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090 - 2018-GRSM-PEHCBM/GG Tarapoto, 13 de abril de 2018 VISTO: -—J3JnforMe-M^.6í^018^RSM4iFHCRM/D.Q., de^fe€fta-12~-de abril de!-2018, dcl- de Obras del Proyecto Especial Hualiaga Central y Bajo Mayo, que solicita la emisión de olucíón para aprobación de Liquidación de Contrato de Ejecución de ¡a Obra: "Mejoramiento Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de ¡a Ciudad de Juanjuí, y; 'CONSIDERANDO: ' 'Que, mediante Resolución Ejecutva Regional N ° 560-2011-GRSM/PGR, de fecha 14.04.2011, se aprobó el Expediente Técnico de la Obra: "Mejoramiento del sistema de Agua Potable y Alcantarillado de ¡a Ciudad de Juanjui", por el monto de S/. 56'201,259.70 nuevos oles, y un plazo de ejecución de 720 días calendario, para ser ejecutado bajo fa modaHflad de ecución prc6C/pc/cüí¿]n"j por Que, mediante Corto QQ2-2Q18-CONSORCIO AGUAS DE SAN MARTIN, ríe 02 de marzo del 2018, recepcionado el 05 de marzo del mismo año, el representante legal del Consorcio Aguas de San Martín, remite a! Gerente General de! PEHCBM el Expediente de Liquidación de Contrato de Ejecución de obra N°Q76-2011-PEHCBM/PS: 'Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de io ciudod de Juanjui", debido a que se emitió Laudo Arbitra! que absuelve las controversias sometidas entre el PCHCBM y el CONSORCIO Aguas de San artín y cumpliendo con recepcionar la obra en su debida oportunidad. Que, mediante Informe 096-2018-GRSM-PEHCBM/DO-LDELCPM, de 'fecha 09 de abril de 2018, el Jefe de! Área de Supervisión y Liquidación de Obras, manifiesta ío siguiente: - Los montos presentados por el Contratista para efectos dei Cálculo de ¡a Liquidación fueron observados, debido a que los metrados considerados por e! contratista han incluido mctrados de trabajos "no ejecutados", por ¡o que se deducen ¡as valorizaciones por concepto de instalación de medidores en el Sector 1,2, 3 y 5; por et monto "no ejecutado" que asciende a S/ 30,285.53. Por ¡o que se modifica e! resumen de metrados correspondientes a MicromedJción, en consecuencia, que esta partida no fue ejecutada y no debe ser valorizada; ¡a misma que tampoco se encuentra asociada a ningún deductivo de obra. Asimismo, existen errores en las hojas de cálculo presentadas. -Cabe señalar, además, que con fecha 07 de agosto de! 2014, el Consorcio Aguas de San Martin y e! Almacenero del PEHCBM, suscriben Acia de entrega de 6,508 medidores de agua para conexión domiciliaria, para su custodia e instalación por parte de la entidad cuando crea necesario; esto como medida de ambas partes, de salvaguardar la inversión debido a que la Contratista había instalado algunos medidores y que los mismo fueron sustraídos.

N° 090 2018-GRSM-PEHCBM/GG Tarapoto, 13 de abril de 2018 · ¡o que se modifica e! resumen de metrados correspondientes a MicromedJción, en consecuencia, que esta partida no fue

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N° 090 - 2018-GRSM-PEHCBM/GGTarapoto, 13 de abril de 2018

VISTO:-—J3JnforMe-M^.6í^018^RSM4iFHCRM/D.Q., de^fe€fta-12~-de abril de!-2018, dcl-

de Obras del Proyecto Especial Hualiaga Central y Bajo Mayo, que solicita la emisión deolucíón para aprobación de Liquidación de Contrato de Ejecución de ¡a Obra: "MejoramientoSistema de Agua Potable y Alcantarillado de ¡a Ciudad de Juanjuí, y;

'CONSIDERANDO:

' 'Que, mediante Resolución Ejecutva Regional N ° 560-2011-GRSM/PGR, defecha 14.04.2011, se aprobó el Expediente Técnico de la Obra: "Mejoramiento del sistema deAgua Potable y Alcantarillado de ¡a Ciudad de Juanjui", por el monto de S/. 56'201,259.70 nuevos

oles, y un plazo de ejecución de 720 días calendario, para ser ejecutado bajo fa modaHflad deecución prc6C/pc/cüí¿]n"j por

Que, mediante Corto N° QQ2-2Q18-CONSORCIO AGUAS DE SAN MARTIN, ríe02 de marzo del 2018, recepcionado el 05 de marzo del mismo año, el representante legal

del Consorcio Aguas de San Martín, remite a! Gerente General de! PEHCBM el Expediente deLiquidación de Contrato de Ejecución de obra N°Q76-2011-PEHCBM/PS: 'Mejoramiento delSistema de Agua Potable y Alcantarillado de io ciudod de Juanjui", debido a que se emitió LaudoArbitra! que absuelve las controversias sometidas entre el PCHCBM y el CONSORCIO Aguas de San

artín y cumpliendo con recepcionar la obra en su debida oportunidad.

Que, mediante Informe N° 096-2018-GRSM-PEHCBM/DO-LDELCPM, de'fecha 09 de abril de 2018, el Jefe de! Área de Supervisión y Liquidación de Obras, manifiesta íosiguiente:- Los montos presentados por el Contratista para efectos dei Cálculo de ¡a Liquidación fueronobservados, debido a que los metrados considerados por e! contratista han incluido mctrados detrabajos "no ejecutados", por ¡o que se deducen ¡as valorizaciones por concepto de instalación demedidores en el Sector 1,2, 3 y 5; por et monto "no ejecutado" que asciende a S/ 30,285.53. Por¡o que se modifica e! resumen de metrados correspondientes a MicromedJción, en consecuencia,que esta partida no fue ejecutada y no debe ser valorizada; ¡a misma que tampoco se encuentraasociada a ningún deductivo de obra. Asimismo, existen errores en las hojas de cálculopresentadas.

-Cabe señalar, además, que con fecha 07 de agosto de! 2014, el Consorcio Aguas de San Martiny e! Almacenero del PEHCBM, suscriben Acia de entrega de 6,508 medidores de agua paraconexión domiciliaria, para su custodia e instalación por parte de la entidad cuando creanecesario; esto como medida de ambas partes, de salvaguardar la inversión debido a que laContratista había instalado algunos medidores y que los mismo fueron sustraídos.

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/V° Q9Q - 2018-GRSM-PEHCBM/GGTarapoto, 13 de abril de 2018

El laudo arbitra! indica que se deben pagar por concepto de mayores gastos generalesvariables la suma de S/. 65,149.04 (incluye reajuste); sin embargo, al realizar el cálculomatemático, el monto resultante por concepto de Mayores Gastos Generales Variables esde S/. 65,149.06; en base a esto, /os; intereses legales calculados ascienden a S/.7,206.79 (Siete Mil Doscientos Seis con 79/100 So/es), considerado desde el

.02/12/2013 {fecha _en Ja que se.soliciía arbitrajej^o Respecto a los gastos 'arbitrales y costos generados por ¡a tramitación de! Proceso Arbitral,

la Entidad debe efectuar la "devolución", del monto ascendente a S/. 18,500.00; losmismo que se encuentran debidamente acreditados a través de Voucher o Recibido delpago adjuntando en el Expediente de Liquidación presentado por el Contratista ubicadoen el Tomo II, folio N°532 y 535.

o Por lo tanto, el monto a pagar por este concepto asciende a S/.90,S55.85 (Noventa MilOchocientos Cincuenta y Cinco con 85/100 Soles) y queda definido de acuerdo al cuadroN°02: Montos correspondientes por laudo arbitral, adjunto al presente informe.

-Teniendo en cuenta el Expediente de Liquidación de Contrato de Ejecución de Obra, presentadapor ia Contratista, está observada, la Entidad, a través de ASLO,producto de ia elaboración de lanueva Liquidación del Contrato de Obra, el cual incluye e! monto total del Laudo Arbitral, ha

btenido que e! Costo Final de Obra asciende a S/ 50'794,250.07 (Cincuenta MillonesSetecientos Noventa y Cuatro Mil Doscientos Cincuenta -con 07/100 Soles) exonerado de la^aplicación de IGV.

¿Respecto a los pagos a cuenta, la información presentada por/a Contratista, difiere con el ReponeSIAF de la Entidad, respecto al detalle descrito en el Expediente de Liquidación de Obra de iaContratista - Tomo II - Folio 504 al 506, debido a que consigna !a deducción por el monto de S/.-3,533.87 de -la Valorización N°26 del Contrato Principal, el mismo que fue registrado a manerade control de valorizaciones presentadas, pero que sin embargo este monto no fue deducido paraefectos de "pago"; siendo el monto acumulado por concepto -de pagos a cuenta realizados la sumadeS/. 50 '704,221.16, de acuerdo al cuadro A/°03: Montos Liquidación de Contrato de Ejecuciónde Obra adjunto al informe.

-El monto correspondiente al saldo a pagar por la liquidación de contrato de obra, a favor de laContratista, asciende a S/.90f028.91.

CONCLUSIONES: Habiéndose emitido el laudo arbitral, se lían iniciado los plazo de la etapa deliquidación de obra; por lo que, el Contratista ha presentado, con fecha 05/03/2018, suexpediente de Liquidación de Contrato de Obra en el que determinó que el Costo Final de la Obraes S/.50'S36,322.S4; como monto pagado S/. 50TOO/6S7.29 y como saldo a favor a favor elmonto de S/. 135,635.55.

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GOBIERNO REGIONAL SAN MARTIN'

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Tarapoto, 13 de abril de 2018

el

-Después de realizar la revisión correspondiente, se han encontrado observaciones en e!expediente de la Liquidación de Contrato de Obra presentado por e! Contratista como haber~oñsiúefado~ o ^ald7izodd~la~''pártTda^cie instalación de medidores, la que no fue ejecutada,pimísmo, presenta errores en ¡as hojas de cálculo que se resaltan en e! expediente presentado.

7 Área de Supervisión y Liquidación de Obras, al haberse observado el Expediente de LCO-esentado por el Contratista, ha procedido a elaborar los cálculos correspondientes y ha obtenidonuevo monto d$ la Liquidación de Contrato de Obra, el cual incluye el monto total del Laubo

Arbitral, para el cual se tiene en cuenta la documentación presentada, el COSTO FINAL CONTRATODE OBRA -asciende a S/.5Q'-794,25Q.{)7 So/es, 1os pagos efectuados -al-contratista'por'todoconcepto ascienden a S/. 50'704,221.1G Soles, el saldo, a favor del Contratista, asciende aS/.90,O28.91 soles, de acuerdo a! cuadro N°04: Resumen de Liquidación de Contrato deejecución de Obra para ¡a Entidad.

Adjunta a! presente informe el cuadro N° 05: Estructura del monto final de Liquidación de Contratoe Ejecución de Obra.

-El Contratista "Aguas de San Martín", no ha incurrido en atrasos en sus obligacionescontractuales, por lo que, en la presente Liquidación no procede /a aplicación de penalidades porningún concepto.

, Por lo que, recomienda: Declarar observada ¡a Liquidación de Contrato de Obra presentado por el^•Contratista; asimismo, aprobar mediante acto resolutivo, la Liquidación Total de Contrato de Obra,

^y>ore/ monto-de S/. 50'794,250.07 soles exonerado de! !GV, los pagos efectuados a! contratista/RAS'' 5/)br todo concepto ascienden o S/. 50'704,221.16 soles; con un saldo a favor del Contratista

^konsor-cio Aguas de San Martín de S/. 90,028.91 soles exonerado de IGV.

Que, mediante el documento del visto, ef Director de Obras, manifiesta quede acuerdo a ¡os antecedentes que lo han generado y de! análisis efectuado, su Direccióncomparte ¡os criterios hechos por el Jefe de! Área de Supervisión y liquidación de Obras, por Jo querecomienda aprobar la liquidación de contrato de ejecución de ¡a obra: "Mejoramiento del sistemade Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de Juanjui", el cual Incluye el monto total del LaudoArbitral a favor del Contratista por S/. 50'794,25Q.07 soles, con un saldo a favor del ContratistaConsorcio Aguas de San Martín de S/. 90,028.91 soles exonerado de IGV.

Con la facultad concedida en ¡a Resolución Ejecutiva Regional N° 566-2016-GRSM/GR, del 31 de Agosto del 2016, ratificado con Resolución Ejecutiva Regional N ° 065-2017-GRSM/GR, del 05.01.2017 y Resolución Ejecutiva Regional N° 022-2018-GRSM/GR, del03.03.2038, y con las visaciones de ¡a Oficina de Asesoría Legal y ¡a Dirección de Obras.

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GOBIERNO REGIONAL SAN MARTIN

Resolución GerencialNG 090 - 2018-GRSM-PEHCBM/GG

Tara poto, 13 de abril de 2018

SE RESUELVE:3.~ Declarar "Gbservada~1a~~tiquidación deí Contra'tD" de tje~cudón de Obra:

Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillada de la Ciudad de Juanjui"t presentadaContratista Consorcio Aguas de San Martín.

-wfttculo segundo.- Aprobarla Liquidación Total del Contrato de Ejecución de Obra: "MejoramientoSistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de Juanjui", efectuada por la entidad,

efectuM0??!"Contratista, período concepto, ascienden a S/,50'704,221.1'6Soles, ejecutada bajo la modalidadde contrata, que consta en la documentación que anexo forma parte de la presente resolución,con un saldo a favor del Contratista Consorcio Aguas de San Martín, de S/. 90,028.91 solesexonerado de IGV, según cuadro resumen:

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C O S 3 Í RN'O REG'JONAÍ SAN MARTÍN'

/V° 090 - 2018-GRSM-PEHCBM/GGTarapoto, 13 de abril de 2018

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Tarapoto, 13 de abril de 2018

Regístrese y Comuniqúese