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Por otra parte, también conviene hacer men-ción a lo que son los servicios de descar-gas de tonos, melodías, etc., así como a

los servicios de suscripción de mensajes, abor-dando las principales características de los mis-mos, y destacando su escasa regulación, lo queha motivado que se hayan producido numerosasquejas y reclamaciones relacionadas con estetipo de servicios.

Por todo ello, es necesario conocer lascaracterísticas principales del funcionamientode este tipo de servicios, así como los derechosbásicos de los consumidores y algunos conse-jos orientados a evitar posibles problemas en la

utilización de los mismos.

NNAAVVEEGGAACCIIÓÓNN AA TTRRAAVVÉÉSS DDEELL PPRROOPPIIOO MMÓÓVVIILL

Para poder acceder a Internet a través delpropio móvil, bien a través de la tecnologíaGPRS o GSM, es necesario que, por un

lado, el terminal disponga de esa opción y, porotro, que la empresa ofrezca dicho servicio.

Una vez cumplidos ambos requisitos esnecesario siempre conocer cuáles son las tari-fas que va aplicar el prestador del servicio, yaque éstas van a ser, en la mayoría de los casos,

DDeebbiiddoo aall ccoonnttiinnuuoo aavvaannccee ddee llaass nnuueevvaass tteeccnnoollooggííaass,, ppooccoo aa ppooccoo vvaannssuurrggiieennddoo nnuueevvaass ffoorrmmaass ddee ccoommuunniiccaacciióónn ddiiffeerreenntteess ddee llaass ttrraaddiicciioonnaa--lleess,, qquuee ssee ttrraadduucceenn eenn uunn mmaayyoorr ddeessaarrrroolllloo ddee llaass ccoommuunniiccaacciioonneessmmóóvviilleess yy llooss sseerrvviicciiooss ddee aacccceessoo aa IInntteerrnneett..SSoobbrree eessttee aassppeeccttoo,, ccaabbee sseeññaallaarr qquuee llaass tteelleeccoommuunniiccaacciioonneess mmóóvviilleesseessttáánn ssiieennddoo uunnaa vvííaa ccaaddaa vveezz mmááss uuttiilliizzaaddaa ppoorr ppaarrttee ddee llooss uussuuaarriioossddoommééssttiiccooss ppaarraa aacccceeddeerr aa IInntteerrnneett,, yyaa sseeaa eenn llaa mmooddaalliiddaadd ddee nnaavveeggaa--cciióónn eenn eell pprrooppiioo mmóóvviill oo bbiieenn mmeeddiiaannttee oorrddeennaaddoorreess ppeerrssoonnaalleess ccoonneecc--ttaaddooss aa mmóóddeemm UUSSBB..

AAcccceessoo aa IInntteerrnneettaa ttrraavvééss ddeell mmóóvviill::

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nnaavveeggaacciióónn yy ccoonntteenniiddooss

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muy superiores a la tarifa correspondiente alservicio de voz.

Los estudios elaborados por FACUAAndalucía, así como los datos de quejas yreclamaciones recibidas en la Federación,ponen de manifiesto que, en general, existe unimportante desconocimiento por parte de losusuarios en cuanto a las tarifas aplicables adichas conexiones.

Por todo ello, es necesario que la compañíainforme y que el usuario siempre solicite elcuadro de tarifas aplicables, especificando deforma clara el precio para cada conexión reali-zada, así como por el volumen de los archivosdescargados.

Asimismo, es necesario tener en cuenta quemuchos terminales tienen activados en el tecladoaccesos directos a conexiones a Internet, por loque conviene extremar la precaución en su utili-zación, ya que en numerosas ocasiones se pue-den producir conexiones de forma insconciente,que no son detectadas por los usuarios. Sobreeste aspecto, es siempre recomendable que elbloqueo del teclado permanezca activado en todomomento en que se no se vaya a hacer uso delaparato, para evitar así este tipo de conexionesinvoluntarias. No obstante, y en caso de estarinteresado, el usuario puede ponerse en contactocon la empresa para que le informe acerca de laposibilidad de llevar a cabo la desconfiguraciónde dicho acceso, así como, en su caso, de laposibilidad de no disponer de acceso a Internet.

CCOONNEEXXIIÓÓNN AA IINNTTEERRNNEETT AA TTRRAAVVÉÉSS DDEELLMMÓÓVVIILL PPOORR MMÓÓDDEEMM UUSSBB

Es la posibilidad de conexión a Internetvía móvil a través de un módem USB.Para ello, será necesario instalar una

tarjeta SIM en el módem USB y conectarlo alpuerto USB del ordenador.

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La mayoría de los problemas relacionadoscon este servicio están relacionados con laselevadas tarifas por la utilización del servicio,especialmente en las conexiones realizadasen el extranjero, así como por la poca trans-parencia de las mismas.

Por ello, al igual que en el caso anterior, esnecesario que la compañía informe y que elusuario siempre solicite el cuadro de tarifasaplicables, especificando de forma clara el pre-cio para cada conexiónrealizada, así como por elvolumen de los archivosdescargados.

Es también obliga-ción de la compañíainformar, y el usuariodebe solicitar informa-ción, acerca de la posi-ble existencia de compromisos de permanen-cia, que a la postre pueden limitar la posibili-dad de que el usuario solicite la baja del ser-vicio, ya que es amenazado con el cobro deuna penalización.

Sobre este aspecto, el usuario tiene queser informado en todo momento de cuál es eltiempo por el que se prolonga el compromisode permanencia, así como sobre cuál es lacuantía de la penalización en caso de bajaanticipada.

Además, conviene recordar que toda vincu-lación a un compromiso de permanencia tieneque venir motivado por una contraprestación acambio, es decir, la entrega de algún aparatosin coste o a precio promocional, o bien la apli-cación por parte del operador de algún tipo dedescuento que justifique la existencia de dichocompromiso de permanencia.

Por otra parte, y en caso de que el usua-rio optase voluntariamente por darse de bajadel contrato a pesar de la existencia de un

compromiso de permanencia, la cuantía de lapenalización deberá ser disminuida propor-cionalmente en la parte de duración del com-promiso que ya se hubiera cumplido, ya quedurante dicho periodo de tiempo la empresaya habría recuperado parte de la supuestainversión realizada.

Otro de los aspectos que debe tenerse encuenta a la hora de contratar este tipo de servi-cios es la posible existencia de tarifas promo-

cionadas durante los pri-meros meses del servicio,lo que se traduce en unascuotas inicialmente bajasque pueden pareceratractivas para los usua-rios, pero que posterior-mente aumentan a pre-cios mucho más altos y

que pueden resultar inasequibles. Este proble-ma resultaría agravado si, además, existieraalgún tipo de vinculación por compromiso depermanencia.

Por último, conviene recordar que estetipo de servicios incluyen en sus modalidadestarifarias diferentes tipos de tarifas planas,algunas de las cuales pueden llegar a causaruna gran confusión. En realidad, no se tratande verdaderas tarifas planas (pagar siemprelo mismo con independencia del número deveces en que el usuario se conecte), sino quealgunas están sujetas a un límite de megasde descarga. Una vez superado dicho límite,el usuario tiene que abonar una cantidad adi-cional, ya sea en función de los megas queutilice en exceso, ya sea por cada día quesupera dicho límite. Asimismo, convienerecordar que este tipo de tarifas normalmentese limita a la conexiones efectuadas dentrodel territorio nacional, por lo que las conexio-nes realizadas en el extranjero también se

Guías del Consumidor de FACUA: aacccceessoo aa IInntteerrnneett aa ttrraavvééss ddeell

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TTooddaa vviinnccuullaacciióónn aa uunn ccoommpprroommiissoo ddee

ppeerrmmaanneenncciiaa ttiieennee qquueevveenniirr mmoottiivvaaddoo ppoorr uunnaa

ccoonnttrraapprreessttaacciióónn aa ccaammbbiioo

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tarificarán a un precio diferente, generalmen-te de cuantía elevada.

DDEESSCCAARRGGAASS DDEE MMEELLOODDÍÍAASS

Para descargarse una melodía (tanto unpolitono como un sonitono o realtono) nor-malmente hay que enviar dos o tres SMS,

cuyo precio suele ser de 1,39 euros cada uno(1,20 más IVA). Sin embargo, posteriormentetambién tendrá que efectuarse una conexión aInternet desde el móvil para poder acceder alenlace y recibir el archivo, lo que supone otros0,58 euros (0,50 más IVA). En total, se pagaríaun importe de hasta 4,75 euros.

PPRREECCIIOOSS AABBUUSSIIVVOOSS

Por otra parte, la descarga de un juego o unvideoclip requiere el envío de hasta cincomensajes, así como, al igual que en el casoanterior, la posterior conexión a Internet através del enlace facilitado, por lo que suprecio llega a alcanzar los 7,54 euros.

Los servicios de suscripción pueden cos-tar a los usuarios hasta cerca de 23 euros almes aunque no se descarguen ni un solocontenido, ya que pagan por los mensajesque reciben ofertándoselos.

FACUA Andalucía recuerda la obligación porparte de las compañías de indicar el precio finalcompleto en los servicios ofrecidos.

SSEERRVVIICCIIOOSS DDEE SSUUSSCCRRIIPPCCIIÓÓNN

Através de los servicios de suscripción,los usuarios se pueden dar de altapara recibir una serie de mensajes de

forma más económica. No obstante, hay quetener en cuenta que por esta vía se recibenentre 43 y 65 SMS al mes (aunque pueden

mmóóvviill: navegación y contenidos

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ser más, dependiendo de la compañía) ofre-ciendo a los usuarios contenidos y que cadamensaje recibido supone0,35 euros (0,30 másIVA), por lo que la facturamensual por ellos puedeoscilar entre los 14,96 y22,62 euros. Además hayque sumar, al igual queen los casos anteriores, elimporte de cada una delas conexiones a Internet que se realicenpara descargar los archivos.

Es necesario saber que el cobro de dichosmensajes se produce por el mero hecho derecibirlos, sin necesidad de llegar a descar-garse los contenidos.

Por todo ello, se debe desconfiar en casode que la empresa no aclare el número máxi-mo de mensajes que puede llegar a enviar enun cómputo mensual, semanal o diario.

Aunque hay muchas empresas, son tres

las multinacionales que se reparten enEspaña el grueso de este negocio.

Buongiorno opera con lasmarcas Movilisto, que ensus servicios de suscrip-ción envía un máximo deentre 50 y 65 mensajesal mes (según la compa-ñía del usuario), y Blinko,que manda hasta 43 (10por semana). Sus compe-

tidoras son Club Zed y Dada, que envíanhasta 60 y 50 SMS, respectivamente.

FFAALLTTAA DDEE TTRRAANNSSPPAARREENNCCIIAA EENN SSUU PPUUBBLLIICCIIDDAADD

Un seguimiento realizado por FACUAAndalucía sobre la información enviada porseis de las empresas del sector en elmomento en que los usuarios se suscriben asus servicios pone de manifiesto que en

Guías del Consumidor de FACUA: aacccceessoo aa IInntteerrnneett aa ttrraavvééss ddeell

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EEnn llooss sseerrvviicciiooss ddeessuussccrriippcciióónn,, eell uussuuaarriioo

ppaaggaa ppoorr llooss SSMMSSrreecciibbiiddooss,, aauunnqquuee nnoo

rreeaalliiccee ddeessccaarrggaass

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muchas ocasiones no informan del númeromáximo de mensajes que les enviarán cadadía, semana o mes, ni facilitan la informaciónen el SMS con el que confirman el alta.

Además, se ha constatado que se trata deun negocio enfocado especialmente a losmás jóvenes. De hecho, un estudio realizadopor FACUA Andalucía sobre la publicidadinsertada en revistas para adolescentes ponede manifiesto que las empresas de conteni-dos para móviles son sus principales anun-ciantes.

Dicho análisis, efectuado sobre sieterevistas de tirada nacional, revela que estosanuncios suponen de media el 34% del total.Un porcentaje que llega a alcanzar el 56% enuna de las publicaciones, Nuevo Vale, mien-tras que en Super Pop representa el 47% delos anuncios, en Hip Flow el 40%, en Star 2el 33%, en Bravo el 29%, en Loka Magazineel 29% y como excepción, La Revista 40,donde sólo es del 4%.

Asimismo, y en lo que se refiere a lapublicidad, conviene tener presente que,generalmente, se muestran anuncios con unatipografía extremadamente diminuta, cuyotamaño mínimo no está regulado todavía porninguna norma. Por ello, hay que extremar laprecaución cuando se reciban este tipo deanuncios y antes de contratar ningún tipo deservicio es siempre recomendable conocertodos los aspectos relacionados con elmismo, especialmente los tarifarios.

Por otra parte, y en caso de que se hayaoptado por contratar un servicio por sus con-diciones promocionales, hay que saber que lapublicidad posee plena fuerza contractual,por lo que lo que cualquier condición estipu-lada en la misma resulta de obligado cumpli-miento para las empresas, aunque no figureen el contrato.

mmóóvviill: navegación y contenidos

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NNEECCEESSIIDDAADD DDEE UUNNAA RREEGGUULLAACCIIÓÓNN EESSPPEECCÍÍFFIICCAA

El 13 de febrero de 2008 fue publicada laOrden ITC/308/2008, de 31 de enero, por laque se dictan instrucciones sobre la utiliza-ción de recursos públicos de numeraciónpara la prestación de servicios de mensajescortos de texto y mensajes multimedia.

Dicha Orden salió a la luz tras la insistentedemanda por parte de las asociaciones de con-sumidores en relación a un problema derivadode nuevas formas decomunicación a travésde mensajes cortos, yque estaban provocandonumerosos problemas alos consumidores por elabuso de las compañíassuministradoras en estetipo de servicios y lafalta de información de estas empresas hacialos usuarios sobre el coste y el funcionamientode los mismos.

Una de las características más importan-tes que introduce dicha Orden es la equipa-ración de este tipo de servicios de mensajescortos a los servicios de tarificación adicio-nal, con todas las consecuencias que de ellose derivan, ya que anteriormente ya existíauna regulación específica para este tipo deservicios, que protege al consumidor en algu-nos aspectos importantes. Entre ellos cabendestacar los siguientes:

- Se habilita la posibilidad de que el usua-rio pueda realizar elpago fraccionado de lafactura (descontando elimporte correspondien-te a los servicios detarificación adicional),sin que la empresapueda interrumpir elservicio por ello.

- Se establece la obligación de diferenciaren la factura el desglose entre la partecorrespondiente al mensaje soporte y alcorrespondiente a tarificación adicional.

Asimismo, se establecen una serie de condi-ciones para la prestación de estos servicios,tales como:

- Para los servicios de votaciones o con-cursos, la empresa tendrá que contestar através de otro mensaje gratuito sobre elresultado de los mismos.- El establecimiento de una serie de for-matos de números, cada uno los cualesestará asociado a unas condiciones y a uncoste diferente:

a) Hasta 2 euros.b) De 2 a 6 euros.c) Servicios de suscripción.d) Más de 6 euros (servicio exclusivo paraadultos).

Guías del Consumidor de FACUA: aacccceessoo aa IInntteerrnneett aa ttrraavvééss ddeell

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LLaa ppuubblliicciiddaadd ttiieennee ffuueerrzzaaccoonnttrraaccttuuaall,, ppoorr lloo qquuee lloossuussuuaarriiooss ppuueeddeenn eexxiiggiirr eell

ccuummpplliimmiieennttoo ddee llaass ccoonnddiicciioonneess ooffeerrttaaddaass

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- Que los titulares de los números no pue-dan exigir a los consumidores el envío dedos o más mensajes para el alta de undeterminado servicio.- Los mensajes de invocación, confirma-ción o rechazo nopodrían tener unprecio adicional,sino, como máximo,el precio del costeordinario.- La obligación de

información gratuitaal usuario inmedia-tamente después a que éste haya recibidola prestación solicitada (en la opción a)) ode forma previa (opciones b), c) y d) de losdatos de la empresa (nombre o denomina-ción social), el número telefónico de con-tacto del centro de atención al cliente y elprecio total del servicio recibido incluyendo

impuestos y, en su caso (opciones b),c) yd)), invitación a confirmar el servicio.- En algunos supuestos, la obligación deque la empresa tenga que invitar al usua-rio a confirmar el servicio, entendiéndosela falta de respuesta del mismo comorenuncia al servicio solicitado.

CCÓÓMMOO RREECCLLAAMMAARR

En caso de que exista algún tipo de inci-dencia relacionada con la prestacióndel servicio, o bien la empresa no pro-

ceda a dar de baja el mismo, se debe pre-sentar una reclamación de inmediato.

Para ello, en primer lugar el usuario debedirigir un escrito de reclamación a la empre-sa, bien directamente o bien a través de unaasociación de consumidores. Para interponerdicha reclamación existe un plazo de un mesdesde que se tenga conocimiento de la inci-dencia.

La reclamación puede efectuarse a travésdel teléfono (en cuyo caso la empresa recla-mada estaría obligada tanto a comunicar al

abonado el número dereferencia de la recla-mación como a infor-mar al usuario delderecho a solicitar undocumento que acredi-te su presentación), obien por escrito, a ladirección que obligato-

riamente debe figurar en el contrato; en estecaso, se recomienda que la reclamación serealice a través de un medio fehaciente quepermita dejar constancia tanto del envío de lamisma como de la recepción por parte de laempresa reclamada.

Una vez llevado a cabo dicho trámite,

mmóóvviill: navegación y contenidos

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EEnn sseerrvviicciiooss ddee vvoottaacciioonneessoo ccoonnccuurrssooss,, llaa eemmpprreessaa

ccoonntteessttaarráá ccoonn uunn mmeennssaajjeeggrraattuuiittoo ssoobbrree eell rreessuullttaaddoo

ddee llooss mmiissmmooss

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conviene saber que la empresa reclamadadispone del plazo de un mes para contestara la reclamación.

Asimismo, continúa existiendo la obliga-ción de abonar la fac-tura. En caso de noabonarse, la empresapodría suspender elservicio temporalmenteen el plazo de un mesdesde el impago (pre-vio aviso al abonado) y,a los tres meses, pro-ceder a la suspensión definitiva de los servi-cios.

En caso de que la respuesta ofrecida porla empresa reclamada no fuera satisfactoria,o bien hubiera transcurrido un mes desde lareclamación sin respuesta alguna, existe laposibilidad de dirigirse, alternativamente,

ante las Juntas Arbitrales de Consumo, obien ante la Secretaría de Estado deTelecomunicaciones y para la Sociedad de laInformación.

El Sistema Arbitral deConsumo es de caráctervoluntario para lasempresas. En caso deestar adheridas a siste-ma arbitral, cada empre-sa tiene su propia ofertade adhesión, que deter-minará los términos de

la misma. Los laudos dictados en dicho proce-dimiento arbitral tiene carácter vinculante y eje-cutivo, por lo que, en caso de incumplimiento,las partes puede acudir a la vía judicial paraexigir su cumplimiento.

Por otra parte y en lo que se refiere a laSecretaría de Estado de Telecomunicaciones

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Guías del Consumidor de FACUA: aacccceessoo aa IInntteerrnneett aa ttrraavvééss ddeell

LLaass rreeccllaammaacciioonneess ddeebbeennrreeaalliizzaarrssee eenn eell ppllaazzoo ddeeuunn mmeess ddeessddee qquuee sseettiieennee ccoonnoocciimmiieennttoo ddee

llaa iinncciiddeenncciiaa

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mmóóvviill, navegación y contenidos

y para la Sociedad de la Información, el plazopara dirigirse a la misma es de tres mesesdesde la respuesta del operador, la finaliza-ción del plazo para responder (un mes), odesde la no aceptación del arbitraje por partede la reclamada (en caso de que inicialmentese hubiese optado por esta opción).Asimismo, el plazo para plazo para resolver ynotificar la resolución por parte de laSecretaría de Estado de Telecomunicacionesy para la Sociedad de la Información será deseis meses.

DDAATTOOSS EESSTTAADDÍÍSSTTIICCOOSS

De los 14.388,86 millones de SMSgenerados en un año (concretamenteentre octubre de 2006 y septiembre

de 2007), nada menos que el 35,3% sonSMS Premium, concretamente 5.077,84millones (los 9.311,02 millones restantes sonmensajes cortos entre abonados).

Una parte del dinero va para las empresasque ofertan estos servicios y otra para lasoperadoras.

En un año, las compañías de móvilesingresan casi 600 millones de euros por eltráfico de esos más de 5.000 millones deSMS Premium, según los informes de laComisión del Mercado de las Telecomuni-caciones (CMT). En los citados doce mesesfueron 587,47 millones de euros.

A esta cantidad hay que sumar otra ciframillonaria, la generada por las conexiones aInternet realizadas exclusivamente para ladescarga de los contenidos que ofertan lasempresas del sector (se trata de un porcen-taje no determinado oficialmente de los514,65 millones que generó a las operadorasel acceso a Internet por parte de sus clien-tes).

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FFAACCUUAA HHuueellvvaa: Duque de Ahumada, 12. 21004 Huelva - Teléfono: 959 254 911FFAACCUUAA JJaaéénn:: Pedro Poveda, 1, bajo. 23700 Linares - Teléfono: 953 699 327FFAACCUUAA MMáállaaggaa: Pedro de Toledo, 1. 29015 Málaga - Teléfono: 952 276 908

FFAACCUUAA SSeevviillllaa:: Resolana, 8. 41009 Sevilla - Teléfono: 954 376 112

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GGaabbiinneettee ddee CCoommuunniiccaacciióónn yy PPuubblliiccaacciioonneess: 954 900 078GGaabbiinneettee JJuurrííddiiccoo: 954 383 610

FFaaxx:: 954 387 852CCoorrrreeoo--ee:: [email protected]

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SSuubbvveenncciioonnaa