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Comentarios ala Procedimiento ev del Procedimiento Adm i n istrativo General

Morón Urbina_Comentarios a la LPAG

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a
General
Finalmente,
quiero
Vigente a
General
ámbito natural
de
procedimientos
competencia,
proyecto,
empresa
o
activo
que
no
hubiera
competencias
obligatorio
portodas
las
entidades
evaluar su
polfücas
Pública,
Ejecuüvo
que
comprenden
propios
puede
apreciar
va
3.5.1.2.
Organismos
públicos
especializados
que
ejercer sus funciones con aneglo a su Ley de creación
y,
para
garantizar
el
adecuado
funcionamiento
de
mercados
no
supervisoras, reguladoras,
aprobada
por
Ley
otro
poder
de subordinación,
Constitucional
puede
caracterizarse
como
el
Reniec
y
la
Superintendencia
de
Banca
y
Seguros,
que
cámaras
que'se
to,
refleiones acerer de
regulada".
el
c.
ordenada
y
silemática
abocada
a
p.
675.
p.675
y
ss.
(7)
(8)
(s)
(10)
E
general
o
de los adminishdos,
de estos códigos depende,
que,
partes
del
procedimiento
pero
sin
amparcdo,
al
Legislativo,
o
realizarla
mediante
una
norma
administrativa
-reglamento
autónomo-,
con
lo
posibilidad
de
autonegular
integralmente
su
propio
procedimiento
que
.
bado
por
Decreto
Ejecutivo
los referidos
juridia-admini*ntiva
Fundacl5n
de
decreto alcanzan al
y
a
Atl. 232.-
las
tramitacbnes
administrativas
cr.ryos
reglmenes
que
establezcan
o
regulen
procedimientos
admi-
pánafo
Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Att.
a bdos
las normas
simples adaptaciones,
para
la
actuación
de
la
Administración
Pública
la
ley
general
de
procedi-
mientos
nacional
y
general
p.
43.
FlORlNl,
españo .
El
acto
y
e
procedímiento
administratiws.
perfilando
lo
que
llegar
como
las
leyes
generales
sobre
la
materia
-lo
derivadas de su
con otro
procedimientos
y
que
los
celso
prevalecen
pro-
cedimiento
administrativo
especial,
se
requiere
la
(elemento
objetivopr
La
justificación
CI-AVERO
AREVALO,
"el
rasgo
común
entidades u
organismos de
sus
procedimientos
administraüvos
a
generaly
norma
especial,
en cuyo caso
opción
por
algunas
procedimientos para
generales
de varias
autónomas
conforme
a
la
Constitución,
según
hipótesis:
procedimiento
no
ha
sido
tratada
por
ámbito.
En
los
solo se aplicarán
mente
3i
No 27444.lmaginémonos
si cada
las
entidades
sujetas
a
ticulan
por
Aires,
't988,
p.
1.
in-
formalismo,
presunción
a los
burocrática.
suramiento,
economía
con
mezquindad,
y
la
.
sÍgnifica
que
formalidad
podría
convertirse
procedimientos
procedimientos
administrativos
numeral 3
de Gobiemos Regionales
adultos mayores,
en lugares
La imparcialidad de la
en
preservar
públims
respecto
al"Ju."r"""il
po,.
su
parte
de
equisitos
formares
principio
de
conducta
procesal.
por
la
proceso.
administrado
se
titulariza
sariamente coincide
con el
cumplimiento de
como
procedimientos
r
y
a
la
prestación
realizar sus
mismo, los actos del
los
hechos
aportados
por
los
sujetos
procesales.
E
en
asuntos
regionales)
Ley
No
2Bi
75,
Ley
Marco
¿iiE
-pi.-,í
pubrico
(art.
2.
riterar
f),
deber
de
respetar
y
convocar
instancias
de
participabión
aiuüü;;)'---'
de la
tiva. La
los
mismos
porcionadas
a
previa
que
cree
el
Procedimiento.
(ej.
conformidad
de
vecinos
para
licencia
los
parámetros
CONCORDANCIAS
INTERNAS
Ari.31.2
Art.
32
Por este
de ser
por
razones
de
incons-
titucionalidad,
exceda el marco de la mera opinabilidad".
Pensemos
por
de
incons-
titucional
por
parte
de
de inaplica-
internacionales.
Los
BlTs
así
como
dar
garantías
y
compensaciones
en
como
t
ñr'";;;d
de
caÉcter
y
eficacia
puramente
los
administrados.
con
las
que
se
puede
encontrar
el desuso,
ordenamientos
(por
ejemplo,
el
Código
que
sean
compatibles
con
la
supletoriedad
que
ofrece
público
en
causas
flexibles
e
informales.
liopámánte
oicr,a.
Pero
no
soramente
eso,
sino
que
también
se
quiso
General
puede
derechos
de
los
administrados,
a
partir
del
actos,
que
tales
técnicas, aun cuando
propiaAdministración,
son
actos
del
poder
exclusivamente
Característica
por
el
órgano
que
seguido
para
dar
origen
si-
tuaciones
jurídicas
patrimoniales,
por
profesor
HUTCHTNSON,
administrativo
refiere
firme de aquel
que ya
carácter
del
acto
identificar al acto firme
espontánea-
mente
por
pro-
cedimiento,
debe
formular
al
una decisión
fu ndamentada.
o
la
puesta
en
ejecución
función
administrativa.
Pueden
ser
permanentes
(si
el
debe
estar
relacionado
con
no
previsto
por
el
y
el
facultades
y
mento finalidad,
no se
Procedimiento
Administrativo
General
manera
acreditar
haber
seguido
un
procedimiento
regular
para
sus
actuaciones.
elecbónica
CONCORDANCTAS
INTERNAS
ArL
55.9
M.148.5
Art.187
La
del
pro-
cedimiento
se
sustenta
E
Legalidad
Conformidad
con
los
que
esta-
blecimos
al
comentar
el
principio
la Ley.
expresamente
por
alguna
disposición
superior,
procesal
en
general,
de los actos
mento,
no
pueden
esa
norma,
nes administrativas
en su
estructuración o
posibles
se
establece
que
de
sede
judicial.
De
este
modo,
dictada
Contenido
de
procedimiento
administrativo
hace
que
que
cuando
no obstante
De
este
modo,
ra
conservación,
permite
la motivación.
importantes
y
objetivamente
que
ya que
la evidencia
producirá
de enmienda.
20.1.3
por
pubricación
en
er
Diario
oficiar
y
en
uno
a
los
actua-
ciones
que
certeza
posibilidad
relación directa
considere lesiva la decisión de la
autoridad.
que
puesto que
del acto notificado,
se ha noüficadoo$I.
21.4 La notificación
al
administrado
otra
persona
"
las
notíficaciones
Copia
de
escritos
Elaboración
circunstancias
identificado
y
determinado,
pero
cuyo
domicilio
se
deldomicilio
mediante
de obtener
su Documento
acto
esencial
del
procedimiento
ligado
presente que
en el
de
la diligencia se
se niega a firmar
por
Deber de
que
notifica,
su
labor
coneo
certificado,
a la
establ+
cidas
medidas
cautelares
o
precautorias,
en
Art.25
haberse
practicado
pero
no
estarse a las manifestaciones
que
la
presentar
un
recurso),
en
La desestimación
Procedimiento Administrativo
defectuosas o viciadas
se ha de
total de cualquier actuación
caso, se trata
no serán
material
para
llevarla
que
informado
en el
la naturaleza
administrativos.
modalidad
(art.
20)
y
las
características
propias
senüdo, consideramos
informal
sin actuaciones
de mero
miento de
¡nformat¡va.
La constancia
dentro del
Lineamientos
esia
5
ADMI-
NISTMTIVO
su Texto
algunos
de
CeneralNo
27444
y
establece
la
publicación
de
diversos
disposiüvos
legales
en
el
portal
del
Estado
de
cada
entídad
radica
en:
procedim¡ento
T"Hlfi
r;igiiHtilt";
de
proporcionar
la
información
del
pago
a
la
administración,
identificandolo
con
General
presente
artículo
una norma
do a
ser
considendo
conveniente
a
su
derecho.
sucedánea
general
mérito
probatorio.
Es
bueno
apreciar
que
aquella documentación
como
"su-
mar
la
veracidad
paiá
ilegal
la
práctica
trata de
respea
lc
deredps
de
civil la
que
está
pedido,
exigír
legitimación
especial,
y,
verbal o
expediente.
NuestrapÉclicaeüdencia
la
existenciadedosficrmasordinarias
para
y
para
su
respuestia
adaptada
medio
indudable
que
dificulta
da al
particular y
la
previsto
iden-
tificado
perjudique.
Por
su
parte,
adminislra-
tiva,
para
queen
no
comparecientes,
cuyos
derechos
razonable:
que
lll, modelo de
ción emanan
nal
posterior
aparece
la
atribución
que
inferior en
des. Ellos son:
procedimientos
administrativos
y
los
procesos
judiciales,
que
los
contiene
tres
supuestos
claros:
Competencias
inmodificables
en
vía
administrativa
Participan
"^l
erlo
es
transferida
de facultades
municiPalidades)
CONCORDANCTAS
INTERNAS
Art.67.3
Art.67,5
Art.
70
E
de la com-
y
cargo
de
por
incompetencia
la materia
Los
agentes
necesariamente
deben
emitir
deberes,
salvo
disposición
públicos,
las
jurídico.
Crean
de controversias
La cooperación
o colaboración,
entidad
pública
tendente
a
realizar
acciones
conjuntas
y
voluntariamente
aceptadas
para
la
consecución
con clara concien-
Nos
012-2003-CC/TC
y
0001-2004-CC/TC.
(233)
los
convenios
de
cooperación
suscritos
por
dos
foceormrenlo
0e
ñil;ü,iosapricabres
procedimiento.
Obviamente
con el administrado,
a
lo
sumo,
si
una
vez
.
proce-
dimiento
pueden
clasificarse
en
los
siguientes:
-
haber emitido
asunto
sometido
a
pronunciamiento,
generales
(interés
directo).
que
resolución
pueda
competencia
a
que
alude
el
artÍculo
abstenerse
titular concurre
la solicitud de abstención.
excepción,
es
tratándose
de
templar simultáneamente:
de la
de
responsabilidad
administrativa,
civilo
penalcontra
pública,
con
se
encuentre
coordinado
por
ordenamiento
juridico
nacional.
(249)
Depalma,
ü

I
nnrículo
r
ro.-
racurrao
DE
solrcrrAR
TNF.RMA.ÉN
ANTECEDENTE
Art.
35
D.
Leg,
No
7S7.
CONCORDANCIAS
D(TERNAS
Consütución
r- ñ-
nalidad
to
onfunda
con
otra
persona'
en
cuya
virtud
es
un
requisito
establecido
en
su
favor.
or
eilo,
síexiste
árg'rn
oeL;to
il;;i;;
estos
enunciados,
soro
afecta
erescri_
o'

impiden
para
ra.Administracióni"üno"",
pt"n"reni"'al
aáminístrado.
por
ejempro,
si
erdomicirio
no
na
actos
D.L.
No
26002
Ley
de
h
CONCORDANCT
AS
et
carso,ractican
tos
asientós
(262)
Debe
ser.trámite
documentario,
según
el
texto
detAnteproyecto.
documentado.
las
instituciones
competentes.
y,
uniformidad
que
expediente
principal
todo lo
cual resulta
inconveniente porque
de
recepción
de
la
entidad,
tienen
dos
posibilidades
do, el
habilítado
Att.
121
Recepción
oe
125.s
si
documentación
pr.""ntror'io-Je
ajusta.a
ro.requerido
impidiendo
ta
conti-
En
este
caso
no
resulta
a
{cu
á
i
¡é;
#ñffi"'
lffiiJi,
lilll?iilli:?
que
es
efectuada
 
cercana
.éóáá"ü,1;Ip"","¡
exisrente
nke
ambos
rugares.
para
asegura'n"
pues
para
los
las
potestades
sancionadoras,
policiales,
por
 
Aun
cuando
las
decisiones
interadministrativas
son
recurribles
admínistrativa-ente,
desde
que
ras
entidades
modelo
fundamental,
ios
instrumentos
propios
de
la
justicia
preventiva,
son
medidas
que
se
conceptos
del
fumus
boni
iuris(valoración
General
Asf,
por
o más Departamentos
la
existencia
pretensión,
no
considerado
favora-
blemente
por
actividad administrativa,
administrativos,
carece
de
serie de
órganos con competencia
Uniforme del Estado
que: "Las
Los documentos, actas, formularios
reúnan
características
iguales.
ANTECEDENTE
que
constituyan
152.2
tramitación.
constancia
tación efectuarán su
los
interesados.
Armoniza
perfectamente
procedimiento
administrativo
general
que
se
encuentra
grabada
en
que
No 681,
e integridad.
b. Que
las microformas
el caso,
CONCORDANCIAS
INTERNAS
o documenta diversas
tales
actas
:,Hil,.;:
"t"*.,i::,:..,:::f:fl
de
procedi.
miento
a
proponer
actuaciones
probatorias.
l5g.2
Queda
prohibido
realizar
acto
que
no
aporte
valor
objetivo
a
concreto, según su naturaleza.
Art. 145
no
exisier¡
no
on
cü,r,ú
los
inierpretia
er
funcíonario
 
e
ta
búsqueda
de
ros
rrecrros
8.2
s),
derecrro
a
no
ser
obrisado
a
del acto expreso;
TERRíA, Eduardo
p;il)
cumprir
y
hacer
umplir
ta
Constitución,
tos
trarádos,
ras
eves
v
a,
j".1.
ái;;J,;r",
vigentes.
De
ste
modo,
ra
ejecutoriedad
es
un
atributo'Je
ra
"ción
deben
ñ:?trjt$.por
su
debe
llevarse
a
cabo
mediante
Es
un
supuesto
sui
géneris
quesurge
cuando
al
Estado
se
le
han
vencido
inspecciones
periódicas,
permitida,
emplear
de los
de
estos
deberes
que
privación
esta
situación
bien
guarda
gran
derechos, la decisión
de retirar el
que
estamos
Orgánica del Poder
para
justicia.
Como
bien
para
implícito
la determinación de sus
a
la
justicia
es
uno
que
puede
de
que
Administrativo
General
defensa se encuentra
(...)
Administración
-o
Tribunal
opina
que
la
aplicación
de
las
disposiciones
que
autorizan
garantía
judicial
clásica
que
mayor de
Tribunal declara
procedimiento
administrativo
sancionador
y,
en
general,
constitucional,
dicho
incremento
producido
de al-
(359)
CABALLERO
SIERRA,
Gaspar.
'El
en su
pueden
cionar
quien
competente
y
pertenecen a la misma entidad o sector, con mayor razón
aun
cuando
sanitaria
también
puede
determinar
posibilidad
desvirtuar
el
parecer.
pro-
cedimiento
regula¡
práctica
aconseja
considerar
como
administrado
y
básica
de
(en
proceso
contencioso-administrativo,
regidos
por
leyes
especiales.
ANTECEDENTES
Arts.
8,
114
Ley
No
26810
LNGPA.
CONCORDANCIAS
Consüfución
Ley
No
27972
D.S.
No
99:hadministrativa)tr.ü'í¡l'plii6¡á¿J;il"ry;i$if
Administrativo
General
particulares,
ya
que
de la
son las consagraciones
o intereses,
desea
En igual
o vías
es
privilegio
disponible
del
Estado?
es la
dicha vía,
no se
pero
sin
agotamiento
también
determinado,
la
posibilidad
revocándola se
de tres soluciones
tenemos el caso
una decisión de última
previa
los recursos administrativos,
de
de las
su distribución
probandi
incumbit
actore,
administrativa,
reclamación
que
que
su cargo el señalamiento de los recursos
por
agotarse
idóneos
y
eficaces
que
peculiar
característica
pres-
tación
ftente a la Administración
tal
administrativos
emitidos
inaudita
pars,
Administrativo
General
CONCORDANCTAS
INTERNAS
Art
126.1
Art
219
Ail2N
kLm
ArL?23
ArLnB
General
supedor
jeÉrquico
para
evitar
se
produzcan
agravios
irreparables
etc.
I
el
órgano
que
dictó
la
resolución
apelada
otra
que
los
treinh
(30)
CONCORDANCIAS
INTERNAS
'
(385) Ley
No 26370,
de Cinematografia
Administrativo
General
de los
'Audiencia
"Audiencia
'debe
arbitrar,
negociar
el ente
público
debe cuidar
que
I
legal
especifico
que
tornara
predecible
al
ejercicio
de
la
potestad
sancionadora
por
parte
a la
indispensable
acometer
normativos, inspectivos
la despenalización
de ilicitos
administrativos,
y
a
establecido en
democrática,
previsible
y
dotarle de
un régimen
procedimiento
sancionador
del
procedimiento
trilateral,
pues
coinci-
dencia
de
pfesupuestos
objetivostam);
'La
potestad
sancionadora
puede
principios y
principios
o
intereses,
tales
ilícita. Su finalidad
solo
represiva,
por
lo
que
su
existencia
misma
no
guarda
relación
daño.
poOta autoatribuirse
'cualquier
(Caso
quier
autoridad
pública,
sistema
de
garantías
justas.
En
principio,
la
incorporación
del
principio
del
debido
proceso
su
inclusión
tianto
sin
la
ponderación
de
dad
resultaría
que
el
excesivo
monto
de
la
sanción
económica
(multa)
absorbe
parte
en cuenta
modificación
en
elordenamientg,
sin
perj.uicio
de
la
aplicación
ae
De
un
rado,'iatifica
gue
en
materia
sancionadora
ra,carga
de
ra
prueba
recae
en
ra
Administración,
por
ro
que
compete
o
simuttá_
ea
de
imputaciones,
p.rocesamientos
y
sanciongs
o",;ü;;';iÉ$"d"
integrarmente
onsiderado,
comprendido
tres
ídem tiene
a
b
jurisdicción
redeterminada
por
ley,
y
que
este
es
permisos
y
autorization.r
u.ótror-p-r'oT.iimientos
rrupA)
vigente
én
tates
supuestos
se
han
la
valoración
indicada,
Eliminación
de actividades
en curso
o la
de vehiculos).
en
forma
en
que
el
de
Control
lntemo
órgano,
sino
ante
el
órgano
que
una
situación
de
desigualdad
de
fondo
qu"
hubiesen
incunido
los
administrados.
Antes
de
esa'reforma,
solo
los
ordenamientos
especiales
tenían
atenuantes
tasadas
que
era
necesario
generarizar
p"r"
un
,"jor
juicio
de
ade_
cuación
de
la
sancíón_adminishativa,
para

administrativa.
 
un
nivel
que
no
sea
exigible
sopodarlos.
daño
pro-
ducido,
sino
el
quebrantamiento
al
principio
de
 
sostenimiento
financiero
a
las
actividades
del
Estado,
etc.)
es
innegable
la
necesidad
de
sacrificios
o
contribuciones
razonable
y
a
contar
condenada
meses
y
(4$),
repetido
(490)
judicial
que
herente a toda
para
resarcir
el
deberá confirmar
para
determinar
el
obviamente
no
prosperaría
la
es
indem-
nización
pagada
por
la
pretensión
a
las
autoridades
gravedad
@
 
g
I
á
ll
il
J.i
ü;üiiñ
;tiá#.,1539Jfl9,)
;ld{f
p..,L
instruir
i
oecioii
sourlifil.ponr.bitidad
penal
en
los
casos
o retardo de función, deberá determinar
la
presencia
de
las
de manera expresa en
y
servidores
recursos financieros
si el
plazo previsto
@
 
in,.giá"ióñ
noótcar
vro
a la
t¡amitación
de los
mt¡vos
pro€d¡m¡enio.
medios
de
prueba:
n2)
á
árs"-l"r
patür¡onial.
pat¡inbn¡al,
Generar.
ddinc
mt*
drg"
dentro
del
plazo
antes
referido,
esta
podrá,
de
oficio
or).
Que,
lo dispuesto
Resolución
de
inadmisión
(t)
atc.
(21
Deberán
que
procadinbnto.
(5)
t{...........,
a
objetivamenle
h
éxistencía
de
Que, en
Procedm¡entos
copias
de
aquellos
doclmentos
que
estime
la Ley No
No
27444,
Ley
ar redacrar
pafa que
Ley del Proce-
ordenación
o
que
cualquier
resolución
autori-
Ramón Martln'Silencio
positivo y
aclividad autorizante'.
No48,1965.
ningún
suspensión
formulada
por
de
determinar
sunqon
0e-veracidad);
-^--------,,
solamente
podrá
exigirse
de
los
piocedimientos
contenidos
procedimientos
administrativos,
bajo
pena
DISPOSICION
sistema
financiero
y
y
autorizaciones
para
operar
casinos
de
juego
y
yerro
al
por
afectar
significativamenre
artículo
27444.
I
a los
ciento ochenta
1 de mayo,
especiales,
tución
.
1966-. Lima)
derecho de defensa cuando
Procedimental,
derecho de
Causar estado:
Art. 50o
lnc. 1
Artículo 173 Presentación
Administrativo
General
TÍTULO
III