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Universidad Nacional Mayor de San Marcos FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO Semestre II – Salón 2 Proyecto de Tesis “FACTORES DE RESOCIALIZACIÓN Y REINSERCIÓN A LA SOCIEDAD DE LOS SENTENCIADOS EN LOS PENALES DE LURIGANCHO Y PIEDRAS GORDAS II; 2015-I” Para optar el grado de. Bachiller: Caratula Lima – Perú 2015

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Universidad Nacional Mayor de San Marcos

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

Semestre II – Salón 2

Proyecto de Tesis

“FACTORES DE RESOCIALIZACIÓN Y REINSERCIÓN A LA SOCIEDAD DE LOS SENTENCIADOS EN LOS PENALES DE

LURIGANCHO Y PIEDRAS GORDAS II; 2015-I”

Para optar el grado de.

Bachiller:

Caratula Lima – Perú

2015

ÍNDICE GENERAL

Caratula...............................................................................................................1

“FACTORES DE RESOCIALIZACIÓN Y REINSERCIÓN A LA SOCIEDAD DE LOS SENTENCIADOS EN LOS PENALES DE LURIGANCHO Y SAN JORGE; 2015-I”.................................................................................................................1

I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA...........................................................1

1.1 Situación problemática...........................................................................1

1.2 Formulación del problema......................................................................2

1.2.1 Problema General...............................................................................2

1.2.2 Problemas Específicos.......................................................................2

1.3 Justificación de la Investigación.............................................................3

1.4 Objetivos de la investigación..................................................................5

1.4.1 Objetivo General................................................................................5

1.4.2 Objetivos Específicos..........................................................................5

II. MARCO TEÓRICO.......................................................................................6

2.1 Antecedentes del problema....................................................................6

2.2 Bases teóricas........................................................................................7

2.2.1 Reinserción a la sociedad...................................................................7

2.2.2 Resocialización...................................................................................9

2.3 Marco conceptual.................................................................................24

III. HIPÓTESIS Y VARIABLES.....................................................................26

3.1 Hipótesis general.................................................................................26

3.2 Hipótesis específicas............................................................................26

3.3 Identificación de Variables...................................................................26

3.4 Operacionalización de Variables..........................................................27

3.5 Matriz de consistencia..........................................................................28

IV. METODOLOGÍA......................................................................................29

4.1 Tipo y diseño de investigación.............................................................29

4.1.1 Tipo de estudio.................................................................................29

4.1.2 Diseño de investigación....................................................................29

4.2 Unidad de análisis................................................................................30

4.3 Población de estudio............................................................................30

4.4 Tamaño de muestra.............................................................................31

4.5 Selección de la muestra.......................................................................32

4.5.1 Unidad muestral................................................................................32

4.6 Técnicas de recolección de datos........................................................32

4.7 Análisis e interpretación de la información...........................................33

V. PRESUPUESTO.........................................................................................36

VI. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES.......................................................37

VII. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS........................................................38

ANEXOS...........................................................................................................40

ÍNDICE DE TABLAS

Tabla 1 - Operacionalización de variables........................................................27

Tabla 2 - Matriz de consistencia........................................................................28

Tabla 3 - Determinación de la población analizada...........................................31

Tabla 4 - Determinación de la muestra calculada.............................................32

Tabla 5 - Cuadro de valoración de coeficientes de validez instrumental...........34

Tabla 6 - Estadísticos de fiabilidad....................................................................35

Tabla 7 - Calculo del Presupuesto a utilizar......................................................36

Tabla 8 - Gannt de Cronograma de actividades por semanas..........................37

Tabla 9 - Antecedentes.......................................................................................2

Tabla 10 - Tendencias en el comportamiento.....................................................3

Tabla 11 - Programas laborales..........................................................................4

Tabla 12 - Factores de resocialización................................................................5

Tabla 13 - Disminución del riesgo de reincidencia..............................................6

Tabla 14 - Sistema de responsabilidad...............................................................7

Tabla 15 - Conducta de valores..........................................................................8

Tabla 16 - Reinserción a la sociedad..................................................................9

Tabla 17 - Resumen de correlación de Ch2 de Pearson (Programas laborales&

Reinserción a la sociedad)................................................................................11

ÍNDICE DE FIGURAS

Figura 1 - Antecedentes......................................................................................2

Figura 2 - Tendencias en el comportamiento......................................................3

Figura 3 - Programas laborales...........................................................................4

Figura 4 - Factores de resocialización.................................................................5

Figura 5 - Disminución del riesgo de reincidencia...............................................6

Figura 6 - Sistema de responsabilidad................................................................7

Figura 7 - Conducta de valores...........................................................................8

Figura 8 - Reinserción a la sociedad...................................................................9

“FACTORES DE RESOCIALIZACIÓN Y REINSERCIÓN A LA

SOCIEDAD DE LOS SENTENCIADOS EN LOS PENALES DE

LURIGANCHO Y SAN JORGE; 2015-I”

I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

1.1 Situación problemática

Existen diferentes tratamientos a los que estará encaminado el

fomento de la socialización de los reos dentro de un penal, en tal caso

el fomento de estos factores relacionados con los antecedentes, las

tendencias en el comportamiento y la asimilación de los programas

laborales, lo cual incrementa el respeto de sí mismos y desarrollar el

sentido de responsabilidad”. Asimismo, indica que el tratamiento

“deberá recurrir a la asistencia de instrucción, a la orientación y

formación profesional, a métodos de asistencia social individual, al

asesoramiento relativo al empleo, al desarrollo físico y a la educación

del carácter moral, en conformidad con las necesidades individuales

de cada recluso”. Así también no puede estudiarse aisladamente el

Tratamiento Penitenciario con fines a la Resocialización de los

internos sin comprenderse al sistema penitenciario y a la realidad

carcelaria que lo engloba en su conjunto y que es el escenario en que

se desarrollan.

Asimismo el Tratamiento Penitenciario en el Perú tiene como objetivo

la reeducación, rehabilitación y reincorporación del interno a la

sociedad, dicho tratamiento consiste en la utilización de métodos

médicos, biológicos, psicológicos, psiquiátricos, pedagógicos – o más

precisamente andragógicos – sociales, laborales, y aquellos que

permitan obtener el objetivo del tratamiento de acuerdo a las

características propias del interno. Es así que el tratamiento

penitenciario en las cárceles está aún lejos de cumplir con las

exigencias mínimas de esta norma. Los factores son diversos,

destacando: el insuficiente personal para realizar esta labor, la falta

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de recursos logísticos para desarrollar adecuadamente las tareas de

tratamiento, las dificultades en la infraestructura, la clasificación de

internos de acuerdo a determinadas variables como son: factores de

resocialización y la reinserción a la sociedad, lo que se da como

resultado del tratamiento progresivo, lo cual comprende el desarrollo

de programas del interno en forma individualizada y grupal según la

naturaleza de la atención. En tal caso y con el propósito de

comprender más a fondo el presente tema, es que desarrollaremos la

presente investigación la cual aporta datos concretos y actualizados

del Tratamiento Penitenciario y la Resocialización protagonizada por

los internos del establecimiento penitenciario de Lima - Perú. El

periodo de estudio se sitúa entre enero de 2013 y diciembre del 2014.

En este último año, la población objeto de estudio la compone la

sumatoria de setecientos ochenta y cuatro internos del

Establecimiento Penal de Lima, de los cuales 388 son procesados y

396 son sentenciados, cuantifica, máxime el universo encuestal de

nuestro trabajo.

De acuerdo a la naturaleza del estudio de la investigación, aquel

reúne por su nivel las características de un estudio descriptivo,

explicativo y correlacionado, esto se constituye como el presente

estudio, según la finalidad y profundidad de la misma, en tal sentido

damos iniciada dicha investigación a través de la presente

problemática general.

1.2 Formulación del problema

1.2.1 Problema General

¿De qué manera influirían los factores de resocialización sobre la

reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de

Lurigancho y San Jorge; 2015-I?

Página | 2

1.2.2 Problemas Específicos

1) ¿Cómo influirían los antecedentes sobre la reinserción a la

sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San

Jorge; 2015-I?

2) ¿Cómo influirían las tendencias en el comportamiento sobre la

reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de

Lurigancho y San Jorge; 2015-I?

3) ¿Cómo influirían los programas laborales sobre la reinserción a la

sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San

Jorge; 2015-I?

1.3 Justificación de la Investigación

Nuestra investigación se centrará en función de los siguientes

aspectos o criterios, el primero de ellos en el aspecto legal, asimismo

en cuanto al aspecto metodológico, y por último en cuanto al aspecto

social.

En cuanto al aspecto legal, consideramos imprescindible comprender

en la política de ejecución penal o de tratamiento penitenciario, la

participación de la propia población penitenciaria para que tenga la

posibilidad de proponer y facilitar en su caso, la solución de aquellos

problemas que son suyos, propios, que conocen y viven

cotidianamente y que por tal razón, puedan coadyuvar en la búsqueda

de una solución integral. Dentro de las ideas expuestas, la Comisión

Especial encargada de elaborar el Proyecto del Plan Nacional de

Tratamiento Penitenciario se orienta a establecer políticas

penitenciarias que prioricen el trato humano de los internos teniendo

como sustento legal la Constitución Política del Perú, las

Convenciones y Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos y

el Código de Ejecución Penal para el tratamiento de los reclusos y

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demás normas pertinentes. Finalmente, es importante destacar que la

Vigésimo Octava Política del Estado referida a la plena vigencia de la

Constitución y de los Derechos Humanos y acceso a la justicia e

independencia judicial, contiene 14 acciones políticas específicas,

todas relacionadas con el Sector Justicia, dentro de las cuales se

ubican los cuatro objetivos específicos planteados por la Resolución

Ministerial Nº 343-2002-JUS como punto de partida para el

diagnóstico e implementación de la mencionada política de Estado en

lo que se refiere al tratamiento integral de la reforma penitenciaria.

En relación al aspecto metodológico, el desarrollo del presente

estudio nos permitirá conocer más de cerca la problemática ocurrida

en los penales, es así que podemos poner mayor atención en asumir

posturas maximalistas plasmadas, sin embargo, en nuestros textos

normativos: Código Penal, Código de Ejecución Penal. La

resocialización, readaptación, y reinserción del interno es hasta hoy

un objetivo no logrado, no obstante los casos de excepción,

oficialmente no puede proscribirse, empero, en aplicación del principio

de primacía de la realidad, es verdad que debemos adecuar nuestra

política penitenciaria a las posibilidades presupuestarias del país y a

la optimización de los recursos asegurados. Esto, sin embargo, no

debe impedir que, en atención a las circunstancias de abandono por

las que atravesó el sistema penitenciario de la nación en las últimas

décadas, sea pertinente hacer un esfuerzo por el Estado para asignar

recursos urgentes y adicionales para la puesta en marcha de

programas de emergencia que atenúen el descuido y retraso al que

se condenó al problema carcelario. De otro modo, el colapso del

sistema penitenciario, pondría en grave riesgo la seguridad jurídica

del país.

Por ultimo en cuanto al aspecto social, la sociedad jurídicamente

organizada no puede permanecer impasible frente al drama de las

cárceles, por ser un problema lacerante que desafía nuestra condición

de país democrático y como tal comprometido con la preservación y

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defensa de los derechos humanos. El proyecto de Plan Nacional de

Tratamiento Penitenciario elaborado por la Comisión Especial creada

por Resolución Ministerial N° 343-2002-JUS, refleja el esfuerzo y

preocupación del Sector Justicia por abordar un problema crónico que

merece la atención prioritaria del Gobierno y de la sociedad civil y que

por lo mismo fue objeto de la vigésimo octava política del acuerdo de

gobernabilidad suscrita por todos los Partidos Políticos. El proyecto

fue elaborado a partir del diagnóstico de la realidad penitenciaria a la

luz de una posición filosófica humanista y factible, sin dejar de lado

las ideas fuerza plasmadas en los objetivos y finalidades de la pena

como objetivos máximos: lograr la reeducación, rehabilitación y

reincorporación del interno.

1.4 Objetivos de la investigación

1.4.1 Objetivo General

Determinar la manera en que influirían los factores de resocialización

sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales

de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.

1.4.2 Objetivos Específicos

1) Identificar cómo influirían los antecedentes penales sobre la

reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de

Lurigancho y San Jorge; 2015-I.

2) Definir cómo influirían las tendencias en el comportamiento sobre

la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de

Lurigancho y San Jorge; 2015-I.

3) Establecer cómo influirían los programas laborales sobre la

reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de

Lurigancho y San Jorge; 2015-I.

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II. MARCO TEÓRICO

2.1 Antecedentes del problema

CAIRAMPOMA, Rosio. (2008). Causas impeditivas de readaptación

social de los internos del establecimiento penal Políticas. Lima Perú.

de Huamancaca Hico – Provincia de Huancayo Departamento de

Junín. Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Facultad de

Derecho y Ciencias

Se ha comprobado que conforme dispone la Constitución Política del

Estado el Código de Ejecución Penal y su Reglamento que debe

albergarse a los internos en ambientes adecuados, esta disposición

no se cumple en el E. P. de Huamancaca Chico ya que la

infraestructura no es adecuada especialmente en el ambiente de

observación, donde se albergan los internos ingresantes el mismo

que carece de visualidad por ser completamente cerrado, careciendo

de servicios higiénicos, de agua potable, en donde los internos

habitan en condiciones infrahumanas, no permitiendo la observación

adecuada por parte del equipo de profesionales. Está aprobado que

los profesionales del Órgano Técnico del Establecimiento Penal de

Huamancaca Chico sufren falencias al aplicar el tratamiento

penitenciario, como cuando no se otorga los medios necesarios como

material logístico de escritorio didáctico, visual y otros y que esta

causa influye, y no permite la readaptación de los internos del

indicado penal, sin embargo no se puede desvalorar el esfuerzo que

despliegan al aplicar el tratamiento penitenciario adecuándose a la

realidad ya que también se demostró que existe un porcentaje de

internos que se readaptan.

VÍLCHEZ, Oscar. (2012). El sistema penitenciario peruano frente a la

reinserción social de los internos en Cajamarca. Universidad Nacional

Pedro Ruiz Gallo. Cajamarca Perú.

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En su estudio resume que la seguridad Interna de los Establecimiento

Penitenciarios no cumplen con las funciones encomendadas, por lo

que se colan artículos prohibidos a los internos, con las cuales estas

hacen de la suya al interior, las personas que ingresan a un Centro

Penitenciario por haber cometido un delito por lo general salen más

violentas y perfeccionadas en su accionar delictuoso, asimismo de los

beneficios penitenciarios, podemos observar que se ha establecido

cinco beneficios penitenciarios, correctamente identificados, sin contar

las recompensas, dichos beneficios tiene como característica general,

buscar reinsertar al penado a la sociedad, y lograr así la ansiada

rehabilitación; por medio de actividades socio educativas y

productivas que genere el habito al trabajo y propicie labores de

índole académico y/o cultural. Sin embargo, esto no se va a lograr por

una razón primordialmente de idiosincrasia, la ley es claro, los

mecanismos y el procedimiento también lo son, más por el contrario

no existe la infraestructura ni los recursos que posibiliten el

cumplimiento eficiente de los beneficios y en consecuencia los fines

de readaptación social, que se espera, no se pueden concretar en la

población penitenciaria.

2.2 Bases teóricas

2.2.1 Reinserción a la sociedad

Nuestro sistema penitenciario tiene como premisa el reconocimiento

jurídico y el respeto de la persona del interno, persigue como objeto

fundamental la resocialización del penado a través de un tratamiento

científico. Dicho tratamiento penitenciario se realiza mediante el

sistema progresivo.

De ahí que, el tratamiento, sea el elemento esencial del sistema

penitenciario al que estará sujeto el condenado de manera integral

desde su ingreso hasta su liberación.

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De lo dicho en los párrafos precedentes podemos colegir que nuestro

sistema penitenciario tiene una clara orientación positiva y se adscribe

a la ideología del tratamiento, teniendo en este el elemento esencial

del sistema penitenciario; pues la imposición de una pena privativa de

la libertad, tiene por finalidad la reeducación, la rehabilitación y

reincorporación del penado a la sociedad.

El organismo rector del sistema penitenciario es el INPE quien de

conformidad con los artículos 133 y 134 del código de ejecución penal

concordado con el artículo 1 del reglamento de organización y

funciones del Instituto Nacional Penitenciario, “Es el organismo

público descentralizado, con plena autonomía, tiene como misión la

dirección y el control técnico y administrativo del sistema

penitenciario” es decir, contribuye con la administración de justicia,

cuidando y atendiendo a los procesados, sentenciados y liberados,

rehabilitando a los sentenciados para lograr su reinserción positiva.

DIFERENCIAS ENTRE SISTEMA, RÉGIMEN Y TRATAMIENTO

PENITENCIARIO.

Consideramos muy importante establecer las diferencias entre los

conceptos de sistema, régimen y tratamiento penitenciario, puesto

que existen muchos penalistas y penólogos que confunden o utilizan

los términos de régimen como sinónimo de sistema de allí la

necesidad de establecer sus diferencias.

a) Sistema Penitenciario.-

Viene a ser la organización general que en materia penitenciaria o

penológica se adopta en un país determinado, orientación general y

dentro del cual caben dos o más regímenes penitenciarios.

b) Régimen Penitenciario.-

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Es el conjunto de medidas condiciones que se ejercen sobre un grupo

de condenados con características similares para el logro de su

reeducación, reincorporación y rehabilitación. Por ello, ante la

multiplicidad de las personalidades delictivas, se hace necesario la

existencia de varias modalidades de regímenes en determinado

sistema (se tiene regímenes cerrados, abiertos y de semi detención,

entre otros.)

Es el tipo de vida resultante de la aplicación del sistema y que cabe

hablar del régimen general y de regímenes especiales asignados a un

grupo de delincuentes según la sentencia, condiciones personales.

c) El Tratamiento Penitenciario.-

Viene a ser la acción o influencia dirigida a modificare o reorientar la

conducta criminal del recluso, de acuerdo a sus peculiares

características personales.

Podemos concluir diciendo que dentro de un sistema nacional se

incluyen varios regímenes generales y particulares y dentro de cada

régimen es posible que existan diversas formas de tratamiento.

2.2.2 Resocialización

Para BORJA MAPELLI, “la resocialización es un principio fundamental

de humanización de la ejecución de las penas y medidas privativas de

libertad, en virtud del cual éstas deben adaptarse a las condiciones

generales de vida social, contrarrestar las consecuencias dañinas de

la privación de libertad”.

FRANCISCO MUÑOZ CONDE considera que “resocialización o

reinserción social es llevar en el futuro, en responsabilidad social, una

vida sin delito; en una palabra, asigna a las penas y medidas

privativas de libertad una misma función correctora y aún de mejoras

del delincuente”.

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Para poder hablar de resocialización se tiene que tener en cuenta un

sistema social y jurídico correcto. Esto supone un proceso de

integración y comunicación entre el individuo y la sociedad a cuyas

normas debe adaptarse el individuo, como de lo que en definitiva se

trata es de resocializar, es decir, de recuperarse para la sociedad y

esto señala algo más que la suma de los sistemas parciales que la

componen, como la familia, etc.

La resocialización debe consistir en hacer adaptar al delincuente las

normas básicas y generales vinculadas que rigen en esa sociedad.

Dicha orientación resocializadora hoy sujeta a cuestionamiento, ha

sido progresivamente aceptado por el Derecho Penal y otras

instancias legales como las normas penitenciarias, de tal modo que

en tales niveles de legalidad se considera, dentro de otros fines, el

propósito resocializador.

El Régimen Penitenciario tiene por objeto la reeducación,

rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad de acuerdo

con el Código de Ejecución Penal.

En consecuencia, la etiología de la resocialización, es la posibilidad

que puede lograr alcanzar una persona sometida a pena privativa de

libertad, a través de un tratamiento adecuado impartido por

sociólogos, psicólogos y educadores. Se inicia a partir de comprender

la situación real y legal del interno, y la adquisición de conciencia de

éste y de sus compañeros de prisión.

La resocialización es el proceso de socializar nuevamente al

condenado, es decir, promover las condiciones sociales precisas para

el pleno desenvolvimiento de las personas en la sociedad. Logrando

orientar el cumplimiento y ejecución del castigo de modo tal que éste

pueda obtener alguna utilidad al propio infractor, es decir, lo que

interesa es el impacto real del castigo, la pena efectiva que se ejecuta

en los Establecimientos Penales, asumiendo la naturaleza social del

problema criminal. (COYLE, Andrew: 2011; 271).

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El término “Resocialización” se ha convertido en una palabra de

moda, que por todo el mundo se emplea, y no solo entre los juristas,

sin que nadie entienda muy bien lo que se pretende con ello.

Evidentemente, nada de esto habría sucedido si desde el primer

momento se hubiera delimitado claramente su finalidad y contenido.

SOLIS ESPINOZA al respecto expresa que “el término resocialización

no está incluido en el diccionario, pero que ello no es criterio

suficiente para negar sentido a la resocialización, por cuanto

constituye un vocablo conformado por el prefijo RE y la palabra

SOCIALIZACIÓN, casi con una conformación equivalente a

REEDUCACIÓN, cuya acepción en cierto modo ha sido asignada al

término resocialización”.

MAPELLI CAFFARENA apunta que “aunque nuestro legislador se ha

inclinado por la utilización de los términos “reeducación” y “reinserción

social”, sin embargo la doctrina denomina mayoritariamente

“resocialización” a la meta de la pena privativa de libertad...”, las

teorías más importantes sobre el contenido de la resocialización

pueden agruparse en torno a tres objetivos distintos: el hombre, la

sociedad y la relación hombre-sociedad.

Sin embargo la acepción del término es actualmente materia de

diversos cuestionamientos, de este modo algunos tratadistas

consideran que la naturaleza de este proceso no queda a salvo de

críticas, por cuanto la adaptación o readaptación social que se

pretende con ella supone un proceso con énfasis o tendencias

variables.

En cuanto al término de resocialización, existen varias posiciones

acerca de lo que significa la rehabilitación, denominación que también

utiliza nuestro Código de Ejecución Penal. Pero, en los conceptos de

la época romana la rehabilitación no tenía las connotaciones con

respecto a lograr la reforma del penado sino extinguir sólo la pena.

Página | 12

En Italia, el origen del término resocialización no podía ser

establecido, pues lo que se buscaba era colocar al condenado al

mismo estado de capacidad jurídica que se veía interrumpida por la

condena; no obstante ello, no tenía un fin resocializador, en todo

caso, se entendería como una rehabilitación referente a la condena

sin otra connotación.

En Francia, la resocialización se origina cuando se le rehabilita al

interno de la pena y se le añade un tratamiento adecuado para lograr

su reinserción a una sociedad adecuada.

En el Perú, la institución de la rehabilitación aparecía ya en las Siete

Partidas de Alfonso “El Sabio”, la que fue aplicada en la Colonia y

República así como en la Recopilación de Indias.

Sin embargo, la Constitución de 1833 establecía que sólo el Congreso

podía conceder la rehabilitación previa prueba, en los casos de

pérdida de ciudadanía por una pena efectiva. En el Código de

Enjuiciamiento Criminal de 1862 no se hizo ninguna referencia, no se

dio ninguna disposición sobre rehabilitación. Posteriormente se

incluye en el Código Penal de 1924 que luego fue perfeccionado por

el Código de Procedimientos Penales de 1940.13

PROPÓSITOS RESOCIALIZADORES DE LA EJECUCIÓN DE LA

PENA

Manuel Pedro Pimentel en su Ensayo Sobre la Pena, sostiene que el

criminal debe ser tratado, durante el tiempo necesario, para que

desaparezca su comportamiento anterior y se instale uno nuevo, a

través de un proceso que permita una profunda transformación de un

nuevo hombre que se acepte como tal y que asuma la

responsabilidad de vivir libre en la sociedad a que habrá de ser

devuelto, respetando los valores y normas por ella establecidos.

La resocialización como un principio fundamental de humanización de

la ejecución de las penas y medidas privativas de libertad, en virtud

Página | 13

del cual estás debe adaptarse a las condiciones generales de la vida

en sociedad y contrarrestar las consecuencias dañinas de la privación

de libertad. (VILLAVICENCIO, Fernando: 2009; 291).

Cuello Calón considera que la rehabilitación es una institución que

tiende a devolver al que fue penado la capacidad para el ejercicio de

los cargos, derechos, honores, dignidades o profesiones de que fue

privado como consecuencia de la pena impuesta. Su fundamento se

encuentra no en razones meramente humanitarias, sino en razones

de justicia de restituir al condenado no sólo a su anterior situación

legal, sino también en la mayor medida posible, en su anterior

situación social. El mismo autor sostiene que el examen de la

naturaleza jurídica de la rehabilitación, gira en tomo a dos cuestiones

principales: el carácter sustantivo o procesal y su constitución como

un derecho.

Si consideramos que la rehabilitación es un verdadero derecho

adquirido por el condenado mediante el cumplimiento de la condena y

la demostración con su conducta posterior de su actitud plena para

reincorporarse al seno de la sociedad de la que se vio apartado como

consecuencia de su actuar delictivo, no hay duda que debe

corresponder al órgano judicial su concesión.

El proceso penal, el Derecho Penal y la propia prisión están en crisis,

la misma que se evidencian en la lentitud en que se resuelven los

asuntos penales, la sobrecarga procesal, la insatisfacción de la

víctima y del autor; lo excesivamente oneroso que es el proceso

penal, entre otras tantas. Todas estas manifestaciones de la crisis del

proceso penal tienen como resultado directo una falta de credibilidad

en el sistema administrador de justicia.

En la actualidad debe mencionarse muy brevemente la gran crisis de

valores en la que se encuentra el país, existiendo por ello un

cuestionamiento a todas las instituciones públicas. La que ha

soportado las críticas más duras ha sido la administración de justicia;

Página | 14

sin embargo, debe hacerse hincapié en el control penal ejercido, él

mismo que es muy vago; ambiguo; injusto; inhumano; entre otras

características, que deja de enmarcarse dentro del llamado Estado-

democrático de derecho.

Dentro de ésta crítica, la pena (sobre todo la privativa de libertad que

hoy en día está muy lejos da cumplir una función resocializadora,

como señala la Constitución Política del Perú de 1993).

No debe olvidarse que en nuestro país la administración de justicia es

excesivamente lenta, por lo que la pena impuesta tardíamente deja de

tener los efectos deseados. Nadie ha puesto en duda que una pena

pronta es una condición esencial para la eficacia del sistema del

control penal del delito, sobre todo cuando ésta eficacia se mide

desde el punto de vista de la prevención general.

En el Perú y en países como el nuestro, la pena no cumple otra

función que la de ser un instrumento de retribución. No nos podemos

imaginar qué otra función puede cumplir en las condiciones en la que

ésta se ejecuta, es decir, en las condiciones carcelarias de nuestro

sistema penitenciario. Lejos de ser un mecanismo de control social

efectivo, la pena es reflejo de un sociedad violenta, y de un Estado

incapaz de controlar dicha violencia con mecanismos más útiles y

efectivos, lo que hace es responder con más violencia. En este

sentido es muy claro al señalar que, el sistema penal produce altos

costos sociales y efectos muy graves sobre la posible resocialización

del sujeto activo del injusto penal, a su vez la pena privativa de

libertad tiene efectos disgregantes en el ámbito familiar y social del

detenido, además de la estigmatización penal que impide en todo

sentido la reinserción del autor del hecho punible en la sociedad.

PRADO SALDARRIAGA, al respecto destaca que, la sanción punitiva,

por consiguiente, no debe servir para atemorizar a la población, ni

para la realización de fines meramente retribucionistas o sobre

criminalizadores. En otras palabras, la pena debe estar orientada a la

Página | 15

preservación de la confianza social que debe generar en la

colectividad, y a la defensa de bienes jurídicos penalmente tutelados;

y bajo ninguna etiqueta engañosa debe usarse arbitrariamente por el

Estado como un mecanismo perturbador de la seguridad y

tranquilidad social, o como una forma burda de realizar una

estigmatización y selección de los individuos que posteriormente

serán recluidos en las cárceles, por la ineficacia del Estado de

posibilitar una adecuada educación al autor del hecho punible, ni

brindarle otra alternativa a la criminalidad.

LA RESOCIALIZACIÓN COMO FIN DE LA PENA.-

Todos los modelos teóricos de fundamentación de la pena que se

desarrollan en Europa, se aplican en el Perú. Por ejemplo, el fin

resocializador de la pena privativa de libertad fue recogido en la

Constitución Política de 1979, y confirmado en la Constitución de

1993 (artículo 139, inciso 22), que establece que son principios de la

función jurisdiccional que la pena de privación de libertad tenga por

objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la

sociedad. En sentido similar se decanta la Constitución mexicana de

1995, la misma que establece en su artículo 18, que la finalidad del

sistema penal y sus instituciones será la readaptación social del

infractor. Con ello se puede apreciar que en el Perú, y en países

latinoamericanos, los modelos jurídico-penales de Europa continental

se vienen aplicando paralelamente.

Antes se pensaba que el delito quedaba reprimido cuando el interno

alcanzaba la enmienda y el arrepentimiento. Actualmente, la idea de

la finalidad de reformarlo ha alcanzado otro concepto, sustituyéndose

los referidos a la retribución y castigo por el tratamiento a los

delincuentes, es decir, está dirigida a la readaptación del interno a la

vida social, o a su segregación a la misma, en el caso de los sujetos

irreformables. A esta apreciación surge la idea de aquellos delitos en

los cuales la pena no puede tener fin resocializador, entre otros, la

pena de muerte, pena pecuniaria, penas privativas de la libertad de

Página | 16

corto plazo por lo escaso de su duración que hace imposible un

tratamiento reeducador en el delincuente, tal como lo aprecian

algunos tratadistas. (ZAFFARONI, Eugenio. 2008: 411).

Realmente, ¿la finalidad del tratamiento penitenciario es lograr la

readaptación social del delincuente? Pues cabría analizar si

efectivamente este es el fin de la pena. Hay quienes consideran que

la reforma del recluso se debe conseguir reintegrándolo nuevamente

a la sociedad una vez conseguida su resocialización. Sin embargo, la

finalidad de la pena no necesariamente es lograr la reforma del

delincuente o interno, pues hay muchos penados que no necesitan

ser reformados, es el caso del delincuente por infracción culposa o los

delincuentes políticos puros. Sobre este rubro DEL ROSAL sostiene

“que la finalidad de la pena es variar, por cuanto se subviene a la

realización de objetivos distintos, ya que se preserva a la sociedad del

delincuente de los males que acarrea la vida delictiva sin que se

desatienda la corrección del sometido a prisión”.

El principio rector de las Reglas Mínimas de Ginebra señalan que el

fin y la justificación de las penas y medidas privativas de la libertad

son en definitiva el proteger a la sociedad contra el crimen. Sólo se

alcanzará este fin si se aprovecha el período de privación de libertad

para lograr en lo posible que el delincuente una vez liberado no

solamente quiera respetar la ley y proveer a sus necesidades, sino

también que sea capaz de hacerlo. En este principio se puede

rescatar fundamentalmente dos ideas: la protección de la sociedad y

la readaptación social del delincuente.

Por lo manifestado podría afirmarse que la resocialización como fin de

la ejecución de la pena y la medida privativa de la libertad tiene doble

función dentro de la Ley Penitenciaria por dos razones: en primer

lugar, configura en su conjunto distintas instituciones penitenciarias,

de tal forma que se armonice entre sí las fundamentaciones de la

meta. En segundo lugar, que esa meta sirva de fundamentación del

tratamiento. Es necesario rescatar en la Ley Penitenciaria la

Página | 17

reinserción de la pena como meta de su ejecución. Si la estructura no

estuviera orientada hacia esos fines de resocialización, se entendería

organizada y orientada hacia fines exclusivos de custodia.

Trasladando esta apreciación a nuestra realidad penitenciaria

notamos que efectivamente el conflicto existe por varias razones. En

los últimos años los Centros Penitenciarios se han visto colmados por

internos procesados o sentenciados y el fin de la resocialización no es

del todo aceptado puesto que los contrarios a ella descartan esa

posibilidad porque no creen que la falta de libertad que existen en un

establecimiento penitenciario pueda educar para la libertad, ya que

esa misma privación de la libertad hace imposible la resocialización

que se pretende hacer. Parte de esa apreciación es compartida por

MULLER DIETZ cuando señala: “que las últimas consecuencias de

reconocer las dificultades de educar para la libertad sin ella, sería

reflexionar sobre que la más progresiva de las ejecuciones de las

penas sigue siendo ejecución de penas y ello radica el problema

nuclear y las mayores dificultades con las que se enfrentan los

programas resocializadores”.

Pero resulta absurdo que después de fijarse legalmente los fines del

sistema penitenciario en el tratamiento y en la resocialización, éstos

no puedan alcanzar en la práctica su fin por falta de medios, de

personal especializado y de disposiciones económicas.

RESOCIALIZACIÓN DEL CONDENADO.-

Se entiende al proceso de socializar nuevamente al interno mediante

la rehabilitación, reeducación y la reincorporación del interno a la

sociedad.

La ejecución de la pena que hoy en día se aplica en nuestro

ordenamiento jurídico penal, es en la práctica una posición de un

nuevo mal al sometido a prisión. Novum en el sentido que a cambio

de reincorporarlo a la sociedad del cual procede, lo somete, tan igual

o peor que al haber sido apresado por los miembros del orden interno,

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la policía. Con ellos no estamos justificando que no debió ser

castigado, debe serlo obviamente, si ha incumplido el ordenamiento

jurídico — penal. El Estado, vía el Poder Judicial hasta hoy se limita a

reducir su función a constituirse el carcelero del interno procesado, sin

interesarle nada o interesarse poco por el destino personal del

delincuente.

La comisión de un delito de una u otras personas no implica en un

Estado de Derecho la pérdida de la dignidad de la persona sometida a

prisión, requiere de un tratamiento objetivizado a la resocialización.

Para que tenga efecto este concepto, los terapeutas o especialistas

deben partir su acción, sobre la base de una compresión humanitaria

del presidiario, que siendo así, la potestad punitiva humanitaria se

deje de entender como una simple caridad y benevolencia sino como

una auténtica acción resocializadora.

Es cierto, que los especialistas que trabajan como personal

penitenciario para desarrollar su acción terapéutica se valen de

exigencias actuales, derivadas de las ciencias criminológicas y

penales, orientándolo a la prevención especial positiva o

resocializadora. Resocializadora, entendido como la acción de que el

interno se reintegre a la sociedad y continúe respetando todas y cada

uno de los valores que se encuentran en la sociedad.

La pena es la expresión de la violencia del Estado, que se sustenta en

el castigo que aplica y ejecuta a los delincuentes; pero no es derecho

del Estado, necesariamente continuar afligiéndolos en las propias

cárceles, en todo caso debe ser mínimo, esto es, lo que señala la

dogmática jurídica, si se observa cualquier exceso de factum lo

convertiría en un Estado reaccionario, encargado a suprimir o vigilar a

la democracia, como venía sucediendo en la década fenecida.

Un Estado con violencia implica un Estado soberbio, poco o nada

asequible al cambio que se desea para el interno. El Estado, a través

de sus funcionarios de los más altos niveles jerárquicos victimizan

Página | 19

una enorme cantidad de internos que se encuentran en el encierro, en

las frías celdas. Poner un pie en la cárcel por una detención

preventiva para quedarse en él, es comenzar a ser víctima.

La resocialización tiene que ser integral, es el objeto que se anhela, y

para tener esa condición, se requiere necesariamente la convivencia

pacífica de los agentes, policías, personal penitenciario especializado

o terapeutas e internos. Es imprescindible la presencia física del

psicólogo, sociólogo, educador, médico y otros especialistas, quienes

deberán aportar conocimientos alusivos al cambio de conducta y

adquisición de conciencia orientada a la resocialización de todos y

cada uno de los internos.

La finalidad expresada y que se ha pretendido a través de la

ejecución de la pena ha sido resocializar al penado, que ya había sido

consagrado por la Constitución de 1979 (segunda parte del artículo

234) y reproducido en la Constitución de 1993 (inciso 22 del artículo

139), tiene una raigambre preventiva especial al establecer “que el

régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y

reincorporación del penado a la sociedad”; el mismo que se repite en

el art. II del Título Preliminar del Código de Ejecución Penal.

El Código de Ejecución Penal diseña un nuevo Sistema Penitenciario

que, teniendo como premisa el reconocimiento jurídico y el respeto a

la persona del interno, persigue como objetivo fundamental la

resocialización del penado a través de un tratamiento científico.

Recoge las Reglas Mínimas para el tratamiento de los internos

aprobadas por el 1 Congreso de las Naciones Unidas sobre

Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente y sus

modificatorias, así como las Reglas Mínimas adoptadas por el

Consejo de Europa el 19 de enero de 1973. Junto al precedente

nacional, Decreto Ley No 17581, ha tenido principalmente como

fuentes legislativas a la Ley Orgánica Penitenciaria de España de

1979, la Ley Penitenciaria Alemana del 16 de marzo de 1976 y la Ley

Penitenciaria Sueca de 1974. En la que se ha considerado, así

Página | 20

mismo, los avances de las investigaciones criminológicas y la ciencia

penitenciaria.

CUESTIONAMIENTO, CRÍTICA Y ALTERNATIVAS DE LA

RESOCIALIZACIÓN.

Pero ¿Qué es lo que ha ocurrido estos últimos años para que desde

esta creencia optimista, alegre y confiada en la resocialización se

pase ahora a un escepticismo amargo, pero realista, que cuestiona

desde su base la idea misma de la resocialización? Naturalmente, un

giro tan radical no se produce así, por las buenas, ni es obra de un

día, ni por su puesto, se trata de la decisión arbitraria de algunos

penalistas, siempre dispuestos a criticar toda obra legislativa por bien

intencionada que esta sea. La razón es, desde luego, mucho más

profunda. Las críticas a la idea de resocialización son las que mejor

reflejan la grave crisis actual del derecho penal, sus íntimas

contradicciones, sus fracasos y frustraciones en un mundo en el que

muchos creen que el derecho penal solo sirve para aumentar las

diferencias entre ricos y pobres, para defender los intereses de

aquellos y para controlar, discriminar y marginar a través del castigo a

todo aquel que se atreva a cuestionar el orden social y jurídico

actualmente vigente.

El modelo resocializador subraya como objeto específico y prioritario

del sistema, la reinserción social del infractor; sin embargo, en su

marca teórico, este modelo es ambiguo e impreciso, porque reúne

diferentes concepciones que sólo coinciden en su hostilidad al

retribucionismo. Sus críticos también han señalado, que persigue la

coactiva adaptación del infractor llegando a ser una versión moderna

y actualizada del retribucionismo (GARCÍA PABLOS, 1994). Este

modelo ha sido llamado por MAPELLI, como una utopía que sirve

para tranquilizar las conciencias y que nos reconcilian con los modos

estatales de control social.

Página | 21

Hay también un conjunto de autores, como David BAIGÜN, que

pregonan la desaparición de la pena privativa de la libertad, y

señalan, primero, que las medidas alternativas son más justas que la

pena tradicional; segundo, que la pena privativa de la libertad no

resulta útil, ya que la reincidencia no ha disminuido y otras razones

más como la imposibilidad de educar para la libertad desde la

privación de la libertad, enfatizando la necesidad de humanización, el

respeto a los derechos humanos y hasta señalan que primero

deberían cambiar el tipo de sociedad en la que vive el interno para

poder ofrecerle una mejor reinserción.

Nuestro sistema penitenciario, a pesar de tener una serie de

carencias (la falta de una sólida base ideológica, las carencias de

infraestructura, personal penitenciario, presupuesto, etc.) que no

permiten establecer las deficiencias del modelo resocializador, es un

intento por superar los sistemas retribucionistas.

La auténtica resocialización sólo será posible cuando el penado a

resocializar y el encargado de resocializarlo, tengan, acepten o

compartan el mismo fundamento moral que la social de referencia.

Surge con toda evidencia que intentar una resocialización sin esa

coincidencia básica en un ejercicio de puro sometimiento, dominio de

unos sobre los otros y una lesión grave a la autonomía individual. Por

lo que algunos autores han llegado a afirmar que nos aproximamos al

“punto cero” en la ciencias criminológicas. Imponiéndose la alternativa

“penar” o “tratar” considerada como prematura, porque falta una base

empírica sólida que permitan nuevos programas de tratamiento

penitenciario.

Por si todos estos problemas fueran pocos tenemos, además, sin

resolver el de los métodos de tratamiento que se pueden aplicar para

conseguir la terapia social. Es muy fácil decir que el delincuente debe

ser tratado, pero logremos la respuesta el decir de qué forma debe

serlo. Necesitamos el camino metodológico para lograr sus objetivos.

Página | 22

Hasta entonces seremos víctimas de malos vaticinios augurados por

tratadistas de renombre universal.

¿Cómo y para qué resocializar a alguien que por razones

coyunturales de desocupación laboral, grave crisis económica, etc.

comete un delito contra la propiedad, mientras esas razones de

desocupación y crisis económica sigan existiendo?

¿Cómo resocializar en el respeto a la vida a un delincuente violento

sin criticar al mismo tiempo a una sociedad que continuamente está

reproduciendo violencia, a través de los medios de comunicación y

desencadenando o ejerciendo una agresión brutal contra otros grupos

más débiles o marginados, entre los cuales se halla el delincuente?

¿Qué sentido tiene hablar de resocialización del delincuente en una

sociedad que produce ella misma delincuencia?.

Abundando en el sentido lógico de que la única realidad en el

tratamiento válido sería el que se extendiera a toda la sociedad, en

otras palabras ¿no habría que empezar por resocializar a la

sociedad?.

Hoy por todas partes de alzan voces contra la ideología del

tratamiento resocializador. Se habla de “mito de la resocialización”, de

que es una “utopía” o un “eufemismo”, un espejismo engañoso

realizable financieramente en todo el mundo, siendo solo

excepcionalmente posible en algunos pocos países y ciudades. Pero

aún en los países nórdicos que procuraron seriamente poner en

práctica el sistema invirtiendo muchos millones de dólares en crear

instituciones aptas para llevar a cabo la terapia, como lo hizo Suecia

luego de sancionado su Código en los años 60’, las expectativas no

fueron colmadas en absoluto por múltiples causas.

Los criterios de la resocialización, basados en que dentro de un medio

carcelario no es posible preparar al hombre para la vida social, si se

deciden por la alternativa de una cuarentena social represiva o bien

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humanista, caerían igualmente en contradicciones y en una posición

mucho más cuestionable, ya que en dicha forma de ejecución penal

se produciría una mayor desocialización o desculturación del

delincuente.

Desde otro punto de vista, la crítica que observa una contradicción

sustancial entre el tratamiento carcelario para lograr la inserción

social, parte del criterio de que todo tratamiento penitenciario es

dentro de un medio cerrado. La tácita alternativa frente a ello es que

si la resocialización se implementa en condiciones similares a la

libertad, este cuestionamiento no tendría razón de ser.

Debemos considerar que la resocialización como praxis de las

ciencias sociales y que tiene relación con la conducta humana real y

efectiva, si bien tardíamente ha sido recogido en los textos legales,

ella ha surgido de una experiencia y práctica interdisciplinarias y de

fuentes extrajudiciales, sustentada en diversos conocimientos

cinéticos, que si bien no podemos considerar que son la última

respuesta de este fenómeno, sin embargo tiene su sustento devenido

de la práctica científico- social, psicológica, educativa, médica, entre

otras. Dentro de tales disciplinas existen procedimientos explicativos y

medios de lograr cambios en las conductas que se consideran

desajustadas, desviadas o anormales, y tales medios no son

esquemas generales sino que se adecúan a las condiciones

individuales o particulares de cada persona. Además los críticos que

se manejan en estos casos han tratado en lo posible de distanciarse

de las connotaciones morales o éticas.

Si la resocialización no tiene validez y es un fracaso, se estaría

echando por la borda, como disciplinas sin razón de ser, a todas estas

ciencias extrajurídicas que han desarrollado la Ciencias Penitenciaria.

A esto hay que añadir que los cuestionadores mayormente proceden

del campo jurídico- penal, y las criticas apuntan hacia cuestiones de

derechos del interno, principios valorables, político-sociales, pero no

al fondo real o fáctico de la resocialización, salvo las objeciones

Página | 24

empíricas pero de las cuales también podemos señalar que no son

totalmente convincentes.

Agregamos que esta crítica a las críticas de la resocialización, no

debe entenderse como una defensa total y absoluta de este propósito

penitenciario, por cuanto el conocimiento científico que sirve de

sustento a la resocialización no es un conocimiento acabado ni

definitivo; además hay que tener en cuenta que la praxis de la

resocialización tiene sus dificultades en los hechos reales. A más de

esto en países como el nuestro prácticamente no ha habido hasta

ahora una efectiva aplicación de la resocialización, tan solo una

vigencia legal, pero no fáctica o real.

Pero, ciertamente, las críticas a la ideología del tratamiento

resocializador no se dirigen solamente contra la resocialización como

tal, sino también y fundamentalmente contra el medio empleado para

conseguirla: la prisión.

2.3 Marco conceptual

Semilibertad: Permite que el interno pueda egresar del penal con el

objeto de trabajar o estudiar, cuando ha cumplido un tercio de la

pena. En casos especiales se concede este beneficio si cumple los

dos tercios de la pena. Según la ley vigente el beneficiado tiene la

obligación de pernoctar en su domicilio, sujeto a control e inspección

de la autoridad penitenciaria y del Ministerio Público.

Liberación Condicional: Se concede egreso anticipado al

condenado que ha cumplido la mitad de la pena, bajo ciertas reglas

de conducta y si reúne las condiciones para su concesión. En casos

especiales también se otorga el beneficio si cumple los tres cuartos de

la pena.

Permiso de Salida: hasta por un máximo de 72 horas. Realmente

este beneficio se concede también en las etapas anteriores .e incluso

al interno procesado.

Página | 25

Posteriormente se ha reglamentado el Régimen Cerrado Especial

para los internos comunes de difícil readaptación (D.S. No. 003-96-

JUS y sus modificatorias); así como un Régimen "extraordinario" para

internos por delitos de terrorismo y/o Traición a la Patria (D.S. No.

005-97-JUS y modificatorias), dentro de la progresividad que

legalmente estipula nuestro CEP, y que esquemáticamente presentan

las siguientes particularidades:

Régimen Penitenciario Semiabierto: de existencia hasta ahora sólo

a nivel legal o declarativo, y que se caracteriza por una mayor libertad

en las actividades comunes, relaciones familiares, sociales y

recreativas del interno.

El Régimen Abierto en el Perú: La ley penitenciaria nacional prevé

para los condenados a pena privativa de libertad el régimen abierto

(Art. 97, inc.3). Asimismo habla de dos variantes:

Prisiones o establecimientos de régimen abierto, y -Colonias o

pueblos agrícolas, agropecuarios e industriales, si reparamos en que

el C.E.P. delimita ambos rubros en artículos independientes (100 y

101).

Prisión o Establecimiento Abierto: Si bien aún no tenemos ninguna

prisión abierta, de acuerdo al artículo 42 del Decreto Supremo No.

023-82-JUS, Reglamento Penitenciario ya derogado de marzo de

1982, se dieron algunos lineamientos de este régimen, indicándose

que los internos pasarían por tres fases:

Fase de Iniciación: para los que recién ingresan a la prisión abierta, y

sujeta a las condiciones siguientes:

-Ser informado del programa y reglamento del centro.

-Ser presentado a funcionarios y compañeros de la prisión -Ocuparse

inicialmente de tareas de limpieza y conservación -Estudio de su

legajo personal para darle la relación de puestos de trabajo existentes

en el centro para que elija de entre ellos.

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-En sus salidas a la calle sería debidamente controlado.

Fase de Aceptación: con mayor libertad, como: -Trabajo fuera del

penal, retornando al término de la jornada

-Comprobar en forma discreta las actividades que realiza durante los

permisos.

c. Fase de Confianza: caracterizada porque el interno: -Gozaría de

plenitud de responsabilidad

-Los permisos de fin de semana sin limitaciones.

El actual Código de Ejecución Penal prevé la existencia de una prisión

o establecimiento de régimen abierto, caracterizado por estar exento

de vigilancia, en que el interno se desenvuelve en condiciones

similares a las de la vida en libertad (Art. l00).

Página | 27

III. HIPÓTESIS Y VARIABLES

3.1 Hipótesis general

Los factores de resocialización influirían de manera directa y

significativa sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados

de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.

3.2 Hipótesis específicas

1) Existiría una influencia significativa de los antecedentes sobre la

reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de

Lurigancho y San Jorge; 2015-I.

2) Existiría una influencia significativa de las tendencias en el

comportamiento sobre la reinserción a la sociedad en los

sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.

3) Existiría una influencia significativa de los programas laborales

sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los

penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.

3.3 Identificación de Variables

Variable independiente.

Factores de resocialización

Variable dependiente.

Reinserción a la sociedad

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3.4 Operacionalización de Variables

Tabla 1 - Operacionalización de variables

Variable Definición Conceptual

Definición Operacional

Indicadores Escala de Medición

Var. Independiente Factores de resocialización

Proceso de socializar nuevamente al interno mediante la rehabilitación, reeducación y la reincorporación del interno a la sociedad

Información previa acerca de los reos analizados.

Antecedentes

Escala adaptada a través de categorías Likert

Baremos:1 – 33% (Inadecuada)34 – 66% (Regular)67 – 100% (Adecuada)

Costumbres y comportamientos de dichos reos.

Tendencias en el comportamiento

Ingreso, proceso y culminación de programas dentro de las cárceles.

Programas laborales

Var. Dependiente: Reinserción a la sociedad

Cumplimiento de la condena y la demostración con su conducta posterior de su actitud plena para reincorporarse al seno de la sociedad de la que se vio apartado como consecuencia de su actuar delictivo, no hay duda que debe corresponder al órgano judicial su concesión

Índice de reducción de la reincidencia de los reos.

Disminución del riesgo de reincidencia

Análisis del sistema de responsabilidad de los reos.

Sistema de responsabilidad

Tipos de comportamiento ajustado a valores sociales de dichos reos.

Conducta de valores

Elaboración propia

Página | 29

3.5 Matriz de consistencia

Tabla 2 - Matriz de consistencia

PROBLEMA OBJETIVO HIPÓTESIS VARIABLESProblema General

• ¿De qué manera influirían los factores de resocialización sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I?

Objetivo general

• Determinar la manera en que influirían los factores de resocialización sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I

Hipótesis general

• Los factores de resocialización influirían de manera directa y significativa sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I -I

Variable Indicadores Escala de Medición

Var. Independiente Factores de resocialización

Antecedentes

Escala adaptada a través de categorías LikertBaremos:1 – 33% (No)34 – 66% (Dubitativo)67 – 100% (Si)

Tendencias en el comportamiento

Programas laborales

Var. Dependiente: Reinserción a la sociedad

Disminución del riesgo de reincidencia

Sistema de responsabilidad

Conducta de valores

Problemas Específicos

1) ¿Cómo influirían los antecedentes sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I?

2) ¿Cómo influirían las tendencias en el comportamiento sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I?

3) ¿Cómo influirían los programas laborales sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I?

Objetivos específicos

1) Identificar cómo influirían los antecedentes sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.

2) Definir cómo influirían las tendencias en el comportamiento sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I..

3) Establecer cómo influirían los programas laborales sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I I

Hipótesis específicas

1) Existiría una influencia significativa de los antecedentes sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.

2) Existiría una influencia significativa de las tendencias en el comportamiento sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.

3) Existiría una influencia significativa de los programas laborales sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.

Elaboración propia

Página | 30

IV. METODOLOGÍA

4.1 Tipo y diseño de investigación

4.1.1 Tipo de estudio.

Descriptiva: puesto que este tipo de investigación se propone describir

de modo sistemático las características de una población situación o

área de interés.

Correlacional: Porque se han establecido las relaciones entre las

variables y dimensiones que intervienen (Var. Independiente Factores

de resocialización & Var. Dependiente: Reinserción a la sociedad).

Además de buscar la relación entre dichas variables. Según el nivel de

medición será de tipo cuantitativo porque se usara los métodos

estadísticos para su análisis de ambas variables.

4.1.2 Diseño de investigación.

El Diseño de esta investigación es no experimental porque no se han

manipulado deliberadamente las variables. En la investigación no

experimental el investigador observa los fenómenos tal como se dan en

su contexto natural, para después analizarlos. También puede aplicar

herramientas de medición como encuestas, entrevistas, etc., pero no

se tiene ni se ejerce influencia directa sobre la persona ó grupo

humano para después medir el efecto de dicha influencia.

El diseño de esta investigación es transversal ya que se obtienen los

datos en un solo momento y su propósito es describir los rasgos o

características de un grupo de personas empresas, etc. O analizar la

incidencia de los rasgos o variables identificados en la presente

investigación.

TRANSVERSAL-CORRELACIONAL; porque la relación de la

información sobre ambas variables se hace en un momento

Página | 31

establecido, y porque buscamos obtener la relación existente entre

ambas variables.

DONDE:

X Variable Independiente: Factores de resocialización

01 :Observaciones

Y Variable Dependiente: Reinserción a la sociedad

4.2 Unidad de análisis

Nuestra unidad de análisis estará conformada por (reos de los penales

de Lurigancho y San Jorge).

4.3 Población de estudio

La población de nuestro estudio la conforman todos los internos que se

encuentran purgando pena en el penal de Lurigancho tiene una

población de 8,625 internos. De ellos 5,904 son inculpados y 2,721

sentenciados. Los presos por delito contra el patrimonio llegan a 4,506

y les siguen los traficantes de droga con 1,7161.

Asimismo en cuanto al penal Piedras Gordas II el índice de reos por lo

que se encuentra constituida nuestra población se refiere a 2380

internos, de los cuales 1120 son inculpados y 980 son sentenciados.

Los presos por delito contra el patrimonio llegan a 160 y les siguen los

delitos menores son de 140 individuos.1 Fuentes: registro de internos del Penal de Lurigancho, 2014.

Página | 32

A continuación se muestra la tabla de población de nuestro proyecto,

en tal sentido hemos considerado la siguiente información:

Tabla 3 - Determinación de la población analizada

Penales Reos Índice

Lurigancho 8,625 78.37%

Piedra Gordas II 2,740 21.63%

Total 11,005 100.00%

Por lo que nuestra población la conforman (N: 11005 reos de los dos

establecimientos penitenciarios).

4.4 Tamaño de muestra

Nuestra muestra estará conformada a través de un criterio cualitativo

intencional, el mismo que se ajustara con criterios de inclusión, los

mismos que se definirán en la selección de la muestra, ajustada al

1.0% del índice de población: (n: 122 reos):

Criterios de inclusión:

- Reos que se encuentren cumpliendo condena en el penal de

Lurigancho o en el penal Piedras gordas II, en el año 2014.

(n: 122 CASOS)

Los mismos que se repartirán tal cual se establece en la tabla de

repartición de muestreo tal y como se muestra a continuación en la

tabla siguiente.

Tabla 4 - Determinación de la muestra calculada

Penales Reos Índice

Página | 33

Lurigancho 86 78.37%

San Jorge 36 21.63%

Total 110 100.00%

Fuente: Registro de las poblaciones de Lurigancho y Piedras Gordas II

4.5 Selección de la muestra

Para la selección de la muestra estableceremos el siguiente criterio de

inclusión:

1) Casos de reos que se encuentren cumpliendo condena en el

penal de Lurigancho en el año 2014.

2) Casos de reos que se encuentren cumpliendo condena en el

penal de San Jorge en el año 2014.

4.5.1 Unidad muestral

Será los trabajadores del INPE que laboren como personal evaluador

de los Reos de dichos penales.

4.6 Técnicas de recolección de datos

Las técnicas para la recolección de datos a utilizar en el presente

proyecto serán:

• Técnicas de observación.

• Técnicas de recolección y procesado de información bibliográfica

• Técnicas de tabulación de información de instrumentos

planteados

• Técnicas de correlación estadística

• Técnicas de análisis de frecuencia estadística.

Página | 34

4.7 Análisis e interpretación de la información

En el presente trabajo de investigación se hará uso del programa

estadístico SPSS 21, el cual nos procesará los datos ingresados para

luego obtener tablas de distribución de frecuencias, gráficos

estadísticos, medidas de tendencia central, medidas de dispersión,

medidas de correlación y regresión lineal; y otros resultados que nos

servirán para ser analizados y llegar a una conclusión. Asimismo

desarrollaremos un análisis de correlación a través del método de

Pearson.

Para el análisis de nuestra información desarrollaremos un aspecto de

tabulación de resultados de nuestro instrumento, el cual será aplicado a

la muestra determinada.

Asimismo para la interpretación desarrollada a través de la estadística

descriptiva de frecuencia y correlativa de hipótesis, en tal sentido.

Asimismo, para la validación y confiabilidad del instrumento se recurrirá

al método de coeficiente Alfa de Cronbach en el cual se trata de un

índice de consistencia que oscila entre 0 y 1, donde un coeficiente de

cero significa nula confiabilidad y uno representa un máximo de

confiabilidad. Es decir que cuanto más se acerque al cero (0), mayor

error habrá en la medición.

Alfa es por tanto un coeficiente de correlación al cuadrado que, a

grandes rasgos, mide la homogeneidad de las preguntas promediando

todas las correlaciones entre todos los ítems para ver que,

efectivamente, se parecen.

Su interpretación será que, cuanto más se acerque el índice al extremo

1, mejor es la fiabilidad, considerando una fiabilidad respetable a partir

de 0,80.

Su fórmula estadística es la siguiente: Varianza de los ítems

Página | 35

11 T

i

V

V

KK

Dónde:

K=Número de Ítems.

V i=Varianza de cada ítem.

V t =Varianza del puntaje total.

Matriz de Correlación de los Ítems

Confiabilidad del Instrumento

El instrumento prueba de entrada se aplicó a una muestra piloto de 122

casos, obteniendo el siguiente resultado de confiabilidad con la

aplicación del programa SPSS versión 21.

De lo expuesto en el párrafo anterior, se define la validación de los

instrumentos como la determinación de la capacidad del cuestionario

para medir las cualidades para lo cual fueron construidos.

Tabla 5 - Cuadro de valoración de coeficientes de validez instrumental

COEFICIENTES NIVEL DE VALIDEZ

75 – 100 Elevado

50 – 75 Regular elevado

25 – 50 Regular

0 – 25 Inadecuado

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Tabla 6 - Estadísticos de fiabilidad

Alfa de CronbachAlfa de Cronbach

basada en los elementos tipificados

Items

.824 .819 34

De la relación antedicha, hallamos que el promedio de validación, se ubica en el

nivel de Elevado, en el instrumento por lo que se aprobó la aplicabilidad de este

instrumento en sus dos variables, alcanzando un índice general de 0.815, es

decir del 81.5%, esto correspondería a una escala de nivel elevada de

normalidad a través del Cronbach.

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V. PRESUPUESTO

Tabla 7 - Calculo del Presupuesto a utilizar

MATERIALES UNIDAD Cantidad Costo Uni (S/.)

CostoTotal (S/.)

Papel Bond Atlas de 80 gr. Millar 1 20.00 20.00Bolígrafos Faber Castell 0.35 Unidad 4 0.50 2.00Correcto Faber Castell Unidad 1 3.50 3.50Lápiz de Grafito Faber Castell Unidad 3 1.00 3.00Fotocopias Unidad 1500 0.10 150.00Memoria USB de 8GB Unidad 1 39.00 39.00Tintas para impresora Canon Unidad 2 120.00 240.00

TOTAL 457.50

TECNOLÓGICOS Impresora Canon MP140 Unidad 1 180.00 180.00Línea tarifa Semi Plana + Speedy 2 MB Unidad 1 170.00 170.00

TOTAL 350.00 EQUIPOS INFORMÁTICOS Computadora de Escritorio (Intel Coro 2 Quad, 2GB RAM, 300GB Disco Duro), Monitor Samsumg 22``, Mouse & Teclado Logitech, Parlantes 5.1. Logitech)

Unidad 1 3,500.00 3,500.00

TOTAL 3,500.00

RECURSOS HUMANOS Asesores (académico y estadístico) Unidad 2 1500 3,000.00

TOTAL 3,000.00

CONSOLIDADOS MATERIALES 457.50TECNOLÓGICOS 350.00EQUIPOS INFORMÁTICOS 3,500.00RECURSOS HUMANOS 3,000.00

TOTAL 7,307.50

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VI. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

Tabla 8 - Gannt de Cronograma de actividades por semanas

ACTIVIDADES

CRONOGRAMAABR MAYO JUN JUL AGOS SET

01

02

03

04

05

06

07

08

09

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

22

23

24

Reunión de coordinación X X X X X X X X X X X XDeterminación de los Proyectos de Investigación

X X X X

Planteamiento y Formulación del Problema.

X X X X X X

Objetivos y Antecedentes de la investigación.

X X X X X X X

Justificación. X XMarco Teórico. Marco Conceptual (docente eje-temático)

X X X X X

Metodología de Investigación: Tipo y diseño de investigación. Definición y operacionalización de las variables.

X X X X X

Población, Muestra y Muestreo.

X X X X

Técnicas e instrumentos de recolección de datos. Validación y confiabilidad del instrumento. Métodos de Análisis de datos

X X X X

Aspectos Administrativos X XPresentación del Proyecto de Tesis (Informe completo preliminar).

X

Revisión del Proyecto de Tesis.(docente eje temático)

X X X X X

Estudiante corrige X XSustentación del Proyecto de Tesis. (Jurado Ad hoc)

X X

Fuente: Elaboración propia

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VII. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

BARROS, César. (2006). Asociación de protección y asistencia a los

condenados: una experiencia humanizadora que se

empieza a descubrir. En: Estudios básicos de derechos

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D.F., ILANUD; Siglo Veintiuno.

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Besal.

DEL ROSAL, Juan. (2004). Política Criminal. Barcelona. Ed. Bosh,

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Criminología. Ed. Greyly. Barcelona – España.

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Penitenciario Español. Barcelona. Ed. Bord. Barcelona –

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humanos: la experiencia constitucional. En: Justicia penal y

sobrepoblación penitenciaria: Situación y respuestas

posibles. México, D.F:

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MUÑOZ CONDE, Francisco. (2003). Derecho Penal y Control Social en

Cuaderno de Política Criminal. Madrid - España.

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VÍLCHEZ, Oscar. (2012). El sistema penitenciario peruano frente a la

reinserción social de los internos en Cajamarca.

Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. Cajamarca Perú

Página | 41

ANEXOS

Página | 42

MATRIZ DE CONSISTENCIA

Título: FACTORES DE RESOCIALIZACIÓN Y REINSERCIÓN A LA SOCIEDAD DE LOS SENTENCIADOS EN LOS PENALES DE LURIGANCHO Y SAN JORGE; 2015-I

Problemas Objetivos Hipótesis Variables MétodoProblema General

• ¿De qué manera influirían los factores de resocialización sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I?

Objetivo general

• Determinar la manera en que influirían los factores de resocialización sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I

Hipótesis general

• Los factores de resocialización influirían de manera directa y significativa sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I -I

Variable Indicadores Escala de Medición

Antecedentes

Escala adaptada a través de categorías Likert

Baremos:

1 – 33% (No)

34 – 66% (Dubitativo)

67 – 100% (Si)

Tendencias en el comportamiento

Programas laborales

Disminución del riesgo de reincidencia

Sistema de responsabilidad

Conducta de valores

Tipo de investigación

Científico Descriptiva - Correlacional

Diseño de investigación

Diseño Transversal

Población del estudio

La población estará conformada por (N: 11,005 reos de Lurigancho y San Jorge)

Muestra del estudio

Nuestra muestra estará conformada por (n: 122 individuos de los penales de Lurigancho y San Jorge)

Instrumentos y técnicas de investigación.

Técnicas de observación.Técnicas de recolección y procesado de información bibliográfica Técnicas de tabulación de información de instrumentos planteados Técnicas de correlación estadística Técnicas de análisis de frecuencia estadística

Problemas Específicos

1) ¿Cómo influirían los antecedentes sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I?

2) ¿Cómo influirían las tendencias en el comportamiento sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I?

3) ¿Cómo influirían los programas laborales sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I?

Objetivos específicos

1) Identificar cómo influirían los antecedentes sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.

2) Definir cómo influirían las tendencias en el comportamiento sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I..

3) Establecer cómo influirían los programas laborales sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I I

Hipótesis específicas

1) Existiría una influencia significativa de los antecedentes sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.

2) Existiría una influencia significativa de las tendencias en el comportamiento sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.

3) Existiría una influencia significativa de los programas laborales sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.

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MODELO DE INSTRUMENTO TIPO ENCUESTA

(Aplicado a la muestra determinada)

Importante:

Estimado encuestado, la presente tiene solo fines académicos, por lo que se le pide que sea lo más objetivo posible al momento de su llenado, de tener alguna interrogante por favor hágasela saber al personal encargado.

Por su atención muchas gracias

Categorías

1. Nunca 2. Regular 3. Frecuente

ÍtemsCategorías1 2 3

Información sobre el funcionamiento del pisoAsesoramiento en la realización de las propuestas del proyecto individual hechas por los usuariosElaboración de itinerarios de inserciónPuesta en práctica y seguimiento de los proyectos individuales de aquellos usuarios que sea responsable directoAcompañamientoResponsable del funcionamiento cotidiano del pisoEntrevistas, seguimiento y realización del informe social anterior a su entrada en el pisoEntrevistas periódicas con usuariosCoordinación y captación de recursos, en el barrio y en otras zonasRealización de reuniones de recogida de datos y evaluación, con los usuarios del recursoSer el canal de comunicación de decisiones de los otros miembros del equipo, tales como altas, bajas o salidas de residentesCoordinación con otros recursos de la zonaEntrevista y elaboración del informe psicológicoPasar batería de test psicológicos a la personaLlevar a cabo la actuación "Prevención de Recaídas"Coordinación con el Centro de salud Mental de la zona.Coordinación con el Equipo de Atención a DrogodependientesElaboración de informes psicosociales solicitados por Instituciones Penitenciarios y otros recursos.Hacerse cargo de la situación jurídica y penal de cada uno de los residentes del recurso.Asesorar e informar a los residentes de aquellas cuestiones que les pueden surgir sobre este aspecto, si es necesario.Acompañamiento en gestiones relacionadas con el área jurídicaContribuir a la mejora profesional del recursoApoyar en el Trabajo Social del recursoEntrenamientoAconsejar y sugerir líneas de trabajoAyudar a resolver dificultades y encontrar solucionesAcompañamientoResponsable del funcionamiento cotidiano del pisoSeguimiento en el cumplimiento de normasSupervisar al Equipo TécnicoFirmar actas de acogidaFirma de tutelas y cambios de tutelaRelaciones institucionales y demás entidades relacionadas con el recursoAcordar protocolos de coordinación

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DESARROLLO DE LOS RESULTADOS

Análisis descriptivo del estudio

Tabla 9 - Antecedentes

Frecuencia Porcentaje Porcentaje

válido

Porcentaje

acumulado

Válidos Inadecuada 90 73,8 73,8 73,8

Regular 20 16,4 16,4 90,2

Adecuada 12 9,8 9,8 100,0

Total 122 100,0 100,0

Fuente: data1.sav

En relación a la dimensión de antecedentes del reo, según vemos en cuanto a las evaluaciones constantes, encontramos que el 73.8% de los casos se tratan de una manera inadecuada, en tanto que el 16.4% de los casos evolucionan de manera irregular, mientras que por último el 9.8% restante de los casos se nota una evoluciona adecuada de los antecedentes del Reo.

Figura 1 - Antecedentes

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Tabla 10 - Tendencias en el comportamiento

Frecuencia Porcentaje Porcentaje

válido

Porcentaje

acumulado

Válidos Inadecuada 88 72,1 72,1 72,1

Regular 16 13,1 13,1 85,2

Adecuada 18 14,8 14,8 100,0

Total 122 100,0 100,0

Fuente: data1.sav

En cuanto a las tendencias en el comportamiento, se observa que en el análisis el 72.1% de la muestra una evolución inadecuada en las tendencias en su comportamiento, asimismo, el 14.8% tienen una tendencia adecuada, en tanto que el 13.1% restante tienen una tendencia regular de dicha tendencia.

Figura 2 - Tendencias en el comportamiento

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Tabla 11 - Programas laborales

Frecuencia Porcentaje Porcentaje

válido

Porcentaje

acumulado

Válidos Inadecuada 81 66,4 66,4 66,4

Regular 29 23,8 23,8 90,2

Adecuada 12 9,8 9,8 100,0

Total 122 100,0 100,0

Fuente: data1.sav

En relación a la reinserción a los programas labores en los casos analizados, observamos que el 66.4% de la muestra presenta una reinserción inadecuada, en tanto que el 23.8% presenta una reinserción regular, por último el 9.8% restante tiene una reinserción adecuada respectivamente.

Figura 3 - Programas laborales

Página | 45

Tabla 12 - Factores de resocialización

Frecuencia Porcentaje Porcentaje

válido

Porcentaje

acumulado

Válidos Inadecuada 78 63,9 63,9 63,9

Regular 43 35,2 35,2 99,2

Adecuada 1 ,8 ,8 100,0

Total 122 100,0 100,0

Fuente: data1.sav

Los resultados en cuanto a los factores de resocialización, se observa que el 63.9% de los casos evaluados, presenta un factor de resocialización inadecuada o en este caso baja, en tanto que el 35.2% tiene un factor regular, mientras que el 0.8% restante tienen un factor adecuado de dicho factor.

Figura 4 - Factores de resocialización

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Tabla 13 - Disminución del riesgo de reincidencia

Frecuencia Porcentaje Porcentaje

válido

Porcentaje

acumulado

Válidos Inadecuada 56 45,9 45,9 45,9

Regular 34 27,9 27,9 73,8

Adecuada 32 26,2 26,2 100,0

Total 122 100,0 100,0

Fuente: data1.sav

En cuanto a la disminución del riesgo de reincidencia, vemos que el 45.9% presentan un índice de tratamiento inadecuado, en tanto que el 27.9% de los casos, tienen un índice regular, mientras que el 26.2% restante tienen un índice adecuado respectivamente.

Figura 5 - Disminución del riesgo de reincidencia

Página | 47

Tabla 14 - Sistema de responsabilidad

Frecuencia Porcentaje Porcentaje

válido

Porcentaje

acumulado

Válidos Inadecuad

a

84 68,9 68,9 68,9

Regular 24 19,7 19,7 88,5

Adecuada 14 11,5 11,5 100,0

Total 122 100,0 100,0

Fuente: data1.sav

Los resultados, en cuanto a la dimensión del sistema de responsabilidad muestran que el 68.9% de la muestra tienen una aplicación de dicho sistema inadecuado, en tanto que el 19.7% presentan un índice Regular, mientras que el 11.5% presentan un índice adecuado de dicho sistema de responsabilidad.

Figura 6 - Sistema de responsabilidad

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Tabla 15 - Conducta de valores

Frecuencia Porcentaje Porcentaje

válido

Porcentaje

acumulado

Válidos Inadecuada 68 55,7 55,7 55,7

Regular 27 22,1 22,1 77,9

Adecuada 27 22,1 22,1 100,0

Total 122 100,0 100,0

Fuente: data1.sav

En tanto, en lo relacionado a la conducta de valores, observamos que el mayor índice de frecuencia correspondiente a dicha conducta, presenta su mayor frecuencia con un 55.7% de presentación inadecuada, en tanto que el 22.1% de dichos casos, muestran que dicha conducta de valores se trata de una manera regular, en tanto que el 22.1% restante resultados con un tratamiento de conducta de valores adecuados, respectivamente.

Figura 7 - Conducta de valores

Página | 49

Tabla 16 - Reinserción a la sociedad

Frecuencia Porcentaje Porcentaje

válido

Porcentaje

acumulado

Válidos Inadecuada 48 39,3 39,3 39,3

Regular 72 59,0 59,0 98,4

Adecuada 2 1,6 1,6 100,0

Total 122 100,0 100,0

Fuente: data1.sav

En lo relacionado a la reinserción a la sociedad, observamos que el 59.0% de la muestra presenta una reinserción regular, en tanto que el 39.3% de estos, muestra una reinserción inadecuada, por ultimo solo el 1.6% de dicha muestra tienen o muestran una reinserción adecuada respectivamente.

Figura 8 - Reinserción a la sociedad

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Desarrollo de validez de hipótesis

Hipótesis especifica 3

1º PLANTEAMIENTO DE HIPÓTESIS:

H0: Existiría una influencia significativa de los programas laborales sobre la

reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San

Jorge; 2015-I.

H1: Existiría una influencia significativa de los programas laborales sobre la

reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San

Jorge; 2015-I.

2º NIVELES DE SIGNIFICACIÓN:

α = 0.05 (con 95% de confianza)

3º ESTADÍSTICO DE PRUEBA:

r de Ch2 de Pearson .

Dónde:

En términos generales diremos que:

Si | r | (Correlación de Ch2) < 0,95 la asociación no se cumple.

Si | r | (Correlación de Ch2) > 0,95 la asociación se cumple.

4° Comparar

Para n-2 grados de libertad

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Dónde:

5. Resultados:

Tabla 17 - Resumen de correlación de Ch2 de Pearson (Programas laborales& Reinserción a la sociedad)

Programas laborales

Reinserción a la sociedad

Programas laborales

Correlación de Pearson 1 ,928**

Sig. (bilateral) ,072Suma de cuadrados y productos cruzados

48,621 45,515

Covarianza ,748 ,700N 122 122

Reinserción a la sociedad

Correlación de Pearson ,928** 1Sig. (bilateral) ,072Suma de cuadrados y productos cruzados

45,515 57,939

Covarianza ,700 ,891N 122 122

**. La correlación es significativa al nivel 0,01 (bilateral).

6. Conclusión:

De la aplicación del estadístico de prueba R de Ch2 el resultado de Correlación se

muestra con un índice de, 0.928, es decir 95.8%, con un índice de libertad de ,072

o 7.2 %, con lo que invalidamos nuestra hipótesis alterna que sugiere que

“Existiría una influencia significativa de los programas laborales sobre la

reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San

Jorge; 2015-I.”, si bien es cierto existe una relación, esta no alcanza a ser

significativa.

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CONCLUSIONES

Sobre los resultados descriptivos del estudio, podemos mencionar en relación a la

dimensión de antecedentes del reo, según vemos en cuanto a las evaluaciones

constantes, encontramos que el 73.8% de los casos se tratan de una manera

inadecuada, en tanto que el 16.4% de los casos evolucionan de manera irregular,

mientras que por último el 9.8% restante de los casos se nota una evoluciona

adecuada de los antecedentes del Reo; asimismo en relación a las tendencias en

el comportamiento, se observa que en el análisis el 72.1% de la muestra una

evolución inadecuada en las tendencias en su comportamiento, asimismo, el 14.8%

tienen una tendencia adecuada, en tanto que el 13.1% restante tienen una

tendencia regular de dicha tendencia, también del mismo modo en cuanto a la

reinserción a los programas labores en los casos analizados, observamos que el

66.4% de la muestra presenta una reinserción inadecuada, en tanto que el 23.8%

presenta una reinserción regular, por último el 9.8% restante tiene una reinserción

adecuada respectivamente, sobre los resultados en cuanto a los factores de

resocialización, se observa que el 63.9% de los casos evaluados, presenta un

factor de resocialización inadecuada o en este caso baja, en tanto que el 35.2%

tiene un factor regular, mientras que el 0.8% restante tienen un factor adecuado de

dicho factor. En lo relacionado a la disminución del riesgo de reincidencia, vemos

que el 45.9% presentan un índice de tratamiento inadecuado, en tanto que el

27.9% de los casos, tienen un índice regular, mientras que el 26.2% restante tienen

un índice adecuado respectivamente, sobre los resultados, en cuanto a la

dimensión del sistema de responsabilidad muestran que el 68.9% de la muestra

tienen una aplicación de dicho sistema inadecuado, en tanto que el 19.7%

presentan un índice Regular, mientras que el 11.5% presentan un índice adecuado

de dicho sistema de responsabilidad, asimismo en cuanto a la conducta de valores,

observamos que el mayor índice de frecuencia correspondiente a dicha conducta,

presenta su mayor frecuencia con un 55.7% de presentación inadecuada, en tanto

que el 22.1% de dichos casos, muestran que dicha conducta de valores se trata de

una manera regular, en tanto que el 22.1% restante resultados con un tratamiento

de conducta de valores adecuados, respectivamente, en lo que respecta a la

reinserción a la sociedad, observamos que el 59.0% de la muestra presenta una

reinserción regular, en tanto que el 39.3% de estos, muestra una reinserción

inadecuada, por ultimo solo el 1.6% de dicha muestra tienen o muestran una

reinserción adecuada respectivamente.

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Por otro lado en cuanto a la tercera de nuestras hipótesis específicas, podemos ver

que estadístico de prueba R de Ch2 el resultado de Correlación se muestra con un

índice de, 0.928, es decir 95.8%, con un índice de libertad de ,072 o 7.2 %, con lo

que invalidamos nuestra hipótesis alterna que sugiere que “Existiría una influencia

significativa de los programas laborales sobre la reinserción a la sociedad en los

sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I; respectivamente.

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