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MODELO DE PREVENCION
DEL DELITO CSI LTDA.
LEY N°20.393
Un servicio pensado en las necesidades de cada comunidad
• ¿Que establece la Ley N° 20.393?
• Delitos que contempla la Ley
• Conductas Prohibidas (ejemplos)
• Sanciones
• Modelo de Prevención
• Encargado del Modelo de Prevención
• Comité de Ética
• Canal de Denuncia
• Casos en Opinión Pública
CONTENIDO
PARA LOS DELITOS:COMETIDOS POR:(Directa o indirectamente en
beneficio de la empresa)
ESTABLECE
La Responsabilidad
Penal de las Personas
Jurídicas (Empresas)
• Cohecho a
funcionario público
nacional o extranjero
• Lavado de Activos
• Financiamiento al
terrorismo
• Receptación
• Dueños
• Controladores
• Responsables
• Ejecutivos
• Trabajadores
• Prestadores de
Servicios
• Cualquier persona,
que se vincule
contractualmente con
la empresa
¿QUE ESTABLECE LEY N°20.393?
Corresponde a las responsabilidad que asumen las empresas (Persona Jurídica), respecto
de los delitos cometidos por Personas Naturales, en el ejercicio de las facultades de sus
cargos cuando la conducta punible (de las señaladas en el articulo 1° de la ley 20.393), sea
cometida directa e inmediatamente en beneficio de la persona jurídica o para su provecho.
RESPONSABILIDAD PENALDE LAS PERSONAS JURÍDICAS (EMPRESAS)
• ¿Que establece la Ley N° 20.393?
• Delitos que contempla la Ley 20.393
• Conductas Prohibidas (ejemplos)
• Sanciones
• Modelo de Prevención
• Encargado del Modelo de Prevención
• Comité de Ética
• Canal de Denuncia
• Casos en Opinión Pública
CONTENIDO
El que ofreciere o consintiere en dar a un empleado público nacional o extranjero,
un beneficio económico, en provecho de éste o de un tercero, para que realice las
acciones, incurra en omisiones, o por actos u omisiones ya realizados, en el ámbito
propio del ejercicio de su cargo.
DELITOS QUE CONTEMPLA LA LEY
• Cohecho a
Funcionario Público
Nacional o Extranjero
Quien efectúa cualquier acto tendiente a ocultar o disimular el origen ilícito de
determinados bienes, a sabiendas que provienen directa o indirectamente de la
perpetración de hechos constitutivos de delitos tales como: tráfico ilícito de
estupefacientes y sustancias sicotrópicas, conductas terroristas, tráfico de armas y
organizaciones para la delincuencia (promoción de prostitución infantil, secuestro,
entre otros). También comete el delito quien realice cualquier acto en que se
adquiera, posea, tenga o use los referidos bienes, con ánimo de lucro, cuando
al momento de recibirlos ha conocido su origen ilícito.
El que por cualquier medio, directa o indirectamente, solicite, recaude o provea
fondos con la finalidad de que se utilicen en la comisión de cualquiera de los
delitos terroristas señalados en el artículo 2º de la Ley 18.314 (homicidios,
secuestros, detonación de artefactos explosivos y otros delitos cometidos con la
finalidad de producir en la población o en una parte de ella un temor justificado).
El que conociendo su origen o no pudiendo menos que conocerlo, tenga en su
poder, a cualquier título, especies hurtadas, robadas u objeto de abigeato, de
receptación o de apropiación indebida del artículo 470, número 1°, las transporte,
compre, venda, transforme o comercialice en cualquier forma, aun cuando ya
hubiese dispuesto de ellas, sufrirá la pena de presidio menor en cualquiera de sus
grados y multa de cinco a cien unidades tributarias mensuales.
• Receptación
• Lavado de Activos
• Financiamiento al
Terrorismo
• ¿Que establece la Ley N° 20.393?
• Delitos que contempla la Ley 20.393
• Conductas Prohibidas (ejemplos)
• Sanciones
• Modelo de Prevención
• Encargado del Modelo de Prevención
• Comité de Ética
• Canal de Denuncia
• Casos en Opinión Pública
CONTENIDO
CONDUCTAS PROHIBIDAS (ejemplos)COHECHO
• Ofrecer, entregar dinero o bienes a un funcionario público2, en provecho de este o
de un tercero, ya sea directamente por parte de un empleado de la Compañía o a
través de un mandatario o prestador de servicios de CSI, con el fin de obtener a
cambio, por ejemplo, un permiso de construcción, recepción final de una Estación de
Servicio, Planta de combustible, instalación industrial o cualquier clase de obras
civiles.
• Facilitar el uso de bienes u otorgar prestaciones de servicios a algún funcionario
público2, en provecho de este o de un tercero, ya sea directamente por parte de un
empleado de la Compañía o a través de un mandatario o prestador de servicios
de CSI, con el fin de obtener a cambio una contraprestación, como por ejemplo, una
resolución o fallo favorable en un proceso de fiscalización o litigio (Inspección del
Trabajo, Servicio de Impuestos Internos, Seremi de Salud, Súper Intendencia de
Seguridad y Salud Social).
• Entregar dinero o bienes bajo la apariencia de una Donación, ya sea directamente
por parte de CSI o a través de un mandatario, a una persona, institución privada u
organismo estatal a solicitud de un funcionario público, con el fin de que le
otorguen a la Compañía atenciones preferenciales de cualquier naturaleza.
2. Contempla funcionario público nacional o extranjero
• Ofrecer o entregar pasajes, traslados, programas turísticos y estadías a un
empleado público2, en provecho de este o de un tercero, ya sea directamente por
parte de un empleado de la Compañía o a través de un mandatario o prestador de
servicios de CSI, con el fin de obtener a cambio, por ejemplo, la colocación de una
orden de compra de combustible por parte de una institución del estado.
• Realizar actividades de publicidad, promoción, auspicio y/o patrocinio con una
persona, institución privada o pública, a solicitud de un empleado público2, a
cambio de que este último realice en favor de CSI, por ejemplo, la autorización para la
realización de un evento promocional en un lugar público.
CONDUCTAS PROHIBIDAS (ejemplos)COHECHO
CONDUCTAS PROHIBIDAS (ejemplos)LAVADO DE ACTIVOS
• Nombrar en cargos de Jefaturas de CSI a una persona que a sabiendas, directa o
indirectamente, realice actos relacionados con el Lavado de Activos, tales como
ocultar, disimular, adquirir, tener o usar bienes conociendo su origen ilícito.
• Comprar bienes tales como propiedades, insumos, equipos y otros, a sabiendas de
su origen ilícito.
• Facilitar a sabiendas el ocultamiento del origen ilícito de determinados bienes, a
través de contratos simulados tales como: inversiones en activos financieros,
prestación de servicios, compras y ventas.
• Realizar donaciones, otorgamiento de pasajes, programas turísticos, estadías o
actividades de publicidad, promoción, auspicio y/o patrocinio, directa o
indirectamente, a toda institución o persona que a sabiendas sea participe o se
encuentre vinculada de alguna forma al lavado de activos.
CONDUCTAS PROHIBIDAS (ejemplos)FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
• Facilitar el uso o entrega de bienes, dinero o prestaciones de servicio, a título
gratuito, directamente por CSI o a través de un mandante, a una persona u
organismo, con la finalidad de que se utilicen en actos terroristas.
• Entregar dinero o bienes a título gratuito, a una persona u organismo, a través de
contratos simulados tales como: inversiones en activos financieros, prestación de
servicios, compras y ventas, con el propósito de financiar actos terroristas.
• Realizar donaciones, otorgamiento de pasajes, programas turísticos, estadías o
actividades de publicidad, promoción, auspicio y/o patrocinio, directa o
indirectamente, con una persona o institución que busca recaudar fondos para
financiar actividades terroristas.
CONDUCTAS PROHIBIDAS (ejemplos)FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
• Adquirir derechos o acciones en sociedades que se dediquen o estén vinculadas
en el financiamiento de actividades terroristas.
• Nombrar en cargos de Jefaturas de CSI a una persona que, directa o
indirectamente, solicite, recaude o provea fondos con la finalidad de que se
utilicen en actos terroristas.
CONDUCTAS PROHIBIDAS (ejemplos)RECEPTACIÓN
• Poseer especies hurtadas o robadas, sea por receptación o apropiación indebida,
las cuales sean transportadas, compradas, vendidas, transformadas o
comercializadas.
• Adquirir productos cuya procedencia desconozca o le resulte sospechosa.
• Comprar bienes en comercios no establecidos, corre el riesgo de adquirir productos
hurtados o robados.
• Tener presente que detrás de cada producto adquirido cuyo origen es incierto o de
dudosa procedencia, existe una víctima de la delincuencia.
Los trabajadores y cualquier persona
vinculada contractualmente con CSI,
deberán poner especial cuidado para no
incurrir en conductas que puedan dar
origen a la comisión de los delitos señaladas
en la Ley N° 20.393, que causen o puedan
conllevar la responsabilidad penal de CSI.
PROHIBICIÓN GENERAL
• ¿Que establece la Ley N° 20.393?
• Delitos que contempla la Ley 20.393
• Conductas Prohibidas (ejemplos)
• Sanciones
• Modelo de Prevención
• Encargado del Modelo de Prevención
• Comité de Ética
• Canal de Denuncia
• Casos en Opinión Pública
CONTENIDO
¿A que sanciones se expone la Compañía en caso
de que se cometa alguno de los delitos establecidos
en la Ley N° 20.393?
• La prohibición temporal o perpetua de celebrar
actos y contratos con organismos del estado.
• La pérdida parcial o total de beneficios fiscales o
prohibición absoluta de recibirlos por un periodo
determinado.
• Pago de Multas a beneficio fiscal.
• La publicación de un extracto de la sentencia
condenatoria en el Diario Oficial o de otro medio
de circulación nacional afectando severamente la
imagen pública de la Empresa.
LA DISOLUCIÓN DE
LA EMPRESA
SANCIONES
•Penas privativas de libertad
•Pago de Indemnizaciones y Multas.
•Término de Contrato.
SANCIONES
¿A que sanciones se expone la Persona Natural que
cometa alguno de los delitos establecidos en la Ley
N° 20.393?
Implementando un Modelo de
Prevención, con anterioridad a la
ocurrencia de alguno de los delitos
mencionados en la Ley N° 20.393.
¿Cómo se pueden eximir las Empresas
de la Responsabilidad Penal?
No incurriendo en las conductas
prohibidas señaladas en la Ley N°
20.393.
• ¿Que establece la Ley N° 20.393?
• Delitos que contempla la Ley 20.393
• Conductas Prohibidas (ejemplos)
• Sanciones
• Modelo de Prevención
• Encargado del Modelo de Prevención
• Comité de Ética
• Canal de Denuncia
• Casos en Opinión Pública
CONTENIDO
FUNCIÓN
Prevenir y detectar
oportunamente la ocurrencia
de los siguientes delitos:
• Cohecho a funcionario
público nacional o
extranjero.
• Lavado de Activos.
• Financiamiento al
Terrorismo
• Receptación
• Eximir a la Empresa de la
Responsabilidad Penal que
le pudiera afectar, por la
ocurrencia de algunos de
los delitos de la Ley N°
20.393.
• Evitar que las personas
vinculadas
contractualmente a CSI
Ltda., incurran en las
conductas prohibidas por
la Ley N° 20,393
Es un sistema de
organización, administración,
supervisión y monitoreo de
todos los procesos y
actividades que
potencialmente impliquen
riesgos de ocurrencia de los
delitos señalados en la Ley
N° 20.393
OBJETIVOSDEFINICIÓN
¿Cómo está estructurado el Modelo de
Prevención de CSI?
ÁREAS DE APOYO
Asesoría Legal
Administración y Finanzas
Recursos Humanos
Auditoría
Comité de Ética
CERTIFICACIÓN DEL MODELO DE PREVENCIÓN
ENCARGADO DE PREVENCIÓN
Política de Prevención de
Delitos
Procedimientos de
Prevención de Delitos
• Actividades de Prevención
• Actividades de Detección
• Actividades de Respuesta
• Supervisión y Monitoreo del Modelo
ELEMENTOS DE APOYO AL MODELO DE PREVENCIÓN
AMBIENTE DE CONTROL
Código de Ética
Procedimiento de Canal de Denuncia
Políticas y Procedimientos
INSTRUMENTOS LEGALES Y
LABORALES
Anexo de Contrato de Trabajo
Anexo de Contrato o Compromiso
Contractual de Prestadores de Servicios
Capítulo Reglamento Interno de
Orden, Higiene y Seguridad
Report
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Consejo
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Denuncia
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Públic
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OU
TP
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CONSEJO DE
ADMINISTRACION
Administración General
• ¿Que establece la Ley N° 20.393?
• Delitos que contempla la Ley 20.393
• Conductas Prohibidas (ejemplos)
• Sanciones
• Modelo de Prevención
• Encargado del Modelo de Prevención
• Comité de Ética
• Canal de Denuncia
• Casos en Opinión Pública
CONTENIDO
Persona designada por el Consejo de Administración de CSI, con dependencia
funcional del mismo, cuyas principales funciones y responsabilidades son:
• Implementar, mantener y supervisar el funcionamiento del Modelo de Prevención.
• Administrar y operar el Canal de Denuncia.
• Gestionar las auditorías especiales que se requieran, con ocasión de las
denuncias recibidas.
ENCARGADO DE PREVENCIÓN
• ¿Que establece la Ley N° 20.393?
• Delitos que contempla la Ley 20.393
• Conductas Prohibidas (ejemplos)
• Sanciones
• Modelo de Prevención
• Encargado del Modelo de Prevención
• Comité de ética
• Canal de Denuncia
• Casos en Opinión Pública
CONTENIDO
FUNCIONES PRINCIPALES:
• Ser un órgano de consulta en materias de ética y conducta.
• Asegurar la debida aplicación y difusión del Código de Ética.
• Facilitar la resolución de conflictos relacionados con la aplicación del Código de
Ética.
• Apoyar al Encargado de Prevención en el desarrollo, implementación y efectiva
operación del Modelo de Prevención.
• Tomar conocimiento de las denuncias y resolver la aplicación de sanciones
disciplinarias producto de las investigaciones efectuadas.
COMITÉ DE ÉTICA
• ¿Que establece la Ley N° 20.393?
• Delitos que contempla la Ley 20.393
• Conductas Prohibidas (ejemplos)
• Sanciones
• Modelo de Prevención
• Encargado del Modelo de Prevención
• Comité de ética
• Canal de Denuncia
• Casos en Opinión Pública
CONTENIDO
El Modelo de Prevención contempla la implementación de un Canal de Denuncia que
permite a cualquier trabajador de CSI o persona en general, denunciar de manera
segura, confiable, sin represalias y con reserva de su identidad, algún hecho que se
presuma sea constitutivo de los delitos contenidos en la Ley N° 20.393 sobre
responsabilidad penal de las personas jurídicas (Lavado de Activos, Financiamiento del
terrorismo, Cohecho a funcionario público nacional o extranjero y Receptación); o
denunciar cualquier otra situación irregular o defraudación de la que haya tomado
conocimiento, de manera directa o indirecta.
CANAL DE DENUNCIA
El denunciante podrá realizar su denuncia indistintamente a través de su Jefe Directo o
Jefe de Área o pueden ser canalizadas a través del Canal de Denuncia, utilizando
para ello un formulario disponible en la página WEB (www.csiltda.cl).
Encargado de Prevención
Canal de
Denuncia
¿QUIÉNES PUEDEN ENVIAR UNA
DENUNCIA Y CÓMO LO PUEDO CANALIZAR?
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• ¿Que establece la Ley N° 20.393?
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• Conductas Prohibidas (ejemplos)
• Sanciones
• Modelo de Prevención
• Encargado del Modelo de Prevención
• Comité de ética
• Canal de Denuncia
• Casos en Opinión Pública
CONTENIDO
PRENSA, DELITO DE COHECHO
PRENSA, DELITO DE COHECHO
PRENSA, DELITO DE COHECHO
PRENSA, LAVADO DE DINERO
PRENSA, RECEPTACION
PRENSA, RECEPTACION
Cada trabajador y persona
vinculada contractualmente a CSI,
tiene la obligación de cumplir con
el Modelo de Prevención de Delito
en el ámbito que le compete.
OBLIGACIÓN GENERAL CON RESPECTOAL MODELO DE PREVENCIÓN