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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYOPATA LA CONVENCION - CUSCO - PERU ORDENANZA MUNICPAL N°027-2015-MDH Huayopata, 21 de Diciembre de 2015 El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Huayopata, provincia de La Convención, Región Cusco POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria 22-2015-MDH/LC de fecha 27 de Noviembre del 2015, con la asistencia de los Señores Regidores: Sr. Américo Andrade Ríos, Sr. Santiago Yllanes Baca, Sr. Raúl Chacón Silva, Sra Vilma Cárdenas Zamora y Sr. Fernando Flores Subileta, bajo la presidencia del Alcalde RICHARD GUZMAN TORRES, ha puesto en debate el proyecto de ordenanza que el Comité de Gestión de Turística del distrito de Huayopata. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194^ de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N^ 27680 y 9- de la Ley de Bases de Descentralización, Ley N- 27783 y el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N^ 27972, la Municipalidad Distrital de Huayopata, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972 en su Título Preliminar, Articulo I Expresa que "¡os gobiernos son entidades, básicas de ¡a organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los interese propios de la correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Las municipalidades provinciales y distritales son ¡os órganos de gobiernos promotores del desarroüo ¡oca¡, con personería jurídica de dereclio púbücoy plena capacidad para el cumplimento de sus fines". En su Artículo II igualmente establece. "Los gobiernos ¡oca¡es gozan de autonomía política, económica y administrativa en ¡os asuntos de su competencia". La autonomía que la Constitución política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico. Que, la misma Ley, manifiesta claramente "las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones, con carácter exclusivo o compartido, en las materias siguientes 4. En materia de desarrollo y economía local, 4.5. FOMENTO DEL TURISMO LOCAL SOSTENIBLE". Que en Plan de Desarrollo Regional al 2021 fue elaborada una MATRIZ FODA. Para el EJE ESTRATEGICO: TURISMO en la Provincia de La Convención en un taller realizado el 14 de mayo 2008 en la ciudad de Quillabamba, como podemos apreciar a continuación siguen manteniendo sus indicadores relacionados a las amenazas y debilidades, en su casi totalidad estos indicadores encajan adecuadamente en la realidad turística actual de nuestro distrito: DEBILIDADES 1. - Ausencia de planificación de la actividad turística. 2. - Insuficiente infraestructura turística. 3. - Débil e insuficiente promoción turística del Cusco. 4. - Baja calidad en la prestación de los servicios turísticos. 5. - Población no capacitada ni sensibilizada. 6. - Falta de fortalecimiento de capacidades turísticas en el Cusco. 7. - Débil asociativa de las empresas turísticas de la región. 8. - Débil coordinación y concertación entre las instituciones públicas y privadas. 9. - Falta de compromiso social de las empresas prestadoras de servicios. AMENAZAS 1.- Empresas transnacionales y monopólicas. HLIYRO CAPITAL NACIONAL DEL TÉ Correo Elecüonico: nKlli2()l.>-2()18@h()tniail.coin Telf. #999880027 (Eí cam9io de verdadío Nacemos todos

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYOPATA - … · 1. - Ausencia de planificación de la actividad turística. 2. ... teniendo como eje central el Antiguo Camino Inka que atraviesa longitudinalmente

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYOPATA LA CONVENCION - CUSCO - PERU

ORDENANZA MUNICPAL N°027-2015-MDH

Huayopata, 21 de Diciembre de 2015

El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Huayopata, provincia de La Convención, Región Cusco

POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria 22-2015-MDH/LC de fecha 27 de Noviembre del

2015, con la asistencia de los Señores Regidores: Sr. Américo Andrade Ríos, Sr. Santiago Yllanes Baca, Sr. Raúl Chacón Silva, Sra Vilma Cárdenas Zamora y Sr. Fernando Flores Subileta, bajo la presidencia del Alcalde RICHARD GUZMAN TORRES, ha puesto en debate el proyecto de ordenanza que el Comité de Gestión de Turística del distrito de Huayopata. CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Artículo 194^ de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N^ 27680 y 9- de la Ley de Bases de Descentralización, Ley N-27783 y el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N^ 27972, la Municipalidad Distrital de Huayopata, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972 en su Título Preliminar, Articulo I Expresa que "¡os gobiernos son entidades, básicas de ¡a organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los interese propios de la correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Las municipalidades provinciales y distritales son ¡os órganos de gobiernos promotores del desarroüo ¡oca¡, con personería jurídica de dereclio púbücoy plena capacidad para el cumplimento de sus fines". En su Artículo II igualmente establece. "Los gobiernos ¡oca¡es gozan de autonomía política, económica y administrativa en ¡os asuntos de su competencia". La autonomía que la Constitución política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico.

Que, la misma Ley, manifiesta claramente "las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones, con carácter exclusivo o compartido, en las materias siguientes 4. En materia de desarrollo y economía local, 4.5. FOMENTO DEL TURISMO LOCAL SOSTENIBLE".

Que en Plan de Desarrollo Regional al 2021 fue elaborada una MATRIZ FODA. Para el EJE ESTRATEGICO: TURISMO en la Provincia de La Convención en un taller realizado el 14 de mayo 2008 en la ciudad de Quillabamba, como podemos apreciar a continuación siguen manteniendo sus indicadores relacionados a las amenazas y debilidades, en su casi totalidad estos indicadores encajan adecuadamente en la realidad turística actual de nuestro distrito: DEBILIDADES 1. - Ausencia de planificación de la actividad turística. 2. - Insuficiente infraestructura turística. 3. - Débil e insuficiente promoción turística del Cusco. 4. - Baja calidad en la prestación de los servicios turísticos. 5. - Población no capacitada ni sensibilizada. 6. - Falta de fortalecimiento de capacidades turísticas en el Cusco. 7. - Débil asociativa de las empresas turísticas de la región. 8. - Débil coordinación y concertación entre las instituciones públicas y privadas. 9. - Falta de compromiso social de las empresas prestadoras de servicios. AMENAZAS 1.- Empresas transnacionales y monopólicas.

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.- Centralismo e intereses.

.- Normatividad centralista de la actividad turística.

.- Recesión económica de Estados Unidos.

.- Inestabilidad política y social. I . " Transculturización, por efecto de los flujos turísticos de diversas nacionalidades. .- Calentamiento Global de la tierra y cambios climáticos.

Que en febrero del 2012, se hizo entrega pública a la Autoridad Municipal de ese entonces Alcalde, Marcial Alvares Miranda, el documento "Productos y Plan de Acción para el Desarrollo Turístico Sostenible del distrito de Huayopata (Huayopata en la ruta del Té), Gobierno Regional del Cusco - Gerencia Regional de Desarrollo Económico - Unidad de Gestión del Santuario Histórico de MachuPicchu [UGM), Elaborado por el consultor G.O.T. Juan José Cosió Santos, Especialista en Desarrollo Local y Turismo. Documento que contó con el aporte técnico financiero y social de: La Gerencia de Desarrollo Económico del Gobierno Regional Cusco, Econ. Daniel Maravi Vega Centeno. Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machu Picchu (UGM) Sr. Carlos Zúñiga Delgado. Municipalidad Distrital de Huayopata, Sub Gerencia de Desarrollo Económico, con la Ing. Yaneth Rozas. Proyecto Arqueológico Amaybamba, Arqlogo. Zenobio Valencia García. Asociación Educativa Teaching & Proyects Abroad TAPA PERÚ, Mgt. Tim de Winter. Asociación Ecosistemas Andinos - ECOAN, Biolg. Efraín Somochuallpa Solís y la población del Distrito de Huayopata en general. Dicho documento contiene los siguientes propósitos fundamentales:

• Evaluar el potencial turístico del ámbito de intervención teniendo en cuenta su oferta de existente, la demanda potencial las tendencias del mercado y principalmente las características o "vocación" del territorio.

• Identificar, evaluar y articular los recursos turísticos con mayor potencial identificados, para diseñar productos turísticos específicos en diferentes segmentos del mercado que atiendan la demanda potencial regional, nacional internacional con índices de calidad.

• Identificar y diseñar una propuesta viable para la implementación de una nueva ruta hacia el Santuario Histórico de Machu Picchu, teniendo como eje central el Antiguo Camino Inka que atraviesa longitudinalmente al Distrito de Huayopata, como estrategia de descongestionamiento del camino Inka Tradicional.

• Facilitar la elección de estrategias y medios de intervención apropiados a lo largo del proceso de desarrollo de atractivo - producto - destino turístico en el distrito de Huayopata.

• Definir las bases de una estrategia de desarrollo turístico que sea fruto de la cooperación y el diálogo entre la población y los diferentes agentes locales implicados.

Que, en octubre del 2012, el entonces Secretario Técnico de la Unidad de Gestión de Machupicchu, presentó ante la Dirección Regional de Comercio Exterior Turismo - DIRCETUR Cusco, la Propuesta Marco sobre Alternativa al Camino Inca en la ruta hacia Machupicchu "RUTA DEL TE" vialidad turística a desarrollarse en el ámbito del Distrito de Huayopata, con el objetivo de ser una alternativa al Camino Inca Tradicional en la Ruta al Santuario Histórico de Machupicchu, ruta localizada en el Distrito de Huayopata, valle de Amaybamba, componente de la zona Amortiguamiento del SHM y que limita con la zona rígida del SHM ubicada en el Distrito de Machu Picchu. "RUTA DEL TE" que en primera instancia parte desde el Abra Málaga, otro punto de partida seria la localidad de Huyro y un tercero se puede desde Huamanmarca. A dicha alternativa en conjunto denominaremos emblemáticamente como la "RUTA DEL TE", además que tiene otros recursos turísticos potenciales vinculados en este producto.

Que, ambos documentos técnicos debidamente refrendados en instancias técnicas competentes la desarrollo del distrito de Huayopata, hacia una actividad turísticas con carácter de sostenible y ordenada, hacia la operatividad controlada y fiscalizada por el municipio Distrital, no se pudo concretizar en su momento por falta de una iniciativa orgánica que parte de la comuna y pueblo de Huayopata en forma orgánica y legitimada, al amparo de las facultades legislativas otorgadas a la Municipalidad Distrital de Huayopata.

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Considerando que el Plan Maestro del Santuario Histórico de Machupicchu 2015-2019, ha sido aprobada por la Resolución Presidencial N°070-2015-SERNANP del 17 de Abril del 2015, y que dicho documento oficial destaca que este Plan Maestro del SHM, incluye múltiples aportes recogidos en los diversos talleres de socialización de su versión preHminar; así como también, aportes que se han alcanzado de forma escrita por algunos actores interesados en la mejora de la gestión del SHM; los aportes han permitido ampliar y/o considerar temas importantes siendo uno ellos el siguiente: La implementación de nuevas rutas o rutas alternas de ingreso al Santuario y a la Llaqta, aporte brindado por la Asociación de Operadores de Turismo de Aventura y Ecológica del Cusco - AOTEC, CONSETTUR, ONGs, pobladores de San Antonio de Torontoy, Wayllabamba e Intiwatana. Instancia donde autoridad edil ni la civilidad organizada de nuestro distrito, no han podido hacer llegar sus propuestas en relación a los objetivos del Plan Maestro en referencia los objetivos de la Planificación del Desarrollo de nuestro distrito, que como hemos explicado en rubro anterior por norma nos compete.

Que, el SERNANP en el Plan Maestro 2015-2019, mantienen las condiciones limítrofes de la zona Amortiguamiento del SHM, siendo que esto es así podremos apreciar la situación de los cuatro distritos involucrados en el área de las 39,592 Has, que ocupa la totalidad del SHM. En el mapa expuesto seguidamente que es parte del nuevo Plan Maestro, se puede apreciar claramente que la zona rígida, ocupa todo el distrito de Machu Picchu, que como es sabido conforme a la Ley N°2810, recibe el 10% déla recaudación captada por ingresos del parque arqueológico de Machupicchu. El distrito de Santa Teresa, también considerado Zona de Amortiguamiento gran parte, y que hoy por su condición vinculada a la cuenca del Vilcanota se ha convertido en el ACCESO OESTE al Santuario y su población como consecuencia del crecimiento de los fiujos turísticos y del monopolio de ingreso por vía férrea a la Llaqta de Machupicchu, se viene beneficiando notablemente, así como por los beneficios que implica el acceso por el camino inca Tradicional. Igualmente podemos apreciar que el distrito de Mollepata, considera en su relación con la zona de Amortiguamiento una pequeña fracción geográfica de su ámbito, sin embargo al igual que al mencionado, se beneficia por haber logrado un acceso adicional al Camino Inca Tradicional e igualmente por estar cerca al complejo Arqueológico de Choquequirao. Sin embargo como se puede apreciar en el mapa objeto del presente acápite, el distrito de Huayopata, prácticamente ha otorgado la totalidad de su territorio en beneficio de la zona de Amortiguamiento, y por el contrario a los demás distritos involucrados, no se beneficia en nada, no solo de su cercanía sino de ser parte importante del SHM y que además esa condición pone restricciones para una planificación autónoma en términos económicos y turísticos. Presentarnos a continuación la graficación de lo sostenido sobre la Zona de Amortiguamiento.

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Que, ante la inercia de las autoridades ediles pasadas en nuestro distrito y de las anteriores y ctuales de los diferentes niveles de gobierno, nuestro pueblo busco su propia iniciativa, es asi que, en

^ 1 mes de setiembre del 2011 un grupo de jóvenes expedicionarios promovidos por al Municipalidad de "uayopata manifestaron haber "descubierto" un nuevo camino inca que conduce a la ciudadela de Machupicchu. Los integrantes de esta expedición fueron: José Carrasco Condori, Jaime Chumpi Farfán, Domingo Aramburu Guillen, santos Alvarez Roca, Franklin Condori Ramírez, José Alonso del Solar Cruz, Miguel Angel Huamani Gonzales, Gualberto Costello, Luis tapia Galindo, Alex Gayoso Hualla y Juan Carlos Montesinos Chochoca. De igual forma un grupo de ciudadanos huayopatinos por iniciativa propia, siguieron dicha huella y emprendieron el 28 de agosto del 2013 otra expedición que esta vez estuvo compuesta por: José Oscar Apaza Acosta, Juan Valderrama Villasante, Emilio Gamarra Rúa, Reyner Candía Luna, Edgar Solano León y Juan santa cruz Aranzabal. Todos estos esfuerzos y otras actividades menores a favor de construir la alternativa turística de nuestro distrito, han quedado en el camino por falta de un ente articulador que le otorgue a nuestro distrito un punto de inflexión ante esta tendencia, que como se puede apreciar se viene arrastrando por varios años. Lejos estamos de fortalecer siquiera el desarrollo incipiente de la actividad turística que ya se ha iniciado en nuestro distrito, siempre por iniciativa propia y el apoyo de inversión limitada por la escasez de nuestros recursos económicas como Municipio, siendo asi corremos el riesgo de perder todo el esfuerzo de inversión de muchos huayopatinos, en la esperanza de mejorar su condición de vida mediante el otorgamiento de servicios turísticos, vinculados a los vastos recursos que tenemos en nuestro ámbito distrital y cercanía al SHM.

Todo lo expuesto en síntesis, hace necesaria la creación de un espacio de participación y concertación para la población representada adecuadamente y de sus autoridades al servicio de sus desarrollo y que siendo importante reconocer que la zona de amortiguamiento del Santuario Histórico de Machupicchu, debe permitir un manejo integrado de los ecosistemas comprendidos, principalmente por las micro cuencas hidrográficas inmediatas al SHM que conforman ecosistemas importantes, con necesidades de intervención y conservación porque brindan importantes servicios eco sistémicos en beneficio de las poblaciones asentadas en este ámbito, el espacio a generar debe respetar este y otros aspectos relacionados al aspecto cultural, su conservación, mantenimiento y protección dentro de un concepto de turismo sostenible que tiene que ser el eje principal de la instancia que se propone generar desde la iniciativa de la Municipalidad Distrital de Huayopata.

Estando a lo expuesto en el uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo establecido en los contenidos expuestos dentro del marco de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972; y otras normas como:

• Ley 28611 - Ley General del Ambiente. • Ley 24047, Ley General del Amparo al Patrimonio Cultural de la nación y su ampliatoria Ley

N2 24193. • Decreto Supremo 160-77-AG, Reglamento de la Unidades de Conservación de Flora y Fauna

Silvestres. • Ley Ne 26834, Ley de Areas Naturales protegidas, emitida el 17/06/1997 • Decreto Supremo U- 001-81-AA, Creación del Santuario Histórico de Machupicchu. • Decreto legislativo N- 1013 que aprueba la Ley de Creación, organización y funciones del

ministerio del Ambiente publicado el 06 de diciembre del 2008. • Decreto Supremo 004-2010-MINAN, que precisa la obligación de solicitar opinión técnica

previa vinculante en defensa del patrimonio natural de las Áreas naturales Protegidas. • Decreto Supremo N- 08-2009-MINAM, que aprueba las disposiciones para la elaboración de los

Planes Maestros de las Áreas naturales Protegidas. • Ley N- 29565 mediante la cual se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder

Ejecutivo rector en materia de cultura, publicado el 22 de Julio del 2010.

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Decreto Supremo 003-2011-MC, que modifica la conformación de la unidad de gestión del Santuario Histórico de Machupicchu -UGM. Las disposiciones contenidas en el artículo 82, inciso 12 de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y el artículo 47 de la Ley N- 27867 modificada por la Ley N- 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, entidades que según estas normas mantienen competencias compartidas en materia de patrimonio cultural y natural con los entes competentes del Estado. Ley 29408 - Ley General de Turismo.

Con el voto unánime de los señores regidores MUNICIPAL, en los términos siguientes.

se ha aprobado la siguiente ORDENANZA

Articulo 1 2 . - CRÉASE el Comité de Gestión Turística del distrito de Huayopata (COGETU -HUAYOPATA) como instrumento que permite el desarrollo del turismo, la conservación, mantenimiento y protección de los recursos culturales y naturales que se encuentran en el ámbito del distrito, dentro de un concepto de turismo sostenible que tiene que ser el eje principal de la instancia a implementar.

Articulo 2-.- AUTORIZAR al Consejo Municipal para que nombre a un regidor responsable de la implementación del Comité de Gestión Turística del distrito de Huayopata (COGETU -HUAYOPATA), estableciendo para tal efecto las debidas acciones pertinentes en relación al personal estable del municipio y a quienes se deba recurrir para que se concrete al plazo más breve posible la presente Ordenanza.

Articulo 3-.- PRESENTAR en el corto plazo en una sesión extraordinaria, la propuesta de reglamento interno del Comité de Gestión Turística del distrito de Huayopata (COGETU -HUAYOPATA) en el marco de los considerandos de la presente ordenanza y otros que pudieran presentarse dentro de la implementación de la instancia efecto de la presente ordenanza, a fin de que sea aprobado por el Consejo Municipal del distrito de Huayopata, considerando que conforme a Ley, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.

PORTANTO

REGÍSTRESE, PÚBLIQUESE Y MPLASE. lYOPATA

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