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UNIVERSIDAD ABIERTA INTERAMERICANA Monografía Marco legal y económico de una cooperativa de software Alumnos: - Pablo Colaiacovo - Gonzalo Gilli Asignatura: Trabajo Final de Ingeniería Fecha: 05/10/11

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UNIVERSIDAD ABIERTA INTERAMERICANA

Monografía Marco legal y económico de una cooperativa

de software

Alumnos:

- Pablo Colaiacovo

- Gonzalo Gilli

Asignatura: Trabajo Final de Ingeniería

Fecha: 05/10/11

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Índice Introducción ........................................................................................................................................ 2

Objetivos ......................................................................................................................................... 2

Desarrollo ............................................................................................................................................ 3

Marco Legal ..................................................................................................................................... 3

¿Cómo se constituye una cooperativa? ...................................................................................... 4

Estructura Interna de una cooperativa ....................................................................................... 4

Marco económico ........................................................................................................................... 5

Ley de promoción de la industria de software ............................................................................ 5

Fonsoft ........................................................................................................................................ 6

Microsoft BizSpark ...................................................................................................................... 6

UaiTech ........................................................................................................................................ 7

Conclusión ........................................................................................................................................... 9

Bibliografía ........................................................................................................................................ 11

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Introducción El objetivo de la siguiente monografía es describir el marco legal y económico de una organización

estructurada en forma de cooperativa y definir si la misma es capaz de adquirir subsidios

otorgados por el Estado nacional u otras entidades capaces de realizarlos.

Se describirán brevemente las características de una cooperativa y se procederá al análisis de la

misma.

Objetivos - Analizar las características básicas de una cooperativa.

- Definir el marco legal correspondiente a las mismas.

- Establecer si es viable la organización de la empresa en forma de cooperativa.

- Investigar posibles subsidios, provenientes de entidades públicas y privadas, y su posible

adaptación al proyecto.

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Desarrollo

Marco Legal Según la Alianza Cooperativa Internacional, en su Declaración sobre Identidad y Principios

Cooperativos, adoptados en Manchester en 1.995, define:

"Una Cooperativa es una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente

para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por

medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controladas" (ACI, 1995)

Es decir la Cooperativa:

"es una EMPRESA que se POSEE EN CONJUNTO y se CONTROLA DEMOCRATICAMENTE".

Estas dos características de propiedad y control democrático son las que las diferencia de otros

tipos de organizaciones como las empresas controladas por el capital o por el gobierno. Cada

Cooperativa es una empresa, en el sentido que es una entidad organizada que funciona en el

mercado, por lo tanto debe esforzarse para servir a sus miembros eficiente y eficazmente.

En Argentina, se encuentran específicamente reguladas por la ley n° 20.337 (desde el 02/05/73),

que les confiere el alcance de sujetos de derecho. De allí que la normativa de la ley n° 19.550, de

sociedades comerciales, no resulte directamente aplicable para este tipo de asociaciones.

Lo antecedente encuentra explicación en el reconocimiento legal de actos de una naturaleza

jurídica peculiar (denominados actos cooperativos), que son aquellos que realizan las cooperativas

con sus asociados en el cumplimiento del objeto social y la consecución de los fines institucionales

(art. 4°). Esta noción vino a dar sustento legal a la construcción doctrinaria que sostiene que la

actividad cooperativa no es susceptible de integrarse al campo de la actividad económica lucrativa

con predominio capitalista sino que opera conforme con principios de solidaridad y de servicio que

delimitan un ámbito económico diferente.

El acto cooperativo contiene ciertos elementos básicos que lo caracterizan por su propia

naturaleza. Estos son:

- Conformación a los principios universales de la cooperación.

- Necesidades individuales comunes.

- Propósito de obrar conjuntamente.

- Solidaridad y ayuda mutua.

- Servicio sin finalidad de lucro.

- Bienestar general.

El efecto jurídico más importante que dimana del reconocimiento de la naturaleza jurídica propia y

especial del acto cooperativo será el de la subsunción de las relaciones jurídicas de él nacidas

(contratos de derecho común celebrados en cumplimiento del objeto social de la cooperativa,

entre ésta y sus asociados) en la relación jurídica principal que es la relación asociativa.

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Cabe resaltar que la dificultad para comprender la esencia y naturaleza del acto cooperativo deriva

usualmente del hecho que su estudio se aborda desde el campo del derecho civil o del derecho

comercial, sin advertir que se trata –en suma- de actos que sólo pueden darse en las cooperativas,

que no son sociedades ni asociaciones sino un tertium genus

¿Cómo se constituye una cooperativa?

El proceso organizativo de una cooperativa comienza cuando existe un grupo de personas que

consiente de sus necesidades comunes se plantean la posibilidad de resolverlas mediante una

forma legal y ordenada.

Este grupo de personas debe establecer claramente los objetivos a cumplir, es decir analizar, ¿Qué

se quiere hacer?, ¿Cómo lo van a hacer?, ¿Quiénes lo van a hacer?, etc. y a través de las

respuestas a estos interrogantes irán definiendo el tipo de cooperativa a formar, el objeto social,

etc.

La Resolución 2037/03 del INAES establece que los asociados fundadores deben certificar su

asistencia a los Cursos de Información y Capacitación dictados por el INAES, y además deberán

notificar con quince (15) días de anticipación la realización de la Asamblea Constitutiva.

La cantidad mínima de personas para formar una Cooperativa es de 10 (Artículo 2°, Inciso 5º, Ley

20.337)

El acto fundacional de una Cooperativa es la ASAMBLEA CONSTITUTIVA en donde todos los

asociados fundadores deciden cuestiones como: (Artículo 7° - Ley 20.337):

- Elección de una Mesa Directiva para la Asamblea.

- Informe de los iniciadores.

- Proyecto de Estatuto.

- Suscripción e Integración de cuotas sociales

- Designación de Consejeros

- Designación de Síndico

Estructura Interna de una cooperativa

- Asamblea: La Asamblea es el órgano superior y soberano de la cooperativa, a través de la

cual los asociados expresan su voluntad. En ella todos los asociados participan en un pie

de igualdad con 1 voto por persona.

Existen dos tipos de asamblea:

1. Ordinarias.

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2. Extraordinarias.

- Consejo de Administración: El órgano elegido por la Asamblea para administrar y dirigir las

operaciones sociales y realizar todas las funciones que no están reservadas para la

Asamblea.

- Sindicatura: La fiscalización privada está a cargo de uno o más síndicos elegidos por la

Asamblea entre los asociados.

La sindicatura puede ser:

1. Unipersonal.

2. Colegiada.

Marco económico En esta etapa se enfatizará en los diferentes subsidios o ayudas que brinda el estado u otras

entidades privadas para fomentar el desarrollo de software en organizaciones con poco tiempo de

vida.

Ley de promoción de la industria de software

En primer lugar, se hace referencia a los subsidios brindados por el estado, los cuales están regidos

bajo la ley n° 25.922 – “Ley de promoción de la industria de software”. La misma establece en su

artículo 4 que las actividades que abarca esta ley son la creación, diseño, desarrollo, producción e

implementación y puesta a punto de sistemas de software desarrollados y su documentación

técnica asociada.

Además, en el artículo 8 de la mencionada ley se establece que se podrá convertir en un bono de

crédito fiscal transferible hasta el 70% de las contribuciones patronales que hayan efectivamente

pagado sobre la nómina salarial total de la empresa con destino a los sistemas y subsistemas de

seguridad social previstos en las leyes 19.032 (INSSJyP), 24.013 (Fondo Nacional de Empleo) y

24.241 (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones). Este bono podrá ser utilizado por los

beneficiarios para la cancelación de tributos nacionales que tengan origen en la industria del

software, en particular el impuesto al valor agregado (IVA) u otros impuestos nacionales y sus

anticipos, en caso de proceder, excluido el impuesto a las ganancias. Además, se especifica que

estos bonos no podrán ser utilizados para cancelar deudas anteriores a la efectiva incorporación

del beneficiario al régimen de la presente ley y, en ningún caso, eventuales saldos a su favor harán

lugar a reintegros o devoluciones por parte del Estado.

Con respecto a los impuestos que deberán pagar las empresas de software, se establece que los

beneficiaros de esta ley obtendrán una desgravación impositiva del 60% en el monto total del

impuesto a las ganancias determinado en cada ejercicio. Este beneficio alcanzará a quienes

acrediten gastos de investigación y desarrollo y/o procesos de certificación de calidad y/ o

exportaciones de software, en las magnitudes que determine la autoridad de aplicación.

Actualmente la duración de esta ley ha sido extendida hasta el 2019, debido a que, según datos

del Ministerio de Industria, en los últimos seis años, el sector del software creció 278% en ventas,

329% en exportaciones y 240% en mano de obra contratada. El aporte del sector al PBI pasó de

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US$ 170 millones en 2004, a US$ 730 millones el año pasado. En total, la industria emplea a 60.000

trabajadores (contra unos 19.000 en 2003) y el año pasado registró ventas por US$ 2600 millones,

de los cuales US$ 663 millones fueron exportaciones.

Fonsoft

La Ley de Promoción de la Industria del Software crea el FONSOFT y además nombra al MinCyT

como la autoridad de aplicación del fondo y a la Agencia Nacional de Promoción Científica y

Tecnológica como su administradora.

El Fonsoft es el fondo fiduciario que se creó en el 2004, a partir de la sanción de la Ley de

Promoción de la Industria del Software(Ley 25.922).

El Fondo está sostenido por el presupuesto nacional y financia diferentes actividades a través de

convocatorias de créditos y subsidios que serán administrados por la Agencia.

El Fonsoft financia:

- Proyectos de investigación y desarrollo relacionados a las actividades comprendidas en el

régimen de promoción (creación, diseño, desarrollo, producción e implementación y

puesta a punto de los sistemas de software)

- Programas de nivel terciario o superior para la capacitación de recursos humanos

- Programas para la mejora en la calidad de los procesos de creación, diseño, desarrollo y

producción de software.

- Programas de asistencia para la constitución de nuevos emprendimientos.

El objetivo de Emprendedores FONSOFT 2010 es promover el espíritu emprendedor dentro del

sector del software y los servicios informáticos. También busca colaborar con la consolidación de

empresas existentes y contribuir a la generación de nuevas empresas comerciales dentro del

sector.

Entre las áreas estratégicas de las cuales podrán presentarse trabajos se encuentran: videojuegos,

agroindustria, informática industrial, bioinformática, medicina y salud, telefonía inalámbrica y

celular, Internet inalámbrica y móvil, seguridad, gobierno electrónico, GIS (sistemas de

información geográfica), procesamiento de imágenes y señales y turismo.

Fonsoft está ofreciendo subsidios públicos de hasta un 50% del costo total de la iniciativa, con un

máximo de 100.000 pesos (US$31.000). La entidad solo financiará proyectos con una extensión de

hasta 24 meses. Además, ya ha destinado un fondo de 400.000 pesos para proyectos

especializados de investigación enfocados en el suministro y la demanda de recursos humanos en

el sector de TI de pequeñas empresas argentinas.

Microsoft BizSpark

BizSpak es un programa lanzado por Microsoft para fomentar el crecimiento de las empresas

dedicadas al desarrollo de software que recién comienzan, promocionando software, soporte

técnico y visibilidad para los empresarios del sector.

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Para poder solicitar este programa, la organización debe cumplir ciertos requisitos:

- Haber participado activamente en el desarrollo de un producto o servicio basado en

software que constituirá un elemento principal de su actual o futuro negocio. Las Startups

no pueden estar en el negocio de proporcionar servicios a otros, como hospedaje,

desarrollo de sitios web, integración de sistemas, servicios de soporte técnico de TI o

desarrollo externalizado.

- Ser de propiedad privada.

- Llevar menos de 3 años en el negocio. Las Startups que participan activamente en el

desarrollo de software, pero que aún no han completado las formalidades de establecer

un negocio, también son elegibles para incorporarse a BizSpark.

- Contar con menos de USD $1 millón en ingresos anuales.

Microsoft desarrollo este programa porque considera que al ayudar al éxito de las empresas con

poco tiempo de vida ayuda a crear una valiosa asociación a largo plazo, a través de la cual puedan

generar una economía de software global más competitiva. Microsoft está comprometido con

trabajar con esas organizaciones como parte de la red de Microsoft BizSpark para garantizar el

respaldo al público más amplio posible, de tal manera que se complemente el valor que ya

proporcionan esas organizaciones de red.

La inscripción a este programa se realiza directamente a través del sitio web del mismo

(www.microsoft.com/bizspark). Además, en el sitio también se puede encontrar toda la

información correspondiente al programa.

La duración del programa es de 3 años (con renovación anual) a menos que se hagan públicas, las

adquiera una empresa que no califica para BizSpark o no se rijan por los términos y condiciones

del programa. Una vez finalizados los 3 años las empresas pueden aprovechar la oferta de

graduación de BizSpark que les permite conservar el software que tienen con la opción de

comprar suscripciones y mantenimiento si desean mantenerlo actualizado.

UaiTech

El rol de Uaitech es el de relacionar a los alumnos con entidades de financiamiento, ayudarlos en

la formulación de planes de negocio y transformar una idea en una empresa.

Este programa ha sido establecido para dar soporte a las necesidades que tienen los

emprendedores y la comunidad empresarial, para desarrollar sus ideas de negocios basadas en la

innovación, productos y servicios tecnológicos, dirigidos a un mercado cada vez más globalizado.

Desde el UAITECH se busca facilitar los instrumentos y recursos necesarios para que estudiantes,

egresados, docentes, emprendedores y la comunidad empresarial, puedan concretar y desarrollar

sus proyectos de empresa.

Se trabaja para crear acuerdos con distintas instituciones que brindan mecanismos de financiación,

entre ellos está la SECyT, SEPYME, Secretaria de Ciencia y Técnica de la Provincia entre otros.

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Concursos:

Los integrantes de los grupos de las ideas seleccionadas obtienen de forma gratuita una

formación para preparar y exponer su plan de empresa. Además de disponer de un tutor, que los

guiará durante todo el proceso de realización del plan. Esto anterior para los concursos para

emprendedores y concurso Rosario.

Concurso Emprendedores:

Está dirigido a estudiantes, egresados, profesores e investigadores de todas las Facultades de la

Universidad Abierta Interamericana. Un jurado selecciona 10 ideas ganadoras.

Concurso Junios:

Está dirigido a estudiantes secundarios, matriculados en cualquier centro de enseñanza secundaria

de nuestro país.

Concurso Rosario:

Pueden participar en el concurso alumnos que se encuentren cursando la asignatura Trabajo Final

de Ingeniería de la Facultad de Tecnología Informática .El número máximo es de cuatro (4)

integrantes por grupo. Un jurado selecciona la idea ganadora.

Premio jóvenes emprendedores

Lanzado por el Banco Santander Rio, es una competencia de planes de negocio que tiene como

objetivo fomentar la cultura emprendedora entre los estudiantes universitarios y los jóvenes

profesionales. Al menos uno de sus integrantes debe ser alumno regular o haberse graduado en

los últimos 3 años o actuar en representación de una de las universidades argentinas con convenio

con Santander Río (como UAI).

Los cuatro proyectos ganadores del concurso Jóvenes Emprendedores 2011 tendrán una

compensación económica que va desde los diez mil a los cuarenta mil pesos.

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Conclusión Después de realizar la investigación sobre el marco legal y económico de una cooperativa de

software se considera conveniente la estructuración de la organización como tal.

Para llevar adelante la organización de la cooperativa se deberá presentar la siguiente

documentación al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social:

- Nota de Presentación

- Acta Constitutiva y Estatuto (en un mismo cuerpo).

- Acta Nº 1 del Consejo de Administración (distribución de cargos).

- Boleta de depósito (5% del capital social suscripto).

- Constancia de Asistencia a Curso previo de Información y Capacitación de los asociados

fundadores (según lo establece la Res. 2037/03 INAES)

- Constancia de Comunicación al INAES y/o Órgano Local Competente de realización de la

Asamblea Constitutiva, con quince (15) días de anticipación (según lo establece la Res.

2037/03 INAES)

- (Sólo para cooperativas de crédito o con operatorias de Sección de Crédito) Certificado de

antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia (según lo

establece la Res. 2036/03 INAES)

En el sitio web del Instituto están disponibles las plantillas para poder realizar esta documentación

con el formato correcto.

En el caso de que toda la documentación se encuentre correcta y no se detecte ningún

inconveniente legal para la formación de la cooperativa se pasará a la protocolización del Estatuto

de la entidad para poder comenzar con las actividades de la misma.

Finalizado el análisis del marco económico se planea solicitar todos los subsidios posibles ya que

los mismos no se consideran excluyentes entre sí.

Se solicitará un subsidio a Fonsoft de Modalidad I, para solicitar el cual será necesaria la siguiente

documentación:

- Formularios completos y documentación anexa en original y copia, foliados en el margen

superior derecho y firmados en todas sus páginas por el representante legitimado ante la

Agencia, y una copia de los formularios en soporte magnético (CD)

- El tamaño de papel deberá ser A4, perforado con dos orificios en el margen izquierdo

- Para presentar la documentación se observará el siguiente orden: Formulario A (word),

Formulario B (word y Excel), Formulario C (word), Declaración Jurada Certificada, y

documentación anexa.

La presentación deberá implementarse mediante sobre cerrado, en cuyo frente se escribirá la

dirección de la ANPCyT y la leyenda “Subsidios a Emprendedores Fonsoft 2010”. Dentro del mismo

se incluirán dos juegos completos del formulario y de la documentación anexa, firmados en todas

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sus páginas, y una copia en soporte informático (CD exclusivamente). Todavía no está definida la

fecha de la convocatoria abierta de 2011 por lo que no se puede precisar exactamente la fecha de

entrega de dicha documentación.

El dinero obtenido a través de este fondo será destinado a los gastos internos de la organización

(infraestructura, sueldos, etc.) y se aprovechará la desgravación de impuestos disponibles para

mejorar la rentabilidad de la misma.

Debido a que la organización trabajará con la plataforma ofrecida por Microsoft como base, se

solicitarán los beneficios ofrecidos por el programa Bizspark, debido a que se considera que la

organización califica correctamente dentro de los estándares de aceptación. El registro para

solicitar este beneficio se realiza on-line a través de www.microsoft.com/bizspark. Una vez

realizada la solicitud un representante de la Microsoft se contactará para informar si la

organización puede acceder al programa o no.

Consideramos que estos programas son muy beneficiosos para nuestra organización, así como

también para cualquier organización capas de calificar para los mismos y esperamos que se siga

fomentando esta industria que sigue creciendo dentro de nuestro país.

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Bibliografía - LEY Nº 20.337 – Ley de cooperativas.

- Ley 25.922 - Ley de Promoción de la Industria del Software.

- Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica. Sitio web oficial:

http://www.agencia.mincyt.gov.ar

- Jose Crettaz (2011). “Extendieron hasta 2019 la promoción del software”. Disponible en:

http://www.lanacion.com.ar/1398614-extendieron-hasta-2019-la-promocion-del-

software. Extraído el 10/09/11.

- Programa Microsoft BizSpark. Disponible en “http://www.microsoft.com/bizspark”.

Extraído el 10/09/11.

- ACI – Alianza Cooperativa Internacional. Disponible en “http://www.ica.coop/es/”