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DERECHO AMBIENTAL 2013 Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 1 El presente trabajo va dedicado exclusivamente aquellas personas que nos brindan su apoyo incondicional, a nuestros padres que gracias a ellos nosotros mantenemos una motivación a seguir formándonos como profesionales, al docente del curso por brindarnos cada día sus conocimientos y hacer de nosotros buenos profesionales dedicados a la labor social, aquellas personas que nos incentivan a seguir adelante y ser mejores cada día para dar a conocer

MONOGRAFIA de AMBIENTAL

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institucionalidad ambiental

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Page 1: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 1

El presente trabajo va dedicado exclusivamente

aquellas personas que nos brindan su apoyo

incondicional, a nuestros padres que gracias a ellos

nosotros mantenemos una motivación a seguir

formándonos como profesionales, al docente del

curso por brindarnos cada día sus conocimientos y

hacer de nosotros buenos profesionales dedicados a

la labor social, aquellas personas que nos incentivan

a seguir adelante y ser mejores cada día para dar a

conocer nuestros conocimientos a personas que lo

necesitan y aportar nuevas teorías de aprendizaje y

para que nuestras generaciones tengan esa

motivación de seguir aprendiendo con finalidad de

ser buenos profesionales .

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DERECHO AMBIENTAL 2013

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 2

Nuestros más sinceros agradecimientos:

A la BIBLIOTECA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS

POLITICAS

A nuestro compañero Alex, miembro del grupo por prestarnos su lapto

para realizar este trabajo

A usted docente del curso, por brindarnos la información necesaria para

realizar el presente trabajo.

A nuestros padres por el apoyo incondicional que nos brinda cada día.

A nosotros miembros del grupo, por mantener ese interés de querer

seguir formándonos como profesionales.

A todos los mencionados anteriormente, porque sin el apoyo de aquellos,

nosotros no hubiéramos concluido el trabajo monográfico presente.

AGRADECIMIENTO

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DERECHO AMBIENTAL 2013

El presente trabajo titulado “institucionalidad ambiental” “tiene como objetivo el estudio de las instituciones y actividades que realiza de acuerdo al derecho ambiental en nuestro país y planeta, ya que creemos importante su conocimiento siendo de ellos y cada uno de nosotros fuente de vida, la concientización en el ciudadano y valoración son fundamentales para la preservación de nuestro planeta , la población humana crece, por lo tanto, cada vez es mayor la demanda de alimentos y también las necesidades básicas para la vida del hombre .Este desarrollo y la industrialización ha incrementado la contaminación en nuestro planeta tierra.

Es fundamental, para entender la importancia de este trabajo, recordar que el hombre vive en un medio ambiente natural, que es base de la vida y desarrollo en un medio que lo condiciona y al cual a su vez modifica con su condición.

La integridad del medio ambiente se afecta por una doble vía: la acción del hombre y la de la propia naturaleza, que no son factores independientes sino interdependientes, la acción del hombre afecta la naturaleza, que y esta a su vez afecta al hombre. “cambios climáticos alteran las condiciones de vida de todos los seres que habitamos en el planeta, se producen modificaciones en los recursos hídricos, se calienta la atmosfera por la concentración de anhídrido carbónico, las grandes masas de agua se pueden evaporar en los océanos produciendo un cambio en el régimen de lluvias que significará extensas y una marcada subida al mar ”

En virtud de que cada día se intensifican los problemas relacionados con el medio ambiente se requiere de instituciones que velen por el desarrollo sostenible de Hombre-Naturaleza; y cuenten con las herramientas jurídicas necesarias para que a través de ordenamientos jurídicos, debidamente sistematizados y organizados, estas instituciones son garante del ordenamiento jurídico y responsable en última instancia del bienestar social y colectivo. Lamentablemente, también nos encontramos entre los países latinoamericanos sin remediar, tráfico ilegal de flora y fauna, tala ilegal, cultivos de “cortar y quemar”, cultivos ilegales de coca y amapola, agro biodiversidad amenazada por monocultivo, minería artesanal informal.

La protección del medio ambiente es una garantía constitucional, ya que el Estado con ayuda de dichas instituciones más adelante mencionadas y estudiadas, están obligados a preservar el medio ambiente, problema que a

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INTRODUCCION

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DERECHO AMBIENTAL 2013

todos nos afecta como colectividad y cualquier ciudadano debe tener el derecho de demandar, la reparación del daño al Estado.

Este trabajo monográfico consta de tres capítulos importantes :

Capítulo I: ANTECEDENTES E, este capítulo desarrolla el gran e importante proceso que ha tenido que suceder para la creación, incrementación, misión y visión del Estado y las instituciones que se encargan de velar por el cuidado de los recursos naturales y el desarrollo sostenible entre hombre-ambiente, teniendo como objetivo reconocer dichas instituciones para poder analizarlos y profundizar en el tema.

Capítulo II: instituciones públicas, en este capítulo desarrollaremos el tema principal de nuestra monografía, que consta de diversas instituciones que se basan en el gran incremento industrial que existe en la actualidad con el único objetivo de solventarse económicamente y satisfacer las necesidades de todos los consumidores. estas instituciones velan por preservar el medio ambiente y conseguir la realidad de un desarrollo sostenible.

Capítulo III: caso práctico, en este capítulo daremos a conocer algunos casos reales que se ha visto enfrentado los interés economías sobre la preservación de nuestro medio ambiente, el proceso y cómo actúan las instituciones antes mencionadas y estudiadas ante casos que se presentan y se tiene que defender el derecho ambiental.

Tenemos como objetivo de enriquecer nuestros conocimientos ya que van de la mano con nuestra carrera. Por lo mismo será fundamental la participación de nuestra sociedad para que así cumpla sus funciones de proteger nuestro medio ambiente y ver por el desarrollo de una mejor calidad de vida.

El desarrollo de esta monografía se dio gracias:

• el internet con la ayuda de la globalización

• La biblioteca que nos proporcionó libros

• Diferentes videos que nos proporcionaron información

Los alumnos.

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DERECHO AMBIENTAL 2013

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CAPITULO

I

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DERECHO AMBIENTAL 2013

El Ministerio del Ambiente, cumpliendo con las políticas y estrategias de

promoción del desarrollo sostenible, viene impulsando la ECOEFICIENCIA

para mejorar la performance ambiental de las instituciones públicas hacia el

desarrollo sostenible. En ese contexto, la Gestión Ambiental tiene un carácter

creativo, es un elemento de cambio y transformación para asumir los retos del

mañana y actuar con una visión compartida a través de la construcción de

alianzas en la sociedad y la elección de estrategias basadas en la acción

corporativa.

Las crecientes necesidades de los seres humanos de las actuales y futuras

generaciones y las mayores limitaciones del ambiente para satisfacerlas,

obligan a la adopción de patrones de producción y consumo sostenibles, que

devienen de políticas públicas firmes y de una gestión pública consecuente con

el modelo de desarrollo sostenible.

La ecoeficiencia en el sector público es un paso significativo hacia la

modernidad y una oportunidad para asumir el liderazgo de este reto. Las

medidas de ECOEFICIENCIA son acciones que permiten la mejora contínua

del servicio público, mediante el uso de menos recursos, por lo tanto, menos

impactos negativos en el ambiente.

Con el objetivo de fomentar una nueva cultura de uso eficiente de los recursos

de energía, papel, agua, entre otros; que genere un ahorro importante al

Estado, además de propiciar en los trabajadores que son los principales

consumidores de estos servicios, el uso ambientalmente responsable de estos

recursos y, a fin de lograr el menor impacto en el ambiente; el Ministerio del

Ambiente promueve la implementación del programa de ECOEFICIENCIA en el

Sector Público en el marco del D.S Nº 009-2009-MINAM y las medidas

complementarias publicadas, entre las que se encuentran:

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ANTECENDENTES

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DERECHO AMBIENTAL 2013

• Decreto Supremo N° 011-2010 - MINAM

• Resolución Ministerial N° 021-2011 - MINAM

• Decreto Supremo N° 004-2011 - MINAM

• Resolución Ministerial N° 083-2011 – MINAM

En este sentido, el MINAM a través de la Dirección General de Calidad

Ambiental, ha establecido una estrategia para lograr la implementación de las

medidas de ecoeficiencia en las instituciones públicas que considera los

siguientes componentes básicos:

1. Elaboración y publicación de la Guía de Ecoeficiencia para instituciones

del sector público (2009), la cual se elaboró con la finalidad de apoyar a

las instituciones del sector público a implementar las medidas de

ecoeficiencia.

2. Desarrollo de charlas presenciales de ecoeficiencia en las instituciones

públicas con la finalidad de sensibilizar a los funcionarios a nivel

nacional en relación a la importancia de la implementación de medidas

de ecoeficiencia.

3. Desarrollo y puesta en marcha del sistema de registro en línea. Este

registro vía “on line” permitirá reducir la generación de documentos para

sus reportes al ministerio y además, permitirá el acceso de todas las

instituciones públicas a nivel nacional, facilitando el cumplimiento de lo

estipulado en el D.S. N° 009-2009-MINAM, mejorando la gestión pública

en ecoeficiencia. La norma señala que como administradores el

Ministerio del Ambiente tendrá acceso a todas las entidades que

reportan, pudiendo tener un consolidado más efectivo de los reportes y

un seguimiento de las instituciones registradas para un control eficiente

de la gestión.

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DERECHO AMBIENTAL 2013

Adicionalmente se han desarrollado actividades complementarias a los

componentes básicos de la estrategia como son: expoferias, volantes y

trípticos, así como discos compactos que compilan todo el material de

ecoeficiencia trabajado y que se pone a disposición de las instituciones

públicas para facilitar el trabajo de sensibilización.

Desde la implementación de la estrategia se ha incrementado el número

de instituciones y locales públicos que han venido reportando sus

medidas de ecoeficiencia, asimismo el reporte de estas medidas permite

controlar el impacto de la implementación de las mismas. De esta

manera se ha podido registrar que entre el 2010 y el 2011 el ahorro total

en el sector público fue de S/. 8’749,435.36 debido a la implementación

de las medidas de ecoeficiencia.

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 8

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DERECHO AMBIENTAL 2013

De acuerdo a la información publicada en el Portal del Estado Peruano existen

232 instituciones públicas a nivel nacional (Ejecutivo, Legislativo, Judicial,

Organismos Autónomos y Gobiernos Regionales) exceptuando a los gobiernos

locales, provinciales y distritales. Anualmente se viene incrementado el número

de instituciones y locales públicos que han reportado sus medidas de

ecoeficiencia, así tenemos lo siguiente:

• El año 2010, reportaron 62 locales que representaron 32 instituciones que se

acogieron al Programa de Ecoeficiencia en el Sector Público, es decir el 14 % del

total de las entidades públicas del país (ver Gráfico N° 1).

• El año 2011, reportaron 119 locales que representaron 55 instituciones, es decir

24 % del total de las entidades públicas (ver Gráfico N° 1). Por lo tanto en el 2011

se ha tenido un incremento del 10% de instituciones que han reportado sus

indicadores de ecoeficiencia, lo cual demuestra una mayor participación de las

instituciones a nivel nacional.

• En el Gráfico N° 2 se muestra el incremento de instituciones que reportan las

medidas de ecoeficiencia desde el año 2009 al 2011.

Relación de instituciones públicas que reportaron medidas de ecoeficiencia del

año fiscal 2011:

1. Academia de la Magistratura.

2. Autoridad Portuaria Nacional – APN.

3. Banco de La Nación - Sedes Principales de Lima Metropolitana.

4. Contraloría de la República.

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INSTITUCIONES PÚBLICAS

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DERECHO AMBIENTAL 2013

5. Defensoría del Pueblo.

6. Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. – EGASA.

7. Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI.

8. Jurado Nacional de Elecciones – JNE.

9. Marina de Guerra del Perú.

10. MEF – Superintendencia de Mercado De Valores (SMV).

11. MEF – Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE.

12. Ministerio Del Ambiente – MINAM.

13. MINAM – Organismo de Evaluación y Fiscalización del Ambiente – OEFA.

14. MINAM – Servicio Nacional de Meteorología y e Hidrología del Perú –

SENAMHI.

15. MINAM – Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado –

SERNANP.

16. Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR.

17. MINCETUR- Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el

Turismo – PROMPERU.

18. Ministerio de Agricultura – MINAG.

19. Ministerio de Defensa – MINDEF.

20. MINDEF – Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial –

CONIDA.

21. MINDEF – Servicios Industriales de la Marina S.A. – SIMA.

22. Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – Programa Nacional de Apoyo

Directo a los más Pobres – JUNTOS.

23. Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES.

24. MIMDES - FONCODES –Provincias.

25. Ministerio de Educación – MINEDU.

26. MINEDU - Centro Huampaní.

27. MINEDU - Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación

Tecnológica – CONCYTEC.

28. MINEM - Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN.

29. MINJU – Superintendencia Nacional de Registros Públicos –SUNARP:

Sede Central, Lima, Arequipa, Chiclayo, Cuzco, Huancayo (La Merced,

Satipo, Tarma y las regiones de Huánuco, Cerro de Pasco y Tingo María),

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DERECHO AMBIENTAL 2013

Huaraz, Ica (Chincha, Pisco, Nazca y regiones de Ayacucho, Huancavelica

y Andahuaylas), Iquitos, Moyobamba, Piura, Pucallpa, Tacna y Trujillo.

30. MINSA - Hospital María Auxiliadora.

31. MINSA - Instituto Nacional de Oftalmología – INO.

32. MINSA - Instituto Nacional de Salud – INS.

33. MINSA - Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN.

34. Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo – MINTRA.

35. Ministerio de Relaciones Exteriores – RREE.

36. Ministerio de RREE - Agencia Peruana de Cooperación Internacional –

APCI.

43. PCM -Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas – DEVIDA.

44. PCM - Dirección Nacional de Inteligencia – DINI.

46. PCM – Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería –

OSINERGMIN

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DERECHO AMBIENTAL 2013

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CAPITULO

II

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DERECHO AMBIENTAL 2013

1. La Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA)

La Dirección general de salud Ambiental es el órgano técnico normativo

en los aspectos relacionados al saneamiento básico, salud ocupacional,

higiene alimentaria, zoonosis y protección del ambiente.

1.1 FUNCIONES

Proponer y hacer cumplir la política nacional de salud ambiental, a fin

de controlar los agentes contaminantes y mejorar las condiciones

ambientales para la protección de la salud de la población.

Articular y concertar los planes, programas y proyectos nacionales de

salud ambiental

Establecer las normas de salud ambiental y monitorear y evaluar su

cumplimiento

Conducir la vigilancia de riesgos ambientales y la planificación de

medidas de prevención y control

Promover en la sociedad una conciencia en salud ambiental,

propiciando su participación en la búsqueda de entornos ambientales

saludables que permitan la protección de la salud, el autocontrol de

los riesgos ambientales y el desarrollo de una mejor calidad de vida

de las personas

Promover el permanente desarrollo de las capacidades, habilidades

y conocimientos de los recursos humanos en salud ambiental, en

coordinación con el instituto de Desarrollo de Recursos Humanos.

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 13

INSTITUCIONES QUE PROTEGEN EL MEDIO AMBIENTE EN EL PERU

Page 14: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

Desarrollar la investigación aplicada con base en los riesgos

ambientales identificados.

Diseñar, rediseñar y mejorar continuamente el proceso de Salud

Ambiental.

Participar en el Comité Nacional del Codex Alimentarius y otros que

se constituyan en el ámbito de su competencia.

1.2 DIRECCIÓN DE SANEAMIENTO BÁSICO

La Dirección de Saneamiento Básico (DSB) es un Órgano de Línea de

la Dirección General de Salud Ambiental DIGESA, la misma que para

cumplir con los objetivos establecidos en el Reglamento de

Organización y Funciones del Ministerio de Salud.

1.3 FUNCIONES

Proponer y concertar los fundamentos técnicos para la formulación

de políticas nacionales de salud ambiental y establecer las normas y

supervisión de los aspectos técnico sanitarios, del abastecimiento de

agua para consumo humano; el manejo y reuso y vertimiento de

aguas residuales domésticas y disposición de excretas; el manejo de

residuos sólidos; y la vigilancia y control de artrópodos vectores de

enfermedades transmisibles y plagas de importancia en salud

pública, en el marco de la normatividad vigente.

Establecer las normas técnicas de calidad de agua para consumo

humano.

Vigilar la calidad sanitaria de los sistemas de agua y saneamiento

para la protección de la salud de la población.

Establecer la coordinación, supervisión y evaluación del impacto de

las estrategias de vigilancia y control de artrópodos vectores y de

enfermedades transmisibles y plagas de importancia en salud

pública.

Normar la implementación de las propuestas técnicas establecidas

en los convenios referidos al control vectorial de artrópodos vectores,

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 14

Page 15: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

enfermedades transmisibles y plagas de importancia en salud

pública.

Normar y registrar la autorización de funcionamiento de las empresas

prestadoras y empresas comercializadoras de residuos sólidos y de

auditores en gestión de residuos sólidos.

2. EL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL

4.1 DEFINICION

Con la creación del MINAM se funda el OEFA, entidad encargada de dirigir y

supervisar la aplicación del régimen común de fiscalización y control

ambientales, así como de vigilar y fiscalizar directamente el cumplimiento de

las actividades bajo su competencia.

3. La OEFA está a cargo del Sistema Nacional de Evaluación y

Fiscalización Ambiental, el cual tiene como finalidad asegurar el

cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas

naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones

de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad

sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades

del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y

eficiente.

4.2 FUNCIONES

Son las siguientes:

a. Función evaluadora: comprende las acciones de vigilancia, monitoreo y

otras similares que realiza el OEFA, según sus competencias, para

asegurar el cumplimiento de las normas ambientales.

b. Función supervisora directa: comprende la facultad de realizar acciones

de seguimiento y verificación con el propósito de asegurar el

cumplimiento de las normas, obligaciones e incentivos establecidos en la

regulación ambiental por parte de los administrados.

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 15

Page 16: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

c. Función supervisora de entidades públicas: comprende la facultad de

realizar acciones de seguimiento y verificación del desempeño de las

entidades de fiscalización ambiental, regional o local.

d. Función fiscalizadora y sancionadora: comprende la facultad de

investigar la comisión de posibles infracciones administrativas

sancionables y de imponer sanciones por el incumplimiento de

obligaciones derivadas de los instrumentos de gestión ambiental, así

como de las normas ambientales y de los mandatos o disposiciones

emitidos por el OEFA.

e. Función normativa: comprende la facultad de dictar en el ámbito y en

materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, las normas

que regulen los procedimientos a su cargo y otras de carácter general

referidas a intereses, obligaciones o derechos de las personas

naturales o jurídicas, públicas o privadas, que fiscaliza.

Considerando que en el marco de ley 29325 se ha aprobado el decreto

supremo 001-2010-MINAM mediante el cual se ha establecido el

cronograma para el proceso de transferencia de funciones de supervisión,

fiscalización y sanción en materia ambiental del OSINERGMIN al OEFA, al

término del proceso de transferencia de funciones, toda referencia a las

funciones de supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental que

realiza el OSINERGMIN, se entenderá como efectuada al OEFA, pudiendo

este último sancionar las infracciones en materia ambiental que hayan

sido tipificadas mediante normas y reglamentos emitidos por el

OSINERGMIN, aplicando la escala de sanciones que para tal efecto

hubiera aprobado dicho organismo regulador.

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 16

Page 17: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

3. EL MINISTERIO PÚBLICO FRENTE A LOS DELITOS

AMBIENTALES

CONSTITUCIÓN POLÍTICA

3.1 Artículo 158.- Ministerio Público

El Ministerio Público es autónomo. El Fiscal de la Nación lo preside. Es

elegido por la Junta de Fiscales Supremos. El cargo de Fiscal de la

Nación dura tres años, y es prorrogable, por reelección, sólo por otros

dos.

3.2 Artículo 159º.- Atribuciones del Ministerio Público

Promover de oficio, o a petición de parte, la acción judicial en defensa de

la legalidad y de los intereses públicos tutelados por el derecho.

Velar por la independencia de los órganos jurisdiccionales y por la recta

administración de justicia.

Representar en los procesos judiciales a la sociedad.

Conducir desde su inicio la investigación del delito. La Policía Nacional

está obligada a cumplir los mandatos del Ministerio Público en el ámbito

de su función.

Ejercitar la acción penal de oficio o a petición de parte.

Emitir dictamen previo a las resoluciones judiciales en los casos que la

ley contempla.

Ejercer iniciativa legislativa

3.3 Organización

FISCALIA DE LA NACION

FISCALIAS SUPREMAS: PENAL, CIVIL

FISCALIAS SUPERIORES: PENAL, CIVIL, CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO

FISCALIAS PROVINCIALES: PENAL, CIVIL, FAMILIA, CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO Y ESPECIALIZADAS

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 17

Page 18: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

CODIGO PENALTITULO XIII DELITOS AMBIENTALES

1.- DELITOS DE CONTAMINACIÓN

2.- DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES

REQUISITOS PARA LA CONFIGURACIÓN DE LOS DELITOS

CONTRA LOS RECURSOS NATURALES

Conducta o comportamiento

Sujetos

Objeto material del delito

Bien Jurídico Protegido

Tiempo, modo y lugar

CONDUCTA O COMPORTAMIENTO

Dolosa.- Es el conocimiento y la intención que tiene una persona

de contaminar, depredar, afectar los recursos naturales

(Quemando, extrayendo, talando, comercializando, construyendo,

etc.)

Culposa.- Es la imprudencia, impericia, negligencia con la que

actúa la persona, afectando el medio ambiente y los recursos

naturales..

SUJETOS

Sujeto Activo.- Es la persona que comete el delito (puede ser

cometido por cualquier persona.) No se exige determinada calidad

del sujeto.

Sujeto Pasivo.- Es el titular del bien penalmente lesionado o

puesto en peligro.

El ambiente y los recursos naturales no pertenecen exclusivamente a

una persona determinada, por lo que el Estado se constituye en

agraviado, pues es éste es quien se encarga de protegerlo.

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 18

Page 19: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

OBJETO MATERIAL DEL DELITO

Es aquello sobre lo que recae la conducta, la vegetación, el suelo,

los animales, etc...

BIEN JURÍDICO PROTEGIDO

Es es aquel valor o interés que se encuentra protegido por la

norma (el ambiente y los recursos naturales).

TIEMPO, MODO Y LUGAR

El tiempo: es importante para decidir si una ley es anterior o

posterior al delito.

Para determinar el momento en el cual deben comenzar a

contarse los plazos de prescripción del delito.

El lugar: importa sobre todo a efectos de establecer la

competencia jurisdiccional.

El Modo: importa para determinar las circunstancias en que

sucedieron los hechos, el tipo de conducta, los objetos utilizados

para su perpetración, etc.

DELITOS DE CONTAMINACIÒN AMBIENTAL

Artículo 304.- Contaminación del ambiente

Artículo 305.- Formas agravadas

Artículo 307.- Tráfico ilegal de residuos peligrosos

4 LA SOCIEDAD PERUANA DE DERECHO AMBIENTAL

(SPDA)

La Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) es una asociación civil sin

fines de lucro que -desde su fundación en el año 1986- se ha venido

consolidando como una de las organizaciones peruanas más influyentes en

materia de promoción de políticas y legislación ambiental en el Perú, siendo

actualmente una de las más importantes organizaciones latinoamericanas

especializadas en el tema.

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 19

Page 20: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

La SPDA promueve y facilita la efectiva aplicación de políticas y normas

ambientales, participando activamente en el diálogo técnico y político e

interviniendo en defensa del interés ciudadano en casos singulares. Para

apoyar la gestión pública y privada de los problemas ambientales, propone el

uso de herramientas de planeamiento y gestión específicas e invierte en

programas de educación y capacitación, promoviendo la responsabilidad

ambiental y social de las empresas y demás actores sociales, entre otros

frentes de actuación vinculados a la articulación eficaz en el día a día, de las

tres dimensiones del desarrollo sostenible: la ambiental, la económica y la

social.

Durante los últimos 26 años, la SPDA ha ejecutado diversos proyectos de

asistencia técnica y capacitación a funcionarios de diversas dependencias del

Estado y del sector privado, que han derivado en la aprobación de importantes

normas legales y en el fortalecimiento profesional del sector ambiental.

La SPDA cree en el proceso de descentralización y en el importante papel que

tienen los Gobierno Regionales y Municipales en la búsqueda del desarrollo

sostenible. Por ello, además de su sede central en Lima, cuenta con dos

oficinas descentralizadas en las regiones de Loreto y Madre de Dios y dos

oficinas de proyectos en las regiones de Amazonas y San Martín.

3.1 MISIÓN: 

“La Sociedad Peruana de Derecho Ambiental es una organización dedicada a

integrar el componente ambiental en las políticas de desarrollo, con el fin de

alcanzar una sociedad sostenible y equitativa y de promover bajo principios de

ética y respeto a la naturaleza, una ciudadanía responsable."

3.2 VISIÓN:

La visión de la SPDA es "Políticas de desarrollo que integran lo ambiental"

3.3 Los valores de los miembros de la Sociedad Peruana de Derecho

Ambiental, son: 

La solidaridad para ayudar a quien lo requiera.

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 20

Page 21: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

La empatía, para comprender a los miembros de la SPDA y a los

actores involucrados en sus respectivos proyectos y demás

actividades.

La buena comunicación interna y externa.

La integración, para aprovechar la fuerza de la unión del colectivo y

propiciar la sinergia que se alcanza en el trabajo grupal.

La eficiencia, para reducir gastos y en consecuencia optimizar los

beneficios de quienes reciben los servicios de la SPDA.

La disciplina.

El control, como forma de evaluar el desempeño.

La planificación, para establecer los estándares.

La independencia, para romper las reglas siempre que sea necesario

y conveniente, enmarcados en las líneas estratégicas institucionales.

La formación, como vía de superación.

La creatividad, para encontrar soluciones a los problemas y generar

nuevos proyectos.

El enfoque de sistema, para no buscar óptimos locales sino

globales.

La visión de futuro, para no permitir que en aras del presente se

sacrifique el futuro. 

4. FONAM

Es una institución de derecho privado creada por el Congreso de la

República del Perú, mediante Ley Nº26793 del año 1997, con el objeto

de promover la inversión pública y privada en el desarrollo de planes,

programas, proyectos y actividades orientadas al mejoramiento de la

calidad ambiental, el uso sostenible de los recursos naturales, y el

fortalecimiento de las capacidades para una adecuada gestión

ambiental.

FONAM es reconocido por el WB-CF (Negocio de Carbono del Banco

Mundial) como el Punto Focal de sus actividades en el Perú en lo

referente a la identificación, calificación y manejo de proyectos que

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 21

Page 22: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

puedan ser presentados ante el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL)

para la obtención de Certificados de Emisiones Reducidas (CER´s) de

gases de efecto invernadero (GEI).

El Fondo Nacional Ambiental (FONAM) fue creado por la ley 99 de 1993 como un sistema especial de manejo de cuentas del Ministerio que cuenta con personería jurídica y patrimonio independiente, pero sin estructura administrativa ni planta de personal. La misma Ley 99 definió que la operación del fondo se haría con los recursos humanos, físicos y técnicos del Ministerio de Ambiente.

Mediante el Decreto 4317 de 2004 se reglamentó el Fondo Nacional Ambiental y se definió en términos generales, que:

La Dirección y administración del Fondo estaría a cargo del Ministro de Ambiente y del Consejo de Gabinete del Ministerio

El Ministro de Ambiente es el representante legal del Fondo El Consejo de Gabinete es el encargado Aprobar el plan operativo de

inversión anual de los recursos del Fondo y determinar los procedimientos y mecanismos para el control y seguimiento de los mismos, entre otros.

Los recursos del Fondo se manejarán a través de un sistema de subcuentas con contabilidad separada de los recursos del Ministerio de Ambiente.

4.1 MISIÓN

Actuar como promotor y facilitador financiero de la inversión pública y

privada en la realización de proyectos y actividades orientadas a

contribuir el desarrollo de capacidades asociadas, principalmente, a las

convenciones del Cambio Climático, Biodiversidad y Desertificación.

4.2 VISION

Ser una institución líder en facilitar el financiamiento y promoción de la

inversión pública y privada, así como el desarrollo de capacidades en

temas prioritarios ambientales que contribuyan al desarrollo sostenible

del país y a la mejora de la calidad de vida de la población

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 22

Page 23: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

4.3 ESTRATEGIA

FONAM analizará y promoverá la inversión en seis áreas: Cambio

Climático y Promoción del Mercado de Carbono; Eficiencia energética,

Energía limpia y Construcciones Sostenibles; Bosques y Servicios

Ambientales, Transporte Sostenible, Pasivos Ambientales Mineros,

Manejo de Agua residuales y Residuos Sólidos y Desarrollo Sostenible.

5. SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ( SENASA )

6.1 DEFINICION:

El Servicio Nacional de Sanidad Agraria, creado por Decreto Ley N°

25902, en adelante SENASA, es un Organismo Público Descentralizado

del Ministerio de Agricultura, con personería jurídica de derecho público

interno, con autonomía técnica, administrativa, económica y financiera.

Constituye un Pliego Presupuestal y forma parte del Gobierno Nacional.

El SENASA es la Autoridad Nacional en materia de Sanidad Agraria,

Semillas y Producción Orgánica.

6.2 OBJETIVOS ESTRATÉGICOS:

a. Reducir los impactos directos e indirectos de las principales plagas y

enfermedades presentes en la producción agraria.

b. Proteger el patrimonio agro sanitario del ingreso o dispersión de

plagas y enfermedades reglamentadas y del incremento de plagas y

enfermedades de importancia económica.

Velar por la calidad sanitaria y contribuir a la inocuidad

agroalimentaria.

d. Lograr excelencia en la prestación de servicios de competencia

institucional.

e. Emitir disposiciones que no constituyan barreras injustificadas al

comercio, observando los tratados internacionales y la normatividad

interna.

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 23

Page 24: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

6.3 FUNCIONES Y ATRIBUCIONES

a. Organizar y asegurar la prestación de servicios tendientes al logro de

sus objetivos.

b. Proponer, establecer y ejecutar, según el caso la normatividad jurídica,

técnica y administrativa necesaria para la aplicación de la Ley Marco de

Sanidad Agraria, sus Reglamentos y disposiciones complementarias, a

efectos de prevenir la introducción, establecimiento y diseminación de

plagas y enfermedades; controlarlas y erradicarlas.

c. Mantener y fortalecer el sistema de cuarentena, con la finalidad de

realizar el control e inspección fito y zoosanitario, según sea el caso,

del flujo nacional e internacional de plantas y productos vegetales,

animales y productos de origen animal, capaces de introducir o

diseminar plagas y enfermedades.

d. Mantener y fortalecer los sistemas de vigilancia y diagnóstico de plagas

y enfermedades.

e. Realizar los Análisis de Riesgo de Plagas y Enfermedades previos al

establecimiento de las regulaciones fito y zoosanitarias necesarias.

f. Establecer las medidas fito y zoosanitarias para la importación, uso y

otras actividades que se realicen con Organismos Vivos Modificados.

g. Ordenar la destrucción, retorno o disposición final de productos de

riesgo fito y zoosanitario.

h. Declarar áreas libres o de baja prevalencia de plagas y enfermedades.

i. Promover la suscripción y asegurar el cumplimento de convenios con

instituciones nacionales y extranjeras, de los sectores público y

privado, destinados a la promoción de la sanidad agraria; y participar

en representación del Perú en las negociaciones técnicas de convenios

y acuerdos internacionales sobre la materia.

j. Conducir y mantener el Sistema de Registro y Actividades Post

registro de Insumos Agropecuarios, y coordinar cuando sea

procedente, con las Autoridades

6.4 INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO

El Consejo Directivo del SENASA está integrado por:

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 24

Page 25: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

a. Un representante del Ministro de Agricultura, quien lo presidirá y

tendrá voto dirimente.

b. Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

c. Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas.

d. Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores.

e. Cinco (5) representantes que formen parte integrante del Consejo

Nacional para la Concertación Agraria – CONACA, de los cuales dos

(2) representarán al subsector agrícola exportador, uno (1) al

subsector pecuario exportador, uno (1) al subsector agrícola que

orienta su producción al mercado nacional, y uno (1) al subsector

pecuario que orienta su producción al mercado nacional.

7 . CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE (CONAM)

El Consejo Nacional del Ambiente - CONAM es la autoridad ambiental nacional

del estado Peruano. Fue creado mediante Ley N° 26410, publicada el 22 de

diciembre de 1994 como organismo descentralizado, con personería jurídica,

autonomía funcional, económica, financiera, administrativa y técnica, que

depende del Presidente del Consejo de Ministros. Su sede es la ciudad de

Lima, estando facultado para establecer órganos descentralizados (Secretarías

Ejecutivas Regionales) en otras ciudades del país.

7.1 OBJETIVO:

Tiene como objetivo promover la conservación del ambiente a fin de contribuir

al desarrollo integra de la persona humana sobre la base de garantizar una

adecuada calidad de vida, propiciando el equilibrio entre el desarrollo

socioeconómico, el uso sostenible de los recursos naturales y la conservación

del ambiente.

El CONAM tiene por finalidad planificar, promover, coordinar, controlar y velar

por el ambiente y el

Patrimonio Natural, dentro del marco de la promoción y respeto del derecho

constitucional de habitar en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado

para el desarrollo de la vida; conducirá el proceso de coordinación intersectorial

con el Gobierno Central, Gobiernos Regionales y Locales y el de elaboración

de estrategias y concertación de políticas, normas, plazos y metas con las

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 25

Page 26: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

instituciones y organizaciones de la sociedad civil, con miras a promover el

Desarrollo Sostenible. Asimismo promoverá experiencias y proyectos bajo ese

enfoque, a través de la difusión y multiplicación de los mismos; en

concordancia con la Ley N° 27104, es la instancia de coordinación en materia

de conservación y aprovechamiento sostenible de la diversidad biológica, toda

referencia a acciones de coordinación transectorial ambiental, incluyen a la

Diversidad biológica. El Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) está

integrado por el Consejo Directivo, la Secretaría Eje cutiva y la Comisión

Consultiva. Siendo El Consejo Directivo la máxima autoridad del CONAM, que

a su vez está integrado por siete miembros: Tres representantes por el

Gobierno Central de los cuales lo preside, designados por el presidente de la

República; Un representante por los Gobiernos Regionales; Un representante

por los Gobiernos Locales, elegido por los Alcaldes Provinciales de las

provincias Capital del Departamento; Un representante por los Sectores

Económicos Primarios; y Un representante por los Sectores Económicos

Secundarios. Su visión institucional es la de ser una "Entidad que contribuya

efectivamente a convertir el crecimiento económico en desarrollo sostenible y

lograr que la sociedad evite el deterioro del ambiente y aproveche

racionalmente los recursos naturales en sus diversas actividades”. Tiene como

misión ser la autoridad ambiental nacional y rectora de la política y gestión

ambiental del país, que busca compatibilizar el crecimiento económico con la

conservación del ambiente y el aprovechamiento sostenible de los recursos

naturales, en estrecha coordinación con el sector público y la sociedad civil,

para contribuir al desarrollo sostenible del país.

Las funciones principales del CONAM son: formular, coordinar, dirigir y evaluar

la política nacional ambiental, así como velar por su estricto cumplimiento.

Así mismo coordinar y concertar las acciones de los Sectores de los

organismos del Gobierno Central, así como las de los Gobiernos Regionales y

Locales en asuntos ambientales, a fin de que éstas guarden armonía con las

políticas establecidas.

Entre otras funciones del CONAM tenemos.

1.- Establecer los criterios y patrones generales de ordenamiento y calidad

ambiental, así como coordinar con los sectores la fijación de los límites

permisibles para la protección ambiental;

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 26

Page 27: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

2.- Proponer mecanismos que faciliten la cooperación internacional para

alcanzar los objetivos de la política nacional ambiental;

3.- Establecer criterios generales para la elaboración de estudios de impacto

ambiental (EIA);

4.- Supervisar el cumplimiento de la política nacional ambiental y de sus

directivas, sobre el ambiente, por parte de las entidades del Gobierno

Central, Gobiernos Regionales y Locales;

5.- Fomentar la investigación y la educación ambiental, así como la

participación ciudadana, en todos los niveles;

6.- Resolver, en última instancia administrativa, los recursos impugnativos

interpuestos contra resoluciones o actos administrativos relacionados con

el ambiente, en los casos que señale el reglamento de la presente ley

7.2 COLABORADORES DEL CONAM:

1. Consejo Directivo

2. Secretaria Ejecutiva

3. Tribunal de Solución de Controversias Ambientales

4. Oficina de Control Institucional

5. Dirección de gestion transectorial y territorial

6. Direccion de calidad ambiental y recursos naturales

7. Direccion de educación y cultura ambiental

8. Oficina de asesoria juridica

9. Oficina de administración y finanzas

10. Secretaría Ejecutiva Regional Cusco-Puno-Apurímac

11. Secretaría Ejecutiva Regional Arequipa-Moquegua-Tacna

12. Secretaría Ejecutiva Regional Ancash - La Libertad

13. Secretaría Ejecutiva Regional Centro Andina

14. Secretaría Ejecutiva Regional Loreto - San Martín

15. Secretaría Ejecutiva Regional Cajamarca-Amazonas

16. Unidad Ejecutora del Proyecto SENREM/STEM

17. Unidad Ejecutora del Proyecto PROCLIM

18. Unidad de Biodiversidad y Bioseguridad

19. Unidad de Cambio Climático y Calidad del AireConsejo Directivo

20. Secretaria Ejecutiva

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 27

Page 28: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

21. Tribunal de Solución de Controversias Ambientales

22. Oficina de Control Institucional

23. Dirección de gestion transectorial y territorial

24. Direccion de calidad ambiental y recursos naturales

25. Direccion de educación y cultura ambiental

26. Oficina de asesoria juridica

27. Oficina de administración y finanzas

28. Secretaría Ejecutiva Regional Cusco-Puno-Apurímac

29. Secretaría Ejecutiva Regional Arequipa-Moquegua-Tacna

30. Secretaría Ejecutiva Regional Ancash - La Libertad

31. Secretaría Ejecutiva Regional Centro Andina

32. Secretaría Ejecutiva Regional Loreto - San Martín

33. Secretaría Ejecutiva Regional Cajamarca-Amazonas

34. Unidad Ejecutora del Proyecto SENREM/STEM

35. Unidad Ejecutora del Proyecto PROCLIM

36. Unidad de Biodiversidad y Bioseguridad

37. Unidad de Cambio Climático y Calidad del Aire

7.3 FUNCIONES DEL CONAM:

Artículo 9°.- Sin perjuicio de las funciones establecidas en su norma de

creación, así como las que en la presente norma se señalan, se precisa que

en su carácter de órgano promotor y rector de la gestión ambiental, el CONAM

tiene las siguientes funciones:

a. Proponer, coordinar, dirigir y evaluar la Política Nacional Ambiental y aprobar

el Plan Nacional de Acción Ambiental, velando por su cumplimiento y

ejecutando las acciones necesarias para su aplicación;

b. Coordinar y promover el carácter transectorial de la gestión ambiental a

cargo de los organismos del nivel nacional, regional y local con competencias

y funciones ambientales;

c. Aprobar normas, directrices y acciones para operativizar el carácter

transectorial de la gestión ambiental, diseñar el funcionamiento de los

instrumentos de gestión ambiental y el ejercicio de las funciones ambientales

contenidas en el presente Reglamento;

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 28

Page 29: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

d. Supervisar el cumplimiento de la Política Nacional Ambiental y el Plan

Nacional de Acción Ambiental y de sus directivas, por parte de las entidades

del Gobierno Central, Gobiernos Regionales y Locales;

e. Coordinar la aplicación de instrumentos de gestión ambiental, de acuerdo

con lo previsto en el artículo 21 del presente Reglamento.

f. Proponer y opinar sobre las propuestas normativas con implicancias

ambientales. g. Fomentar la investigación y la educación ambiental, así como la

participación ciudadana en todos los niveles e incentivar los estudios en ciencia

y tecnología conducentes a la forja de tecnologías ambientalmente compatibles

que fortalezcan el Desarrollo Sostenible.

h. Fomentar la investigación y documentación sobre los conocimientos y

tecnologías nativas relativas al ambiente;

i. Promover y consolidar la información ambiental en los distintos organismos

públicos;

j. Resolver, en última instancia administrativa, los recursos impugnativos

interpuestos contra resoluciones o actos administrativos relacionados con el

ambiente, en los casos señalados en el capítulo de los Procedimientos del

presente Reglamento;

k. Resolver, en última instancia administrativa, a pedido de parte, sobre la

inaplicación de resoluciones o actos administrativos que contravengan los

principios de la gestión ambiental establecidos en el artículo 9° y, en particular,

los lineamientos de política y demás disposiciones establecidos en la Ley

General de Residuos Sólidos, aprobada mediante Ley N° 27314;

l. Demandar el inicio de las acciones administrativas, civiles y/o penales

correspondientes, en los casos de incumplimiento de las políticas, normas y/o

directivas de gestión ambiental;

m. Conducir la elaboración de la estrategia nacional de diversidad biológica, y

coordinar la elaboración del reporte anual del estado actual de la diversidad

biológica en el país

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 29

Page 30: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

n. Conducir la elaboración de la estrategia nacional de cambios climáticos, y

coordinar la elaboración de las comunicaciones e informes nacionales sobre la

materia;

o. Promover la coordinación entre las autoridades sectoriales competentes en

asuntos referidos a la seguridad de la biotecnología.

p. Actuar como punto focal nacional en tratados internacionales de protección

ambiental, tales como los Convenios sobre Cambio Climático, Diversidad

Biológica, Fondo para el Medio Ambiente Mundial, en coordinación con el

Ministerio de Relaciones Exteriores y las autoridades que ejercen funciones

ambientales en el país.

q. Proponer mecanismos que faciliten la cooperación técnica internacional para

alcanzar los objetivos de la Política Nacional Ambiental y el Plan Nacional de

Acción Ambiental;

r. Las demás que se le asignen por ley.

8. NATURALEZA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA

(ANA)

8.1 DEFINICION

La Autoridad Nacional del Agua, creada por la Ley de Organización y

Funciones del Ministerio de Agricultura mediante Decreto Legislativo Nº 997,

es un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Agricultura,

constituyéndose en pliego presupuestario, con personería jurídica de derecho

público interno.

La Autoridad Nacional del Agua es el ente rector del Sistema Nacional de

Recursos Hídricos, el cual es parte del Sistema Nacional de Gestión

Ambiental y se constituye en la máxima autoridad técnico - normativa en

materia de recursos hídricos y los bienes asociados a estos.

8.2 FINALIDAD DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA

La Autoridad Nacional del Agua tiene por finalidad realizar y promover las

acciones necesarias para el aprovechamiento multisectorial y sostenible de

los recursos hídricos por cuencas hidrográficas, en el marco de la gestión

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 30

Page 31: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

integrada de los recursos naturales y de la gestión de la calidad ambiental

nacional estableciendo alianzas estratégicas con los gobiernos regionales,

locales y el conjunto de actores sociales y económicos involucrados.

8.3 FUNCIONES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA

A. Formular la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos y el Plan

Nacional de los Recursos Hídricos, en el marco de la Política Nacional

Ambiental y dirigir las acciones derivadas de su aplicación.

B. Dictar normas y establecer los procedimientos para asegurar la gestión

integrada, multisectorial y sostenible de los recursos hídricos, su

conservación, incremento, así como su aprovechamiento eficiente.

C. Coordinar y organizar las acciones que resulten necesarias para estructurar

el Sistema Nacional de Recursos Hídricos, considerando en cada caso

específico la organización y la realidad local.

D. Supervisar y evaluar la actividad, impacto y cumplimiento de los objetivos del

Sistema Nacional de Recursos Hídricos.

E. Emitir opinión técnica vinculante respecto a la disponibilidad de recursos

hídricos para la viabilidad de proyectos de infraestructura hidráulica que

involucren la utilización de recursos hídricos.

F. Promover y apoyar la estructuración de proyectos y la ejecución de

actividades que incorporen los principios de gestión integrada y multisectorial

de recursos hídricos, su conservación, calidad e incremento, mediante la

investigación, adaptación, o ambas, de nuevas tecnologías aplicables al

aprovechamiento de los recursos hídricos.

G. Coordinar con las agencias de cooperación técnica y económica nacional e

internacional su accionar dentro del Sistema Nacional de Recursos Hídricos.

H. Promover el intercambio de conocimiento y recursos en materia de gestión,

aprovechamiento sostenible, conservación e incremento de recursos

hídricos, con organismos nacionales e internacionales relacionados con

dicha materia.

I. Promover la suscripción de convenios, contratos, acuerdos, planes de

trabajo y cualquier otro tipo de documento que ayude a consolidar el Sistema

Nacional de Recursos Hídricos.

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 31

Page 32: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

J. Efectuar el seguimiento para el adecuado retorno científico y tecnológico en

materia de recursos hídricos

8.4 LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

Estructura orgánica de la Autoridad Nacional del Agua

La estructura orgánica de la Autoridad Nacional del Agua es la siguiente:

1. Órganos de Alta Dirección

Consejo Directivo

Jefatura

Secretaría General

2. Órgano de Control Institucional

Órgano de Control Institucional

3. Órgano Jurisdiccional Administrativo

Tribunal de Resolución de Controversias Hídricas

4. Órganos de Asesoramiento

Oficina de Planeamiento y Presupuesto

Oficina de Asesoría Jurídica

5. Órganos de Apoyo

Oficina de Administración

Oficina de Información de Recursos Hídricos

9. Órganos de Línea

Dirección de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional

Dirección de Administración de Recursos Hídricos

Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos

Dirección de Estudios de Proyectos Hidráulicos Multisectoriales

9. INSTITUTO DEL MAR DEL PERU (IMARPE)

9.1. DEFINICION

Es un órgano publico técnico especializado, adscrito al ministerio de la

producción (produce), con personería jurídica de derecho público interno

constituye un pliego presupuestal, funciona con autonomía científica,

técnica, economía y administrativa y actúa de acuerdo con la política,

objetivos y metas que aprueba el sector

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 32

Page 33: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

9.2. FINALIDAD

Ejerce sus competencias y funciones en el ámbito nacional

Se sujeta al marco normativo y actuara en concordancia con la

política, planes y objetivos que aprueba el ministerio público el

ministerio de producción

Tiene su domicilio legal y sede principal en la provincia

constitucional del callao y puede establecer órganos

desconcentrados para el mejor funcionamiento de sus fines

9.3. FUNCIONES

A) Formular y proponer lineamientos de política en las materias de su competencia, en el marco de las políticas nacionales emitidas por el Ministerio de la Producción.

B) Supervisar el desarrollo y cumplimiento de las actividades específicas de las materias de su competencia

C) Aprobar, ejecutar y evaluar planes, programas y proyectos de investigación científica, vinculados a las materias de sus competencias

D) Desarrollar investigaciones científicas de los recursos marinos y continentales, los factores ecológicos de interacción y las que propendan al desarrollo de la pesca agricultura.

E) desarrollar investigaciones oceanográficos limnologicas, del mar peruano y las aguas pertinentes respectivas

F) Desarrollar investigaciones tecnológicas de extracción y detección en ambientes marinos y continentales

G) Proporcionar al ministerio de la producción las bases científicas para la administración racional de los recursos marinos y continentales

H) Promover el desarrollo de la investigación científica y tecnológica, así como la formación, perfeccionamiento y especialización de los investigadores científicos y técnicos, en el ámbito de su competencia

I) Asumir por delegación del gobierno la representación ante organismos internacionales en lo concerniente a su finalidad

9.4. ESTRUCTURA ORGANICA

3.1 Órganos de alta Dirección

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 33

Page 34: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

Consejo Directivo Dirección Ejecutiva Científica Secretaria en General

3.2 Órganos de Control Institucional

3.3 Órganos de Administración Interna

Órganos de asesoramiento Oficina general de planeamiento y presupuesto Oficina general de asesoría jurídica

10. DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Función supervisora de la defensoría del pueblo (materia ambiental)

Comprueba la facultad de realizar acciones de seguimiento y verificación del desempeño de las entidades con competencias en materia ambiental a nivel nacional, regional o local

Asegurar el cumplimiento de las normas, obligacionales establecidos en la regulación ambiental

Proteger el derecho fundamental de gozar de un ambiente adecuado y equilibrado para el desarrollo de la vida de la persona y de la comunidad

10.1 DERECHO CONSTITUCIONAL

Artículo 2 de la constitución política del Perú en su enciso 22 menciona.- toda persona tiene derecho:

22 .A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida

10.2 DERECHO A GOZAR DE UN AMBIENTE ADECUADO

El derecho también se concretiza en el derecho a que el medio ambiente se preserve, lo cual entraña obligaciones ineludibles para el Estado, pero esta obligación alcanza también a los particulares y con mayor razón a aquellos cuyas actividades económicas inciden, directa o indirectamente en le medio ambiente

Función supervisora de la defensoría del pueblo (materia ambiental)

Somos competentes para supervisar al Organismo –OEFA y el SINEFA en su conjunto ,en virtud de nuestro mandato consitucional de supervisar el cumplimineto de los deberes de la administraion estatal

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 34

Page 35: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

La defensoria del pueblo no forma parte del SINEFA

10.3 EL ROL DEL ESTADO EN MATERIA AMBINETAL

El estado , a traves de sus entidades y órganos, correspondientes, diseña y aplica políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidas en la ley general del ambiente (Art 3)

10.4 ACCIONES REALIZADAS POR LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Se ha señalado la importancia de cumplir con lo establecido en la Ley N°29325 ,Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización (SINEFA), la cual dispone en la séptima disposición complementaria final ,que el OEFA en su calidad de ente rector del SINEFA ,aprobara el reglamento del régimen común de fiscalización y control ambiental previa opinión favorable del MINAM ,el mismo que será de cumplimiento obligatorio para todas las entidades que cuenten con competencia en fiscalización ambiental

10.5 ACCIONES REALIZADAS POR LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO

La defensoría del pueblo ha encomendado la necesidad de fortalecer al OEFA y ha resaltado la importancia de incrementar el presupuesto de dicha institución

10.6 CONCLUSIONES

La defensoría del pueblo en virtud de su rol supervisor, viene efectuado las acciones y recomendaciones a las entidades públicas con la finalidad de fortalecer la gestión ambiental del país. Una de las primeras acciones necesarias para lograrlo es a través del fortalecimiento de la institucionalidad ambiental del país (Ministerio del Ambiente) y las funciones de fiscalización, en todos los niveles del estado

11. DEFENSORÍA DE LOS GOBIERNOS MINUCIPALES LOCALES

Los Gobiernos Locales provinciales y distritales, ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus normas correspondientes, en concordancia con las políticas, normas y planes nacionales, sectoriales y regionales, en el marco de los principios que informan la gestión ambiental. Los Gobiernos Locales provinciales y distritales deben implementar el Sistema Local de Gestión Ambiental, sobre la base de los órganos que desempeñan diversas funciones ambientales que atraviesan el Gobierno Local y con la participación de la sociedad civil.

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 35

Page 36: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

Entre las  Competencias Ambientales Exclusivas de las municipalidades, establecidas en la Ley de bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, están: planificar y promover el desarrollo urbano y rural de su circunscripción y ejecutar los planes correspondientes; normar la zonificación, urbanismo, acondicionamiento territorial y asentamientos humanos; formular y aprobar el plan de desarrollo local concertado con su comunidad; dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad y proponer las iniciativas legislativas correspondientes. 

Así mismo, las  Competencias Ambientales Compartidas de las municipalidades, establecidas en la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, son entre otros, la preservación y administración de las reservas y áreas naturales protegidas locales, de defensa y protección del ambiente y la gestión de residuos sólidos.

Las municipalidades provinciales tienen la competencia especifica de planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial en el nivel provincial; promover permanentemente la coordinación estratégica de los planes integrales de desarrollo distrital, y emitir las normas técnicas generales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo así como sobre protección y conservación del ambiente, desarrollo y  economía local, participación vecinal y servicios sociales locales.

Las municipalidades, también crean sus propios Sistemas Locales de Gestión Ambiental. 

,

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 36

Page 37: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

Proyecto de Ordenanza Municipal

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 10 -2013-MPCH

Chupaca Junio del 2013

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHUPACA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú de 1993,

establece que es obligación del Estado promover la conservación de la

diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas;

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 37

CAPITULO

III

CASO PRÁCTICO

Page 38: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

Que, el Convenio relativo a los Humedales de Importancia Internacional

especialmente como hábitat de aves acuáticas es un tratado internacional, el

cual fue adoptado en la ciudad de RAMSAR en Febrero de 1,971. Tratado que

fuera suscrito por el Perú el año 1,986 y ratificado el año 1,991 mediante

Resolución Legislativa N° 25353, entrando en vigor a partir del 30 de Julio de

1,992.

Que, conforme a lo establecido en el artículo 55° del mismo cuerpo

normativo constitucional, los tratados internacionales celebrados por el Estado

y en vigor forman parte del derecho nacional;

Que, tal como señala el Convenio de Biodiversidad de la Cumbre de Río

la biodiversidad comprende la diversidad de ecosistemas, diversidad de

especies y diversidad de genes;

Que, según la Convención RAMSAR los humedales son definidos como

superficies recubiertas de aguas naturales o artificiales, permanentes o

temporales, con agua estancada o corriente, ya sea dulce, salobre o salada,

incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad con marea baja no

exceda los 6 metros;

Que, los humedales por su propia naturaleza constituyen espacios

geográficos de gran importancia, dando lugar la formación de ecosistemas

dinámicos, que cumple un rol insustituible en las relaciones de los seres vivos

que la integran y su relación con el hombre, constituyéndose por lo tanto en un

recurso natural con un gran potencial para otorgar servicios ambientales para

las actuales y futuras generaciones;

Que, según la ley General del Ambiente, establece en sus principios en

el Artículo VI.- Del principio de prevención: La gestión ambiental tiene como

objetivos prioritarios prevenir, vigilar y evitar la degradación ambiental. Cuando

no sea posible eliminar las causas que la generan, se adoptan las medidas de

mitigación, recuperación, restauración o eventual compensación, que

correspondan

Así mismo en la misma norma en su Artículo XI Artículo XI se establece

el principio de gobernanza ambiental que señala lo siguiente : El diseño y

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 38

Page 39: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

aplicación de las políticas públicas ambientales se rigen por el principio de

gobernanza ambiental, que conduce a la armonización de las políticas,

instituciones, normas, procedimientos, herramientas e información de manera

tal que sea posible la participación efectiva e integrada de los actores públicos

y privados, en la toma de decisiones, manejo de conflictos y construcción de

consensos, sobre la base de responsabilidades claramente definidas,

seguridad jurídica y transparencia

Que, atendiendo al Principio de Subsidiariedad, el gobierno más cercano

a la población es el más idóneo para ejercer las distintas funciones que le

competen al estado. Por consiguiente el gobierno nacional no debe asumir

funciones que pueden ser cumplidas eficientemente por los gobiernos

regionales y éstos a su vez no deben involucrarse en realizar acciones que

pueden ser ejecutadas eficientemente por los gobiernos locales, evitando la

duplicidad de funciones, tal como está dispuesto en el numeral 10) del artículo

8° de la Ley N° 27867.

Que, en atención al considerando anterior y que las Municipalidades

Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo

local, con personería jurídica de Derecho Público y plena capacidad para el

cumplimiento de sus fines, tal como está establecido en el segundo párrafo del

Artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de

Municipalidades, es necesario e ineludible establecer, en la brevedad posible

las Estrategias de Gobierno Municipal Provincial y Distrital para la

conservación, protección y uso racional de los humedales, lo que se podrá

lograr mediante la implementación del enfoque eco sistémico como política

ambiental en la toma de decisiones dentro del contexto del desarrollo

sostenible.

Que, el articulo X del título preliminar de la ley Orgánica de

Municipalidades N°27972 establece como facultad de los gobiernos locales el

promover el desarrollo integral para la sostenibilidad ambiental propiciándolos

mejores condiciones de vida para la población.

Que al igual que en el caso de las regionales, las áreas de conservación

municipales constituyen una interesante estrategia para complementar las

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 39

Page 40: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

opciones de conservación in situ de la diversidad biológica. Este planteamiento

viene siendo promovido desde principios de la presente década,

independientemente de lo que establezca la futura legislación motivo por el

cual en el Perú existe un aproximado de 70 Áreas de Conservación Municipal.

Teniendo en cuenta que las políticas de Estado deben integrar las

políticas ambientales con las demás políticas públicas, la Política Nacional del

Ambiente se elabora en concordancia con lo dispuesto en la Ley General del

Ambiente y otras normas, tales como la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la

Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Ley

Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley Nº 26821, Ley Orgánica de

Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales; así como con los

tratados internacionales suscritos por el país.

De acuerdo al Ministerio del Ambiente (...) el acelerado y desorganizado

crecimiento urbano está relacionado con los problemas vinculados a la pobreza

rural, y que se manifiesta en severos problemas ambientales en las zonas

urbanas, donde vive el 76% de la población peruana. Una adecuada gestión

ambiental deberá tener entre sus objetivos contribuir a la superación de la

pobreza y a mejorar las condiciones de vida de los más pobres.

El cambio climático, la disminución de bosques, la pérdida de diversidad

biológica, la creciente escasez de agua y la gestión limitada de las sustancias

químicas y materiales peligrosos, son algunos de los problemas globales que

se encuentran bajo normas y tratados internacionales cuyo cumplimiento

nacional es necesario impulsar desde el Estado.

De acuerdo a la Política Nacional del Ambiente mediante Decreto

Supremo Nº 012-2009-MINAM de 23 de Mayo de 2009 establece el principio de

transectorialidad de la gestión ambiental implica que la actuación de las

autoridades públicas con competencias ambientales debe ser coordinada y

articulada a nivel nacional, sectorial, regional y local, con el objetivo de

asegurar el desarrollo de acciones integradas, armónicas y sinérgicas, para

optimizar sus resultados,

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 40

Page 41: MONOGRAFIA de AMBIENTAL

DERECHO AMBIENTAL 2013

De acuerdo a la misma norma el eje de Política N°01 sobre

CONSERVACIÓN Y APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS

RECURSOS NATURALES Y DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA en el punto 1.

DIVERSIDAD BIOLÓGICA en su lineamientos de política en el inciso a) señala:

“a) Impulsar la conservación de la diversidad de ecosistemas, especies y

recursos genéticos, y el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales

de los que depende la supervivencia de las especies. Así como en el inc. d)

señala: “Impulsar el diseño e implementación de estrategias para la gestión

sostenible de la diversidad biológica, incluyendo el desarrollo de alianzas

público-privadas, bajo criterios de conectividad y complementariedad.

Que, en atención a los considerandos anteriores y que las

Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno

promotores del desarrollo local, con personería jurídica de Derecho Público y

plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, tal como está establecido

en el segundo párrafo del Artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 27972 -

Ley Orgánica de Municipalidades, es necesario e ineludible establecer, en la

brevedad posible las Estrategias de Gobierno Municipal Provincial y Distrital

para la conservación, protección y uso racional del humedal denominado

Pucush Uclo, lo que se podrá lograr mediante la implementación del enfoque

eco sistémico como política ambiental en la toma de decisiones dentro del

contexto del desarrollo sostenible;

En uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de

Municipalidades - Ley N° 27972 y contando con el voto unánime de los

miembros han aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE CREA El AREA DE CONSERVACION AMBIENTAL

MUNICIPAL “HUMEDAL PUCUSH UCLO”.

Artículo Primero: Crease el “Área de Conservación Ambiental Municipal

“Humedal Pucush Uclo”, el cual tendrá esta categoría en tanto se realizan

los estudios necesarios en base a los requisitos establecidos en la Ley de

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DERECHO AMBIENTAL 2013

Áreas Naturales Protegidas, para su reconocimiento como Área de

Conservación Privada.

Artículo Segundo: Del objetivo del establecimiento del Área de Conservación

Ambiental Municipal, denominado “Humedal de Pucush Uclo” tiene los

siguientes objetivos:

1.- Conservar la Biodiversidad

2.- Ser una herramienta para el desarrollo sostenible y progresivo de una

cultura ambiental en la provincia de Chupaca

3.- Fomentar la investigación científica e intercambio de información sobre

humedales de la Provincia de Chupaca y otras del territorio peruano, las que

deben ser llevadas a cabo entre las instituciones académicas de la provincia,

de la región y del país al más alto nivel, cuyos resultados serán utilizados de

manera obligatoria para la toma de decisiones en los asuntos de gobierno

municipal.

Artículo Tercero: Encargar a la Municipalidad Provincial de Chupaca la

conformación y fundación del Grupo técnico para la protección del Humedal

de Pucush Uclo, el cual se encargara de desarrollar acciones, planes,

convenios y programas que contribuyan a la vigilancia, conservación y control

del Área de Conservación Municipal Pucush Uclo.

Artículo Cuarto: Encargar al Grupo Técnico para la protección y conservación

del Humedal Pucush Uclo conformado por La Municipalidad Provincial de

Chupaca, la Organización Amigos del Mundo representado por el señor

Rommel Chimaico Córdova e integrada por las principales instituciones

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 42

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DERECHO AMBIENTAL 2013

públicas y privadas con incidencia en la temática de los humedales de la

Provincia de Chupaca, lo siguiente:

a. Desarrollar las acciones, planes, programas y estudios necesarios en

base a los requisitos establecidos en la Ley de Áreas Naturales

Protegidas, para su conservación y para su reconocimiento como Área

de Conservación Privada.

b. Crear un cuerpo de guarda parques voluntarios compuesto de habitantes

aledaños al humedal para que en conjunto con la Municipalidad

Provincial de Chupaca vigilen el Humedal.

c. Hacer pública la prohibición de pesca, caza y recolección de huevos

dentro del área de conservación.

d. Denunciar cualquier actividad que se realice en el área de conservación

que ponga en peligro la vida de la fauna, flora y ecosistema del humedal.

Artículo Cuarto: Encárguese a la Comisión Ambiental Municipal Chupaca y

áreas responsables de la municipal, en coordinación con el Grupo Técnico a

formular un plan maestro, diagnostico, aplicar convenios favoreciendo la

conservación del humedal para su posterior reconocimiento y asignación de

presupuesto como área de conservación privada u otra categoría a nivel

nacional.

Artículo Quinto: Destinar un presupuesto por parte de la Municipalidad

Provincial de Chupaca a fin de iniciar a corto plazo los primeros documentos

técnicos para la protección y conservación del Área de Conservación

Municipal Pucush Uclo

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 43

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DERECHO AMBIENTAL 2013

Artículo Sexto.- FACULTADES REGULADORAS Y FISCALIZADORAS DE

LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHUPACA

Esta municipalidad se encuentra facultada a Multar las actividades de las

personas naturales y jurídicas que visiten la laguna y generen impactos

negativos a su conservación, en concordancia con las facultades reguladoras y

fiscalizadoras establecidas en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de

Municipalidades

Artículo Séptimo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, al área

responsable de la Municipalidad de Chupaca a la implementación de las

acciones señaladas y a las demás dependencias el cumplimiento de la

presente ordenanza.

Por tanto

MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA

Institucionalidad que Protegen el Medio Ambiente en el Perú Página 44

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DERECHO AMBIENTAL 2013

El grupo ha llegado a las conclusiones finales, que las instituciones que

protegen al medio ambiente, ayudan en el bienestar y protección a este,

también tiene como objetivo el estudio de las instituciones y actividades que

realiza de acuerdo al derecho ambiental en nuestro país y planeta, ya que

creemos importante su conocimiento siendo de ellos y cada uno de nosotros

fuente de vida, la concientización en el ciudadano y valoración son

fundamentales para la preservación de nuestro planeta , la población humana

crece, por lo tanto, cada vez es mayor la demanda de alimentos y también las

necesidades básicas para la vida del hombre.

.Este desarrollo y la industrialización ha incrementado la contaminación en

nuestro planeta tierra, y estas instituciones ayudan a poner un límite en toda

esta contaminación global.

En virtud de que cada día se intensifican los problemas relacionados con el

medio ambiente se requiere de instituciones que velen por el desarrollo

sostenible de Hombre-Naturaleza; y cuenten con las herramientas jurídicas

necesarias para que a través de ordenamientos jurídicos, debidamente

sistematizados y organizados, estas instituciones son garante del ordenamiento

jurídico y responsable en última instancia del bienestar social y colectivo.

Lamentablemente, también nos encontramos entre los países latinoamericanos

sin remediar, tráfico ilegal de flora y fauna, tala ilegal, cultivos de “cortar y

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CONCLUSIONES

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DERECHO AMBIENTAL 2013

quemar”, cultivos ilegales de coca y amapola, agro biodiversidad amenazada

por monocultivo, minería artesanal informal.

La protección del medio ambiente es una garantía constitucional, ya que el

Estado con ayuda de dichas instituciones mencionadas y estudiadas, están

obligados a preservar el medio ambiente, problema que a todos nos afecta

como colectividad y cualquier ciudadano debe tener el derecho de demandar,

la reparación del daño al Estado.

La contaminación ambiental es un problema social, que es de interés de todos,

la gran importancia que tienen estas instituciones es muy resaltante, ya que

estas instituciones nos ayudan a controlar las diversas formas que se puede

dar una destrucción al medio ambiente.

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