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MODULO VIII LA NORMATIVIDAD LA NORMATIVIDAD ADUANERA MEXICANA ADUANERA MEXICANA

MODULO VIII LA NORMATIVIDAD ADUANERA MEXICANA. Son los productos, artículos, efectos y cualesquier otros bienes, aun cuando las leyes los consideren inalienables

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MODULO VIII

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Son los productos, artículos, efectos y cualesquier otros

bienes, aun cuando las leyes los consideren inalienables o

irreductibles a propiedad particular.

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POR SU ORIGEN:>Nacionales, Nacionalizadas,

Extranjeras. POR SUS REQUISITOS:> Libres, Restringidas, Prohibidas. POR EL PAGO DE IMPUESTOS:> Exentas, Gravadas.

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POR SU REGIMEN ADUANERO:

>De importación, de exportación, de tránsito y a depósito.

POR SU LUGAR DE DESTINO:

>A zona libre, a zona fronteriza y a zona gravada.

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La vigente ley regula como tráficos autorizados

para la introducción o extracción de mercancías

al: marítimo, terrestre, aéreo, fluvial y postal.

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De altura.

De cabotaje.

Tráfico mixto.

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Con pasajeros y mercancías, a través de las líneas

internacionales durante horas hábiles; en caso de

trenes especiales, las entradas o salidas se dan a lugar bajo previo aviso a la

autoridad aduanera correspondiente.

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Se efectuará solamente por aquellos aeropuertos que el

ejecutivo federal haya declarado como internacionales.

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Las mercancías que se realicen por la vía postal,

están confiadas a la guarda del correo, pero bajo la

vigilancia y control de la autoridad aduanera.

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Etimología: “poner en seguridad algo”. “Previo”: asegurar anticipadamente el

control y seguridad del bien. El depósito es un servicio público, si se

concesiona, se da a lugar a los:> depósitos fiscales.> depósitos fiscalizados.

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Se da cuando las mercancías en depósito pasa a manos del fisco, ya que el interesado en forma de renuncia o por su abandono, pierde el derecho de propiedad y esta se transmite al fisco.

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Conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada y salida de mercancías al

territorio nacional que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes

establecidos en la ley, deberán realizar las autoridades fiscales y consignatarios en las

importaciones y remitentes en las exportaciones.

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Declaración. Comprobación.

Registro Foro o reconocimiento.

Liquidación de impuestos. Retiro o levante.

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Se reconoce como legitimación para actuar en el despacho: al destinatario

en importación y remitente en exportación.

Los destinatarios deberán contar con la conformidad del consignatario del medio

de transporte para retirar del dominio fiscal las mercancías.

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RECONOCIMIENTO: es el acto por el cual teniendose las mercaderías a la vista, se

examinan para precisar sus características para clasificarlas y

determinar el pago de los impuestos y demás requisitos y así ser consideradas legalmente importadas o exportadas.

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VERIFICACION: consiste en comprobar que la cantidad,

características, marcas, números y pesos de los bultos coincidan con lo

declarado en el pedimento aduanal.

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ELEMENTOS DE LA OBLIGACION FISCAL:

> Sujeto activo y pasivo.> Hecho generador.> El objeto del impuesto.> Base gravable en importación.> La obligación aduanera.

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CLASIFICACION:> Por su finalidad: fiscales y protectoras.> Por su régimen aduanero: de

importación y de exportación.> Por su gravamen: específico, ad valorem

y graduales.

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…CLASIFICACION:

> Por su naturaleza: autónomos y convencionales.

> Por su pago: definitivo, garantizado y suspensivo.

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Diversas circunstancias pueden tener características sociales, científicas,

culturales, económicas, de cortesía y reciprocidad internacional, por lo que la

ley otorga una serie de exenciones y franquicias en materia aduanera, y

pueden ser o no condicionadas, permanentes o transitorias.

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En este caso no será necesario formular pedimento, es facultad exclusiva de la autoridad aduanera determinar la clasificación arancelaria y establecer en cantidades líquidas los créditos fiscales que se ocasionen.

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Es la persona física que a través de una patente

otorgada por la autoridad hacendaria interviene ante una aduana para despachar mercancías bajo regímenes aduaneros, en virtud de los servicios profesionales que

presta

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