NATURALEZA JURÍDICA DEL LEASING arch. completo

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    INTRODUCCION

    Dentro de un entorno de competencia global, las instituciones financieras hansalido a ofrecerservicios de asesora empresarial relacionados a nuevosproyectos y

    alternativas de financiamiento.

    La doctrina y legislacin comparada no presenta uniforme criterio ni frente a ladenominacin, ni al concepto y naturaleza jurdica de esta figura contractual, esms, en muchos pases es an una figura atpica.

    El Contrato de Leasing, llamado arriendo financiero naci en el derecho anglosajny se dice que se inserta en el mercado financiero como una tcnica definanciamiento de la empresa complementaria a las tradicionales. Se debe subrayarque este tipo de contrato no nace con el objeto de reemplazar a las clsicas frmulas

    de financiamiento, sino que es un aporte para hacer frente a problemas financierosdifciles de solucionar. Se ha convertido en uno de los ms importantes mtodos definanciamiento en los pases industrializados. Si la empresa tiene planeado algunainversin en activos fijospodra considerar un contrato de leasing.

    El contrato de Leasing al tratarse de una figura contractual atpica y compleja, hahabido gran discusin acerca de su naturaleza jurdica. Mayoritariamente se estimaque se trata de un contrato de arrendamiento con una opcin unilateral de compra.La idea de OPCIN da a entender la facultad concedida a determinada persona porun cierto tiempo de obtener una determinada prestacin o de ejercitar un

    determinado derecho con preferencia a cualquier otro.

    Nuestra legislacin vigente Decreto Legislativo N 299, adopta al igual que Espaay otros pases de habla hispana el trmino "Arrendamiento Financiero", con lo cualcontribuye a su asimilacin mecnica a la clsica figura del arrendamiento. Elartculo 1677 del cdigo civil peruano de 1984 dice: " El contrato de arrendamientofinanciero se rige por su legislacin especial y supletoriamente, por el presentettulo y los artculos 1419 a 1425". Es decir del D.L. 212 y su actual norma que laregula D.L.299. (1)

    Para evitar confusiones es necesario seguir empleando el trmino ingls "leasing",

    pues al no tener equivalente espaol no constituye un extranjerismo extravagantesino un neologismo importante para el enriquecimiento de la lengua.

    ____________________________________________________________________

    (1) ULISES MONTOYA MANFREDO, Derecho Comercial- Tomo I - Parte General Contratos. P. 337

    http://www.monografias.com/trabajos7/compro/compro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/trainsti/trainsti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mercado/mercado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/calidad-serv/calidad-serv.shtml#PLANThttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/impu/impu.shtml#actihttp://www.monografias.com/trabajos6/cont/cont.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/civil/civil.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/arrendamiento-financiero/arrendamiento-financiero.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/arrendamiento-financiero/arrendamiento-financiero.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/compro/compro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/trainsti/trainsti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mercado/mercado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/calidad-serv/calidad-serv.shtml#PLANThttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/impu/impu.shtml#actihttp://www.monografias.com/trabajos6/cont/cont.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/civil/civil.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/arrendamiento-financiero/arrendamiento-financiero.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/arrendamiento-financiero/arrendamiento-financiero.shtml
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    2.- ANTECEDENTES HISTORICOS

    El Leasing es el negocio que ha obtenido el ms espectacular crecimiento en el mundocapitalista, iniciando a partir de la dcada del cincuenta y alcanza su mayor esplendor en ladcada del 70 y 80. Los aos siguientes le han servido para expandirse, con singular xito, por

    todo el mundo.(2)

    a. En los Estados Unidos.

    El desarrollo alcanzado por el leasing en los Estados Unidos tuvo como cercanos aliados a las:

    1)Normas fiscales de amortizacin poco liberales;

    2) crditos bancarios a mediano plazo poco desarrollados;

    3) una etapa de economa prspera con mrgenes de beneficios apreciables pero con empresascomprometidas con una renovacin acelerada de bienes de capital. Fue una poca de fuertedemanda de capitales frente a una rigidez de la oferta de los mismos.(2)

    b. En Europa.

    Las empresas de leasing estn agrupadas en la Federacin Europea de compaas deEquipamiento de Leasing (LEASEUROPE).

    En Gran Bretaa fue el pas europeo donde se practic por primera vez el leasing.

    En Francia, pas que tiene el mrito de haber sido el primero en dar un estatuto legal ex

    professo para las operaciones y las empresas de leasing.

    Blgica es otro de los pases que cuenta con un estatuto legal para el leasing.

    En Italia, a pesar de no tener an una legislacin orgnica en materia de leasing, sucrecimiento es considerable, tal como lo demuestran los datos que siempre con mayorfrecuencia se brindan con relacin a los contratos en general, y al leasing en especial.

    Este significativo crecimiento del leasing se presenta en otros pases de este continente yde otras partes del mundo: Espaa, Repblica PopularChina, La India, Indonesia, Corea.Sin embargo fue Japn el pas pionero del Leasing que en poco tiempo, se convirti enuno de los pases lderes en Leasing, al grado de adoptar un subtipo: El samurayleasing.(2)

    c. En Latinoamrica.

    Siguiendo el ejemplo de Europa, Latinoamrica tambin tiene su Federacin de Empresas deLeasing (FELELEASE), que agrupa a diversas empresas con el objeto de promover la actividaddel leasing y dar a conocer la experiencia obtenida en diversos pases.

    En esta parte de Amrica, al igual que en Europa en sus primeros aos, las transacciones deleasing fueron escasas. Sin embargo, la situacin mejor hacia la dcada del 80, siendo Brasil el

    http://www.monografias.com/trabajos7/esun/esun.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/amortizacion-gradual/amortizacion-gradual.shtml#SISTEMhttp://www.monografias.com/Economia/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/ofertaydemanda/ofertaydemanda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/ofertaydemanda/ofertaydemanda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/geogeur/geogeur.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/revolfrancesa/revolfrancesa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/reperc/reperc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/hies/hies.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/cultchin/cultchin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/la-india/la-india.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/japoayer/japoayer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/planificacion/planificacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/bloques-economicos-america/bloques-economicos-america.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/gebra/gebra.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/esun/esun.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/amortizacion-gradual/amortizacion-gradual.shtml#SISTEMhttp://www.monografias.com/Economia/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/ofertaydemanda/ofertaydemanda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/ofertaydemanda/ofertaydemanda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/geogeur/geogeur.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/revolfrancesa/revolfrancesa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/reperc/reperc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/hies/hies.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/cultchin/cultchin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/la-india/la-india.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/japoayer/japoayer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/planificacion/planificacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/bloques-economicos-america/bloques-economicos-america.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/gebra/gebra.shtml
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    Bancarias: de Crdito, Wiese, Bandesco, Mercantil, Santander, Interandino, Interamericano,Interbanc, Continental, Nuevo Mundo.

    Financieras: Promotora Peruana, Interfip, Sanpedro, de Crdito, Nacional, Sudamericana, delSur.

    Especializadas: Sogewiese Leasing, Lima Leasing, Latino Leasing, Citileasing.(2)

    _________________________________________________________________________________________________________________(2) www.americaleasing.com/

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    3.- DEFINICION DE LEASING

    a) Etimologia y denominacion:

    La palabra leasing, de origen anglosajn, deriva del verbo ingls "to lease", que significaarrendar o dar en arriendo, y del sustantivo "lease" que se traduce como arriendo, escritura dearriendo, locacin, etc.

    En Estados Unidos "Leasing"

    Francia "credit-bail", "equipement-bail", "location financiere avec promesse de vente"

    Blgica "location-financement"

    Italia "locazione finanziaria"

    Espaa "Arrendamiento financiero

    Brasil "Arrendamiento Mercantil"Argentina "locacin de bienes de capital o locacin financiera"

    Uruguay "Arrendamiento Financiero" y "crdito de uso"

    Per "Arrendamiento financiero"

    La denominacin de arrendamiento financiero fue acogida favorablemente por los pases deAmrica. Apoyados en la mejor doctrina comparada, la denominacin arrendamiento financieroes una traduccin inexacta e incompleta del trmino ingls leasing; de all como se ha dicho, ellaresulte inaceptable para la tcnica jurdica.(3)

    b) Definicin:

    El leasing es un contrato de financiamiento en virtud del cual una de las partes, la empresa deleasing se obliga a adquirir y luego dar en uso un bien de capital elegido, previamente por la otra

    parte, la empresa usuaria, a cambio del pago de un canon como contraprestacin por esta,durante un determinado plazo contractual que generalmente coincide con la vida til del bienfinanciado el cual puede ejercer la opcin de compra, pagando el valor residual pactado,

    prorrogar o firmar un nuevo contrato o, en su defecto devolver el bien.(4)

    Para el Dr. Jos Leyva, "el Leasing es un contrato de financiamiento en virtud del cual, una de

    las partes, la empresa de Leasing, se obliga a adquirir y luego dar en uso un bien de capitalelegido previamente; por la otra parte, la empresa usuaria, a cambio del pago de un canon comocontraprestacin por sta, durante un determinado plazo contractual -que generalmente coincidecon la vida til del bien- finalizado el cual puede ejercer la opcin de compra, pagando el valorresidual pactado, prorrogar o firmar un nuevo contrato o, en su defecto devolver el bien".(5)

    Habiendo hecho la salvedad previa de que la utilizacin de trminos propios del arrendamientose debe nicamente a que la legislacin nacional denomin al leasing como "ArrendamientoFinanciero", la definicin de Carlos Crdenas Quirs en el sentido siguiente: "...contratocomplejo y autnomo por el cual la empresa locadora se obliga a adquirir el bien requerido por laarrendataria y le concede su uso,- a cambio del pago de una cuota peridica- por un lapsodeterminado, vencido el cual la arrendataria podr dar por terminado el contrato, restituyendo el

    bien, continuar en el uso del mismo, o adquirirlo ejercitando la opcin de compra que tiene, porun precio equivalente a su valor residual. Las definiciones citadas tienen en comn calificar al

    http://www.monografias.com/trabajos16/manual-ingles/manual-ingles.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/metodo-lecto-escritura/metodo-lecto-escritura.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/manual-ingles/manual-ingles.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/metodo-lecto-escritura/metodo-lecto-escritura.shtml
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    leasing como arrendamiento, prstamo, arrendamiento especial, etc. lo que permite distinguircomo caractersticas del contrato las siguientes:

    Contrato de financiamiento Contrato autnomo Contrato complejo

    Contrato consensual

    Contrato de prestaciones recprocas Contrato de adhesin

    Traslativo de uso con opcin a ser traslativo del derecho de propiedad.

    De formalidad legal ab-probationem

    Que tiene por objeto la creacin de una relacin jurdica patrimonial, de carcter mixto.

    (3) http://www.bsa.cl/leasprev.htm

    (4) ULISES MONTOYA MANFREDI, Contrato De Leasing, Cap. XXX

    (5) EL CONTRATO LEASING, JOSE LEYVA SAAVEDRA 1995,

    http://www.bsa.cl/leasprev.htmhttp://www.bsa.cl/leasprev.htm
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    4.- N ATURALEZA JURDICA DEL LEASING

    El problema de la naturaleza jurdica del Leasing tiene su origen en el Derecho anglosajn. Sepresenta con elementos caractersticos de otros contratos como es el caso de la compraventa,

    mandato, arrendamiento, contrato de opcin, etc, lo que ha llevado a los doctrinarios a vincularlocon estas otras figuras ya existentes.

    Una serie de teoras tratan de explicar la naturaleza jurdica de este contrato, como son:

    a. Teora del Prstamo :Algunos autores consideran que el arrendamiento financiero es un contrato de prstamo,dado que lo que es materia del contrato son unos bines que se dan en prstamo y secobran alquileres.

    Se desvirta esta teora puesto que en el prstamo de dinero no se est ante un bien

    identificable; y an en el caso que se trate de bienes identificables, el mutuatario estobligado a devolver otros bienes de la misma especie, calidad o cantidad, pero no losmismos.

    En cambio en el leasing, si no se ejercita la opcin de compra, se deber devolver elmismo bien.

    En cuanto al prstamo de uso o comodato, este es un contrato en esencia gratuito, lo cualest en contraposicin con el arrendamiento financiero.(6)

    b. Teora del Depsito :

    En el contrato de depsito existe la obligacin del depositario de recibir un bien paracustodiarlo y devolverlo cuando lo solicite el depositante; el depositante no puede utilizarel bien en provecho suyo, salvo autorizacin expresa del depositario o del juez.

    En el Leasing la depositaria no recibe los bienes para custodiarlos sino esencialmentepara usarlos; es decir, lo genrico es el uso, y no lo excepcional como en el caso deldepsito.(6)

    c. Teora de la Compraventa :Se busca identificar el Leasing financiero con la comraventa, aduciendo que en este

    contrato existe la identificacin del bien, de la cosa, y la voluntad real de la partes decelebrar un contrato de compra-venta a plazos

    La diferencia la encontramos en que en la compra-venta se busca transferir la propiedaddel bien, mientras que en el Leasing se busca transferir el uso.

    Cuando se trata de la venta a plazos, se produce la transferencia de la propiedad desde elprimer momento. A diferencia del Leasing en que la transferencia de la propiedad quedacondicionada al ejercicio de una opcin de compra.(6)

    d. Teora del Arrendamiento :En el arrendamiento existe la obligacin del arrendador de ceder el uso del bien alarrendatario o cambio de una renta convenida. No existe la posibilidad que el

    http://www.monografias.com/trabajos7/filo/filo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elleasin/elleasin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/filo/filo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elleasin/elleasin.shtml
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    arrendatario se convierta en el propietario del bien, ello no constituye materia delcontrario.

    Mayor confusin nos dar la figura del arrendamiento-venta, en el cual la transferenciadel bien se producir a consecuencia del pago de la merced conductiva acordada. En el

    Leasing la propiedad se transfiere a consecuencia del ejercicio de la opcin de compra.No existe pues una transferencia automtica de la propiedad, es la voluntad la que debeintervenir para ejercitar la opcin de compra que genera el derecho de propiedad. En elarrendamiento-venta, la propiedad se transfiere con el pago de la ltima cuota de lamerced conductiva.(6)

    e. Teora del Mandato :Se busca justificar esta teora legando la actitud de la empresa compradora frente a la

    proveedora, como una accin de mandato ordenada por el arrendatario.

    Diversos puntos de vista divergen cuando tratan de definir quin es mandante de quin.Algunos autores consideran que el mandatario es el arrendador, que ordena a la empresaque otorga el de Leasing a comprar determinados bienes, en tanto que otros consideran alarrendatario mandante, como recurrente por cuenta de la empresa de Leasing.

    Se tiene sin embargo, que la actuacin se produce por un inters propio en el actojurdico, ya que la empresa locadora obtendr una ganancia al entregar los bienes que sonde su propiedad en uso a la arrendataria.(6)

    f. Teora de la Gestin de Negocios :La gestin de negocios es un acto unilateral, en cambio el contrato de Leasing es uncontrato bilateral entre el arrendador y la empresa de Leasing.(6)

    g. Teora de la Autonoma :Ya que se trata de un contrato complejo, que constituye la fusin de elementos de otroscontratos que lo hacen tan singular e hbrida que es imposible buscar su causa natural enotras figuras jurdicas que no sean las propias de su configuracin.

    La mejor concepcin del Leasing es atender a su finalidad, sus especiales caractersticas

    nos permiten sealar que se trata de un contrato autnomo, complejo, el cual sirve deapoyo a una operacin financiera.

    La naturaleza financiera del Leasing radica en el derecho de entidad de recuperar lainversin realizada. Tan es as que aun en caso que el bien contratado no funcione porvicio o defecto oculto, el cliente tomador debe continuar con el pago de las cuotas de laamortizacin pactada; esta caracterstica es contraria a la naturaleza de la locacin queobliga a garantizar al locatario en el uso y disfrute de la cosa.(6)

    (6) ULISIS MONTOYA ALBERTY, DERECHO COMERCIAL

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    5.- OTRA POSICIN SOBRE LA NATURALEZA JURDICA DEL LEASING:

    En la doctrina y jurisprudencia compradas se han construido un conjunto de tesis con elpropsito de explicar la naturaleza jurdica de esta novel institucin de financiamiento.Las posiciones son de las ms encontrada y atienden, fundamentalmente, a la estructura

    del contrato y a los diferentes actos que integran su contenido, antes que a su funcinmisma. (7)

    En primer lugar, cabe sealar a aquellas que intentan asimilar el leasing a algunode los contratos ya regulados por el derecho positivo;

    En segundo lugar, se hallan los que explican la naturaleza de este negocio en losllamados negocios mixtos o complejos;

    En tercer Lugar, se ubican los que al no encontrar la forma o el modo deencorsetarlo en los negocios tpicos, recurren a la categora de los negociosatpicos;

    Por ltimo, esta aquella doctrina, mayoritaria por cierto, que concibe al Leasingcomo un contrato nuevo, especial, con causa nica y autonoma propia, integrandola gran familia de los contratos de empresa.(8)

    _________________________________________________________________________(6) ULISIS MONTOYA ALBERTY, DERECHO COMERCIAL

    JOSE LEYVA SAAVEDRA, Contratos Especiales, Lima 2009, p. 8 de 45.(7)MUNARI, Leasing, p. 667

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    (8)Leyva Saavedra, Leasing, p. 63 ss.

    6.- CLASES DE LEASING:

    a) Leasing Financiero:

    En el cual intervine una compaa de Leasing que adquiere los bienes para s, por pedido expresodel usuario. Una vez que adquiere el equipo deseado, cede el uso del mismo al empresarionecesitado, a ttulo de arrendamiento y por un plazo determinado; una vez cumplido el plazotendr el arrendatario la opcin de continuar en el arriendo o de adquirir los bienes por un valorresidual.(9)

    A esta tcnica de financiamiento, con presencia indiscutible ahora en las legislaciones y en lajurisprudencia comparadas, se le define generalmente como "un contrato por el cual una de laspartes empresa de leasing- se obliga a adquirir de un tercero determinado bienes que la otraparte ha elegido previamente, contra el pago de un precio mutuamente convenido, para su uso ydisfrute durante cierto tiempo, que generalmente coincide con la vida econmica y fiscal del

    bien, y durante el cual el contrato es irrevocable, siendo todos los gastos y riesgos por cuenta delusuario, quin, al finalizar dicho perodo, podr optar por la devolucin del bien, concertar unnuevo contrato o adquirir los bienes por un valor residual preestablecido".(10)

    Caractersticas del Leasing Financiero.-

    Los bienes materiales del leasing pueden ser standard o especializados, segn sean lasnecesidades de la empresa.

    La duracin del contrato, generalmente, coincide con la vida econmica o til del bien. Usualmente se pacta que durante un determinado plazo contractual, llamado perodo

    irrevocable, ninguna de las partes puede resolver el contrato; a lo ms puede hacerlo laempresa de leasing por incumplimiento de la usuaria.

    A la expiracin del citado plazo, la empresa usuaria tiene el derecho potestativo de optarpor: devolver el bien, aunque sta es ms su obligacin que derecho; continuar con laexplotacin del bien, pero a un precio reducido; adquirir el bien, pagando el valorresidual preestablecido; o, por excepcin, sustituit el bien por otro ms modernotecnolgicamente, antes del cumplimiento del plazo contractual.(10)

    b) Leasing Operativo:

    Esta modalidad de Leasing se prectica por los propios fabricantes para la colocacin de susproductos. Es tal vez la primera de todas las modalidades del Leasing y la que origin este tipode operaciones por las dificultades que presentaron los grandes productores de maquinarias paracolocar sus productos. Ms que una modalidad financiera, se trata de una alternativa que ofrecena sus clientes al lado de la venta.(9)

    El denominado leasing operativo, que para algn sector de la doctrina constituye la formaprimitiva del leasing, es una modalidad contractual de comercializacin por la cual una empresa,generalmente fabricante o proveedora, se obliga a ceder temporalmente a una empresa

    arrendataria el uso de un determinado bien, a cambio de una renta peridica, comocontraprestacin. Por lo general, este tipo de contratos vienen acompaados de una serie deservicios, tales como mantenimiento, reparacin, asistencia tcnica, etc.(10)

    http://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/progper/progper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/propiedadmateriales/propiedadmateriales.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/mantenimiento-industrial/mantenimiento-industrial.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/progper/progper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/propiedadmateriales/propiedadmateriales.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/mantenimiento-industrial/mantenimiento-industrial.shtml
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    Caractersticas del Leasing Operativo .-

    Los bienes que se arriendan son instrumentales de modelo standard. A la empresaarrendadora le corresponde atender la instalacin, garantizar su buen funcionamiento, las cargas

    y gastos inherentes al derecho de propiedad y, en ciertos contratos, tambin asume los gastosocasionados por el normal uso.

    Por sus caractersticas, los bienes pueden ser fcilmente objeto de nuevos contratos. La duracin del contrato es usualmente breve, no ms de un ao por ello, resulta inferior

    a la vida fsica y econmica del bien otorgado en arriendo. Concede a ambas partes la facultad de resolver el contrato en cualquier momento,

    siempre que lo hagan con un preaviso. La renta esta compuesta, por lo general, por una cuota fija y una variable. La primera,

    viene establecida en funcin de la cuota de amortizacin del bien, mientras que la

    segunda sirve para proporcionar a la arrendadora la recuperacin del costo y el beneficioesperado.

    El leasing operativo supone, para la potencial empresa arrendataria, una alternativa a lainversin directa con recursos propios.

    Este contrato no reconoce opcin de compra a favor de la empresa arrendataria, pues latransferencia de la propiedad no esta en la intencin de las partes.(10)

    c) Principales diferencias entre Leasing Operativo y Leasing Financiero

    LEASING OPERATIVO LEASINGFINANCIERO

    Partes

    Contractuales

    Fabricantes, distribuidores eimportadores.

    Empresa Arrendataria

    Empresa de leasing (bancos,financieras o empresasespecializadas)

    Empresa usuaria

    Duracin

    del contrato

    1 a 3 aos Irrevocable por ambas partes

    Carcter

    del contrato

    Revocable por el arrendataria conpreaviso.

    Irrevocable por ambas partes

    Eleccin

    del bien

    Por la arrendataria entre los quetenga la arrendadora

    Por la usuaria en cualquierfabricante o distribuidor

    Tipo

    del bien

    Bien standard o de uso comn Bien capital o equipo

    Calidaddel bien Bienes nuevos o usados Slo bienes nuevos

    http://www.monografias.com/trabajos/adolmodin/adolmodin.shtmlhttp://www.monografias.com/Fisica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/amortizacion-gradual/amortizacion-gradual.shtml#SISTEMhttp://www.monografias.com/trabajos7/coad/coad.shtml#costohttp://www.monografias.com/trabajos12/cntbtres/cntbtres.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/bancs/bancs.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/adolmodin/adolmodin.shtmlhttp://www.monografias.com/Fisica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/amortizacion-gradual/amortizacion-gradual.shtml#SISTEMhttp://www.monografias.com/trabajos7/coad/coad.shtml#costohttp://www.monografias.com/trabajos12/cntbtres/cntbtres.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/bancs/bancs.shtml
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    Conservacin ymantenimiento del bien

    Por cuenta de la empresaarrendadora

    Por cuenta de la empresa usuaria

    Utilizacin

    del bien

    Limitada a un determinado nmerode das/meses

    Ilimitada en cuanto al nmero dedas/meses

    Funcin

    del contrato

    Esencialmente operativa: uso delbien, ofrecer un servicio

    Ofrecer una tcnica definanciacin

    Amortizacin

    del bien

    En varios contratos con distintosarrendamientos

    En un solo contrato

    Obsolescencia La soporta la arrendadora La soporta la usuaria

    Riesgos para el arrendadora Riesgos tcnicos y financieros Riesgos financieros

    Riesgos para el arrendatario Ninguno Riesgos tcnicos

    Opciones

    Facultativas

    No previstas Transmisin de la propiedad delbien

    Iniciativa Empresa productora o arrendadora La empresa usuaria, por logeneral.

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    (9) ULISES MONTOYA MENFREDI, DERECHO COMERCIAL, p. 348

    (10) JOSE LEYVA SAAVEDRA, EL CONTRATO LEASING, 1995

    WWW.fordcreit.es/empresas/leasing/bottom.html

    7.- ELEMENTOS DEL CONTRATO DE LEASING

    Los elementos pueden ser:

    a) Elementos Personales:

    La Sociedad Leasing : Son sociedades comerciales constituidas en la forma de sociedadesannimas autorizadas por la Superintendencia de Banca y Seguros. Las institucionesfinancieras tambin pueden operar en Leasing para lo cual debern obtener laautorizacin correspondiente. Algunos autores sealan que las sociedades que practican

    Leasing son de financiacin y que su objeto es slo financiar operaciones.En el Leasing financiero existe la presencia indispensable de una empresa especializadaque se ubica entre el fabricante o representante y el futuro usuario, siendo precisamenteesa empresa especializada la que realiza la funcin de intermediacin fianciera.

    Stewart Balbuena seala que las empresas constituidas para realizar Leasing financiero,han de dedicarse exclusivamente a efectuar operaciones de arrendamiento financiero, lasque constituirn sus colocaciones.

    La Arrendataria : El usuario de los bienes otorgados en arrendamiento financiero es la

    persona identificada como arrendatario. La ley no exige que tenga formalidad alguna oque adopte personera jurdica determinada como s lo hace cuando identifica al locador oempresa de Leasing, para quien obliga que se trate de una sociedad annima. La ley noregula el arrendamiento financiero no es categrica en sealar que el sujeto pasivo, esdecir, el arrendatario , debe ser una persona jurdica o simplemente debe ser empresa,como lo haca en forma clara y precisa el D. Leg. N 212, cuando en su artculo 3, yaderogado por el D. Leg. N 29, sealaba que la arrendataria deber ser necesariamenteuna persona jurdica. Si bien la ley, en su art. 1 no hace la precisin, pues slo se refierea la arrendataria como la otra parte contractual, el desarrollo de la ley y sus disposicionesreglamentarias y complementarias hacen presumir que slo nos estamos refiriendo a lasempresas. Se trata de una figura jurdica que trata de brindar las facilidades para orientar

    la inversin a objetivos netamente productivos, concluyendo que los sujetos arrendatariosson necesariamente empresas.

    b) Elementos Reales:

    La cosa objeto del contrato : Los bienes sobre los que puede recaer el objeto del contrato,son todos aquellos medios materiales de produccin integral que conforman elequipamiento de las empresas o aquellos bienes de equipo material industrial. Serequiere que sean bienes determinados o determinables pudiendo referirse a bienes

    futuros todava no elaborados siempre que estn suficientemente especificados. ElLeasing se diferencia de los dems mecanismos de financiacin, entre otros criterios, porlos bienes que pueden ser objeto de la operacin, que son solamente una clase de bienes,calificados econmicamente como bienes de equipo o de capital, los cuales no figuran en

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    ninguna de las tradicionales categoras jurdicas para distinguir bienes. En sentidoamplio, bienes de equipo seran todos aquellos que equipan al empresario, incluidos losautomviles utilizados para el desempeo de la actividad.

    Los bienes objeto del Leasing debe ser no fungibles, es decir, no pueden serreemplazados con otros en el cumplimiento de la obligacin. En la legislacin peruana

    los bienes pueden ser fsicos muebles e inmuebles y las operaciones de arrendamientofinanciero podrn referirse a bienes tangibles y no a derechos sobre stos. Al respecto elart. 4 del D. Leg. N 299 seala que los bienes materia del arrendamiento financierodeben ser planamente identificables.

    Cada vez es ms utilizada la expresin bienes de capital o bienes de equipo, paradesignar aquellos bienes corporales de naturaleza mobiliaria o inmobiliaria ycomercializable, cuya funcin radica en participar en mejorar el desarrollo de la empresa.Los bienes de capital sirven para la obtencin de otros bienes o son instrumentos para

    producir servicios.

    El precio : La contraprestacin propia del arrendatario por la utilizacin del bien laconstituye el pago del precio que se fija en el contrato. El precio es un elemento esencialdel contrato de Leasing, al punto que sin precio no puede haber Leasing. Se trata de uncontrato oneroso por esencia, que reporta utilidad para ambos contratantes. El precio deLeasing comprende varios conceptos por los cuales est pagando el usuario, a saber: Unaamortizacin del precio de adquisicin y los intereses que debe producir el capitalinvertido por la sociedad para la adquisicin del bien. Para determinar las cuotas deleasing mensures, previamente habr que definir cual es el importe del valor residual quese reserva para el ejercicio de la opcin de compra.

    c) Elementos Especiales:

    El plazo : La duracin del contrato est estrechamente ligada a la capacidad operativa dela empresa tomadora y al tiempo que se requiere para amortizar el precio del bien; demanera que si se ejercita la opcin de compra, se puede efectuar dicha transaccin por unvalor residual. El buen resultado del Leasing como mecanismo de financiacin consisteen encontrar el plazo preciso tanto para el bien como para la empresa tomadora; demanera que la empresa tomadora pueda cancelar sus obligaciones Leasing con larentabilidad de su propia actividad, conservando adems los mrgenes lgicos para sus

    propios beneficios. La naturaleza del Leasing hace que la duracin del contrato seaproxime a la vida til estimada para el bien en el momento de su celebracin; sinembargo, la vida til de un bien es relativo y est sujeto a muchas variaciones. Elconcepto de vida til esta referido necesariamente al criterio fiscal y no al real. Se podradecir que la vida til es el perodo de tiempo durante el cual un bien extingue su valorcontabilizado mediante la realizacin de amotizaciones.

    La opcin de compra : Es un elemento esencial del contrato, constituye la alternativa delusuario para convertirse en propietario del bien al trmino del contrato de arrendamientofinanciero. Este derecho lo puede ejercer durante el plazo del contrato, pero su ejecucinqueda diferida al vencimiento del plazo. Por el contrato de opcin una de las partesqueda vinculada a su declaracin de celebrar en el futuro un contrato definitivo y la otratiene el derecho exclusivo de celebrarlo o no. Este contrato pertenece a los contratos

    preparatorios regulados en el Titulo V del Libro de Fuentes de las Obligaciones del

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    Cdigo Civil. Dicho contrato genera un vnculo entre las partes contratantes. El derechodel titular est sujeto a un plazo que en el Cdigo Civil se fija en 6 meses (art. 1423), sinembargo en el contrato de arrendamiento financiero, el plazo para el ejercicio del derechode opcin est en funcin del plazo del contrato y no est sometido a los plazos delderecho comn (art. 6 del D. Leg. N 299) .

    8.- FORMA DEL CONTRATO:

    De acuerdo a la Legislacin vigente, el Leasing debe celebrarsemediante escritura pblica, la cual podr inscribirse a pedido de la locadora en la ficha o partidaen la que se encuentre inscrita la arrendataria. Debe entenderse como una formalidad ad

    probationem, cualquiera de las partes puede compeler a la otra para que suscriba el documentopblico que amerita el contrato celebrado entre ellas. Otras legislaciones sancionan con nulidad

    la falta de formalidad del contrato y otras como el caso de Colombia no requiere ninguna formacontractual, aplicndose el principio comercial de la consensualidad.

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    Alberti- 10 Edicin actualizada, 1999.

    9.- POR LA NATURALEZA DEL BIEN

    En doctrina es comn la clasificacin del leasing atendiendo a la calidad de bienes que sonmateria del contrato. As se hace referencia al leasing sobre bienes muebles, ms conocido comoleasing mobiliario, y al leasing sobre inmuebles, o simplemente leasing inmobiliario.

    a) Leasing Mobiliario:

    Es aquel contrato celebrado entre una empresa de leasing y una usuaria, en el que laprimera se obliga a adquirir y luego ceder el uso de un bien mueble elegido previamente por lasegunda, por un plazo determinado, a cambio del pago de un canon peridico comocontraprestacin y finalizado el cual la usuaria puede adquirir el bien, previo pago del valor

    residual pactado, celebrar un nuevo contrato o devolverlo.

    Caractersticas:

    El plazo la opcin de compra funciona como un autntico derecho potestativo, segn lasnecesidades o no de renovacin de los bienes utilizados;

    El leasing mobiliario se inspira en la filosofa que "ningn bien de capital ni ningn bienen general produce beneficios a su propietario por el mero hecho de poseerlo, sino deutilizarlos". El leasing mobiliario, debemos concluir, evidencia y cristaliza una evolucinmental contraria al derecho de propiedad.

    b) Leasing Inmobiliario:

    Es un contrato en virtud del cual una parte (el inversor o cedente en leasing) se obliga aadquirir o construir un inmueble de conformidad con losproyectos y directivas de las otra parte(explotador o adquirente en leasing) y darlo en uso a la otra parte por un largo perodo de tiempo,mientras que el usuario se obliga a pagar al concedente una indemnizacin calculada de acuerdoal capital invertido.

    Caractersticas: El leasing inmobiliario no es una simple especie o manifestacin del leasing en general;

    pues, aunque sustentado en la misma estructura contractual, la presencia del bieninmueble implica una serie de perfiles distintos.

    El leasing de inmuebles presenta unas caractersticas, de hecho y de derecho, que difierenotablemente de la que ofrece la de bienes muebles.

    En el leasing de inmuebles, el valor residual del conjunto terreno construccin suele sersuperior al que ste tena en el momento de la celebracin del contrato.

    El leasing inmobiliario, en especial el habitacional, es la tcnica contractual ideal parasolucionar losproblemas de vivienda familiar de los sectores de menores recursos en la

    sociedad actual.

    http://www.monografias.com/trabajos16/teoria-sintetica-darwin/teoria-sintetica-darwin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/kaizen-construccion/kaizen-construccion.shtml#CARATERhttp://www.monografias.com/trabajos15/calidad-serv/calidad-serv.shtml#PLANThttp://www.monografias.com/trabajos16/teoria-sintetica-darwin/teoria-sintetica-darwin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/kaizen-construccion/kaizen-construccion.shtml#CARATERhttp://www.monografias.com/trabajos15/calidad-serv/calidad-serv.shtml#PLANT
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    M. Pacheco Caete, Naturaleza jurdica del leasing inmobiliario. reflexiones a la luz de la ley concursal, revista de Derecho

    Mercantil, nm. 255, enero-marzo 2005. pgs. 83 a 110.

    El Contrato Leasing, Jose Leyva Saavedra 1995.

    10.- FIGURAS SUI GENERIS

    Cuando hablamos de figuras sui generis, queremos subrayar que stas, aun cuando estn bajo lasombra del tipo contractual leasing, tienen rasgos propios que las van individualizando

    paulatinamente.

    a) SALE AND LEASE BACK.- El sale and lease back, es ms que una de las tantas variantesque la originalidad y ductibilidad del leasing permite desarrollar, es un contrato en virtud del cualuna empresa vende un bien de su propiedad, de naturaleza mueble o inmueble, a una empresa de

    leasing, la que, simultneamente, le concede en leasing el uso del mismo bien, contra el pago deun canon peridico, durante un plazo determinado, y le otorga una opcin de compra al final delcontrato por un valor residual preestablecido.

    Las razones por las cuales una empresa recurre a este esquema contractual son de carctercomercial e impositivo. La empresa financiera que compra y luego entrega en leasing elinmueble prefiere el sale and lease back antes que el prstamo hipotecario, pues obtiene mayorganancia con los cnones que cobra que con los interese obtenidos del prstamo hipotecario.

    b) LEASING INTERNACIONAL.- El leasing internacional cuando los sujetos intervinientesen la relacin contractual, es decir, el lessor, el lesse y el proveedor residen o pertenecen a

    ordenamientos jurdicos diversos.Bajo la denominacin genrica de leasisng internacional, la praxis ordinariamente acoge unagama de combinaciones, de entre las cuales destacan:

    El "Cross border leasing", en el que se combinan elementos procedentes de tresordenamientos jurdicos nacionales diferentes, esto es, la empresa proveedora concurrecon una determinada nacionalidad, la empresa de leasing opera en un pas deferente y lausuaria utiliza el bien en un tercer pas .

    El "Export leasing", que se caracteriza porque tanto la empresa proveedora como laempresa de leasing residen en un mismo pas, y la empresa usuaria en otro.

    El "Import leasin", que se caracteriza porque la empresa de leasing y la usuaria residen enel mismo pas, en tanto que la empresa proveedora en otro.

    Se debe subrayar que las partes al celebrar estos contratos buscan disfrutar al mximo lasoportunidades financieras y tributarias que brindan las legislaciones de los distintos pases; deall que, por lo general, la sociedad de leasing opere en un paraso fiscal.

    c) LEASING AERONAUTICO.- Genricamente se entiende como contrato de fletamentoaquel que tiene por objeto la explotacin de una aeronave o buque y consiste en proporcionar suutilizacin a persona distinta del propietario. El fletamento, pues de un lado, permite al fletanteconservar el control y la direccin tcnica y nutica de la nave, y de otro, lo obliga a hacerlanavegar en los trminos pactados, en tanto que el fletador puede utilizar la nave para los finesque estime convenientes, que por lo general sern de transporte, convirtindose as en porteador.

    http://www.monografias.com/trabajos14/control/control.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control/control.shtml
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    d) LEASING ADOSSE.- Este tipo de operaciones, que pasan inadvertidas en nuestrosmercados, aun cuando no es los pases que conforman el Mercado Comn europeo, pues entreellos su prctica es frecuente, se estipula entre una empresa de leasing y un fabricante o

    proveedor de bienes standard, por lo general de poco valor unitario, como por ejemplo personalcomputers, impresoras, etc.

    El leasing adosse, que bien podra decirse que es una aplicacin del lease back a los bienesmuebles, se puede describir como un contrato en virtud del cual una empresa fabricante de

    bienes standard vende a la empresa de leasing un lote o toda la produccin y, a continuacin,retoma de ella, a travs de leasing, los mismos bienes, los cuales puede concederlos por la firmade otro leasing (subleasing) a sus clientes.

    Hacer uso de este peculiar tipo de leasing, permite a las empresas fabricantes odistribuidoras:

    Percibir inmediatamente el valor de los bienes producidos; No desviar temporalmente , de la actividad productiva medios financieros para favorecer

    el desarrollo de las ventas; Disponer de una forma depromocin de ventas eficaz y de impacto inmediato y, sobre

    todo, con una buena garanta.

    e) SELF LEASING.- Cuando hablamos de self leasing, a simple vista, parece que estamoshaciendo referencia a una peculiar modalidad del leasing; sin embargo no es as. Ladenominacin, con frecuencia, se utiliza, de un lado, para calificar aquella relacin que surgecuando las empresas, tanto de leasing, usuaria y la fabricante o proveedora, pertenecen a unmismo grupo econmico o empresarial; y, de otro lado para cuando la propia empresa fabricanteo proveedora es la que acta como empresa financiera (manufacture lessor)

    f) SAMURAI LEASING.- Este es una modalidad de leasing que se comenz a practicar allpor el ao de 1978 en el Japn, basndose en el gran supervit de labalanza de pagos japonesa.Con la idea que las empresas japonesas ayudarn a reducir este supervit, se potenciaron lasoperaciones de leasing con prstamos en dlares, a bajos tipos de inters, canalizados a travs delEximbank del Japn. Por medio de este tipo contractual, las empresas de leasing japonesas lesfinanciaron la renovacin de sus flotas a numerosas empresas de aviacin de todo el mundo.

    g) LEASING PLUS.- Al igual que el self leasing, ante de ser una modalidad, el leasisng plus esuna ampliacin del leasing propiamente dicho. Esta operacin consite bsicamente en laconcesin de una lnea de leasing con el propsito de dar soporte financiero a los presupuestosde inversin de las empresas usuarias, incorporando adicionalmente el denominado revolving, deforma tal que las cantidades efectivamente abonadas en concepto de amortizacin se incorporanal lmite disponible, con lo cual, pues, se evita colapsar la lnea de financiamiento por su normalutilizacin.

    h) LEASING SINDICADO.- El leasing sindicado o en sindicacin, al decir de otros, es uncontrato que goza de todos los rasgos tpicos que conforman la estructura y contenido delleasing; entonces, porqu lo sindicado? La calificacin tiene su explicacin en el hecho que unade las partes, la concedente, viene conformada por dos o ms empresas de leasing, las cualesunen sus capitales para la adquisicin en comn y proindiviso de la propiedad de uno o ms

    bienes de capital, con la intencin de integrarlos en leasing a una empresa, que previamente haelegido los bienes y el proveedor de los mismos.

    http://www.monografias.com/trabajos13/mercado/mercado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/trimpres/trimpres.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/sercli/sercli.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/evintven/evintven.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/promoproductos/promoproductos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/dinamica-grupos/dinamica-grupos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/japoayer/japoayer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/balpag/balpag.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos3/presupuestos/presupuestos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mercado/mercado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/trimpres/trimpres.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/sercli/sercli.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/evintven/evintven.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/promoproductos/promoproductos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/dinamica-grupos/dinamica-grupos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/japoayer/japoayer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/balpag/balpag.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos3/presupuestos/presupuestos.shtml
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    Este leasing ha demostrado su utilidad en el financiamiento de grandes proyecto industriales,como la perforacin y lexplotacin de campos petroleros.

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    M.Pacheco Caete, Naturaleza jurdica del leasing inmobiliario. reflexiones a la luz de la ley concursal, revista de Derecho Mercantil,

    nm. 255, enero-marzo 2005. pgs. 83 a 110.

    El Contrato Leasing, Jose Leyva Saavedra 1995.

    11.- MODALIDADES REGULADAS EN LA LEGISLACION PERUANA

    Apartndonos un tanto de aquellos que tienen la aficin de cambiar las cosas tempranamente, pensamos que el Decreto Legislativo 299, interpretado creativamente, diferente ainsensatamente, como dira un recordado jurista nacional, permite que el leasing se muestre ennuestro pas con la mayora de sus modalidades principales a las que hemos hecho referencia enel presente captulo, saber: leasing mobiliario, inmobiliario, lease back (art.27), leasing de naves(buques) o de aeronaves (art.24), etc.

    Una modalidad muy interesante olvidada expresamente por esta Ley, aunque puede acogerla sinms, es el leasing promocional, que, como destacamos (supra, nm.31), ha demostrado ser uneficaz instrumento operativo para la ejecucin de una poltica de desarrollo en la reaseconmicamente deprimidas y especialmente dirigido a financiar el uso y, eventualmente, laadquisicin de bienes de capital a la pequea y mediana empresa. Le corresponde a COFIDEapoyar el crecimiento de estos sectores productivos, y que mejor que a travs del leasing

    promocional.

    Otra de igual importancia, aun cuando expresamente mencionada por la Ley (art.15) que no ha

    sido desarrollada, como se esperaba, es el leasing pblico de utilizacin, de reconocidaefectividad en el financiamiento de grandes proyectos de las corporaciones localesnorteamericanas, italianas y, en menor medida, espaolas.

    http://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/Politica/index.shtml
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    12.- VENTAJAS E INCONVENIENTES

    a) Ventajas:

    La literatura publicitaria, promovida por las empresas autorizadas a operar en leasing, ofrece confrecuencia presuntas ventajas que al final resultan ilusorias. Sin embargo, muchas son lasventajas que el leasing en realidad, brinda a las empresas necesitadas de capitales para adquirirmodernos bienes de capital que les permita obtener una mayorproductividad, intentando, en

    efecto, ingresar a competir con sus productos en el mercado nacional o internacional.

    1. Para la empresa usuaria:

    Para las empresas usuarias son las siguientes:

    Financiacin del cien por ciento de la inversin:

    Generalmente cuando una empresa obtiene un crdito, sea de una entidad bancaria ofinanciera para la compra de un bien, el leasing no presenta estos inconvenientes, pues laempresa usuaria con este sistema puede obtener el uso del bien que necesita sin necesidadde disponer del capital requerido para la adquisicin. Adems, una vez instalado y en

    funcionamiento, el mismo bien ser que se autofinancie con los mayores ingresos que seobtenga con su utilizacin.

    Flexibilidad:

    Como bien se ha dicho, esta ventaja le permite a la empresa usuaria, ms que cualquierotra forma financiera, adaptarse a la vida econmica del bien, en el sentido de que ella. alestablecer el plazo duracin del contrato, intentar utilizar el bien dado en leasingsolamente en el periodo en que ste ofrezca una productividad ms elevada.

    La flexibilidad con la que el leasing se presenta, sin parangn con otras del sistemafinanciero, es tanto respecto a as caractersticas del bien, que es a eleccin y satisfaccinde la usuaria, como a las condiciones de pago, ya que le permite establecer sus pagos enfuncin de su flujo de caja y, de acuerdo con ellos, fijar el plazo del leasing.

    La flexibilidad en el leasing es tal que ste. Comnmente, es descrito como un medio definanciacin individualizado o personalizado, es una financiacin a medida.

    Protege contra la inflacin:

    En opinin de VIDAL BLANCO, el leasing es una manera de protegerse contra lainflacin por cuanto que el uso del bien se obtiene inmediatamente a cambio de] pago deunos cnones fijados en el momento de la firma de] contrato e inamovibles durante el

    plazo contractual, lo que se traduce en unos costes fijos que sern satisfechos conganancias futuras y en trminos monetarios fijos cuyo costo real va descendiendo con los

    aos, siempre que las cuotas no estn indexadas. Elimina el riesgo de obsolescencia:

    http://www.monografias.com/trabajos6/prod/prod.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/sistfinanciero/sistfinanciero.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/sistfinanciero/sistfinanciero.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/valorarempresa/valorarempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/prod/prod.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/sistfinanciero/sistfinanciero.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/sistfinanciero/sistfinanciero.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/valorarempresa/valorarempresa.shtml
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    La transferencia del riesgo de obsolescencia a la empresa de leasing Fue en sus iniciosefectivamente una ventaja; pero ella, posteriormente, fue diluyndose debido a que elleasing se mostraba irrevocable durante el plazo contractual inicial, independientemente aque el bien siga siendo til o no a la empresa usuaria.

    Ahora el leasing, echando mano a su reconocida flexibilidad y adaptabilidad a las

    condiciones cambiantes del mercado, ha reivindicado para si esta ventaja. En efecto, lasempresas de leasing, actualmente, para seguir brindando a sus clientes una financiacina medida, influyen dentro de las clusulas generales una denominada Clusula decorreccin al progreso, que permite a la usuaria sustituir el bien antes de la expiracindel plazo contractual, por otros ms modernos.

    Celeridad:

    Ordinariamente se dice que las operaciones de crdito se caracterizan por una evidentelentitud y por estar sometidas, la mayora de veces a determinadas normas

    preestablecidas que tienden a garantizar el futuro prstamo, exigiendo entonces avales bancarios, fianzas, hipotecas y, en ciertas oportunidades, se exige una determinadacantidad de recursos propios en la futura prestataria, todo lo cual ocasiona un retraso enla operacin y, adems, la conviene en excesivamente onerosa, no slo por los gastos quela obtencin de estas garantas implica, sino tambin por la limitacin de sus

    posibilidades de obtencin de nuevos crditos.

    La prctica negocial del leasing nos ensea, en cambio, que una de las principalesventajas es, precisamente, su rapidez con la que se evalan o aprueban las operaciones, loque nos lleva a suponer un ahorro de tiempo y costos que, algunas veces, la usuaria novalora- Esta rapidez quiz tenga una razn suficiente: la propiedad del bien, que comosabemos, pertenece a la empresa de leasing.

    Los cnones son gasto deducible:

    Uno de los principales atractivos tributarios que ofrece el leasing respecto a las cuotasperidicas de pago. Es considerarlas como gasto de explotacin y, en efecto, deducibles para fines de la determinacin de la renta imponible. Esta circunstancia facilita un proceso de amortizacin acelerada y, al mismo tiempo, una disminucin de lasobligaciones impositivas al afectar la base imponible del impuesto a la Renta.

    Evita los impuestos a la evaluacin de activos fijos, a la capitalizacin del excedente derevaluacin y, posteriormente, al patrimonio, si los hubiere, toda vez que, mientras dureel plazo contractual inicial, el bien no es de propiedad de la usuaria. Si no de la empresa

    de leasing. Al comprar los bienes al contado, la empresa de leasing generalmente obtiene mejores

    condiciones de las que podra conseguir una empresa usuaria por su propia cuenta.

    No permiten perderse los regmenes especiales de tributacin que pudiera favorecer a lasempresas usuarias, en el caso de bienes importados para ser otorgados en leasing.

    Simplifica los proceso administrativos contables, al evitar a la empresa el clculo de ladepreciacin y la evaluacin de activos fijos.

    2. Para la empresa de leasing:

    La principal ventaja que tiene la empresa de leasing es, pues, el propio leasing comoactividad constitutiva de empresas, es decir, como medio de financiamiento alternativo alos tradicionales.

    http://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/impu/impu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/impu/impu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conce/conce.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/contabm/contabm.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/caes/caes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/impu/impu.shtml#actihttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/impu/impu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/impu/impu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conce/conce.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/contabm/contabm.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/caes/caes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/impu/impu.shtml#acti
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    Se debe decir que una de las mayores ventajas de este medio financiero para la empresade leasing es el peculiar sistema de garanta que le acompaa: la propiedad del bien, queen todo caso pertenece a la empresa de leasing, y que esta puede recuperar en caso deincumplimiento de la usuaria o cuando el plazo contractual termina sin haberse ejercitadolas opciones correspondientes. Otra de las ventajas que se le reconoce a la empresa de

    leasing esta en relacin con las clusulas generales que contiene el contrato, las cualestienden a garantizar los derechos de la financiera, en desmedro de los de la usuaria.

    3. Para la empresa proveedora:

    Las ventajas que ofrece el leasing a las empresas proveedoras son fundamentalmente dos:primera, brindarle una frmula adicional de financiacin a sus ventas; y segunda, permitirleel cobro al contado del precio de los bienes.

    El proveedor encuentra, entonces, en el leasing una alternativa adicional, para incrementarel volumen de sus ventas y ampliar el mercado de sus productos. Esta consistefundamentalmente en ofrecer a sus clientes o potenciales clientes, junto a la venta alcontado o a plazos, un canal de financiamiento interesante; El fabricante o proveedor cobraal contado el bien o bienes que vende a la empresa de leasing, rompiendo as el circulovicioso de tipo financiero en que se encuentra encerrado el binomio comprador - vendedor,el cual radica en que el comprador pide plazos cada da ms largos y el vendedor no tienecapacidad financiera para otorgrselos.

    b) Inconvenientes

    Las desventajas o los inconvenientes.

    1. Para la empresa usuaria

    Desde la ptica de la usuaria se ha considerado el costo financiero como uno delos mayores inconvenientes del leasing en comparacin con otras formas definanciamiento. Este elevado costo del leasing, pasa a segundo plano cuando se le

    presentan al empresario ocasiones que no debe dejar pasar, momentos en loscuales su intervencin es de imperiosa necesidad. Lo nico que importa es que losingresos sean superiores a los gastos y que la empresa progrese; con estamentalidad es como debe considerarse la relativa caresta del leasing.

    En el caso de bienes sujetos a rpido cambio tecnolgico, la usuaria corre el riesgoque el bien se torne obsoleto antes del plazo estipulado, perdiendo, en efecto, laoportunidad de renovar sus activos oportunamente. Esta, sin embargo, puede ser

    superada incluyendo en el contrato la clusula de correccin al progreso. Las clusulas penales previstas para el caso que la usuaria incumpla alguna de sus

    obligaciones establecidas en el contrato, particularmente el pago de los cnones.

    2. Para la empresa de leasing:

    Las principales desventajas con las que se enfrenta son las siguientes:

    Los riesgos derivados de la declaratoria de insolvencia de la empresa usuaria, queplantea el problema no slo de la recuperacin de los bienes, sino tambin delfuturo de ellos, en caso de resolucin del contrato por esta causal.

    La refinanciacin de las deudas acumuladas de la usuaria, que suele ser difcil ycostosa en muchos casos.

    http://www.monografias.com/trabajos5/volfi/volfi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/volfi/volfi.shtml
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    La de no existir prcticamente un desembolso inicial; aunque, algunas empresasnacionales, cuando el leasing es de bienes de consumo duradero, por ejemplo, hanresuelto el problema exigiendo un depsito en garanta de un 30%, el cual al final

    puede servir para ejercitar la opcin de compra o. en su defecto, para garantizar elleasing de otros bienes.

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    Pacheco Caete, Naturaleza jurdica del leasing inmobiliario. reflexiones a la luz de la ley concursal, revista de DerechoMercantil, nm. 255, enero-marzo 2005. pgs. 83 a 110.El CcontratoLeasing,Jose Leyva Saavedra 1995.

    13.- TERMINACION DEL CONTRATO

    Generalidades:

    La vida del contrato tiene tres fases o momentos principales, a saber: generacin, perfeccin y

    consumacin; es decir, como todo en la vida tiene un principio y un fin. Los momentos deperfeccin y consumacin son fundamentales, pues el primero significa que el contrato ya existey, por ende, ha de cumplirse, y el segundo supone que Las obligaciones contractuales, nacidasdel contrato, se han extinguido por un normal cumplimiento.

    El leasing. Al igual que todo contrato, finaliza normalmente a la expiracin del plazo contractual,es decir, a los 24, 36, 48 o ms meses, segn lo hayan establecido las partes. Sin embargo, apartedel cumplimiento del plazo, existen algunas situaciones, unas previstas expresamente en elcontrato, otras no, que determinan la terminacin anticipada del vinculo jurdico entre la empresade leasing y la usuaria

    a) Terminacin normal:El leasing ordinariamente reserva para el final del plazo algunos de sus rasgos tpicos en

    beneficio de la empresa usuaria, como aquel que le permite, a su sola decisin, elegircualquiera de las alternativas siguientes

    Devolver el bien. celebrar nuevo contrato por el pago de una contraprestacin menor.sustituir el bien por otro ms moderno o adquirir el bien, haciendo efectiva la opcin de quegoza por haberse pactado as en el contrato,

    b) Opcin de compra:

    Esta alternativa, instrumentada en una clusula de opcin de compra. es la primera que barajan los sujetos encargados de tornar la decisin. Ellos habitualmente sopesan laconveniencia o no de su ejercicio cuando el valor residual establecido es. por ejemplo, de30% del valor de adquisicin del bien. ms no cuando este es simblico- esto es. Un dlar oun nuevo sol. como acostumbran algunas empresas de leasing en nuestro medio.

    Tal como indicramos en su momento. La presencia de la clusula de opcin de compra afavor de la empresa usuaria en el contenido del contrato de leasing es esencial, puesenmendemos que de esa manera su propia funcin queda configurada. Decimos esencial su

    presencia, no su ejercicio, ya que debemos tener muy en cuenta que al optar por la compradel bien es un derecho potestativo de la usuaria. mas no una obligacin.

    c) Devolucin del bien:

    http://www.monografias.com/trabajos14/consumoahorro/consumoahorro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/consumoahorro/consumoahorro.shtml
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    La segunda alternativa que le brinda el leasing a la usuaria es la de devolver el bien a laempresa de leasing una vez cumplido el plazo estipulado. Se traa, pues. de unaconsecuencia lgica y natural de la terminacin de la relacin contractual.

    Sin embargo, esta devolucin del bien, a diferencia de otros contratos, presenta algunosmatices en el leasing. Se acostumbra, por ejemplo, estipular: Que en caso de devolucin

    del bien la empresa de leasing lo vender al mejor postor. El producto o precio obtenido deesa venta se compara con el valor residual fijado en el propio contrato y la diferencia ser afavor o a cargo de la usuaria; es decir, si el precio de venta es mayor que el valor residual,el excedente es reembolsado a la usuaria; en cambio, si es menor, la usuaria est en laobligacin de hacer efectiva la diferencia. La intencin de la empresa de leasing, como se

    puede advertir no es recobrar el bien, como algunos piensan, sino procurarse el pago delvalor residual pactado, el que podr venir del ejercicio de la opcin de compra por lausuaria o de la venta del bien a un tercero.

    d) Prroga del contrato:

    La tercera de las alternativas que los contratos de Leasing contienen en favor de la usuaria,es la prrroga del contrato por un nuevo plazo, variando las condiciones del mismo.

    Esta prrroga, a diferencia de la opcin de compra que presenta caracteres similares en lamayor parte de los contratos de leasing, ofrece una variada gama de posibilidades. Enalgunos, el mismo contrato establece las condiciones de plazo y precio que habran de regiren el supuesto de decidirse por su prrroga; otros, prevn solamente la posibilidad de

    prrroga, indicando que las partes, en su momento, acordarn las nuevas condiciones delcontrato, antes de hablar de continuacin o prrroga del contrato, es mejor hacer mencinde la celebracin de un nuevo negocio, en el cual el canon ser mal reducido por tener el

    bien solo el valor residual que se haba establecido para la opcin de compra en el contrato,

    que es el nico valor patrimonial no recuperado por la empresa de leasing.

    e) Sustitucin del bien:

    El leasing por ser un contrato a medida, es decir, un contrato flexible y adaptable a lasnecesidades financieras de las empresas del sector productivo, concede una alternativaadicional a las enunciadas en beneficio de la usuaria: la sustitucin del bien por otro masmoderno antes d la expiracin del plazo contractual.

    La inclusin de esta clusula en los contratos de leasing, conocida como custodia decorrelacin al progreso, hace que este se muestre como tal, esto es, como un eficiente

    instrumento financiero para enfrentar la obsolescencia prematura de los bienes dados enleasing. Si esto no fuera posible, la usuaria tendra que asumir el riesgo en su totalidad,aunque atenuado por el hecho de su menor duracin de los contratos de leasing respecto ala vida til del bien.

    f) Terminacin anticipada:

    Aparte de la terminacin normal del contrato por cumplimiento del plazo y decidido porcualquiera de las alternativas que brinda el leasing, pueden existir casos en los que larelacin contractual termina prematuramente; es decir, antes de expirar dicho plazo. Lascausales que ordinariamente provocan la ineficacia del negocio son circunstancias, hechos

    o comportamientos sobrevivientes a su celebracin. Hablamos de ineficacia, antes que deinvalidez, porque entendemos que ambas nociones operan en planos diversos y sefundamentan en razones distintas.

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    g) Resolucin del contrato por incumplimiento:

    De entre las posibles causales de terminacin anticipada del leasing, la resolucin del

    contrato es la que ha merecido mayoratencin de la doctrina y jurisprudencia comparadas.Resolucin, significa la extincin de un vnculo contractual vlido como consecuencia deun evento sobrevenido, o de un hecho (objetivo) nuevo, o un comportamiento de lacontraparte, posterior a la formacin del contrato, que de un modo altere las relacionesentre las partes tal como le haban constituido originalmente o perturbe el normaldesarrollo (ejecucin del contrato, de manera que ste no pueda continuar existiendo,

    porque se ha modificado, o en absoluto se ha roto, aquella composicin de intereses cuyaexpresin constituye el contrato, y a la cual las parles han hecho referencia al celebrarlo.

    Las clusulas generales que conforman el contenido del leasing suelen considerar unconjunto de supuestos de incumplimiento de la usuaria, ms no de la empresaconcdeme del bien. Podemos anotar como clich las siguientes:

    Falta de pago de dos o ms cuotas consecutivas;

    No concertar v mantener los seguros establecidos en el contrato a favor de laempresa de leasing,

    Incumplimiento de las garantas;

    El hecho que la usuaria se encuentre en situacin de insolvencia, suspensin ocesacin de la actividad, o amenaza que esto ocurra.

    Confiscacin, embargo, ejecucin de garantas o cualquier otra circunstancia queafecte la propiedad de] bien;

    El incumplimiento de las restantes obligaciones, si el incumplimiento no essubsanado dentro del plazo establecido por la empresa de leasing.

    Si alguno de estos supuestos se produce, la concedente puede realizar por cuentade la usuaria todo lo que sea razonable para remediar ese incumplimiento,ejercitando posteriormente accin de reembolso contra ella para cobrar lodos losgastos, incluidas las costas judiciales. Adems, de conformidad al art. 1428 delCdigo civil podr decidir entre: solicitar el pago inmediato de los cnonesimpagos, ms los intereses moratorios, o resolver el contrato. En ambos casos, lanorma les faculta a solicitar los danos y perjuicios.

    Al amparo del art. 90. prrafo 2, la empresa de leasing puede solicitar laresolucin del contrato por falta de pago de dos o ms cuotas consecutivas o elatraso del pago en ms de dos meses. Cuando en el contrato no se haya pactado laresolucin automtica y sin necesidad de declaracin judicial previa, la empresade leasing puede demandar por la Va de ejecucin la resolucin del contrato, enconcordancia con lo normado en el Captulo II del Titulo V del Cdigo procesalcivil, en cuanto le sea aplicable, sin perjuicio de accionar por la misma va y deacuerdo al trmite correspondiente, por el pago de las cuotas vencidas, susintereses. costos, castos y dems obligaciones derivadas del contrato (art. 27 delDec. Leg. 299).

    h) Resolucin expresa del contrato:

    http://www.monografias.com/trabajos14/deficitsuperavit/deficitsuperavit.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/libapren/libapren.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/deficitsuperavit/deficitsuperavit.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/libapren/libapren.shtml
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    La clusula resolutoria expresa o paci comisorio expreso es la estipulacin por medio decual una de las partes o ambas se reservan el derecho de resolver el contrato porincumplimiento de la otra parte contractual.

    Segn la ms autorizada doctrina, para que surta efecto esta clusula se debe indicar contoda precisin la obligacin u obligaciones cuyo incumplimiento facultar a la otra parte

    a resolver la resolucin contractualEn nuestro pas los contratos de leasing, siguiendo la prctica de los paises europeoslderes en este negocio de financiamiento, por norma contienen esta clusula en favor dela empresa concdeme, la que si decide resolver el contrato en base a esta clusula, debecomunicrselo a la usuaria notarialmente. Para la recuperacin del bien y cobro de loscnones impagos se aplica el procedimiento establecido en el art. 12.

    Cabe recordar, por ultimo que los contratos de leasing ordinariamente incluyen unaclusula general sealando que ...en caso que la empresa de leasing opte por laresolucin del contrato, la usuaria deber abonar todos los cnones que restan hasta laexpiracin del Plazo establecido y adems, en concepto de perjuicios, pero no con

    carcter de clusula penal, un equivalente a dos cnones, respecto a la posibilidad deresolucin del contrato con devolucin del bien. cuando a la obligacin de la usuaria de

    pagar en todo o en parte los cnones pendientes estima que no es justo que el concedente,adems de la restitucin del bien, perciba todos los cnones pactados, el resarcimiento

    por los daos causados y. eventualmente. la cantidad que logre por vender el bien o darlonuevamente en leasing a un tercero .

    http://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtml
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    M.Pacheco Caete, Naturaleza jurdica del leasing inmobiliario. reflexiones a la luz de la ley concursal, revista de Derecho Mercantil,

    nm. 255, enero-marzo 2005. pgs. 83 a 110.

    El Contrato Leasing, Jose Leyva Saavedra 1995.

    14.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA LEASING

    Aunque por lo general la empresa de leasing acostumbra, a travs de las clusulas generales quecontiene el contrato, exonerarse de sus obligaciones, creemos que a ella le corresponde lassiguientes:

    Adquirir los bienes solicitados por la empresa usuaria, siguiendo las especificacionestcnicas y del proveedor designado por ella. Esta obligacin es natural e inmediata quesurge de la firma del contrato de leasing, pues con el cumplimiento de ella la empresafinanciera pone en ejecucin el contrato. La empresa de leasing. en efecto, debe adquirirla propiedad del bien, no la mera tenencia, ya que el contrato de Leasing, como hemosvenido explicando, otorga a la usuaria. Junto a otras alternativas, una opcin de compra,la cual para hacerla efectiva la empresa concedente necesita tener la facultad de

    disposicin total del bien. Entregar o poner a disposicin de la usuaria los bienes indicados en el contrato de

    leasing. Esta obligacin, considerada por algunos como principal de la empresa deleasing, viene en estricta conexin con la anterior. Es usual o caracterstica de este tipo deoperaciones que la entrega de los bienes sea hecha en forma directa por el proveedor enel lugar donde estn las instalaciones de la empresa usuaria, jaque, por acuerdo con laempresa de leasing, tiene la obligacin de recibir los bienes, verificar si ellos se ajustan alas especificaciones tcnicas.

    La inexistencia de defectos o fallas, su correcta instalacin y puesta en

    Funcionamiento, levantando, en efecto- el "Acta de recepcin respectiva en la que constasu conformidad o no.

    Mantener a la usuaria en el goce de los bienes, respetando el lugar, forma y demsclusulas contenidas en el contrato. Esta obligacin es bsica para entender aquella reglade oro del leasing, a saber: el bien se paga solo. Si no fuera as, qu justificara el pagode la contraprestacin por el uso, si ste, como prestacin de la empresa de leasing, no setiene? Creemos que nada. La empresa de leasing, entonces, para tener derecho al pago delcanon, tiene que cumplir con esta su obligacin.

    Pactar con la empresa proveedora o suministradora del bien la facultad para que lausuaria pueda ejercitar directamente, en su propio inters, todos los derechos y lasacciones derivadas del contrato estipulado entre la proveedora y la empresa de leasing.

    Sustituir el bien por otro ms moderno tecnolgicamente. Antes de la expiracin delplazo contractual, si as" se ha establecido en el contrato.

    http://www.monografias.com/trabajos6/esfu/esfu.shtml#tablahttp://www.monografias.com/trabajos6/esfu/esfu.shtml#tabla
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    Respetar la opcin de compra a favor de la usuaria tanto respecto al valor residualpactado como al plazo concedido.

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    M. Pacheco Caete, Naturaleza jurdica del leasing inmobiliario. reflexiones a la luz de la ley concursal, revista de Derecho Mercantil,

    nm. 255, enero-marzo 2005. pgs. 83 a 110.

    El Contrato Leasing Jose Leyva Saavedra 1995.

    15.- DERECHOS DE LA EMPRESA LEASING

    Los derechos de cada una de las partes se engendran en las obligaciones asumidas en el contratopor cada una de ella, recprocamente. En efecto, se le reconoce a ala empresa de leasing entreotros los siguientes derechos:

    Sealar las caractersticas de los bienes de materia del leasing y elegir el proveedor de losmismos.

    Usar los bienes con las limitaciones previstas en el contrato. Exigir la cesin de las acciones a que nene derecho la empresa de leasing. como

    compradora de los bienes, para ejercerlos contra el proveedor en caso de vicios v danos

    de los bienes. Solicitar la intervencin de la empresa de leasing en todas aquellas circunstancia? en que

    no pueda ser sustituida y por los que se experimenta algn dao o perjuicio en elpatrimonio de la usuaria o en sus legitimo intereses.

    Gozar de todos los derechos y ventajas, como si fuera propietaria. a efectos de susrelaciones contractuales con el Estado. empresas de derecho pblico, empresas estatalesde derecho privado y las empresas sometidas a los reglamentos especiales.

    Adquirir el bien o bienes, si se estima conveniente, por el solo pago del valor .residualconvenido anticipadamente.

    Sustituir el bien dado en leasing; por otro mas moderno, antes de cumplido el plazocontractual, si el contrato de leasing contiene la clusula de correccin al progreso.

    16.- CONCLUSIONES

    El hecho de que la empresa leasing establezca como valor residual una cuota simblicaest creando una tendencia a que la empresa usuaria adquiera en forma definitiva el bieno equipo por lo que se desnaturaliza al leasing ya que estaramos frente a una simpleoperacin de crdito a plazos distorcionando de esta manera lo que es realmente el

    leasing. Si bien es cierto que existe la posibilidad de que existe la posibilidad de que entre laempresa leasing y la usuaria establezcan las condiciones y forma del contrato es siemprenecesario que se tenga pleno conocimiento de las clusulas a considerar ya que es obvio

    http://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtml
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    que compiten en desigualdad de condiciones ambos cuando de interpretar los contratos serefiere.

    Los sujetos intervinientes en una operacin de leasing, generalmente son tres: la empresade leasing, la usuaria y la proveedora; pero los que realmente celebran el contrato son lasdos primeras, esto es, las partes contractuales en el leasing son dos y no tres.

    Del conjunto de obligaciones que se desprenden de la celebracin del contrato, todasimportantes por cierto , la de adquirir el bien con las especificaciones dadas y la posteriorcesin en uso, y el pago de los cnones como contraprestacin por el uso del bien, son lasobligaciones principales, tanto de la empresa de leasing como de la usuaria.

    El leasing es un contrato "sui generis", por lo tanto complejo, es decir est conformado por una pluralidad de transferencias patrimoniales, internas y externas las cualesconstituyen su esencia. Esta complejidad en su constitucin y ejecucin muestraelementos o aspectos que superficialmente se encuentran en una serie de figurascontractuales tpicas: arrendamiento, compra venta, prstamo, opcin de compra, etc. Elleasing, si bien se configura con elementos de esos contratos, se diferencia claramente de

    todos ellos, puesto que "configurar con partes", no es lo mismo que "calificar" o"naturalizar" el "todo". Las modalidades o subtipos de leasing existentes nos permiten satisfacer necesidades

    empresariales siempre y cuando estas necesidades puedan ser mediante el uso, goce ydisfrute de un bien determinado.

    Las caractersticas del leasing por su estructura y funcin se clasifican en categoras ,segn sus afinidades con reglas propias que son aplicables a otras.

    "la historia no es la maestra de la vida, sino la liberacin del pasado", se dice as porquelas instituciones no surgen de improviso sino que se desarrollan poco a poco tomandocomo base sus races.

    El leasing es la modalidad que su prctica se origin en las antiguas culturas de oriente

    medio aproximadamente 5000 aos a.c., desarrollndose tambin en la antigua Grecia yhasta en las negociaciones con los esclavos, siendo actualmente muy utilizada por todoslos pases.

    17.- APORTES

    Propiciar mas este tipo de contrato moderno en nuestra sociedad ya que en otras latitudes esmuy frecuente obviamente en economas mas desarrolladas que la nuestra, por la forma del

    contrato el leasing permite por ejemplo que una empresa no necesite hacer uso de su capitalpara la adquisicin de bienes de capital ya que con el leasing puede tener siempre equipos ymaquinarias de vanguardia sin deteriorar su patrimonio.

    Es necesario fortalecer en nuestro pas los controles de las clusulas generales para evitar losposibles abusos de alguna de las partes, puede que justamente este tipo de contrato no seamuy utilizado en nuestro pas debido a la fragilidad de estos controles.

    Si se trata de resolver los problemas de vivienda que aquejan a nuestro pas, se debe aplicarel leasing inmobiliario que tanta positividad a obtenido en otros pases, para facilitar laadquisicin de vivienda a la clase de menores recursos econmicos y as tambin promoverla industria de la construccin.

    Las empresas de leasing deberan permitirle a este contrato ser lo que en esencia es: Un tipo

    negocial flexible y adaptable a los flujos de caja de las empresas usuaria. En periodo deadministracin se debera amortizar el 70% y 75% de la inversin total, dejando un 30% y25% como valor residual, lo que posibilitara que el bien llegue al final de contrato con un

    http://www.monografias.com/trabajos12/consti/consti.shtmlhttp://www.monografias.com/Historia/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/histogrecia/histogrecia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/vanguardia/vanguardia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/consti/consti.shtmlhttp://www.monografias.com/Historia/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/histogrecia/histogrecia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/vanguardia/vanguardia.shtml
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    valor residual aceptable en el mercado y la usuaria tenga en su haber una real opcin decompra y no una obligacin de adquirir el bien, como es la costumbre de hoy.

    Por ms difcil que sea incluir el leasing en nuestro sistema continental, por ser provenientedel sistema jurdico anglosajn, tenemos que tomarlo como un contrato unitario puesto que,en la situacin econmica globalizada se hace casi imprescindible estar al nivel de otras

    latitudes en donde el contrato leasing toma un nivel alto como forma de financiamiento. Los contratos leasing se deben realizar tomando como base las caractersticas estructurales y

    funcionales existentes de tal manera que no causen agravio a las partes. Las ventajas destacadas deben ser tomadas como parte de apoyo en la toma de decisiones

    para la eleccin de la forma de financiamiento.

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    M. Pacheco Caete, Naturaleza jurdica del leasing inmobiliario. reflexiones a la luz de la ley concursal, revista de Derecho Mercantil,

    nm. 255, enero-marzo 2005. pgs. 83 a 110.

    El Contrato Leasing, Jose Leyva Saavedra 1995.

    18.- BIBLIOGRAFIA

    EL CONTRATO LEASING, JOSE LEYVA SAAVEDRA 1995.

    DERECHO COMERCIAL, ULISES MONTOYA MANFREDI, 10 EDICINACTUALIZADA,1999.

    LEYVA SAAVEDRA, MATERIALES DE LECTURA DEL CURSO DE DERECHOCIVIL I - CONTRATOS DE LA ESCUELA DE POST GRADO DE LA U.N.P.R.G.

    M. PACHECO CAETE, NATURALEZA JURDICA DEL LEASINGINMOBILIARIO. REFLEXIONES A LA LUZ DE LA LEY CONCURSAL, REVISTA

    DE DERECHO MERCANTIL, NM. 255, ENERO-MARZO 2005.

    http://www.bancolat.com/leasing.html

    http://www.bsa.cl/leasprev.htm

    www.fordcredit.es/empresas/leasing/bottom. html

    www.americaleasing.com/

    www.abanfin.com/financiacion/leasing.htm

    w.ww.bancosantander.com.co/leasinge

    http://www.monografias.com/trabajos12/decis/decis.shtmlhttp://www.bancolat.com/leasing.htmlhttp://www.bsa.cl/leasprev.htmhttp://www.monografias.com/trabajos7/html/html.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/decis/decis.shtmlhttp://www.bancolat.com/leasing.htmlhttp://www.bsa.cl/leasprev.htmhttp://www.monografias.com/trabajos7/html/html.shtml
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    SUMARIO

    NATURALEZA JURIDICA DEL LEASING

    1.- INTRODUCCION

    2.- ANTECEDENTES HISTORICOSa) En Europa.

    b) En Latinoamericac) En el Per

    DEFINICION DE LEASINGEtimologa y denominacinDefinicin

    3.- NATURALEZA JURIDICA DEL LEASINGa) Teora del Prstamo

    b) Teora del Depsitoc) Teora de la Compraventa

    d) Teora del Arrendamientoe) Teora del Mandatof) Teora de la Gestin de Negociosg) Teora de la Autonoma

    4.- OTRA POSICIN SOBRE LA NATURALEZA JURIDICA DEL LEASING

    5.- CARACTERES DEL LEASING1. Caracteres Estructurales

    1.1. Tpico1.2. Principal1.3. Consensual1.4. Oneroso1.5. Conmutativo

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    1.6. De Duracin1.7. De Prestacin Reciproca1.8. De Empresa

    2. Caracteres Funcionales2.1. De Financiacin

    2.2. De Cambio2.3. Traslativo de Uso y Disfrute

    6.- CLASES DE LEASING6.1. Leasing Financiero

    6.1.1 Caractersticas del Leasing Financiero

    6.2. Leasing Operativo6.2.1 Caractersticas del Leasing Operativo

    6. 3. Principales Diferencias entre el Leasing Operativo y el Leasing Financiero

    7.-POR LA NATURALEZA DEL BIEN7.1. Leasing Mobiliario7.2. Leasing Inmobiliario

    8.- POR SU AMORTIZACION8.1 Full Pay Out Leasing8.2 Non Full Pay Out Leasing

    9. FIGURAS SUI GENERIS9.1. Sale and Leasing Bck9.2. Leasing Internacional9.3. Leasing Aeronautico9.4. Leasing Adosse9.5. Self Leasing9.6. Samurai Leasing9.7. Leasing Plus9.8. Leasing Sindicado

    10.- MODALIDADES REGULADAS EN LA LEGISLACIN PERUANA

    11.- VENTAJAS E INCONVENIENTES11.1. Generalidades11.2. Ventajas

    11.2.1. Para la Empresa Usuaria11.2.2. Para la Empresa de Leasing11.2.3. Para la Empresa Proveedora

    11.2.Inconvenientes11.2.1. Para la Empresa Usuaria11.2.2. Para la Empresa de Leasing

    12.- TERMINACION DEL CONTRATO

    12.1. Generalidades12.1.1. Terminacin Normal12.1.2. Opcin de Compra

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    12.1.3. Devolucin del Bien12.1.4. Prorroga del Contrato12.1.5. Sustitucin del Bien

    12.2.Terminacin Anticipada

    12.2.1. Resolucin del Contrato por Incumplimiento12.2.2. Resolucin Expresa del Contrato

    13.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA LEASING

    14.- DERECHOS DE LA EMPRESA DE LEASING

    15.- CONCLUSIONES

    16.- APORTES

    17.- BIBLIOGRAFIA

    5.- CARACTERES DEL LEASING

    1. CARACTERES ESTRUCTURALES

    En el contrato de leasing estos caracteres se advierten en la naturaleza de su composicin, del

    contenido de las prestaciones asumidas cada una de las partes y de la forma como se obtiene elcumplimiento las mismas; las funcionales, a su vez, se derivan del rol que a l le correspondedesempear dentro del mercado financiero como complementaria a las tradicionales frmulas de

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    financiacin de la empresa. Empecemos, entonces, con las estructurales diciendo que el leasinges un contrato.

    1.1.- TIPICO

    La clasificacin de los contratos en tpicos y atpicos es de muy antigua data y se ha dado entodos los pases con legislacin positiva vigente; no obstante, ella no tiene en el derechomoderno ni la misma importancia ni el mismo sentido que en el derecho romano.

    El leasing, esta institucin financiera, tal como acontece hoy en los pases donde l tienepresencia significativa, en el Per es un contrato tpico, y ello, en efecto, porque el Derechopositivo, luego de individualizar el leasing a travs de una serie de elementos y datos peculiares,lo ha valorado y le ha atribuido una concreta regulacin: primero, el D. Leg. 212, despus del D. Leg. 299. Aunque, debemos subrayar, el legislador, como ya es habitual ante la aparicin denuevas instituciones contractuales, al redactar este dispositivo se ha preocupado ms de losaspectos tributarios y financieros que del aspecto sustancial.

    1.2.- PRINCIPAL

    Un contrato es principal cuando cumple, por s mismo, un fin contractual propio y subsistente,sin relacin necesaria con ningn otro contrato; es decir, no depende ni lgica ni jurdicamentede otro, pues l se presenta independiente de aqul

    En va de ejemplo, son contratos principales todos los que figuran en la Seccin Segunda delLibro VII del Cdigo civil de 1984, con excepcin de la fianza, que es accesoria, los de losLibros Segundo y Tercero del Cdigo de comercio, claro est, los que an permanecen en suseno, como los contratos de transporte, de fletamento.

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