Modulo Formación Ciudadana y Cíivica

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  • 8/10/2019 Modulo Formacin Ciudadana y Civica

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    Capacidades:

    FORMACIN CIUDADANA

    Y CVICA

    Capacidad 1: Construccin de la Cultura Cvica

    Capacidad 2: Ejercicio Ciudadano

    Capacidad 3: Actitud ante el rea

    I.E.P. EXCELENCI

    R.D.R.S. N 1117 - 2001 - CTAR LAMB/ED

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    FORMACIN CIUDADANA Y CVICA 5 I.E.P. EXCELENCIA

    Tabla de contenido

    Derechos humanos y el patrimonio cultural ....................................................................................................3

    La persona humana..4

    Los derechos y deberes... 6

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    DDEEFFEENNSSAACCIIVVIILL,,SSUUNNAATTYY OORRGGAANNIISSMMOOSSDDEESSCCEENNTTRRAALLIIZZAADDOOSS

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    FORMACIN CIUDADANA Y CVICA 5 I.E.P. EXCELENCIA

    LA DEFENSA CIVIL Y NACIONALI. SISTEMA DE DEFENSA CIVIL1.1. Antecedentes.La amenaza permanente de los desastres ha dadoorigen a la creacin de un sistema de prevencin,seguridad y ayuda para la poblacin peruana.

    Mediante Decreto Ley N 19338, del 28 de marzo de1972, el gobierno cre el Sistema Nacional de DefensaCivil (SINADECI) con la finalidad de prevenir, reducir,atender y reparar los daos a las personas y bienes,que causan los desastres producidos por la naturaleza opor la mano del hombre.

    El mencionado decreto ha sido modificado a travs delDecreto Legislativo N 442-82.

    1.2. DEFINICIN DE DEFENSA CIVIL.Defensa Civil es el conjunto de medidas permanentes

    destinadas a prevenir, reducir, atender y reparar losdaos a personas y bienes que causen o pudierancausar los desastres producidos por la naturaleza o porla mano del hombre

    1.3. CARACTERSTICAS DE LA DEFENSA CIVILa) Es permanenteb) Es humanitariac) Es solidariad) Es comunitariae) Es integracionistaf) Es multisectorial

    1.4. SISTEMA NACIONAL DE DEFENSA CIVIL (SINADECI)Es el conjunto interrelacionado de organismos delSector Pblico y no Pblico, normas, recursos ydoctrina, orientados a la proteccin de la poblacin,mediante medidas de prevencin prestando ayudaoportuna y adecuada hasta alcanzar las condicionesbsicas de rehabilitacin que permitan el desarrollocontinuo de las actividades afectas. Acta enconcordancia con la poltica y planes de la DefensaNacional.

    El Estado mediante el SINADECI, promueve y garantizala Defensa Civil, siendo el Instituto Nacional de DefensaCivil (INDECI) su organismo central, rector y conductor(Art. 5 del DL. 19338)

    1.5. FINALIDADComo parte del Sistema de Defensa Nacional, laDefensa Civil tiene por finalidad proteger a lapoblacin, previniendo daos, proporcionando ayudaoportuna y adecuada y asegurando su rehabilitacin encasos de desastres o calamidades de toda ndole(inundaciones, sequas, incendios, terremotos,atentados, etc.) cualesquiera sea su origen.

    1.6. OBJETIVOS

    a) Prevenir daos, evitando o disminuyendo sumagnitud.

    b) Proporcionar ayuda y encauzar a la poblacin parasuperar las circunstancias del desastre o calamidad.

    c) Asegurar la rehabilitacin de la poblacin afectada.d) Concientizar a la poblacin en el rol de la Defensa

    Civil y su participacin en ella; y

    e)

    Asegurar, en cualquier circunstancia, lascondiciones que permitan el desenvolvimientoininterrumpido de las actividades del pas.

    1.7. ORGANIZACIN DEL SISTEMA DE DEFENSA CIVIL.De acuerdo a los dispositivos mencionados, el Sistemade Defensa Civil, esta organizado en niveles y comits.As tenemos:

    a. La Comisin Multisectorial de Prevencin yAtencin de desastres. Encargada de coordinar,evaluar, priorizar y supervisar las medidas de

    prevencin de daos, atencin y rehabilitacin enlas zonas del pas que se encuentren en peligroinminente o afectados por desastres.

    b. El Instituto Nacional de Defensa Civil. Es el rganomximo del sistema, encargado de la direccin,asesoramiento, planeamiento, coordinacin ycontrol de las actividades de Defensa Civil.

    c. Direcciones regionales de Defensa Civil. Sonorganismos descentralizados del INDECI. Asesoranlas acciones de Defensa Civil en su regin

    respectiva.

    d. Los Comits Regionales, Departamentales,Provinciales y Distritales. Son los organismos queejecutan las acciones.

    e. Oficinas de las Empresas del Estado, Institucionalesy Sectoriales de Defensa Civil. Son las que seencargan de asesorar a su respectivo rgano dedireccin en la elaboracin y ejecucin de los planesde Defensa Civil en el sector e institucinrespectiva.

    f. Oficinas de Defensa Civil en los Gobiernos Locales.

    1.8. PRINCIPIOS DE LA DEFENSA CIVIL EN EL PERa) Apoyo mutuob) Autoayudac) Convergencia de esfuerzosd) Seguridad

    1.9. FASES DE LA DEFENSA CIVILa) La prevencin. Es la fase en que se debe prever

    antes que se presente una situacin de

    emergencia, todas las medidas de proteccin yseguridad que sean necesarias. Es la etapa ms

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    importante porque de ella depender la magnitudde los daos que causen los desastres.

    Un aspecto importante de esta etapa preventivaconsiste en la preparacin y organizacin de lapoblacin, que debe estar informada y entrenadapara saber cmo actuar ante una emergencia y

    debe contar con brigadas de Defensa Civil ygrupos permanentes voluntarios que, llegado elmomento, asumirn tareas concretas.

    Parte importante de este proceso de preparacines el de ensayo de movimientos planificados (porejemplo para la evacuacin de edificios) y larealizacin de simulacros.

    b) Emergencia. Corresponde al momento mismo deldesastre. En esta fase se trata de aplicar todas lasmedidas planificadas y ensayadas con

    anterioridad. Es importante controlar el pnico dela poblacin.

    c) Reconstruccin y rehabilitacin. Comprende elconjunto de acciones programadas y destinada aconjurar y superar los efectos producidos por undesastre y a promover la recuperacin y eldesarrollo integral de la poblacin afectada.

    II. DEFENSA NACIONAL2.1. DEFINICIN

    Defensa Nacional es el conjunto de previsiones y

    acciones que el gobierno genera y ejecutapermanentemente para lograr la SeguridadNacional y alcanzar sus objetivos que comprometela participacin de todos los peruanos, y a losextranjeros residentes en el pas, sin distincin deraza, credo, edad y sexo.

    2.2. APLICACIN DE LA DEFENSA NACIONALLa Defensa Nacional se aplica en nuestro pas atravs de dos grandes conceptos: la Seguridad y elBienestar General, los cuales deben desarrollarse enun ambiente de paz. Por tanto, la Defensa Nacionalse preocupa de adoptar medidas para preservar ese

    clima de paz y garantizar la vida familiar y comunal,as como el derecho a alcanzar la prosperidad,manteniendo la independencia y soberana denuestro pas.

    2.3. SISTEMA DE DEFENSA NACIONALEl sistema de defensa Nacional es el conjunto derganos del Estado que tiene como finalidadpermanente garantizar la concepcin, direccin,preparacin y ejecucin d e la Defensa Nacional. Sesustenta en una doctrina y sus funciones estnregidas por ley.

    2.4. ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE DEFENSANACIONAL

    Este sistema es dirigido por el Presidente de laRepblica e integrado por:

    El Comando Unificado de Pacificacin El Consejo de Defensa Nacional El Sistema de Inteligencia Nacional El Ministerio de Defensa

    El Sistema Nacional de Defensa Civil La Secretaria Nacional de Defensa Nacional Los Ministerios Organismos Pblicos y sus correspondientes

    oficinas de Defensa Nacional

    Para el aula: (Contesta en el cuaderno)1. Qu es Defensa Civil?2. Cundo se crea el SINADECI, mediante qu norma?

    3.

    Qu significa SINADECI?4. Cules son las caractersticas de la Defensa Civil?5. Elabora un esquema cognitivo del Sistema de

    Defensa Civil.

    Para el domicilio:1. Qu son desastres?2. Cules son los tipos de desastres?3. Cules son las causas de los desastres?4. Ilustra el tema.

    LA SUNAT Y LOS PRINCIPIOS TRIBUTARIOSI. LA SUNAT1.1. Qu es la SUNAT?La SUNAT es una Institucin Pblica descentralizadadel Sector Economa y Finanzas, creada por Ley No.24829, y conforme a su Ley General aprobada porDecreto Legislativo No.501, dotada de personerajurdica de Derecho Pblico, patrimonio propio yautonoma administrativa, funcional, tcnica yfinanciera. Cabe sealar que en virtud a lo dispuestopor el Decreto Supremo N 061-2002-PCM, expedido alamparo de lo establecido en el numeral 13.1 delartculo 13 de la Ley N 27658, se dispuso que

    ADUANAS se fusione por absorcin con la SUNAT,otorgndose a esta ltima la calidad de entidadincorporante.

    ADUANAS Y SUNAT, ahora son una sola institucin bajoel nombre de SUNAT.1.2. Cul es la finalidad de la SUNAT?La Superintendencia Nacional de AdministracinTributaria con las facultades y prerrogativas que le sonpropias en su calidad de administracin tributaria yaduanera, tiene por finalidad:a.Administrar, fiscalizar y recaudar los tributos internos

    del Gobierno Nacional, con excepcin de losmunicipales, y desarrollar las mismas funcionesrespecto de las aportaciones al Seguro Social de

    Actividades

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    Salud (ESSALUD) y a la Oficina de NormalizacinPrevisional (ONP).

    b.Administrar y controlar el trfico internacional demercancas dentro del territorio aduanero y recaudarlos tributos aplicables conforme a ley.

    c.Facilitar las actividades econmicas de comercioexterior, as como inspeccionar el trfico

    internacional de personas y medios de transporte, ydesarrollar las acciones necesarias para prevenir yreprimir la comisin de delitos aduaneros.

    d.Proponer la reglamentacin de las normas tributariasy aduaneras, y participar en su elaboracin.

    e.Proveer servicios a los contribuyentes yresponsables, a fin de promover y facilitar elcumplimiento de sus obligaciones tributarias.

    f.Las dems que seale la ley.(Artculo 14 del Reglamento de Organizacin yFunciones de la SUNAT, aprobado mediante D.S. 115-2002-PCM publicado el 28-10-02)

    1.2.

    Cules son sus principales unidades operativas?A. La Intendencia de Principales ContribuyentesNacionales, que funciona en la sede central de la Av.Gracilaso de la Vega 1472 en el Cercado de Lima.

    B. Intendencias regionales

    Intendencia Regional Lima.

    Intendencia Regional Arequipa.

    Intendencia Regional La Libertad.

    Intendencia Regional Piura.

    Intendencia Regional Lambayeque.

    Intendencia Regional Cusco.

    Intendencia Regional Tacna. Intendencia Regional Ica.

    Intendencia Regional Junn.

    Intendencia Regional Loreto.

    Oficinas Zonales: Chimbote, Juliaca, Ucayali,Hunuco, San Martn, Huacho, Cajamarca, Caete.

    C. Intendencias de aduanasLa SUNAT cuenta con 20 Intendencias de Aduana y 3Agencias Aduaneras, todas ellas son rganosdescentralizados:

    Intendencias de Aduana Area.

    Intendencias de Aduana Postal del Callao.

    Intendencias de Aduana Tacna. Intendencias de Aduana Puno.

    Intendencias de Aduana Arequipa.

    Intendencias de Aduana Tumbes.

    Intendencias de Aduana Paita.

    Intendencias de Aduana Iquitos.

    Intendencias de Aduana Ilo.

    Intendencias de Aduana Mollendo.

    Intendencias de Aduana Salaverry.

    Intendencias de Aduana Pisco.

    Intendencias de Aduana Chiclayo.

    Intendencias de Aduana Cusco.

    Intendencias de Aduana Chimbote.

    Intendencias de Aduana Pucallpa.

    Intendencias de Aduana Tarapoto.

    Intendencias de Aduana Puerto Maldonado.

    Intendencias de Aduana La Tina.

    Agencias Aduaneras Talara.

    Agencias Aduaneras Desaguadero.

    Agencias Aduaneras del Per en Arica (Chile).

    1.3. Cules son los tributos administrados por laSUNAT?Los tributos que administra la SUNAT son lossiguientes:

    Impuesto General a las Ventas.

    Impuesto Selectivo al Consumo.

    Impuesto a la Promocin Municipal.

    Impuesto a la Renta y Rgimen Especial de Renta.

    Rgimen nico Simplificado.

    Impuesto Temporal a los Activos Netos.

    Impuesto Especial de Solidaridad.

    ESSALUD.

    ONP. Derechos Arancelarios.

    Otros de menor recaudacin.

    1.4. Qu facultades posee la SUNAT?A. FACULTAD DE RECAUDACIN:La funcin de la SUNAT es recaudar los tributos, y paraello puso en marcha el Sistema de RecaudacinBancaria, vigente desde julio de 1993. En la actualidad,tambin se puede declarar y pagar a travs de Internet.B. FACULTAD DE DETERMINACIN:Es funcin de la SUNAT emitir resoluciones de

    determinacin y son valores a cargo de loscontribuyentes en caso de que no hayan calculado opagado correctamente sus tributos.C. FACULTAD DE COBRANZA COACTIVA:Es funcin de la SUNAT ejercer, a travs del ejecutorcoactivo (ltima fase del proceso) el cobro de la deudatributaria que se le exige al contribuyente oresponsable de los tributos.D. FACULTAD DE FISCALIZACIN:Es funcin de la SUNAT fiscalizar y esto incluye lainspeccin, la investigacin y el control delcumplimiento de las obligaciones tributarias; incluso en

    aquellos sujetos que gocen de inafectacin,exoneracin o beneficios tributarios.E. FACULTAD SANCIONATORIA:Es funcin de la SUNAT sancionar las infraccionesderivadas del incumplimiento de las siguientesobligaciones:a. Inscribirse en el RUC.b. Emitir y exigir comprobantes de pago.c. Llevar libros y registros contables.d. Presentar declaraciones y comunicaciones.e. Permitir el control de la Administracin Tributaria.f. Otras obligaciones tributarias.

    1.5. Quines trabajan en la SUNAT?

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    En la SUNAT trabajan funcionarios y servidorespblicos de diversas profesiones y reas delconocimiento (derecho, contabilidad, economa,administracin de empresas, informtica, educacin,comunicacin, etc.). Todos han sido capacitados yespecializados en materia tributaria.

    II. PRINCIPIOS DEL SISTEMA TRIBUTARIO2.1. Definicin del Sistema TributarioCotidianamente ocurren hechos de distinta naturaleza.La ley moderna considera a algunos como civiles (elnacimiento, la muerte, el matrimonio, etc.), penales (laapropiacin ilcita, la defraudacin, el homicidio, etc.) yeconmicos (la celebracin de contratos de comercio,las ventas de bienes, etc.).

    Las leyes tributarias se refieren a hechos econmicosde los cuales se derivan aportes de los individuos a suEstado.

    Un sistema tributario es el conjunto, racional,coherente de normas, principios e instituciones queregula las relaciones que se originan por la aplicacinde los tributos en un pas.

    No siempre se puede decir que el sistema tributariovigente de un pas, en una poca determinada, es igualal de otro pas. Tampoco lo es en un mismo pas, peroen pocas diferentes. Por lo tanto, un sistematributario podr variar de un tiempo a otro o de un pasa otro.

    El sistema tributario nacional peruano tiene unaestructura bsica, estndar a nivel internacional, y estorientado por:

    Ley del Sistema Tributario Nacional (D. Legislativo N771) Ley de Tributacin Municipal (D. Legislativo N 776) Cdigo Tributario Ley del Impuesto a la Renta Ley del IGV e ISC

    Comprende:

    Impuestos, Contribuciones y Tasas2.2. Principios Generales de la TributacinSegn el Diccionario de la Real Academia Espaola eltrmino principio significa la base, el origen, la razn

    fundamental, cada una de las primeras proposiciones overdades fundamentales por donde se transcurre encualquier materia. En este caso, nos referimos a esas

    proposiciones en materia tributaria, como son laneutralidad, la equidad, la simplicidad y la legalidad,que a continuacin se detallan.

    NEUTRALIDAD EQUIDAD

    Las disposiciones tributarias

    no deben generar

    Los impuestos que se

    obligan a pagar deben

    distorsiones en la economa.

    Es decir, deben ser

    aplicadas de la misma

    forma en todo el mbito

    nacional.

    Por ejemplo:

    Si la venta de televisoresen una localidad de

    frontera no est gravada,a diferencia del resto delpas, hay una evidente

    distorsin a favor de los

    comerciantes de dicha

    localidad.

    estar acorde con los

    ingresos de cada

    ciudadano.

    Por ejemplo:

    Si Pedro gana 500

    soles ms que Juana,

    Pedro debe pagar una

    cantidad mayor en

    impuestos.

    SIMPLICIDAD LEGALIDAD

    Los tributos deben serfciles de entender yadministrar. Se debeidentificar claramente labase imponible, la forma

    de clculo del tributo y elprocedimiento para supago para que losciudadanos no tenganproblemas para cumplircon sus obligacionestributarias.

    No hay obligacintributaria sin que la Leyla establezca. Nullumtributum sine lege oNo hay tributo sin ley.

    Todo tributo se crea porLey o norma de rangosimilar.

    El principio de legalidadcontribuye para que elsistema tributario sea loms estable en eltiempo y que grade lavelocidad deaproximacin al sistematributario ideal.

    LA PERSONA HUMANAI. CONCEPTOSe denomina persona humana al ser individual,animado y racional que, desde que nace, cumple sudesarrollo biolgico y espiritual hasta que le acontecela muerte.

    Biolgico, porque toda persona est dotada de unorganismo fsico cuya estructura le permiteevolucionar, sobrevivir y perpetuar la especie.

    Espiritual, debido a las cualidades psquicas como la

    inteligencia, sentimientos, voluntad, etc. que son,precisamente, los que le otorgan la categorahumana.

    II. LA PERSONA Y LA AGRUPACIN HUMANA:2.1. SOCIEDADToda persona puede desarrollarse individualmente, sinembargo, para poder cumplir con mayor eficacia consus fines de sobrevivencia, se ve en la necesidad deagruparse. Surge, as, la agrupacin familiar. Lasfamilias a la vez se unen para constituir la sociedad.

    LA SOCIEDAD: Es la agrupacin de personas que serenen o vinculan para cumplir ciertos fines en unperiodo determinado.

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    Son caractersticas de la sociedad:a. Cantidad de personas: Incluye a muchas de ellas

    con vnculos consanguneos o no.

    b. Fines y objetivos: Cumplen con una finalidad, talpor ejemplo el progreso cultural, el desarrollo local,

    nacional, etc.

    c. Permanencia: se encuentran vinculadas y unidasdurante cierto tiempo hasta que cumplan con larealizacin de sus fines y objetivos.

    d. Libertad. Integra libremente un sociedad, nadie loobliga a permanecer a ella.

    III. EVOLUCIN DE LA SOCIEDADLa sociedad evoluciona de lo ms simple (hordas,tribus) a lo ms complejo (familia, grandes reas y

    grupos sociales). Con el avance del tiempo concibe deque en conjunto o agrupacin va ha satisfacer conmayor rapidez y ventaja lo que el individualmentedifcilmente podra realizar. De este modo a su sentidosocializacin agrega el sentido de cooperacin ycompaerismo, bases de la evolucin humana.

    IV LA PERSONA HUMANA: FIN SUPREMO DE LASOCIEDAD Y EL ESTADOHemos anotado que la base de la estructura social es lafamilia, stas al relacionarse constituyen una sociedadque, institucionalmente, al asentarse en un territoriodeterminan la formacin de un estado. Cada uno deestos estamentos, por as decirlo, tiene su mecanismoque determinan y regulan la accin de las personasdentro de ellas y en sus relaciones con los demsorganismos sociales. Esto hace que la persona humanaadquiera vital importancia ya que representa la esenciay razn de ser y existir de la sociedad y el Estado, por loque se constituye en fin supremo de ambos. Es decirrespetarla, velar por su realizacin, protegerla yproporcionarle todo lo necesario para sudesenvolvimiento fraterno y armnico dentro delmundo social. As lo entiende y estipula nuestra actualConstitucin de 1993 en su articulo 1 establece: la

    defensa de la persona humana y el respeto de sudignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.

    SUJETO DE DERECHOEs aquel centro de imputacin de derechos yobligaciones.Se considera cuatro tipos de sujetos de derecho:I. EL CONCEBIDO:Es el ser humano antes de nacer que pese a quedepende de la madre est individualizado frente alordenamiento jurdico. La atribucin de los derechos

    patrimoniales est condicionado a que nazca vivo.

    II. LA PERSONA NATURAL:

    Se inicia con el nacimiento y concluye con la muerte, yen caso ausencia puede finalizar por declaracin demuerte presunta.

    La Persona Natural presenta cualidades los cuales sellaman Atributos. Estos son:

    A) El Estado: Es la situacin que ocupa una personadentro de un grupo o sociedad. Esta determinado einfluenciado por acontecimientos y factoresdiversos como la edad, sexo, el matrimonio, eldivorcio, adopcin.

    B) La Capacidad: Es la idoneidad para ser objeto dederecho. Es la aptitud que tiene que cumplir lapersona para el goce o ejercicio de sus derechosciviles.Existen dos clases: De goce:Es la aptitud de ser dueo a titular de

    un derecho. La tienen todos y surge con elnacimiento y slo concluye con la muerte.

    De ejercicio: Es la aptitud que la ley reconoce ala persona para ejercitar por s misma susderechos civiles. Es la libertar de obrar y seadquiere a los dieciocho aos de edad. (Art. 42Cdigo Civil)

    Incapacidad Jurdica: Es la falta de aptitud jurdica paraejercer derechos y contraer obligaciones. (Art. 43 y Art.44 Cdigo Civil). Existen dos tipos:

    a. Absoluta: Es una incapacidad plena y general. Laspersonas que se encuentran comprendidas en estegrupo no pueden ejercer por si mismas derechoalguno de los cuales sean titulares. Estas son:

    1. Los menores de 16 aos2. Los que se encuentran privados de discernimiento.3. Los sordomudos, ciego mudos, ciego sordos que no

    pueden expresar su voluntad de maneraindubitable

    b. Relativa: Es la incapacidad de las personas que sehan perdido o estn privadas parcialmente de sucapacidad para el ejercicio civil. Se encuentranlimitados para ejercer determinados derechos, perosi pueden ejercer otros. (Art. 44 Cdigo Civil).Existen 8 casos:1. Los mayores de 16 aos y menores de 18 aos.2. Los retardados mentales3. Los que adolecen de deterioro mental que les

    impide expresar su libre voluntad. (Senectud).4. Los prdigos5. Los que incurren en mala gestin 6. Los ebrios habituales7. Los toxicmanos8. Los sentenciados a pena privativa de la libertad.

    C) El Nombre: Atributo que sirve para identificarnos ydiferenciarnos de otras personas. Comprende dos

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    elementos:1. Nombre Patronmico: Es el apellido que

    proviene del padre y de la madre. Estos sonhereditarios

    2. El nombre de pila: Es decir el prenombre. Elnombre esta protegido por la ley nadie que nosea titular del nombre puede ejercitar ese

    derecho que es personal e intransferible.

    D) El Domicilio: Se Es el lugar dondepermanentemente vive una persona o una familia.Es la sede legal de la persona.

    La desaparicin: Consiste en que una persona no seencuentra en su domicilio y no se tiene noticias de suparadero. Para que se declare su ausencia es necesarioque pasen 2 aos desde que se tuvo la ltima noticia.

    Declaracin de muerte presunta:Se presume que una

    persona ha muerto y consecuentemente procede sudeclaracin de muerte presunta segn el Art. 63Cdigo Civil, en los siguientes casos:

    1. Cuando han transcurrido 10 aos desde lasltimas noticias del desaparecido 5 aos si lapersona tuviera ms de 80 aos de edad.

    2. Cuando han transcurrido 2 aos, si ladesaparicin se produjo en circunstanciasconsecutivas de peligro de muerte.

    3. Cuando exista certeza de muerte, sin que elcadver se haya encontrado o reconocido.

    Fin de la persona: Es el hecho biolgico por el cual dejade funcionar las funciones vitales del organismo de lapersona.

    III. PERSONA JURDICAEs un ente abstracto creado por el derecho paraexplicar la reunin de dos o ms personasnaturales a travs de instituciones para alcanzardeterminados fines.Las personas jurdicas de acuerdo al Cdigo Civilson:

    3.1. De derecho privado sin fines de lucroa. La Asociacin: Es una organizacin estable de

    personas naturales o jurdicas, o de ambas que atravs de una actividad comn persiguen un finno lucrativo. La Asociacin debe de contar conun patrimonio y el asociado tiene que contribuircon una cotizacin.

    b. La Fundacin:Es una organizacin no lucrativa,instituida mediante la afectacin de uno o msbienes para la realizacin de objetivos decarcter religioso, asistencial, cultural o social.Se constituye mediante escritura pblica por

    una o varias personas naturales o jurdicasindistintamente o por testamento. Losbeneficiados forman parte de la administracin.

    c. El Comit: Es una organizacin de personasnaturales o jurdicas o de ambas, dedicada a larecaudacin pblica de aportes destinados a unafinalidad altruista. Deben de tener un acta deconstitucin y un estatuto para que se puedainscribir en los registros, teniendo una

    legalizacin notarial, y especificando el finaltruista por el cual se crea.

    d. Las Comunidades Campesinas y Nativas: Sonorganizaciones tradicionales estables de interspblico constituidas por personas naturales ycuyos fines se orientan en el mejoraprovechamiento de su patrimonio,beneficiando en forma equitativa a loscomuneros, promoviendo el desarrollo integral.La formacin legal requiere la inscripcin en elregistro respectivo para su reconocimiento

    oficial.3.2. De derecho privado con fines de lucro:a. Sociedades Mercantiles: Surgen de la voluntad

    de dos o ms personas para realizar actividadeseconmicas con fines de lucro. Tenemos porejemplo a las sociedades colectivas, annimas,etc.

    3.3. Personas Jurdicas de derecho Pblico: Soninstituciones o empresas creadas mediante ley.

    IV. LAS ORGANIZACIONES DE PERSONAS NO

    INSCRITASSon las personas que se unen buscando un fin valioso,pero que no han formalizado su situacin en el registrocorrespondiente.

    LA FAMILIA: INSTITUCIONES FAMILIARESI. LA FAMILIA1.1. CONCEPTOEs el grupo de personas unidas por matrimonio,parentesco o afinidad, las cuales generan derechos ydeberes sancionados jurdicamente.La familia constituye la clula bsica de la sociedad.

    Decimos matrimonio por cuanto significa la uninde un varn con una mujer.

    Se alude el parentesco, porque la familia incluye,adems de los hijos, a las personas que,consanguneamente en lnea directa (ascendente odescendente) y colateral, se encuentran vinculadosentre si. Son familiares en lnea ascendente losabuelos, bisabuelos, tatarabuelos y, en lneadescendente los son los nietos, bisnietos,tataranietos. En lnea colateral son los primos,tos, sobrinos.

    La afinidad familiar est dada por los parientes delvarn y de la mujer, los suegros, cuados, yernos,nueras, hijos adoptivos, etc.

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    El recinto donde la familia se desenvuelve ydesarrolla sus actividades materiales y espiritualeses el hogar.

    1.2. TIPOS DE FAMILIA.Las familias pueden clasificarse en: Familia nuclear,formada por la madre, el padre y su

    descendencia. Familia extensa, formada por parientes cuyas

    relaciones no son nicamente entre padres e hijos.Una familia extensa puedeincluirabuelos,tos,primos y otros parientesconsanguneos o afines.

    Familia monoparental, en la que el hijo o hijosvive(n) slo con uno de los padres.

    Familia homoparental, en la que el hijo o hijosvive(n) con una pareja homosexual.

    Familia ensamblada,en la que est compuesta poragregados de dos o ms familias (ejemplo: madre

    sola con sus hijos se junta con padre viudo con sushijos), y otros tipos de familias, aquellasconformadas nicamente por hermanos, poramigos (donde el sentido de la palabra "familia" notiene que ver con un parentesco de consanguinidad,sino sobre todo con sentimientos como laconvivencia, la solidaridad y otros), etctera,quienes viven juntos en el mismo espacio por untiempo considerable.

    1.3. DEBERES Y DERECHOS DE LA FAMILIA A. Deberes de los padres

    a. Respeto a la vida: Desde el instante en que esconcebido el ser y durante el desarrollo de su vidadebe ser respetada.

    b. Alimentarlos, vestirlos y cobijarlos: Estos tresreinciden en la satisfaccin de las necesidadesfundamentales.

    c. Otorgarles seguridad: Cuidarles y prevenirles detodo cuanto atente contra su integridad fsica yespiritual.

    d. Educarlos: A travs de la educacin se modela supersonalidad y se les convierte en ciudadanos.

    e. Cuidar de su salud: Tanto en lo fsico como en lomental.

    B.

    Derechos de los padres.a. Ser enaltecidos y honrados: En cuanto al apellido

    paterno debe ser llevado con altura y dignidad porlos hijos, jams comprometerlos en hechosvergonzosos.

    b. Ser obedecidos y respetados:Obediencia por partede los hijos y disposicin a recibir los consejos yorientaciones y respeto para no contradecirlos.

    c. Ser asistidos: A la asistencia corporal y espiritualpor parte de los hijos.

    d. Heredar:Recibir bienes de acuerdo a ley por partesde algn hijo fallecido.

    C. Deberes de los hijos

    Bsicamente son:

    a. Obedecer: Acatar los consejos de los padres.

    b. Respetar:No ser altaneros con ellos, ni discutir susopiniones, procurando que este respeto seaproducto del amor.

    c. Honrar: Llevar con dignidad el apellido de lospadres en base a un comportamiento prudencial.

    D. DERECHOS DE LO HIJOS

    Son:a. Ser protegidos: Brindarles proteccin dentro delambiente social y familiar.

    b. Ser respetados en la vida: Cuidando su salud esdecir velar por su existencia y sobrevivencia.

    c. Recibir educacin adecuada:Para poder desarrollarsu personalidad.

    d. Recibir herencia:Esto en caso del fallecimiento delos padres y cuando hayan dejado bienes.

    1.4. NUESTRA COSTITUCIN POLTICA Y LA FAMILIANuestra Constitucin Poltica legisla sobre la familia enel Ttulo I Captulo II Art. 4, 5, 6, 7.

    Art. 4.-La comunidad y el Estado protegen al nio, aladolescente, la madre y ancianos en situacin deabandono. Protegen a la familia y promueven elmatrimonio...

    Art. 5.- La unin estable de un varn y una mujer,libres de impedimento matrimonial, que forman unhogar de hecho, da lugar a una comunidad sujetos alrgimen de la sociedad.

    Art 6.- La poltica nacional tiene como objetivodifundir y promover la paternidad y maternidadresponsable....El deber y derecho de lo padres para con los hijos y elde los hijos para con los padres....

    Art. 7.- Todos tienen derecho a la proteccin de susalud, la del medio familiar y la de la comunidad..Por las personas discapacitadas tienen derecho alrespeto de su dignidad y a un rgimen legal de

    proteccin.....

    II. INSTITUCIONES FAMILIARES

    http://es.wikipedia.org/wiki/Familia_nuclearhttp://es.wikipedia.org/wiki/Familia_extensahttp://es.wikipedia.org/wiki/Abuelohttp://es.wikipedia.org/wiki/T%C3%ADohttp://es.wikipedia.org/wiki/Primo_carnalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Familia_monoparentalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Familia_homoparentalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Familia_ensambladahttp://es.wikipedia.org/wiki/Familia_ensambladahttp://es.wikipedia.org/wiki/Familia_homoparentalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Familia_monoparentalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Primo_carnalhttp://es.wikipedia.org/wiki/T%C3%ADohttp://es.wikipedia.org/wiki/Abuelohttp://es.wikipedia.org/wiki/Familia_extensahttp://es.wikipedia.org/wiki/Familia_nuclear
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    2.1. PATRIA POTESTADA. DEFINICINLa patria potestad es el deber y el derecho que tienenlos padres de cuidar de la persona y bienes de sus hijosmenores, no pudiendo ser materia de convenio,acuerdo o renuncia, por no constituir, su ejercicio, actode disposicin de los padres, precisamente porque

    constituye el derecho que les asiste a los hijos menoresrespecto de sus padres

    La patria potestad es una institucin reguladora de larelacin paterno-filial, no pudiendo ser objeto deconvenio o renuncia por los padres. Se admite lasuspensin o privacin de la misma, solo por mandatolegal y con carcter de sancin. No debe confundirsecon la tenencia ni con la representacin legal del hijo.

    Corresponde al Juez fijar, en caso de separacinconvencional, el rgimen de la patria potestad y acoger

    en la sentencia la propuesta del convenio, siempre queasegure adecuadamente los deberes inherentes a lapatria potestad. La patria potestad se ejerce por lospadres, correspondiendo a ambos la representacinlegal de los hijos, ya que estos, como menores de edadson incapaces por mandato de a Ley, por tantocomparecen al proceso representados por sus padres.

    B. CARACTERES DE LA PATRIA POTESTADa. La Patria Potestad es de incumbencia a ambospadres.- Le corresponde ejercer este deber y derechotanto al padre como a la madre.

    b. El rgimen jurdico de la Patria Potestad es deOrden Pblico.-Como ocurre en el Derecho de Familia,el contenido de los derechos familiares resultaindisponible para las partes intervinientes.

    c. La Patria Potestad tiene como finalidad atender elinters superior de los hijos. El ejercicio de la PatriaPotestad est ordenado a la promocin, satisfaccin yproteccin de los derechos de los hijos menores deedad no emancipados, y en algunos supuestoscontemplados en la legislacin americana, se extiendean despus de alcanzada la mayora de edad.

    C. SUSPENSIN O PRDIDA DE PATRIA POTESTAD.a. Suspensin de la patria potestad,Procede en los siguientes casos: Por la interdiccin del padre o la madre en causas

    de naturaleza civil. Por ausencia judicialmente declarada del padre o de

    la madre. Por darles ordenes, consejos o ejemplos que los

    corrompan. Por permitirles la vagancia o dedicarlos a la

    mendicidad.

    Por maltratarlos fsica o mentalmente. Por negarse a prestar alimentos.

    Por separacin o divorcio de los padres, o porinvalidez del matrimonio de conformidad con elArtculo 282 y 340 del Cdigo Civil.

    b. Extincin o prdida de patria potestadProcede: Por muerte de los padres o del hijo.

    Porque el adolescente adquiere la mayora de edad. Por declaracin judicial de abandono. Por haber sido condenado por delito doloso

    cometido en agravio de sus hijos o en perjuicio delos mismos.

    Por reincidir en las causales de: darles rdenes,consejos o ejemplos que los corrompan, permitirlesla vagancia o dedicarlos a la mendicidad, pormaltratarlos fsica o mentalmente y por negarse aprestar alimentos.

    Por cesar la capacidad del hijo conforme al artculo46 del Cdigo Civil.

    2.2. TUTELAA. DEFINICINLa tutela es fundamentalmente un instituto deproteccin de menores que tiene por objeto elcuidado, amparo y defensa de la persona e interesesdel menor no emancipado.

    B. CLASES DE TUTELAa. Tutela testamentaria o escrituraria.Cuyo origen se encuentra en la voluntad dedeterminadas personas, (casi siempre parientes muy

    cercanos del menor facultados para ello por la ley)expresada en testamento o escritura pblica.

    b. Tutela LegtimaQue tiene su origen en la propia ley; y quegeneralmente, solo entra a funcionar a falta de un tutorinstituido testamentariamente.

    c. Tutela dativaSe produce cuando el tutor es designado, casi siempreen defecto de tutor testamentario y legtimo, por unorganismo familiar o por la autoridad competente.

    d. Tutela EstatalSe da cuando, a falta de todas las anteriores, el Estado,por intermedio de entidades pblicas o de personasparticulares, asume la tutela del menor.

    C. EXTINCIN DE LA TUTELAa. Trmino de la tutela por extincin o ceseExisten dos razones que ponen fin a la tutela. Laprimera es la extincin, que la suprime de modoabsoluto. Es un fin objetivo que se produce debido alhecho de la adquisicin de la capacidad en el pupilo.Por lo tanto no es necesario, ni posible un poder

    tutelar, debiendo ste extinguirse. La segunda manerade poner trmino a la tutela es el cese del cargo, queno es ms que un cambio en la persona del tutor,

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    prosiguiendo la tutela con un nuevo tutor. Es un finsubjetivo. Se extinguen los poderes del tutor, debiendoste ser sustituido. Otras maneras de poner trmino ala tutela es la exoneracin del cargo de tutor, que seproduce antes de discernirse el cargo, mediante laexcusa, evitando que esta institucin se constituya.Tambin puede evitarse que determinada persona

    asuma el cargo de tutor mediante la impugnacin, si serealiza antes del discernimiento del cargo

    b. Extincin de la tutela por causas imputablesal pupilo.Se extingue de manera absoluta la tutela por lassiguientes razones:a) Por fallecimiento del pupilo.b) Por adquisicin de la capacidad plena de ejercicio alcumplir el menor los dieciocho aos.c) Por adquisicin de la capacidad del menor porcontraer matrimonio u obtencin de ttulo profesional.

    d) Por cesar la incapacidad del padre o madre.e) Por ingresar el menor bajo la patria potestad.

    2.3. CURATELAA. DEFINICINLa curatela es una institucin supletoria de amparofamiliar cuyo fin estriba en el cuidado dela persona ybienes del incapaz mayor de edad o de la personacapaz impedida casualmente y por cuya razn seproporciona la custodia o administracin de sus bienesy el amparo de su persona.

    B. FIN DE LA CURATELA Y DEL CARGO DEL CURADORLa curatela se acaba por:1. Por muerte del incapaz2. Por concluir la incapacidad, rehabilitarse al curadoy levantarse la interdiccin.En esta segunda causal para los efectos de rehabilitar alincapaz mental, al minusvlido, al mal gestor, alprdigo, al ebrio habitual y al toxicmano, es menesterde que se siga un procedimiento especial y relevante lainterdiccin y cuya iniciativa debe ser promovida por elcurador o cualquier familiar o persona que tenga unlegtimo inters econmico o moral.

    La curatela de incapaces mayores de edad termina enlos casos siguientes:a. Por fallecimiento del curador.b. Al aceptarse su renuncia, en caso de sobrevenir unacausal de impedimento, quedando comprendida en elladespus de haber asumido el cargo.c. Al declarrsele en quiebra.d. Por remocin, que como consecuencia al norenunciar el curador estaba obligado a hacerlo, y porcausar perjuicios econmicos el incapaz, derivados deldesempeo del cargo.e. Por la no ratificacin del curador dativo.

    Para el aula1. Lee el texto y elabora un organizador cognitivo

    sobre el tema2.

    Subraya los trminos ms significativos y a partir deellos elabora una composicin.

    Para el domicilio:1. Comenta la importancia de las instituciones

    familiares.

    ORGANIZACIN DE LOS ESTADOS AMERICANOS(OEA)

    1.

    DEFINICIN: La OEA es la organizacininternacional creada por los Estados de Amricapara preservar la paz y la seguridad, as como parael desarrollo de sus miembros.

    2.

    CREACIN:ANTECEDENTES

    Congreso de Panam (1826) convocado por SimnBolvar.La doctrina de Amrica para los Americanos,

    esbozada por James Monroe (1823).Primera Conferencia Internacional Americana(Washington, D.C entre octubre de 1889 y abril de1890). En esta reunin se aprob, el 14 de abril de1890, la creacin de la Unin Internacional de lasRepblicas Americanas.Inauguracin del edificio donde funcionara la Uninde Repblicas Americanas (1910).

    CREACINEl 30 de abril de 1948 se reunieron en Bogot losrepresentantes de los pases americanos (NovenaConferencia Internacional Americana) y en ella seaprob y adopt la Carta Constitutiva de laOrganizacin de los Estados Americanos; la cual entren vigor despus del 13 de diciembre de 1951.

    3. FINES:Afianzar la paz y la seguridad en el Continente.Promover y consolidar la DemocraciaRepresentativa.

    Solucionar de forma pacfica los conflictos.Accin solidaria en caso de agresin.Procurar la solucin de los problemas polticos,jurdicos y econmicos.Promover el desarrollo econmico, social y cultural.

    4.

    ESTRUCTURA ORGNICA DE LA OEA4.1. La Asamblea General:rgano mximo (supremo) y lo constituyen todos los

    Estados miembros con derecho a voz y voto. Se rene

    anualmente. Sus funciones son:

    Decidir la accin y polticas generales de laorganizacin.Dictar las disposiciones.Actividades

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    Robustecer y armonizar la cooperacin.Promover la cooperacin.Adoptar las normas que deben regir elfuncionamiento de la Secretara General.

    4.2. La Reunin de Consulta de Ministros de RR.EE.Lo constituyen los Ministros de Relaciones Exteriores

    de los Estados miembros. Tratan problemas urgentes yde inters comn para los Estados Americanos.

    En caso de agresin armada aun Estado americano, lareunin se efecta de inmediato.

    4.3. La Secretara General:rgano central y permanente de la OEA. Tiene su sede

    en Washington D.C. Esta representada por el Secretario

    General, elegido por la Asamblea General para un

    perodo de cinco aos.

    Sus funciones: Ejecutar programas y polticas acordadas por la

    Asamblea General y los dems rganosgobernantes.

    4.4. Los consejos de Organizacin:A. El consejo permanente:B. El Consejo Interamericano Econmico y Social:C. El Consejo Interamericano para la Educacin, la

    Ciencia y la Cultura

    4.6. Comit Jurdico Interamericano (JCI):

    Es el cuerpo consultivo de la organizacin en materiajurdica. Promueve el desarrollo progresivo y lacodificacin del derecho internacional y estudia losproblemas jurdicos relativos a la integracin poltica yeconmica y al desarrollo de los pases del hemisferio.

    Sede: Ro de JaneiroIntegrado Por once juristas.

    4.7. Comisin Interamericana de Derechos Humanos

    (CIDH)

    rgano principal y autnomo de la OEA.

    Su mandato surge de la Carta de la OEA y laConvencin Americana de Derechos Humanos.

    Conformada por siete miembros. Sede: San Jos de Costa Rica.

    4.8. Conferencias Especializadas:

    4.9. Los Organismos Especializados: La Organizacin Panamericana de la Salud (OPS).Sede: Washington. El Instituto Interamericano del Nio (IIN).Sede: Montevideo.

    La Comisin Interamericana de Mujeres (CIM).Sede: Washington.

    El Instituto Panamericano de Geografa e Historia(IPGH).

    Sede: Ciudad de Mxico. La Junta Interamericana de Defensa. El Instituto Interamericano de Ciencias Agrcolas. El Instituto Interamericano de Estadstica.

    Sede: Washington. La Comisin Interamericana de Energa Nuclear. El Fondo Interamericano de Asistencia para

    situaciones de emergencia.

    LA CAN1. Origen: El Acuerdo de Cartagena es un tratado de

    integracin econmica, subregional. Se constituyel 26 de mayo de 1969 en la ciudad de Bogot entreBolivia, Colombia, Chile, Ecuador y Per. El 13 defebrero de 1973 fue admitida Venezuela. En el mesde Octubre de 1976 se retir Chile.

    2.

    Objetivos:Promover el desarrollo equilibrado y armnicode los pases miembros.Acelerar el crecimiento de los pases andinosmediante la integracin econmica.Facilitar la participacin de la Subregin Andina enel tratado de Montevideo, para la creacin de unMercado Comn.Procurar el mejoramiento constante del nivel devida de los habitantes de la Subregin.Promover la formacin de la Unin econmicaentre los pases andinos

    3.

    rganos de la CAN:a)

    La comisin.rgano mximo del Acuerdo de Cartagena y

    est conformado por un plenipotenciario decada uno pases miembros. Se reneordinariamente tres veces al ao. Los acuerdosque adopta se denomina DECISIONES. Susfunciones:

    Formular la poltica general del acuerdo.Aprobar las normas que sean indispensables.Designar y remover a los miembros de lajunta.

    Impartir instrucciones a la junta.Delegar sus atribuciones a la junta.Aprobar, no aprobar o enmendar lasproposiciones de la junta.Velar por el cumplimiento armnico de lasobligaciones contradas.Proponer a los pases miembrosmodificaciones al presente acuerdo.Conocer otros aspectos.

    b)

    La junta.rgano tcnico del acuerdo y est constituido por

    tres miembros elegidos por la Comisin por un

    perodo de tres aos. Sus acuerdos se denominan

    RESOLUCIONES. Su sede est en Lima.

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    c)

    EL Tribunal de Justicia.rgano jurisdiccional del Acuerdo de Cartagena, fue

    suscrito el 26 de mayo de 1979 e inicio labores en

    1983. Lo integran cinco magistrados. Funcin es

    asegurar la aplicacin del ordenamiento jurdico

    Andino.

    d)

    El Parlamento Andino.rgano comn deliberante del proceso deintegracin. Fue creado por el Tratado Constitutivofirmado en la Paz el 25 de octubre de 1979. Loconforman cinco representantes de cada pasmiembro.

    e)

    Los Consejos Consultivos. Son rganos auxiliaresdel Acuerdo. Emiten opinin ante la Comisin o laJunta. Son los sgtes:

    Consejo Presidencial Andino. El Consejo Andino de Ministros de Relaciones

    Exteriores. La Comisin de la Comunidad Andina. La Secretara General de la Comunidad Andina. Tribunal de Justicia. Parlamento Andino. Consejo Consultivo Empresarial y Laboral.

    Para el aula.I. Elabora un esquema cognitivo del tema la OEA

    II. Elabora un mapa conceptual de la CAN

    Para el domicilio3. Qu significa OEA?4.

    Dnde se encuentra la sede central de la OEA?5.

    Cmo se llama el rgano mximo de la OEA?6.

    Qu significa CAN?7. Qu pases integran actualmente la CAN?8.

    Qu papel cumple la CAN?9.

    Qu son los gobiernos locales10.

    Qu tipos de gobiernos locales existen?11.Cules son los tipos de tributos municipales?

    Explica.

    SIGLAS DE ORGANISMOS ESPECIALIZADOS DE LA ONU.1. FAO: ______________________________________2. OIT: ______________________________________3. BM: ______________________________________4. FIDA: _____________________________________5. FMI: _____________________________________6. OMC: ____________________________________7. OMI: _____________________________________8. OMPI: ____________________________________9. OMS: _____________________________________

    10. ONUDI: ___________________________________11 UNESCO: __________________________________12. UPU: _____________________________________

    LOS GOBIERNOS LOCALES1. DEFINICIN: Son rganos descentralizados y

    autnomos del Estado, y funcionan como personasjurdicas de derecho pblico con autonomaeconmica y administrativa en los asuntos de sucompetencia.

    2.

    OBJETIVOS: Representar al vecindario.

    Promover la adecuada prestacin de serviciospblicos locales.

    Fomentar el bienestar de los vecinos y el desarrollointegral y armnico de las circunscripciones de sujurisdiccin.

    3. TIPOS DE GOBIERNO LOCAL:A) Gobierno provincialB) Gobierno Distrital (Local)

    4.

    RGANOS DEL GOBIERNO LOCAL:A)

    La Alcalda:

    El alcalde es personero legal del Gobierno Local y lecompete:

    Convocar y presidir las sesiones del ConcejoMunicipal.

    Promulgar ordenanzas. Ejecutar los acuerdos del Consejo Municipal,

    cumplir y hacer cumplir las ordenanzasmunicipales.

    Ejecutar los planes de desarrollo local. Proponer al Concejo Municipal los proyectos de

    ordenanzas, edictos y acuerdos.

    Dictar decretos y resoluciones; con sujecin a lasleyes, ordenanzas y edictos vigentes.

    Otros que la ley orgnica establece.B)

    El Concejo Municipal.Constituido por el alcalde y los regidores. Ejerce

    funciones normativas, administrativas y

    fiscalizadoras. Sus atribuciones:

    Aprobar y controlar los planes y proyectos dedesarrollo local.

    Dictar, modificar y derogar las ordenanzas yedictos municipales de su competencia.

    Autorizar los programas de obras y servicios, ascomo los de inversiones, cuyo plazo de ejecucinexceda de su ejercicio presupuestario.

    Declarar la vacancia de los cargos de alcalde y deregidores.

    Otros que su ley orgnica establece.El cargo de alcalde y regidor dura .. Aos. Su

    mandato es revocable pero irrenunciable.

    5.

    TRIBUTOS MUNICIPALES.A)

    Impuesto municipales:a) Impuesto predial: Graba valor de predios

    urbanos y rsticos.b)Impuesto de Alcabala: Graba transferencias de

    inmuebles urbanos y rsticos.

    Actividades

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    c) Impuesto al patrimonio Vehicular: Gravapropiedad de vehculos.

    d) Impuesto a las apuestas.e) Impuesto a los espectculos pblicos no

    deportivos.B)

    Tasas Municipales.a) Arbitrios.

    b)

    Derechosc) Licencias.

    6.

    Normas municipales:a) Ordenanza municipalb) Edictosc) Decretos de Alcaldae) Acuerdos Municipalesf) Resoluciones de Alcaldag) Resoluciones Municipales

    Para el aula.I. Elabora un mapa conceptual de los gobiernos

    localesPara el domicilio

    1. Investiga a cerca de los

    Actividades