

99.311.150 7 1 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE CONTROL DE TEMPERATURA DE 127/220 V.C.A., 30 A 60 HZ, 15-120

GRADOS CENTÍGRADOS.INCLUYE:

DESCONECTAR CONTROL DE TEMPERATURA.DESMONTAR CONTROL DE TEMPERATURA.

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE CONTROL DE TEMPERATURA EN FILTRO DE ACEITE

99.311.150 8 1 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE AMPERÍMETRO ESCALA 0-20 KAMP. C.A.

INCLUYE:DESCONECTAR AMPERÍMETRO DIGITAL.

DESMONTAR AMPERÍMETRO.SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE AMPERÍMETRO DIGITAL EN TABLERO DE CONTROL ESCALA 0-20

KAMP. C.A.

BASES 5

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PROYECTO: SUSTANTIVO

99.311.150 9 1 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE VOLTÍMETRO ESCALA 0-500 V.C.A.

INCLUYE:DESCONECTAR VOLTÍMETRO.

DESMONTAR VOLTÍMETRO.SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE VOLTÍMETRO DIGITAL

ESCALA 0-500 V.C.A EN TABLERO DE CONTROL

99.311.150 10 1 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE VÁLVULA DE PASO DE 1/2 IN DE DIÁMETRO PARA DRENE.

INCLUYE:DESACOPLAR VÁLVULA DEL DREN.DESMONTAR VÁLVULA DEL DREN.

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE VÁLVULA DE PASO DE 1/2 IN DE DIÁMETRO PARA DREN.

99.311.150 11 2 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE VÁLVULA DE BOLA ½ IN DE DIÁMETRO DE ACERO AL CARBÓN. 150 PSI,

DE DESFOGUE.INCLUYE:

DESACOPLAR VÁLVULA DE DESFOGUE.DESMONTAR VÁLVULA DE DESFOGUE.

LIMPIEZA MECÁNICA CON CEPILLO DE ALAMBRE HASTA ELIMINAR OXIDACIÓN A BRIDAS DE

ACOPLAMIENTO CON VÁLVULA.

99.311.150 12 2 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE VÁLVULA DE BOLA DE 1 ½ IN DE DIÁMETRO, DE ACERO AL CARBÓN, 150

PSI EN SUCCIÓN Y DESCARGA.INCLUYE:

DESACOPLAR VÁLVULA DE LAS BOMBAS.DESMONTAR VÁLVULA DE LAS BOMBAS.

LIMPIEZA MECÁNICA CON CEPILLO DE ALAMBRE HASTA ELIMINAR OXIDACIÓN A BRIDAS DE

ACOPLAMIENTO CON VÁLVULA.

99.311.150 13 1 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE MIRILLA DE CRISTAL DE 12MM DE ESPESOR CON DIMENSIONES DIÁMETRO EXTERIOR 7 7/8 IN, DIÁMETRO INTERIOR 6

7/8 IN Y LONGITUD 7 7/8 IN.INCLUYE:

DESACOPLAR MIRILLA DE ENTRADA DEL PRODUCTO.DESMONTAR MIRILLA.

FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE MIRILLA DE CRISTAL TEMPLADO DE 12MM DE ESPESOR.

99.311.150 14 2 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE MIRILLA DE CRISTAL DE 12MM DE ESPESOR CON DIMENSIONES DIÁMETRO EXTERIOR 2 7/8 IN, DIÁMETRO INTERIOR 1

7/8 IN Y LONGITUD 2 3/8 IN.INCLUYE:

DESACOPLAR MIRILLA DE SALIDA DEL PRODUCTO.DESMONTAR MIRILLA.

FABRICACÓN E INSTALACIÓN DE MIRILLA DE CRISTAL TEMPLADO DE 12MM DE ESPESOR.

BASES 6

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PROYECTO: SUSTANTIVO

99.311.150 15 1 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

MANTENIMIENTO GENERAL AL BOOSTER.SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE REPUESTO DE

BOOSTER.INCLUYE:

DESMONTAJE DEL BOOSTER.DESARMADO DEL BOOSTER.

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE RETENES, SELLOS Y SEGUROS.

MANTENIMIENTO AL BOOSTER: LIMPIEZA MECÁNICA CON CEPILLO DE ALAMBRE HASTA ELIMINAR

OXIDACIÓN.ARMADO DE BOOSTER.

99.311.150 16 1 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

REHABILITACIÓN DEL LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DEL TABLERO DE CONTROL.

INCLUYE:DESMONTAJE DEL TABLERO DE CONTROL.

REVISIÓN DE CABLEADO ELÉCTRICO.CAMBIO Y SUMINISTRO DE CABLE DE COBRE

MONOPOLAR PARA 600 VOLTS VINANEL-N TIPO THWN CALIBRE 10 AWG.

CAMBIO Y SUMINISTRO DE TERMINALES DE PELLIZCO PARA EL CABLEADO ELÉCTRICO.

ARMADO Y MONTAJE DEL TABLERO DE CONTROL.

99.311.150 17 1 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

APLICACIÓN DE PINTURA A ESTRUCTURA Y EQUIPO DE LA MAQUINA CENTRIFUGADORA DE ACEITE.

INCLUYE:LIMPIEZA MECÁNICA CON HERRAMIENTA MANUAL

HASTA ELIMINAR OXIDACIÓN DE LA ESTRUCTURA Y EQUIPO DEL CENTRIFUGADOR.

LIMPIEZA MANUAL CON SOLVENTE A LA ESTRUCTURA Y EQUIPO DEL CENTRIFUGADOR.

APLICACIÓN DE RECUBRIMIENTO PRIMARIO RP-6 MODIFICADO AUTOIMPRIMATE EPOXICO CATALIZADO

POLIAMIDAS DE DOS COMPONENTES DE ALTOS SÓLIDOS. APLICADO POR ASPERSIÓN UNA CAPA DE

75-100 MICRAS DE ESPESOR. A ESTRUCTURA Y EQUIPO DEL CENTRIFUGADOR.

APLICACIÓN DE RECUBRIMIENTO DE ACABADO RA-28 MODIFICADO POLIURETANO ALIFATICO POLIESTER DE DOS COMPONENTES ALTOS SOLIDOS EN COLOR

VERDE EQUIVALENCIA 607, APLICADO POR ASPERSIÓN CON ESPESOR DE 75-100 MICRAS. EN ESTRUCTURA Y EQUIPO DE CENTRIFUGADOR, DE

ACUERDO A LA TABLA 1 DE LA NRF-009-PEMEX-2004 Y TABLA 14 DE LA NRF-053-PEMEX-2006 DEL COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y

ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

BASES 7

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PROYECTO: SUSTANTIVO

99.311.150 18 2 SERVICIO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE LUMINARIA A PRUEBA DE EXPLOSIÓN CON LÁMPARA DE 100

WATTS, 127 VOLTS.INCLUYE:

DESMANTELAMIENTO DE LA INSTALACIÓN DEL ALUMBRADO ELÉCTRICO.

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TUBERÍA CONDUIT DE 1/2 IN DE DIAMETRO CEDULA 40.

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE CABLE DE COBRE MONOPOLAR PARA 600 VOLTS VINANEL-N TIPO TWHN

CALIBRE 12 AWG.SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE LUMINARIA A

PRUEBA DE EXPLOSIÓN MODELO EVA 220. INCLUYE BALASTRA Y LÁMPARA DE 100 WATTS/127 VOLTS.

NOTAS GENERALESI.- LA MODALIDAD DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SERÁ UN CONTRATO ABIERTO POR PRESUPUESTO A PRECIO FIJO. CON UN CONSUMO MÍNIMO DEL 40% Y CON UNA VIGENCIA APARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2012.

II.- LA CONDICIÓN DE ENTREGA EN INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUE.

III.- EL CRITERIO DE EVALUACIÓN SERÁ BINARIO.

NOTAS ESPECÍFICAS:1.- REQUISITOS QUE DEBERÁ CUMPLIR EL LICITANTE PARA EVALUACIÓN TÉCNICA:1.1.- DEBERÁ INTEGRAR JUNTO CON SU PROPUESTA TÉCNICA, LA RELACIÓN DE SU PERSONAL QUE SE ENCARGARA DE PROPORCIONAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LA MAQUINA CENTRIFUGADORA DE ACEITE, ASÍ COMO COPIA DE SUS CORRESPONDIENTES CONSTANCIAS DE CAPACITACIÓN.

1.2.- MANIFIESTO DONDE INDIQUE QUE ENTREGARÁ REPORTE FINAL DE LOS TRABAJOS DE REPARACIÓN, DIBUJOS DE ARREGLOS, DIAGRAMAS ELÉCTRICOS Y ELABORACIÓN DE MANUAL DE OPERACIÓN ESQUEMATIZADO.

2.- PLAZOS MÁXIMOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO:2.1.- EL PLAZO MÁXIMO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SERÁ DE 45 (CUARENTA Y CINCO) DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE QUE EL PROVEEDOR RECIBA DEL SUPERVISOR DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUE, LA ORDEN DE SURTIMIENTO, A TRAVÉS DE MEDIO ELECTRÓNICO O ENTREGA PERSONAL.UNA VEZ PRESTADO EL SERVICIO, EL SUPERVISOR DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUE EXPEDIRÁ EL COMPROBANTE DE ACEPTACIÓN CORRESPONDIENTE PARA EL TRÁMITE DE PAGO.2.2.- LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SE REALIZARA EN UNA SOLA EXHIBICIÓN.

3.- NOTAS PARA EL PROVEEDOR:3.1.- RECEPCIÓN DE LA MAQUINA CENTRIFUGADORA DE ACEITE:

BASES 8

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PROYECTO: SUSTANTIVO

ENTREGAR UN REPORTE FINAL DE LOS TRABAJOS DE REPARACIÓN, DIBUJOS DE ARREGLOS, DIAGRAMAS ELÉCTRICOS Y ELABORACIÓN DE MANUAL DE OPERACIÓN ESQUEMATIZADO.3.2.- ENTREGAR CARTA DE GARANTÍA DEL SERVICIO POR 12 MESES EN OPERACIÓN.3.3.- TRASLADAR LA BOMBA CENTRIFUGADORA DE ACEITE DEL TALLER ELÉCTRICO DE PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUE AL TALLER PRESTADOR DE SERVICIO Y VICEVERSA, SIENDO RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR EL TRASLADO Y MANIOBRA DE LA BOMBA CENTRIFUGADORA DE ACEITE EN AMBOS SITIOS.

4.-NIVELES DE SUPERVISIÓN DE ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS.NIVEL VAPLICA A LOS ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS TERMINADOS QUE SE SUPERVISAN CON PERSONAL DESIGNADO POR PEMEX, EN LAS INSTALACIONES DEL PROVEEDOR O EN DESTINO FINAL.EL CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS EN LOS CONTRATOS, SE DETERMINA REVISANDO LOS REQUISITOS Y PRESENCIANDO LAS ACTIVIDADES QUE APLIQUEN, SIENDO ENUNCIATIVAS MÁS NO LIMITATIVAS LAS SIGUIENTES:1) LAS ESPECIFICACIONES CONTRACTUALES.3) LA EJECUCIÓN DEL ARRENDAMIENTO O SERVICIO.4) LAS PRUEBAS Y/O EVALUACIONES FINALES.5) MANUALES (OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y CAPACITACIÓN) Y MEMORIA TÉCNICA.6) LA DOCUMENTACIÓN QUE ESTABLECE EL CONTRATO.

BASES 9

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PROYECTO: SUSTANTIVO

DOCUMENTO 02ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

Í N D I C E

1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Invitación Restringida.

2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1. Plazo y lugar de ejecución, moneda, precio, anticipo, idioma, y forma de pago.

3. Eventos previos a la presentación de proposiciones.

3.1. Visita a las instalaciones.

3.2. Junta de aclaraciones a las Bases.

3.2.1 Participación de Testigos Sociales. –NO APLICA-4. Instrucciones para elaborar las proposiciones y desarrollo del procedimiento.

4.1. Documentación que se entregará en el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.

4.2 Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

4.3. Acto de apertura de de proposiciones.

4.4. Plazos para solicitar aclaraciones a las propuestas presentadas

4.4.1. Métodos de evaluación.

4.4.2. Criterios de evaluación de aspectos económicos.

4.4.3 Procedimiento de desempate de propuestas económicas iguales en precio.

5 Criterios de adjudicación.

6. Casos en que se declarará desierta la invitación restringida.

7. Cancelación del procedimiento de invitación restringida

8. Causas de desechamiento de proposiciones.

9. Fallo.

10. Inconformidades.

11. Compromisos con la Transparencia.

12. Firma del Contrato.

13. Aspectos contractuales básicos.

13.1 Tipo de Contrato.

13.1.1 Vigencia del Contrato.

13.1.2. Presupuesto del Contrato.

13.1.3. Ordenes de Servicio.

13.2. Plazo, lugar de ejecución de los Servicios.

13.2.1. Recepción de los Servicios.

13.3. Supervisión de los Servicios

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13.4 Garantías

13.4.1 Fianza para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato la

calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad.

13.4.2 Fianza para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los

Contratos, los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios.

13.5 Anticipo–NO APLICA-13.6 Condiciones y forma de pago

13.6.1 Ajuste de Precios. –NO APLICA-13.7 Facturación.

13.8 Penas convencionales.

13.9 Rescisión Administrativa del Contrato.

13.10 Información Reservada y Confidencial.

13.11 Propiedad Intelectual. –NO APLICA-13.12 Responsabilidad Laboral.

13.13 Otras obligaciones del proveedor.

13.14 Modificaciones al contrato.

13.15 Terminación Anticipada.

13.16 Controversias.

13.17 Responsabilidad por contaminación y/o daños al medio ambiente.

13.18 Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o

Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

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En términos de lo dispuesto los artículos 25, 27, 28 y 134 Constitucional, artículos 3o. y 4o. de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, último párrafo del artículo 57 de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”), tercer párrafo del artículo 51 del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Reglamento”) y artículos 42, 43, 44 y 45 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DA´C”), así como apegado en la parte correspondiente a lo establecido en el artículo 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en adelante LAASSP) y lo aplicable de su Reglamento (en adelante RLAASSP), y las disposiciones administrativas vigentes en la materia, el Complejo Petroquímico Cosoleacaque por conducto de la Superintendencia de Recursos Materiales y la Jefatura de Obra Pública, ubicada en Carretera Costera del Golfo Km. 39 + 400 S/N, S/C, C.P. 96340 Cosoleacaque, Ver., y correo electrónico [email protected] y [email protected] en adelante “PEMEX-PETROQUIMICA”) Emite las Bases mediante el procedimiento de Invitación Restringida a por lo Menos Tres Personas No. IS-432-RM-LPM-2008562, (en adelante “Bases”), Solicitud de Servicio Abierto a Precio Fijo No. 432-42000-S-1022199 que tiene por objeto contratar la prestación de los servicios consistentes en: “MANTENIMIENTO A MAQUINA CENTRIFUGADORA DE ACEITE DIELECTRICO” en adelante (“Servicios”).

Estas Bases constan de 16 Documentos.

1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Invitación Restringida.

La publicación de las Bases se realiza a través de la página electrónica de Pemex Petroquímica (www.ptq.pemex.com), asimismo, la Convocante pondrá a disposición de los licitantes, de acuerdo a lo siguiente:

1.1 Para consulta::

A. En las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:00 horas a las 14:00 horas en días hábiles, en la ventanilla de atención a proveedores de la Jefatura de Obra Pública ubicada en el Edificio “I”, localizada en Carretera costera del Golfo Km. 39+400 S/N, S/C, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz, con teléfonos 01(922) 223-77-07, 223-00-93, 223-77-01 Extensiones: 35549, 35580 y 35289 y correos electrónicos: [email protected] [email protected]

B. A través de la página electrónica de Pemex Petroquímica en la dirección electrónica: http://www.ptq.pemex.com.

1.2 Para su obtención:

A. En las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:00 horas a las 14:00 horas en días hábiles, en la ventanilla de atención a proveedores de la Jefatura de Obra Pública ubicada en el Edificio “I”, localizada en Carretera costera del Golfo Km. 39+400 S/N, S/C, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz, con teléfonos 01(922) 223-77-07, 223-00-93, 223-77-01, Extensiones: 35549, 35580 y 35289.

2. Información General sobre el Procedimiento.

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Condiciones Generales de la Invitación Restringida.

2.1. Las Invitaciones a los proveedores a participar en este evento serán enviadas por medio electrónico y estos deberán de manifestar su participación por el mismo medio electrónico, contestando en el mismo día que esta les fue enviada de conformidad a lo señalado en los Artículos 59 del Reglamento de Ley de Petróleos Mexicanos y 43 de las DA´C.

2.2. No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DA´C.

2.3. Plazo y lugar de ejecución, moneda, precio, anticipo, idioma, y forma de pago.

A) El plazo para la ejecución de los Servicios es de 45 días naturales, contados a partir de la recepción de la orden de servicio.

B) El lugar de ejecución de los Servicios será: EN EL TALLER DEL PRESTADOR DEL SERVICIO

C) La recepción de los servicios será en su totalidad conforme al criterio de adjudicación.

D) Elaborar su propuesta económica en Moneda Nacional. El precio de los servicios será: fijo y no estará sujeto a ajustes.

E) Anticipo que se otorgará.(NO APLICA)

F) El pago que derive por la ejecución de los Servicios objeto de la Invitación Restringida a por lo Menos Tres Personas, se realizará a 20 días naturales a partir de la recepción y aceptación de la factura acompañada de la documentación soporte, conforme a los términos establecidos en estas Bases y en el Contrato.

G) El idioma de esta invitación restringida será: Español.

3. Eventos previos a la presentación de proposiciones.

3.1 Visita a las instalaciones.

La visita a las instalaciones se llevará a cabo el día 10 de Agosto de 2012 a las 10:00 horas en las Sala de licitaciones del Departamento de Obra Pública, localizada en el Edificio “I” en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque ubicada en Carretera Costera del Golfo Km. 39 + 400 S/N, S/C, Código Postal 96340 en la Ciudad de Cosoleacaque, Veracruz. La cual únicamente tendrá por objeto conocer lo siguiente: el sitio de localización de la bomba centrifugadora de aceite en el taller eléctrico; La visita será coordinada por el personal técnico del Departamento de Mantenimiento Eléctrico a cargo del Ing. Alberto Toledo Cueto.

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Las personas que pretendan participar en la visita a los sitios de prestación de los servicios, preferentemente entregarán un escrito al coordinador de la visita, en el que expresen su interés en participar en la visita, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante.En caso de haber dudas o cuestionamientos de carácter técnico por los interesados, deberán solicitar por escrito su aclaración conforme a lo indicado en el segundo, tercero y cuarto párrafos del numeral 3.2 de estas Bases ya que el acta que se levante de la citada junta de aclaraciones, formará parte de las Bases del procedimiento de Invitación Restringida a por lo Menos Tres Personas.

Los representantes de los licitantes que ingresen al Centro de Trabajo e instalaciones antes mencionadas, deberán cumplir con las medidas de seguridad implantadas en el centro de trabajo, las cuales están contenidas en el Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de PEMEX PETROQUIMICA (400-A-ACSIPA-RE-01) contenida en el DOCUMENTO 15. Sin el cumplimiento de lo anterior, no será permitido el acceso a las instalaciones.

La asistencia a esta visita no es obligatoria para los licitantes, sin embargo, se recomienda su participación en la misma.

3.2.- Junta de aclaraciones a las Bases.

La junta de aclaraciones a las bases se llevará a cabo el día 10 de Agosto de 2012 a las 11:30 horas en la sala de licitaciones de la Jefatura de Obra Pública del Complejo Petroquímico Cosoleacaque ubicada en Carretera Costera del Golfo Km. 39 + 400 S/N, S/C, Código Postal 96340 en la Ciudad de Cosoleacaque, Veracruz, siendo optativa la asistencia de los interesados a las reuniones que, en su caso, se realicen.

Los licitantes que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en las bases de Invitación Restringida preferentemente entregarán sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones, a través de los medios indicados en el párrafo anterior.

Las preguntas que formulen los licitantes deberán tener el sentido de aclaración de los aspectos establecidos en las Bases, las cuales podrán enviarse por correo electrónico en las siguientes direcciónes: [email protected] , j [email protected] o entregarlas personalmente en la Jefatura de Obra Pública, ubicada en el Edificio “I”, sito en Carretera Costera del Golfo Km. 39 + 400 S/N, S/C, C.P. 96340 Cosoleacaque, Ver., a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones.

Solo podrán hacer preguntas, planteamientos y solicitudes de modificación los licitantes que hayan sido invitados.

Preferentemente indicar el numeral de las Bases al que hace referencia su duda o cuestionamiento. Si la convocante no recibe las preguntas o solicitudes de precisiones en el tiempo y forma establecidos no dará respuesta a las mismas durante la junta de aclaraciones.

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De cada junta de aclaraciones se levantará un acta en la que se harán constar las preguntas y solicitudes de modificación formuladas y las respuestas de Pemex Petroquímica

Los licitantes que no hayan asistido al acto, se darán por notificados del acta que se levante de la(s) junta(s) de aclaración, al correo electrónico que hayan descrito sin perjuicio de que puedan obtener una copia directamente en las oficinas de la Convocante.

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las proposiciones y desarrollo del procedimiento.El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el Procedimiento de Invitación Restringida a por lo menos Tres Personas de Carácter Nacional.

A) Únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana Acreditar su existencia y personalidad jurídica, mediante un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, escrito que deberá contener los datos que se citan en el DOCUMENTO 03. El licitante o su apoderado o representante legal que firme el DOCUMENTO 03, deberá ser quien firme autógrafamente la propuesta. Deberá proporcionar una dirección de correo electrónico, en caso de contar con él.

PARA EL CASO DE PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA: Copia simple legible del Acta Constitutiva de la Persona Moral del licitante debidamente registrada

ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio. Copia simple legible de la última reforma del Acta Constitutiva debidamente registrada ante el Registro

Público de la Propiedad y el Comercio. Copia simple legible de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación para

suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.

Copia simple legible de la identificación Oficial vigente con fotografía de la persona que suscriba la propuesta en nombre y representación del licitante (Credencial de Elector vigente, Pasaporte, Cartilla Militar, Cédula profesional)

Copia simple legible del Registro Federal de Contribuyente.

En caso de que la propuesta sea suscrita por un representante legal del licitante (persona física) además deberá adjuntar:

Copia simpe legible de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación a nombre del licitante (persona física) para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal.

Únicamente podrán participar proveedores que hayan sido invitados y confirmado su participación, de lo indicado en el numeral 2 en el punto 2.1.

B) Elaborar y entregar la propuesta en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. Las proposiciones deberán estar firmadas autógrafamente por persona facultada para ello en la última

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hoja del documento que las contenga, así como las partes y los documentos que se relacionan en el DOCUMENTO 04. Las proposiciones se presentarán dentro de un sobre, cerrado e identificado con la siguiente información:

Nombre o razón social y domicilio del licitante. Número de la invitación restringida: Número de Modulo:

Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar las proposiciones foliadas en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de cada propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la propuesta.No se aceptan propuestas enviadas por servicio postal, mensajería o Correo Electrónico.

C) Entregar las manifestaciones escritas bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los Artículos 53 Fracción V de la Ley, y 12 de las “DA´C”, conforme al DOCUMENTO 07

D) Elaborar su propuesta en la parte técnica utilizando para ello preferentemente el formato establecido en el DOCUMENTO 06, en donde deberá detallar claramente la Información y Descripción Especifica de los servicios que propone conforme a lo solicitado en el DOCUMENTO 01, indicando el número de partida de que se trate, unidad de medida, cantidad y descripción de los servicios, así mismo deberá manifestar el plazo y lugar de entrega que propone.

Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta técnica, podrán presentarse en idioma extranjero, acompañados de una traducción simple al español.

E) De conformidad con la Regla Octava del “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la determinación y acreditación del Grado de Contenido Nacional, tratándose de procedimientos de contratación de carácter nacional” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de 2000, y las Reformas a éste, publicadas el 12 de julio de 2004, el licitante que resulte ganador, previo a la formalización del contrato que se adjudique como resultado de este procedimiento de contratación, deberá acreditar su nacionalidad mexicana; conforme a lo siguiente:

Tratándose de personas morales: Mediante la copia certificada de la escritura pública correspondiente, en la que conste que se constituyó conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional.

Tratándose de personas físicas: Mediante copia certificada del acta de nacimiento correspondiente o, en su caso, de la carta de naturalización respectiva expedida por la autoridad competente, y la documentación con la que demuestre tener su domicilio legal en el territorio nacional.

F) Elaborar su propuesta económica en Pesos Mexicanos conforme al DOCUMENTO 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). Se desechará la propuesta que establezca precios condicionados o variables.

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G) Se podrán presentar proposiciones conjuntas de conformidad con el artículo 24 de las “DA´C”, observando los términos establecidos en estas Bases y considerando lo siguiente: (NO APLICA)

G.1) Tendrán derecho a participar cuando alguno de los integrantes del grupo haya sido invitado.

G.2) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:

a) Nombre y domicilio de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales;

b) Nombre de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;

c) La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, especifico para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de invitación restringida;

d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones,

e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del Contrato que se firme.

En caso de resultar ganadora, para efectos de la formalización del Contrato, éste podrá ser suscrito por cada uno de los integrantes de dicha propuesta, o en su caso por el representante común quién deberá acreditar su personalidad y facultades otorgadas en el convenio mediante instrumento público.

PEMEX PETROQUIMICA no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina ó sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 59 de la Ley y por analogía el artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

G.3) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de las personas que integran la propuesta conjunta.

G.4) Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.

BASES 17

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G.5) Presentar los escritos a que se hace referencia en los incisos C) y E) de este punto 4, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.

G.6) De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentar en un sólo instrumento, fianza para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, la cual deberá otorgarse conforme al punto 13.4

G.7) El licitante ganador se obliga a presentar documento expedido por el S.A.T. en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales en términos de la regla I.2.1.16 para efectos del Art. 32-D del C.F.F. Lo anterior, derivado de la publicación en el D.O.F. el pasado 28 de Diciembre de 2012, de la Resolución de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2012.

Para lo cual deberá realizar la consulta de opinión ante el S.A.T., preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo correspondiente; tratándose de propuestas conjuntas será para cada uno de los obligados.

G.8) La experiencia en la ejecución de los servicios deberá acreditarse por una de las personas que integran la propuesta conjunta, o si lo prefieren los integrantes podrán hacerlo en forma individual y se acreditará conforme a lo señalado en el inciso J), de estas Bases.

G.9) El capital contable se acreditará con la suma de los capitales contables del grupo de personas que integran la propuesta conjunta. (NO APLICA)

H) Con propósito de agilizar el desarrollo del acto de apertura de proposiciones, preferentemente entregar el DOCUMENTO 05, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de entregar este formato no ser motivo de desechamiento. Dicho formato servirá a cada participante como constancia de recepción de la documentación que contiene la proposición.

I) Ninguna de las condiciones contenidas en estas Bases así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.

J) El licitante manifestará que su empresa se encuentra ubicada en la estratificación de (Micro, Pequeña y Mediana Empresa o NO MIPYME) de acuerdo con la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Lo anterior para estar en posibilidad de contar con unas Bases de información que coadyuven a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas conforme al DOCUMENTO 06-C. La omisión de esta manifestación, no es motivo para desechar la proposición.

K) El licitante deberá incluir, junto con su propuesta técnica el “FORMATO DE MANIFESTACION DE INTEGRACION NACIONAL DE MANO DE OBRA EN LOS SERVICIOS OFERTADOS,

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DERIVADO DE LA ESTRATEGIA PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS DE PETROLEOS MEXICANOS” que se incluyen como DOCUMENTO 16, la información de la integración nacional de la mano de obra en los SERVICIOS que oferte, expresada en porcentaje, así como la marca. En caso de ser distribuidor o comercializador, adicionalmente se requiere proporcionar el nombre o razón social del fabricante del bien, así como el origen del mismo.

L) Los bienes que se utilizarán para la ejecución de los servicios que, en su caso, el licitante proponga y utilice deberán ser nuevos.

M) Entregar Bajo protesta de decir verdad una declaración de integridad conforme al Documento 08.

N) Resumen de condiciones de contratación de los servicios DOCUMENTO 06-B.

O) El grado de contenido nacional con el que deberán cumplir los servicios que se oferten en la presente licitación, deberá ser mínimo 65%.

4.1 Documentación que se entregará en el acto de Apertura de Proposiciones.

Así mismo, con el propósito de facilitar la presentación de propuestas y agilizar la conducción del acto de apertura de proposiciones, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el DOCUMENTO 05.

4.2. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

El acto de apertura de proposiciones iniciará puntualmente a la hora establecida en estas Bases. Una vez iniciado el acto no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos o de licitantes.

Con el objeto de mantener orden y respeto durante el desarrollo de los actos que deriven de esta licitación, no se permitirá a los licitantes el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde éstos se desarrollen.

Los actos que deriven de esta licitación serán presididos por el servidor público designado por Pemex-PEMEX PETROQUIMICA, quien será el único facultado para aceptar o desechar las propuestas y, en general, para tomar todas las decisiones durante la realización del acto, en los términos de la Ley, su Reglamento y las “DAC”.

En el acto de apertura de proposiciones, la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, sin entrar al análisis detallado de su contenido, el cual se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas.

Las actas que se generen con motivo de los actos derivados de esta invitación restringida, serán firmadas por los asistentes y se pondrán a su disposición o se les entregará copia de las mismas, la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a disposición de los que no hayan asistido para efectos de su notificación en la ventanilla de atención de la Jefatura del Departamento de Obra Publica, en el Edificio “I” del Complejo Petroquímico Cosoleacaque ubicada

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en Carretera Costera del Golfo Km. 39 + 400 S/N, S/C, Código Postal 96340 en la Ciudad de Cosoleacaque, Veracruz, en el horario de 8:00 a 14:00 horas, por un término de cinco (5) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de celebración de dichos actos; siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de las mismas. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

4.3. Etapa de apertura de proposiciones.

El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo de conformidad a lo previsto en el Artículo 58 fracción V de la Ley el día 21 de Agosto de 2012 a las 10:00 hrs., en la Sala de licitaciones de la Jefatura de Obra Pública, en el Edificio “I”, del Complejo Petroquímico Cosoleacaque ubicada en Carretera Costera del Golfo Km. 39 + 400 S/N, S/C, Código Postal 96340 en la Ciudad de Cosoleacaque, Veracruz.

De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la convocante designe, rubricarán los documentos indicados en el Documentos 05.

La cual de ser el caso, podrá realizarse sin la presencia de los licitantes.

4.4. Plazos para solicitar aclaraciones a las propuestas presentadas.

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 29 de las “DA´C” cualquier requisito cuyo incumplimiento por sí mismo o deficiencia en su contenido no afecta la solvencia de la propuesta del licitante, ésta podrá ser aclarada ó subsanada por los licitantes en un plazo de 2 días hábiles a partir de la recepción del requerimiento, dando respuesta al escrito que la convocante emita, y ésta no podrá modificar los términos y condiciones esenciales de la propuesta.

4.4.1. Métodos de evaluación.

A. Los métodos de evaluación que se emplearan en las presentes bases de invitación serán: Técnico: BINARIOEconómico: PRECIO MAS BAJOBajo los siguientes criterios:

Criterio de evaluación técnica: 1. Los requisitos que serán evaluados con el criterio binario de cumple o no cumple, son

los solicitados en el Documento 01 y en las bases de invitación.2. Se evaluarán técnicamente todas las proposiciones, verificando que los servicios propuestos cumplan con lo solicitado en el Documento 01 y en las bases de invitación, y en su caso, lo que se haya derivado de la(s) junta(s) de aclaración (es) de las bases de invitación.3. Los aspectos que serán evaluados para acreditar la solvencia técnica será: lo establecido en el Documento 01 y en las bases de invitación.4. La evaluación se hará por partida completa; ante la omisión o incumplimiento a lo requerido en el Documento 01 y en las bases de la invitación, la proposición será desechada.

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5. Las propuestas conjuntas deberán cumplir con los requisitos indicados en el inciso G) del punto 4, por lo que, el incumplimiento de cualquier de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada.

Criterio de evaluación económica:1.La base para evaluar la propuesta económica será el precio unitario.2.La propuesta deberá cumplir con los requisitos que se solicitan en las bases de invitación.

4.4.2. Criterios de evaluación de aspectos económicos.

De conformidad con el artículo 30 de las “DA´C” el criterio de evaluación que aplicará será por precio más bajo, de las propuestas que resulten solventes técnicas, legal y económicamente.

A. La base para evaluar la propuesta económica será el precio unitario y/o precio unitario ponderado.B. Los aspectos económicos de la propuesta deberán cumplir con los requisitos en forma y

contenido que se solicitan en el punto 4 incisos B) y F) así como con el DOCUMENTO 06-A.C. Se verificará que los precios de los Servicios propuestos sean solventes conforme a lo siguiente:

4.4.3. Procedimiento de desempate de propuestas económicas iguales en precio.

Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate entre dos o más proveedores en una misma o más partidas, se deberá adjudicar el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con algunas de las anteriores, se adjudicara a la que tenga el carácter de mediana empresa.

En caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en los párrafos anteriores, o bien, de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter MIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante ganador del sorteo por insaculación que realice la Convocante.

A. Para el caso de la adjudicación por puntos y porcentajes, si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, se adjudicará al licitante que compruebe ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta total de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; Acompañada con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social. Para obtener este beneficio los licitantes deberán incluir la manifestación correspondiente (NO APLICA)

Cuando se requiera llevar a cabo un sorteo por insaculación, el Área contratante deberá girar invitación por escrito, al Órgano Interno de Control en su presencia se lleve a cabo el sorteo; se Levantará acta que firmaran los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de los licitantes invalide el acto.

5. Criterios de adjudicación.

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En el caso de contratos abiertos se usará el siguiente criterio de adjudicación

Una vez efectuada la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará a:

I. Aquél licitante cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta invitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.Si resultare que dos o más propuestas son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la propuesta cuyo precio sea el más bajo.

II. La adjudicación del Contrato será por: Requisición Total

6. Casos en que se declarará desierta la Invitación Restringida.

La Convocante podrá declarar desierta la invitación restringida en los casos previstos en el artículo 36 de las “DA´C”.

En los procedimientos que sean declarados como desiertos las propuestas que se hayan recibido serán archivadas por PEMEX PETROQUIMICA por un periodo de tres (3) años.

7. Cancelación del procedimiento de Invitación Restringida.

PEMEX PETROQUIMICA podrá cancelar el procedimiento de invitación restringida por cualquier causa.

De conformidad con el Art. 37 de las “DA´C”, se procederá a rembolsar al licitante, únicamente en caso de cancelación total de la invitación restringida y previa solicitud de este por escrito, los gastos no recuperables en que hubiere incurrido, según proceda, tomando en cuenta que únicamente se pagaran pasajes clase turista hasta 15 salarios mínimos diarios vigentes en el Distrito Federal. Los gastos no recuperables serán pagados dentro de un término que no exceda de 45 días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada de licitante.

8. Causas de desechamiento de proposiciones.

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las causales establecidas en el DOCUMENTO 13.

9. Fallo.

El fallo de la invitación restringida se dará a conocer conforme a lo previsto por los artículos 33 y 34 de las “DA´C”, estimándose que será el día 30 de Agosto del 2012 de 13:00 hrs., en la Sala de Licitaciones del Departamento de Obra Pública ubicada en el Edificio “I” del Complejo Petroquímico Cosoleacaque.

10. Inconformidades.

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Podrá interponerse inconformidad ante la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control de PEMEX PETROQUIMICA por actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de esta Ley, como se establece en el segundo párrafo del artículo 35 de la Ley, cuando dichos actos se relacionen con:

I. La invitación, las bases de invitación restringida o la junta de aclaraciones, siempre que el interesado haya manifestado su objeción, así como los argumentos y razones jurídicas que la funden, en la propia junta de aclaraciones.

En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el interesado dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la última junta de aclaraciones;

II. Los actos cometidos durante el acto de apertura de proposiciones y el fallo.

En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por el licitante dentro de los seis días hábiles siguientes a la notificación del acto respectivo

III. La cancelación de la invitación.

En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por el licitante que hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a la notificación del acto respectivo

IV. Los actos y omisiones por parte de la convocante que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en las bases o en la Ley.

En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los seis días hábiles siguientes a aquél en que se hubiere vencido el plazo para la formalización del contrato.

La Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUIMICA desechará las inconformidades que se presenten en contra de actos o en momentos distintos a los establecidos en las fracciones anteriores; igualmente, desechará las inconformidades a que se refiere la fracción I de este punto, cuando de las constancias se desprenda que el inconforme no hubiere asistido a la junta de aclaraciones o cuando, habiendo asistido, no hubiere manifestado su objeción y los argumentos y razones jurídicas que la funden respecto de aquellos actos que presuntamente contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de la Ley.

Toda inconformidad será presentada, a elección del promovente, por escrito o a través de los medios remotos de comunicación electrónica que al efecto establezca la Secretaría de la Función Pública o el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUIMICA.

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUIMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel C-1, a la atención del TITULAR DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que

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les proporcione la Secretaría de la Función Pública, en términos de lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 35 de la Ley y por analogía, en lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO.

11. Compromisos con la Transparencia.

En el marco del Programa para la Transparencia y el Combate a la Corrupción emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro de su propuesta técnica-económica, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado “Compromisos con la Transparencia” conforme al DOCUMENTO 10.

El servidor público de PEMEX PETROQUIMICA, responsable de presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, previo al inicio de dicho acto, lo firmará y entregará un tanto firmado al licitante que lo haya presentado.

La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de desechamiento de la propuesta presentada.

12. Firma del Contrato.

La firma del Contrato se hará, dentro de los 15 días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en la: Sala de licitaciones de la la Jefatura del Departamento de Obra Pública localizada en el Edificio “I” en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, sito en Carretera Costera del golfo Km 39 + 400, Cosoleacaque, Ver., en horario de 8:30 a 14:00 horas.

El licitante adjudicado, previo a la formalización del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos cuyos datos se citan en el DOCUMENTO 03

Para los efectos del Artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), cuando el monto del contrato sea superior a $300,000.00 M. N. sin incluir el IVA, al momento de suscribir el contrato deberá presentar y entregar lo siguiente:

Documento actualizado expedido por el SAT ("acuse de respuesta"), en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con la Regla I.2.1.16. así mismo lo dispuesto en la regla II.2.1.11 comprendida dentro de la misma (Procedimiento para contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Segunda "Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012" Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre del 2012.

Para dar cumplimiento a lo antes citado, deberá considerar lo siguiente:

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Realizar la consulta de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente.

Si PEMEX PETROQUÍMICA, previo a la formalización del contrato, recibe del SAT el "acuse de respuesta" de la solicitud en el que se emita una opinión en sentido negativo del Proveedor que resultó adjudicado, PEMEX PETROQUÍMICA dará cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y remitirá a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato, por causas imputables al adjudicado.

Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales

II.2.1.11. Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento:

I. Ingresarán a la página de Internet del SAT, en la opción "Mi Portal", con la clave CIECF.II. Una vez elegida la opción de la de cumplimiento de obligaciones fiscales, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta.

a) La autoridad a fin de emitir la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales revisará que el contribuyente solicitante:

1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento, que la clave del RFC este activa y el domicilio localizado.2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de declaración anual correspondiente al último ejercicio por el que se encuentre obligado del ISR e IETU y se encuentra al corriente en la presentación de los pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como pagos definitivos del IVA y del IEPS; del ejercicio fiscal en el que se solicita la opinión y el anterior.3. No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IETU, Impuesto al activo, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.4. Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla I.2.16.1.5. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no hayan incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.

Cuando la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias relacionadas con el RFC o presentación de declaraciones con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar un caso de aclaración a través de su portal y una vez que tenga la respuesta de que ha

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quedado solventada la aclaración, deberá generar nuevamente la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.

Cuando la citada opinión arroje inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o al otorgamiento de garantía con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración a través de su portal; la ALSC que le corresponda, resolverá en un plazo máximo de 3 días y emitirá la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales y la enviará al portal del contribuyente.

La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia en la fracción I que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión.

Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados.Dicha documentación deberá presentarse ante Pemex-PEMEX PETROQUIMICA, en días hábiles y en el horario comprendido de las 09:00 a las 14:00 en las oficinas ubicadas en: la Jefatura del Departamento de Obra Pública, en el Edificio “I” del Complejo Petroquímico Cosoleacaque ubicada en Carretera Costera del Golfo Km. 39 + 400 S/N, S/C, Código Postal 96340 en la Ciudad de Cosoleacaque, Veracruz, México, en el horario de 8:00 a 14:00, a más tardar a la firma del contrato.

Cuando una proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato.

Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio.

El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, perderá el derecho a formalizarlo por lo cual Pemex-PEMEX PETROQUIMICA procederá a notificar al Órgano Interno de Control, para que proceda de conformidad con lo dispuesto a los Artículos 59 y 60 de la Ley.

Si el Licitante adjudicado no firma el contrato por causas imputables al mismo, se procederá con lo indicado en el Artículo 46 de la Ley.

PEMEX PETROQUIMICA podrá no llevar a cabo la firma del Contrato, por causas de fuerza mayor o casos fortuitos, o bien cuando existan causas justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de los Servicios y que con su firma, se le ocasione un daño o perjuicio. En este último supuesto, se considerará únicamente al licitante adjudicado, el reconocimiento de gastos no recuperables en los términos aplicables a lo indicado en el numeral 7 de estas Bases.

13. Aspectos contractuales básicos.

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Como DOCUMENTO 12 se incluye el modelo de contrato que aplicará en este procedimiento, el licitante deberá considerar las condiciones ahí establecidas.

13.1. Tipo de contrato: Contrato Abierto.

13.1.1 Vigencia del Contrato.

La vigencia del contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye hasta el 31 de diciembre de 2012, que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

13.1.2. Presupuesto del Contrato.

El presupuesto que PEMEX PETROQUIMICA, podrá ejercer de un máximo de $379,936.00 (Trescientos setenta y nueve mil, novecientos treinta y seis pesos 00/100 M.N.) y un mínimo de $151,974.40 (Ciento cincuenta y un mil, novecientos setenta y cuatro pesos 40/100 M.N.) 13.1.3. Ordenes de Servicio.

Pemex, PEMEX PETROQUIMICA, ejercerá el Contrato a través de “órdenes de servicio” (de aquí en adelante “ORDEN” u “ÓRDENES”).

La ORDEN que emita PEMEX PETROQUIMICA, será entregada al proveedor en: La Jefatura del Departamento de Mantenimiento Eléctrico, adscrita a la Superintendencia de Mantenimiento en el Complejo Petroquímico Cosoleacaque, o transmitida vía facsímil o medios electrónicos cuando así se convenga.

El proveedor sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser ejecutadas dentro de la vigencia originalmente pactada o modificada en el convenio respectivo.

Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por: La Jefatura del Departamento de Mantenimiento Eléctrico, adscrita a la Superintendencia de Mantenimiento en el Complejo Petroquímico Cosoleacaque PEMEX PETROQUIMICA, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en el Contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales.

13.2. Plazo, Lugar y Condiciones de Ejecución de los Servicios.

El plazo de Ejecución de los Servicios será de 45 días naturales: A partir de la firma del contrato, o en su defecto contado a partir de la fecha de recepción de la ORDEN por parte del proveedor.

El contrato se ejercerá por orden de servicio y tendrá 45 días naturales el prestador de servicios después de recibida la orden para cumplirla.

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Los servicios serán prestados en el taller de Mantenimiento Eléctrico localizado en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, a la atención de personal de la Jefatura del Departamento de Mantenimiento Eléctrico, en días de lunes a viernes en horario 8:00 A 14:00 hrs.

PEMEX PETROQUIMICA, se obliga a tener oportunamente y en condiciones adecuadas para el inicio de los Servicios, el (los) lugar(es) en que deberá(n) ejecutarse los mismos.

13.2.1 Recepción de los Servicios.

PEMEX PETROQUIMICA, recibirá los Servicios, cuando éstos se hayan ejecutado y concluido de acuerdo con los alcances y estipulaciones convenidas.

13.3. Supervisión de los servicios

El área responsable que realizará la supervisión de los servicios será: La Jefatura del Departamento de Mantenimiento Eléctrico, adscrita a la Superintendencia de Mantenimiento en el Complejo Petroquímico Cosoleacaque. El PROVEEDOR acepta que el Supervisor de PEMEX PETROQUIMICA, vigilará, controlará y revisará en todo tiempo los servicios objeto de este contrato y dará al proveedor por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR.

La supervisión de los servicios que realice PEMEX PETROQUIMICA, no libera al proveedor del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de los defectos o vicios ocultos que aparezcan posteriormente una vez concluidos los servicios. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al proveedor de las obligaciones que contrae bajo este contrato.

Por su parte, el proveedor se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los servicios a que se refiere este contrato.

El responsable del proveedor previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por PEMEX PETROQUIMICA, quien determinará si reúne los requisitos señalados.

En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, PEMEX PETROQUIMICA, podrá solicitar el cambio del responsable del proveedor y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en este numeral.

13.4 Garantías

El PROVEEDOR a su elección podrá entregar cualquiera de los siguientes instrumentos de garantía: 13.4.1. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO (DOCUMENTO 09)

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TEXTO 1. PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS (SE UTILIZA PARA LOS CONTRATOS CUYA NATURALEZA NO REQUIERA GARANTIZAR LOS VICIOS OCULTOS Y DEFECTOS DE LOS BIENES Y/O CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS).

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el 10% del monto total a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el 10% del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el 10% del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante.

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

(C) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente.En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

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(E) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUIMICA.

(F) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5. La rescisión del contrato y su notificación.6. Copia del finiquito7. Cuantificación del importe reclamado.

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el monto que resulte mayor entre: a) el 10% del monto total a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el 10% del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el 10% del monto que resulte conforme a lo antes señalado, y a favor de PEMEX PETROQUIMICA. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, más noventa días naturales adicionales, a favor de PEMEX PETROQUIMICA salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante, más noventa días naturales adicionales.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.

(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier

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excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

La Fianza que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 09, de estas Bases y deberá entregarse en el domicilio siguiente: en la Jefatura de Obra Pública, ubicada en el Edificio “I” del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, sito Km. 39+ 400 de la Carretera Costera del Golfo S/N, S/C, C.P. 96340 en Cosoleacaque, Ver.

La Fianza de Cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del Proveedor derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el contrato y de ninguna manera impedirá que PEMEX PETROQUIMICA reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la Fianza, así mismo por concepto de penas convencionales que se estipule en el contrato garantizado, incluyendo los pagos en exceso más sus intereses correspondientes, que supone que PEMEX PETROQUIMICA efectúe un pago por error sin existir obligación alguna para hacerlo.

En caso de cualquier modificación al plazo señalado en el contrato y/o sus anexos, o conceder esperas y/o convenios de ampliación de plazo para el cumplimiento del contrato garantizado y sus anexos, el proveedor se obliga a entregar a PEMEX PETROQUIMICA a la firma del convenio respectivo el endoso o documentos modificatorios de la fianza de cumplimiento, defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad otorgada originalmente, de la prórroga de la vigencia de la fianza en concordancia con las prórrogas, esperas, o convenios de ampliación de plazo otorgados hasta en un 20% de la vigencia original del contrato o por el porcentaje en exceso al 20%.

El proveedor reconoce que el monto garantizado puede modificarse y se obliga a entregar a PEMEX PETROQUIMICA a la firma del convenio respectivo el endoso o documentos modificatorios de la fianza de cumplimiento, defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad otorgada originalmente como consecuencia del convenio de ampliación al monto.

El Proveedor se oligara lo establecido en la CLAUSULA NOVENA del contrato

En caso de Propuestas Conjuntas, la Fianza de cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUIMICA, una responsabilidad única por todos los integrantes.La Fianza de Cumplimiento, calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, se podrá hacer efectiva por PEMEX PETROQUIMICA, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos:

a).- Cuando el Proveedor incumpla con cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato.b).- Cuando se rescinda el contrato por causas imputables al Proveedor.

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c).- Cuando se presenten defectos, vicios ocultos de los bienes, mala calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad en los bienes y/o servicios materia del contrato.

d).- Cuando hubiese transcurrido el plazo, que en su caso, se haya concedido al Proveedor para reparar, reponer o corregir los defectos, vicios ocultos y la calidad de los bienes y servicios, así como cualquier otra responsabilidad cuando aplique, y no se hayan reparado, repuesto o corregido los defectos, vicios ocultos de los bienes y la mala calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

13.4.2. GARANTÍA DE LA OBLIGACION DE RESPONDER POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS (DOCUMENTO 09)TEXTO 2. PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS, LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por defectos o vicios ocultos de los servicio, deberá presentar a PEMEX PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes al acta de entrega de los servicio, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de defectos o vicios ocultos en los servicio consistente en:

Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe total de los servicio entregados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de la entrega de los servicio, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUIMICA para responder por los defectos o vicios ocultos en los servicio, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUIMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEMEX PETROQUIMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUIMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUIMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.

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En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUIMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(C) Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos de los servicio, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(E) Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los servicio, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUIMICA.

(F) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que

reúna los elementos necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los servicio y su cuantificación.

5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados.

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10 % del importe total de los servicio entregados, con una vigencia de seis meses más noventa

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días naturales adicionales, a partir de la entrega de los servicio y a favor de PEMEX PETROQUIMICA. -OPCIONAL-

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los servicio, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de la Convocante en el Departamento de Obra Pública ubicada en el Edificio “I”, en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque en el horario de: 8:30 a 14:30 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en los DOCUMENTOS 09, según corresponda, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUIMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

En caso de Propuestas Conjuntas, la Fianza de Cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes.

13.5. Anticipo. (NO APLICA)

13.6. Condiciones y forma de pago.

PEMEX PETROQUIMICA, pagará al Proveedor el monto de los servicios concluidos y aceptados a los 20 días naturales máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el certificado de aceptación de los servicios, fecha de la aceptación, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos.

El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago.

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Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez (10) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro (4) punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos (2) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta.

Para la aplicación de la condición de “Pronto Pago”, se observaran las siguientes premisas:

a).- Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor.b).- Que los bienes y servicios hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX

PETROQUIMICA.c).- Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, por lo menos con tres días hábiles de

anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la Ventanilla Única ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, en el horario de 9:00 a 13:00 hrs., y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUIMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero”.

d).- Cada operación de descuento por “Pronto Pago”, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUIMICA, bajo el concepto de “descuento por pronto pago”, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c).

e).- El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal.

f).- La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163.

g).- Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de “validación de contra-recibos” no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema.

Cadenas productivas nafin.

Nacional financiera cuenta con un esquema de factoraje que esta a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la administración Publica Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén

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interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadena Productiva. Al respecto encontrara mayor información en la página web de Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portainf/content/ventas-al.gobierno/prograna-de-compras-del-gobierno-federal/cadenas-productivas.html

13.6.1. Ajuste de Precios. (NO APLICA)

Sólo procederá el ajuste de precios cuando no existan atrasos imputables al proveedor en la ejecución de los Servicios.

En caso de prórroga en el contrato por causas de caso fortuito o fuerza mayor, el ajuste de precios procederá durante el período de la prórroga.

En el caso de que se presenten decrementos en los índices de referencia en función del último precio autorizado, el proveedor se obliga a notificarlo a PEMEX PETROQUIMICA, y deberá bonificar en la presentación de sus facturas, las cantidades que resulten aplicando el mecanismo pactado, y aún cuando el proveedor no lo hubiere notificado, si PEMEX PETROQUIMICA lo detecta, le solicitará que lo bonifique en su facturación más próxima.

13.7. Facturación.

El Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en la Ventanilla Única, del Departamento de Contabilidad y Fiscal, ubicada en el edificio “A” del Complejo Petroquímico Cosoleacaque con domicilio fiscal en Carretera Costera del Golfo KM 39 + 400 S/N, S/C, C.P. 96340, en Cosoleacaque, Ver. En el horario de 09:00 a 14:00 hrs.

Debidamente requisitadas, en original y 5 copias, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los servicios en los términos del Contrato.

El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, a la ORDEN, a la (partida) que ejecutó, la unidad de medida y al precio unitario de los Servicios.

En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUIMICA dentro de los tres (3) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido de 20 días MAXIMO para pago, establecido en el primer párrafo del punto 13.6. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado.

En caso de que existan servicios faltantes o discrepantes, o pago de lo indebido, PEMEX PETROQUIMICA tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente.

13.8. Penas convencionales.

BASES 36

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Respecto de cada contrato, las penas convencionales a las que el Proveedor se haga acreedor por atraso en la fecha de recepción de los servicios, se calcularán, a partir del día siguiente del plazo pactado para la entrega de los mismos, o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los Servicios pendientes de entregar a razón de 0.5% para plazos de entrega hasta 50 días calendario y 0.2 % para plazos de entrega mayores a 50 días calendario por cada día calendario de atraso y hasta el importe del 10% del contrato de que se trate.

PEMEX PETROQUIMICA, podrá exigir la Ejecución de los servicios con la aplicación de las penas convencionales que procedan.

Una vez transcurrido el plazo máximo de espera de aplicación de penas convencionales de una orden sin que el proveedor haya entregado los servicios PEMEX PETROQUIMICA procederá a aplicar una deducción equivalente al 10% del valor de la misma y podrá generar una nueva orden.

Cuando la suma de las penas convencionales alcance el importe de la garantía de cumplimiento del Contrato, PEMEX PETROQUIMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del Contrato.

PEMEX PETROQUIMICA, podrá exigir la ejecución de los Servicios con la aplicación de las penas convencionales que procedan o cancelar la ORDEN una vez agotado el 10% del importe de la ORDEN de que se trate. De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 61 fracción V de la Ley, y 60 de las “DA´C”, de cuando la suma de las penas convencionales alcancen el importe de la garantía de cumplimiento del Contrato, PEMEX PETROQUIMICA, podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del Contrato.

El pago de los Servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar por concepto de penas convencionales en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el Contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento del Contrato.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al proveedor, en cuyo caso se podrá otorgar una prórroga al cumplimiento de las obligaciones, siempre y cuando sea solicitado por escrito por el Proveedor, previo al vencimiento de la fecha de cumplimiento estipulada en el contrato.

Si el Proveedor incurre en atrasos imputables al mismo, deberá acompañar a sus facturas, los recibos de ingresos por concepto de las penas convencionales a que se haya hecho acreedor, correspondientes a los días de atraso entre la fecha pactada en el Contrato o convenio modificatorio y la fecha real de conclusión de los Servicios.

13.9. Rescisión Administrativa del Contrato.

BASES 37

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PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, rescindir administrativamente el Contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue los servicio de conformidad con lo estipulado en el contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

c) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

d) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

e) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

f) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

h) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

i) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional” del contrato;

j) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción” del contrato;

k) Si no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los servicio;

l) Si no entrega a PEMEX PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato” del contrato;

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por

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PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEMEX PETROQUIMICA, en un plazo de 20 (VEINTE) días hábiles, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.

Cuando proceda

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 10 (DIEZ) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

El PROVEEDOR solo podrá rescindir el contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;

c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los servicio.

13.10. Información Reservada y Confidencial.

Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUIMICA, se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter.

13.11. Propiedad intelectual (NO APLICA)

El licitante acepta que, en relación con el objeto de esta licitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUIMICA, de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUIMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero.

BASES 39

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Si se da dicho supuesto, PEMEX PETROQUIMICA, dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de 10 (diez) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUIMICA, un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PEMEX PETROQUIMICA, para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUIMICA, de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.

13.12. Responsabilidad Laboral.

El proveedor, como empresario y patrón del personal que ocupará para la ejecución de los servicios objeto del Contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores. Asimismo, el proveedor reconoce y acepta que con relación al Contrato, actuará exclusivamente como proveedor independiente, por lo que nada de lo contenido en dicho instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes del mismo, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el proveedor, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados y PEMEX PETROQUIMICA.

Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en este punto y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de PEMEX PETROQUIMICA, o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales, el proveedor quedará obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto.

13.13. Otras Obligaciones del Proveedor.

El proveedor será el único responsable cuando los Servicios, no se realicen de acuerdo con lo estipulado en el Contrato, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte de PEMEX PETROQUIMICA,; por lo que en estos casos PEMEX PETROQUIMICA, podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos Servicios que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el proveedor tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del proveedor; en tal supuesto, el proveedor procederá de manera

BASES 40

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inmediata a la rectificación o reposición de los Servicios rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su conclusión.

Si el proveedor realiza Servicios por mayor valor de lo indicado, sin que para tales efectos se hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los Servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El proveedor tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del Contrato, por lo que, también se obliga a cumplir y realizar el Servicio en estricto cumplimiento con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el proveedor deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PEMEX PETROQUIMICA, para la ejecución de los Servicios.

Se conviene que las obligaciones del proveedor, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones, que aún cuando no estén descritas explícitamente en el Contrato, puedan ser inferidos como requeridos o indispensables para la conclusión satisfactoria de los Servicios.

Así mismo, las partes convienen en que el proveedor será responsable por los daños y perjuicios que ocasione a Petróleos Mexicanos y/o sus Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales y/o sus trabajadores y/o sus beneficiarios en sus bienes y/o personas en los términos dispuestos por Libro Cuarto Primera Parte, Título Primero, Capítulo V del Código Civil Federal.

13.14. Modificaciones al Contrato.

PEMEX PETROQUIMICA podrá acordar con el proveedor por razones fundadas y explicitas respecto del contrato vigente, el incremento en la cantidad de los Servicios o vigencia del Contrato, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% de los conceptos y volúmenes establecidos, el precio de los Servicios sea igual al originalmente pactado, el contrato este vigente y el proveedor no se encuentre en incumplimiento.

En el caso de que el presente Contrato incluya Servicios de diferentes características, el porcentaje será aplicado a cada partida o concepto de los Servicios de que se trate.

Cualquier solicitud de modificación que se presente por parte del proveedor a las condiciones pactadas deberá tramitarse por escrito exclusivamente ante la Jefatura del Departamento de Mantenimiento Eléctrico, adscrita a la Superintendencia de Mantenimiento en el Complejo Petroquímico Cosoleacaque, en el entendido de que cualquier cambio o modificación que no sea autorizada expresamente por el área citada, se considerará inexistente para todos los efectos administrativos y legales del Contrato.

La solicitud de modificación no interrumpirá el plazo de ejecución originalmente pactado, salvo que la comunicación, en la que de ser el caso se autorice, exprese lo contrario.

BASES 41

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En términos de lo establecido en el artículo 58 de las “DA´C”, no procederá ningún cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas comparadas con las establecidas originalmente, ni se podrán modificar sustancialmente el objeto de la contratación.

13.15. Terminación Anticipada del Contrato.

PEMEX PETROQUIMICA, podrá dar por terminado anticipadamente el Contrato, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los Servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio a PEMEX PETROQUIMICA,, lo anterior, de conformidad con el artículo 75 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.En este supuesto, PEMEX PETROQUIMICA, procederá a reembolsar, previa solicitud del proveedor, los gastos no recuperables en que éste hubiere incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el Contrato.

13.16. Controversias.

Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación del Contrato celebrado con base en la Ley, se resolverán por los tribunales federales con sede en la Ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, en los términos del artículo 35 de la Ley y por analogía el Titulo Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

13.17. Responsabilidades por Contaminación y/o Daños al Medio Ambiente. El proveedor, en relación con el objeto del Contrato, se obliga a cumplir con todas las disposiciones legales, federales, estatales y municipales de carácter ambiental, así como a responder por cualquier demanda, requerimiento, multa, inspección o responsabilidad instaurada en contra de PEMEX PETROQUIMICA, y/o Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de los Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales, como consecuencia de violaciones y/o daños ocasionados en materia del medio ambiente.

De igual modo, el proveedor se obliga a pagar a PEMEX PETROQUIMICA, los gastos, erogaciones y pagos que llegare a efectuar por los conceptos a que se refiere el párrafo anterior.

13. 18. Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

El licitante deberá apegarse a lo establecido en el documento 400-ACSIPA-RE-01 “Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de PEMEX PETROQUIMICA”, que se integra a esta convocatoria de invitación en el denominado DOCUMENTO 15

BASES 42

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DOCUMENTO 03

FORMATO DE INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE

Yo, (nombre del apoderado ó representante que firme la propuesta), manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente licitación pública, a nombre y representación de: (nombre de la persona física o moral).

Clave del Registro Federal de Contribuyentes:Domicilio.-Calle y Número:Colonia: Delegación o Municipio:Código Postal: Entidad Federativa:Teléfonos: Fax: Correo electrónico: No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha:

Nombre, número y circunscripción del Notario ó Fedatario Público que la protocolizó:Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s )Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional:

Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Nombre, número y circunscripción del Notario ó Fedatario Público que las protocolizó:

RFC y domicilio del apoderado o representante (que firma la propuesta): Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:Escritura pública número: Fecha:Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Publico que la protocolizó:

Lugar y fecha

(Firma autógrafa original del apoderado o representante)Notas:1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido,

preferentemente, en el orden indicado.2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar

abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.3.- Con la finalidad de agilizar la formalización del contrato, el licitante podrá integrar en su propuesta copia de la documentación

indicada en este formato.

DOCUMENTO 04

BASES 43

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DOCUMENTOS QUE DEBERÁN SER FIRMADOS EN EL ACTO DE APERTURA DE PROPOSICIONES

No.

DescripciónNombre

1. Información para acreditar la existencia y personalidad del licitante. Documento 032. Declaración escrita de no encontrarse en alguno de los supuestos

establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

Documento 07

3. Declaración de Integridad. Documento 08

4. De ser el caso, el convenio privado mediante el cual se conviene en presentar propuesta conjunta.

Convenio

5. Compromisos con la Transparencia. (OPCIONAL) Documento 106. Propuesta Técnica. Documento 06

7. Propuesta Económica. Documento 06-A

8. Manifestación de estratificación de la empresa a la que corresponde. Documento 06-C

9. Manifestación de integración nacional de mano de obra en los servicios ofertados.

Documento 16

BASES 44

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DOCUMENTO 05

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE APERTURA DE PROPOSICIONES

No. DOCUMENTO PUNTOS DE LA CONVOCATORIA

NOMBRE DEL ARCHIVO

ENTREGO

DONDE SE EXIGE SI NO

1 COPIA DE OFICIO DE INVITACIÓN. 2.1

2 ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE (DOCUMENTO 03). 4 INCISO A) Documento 03

3

PARA EL CASO DE PERSONA MORAL: COPIA SIMPLE LEGIBLE DEL ACTA

CONSTITUTIVA DE LA PERSONA MORAL DEL LICITANTE DEBIDAMENTE REGISTRADA ANTE EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y EL COMERCIO.

COPIA SIMPLE LEGIBLE DE LA ÚLTIMA REFORMA DEL ACTA CONSTITUTIVA DEBIDAMENTE REGISTRADA ANTE EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y EL COMERCIO.

COPIA SIMPLE LEGIBLE DE LA ESCRITURA PÚBLICA QUE CONTENGA EL PODER Y/O FACULTAD DE REPRESENTACIÓN PARA SUSCRIBIR PROPUESTAS ANTE ENTIDADES Y/O DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL DEBIDAMENTE REGISTRADA ANTE EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y EL COMERCIO.

COPIA SIMPLE LEGIBLE DE LA IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA DE LA PERSONA QUE SUSCRIBA LA PROPUESTA EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL LICITANTE (CREDENCIAL DE ELECTOR VIGENTE, PASAPORTE, CARTILLA MILITAR, CEDULA PROFESIONAL)

COPIA SIMPLE LEGIBLE DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTE.

EN CASO DE QUE LA PROPUESTA SEA SUSCRITA POR UN REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE (PERSONA FÍSICA) ADEMÁS DEBERÁ ADJUNTAR:

COPIA CERTIFICADA DE LA ESCRITURA PÚBLICA QUE CONTENGA EL PODER Y/O FACULTAD DE REPRESENTACIÓN A NOMBRE DEL LICITANTE (PERSONA FÍSICA) PARA SUSCRIBIR PROPUESTAS ANTE ENTIDADES Y/O DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

4 INCISO A) DOCTOS LEGALES

BASES 45

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4

DECLARACIÓN ESCRITA DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCIÓN V DE LA LEY Y 12 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACIÓN EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

4 INCISO C) Documento 07

5DE SER EL CASO, EL CONVENIO PRIVADO TRATÁNDOSE DE PROPUESTAS CONJUNTAS. (NO APLICA) 4 INCISO G.2) CONVENIO

6 PROPUESTA TECNICA 4 INCISO D) Documento 067 PROPUESTA ECONOMICA 4 INCISO F) Documento 06-A

8 RESUMEN DE CONDICIONES DE CONTRATACION DEL SERVICIO 4 INCISO N) Documento 06-B

9 MANIFESTACION ESCRITA DE LA ESTRATIFICACION DE LA EMPRESA. 4 INCISO J) Documento 06-C

10 DECLARACION DE INTEGRIDAD 4 INCISO M) Documento 08

11 MANIFESTACIÓN DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE MANO DE OBRA EN LOS SERVICIOS OFERTADOS

4 INCISO K) Documento 16

La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la proposición.12 COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA. 11 Documento 10

13CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

4.1) Documento 05

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la proposición, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en la Convocatoria será verificado y evaluado por la Convocante.

La omisión de la presentación de este DOCUMENTO 05 por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su proposición.

BASES 46

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DOCUMENTO 06

PROPUESTA TECNICA REQUISICION: 432-42000-S-1022199

PARTIDA UNIDAD DE MEDIDA DESCRIPCIÓN

1 SERVICIO “MANTENIMIENTO A MAQUINA CENTRIFUGADORA DE ACEITE DIELECTRICO”

CODIFICACIÓN SUBPARTIDA CANTIDADUNIDAD

DE MEDIDA

DESCRIPCION

1.- LUGAR DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO2.-PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)

NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________FIRMA: _____________________CARGO:PERSONALIDAD JURIDICAFECHA: _____________________

Nota al Licitante: En caso de incluir el suministro de bienes que utilizará en la ejecución de los servicios, se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

BASES 47

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DOCUMENTO 06-A

PROPUESTA ECONOMICA

PARTIDA UNIDAD DE

MEDIDA

DESCRIPCIÓN

1 SERVICIO “MANTENIMIENTO A MAQUINA CENTRIFUGADORA DE ACEITE DIELECTRICO”

SUB PARTIDA CANTIDAD

UNIDADDE

MEDIDA

DESCRIPCIÓN PRECIO UNITARIOSIN I.V.A.

( $ )

TOTALSIN I.V.A.

( $ )

1.- VIGENCIA DE PROPOSICIÓN Mínimo 60 DÍAS NATURALES2.- LUGAR DE EJECUCIÓN3.-PLAZO DE EJECUCIÓN4.- SUMA DE PRECIOS UNITARIOS SIN IVA

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)

NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________FIRMA: _____________________CARGO:PERSONALIDAD JURIDICAFECHA: _____________________

BASES 48

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DOCUMENTO 06-B

RESUMEN DE CONDICIONES DE CONTRATACION DEL SERVICIO

CONCEPTO REQUERIDO POR PEMEX PETROQUIMICA

COMPLEJO PETROQUIMICO COSOLEACAQUE.

PROPOSICIÓN DEL

PROVEEDOR

1.- CONDICIONES DE PAGO. 20 DÍAS2.- CONDICIONES DE PRECIO. FIJO3.- VIGENCIA DE PROPOSICION. 60 DÍAS MÍNIMO

4.- TIEMPO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS.45 DÍAS NATURALES A PARTIR

DE LA RECEPCION DE LA ORDEN DE SERVICIO

5.- LUGAR DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS. INSTALACIONES DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUE

6.- GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE LAS OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS

10% DEL MONTO MÁXIMO.

7.- TIPO DE ADJUDICACION REQUISICIÓN TOTAL

8.- PRESUPUESTO MÁXIMO Y MÍNIMO.

El presupuesto máximo que se podrá ejercer será de: $379,936.00 (TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL, NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.) y el presupuesto mínimo que se ejercerá es del 40% $151,974.40 (CIENTO CINCUENTA Y UN MIL, NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 40/100 M.N.)

NOMBRE DEL INVITADO:__(DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)

NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: _________________________

FIRMA: ______________________

CARGO: ___(PERSONALIDAD JURIDICA)___________________

FECHA: ______________________

DOCUMENTO 06-C

BASES 49

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FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACION DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICION Y ARRENDAMIENTO DE BIENENS MUEBLES, ASI COMO LA CONTRATACION DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.______de_______________ de________(1)________(2)_________Presente.

Me refiero al procedimiento de (Licitación pública, Invitación Restringida, Adjudicación Directa) N°_______(3)________ en el que mi representada, la empresa_______(4)__________participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por los “Lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, declaro bajo protesta de decir verdad, que mi representada pertenece al sector__(5)____, cuenta con__(6)___ empleados de planta registrados ante el IMSS y con__(7)____ personas subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de ___(8)____ obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una empresa____(9)____ atendiendo lo siguiente:

Estratificación

Tamaño(10)

Sector(6)

Rango de número de trabajadores

(7) + (8)

Rango de monto de ventas anuales (mdp)

(9)

Tope máximo combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana Comercio Desde 31 hasta 100Desde $100.01 hasta $250 235

Servicios Desde 51 hasta 100

Industria Desde 51 hasta 250 Desde $100.01 hasta $250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x 10% + (Ventas Anuales) x 90%.

(6) (7) El número de trabajadores será el que resulte de la sumatoria de los puntos (6) y (7).(9) El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: puntaje de la empresa = (número de trabajadores) x 10% + (Monto de Ventas Anuales) x 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.

Así mismo, manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que el Registro Federal de Contribuyentes de mi representada es:____(10)______; y que el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricantes(s) de los bienes que integran mi oferta, es (son):______(11)_______.

TENTAMENTE

___________________(12)___________________

INSTRUCTIVO

BASES 50

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INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL DOCUMENTO 06-C FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE

CONTRATACION PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACION DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICION Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, ASI COMO LA

CONTRATACION DE SERVICIOS DE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.

Numero Descripción

1 Señala la fecha de suscripción del documento.2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante.3 Indicar el número respectivo del procedimiento.4 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa.5 Indicar con letra el sector al que pertenece (Industria, Comercio o Servicios).6 Anotar el número de trabajadores de planta inscritos en el IMSS.7 En su caso, anotar el número de personas subcontratadas.8 Señalar el rango de ventas anuales en millones de pesos (mdp): conforme al reporte

de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales.

9 Señalar con letra el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme a la formula anotada al pie del cuadro de estratificación.

10 Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante.11 Cuando el procedimiento tenga por objeto la adquisición de bienes y el licitante y

fabricante sean personas distintas, indicar el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricante(s) de los bienes que integran la oferta.

12 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

DOCUMENTO 07

BASES 51

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FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y 12 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACIÓN EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

(Lugar y Fecha)

PEMEX PEMEX PETROQUIMICA____________________________________________

P R E S E N T E

EN CASO DE SER PERSONA MORAL

(Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, sus accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de Las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

EN CASO DE SER PERSONA FISICA y sea quien suscriba este documento

BASES 52

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COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUESUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES

JEFATURA DE OBRA PÚBLICA

INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS No. IS-432-RM-LPM-2008562FECHA DE EMISION DE LAS BASES A LA INVITACION: 24 /07/12

PROYECTO: SUSTANTIVO

(Nombre de la persona fìsica ), en mi carácter de (propietario ), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que NO me encuentro en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de Las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA que participe a través de un representante

(Nombre del representante legal), en mi carácter de (indicar término en que este otorgando el mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de Las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA FISICA O DELAPODERADO LEGAL)

NOTA:

1 El presente formato se adecuará de acuerdo a la personalidad del licitante.

DOCUMENTO 08

BASES 53

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FORMATO DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD.

(Lugar y Fecha)

COMPLEJO PETROQUIMICO COSOLEACAQUE.P r e s e n t e.

Por este conducto, quien suscribe, Sr. (nombre de la persona física o del apoderado o representante legal), declaro bajo protesta de decir verdad que (denominación o razón social) a quien represento, por sí mismo o a través de interpósita persona, se

abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de la Convocante, induzcan o alteren las evaluaciones de las

propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás

participantes.

Lo anterior para los fines y efectos a que haya lugar.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA:

1. En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

DOCUMENTO 09

BASES 54

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TEXTO 1. ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS (SE UTILIZA PARA LOS CONTRATOS CUYA NATURALEZA NO REQUIERA GARANTIZAR LOS VICIOS OCULTOS Y DEFECTOS DE LOS BIENES Y/O CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS).

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS.

SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR ________________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ___________________ DE FECHA _______________________ Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE ______________________Y NUESTRO FIADO.

EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO __________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $_________________________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA).

ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO.

EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, A PETICIÓN DEL FIADO, PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO, DEBIENDO EMITIR LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. CUANDO EL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO SUPERE EL 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PODRÁ DISCRECIONALMENTE OTORGAR EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL 20%.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PODRÁ DISCRECIONALMENTE OTORGAR EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO, POR LO QUE EL FIADO DEBERÁ SOLICITAR A LA AFIANZADORA EL ENDOSO CORRESPONDIENTE.

EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.

ESTA FIANZA GARANTIZA HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS.

EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES ESTIPULADAS EN EL CONTRATO GARANTIZADO.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

BASES 55

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LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

A) PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO.B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.C) DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO.D) LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACIONE) FINIQUITO.F) CUANTIFICACIÓN DEL IMPORTE RECLAMADO.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE PAGAR AL BENEFICIARIO HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EN RECLAMACIONES ORIGINADAS POR INCUMPLIMIENTO A OBLIGACIONES ESTABLECIDAS A CARGO DEL FIADO, PARA EL CASO EN QUE EL CONTRATO HAYA SIDO ADJUDICADO EN PROPUESTA CONJUNTA SIN IMPORTAR SI SE CONSTITUYÓ UNA SOCIEDAD O SOCIEDAD DISTINTA, YA QUE CUALQUIERA QUE SEA EL NUMERO DE INTEGRANTES, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE FRENTE AL BENEFICIARIO ASUME UNA RESPONSABILIDAD ÚNICA, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS TÉRMINOS EN QUE AQUELLOS SE HUBIERAN OBLIGADO, ENTRE SÍ Y/O CON LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, ATENDIENDO A LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA HASTA POR EL MONTO GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.

EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.

ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO,

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PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO.

ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA.

LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.

FIN DEL TEXTO.

DOCUMENTO 09

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TEXTO 2. ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS, LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS.SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR ______________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ____________________ Y SUS ANEXOS, ASÍ COMO DE RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DEL CONTRATO.EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO _________________________________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $__________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO.ESTA FIANZA TAMBIÉN RESPONDE DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO.EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, A PETICIÓN DEL FIADO, PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO, DEBIENDO EMITIR LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. CUANDO EL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO SUPERE EL 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PODRÁ DISCRECIONALMENTE OTORGAR EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL 20%.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PODRÁ DISCRECIONALMENTE OTORGAR EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO, POR LO QUE EL FIADO DEBERÁ SOLICITAR A LA AFIANZADORA EL ENDOSO CORRESPONDIENTE.EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.ESTA FIANZA GARANTIZA HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS.ESTA FIANZA GARANTIZA IGUALMENTE LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS EFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE

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QUE SE SUMINISTREN LOS BIENES O CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES, ESTIPULADAS EN EL CONTRATO GARANTIZADO.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN RESPECTO DE LASOBLIGACIONES DERIVADAS DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO; Y DE SEIS MESES PARA LAS OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y CON LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS.EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO, A PETICIÓN DEL FIADO.LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:1.- PARA CUMPLIMIENTO:A) PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO.B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.C) DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO.D) LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION.E) FINIQUITO.F) CUANTIFICACIÓN DEL IMPORTE RECLAMADO.2.- PARA DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y/O CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD:A) PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO.B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOS, DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN.D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS O VICIOS OCULTOS DETECTADOS Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS.ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL ALOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

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LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE PAGAR AL BENEFICIARIO HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EN RECLAMACIONES ORIGINADAS POR INCUMPLIMIENTO A OBLIGACIONES ESTABLECIDAS A CARGO DEL FIADO, PARA EL CASO EN QUE EL CONTRATO HAYA SIDO ADJUDICADO EN PROPUESTA CONJUNTA SIN IMPORTAR SI SE CONSTITUYÓ UNA SOCIEDAD O SOCIEDAD DISTINTA, YA QUE CUALQUIERA QUE SEA EL NUMERO DE INTEGRANTES, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE FRENTE AL BENEFICIARIO ASUME UNA RESPONSABILIDAD ÚNICA, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS TÉRMINOS EN QUE AQUELLOS SE HUBIERAN OBLIGADO, ENTRE SÍ Y/O CON LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, ATENDIENDO A LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA HASTA POR EL MONTO GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO.ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA.LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO; Y SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS.

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ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.FIN DEL TEXTO.

DOCUMENTO 10

FORMATO DE COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ______________, QUE SUSCRIBEN PEMEX, PEMEX PETROQUIMICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR ________, EN SU CARÁCTER DE _____________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX PEMEX PETROQUIMICA Y ___________________, REPRESENTADA POR _______________ EN

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SU CARÁCTER DE ___________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS:

CONSIDERACIONES

I. EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.

II. QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.

III. QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.

IV. ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.

V. SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

VI. REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.

VII. LA SUSCRIPCIÓN VOLUNTARIA DE ESTE DOCUMENTO DE “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA”, NO SUSTITUYE A LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD QUE DEBE PRESENTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN VII DE LA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES:

COMPROMISOS

I.- DEL LICITANTE

1. INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.

2. ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL.3. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE LOS

RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.

4. ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

5. DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

6. ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O LA NACIÓN.

7. OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.

II.- DE PEMEX, PEMEX PETROQUIMICA

1. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE

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INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

2. PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CÓDIGO DE CONDUCTA DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

3. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.

4. FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES.

5. PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.

EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN___________________, A DE 200_.

POR PEMEX PEMEX PETROQUIMICA POR EL LICITANTE

(Nombre de la Empresa)

_________________________________ _______________________________

Nombre y Cargo del Servidor Público Nombre y Cargo

DOCUMENTO 11

NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.

BASES 63

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Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.

La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.

Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores

comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de

dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan:

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.

Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.

El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.

BASES 64

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En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:

“Artículo 222Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.

Capítulo XICohecho a servidores públicos extranjeros

Artículo 222 bisSe impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

BASES 65

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Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.

Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”

* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

DOCUMENTO 12

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (PETRÓLEOS MEXICANOS/ORGANISMO SUBSIDIARIO), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), REPRESENTADO POR _____________________, EN SU CARÁCTER DE _______________________, Y POR LA OTRA _____________________, A QUIEN SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR _______________________________________, EN SU CARÁCTER DE __________________________ (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS) AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, DEFINICIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

1. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) declara a través de su (representante/apoderado) que:

1.1 A) TRATÁNDOSE DE PETRÓLEOS MEXICANOS

BASES 66

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Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto llevar a cabo la exploración, la explotación y las actividades que le corresponden en exclusiva en el área estratégica del petróleo, demás hidrocarburos y la petroquímica básica, así como ejercer la conducción central y la dirección estratégica de la industria petrolera en los términos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, la Ley de Petróleos Mexicanos y sus Reglamentos, y que cuenta con la capacidad para celebrar, entre otros, toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con dichos ordenamientos.

B) TRATÁNDOSE DE ORGANISMO SUBSIDIARIO SIN DECRETO Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 1992 y tiene por objeto (en este espacio, especificar el objeto del organismo) y continúa realizando dichas actividades, en cumplimiento del mismo, de conformidad con el artículo Tercero Transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 28 de noviembre de 2008.

C) TRATÁNDOSE DE ORGANISMO SUBSIDIARIO, REORGANIZADO O CREADO POR DECRETO Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con su Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el _________________, así como con el artículo 1° párrafo tercero de la Ley de Petróleos Mexicanos, y tiene por objeto (en este espacio, especificar el objeto del organismo).

1.2 A) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DEL DIRECTOR GENERAL DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y DE DIRECTORES CORPORATIVOS. Acredita su personalidad y facultades en su carácter de (Director General o Director Corporativo) de Petróleos Mexicanos, en términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN DE DIRECTORES GENERALES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS SIN DECRETO.Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Director General de (Organismo Subsidiario) en términos del los Artículos 5° y Tercero Transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, Artículos Transitorios Tercero y Cuarto fracción XIII del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos, Artículo 11 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y Artículo 22 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

C) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN DE DIRECTORES GENERALES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS CON DECRETO.Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Director General de (Organismo Subsidiario) en términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos, CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

D) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS SIN DECRETO. Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de (Organismo Subsidiario) en términos de los Artículos 5° y Tercero Transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, Artículos Transitorios Tercero y Cuarto fracción XIII del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos, Artículo 11 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura),

BASES 67

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otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

E) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS CON DECRETO. Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de (Organismo Subsidiario), en términos del Artículo 5 de la Ley de Petróleos Mexicanos CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

F) TRATÁNDOSE DE FUNCIONARIOS DISTINTOS A LOS SEÑALADOS EN LOS INCISOS ANTERIORES, INCLUIDOS LOS SUBDIRECTORES CORPORATIVOS.Acredita su personalidad y facultades mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario), mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás normatividad aplicable, así como la autorización de conformidad con los Lineamientos que establecen los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos, otorgada mediante _____ de fecha____.

1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato.

1.5 El presente contrato se adjudicó mediante (Tipo y datos del procedimiento), con fundamento en los artículos (Número de artículo) de la Ley de Petróleos Mexicanos, (Número de artículo) de su Reglamento y (Número de artículo) de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

TRATÁNDOSE DE INVITACIÓN RESTRINGIDA Y ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE REQUIERA DE DICTAMEN PREVIO INCLUIR EL SIGUIENTE PÁRRAFO El procedimiento de contratación ha sido dictaminado procedente por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), mediante acuerdo No. _____ de su sesión _____ de fecha _______.

1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es (Ubicación en oficinas de Petróleos Mexicanos u Organismo Subsidiario) y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es (RFC de Petróleos Mexicanos u Organismo Subsidiario).DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN SE INCLUIRÁN LAS DECLARACIONES QUE RESULTEN NECESARIAS.

2 El PROVEEDOR declara, a través de su (apoderado/representante), que:

2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES.

BASES 68

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NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E INCORPORAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE DEBERÁN ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS.Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

B) EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO:NOTA: PARA ESTE SUPUESTO SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE ACREDITE LA LEGAL EXISTENCIA DE LAS PERSONAS QUE CONFORMEN EL CONSORCIO, QUIENES FIRMARÁN EL CONTRATO EN SU CARÁCTER DE OBLIGADOS SOLIDARIOS, PARA LO CUAL SE INCLUIRÁN LOS DATOS DE LOS REPRESENTANTES DE CADA UNO DE LOS OBLIGADOS SOLIDARIOS.___, ____ y ___ (nombres de las personas participantes en el consorcio), constituyeron una sociedad de propósito específico, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

C) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO:Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato.

2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO.Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.

B) EN CASO DE PODER OTORGADO EN EL EXTRANJERO:Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según poder que le fue otorgado en __________ y protocolizado a través de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario), de (Localidad) Licenciado (Nombre del notario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.

C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE.Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.)

2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA.Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato.

B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA.

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Es una persona de nacionalidad (indicar nacionalidad) y conviene en considerarse como mexicana por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de gobierno extranjero alguno bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos, todo derecho derivado de este contrato.

2.4 A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS O MEXICANAS . Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del proveedor) y cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________.

B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS.Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del proveedor) y cuenta con (señalar documento equivalente al RFC del país del PROVEEDOR).

2.5 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia.

2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (ii) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (iii) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iv) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato y (v) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental.

2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL: De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el (la) __________________ (ANOTAR EL NOMBRE DEL DOCUMENTO QUE PRESENTE EL PROVEEDOR: "ACUSE DE RECEPCIÓN", “ACUSE DE RESPUESTA”, “OPINIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES”, ETC.), con el que comprueba que ha solicitado el informe de opinión respecto del cumplimiento de sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.”

TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS: Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, no se encuentra obligado a presentar solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, los avisos al mencionado registro, ni declaraciones periódicas en los Estados Unidos Mexicanos.

TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE TODAS SUS OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ CONVENIO CON LAS AUTORIDADES FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE TEXTO: Al momento de la celebración del presente contrato tiene créditos fiscales, por lo que ha celebrado convenio con las autoridades fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como a lo señalado y requerido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y está plenamente de acuerdo en que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le retenga el porcentaje o cantidad convenida por el propio

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licitante con la autoridad hacendaria, de conformidad con los plazos y cantidades de los pagos fijados en el presente contrato, incluso tratándose de pagos adicionales a los establecidos en el contrato que nos ocupa.

2.9 No ha cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional.

2.10 TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIODE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B) DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER CONSTAR EN INSTRUMENTOS LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGAN CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO DE DESIGNACIÓN DE AQUEL QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS MECANISMOS QUE REGULEN EL CONTROL DEL CONSORCIO Y LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO LOS ACUERDOS DE INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS, LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATOCelebró (señalar el(los) instrumento(s) legal(es)) de fecha(s) ___________, en el(los) que consta(n) las actividades a que se obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de quien actuará como líder en la ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del consorcio y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato.

DEFINICIONES

Los términos siguientes tendrán, para efectos de este Contrato, los significados que se indican a continuación:

“Área Administradora del Proyecto”: (Nombre de la unidad administrativa que fungirá con ese carácter)

“Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato” : (Nombre de la unidad administrativa que fungirá con ese carácter)

SE PODRÁN INCLUIR LAS DEFINICIONES QUE RESULTEN NECESARIAS PARA LA CORRECTA INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO.

Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) encomienda y el PROVEEDOR se obliga a prestar de conformidad con las especificaciones y alcances contenidos en el contrato y sus anexos, el servicio consistente en: (Indicar de manera precisa el servicio que se prestará), (en adelante los “servicios”).

EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, SE INCLUIRÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN:Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de PROVEEDOR suscriben el presente contrato, se señalan en el Anexo ____ que forma parte del mismo.

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SEGUNDA.- VIGENCIA

TRATÁNDOSE DE SERVICIOS PUROS, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO:

La vigencia de este contrato iniciará en la fecha de firma del mismo y concluirá el ____..

TRATÁNDOSE DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LA OBRA PÚBLICA, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO:

La vigencia del presente contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

El PROVEEDOR se obliga a prestar los servicios objeto de este contrato, en (número) (letra) días naturales a partir del día (Fecha de inicio) y a concluirlos a mas tardar el día (Fecha de terminación) conforme (al programa de ejecución de los servicios establecido en el Anexo ___ del presente contrato / a las Ordenes de Servicio que emita PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO, de acuerdo a las condiciones descritas en el Anexo ___, mismo que forma parte integrante de este contrato).

PARA CONTRATOS ABIERTOS O QUE SE EJECUTE POR ÓRDENES DE SERVICIO:Cuando la Orden de Servicios sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha Orden de Servicio, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de prestación del servicio. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la Orden de Servicio, el plazo de prestación del servicio empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

TRATÁNDOSE DE UN SÓLO PLAZO DE EJECUCIÓN:El plazo de ejecución de los servicios es de [número] (letra) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la de recepción de la Orden de Servicio por parte del PROVEEDOR.

TRATÁNDOSE DE DIFERENTES PLAZOS DE EJECUCIÓN:Los plazos de ejecución de los servicios por (partida/posición) se establecen en el Anexo ___ de este contrato, contados a partir de la fecha de la recepción de la Orden de Servicio por parte del PROVEEDOR.

ESTE SUPUESTO SERÁ OPCIONAL DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LOS SERVICIOS:(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se obliga a tener oportunamente y en condiciones adecuadas para el inicio de los servicios, el (los) lugar(es) en que deberá(n) prestarse los servicios objeto de este contrato.

LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA CUALQUIER SUPUESTO:No se contabilizará como día de ejecución de los servicios, todo aquél en que no se hayan prestado los servicios por caso fortuito o fuerza mayor, según sea el caso, de conformidad con la cláusula denominada “Caso Fortuito o Causas de Fuerza Mayor” o por motivos imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

La ejecución de los servicios por parte del PROVEEDOR se realizará en: ___ (indicar las instalaciones del PROVEEDOR o centros de trabajo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), la ubicación del área en

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donde se prestarán los servicios, y el horario en que se prestarán los mismos.). Conforme a las condiciones descritas en el Anexo ___, mismo que forma parte integrante de este contrato.

CUARTA.- REMUNERACIÓNEL CONTRATO PODRÁ INCLUIR CUALQUIER FORMA DE PAGO QUE EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE CONVENIENTE DE ACUERDO AL MODELO ECONÓMICO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 55 DE LAS DAC.

4.1 Monto

El monto total de los servicios objeto del presente contrato es de $_________ (_________________ 00/100.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL ANTERIOR TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS:El presupuesto mínimo es de $(número) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado y el presupuesto máximo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

CUANDO APLIQUE: La cantidad mínima de servicios es __________ y la máxima será: _____________.

LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS: El precio unitario de los servicios es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por (posición/partida) en el Anexo __ de este contrato.

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA, ASESORÍAS, ESTUDIOS, INVESTIGACIONES O CAPACITACIÓN, DEBERÁN SEÑALARSE EL PRECIO DE CADA UNO DE LOS ENTREGABLES.

4.2 Facturación

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable(s) de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos, previa verificación de la recepción de los servicios en términos del contrato, la que podrá estar sustentada en la constancia que acredite la recepción de los servicios. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda. Los pagos se efectuarán dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la autorización de la factura.

DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DE LOS SERVICIOS SE INCLUIRÁ EL SIGUIENTE PÁRRAFO:El PROVEEDOR presentará sus facturas abarcando periodos [semanales/quincenales/mensuales], de conformidad con lo establecido en el Anexo _____.

El PROVEEDOR al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la (partida/posición) de los servicios prestados, la unidad de medida y al precio unitario de los servicios.

Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda electrónica de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.

Cuando la facturación se emita en forma documental, el PROVEEDOR deberá presentar la factura en la ventanilla única correspondiente, ubicada en _____

El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente esta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo de ejecución.

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FACTURACIÓN PARA EL CASO DE ANTICIPOS DEBERÁN ADICIONARSE LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS .Para el caso de anticipos, el PROVEEDOR deberá presentar previamente la factura que ampare el monto del anticipo, en forma electrónica o documental.

El atraso del PROVEEDOR en la entrega de la factura correspondiente al anticipo, no dará lugar a la reprogramación del plazo pactado en este contrato, sin embargo, si el atraso es por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), se diferirá en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes.

4.3 Condiciones y Forma de PagoEL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO PODRÁ DETERMINAR LA FORMA DE PAGO QUE RESULTE CONVENIENTE DE ACUERDO AL MODELO ECONÓMICO DEL CONTRATO.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) pagará al PROVEEDOR el monto de los servicios prestados y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la prestación de los servicios.

Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

CUANDO APLIQUEEn el caso particular del jueves y viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente.

Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través de la ventanilla única ubicada en (ubicación de la ventanilla única), con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate.

Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá (número) (letra) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR.

El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los servicios hayan sido ejecutados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en

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VENCIMIENTO INHÁBIL PAGODomingo Día hábil posteriorSábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posteriorViernes Día hábil anterior

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que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.

Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con ___ (número____) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Para los compromisos en dólares de los Estados Unidos de América, el porcentaje será el que resulte de aplicar la Tasa Prime Rate publicada en medios electrónicos financieros, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.

TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN EUROS, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Para los compromisos denominados en Euros, el porcentaje de descuento será el que resulte de aplicar la Tasa EURIBOR de un mes, multiplicada por 1.5, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.

PARA LOS CASOS DE CONTRATACIONES EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN MÉXICO EN MONEDA NACIONAL SE UTILIZARÁN LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS:Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación en la fecha en que se haga dicho pago.

Si el PROVEEDOR no entrega sus facturas en el plazo mencionado en el procedimiento antes referido, el pago que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no cubrirá la diferencia cambiaria que, en su caso, resultare entre la fecha en que se debió pagar originalmente y el día en que el mismo se hizo efectivo.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARÁ EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, SIN QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN. (Nombre de la persona miembro del consorcio) será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados del presente contrato.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA Y LOS PROVEEDORES HAYAN MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN SU INTENCIÓN DE CELEBRAR UN CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 17-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN:Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de proveedores, sin perjuicio del convenio de proposición conjunta señalado en la declaración 2.10 del presente contrato, han celebrado un contrato de asociación en participación, por lo que, con base en el mismo, en relación con el presente contrato y en términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación, acuerdan que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.) , será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el entendido de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)no será responsable por la forma en que (denominación o razón social seguida de la leyenda

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A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), distribuya o participe de las utilidades o de las pérdidas respecto de las cantidades que reciba con motivo del presente contrato.

CUANDO APLIQUE:EN CASO DE CONTRATACIONES CON PROVEEDORES EXTRANJEROS Y EL PAGO SE REALICE A TRAVÉS DE ITS:El pago al PROVEEDOR, se realizará en la moneda establecida en este contrato, a través de Integrated Trade Systems, Inc. (ITS), en las oficinas de Integrated Trade Systems, Inc. (I.T.S.), ubicadas en el 2500 de CityWest Blvd., Suite 2400, Houston, Texas, U.S.A: 77042-3020.

4.4 Pagos en exceso

En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

4.5 Ajustes de preciosEN CASO DE QUE EN LA CONTRATACIÓN SE CONTEMPLEN AJUSTES DE PRECIOS

La fórmula para determinar el ajuste a los precios de servicios objeto del contrato es el siguiente: NOTA: INDICAR LA FÓRMULA APLICABLE AL CASO ESPECÍFICO Y QUE DE ORIGEN PARA AJUSTAR EL PRECIO DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO.

_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

La forma y términos en la que el PROVEEDOR deberá presentar su solicitud de ajuste de precios será la siguiente:

El ajuste de precios aplicará previa solicitud por escrito del PROVEEDOR a partir de las fechas en que aplique el ajuste de que se trate, en los términos pactados en esta cláusula y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) notificará al PROVEEDOR la resolución que corresponda dentro de un plazo de 30 (treinta) días naturales a partir de que se publiquen los índices que apliquen. En el caso de que se presenten decrementos en los índices de referencia en función del último precio autorizado, el PROVEEDOR se obliga a notificarlo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y aún cuando el PROVEEDOR no lo hubiere notificado, si (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) lo detecta, procederá el ajuste de precios en los términos de esta cláusula.

En los casos de atraso en la ejecución de los servicios por causas imputables al PROVEEDOR, el ajuste de precios aplicará hasta la fecha de entrega originalmente pactada o modificada mediante el convenio correspondiente, en el entendido de que la penalización se calculará sobre el precio ajustado.

En caso de prórroga en el contrato por causas de caso fortuito o fuerza mayor, el ajuste de precios procederá durante el período de la prórroga.

Los ajustes por variación de precios de mercado de los insumos que forman parte de la remuneración se basarán en las siguientes variables:

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EL ÁREA ADMINISTRADORA DEBERÁ DETERMINAR LAS VARIABLES MEDIANTE LAS CUALES SE REALIZARÁN LOS AJUSTES, PUDIENDO CONSIDERAR:

I.- ÍNDICES E INFORMACIÓN PÚBLICA, GENERAL O ESPECÍFICA, NACIONAL O INTERNACIONAL, O UNA COMBINACIÓN DE LOS MISMOS; II.- ÍNDICES Y CATÁLOGOS DE PRECIOS DE REFERENCIA APLICABLES A LA INDUSTRIA EN CUESTIÓN, ESTABLECIDOS POR INSTITUCIONES ESPECIALIZADAS DE RECONOCIDO PRESTIGIO, ASÍ COMO OTROS PARÁMETROS SIMILARES, YIII.- CUALQUIER OTRA VARIABLE QUE (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ESTIME CONVENIENTE PARA LA EJECUCIÓN O CREACIÓN DE VALOR PARA EL PROYECTO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.

EN TODOS LOS CASOS DE AJUSTES A LAS REMUNERACIONES SE DEBERÁ INCLUIR EN EL CONTRATO EL PROCEDIMIENTO PARA TAL EFECTO.

QUINTA.- PENALIZACIONESNOTA: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PEMEX, LAS PENALIZACIONES SE PODRÁN PACTAR POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR.ADICIONALMENTE, CONFORME AL ARTÍCULO 60 DE LAS DISPOSICIONES, LAS PENALIZACIONES CONSIDERARÁN LOS INCUMPLIMIENTOS DE INDICADORES DE OPORTUNIDAD, TIEMPO Y CALIDAD, TALES COMO:

I. ATRASO EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS; II. INCUMPLIMIENTO DE FECHAS CONTRACTUALES;III. INCUMPLIMIENTO EN LA OBSERVANCIA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO;IV. INCUMPLIMIENTO CON LOS PLANES DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO;V. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS A CONTENIDO NACIONAL; VI. INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN.

EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO DETERMINARÁ EN FUNCIÓN DE QUÉ Y EN QUÉ PORCENTAJE SE CALCULARÁN LAS PENALIZACIONES Y HASTA QUÉ MONTO SE APLICARÁN, LO CUAL NO DEBE SUPERAR EL MONTO DEL CONTRATO.Las partes en el presente contrato, acuerdan que en caso de que por causas imputables al PROVEEDOR, existan incumplimientos o atrasos en la ejecución de los servicios, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le aplicará penas convencionales en los siguientes supuestos:NOTA: A CONTINUACIÓN SE PRESENTAN MODELOS DE PENAS POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR, DE ACUERDO A LA NATURALEZA Y MAGNITUD DEL CONTRATO SE SELECCIONARÁN LAS PENAS QUE RESULTEN CONVENIENTES.

I. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO EN LA FECHA DE INICIO DE LOS SERVICIOS

Las partes convienen expresamente que en caso de que el PROVEEDOR, por causas que le sean imputables, no inicie los Servicios en la fecha estipulada en la cláusula denominada “PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS” del presente Contrato, independientemente de que no se generará pago alguno por concepto de Servicios, el PROVEEDOR deberá pagar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), como pena convencional por cada día natural/hora de atraso, una cantidad equivalente al (Porcentaje de pena convencional con número y letra) % sobre el monto total del contrato, por cada día/hora de retraso en la prestación de los Servicios.

II. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO EN LA FECHA PARA LA CONCLUSIÓN TOTAL DE LOS SERVICIOS

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PROYECTO: SUSTANTIVO

En caso de que el PROVEEDOR no concluya los servicios en la fecha pactada para la terminación de los mismos, éste reconoce y acepta que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá optar por exigirle el cumplimiento del presente contrato y, consecuentemente, aplicarle una pena convencional por cada día/hora de atraso a partir del día/hora siguiente al pactado para la terminación de los servicios.

De esta forma, las partes acuerdan que para el cálculo de la pena convencional establecida, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplicará el (Porcentaje de pena convencional con número y letra) % del importe equivalente a los servicios faltantes por ejecutar. Para efectos de la determinación del importe de los servicios pendientes de ejecutar, las partes acuerdan que se tomará como base para el cálculo de la pena convencional, el monto que representaban los mismos en la fecha/hora pactada de su terminación; en el entendido de que dicho importe se disminuirá progresivamente de conformidad con el avance (semanal/quincenal/mensual, según se haya pactado la fecha de corte para el pago de las facturas) en la ejecución de los servicios que realice el PROVEEDOR hasta su total ejecución.

III. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DE SERVICIOSLas partes convienen expresamente que en caso de que el PROVEEDOR no ejecute los servicios en el plazo establecido en cada orden de servicio que haya sido expedida por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), o cualesquiera ampliaciones autorizadas por escrito por éste, el PROVEEDOR deberá pagar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), como pena convencional por cada día natural/hora de atraso de los Servicios, una cantidad equivalente al (Porcentaje de pena convencional con número y letra) % del monto total de los Servicios pendientes de ejecutar.

La aplicación de penas convencionales no causará un cambio en los plazos y/o fechas que para la conclusión de los servicios hayan sido establecidas en la orden de servicio, ni tampoco liberarán al PROVEEDOR de su obligación de mejorar su progreso para lograr cumplir con cualquier plazo y/o fecha o corregir la falla que lo impida.

Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la ejecución de los servicios, se calcularán, a partir del día/hora siguiente del vencimiento del plazo pactado para la ejecución de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio.

IV. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL

De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada “Contenido Nacional”, si como resultado de la verificación del contenido nacional de los servicios realizados por el proveedor, se determina que dicho contenido nacional es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el Anexo _______, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el anexo ______ y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación.

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PROYECTO: SUSTANTIVO

El monto de las penas convencionales no podrá exceder de (indicar el límite de las penas). EN LA DETERMINACIÓN DEL LÍMITE DE LA PENAS DEBERÁ CONSIDERARSE QUE ÉSTE NO PODRÁ EXCEDER EL MONTO DEL CONTRATO.

El PROVEEDOR acepta, que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplique las penas convencionales a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - La garantía para el pago de las penalizaciones. EN CASO DE QUE SE HAYA ESTABLECIDO EN EL CONTRATO

LA ENTREGA DE DICHA GARANTÍA.- Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas.- Las facturas que genere el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con (PEMEX

U ORGANISMO SUBSIDIARIO), siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

SEXTA.- CONTENIDO NACIONAL

El PROVEEDOR se obliga a prestar los servicios objeto del presente contrato cumpliendo al menos con el contenido nacional al que se comprometió en su propuesta durante el procedimiento de contratación, en los términos del Anexo ___ de este contrato. Dicho porcentaje deberá ser mantenido no obstante las subcontrataciones que realice.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá llevar a cabo durante la vigencia del contrato, directamente o por medio de terceros, la verificación del cumplimiento del contenido nacional al que se comprometió el PROVEEDOR en su propuesta durante el procedimiento de contratación de los servicios objeto de este contrato.

El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la presente cláusula será sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de Penas Convencionales, del presente contrato y, asimismo, será causal de rescisión de este acuerdo de voluntades.

SÉPTIMA.- CESIÓN

El PROVEEDOR no podrá ceder los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), con la intervención del área jurídica.

El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”.

PARA CONTRATOS DE LARGO PLAZO O EN LOS QUE EL MODELO ECONÓMICO ASÍ LO DETERMINE, EL PRIMER PÁRRAFO DE ESTA CLÁUSULA, PODRÁ SUSTITUIRSE POR EL SIGUIENTE:

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PROYECTO: SUSTANTIVO

El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivadas del presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), para lo cual el PROVEEDOR deberá acreditar que la persona a la que pretende ceder o transferir las obligaciones y derechos del presente contrato preserve las capacidades técnicas y financieras necesarias para cumplir con las obligaciones del PROVEEDOR, excepto cuando se cedan la totalidad de los derechos de cobro, cuya cesión se realizará con la intervención del área jurídica.

OCTAVA.- CLÁUSULA FISCALCUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES NACIONALES, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO Y DEBERÁ SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIAR:Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del PROVEEDOR), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia.

CUANDO EL PROVEEDOR MANIFIESTE SOMETERSE A UN TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN, EN CUYO CASO EL DEBERÁ ENTREGAR LA CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES:Las partes contratantes se someten a lo establecido por el Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y ____ (Nombre del País con el que se haya suscrito un convenio para evitar la doble tributación conforme al artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta.

Para que al PROVEEDOR le sea aplicado el convenio señalado en el párrafo anterior, deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el certificado de residencia para efectos fiscales, respecto del o los ejercicios fiscales comprendidos hasta el finiquito del contrato.

NOVENA.- GARANTÍASPARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN CLAUSULADOS DIFERENTES A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE MODELO, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS, RESPECTO DE LAS GARANTÍAS QUE SE DEBAN CONTRATAR.

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL. Póliza de fianza que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora

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legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS PLURIANUALES. Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el __% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente.En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5. La rescisión del contrato y su notificación.6. Copia del finiquito7. Cuantificación del importe reclamado.

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.

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Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más noventa días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS PLURIANUALES. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el 10% del monto que resulte conforme a lo antes señalado, y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, más noventa días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante, más noventa días naturales adicionales.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.

C. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

PARA EL CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, ÚNICAMENTE DEBERÁ INCORPORARSE EL SIGUIENTE TEXTO:EXENCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) exceptúa al PROVEEDOR de la presentación de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio del derecho de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de reclamar por la vía judicial, los daños y perjuicios que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato y que resulten a cargo del PROVEEDOR.

ESTA CLÁUSULA SE INCLUIRÁ EN CASO DE QUE SE OTORGUE ANTICIPO. GARANTÍA DE ANTICIPO

EL PROVEEDOR deberá, previo a la entrega del anticipo, constituir una garantía por la totalidad del importe de dicho anticipo, la que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya otorgado dicho anticipo, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado.

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El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo recibido por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), debe presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) una garantía, consistente en:

CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el importe total del anticipo, en la misma moneda en la que se otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

D. Su aceptación para que la fianza de anticipo permanezca vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido invertido correctamente, aplicado, amortizado, deducido y/o devuelto, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

E. Su conformidad para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de amortización, inversión, aplicación, deducción y/o devolución del anticipo otorgado, quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia de los documentos que haya firmado a la recepción del anticipo o cualquier otro documento

que acredite fehacientemente la recepción del mismo.5. Copia de los documentos pagados donde se hagan constar las amortizaciones realizadas. 6. Copia del documento donde se requiera la devolución del anticipo no amortizado. 7. La rescisión del contrato y su notificación.8. Copia del finiquito9. Cuantificación del anticipo no amortizado y de los intereses respectivos.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

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Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el importe total del anticipo, sin incluir I.V.A., y su vigencia será equivalente al periodo de amortización pactado en el contrato más noventa días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.

C. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de _________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario de: ______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por la calidad de los servicios, deberá presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), dentro de los diez días naturales siguientes a que concluya el servicio, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de calidad de los servicios consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los servicios ejecutados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de que se concluya el servicio, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

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PROYECTO: SUSTANTIVO

A. Que queda obligado ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para responder por la calidad de los servicios, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por la calidad de los servicios, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por la calidad de los servicios, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

F. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los

elementos necesarios de identificación y descripción de la mala calidad de los servicios y su cuantificación.

5. Copia del escrito donde se reclama al fiado de la mala calidad de los servicios.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY

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Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los servicios ejecutados, con una vigencia de seis meses más noventa días naturales adicionales, a partir de que concluya el servicio y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la obligación de responder por la calidad de los servicios, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

TÉRMINOS APLICABLES PARA CUALQUIER SUPUESTOLa(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de _________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario de: ______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

DÉCIMA.- MODIFICACIONES AL CONTRATOEL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO PODRÁ ESTABLECER REQUISITOS ADICIONALES PARA LAS MODIFICACIONES. LAS MODIFICACIONES DEL NUMERAL I DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO INMEDIATO SUPERIOR DE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO O POR EL DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO O DEL DIRECTOR CORPORATIVO, SEGÚN SEA EL CASO, CONFORME AL ARTÍCULO 58 DE LAS DISPOSICIONES. Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente:

I Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de:

a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto, plazo o vigencia del contrato, c. La cesión o el cambio de control previstos en la cláusula denominada “Cesión”, yd. Incorporación de avances tecnológicos.

II Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, para las modificaciones distintas a las contenidas en la fracción anterior.

Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación.

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El PROVEEDOR deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula.

10.1 Ajustes al Programa de Ejecución y Plazo de Ejecución

El Programa de Ejecución de los Servicios de este contrato podrá ser objeto de ajuste, en los siguientes casos:

I. Por conceptos o volúmenes de servicios no previstos requeridos para la culminación del objeto del contrato;

II. Por reducción de alcances;III. Por caso fortuito o fuerza mayor; IV. Por suspensión de los servicios ordenada por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO);V. Por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

NOTA: DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LOS SERVICIOS, SE PUEDE ESTABLECER OTRA CAUSA PARA REALIZAR LOS AJUSTES PREVISTOS EN ESTA CLÁUSULA.

El PROVEEDOR, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la fecha en que haya ocurrido cualquiera de los eventos previstos en las fracciones anteriores, podrá solicitar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), un ajuste al programa de ejecución de los servicios vigente o al plazo de ejecución, acompañando la documentación o información que estime pertinente para justificar su solicitud. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), comunicará al PROVEEDOR su determinación en un plazo no mayor de (número y letra) días hábiles, con base en la información o documentación suministrada por el PROVEEDOR; sin menoscabo de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), requiera al PROVEEDOR la presentación de documentación o información adicional en el plazo que le indique (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). De acuerdo a la complejidad de la solicitud del ajuste, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá disponer de un periodo adicional por el mismo número de días establecido originalmente, para emitir su determinación.

El ajuste al programa de ejecución o al plazo de ejecución reflejará la afectación que se haya determinado por el evento ocurrido.

En caso de que el ajuste que resulte del supuesto establecido en las fracciones I y II dé lugar a la modificación del plazo de ejecución del contrato, las partes celebrarán el convenio modificatorio correspondiente, en el cual se formalizará el programa de ejecución de los servicios actualizado.

En los demás casos, el ajuste podrá dar lugar a una prórroga a la fecha de terminación del contrato, sin que se modifique el plazo de ejecución.

NOTA: LA CLÁUSULA SIGUIENTE SE DEBERÁ INCLUIR CUANDO SE HAYAN PACTADO PRECIOS UNITARIOS:

10.2 Conceptos o Volúmenes de Servicios no Previstos en el contrato.

Si durante la ejecución de los servicios, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) requiere de la ejecución de conceptos o volúmenes de servicios no previstos en el contrato y sus anexos, o bien el PROVEEDOR se percata de la necesidad de ejecutarlos, éste sólo podrá ejecutarlos una vez que cuente con la autorización por

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escrito o mediante anotación en el sistema de control que se haya determinado para el seguimiento del contrato, por parte de la persona que designe el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

Tratándose de volúmenes de servicios no previstos en el contrato, éstos se pagarán a los precios unitarios pactados originalmente en este contrato.

Tratándose de los conceptos no previstos en el catálogo de conceptos, sus precios unitarios deberán ser conciliados y autorizados previamente a su pago.

El PROVEEDOR, una vez ejecutados los servicios, podrá elaborar sus facturas y presentarlas a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en la siguiente facturación de conformidad con la cláusula de pago.

En caso de que la ejecución de conceptos o volúmenes de servicios no previstos en el contrato y sus anexos modifiquen el objeto, monto o plazo del mismo, las partes celebrarán un convenio en los términos de esta cláusula.

10.3 Incorporación de avances tecnológicos y eficiencia de los servicios objeto del contrato

En caso de que durante la ejecución del contrato, surjan avances tecnológicos, se disponga de nueva información o cualquier otro factor que contribuya a mejorar la eficiencia de los servicios objeto del contrato, previa determinación de la viabilidad y conveniencia de ello por parte del (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), las partes podrán realizar modificaciones al contrato mediante la celebración del convenio modificatorio correspondiente, considerando los impactos en tiempo y costo correspondientes.

DÉCIMA PRIMERA.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, realizará la supervisión de los servicios objeto de este contrato.

El PROVEEDOR acepta que el representante del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) vigilará y revisará en todo tiempo los servicios objeto de este contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR.

La supervisión de los servicios que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de responder por deficiencias en la calidad de los servicios una vez concluidos estos. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato.

Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para prestar los servicios a que se refiere este contrato.

El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), quien determinará si reúne los requisitos señalados.

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En cualquier momento o por razones justificadas, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en esta cláusula.

Para este contrato aplicará el siguiente procedimiento de supervisión: ________.

Al término de la supervisión, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los servicios fueron realizados de conformidad con este contrato.

DÉCIMA SEGUNDA.- RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) recibirá los servicios objeto de este contrato, cuando éstos se hayan ejecutado y concluido de acuerdo con los alcances y estipulaciones convenidas.

El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la aceptación de los servicios en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Una vez recibidos y aceptados los servicios, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), entregará al PROVEEDOR una [constancia de aceptación de servicios SEÑALAR EL NOMBRE DEL DOCUMENTO QUE EMITIRÁ EL ORGANISMO].

EL PÁRRAFO SIGUIENTE ESTARÁ SUJETO A ADECUACIÓN, EN CASO DE QUE EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO PUEDA RECIBIR LOS SERVICIOS EN EL DÍA INHÁBIL QUE CORRESPONDA.La recepción de los servicios se hará en: (indicar el lugar), en días hábiles y en el horario siguiente: ______________.

En caso de que la fecha de conclusión de los servicios coincida con un día inhábil, la recepción de éstos se correrá al siguiente día hábil, sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales.

DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR

Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor.

Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas.EL SIGUIENTE PÁRRAFO PODRÁ INCLUIRSE, DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DEL CONTRATO:Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) _____________; o (ii) _____________.

La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba.

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En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Suspensión”.

En caso de terminación anticipada de los servicios derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO

14.1 Rescisión administrativa

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación;

c) No ejecute los servicios de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

g) Cuando sin autorización expresa de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

h) Cuando sin autorización expresa de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

j) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional”;

k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”;

l) Si no da a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección y supervisión de los servicios;

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m) Si no entrega a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”;ATENDIENDO A LAS CARACTERÍSTICAS, MAGNITUD Y COMPLEJIDAD DEL CONTRATO SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO.

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), en un plazo de __ (____) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación y, en su caso, los bienes, que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.

En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación respectiva, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de los serviciosejecutados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) hará constar en el finiquito, la recepción de los servicios que haya ejecutado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

14.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa

El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de (número y letra) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.

La determinación de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior.NOTA: LOS PLAZOS ANTERIORES NO PODRÁN EXCEDER DE 20 DÍAS HÁBILES

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En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva.

La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

14.3 Rescisión por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)

El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se actualice alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

b) Por no poner a disposición del PROVEEDOR el sitio donde se presten los servicios objeto de este contrato, cuando así corresponda; o

c) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo.

DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA

Las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato, por las siguientes causas:

I. Por caso fortuito o fuerza mayor;II. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión;

III. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; yIV. Cuando lo determine (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Convenida la terminación anticipada, el PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), el pago por los servicios ejecutados hasta la fecha de terminación anticipada, así como el correspondiente a los conceptos señalados en el Anexo ___, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.EL ANEXO A QUE SE REFIERE ESTA CLÁUSULA DEBERÁ CONTENER LOS CASOS EN QUE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DE ORIGEN A REALIZAR PAGOS Y LA FORMA DE CUANTIFICARLOS Y CUBRIRLOS.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) hará constar en el finiquito, la recepción de los servicios que haya ejecutado el PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

DÉCIMA SEXTA.- SUSPENSIÓN

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así

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lo requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato.

Cuando (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine la suspensión del contrato, el PROVEEDOR, a partir de la notificación que dé por terminada la suspensión, podrá solicitar el pago de los conceptos señalados en el Anexo ___, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.EL ANEXO A QUE SE REFIERE ESTA CLÁUSULA DEBERÁ CONTENER LOS CASOS EN QUE LA SUSPENSIÓN DE ORIGEN A REALIZAR PAGOS Y LA FORMA DE CUANTIFICARLOS Y CUBRIRLOS.

Cuando la suspensión se derive de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes, debiendo únicamente suscribir una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión y la fecha de reinicio, sin modificar el plazo de ejecución establecido en el contrato. El PROVEEDOR, a partir de la reanudación del contrato, podrá solicitar el pago de los conceptos señalados en el Anexo ____ EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINARÁ LOS GASTOS A LOS QUE PUEDE TENER DERECHO EL PROVEEDOR.

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los servicios objeto de este contrato, no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO); por lo que en estos casos (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos servicios que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los servicios rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su conclusión.

Si el PROVEEDOR realiza servicios por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir y prestar el servicio en estricto cumplimiento con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para la ejecución de los servicios.

El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados.

Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para la conclusión satisfactoria de los servicios en los términos de este contrato.

CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE CONTRATOS CELEBRADOS CON MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS.

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INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS No. IS-432-RM-LPM-2008562FECHA DE EMISION DE LAS BASES A LA INVITACION: 24 /07/12

PROYECTO: SUSTANTIVO

El PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.

DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTESPARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN TÉRMINOS DIFERENTES A LOS ESTABLECIDOS EN ESTA CLÁUSULA, PREVIO A SU MODIFICACIÓN, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS.

El PROVEEDOR será el único responsable de la ejecución de los servicios y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total/máximo del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente instrumento.

Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.

En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los servicios materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en relación con el asunto.

Si se actualiza dicho supuesto, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados

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PROYECTO: SUSTANTIVO

a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

OPCIONAL DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DEL CONTRATOEn caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de los derechos de propiedad intelectual generados.

VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL

El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.

Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, en cuanto éste así se lo solicite por escrito, cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto, incluyendo el pago de honorarios de abogados.

VIGÉSIMA PRIMERA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES

Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente:

Comunicaciones a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO):

Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: (Indicar domicilio y correo electrónico del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato).

Comunicaciones al PROVEEDOR:

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Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.

Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del PROVEEDOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.

VIGESIMA TERCERA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su representante, que será el (Director de proyecto / o la figura que se determine) dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

CUANDO APLIQUECuando la supervisión se realice por terceras personas, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, podrá establecerla con posterioridad al inicio del contrato.

El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público.

En cualquier momento, por causas justificadas, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos correspondientes

VIGÉSIMA CUARTA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN

El PROVEEDOR, sus subcontratistas o los empleados de éstos, se abstendrán de incurrir en actos que se tipifiquen en materia penal como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

EL PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato no ofrecerá, prometerá o dará por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, a servidor público alguno ya sea federal, estatal o municipal, que puedan constituir un incumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias.

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En caso de que dichos actos sean decretados en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá optar por la rescisión conforme a lo establecido en la cláusula RESCISIÓN DEL CONTRATO.

Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subdirección de Suministros de la Dirección Corporativa de Operaciones para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

VIGÉSIMA QUINTA.- IDIOMA

La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones.

Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato.

VIGÉSIMA SEXTA.- CONCILIACIÓN

Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos.

En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva.

VIGÉSIMA SÉPTIMA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO

Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del Contrato.

VIGÉSIMA OCTAVA.- ANEXOS

Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen. (SE RECOMIENDA QUE LOS ANEXOS SEAN FIRMADOS POR QUIEN SUSCRIBA EL CONTRATO EN EL APARTADO DE REVISIÓN TÉCNICA)

Anexo “____”.- “Especificaciones y Condiciones de la Prestación de los Servicios”Anexo “____”.- “Texto de la(s) garantía(s)”Anexo “____”.- ____Anexo “____”.- “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” (CUANDO APLIQUE)Anexo “____”.- “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (CUANDO APLIQUE)

Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.

VIGÉSIMA NOVENA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL

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PROYECTO: SUSTANTIVO

El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo.

Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales.

El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello.

El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.

TRIGÉSIMA.- MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación o ejecución del contrato, el PROVEEDOR podrá efectuar, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes de haber surgido la misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado en este párrafo, por razones debidamente motivadas y justificadas, las partes podrán acordar conocer y revisar el mismo.

El PROVEEDOR, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia de carácter técnico o administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta cláusula.

Por cada controversia, el PROVEEDOR sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato efectuará las consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión.

Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, el PROVEEDOR contará con un plazo de (número y letra) días naturales para comunicar su rechazo, en caso contrario se tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su reclamo como discrepancia técnica o administrativa.

Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente.

Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato no es aceptada por el PROVEEDOR, éste podrá pedir que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo.

BASES 98

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Si el PROVEEDOR opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo, ésta versará sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no podrá agregar peticiones adicionales, supletorias o complementarias, subsanar defectos, hacer correcciones o sustituciones al reclamo original.

El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente manera:

El PROVEEDOR deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto, indicando los temas en discrepancia, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la fecha en que el PROVEEDOR hubiere recibido la determinación final del Área Responsable de la Supervisión y Ejecución del Contrato, respecto de la resolución del reclamo.

La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de una discrepancia de carácter técnico o administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo:

a) Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con la documentación que los compruebe;b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que fundamenten su reclamo;c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo.

El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y forma; en caso contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área Administradora del Proyecto comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de discrepancia, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Administradora del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir del vencimiento del plazo para que el PROVEDOR presente documentación o alegatos, para iniciar las aclaraciones.

Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área Administradora del Proyecto deberá comunicar su resolución al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días naturales siguientes de la celebración de la primera reunión.

Si el PROVEEDOR acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el titular del Área Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio respectivo, concluyendo así el procedimiento para la resolución de reclamos y discrepancias de carácter técnico o administrativo con efectos jurídicos concernientes a las partes.

TRIGÉSIMA PRIMERA.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS

El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓNEN CASO DE QUE SE DECIDA PACTAR EN EL CONTRATO OTRO MÉTODO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEBERÁ SOLICITARSE A LA OFICINA DEL ABOGADO GENERAL QUE PROPORCIONE EL TEXTO A INCLUIR.

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El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de (indicar la ciudad), por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier causa.

______________.- FINIQUITOPARA CONTRATOS DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LA OBRA PÚBLICA, ESTA CLÁUSULA DEBERÁ INCLUIRSE INVARIABLEMENTE.PARA OTROS CONTRATOS DE SERVICIOS, SE INCLUIRÁ DEPENDIENDO DE LA COMPLEJIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO O DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE SU CUMPLIMIENTO.

Concluidos los servicios, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de (número y letra) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado.

El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

Si procede, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS SON OPTATIVAS Y SE PODRÁN INCLUIR, ASÍ COMO AQUELLAS OTRAS QUE SE REFIERAN A CONDICIONES PARTICULARES O ESPECIFICAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE LE DIO ORIGEN Y QUE

RESULTEN NECESARIAS PARA PROTEGER LOS INTERESES DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO Y SE INCLUIRÁN AL CLAUSULADO CON EL NÚMERO QUE LE CORRESPONDA.

_______________.- ÓRDENES DE SERVICIOTRATÁNDOSE DE CONTRATOS QUE SE EJECUTEN A TRAVÉS DE ORDENES DE SERVICIO DEBERÁ INCLUIRSE LA CLÁUSULA SIGUIENTE:

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) solicitará la prestación de los servicios objeto de este contrato a través de “órdenes de servicio” (en este contrato “ORDEN” u “ÓRDENES”), en términos de lo establecido en el Anexo “__” del presente Contrato, mismas que deberán contener la referencia a este contrato.

La ORDEN que emita (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), será entregada al PROVEEDOR en (indicar área, lugar y horario) o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.

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Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato.

___________.- SUBCONTRATACIÓNEL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, INVITACIÓN RESTRINGIDA O ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE ORIGEN AL CONTRATO:El PROVEEDOR podrá subcontratar lo siguiente:__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO NO SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, O DE INVITACIÓN RESTRINGIDA O EN SU CASO, EN LA SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE ORIGEN AL CONTRATO, LAS ACTIVIDADES QUE SE PODRÁN SUBCONTRATAR :En caso de que el PROVEEDOR requiera subcontratar cualquier parte del contrato, que no haya incluido en su propuesta, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto con (indicar número de días) días naturales de anticipación a la pretendida subcontratación, indicando: (i) el nombre del posible subcontratista; (ii) la parte del contrato a ser subcontratada; y (iii) la información suficiente para que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) esté en condiciones de evaluar la capacidad técnica del posible subcontratista. Asimismo, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tendrá el derecho de solicitar al PROVEEDOR cualquier información adicional a la entregada por éste, a fin de autorizar la subcontratación en cuestión. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tendrá un período de (indicar número de días) días naturales a partir de la fecha de recepción de la notificación, o a partir de la fecha de recepción de la información adicional solicitada, para aceptar o rechazar por escrito la celebración de dicho contrato. En caso de que transcurra el plazo antes referido sin que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) haya aceptado o rechazado por escrito la solicitud del PROVEEDOR, ésta se tendrá por no aceptada.

LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS: Lo anterior, sin perjuicio de la obligación del PROVEEDOR de cumplir el grado de contenido nacional al que se comprometió en su propuesta de conformidad con el Anexo____.NOTA: ESTE ANEXO SE REFIERE A AQUEL EN DONDE SE INCLUYA LA PROPUESTA DEL PROVEEDOR.

En el supuesto de que el PROVEEDOR desee sustituir a un subcontratista, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto en los términos señalados en la presente cláusula, no siendo esto motivo de incremento en los precios pactados ni en el plazo de entrega.

No obstante cualquier subcontratación, el PROVEEDOR es y será el único responsable de las obligaciones del contrato. Los subcontratistas no tendrán acción o derecho alguno que hacer valer en contra de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Por lo tanto, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier demanda o reclamación de cualquier tipo, incluyendo las de carácter laboral, que pudieran presentar los subcontratistas por la ejecución de los servicios relacionados con el contrato.

____________________________.- COMPENSACIONES ADICIONALESCON BASE EN EL MODELO ECONÓMICO, LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINARA LA FORMA, EL MONTO, Y EL PAGO DE DICHAS COMPENSACIONES, EN RAZÓN DE UNA MAYOR UTILIDAD Y SIEMPRE QUE NO SE COMPROMETA UN PORCENTAJE SOBRE EL VALOR DE LAS VENTAS O PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgará compensaciones adicionales al PROVEEDOR cuando durante la ejecución del contrato, éste obtenga (i) economías por el menor tiempo en la ejecución de los servicios; (ii) cuando (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se apropie o se beneficie de nuevas tecnologías

BASES 101

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proveídas por el PROVEEDOR y (iii) cuando por cualquier circunstancia atribuible al PROVEEDOR redunde en una mayor utilidad y en un mejor resultado del objeto de este contrato para (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Dichas compensaciones se calcularán conforme a lo siguiente:

1. ESTABLECER LA FÓRMULA DE CÁLCULO DE LOS CONCEPTOS QUE SE CONSIDERARÁN PARA LAS COMPENSACIONES.

2. ESTABLECER UNA CUOTA FIJA.3. ESTABLECER UNA TARIFA DIFERENCIADA.

Las compensaciones a que se refiere la presente cláusula forman parte de las remuneraciones.

_____.- NORMAS DE CALIDAD EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOSCUANDO ASÍ SE HAYA ESPECIFICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR LO HAYA MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN O COTIZACIÓN.

El PROVEEDOR acepta que la ejecución de los servicios objeto de este contrato y que preste a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) están bajo una certificación normativa, conforme a los Certificados de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta del proveedor).

_________.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNOLA INCLUSIÓN O LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ VARIAR DE ACUERDO AL SISTEMA FINANCIERO O EL MECANISMO BAJO EL CUAL SE EMITA EL CONTRATO POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIOLos conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en el Anexo __ del presente contrato, corresponden a datos de control interno de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR.

_________.- CONDICIÓN SUSPENSIVAÚNICAMENTE PARA CONTRATOS CUYA VIGENCIA INICIE EN EL EJERCICIO FISCAL SIGUIENTE DE AQUÉL EN EL QUE SE FORMALIZAN. Este contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes.

_________.- CONFIDENCIALIDADLA CLÁUSULA APLICA CUANDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO LE PROPORCIONE AL PROVEEDOR INFORMACIÓN CONFIDENCIAL:

El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El PROVEEDOR garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el establecimiento de procedimientos, en consulta con (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como

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remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad.

De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los servicios, así como aquella información o documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica.

No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; (ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación.

Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de (número de años) años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo.

__________.- FUENTES DE FINANCIAMIENTOESTA CLÁUSULA APLICA A LOS CONTRATOS QUE CELEBREN PETRÓLEOS MEXICANOS, PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, PEMEX REFINACIÓN, PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA Y PEMEX PETROQUÍMICA CUYO MONTO TOTAL (LA SUMA DEL MONTO EN PESOS Y EL EQUIVALENTE EN PESOS DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA) SEA SUPERIOR A 100 MILLONES DE PESOS*.

* EN EL CASO DE CONTRATOS ABIERTOS, EL MONTO MÍNIMO SE DEBERÁ CONSIDERAR COMO EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, PARA EFECTOS DE FIJAR EL UMBRAL A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR.

PARA DETERMINAR EL IMPORTE EQUIVALENTE EN PESOS, DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA, SE DEBERÁ UTILIZAR EL TIPO DE CAMBIO VIGENTE PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA, PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA, QUE EL BANCO DE MÉXICO DETERMINE Y PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.

El PROVEEDOR reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que deriven del presente contrato. El PROVEEDOR conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o subcontratistas, sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta cláusula.

La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como Anexo ___, en la inteligencia de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a hacerla del conocimiento de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), inmediatamente después de que el PROVEEDOR tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato.

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El PROVEEDOR se obliga a entregar al(a las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda; la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el Anexo ___ denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos específicos vigentes que se contienen en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” que le fue entregado previo a la firma de este contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra disponible en la siguiente página de Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

Si el PROVEEDOR ha cumplido con la entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, el Módulo de Financiamiento:

a) registrará en los sistemas sobre dicho cumplimiento, con lo que el PROVEEDOR podrá continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s), o

b) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación”, el cual formará parte de la documentación que el PROVEEDOR presente para continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s).

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no estará obligado a dar trámite al pago de su(s) factura(s) cuando el PROVEEDOR injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le indique oportunamente.

_________.- OBLIGACIÓN SOLIDARIAAPLICA EN CASO DE CONSORCIOSLas partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

De acuerdo a la propuesta conjunta, el PROVEEDOR ha designado a la compañía (indicar la denominación o razón social) como líder en la ejecución del contrato. En caso de que el PROVEEDOR requiera cambiar a dicha compañía como Líder, deberá comunicar al Área Administradora del Proyecto, con por lo menos (número y letra) días naturales de anticipación, su decisión de designar a otro miembro del PROVEEDOR como la Compañía Líder, siempre que dicho miembro del PROVEEDOR, al momento de la adjudicación, cumpliera y para ese momento continúe cumpliendo, con los requerimientos establecidos para ser Compañía Líder.

APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICOEl PROVEEDOR y sus Obligados Solidarios, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

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______________.- ANTICIPO

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgará al PROVEEDOR un anticipo por el (Porcentaje con número) % (Porcentaje con letra) del monto de los servicios, correspondientes al (ejercicio o año contractual correspondiente), correspondiéndole por este concepto un importe de: (Importe del anticipo), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

El anticipo será otorgado (indicar fecha).

El PROVEEDOR invariablemente deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y a favor de éste, una garantía por el importe del anticipo, en los términos de la cláusula denominada “Garantías”.

_________.- OTRAS ESTIPULACIONESAPLICA PARA SERVICIOS DE MANTENIMIENTO QUE SE LLEVEN A CABO EN EL INTERIOR DE LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS O DE SUS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, Y SE INCLUIRÁ AL FINAL DEL CLAUSULADO CON EL NÚMERO QUE LE CORRESPONDA.Cuando los Servicios se efectúen en el interior de las instalaciones de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), el PROVEEDOR, para la realización de los mismos, deberá preferir en igualdad de condiciones y sin perjudicar los derechos que conforme a la ley tengan terceros, al personal que proponga el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana.

__________.- SOPORTE DEL SERVICIOESTA CLÁUSULA PODRÁ AJUSTARSE AL TIPO Y NATURALEZA DE LOS SERVICIOS.

El PROVEEDOR, en relación con los servicios objeto del presente contrato, se compromete a mantener localmente una existencia mínima de refacciones con sus respectivas inversiones de partes y logística, equipos de respaldo, equipos de laboratorio, atención telefónica así como, contar en su caso, con soporte a nivel (nacional o internacional) e invariablemente con el personal técnico capacitado, actualizado y disponible para la debida prestación de los servicios en la forma y tiempo requerido por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de acuerdo con sus necesidades de operación.

_________________.- RETENCIONESESTA CLÁUSULA SÓLO APLICA CUANDO EL PROVEEDOR HAYA DECLARADO HABER CELEBRADO CONVENIO CON LA AUTORIDAD FISCAL.El PROVEEDOR acepta que de las facturas que se le cubran se le retenga la cantidad o el porcentaje establecido en el convenio celebrado con las autoridades fiscales, señalado en la declaración 2.8 de este contrato

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, ___________ el día ____ de _________ de ____.

LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL CONTRATO Y LA MISMA DEBERÁ ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES APLICABLES.

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POR (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)_______________________________

POR EL PROVEEDOR

_________________________________

REVISIÓN JURÍDICAPOR PARTE DE LA OFICINA DEL ABOGADO

GENERAL

________________________________

SE RECOMIENDA INCLUIR LAS SIGUIENTES FIRMAS:

REVISIÓN TÉCNICA

___________________________

REVISIÓN ADMINISTRATIVA

___________________________

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DOCUMENTO 13

CAUSAS DE DESECHAMIENTO

Se desecharán las propuestas que no cumplan con los requisitos esenciales siguientes:

1. No presentar el DOCUMENTO 03 para acreditar la existencia y personalidad jurídica del licitante (de conformidad con el punto 4 inciso A), de esta convocatoria.

2. No presentar su propuesta redactada en idioma español, de conformidad con el punto 4 inciso B), de esta convocatoria.

3. Si no satisface cualesquiera de los requisitos técnicos establecidos en el DOCUMENTO 01, y en su caso las aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a la convocatoria.

4. Asimismo se desechará la propuesta que incurra en el supuesto siguiente:

Que algún documento este firmado “por ausencia” o “por atención”

5. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A. en su propuesta económica.

6. Cuando el (los) precio(s) ofertado(s) por el licitante no fueren solventes de acuerdo al punto 4.4.2 inciso C) de esta convocatoria.

7 El señalar condicionantes dentro de sus proposiciones, a cualesquiera de los requisitos establecidos en

esta convocatoria, de conformidad con lo establecido en el punto 4.

8. Cuando el licitante no incluya la declaración escrita de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la ley y 12 de las disposiciones administrativas de contratación en materia de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios de las actividades sustantivas de carácter productivo de petróleos mexicanos y organismos subsidiarios como se solicita en el punto 4 inciso C), de esta convocatoria.

9. Manifieste la subcontratación en cualquiera de las partes (bienes y/o servicios) objeto de la presente convocatoria.

10. Cuando se compruebe que ha habido acuerdo entre los licitantes para elevar los precios de los bienes objeto de esta licitación o para obtener ventaja respecto a cualquier otro licitante.

11. En el caso de propuestas conjuntas, el no presentar, el original del convenio privado, o bien, cuando

dicho convenio no reúna los requisitos señalados (punto 4 inciso G.2) de esta convocatoria. (CUANDO APLIQUE)

12. No incluir alguno de los documentos de soporte de la propuesta que solicita el área responsable de la evaluación detallada, o bien, si no satisface cualesquiera de los requisitos técnicos establecidos de conformidad con lo previsto en el DOCUMENTO 01, y en su caso las modificaciones que se deriven de la(s) juntas(s) de aclaraciones a las mismas.

13. No presentar la declaración de integridad (DOCUMENTO 08) de conformidad a lo establecido en el punto 4 inciso M) de esta convocatoria.

BASES 107

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14. Cualquier violación a la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento y demás disposiciones reglamentarias aplicables.

15. Que proponga un plazo de ejecución mayor al plazo máximo establecido en el punto 13.2 de esta convocatoria.

16. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en esta Convocatoria que afecte directamente la solvencia de su proposición.

17. En el caso de las enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida en esta convocatoria, cuando el sobre en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo. (CUANDO APLIQUE)

18. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de la proposición, solicitados en esta convocatoria, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a la propia convocatoria.

19. No presentar los documentos 03, 06, 06-A, 06-B, 06-C, 07, 08 Y 16, debidamente requisitados.

20. No ser claro, preciso y congruente en su proposición, de acuerdo a lo solicitado.

DOCUMENTO 14

BASES 108

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NIVELES DE SUPERVISIÓN DE ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS

NIVEL V

Aplica a los arrendamientos o servicios terminados que se supervisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final.

El cumplimiento de las especificaciones establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes:

A) Remisión o factura.H) documentación técnica.I) dos fotocopias del contrato y sus anexos.

1) Las especificaciones contractuales.3) La ejecución del arrendamiento o servicio.4) las pruebas y/o evaluaciones finales.5) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación) y memoria técnica.6) La documentación que establece el contrato.

DOCUMENTO 15

BASES 109

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL, QUE DEBEN CUMPLIR LOS CONTRATISTAS Y/O PROVEEDORES DENTRO DE LAS INSTALACIONES DE PEMEX

PETROQUÍMICA

EL CUAL PODRÁN CONSULTAR Y OBTENER EN LA SIGUIENTE DIRECCIÓN ELECTRÓNICA:

http://sspa.pemex.com

DIRECCION PARA ACCESAR AL ANEXO SSPA ES LA SIGUIENTE:http://sspa.pemex.com/index.php?option=com_docman&task=can_view&gid=182&itemid=62

DOCUMENTO 16

BASES 110

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FORMATO DE MANIFESTACION DE INTEGRACION NACIONAL DE MANO DE OBRA EN LOS SERVICIOS OFERTADOS, DERIVADO DE LA ESTRATEGIA PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS DE PETROLEOS MEXICANOS

__________de __________ de ______________

PEMEX PETROQUIMICA.

P R E S E N T EInvitación Restringida a por lo menos tres Personas, de Carácter Nacional No. _____indicar numero de Invitación)______

Descripción de los trabajos a realizar

Cantidad (hrs) Costo

Mano de obra total (horas hombre totales (Y))Mano de obra nacional (horas hombre (X))Porcentaje de participación nacional en servicios (PPNS)

PPNS=(X/Y)*100Y=Costo de la mano de obra (horas hombre) total requerida o utilizada en la prestación del servicio.X=Costo de la mano de obra nacional (horas hombre) utilizada en la prestación del servicio

Para los casos en que la prestación de los servicios involucre bienes, el licitante deberá requisitar adicionalmente lo siguiente:Con fundamento en lo establecido en los articulos 18 fraccion I y 19 de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la informacion Publica Gubernamental, (nombre del representante) , en mi carácter de representante legal de (Nombre o Razon Social), entrego con el carácter de confidencial la informacion correspondiente al porcentaje de integracion nacional del (de los) siguiente(s) bien(es).

No. de material

Descripcion % Integracion Nacional (0

a 100%)

Marca

Campos adicionales, unicamente para distribuidores o

comercializadores

Nombre o razon social del fabricante

Origen del bien

La información proporcionada en este formato, será de uso exclusivo de PEMEX PETROQUIMICA, misma que será utilizada para registrar el contenido actual, así como para desarrollar la estrategia para incrementar el contenido nacional a que hace mención el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos.

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)___________________

NOMBRE DEL REPRESENTANTE: ____________________________________FIRMA: ______________________CARGO: __________________________________________________FECHA: _____________________

BASES 111