modelo Deposito de Lista de Testigo material laboral

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    A LA : MAGISTRADA JUEZ PRESIDENTE DE LACMARA CIVIL, COMERCIAL Y DE TRABAJODEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DELDISTRITO JUDICIAL DE MONTE PLATA.

    ASUNTO : DEMANDA EN PAGO DE PRESTACIONESLABORALES, DERECHOS ADQUIRIDOS YDAOS Y PERJUICIOS POR DESPIDOINJUSTIFICADO Y POR NO ESTAR INSCRITOEN EL SISTEMA NACIONAL DE LA SEGURIDADSOCIAL

    DEMANDANTES : YNES ALEJO MORENO y NANCY FAMILIA

    PINALES

    ABOGADO : LIC.JOS LUIS FRANCISCO PEGUERO

    DEMANDADO : RANCHO TAINO y MUSTAFA CESMEC

    HONORABLE MAGISTRADA:

    Quien suscribe, LIC. JOS LUIS FRANCISCO PEGUERO,dominicano, mayor de edad, casado, abogado de los Tribunales de

    la Repblica, portadora de la cdula de identidad y electoral No.

    008-0020820-9, en funcin de abogado de asistencia !udicial del

    "inisterio de Traba!o, con estudio profesional abierto en el edi#cio

    $ue alo!a las o#cinas gubernamentales, sito en la %&e. "onse'or

    (ernando %rturo de "eri'o, es$uina 2) de abril del municipio de

    "onte *lata; quien acta a nombre y representacin de las seoras:

    YNES ALEJO MORENO, dominicana, mayor de edad, soltera,$ue+aceres domsticos, portadora de la cdula de identidad y

    electoral No. 008-00982-, domiciliada y residente en la calle

    %ltagracia No. ), de la ciudad de "onte *lata, Repblica /ominicana

    y accidentalmente en esta ciudad y NANCY FAMILIA PINALES,dominicana, mayor de edad, soltera, $ue+aceres domsticos,

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    portadora de la cdula de identidad y electoral No. 008-002)0-,

    domiciliada y residente en la calle 1arlos %lcntara No. 99, de la

    ciudad de "onte *lata, Repblica /ominicanay accidentalmente en

    esta ciudad tenemos a bien por medio de la presente, interponer formal

    demanda en pago de prestaciones laborales, reclamo de derechosadquiridos e indemnizacin por daos y perjuicios contra de RANCHOTAINO y MUSTAFA CESMEC, donde exponemos lo siguiente:

    RELACIONES DE HECHOS

    RESULTA: Que entre el demandante los demandantes YNES ALEJOMORENO y NANCY FAMILIA PINALES y el demandado RANCHOTAINO, existi un contrato de trabajo por tiempo indefinido, mediante el

    cual los demandantes YNES ALEJO MORENO y NANCY FAMILIAPINALES, prestaban los sericios como: limpieza, arreglo de cama,atencin al cliente, conserjer!a general, camareras, entre otros, en el

    establecimiento comercial RANCHO TANO y MUSTAFA CESMEC,ubicado en la "arretera #onte $lata%&anto 'omingo, prximo al "ruce de

    (oronga del municipio de #onte $lata, los cuales fueron objeto de despido

    injustificado)

    RESULTA: Que la seora YNES ALEJO MORENO, trabaj para

    RANCHO TAINO, por espacio de * meses y + d!as, es decir desde el d!a-* de abril del .-+/ hasta el .0 de octubre del ao .-+/, a cambio de un

    salario de RD!,"#$ PESOS MENSUALES.

    RESULTA: Que la seora NANCY FAMILIA PINALES, trabaj paraRANCHO TAINO, por espacio de 1 meses y .- d!as, es decir desde el d!a-0 de marzo del .-+/ hasta el .0 de octubre del ao .-+/, a cambio de un

    salario de RD%,$$$ PESOS MENSUALES.

    RESULTA: Que las demandantes no ten!an descanso semanal, no lepagaban horas extras, no le daban bonificaciones ni incentios, las cuales

    ten!an un horario de entrada a las :-- a)m) sin horario de salida, es decir

    hasta que hubiera clientes los cuales eran muy reiteratio las salidas en

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    horas de la madrugadas, poniendo en peligro sus idas, ya que ten!a

    transporte ni para llegar ni para salir)

    E&POSICI'N DEL DERECHO

    RESULTA:Que el despido conforme lo define el art!culo 21 del "digo de3rabajo es4 la resolucin del contrato de trabajo por la oluntad unilateral del

    empleador) 5s justificado cuando el empleador prueba la existencia de una

    justa causa preista al respecto en este "digo) 5s injustificado en el caso

    contrario)4

    RESULTA: Que el art!culo + del "digo de 3rabajo dispone que en lascuarenta y ocho horas siguientes al despido, el empleador lo comunicar6,con indicacin de causa, tanto al trabajador como al 'epartamento de

    3rabajo o a la autoridad local que ejerza sus funciones, en este sentido la

    parte demandada () *+-/0 *)( 12 3/2-)2/*/)(42 425164*/312 4( 4*03/7) 34 581619) 4( 4 185/*+) -84*434(544(54 24113), -)8 ) ;+451 y *)) ) 3/2-)(4 4 185

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    RESULTA: Que los demandantes conforme las disposiciones del "digo detrabajo contenida en el art!culo ..-, tienen derecho a reclamar el pago de la

    proporcin del salario de naidad)

    RESULTA:9 que el derecho comn es supletorio en algunas ocasiones del"digo de 3rabajo y en esas atenciones el art!culo +2. del "digo "iil

    'ominicano, dispone que cualquier hecho del hombre que ocasiona un

    dao, obligue aquel que por cuya culpa sucedi a repararlo)

    RESULTO: Que el art!culo 1+ da competencia al 3ribunal de 3rabajo paraconocer de las demandas ciiles asesor!as a las demandas laborales

    liberando al demandante a probar el perjuicio conforme lo dispone el art!culo

    1+. del "digo de 3rabajo)

    RESULTA: Que el art!culo 0/, confiere facultad al uez

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    PRIMERO: Que en cuanto al fondo, declare injustificado el despido ejerciciopor su empleadores RANCHO TAINO y MUSTAFA CESMEC, encontra de las seoras YNES ALEJO MORENO y NANCY FAMILIAPINALESy en consecuencia que se declare resuelto el contrato de trabajo

    que ligaba a las partes con responsabilidad para su empleador)

    SEGUNDO: Que condene a RANCHO TAINO y MUSTAFA CESMEC,al pago de las prestaciones laborales y los derechos adquiridos que le

    corresponden al trabajador demandante de la forma siguiente:

    1> $ara la seoraYNES ALEJO MORENO, +/ d!as de preaiso, + d!asde cesant!a, 1 d!as de acaciones, * meses de la proporcin del

    salario de naidad, para un total de RD?$,@"%.?! mas el pago seismeses de salario por aplicacin del tercer numeral del art!culo 0 del

    "digo de 3rabajo, equialente a TREINTA Y UN MILNOVECIENTOS VEINTE PESOS RD#?,="$.$$>.6> $ara la seora MUSTAFA CESMECI, +/ d!as de preaiso, + d!as de

    cesant!a, 2 d!as de acaciones, 1 meses de la proporcin del salario

    de naidad, para un total de RD?",?".#$ mas el pago seis mesesde salario por aplicacin del tercer numeral del art!culo 0 del "digo

    de 3rabajo, equialente a TREINTA Y SEIS MIL PESOSRD#%,$$$.$$>

    TERCERO: "ondenar a RANCHO TAINO y MUSTAFA CESMEC alpago de la suma de QUINIENTOS MIL PESOS RD!$$,$$$.$$>, a faor yproecho de las seorasYNES ALEJO MORENO y NANCY FAMILIAPINALES como justa reparacin por los daos y morales ocasionados porla parte demandada al trabajador demandante al no tenerlo escrito en la ley

    de seguridad social)

    CUARTO: Que se nos resere el derecho de depositar documento en elcurso del proceso por no haberse obtenido a tiempo, tales como:

    certificacin del ministerio del trabajo, certificaciones de las actiidadesadministratia de la seguridad social, recibos, as! como cualquier otro

    documento que existiera y que no se tenga conocimiento de los mismos o

    que no se hayan podido obtener a tiempo)

    QUINTO: "ompensar las costas por el demandante estar asistido de unabogado de la asistencia judicial del #inisterio de 3rabajo)

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    5s justicia que os pedimos y esperamos merecer, en la ciudad de #onte

    $lata, =ep) 'ominicana, a los eintis8is ?.*@ d!as del mes de noiembre del

    ao dos mil catorce ?.-+/@)

    LIC.JOS LUIS FRANCISCO PEGUEROAbogado

    Anexo:

    Poder especial de representacin a nombre de YNES ALE! "!#EN!

    Poder especial de representacin a nombre de NAN$Y %A"&L&A P&NALES

    $opia de c'd(la de las demandantes

    )os *o+a de c,lc(los

    -