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SECRETARÍA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE (SERNA) CENTRO DE ESTUDIOS Y CONTROL DE CONTAMINANTES (CESCCO) PROPUESTA NACIONAL EJECUTIVA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL RETC EN HONDURAS AGOSTO 2012 1

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SECRETARÍA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE (SERNA)CENTRO DE ESTUDIOS Y CONTROL DE CONTAMINANTES

(CESCCO)

PROPUESTA NACIONAL EJECUTIVA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL RETC EN HONDURAS

AGOSTO 2012TEGUCIGALPA, M.D.C.

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Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA)Dr. Rigoberto Cuellar/ Ministro SERNA

Ing. Jonathan Lainez/ Vice Ministro SERNA2

El Proyecto “Implementación del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes en Honduras” fue ejecutado por el Centro de Estudios y Control de Contaminantes de la Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente a través del Proyecto para el Fortalecimiento de las Capacidades Nacionales de Gestión y Reducción de las Emisiones de COPs en Honduras (COPs2), con el apoyo de la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de España (MARN) y asistencia técnica del Instituto de las Naciones Unidas para la Investigación (UNITAR).

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Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO)Dr. Victor Manuel Meléndez/ Director del CESCCO/Proyectos COPs2-SAICM-RETCDra. Ana Gabriela Ramírez/ Coordinadora Departamento Gestión de Sustancias

Químicas

Unidad Coordinadora del ProyectoLic. Sara Ávila Rodríguez/ Coordinadora Nacional Proyecto COPs2-SAICM-RETC

Ing. Pablo Ricardo Rodríguez/ Sub-Coordinador Proyecto COPs2Ing. Marcia Cecilia Suazo / Asistente Técnico Proyecto RETC

Dra. Mirtha Lisset Ferrary/ Proyecto COPs2

ConsultoresLic. Dilia Irasema Montoya/ Consultora

Ing. Juan Gerardo Paz/Consultor

Elaboración Ing. Marcia Cecilia Suazo / Asistente Técnico Proyecto RETC

ABREVIATURAS AHM: Asociación Hondureña de Maquiladores

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ANAMIMH: Asociación Nacional de Minería Metálica y no Metálica de Honduras.ANDI: Asociación Nacional de IndustrialesCESCCO-SERNA: Centro de Estudios y Control de Contaminantes-SERNACHEDES: Consejo Hondureño para Desarrollo Empresarial SosteniblesCOHEP: Consejo Hondureño de la Empresa PrivadaDECA-SERNA: Dirección de Evaluación y Control AmbientalDEI: Dirección Ejecutiva de IngresosDGE-SERNA: Dirección General de Energía-SERNAICF: Instituto de Conservación Forestal.INE: Instituto Nacional de EstadísticaCCIT: Cámara de Comercio e Industria de TegucigalpaSAG: Secretaria de Agricultura y GanaderíaSESAL: Secretaría de SaludSIC: Secretaria de Industria y Comercio SINIA-SERNA: Sistema Nacional de Información Ambiental-SERNASOPTRAVI: Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda.UNAH: Universidad Autónoma de HondurasUNICAH: Universidad Católica de HondurasUNITEC: Universidad Tecnológica de HondurasUPEG-SERNA: Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión.

AGRADECIMIENTOS Agradecemos a las personas que colaboraron directamente en la elaboración de la Propuesta Nacional Ejecutiva para la Implementación del RETC en

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Honduras, en especial a los miembros del Comité RETC por sus aportes y apoyo continuo:

Antonio Bacci, ANAMIMH Arely Maldonado, CHEDES Carlos Aguilera, UPEG-SERNA Carlos Thompson, UPEG-SERNA Danelia Sabillon. LAFFARGE CEMENTOS David Pineda, UNAH Emilio Medina, UNITEC Fernando Zepeda, ICF Geraldina Suazo, SESAL Gina Kawas, ANDI Guadalupe Nuñez, UNAH Helui Castillo, COHEP Ernesto Eguiguren, DECA-SERNA Dilia Irasema Montoya, UNAH Isis Midence, ANDI Javier Romero, ANAMIMH Jorge Bueso, Cementos del Norte Karen Araujo, SAG Karla Sierra, AHM Katania Sierra, CESCCO-SERNA Laura Rivera Carbajal, DEI Leon Rojas, SINIA-SERNA Lesly Andara, DGE-SERNA Luisa Canales, DECA-SERNA Marcia Lopez, SOPTRAVI Marco Tulio Calix, CESCCO-SERNA Martha E. Mendoza, UNAH Mary Leiva, CENOSA Miguel Valeriano, SINIA-SERNA Mirtha Ferrary, UNICAH Nelson Bendeck, CCIT Olga Sarina Murillo, DEI Oscar Iglesias, COHEP Rafael Oliva Gonzales,INE Rolando Zuniga, SIC

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Un especial agradecimiento al COHEP por su participación activa en este proceso de consulta, al CNP+L-CEHDES y AHM por el apoyo brindado en el acercamiento al sector industrial.

A los consultores Dilia Irasema Montoya y Gerardo Paz por su dedicación y compromiso con el Sistema RETC Honduras.

A los expertos en RETC Luis Sanchez Catano, Iñigo de Vicente Mingarro y Vera Barrantes.

CONTENIDO DEL DOCUMENTOPag.

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RESUMEN EJECUTIVO 91. INTRODUCCIÓN 191.1. Generalidades de un Registro de Emisiones y Transferencia de

Contaminantes.21

1.2. Beneficios de la Implementación de un RETC 221.3. Experiencia Internacional 23

2. METAS DEL SISTEMA RETC NACIONAL. 24

3. IMPLEMENTACIÓN LEGAL DEL SISTEMA RETC NACIONAL. 263.1. Legislación nueva y existente bajo la cual el Sistema RETC

operara.26

3.2. Requerimientos de reporte a ser modificados o integrados en el esquema de reporta al RETC.

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3.3. Propuesta de Reglamento para la Implementación del RETC en Honduras.

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4. REQUERIMIENTOS DE REPORTE PARA FUENTES PUNTUALES DE EMISIONES.

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4.1. Definición de Términos Técnicos. 294.2. Lista de Sustancias y Residuos Peligrosos Sujetos a Reporte. 31

4.2.1 Listado de sustancias y parámetros. 314.2.1.1 Procedimientos para revisar, agregar o eliminar

sustancias de la lista RETC.35

4.2.2 Listado de Residuos Peligrosos 364.3. Fuentes a incluir en el RETC 384.4. Sectores a ser cubiertos en el RETC. 384.5. Umbrales de reporte. 494.6. Exenciones del requerimiento de reporte 574.7. Manejo de las Peticiones de Confidencialidad 574.8. Elementos de información a ser recolectados 584.9. Procedimientos aceptables para estimar emisiones. 614.10.Apoyo y Asistencia brindados a los establecimientos sujetos a

reporte.62

5. TRATAMIENTO DE LAS FUENTES NO SUJETAS A REPORTE 645.1. Establecimientos no sujetos a reporte 645.2. Fuentes móviles 64

6. ADMINISTRACION DEL SISTEMA NACIONAL DEL RETC 666.1. Responsabilidades institucionales para la recolección, gestión, 66

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análisis y difusión de la información.6.1.1 Responsabilidad Institucional 666.1.2 Procedimientos para la recolección y gestión de datos. 68

6.1.3 Procedimientos para el análisis y difusión de la Información

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6.2. Personal requerido y capacitación necesaria para la administración del sistema nacional del RETC.

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7. SISTEMA AUTOMATIZADO DEL RETC 747.1. Diseño Actual del Sistema Automatizado del RETC 74 7.1.1Plataforma de Desarrollo 74

7.1.2 Procesos y Funcionalidades del Sistema de Información 747.1.3 Proceso de Poblamiento del Nodo Central 76

7.2. Portal WEB del RETC 777.3. Ajustes y Mantenimiento del Sistema Automatizado del RETC y

su portal WEB78

8. PLAN DE TRABAJO NACIONAL 798.1 Resultados Esperados 80

9. RECOMENDACIONES PARA EL DESARROLLO FUTURO DEL SISTEMA RETC

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10. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS 92

11. ANEXOS 93

RESUMEN EJECUTIVO

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Un Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC); es un inventario o base de datos que contiene información sobre las emisiones y transferencia al medio ambiente de sustancias químicas o contaminantes potencialmente dañinos, identificando la naturaleza y cantidad de estas emisiones o transferencias (UNITAR, 1997a).

Los RETCs han sido específicamente mencionados en la Estrategia de Política Global del Enfoque Estratégico para la Gestión de los Productos Químicos a Nivel Internacional, conocido como SAICM por sus siglas en inglés y también han sido identificados como una posible esfera de trabajo en el Plan de Acción Mundial de dicho Enfoque Estratégico (PNUMA 2007).

En Honduras la iniciativa de un RETC nacional es impulsada y coordinada por el Ministerio de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) a través del Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO), en alianza con el Proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades Nacionales de Gestión y Reducción de las emisiones de COPs en Honduras” y con el apoyo de la CCAD, el Instituto para la Profesionalización e Investigación de Naciones Unidas (UNITAR) y el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de España, con el propósito de implementar un registro de contaminantes en el país que además de servir como una herramienta de gestión ambiental, reporte al RETC regional.

El RETC Honduras se desarrolló siguiendo la metodología contenida en la serie de guías preparadas por UNITAR en colaboración con el Programa Interorganismos para la Gestión de Sustancias Químicas (IOMC, por sus siglas en inglés), para la implementación del proyecto para el diseño de un RETC Nacional. Este conjunto de guías contienen una propuesta metodológica denominada “Implementación del Proyecto para el Diseño de un Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) Nacional: Documento Guía”, el cual tiene como objetivo orientar a los países sobre los pasos metodológicos para el diseño de un RETC, tomando en consideración su propia realidad e involucrando a todas las partes interesadas.

De acuerdo a las directrices de UNITAR el producto final del proyecto es una Propuesta Nacional Ejecutiva (PNE) que guie y describa los elementos necesarios para implementar un Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes en los países.

La Propuesta Nacional Ejecutiva de Honduras consta de nueve (9) capítulos:

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1-METAS DEL SISTEMA RETC NACIONAL

Los objetivos consensuados y que se pretenden alcanzar con el RETC son los siguientes:

Objetivo GeneralEstablecer un Inventario Nacional de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, que coadyuve a la toma de decisiones y a la formulación de políticas en materia de prevención y control ambiental.

Objetivos Específicos:a) Contar con una base de información confiable y actualizada sobre la emisión y

transferencia de contaminantes específicos en los diferentes medios (aire, agua y suelo), que sea de utilidad para la formulación de políticas, evaluación del marco regulatorio ambiental y el desarrollo estudios de investigación;

b) Simplificar y sistematizar la recolección de información relativa a la emisión y transferencia de contaminantes específicos, así como los requisitos de reporte a los que se someten los diferentes sectores del quehacer nacional;

c) Identificar las fuentes, sectores y áreas geográficas con mayores emisiones y transferencia de contaminantes;

d) Proveer información al público en general sobre emisiones y transferencias de contaminantes, y que permita la participación informada en el proceso de toma de decisiones;

e) Suministrar información para la identificación y evaluación de riesgos a la salud y al ambiente, asociados con las emisiones de contaminantes;

f) Identificar, cuantificar y evaluar las tendencias de las emisiones de contaminantes específicos, con el propósito de promover los esfuerzos de prevención y control integral de la contaminación;

g) Incentivar y fomentar una ética de prevención de la contaminación mediante el uso y transferencia de tecnologías más limpias y procesos más eficientes.

h) Monitorear el avance en la implementación de iniciativas internacionales en el marco de la agenda química nacional.

2-IMPLEMENTACION LEGAL DEL SISTEMA RETC NACIONAL

En la actualidad ningún instrumento legal asigna responsabilidad a una autoridad nacional para mantener una base de datos sobre emisiones y trasferencia de contaminantes (RETC), sin embargo de acuerdo a la Ley General del Ambiente y como parte de las funciones atribuidas a la SERNA, está Secretaría de Estado puede desarrollar un registro de ese tipo como parte del Sistema Nacional de Información Ambiental, hasta en tanto, sean aprobados los dos instrumentos legales (Política para la Gestión

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Ambientalmente Racional de Productos Químicos en Honduras y el Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias Químicas Peligrosas en Honduras) que hacen mención específica a la implementación de un RETC.

En vista de la falta de un instrumento que asigne una responsabilidad directa para la creación de un RETC, es necesario desarrollar y aprobar un instrumento jurídico regulatorio donde se norme el funcionamiento del RETC Nacional y su vinculación con otros sectores distintos a la SERNA.

En ese sentido durante la definición de las Características Clave se desarrolló en conjunto con el Comité RETC la Propuesta de Reglamento para la Implementación del RETC en Honduras (ver Anexo 1).

3-REQUERIMIENTOS DE REPORTE PARA FUENTES PUNTUALES DE EMISIONES

Los requerimientos de reporte y procedimientos para fuentes puntuales incluyen:

a) Listado de sustancias y parámetrosEl listado de químicos está compuesto por aquéllas sustancias y parámetros definidos en los tratados y convenios internacionales suscritos por el país, en la normativa vigente, en la normativa que se encuentra en la última etapa del proceso de aprobación, así como por aquellas sustancias químicas que reportan mayores volúmenes de importación.

En total se definieron 111 químicos, que conforman un listado extenso de sustancias químicas y parámetros de diversa índole, de origen múltiple y de distinta naturaleza, es decir que se cuenta con un listado base que incluye sustancias, familias de sustancias, grupos de sustancias inespecíficas generadas a partir de determinadas actividades y parámetros.

b) Listado de Residuos Peligrosos

En la actualidad el país no cuenta con un inventario ni con un listado oficial de residuos peligrosos, tampoco a nivel del RETC regional se tiene una clara definición de los residuos peligrosos a reportar. Bajo esas consideraciones y ante la necesidad manifiesta de los participantes en la prueba piloto del RETC, en relación a establecer un listado que les sirva de referencia para poder reportar los residuos peligrosos, se sugiere que se haga uso del listado de residuos peligrosos contenidos en la Lista Europea de Residuos (LER) establecida en la Orden 2000/532/CE; la cual hace una

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clasificación por fuente generadora del residuo, específicamente por actividad productiva.

c) Fuentes a incluir en el RETC

En esta etapa de implementación del RETC y dada las condiciones de infraestructura existentes en el país, las fuentes a incluir en el RETC Nacional corresponderán principalmente a fuentes puntuales generadas por cuatro sectores del quehacer nacional.

d) Sectores a ser cubiertos en el RETC

Partiendo del hecho que Honduras posee una economía pequeña y abierta, predominantemente agrícola, donde la estructura de producción es simple, basada en el uso de los recursos naturales sin mayor transformación, y en base al aporte que cada sector provee en términos del Producto Interno Bruto (PIB), se identificaron los siguientes sectores a ser cubiertos por el RETC: Agricultura y Ganadería, Explotación de minas y canteras, Industria manufacturera y Servicios Básicos.

Se hizo una priorización a partir de la Tabla de Categorización Ambiental vigente, a fin de homologar criterios en virtud que todas estas actividades requieren de un permiso ambiental para su operación; de tal forma que dentro de cada sector denominado en la Tabla de Categorización Ambiental como categoría, se identificaron 16 divisiones y 91 actividades que serán cubiertas por le RETC.

e) Umbrales de reporte

Debido aque la mayoría de Registros (emisiones atmosféricas, descarga de aguas residuales, sustancias químicas y residuos peligrosos) están asociados con el permiso ambiental y por ende con la Tabla de Categorización Ambiental, y a que no existe una clara conceptualización y una diferenciación uniforme en la categorización de empresas, se recomendó utilizar los umbrales (número de empleados y producción) y las unidades de dimensionamiento establecidas en la Tabla de Categorización Ambiental.

f) Exenciones del requerimiento de reporte

Se recomendó homologar las exenciones con el proceso de licenciamiento ambiental, en virtud que la mayoría de registros (emisiones atmosféricas, descarga de aguas residuales, sustancias químicas y residuos peligrosos) están adscritos al permiso ambiental, y ya que todo proyecto, obra o actividad pública o privada, debe contar con el mismo para poder operar, se estableció que las exenciones del requerimiento de reporte al RETC de Honduras serán únicamente:

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Para los establecimientos con umbrales o limites productivos de bajo impacto ambiental potencial o de bajo riesgo (Proyectos Categoría 1), siempre que los mismos en la naturaleza de sus actividades no empleen sustancias químicas peligrosas.

Además reportarán proyectos categoría 1 cuando la Tabla de Categorización Ambiental vigente así lo establezca.

g) Elementos de información a ser recolectados

El Comité Coordinador del RETC identifico que los elementos de información que deben ser recolectados y plasmados en el formato del RETC Nacional se agrupan en las siguientes categorías:

a) Identificación del Establecimientob) Identificación de la Actividad Industrialc) Licencias y Autorizacionesd) Liberaciones y Transferencias (aire, agua, suelo y generación de residuos

peligrosos)e) Certificación.

Procedimientos aceptables para estimar emisiones:Las emisiones y transferencia de contaminantes podrán estimarse de la siguiente forma: a) Utilizando equipos, procedimientos de muestreo, entre otros, especificados

en las reglamentaciones específicas y de metrología. b) Aplicando métodos de estimación hasta que se desarrolle la capacidad

analítica requerida.c) Datos de muestreo en la fuente.

Apoyo y Asistencia brindados a los establecimientos sujetos a reporte:En cuanto al apoyo y asistencia que deben ser brindados a los establecimientos sujetos a reporte el gobierno deberá proporcionar la información, instrucciones y medios de capacitación que garanticen la calidad del reporte.

4-TRATAMIENTO DE LAS FUENTES NO SUJETAS A REPORTE

Son exentos de reporte los establecimientos con umbrales o limites productivos pequeños considerados como Proyectos Categoría 1 según la Tabla de Categorización Ambiental. La SERNA deberá definir la metodología para realizar la estimación complementaria de las emisiones de estos

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establecimientos que permita generar un inventario de emisiones a nivel nacional.

Para el cálculo de las fuentes móviles los administradores del RETC se podrán apoyar de los métodos de estimación propuestos por el Panel Intergubernamental del Cambio Climático (IPCC).

5-ADMINISTRACION DEL SISTEMA NACIONAL DEL RETC

La Autoridad Nacional Competente para la implementación del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes es la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA).

El funcionamiento general del Registro al interior de la SERNA estará a cargo del Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO) a través del Departamento para la Gestión de Productos Químicos (DGPQ) en coordinación con el Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA), quienes se apoyarán en la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de Productos Químicos (CNG).

Recolección y Gestión de DatosLos procedimientos para la recolección y gestión de datos comprenden cuatro etapas:

a. Revisión de los reportes anualesb. Convocatoria de grupo técnicoc. Verificación de la informaciónd. Elaboración de Informe Anual

El DGPQ con apoyo del SINIA deberá elaborar el Informe Anual del RETC, debiendo generarse tres diferentes informes, dirigidos a los siguientes actores:

Tomadores de decisiones Público en general Academia

Análisis y Difusión de la InformaciónUno de los objetivos del RETC de Honduras es el acceso público a toda la información que se genere; por lo que será importante realizar análisis no solo de los totales nacionales de las emisiones y transferencias sino que también análisis desagregados para contaminantes y actividades, con el propósito de

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proporcionar la información y los resultados del RETC a las diferentes partes interesadas y afectadas sobre una base igualitaria y equitativa.

Los análisis a realizarse con la información recopilada por el RETC son diversos y se enumeran a continuación:

a) Distribución ambiental de emisiones (por tipo de medio).b) Emisiones y transferencias por Departamento, Municipio y Región de Desarrollo.c) Emisiones y transferencias por sector industrial.d) Emisiones y transferencias por clase de sustancia.e) Destino de las Transferencias.f) Emisiones y transferencias de cada clase de sustancia por sector industrial.g) Principales actividades emprendidas para la prevención y control de la

contaminación.h) Información para cada sustancia RETC:

− El número de empresas que reportan la sustancia.− La cantidad total emitida.− El porcentaje emitido al aire, agua y suelo.− La cantidad total transferida por tipo de transferencia.

Los reportes de resultados estarán disponibles en el portal WEB del RETC de Honduras, además se publicará un reporte anual que contendrá un consolidado de los principales resultados.

Con el fin de asegurar el proceso de difusión, los administradores del RETC deberán establecer una línea telefónica directa y gratuita para asistencia en el acceso y comprensión de los resultados presentados por el RETC así como un programa de capacitación orientado a los usuarios públicos y la prensa.

Recurso HumanoEn cuanto a la necesidad para administrar el Sistema RETC de manera inicial la SERNA deberá designar como mínimo entre 5-6 personas: 2 técnicos y 3 informáticos.

7-SISTEMA AUTOMATIZADO DEL RETC

El Sistema Automatizado del RETC fue desarrollado en el Programa PHPRunner© versión 6.0, se definió como gestor de base de datos para el almacenamiento de la información contenida de las transacciones, el programa PostgreSQL Server© versión 9.1.

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El RETC cuenta con un portal WEB, las páginas Web no transaccionales son HTML y fueron creadas con DreamWeaver CS5 compatibles con cualquier programa para mantenimiento de páginas Web.

Poblamiento del Nodo CentralEl poblamiento principal del nodo central del Sistema RETC serán los reportes anuales ingresados por los establecimientos. El proceso de reporte consiste de las siguientes etapas:1) Reporte de los establecimientos 2) Revisión de los reportes por parte de los administradores del sistema3) Validación de la información 4) Cierre del ciclo de reporte

8-PLAN DE TRABAJO NACIONALEL plan de trabajo brinda un marco orientador para el desarrollo de aquellas actividades necesarias para la implementación del RETC en Honduras. El plan de trabajo ha sido definido a un periodo de 5 años (2013-2018) y contempla los siguientes resultados:

1. Marco legal y estratégico aprobado para la operatividad del RETC a nivel nacional. (2013-2014) Se prevé que para el 2013 la SERNA apruebe y publique el Reglamento para la implementación del RETC en Honduras. Para la aprobación del reglamento se debe haber oficializado el DGPQ del CESCCO como responsable de la organización y funcionamiento del RETC (entre otras obligaciones).

Para este mismo año el Comité RETC deberá estar funcionando como un Comité permanente del CNG y grupo de apoyo del DGPQ para el seguimiento y conceptualización del RETC, así mismo el DGPQ deberá haber establecido mecanismos de coordinación para el intercambio de información con otras instituciones.

Actividades:1.1 Aprobación y publicación de Reglamento para la Implementación del RETC en Honduras.1.2 Oficialización del Comité permanente del RETC de la CNG. 1.3 Oficialización del Departamento para la Gestión de Sustancias Químicas. 1.4 Elaborar el Manual de Procedimientos para el Reglamento RETC.1.5 Elaboración de un Plan de Trabajo para el Comité RETC.1.6 Establecer convenios inter-institucionales para el intercambio de información relevante para el RETC.

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2. Fortalecidas las capacidades nacionales para el reporte al Sistema RETC (2014-2016). Para el 2014 la SERNA deberá haber desarrollado un plan de capacitación para fortalecer las capacidades técnicas del recurso humano contratado para la operativizaición del RETC.

Con el fin de garantizar la calidad de la información que será ingresada al sistema, el DGPQ con apoyo del SINIA al 2014 deberá desarrollar un plan de capacitación para los establecimientos sujetos a reporte, con el fin de orientarlos en los métodos de estimación de emisiones e ingreso de datos al sistema automatizado del RETC.

Actividades2.1 Diseñar un programa de capacitación para fortalecer las capacidades de los administradores y establecimientos en el reporte al RETC.2.2 Capacitar a los administradores del RETC en temas específicos para el cumplimiento de sus obligaciones. 2.3 Capacitar a los establecimientos para el reporte al RETC.2.4 Elaborar y publicar guías para orientar a los establecimientos en el reporte al RETC. 3. Realizado el primer reporte nacional y regional del RETC Honduras. Al 2015 el CESCCO-DGPQ con apoyo del Comité RETC habrá elaborado el primer reporte nacional y regional del RETC Honduras con año base 2014.

Actividades3.1 Elaboración y publicación de primer reporte anual.3.2 Realización de primer reporte al RETC Centroamericano.

4. Integradas las fuentes de área y móviles al sistema nacional del RETC. Para el 2015 el DGPQ-CESCCO deberá haber desarrollado la metodología para la cuantificación de las emisiones generadas por las fuentes de área y móviles.

Actividades

4.1 Cuantificar las emisiones generadas por las fuentes de área para el año base.4.2 Cuantificar las emisiones generadas por las fuentes móviles para el año base.4.3 Capacitar a los administradores del RETC y CRETC en la estimación de fuentes de área y móvile

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5. Actualizadas las características clave del sistema RETC. Al 2016 el DGPQ en coordinación con el Comité RETC y en participación con la sociedad civil deberá actualizar las características clave del Sistema RETC Honduras. Además de esto el SINIA deberá realizar los ajustes necesarios al sistema automatizado del RETC a partir de la actualización de las características clave.

Actividades5.1 Revisión de las características clave del sistema RETC.5.2 Desarrolladas jornadas de consulta con la sociedad civil.5.3 Actualización del Sistema Automatizado del RETC a partir de la actualización de las características clave.

6. Realizadas actividades de divulgación para incentivar la participación ciudadana en los procesos consultivos del RETC. Para el 2015 el CESCCO deberá realizar actividades que informen y fomenten la participación ciudadana en los procesos participativos del RETC y que permita en un futuro el involucramiento de la sociedad civil en la toma de decisiones.

Actividades6.1 Diseñar un programa de capacitación para orientar a la sociedad civil y prensa en la interpretación y uso de la información generada por el RETC.6.2 Capacitar a la sociedad civil y prensa sobre el acceso y uso de información generada por el RETC.6.3 Diseñar una campaña de sensibilización sobre la importancia de implementar un RETC.6.4 Sensibilización a la sociedad civil y prensa sobre la importancia de implementar el RETC. 6.5 Elaboración y publicación de trifolios, boletines y guías sobre el acceso y uso de la información generada por el RETC.

7. Desarrollada la metodología para análisis de riesgo poblacional utilizando la información generada por el RETC.

Para el 2018 el DGPQ habrá definido la metodología y desarrollado el software requerido para la evaluación de riesgo poblacional a partir de la información generada por el RETC.

Actividades7.1 Desarrollo de análisis de riesgo a partir de la información generada por el RETC. 7.2 Desarrollo de software para análisis de riesgo poblacional.

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7.3 Capacitar a los administradores del RETC en análisis de riesgo a partir de los resultados del RETC.

1. INTRODUCCIONLos países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), a través de los ministros de medio ambiente establecieron como una de sus mayores metas para los años 90, la reducción de la contaminación (OCDE, 1996). En consonancia con ese propósito, la Agenda 21 adoptada como un plan de acción por 178 países representados por sus gobiernos durante la Cumbre de la Tierra realizada en Río de Janeiro en 1992, establece los principios generales que sustentan la estrategia común de conservación de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental, recomendando a todos los países reducir y controlar sus emisiones al medio ambiente, así como realizar un seguimiento de los resultados.

Con la adopción de la Agenda 21 se incrementa el interés entre la comunidad internacional y los gobiernos individuales por el establecimiento de Registros de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETCs) nacionales, como un medio para mejorar la gestión ambiental a nivel nacional ya que estos registros constituyen una herramienta para contar con información sobre fuentes contaminantes, que permita promover mejoras ambientales y garantizar al ciudadano su derecho a la información.

Un Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC); es un inventario o base de datos que contiene información sobre las emisiones y transferencia al medio ambiente de sustancias químicas o contaminantes potencialmente dañinos, identificando la naturaleza y cantidad de estas emisiones o transferencias (UNITAR, 1997a).

Los RETCs han sido específicamente mencionados en la Estrategia de Política Global del Enfoque Estratégico para la Gestión de los Productos Químicos a Nivel Internacional, conocido como SAICM por sus siglas en inglés y también han sido identificados como una posible esfera de trabajo en el Plan de Acción Mundial de dicho Enfoque Estratégico (PNUMA 2007).

Los registros de emisiones y transferencias hoy en día constituyen una tendencia mundial derivada de los principios establecidos en la recomendación del Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). A la fecha, varios países han establecido programas RETC, incluidos Japón, Australia, Estados Unidos, Canadá, México, Chile y 27 estados miembros de la Unión Europea, entre otros.

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En el área Centroamericana, los países inician labores concretas para avanzar en el diseño e implementación de un Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) a partir del año 2007, en el marco del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana (DR-CAFTA) y del proyecto “Diseño de un Registro Centroamericano de Emisiones y Transferencia de Contaminantes”, el cual es administrado por la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD) y cuenta con el apoyo del Instituto de las Naciones Unidas para la Formación Profesional y la Investigación (UNITAR) y de la Agencia para la Protección Ambiental de Estados Unidos (US EPA).

En Honduras la iniciativa de un RETC nacional es impulsada y coordinada por el Ministerio de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) a través del Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO), en alianza con el Proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades Nacionales de Gestión y Reducción de las emisiones de COPs en Honduras” y con el apoyo de la CCAD, el Instituto para la Profesionalización e Investigación de Naciones Unidas (UNITAR) y el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de España, con el propósito de implementar un registro de contaminantes en el país que además de servir como una herramienta de gestión ambiental, reporte al RETC regional.

El RETC Honduras se desarrolla siguiendo la metodología contenida en la serie de guías preparadas por UNITAR en colaboración con el Programa Interorganismos para la Gestión de Sustancias Químicas (IOMC, por sus siglas en inglés), para la implementación del proyecto para el diseño de un RETC Nacional. Este conjunto de guías contienen una propuesta metodológica denominada “Implementación del Proyecto para el Diseño de un Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) Nacional: Documento Guía”, el cual tiene como objetivo orientar a los países sobre los pasos metodológicos para el diseño de un RETC, tomando en consideración su propia realidad e involucrando a todas las partes interesadas.

De acuerdo a las directrices de UNITAR el producto final del proyecto es una Propuesta Nacional Ejecutiva (PNE) que guie y describa los elementos necesarios para implementar un Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes en los países.

En ese sentido la siguiente propuesta es el resultado de una serie de procesos de consulta realizados con el Grupo Nacional Coordinador (Comité RETC) el cual se conformó con el propósito de fomentar la participación de todos los actores interesados desde la conceptualización del RETC. El contenido de la Propuesta Ejecutiva Nacional incorpora los elementos abordados en el

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documento “Diseño de las Características Clave para un RETC en Honduras” que fue elaborado como parte de la Consultoría “Diseño de las características Claves del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) y elaboración del reglamento para la implementación del RETC en Honduras”, y estructurado según las directrices dadas en el Suplemento 4. de la serie de Guías de UNITAR para la Implementación del Proyecto para el Diseño de un RETC Nacional.

1.1 Generalidades de un Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes.

Para alcanzar los objetivos de desarrollo previstos, tanto en el ámbito social como en el económico, se hace necesaria la utilización de productos químicos como materia prima o intermediarios, de tal forma que su uso se ha generalizado en todas las actividades económicas, incluso en la vida doméstica. Esto ha conducido a incrementar las emisiones de sustancias químicas y contaminantes al aire y al agua, así como a la generación de grandes volúmenes de residuos peligrosos, con el consecuente riesgo asociado a la salud humana y al ambiente (UNITAR, 1997a).

A raíz de esa situación se propone internacionalmente la implementación de RETCs, como sistemas integrados de información sobre las emisiones y transferencias de sustancias químicas y contaminantes potencialmente peligrosos, que son liberados al aire, al agua y al suelo, o son transferidos fuera de su lugar de origen para su posterior tratamiento o eliminación.

Los RETCs Incluyen información sobre la naturaleza y cantidad de las emisiones y transferencias, por lo que se convierten en instrumentos de gestión ambiental que brindan información de las emisiones al gobierno, la industria y al público; además son herramientas útiles en el marco del mejoramiento de la integración económica y libre comercio en la región (USAID y CCAD, 2009).

El desarrollo y la implementación de un sistema de RETC, adaptado a las necesidades nacionales, representa un medio para que los gobiernos rastreen la generación, emisión y destino de varios contaminantes a través del tiempo (OCDE, 1996).

En términos de fuentes de emisión o generación, un RETC debe incluir al menos al sector industrial, no obstante dependiendo de los objetivos o metas que cada país defina para su RETC, se pueden incluir otros tipos de fuentes tales como transporte, actividades agrícolas, domiciliaria, servicios, fuentes

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naturales, emisiones imprevistas (derrames, remediación de sitios contaminados, pesticidas obsoletos) entre otras.

Una parte integral de un esquema RETC es que la información recopilada se hace disponible a todas las partes interesadas, promoviendo la participación pública en los asuntos ambientales. Esto requiere que el RETC sea tanto comprensivo como fácilmente entendible.

“En resumen, un RETC es un medio para obtener información periódica regular sobre las emisiones y/o transferencias de sustancias químicas de interés o para hacer esta información accesible a quienes puedan estar interesados en y/o ser afectados por ella. Como tal un RETC es una herramienta para promover políticas eficientes y efectivas de protección al ambiente y al desarrollo sustentable” (UNITAR,1997a).

1.2 Beneficios de la Implementación de un RETC

El éxito de los RETC implementados a nivel internacional radica principalmente en que estos conllevan beneficios y posibles usos no sólo para el gobierno, sino también para las industrias y para el público en general. A continuación se listan algunos de los beneficios de los RETC para los principales grupos involucrados (UNITAR, 1997a; CCAD y USAID, 2009; CCAD, 2010):

GobiernoUn RETC puede aumentar considerablemente la capacidad del gobierno para lograr importantes objetivos de gestión ambiental, por lo que los beneficios incluyen:

• Verificación de los progresos alcanzados y fijar prioridades en políticas de reducción de emisiones y residuos, con el propósito de prevenir la contaminación.

• Identificación de las áreas geográficas de interés (“sitios críticos”) y la Investigación de las tendencias de la emisión de químicos específicos.

• Ayuda a verificar el cumplimiento de las regulaciones existentes.• Provee de información a todas las partes interesadas.• Cumplimiento de los requerimientos de reporte derivados de diversos

acuerdos y convenios internacionales.

IndustriaA nivel de la industria o de otros sectores generadores de emisiones o transferencias de contaminantes, los beneficios del RETC son:

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Mejora la relación costo-beneficio mediante un mejor rastreo de los insumos y los residuos generados.

Ayuda a promover entre las industrias o sectores similares, la reducción de emisiones y el consecuente ahorro en los costos de operación.

Promueve la adopción de técnicas de producción más limpia. Permite comparar desempeños ambientales entre sectores del mismo rubro. Facilita el acceso a datos para el manejo de la calidad total y el intercambio

de tecnologías entre industrias o sectores.

Sociedad CivilLos beneficios para el público en general se resumen en:

• El derecho de contar con información sobre los riesgos a la salud y el ambiente a que pueden estar expuestos por sustancias químicas.

• Promueve la participación de la sociedad civil en la toma de decisiones sobre acciones orientadas a la mejora de la salud y del ambiente.

• Permite información para el estudio de enfermedades asociadas a salud ocupacional y posibles repercusiones en la salud pública de comunidades.

• Constituye una herramienta para la investigación y el desarrollo por parte de la academia en relación a las emisiones y transferencias de contaminantes y los impactos que producen en la salud y el ambiente.

1.3 Experiencia Internacional

En el contexto internacional existen varios países que han implementado Registros de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, además de otros que están en proceso de implementación de programas similares. En cada caso los derechos y obligaciones del gobierno, de privados y público en general varían según los objetivos propuestos para su sistema, ya sea como un inventario de fuentes de contaminación o como un instrumento de seguimiento y control de la normativa ambiental (CCAD y USAID, 2009).

Se sabe por medio de la documentación existente que se han implementado programas piloto en Egipto, México y la República Checa. Además existe información de las experiencias realizadas en Estados Unidos con el Programa Toxic Release Inventory (TRI), en Canadá con el Nacional Pollutant Inventory (NPRI), Países Bajos, Reino Unido y en la región, existen las experiencia de México y Chile. Estos países cuentan con RETCs que ya han sido operativos por al menos 6 años y que han demostrado ser una herramienta eficaz para

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establecer objetivos hacia una reducción de la contaminación y para sistematizar información ambiental en una sola base de datos.

El Instituto de las Naciones Unidas para la Formación Profesional (UNITAR), en cooperación con la OCDE, la Organización Mundial de la Salud (OMS), el programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), han concentrado esfuerzos para que los países en vías de desarrollo, introduzcan los RETC como una herramienta efectiva en su gestión ambiental.

2. METAS DEL SISTEMA RETC NACIONAL

El Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) de Honduras, como instrumento de gestión ambiental será útil para proponer políticas eficaces de preservación y protección del ambiente, además de apoyar los procesos para evaluar la implementación de los Convenios Internacionales suscritos por Honduras. A nivel más operativo permitirá conocer con certeza la infraestructura ambiental que necesita el país, y las fuentes emisoras podrán identificar sus áreas de oportunidad para la reducción de las emisiones y transferencias. En ese sentido, los objetivos que se pretenden alcanzar con el RETC son los siguientes:

Objetivo General del RETC:

Establecer un Inventario Nacional de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, que coadyuve a la toma de decisiones y la formulación de políticas en materia de prevención y control ambiental.

Objetivos Específicos:

Contar con una base de información confiable y actualizada sobre la emisión y transferencia de contaminantes específicos en los diferentes medios (aire, agua y suelo), que sea de utilidad para la formulación de políticas, evaluación del marco regulatorio ambiental y el desarrollo estudios de investigación;

Simplificar y sistematizar la recolección de información relativa a la emisión y transferencia de contaminantes específicos, así como los

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requisitos de reportea los que se someten los diferentes sectores del quehacer nacional;

Identificar las fuentes, sectores y áreas geográficas con mayores emisiones y transferencia de contaminantes;

Proveer información al público en general sobre emisiones y transferencias de contaminantes, y que permita la participación informada en el proceso de toma de decisiones;

Suministrar información para la identificación y evaluación de riesgos a la salud y al ambiente, asociados con las emisiones de contaminantes;

Identificar, cuantificar y evaluar las tendencias de las emisiones de contaminantes específicos, con el propósito de promover los esfuerzos de prevención y control integral de la contaminación;

Incentivar y fomentar una ética de prevención de la contaminación mediante el uso y transferencia de tecnologías más limpias y procesos más eficientes.

Monitorear el avance en la implementación de iniciativas internacionales en el marco de la agenda química nacional.

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3. IMPLEMENTACIÓN LEGAL DEL SISTEMA RETC NACIONAL

3.1 Legislación nueva y existente bajo la cual el Sistema RETC operara

En la actualidad ningún instrumento legal asigna responsabilidad a una autoridad nacional para mantener una base de datos sobre emisiones y trasferencia de contaminantes (RETC), sin embargo de acuerdo a la Ley General del Ambiente y como parte de las funciones atribuidas a la SERNA, está Secretaría de Estado puede desarrollar un registro de ese tipo como parte del Sistema Nacional de Información Ambiental, hasta en tanto, sean aprobados los dos instrumentos legales (Política para la Gestión Ambientalmente Racional de Productos Químicos en Honduras y el Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias Químicas Peligrosas en Honduras) que hacen mención específica a la implementación de un RETC.

Disposiciones Legales para la Implementación de un RETC en Honduras

La Ley General del Ambiente en el Artículo 7 y el Reglamento General de esa Ley en el Artículo 9, establecen que es responsabilidad del Estado adoptar cuantas medidas sean necesarias para prevenir o corregir la contaminación del ambiente.

Además la Ley General del Ambiente en el artículo 103, establece el derecho de la población a ser informada sobre el estado del ambiente y de todas las operaciones y acciones que se estén tomando en este campo. Es por ello que dentro de las funciones establecidas en esa Ley para la SERNA, figura la de

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desarrollar y coordinar un Sistema Nacional de Información Ambiental, el que deberá mantenerse actualizado permanentemente (Artículo 11, inciso g).

Este derecho se ratifica en el Reglamento General de la Ley del Ambiente, específicamente en el artículo 10, donde se reconoce como derecho y deber de los ciudadanos la participación en todas las actividades que tiendan hacia la protección, conservación y restauración del ambiente.

Este conjunto de disposiciones se apegan al principio número 10 de la Declaración de Río, que literalmente establece: “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes”.

También, a través de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente en el país (Decreto No. 170-2006), se garantiza el ejercicio del derecho que tienen los ciudadanos a participar en la gestión de los asuntos públicos y se garantiza la protección, clasificación y seguridad de la información pública y el respeto a las restricciones de acceso en los casos de: a) Información clasificada como reservada por las entidades públicas conforme a esta ley, b) información entregada al Estado por particulares, en carácter de confidencialidad, c) los datos personales confidenciales; y, d) la secretividad establecida por ley.

Si bien es cierto que en el marco legal vigente no se hace referencia de forma específica a la implementación de un Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), las disposiciones legales antes mencionadas son claras en relación a la necesidad de contar con una herramienta que no solo acumule información, sino que la misma pueda ser accesible al público y sirva en los procesos de toma de decisión, funciones que cumple un RETC y las que se han podido comprobar en las experiencias que a nivel internacional se han desarrollado.

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3.2 Requerimientos de reporte a ser modificados o integrados en el esquema de reporte al RETC

Tal como se ha concebido el alcance del RETC de Honduras, existe una estrecha relación entre este y el proceso de licenciamiento ambiental, alrededor del cual giran varios de los registros establecidos en la normativa vigente y propuesta relacionada con contaminantes al agua, suelo, aire y generación de residuos peligrosos.

Sin embargo es oportuno destacar que aunque existen registros de importación, hasta la fecha no se cuenta de forma operativa con los registros mencionados en el párrafo anterior, esto debido a la carencia de la infraestructura requerida o porque todavía no se han aprobado los reglamentos que crean este tipo de registros.

En ese contexto y con el propósito de armonizar lo que se solicitará a los sectores a ser cubiertos por el RETC, se han revisado los manuales de procedimientos elaborados para cada reglamento, a fin de evitar duplicidad.

Esta situación en torno a los registros presenta la oportunidad de racionalizar requerimientos ambientales mediante el RETC y a futuro, la posibilidad de integrar los reportes de emisiones a medios ambientales separados en una base de datos única, tal como quedó establecido en la propuesta del Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias Químicas Peligrosas en Honduras, que literalmente dice: “La información de la base de datos del RETC, se integrará con los datos y documentos contenidos en los permisos, informes y concesiones que en materia ambiental se tramiten ante la Autoridad Nacional Competente (ANC) o ante la Autoridad Sectorial Competente”.

La reglamentación del RETC debe complementarse con otros Reglamentos Nacionales vigentes y propuestos (SINEIA, Residuos Sólidos, Emisiones Atmosféricas, Sustancias Químicas Peligrosas, Descarga de Aguas Residuales), a fin de evitar duplicidad.

3.3 Propuesta de Reglamento para la Implementación del RETC en Honduras

En vista de la falta de un instrumento que asigne una responsabilidad directa para la creación de un RETC, es necesario desarrollar y aprobar un instrumento jurídico regulatorio donde se norme el funcionamiento del RETC Nacional y su vinculación con otros sectores distintos a la SERNA.

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En ese sentido durante la definición de las Características Clave se desarrolló en conjunto con el Comité RETC la Propuesta de Reglamento para la Implementación del RETC en Honduras. Dicha propuesta puede ser consultada en el anexo 1 del presente documento.

4. REQUERIMIENTOS DE REPORTE Y PROCEDIMIENTOS PARA FUENTES PUNTUALES DE EMISIONES EN EL RETC HONDURAS

Los requerimientos de reporte y procedimientos para fuentes puntuales para el RETC Honduras han sido identificados siguiendo la metodología establecida por el Instituto de las Naciones Unidas para la Formación Profesional Investigaciones (UNITAR) y definidas por el Comité Coordinador para la Implementación del RETC (CCRETC).

Los requerimientos de reporte y procedimientos para fuentes puntuales incluyen:

Lista de Sustancias Químicas Sujetas a Reporte Lista de Residuos Peligros Umbrales de Reporte Exenciones de Reporte Peticiones de Confidencialidad Elementos de Información a ser recolectados Métodos de Estimación de Emisiones y Transferencias

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4.1 Definición de Términos Técnicos

Con el propósito de homologar la terminología utilizada en el contexto de la presente Propuesta Nacional Ejecutiva, a continuación se presenta la lista de términos técnicos que han sido tomados del glosario dela propuesta de Reglamento para la Implementación del RETC en Honduras:

Contaminante: Una sustancia o un grupo de sustancias que puedan causar daños al ambiente o la salud humana debido a sus propiedades intrínsecas físicas, químicas, biológicas o una combinación de ellas y a su introducción en el medio ambiente.

Emisión: Es toda liberación e incorporación de contaminantes en el ambiente derivada de cualquier actividad humana, sea a propósito o accidental, habitual u ocasional.

Emisiones accidentales: Son todas aquellas emisiones que no son deliberadas, habituales u ocasionales generadas o resultantes de desarrollos incontrolados durante el transcurso o el funcionamiento de las actividades que se realicen en la instalación o establecimiento.

Establecimiento sujeto a reporte: Es todo establecimiento que de acuerdo con este Reglamento, deba reportar las emisiones y transferencias de contaminantes generados por sus actividades productivas. En aquellos casos donde el establecimiento posea más de un plantel industrial, se deberá presentar un reporte por cada plantel.

Establecimiento: Es toda instalación fija donde se llevan a cabo una o varias actividades productivas, incluyendo todas las operaciones unitarias que puedan generar emisiones o transferencias de contaminantes.

Fuentes difusas: Es el conjunto de fuentes de menores dimensiones o dispersas desde las que pueden emitirse contaminantes al suelo, al aire o al agua, cuyo impacto conjugado en tales medios pueda ser significativo y de las que no resulte factible obtener datos desglosados.

Fuentes puntuales: Son fuentes individuales de emisión en una locación definida, como la chimenea o la descarga de un establecimiento industrial.

Residuos peligrosos (RP): Son aquellos residuos sólidos, pastosos, líquidos o gaseosos resultantes de un proceso de producción, transformación, reciclaje,

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utilización o consumo y que contengan algún compuesto que tenga características de las sustancias químicas peligrosas, es decir reactivas, inflamables, corrosivas y tóxicas que representen un riesgo para la salud humana, el medio ambiente y la propiedad de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

Sustancias sujetas a reporte: Elementos o compuestos químicos, que conforme a los criterios de persistencia ambiental, bioacumulación, toxicidad, teratogenicidad, mutagenicidad o carcinogenicidad y, en general, por sus efectos adversos al medio ambiente, sean emitidos o transferidos por los establecimientos sujetos a reporte y deban ser integrados a la Base de datos de acuerdo con las especificaciones y umbrales establecidos.

Transferencia: Es el traslado de contaminantes a un lugar que se encuentra físicamente separado del establecimiento que lo generó. Incluye entre otros: descarga de aguas residuales al alcantarillado público; transferencia de residuos peligrosos para reciclamiento, recuperación o regeneración; para recuperación de energía fuera del establecimiento y para tratamientos como neutralización, tratamiento biológico, incineración o separación física.

Umbral de reporte: Cantidad mínima a partir de la cual, los establecimientos sujetos a reporte deberán reportar las emisiones y transferencias de las sustancias.

4.2 Lista de Sustancias y Residuos Peligrosos Sujetos a Reporte.

Por el alcance de un RETC, la lista de químicos debe estar conformada por sustancias y parámetros, así como por residuos peligrosos.

4.2.1 Listado de sustancias y parámetros

La lista de las sustancias RETC se definió considerando aquéllas sustancias y parámetros definidos en los tratados y convenios internacionales suscritos por el país, en la normativa vigente, en la normativa que se encuentra en la última etapa del proceso de aprobación, así como por aquellas sustancias químicas que reportan mayores volúmenes de importación.

De forma específica, para la selección de químicos se utilizaron como referentes:- Gases de Efecto de Invernadero, contenidos en el Protocolo de Kyoto

(GEI/PK).

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- Compuestos Orgánicos Persistentes, contemplados en el Convenio de Estocolmo (COPs/CE).

- Sustancias Agotadoras de Ozono, establecidos en Protocolo de Montreal (SAO/PM).

- Químicos incluidos en el Convenio de Rotterdam (CR).- Subproductos derivados del Petróleo (SPP).- Metales considerados dentro de la Normativa Nacional (Me)- Parámetros Considerados dentro de la Normativa Nacional (Pa).- Sustancias Químicas Importadas (SQI).- Listado de químicos incluidos en la Propuesta Regional (CCAD) para el RETC

Centroamericano (PR).

En total se definieron 111 químicos, que conforman un listado extenso de sustancias químicas y parámetros de diversa índole, de origen múltiple y de distinta naturaleza, es decir que se cuenta con un listado base que incluye sustancias, familias de sustancias, grupos de sustancias inespecíficas generadas a partir de determinadas actividades y parámetros.

En el cuadro No.1., se listan en orden alfabético los 111 químicos priorizados para esta primera etapa de implementación. La lista podrá revisarse y ampliarse conforme se obtengan diferentes necesidades hacia el RETC implementado:

Cuadro No.1.- Listado alfabético de los Químicos del RETC de Honduras.

No. Nombre del Químico1 1,1,1, Tricloroetano (Metilcloroformo)2 1,2-dibromoetano (EDB)3 2,4,5-T y sus sales y ésteres4 Acetona5 Acido Clorhídrico6 Alaclor7 Aldicarb8 Aldrín9 Alfa hexaclorociclohexano

10 Aluminio y compuestos

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11 Amianto (Asbestos): Actinolita, Antofilita, Amosita, Crocidolita, Tremolita

12 Amoníaco (NH3)13 Arsénico y compuestos (como As)14 Beta hexaclorociclohexano15 Benceno16 Bifenilospolibromados (PBB)17 Bifenilospoliclorados (PCB)18 Binapacril19 Bromoclorometano (Clorobromometano)20 Butanol21 Cadmio y compuestos (como Cd)22 Cianuro y compuestos23 Captafol24 Carbonato de Sodio25 Clordano26 Clordecona27 Clordimeformo28 Clorobencilato29 Clorofluorocarbonos (CFC)30 Cloroformo31 Cloro (gas)32 Cloruro de metilo (Clorometano)33 Cloruro de metileno (Diclorometano)34 Cobre y compuestos (como Cu)35 Cromo y compuestos36 Dibenzofuranospoliclorados (PCDF)37 Dibenzoparadioxinaspolicloradas (PCDD)38 Dicloroetileno39 Dicloruro de etileno40 DDT41 Dieldrín42 Dinitro-orto-cresol (DNOC) y sus sales (como sales de amonio,

potasio y sodio)43 Dinoseb y sus sales y ésteres44 Dióxido de Carbono (CO2)45 Endosulfán46 Endrín

No. Nombre del Químico

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47 Estaño48 Éter de tetrabromodifenil y éter de pentabromodifenil49 Etilenglicol50 Fenoles51 Fluoroacetamida52 Formulaciones de polvo seco con una mezcla de: benomilo,

carbofurano y tiram53 Fosfamidón (Formulaciones líquidas solubles de la sustancia que

sobrepasen los 1000 g/l de ingrediente activo)54 Fosfato de tris (2,3-dibromopropil)55 Halones56 HCH (mezcla de isómeros)57 Heptacloro58 Hexabromobifenilos59 Hexaclorobenceno (HCB)60 Hexafluoruro de Azufre (SF6)61 Hexano62 Hidrobromofluorocarbonos (HBFC)63 Hidrocarburos64 Hidroclorofluorocarbonados (HCFC65 Hidrofluorocarbonos (HFC)66 Hipoclorito de Sodio67 Hipoclorito de Calcio68 Isocianato69 Lindano (isómero gamma)70 Manganeso71 Material particulado72 Mercurio y compuestos (incluidos compuestos inorgánicos de

mercurio, compuestos alquílicos de mercurio y compuestos alcoxialquílicos y arílicos de mercurio) como Hg.

73 Metanol

74Metamidofos (Formulaciones líquidas solubles de la sustancia que sobrepasen los 600 g/l de ingrediente activo)

75 Metano (CH4)76 Metilbromuro (Bromuro de Metilo)77 Metilparation (concentrados emulsificables (CE) con 19,5% o más

de ingrediente activo y polvos que contengan 1,5% o más de ingrediente activo)

78 Mirex79 Monocrotofos (Formulaciones líquidas solubles de la sustancia que

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sobrepasen los 600 g/l de ingrediente activo)80 Monóxido de Carbono (CO)81 Níquel y compuestos (como Ni)82 Óxido de etileno83 Óxidos de Nitrógeno (NOx/NO2)84 Oxido Nitroso (N2O)85 Óxidos de Azufre (SOx/SO2)86 Paratión (se incluyen todas las formulaciones: aerosoles, polvos

secos (PS), concentrado emulsificable (CE), gránulos (GR) y polvos humedecibles (PH), excepto las suspensiones en cápsula (SC)

87 Partículas (PM10)88 Pentaclorobenceno89 Pentaclorofenol y sales y ésteres90 Perfluorocarburos (PFC)

No. Nombre del Químico91 Permanganato de Potasio92 Plomo y compuestos (como Pb)93 Propanol94 Selenio95 Sólidos Suspendidos Totales (SST)96 Sulfato de aluminio97 Sulfuro de Carbono98 Talio99 Terfenilospoliclorados (PCT)

100 Tetracloroetano101 Tetracloroetileno (Percloroetileno)102 Tetracloruro de Carbono103 Tetraetilo de plomo104 Tetrametilo de plomo105 Tributilestaño y compuestos106 Tricloroetileno (TCE)107 Tolueno108 Toxafeno109 Vanadio110 Xileno111 Zinc y compuestos (como Zn)

4.2.1.1 Procedimientos para revisar, agregar o eliminar sustancias de la lista del RETC

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Debido a que los establecimientos estarán reportando periódicamente al RETC se recomienda que el Comité RETC (CRETC) se reúna de manera anual para analizar las nuevas sustancias a ser incluidas al Sistema RETC. Los miembros del CRETC podrán considerar los siguientes criterios para elaborar una lista preliminar:

- Sustancias incorporadas al RETC de Centro América.- Sustancias incluidas en los Convenios Internacionales considerados para

elaborar la lista inicial. - Convenios Internacionales ratificados por el país y otros en desarrollo.- Sustancias químicas que han reportado altos volúmenes de importación

en el año. - Registro anual de Plaguicidas. - Sustancias químicas reportadas por intoxicaciones o accidentes

químicos.- Normativa nacional en desarrollo y aprobada.

Para definir la lista final el Comité RETC puede considerar los siguientes criterios:

- Las capacidades nacionales para el análisis de laboratorio de las sustancias listadas.

- De no existir métodos analíticos para su medición se debe verificar la disponibilidad a nivel internacional de métodos de cálculo para la estimación de sus emisiones.

- Criterios de Selección de Especies Químicas utilizados por el NPRI de Canadá:

Criterio DetallePersistencia Toda sustancias con una persistencia

de más de 50 días.Bioacumulacion Factor de bio-concentracion en peces

de agua dulce mayor de 500 o coeficiente ocatanol-agua mayor a 4.

Toxicidad LC50 Acuatica<0.1mg/LLD50 Oral <0.5 mg/kgLD50 Dermica<0.5 mg/kgLC50 Inhalación <1.5mg/kg

Teratogenicidad Efectos teratogenicos sin toxicidad materna aparente en exposiciones <0.1 mg/kg durante la organogénesis.

Carcinogenicidad Cancerigeno humano o animal36

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IARC Grupo 1,2A o 2B

La SERNA como entidad responsable de la implementación del RETC deberá establecer convenios y acuerdos con las instituciones generadoras de la información requerida para el proceso de actualización de la lista de sustancias RETC.

En cuanto a los criterios de exclusión la autoridad correspondiente podrá eliminar aquella sustancia que no ha sido reportada al Sistema RETC en un periodo de 5 años.

4.2.2 Listado de Residuos Peligrosos

A la fecha el país no cuenta con un inventario ni con un listado oficial de residuos peligrosos, tampoco a nivel del RETC regional se tiene una clara definición de los residuos peligrosos a reportar. Bajo esas consideraciones, previo a la prueba piloto no se definió ningún residuo esperando a partir de ese primer reporte tener insumos para poder establecer la lista a utilizar en esta primera etapa del RETC de Honduras.

No obstante, una de las recomendaciones de los participantes en la prueba piloto fue la de establecer un listado que les sirva de referencia para poder reportar los residuos peligrosos.

Ante esa necesidad manifiesta, se sugiere que se haga uso del listado de residuos peligrosos contenido en la Lista Europea de Residuos (LER) establecida en la Decisión 2000/532/CE de la Comunidad Europea; la cual hace una clasificación por fuente generadora del residuo, específicamente por actividad productiva.

A continuación se presentan los 20 capítulos que contempla la lista y de donde se desprende el listado de residuos peligrosos de acuerdo a la actividad productiva (ver anexo 3.):

Cuadro No 2. Capítulos que conforman el Listado de Residuos Europeos.

No.

Capítulos

1 Residuos de la prospección, extracción de minas y canteras y

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tratamientos físicos y químicos de minerales.2 Residuos de la agricultura, horticultura, acuicultura, silvicultura, caza y

pesca; residuos de la preparación y elaboración de alimentos.3 Residuos de la transformación de la madera y de la producción de

tableros y muebles, pasta de papel, papel y cartón.4 Residuos de las industrias del cuero, de la piel y textil.5 Residuos del refino de petróleo, purificación del gas natural y tratamiento

pirolítico del carbón.6 Residuos de procesos químicos inorgánicos.7 Residuos de procesos químicos orgánicos.8 Residuos de la fabricación, formulación, distribución y utilización (FFDU)

de revestimientos (pinturas, barnices y esmaltes vítreos), adhesivos, sellantes y tintas de impresión.

9 Residuos de la industria fotográfica.10 Residuos de procesos térmicos.11 Residuos del tratamiento químico de superficie y del recubrimiento de

metales y otros materiales; residuos de la hidrometalurgia no férrea.12 Residuos del moldeado y del tratamiento físico y mecánico de superficie

de metales y plásticos.13 Residuos de aceites y de combustibles líquidos (excepto los aceites

comestibles y los de los capítulos 05, 12 y 19).14 Residuos de disolventes, refrigerantes y propelentes orgánicos (excepto

los de los capítulos 07 y 08).15 Residuos de envases; absorbentes, trapos de limpieza; materiales de

filtración y ropas de protección no especificados en otra categoría.16 Residuos no especificados en otro capítulo de la lista.17 Residuos de la construcción y demolición (incluida la tierra excavada de

zonas contaminadas).

18 Residuos de servicios médicos o veterinarios o de investigación asociada (salvo los residuos de cocina y de restaurante no procedentes directamente de la prestación de cuidados sanitarios).

19 Residuos de las instalaciones para el tratamiento de residuos, de las plantas externas de tratamiento de aguas residuales y de la preparación

38

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de agua para consumo humano y de agua para uso industrial.20 Residuos municipales (residuos domésticos y residuos asimilables

procedentes de los comercios, industrias e instituciones), incluidas las fracciones recogidas selectivamente.

Fuente: DCE 2000/532/CE

4.3 Fuentes a incluir en el RETC

En esta etapa de implementación del RETC y dada las condiciones de infraestructura existentes en el país, las fuentes a incluir en el RETC Nacional corresponderán principalmente a fuentes puntuales generadas por cuatro sectores del quehacer nacional.

No obstante, en el caso de los Gases de Efecto de Invernadero por los métodos de cálculo utilizados para el desarrollo de los Inventarios de esos Gases específicos, se podrán incluir fuentes difusas del sector agrícola y transporte.

4.4 Sectores a ser cubiertos en el RETC.

Partiendo del hecho que Honduras posee una economía pequeña y abierta, predominantemente agrícola, donde la estructura de producción es simple, basada en el uso de los recursos naturales sin mayor transformación, y en base al aporte que cada sector provee en términos del Producto Interno Bruto (PIB), se identificaron los siguientes sectores a ser cubiertos por el RETC:

- Agricultura y Ganadería- Explotación de minas y canteras- Industria manufacturera- Servicios Básicos

Sin embargo, debido a que dentro de cada sector hay varias actividades productivas que no necesariamente producen emisiones y/o transferencia de contaminantes, o que no son tan representativas en el país, se hizo una priorización a partir de la Tabla de Categorización Ambiental vigente, a fin de homologar criterios en virtud que todas estas actividades requieren de un permiso ambiental para su operación. Esta Tabla de Categorización Ambiental, utiliza de referencia el Código Industrial Internacional Uniforme (CIIU) para identificar las actividades productivas.

39

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Además, tal como se planteo en el análisis del marco legal realizado en la Evaluación de la Infraestructura para implementar el RETC Nacional, la mayoría de reglamentos relacionados con las emisiones y transferencia de contaminantes, cuentan con registros adscritos al permiso ambiental.

En base a esas reflexiones, dentro de cada sector denominado en la Tabla de Categorización Ambiental como categoría, se identificaron las siguientes 16 divisiones y 91 actividades que serán cubiertas por le RETC:

Cuadro No.3.- Sectores a ser cubiertos en el RETC de Honduras.

Categoría División Nombre de la Actividad

Descripción CIIU

Agricultura, ganadería, caza y silvicultura

Agricultura, ganadería, caza y actividades de servicios conexas

Cultivo de vegetales, productos hortícolas

Actividades nuevas que impliquen cambio de uso de la tierra.

112,119

Servicios Agrícolas Plantas industriales para descascaramiento, desgrane y empaque de productos agrícolas.

140

Servicios de Fumigación

Agrícola aérea. SC

Actividades agroindustrialesvinculadas al sector

Actividades vinculas a la producción delTabaco.

Producción de tabaco y fabricación de puros y cigarrillos.

SC

Granjas y Cultivos

Camaricultura Cultivo del camarón.

SC

Granjas para producción bovina, equina, ovina y similar

121, 122

Granjas Porcinas SCGranjas Avícolas SCExtracción a cielo De minerales 1320

40

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Explotación de minas y canteras

Extracción a cielo abierto ysubterránea

abierto y subterránea

metálicos.

Extracción a cielo abierto de minerales para la construcción.

De piedras de construcción, piedrade talla, arcilla, talco,caliza, mármol,dolomita, arena ygrava.

1410

Extracción subterránea, de minerales de construcción.

Piedra de talla, arcilla, talco, dolomita, arena, grava y otros.

1410

Explotación de minas y canteras de asbestos, feldespatos, y otros minerales.

Mica, cuarzo, piedras preciosas, abrasivos, asfalto, betún y otros minerales no metálicos.

1429

Plantas de Beneficiado de Productos mineros.

Cuando no sea partede un proyecto de extracción minera.

SC

Industrias Manufactureras

Elaboración de productosalimenticios y bebidas

Mataderos (Rastros) y preparación de la carne.

Excepto de pescado.

1511

Envase, conservación de Productos cárnicos.

(Desecación, ahumado, saladura, inmersión ensalmuera, enlatado, refrigerado o congelado) y procesamiento (elaboración de embutidos).

SC

Envase, (Desecación, 1512

41

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conservación de productos de pescado y mariscos.

ahumado, saladura, inmersión ensalmuera, enlatado, refrigerado o congelado) y procesamiento (manufactura).

Producción de harina de pescado o camarón.

SC

Categoría División Nombre de la Actividad

Descripción CIIU

Elaboración y conservación de frutas y vegetales.

(Legumbres, hortalizas, raíces ytubérculos):deshidratación,congelación, cocido, inmersión en aceite, vinagre o salmuera.Salsas y sopas.

Incluirlos noespecificados enotra partida, comofrijoles cocidos,azúcar de uva y extractos de jugos.

1513

SC

Elaboración de aceites y grasas.

Animales o vegetales.

1514

Elaboración de productos lácteos.

Clasificación, filtración, inspección y refrigeración de crema y leche

1520

42

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enterafresca y líquida, elaboración de: yogur, quesos, cuajada, suero,mantequilla, refrescos a partir de leche, ponche,rompope, helados y similares.

Productos de molinería.

Elaboración de: harinas, sémolas, cereales en grano; molienda, descascarillado, pulido, blanqueado de arroz; cereales para desayuno; molienda de legumbres, raíces y tubérculos, harina y masa mezclada y preparadas. Almidones y derivados.

1531

Fábricas y refinerías de azúcares

Azúcares en bruto, refinada, jarabes y otros azúcares (azúcar de arce, azúcar invertido,azúcar, azúcar de palma), Producción de melazas.

1542

Proceso del beneficiado del café y derivados

1549

Destilación, Producción de 1551

43

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rectificación y mezcla de bebidas espirituosas (alcohólicas)

alcohol etílico: Elaboración de bebidas alcohólicas destiladas.

Elaboración (manufactura) de bebidas fermentadas

Como la producción de cerveza, vino y otros.

1553

Categoría División Nombre de la Actividad

Descripción CIIU

Industrias de bebidas no alcohólicas y aguas minerales y naturales.

Bebidas aderezadas con jugos de frutas, jarabes y otras sustancias. Bebidas gaseosas.

1554

Procesadoras y envasadoras de alimentos.

SC

Elaboración de confite, churros, boquitas y similares.

SC

Fabricación de productostextiles

Fabricación y procesado de productos textiles.

Preparación de fibras, fabricación de hilados e hilos para tejeduría y costura, fabricación de tejidos; procesado de textiles.

1711/1712

Fabricación (manufactura) de tapices y Alfombras (artículos para el cubrimiento de pisos).

Se excluye la fabricación de esteras y esterillasde materiales trenzables;

1722

44

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cubrimientos de pisos de corcho, caucho o plástico.

Fabricación (manufactura) de cordelería.

(Cuerdas, cordeles, redes y bramantes), estén o no revestidos, impregnados, cubiertos o forrados con caucho o plástico.

1723

Fabricación de tejidos estrechos.

Incluso los de curtiembre sin trama sujetos por sustancia adhesiva; trencillas, borlas, madroños y similares; tules y otros tejidos demalla anudadas, encajes, tiras, bordados y tiras decorativas.

1729

Productos textiles: Tejidos para uso industrial.

(Tejidos de gran resistencia), incluso mechas, guata y artículos de guata (tampones y toallas higiénicas); fieltro;(considerar separación de productos).

1729

Curtido y adobo de cueros; fabricación de

Curtidurías y talleres de acabado de cuero.

(curtido y adobo del cuero) Se incluyen laproducción de

1911

45

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maletas, bolsosde mano, artículos de talabartería y guarnicionería

cueros curtidos y adobados (curtido vegetal, mineral y químico), cueros agamuzados y pergaminados, charol y cueros metalizados, cueros regenerados.

Categoría División Nombre de la Actividad

Descripción CIIU

Producción de madera y fabricación de productos de madera y corcho; fabricación de artículos de paja y materiales trenzados

Aserraderos estacionarios y móviles, excepto las motosierras.

Industria primaria de aserrío.

2010

Talleres de acepilladura de madera y fabricación de madera a partir de polvo de madera o aserrín.

Incluyendo sub-productos sinensamblar, fabricación de tabletas para ensambladura de pisos de madera (parqué), traviesas de madera para vías de ferrocarril; preservación de madera.

2010

Fabricación de papel y productos de papel.

Fabricación de papel carbón.

En rollos y hojas. 2101

Fabricación de papel y cartón.

De base para producir papel revestido, satinado, engomado y laminado, y

2101

46

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cartón.Fabricación de pasta de madera.

2101

Actividades de impresión.

(Publicaciones periódicas, libros,mapas, catálogos, partituras, sellos postales, papel moneda). Imprentas

2221

Fabricación de sustancias y productosQuímicos

Fabricación de sustanciasquímicas básicas

Incluye plaguicidas sintéticos o cuya materia prima proviene de lasíntesis química, fertilizantes y compuestos nitrogenados.

2411

Fabricación de otros fertilizantes

Lombricultura, compostaje

2412

Fabricación de explosivos, municiones, fósforos y juegos pirotécnicos.

2927

Fabricación de plásticos en formas primarias y de caucho sintético.

2413

Fabricación de drogas y medicamentos.

2423

Fabricación de bruñidores para muebles, metales, etc.

Ceras; preparados desodorantes.

2424

Fabricación de jabones, detergentes y preparados para limpiar.

Velas, aromatizante, perfumes, cosméticos y otros preparados de tocador.

2424

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Fabricación de Pinturas y Barnices / Resinas / Resineras

SC

Fabricación de resinas de plástico, cauchos y similares.

SC

Fabricación de tintas. SC

Categoría División Nombre de la Actividad Descripción CIIUFabricación de disolventes o diluyentes.

SC

Fabricación de pegamentos y similares.

(base orgánica) SC

Agroquímicos de tipo biocida.

SC

Sintetización de ácidos inorgánicos, bases o metales pesados.

SC

Procesos galvanoplásticos, a excepción de oro y plata.

SC

Beneficiado de metales SCLaboratorios industriales de análisis químicos y biológicos.

SC

Fabricación de carbón activado.

Preparados anticongelantes; productos químicos de uso industrial y en laboratorios.

2429

Fabricación de productos fotoquímicos, placas y películas sensibilizadas.

2429

Fabricación de productos con materiales no

Fabricación de lana, telas y fibras de vidrio.

2610

Fabricación de vidrio 2610Fabricación de productos minerales no metálicos

(Cal y yeso). Abrasivos; aislantes;

SC

48

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metálicos. piedras de amolar; mica; grafito; etc.).

Fabricación de artículos de hormigón, cemento y yeso.

2694

Fabricación de asbesto y subproductos.

2696

Fabricación de productos a base de sustancias peligrosas

No incluidos en otras categorías de la lista.

SC

Fabricación de productos de asfalto.

Incluye mezcladorasde asfalto.

2699

Procesos metalúrgicos

Fundición de hierro y acero.

SC

Fundición de metales preciososy aleaciones para joyería.

SC

Fundición de metales no férreos.

SC

Tratamiento térmico y revestimiento de metales.

Incluye el grabado químico.

SC

Fábricas con procesos de pulvimetalurgia.

Incluye sinterización y fabricación de compuestos metal cerámico (cermet).

SC

Fabricación y ensamble de productos metálicos.

SC

Reciclado que no forma parte de un mismo proceso productivo.

Reciclado de subproductos y desechos metálicos.

3710

Reciclado de fibras textiles y papel.

3720

Reciclado de vidrio, caucho y plástico.

3720

Reciclado de productos electrónicos y eléctricos.

SC

49

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Categoría División Nombre de la Actividad

Descripción CIIU

Reciclado de productos peligrosos

Residuos de laboratorios,hospitalarios,radiactivos, baterías,solventes, etc.

SC

Servicios Básicos

Suministro de electricidad, gas y agua.

Subestaciones de energía eléctrica.

4010

Generación de electricidad a partir de combustibles fósiles.

Plantas térmicas.

4010

Almacenamiento de hidrocarburos.

Para comercialización de hidrocarburos.

SC

Otras actividades de servicios comunitarios, sociales y personales

Eliminación de desperdicios y aguas residuales, saneamiento y actividades similares, que no formen parte de un proceso productivo

Tratamiento y Disposición final de desechos sólidos ordinarios.

Cuando no formen parte de un proceso productivo.Rellenos sanitariosMunicipales.

9000

Tratamiento y Disposición final de desechos sólidos especialesy peligrosos.

Cuando no formen parte de un proceso productivo.Rellenos sanitarios especiales.

9000

Plantas de Tratamiento de aguas residuales.

Cuando no formenparte integral de un proyecto.

9000

Lagunas de oxidación SCOtras plantas de tratamiento físico– biológico.

SC

50

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Incineración de residuos no especiales.

SC

Incineración de residuos especiales.

SC

Otras actividades deServicio

Empresas dedicadas al lavado y limpieza de prendas.

De tela y de piel, incluso la limpieza en seco (“drycleaning”).

9301

Talleres de refrigeración. SCAlmacenaje y comercialización de productos peligrosos.

SC

Laboratorios fotográficos. SC

4.5 Umbrales de reporte.

Debido a que la mayoría de Registros (emisiones atmosféricas, descarga de aguas residuales, sustancias químicas y residuos peligrosos) están asociados con el permiso ambiental y por ende con la Tabla de Categorización Ambiental, y a que no existe una clara conceptualización y una diferenciación uniforme en la categorización de empresas, se recomendó utilizar los umbrales (número de empleados y producción) y las unidades de dimensionamiento establecidos en la Tabla de Categorización Ambiental:

Nomenclatura de Categorización por número de empleados:PE: Pequeñas Empresas (< = 20 empleados)ME: Medianas Empresas (21 – 100 empleados)GE: Grande Empresa (> 100 empleados)

Gran proyecto: Se entiende como gran proyecto el conjunto de actividades que impliquen el desarrollo de obras cuyos impactos directos, de índole ambiental, económico, social y cultural sean de alcance nacional. Una característica de los Grandes proyectos es que se constituyen de componentes cuyas dimensiones, son similares a las de acciones humanas que el proceso de EIA, tramita de forma individual. Se incluyen como parte de esta categoría actividades tales como generación hidroeléctrica, explotación minera metálica, explotación petrolera y grandes obras de infraestructura, entre otras. Por su naturaleza, los grandes proyectos pueden ser identificados como de tipo estratégico o no estratégico.

51

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Unidades o parámetros de dimensionamiento:

Cuadro No.10.- Unidades y parámetros de dimensionamiento establecidos en la Tabla de Categorización Ambiental.

No.

Unidad deMedida

Explicación Observación

1 Empleados Números plazas directas de trabajo relacionadas con la actividad.

2 Ha Hectárea, equivalente a 10.000 metros cuadrados de superficie.

3 Cabezas (de animales)

Número de animales (reses, cerdos, aves, y otros).

4 m3 Volumen de material (mineral, por ejemplo) a procesar medido en metros cúbicos.

5 Litros / día Cantidad de producto a procesar medido en el volumen de litros por día.

6 Mw Un megawatts, equivalente de 1000 Kilowatts de energía.

7 Litros Unidad de medida de volumen de sustancia líquida a procesar.

8 Kw – h térmico

Kilowatt – hora térmico de energía producido por quemado de hidrocarburos.

9 m3/día Cantidad de metros cúbicos procesados por la actividad por día.

10 m2 deconstrucción

Unidad de media respecto al área a construir.

Si la edificación es de varios pisos, la superficie se multiplica por el número de pisos.

11 Número deUsuarios

Número de suscriptores o receptores del servicio.

12 Ton / día Toneladas por día de material que será procesado por la actividad.

13 Especies CITES

Especies identificadas en las listas internacionales como en peligro de extinción.

Los números romanos con que se distinguen representan las

52

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diferentes listas (I, II, III).

A continuación y en base a los umbrales establecidos en la Tabla de Categorización Ambiental vigente, se presentan los umbrales para cada actividad que será cubierta en el RETC Nacional:

Cuadro No. 4.- Umbrales de reporte para cada actividad cubierta en el RETC de Honduras.

Categoría División Nombre de la Actividad

CIIU Umbral

Agricultura, ganadería, caza y silvicultura

Agricultura, ganadería, caza y actividades de servicios conexas

Cultivo de vegetales, productos hortícolas 112,11

9> 10 Ha

Servicios Agrícolas 140 > 20 empleados

Servicios de Fumigación SC >10 HaActividades agroindustrialesvinculadas al sector

Actividades vinculas a la producción del Tabaco. SC > 20

empleados

Granjas y Cultivos

Camaricultura SC > 1 HaGranjas para producción bovina, equina, ovina y similar

121, 122

> 500 cabezas

Granjas Porcinas SC > 50 cerdosGranjas Avícolas SC > 2,500 aves

Explotación de minas y canteras

Extracción a cielo abierto ysubterránea

Extracción a cielo abierto y subterránea

1320 Todas

Extracción a cielo abierto de minerales para la construcción.

1410 3650 m3/año en adelante

Extracción subterránea, de minerales de construcción.

1410 Todas

Explotación de minas y canteras de asbestos, feldespatos, y otros minerales.

1429 Todas

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Plantas de Beneficiado de Productos mineros.

SC 20,000 m3/año en adelante

Industrias Manufactureras

Elaboración de productosalimenticios y bebidas

Mataderos (Rastros) y preparación de la carne.

1511 > 5 cabezas por día

Envase, conservación de Productos cárnicos.

SC > 20 empleados

Envase, conservación de productos de pescado y mariscos.

1512 Desde PE= < 20 empleados

Producción de harina de pescado o camarón.

SC Todas

Elaboración y conservación de frutas y vegetales.

SC > 20 empleados

Elaboración de aceites y grasas.

1514 Desde PE= < 20 empleados

Elaboración de productos lácteos.

1520 > 10,000L/día

Productos de molinería. 1531 > 20 empleados

Fábricas y refinerías de azúcares

1542 Desde PE= < 20 empleados

Proceso del beneficiado del café y derivados

1549 Desde PE= < 20 empleados

Destilación, rectificación y mezcla de bebidas espirituosas (alcohólicas)

1551 Desde PE= < 20 empleados

Elaboración (manufactura) de bebidas fermentadas

1553 Desde PE= < 20 empleados

Industrias de bebidas no alcohólicas y aguas minerales y naturales.

1554 > 20 empleados

Procesadoras y envasadoras de alimentos.

SC > 20 empleados

Elaboración de confite, churros, boquitas y similares.

SC > 20 empleados

54

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Categoría División Nombre de la Actividad

CIIU Umbral

55

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Fabricación de productostextiles

Fabricación y procesado de productos textiles.

1711/1712

Desde PE= < 20 empleados

Fabricación (manufactura) de tapices yAlfombras (artículos para el cubrimiento de pisos).

1722 Desde PE= < 20 empleados

Fabricación (manufactura) de cordelería.

1723 Desde PE= < 20 empleados

Fabricación de tejidos estrechos.

1729 > 20 empleados

Productos textiles: Tejidos para uso industrial.

1729 > 20 empleados

Curtido y adobo de cueros;fabricación de maletas, bolsosde mano, artículos de talabartería y guarnicionería

Curtidurías y talleres de acabado de cuero.

1911Desde PE= < 20 empleados

Producción de madera y fabricación de productos de madera y corcho; fabricación de artículos de paja y materiales trenzados

Aserraderos estacionarios y móviles, excepto las motosierras.

2010 Todos

Talleres de acepilladura de madera y fabricación de madera a partir de polvo de madera o aserrín.

2010 Desde PE= < 20 empleados

Fabricación de papel y productos de papel.

Fabricación de papel carbón.

2101 Desde PE= < 20 empleados

Fabricación de papel y 2101 Desde PE=

56

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cartón. <20 empleados

Fabricación de pasta de madera.

2101 Todas

Actividades de impresión. 2221 > 20 empleados

Fabricación de sustancias y productosquímicos

Fabricación de sustanciasquímicas básicas

2411 Todas

Fabricación de otros fertilizantes

2412 > 20 empleados

Fabricación de explosivos, municiones, fósforos y juegos pirotécnicos.

2927 Todas

Fabricación de plásticos en formas primarias y de caucho sintético.

2413 Todas

Fabricación de drogas y medicamentos.

2423 > 20 empleados

Fabricación de bruñidores para muebles, metales, etc.

2424 Desde PE= < 20 empleados

Fabricación de jabones, detergentes y preparados para limpiar.

2424 Desde PE= < 20 empleados

Fabricación de Pinturas y Barnices / Resinas / Resineras

SC Todas

Fabricación de resinas de plástico, cauchos y similares.

SC Todas

Fabricación de tintas. SC Desde PE= < 20 empleados

Categoría División Nombre de la Actividad

CIIU Umbral

Fabricación de disolventes o diluyentes.

SC Desde PE= < 20

57

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empleadosFabricación de pegamentos y similares.

SC Desde PE= < 20 empleados

Agroquímicos de tipo biocida.

SC Envasado y producción

Sintetización de ácidos inorgánicos, bases o metales pesados.

SC Todas

Procesos galvanoplásticos, a excepción de oro y plata.

SC Desde PE= < 20 empleados

Beneficiado de metales SC TodosLaboratorios industriales de análisis químicos y biológicos.

SC Todos

Fabricación de carbón activado.

2429 Desde PE= < 20 empleados

Fabricación de productos fotoquímicos, placas y películas sensibilizadas.

2429 Desde PE= < 20 empleados

Fabricación de productos con materiales no metálicos.

Fabricación de lana, telas y fibras de vidrio.

2610 Todas

Fabricación de vidrio 2610 Desde PE= < 20 empleados

Fabricación de productos minerales no metálicos

SC Desde PE= < 20 empleados

Fabricación de artículos de hormigón, cemento y yeso.

2694 > 20 empleados

Fabricación de asbesto y subproductos.

2696 Todas

Fabricación de productos a base de sustancias peligrosas

SC Todas

Fabricación de productos de asfalto.

2699 Todas

Procesos Fundición de hierro y SC Desde PE= <

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metalúrgicos acero. 20 empleados

Fundición de metales preciososy aleaciones para joyería.

SC Desde PE= < 20 empleados

Fundición de metales no férreos.

SC Desde PE= < 20 empleados

Tratamiento térmico y revestimiento de metales.

SC Desde PE= < 20 empleados

Fábricas con procesos de pulvimetalurgia.

SC Desde PE= < 20 empleados

Fabricación y ensamble de productos metálicos.

SC > 20 empleados

Reciclado que no forma parte de un mismo proceso productivo.

Reciclado de subproductos y desechos metálicos.

3710 Desde PE= < 20 empleados

Reciclado de fibras textiles y papel.

3720 > 20 empleados

Reciclado de vidrio, caucho y plástico.

3720 > 20 empleados

Reciclado de productos electrónicos y eléctricos.

SC Desde PE= < 20 empleados

Reciclado de productos peligrosos

SC Desde PE= < 20 empleados

Categoría División Nombre de la Actividad

CIIU Umbral

Servicios Básicos

Suministro de electricidad, gas y agua.

Subestaciones de energía eléctrica.

4010 Todas

Generación de electricidad a partir de combustibles fósiles.

4010 3 Mw en adelante

Almacenamiento de hidrocarburos.

SC > 10,000 L

Otras Eliminación Tratamiento y 9000 < 20 m3/día

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actividades de servicios comunitarios, sociales y personales

de desperdicios y aguas residuales, saneamiento y actividades similares, que no formen parte de un proceso productivo

Disposición final de desechos sólidos ordinarios.Tratamiento y Disposición final de desechos sólidos especiales y peligrosos.

9000 Todas

Plantas de Tratamiento de aguas residuales.

9000 < 1,000 L/s

Lagunas de oxidación SC TodasOtras plantas de tratamiento físico– biológico.

SC ≥ 50 m3/día

Incineración de residuos no especiales.

SC ≥ 1 Tn/día

Incineración de residuos especiales.

SC Todas

Otras actividades de servicio

Empresas dedicadas al lavado y limpieza de prendas.

9301 Desde PE= < 20 empleados

Talleres de refrigeración. SC > 20 empleados

Almacenaje y comercialización de productos peligrosos.

SC Todas

Laboratorios fotográficos.

SC > 20 empleados

4.6 Exenciones del requerimiento de reporte

Se recomendó homologar las exenciones con el proceso de licenciamiento ambiental, en virtud que la mayoría de registros como se ha mencionado anteriormente (emisiones atmosféricas, descarga de aguas residuales, sustancias químicas y residuos peligrosos) están adscritos al permiso ambiental, y ya que todo proyecto, obra o actividad pública o privada, debe contar con el mismo para poder operar, se estableció que las exenciones del requerimiento de reporte al RETC de Honduras serán únicamente:

Para los establecimientos con umbrales o limites productivos pequeños (Proyectos Categoría 1, de bajo impacto ambiental potencial o de bajo riesgo),

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siempre que los mismos en la naturaleza de sus actividades no empleen sustancias químicas peligrosas.

Además reportarán proyectos categoría 1 cuando la Tabla de Categorización Ambiental vigente así lo establezca.

4.7 Manejo de las Peticiones de Confidencialidad

La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente en el país (Decreto No. 170-2006), claramente establece en el artículo 3 que tanto la información reservada como la confidencial debe ser clasificada como tal en la Ley, en otras leyes o por resoluciones particulares de las instituciones del sector público. Dejando por sentado que sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley sobre la secretividad de datos y procesos y confidencialidad de datos personales y de información entregada por particulares al Estado bajo reserva; la clasificación de la información pública como reservada procede cuando el daño que puede producirse, es mayor que el interés público.

Bajo esos preceptos legales, el RETC de Honduras debe considerar como aspectos de confidencialidad en la reglamentación, los referidos principalmente a la secretividad de datos industriales, es decir aspectos relativos a la naturaleza, características o finalidades de los productos; a los métodos o procesos de producción; o a los medios formales de distribución o comercialización de productos o prestación de servicios.

Para tal efecto, cada establecimiento tendrá que presentar una petición de confidencialidad ante la Secretaría General de la SERNA, para su evaluación; y toda información que tenga el carácter de confidencial, deberá ser manejada exclusivamente por el administrador del RETC, quien resguardará el control de acceso a los datos según cada caso particular y en la forma que lo indiquen las disposiciones legales.

En resumen se considera que en esta etapa de implementación, la única información que puede ser difundida es la relativa a la cantidad o volumen de substancias emitidas o transferidas.

4.8. Elementos de información a ser recolectados

El Comité Coordinador del RETC, identifico que los elementos de información que deben ser recolectados y plasmados en el formulario del RETC Nacional son los siguientes (Ver anexo 2.):

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4.8.1.Identificación del Establecimiento

Nombre del Empresa, Razón social e Indicar si es casa matriz o plantel. Ubicación: Región de Desarrollo, Departamento, Municipio, Dirección

(Colonia/Barrio, Sector/ Bloque, Calle, Número). Localización geográfica: UTM y WGS84. Principal actividad económica, Código CIIU (revisión 4). Número de Empleados: Total, Número en planta. Número de horas de trabajo al año (hr/año). Contacto Técnico: Anotar la dirección en caso de ser diferente del

establecimiento.Nombre completo del contacto técnico, Cargo, Dirección: (Colonia/Barrio, Sector/ Bloque, Calle, Número), Teléfonos, Fax, email, Dirección electrónica.

4.8.2.Identificación de la Actividad Industrial

Materia prima para producción: nombre del químico, punto de consumo, forma de almacenamiento, consumo anual.

Volumen de producción anual: nombre del producto, producción anual. Consumo total de energía (Kw/año): total y en planta, fuente de energía,

autogeneración, consumo por tipo de fuente. Consumo total de agua (m3/año). Consumo total de combustible: tipo de combustible, área de consumo,

consumo anual.

4.8.3. Licencias y Autorizaciones

Nombre de la licencia o autorización:- Tipo de Permiso Ambiental (Licencia ambiental, Auditoria ambiental)- Licencia Sanitaria- Registro de plaguicidas y sustancias afines- Registro de productos veterinarios- Registro Sanitario- Autorización de descarga de Aguas residuales.- Registro de empresas o actividades que generan emisiones por

fuentes fijas.- Registro de sustancias y actividades relacionadas con sustancias

químicas y residuos peligrosos (Opciones varias)- Tarjeta del Registro Nacional para el Transporte de Sustancias,

Mercancías y Desechos Peligrosos.

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Número. Fecha de emisión y fecha de vencimiento.

4.8.4.Liberaciones y Transferencias

1. Aire

1.1. Emisión por chimenea(s) Número total de chimeneas Identificación de la chimenea: número, altura, diámetro interior o

equivalente, velocidad de flujo del gas, estado, punto de emisión, contaminante o parámetro, número CAS, cantidad emitida por chimenea y método de cálculo (estimación, medición o cálculo), emisión total por chimeneas.

Emisión por accidente: identificación de la chimenea (número), contaminante o parámetro, Número CAS, cantidad emitida por accidente, método de cálculo (estimación, medición o cálculo).

Emisión total anual: contaminante, emisión anual por chimenea(s), emisión anual por accidente, emisión total.

2. Agua

2.1. Descarga a cuerpos receptores (emisión)

Total de puntos de descarga Caudal (m3/año) Tratamiento de aguas residuales: si o no Tipo de Tratamiento (Lagunas de estabilización, lodos activados,

humedales, otros) Emisión por descarga: identificación de la descarga (número),

procedencia de la descarga, contaminante o parámetro, número CAS, cantidad emitida por descarga, método de cálculo (estimación, medición o cálculo), nombre del cuerpo de agua receptor, emisión total por descargas.

Emisión por accidente: identificación de la descarga (número), contaminante o parámetro, número CAS, cantidad emitida por accidente, método de cálculo (estimación, medición o cálculo), nombre del cuerpo de agua receptor.

Emisión total: contaminante, emisión anual por descarga(s), emisión anual por accidente, emisión total.

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2.2. Descarga a Alcantarillado (transferencia)

Total de puntos de descarga Caudal (m3/año) Pretratamiento de aguas residuales: si o no Tipo de pretratamiento (Desbaste, trampa de grasas, otros) Transferencia Anual por descarga: Identificación de la descarga,

procedencia de la descarga, contaminante o parámetro, número CAS, cantidad transferida por descarga, método de cálculo (estimación, medición o cálculo), transferencia total.

3. Suelo

3.1. Descarga a suelo (emisión):

Total de puntos de descarga Caudal (m3/año) Tipo de Tratamiento (tecnologías/opciones) Tratamiento de aguas residuales: si o no Tipo de Tratamiento (Lagunas de estabilización, lodos activados,

humedales, otros) Emisión por descarga: identificación de la descarga (número),

procedencia de la descarga, contaminante o parámetro, número CAS, cantidad emitida por descarga, método de cálculo (estimación, medición o cálculo), nombre del sitio de descarga, área del punto de descarga, emisión total por descargas.

Emisión por accidente: identificación de la descarga (número), contaminante o parámetro, número CAS, cantidad emitida por accidente, método de cálculo (estimación, medición o cálculo), nombre del sitio de descarga, área del punto de descarga.

Emisión total: contaminante, emisión anual por descarga(s), emisión anual por accidente, emisión total.

4.8.5. Generación de residuos peligrosos

Identificación del residuo: nombre del residuo, estado (líquido, sólido, gaseoso), código de peligrosidad (explosivo, inflamable, corrosivo, oxidante, reactivo, toxico), área de generación, volumen total generado, modalidad de manejo (almacenamiento, tratamiento, transferencia/ %)

Transferencia de residuos peligrosos generados: Nombre del residuo, volumen anual, método de cálculo, año de generación, destino (nacional,

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internacional/ tratamiento, disposición final, otro/ para cada uno indicar lugar y tipo).

4.8.6. Certificación

Doy fe que la información suministrada es correcta y se basa en los métodos de estimación establecidos.

Nombre completo del representante Cargo o posición Teléfono, Fax, email, dirección electrónica Firma Sello.

4.9 Procedimientos aceptables para Estimar Emisiones

En base a la experiencia internacional y a lo establecido en la propuesta del Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias Químicas Peligrosas en Honduras:

d) Las emisiones y transferencias de contaminantes y sustancias sujetas a reporte de competencia nacional, que estén reguladas por normas hondureñas, deberán medirse utilizando todos los equipos, procedimientos de muestreo, entre otros, especificados en las reglamentaciones específicas y de metrología.

En el caso de aquellos parámetros o contaminantes que están regulados pero que en el país no se cuenta con la capacidad analítica para su determinación, deberán reportarse a través de métodos de estimación hasta que se desarrolle la capacidad analítica requerida.

e) Para efectos de cumplimiento del RETC, las sustancias sujetas de reporte, que no estén reguladas por normas hondureñas, deberán estimarse a través de metodologías comúnmente utilizadas a nivel internacional (USEPA, IPCC, entre otras), tales como la aplicación de factores de emisión, estimación mediante datos históricos, balance de materiales o modelos matemáticos.

En el caso de aquellos establecimientos sujetos a reporte que están monitoreando parámetros que no están normados, deberán realizar sus cálculos utilizando los datos de muestreo en la fuente.

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4.10 Apoyo y Asistencia brindados a los establecimientos sujetos a reporte.

A manera de garantizar la calidad de la información que será ingresada al Sistema RETC por los establecimientos sujetos a reporte, es necesario desarrollar programas de capacitación, guías e instructivos que orientan a los establecimientos en el proceso de reporte al RETC.

4.10.1 Información, instrucciones y actividades de capacitación para los establecimientos sujetos a reporte.

InformaciónEn la página Web del RETC de Honduras se contará con información de carácter legal y técnica que facilite la presentación del reporte y control de calidad de los datos suministrados por el titular del establecimiento.

InstruccionesComo material de apoyo a los establecimientos sujetos a reporte durante la fase de Prueba Piloto y Definición de las Características Clave se desarrollaron las siguientes guías:

a. Instructivo para el llenado del Formato de Reporte RETC: Documento elaborado con el objetivo de orientar dirigir al usuario en relación a la información que debe ser proporcionada en el Formato de Reporte RETC y que utilizara para reportar a través del Sistema Automatizado del RETC.

b. Manual del Usuario Industrial: Material elaborado como guía al usuario industrial para el ingreso de datos al sistema RETC.

c. Guía para el Cálculo de Emisiones Contaminantes: Instrumento elaborado como guía orientadora en las técnicas y referencias internacionales existentes para el cálculo de emisiones.

Estas guías deberán ser validadas y actualizadas a medida se realicen las revisiones a las Características Clave así como los ajustes al Sistema Automatizado del RETC. El encargado del RETC deberá identificar la necesidad de desarrollar otro material de apoyo que garantice la calidad del reporte.

CapacitaciónCon el fin de orientar y garantizar el proceso de reporte al Sistema Automatizado del RETC, será necesario establecer un programa de capacitación para los establecimientos sujetos a reporte en los siguientes temas:

Requerimientos legales del sistema RETC Honduras Reporte al Sistema Automatizado del RETC66

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Métodos de estimación para el cálculo de emisiones contaminantes

Debido a que los costos de capacitación pueden ser muy elevados una alternativa a considerar es la elaboración de un tutorial virtual, disponible en el Portal del RETC Honduras que oriente a los establecimientos en los requerimientos y Reporte al Sistema automatizado del RETC.

4.10.2 Asistencia y Servicios a ser brindados durante el primer ciclo de reporte

Los usuarios deberán ser informados sobre el personal destinado a responder sus solicitudes de asistencia, ya sea por problemas en el ingreso de datos al sistema o dificultades en la estimación de emisiones.

Con el fin de brindar una atención rápida y eficiente será necesario establecer una línea directa de asistencia, así como personal que centralice y verifique el tiempo de respuesta a las solicitudes, también es importante capacitar y certificar que el personal asignado es capaz de asistir a los usuarios en el reporte en línea y métodos de estimación.

El capitulo 6.1.1 describe el personal técnico que será destinado a brindar asistencia técnica a los usuarios.

5. TRATAMIENTO DE LAS FUENTES NO SUJETAS A REPORTE

5.1 Establecimientos no sujetos a reporte

Son exentos de reporte los establecimientos con umbrales o limites productivos pequeños considerados como Proyectos Categoría 1 según la Tabla de Categorización Ambiental.No obstante, a pesar del bajo impacto ambiental que representan estos establecimientos de forma individual, al considerarlos de forma agregada su aporte contaminante puede ser muy elevado.

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Bajo esa consideración el DGPQ en coordinación con el CRETC y la academia deberá definir la metodología para realizar la estimación complementaria de las emisiones de estos establecimientos que permita generar un inventario de emisiones a nivel nacional.

Entre las actividades que serán considerados para la estimación complementaria están todas aquellas listadas en el cuadro 2. y comprenden los siguientes sectores:

No.

Sectores

1 Agricultura, ganadería, caza y silvicultura2 Explotación de minas y canteras3 Industrias Manufactureras4 Sector servicios básico

5.2 Fuentes Móviles

Las fuentes móviles incluyen todos los medios de transporte impulsados por un motor de combustión interna, se caracterizan por ir de un lugar a otro y que por lo tanto contaminan a lo largo de su recorrido (Sarmiento, J.), entre otros se pueden listar:

Automóviles Camiones Autobuses Vehículo de carga y pasajeros Motocicletas

Las sustancias que son emitidas al ambiente por las fuentes móviles son los siguientes:

Monóxido de carbono (CO) Óxidos de nitrógeno (NOX) Óxidos de azufre (SOX) Material particulado (MP) Hidrocarburos (HC)

Para el cálculo de las fuentes móviles los administradores del RETC se podrán apoyar de los métodos estimación propuestos por Panel Intergubernamental del Cambio Climático (IPCC) y software gratuito como es el MOBILE 6, sin embargo será necesaria la contratación de un experto en la materia que defina

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factores de emisión para la flota vehicular de Honduras así como los métodos de cálculo para el inventario nacional de fuentes móviles.

6. ADMINISTRACION DEL SISTEMA NACIONAL DEL RETC

6.1 Responsabilidades institucionales para la recolección, gestión, análisis y difusión de la información.

6.1.1 Responsabilidad Institucional

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La recolección y gestión de datos para el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes de Honduras, debe apoyarse inicialmente en la infraestructura administrativa, legal y técnica disponible.

En ese contexto y en base a las atribuciones legales asignadas a la SERNA, el RETC debe estar radicado en esa Secretaría de Estado; sin embargo este Registro como una herramienta de gestión ambiental será un insumo valioso para el cumplimiento de las obligaciones de otras instituciones y se podrá establecer iniciativas conjuntas con esas instituciones.

A lo interno de la SERNA el establecimiento y coordinación de mecanismos de información ambiental recae en el Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA) adscrito a la Unidad de Planeamiento y Evaluación de la Gestión (UPEG). En ese sentido, el RETC debe concebirse como un nodo del Sistema de Indicadores Ambientales que maneja el SINIA/ Infotecnología.

La propuesta del “Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias Químicas Peligrosas en Honduras” delega funciones generales en torno al RETC al Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO), Departamento para la Gestión de Productos Químicos (DGPQ) y a la Comisión Nacional para la Gestión de Sustancias Químicas Peligrosas y Residuos Peligrosos (CNG).

Dicho lo anterior, a continuación se describen las funciones específicas identificadas para cada involucrado:

Funciones Gubernamentales

La Autoridad Nacional Competente para la implementación del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes es la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA).

Sin embargo, el funcionamiento general del Registro al interior de la SERNA estará a cargo del Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO) a través del Departamento para la Gestión de Productos Químicos (DGPQ) en coordinación con el Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA), quienes se apoyarán en la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de Productos Químicos (CNG).

En consecuencia las funciones identificadas para cada uno de estos actores son las siguientes:

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a) Departamento para la Gestión de Productos Químicos (DGPQ)El DGPQ será responsable de la organización y funcionamiento del RETC, y sus atribuciones están referidas a:

1) Nombrar dentro del Departamento a un encargado del funcionamiento del RETC.

2) Actualizar las características claves del RETC, mediante revisiones anuales que incorporen los compromisos adquiridos en los tratados internacionales aprobados por el País, y las políticas, estrategias, prioridades y objetivos ambientales establecidos por la SERNA.

3) Recolectar los datos relativos a fuentes difusas.4) Definir los contenidos y formalidades del Informe Anual de Emisiones y

Transferencias de contaminantes.5) Elaborar el informe anual del RETC en coordinación con el SINIA y la

Dirección de Evaluación y Control Ambiental (DECA) para su publicación en la página web del RETC vinculada al portal de la SERNA.

6) Elaborar manuales y guías para el público, a fin de explicar los beneficios que proporciona el RETC y las medidas necesarias para sustentar el mismo.

7) Elaborar, validar y difundir manuales y guías para los establecimientos sujetos a reporte, que orienten sobre los métodos para la obtención de datos y la entrega de información correcta que asegure la calidad de los mismos.

8) Convocar anualmente a un grupo técnico compuesto por integrantes de la DECA, DNCC y SINIA, para validar la información presentada por los establecimientos sujetos a reporte.

9) Mantener la confidencialidad de los datos proporcionados por los establecimientos sujetos a reporte.

10) Proveer medios de capacitación para realizar el reporte al RETC.11) Suministrar información al SINIA para su publicación en la página web del

RETC.12) Coordinar con SINIA la entrega de datos al RETC de la Región

Centroamericana.

b) SINIA/ InfotecnologíaEl SINIA será responsable del sistema automatizado del RETC, por lo que sus atribuciones están referidas a:

1) Administrar el nodo central del RETC.2) Monitorear el registro de la información relativa a emisiones y

transferencias de contaminantes suministrada por los establecimientos sujetos a reporte. 71

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3) Mantener los sistemas y procedimientos de archivo, registro y sistematización de emisiones, y de información y consulta ciudadana.

4) Integrar otras bases de datos existentes con el RETC.5) Apoyar al DGPQ en la elaboración del informe anual del RETC.6) Mantener un respaldo de la base de datos por un periodo de 10 años.7) Mantener la confidencialidad de los datos proporcionados por los

establecimientos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 28 a 30 del presente reglamento.

8) Administrar la página web del RETC.9) Publicar en la página web la información suministrada por la DGPQ.10) Reportar al RETC de la Región Centroamericana.

c) CNG

La CNG a través del Comité RETC se constituye en un órgano de apoyo para la DGPQ, a fin de brindar asesoría técnica en la conceptualización y seguimiento del RETC.

6.1.2 Procedimientos para la recolección y gestión de datos.

Los procedimientos para la gestión y difusión de la información comprenden las siguientes etapas:

1) Revisión de los reportes anuales2) Convocatoria de grupo técnico3) Verificación de la información4) Elaboración de Informe Anual

El SINIA será el encargado de administrar el nodo central del RETC. Este nodo central será alimentado en su mayoría por los reportes anuales de los establecimientos sujetos a reporte.

A medida ingresen los reportes al sistema automatizado, el personal encargado deberá verificar si los establecimientos completaron el reporte anual. Si un establecimiento sujeto a reporte presenta un formato RETC que no contiene la información requerida, el encargado deberá comunicarse con el titular del establecimiento para solicitar el llenado correcto del mismo, el establecimiento tendrá un máximo tres días para completar el reporte.

Finalizado el de reporte anual, el DGPQ deberá convocar a un grupo técnico compuesto por integrantes de la DECA, DNCC y SINIA, para validar la información presentada por los establecimientos sujetos a reporte. Debido a que el número de establecimientos reportando puede ser muy elevado, el

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grupo técnico deberá seleccionar una muestra aleatoria para llevar a cabo el proceso de validación.

La evaluación de los datos facilitados por los titulares de los establecimientos, se realizará con la información que ya esté disponible (Tracking System), según proceda. En ese sentido, se podrán comprobar los datos recibidos comparándolos con:

- La información disponible o existente en los procedimientos de concesión de licencias, o de comprobación de cumplimiento de las autorizaciones;

- La información disponible como resultado de los autocontroles realizados por los establecimientos y comunicados a la SERNA.

Si el grupo técnico detecta irregularidades en el reporte, el DGPQ deberá comunicarse con el titular del establecimiento para solicitar una revisión de las memorias de cálculo y de ser necesario realizara una visita de campo para corroborar la información presentada. Comprobado los errores existentes en el reporte el establecimiento tendrá tres días para ingresar la información corregida al sistema.

Finalizado el proceso de verificación y realizadas las correcciones por los establecimientos, el SINIA podrá proceder con el cierre del ciclo de reporte. Este último proceso es muy importante ya que a partir del cierre el sistema generara la información referente a los volúmenes de emisiones y transferencias para el año base.

El DGPQ con apoyo del SINIA deberá elaborar el Informe Anual del RETC, debiendo generarse tres diferentes informes, dirigidos a los siguientes actores:

Tomadores de decisiones Público en general Academia

6.1.3 Procedimientos para el análisis y difusión de la Información

Uno de los objetivos del RETC de Honduras es el acceso público a toda la información que se genere; por lo que será importante realizar análisis no solo de los totales nacionales de las emisiones y transferencias sino que también análisis desagregados para contaminantes y actividades, con el propósito de proporcionar la información y los resultados del RETC a las diferentes partes interesadas y afectadas sobre una base igualitaria y equitativa.

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Sin embargo es prudente que en el corto plazo se aplique un criterio de gradualidad en la difusión de estos datos, debido a la necesidad de:

- Proveer un contexto adecuado para el desarrollo del RETC, por lo que se requiere de tiempo para desarrollar las capacidades pertinentes.

- Proporcionar información más objetiva y confiable para coadyuvar a la consecución de los objetivos del RETC.

- Fortalecer capacidades para estimar emisiones, reportar y manejar la información.

A continuación se presentan algunos elementos claves en el procedimiento de análisis de datos y difusión de la información:

Tipos de Análisis y Presentación de los Datos.

En el primer reporte anual del RETC se agregará la información sectorial y regionalmente, pudiendo contener tablas y figuras para presentar los datos. Los análisis que pueden realizarse son diversos y se enumeran a continuación:

a) Distribución ambiental de emisiones (por tipo de medio).− Emisiones totales nacionales de sustancias RETC a los diferentes medios− Distribución de la cantidad total de sustancias transferidas para su

disposición, o tratamiento.

b) Emisiones y transferencias por Departamento, Municipio y Región de Desarrollo.

− Distribución de las emisiones totales a los diferentes medios por Departamento y Región de Desarrollo.

− Emisiones totales en cada Departamento a los diferentes medios, incluyendo el número de reportes.

− Comparación entre los diferentes Departamentos de acuerdo a sus emisiones totales de sustancias RETC a los diferentes medios.

− Comparación entre las transferencias totales por Departamento y Regiones de Desarrollo.

c) Emisiones y transferencias por sector industrial.− Emisiones totales por sector industrial a los diferentes medios, incluyendo

número de establecimientos.

d) Emisiones y transferencias por clase de sustancia.

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− Emisiones totales nacionales por sustancia a los diferentes medios.− Cantidades transferidas para disposición o tratamiento por sustancia.

e) Destino de las Transferencias.− Transferencias enviadas fuera de cada Departamento o Municipio y

recibidas por otros Departamentos o Municipios.− Transferencias internacionales de sustancias listadas.

f) Emisiones y transferencias de cada clase de sustancia por sector industrial.

g) Principales actividades emprendidas para la prevención y control de la contaminación.

h) Información para cada sustancia RETC:− El número de empresas que reportan la sustancia.− La cantidad total emitida.− El porcentaje emitido al aire, agua y suelo.− La cantidad total transferida por tipo de transferencia.

Los reportes de resultados estarán disponibles en la página Web del RETC de Honduras, además se publicará en papel un reporte anual que contendrá un consolidado de los principales resultados.

Difusión y Acceso de Datos

En la Agenda 21 se establece que “todos son usuarios y proveedores de información. La necesidad de información se presenta a todos los niveles desde los responsables mayores de toma de decisiones a nivel nacional e internacional hasta los niveles comunitarios e individuales”.

Bajo esa consideración, el proceso de comunicación del RETC involucra dentro de un contexto común a los gobiernos, las industrias, las ONGs, los académicos y los ciudadanos en general; por lo que se sugiere la determinación de los tipos de usuario a quienes se dirigirá la difusión de la información.

Sin embargo se debe considerar que la página Web del RETC constituirá el principal medio masivo de información a la comunidad, a los sectores productivos y a los organismos de la Administración del Estado; por lo que el DGPQ podrá elaborar un instructivo que guie a los usuarios públicos en la búsqueda de la información. Aquellos ciudadanos sin acceso a Internet podrán

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consultar la información por medio de informes impresos o versiones digitales disponibles en bibliotecas o dependencias identificadas para tal fin.

Aunado a los esfuerzos antes mencionados, se requiere que la SERNA establezca un programa de difusión que incluya entre otras actividades, las siguientes:

− Realizar publicaciones técnicas con estadísticas de emisiones y tendencias manejadas en el RETC.

− Elaborar trifolios y /o boletines, donde se informe a los sectores involucrados en el RETC sobre los beneficios del mismo y sus responsabilidades al respecto.

− Realizar publicaciones informativas periódicas que contengan novedades, avances y nuevos retos.

− Lanzar de forma periódica material motivacional.− Conferencias de prensa.− Invitar a los medios de comunicación a los eventos públicos que se realicen

por parte del proyecto RETC.− Desarrollar talleres de difusión, dirigidos a los distintos grupos de usuarios.

Asistencia y capacitación para los usuarios públicos

Con el fin de asegurar el proceso de difusión, los administradores del RETC deberán establecer una línea telefónica directa y gratuita para asistencia en el acceso y comprensión de los resultados presentados por el RETC.

La SERNA deberá considerar un programa de capacitación orientado a los usuarios públicos y la prensa en los siguientes temas:

Generalidades de los Sistema RETCs Aspectos generales sobre contaminación ambiental Uso responsable de la información del RETC y su interpretación Aplicaciones de la Pagina WEB

6.2 Personal requerido y capacitación necesaria para la administración del sistema nacional del RETC

Recurso Humano

La OCDE (1996) recomienda designar entre 5-6 personas para manejar un Sistema RETC Nacional con una plataforma transaccional que es alimentada por 1,200 establecimientos. Bajo esa consideración, para administrar el

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Sistema RETC de manera inicial la SERNA deberá designar como mínimo el siguiente personal de planta:

Cuadro No 5. Recurso Humano requerido para implementación de Sistema RETC Honduras.

CARGO PERFIL

SALARIO

(L./mes)

DEPEDENCIA

SERNA

Jefe de Departamento del DGPQ

Ing. Químico, Ambiental u otras carreras afines con experiencia de 3 años en gestión ambiental.

22,000.00

CESCCO-DGPQ

Encargado del sistema

Ing. Químico, Ambiental u otras ramas afines, conocedor de la dinámica de procesos productivos y de los contaminantes que pueden generarse a partir de ellos. Habilidades en el manejo de Bases de Datos Relacionales, Redes, Comunicaciones, SIG y otros que funcionan en la SERNA.

17,000.00

DGPQ/Infotecnologi

a

Mantenimiento de la Base de Datos

Ingeniero en sistemas u otras ramas afines con experiencia en

diseño de bases de datos

16,000.00

UPEG-SINIA/Infotecnologia

Mantenimiento del Sistema

Ingeniero en sistemas u otras ramas afines con experiencia en

programación.

16,000.00

UPEG-SINIA/Infotecnologi

aMantenimiento página WEB

Web master14,000.0

0UPEG-SINIA/Infotecnologi

a

En base a la experiencia del primer ciclo de reporte, el DGPQ determinara la necesidad de incorporar nuevo personal para cumplir con sus obligaciones.

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Programa de CapacitaciónCon el propósito de construir las capacidades requeridas para la implementación del RETC a nivel nacional, sera necesario establecer un plan de capacitación continuo para los técnicos a cargo de la administración del RETC; el programa de capacitación podrá contemplar la siguiente temática:

Métodos de Estimación por factores de emisión Manual de Procedimientos para el Reglamento RETC Administración del Sistema RETC Mantenimiento y diseño de Bases de Datos Mantenimiento de Páginas WEB Lenguaje de Programación Diseminación de la información7. SISTEMA AUTOMATIZADO DEL RETC7.1 Diseño Actual del Sistema Automatizado del RETC

A continuación se describe el funcionamiento actual del sistema automatizado del RETC en base a su plataforma de desarrollo, procesos, funcionalidades y portal web.

7.1.1 Plataforma de Desarrollo

El Sistema Automatizado del RETC fue desarrollado en el Programa PHPRunner© versión 6.0, se definió como gestor de base de datos para el almacenamiento de la información contenida de las transacciones, el programa PostgreSQL Server© versión 9.1.

El RETC cuenta con un portal WEB, las páginas Web no transaccionales son HTML y fueron creadas con DreamWeaver CS5 compatibles con cualquier programa para mantenimiento de páginas Web.

En vista que el servicio WEB de la SERNA es intermitente para los primeros años del funcionamiento del Sistema se contrató un servicio de WEB Hosting para garantizar la accesibilidad y disponibilidad del Sistema RETC Honduras y su Portal WEB: www.retchn.org.

Los componentes antes mencionados son compatibles con sistemas operativos Windows, Linux, Unix y Mac.

7.1.2 Procesos y Funcionalidades del Sistema de Información

A manera de facilitar la compresión en los procesos y funcionalidades del sistema es necesario mencionar que la plataforma fue diseñada para dos tipos de usuarios:

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a. Usuario Administrador: Persona encargada de la gestión del sistemab. Usuario Industrial: Persona que registra el reporte anual de

emisiones.

EL Sistema Automatizado para el RETC Honduras consta de 7 procesos operativos principales:

a. Solicitud de alta para una empresa y su usuario titularProceso dirigido a los usuarios industriales y consiste en la solicitud de acceso al sistema RETC.

b. Aceptación o rechazo de la solicitud de inscripción.Este proceso esta estuvo dirigido a los administradores del Sistema RETC Honduras y consiste en determinar y accionar la aceptación o rechazo de la solicitud de alta. Para esta función se debe tener el cargo de usuario administrador del sistema.

c. Gestión de los accesos seguros y las tablas referenciales del sistema.Proceso dirigido a los administradores del sistema RETC Honduras y permite acceder al portal para realizar las altas, bajas y cambios en las tablas de usuarios autorizados para entrar al sistema, así como a las tablas referenciales de datos.

d. Apertura y cierre del período de reporte.Proceso dirigido a los administradores del sistema RETC Honduras y consiste en acceder al portal del RETC para activar o cerrar el año de reporte. El cierre de reportes guarda los datos de emisiones y transferencias que han registrado los usuarios industriales.

e. Registro del reporte de emisiones y transferencias de contaminantes.Proceso dirigido a los usuarios industriales y consiste en el reporte de emisiones y transferencias de contaminantes para el año de referencia. Este proceso consta de cinco funciones principales y son:

Registro de emisiones al aire Registro de emisiones al agua Registro de emisiones al alcantarillado Registro de emisiones al suelo Registro de transferencias de residuos peligrosos

f. Monitoreo de los avances del registro de reportes.Proceso dirigido a los administradores del RETC Honduras y consiste en revisar los avances en el registro de reportes para el año en curso.

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g. Generación de los reportes anuales para acceso público.Proceso dirigido a los administradores del RETC Honduras y consiste en acceder al portal del RETC Honduras y utilizar el año de reporte cerrado para poblar las estadísticas que se publicarán en el portal Web.

7.1.3Proceso de Poblamiento del Nodo Central

El poblamiento principal del nodo central del Sistema RETC serán los reportes anuales ingresados por los establecimientos. El proceso de reporte consiste de las siguientes etapas:

1) Reporte de los establecimientos 2) Revisión de los reportes por parte de los administradores del sistema3) Validación de la información 4) Cierre del ciclo de reporte

El DGPQ deberá considerar en un futuro el poblamiento del Sistema con la integración de otras bases de datos que contienen información relevante para el RETC:

Nombre Institución EstadoMódulo de Información Ambiental de Honduras (MIAH)

SERNA-SINIA Funcionando

Módulo de Información y Registro Ambiental (MIRA)

SERNA-SINIA Funcionando

Módulo de Información Geográfica Ambiental (MIGA)

SERNA-SINIA Funcionando

Registro de Autorizaciones de Descarga

SERNA-DECA Propuesta

Registro de Sustancias Químicas

CESCCO-SERNA Propuesta

Sistema Automatizado de Rentas Aduaneras de Honduras (SARAH)

DEI Funcionando

Existen bases de datos que funcionan en formato de EXCEL y ACCESS y que son necesarias para verificar la información que es ingresada al Sistema RETC, estas son las siguientes:

Registro de plaguicidas y sustancias afines, y registro de productos veterinarios, ambos manejados por SENASA de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG).

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Registro de sustancias controladas y de productos de interés sanitario (Productos higiénicos y plaguicidas de consumo doméstico), adscrito a la Secretaría de Salud.

Registro de Sustancias Agotadoras del Ozono: Bromuro de Metilo, operado por la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA).

Registro de importación y consumo de derivados de petróleo, manejado por la Comisión Administradora de Petróleo (CAP) de la Secretaría de Industria y Comercio.

Los administradores del RETC deberán establecer convenios inter-institucionales para el intercambio de información con las instituciones que manejan los sistemas y bases de datos mencionados anteriormente. Existen experiencias internacionales al respecto, que pueden ser compartidas.

7.2 Portal WEB del RETC

La página Web del RETC es el medio masivo por el cual se diseminara la información generada por el RETC. Dicha página está estructurada de la siguiente manera:

Pagina DescripciónInicio Contiene información general del proyectoAcerca del RETC Consultas sobre las características clave del

sistema RETC HondurasNoticias Noticias publicadas sobre las actividades del

RETC Honduras.Documentación Guías, formatos y otros documentos

elaborados en el marco del proyecto.Enlaces Enlace directo a otros sitios web

relacionados al RETC Honduras.Contacto Detalles de las personas que pueden

suministrar información o responder dudas sobre el RETC.

Solicitud de Registro Llenado de formulario para solicitud del alta al sistema.

Registro de Reporte Anual Acceso a la plataforma transaccional para

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registrar reporte anual.Reportes Públicos Acceso a la información anual del RETC por

región de desarrollo, departamento o municipio.

Reportes Públicos

La información de los reportes públicos permite a los usuarios consultar las emisiones y transferencias totales de la siguiente forma:

Lista por Sustancia generada: brinda información sobre la cantidad emitida de manera anual de cada sustancia a los diferentes medios.

Lista de Residuos generados: brinda información sobre la cantidad de residuos generados y por tipo de gestión.

Lista de sustancias por sectores: brinda información sobre la emisión total de contaminantes por sector de actividad.

Lista de Residuos por sector: brinda información sobre la generación total de residuos por sector de actividad.

Los administradores del RETC deberán elaborar un documento que guie a los usuarios en la consulta de los reportes públicos.

7.3 Ajustes y Mantenimiento del Sistema Automatizado del RETC y su portal WEB

Tal como fue previsto y considerado en Reglamento para la Implementación del RETC en Honduras el SINIA es el responsable de administrar el nodo central del RETC, esto implica mantenimiento de los sistemas y procedimientos de archivo, registro y sistematización de emisiones, y de información y consulta ciudadana. Las actividades de mantenimiento van orientadas a la limpieza de áreas de trabajo y corrección de errores identificados por los usuarios industriales durante el ciclo de reporte así como por el administrador en las actividades de actualización del sistema.

Los ajustes del sistema surgirán a medida se vayan actualizando las características clave del RETC, estos ajustes pueden ser a nivel de la función para el registro de emisiones y transferencia de contaminantes y las tablas dinámicas del sistema:

Regiones de desarrollo Departamentos y municipios Sustancias químicas y parámetros Residuos y desechos sólidos

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Sectores de actividad Tecnologías de tratamiento

EL SINIA deberá considerar en su Plan Operativo Anual un presupuesto para aquellas actividades de mantenimiento y ajuste que requieran de una inversión.

8. PLAN DE TRABAJO NACIONALEl plan de trabajo nacional que se presenta a continuación ha sido elaborado con el fin de brindar un marco orientador para el desarrollo de aquellas actividades necesarias para la implementación del RETC en Honduras.

EL plan de trabajo está definido a un periodo de 5 años (2013-2018) y contempla los siguientes resultados:

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8.1 RESULTADOS ESPERADOS

8.1.1Marco legal y estratégico aprobado para la operatividad del RETC a nivel nacional. (2013-2014)

Se prevé que para el 2013 la SERNA apruebe y publique el Reglamento para la implementación del RETC en Honduras. Para la aprobación del reglamento se debe haber oficializado el DGPQ del CESCCO como responsable de la organización y funcionamiento del RETC (entre otras obligaciones).

Para este mismo año el Comité RETC deberá estar funcionando como un Comité permanente del CNG y grupo de apoyo del DGPQ para el seguimiento y conceptualización del RETC, así mismo el DGPQ deberá haber establecido mecanismos de coordinación para el intercambio de información con otras instituciones.

Con el propósito de lograr este resultado se definió el siguiente Plan de Trabajo:

Resultado: Marco legal y estratégico aprobado para la operatividad del RETC a nivel nacional.

Tiempo de Implementación Nivel de Importancia

SupuestosActividades Indicador Presupuesto($)

Corto2013-2014

Mediano2014-2016

Largo2016-2018

Alto Medio Bajo

1.1 Aprobación y publicación de Reglamento para la Implementación del RETC en Honduras.

Reglamento para la Implementación del RETC publicado en la gaceta al 2013.

4000.00(Publicación en la gaceta)

X X -Existe voluntad política e interés de las altas autoridades para la implementación nacional del RETC.

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1.2 Oficialización del Comité permanente del RETC de la CNG.

Decreto del CNG publicado en la gaceta al 2013.

0 X X -Existe voluntad política para la oficialización del CNG.

1.3 Oficialización del Departamento para la Gestión de Sustancias Químicas.

Decreto del CNG donde se oficializa el DGPQ publicado en la gaceta para el 2013.

0 x X -Las altas autoridades de la SERNA están comprometidas a crear el DGPQ con la oficialización del CNG.

1.4 Elaborar el Manual de Procedimientos para el Reglamento RETC.

Manual de procedimientos adoptado al 2013.

7000.00(Contratación de consultor, actividades de consulta y socialización)

XX -Se dispone de

recursos financieros para la elaboración del manual de procedimientos.-Direcciones de la SERNA anuentes en colaborar con la realización del manual de procedimientos.

1.5 Elaboración de un Plan de Trabajo para el Comité RETC.

Oficialización del Plan de Trabajo del CRETC al 2014.

1000.00(gastos de taller)

x X -Oficializado el DGPQ de CESCCO.-Oficializado el CNG.-Instituciones involucradas se apropian del plan de trabajo.

1.6 Establecer convenios inter-institucionales para el intercambio de información relevante para el RETC.

3 convenios inter-institucionales (DEI,INE,SAG)firmados para el 2013.

Mecanismos de intercambio de información funcionando para

0 x x -Definidos los mecanismos de intercambio de información.- Existe voluntad política para establecer los mecanismos institucionales requeridos.

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el 2014.

8.1.2Fortalecidas las capacidades nacionales para el reporte al Sistema RETC (2014-2016).

Para el 2014 la SERNA deberá haber desarrollado un plan de capacitación para fortalecer las capacidades técnicas del recurso humano contratado para la operativizaición del RETC.

Con el fin de garantizar la calidad de la información que será ingresada al sistema, el DGPQ con apoyo del SINIA al 2014 deberá desarrollar un plan de capacitación para los establecimientos sujetos a reporte, con el fin de orientarlos en los métodos de estimación de emisiones e ingreso de datos al sistema automatizado del RETC.

Las actividades identificadas para el logro de este resultado son las siguientes:

Resultados: Fortalecidas las capacidades nacionales para el reporte al Sistema RETC.

Tiempo de Implementación

Nivel de Importancia

SupuestosActividades Indicador Presupuesto($)

Corto2013-2014

Mediano2014-2016

Largo2016-2018

Alto Medio Bajo

2.1 Diseñar un programa de capacitación para fortalecer las capacidades de los administradores y establecimientos

Programa de capacitación oficializado al 2014.

6,000.00 (consultor)

X x -Se cuenta con recursos financieros para elaborar el plan de capacitación.

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en el reporte al RETC.2.2 Capacitar a los administradores del RETC en temas específicos para el cumplimiento de sus obligaciones.

Numero de capacitaciones realizadas.

20,000.00 (consultores internacionales)

X X X X -Se dispone de los recursos financieros y logísticos necesarios para ejecutar el plan de capacitación.-Existe interés y disponibilidad de participar y replicar las capacitaciones.

2.3 Capacitar a los establecimientos para el reporte al RETC.

Numero de capacitaciones realizadas.

20,000.00 (costo de taller)

X X X X -Se dispone de los recursos financieros y logísticos necesarios para ejecutar el plan de capacitación.-Existe interés y disponibilidad de participar y replicar las capacitaciones.

2.4 Elaborar y publicar guías para orientar a los establecimientos en el reporte al RETC.

Numero de guías publicadas.

3,000.00 (costos publicación)

X X -Se dispone de los recursos financieros para elaborar y publicar las guías.

8.1.3 Realizado el primer reporte nacional y regional del RETC Honduras.

Al 2015 el CESCCO-DGPQ con apoyo del Comité RETC habrá elaborado el primer reporte nacional y regional del RETC Honduras con año base 2014.

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Las actividades definidas para el logro de dicho resultado son las siguientes:

Resultados: Realizado el primer reporte nacional y al RETC Centroamérica.

Tiempo de Implementación

Nivel de Importancia

SupuestosActividades Indicador Presupuesto($)

Corto2013-2014

Mediano2014-2016

Largo2016-2018

Alto Medio Bajo

3.1 Elaboración y publicación de primer reporte anual.

Primer reporte anual publicado al 2015.

10,000.00 (costos consultor)3,000.00 (cotos publicación)

x x -Aprobado reglamento para la implementación del RETC-Sectores reportan al RETC.-Direcciones de la SERNA involucradas apoyan el proceso de elaboración del informe final.-Se cuenta con los recursos financieros para la elaboración y publicación del reporte.

3.2 Realización de primer reporte al RETC Centroamericano.

Datos publicados en el sitio oficial del RETC Centroamericano.

2,000.00 (costos consultor)

x x -Elaborado el primer reporte anual.-Se recibe asistencia de la CCAD para el reporte al RETC

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Regional.

8.1.4 Integradas las fuentes de área y móviles al sistema nacional del RETC.

Para el 2015 el DGPQ-CESCCO deberá haber desarrollado la metodología para la cuantificación de las emisiones generadas por las fuentes de área y móviles.

Las actividades identificadas para el cumplimiento de este resultado son las siguientes:

Resultados: Fuentes de área y móviles integradas al sistema nacional del RETC.

Tiempo de Implementación

Nivel de Importancia Supuestos

Actividades Indicador Presupuesto($)

Corto2013-2014

Mediano2014-2017

Largo2018-2022

Alto

Medio Bajo

4.1 Cuantificar las emisiones generadas por las fuentes de área para el año base.

Realizado primer reporte de fuentes de área con año base 2015.

12,000.00 (gastos consultor, incluye capacitación de personal)

X X -El CESCCO se apoya de otros departamentos internos, direcciones de la SERNA e instituciones que elaboran inventarios de emisiones.-Se cuenta con los recursos financieros para la elaboración y

4.2 Cuantificar las emisiones generadas

Realizado primer reporte

12,000.00 (gastos

X X

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por las fuentes móviles para el año base.

de fuentes móviles con año base 2015.

Consultor, incluye capacitación de personal)

publicación del reporte.

4.3 Capacitar a los administradores del RETC y CRETC en la estimación de fuentes de área y móviles.

Número de personas capacitadas.

2,000.00 (costos de capacitación)

x X -Se dispone de los recursos financieros y logísticos necesarios para ejecutar el plan de capacitación.-Existe interés y disponibilidad de participar y replicar las capacitaciones.

8.1.5 Actualizadas las características clave del sistema RETC.

Al 2016 el DGPQ en coordinación con el Comité RETC y en participación con la sociedad civil deberá actualizar las características clave del Sistema RETC Honduras. Además de esto el SINIA deberá realizar los ajustes necesarios al sistema automatizado del RETC a partir de la actualización de las características clave.

Este resultado deberá ser finalizado previo al primer reporte nacional del RETC y se ejecutara de la siguiente forma:

Resultados 5. Actualizadas las características clave del sistema RETC nacional.

Tiempo de Implementación

Nivel de Importancia Supuestos

Actividades Indicador Presupuesto($)

Corto2013-2014

Mediano2014-2017

Largo2018-2022

Alto Medio Bajo

5.1 Revisión de las características clave del sistema RETC.

2 reuniones realizadas en el 2014.

1,000.00 (costos de taller primer año)

X X x X -Oficializado Comité RETC.-Implementado plan de trabajo del Comité RETC.- Se cuenta con la participación activa de los miembros del Comité RETC

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y sociedad civil.

5.2 Desarrolladas jornadas de consulta con la sociedad civil.

Número de jornadas de consulta realizadas en el año.

Número de personas que participaron en el proceso de consulta

5,000.00 (costos de talleres)

x X -Definidos y en funcionamiento los mecanismos de convocatoria a la sociedad civil.-Se dispone de los recursos financieros y logísticos necesarios para desarrollar las jornadas de consulta.

5.3 Actualización del Sistema Automatizado del RETC a partir de la actualización de las características clave.

Modificaciones realizadas al sistema.

2,000.00 (consultor primer año)

X X x X -Recurso humano disponible en SINIA para apoyar la actualización del sistema.-Recursos financieros disponibles para la actualización del sistema.

8.1.6 Realizadas actividades de divulgación para incentivar la participación ciudadana en los procesos consultivos del RETC.

Para el 2015 el CESCCO deberá realizar actividades que informen y fomenten la participación ciudadana en los procesos participativos del RETC y que permita en un futuro el involucramiento de la sociedad civil en la toma de decisiones.

Las actividades necesarias para el logro de este resultado son las siguientes:

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Resultado 6. Realizadas actividades de socialización para incentivar la participación ciudadana en los procesos consultivos del RETC.

Tiempo de Implementación

Nivel de Importancia

Supuestos

Actividades Indicador Presupuesto($)

Corto2013-2014

Mediano2014-2017

Largo2018-2022

Alto

Medio

Bajo

6.1 Diseñar un programa de capacitación para orientar a la sociedad civil y prensa en la interpretación y uso de la información generada por el RETC.

Programa de capacitación oficializado al 2015.

6,000.00 (consultor)

x x Se dispone de recursos financieros para diseñar el plan de capacitación.

6.2 Capacitar a la sociedad civil y prensa sobre el acceso y uso de información generada por el RETC.

Número de personas capacitadas al 2015.

20,000.00(desarrollo de capacitaciones)

X x -Definidos mecanismos de convocatoria para la sociedad civil y prensa.-Se dispone de recursos financieros para ejecutar el plan de capacitación.-Existe el compromiso del capacitado para participar, replicar y emplear los conocimientos adquiridos.

6.3 Diseñar una campaña de sensibilización sobre la importancia de implementar un RETC.

Campaña de sensibilización oficializada al 2015.

6,000.00 (consultor)

Se dispone de recursos financieros para diseñar la campaña de sensibilización.

6.4 Sensibilización a la sociedad civil y prensa sobre la importancia de

Numero de jornadas de sensibilización

20,000.00(desarrollo de talleres)

x x -Definidos mecanismos de convocatoria para la sociedad civil y prensa.

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implementar el RETC. realizadas en el año.

Número de personas sensibilizadas al 2015.

-Sociedad civil y prensa apoyan campaña de sensibilización.-Se dispone de recursos financieros para desarrollar la campaña de sensibilización.

6.5 Elaboración y publicación de trifolios, boletines y guías sobre el acceso y uso de la información generada por el RETC.

Numero de guías publicadas al 2015.

20,000.00(costos de impresión)

X x -Se dispone de recurso humano y financiero para la elaboración y publicación de material.

8.1.7 Desarrollada la metodología para análisis de riesgo poblacional utilizando la información generada por el RETC.

Para el 2018 el DGPQ habrá definido la metodología y desarrollado el software requerido para la evaluación de riesgo poblacional a partir de la información generada por el RETC.

Las actividades a realizar para el logro de dicho resultado son las siguientes:

Resultado 7. Desarrollada la metodología para análisis de riesgo poblacional utilizando la información generada por el RETC.

Tiempo de Implementación Nivel de Importancia Observaciones

Actividades Indicador Responsables Corto2013-2014

Mediano2014-2017

Largo2018-2022

Alto Medio Bajo

7.1 Primer 10.000.00 (costos X X -Sectores reportan al

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Desarrollo de análisis de riesgo a partir de la información generada por el RETC.

análisis de riesgo poblacional publicado al 2019.

consultor, incluye capacitación)

Sistema RETC Honduras.- Se cuenta con la suficiente información para el análisis de riesgo.-Recursos financieros disponibles para el desarrollo del análisis de riesgo.

7.2 Desarrollo de software para análisis de riesgo poblacional.

Datos publicados en el portal web del RETC.

12,000.00(costos consultor, incluye capacitación)

x x -Recursos financieros disponibles para adquisición de software para análisis de riesgo.

7.3 Capacitar a los administradores del RETC en análisis de riesgo a partir de los resultados del RETC.

Número de personas capacitadas.

2,000.00 (costos de capacitación)

x x -Se dispone de recursos financieros para capacitar a personal.-Existe el compromiso del capacitado para participar, replicar y emplear los conocimientos adquiridos.

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9. RECOMENDACIONES GENERALES PARA LA IMPLEMENTACION DEL RETC

Para garantizar la implementación y consolidación del RETC en Honduras es necesario:

a) Aprobar el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) que se ha elaborado y socializado.

b) Desarrollar el Manual de Procedimientos Operativos del Reglamento.

c) Consolidar dentro del DGPQ la apropiación del RETC y garantizar que el responsable de su funcionamiento sea un profesional conocedor de la dinámica de procesos productivos y de los contaminantes que pueden generarse a partir de ellos. Además debe contar con habilidades en el manejo de Bases de Datos Relacionales, Redes, Comunicaciones, SIG, y el empleo de los paquetes comerciales que se utilizan en la SERNA.

d) Garantizar la disponibilidad de presupuesto y personal capacitado en las direcciones de la SERNA involucradas en la implementación del RETC en Honduras.

e) Revisar y aprobar el listado de residuos peligrosos propuesto.

f) Desarrollar de forma permanente:

Una campaña de comunicación y difusión del RETC, cuyo objetivo sea el de informar y motivar a los distintos sectores sobre los alcances y propósitos del RETC, así como proveer medios de acceso a la información generada por el Registro.

Un programa de asistencia técnica para consolidar el apoyo a los establecimientos sujetos a reporte.

Un programa de capacitación dirigido al personal de la SERNA que tendrá a su cargo el manejo del RETC, con el propósito de construir las capacidades requeridas.

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REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

Documentos Citados

ENVIRONMENT CANADA .- Protocol for adding new substances to the National Pollutant Release Iventory (NPRI). Government of Canada. Montreal.

NACIONES UNIDAS (2008). Guía para la Implementación del Protocolo de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes: Versión Borrador. Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa.

OCDE (1996). Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC): Una herramienta para la política ambiental y el desarrollo sostenible. Manual guía para los gobiernos. París.

UNITAR (1997a). Implementación del Proyecto para el Diseño de un RETC Nacional: Documento Guía. Serie de Guías de UNITAR para la Implementación del Proyecto para el Diseño de un RETC Nacional. Suiza.

UNITAR (1997b). Suplemento 1: Preparación de una Evaluación de Infraestructura Relevante para un RETC Nacional. Serie de Guías de UNITAR para la Implementación del Proyecto para el Diseño de un RETC Nacional. Suiza.

Documentos Consultados

CONAMA (2005). Propuesta Nacional de Implementación del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes. Comisión Nacional de Medio Ambiente. Chile.

SERMANAT.- Propuesta Nacional de Implementación del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes. México.

UNITAR (2007). Suplemento 4: Estructura para una Propuesta del RETC Nacional. Serie de Guías de UNITAR para la Implementación del Proyecto para el Diseño de un RETC Nacional. Suiza.

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ANEXOS

Anexo No. 1 Proyecto de Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC).

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SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE

ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO______

EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÙBLICA

Considerando: Que la Constitución de la República de Honduras establece que el Estado tiene la obligación de proteger la salud y la conservación de un medio ambiente adecuado para sus habitantes; y que la Ley General del Ambiente estipula que el Estado tiene la responsabilidad de adoptar cuantas medidas sean necesarias para prevenir o corregir la contaminación del ambiente.

Considerando: Que es responsabilidad del Estado cumplir con los compromisos adquiridos mediante la firma y ratificación de los convenios y tratados internacionales relacionados con la gestión ambientalmente racional de los productos químicos y desechos peligrosos.

Considerando:Que la emisión de contaminantes al ambiente puede ocasionar serias repercusiones en la salud de la poblaciónhumana y de los ecosistemas expuestos, además de generar costos para las personas, el sector productivo y el Estado.

Considerando:Que la reducción de las emisiones contaminantes y transferencias en su origen, como mecanismo para la prevención de la contaminación constituye el medio más efectivo para reducir los costos de tratamiento, manejo y disposición de desechos, proteger el ambiente y promover el desarrollo sustentable.

Considerando: Que el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) constituye un instrumento de gestión ambiental que coadyuva a la toma de decisiones y a la formulación de políticas en materia de prevención y control ambiental, facilitandoel acceso del público a la información sobre contaminantes potencialmente dañinos para el ambiente.

Considerando: Que la “Política para la Gestión Ambientalmente Racionalde Productos Químicos en Honduras”, manda que el Estado adopte el RETC como una de las herramientas que contribuye en la gestión integral de los productos químicos.

Considerando: Que el “Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias Químicas Peligrosas en Honduras” establece que laSecretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) es la Autoridad Nacional Competente para el diseño y manejo del Registro de Emisiones y Transferencia de

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Contaminantes, que será utilizado como una fuente de información ambiental de gran valor para la industria, el gobierno y el público; y como mecanismo para estimular la reducción de las emisiones generadas por la utilización y/o fabricación de sustancias químicas.

Considerando: Que es atribución constitucional del Poder Ejecutivo emitir acuerdos, decretos, expedir reglamentos y resoluciones de conformidad con la Ley.

Considerando: Que el Proyecto de Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes fue dictaminado favorablemente por la Procuraduría General de la República.

POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en aplicación a los artículos 145, 245 numerales 1 y 11 de la Constitución de la República, y en aplicación de los artículos 29 reformado 11, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; los artículos 7, 9 inciso d), 28 incisos a), d), e), 83, 84, 89, 102, 103, 105 y107 de la Ley General del Ambiente;

ACUERDA

Primero:Aprobar el Reglamento que literalmente dice:

“REGLAMENTO DEL REGISTRO DE EMISIONES Y TRANSFERENCIA DE CONTAMINANTES”

CAPITULO I: OBJETIVOS Y PRINCIPIOS

Artículo 1:El presente Reglamento tiene por objeto a) Establecerel Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes de

Honduras, el cual operarámediante una base de datos digitalcon información accesible al público.

b) Regular el funcionamiento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, para organizar, procesar y sistematizar la información requerida en la generación de instrumentos y políticas de gestión ambiental.

c) Promoverentre la población el acceso y consulta a información ambiental nacional referente a las emisiones y transferencia de contaminantes.

Artículo 2:Los principios que regirán el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes en Honduras, son:

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Prevención:Toda actividad humana tiene asociado un riesgo de emisiones o transferencias de contaminantes al medio natural, por lo que es necesario cuantificar su magnitud a fin de adoptar medidas para minimizar su impacto ambiental negativo.

Gobernabilidad y Transparencia: El Estado promueve el actuar en función del bienestar y calidad de vida de la población de manera responsable y transparente, garantizando la generación de conocimiento y acceso a la información sobre los riesgos asociados a las emisiones o transferencias de contaminantes.

Responsabilidad Compartida:Las personas naturales o jurídicas que emitan o transfieran contaminantestienen el deber de realizar bajo su propia responsabilidad, una identificación de los impactos y riesgos ambientales que puedan estar produciendo algún grado de contaminación y como consecuencia de ello, establecer acciones encaminadas a prevenir y controlar dicha contaminación.

Participación Ciudadana:Todos los ciudadanos son responsables de prevenir y controlar la contaminación, por lo tanto el Estado además de garantizar el acceso a la información referente a emisiones y transferencias de contaminantes debe brindar los espacios de participación y consultatanto en la identificación de los problemas como de su solución.

Gradualidad:Para revertir la contaminación ambiental es imprescindible contar entre otros aspectos, con un registro de emisiones y transferencia de contaminantes cuya implementación debe lograrse gradualmente alcanzando en forma programada metas concretas derivadas de normativas nacionales y acuerdos internacionales.

Responsabilidad Internacional:El Estado promueve el cumplimiento de los compromisos internacionales globales y regionales, contribuyendo a la implementación de los mecanismos de colaboración relacionados con la gestión ambiental, para lo cual espera la cooperación con espíritu de solidaridad de los demás Estados para proteger y restablecer la salud de la poblacióny la integridad de los ecosistemas.

Racionalización: La mejor forma para prevenirla contaminación, es mediante el desarrollo de procesos de gestión ambientalmente racional de las sustancias y residuos que generan las diferentes actividades humanas.

CAPITULO II: DEFINICIONES YSIGLAS

Artículo3:Para los efectos del presente Reglamento se considerarán las siguientes definiciones:

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Aguas residuales: Aguas y demás líquidos de desecho, de composición variada, provenientes de actividades domésticas, comerciales, institucionales, industriales, agrícolas, pecuarias, acuícolas, turísticas, mineras o de cualquier otra actividad capaz de generar aguas de desecho.

Alcantarillado sanitario: Obras, instalaciones o servicios públicos que tienen por objeto la recolección y transporte de las aguas residuales hasta su punto de tratamiento o vertido.

Base de datos: Es un conjunto de información almacenada en forma ordenada y lógica en un sistema de cómputo, para la cual se diseñan y estructuran aplicaciones especiales, así como de seguridad e integridad de la misma.

Coherencia:Que los datos deben comunicarse sobre la base de definiciones uniformes, con identificación de las fuentes y métodos fiables para la determinación de emisiones a lo largo de los años; esto permitirá la comparación de los datos comunicados en anteriores periodos por los mismos establecimientos o con datos de fuentes similares.

Contaminante:Una sustancia o un grupo de sustancias que puedan causar daños al ambiente o la salud humana debido a sus propiedades intrínsecas físicas, químicas, biológicas o una combinación de ellas y a su introducción en el medio ambiente.

Credibilidad:La autenticidad, fiabilidad, comparabilidad y transparencia de los datos. La credibilidad va estrechamente unida a la coherencia. Especificar si una emisión o una transferencia fuera del establecimiento ha sido medida o estimada, e indicar claramente qué método de medición o cálculo se ha utilizado permite aumentar la transparencia de los datos y garantiza su credibilidad.

Emisión:Es toda liberación e incorporación de contaminantes en el ambiente derivada de cualquier actividad humana, sea a propósito o accidental, habitual u ocasional.

Emisiones accidentales: Son todas aquellas emisiones que no son deliberadas, habituales u ocasionales generadas o resultantes de desarrollos incontrolados durante el transcurso o el funcionamiento de las actividades que se realicen en la instalación o establecimiento.

Establecimiento sujeto a reporte: Es todo establecimiento que de acuerdo con este Reglamento, deba reportar las emisiones y transferencias de contaminantes generados por sus actividades productivas. En aquellos casos donde el

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establecimiento posea más de un plantel industrial, se deberá presentar un reporte por cada plantel.

Establecimiento:Es toda instalación fija donde se llevan a cabo una o varias actividades productivas, incluyendo todas las operaciones unitarias que puedan generar emisiones o transferencias de contaminantes.

Exhaustividad:Los datos comunicados deben cubrir todas las emisiones y transferencias de todos los contaminantes y residuos que se encuentren dentro de los umbrales de reporte.

Fuentes difusas:Es el conjunto de fuentes de menores dimensiones o dispersas desde las que pueden emitirse contaminantes al suelo, al aire o al agua, cuyo impacto conjugado en tales medios pueda ser significativo y de las que no resulte factible obtener datos desglosados.

Fuentes puntuales:Son fuentes individuales de emisión en una locación definida, como la chimenea o la descarga de un establecimiento industrial.

Mejor Información disponible: Es la información que resulta más apropiada y suficiente para el cálculo de las estimaciones de las emisiones y transferencia de contaminantes; la cual puede incluir datos de seguimiento, factores de emisión, ecuaciones de balance de materia y opiniones técnicas, entre otros métodos.

Número CAS:Identificación numérica única, para compuestos químicos,polímeros,secuencias biológicas, preparados y aleaciones. Llamado también CAS - RN (en inglés ChemicalAbstractsService–RegistryNumber).

Residuos peligrosos (RP): Son aquellos residuos sólidos, pastosos, líquidos o gaseosos resultantes de un proceso de producción, transformación, reciclaje, utilización o consumo y que contengan algún compuesto que tenga características de las sustancias químicas peligrosas, es decir reactivas, inflamables, corrosivas y tóxicas que representen un riesgo para la salud humana, el medio ambiente y la propiedad de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

Sistema Automatizado:Herramienta informática que procesa la información que es introducida por los establecimientos sujetos a reporte en base a las características clave del RETC.

Sustancias sujetas a reporte: Elementos o compuestos químicos, que conforme a los criterios de persistencia ambiental, bioacumulación, toxicidad, teratogenicidad, mutagenicidad o carcinogenicidad y, en general, por sus efectos adversos al medio ambiente, sean emitidos o transferidos por los establecimientos

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sujetos a reporte y deban ser integrados a la Base de datos de acuerdo con las especificaciones y umbrales establecidos.

Transferencia:Es el traslado de contaminantes a un lugar que se encuentra físicamente separado del establecimiento que lo generó. Incluye entre otros: descarga de aguas residuales al alcantarillado público; transferencia de residuos peligrosos para reciclamiento, recuperación o regeneración; para recuperación de energía fuera del establecimiento y para tratamientos como neutralización, tratamiento biológico, incineración o separación física.

Umbral de reporte: Cantidad mínima a partir de la cual, los establecimientos sujetos a reporte deberán reportar las emisiones y transferencias de las sustancias.

Artículo4:Cuando en el presente reglamento se utilicen las siguientes abreviaturas y siglas, su significado será el siguiente:

CESCCO: Centro de Estudios y Control de ContaminantesCIIU: Código Industrial Internacional UniformeCNG: Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de

Productos Químicos.DECA: DirecciónGeneral de Evaluación y Control Ambiental.DGPQ: Departamento para la Gestión de Productos Químicos.DNCC: Dirección Nacional de Cambio ClimáticoRETC: Registro de Emisiones y Transferencia de ContaminantesRTN: Registro Tributario Nacional.SERNA: Secretaría de Recursos Naturales y AmbienteSIG: Sistema de Información GeográficaSINIA: Sistema Nacional de Información Ambiental-Infotecnologia

CAPITULO III: COMPETENCIA Y CAMPO DE APLICACIÓN

Artículo 5:Laaplicación de este reglamento será competencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Recursos Naturales y Ambiente, sin perjuicio de las atribuciones que de forma específicacorrespondan a otras dependencias del Poder Ejecutivo.

Artículo 6: El presente Reglamento es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional, para todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que desarrollen actividades de las cuales se generen emisiones o transferenciasde contaminantes.

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CAPITULO IV: DEL REGISTRO DE EMISIONES Y TRANSFERENCIA DE CONTAMINANTES

Sección Primera: Definición y Objetivos

Artículo 7: El Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes es un inventario o base de datos que contiene información sobre las emisiones y transferencias al ambiente de sustancias químicas o contaminantes potencialmente dañinos, identificando la naturaleza, cantidad y localización de estas emisiones o transferencias.

Artículo 8:El Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes tiene los siguientes objetivos:

1.- El objetivo general es el siguiente: Establecer un Inventario Nacional de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, que coadyuve a la toma de decisiones y la formulación de políticas en materia de prevención y control ambiental.

2.-Los objetivos específicos son los siguientes:a) Contar con una base de información confiable y actualizada sobre la

emisión y transferencia de contaminantes específicos en los diferentes medios (aire, agua y suelo), que sea de utilidad para la formulación de políticas, evaluación del marco regulatorio ambiental y el desarrollo estudios de investigación;

b) Simplificar y sistematizar la recolección de información relativa a la emisión y transferencia de contaminantes específicos, así como los requisitos de reportea los que se someten los diferentes sectores del quehacer nacional;

c) Identificar las fuentes, sectores y áreas geográficas con mayores emisiones y transferencia de contaminantes;

d) Proveer información al público en general sobre emisiones y transferencias de contaminantes, y que permita la participación informada en el proceso de toma de decisiones;

e) Suministrar información para la identificación y evaluación de riesgos a la salud y al ambiente, asociados con las emisiones de contaminantes;

f) Identificar, cuantificar y evaluar las tendencias de las emisiones de contaminantes específicos, con el propósito de promover los esfuerzos de prevención y control integral de la contaminación;

g) Incentivar y fomentar una ética de prevención de la contaminación mediante el uso y transferencia de tecnologías más limpias y procesos más eficientes.

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h) Monitorear el avance en la implementación de iniciativas internacionales en el marco de la agenda química nacional.

Sección Segunda: Del Funcionamiento del Registro

Artículo 9: La Autoridad Nacional Competente para la implementación del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes esla Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), quien deberá crear capacidades y fortalecer las existentes para cumplir con las funciones asignadas en este reglamento.

Artículo 10: El funcionamiento general del Registro al interior de la SERNA, estará a cargo del Centro de Estudios y Control de Contaminantes(CESCCO) a través del Departamento para la Gestión de Productos Químicos (DGPQ) en coordinación con el Sistema Nacional de Información Ambiental-Infotecnología (SINIA), quienes se apoyarán en la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de Productos Químicos (CNG).

Artículo 11: El DGPQ será responsable de la organización y funcionamiento del RETC, y sus atribuciones están referidas a:

1) Nombrar dentro del Departamento a un encargado del funcionamiento del RETC.

2) Actualizar las características claves del RETC, mediante revisiones anuales que incorporen los compromisos adquiridos en los tratados internacionales aprobados por el País, y las políticas, estrategias, prioridades y objetivos ambientales establecidos por la SERNA.

3) Recolectar los datos relativos a fuentes difusas.4) Definir los contenidos y formalidades del Informe Anual de Emisiones y

Transferencias de contaminantes.5) Elaborar el informe anual del RETC en coordinación con el SINIA y la

Dirección de Evaluación y Control Ambiental (DECA) para su publicación en la página web del RETC vinculada al portal de la SERNA.

6) Elaborar manuales y guías para el público, a fin de explicar los beneficios que proporciona el RETC y las medidas necesarias para sustentar el mismo.

7) Elaborar, validar y difundir manuales y guías para los establecimientos sujetos a reporte, que orienten sobre los métodos para la obtención de datos y la entrega de información correcta que asegure la calidad de los mismos.

8) Convocar anualmente a un grupo técnicocompuesto por integrantes de la DECA, DNCC y SINIA, para validar la información presentada por los establecimientos sujetos a reporte.

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9) Mantener la confidencialidad de los datos proporcionados por los establecimientossujetos a reporte, de acuerdo a lo establecido en los artículos 28 a 30 del presente reglamento.

10)Proveer medios de capacitación para realizar el reporte al RETC.11)Suministrar información al SINIA para su publicación en la página web del

RETC.12)Coordinar con SINIA la entrega de datos al RETC de la Región

Centroamericana.

Artículo 12:El responsable del funcionamiento del RETC debe ser un profesional conocedor de la dinámica de procesos productivos y de los contaminantes que pueden generarse a partir de ellos. Además debe contar con habilidades en el manejo de Bases de Datos Relacionales, Redes, Comunicaciones, SIG, y el empleo de los paquetes comerciales que se utilizan en la SERNA.El Manual de Procedimientos Operativos del presente Reglamento definirá de manera más específica el perfil del encargado del RETC.

Artículo 13:El SINIA será responsable del sistema automatizado del RETC, por lo que sus atribuciones son las siguientes:

1) Administrar el nodo central del RETC.2) Monitorearel registro de la información relativa a emisiones y transferencias

de contaminantes suministrada por los establecimientos sujetos a reporte. 3) Mantener los sistemas y procedimientos de archivo, registro y

sistematización de emisiones, y de información y consulta ciudadana.4) Integrarotras bases de datos existentes con el RETC.5) Apoyar al DGPQ en la elaboración del informe anual del RETC.6) Mantener un respaldo de la base de datos por un periodo de 10 años.7) Mantener la confidencialidad de los datos proporcionados por los

establecimientos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 28 a 30 del presente reglamento.

8) Administrar la página web del RETC.9) Publicar en la página web la información suministrada por la DGPQ.10)Reportar al RETC de la Región Centroamericana.

Artículo 14: La CNG a través del ComitéRETC se constituye en un órgano de apoyo para la DGPQ, a fin de brindar asesoría en la conceptualización y seguimiento del RETC.

Artículo 15:Son obligaciones de los establecimientos sujetos a reporte, las siguientes:Presentar a la autoridad nacional competente el reporte anual de susemisiones y transferencias de contaminantes en el periodo establecido para tal fin, mediante el ingreso de la información requerida en el sistema automatizado.

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1) Utilizar la mejor información disponible para el cálculo de las emisiones y transferencias de contaminantes que serán reportadas al RETC.

2) Asegurar la calidad de la información reportada.3) Almacenar por un período de cinco años, el registro de datos y los cálculos

realizados para reportar las emisiones y transferencias al RETC.4) Facilitar a la autoridad competente el registro de datos y cálculos

almacenados, cuando sean requeridos.5) Proveer información solicitada por la SERNA para responder ainquietudes

de la población.

Sección Tercera: De la Conformación del Registro

Artículo 16: La base de datos del Registro se integrará con la información que proporcionen los establecimientos sujetos a reporte, en el sistema automatizado que para tal efecto se implementará y que integra los elementos contenidos en el formato de reporte del RETC que se presenta en el Anexo No.1.

Los establecimientos serán responsables de la calidad de la información que suministren al RETC, por lo que deberán utilizar la mejor información disponibleen sus reportes, especialmente respecto a su exhaustividad, coherencia y credibilidad.

Artículo 17: Se consideran establecimientos sujetos a reporte los señalados en el Anexo No.2 del presente reglamento, los cuales se priorizaron a partir de la Tabla de Categorización Ambiental vigente en el país, y corresponden a fuentes puntuales.

Artículo 18: Para actualizar la base de datos del Registro, los establecimientos sujetos a reporte deberán presentar la información sobre sus emisiones y transferencia de contaminantes al aire, agua, suelo, así como la generación de residuos peligrosos. La información que suministren incluirá como mínimo los siguientes elementos:

1) Identificación del Establecimiento:Nombre de la empresa, RTN, razón social, ubicación, localización geográfica, principal actividad económica, Código CIIU, número de empleados, número de horas de trabajo al año, nombre y localización del contacto técnico.

2) Identificación de la Actividad Industrial: Materia prima para producción, volumen de producción anual, consumo total de energía, consumo total de agua, consumo total de combustible.

3) Licencias y Autorizaciones: Nombre de la licencia o autorización, número, fecha de emisión y fecha de vencimiento.

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4) Liberaciones y Transferencias: emisiones al aire, agua, suelo y transferencia al alcantarillado sanitario de aquellas sustancias o contaminantes sujetos a reporte, así como también la generación de residuos peligrosos.

5) Certificación: Nombre, localización, firma y sello del representante de la empresa que da fe que la información proporcionada es confiable y apegada a la verdad.

Artículo 19: La presentación de la información a través del sistema automatizado del RETC deberá realizarse dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de marzo de cada año, debiendo reportarse el periodo de operaciones realizadas por el establecimiento sujeto a reporte del 1de enero al 31 de diciembre del año inmediato anterior.

Artículo 20:Una vez ingresado el reporte al Sistema Automatizado, los responsables del RETC dentro del SINIA contarán con un plazo de diez (10)días hábiles para revisar que la información presentada por el establecimiento sujeto a reportese encuentre debidamente ingresada, en casocontrario, se requerirá al responsable del establecimiento para que complemente, rectifique, aclare o confirme la información presentadadentro de un plazo que no excederá de tres (3) días hábiles contados a partir de su notificación.

En caso de que el responsable del establecimiento no presente el requerimiento solicitado por el SINIA, se dará por sentado que no se presentó el reporte.

Artículo 21:Cuando el responsable del establecimientosujeto a reporte detecte que el formato no está debidamente ingresado, deberá realizar las enmiendasque subsanen los datos faltantes o, en su caso, los errores materiales o de concepto, en un plazo nomayor a tres (3) días hábiles contados a partir del ingreso de la información al sistema automatizado del RETC.

Sección Cuarta: De los Lineamientos Técnicos del Registro

Artículo22: Se consideran sustancias sujetas a reporte, las señaladas en el Anexo No.3 del presente reglamento. Este listado comprende sustancias y contaminantes del aire, agua, suelo y residuos peligrosos, así como compuestos orgánicos persistentes, gases de efecto invernadero y sustancias agotadoras de la capa de ozono.

Artículo 23: Se consideran umbrales de reporte, los señalados en el Anexo No.4 del presente reglamento, los que se establecieron en base a los umbrales de la Tabla de Categorización Ambiental vigente en el país.

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Artículo 24: Quedan exentos del requerimiento de reporte los establecimientos con umbrales o limites productivos pequeños (proyectos categoría 1, de bajo impacto ambiental potencial o de bajo riesgo), siempre que los mismos en la naturaleza de sus actividades no empleen sustancias químicas peligrosas.

No obstante, reportarán proyectos categoría 1 cuando la Tabla de Categorización Ambiental vigente así lo establezca.

Artículo 25: Las emisiones y transferencia de contaminantes y sustancias sujetas a reporte de competencia nacional, que estén reguladas por normas hondureñas, deberán medirse utilizando todos los equipos, procedimientos de muestreo, entre otros, especificados en las reglamentaciones especificas y de metrología.

En el caso de aquellos parámetros o contaminantes que están regulados pero que en el país no se cuenta con la capacidad analítica para su determinación, deberán reportarse a través de métodos de estimación hasta que se desarrolle la capacidad analítica requerida.

Artículo 26: Las sustancias sujetas a reporte que no estén reguladas por normas hondureñas, deberán estimarse a través de metodologías comúnmente utilizadas a nivel internacional, tales como la aplicación de factores de emisión, estimación mediante datos históricos, balance de materiales o modelos matemáticos.

En el caso de aquellos establecimientos sujetos a reporte que están monitoreando parámetros que no están normados, deberán realizar sus cálculos utilizando los datos de muestreo en la fuente.

Artículo 27: Los establecimientos sujetos a reporte deberán conservar durante un periodo de cinco años, a partir de la presentación del formato de reporte en línea, las memorias de cálculo y las mediciones relacionadas con las metodologías señaladas en los artículos 25 y 26 del presente Reglamento; dicha información deberá estar a disposición de la SERNA en el momentoque la requiera.

Sección Quinta: De la Confidencialidad de los Datos.

Artículo 28: Los establecimientos sujetos a reporte que deseen mantener el carácter de confidencialidad de algunos de sus datos como información de carácter comercial o industrial protegida por Ley, derechos de propiedad intelectual y datos personales, deberán presentar por escrito la solicitud de confidencialidad de lainformaciónjustificando técnica y legalmente los motivos de su solicitud.

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Artículo 29:El establecimiento sujeto a reporte por medio de su titular deberá presentar la solicitud ante la Secretaría General de la SERNA a más tardar el 30 de enero del año siguiente,quien resolverá en un tiempo de diez (10) días hábiles a partir de la fecha de entrega de la solicitud.

Artículo30: Si el dictamen de confidencialidad debidamente justificadoes denegado por la SERNA, el establecimiento tendrá que presentar su reporte en las fechas establecidas; sin perjuicio de la interposición de cualquier recurso de reconsideración establecido en el marco jurídico nacional.

Sección Sexta: De la Participación Ciudadana

Artículo31: La SERNAbrindará las oportunidades adecuadas para garantizar la participación pública en el proceso de desarrollo e implementación del Registro, lo que incluye la actualización de las características claves del RETC y la revisión del informe anual.

Artículo32:Los mecanismos de participación ciudadana reconocidos, incluyen, entre otros: audiencias, asambleas, foros públicos de diálogo, talleres de capacitación, difusión, educación y socialización, así como todos aquellos medios que permitan el acceso de la comunidad a la información disponible sobre emisiones y transferencia de contaminantes.

Artículo 33: La ciudadanía podrá acceder gratuitamente a la información antes mencionada, a través de la página web del RETCvinculada al portal de la SERNAo mediante medios impresos.

Artículo34:Las instituciones educativas y de investigación, los colegios profesionales, organizaciones no gubernamentales y expertos en la materia, podrán participar con la SERNA en el desarrollo de metodologías de medición y estimación de emisiones y transferencia de contaminantes.

CAPITULO V: De la Difusión de la Información Contenida en la Base de Datos del Registro

Artículo 35: La información ambiental de carácter público del RETC será la relativa a emisiones y transferencia de contaminantes, y estará disponible en la página web del RETC vinculadaalportal de la SERNA

Artículo 36: La SERNA publicará un Informe Anual el cual se difundirá por medios electrónicos o impresos yserá únicamente con fines de información y consulta.

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Previo a la publicación, la SERNA dará a conocer una versión preliminar del Informe Anual en un periodo no mayor a sesenta (60) días antes de la publicación definitiva de dicho Informe, a efecto de recibir observaciones por escrito tanto de los establecimientos sujetos a reporte como del público en general, en un plazo no mayor a treinta (30) días a partir de la publicación de la versión preliminar del informe.

Artículo 37:Cualquier persona interesadaen obtener información diferente a la especificada en el artículo 35, podrá presentar su solicitud por escrito ante la SERNA.

Artículo 38: La SERNApodrá negar la información solicitada si ésta es considerada de carácter reservado o confidencial deconformidad con lo dispuesto en los artículos 28 a 30 del presente reglamento y en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, debiendo en cualquier caso señalar las razones que motivaron su negativa.

CAPITULO VI: INFRACCIONES Y SANCIONES

Sección Primera: Infracciones

Artículo 39: Se entenderá por infracciones administrativas, las acciones u omisiones que violen el presente Reglamento, siempre que no están tipificadas como delitos.

Artículo 40:Las infracciones administrativas se dividirán en leves, menos graves y graves.

Artículo 41: Constituyen infracciones leves las siguientes:a) Omitir la presentación del reporte anual de emisiones y transferencia de

contaminantes por parte del establecimiento sujeto a reporte.b) Divulgar por negligencia de los funcionarios responsables del RETC,

información de carácter confidencial.

Artículo 42:La reincidencia en la comisión de una infracción leve, constituirá una infracciónmenos grave.

Artículo 43: Constituyen infracciones graves las siguientes:a) Presentar por parte del establecimiento sujeto a reporte, datos total o

parcialmente falsos en el reporte anual.

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b) No presentar a la Autoridad Nacional Competente el reporte anual de emisiones o transferencia de contaminantes por más de tres años consecutivos o presentarlo en años alternos.

c) Manipular la información suministrada por los establecimientos sujetos a reporte, por parte de los funcionarios responsables del RETC.

Sección Segunda: Sanciones

Artículo 44: Las infracciones establecidas en los artículos 41, 42 y 43 serán sancionadas de acuerdo a lo establecido en la Ley General del Ambiente y su Reglamento General.

Artículo 45: En la imposición de las sanciones administrativas, la SERNA aplicará el procedimiento establecido en el Reglamento General de la Ley de Ambiente.

CAPITULO VII: DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

Artículo46:En un período de tres años a partir de la publicación del presente reglamento, el DGPQ en coordinación con el SINIA y otras dependencias del Ejecutivo, incorporarán el reporte de fuentes difusas en el RETC.

Artículo 47:La SERNA en un plazo no mayor de seis (6) meses a partir de la entrada en vigencia del presente reglamento, emitirá el respectivo manual de procedimientos operativos para su implementación.

Artículo 48:Los establecimientos sujetos a reporte, presentarán su primer reporte anual un año después de la publicación de este reglamento.

Artículo 49:La SERNA podrá celebrar acuerdos de colaboración con otras dependencias y entidades de la administración pública, para incorporar información que apoye la integración de la Base de datos del RETC.

Artículo 50:La SERNA desarrollará un programa de capacitación permanente dirigido al personal encargado del RETC, con el propósito de que puedan brindar asistencia a los establecimientos sujetos a reporte.

Artículo 51: Aprobar el Anexo No.1: Formato de Reporte del RETC, Anexo No. 2: Establecimientos sujetos a reporte, Anexo No.3: Sustancias sujetas a reporte y Anexo No.4: Umbrales de reporte, los cuales forman parte de este reglamento.Las actualizaciones posteriores de los anexos antes mencionados formaran parte de este reglamento.

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Segundo: El presente Decreto entrará en vigenciaun día después de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.

Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central a los ____días del mes de_____ del año ____.

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.

Anexo No.2 Formato de Reporte

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REGISTRO DE EMISIONES Y TRANSFERENCIASDE CONTAMINANTES

(RETC)

Número RETC: RTN – RETC - # correlativo

Año de Reporte:

Indicar si el reporte es: Inicial Complementario Modificación

1.- Identificación del Establecimiento

Nombre del establecimiento: Razón Social: Casa MatrizSi No

PlantelSi No

UbicaciónRegión de Desarrollo: Departamento: Municipio:

Dirección: (Colonia o Barrio, Sector/Bloque, Calle)

Localización geográficaUTM X: Y: WGS84 Lat: Long:

Principal actividad económica: Código CIIU:Categoría:División:Nombre de la actividad:

Número de Empleados Total Número en planta

Número de horas de trabajo al año: hr/año

Contacto Técnico (Anotar la dirección en caso de ser diferente del establecimiento).Nombre completo: Cargo:

Departamento: Municipio: Ciudad:

Dirección: (Colonia o Barrio, Sector/Bloque, Calle)

Teléfono: Celular: Fax: Dirección electrónica:

2.- Identificación de la Actividad Industrial

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Materia Prima utilizada en la producción:Nombre comercial del

químicoNombre del químico Punto de

consumoConsumo anual (unidad)

Productos terminados:Volumen de producción anual:Nombre del producto Producción anual (Unidades)

Consumos de energía, agua y combustible:Consumo total de energía (Mw/año) Consumo en planta Total

Fuente de energíaAutogeneración:Tipo: Cantidad(Mw/año):

Consumo: Cantidad(Mw/año):Energía eléctrica (ENEE)Energía térmicaOtro:

Consumo total de agua ( m3/año)TotalConsumo total de combustible

Tipo de combustible Área de consumo Consumo anual (Ton/año)BunkerDieselGasolinaKerosenOtro:

3.- Licencias y Autorizaciones

Nombre Aplica Número Fechaemisión

FechavencimientoSi No

Tipo de Permiso Ambiental.Licencia Sanitaria.Registro de plaguicidas y sustancias afines.Registro de productos veterinarios.Registro Sanitario.Autorización de descarga de Aguas residuales.Registro de empresas o actividades que generan emisiones por fuentes fijas.Registro de sustancias y actividades relacionadas con sustancias químicas y residuos peligrosos.Tarjeta del Registro Nacional para el Transporte de Sustancias, Mercancías y Desechos Peligrosos.

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4.- Liberaciones y Transferencias

4.1. Aire

Emisión por chimenea(s) Total de Chimeneas:

Identificación de la

chimenea

Estado(H o I)

Altura (m)

Diámetro interior o

equivalente (m)

Velocidad flujo del

gas (m/s)

Punto de

emisión

Contaminanteo Parámetro

NúmeroCAS

Emisión por chimenea

Cantidad (Kg/año)

Método de

cálculo*

Emisión Total (Kg/año):H: Habilitada I: Inhabilitada *= Medición /Estimación/Cálculo

Emisión por accidenteIdentificación de

chimeneaContaminante o

ParámetroNúmero CAS Emisión accidental

Cantidad(Kg/año)

Método de cálculo*

Emisión Total (Kg/año):*= Medición /Estimación/Cálculo

Emisión Total AnualContaminante Emisión anual por

chimenea (s)Emisión anual por

accidenteEmisión Total Anual

(Kg/año)

4.2.- Agua

4.2.1.- Descarga a cuerpos receptores (emisión)Total de puntos de descarga Caudal (m3/año)

Tratamiento de aguas residuales:Si

No

Nivel de Tratamiento:PrimarioSecundarioTerciario

Tipo de Tratamiento:Lagunas de estabilizaciónLodos activadosFiltro percoladorRAFA (UASB)Humedal

Otro:_____________________________

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Emisión por descarga(s)Identificación

de la descarga

Procedenciade

la descarga

Contaminanteo

Parámetro

NúmeroCAS

Emisión por descarga Nombre del cuerpo de agua receptorCantidad

(Kg/año)Método de

cálculo*

Emisión Total (Kg/año):*= Medición /Estimación/Cálculo

Emisión por accidenteIdentificación de la

descargaContaminante o

ParámetroNúmero

CASEmisión accidental Nombre del cuerpo de

agua receptorCantidad(Kg/año)

Método de cálculo*

Emisión Total (Kg/año):*= Medición /Estimación/Cálculo

Emisión Total AnualContaminante Emisión anual por

descarga (s) (Kg/año)Emisión anual por accidente (Kg/año)

Emisión Total Anual (Kg/año)

4.2.2.- Descarga a Alcantarillado (transferencia)Total de puntos de descarga Caudal (m3/año)

Pretratamiento de aguas residuales:Si No

Tipo de pretratamiento:DesbasteTrampa de grasaOtro: _____________________________________

Transferencia Anual por descargaIdentificación

de la descargaProcedencia

dela descarga

Contaminanteo

Parámetro

Número CAS

Transferencia por descargaCantidad (Kg/año)

Método de cálculo*

Transferencia Total (Kg/año):*= Medición /Estimación/Cálculo

117

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4.3.- Suelo

Total de puntos de descarga Caudal (m3/año)

Tratamiento de aguas residuales:Si

No

Nivel de Tratamiento:PrimarioSecundarioTerciario

Tipo de Tratamiento:Lagunas de estabilizaciónLodos activadosFiltro percoladorOtro:_____________________________

Emisión por descarga(s)Identificación

de la descarga

Procedenciade

la descarga

Contaminanteo

Parámetro

Número CAS

Emisión por descarga Nombredel Sitio

de Descarga

Área del punto de Descarga

(m2)

Cantidad (Kg/año)

Método de cálculo*

Emisión Total (Kg/año):*= Medición /Estimación/Cálculo

Emisión por accidenteIdentificación

de la descarga

Contaminanteo

Parámetro

Número CAS

Emisión accidental Nombredel Sitio de Descarga

Área del punto de Descarga

(m2)Cantidad(Kg/año)

Método de cálculo*

Emisión Total (Kg/año)*= Medición /Estimación/Cálculo

Emisión Total AnualContaminante Emisión anual por

descarga (s) (Kg/año)Emisión anual por accidente (kg/año)

Emisión Total Anual (Kg/año)

4.4.- Generación de residuos peligrosos

Identificación del residuoNombre del residuo

Estado Código de Peligrosidad

Área deGeneración

Volumen Total Generado (Kg/año)

Modalidad de Manejo(%)

S L G E I O T C R A T Tr% Lugar % Tipo %

Estado: L: liquido, S: sólido, G: gaseoso.

118

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Código de peligrosidad: C: Corrosivo, R: Reactivo, E: Explosivo, T: Toxico, I: Inflamable, O: Oxidante,Modalidad de Manejo: A: Almacenamiento, T: Tratamiento, Tr: Transferencia

Transferencia de residuos peligrosos generadosNombre del

residuoVolumen

anual(Kg/ año)

Método de

cálculo*

Áreade

generación

DestinoNacional Internacional

T DF Otro T DF OtroL T L T L T L T L T L T

*= Medición /Estimación/Cálculo

Destino: T: Tratamiento, DF: Disposición. Especificar en cada caso L: Lugar y T: Tipo

5.- Certificación

Doy fe que la información contenida en el presente reporte es correcta y se basa en los métodos de estimación mencionados en el instructivo.Nombre completo del representante: Cargo:

Teléfono: Celular: Fax: Dirección electrónica:

_____________________________Firma Sello

Anexo No.3 Lista de residuos peligrosos contenida en la Lista Europea de Residuos

No Capítulos Residuos Peligrosos

119

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.

1Residuos de la prospección, extracción de minas y canteras y tratamientos físicos y químicos de minerales.

Residuos de la transformación física y química de minerales metálicos: Estériles que generan ácidos procedentes de la transformación de

sulfuros. Otros estériles que contienen sustancias peligrosas. Otros residuos que contienen sustancias peligrosas procedentes de la

transformación física y química de minerales metálicos.

Residuos de la transformación física y química de minerales no metálicos. Residuos que contienen sustancias peligrosas procedentes de la

transformación física y química de minerales no metálicos.

Lodos y otros residuos de perforaciones. Lodos y residuos de perforaciones que contienen hidrocarburos. Lodos y otros residuos de perforaciones que contienen sustancias

peligrosas.

2 Residuos de la agricultura, horticultura, acuicultura, silvicultura, caza y pesca; residuos de la preparación y elaboración de alimentos.

Residuos de la agricultura, horticultura, acuicultura, silvicultura, caza y pesca:

Residuos agroquímicos que contienen sustancias peligrosas.

3 Residuos de la transformación de la madera y de la producción de tableros y muebles, pasta de papel, papel y cartón.

Residuos de la transformación de la madera y de la producción de tableros yMuebles: Serrín, virutas, recortes, madera, tableros de partículas y chapas que

contienen sustancias peligrosas.

Residuos de los tratamientos de conservación de la madera. Conservantes de la madera orgánicos no halogenados. Conservantes de la madera organoclorados. Conservantes de la madera organometálicos. Conservantes de la madera inorgánicos. Otros conservantes de la madera que contienen sustancias peligrosas.

4 Residuos de las industrias del cuero, de la piel y textil.

Residuos de las industrias del cuero y de la piel. Residuos de desengrasado que contienen disolventes sin fase líquida.

Residuos de la industria textil. Residuos del acabado que contienen disolventes orgánicos. Colorantes y pigmentos que contienen sustancias peligrosas. Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias

peligrosas.

5 Residuos del refino de petróleo, purificación del gas natural y tratamiento pirolítico del carbón.

Residuos del tratamiento pirolítico del carbón. Alquitranes ácidos Otros alquitranes

Residuos de la purificación y transporte de gas natural. Residuos que contienen mercurio.

No.

Capítulos Residuos Peligrosos

120

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6 Residuos de procesos químicos inorgánicos

Residuos de la fabricación, formulación, distribución y utilización (FFDU) de Ácidos. Ácido sulfúrico y ácido sulfuroso Ácido clorhídrico Ácido fluorhídrico Ácido fosfórico y ácido fosforoso Ácido nítrico y ácido nitroso Otros ácidos.

Residuos de la fabricación, formulación, distribución y utilización (FFDU) deBases. Hidróxido cálcico Hidróxido amónico Hidróxido potásico e hidróxido sódico Otras bases.

Residuos de la fabricación, formulación, distribución y utilización (FFDU) de sales y sus soluciones y de óxidos metálicos. Sales sólidas y soluciones que contienen cianuros Sales sólidas y soluciones que contienen metales pesados Óxidos metálicos que contienen metales pesados

Residuos que contienen metales distintos de los mencionados en la categoría anterior. Residuos que contienen arsénico Residuos que contienen mercurio Residuos que contienen otros metales pesados

Lodos del tratamiento in situ de efluentes. Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias

peligrosas

Residuos de la FFDU de productos químicos que contienen azufre, de procesos químicos del azufre y de procesos de desulfuración. Residuos que contienen sulfuros peligrosos

Residuos de la FFDU de halógenos y de procesos químicos de los halógenos. Residuos de electrólisis que contienen amianto Carbón activo procedente de la producción de cloro Lodos de sulfato bárico que contienen mercurio Soluciones y ácidos, por ejemplo, ácido de contacto

Residuos de la FFDU del silicio y sus derivados: Residuos que contienen clorosilanos peligrosos.

Residuos de la FFDU de productos químicos que contienen fósforo y procesos químicos del fósforo. Residuos cálcicos de reacción que contienen o están contaminados

con sustancias Peligrosas.

Residuos de la FFDU de productos químicos que contienen nitrógeno y procesos químicos del nitrógeno y de la fabricación de fertilizantes. Residuos que contienen sustancias peligrosas

No.

Capítulos Residuos Peligrosos

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Residuos de procesos químicos inorgánicos no especificados en otra categoría Productos fitosanitarios inorgánicos, conservantes de la madera y

otros biocidas. Carbón activo usado (excepto la categoría Carbón activo procedente

de la producción de cloro) Residuos procedentes de la transformación del amianto Hollín

7 Residuos de procesos químicos orgánicos

Residuos de la fabricación, formulación, distribución y utilización (FFDU) deproductos químicos orgánicos de base Líquidos de limpieza y licores madre acuosos Disolventes, líquidos de limpieza y licores madre organohalogenados Otros disolventes, líquidos de limpieza y licores madre orgánicos Residuos de reacción y de destilación halogenados Otros residuos de reacción y de destilación Tortas de filtración y absorbentes usados halogenados Otras tortas de filtración y absorbentes usados Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias

peligrosas.

Residuos de la FFDU de plásticos, caucho sintético y fibras artificiales Líquidos de limpieza y licores madre acuosos Disolventes, líquidos de limpieza y licores madre organohalogenados Otros disolventes, líquidos de limpieza y licores madre orgánicos. Residuos de reacción y de destilación halogenados Otros residuos de reacción y de destilación Tortas de filtración y absorbentes usados halogenados Otras tortas de filtración y absorbentes usados Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias

peligrosas. Residuos procedentes de aditivos que contienen sustancias

peligrosas. Residuos que contienen siliconas peligrosas.

Residuos de la FFDU de tintes y pigmentos orgánicos (excepto los residuos de la fabricación de pigmentos inorgánicos y opacificantes): Líquidos de limpieza y licores madre acuosos Disolventes, líquidos de limpieza y licores madre organohalogenados Otros disolventes, líquidos de limpieza y licores madre orgánicos Residuos de reacción y de destilación halogenados Otros residuos de reacción y de destilación Tortas de filtración y absorbentes usados halogenados Otras tortas de filtración y absorbentes usados Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias

peligrosas.

Residuos de la FFDU de productos fitosanitarios orgánicos (excepto los residuos agroquímicos que contienen sustancias peligrosas), de conservantes de la madera (excepto los residuos de los tratamientos de conservación de la madera) y de otros biocidas: Líquidos de limpieza y licores madre acuosos

No.

Capítulos Residuos Peligrosos

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Disolventes, líquidos de limpieza y licores madre organohalogenados Otros disolventes, líquidos de limpieza y licores madre orgánicos Residuos de reacción y de destilación halogenados Otros residuos de reacción y de destilación Tortas de filtración y absorbentes usados halogenados Otras tortas de filtración y absorbentes usados Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias

peligrosas Residuos sólidos que contienen sustancias peligrosas.

Residuos de la FFDU de productos farmacéuticos: Líquidos de limpieza y licores madre acuosos Disolventes, líquidos de limpieza y licores madre organohalogenados Otros disolventes, líquidos de limpieza y licores madre orgánicos Residuos de reacción y de destilación halogenados Otros residuos de reacción y de destilación Tortas de filtración y absorbentes usados halogenados Otras tortas de filtración y absorbentes usados Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias

peligrosas Residuos sólidos que contienen sustancias peligrosas.

Residuos de la FFDU de grasas, jabones, detergentes, desinfectantes y cosméticos: Líquidos de limpieza y licores madre acuosos Disolventes, líquidos de limpieza y licores madre organohalogenados Otros disolventes, líquidos de limpieza y licores madre orgánicos Residuos de reacción y de destilación halogenados Otros residuos de reacción y de destilación Tortas de filtración y absorbentes usados halogenados Otras tortas de filtración y absorbentes usados. Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias

peligrosas.

Residuos de la FFDU de productos químicos resultantes de la química fina y productos químicos no especificados en otra categoría: Líquidos de limpieza y licores madre acuosos Disolventes, líquidos de limpieza y licores madre organohalogenados Otros disolventes, líquidos de limpieza y licores madre orgánicos Residuos de reacción y de destilación halogenados Otros residuos de reacción y de destilación Tortas de filtración y absorbentes usados halogenados Otras tortas de filtración y absorbentes usados Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias

peligrosas.

8 Residuos de la fabricación, formulación, distribución y utilización (FFDU) de revestimientos (pinturas, barnices y esmaltes vítreos), adhesivos, sellantes y tintas de impresión.

Residuos de la FFDU y del decapado o eliminación de pintura y barniz: Residuos de pintura y barniz que contienen disolventes orgánicos u

otras sustancias peligrosas Lodos de pintura y barniz que contienen disolventes orgánicos u otras

sustancias peligrosas Lodos acuosos que contienen pintura o barniz con disolventes

orgánicos u otras sustancias peligrosas

No Capítulos Residuos Peligrosos

123

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Residuos del decapado o eliminación de pintura y barniz que contienen disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas

Suspensiones acuosas que contienen pintura o barniz con disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas

Residuos de decapantes o desbarnizadores.

Residuos de la FFDU de tintas de impresión: Residuos de tintas que contienen sustancias peligrosas Lodos de tinta que contienen sustancias peligrosas

Residuos de soluciones corrosivas Residuos de tóner de impresión que contienen sustancias peligrosas. Aceites de dispersión.

Residuos de la FFDU de adhesivos y sellantes (incluyendo productos de impermeabilización): Residuos de adhesivos y sellantes que contienen disolventes

orgánicos u otras sustancias peligrosas Lodos de adhesivos y sellantes que contienen disolventes orgánicos u

otras sustancias peligrosas Lodos acuosos que contienen adhesivos o sellantes con disolventes

orgánicos u otras sustancias peligrosas Residuos líquidos acuosos que contienen adhesivos o sellantes con

disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas. Aceite de resina.

Residuos no especificados de otra forma: socianatos residuales.

9 Residuos de la industria fotográfica.

Residuos de la industria fotográfica: Soluciones de revelado y soluciones activadoras al agua Soluciones de revelado de placas de impresión al agua Soluciones de revelado con disolventes Soluciones de fijado Soluciones de blanqueo y soluciones de blanqueo-fijado Residuos que contienen plata procedente del tratamiento in situ de

residuos fotográficos. Cámaras de un solo uso con pilas o acumuladores Residuos líquidos acuosos procedentes de la recuperación in situ de

plata.

10 Residuos de procesos térmicos.

Residuos de centrales eléctricas y otras plantas de combustión: Cenizas volantes y polvo de caldera de hidrocarburos Ácido sulfúrico Cenizas volantes de hidrocarburos emulsionados usados como

combustibles Cenizas del hogar, escorias y polvo de caldera procedentes de la co-

incineración que contienen sustancias peligrosas Cenizas volantes procedentes de la co-incineración que contienen

sustancias peligrosas Residuos procedentes de la depuración de gases que contienen

sustancias peligrosas Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias

peligrosas Lodos acuosos que contienen sustancias peligrosas procedentes de la

limpieza de calderas.

No Capítulos Residuos Peligrosos

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Residuos de la industria del hierro y del acero: Residuos sólidos del tratamiento de gases que contienen sustancias

peligrosas Residuos del tratamiento del agua de refrigeración que contienen

aceites Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases que contienen

sustancias peligrosas.

Residuos de la termometalurgia del aluminio: Escorias de la producción primaria Escorias salinas de la producción secundaria Granzas negras de la producción secundaria Espumas inflamables o que emiten, en contacto con el agua, gases

inflamables en cantidades peligrosas Residuos que contienen alquitrán procedentes de la fabricación de

ánodos Partículas, procedentes de los efluentes gaseosos, que contienen

sustancias peligrosas Otras partículas y polvo (incluido el polvo de molienda) que contienen

sustancias peligrosas Residuos sólidos del tratamiento de gases que contienen sustancias

peligrosas Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases que contienen

sustancias peligrosas Residuos del tratamiento del agua de refrigeración que contienen

aceites Residuos del tratamiento de escorias salinas y granzas negras, que

contienen sustancias peligrosas.

Residuos de la termometalurgia del plomo: Escorias de la producción primaria y secundaria Granzas y espumas de la producción primaria y secundaria Arseniato de calcio Partículas procedentes de los efluentes gaseosos Otras partículas y polvos Residuos sólidos del tratamiento de gases Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases Residuos del tratamiento del agua de refrigeración que contienen

aceites.

Residuos de la termometalurgia del zinc: Partículas procedentes de los efluentes gaseosos Residuos sólidos del tratamiento de gases Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases Residuos del tratamiento del agua de refrigeración que contienen

aceites Granzas y espumas inflamables o que emiten, en contacto con el

agua, gases inflamables en cantidades peligrosas.

Residuos de la termometalurgia del cobre: Partículas procedentes de los efluentes gaseosos Residuos sólidos del tratamiento de gases Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases Residuos del tratamiento del agua de refrigeración que contienen

aceites.

No Capítulos Residuos Peligrosos

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Residuos de la termometalurgia de la plata, oro y platino: Residuos del tratamiento del agua de refrigeración que contienen

aceites.

Residuos de la termometalurgia de otros metales no férreos: Escorias salinas de la producción primaria y secundaria Granzas y espumas inflamables o que emiten, en contacto con el

agua, gases inflamables en cantidades peligrosas Residuos que contienen alquitrán procedentes de la fabricación de

ánodos Partículas, procedentes de los efluentes gaseosos, que contienen

sustancias peligrosas. Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases que contienen

sustancias peligrosas Residuos del tratamiento del agua de refrigeración que contienen

aceites.

Residuos de la fundición de piezas férreas: Machos y moldes de fundición sin colada que contienen sustancias

peligrosas Machos y moldes de fundición con colada que contienen sustancias

peligrosas Partículas procedentes de los efluentes gaseosos, que contienen

sustancias peligrosas Otras partículas que contienen sustancias peligrosas Ligantes residuales que contienen sustancias peligrosas Residuos de agentes indicadores de fisuración que contienen

sustancias peligrosas.

Residuos de la fundición de piezas no férreas: Machos y moldes de fundición sin colada que contienen sustancias

peligrosas Machos y moldes de fundición con colada que contienen sustancias

peligrosas Partículas, procedentes de los efluentes gaseosos, que contienen

sustancias peligrosas Otras partículas que contienen sustancias peligrosas Ligantes residuales que contienen sustancias peligrosas Residuos de agentes indicadores de fisuración que contienen

sustancias peligrosas.

Residuos de la fabricación del vidrio y sus derivados: Residuos de la preparación de mezclas antes del proceso de cocción

que contienen sustancias peligrosas Residuos de pequeñas partículas de vidrio y de polvo de vidrio que

contienen metales pesados (por ejemplo, de tubos catódicos) Lodos procedentes del pulido y esmerilado del vidrio que contienen

sustancias peligrosas Residuos sólidos del tratamiento de gases de combustión que

contienen sustancias peligrosas Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases que contienen

sustancias peligrosas Residuos sólidos del tratamiento in situ de efluentes que contienen

sustancias peligrosas.

No Capítulos Residuos Peligrosos

126

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Residuos de la fabricación de productos cerámicos, ladrillos, tejas y materiales de construcción: Residuos sólidos del tratamiento de gases que contienen sustancias

peligrosas Residuos de vidriado que contienen metales pesados

Residuos de la fabricación de cemento, cal y yeso y de productos derivados: Residuos de la fabricación de fibrocemento que contienen amianto

Residuos sólidos del tratamiento de gases que contienen sustancias peligrosas.

Residuos de crematorios: Residuos de la depuración de gases que contienen mercurio.

11 Residuos del tratamiento químico de superficie y del recubrimiento de metales y otros materiales; residuos de la hidrometalurgia no férrea.

Residuos del tratamiento químico de superficie y del recubrimiento de metales y otros materiales (por ejemplo, procesos de galvanización, procesos de recubrimiento con zinc, procesos de decapado, grabado, fosfatación, desengrasado alcalino y anodización): Ácidos de decapado Ácidos no especificados en otra categoría Bases de decapado Lodos de fosfatación Lodos y tortas de filtración que contienen sustancias peligrosas Líquidos acuosos de enjuague que contienen sustancias peligrosas Residuos de desengrasado que contienen sustancias peligrosas Eluatos y lodos procedentes de sistemas de membranas o de

intercambio iónico que contienen sustancias peligrosas Resinas intercambiadoras de iones saturadas o usadas Otros residuos que contienen sustancias peligrosas.

Residuos de procesos hidrometalúrgicos no férreos: Lodos de la hidrometalurgia del zinc (incluidas jarosita y goethita) Residuos de procesos de la hidrometalurgia del cobre que contienen

sustancias peligrosas Otros residuos que contienen sustancias peligrosas.

Lodos y sólidos de procesos de temple: Residuos que contienen cianuro Otros residuos.

Residuos de procesos de galvanización en caliente: Residuos sólidos del tratamiento de gases Fundentes usados.

12 Residuos del moldeado y del tratamiento físico y mecánico de superficie de metales y plásticos.

Residuos del moldeado y tratamiento físico y mecánico de superficie de metales y plásticos: Aceites minerales de mecanizado que contienen halógenos (excepto

las emulsiones o disoluciones) Aceites minerales de mecanizado sin halógenos (excepto las

emulsiones o disoluciones) Emulsiones y disoluciones de mecanizado que contienen halógenos Emulsiones y disoluciones de mecanizado sin halógenos

No Capítulos Residuos Peligrosos Aceites sintéticos de mecanizado Ceras y grasas usadas

127

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Lodos de mecanizado que contienen sustancias peligrosas Residuos de granallado o chorreado que contienen sustancias

peligrosas. Lodos metálicos (lodos de esmerilado, rectificado y lapeado) que

contienen aceites Aceites de mecanizado fácilmente biodegradables Muelas y materiales de esmerilado usados que contienen sustancias

peligrosas.

Residuos de los procesos de desengrase con agua y vapor (excepto los relacionados con los residuos del tratamiento químico de superficie y del recubrimiento de metales y otros materiales; residuos de la hidrometalurgia no férrea): Líquidos acuosos de limpieza Residuos de desengrase al vapor

13 Residuos de aceites y de combustibles líquidos (excepto los aceites comestibles y los de los capítulos 05, 12 y 19):

Residuos de aceites hidráulicos: Aceites hidráulicos que contienen PCB Emulsiones cloradas Emulsiones no cloradas Aceites hidráulicos minerales clorados Aceites hidráulicos minerales no clorados Aceites hidráulicos sintéticos Aceites hidráulicos fácilmente biodegradables Otros aceites hidráulicos.Residuos de aceites de motor, de transmisión mecánica y lubricantes: Aceites minerales clorados de motor, de transmisión mecánica y

lubricantes Aceites minerales no clorados de motor, de transmisión mecánica y

lubricantes Aceites sintéticos de motor, de transmisión mecánica y lubricantes Aceites fácilmente biodegradables de motor, de transmisión mecánica

y lubricantes Otros aceites de motor, de transmisión mecánica y lubricantes.

Residuos de aceites de aislamiento y transmisión de calor: Aceites de aislamiento y transmisión de calor que contienen PCB Aceites minerales clorados de aislamiento y transmisión de calor,

distintos de los especificados en aceites de aislamiento y transmisión de calor que contienen PCB

Aceites minerales no clorados de aislamiento y transmisión de calor Aceites sintéticos de aislamiento y transmisión de calor Aceites fácilmente biodegradables de aislamiento y transmisión de

calor Otros aceites de aislamiento y transmisión de calor.

Aceites de sentinas Aceites de sentinas procedentes de la navegación en aguas

continentales Aceites de sentinas recogidos en muelles Aceites de sentinas procedentes de otros tipos de navegación.

No Capítulos Residuos PeligrososRestos de separadores de agua/sustancias aceitosas: Sólidos procedentes de desarenadores y de separadores de

agua/sustancias aceitosas

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Lodos de separadores de agua/sustancias aceitosas Lodos de interceptores Aceites procedentes de separadores de agua/sustancias aceitosas Agua aceitosa procedente de separadores de agua/sustancias

aceitosas Mezcla de residuos procedentes de desarenadores y de separadores

de agua/sustancias aceitosas.

Residuos de combustibles líquidos Fuel oil y gasóleo GasolinaOtros combustibles (incluidas mezclas)

Residuos de aceites no especificados en otra categoría Lodos o emulsiones de desalación Otras emulsiones Residuos no especificados en otra categoría.

14 Residuos de disolventes, refrigerantes y propelentes orgánicos (excepto los de los capítulos 07 y 08

Residuos de disolventes, refrigerantes y propelentes de espuma y aerosoles orgánicos: Clorofluorocarburos, HCFC, HFC Otros disolventes y mezclas de disolventes halogenados Otros disolventes y mezclas de disolventes Lodos o residuos sólidos que contienen disolventes halogenados Lodos o residuos sólidos que contienen otros disolventes.

15 Residuos de envases; absorbentes, trapos de limpieza; materiales de filtración y ropas de protección no especificados en otra categoría

Envases (incluidos los residuos de envases de la recogida selectiva municipal): Envases que contienen restos de sustancias peligrosas o están

contaminados por ellas Envases metálicos, incluidos los recipientes a presión vacíos, que

contienen una matriz sólida y porosa peligrosa (por ejemplo, amianto).

Absorbentes, materiales de filtración, trapos de limpieza y ropas protectoras: Absorbentes, materiales de filtración (incluidos los filtros de aceite no

especificados en otra categoría), trapos de limpieza y ropas protectoras contaminados por sustancias peligrosas.

16 Residuos no especificados en otro capítulo de la lista

Vehículos de diferentes medios de transporte (incluidas las máquinas no de carretera) al final de su vida útil y residuos del desguace de vehículos al final de su vida útil y del mantenimiento de vehículos (excepto los de los capítulos 13, 14 y los referentes a pilas, acumuladores y catalizadores usados del capítulo 16): Vehículos al final de su vida útil Filtros de aceite Componentes que contienen mercurio Componentes que contienen PCB Componentes explosivos (por ejemplo, air bags)

No Capítulos Residuos Peligrosos Zapatas de freno que contienen amianto Zapatas de freno distintas a las zapatas de freno que contienen

amianto. Líquidos de frenos Anticongelantes que contienen sustancias peligrosas

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Componentes peligrosos distintos a filtros de aceite, zapatas de freno que contienen amianto, líquidos de frenos y anticongelantes que contienen sustancias peligrosas.

Residuos de equipos eléctricos y electrónicos: Transformadores y condensadores que contienen PCB Equipos desechados que contienen PCB, o están contaminados por

ellos, distintos a transformadores y condensadores que contienen PCB

Equipos desechados que contienen clorofluorocarburos, HCFC, HFC Equipos desechados que contiene amianto libre Equipos desechados que contienen componentes peligrosos, distintos

a transformadores y condensadores que contienen PCB y a equipos desechados que contiene amianto libre

Componentes peligrosos retirados de equipos desechados.

Lotes de productos fuera de especificación y productos no utilizados: Residuos inorgánicos que contienen sustancias peligrosas Residuos orgánicos que contienen sustancias peligrosas.

Residuos de explosivos Residuos de municiones Residuos de fuegos artificiales Otros residuos explosivos.

Gases en recipientes a presión y productos químicos desechados: Gases en recipientes a presión (incluidos los halones) que contienen

sustancias peligrosas Productos químicos de laboratorio que consisten en, o contienen,

sustancias peligrosas, incluidas las mezclas de productos químicos de laboratorio

Productos químicos inorgánicos desechados que consisten en, o contienen, sustancias peligrosas

Productos químicos orgánicos desechados que consisten en, o contienen, sustancias peligrosas.

Pilas y acumuladores: Baterías de plomo Acumuladores de Ni-Cd Pilas que contienen mercurio Electrolitos de pilas y acumuladores recogidos selectivamente.

Residuos de la limpieza de cisternas de transporte y almacenamiento y de la limpieza de cubas (excepto los de los capítulos 05 y 13): Residuos que contienen hidrocarburos Residuos que contienen otras sustancias peligrosas.

No Capítulos Residuos Peligrosos

Catalizadores usados: Catalizadores usados que contienen metales de transición peligrosos

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o compuestos de metales de transición peligrosos Catalizadores usados que contienen ácido fosfórico Líquidos usados utilizados como catalizadores Catalizadores usados contaminados con sustancias peligrosas.

Sustancias oxidantes: Permanganatos, por ejemplo, permanganato potásico Cromatos, por ejemplo, cromato potásico, dicromato sódico o potásico Peróxidos, por ejemplo, peróxido de hidrógeno Sustancias oxidantes no especificadas en otra categoría.

Residuos líquidos acuosos destinados a plantas de tratamiento externas: Residuos líquidos acuosos que contienen sustancias peligrosas Concentrados acuosos que contienen sustancias peligrosas.

Residuos de revestimientos de hornos y refractarios Revestimientos y refractarios a base de carbono, procedentes de

procesos metalúrgicos, que contienen sustancias peligrosas Otros revestimientos y refractarios procedentes de procesos

metalúrgicos que contienen sustancias peligrosas Revestimientos y refractarios, procedentes de procesos no

metalúrgicos, que contienen sustancias peligrosas.

17 Residuos de la construcción y demolición (incluida la tierra excavada de zonas contaminadas)

Hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos: Mezclas, o fracciones separadas, de hormigón, ladrillos, tejas y

materiales cerámicos que contienen sustancias peligrosas.

Madera, vidrio y plástico: Vidrio, plástico y madera que contienen sustancias peligrosas o están

contaminados por ellas.

Mezclas bituminosas, alquitrán de hulla y otros productos alquitranados Mezclas bituminosas que contienen alquitrán de hulla. Alquitrán de hulla y productos alquitranados.

Metales (incluidas sus aleaciones): Residuos metálicos contaminados con sustancias peligrosas Cables que contienen hidrocarburos, alquitrán de hulla y otras

sustancias peligrosas.

Tierra (incluida la excavada de zonas contaminadas), piedras y lodos de drenaje: Tierra y piedras que contienen sustancias peligrosas Lodos de drenaje que contienen sustancias peligrosas Balasto de vías férreas que contiene sustancias peligrosas.

No Capítulos Residuos Peligrosos

Materiales de aislamiento y materiales de construcción que contienen amianto: Materiales de aislamiento que contienen amianto

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Otros materiales de aislamiento que consisten en, o contienen, sustancias peligrosas

Materiales de construcción que contienen amianto.

Materiales de construcción a base de yeso Materiales de construcción a base de yeso contaminados con

sustancias peligrosas.

Otros residuos de construcción y demolición Residuos de construcción y demolición que contienen mercurio Residuos de construcción y demolición que contienen PCB (por

ejemplo, sellantes que contienen PCB, revestimientos de suelo a base de resinas que contienen PCB, acristalamientos dobles que contienen PCB, condensadores que contienen PCB)

Otros residuos de construcción y demolición (incluidos los residuos mezclados) que contienen sustancias peligrosas.

18 Residuos de servicios médicos o veterinarios o de investigación asociada (salvo los residuos de cocina y de restaurante no procedentes directamente de la prestación de cuidados sanitarios)

Residuos de maternidades, del diagnóstico, tratamiento o prevención de enfermedades humanas: Residuos cuya recogida y eliminación es objeto de requisitos

especiales para prevenir infecciones Productos químicos que consisten en, o contienen, sustancias

peligrosas Medicamentos citotóxicos y citostáticos Residuos de amalgamas procedentes de cuidados dentales.

Residuos de la investigación, diagnóstico, tratamiento o prevención de enfermedades de animales: Residuos cuya recogida y eliminación es objeto de requisitos

especiales para prevenir infecciones Productos químicos que consisten en, o contienen, sustancias

peligrosas.

19 Residuos de las instalaciones para el tratamiento de residuos, de las plantas externas de tratamiento de aguas residuales y de la preparación de agua para consumo humano y de agua para uso industrial

Residuos de la incineración o pirólisis de residuos Torta de filtración del tratamiento de gases Residuos líquidos acuosos del tratamiento de gases y otros residuos

líquidos acuosos Residuos sólidos del tratamiento de gases Carbón activo usado procedente del tratamiento de gases Cenizas de fondo de horno y escorias que contienen sustancias

peligrosas Cenizas volantes que contienen sustancias peligrosas Polvo de caldera que contiene sustancias peligrosas Residuos de pirólisis que contienen sustancias peligrosas.

Residuos de tratamientos fisicoquímicos de residuos (incluidas la descromatación, descianuración y neutralización): Residuos mezclados previamente, compuestos por al menos un

residuo peligroso

No Capítulos Residuos Peligrosos Lodos de tratamientos fisicoquímicos que contienen sustancias

peligrosas Aceites y concentrados procedentes del proceso de separación Residuos combustibles líquidos que contienen sustancias peligrosas Residuos combustibles sólidos que contienen sustancias peligrosas

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Otros residuos que contienen sustancias peligrosas.

Residuos estabilizados/solidificados Residuos peligrosos parcialmente estabilizados Residuos peligrosos solidificados.

Residuos vitrificados y residuos de la vitrificación Cenizas volantes y otros residuos del tratamiento de gases Fase sólida no vitrificada.

Lixiviados de vertedero Lixiviados de vertedero que contienen sustancias peligrosas

Residuos de plantas de tratamiento de aguas residuales no especificados en otra categoría Resinas intercambiadoras de iones saturadas o usadas Soluciones y lodos de la regeneración de intercambiadores de iones Residuos procedentes de sistemas de membranas que contienen

metales pesados Mezclas de grasas y aceites procedentes de la separación de

agua/sustancias aceitosas distintas a las mezclas de grasas y aceites procedentes de la separación de agua/sustancias aceitosas que contienen aceites y grasas comestibles.

Lodos que contienen sustancias peligrosas procedentes del tratamiento biológico de aguas residuales industriales

Lodos que contienen sustancias peligrosas procedentes de otros tratamientos de aguas residuales industriales.

Residuos procedentes del fragmentado de residuos que contienen metales Fracciones ligeras de fragmentación (fluff-light) y polvo que contienen

sustancias peligrosas Otras fracciones que contienen sustancias peligrosas.

Residuos de la regeneración de aceites Arcillas de filtración usadas Alquitranes ácidos Residuos de líquidos acuosos Residuos de la limpieza de combustibles con bases Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias

peligrosas Residuos de la depuración de efluentes gaseosos.

Residuos del tratamiento mecánico de residuos (por ejemplo, clasificación, trituración, compactación, peletización) no especificados en otra categoría: Madera que contiene sustancias peligrosas Otros residuos (incluidas mezclas de materiales) procedentes del

tratamiento mecánico de residuos que contienen sustancias peligrosas.

No Capítulos Residuos Peligrosos

Residuos de la recuperación de suelos y de aguas subterráneas: Residuos sólidos de la recuperación de suelos que contienen

sustancias peligrosas Lodos de la recuperación de suelos que contienen sustancias

peligrosas

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Lodos de la recuperación de aguas subterráneas que contienen sustancias peligrosas

Residuos de líquidos acuosos y concentrados acuosos, que contienen sustancias peligrosas, procedentes de la recuperación de aguas subterráneas.

20 Residuos municipales (residuos domésticos y residuos asimilables procedentes de los comercios, industrias e instituciones), incluidas las fracciones recogidas selectivamente.

Fracciones recogidas selectivamente (excepto los envases considerados en el capítulo 15): Disolventes Ácidos Álcalis Productos fotoquímicos Plaguicidas Tubos fluorescentes y otros residuos que contienen mercurio Equipos desechados que contienen clorofluorocarburos. Aceites y grasas distintas a aceites y grasas comestibles Pinturas, tintas, adhesivos y resinas que contienen sustancias

peligrosas Detergentes que contienen sustancias peligrosas Medicamentos citotóxicos y citostáticos Baterías y acumuladores especificados (baterías de plomo,

acumuladores de Ni-Cd, pilas que contienen mercurio) y baterías y acumuladores sin clasificar que contienen esas baterías

Equipos eléctricos y electrónicos desechados, distintos a tubos fluorescentes y otros residuos que contienen mercurio y a equipos desechados que contienen clorofluorocarburos, que contienen componentes peligrosos.

Madera que contiene sustancias peligrosas.

Fuente: DCE 2000/532/CE

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