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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO "Año de la Consolidación del Mar de Gmu" / RESOLUCION DE ALCALDIA N°0125-2016-MDPN - Pueblo Nuevo, 11 Abril 2016. EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUmClPAUDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO: VISTO: El Expediente N°oioos de fecha ij Marzo 2016, presentado por el Contratista PROANSA SAC, representado por su Gerente General Sr. Carlos Gómez Bernilla, Informe N°ijO'20i6-DDlYDU-MDPN de fecha 28 Marzo 2016 e Informe N°2ii-2oi6-DDUl-MDPN de fecha 11 Abril 2016, emitidos por el Jefe de la División de Infraestructura y Desarrollo Urbano, con el que se tramita la liquidación de la obra "Instalación del Servicio de Electrificación en la Planta de Bombeo de Aguas Residuales del CP Catalina, Distrito de Pueblo Nuevo - Chepén - La Libertad", e Informe de Asesoría Jurídica N°oso-20i6-MDPN/AJ-LFP de fecha 04 Abríl 2016 emitido por el Asesor Jurídico, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el - Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27gy2, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y dicha autonomía concede la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, conforme a lo establecido por los artículos 6°y 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2-¡gj2, la Alcaldía es el órgano ejecutivo del Gobierno Local, el Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 43° de la referida ley, las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo. * Que, mediante Resolución de Alcaldía N°02S4-20i§-A/MDPN de fecha 14 Julio 2015, se Aprobó el Expediente Técnico "Instalación del Servicio de Electrificación en la Planta de Bombeo de Aguas Residuales del CP Catalina, Distrito de Pueblo Nuevo - Chepén - La Libertad" con código SNIP 322208, por un monto de 5/86,631.66 soles. Que, con la suscrípción del Contrato N°oo2-2oi¡-CEP/MDPN de ejecución de la Obra "Instalación del Servicio de Electrificación en la Planta de Bombeo de Aguas Residuales del CP Catalina, Distrito de Pueblo Nuevo - Chepén - La Libertad" de fecha 25 Octubre 2015; la empresa CONTRATISTA "PROANSA S.A.C", representada por su Gerente General Sr. Carlos Asteria Gómez Bernilla, se obliga frente a la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, a ejecutar la citada obra, por el monto de 5/ 86,631.66 (Ochenta y seis mil Seiscientos treinta y uno con 66/100 Soles), con un plazo contractual de sesenta (60) días calendarios, plazo que se computo a partir del 29 Octubre 2015, culminándose el 28 Diciembre 2015, conforme a lo descrito en la ficha técnica adjunta a la liquidación de obra. Que, mediante Resolución de Alcaldía N°oo3-2oi6-MDPN de fecha 08 Enero 20i6se designa al Comité de Recepción de la obra en mención. , . Que, mediante informe N°ijo-2oi6-DDIYDU-MDPN; el Jefe de Infraestructura y Desarrollo Urbano emite informe de conformidad de Liquidación y recomienda sea aprobado por Acto Resolutivo, y se proceda a la devolución del 10% por concepto de garantía de fiel cumplimiento a favor del Contratista, y mediante Informe de Asesoría Jurídica N°o¡o-20i6-MDPN/AJ-LFP, se devuelve el Informe antes Indicado, afín de que sea subsanado y se informe detalladamente respecto a o¡ puntos. Que, mediante informe N°2ii-2oi6-DDUl-MDPN, se da respuesta al Informe de Asesoría Jurídica, señalando que el Contratista ha procedido a levantar las observaciones hechas por su jefatura mediante Carta N°oo6-2oi6-DDYDU/MDPN, así mismo indica que el Acta de Recepción y la Liquidación de obra se encuentran dentro de los plazos establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Dec. Leg. N°ioiy y su reglamento Dec. Sup. N°i84-20o8-EF; anexando a dicho Informe un cuadro comparativo entre el metrado del Expediente Técnico y el Metrado Ejecutado, donde se evidencia que coincide en su totalidad. .' Calle Arco 301 Telf.: 044 - 574040 E-mail: [email protected] •á

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVOmunipueblonuevo-chepen.gob.pe/pdf/res125.pdf · Que, el inciso j.2 del Art. 7° del Decreto Supremo 15J-2002-EF, Reglamento de la Ley del Sistema

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO "Año de la Consolidación del Mar de Gmu"

/ RESOLUCION DE ALCALDIA N°0125-2016-MDPN

• - Pueblo Nuevo, 11 Abril 2016.

EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUmClPAUDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO:

VISTO:

El Expediente N°oioos de fecha ij Marzo 2016, presentado por el Contratista PROANSA SAC, representado por su Gerente General Sr. Carlos Gómez Bernilla, Informe N°ijO'20i6-DDlYDU-MDPN de fecha 28 Marzo 2016 e Informe N°2ii-2oi6-DDUl-MDPN de fecha 11 Abril 2016, emitidos por el Jefe de la División de Infraestructura y Desarrollo Urbano, con el que se tramita la liquidación de la obra "Instalación del Servicio de Electrificación en la Planta de Bombeo de Aguas Residuales del CP Catalina, Distrito de Pueblo Nuevo - Chepén - La Libertad", e Informe de Asesoría Jurídica N°oso-20i6-MDPN/AJ-LFP de fecha 04 Abríl 2016 emitido por el Asesor Jurídico, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Art. 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el -Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27gy2, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y dicha autonomía concede la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, conforme a lo establecido por los artículos 6°y 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2-¡gj2, la Alcaldía es el órgano ejecutivo del Gobierno Local, el Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 43° de la referida ley, las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo.

*

Que, mediante Resolución de Alcaldía N°02S4-20i§-A/MDPN de fecha 14 Julio 2015, se Aprobó el Expediente Técnico "Instalación del Servicio de Electrificación en la Planta de Bombeo de Aguas Residuales del CP Catalina, Distrito de Pueblo Nuevo - Chepén - La Libertad" con código SNIP 322208, por un monto de 5/86,631.66 soles.

Que, con la suscrípción del Contrato N°oo2-2oi¡-CEP/MDPN de ejecución de la Obra "Instalación del Servicio de Electrificación en la Planta de Bombeo de Aguas Residuales del CP Catalina, Distrito de Pueblo Nuevo - Chepén - La Libertad" de fecha 25 Octubre 2015; la empresa CONTRATISTA "PROANSA S.A.C", representada por su Gerente General Sr. Carlos Asteria Gómez Bernilla, se obliga frente a la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, a ejecutar la citada obra, por el monto de 5/ 86,631.66 (Ochenta y seis mil Seiscientos treinta y uno con 66/100 Soles), con un plazo contractual de sesenta (60) días calendarios, plazo que se computo a partir del 29 Octubre 2015, culminándose el 28 Diciembre 2015, conforme a lo descrito en la ficha técnica adjunta a la liquidación de obra.

Que, mediante Resolución de Alcaldía N°oo3-2oi6-MDPN de fecha 08 Enero 20i6se designa al Comité de Recepción de la obra en mención. , .

Que, mediante informe N°ijo-2oi6-DDIYDU-MDPN; el Jefe de Infraestructura y Desarrollo Urbano emite informe de conformidad de Liquidación y recomienda sea aprobado por Acto Resolutivo, y se proceda a la devolución del 10% por concepto de garantía de fiel cumplimiento a favor del Contratista, y mediante Informe de Asesoría Jurídica N°o¡o-20i6-MDPN/AJ-LFP, se devuelve el Informe antes Indicado, afín de que sea subsanado y se informe detalladamente respecto a o¡ puntos.

Que, mediante informe N°2ii-2oi6-DDUl-MDPN, se da respuesta al Informe de Asesoría Jurídica, señalando que el Contratista ha procedido a levantar las observaciones hechas por su jefatura mediante Carta N°oo6-2oi6-DDYDU/MDPN, así mismo indica que el Acta de Recepción y la Liquidación de obra se encuentran dentro de los plazos establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Dec. Leg. N°ioiy y su reglamento Dec. Sup. N°i84-20o8-EF; anexando a dicho Informe un cuadro comparativo entre el metrado del Expediente Técnico y el Metrado Ejecutado, donde se evidencia que coincide en su totalidad. • .'

Calle Arco 301 Telf.: 044 - 574040 E-mail: [email protected]

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Que, el Contratista PROANSA S.A.C, mediante Expediente N°oioo2 hace llegar las observaciones ubsanadas de la Liquidación de Obra: "Instalación del Servicio de Electrificación en la Planta de Bombeo

de Aguas Residuales del CP Catalina, Distrito de Pueblo Nuevo - Chepén - La Libertad"

Que, el Artículo 211° del Reglamento déla Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con D.S N° 184-2008- EF, establece que el contratista presentará la liquidación debidamente sustentada con la documentación y cálculos detallados, dentro de un plazo de sesenta (60) días o el equivalente a un décimo (1/10) del plazo vigente de ejecución de la obra, el que resulte mayor, contado desde el día siguiente de la recepción de la obra. Dentro del plazo máximo de sesenta (60) días de recibida, la Entidad deberá pronunciarse, ya sea observando la liquidación presentada por el contratista o, de considerarlo pertinente, elaborando otra, y notificara al contratista para que este se pronuncie dentro de los quince (15) días siguientes, de no hacerlo, se tendrá por aprobada la liquidación con las observaciones formuladas, en ese mismo sentido en el tercer párrafo, del artículo citado, se precisa que la liquidación quedará consentida cuando, practicada por una de las partes, no sea observada por la otra dentro del plazo establecido.

Que, el inciso j.2 del Art. 7° del Decreto Supremo 15J-2002-EF, Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; prescribe que la Unidad Ejecutora es cualquier órgano o dependencia de las Entidades, a que se refiere el artículo 1° de la presente norma, con capacidad legal para ejecutar proyectos de Inversión Pública de acuerdo a la normatividad presupuestal vigente. Es la responsable de la elaboración del expediente técnico, la ejecución y la evaluación ex post.

Que, el numeral3.1 de la Resolución de Contraloría General N°320-2006-CG, que aprueba normas de Control Interno, en lo referente a los Procedimientos de autorización y aprobación, señala en su comentario N°oi, que la autorización para la ejecución de procesos, actividades o tareas debe ser realizada sólo por personas que tengan el rango de autoridad competente, "(..) Los procedimientos de aprobación deben estar documentados y ser claramente comunicados a los funcionarlos y servidores públicos".

Que, de la revisión de la documentación que obra en autos, se evidencia, que concurren los presupuestos, para la aprobación del expediente de la*liquidación del contrato de ejecución de la obra citada precedentemente, máxime, que cuenta con la CONFORMIDAD del Jefe de la División de Infraestructura y Desarrollo Urbano, consecuentemente, es pertinente la aprobación del acto resolutivo correspondiente.

Por los considerandos expuestos, y de conformidad con lo prescrito en el Inc. 6 del Art. 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972.

SE RESUELVE:

ARTICULO 1°: APROBAR, la Liquidación del Contrato de Ejecución de la Obra "instalación del Servicio de Electrificación en la Planta de Bombeo de Aguas Residuales del CP Catalina, Distrito de Pueblo Nuevo - Chepén - La Libertad"por el monto de S/86,631.66 (Ochentay seis mil Seiscientos treinta y uno con 66/100 Soles), conforme a las consideraciones señaladas en la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- FACULTAR, al área de Tesorería, realice la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, equivalente al 10% del monto del Contrato de Ejecución de la Obra N°oo2-20is/MDPN.

ARTÍCULO 3°.- COMUNICAR, al área de Contabilidad, a fn de que realice el registro contable en su cuenta contable definitiva, del monto de la liquidación de la obra ascendente a S/86,631.66, y ala Oficina de Abastecimiento el registro en el SEACE conforme a las disposiciones vigentes.

ARTÍCULO 4°.- ENCARGAR, a Secretaria General, la notificación de la presente Resolución, al Contratista "PROYECTOS ANDINOS 5AC (PROANSA S.A.C.)", representada por su Gerente General Sr. Carlos Asteria Gómez Bernilla, asimismo a Gerencia Municipal, Administración y Finanzas, Tesorería, Contabilidad e Infraestructura y Desarrollo Urbano, el cumplimiento de la presente Resolución.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y ARCHIVESE. Ce é Alcaidía Asesoría jurídica Administración y Finanzas Tesorería Contabilidad Infraestructura y Desarrollo Urbano Contratista.

AlCAtüE t iStíHWl

Calle Arco 301 Telf.: 044 - 574040 E-mail: mumcipalidad_dpn@outlook. com