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ÍNDICE

Página

1 Base normativa 3

2 Objetivo 3

3 Ámbito de aplicación 3

4 Políticas 4

5 Definiciones 11

6 Descripción de actividades 14

7 Diagrama de flujo 44

8 Relación de documentos que intervienen en el procedimiento 56

Anexos

Anexo 1 Guía para la integración documental de siniestros

Anexo 2 Cédula de plazos para documentar siniestros

Anexo 3 Cédula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional

Anexo 4 Carta de reclamación de siniestro

Anexo 5 Formato de entrega de documentación sustento del siniestro

Anexo 6 Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales

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Procedimiento para obtener de la compañía aseguradora la indemnización de siniestros que afecten el patrimonio institucional

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1. Base normativa Artículos 1, 59, 69, 71, 81,113 y demás relativos de la Ley Sobre el Contrato de Seguro,

publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 31 de agosto de 1935 y sus reformas.

Artículo 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, publicada en el Diario

Oficial de la Federación el 4 de abril de 2013. Artículos 5 y 70 fracción XVIII del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro

Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 18 de septiembre de 2006 y sus reformas.

Artículo 42, 43 y 44 del Reglamento de Resguardo Patrimonial del Contrato Colectivo de

Trabajo vigente. Numeral 38 al 63, Capítulo IV “Aseguramiento” del Acuerdo por el que se Regulan las

Disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2010 y sus reformas siendo la última mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2016.

2. Objetivo Establecer las actividades que permitan a los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, a las Jefaturas de Servicios de Finanzas en Delegaciones, a los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad, a las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales y a las Unidades Médicas o No Médicas del IMSS, integrar la documentación para promover ante el Área de Siniestros de la División de Control de Seguros, la reclamación de indemnizaciones ante las compañías aseguradoras por los daños a los activos institucionales derivados de fenómenos naturales o situaciones fortuitas que se encuentran cubiertas al amparo de las pólizas de seguros del Programa de Aseguramiento Integral del IMSS. 3. Ámbito de aplicación El Área de Siniestros y el Área de Registro y Control de Pagos, dependientes de la División de Control de Seguros de la Coordinación de Administración de Riesgos Institucionales; los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas; las Jefaturas de Servicios de Finanzas en Delegacionales; los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad; las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales; y las Unidades Médicas y No Médicas del IMSS.

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4. Políticas 4.1. El Área de Siniestros y el Área de Registro y Control de Pagos, dependientes de la División de Control de Seguros de la Coordinación de Administración de Riesgos Institucionales; los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas; las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas; los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad; las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales; y las Unidades Médicas y No Médicas del IMSS, deberán dar cumplimiento al presente procedimiento. 4.2. Será responsabilidad del Titular de la Coordinación de Administración de Riesgos Institucionales difundir a las Direcciones Normativas, a las Delegaciones Estatales y Regionales, a las Unidades Médicas de Alta Especialidad y a los Centros Vacacionales del IMSS, los “Contratos de seguro patrimoniales” vigentes, para que éstos a su vez los difundan a sus subordinados, a efecto de que se conozcan a nivel nacional los términos y condiciones contratadas con la compañía aseguradora; y éstos sean aplicados con estricto apego a las condiciones pactadas entre el IMSS y la compañía aseguradora. 4.3. El Titular de la Coordinación de Administración de Riesgos Institucionales, la Titular de la División de Control de Seguros y el Jefe del Área de Siniestros determinarán, según la magnitud o la complejidad de los daños causados por un siniestro, si es necesario que personal del Área de Siniestros, asista al lugar de los hechos para brindar apoyo. 4.4. El Titular de la División de Control de Seguros dará a conocer a su personal, los “Contratos de seguro patrimoniales” que darán cobertura al patrimonio institucional, a efecto de que se dé cumplimiento a las condiciones que en ellos se establecen. 4.5. Los Titulares autorizados para firmar el “Convenio de indemnización” son los siguientes, en el entendido que en caso de ausencia firmará el titular inmediato superior.

Coordinación de Administración deRiesgos Institucionales

A partir de $1'000,000.01 (Un millón depesos 01/100 M.N.)

TitularesImporte a indemnizar estipulado en el

Convenio de Indemnización

Jefe del Área de SiniestrosHasta $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100M.N.)

División de Control de SegurosA partir de $100,000.01 (Cien mil pesos01/100 M.N.) y hasta $1'000,000.00 (Unmillón de pesos 00/100 M.N.)

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4.6. Los Titulares autorizados para firmar el “Convenio de indemnización” que se mencionan en la política que antecede, no son responsables de los conceptos reclamados, conciliados y aceptados por las unidades y/o servicios afectados por la ocurrencia de un siniestro, así como de los importes a indemnizar por parte de la compañía aseguradora, que se consignan en el “Cuadro de determinación de pérdidas”, ya que únicamente formalizan el compromiso de pago que tiene la compañía aseguradora para con el Instituto. 4.7. El Jefe del Área de Siniestros supervisará aleatoriamente que el analista responsable de atención de siniestros del Área de Siniestros, efectúe el seguimiento y solicite la documentación sustento de siniestros a los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales. 4.8. El Jefe del Área de Siniestros y el analista responsable de atención de siniestros deberán revisar que el “Cuadro de determinación de pérdidas” y el “Convenio de indemnización” sean correctos de conformidad con las condiciones establecidas en los “Contratos de seguro patrimoniales”. 4.9. El Jefe del Área de Siniestros es responsable de realizar la conciliación de intereses moratorios y penas convencionales, elaborar y enviar la Minuta respectiva al Jefe del Área de Registro y Control de Pagos, para que realice el cobro a la compañía aseguradora y dar seguimiento hasta obtener el pago correspondiente. 4.10. El Jefe del Área de Siniestros y el responsable de administración de la base de datos, deberán obtener de la “Base de datos” que proporciona el Área de Siniestros, la relación de aquellos siniestros donde las compañías aseguradoras no cumplieron en tiempo y forma con los plazos para el pago de las indemnizaciones, así como con las obligaciones de servicio, que generen la aplicación de intereses moratorios y/o penas convencionales, y calcular el monto correspondiente por estos conceptos, de conformidad con lo establecido en los “Contratos de seguro patrimoniales”, dando el seguimiento con las compañías aseguradoras desde su notificación hasta la conciliación de conceptos. 4.11. El Jefe del Área de Siniestros supervisará que la improcedencia de un siniestro, esté debidamente sustentada y apegada a las condiciones de los “Contratos de seguro patrimoniales”. 4.12. El analista responsable de atención de siniestros del Área de Siniestros, deberá mantener actualizado el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”, con la documentación sustento que les envíen los despachos de ajustadores o la compañía aseguradora, los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales; y demás información que se genere en dicha Área, la cual deberá estar ordenada cronológicamente y registrada en la “Base de datos”.

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4.13. El analista responsable de atención de siniestros del Área de Siniestros, deberá registrar adecuadamente y mantener actualizada la “Base de datos”, siendo su responsabilidad los datos que en ella se capture, tales como: fechas, importes, estatus de los siniestros, etc. 4.14. El analista responsable de atención de siniestros del Área de Siniestros, deberá mantener actualizada la “Base de datos” dependiendo del estatus del siniestro, conforme a las siguientes nomenclaturas:

4.15. El analista responsable de atención de siniestros del Área de Siniestros, deberá dar seguimiento tanto con los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad, las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales, así como con los despachos de ajustadores y la compañía aseguradora, de todos aquellos casos que se encuentren pendientes de indemnización, solicitando para tal efecto la documentación sustento de siniestros que haga falta por aportar para la acreditación y resolución de los mismos. 4.16. El analista responsable de la atención de siniestros del Área de Siniestros, recibirá la documentación sustento de los siniestros que se detalla en la “Guía para la integración documental de siniestros” 6330-009-048 (anexo 1), dentro de los tiempos establecidos en la “Cédula de plazos para documentar siniestros” 6330-009-030 (anexo 2), ya que en caso de que no se cumpla con la entrega de la documentación y esta situación implique demora en la obtención de la indemnización y/o la improcedencia y/o la prescripción del siniestro, quedará bajo la estricta responsabilidad de las unidades y/o servicios afectados por la ocurrencia de un siniestro, el resarcir los daños a los bienes patrimoniales y las consecuencias que se originen.

Clave Descripción

A En proceso de documentación

B Sustentado

C Inconformidad

D En cuadro de determinación de perdidas

E En espera de Transferencia

G Recuperado o Pagado

H Improcedente

I Sin daños

P Duplicado

W Matriz siniestros en caso de afectar varias coberturas

X Anticipo

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4.17. El analista responsable de atención de siniestros del Área de Siniestros, deberá someter a revisión del Jefe del Área de Siniestros todos los casos de improcedencia, de acuerdo con las condiciones de los “Contratos de seguro patrimoniales” y la documentación e información aportada por las áreas afectadas por la ocurrencia de un siniestro. 4.18. El Jefe del Área de Registro y Control de Pagos, supervisará que el responsable de elaborar el registro contable de acuerdo al ámbito de competencia de la División de Control de Seguros, lo realice de conformidad con la “Guía Contabilizadora PREI” (página de intranet http://prei.imss.gob.mx) emitida por la División de Contabilidad dependiente de la Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones. 4.19. El Jefe de Área de Registro y Control de Pagos, supervisará que los responsables de las actividades de registro de adeudos de indemnizaciones, notificación de adeudos, seguimiento con las compañías aseguradoras para el pago respectivo, elaboración de CFDI registro contable de acuerdo al ámbito de competencia de la División de Control de Seguros y conciliación mensual, se realice en apego a las condiciones de los “Contratos de seguro patrimoniales” y al presente procedimiento. 4.20. Los responsables de elaborar el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) del Área de Registro y Control de Pagos, deberán generarlo de acuerdo a la “Guía para la Elaboración de Facturas Electrónicas”, asentando correctamente los datos y el monto total indemnizable que señala el “Cuadro de determinación de pérdidas” o bien los datos de los intereses moratorios y penas convencionales una vez conciliados con la compañía aseguradora. 4.21. Los responsables del seguimiento de pagos de indemnizaciones del Área de Registro y Control de Pagos, deberán registrar adecuadamente los datos correspondientes en el archivo de adeudos por compañía aseguradora para con el IMSS, de conformidad con los Cuadros de determinación de pérdidas y Convenios de indemnización y mantenerlo actualizado, siendo su responsabilidad los datos que en ella capture, tales como: número de expediente, numero de siniestro, número de CFDI, importes, fechas, etc., ya que con la información que ésta contenga, se realizará el seguimiento mensual de las indemnizaciones pendientes de pago. 4.22. El Responsable de la Seguridad del Inmueble (en caso de robo) o el Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica (en los demás casos) deberá reportar el siniestro al Departamento Administrativo de Nivel Central o a la Jefatura Delegacional de Servicios de Finanzas o al Departamento de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad o a la Gerencia de Finanzas en Centros Vacacionales, según corresponda, a más tardar tres días hábiles posteriores a que se tenga conocimiento de la ocurrencia del siniestro y deberá enviar acta administrativa con la descripción de lo sucedido.

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4.23. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamento de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad o las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales deberán reportar el siniestro al Área de Siniestros de la División de Control de Seguros, a más tardar 24 horas después de haber recibido el reporte de ocurrencia por parte de la Unidad Médica o No Médica, requisitando para tal efecto la “Cédula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional” 6330-009-029 (anexo 3). 4.24. Las Unidades Médicas o No Médicas o servicios afectados por la ocurrencia de un siniestro, tendrán la responsabilidad de gestionar, recopilar y enviar toda la documentación sustento de siniestros que dará soporte a la pérdida a los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad, las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales, según corresponda, con base en la “Guía para la integración documental de siniestros” 6330-009-048 (anexo 1) y en apego a lo dispuesto en la “Cédula de plazos para documentar siniestros”6330-009-030 (anexo 2), ya que en caso de que no se cumpla con la entrega de la documentación y esta situación implique: demora en la obtención de la indemnización y/o la improcedencia y/o la prescripción del siniestro, quedará bajo su responsabilidad total resarcir los daños a los bienes patrimoniales y las consecuencias que se originen. 4.25. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales, deberán privilegiar el envío de documentación e información al Área de Siniestros, a través de medios electrónicos (correo electrónico o carpetas compartidas), preferentemente en una sola exhibición en formato PDF, especificando el número de siniestro asignado por la compañía aseguradora y el número de “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” asignado por el Área de Siniestros. 4.26. Los Titulares autorizados para firmar el “Cuadro de determinación de pérdidas” son:

TitularesImporte a indemnizar estipulado en el Cuadro de determinación de pérdidas

Departamento Administrativo de las DireccionesNormativas, Jefatura Delegacional de Servicios deFinanzas, Departamentos de Finanzas en UnidadesMédicas de Alta Especialidad o Gerentes deFinanzas en Centros Vacacionales

Hasta $1'000,000.00 (Un millón de pesos00/100 M.N.)

Director Normativo, Delegado Regional o Estatal,Director General de la Unidad Médica de AltaEspecialidad o Gerente General de CentrosVacacionales

A partir de $1'000,000.01 (Un millón depesos 01/100 M.N.)

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4.27. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales, no son responsables de los conceptos reclamados, conciliados y aceptados por las unidades y/o servicios afectados por la ocurrencia de un siniestro, así como de los importes a indemnizar por parte de la compañía aseguradora, que se consignan en el “Cuadro de determinación de pérdidas”, ya que únicamente participan en la suscripción de dicho documento, supervisando el cumplimiento de la normatividad en la materia. 4.28. Será responsabilidad de cada Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro, notificar al Área de Siniestros, cuando así proceda, el proceso de desistimiento de reclamación de un siniestro ante la compañía aseguradora. 4.29. Será responsabilidad de cada Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro, llevar a cabo las acciones necesarias para restituir o reparar los bienes siniestrados. 4.30. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales son los responsables de elaborar el acta entrega recepción de los bienes que son pagados bajo la modalidad de reposición en especie, debiendo enviar dicha acta firmada a la División de Control de Seguros a más tardar cinco días hábiles posteriores a la recepción del bien. 4.31. Será responsabilidad de cada Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro, validar las características y funcionamiento del bien pagado bajo la modalidad de reposición en especie, no debiendo aceptar bienes cuyas características técnicas no sean iguales o inmediatamente superiores a las del bien siniestrado, quedando bajo su estricta responsabilidad cuando así suceda. 4.32. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales son los responsables de realizar la entrega de un bien pagado bajo la modalidad de reposición en especie a la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro. 4.33. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales, deberán llevar a cabo la difusión del presente documento normativo en el ámbito de su competencia, obteniendo constancia por escrito de su entrega.

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4.34. Ante la ocurrencia de un siniestro de robo con violencia, los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales, al recibir de las áreas competentes el resultado de los procesos de investigación laboral y de reclamación ante la empresa de vigilancia, y si en ambos se determina que no fue posible la recuperación del bien siniestrado, deberán informar a través de oficio o correo electrónico el resultado de dichas resoluciones a la División de Control de Seguros, solicitando continuar con el trámite de recuperación del bien siniestrado ante la compañía aseguradora. 4.35. Ante la ocurrencia de un siniestro de robo con violencia, los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales, al recibir de las áreas competentes el resultado de los procesos de investigación laboral y de reclamación ante la empresa de vigilancia, y si en cualquiera de ellos se determina que a través de alguna de estas instancias se hará la recuperación del bien siniestrado, deberán informar a través de oficio o correo electrónico el resultado de dichas resoluciones a la División de Control de Seguros, solicitando cancelar el trámite de recuperación del bien ante la compañía aseguradora. 4.36. La Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro a través de los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales, ante la notificación de improcedencia de un siniestro, se podrán inconformar en un periodo no mayor a 10 días naturales contados a partir de la fecha en que el personal del Área de Siniestros envíe la determinación, remitiendo para tal efecto la documentación que avale la procedencia del siniestro. En caso de no hacerlo, se entenderá que aceptan dicha improcedencia, por lo que deberán comunicar vía correo electrónico a los responsables de atención de siniestros del Área de Siniestros, en un plazo no mayor a 60 días naturales posteriores a la notificación de dicha improcedencia, sobre las acciones y resultados que se tengan en la recuperación de los bienes afectados. En caso de no informar y/o no llevar a cabo la recuperación de los bienes siniestrados, quedará bajo la responsabilidad de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro, la no recuperación del patrimonio institucional. Generales 4.37. El lenguaje empleado en el presente documento, en los anexos y formatos, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos. 4.38. La Coordinación de Administración de Riesgos Institucionales, a través de la División de Control de Seguros, interpretará para efectos administrativos el presente procedimiento y resolverá los casos no previstos en el mismo.

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4.39. El presente documento actualiza y deja sin efecto el “Procedimiento para obtener de la compañía aseguradora la indemnización de siniestros que afecten el patrimonio institucional”, clave 6330-003-002 registrado el 8 de septiembre de 2015. 5. Definiciones Para efectos de este procedimiento se entenderá por: 5.1. anticipo de indemnización: Pago parcial de la valorización final de un siniestro. 5.2. ARCP: Área de Registro y Control de Pagos dependiente de la División de Control de Seguros. 5.3. AS: Área de Siniestros dependiente de la División de Control de Seguros. 5.4. base de datos: Archivo electrónico en formato Excel que contiene la información de cada uno de los siniestros y su estatus conforme a su nomenclatura. 5.5. CFDI: Comprobante Fiscal Digital por Internet. 5.6. CIAD: Coordinación de Investigación y Asuntos de Defraudación de la Dirección Jurídica. 5.7. compañía aseguradora: Es la sociedad anónima autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para organizarse y operar como institución de seguros en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y que mediante la formalización de un contrato de seguro adjudicado en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, asume ante el IMSS la obligación de indemnizar las consecuencias dañosas producidas por siniestros cuyo riesgo es objeto de la cobertura contratada. 5.8. consulta de movimientos bancarios: Es un documento que se obtiene de la banca electrónica entregado por la División de Marco Financiero de la Coordinación de Tesorería el cual contiene por fecha, la relación de depósitos realizados a las cuentas bancarias del IMSS autorizadas para recibir recursos. 5.9. contratos de seguro patrimoniales: Acuerdo de voluntades celebrado entre una compañía aseguradora y el IMSS, mediante el cual la compañía aseguradora, a cambio del pago de una prima, se obliga a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al Instituto, al verificarse la eventualidad prevista en el contrato adjudicado en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, conforme al marco jurídico vigente. Estos contratos dan cobertura a los bienes muebles e inmuebles propiedad del IMSS o bajo su responsabilidad, quedan excluidos de este procedimiento los contratos de seguro patrimoniales que dan cobertura a los vehículos institucionales, a los inmuebles cedidos en garantía por los trabajadores que obtuvieron un crédito hipotecario otorgado por el IMSS y a las responsabilidades por daños y perjuicios a terceros causados por los actos u omisiones no dolosos que los asegurados causen en el ejercicio de sus actividades.

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5.10. convenio de indemnización: Acuerdo de voluntades que establece los bienes afectados, la valorización de los daños (montos) del evento ocurrido y la forma en la que la compañía aseguradora llevará a cabo el resarcimiento de los daños. 5.11. CTSRI: Coordinación Técnica de Seguridad y Resguardo de Inmuebles de la Coordinación de Conservación y Servicios Generales. 5.12. cuadro de determinación de pérdidas: Documento que contiene la propuesta de indemnización por parte de la compañía aseguradora, considerando la valorización de cada uno de los conceptos afectados por la ocurrencia de un siniestro, así como las condiciones particulares que establece cada contrato de seguro patrimonial. 5.13. DADN: Departamento Administrativo de las Direcciones Normativas del IMSS. 5.14. DCS: División de Control de Seguros de la Dirección de Finanzas. 5.15. desistimiento: Renuncia de derechos o pretensiones por los daños ocasionados y reportados por la ocurrencia de algún siniestro. 5.16. despacho de ajustadores: Empresa con personalidad jurídica y patrimonio propio, con giro y personal especializado en el ramo de siniestros, la cual es contratada por la compañía aseguradora para la atención de los siniestros cuyo riesgo es objeto de la cobertura, a fin de llevar a cabo la valorización de los daños. 5.17. DFUMAE: Departamento de Finanzas en UMAE. 5.18. documentación sustento del siniestro: Es todo aquel documento que solicita la compañía aseguradora a través del despacho de ajustadores, que debe aportar las unidades médicas y no médicas afectadas por un siniestro, para la acreditación del mismo, en apego a lo dispuesto en el Artículo 69 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro. 5.19. GFCV: Gerencia de Finanzas en Centros Vacacionales del IMSS. 5.20. improcedencia: Declinación del reclamo de daños en apego a las condiciones de los contratos de seguro patrimoniales. 5.21. IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social. 5.22. indemnización: Contraprestación económica o en especie que la compañía aseguradora paga al IMSS, con base en la valorización de la ocurrencia de un siniestro contemplado en el contrato de seguro patrimonial. 5.23. JSFD: Jefatura de Servicios de Finanzas en Delegación.

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5.24. lineamientos de operación: Documento que es definido por la compañía aseguradora y por el IMSS al inicio de la vigencia de un contrato de seguro patrimonial, en el que se establece, entre otros aspectos la designación de despachos de ajustadores, la periodicidad de sus visitas, los tiempos de respuesta y en general todos los aspectos propios del servicio y aplicación del contrato. 5.25. reposición en especie: Modalidad de pago en la cual la compañía aseguradora, por excepción, repone los bienes dañados por la ocurrencia de un siniestro, con otros de igual clase, calidad y uso para el que fueron destinados los bienes siniestrados. 5.26. responsable de la seguridad del inmueble: Personal institucional encargado de la seguridad en Nivel Central, Delegaciones, UMAES y Centros Vacacionales en el cual se presentó el robo de bienes propiedad del Instituto. 5.27. salvamento: Bienes siniestrados que puede disponer la compañía aseguradora una vez que cubre las indemnizaciones, derivado de su pérdida total o parcial por la ocurrencia de un siniestro, de acuerdo a las condiciones de los contratos de seguros patrimoniales. 5.28. siniestro: Ocurrencia súbita e imprevista de un evento adverso que trae como consecuencia un daño o pérdida en el patrimonio del IMSS, cuyas causas están previstas en el contrato de seguro. 5.29. sistema PREI Millenium: Sistema de Planeación de Recursos Institucionales. Sistema informático aplicativo financiero que provee información integral y en línea, a través de un software financiero denominado ERP (Enterprise Resources Planning - Planeación de los Recursos Empresariales). 5.30. UMAE: Unidad Médica de Alta Especialidad. 5.31. unidades médicas o no médicas: Unidades hospitalarias, administrativas y de servicio que forman parte del IMSS.

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6. Descripción de actividades del Procedimiento para obtener de la compañía aseguradora la indemnización de siniestros que afecten el patrimonio institucional

Responsable Actividad Documentos involucrados

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Etapa I Reporte del siniestro y apertura de

expediente

Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro

1. Reporta vía telefónica al DADN, JSFD, DFUMAE, o GFCV, la ocurrencia de un siniestro y elabora el “Acta administrativa" en la que se deberá indicar como mínimo la siguiente información: i) Nombre de la Unidad afectada. ii) Dirección de la Unidad afectada. iii) Servicio afectado. iv) Relación pormenorizada de los bienes

afectados. v) Causa del siniestro. vi) Monto estimado de los daños. vii) Descripción de lo ocurrido que incluya

modo, tiempo y lugar del siniestro. viii) Nombre y cargo de la persona que

atenderá el siniestro en la unidad afectada.

NOTA 1: El reporte de siniestro debe realizarse en un plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su ocurrencia, siendo responsabilidad de la unidad o servicio afectado el cumplimiento de este plazo. NOTA 2: En caso de robo, el Responsable de la Seguridad del Inmueble deberá realizar el reporte del siniestro simultáneamente al DADN, a la CIAD y a la CTSRI en Nivel Central, o a las JSFD o al DFUMAE, según corresponda, asimismo deberá enviar el reporte a las Jefaturas de Servicios Administrativos y a las Jefaturas de Servicios Jurídicos tanto en Delegaciones y como en UMAE.

Acta administrativa

2. Envía el “Correo electrónico de reporte de siniestro” al DADN, JSFD, DFUMAE, o GFCV y anexa el “Acta administrativa".

Correo electrónico de reporte de siniestro Acta administrativa

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

3. Elabora la “Cédula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional” 6330-009-029 (anexo 3), a más tardar 24 horas posteriores a la fecha de haber recibido el reporte de ocurrencia de un siniestro por parte de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado. NOTA: El cumplimiento de este plazo será responsabilidad del DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV.

6330-009-029 Anexo 3

4. Envía el “Correo electrónico de reporte de siniestro”, y anexa el “Acta administrativa” y la “Cédula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional” 6330-009-029 (anexo 3), al analista responsable de atención de siniestros del AS.

Correo electrónico de reporte de siniestro Acta administrativa 6330-009-029 Anexo 3

Analista responsable de atención de siniestros del AS

5. Recibe el “Correo electrónico de reporte de siniestro”, “Acta administrativa”, “Cédula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional” 6330-009-029 (anexo 3) y genera “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”, asignando número con la siguiente nomenclatura: AA: Últimos dos dígitos del año de ocurrencia del siniestro. PP: Número de póliza aplicable. CCC: Número consecutivo de siniestro por póliza y Delegación. DD: Número de Delegación del IMSS en donde ocurrió el siniestro. NOTA: Utiliza fólder institucional o carpeta recopiladora, dependiendo de la magnitud del evento y anota o etiqueta en la pestaña del fólder o en el lomo de la carpeta el número de expediente.

Correo electrónico de reporte de siniestro Acta administrativa 6330-009-029 Anexo 3 Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Analista responsable de atención de siniestros del AS

6. Imprime y archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” la siguiente documentación: i) Correo electrónico de reporte de

siniestro”, enviado por la DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV.

ii) “Acta administrativa” iii) “Cédula de reporte de siniestro con

afectación al patrimonio institucional” 6330-009-029 (anexo 3).

Registra en la “Base de datos” el siniestro reportado.

Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD Correo electrónico de reporte de siniestro Acta administrativa 6330-009-029 Anexo 3 Base de datos

Etapa II Análisis de procedencia del siniestro

7. Analiza el siniestro reportado de acuerdo a los términos y condiciones establecidas en los “Contratos de seguro patrimoniales” vigentes a la fecha de ocurrencia del mismo.

Contratos de seguro patrimoniales

No es procedente el siniestro

8. Envía el “Correo electrónico con informe de improcedencia” del reclamo del siniestro ante la compañía aseguradora al DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV, imprime y archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”. NOTA 1: La improcedencia deberá estar fundamentada en las condiciones de los “Contratos de seguro patrimoniales” e informarse a más tardar 10 días hábiles posteriores a la fecha en que se determinó la misma. NOTA 2: En cualquier etapa del proceso, el despacho de ajustadores o la compañía aseguradora puede determinar improcedente un siniestro, con base en la documentación proporcionada y en apego las condiciones establecidas en los “Contratos de seguro patrimoniales”.

Correo electrónico con informe de improcedencia Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD

9. Actualiza en la “Base de datos” el estatus del siniestro con la nomenclatura “H”.

Base de datos

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

10. Recibe el “Correo electrónico con informe de improcedencia” y reenvía a la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro, para que se continúen con las acciones que correspondan para resarcir los daños al patrimonio institucional. NOTA: La Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia del siniestro podrá inconformarse sobre la determinación de improcedencia en un plazo máximo de 10 días naturales contados a partir de la fecha de notificación de la misma por parte del personal del Área de Siniestros. Concluye procedimiento

Correo electrónico con informe de improcedencia

Si es procedente el siniestro

Analista responsable de atención de siniestros del AS

11. Reporta a través de “Correo electrónico reporte de siniestro” o vía telefónica a la compañía aseguradora, de conformidad con lo establecido en los “Lineamientos de Operación” y en los “Contratos de seguro patrimoniales”. NOTA: El reporte del siniestro deberá realizarse a más tardar cinco días hábiles posteriores de haberse recibido la notificación del mismo.

Correo electrónico reporte de siniestro Lineamientos de operación Contratos de seguro patrimoniales

No es procedente el siniestro

12. Recibe la “Carta de improcedencia” del despacho de ajustadores o de la compañía aseguradora. Continúa en la actividad 8 NOTA: En cualquier etapa del proceso, el despacho de ajustadores o la compañía aseguradora puede determinar improcedente un siniestro, con base en la documentación proporcionada y en apego las condiciones establecidas en los “Contratos de seguro patrimoniales”.

Carta de improcedencia

Si es procedente el siniestro

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Analista responsable de atención de siniestros del AS

13. Recibe el “Correo electrónico de asignaciones” de la compañía aseguradora en el cual se informa: i) El número de siniestro, y ii) El nombre del despacho de ajustadores

que atenderá el siniestro.

Correo electrónico de asignaciones

14. Envía el “Correo electrónico de asignaciones” al DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV, según corresponda con la siguiente información: i) Descripción, lugar y fecha de ocurrencia

del siniestro ii) El número del siniestro, que asigna la

compañía aseguradora; iii) El nombre del despacho de ajustadores

que atenderá el siniestro; iv) El número de “Expediente de siniestro

AA-PP-CCC/DD”; y v) La relación preliminar de documentos

que debe aportar la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado para acreditar el siniestro.

Actualiza en la “Base de datos” el estatus del siniestro con la nomenclatura “A”.

Correo electrónico de asignaciones Base de datos

15. Elabora la “Carta de reclamación de siniestro” 6330-010-001 (anexo 4) y envía a la compañía aseguradora. NOTA: El contenido de la “Carta de reclamación de siniestro” 6330-010-001 (anexo 4), puede enviarse en papel o en el cuerpo de un correo electrónico.

6330-010-001 Anexo 4

16. Imprime el “Correo electrónico de asignaciones”, y el acuse de la “Carta de reclamación de siniestro” 6330-010-001 (anexo 4), los archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”.

Correo electrónico de asignaciones 6330-010-001 Anexo 4 Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Titular de la División de Control de Seguros, Jefe de AS

17. Determina conjuntamente con el despacho de ajustadores designado para la atención del siniestro por la compañía aseguradora si es necesario realizar una visita de inspección de daños conforme a lo establecido en los “Lineamientos de Operación” que forman parte integral de los “Contratos de seguro patrimoniales”.

Lineamientos de operación Contratos de seguro patrimoniales

No es necesario realizar visita Continúa en la actividad 30

Si es necesario realizar visita

Jefe del AS o Analista responsable de atención de siniestros del AS

18. Envía el “Correo electrónico para visita de inspección”, coordinándose con el DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV y con el despacho de ajustadores designado para la atención del siniestro, para la visita de inspección de daños. NOTA: En caso de requerir la participación del personal del AS en la visita de inspección y conciliación de daños, se deberá desplazar al lugar de ocurrencia del siniestro.

Correo electrónico visita de inspección

DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

19. Recibe el “Correo electrónico para visita de inspección” y convoca a los Responsables de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo, así como a los responsables de las áreas o servicios de la Unidades Médicas o No Medicas afectadas por la ocurrencia de un siniestro.

Correo electrónico visita de inspección

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV y Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo y responsables de las áreas o servicio de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro

20. Participa en la visita de inspección de daños y elabora la “Minuta de trabajo y asistencia” la cual debe incluir: i) Las actividades realizadas; ii) Los compromisos adquiridos; iii) La relación de documentos que se

aportaron en sitio y los documentos faltantes que debe aportar la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado para acreditar el siniestro;

iv) Las fechas en las cuales se entregará la documentación faltante;

v) La viabilidad de solicitud de anticipo de indemnización a la compañía aseguradora y;

vi) La relación de bienes sujetos de salvamento.

NOTA: La “Minuta de trabajo y asistencia” deberá ser firmada por cada uno de los participantes.

Minuta de trabajo y asistencia

DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

21. Envía el “Correo electrónico de minuta de trabajo y asistencia”, al Analista responsable de atención de siniestros del AS y adjunta la “Minuta de trabajo y asistencia”.

Correo electrónico de minuta de trabajo y asistencia Minuta de trabajo y asistencia

Analista responsable de atención de siniestros del AS

22. Recibe e imprime el “Correo electrónico de minuta de trabajo y asistencia”, con “Minuta de trabajo y asistencia”, y archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”.

Correo electrónico de minuta de trabajo y asistencia Minuta de trabajo y asistencia Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD

23. Actualiza en la “Base de datos” el estatus del siniestro con la nomenclatura “A”, indicando la documentación que falta para acreditar el siniestro.

Base de datos

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

24. Solicita anticipo de indemnización, con base en la “Minuta de trabajo y asistencia”.

Minuta de trabajo y asistencia

25. Elabora el “Oficio de solicitud de anticipo de indemnización” o el “Correo electrónico de solicitud de anticipo de indemnización”, justificando la solicitud de anticipo de indemnización con base en las condiciones establecidas en los “Contratos de seguro patrimoniales”, y envía al Titular de la División de Control de Seguros.

Oficio de solicitud de anticipo de indemnización Correo electrónico de solicitud de anticipo de indemnización Contratos de seguro patrimoniales

Sí solicita anticipo de indemnización a la compañía aseguradora

Jefe del AS

26. Recibe del Titular de la División de Control de Seguros el “Oficio de solicitud de anticipo de indemnización” o el “Correo electrónico de solicitud de anticipo de indemnización”.

Oficio de solicitud de anticipo de indemnización Correo electrónico de solicitud de anticipo de indemnización

27. Elabora y entrega a la compañía aseguradora el “Oficio de solicitud de anticipo de indemnización en apego a contrato” y entrega una copia al Jefe del ARCP y otra al Analista responsable de atención de siniestros del AS.

Oficio de solicitud de anticipo de indemnización en apego a contrato 1O-2C

Analista responsable de atención de siniestros del AS

28. Recibe copia del “Oficio de anticipo de indemnización en apego a contrato” y archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”.

Oficio de anticipo de indemnización en apego a contrato 1C Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Analista responsable de atención de siniestros del AS

29. Actualiza en la “Base de datos” el estatus del siniestro con la nomenclatura “X” y dependiendo el tipo de esquema de capa, realiza solicitud de anticipo. Esquema de Capa de administración de la perdida Continúa en la actividad 69 Esquema de Capa en exceso o tradicional Continúa en la actividad 75

Base de datos

No solicita anticipo de indemnización a la compañía aseguradora

30. Recibe el “Correo electrónico de solicitud de documentación faltante” del despacho de ajustadores, el cual contiene el listado pormenorizado de los documentos que hacen falta por entregar para sustentar el siniestro.

Correo electrónico de solicitud de documentación faltante

31. Actualiza en la “Base de datos” el estatus del siniestro con la nomenclatura “A”, indicando los documentos que faltan por aportar.

Base de datos

32. Envía el “Correo electrónico de solicitud de documentación faltante” al DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV, para acreditar el siniestro. NOTA: En el Asunto del “Correo electrónico solicitud de documentación faltante” se deberá anotar el número de “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” asignado.

Correo electrónico de solicitud de documentación faltante

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Analista responsable de atención de siniestros del AS

33. Imprime acuse de recibido del “Correo electrónico solicitud de documentación faltante” y archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”

Correo electrónico solicitud de documentación faltante Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD

DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

34. Recibe y reenvía el “Correo electrónico solicitud de documentación faltante” al Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro, para acreditar el evento.

Correo electrónico solicitud de documentación faltante

Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro

35. Coordina con los responsables de las áreas o servicios de las Unidades Médicas o No Médicas afectadas por la ocurrencia de un siniestro, la integración documental en apego a los tiempos establecidos en la “Cédula de plazos para documentar siniestros” 6330-009-030 (anexo 2) y en la documentación que se detalla en la “Guía para la integración documental de siniestros” 6330-009-048 (anexo 1). NOTA: Es responsabilidad de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro, el sustentar e integrar documentalmente el caso.

6330-009-030 Anexo 2 6330-009-048 Anexo 1

No continúa con el reclamo ante la compañía aseguradora

36. Elabora el “Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora” NOTA: El “Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora”, deberá estar firmado por el Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo y responsables de las áreas o servicio de la Unidad Médica o No Médica afectadas por la ocurrencia de un siniestro.

Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro

37. Envía al DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV, el “Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora”

Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora

DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

38. Recibe el “Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora” y ratifica.

Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora

39. Envía el “Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora” al Jefe del AS.

Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora

Jefe del AS 40. Recibe el “Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora”.

Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora

41. Envía el “Correo electrónico desistimiento de siniestro” dirigido a la compañía aseguradora solicitando cancelación y cierre del expediente de siniestro. NOTA: En el “Correo electrónico desistimiento de siniestro” marcará copia al Analistas responsables de atención de siniestros del AS para cierre del “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”.

Correo electrónico desistimiento de siniestro

42. Entrega el “Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora” al analistas responsables de atención de siniestros del AS

Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Analista responsable de atención de siniestros del AS

43. Recibe el “Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora”, imprime el “Correo electrónico de desistimiento de siniestro”, archiva físicamente en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” y actualiza la “Base de Datos” con la nomenclatura “I”. Concluye procedimiento.

Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora Correo electrónico desistimiento de siniestro Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” Base de datos

Sí continua el reclamo ante la compañía aseguradora

Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro

44. Envía el “Correo electrónico sustento del siniestro” al DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV, al que anexa la “Documentación sustento del siniestro”.

Correo electrónico sustento del siniestro Documentación sustento del siniestro

DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

45. Recibe, analiza y reenvía el “Correo electrónico sustento del siniestro” al Analista responsable de atención de siniestros del AS, con la “Documentación sustento del siniestro” NOTA: En el Asunto del “Correo electrónico sustento del siniestro” deberá escribirse el número de “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” que identifica el siniestro.

Correo electrónico sustento del siniestro Documentación sustento del siniestro

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Analista responsable de atención de siniestros del AS

46. Recibe el “Correo electrónico sustento del siniestro” con la “Documentación sustento del siniestro” y verifica conforme al “Correo electrónico solicitud de documentación faltante” que se cumplan con los requisitos siguientes: i) se encuentre completa ii) sea la correcta y iii) sea legible

Correo electrónico sustento del siniestro Documentación sustento del siniestro Correo electrónico solicitud de documentación faltante

No está completa, correcta y legible la documentación

47. Elabora y envía el “Correo electrónico solicitud de documentación faltante” al DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV, y solicita la información completa, correcta y legible. Continúa en la actividad 33

Correo electrónico solicitud de documentación faltante

Si está completa, correcta y legible la documentación

48. Imprime el “Correo electrónico sustento del siniestro”, con la “Documentación de sustento del siniestro” y archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”. NOTA: La documentación deberá archivarse en forma cronológica.

Correo electrónico sustento del siniestro Documentación sustento parcial del siniestro Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD

49. Actualiza en la “Base de datos” el estatus del siniestro con la nomenclatura “B”, indicando que la documentación está completa.

Base de datos

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Jefe del AS o Analista responsable de atención de siniestros del AS

50. Envía el “Correo electrónico sustento del siniestro” y/o requisita el “Formato de entrega de documentación sustento del siniestro” 6330-009-031 (anexo 5), con la “Documentación sustento del siniestro” y solicita al despacho de ajustadores que presente el “Cuadro de determinación de pérdidas”. NOTA 1: Se deberá habilitar la opción “Entrega” y “Lectura” en el programa que administra el correo electrónico. NOTA 2: En cualquier etapa del proceso, el despacho de ajustadores o la compañía aseguradora puede determinar improcedente un siniestro, con base en la documentación proporcionada y en apego las condiciones establecidas en los “Contratos de seguro patrimoniales”. NOTA 3: El “Formato de entrega de documentación sustento del siniestro” 6330-009-031 (anexo 5), deberá tener sello y firma del despacho de ajustadores, al cual se debe asentar la fecha en que recibe la información.

Correo electrónico sustento del siniestro 6330-009-031 Anexo 5 Documentación sustento del siniestro

Analistas responsables de atención de siniestros del AS

51. Actualiza en la “Base de datos” la fecha de solicitud del “Cuadro de determinación de pérdidas”.

Base de datos

Etapa III Cuadro de determinación de pérdidas

52. Recibe del despacho de ajustadores el “Cuadro de determinación de pérdidas”. NOTA: En caso de existir salvamento, deberá venir anexo al “Cuadro de determinación de pérdidas”, la relación de bienes que serán retirados por la compañía aseguradora.

Cuadro de determinación de pérdidas

53. Actualiza en la “Base de datos” el estatus del siniestro con la nomenclatura “D” e indica la fecha de recepción del “Cuadro de determinación de pérdidas”.

Base de datos

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Analista responsable de atención de siniestros del AS

54. Verifica el “Cuadro de determinación de pérdidas” de conformidad con las condiciones establecidas en los “Contratos de seguro patrimoniales” y determina si es correcto.

Cuadro de determinación de pérdidas Contratos de seguro patrimoniales

No es correcto el Cuadro de determinación de pérdidas

55. Envía el “Correo electrónico solicitud de corrección de datos” al despacho de ajustadores, y solicita la corrección de la información que integra el “Cuadro de determinación de pérdidas”. Continúa en la actividad 52

Correo electrónico solicitud de corrección de datos Cuadro de determinación de pérdidas

Si es correcto el Cuadro de determinación de pérdidas

56. Envía el “Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas” al DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV, en el cual adjunta el “Cuadro de determinación de pérdidas”.

Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas Cuadro de determinación de pérdidas

DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

57. Recibe el “Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas” junto con el “Cuadro de determinación de pérdidas”, imprime y gestiona las firmas de autorización. NOTA 1: La autorización del “Cuadro de determinación de pérdidas” deberá llevarse a cabo conforme a los montos establecidos en el numeral 4.27 de las Políticas de este procedimiento. NOTA 2: El “Cuadro de determinación de pérdidas” debe entregarse firmado al AS en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de recepción del mismo, siendo responsabilidad del DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV el cumplimiento de

Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas Cuadro de determinación de pérdidas

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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este plazo. NOTA 3: En caso de existir salvamento, en el “Cuadro de determinación de pérdidas” deberá incluir el anexo firmado por el Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro, que especifica la relación de bienes que serán retirados por la compañía aseguradora.

58. Recibe del área afectada el “Cuadro de determinación de pérdidas autorizado” y lo envía a través del “Oficio cuadro de determinación de pérdidas autorizado” y del “Correo electrónico de cuadro de determinación de pérdidas autorizado” al Analista responsable de atención de siniestros del AS. NOTA: En caso de existir salvamento, se deberá anexar también autorizada la relación de bienes que serán retirados por la compañía aseguradora.

Cuadro de determinación de pérdidas autorizado Oficio cuadro de determinación de pérdidas autorizado Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas autorizado

Analista responsable de atención de siniestros del AS

59. Recibe y envía a través del “Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas autorizado” y/o del “Formato de entrega de documentación sustento del siniestro” 6330-009-031 (anexo 5), el “Cuadro de determinación de pérdidas autorizado”, al despacho de ajustadores y solicita la presentación del Convenio de indemnización. NOTA: En caso de existir salvamento, se recibe y envía anexa la relación autorizada de los bienes que serán retirados por la compañía aseguradora.

Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas autorizado 6330-009-031 Anexo 5 Cuadro de determinación de pérdidas autorizado

60. Actualiza en la “Base de datos” la fecha en la cual se solicita el Convenio de indemnización.

Base de datos

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Analista responsable de atención de siniestros del AS

61. Recaba el “Oficio cuadro de determinación de pérdidas autorizado” y/o el “Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas autorizado”, el “Cuadro de determinación de pérdidas autorizado” y el “Formato de entrega de documentación sustento del siniestro” 6330-009-031 (anexo 5) y archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”.

Oficio cuadro de determinación de pérdidas autorizado Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas autorizado Cuadro de determinación de pérdidas autorizado 6330-009-031 Anexo 5 Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD

Etapa IV Convenio de indemnización y registro de

pagos

62. Recibe del despacho de ajustadores tres tantos del “Convenio de indemnización” de conformidad con las condiciones establecidas en los “Contratos de seguro patrimoniales”.

Convenio de indemnización 3O Contratos de seguros patrimoniales

63. Actualiza en la “Base de datos” la fecha de recepción del “Convenio de indemnización”.

Base de datos Convenio de indemnización

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Jefe del AS 64. Gestiona la firma de autorización de los tres tantos del “Convenio de indemnización”. NOTA: La autorización del “Convenio de indemnización” deberá llevarse a cabo conforme a los montos establecidos en el numeral 4.6 de las Políticas de este procedimiento.

Convenio de indemnización 3O

Analistas responsables de atención de siniestros del AS

65. Entrega dos tantos en original del “Convenio de indemnización autorizado” al despacho de ajustadores.

Convenio de indemnización autorizado 2O

66. Actualiza en la “Base de datos” el estatus del siniestro, con la nomenclatura “E” y asienta la fecha de entrega de los dos tantos en original del “Convenio de indemnización autorizado” al despacho de ajustadores.

Base de datos Convenio de indemnización autorizado 2O

67. Envía “Correo electrónico para cobro” al Jefe del ARCP y adjunta escaneado el “Cuadro de determinación de pérdidas autorizado” y el “Convenio de indemnización”, archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” NOTA 1: Para los anticipos de indemnización no se anexa cuadro de determinación de pérdida. NOTA 2: Se deberá enviar copia del “Correo electrónico para cobro” al Jefe del AS y al Analista responsable de la actividad del ARCP.

Correo electrónico para cobro Cuadro de determinación de perdidas autorizado Convenio de indemnización Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD

Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad

68. Recibe y clasifica el “Cuadro de determinación de pérdidas autorizado”, el “Convenio de indemnización” o el “Oficio de anticipo en apego a las condiciones de los “Contratos patrimoniales”, de acuerdo a los esquemas de aseguramiento: i) Esquema de Capa de administración de

la pérdida (ADP). Continúa en la actividad 69

Cuadro de determinación de pérdida autorizado 1C Convenio de indemnización 1C Oficio de solicitud de anticipo en

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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ii) Esquema de Capa en exceso o

tradicional. Continúa en la actividad 75

iii) Esquema de Pago a terceros. Continúa en la actividad 80

iv) Esquema de Pago en especie. Continúa en la actividad 83

apego a contrato 1C Contratos patrimoniales

Esquema de Capa de administración de la pérdida (ADP)

Analista responsable de la actividad del ARCP

69. Asigna el número consecutivo de folio.

70. Registra por compañía aseguradora en el archivo electrónico “Base de ingresos”, la siguiente información: Estatus No. consecutivo No. de siniestro Número de “Expediente de siniestro AA-

PP-CCC/DD” Régimen Delegación/UMAE Fecha de entrega del cuadro de

determinación de pérdidas Fecha límite de pago Descripción del siniestro

Base de ingresos

71. Recibe el “Correo electrónico consulta de movimientos” de personal de la División de Marco Financiero, dependiente de la Coordinación de Tesorería, con la “Consulta de movimientos bancarios” que contiene los montos que ingresan al Instituto por parte de la compañía aseguradora.

Correo electrónico consulta de movimientos Consulta de movimientos bancarios

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Analista responsable de la actividad del ARCP

72. Identifica en la “Consulta de movimientos bancarios”, los pagos efectuados por la compañía aseguradora, registra y actualiza la siguiente información de los montos de siniestros indemnizados en el “Archivo electrónico base de ingresos”. Fecha de la transferencia Importe pagado Estatus del siniestro “Pagado”

Consulta de movimientos bancarios Archivo electrónico base de ingresos

73. Accede al Sistema PREI Millenium – PREI Finanzas – menú principal – contabilidad general – asientos – creación de asientos y realiza reclasificación contable de la cuenta 11090201 “Deudores por siniestros” a la cuenta 11090203 “Deudores por siniestros ADP.

Asiento contable

Jefe del ARCP 74. Solicita a través del “Correo electrónico de registro de asiento” al Área de Bienes dependiente de la División de Contabilidad, la validación del registro contable para los siniestros de ADP, imprime y archiva el “Asiento Contable” en el “expediente asientos contables” Continúa en la actividad 91

Correo electrónico de registro de asiento Asiento contable Expediente asientos contables

Esquema de Capa en exceso o tradicional

Analista responsable de la actividad del ARCP

75. Accede al Sistema PREI Millenium – Enlace – Facturación, genera el “CFDI” y asienta los datos de la compañía aseguradora, descripción corta del siniestro y el monto total indemnizable que señala el “Cuadro de determinación de pérdidas autorizado” o el “Convenio de Indemnización” NOTA: Al elaborar el CFDI el sistema genera dos archivos, el formato PDF y XML

CFDI Cuadro de determinación de pérdidas autorizado Convenio de indemnización

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Responsable Actividad Documentos involucrados

Página 34 de 56 Clave: 6330-003-002

Analista responsable de la actividad del ARCP

76. Registra por compañía aseguradora en el archivo electrónico “Base de ingresos”, la siguiente información: Estatus Número de siniestro “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” Régimen Delegación/UMAE Serie de CFDI Folio del CFDI Fecha del CFDI Importe del CFDI Fecha de entrega del cuadro de

determinación de pérdidas Fecha límite de pago Descripción del siniestro

Base de ingresos

Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del ARCP

77. Envía el “Correo electrónico con CFDI” a las compañías aseguradoras correspondientes y anexa los “Archivos del CFDI en formato PDF y XML”, así como el “Cuadro de determinación de pérdida autorizado” y marca copia al Área de Ingresos dependiente de la División de Contabilidad para su registro contable, de acuerdo a la “Guía Contabilizadora PREI”.

Correo electrónico con CFDI Archivos del CFDI en formato PDF y XML Cuadro de determinación de pérdida autorizado Guía Contabilizadora PREI

78. Recibe el “Correo electrónico consulta de movimientos” de personal de la División de Marco Financiero, dependiente de la Coordinación de Tesorería, con la “Consulta de movimientos bancarios” que contiene los montos que ingresan al Instituto por parte de la compañía aseguradora.

Correo electrónico consulta de movimientos Consulta de movimientos bancarios

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Responsable Actividad Documentos involucrados

Página 35 de 56 Clave: 6330-003-002

Analista responsable de la actividad del ARCP

79. Identifica en la “Consulta de movimientos bancarios”, los pagos efectuados por la compañía aseguradora, registra y actualiza la siguiente información de los montos de siniestros indemnizados en el “Archivo electrónico base de ingresos”, Fecha de la transferencia Importe pagado Estatus del siniestro “Pagado”

Continúa en la actividad 91

Archivo electrónico base de ingresos

Esquema de Pago a terceros

80. Registra por compañía aseguradora en el archivo electrónico “Base de ingresos”, la siguiente información. Estatus Número consecutivo Número de siniestro “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” Régimen Delegación/UMAE Fecha de entrega del cuadro de

determinación de pérdidas Fecha límite de pago Descripción del siniestro

Base de ingresos

Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del ARCP

81. Recibe de la compañía aseguradora el “Correo electrónico del pago al tercero afectado” por la indemnización del siniestro.

Correo electrónico del pago al tercero afectado

82. Registra y actualiza en el archivo electrónico “Base de ingresos”, la siguiente información. 1. Fecha de la transferencia 2. Importe pagado 3. Estatus del siniestro “Pagado” Continúa en la actividad 91

Base de ingresos

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Esquema de Pago en especie

Analista Responsable del AS

83. Recibe de la compañía aseguradora el “Correo electrónico pago en especie” en el cual indican fecha y hora probable de entrega del bien pagado bajo la modalidad de reposición en especie y reenvía información al DADN, JDSF, DFUMAE o GFCV, según corresponda.

Correo electrónico pago en especie

DADN, JDSF, DFUMAE o GFCV

84. Recibe físicamente el bien, elabora el “Acta entrega-recepción de bienes pagados bajo la modalidad de reposición en especie”, y la envía escaneada por el “Correo electrónico pago en especie” a los Jefes del ARCP y AS, con copia al Analista responsable de atención de siniestros.

Acta entrega-recepción de bienes pagados bajo la modalidad de reposición en especie Correo electrónico pago en especie

Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del ARCP

85. Recibe el “Correo electrónico acta entrega-recepción de bienes pagados bajo la modalidad de reposición en especie” y asigna el número de folio.

Correo electrónico acta entrega-recepción de bienes pagados bajo la modalidad de reposición en especie

86. Registra por compañía aseguradora en el archivo electrónico “Base de ingresos”, la siguiente información. Estatus Número consecutivo Número de siniestro Número de “Expediente de siniestro AA-

PP-CCC/DD” Régimen Delegación/UMAE Serie de CFDI Folio del CFDI Fecha del CFDI Importe del CFDI No. consecutivo del pago en especie Deducible pago en especie

Base de ingresos

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Responsable Actividad Documentos involucrados

Página 37 de 56 Clave: 6330-003-002

Importe pago en especie Fecha de entrega del cuadro de

determinación de pérdidas Fecha límite de pago Descripción del siniestro

Analista responsable de la actividad del ARCP

87. Registra y actualiza en el archivo electrónico “Base de ingresos”, la siguiente información. Fecha del acta entrega -recepción del

bien repuesto en especie Número de folio de la factura del

proveedor Número de folio de la factura de traslado

de dominio emitida por la compañía aseguradora,

Importe pagado Estatus del siniestro “Pagado”

Base de ingresos

88. Accede al Sistema PREI Millenium – PREI Finanzas – menú principal – contabilidad general – asientos – creación de asientos, realiza asiento contable cargando a la cuenta 42062516 “Mantenimiento de equipo de cómputo” con abono a la cuenta 21051008 “Por material de conservación” de acuerdo a la Guía contabilizadora PREI.

Asiento Contable

Jefe del ARCP 89. Solicita a través del “Correo electrónico de registro de asiento” al Área de Bienes dependiente de la División de Contabilidad, la validación del registro contable del deducible de los siniestros bajo la modalidad de pago en especie

Correo electrónico de registro de asiento

90. Recibe el “Asiento Contable”, imprime y archiva en el “Expediente pago en especie”.

Asiento Contable Expediente pago en especie

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Responsable Actividad Documentos involucrados

Página 38 de 56 Clave: 6330-003-002

Analista responsable de la actividad del ARCP

91. Elabora el “Volante de pago” que contiene: Número de “Expediente de siniestro AA-

PP-CCC/DD” Fecha de cheque, transferencia, o acta

de entrega recepción de pago en especie

Número de CFDI Fecha del CFDI Importe pagado en moneda nacional Tipo de cambio a la fecha de pago Importe

NOTA: Los datos de CFDI únicamente aplican para los pagos en exceso y algunos casos de pago en especie.

Volante de pago

92. Entrega al Jefe del AS o al Analista responsable de la atención de siniestros, copia simple de la “Consulta de movimientos bancarios”, en la que se identifica las indemnizaciones y otros conceptos de pago por siniestros y el “Volante de pago”. NOTA 1: Para los siniestros en el esquema de pago en especie, solo se entrega el volante de pago y copia del acta de entrega firmada por la delegación. NOTA 2: Para pago a terceros, solo se entregará el volante y comprobante de pago (cheque o transferencia)

Consulta de movimientos bancarios 1C Volante de pago

Analista responsable de atención de siniestros del AS

93. Actualiza en la “Base de siniestros” el estatus del siniestro con la nomenclatura “G” y asienta el importe pagado, el número y la fecha de emisión del CFDI o recibo y la fecha en la cual la compañía aseguradora realizó el pago del siniestro, del pago al tercero o el “Acta entrega-recepción de bienes pagados bajo la modalidad de reposición en especie”.

Base de siniestros

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Responsable Actividad Documentos involucrados

Página 39 de 56 Clave: 6330-003-002

Analista responsable de atención de siniestros del AS

94. Recaba la “Consulta de movimiento bancario” o el “Acta entrega-recepción de bienes pagados bajo la modalidad de reposición en especie”, el “Comprobante de pago” del pago a terceros y el “Volante de pago” y archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”.

Consulta de movimiento bancario 1C Acta entrega-recepción de bienes pagados bajo la modalidad de reposición en especie Comprobante de pago Volante de pago Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD

Etapa V Cálculo y notificación de intereses

moratorios y penas convencionales

Jefe del AS 95. Entrega mensualmente la “Base de datos” debidamente actualizada al Titular de la División de Control de Seguros y al Responsable de administración de la base de datos.

Base de datos

Responsable de administración de la base de datos

96. Recibe la “Base de datos”, y con esta misma elabora la “Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales” 6330-009-032 (anexo 6). NOTA: El formato “Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales” 6330-009-032 (anexo 6), cambiará conforme a las condiciones de los contratos de cada vigencia.

Base de datos 6330-009-032 Anexo 6

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Responsable Actividad Documentos involucrados

Página 40 de 56 Clave: 6330-003-002

Responsable de administración de la base de datos

97. Identifica las compañías aseguradoras que generaron intereses moratorios y penas convencionales y envía vía correo electrónico al Jefe del AS la “Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales” 6330-009-032 (anexo 6) para revisión y autorización.

6330-009-032 Anexo 6

Jefe del AS 98. Envía el “Oficio de solicitud de pago de intereses y/o penas convencionales” a la compañía aseguradora, y anexa la “Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales” 6330-009-032 (anexo 6) y da seguimiento para su pago.

Oficio de solicitud de pago de intereses y/o penas convencionales 6330-009-032 Anexo 6

Jefe del AS y Responsable de administración de la base de datos

99. Concilia con la compañía aseguradora y entrega al Jefe del ARCP por el “Correo electrónico conciliación” o la “Minuta de trabajo”, los conceptos que causaron penas e intereses junto con la “Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales” 6330-009-032, (anexo 6), con base en la información contenida en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”.

Correo electrónico conciliación Minuta de trabajo 6330-009-032 Anexo 6 Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD

Jefe del ARCP 100. Recibe la “Minuta de trabajo”, con los conceptos que causaron penas e intereses junto con la “Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales” 6330-009-032, (anexo 6) y da seguimiento al pago.

Minuta de trabajo 6330-009-032 Anexo 6

Analista responsable de la actividad del ARCP

101. Accede al Sistema PREI Millenium – Enlace – Facturación, genera el “CFDI” y asienta los datos de la compañía aseguradora, descripción de los intereses moratorios y penas convencionales y el monto total indemnizable que señala la “Minuta de trabajo.”

CFDI Minuta de trabajo

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Analista responsable de la actividad del ARCP

102. Registra en el archivo electrónico “Base de ingresos” el “CFDI”.

Base de ingresos CFDI

Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del ARCP

103. Envía el “Correo electrónico con CFDI” a las compañías aseguradoras correspondientes y anexa los “Archivos del CFDI en formato PDF y XML”, y marca copia al Área de Ingresos dependiente de la División de Contabilidad para su registro contable, de acuerdo a la Guía Contabilizadora PREI y los archiva en el “Expediente de intereses moratorios y penas convencionales”.

Correo electrónico con CFDI Archivos del CFDI en formato PDF y XML Expediente de intereses moratorios y penas convencionales

104. Recibe el “Correo electrónico consulta de movimientos” del personal de la División de Marco Financiero, dependiente de la Coordinación de Tesorería, con la “Consulta de movimientos bancarios” que contiene los montos que ingresan al Instituto por parte de la compañía aseguradora.

Correo electrónico consulta de movimientos Consulta de movimientos bancarios

Analista responsable de la actividad del ARCP

105. Identifica en la “Consulta de movimientos bancarios”, los depósitos efectuados por la compañía aseguradora y actualiza el “Base de ingresos” y remite vía “Correo electrónico movimientos bancarios” al Jefe del ARCP.

Consulta de movimientos bancarios Base de ingresos Correo electrónico movimientos bancarios

Etapa VI Informes de Ingresos por indemnizaciones de siniestros, Intereses moratorios, Penas convencionales, Pago en especie y Pago a

terceros

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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Jefe del ARCP 106. Obtiene el “Informe mensual de ingresos” y lo envía mediante correo electrónico al Jefe del AS y al Responsable de administración de la base de datos para validar la información contra la base de siniestros.

Informe mensual de ingresos

107. Envía el “Correo electrónico informe mensual de ingresos”, al Titular de la División de Control de Seguros para su aprobación con los siguientes archivos. “Informe mensual de ingresos” “Informe mensual de ingresos por cuenta

contable”

Correo electrónico informe mensual de ingresos Informe mensual de ingresos Informe mensual de ingresos por cuenta

Titular de la DCS y/o Jefe del ARCP

108. Envía a través del “Correo electrónico informe mensual de ingresos” los siguientes archivos.

a) “Informe mensual de ingresos” dirigido a

la Titular de la Coordinación de Administración de Riesgos Institucionales; a la Coordinación Técnica de Gestión Presupuestal, dependiente de la Coordinación de Presupuesto e Información Programática, Departamentos Administrativos y Áreas de Nivel Central, División de Control y Ejecución del Subsidio del Programa IMSS Prospera, Jefaturas de Finanzas en Delegaciones, Departamentos de Finanzas en UMAE, Gerencia de Finanzas en Centros Vacacionales.

b) “Informe mensual de ingresos por cuenta contable” dirigido a la División de Contabilidad dependiente de la Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones y a la División de Marco Financiero, dependiente de la Coordinación de Tesorería;

Correo electrónico informe mensual de ingresos Informe mensual de ingresos Informe mensual de ingresos por cuenta contable Cuadro de determinación de pérdidas 1C Carta entrega- recepción 1C Factura original de los bienes emitida por el proveedor 1C Factura de traslado de dominio emitida

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Responsable Actividad Documentos involucrados

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c) Notificación de pago en especie a las ANNC, JSFD, DADN, DFUMAE o GFCV adjuntando: Copia del cuadro de determinación de

pérdidas Copia de carta entrega- recepción Copia de factura original de los bienes

emitida por el proveedor Copia de factura de traslado de

dominio emitida por la aseguradora

por la aseguradora 1C

Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del ARCP

109. Revisa la “Base de pendientes de pago” e identifica los siniestros para ser notificados a las compañías aseguradoras y a la División de Marco Financiero, dependiente de la Coordinación de Tesorería.

Base de pendientes de pago

110. Elabora la “Relación de pendientes de pago” y envía a través del “Correo electrónico relación de pendientes de pago” a la División de Marco Financiero, dependiente de la Coordinación de Tesorería para seguimiento correspondiente.

Relación de pendientes de pago Correo electrónico relación de pendientes de pago

111. Elabora y envía el “Oficio siniestros pendientes de pago” con la relación de siniestros pendientes de pago a la compañía aseguradora.

Oficio siniestros pendientes de pago

Jefe del ARCP y Jefe del AS

112. Realiza la “Minuta de conciliación de deducibles de pago en especie de Siniestros”, con representantes de la aseguradora para determinar el monto que el Instituto pagará a la aseguradora por concepto de deducibles.

Minuta de conciliación de deducibles de pago en especie de Siniestros

Fin del procedimiento

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7. Diagrama de flujo del Procedimiento para obtener de la compañía aseguradora la indemnización de siniestros que afecten el patrimonio institucional

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Expediente AA-PP-CCC/DD

Base de datos

6330-009-029(anexo 3)

Acta Administrativa

Acta Administrativa

Reporte de siniestro

Imprime, archiva y registra expediente en la base de datos

6330-009-029 (anexo 3)

Acta Administrativa

Reporte de siniestro

6330-009-029 (anexo 3)

Acta Administrativa

Reporte de siniestro

Reporte de siniestro

Acta Administrativa

Base de datos

Informe de improcedencia

Informe de improcedencia

Contratos de seguro patrimoniales

INICIO

Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable

Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por

la ocurrencia de un siniestro

Reporta al DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV, la ocurrencia de un siniestro y

elabora NOTA1 NOTA2

Envía reporte de siniestro al DADN, JSFD, DFUMAE, o GFCV y anexa

2

6330-009-029(anexo 3)

Elabora a más tardar 24 horas posteriores a la fecha de reporte del

siniestro NOTA

3

a

a

Envía reporte y anexa al analista responsable de atención de siniestros

del AS

4

ETAPA IReporte del siniestro y apertura de

expediente

6

Analiza el siniestro de acuerdo a términos y condiciones

7

Envía improcedencia al DADN, JSFD, DFUMAE, o GFCV,

imprime y archiva en el expediente

NOTA 1 NOTA 2

8A

1

DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

ETAPA IIAnálisis de procedencia del

siniestro

Analista responsable de atención de siniestros del AS

Recibe reporte, genera expediente y asigna número.

NOTA

5

Analista responsable de atención de siniestros del AS

¿Procede el siniestro?

No

Si

Actualiza el estatus del siniestro con nomenclatura “H”

9

DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

Recibe y reenvía a la Unidad Médica o No médica o servicio afectado por la ocurrencia del

siniestro NOTA

10

12

Expediente AA-PP-CCC/DD

Expediente AA-PP-CCC/DD

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Página 45 de 56 Clave: 6330-003-002

6330-010-001 (anexo 4)

Base de datos

Asignaciones

Carta de improcedencia

Contratos de seguro patrimoniales

Lineamientos de operación

6330-010-001 (anexo 4)

Asignaciones

Asignaciones

Contratos de seguro patrimoniales

Lineamientos de operación

Reporte de siniestro

A

Reporta siniestro a la compañía aseguradora

NOTA

11

Recibe improcedencia del despacho de ajustadores o de

la aseguradora. NOTA

12

13

Recibe asignaciones de la compañía aseguradora

Elabora reclamación y envía a la compañía aseguradora

NOTA

Imprime y archivacorreo y acuse de reclamación

16

Titular de la División de Control de Seguros, Jefe de AS

Determina junto con el despacho de ajustadores si es necesaria realizar visita de inspección de

daños

17

B

14Envía al DADN, JSFD,

DFUMAE, o GFCV información, actualiza estatus del siniestro

con nomenclatura “A”

15

Si¿Procede el

siniestro?

No

8

¿Es necesario realizar visita?

Si

30

No

Expediente AA-PP-CCC/DD

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Página 46 de 56 Clave: 6330-003-002

Contratos de seguro patrimoniales

1O-2COficio de solicitud de

anticipo de indemnización en apego a contrato

Anticipo de indemnización

Minuta de trabajo y asistencia

Minuta de trabajo y asistencia

Minuta de trabajo y asistencia

Minuta de trabajo y asistencia

Minuta de trabajo y asistencia

C

Base de datos

B

22

Recibe, imprime y archiva

23

26DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

Envía al Analista responsable de atención de siniestros del AS y

adjunta

21

Analista responsable de atención de siniestros del AS

Actualiza el estatus del siniestro con nomenclatura “A” e indica

documentación faltante

DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

Solicita anticipo de indemnización con base en la minuta

24

Oficio de solicitud de

anticipo de indemnización

Recibe del Titular de la DCS

¿Se solicita

anticipo?

Jefe de AS

NO

Elabora y envía a la compañía aseguradora

27

Anticipo de indemnización

Oficio de solicitud de

anticipo de indemnización

25

Elabora, justifica y envía al Titular de la DCS

SI

Visita de inspección

Visita de inspección

b

b

Jefe del AS o Analista responsable de atención de

siniestros del AS

Envía y coordina la visita de inspección con DADN, JSFD,

DFUMAE, o GFCV NOTA

DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

18

Recibe y convoca a los Responsables de la Seguridad del Inmueble o Responsable

Administrativo, así como a los responsables de las áreas o

servicios de la Unidades Médicas o No Medicas afectadas

19

DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV y Responsable Administrativo

Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica afectada

por la ocurrencia de un siniestro

Minuta de trabajo y asistencia

Participa en la visita de inspección de daños y elabora NOTA

20

Expediente AA-PP-CCC/DD

D

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Página 47 de 56 Clave: 6330-003-002

1COficio de solicitud de

anticipo

Base de datos

Analista responsable de atención de siniestros del AS

Recibe copia del oficio y archiva

28

29

Actualiza el estatus del siniestro con nomenclatura “X”

69

75Esquema de capa en exceso o tradicional

Expediente AA-PP-CCC/DD

C

Tipo de esquema

de capa

Esquema de Capa de administración de la perdida

(ADP)

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Página 48 de 56 Clave: 6330-003-002

Base de datos

Oficio de

desistimiento de

siniestro

Solicitud de

documentación

faltante

c

c

Solicitud de documentación

faltante

Recibe del despacho de ajustadores.

30

Analista responsable de atención de siniestros del AS

17

Oficio de desistimiento de reclamo ante la

compañía aseguradora

Oficio de desistimiento de reclamo ante la

compañía aseguradora

Oficio de desistimiento de reclamo ante la

compañía aseguradora

Oficio de desistimiento de reclamo ante la

compañía aseguradora

Oficio de desistimiento de reclamo ante la

compañía aseguradora

Oficio de desistimiento de reclamo ante la

compañía aseguradora

6330-009-048 (anexo 1)

6330-009-030 (anexo 2)

Solicitud de documentación

faltante

Solicitud de documentación

faltante

Base de datos

31

Envía al DADN, JSFD, DFUMAE, o GFCV, solicitud

de documentación NOTA

32

Imprime y archiva acuse de recibo del correo de solicitud de documentación faltante.

33

Recibe y reenvía

34

DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

Coordina con la áreas afectadas, la integración

documental NOTA

Envía al DADN, JSFD, DFUMAE.

37

DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

Recibe y ratifica

38

Envía al Jefe del AS

39

Jefe del AS

Recibe

40

Desistimiento de siniestro

Envía, solicitando cancelación y cierre del expediente de

siniestros. NOTA

41

35

Entrega al analista responsable de siniestros.

42

Analista responsable de atención de siniestros del AS

43

Recibe y archiva junto con correo, actualiza con nomenclatura “I”

Actualiza el estatus del siniestro con nomenclatura “A”, indicando los documentos que

faltan por aportar

Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable

Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por

la ocurrencia de un siniestro

Oficio de desistimiento de reclamo ante la

compañía aseguradora

¿Continúa con el reclamo ante la aseguradora?

NO

Elabora NOTA

36

SI

47

D

Expediente AA-PP-CCC/DD

Expediente AA-PP-CCC/DDE

Page 49: ÍNDICE - cvoed.imss.gob.mxcvoed.imss.gob.mx/COED/home/normativos/DPM/...Página 3 de 56 Clave: 6330-003-002 Base normativa Artículos 1, 59, 69, 71, 81,113 y demás relativos de la

Página 49 de 56 Clave: 6330-003-002

Documentación sustento parcial

del siniestro

Correo electrónico sustento del

siniestro

d

d

Solicitud de documentación

faltante

Documentación sustento del

siniestro

Documentación sustento del

siniestro

6330-009-031 (anexo 5)

Documentación sustento del

siniestro

Documentación sustento del

siniestro

Sustento de siniestro

Solicitud de documentación

faltante

Cuadro de determinación de

pérdidas

Base de datos

Base de datos

Sustento de siniestro

Sustento de siniestro

Sustento de siniestro

44

DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

Recibe, analiza y reenvía al Analista responsable de atención

de siniestros de la AS NOTA

45

Envía al DADN, JSFD, DFUMAE, o GFCV y anexa documentación

Analista responsable de atención de siniestros del AS

Recibe correo y documentación sustento del siniestro y verifica que

cumpla con los requisitos

46

¿Cumple con los

requisitos?

Elabora y envía correo al DADN, JSFD, DFUMAE, o GFCV y solicita

la información correcta

NO

47

33

Imprime y archiva correo y documentación de sustento del

siniestro en el expediente. NOTA

SI

48

49

Jefe del AS o Analista responsable de atención de

siniestros del AS

Envía y/o requisita y solicita al despacho de ajustadores el Cuadro de determinación de pérdidas

NOTA1 NOTA2 NOTA3

50

Analista responsable de atención de siniestros del AS

Recibe del despacho de ajustadores

NOTA

51

52

Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable

Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por

la ocurrencia de un siniestro

Actualiza el estatus del siniestro con nomenclatura “B”

Actualiza en la base la fecha de solicitud del cuadro de determinación de pérdidas

Base de datos

53

Actualiza el estatus del siniestro con nomenclatura “D” e indica fecha de recepción del

cuadro de determinación de pérdidas

55

ETAPA IIICuadro de determinación

de perdidas

E

Expediente

AA-PP-CCC/DD

F

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Página 50 de 56 Clave: 6330-003-002

6330-009-031 (anexo 5)

6330-009-031 (anexo 5)

Cuadro de determinación de

pérdidas autorizado

Cuadro de determinación de

pérdidas autorizado

Oficio cuadro de determinación de

pérdidas autorizado

Cuadro de determinación de

pérdidas

Cuadro de determinación de

pérdidas autorizado

Cuadro de determinación de

pérdidas autorizado

Oficio cuadro de determinación de

pérdidas autorizado

Cuadro de determinación de

pérdidas

Cuadro de determinación de

pérdidas

Cuadro de determinación de

pérdidas

Cuadro de determinación de

pérdidas autorizado

Cuadro de determinación de

pérdidas

Base de datos

Cuadro de determinación de

pérdidas

Solicitud de corrección de

datos

Contratos de seguro patrimoniales

Cuadro de determinación de

pérdidas

Verifica el cuadro de determinación de pérdidas y

determina

54

55Envía correo al DADN, JSFD, DFUMAE, o GFCV y adjunta

56

¿Es correcto?

Envía al despacho de ajustadores y solicita

correcciones

NO

52

SI

DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV

Recibe, imprime y gestiona las firmas de autorización. NOTA1 NOTA2

NOTA3

Analista responsable de atención de siniestros del AS

57

58

Recibe y envía al despacho de ajustadores y solicita el

Convenio de indemnización. NOTA

59

60

Recaba y archiva

61

Actualiza la fecha de solicitud del convenio de

indemnización

Recibe y envía al Analista

responsable de atención de

siniestros del AS

NOTA

F

G Expediente

AA-PP-CCC/DD

Page 51: ÍNDICE - cvoed.imss.gob.mxcvoed.imss.gob.mx/COED/home/normativos/DPM/...Página 3 de 56 Clave: 6330-003-002 Base normativa Artículos 1, 59, 69, 71, 81,113 y demás relativos de la

Página 51 de 56 Clave: 6330-003-002

e

e

Contratos de seguro patrimoniales

3OConvenio de

indemnización

Recibe del despacho de ajustadores

62

ETAPA IVConvenio de indemnización

Y registro de pagos

Convenio de indemnización

Cuadro de determinación de

pérdida

Para cobro

Convenio de indemnización

autorizado

Oficio de solicitud de anticipo

Cuadro de determinación de

pérdidas autorizado

Convenio de indemnización

Base de datos

2OConvenio de

indemnización

Convenio de indemnización

Base de ingresos

3OConvenio de

indemnización

Base de datos

63

Jefe del AS

Gestiona firmas de autorización

NOTA

64

Entrega autorizados al despacho de ajustadores

65

Analista responsable de atención de siniestros del AS

66

Envía al Jefe del ARCP y adjunta escaneado

NOTA 1NOTA 2

67

Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad

del ARCP

Recibe y clasifica de acuerdo a los esquemas de aseguramiento

68

Asigna número consecutivo de folio

69

Registra la información por compañía aseguradora

70

Actualiza la fecha de recepción del convenio de

indemnización

Actualiza el estatus del siniestro con nomenclatura “E” y asienta fecha de entrega al

despacho de ajustadores

Esquema de capa en exceso o tradicional

Esquema de pago a terceros

Esquema de pago en especie

29

Esquema de capa deAdministración de la perdida

(ADP)

Expediente

AA-PP-CCC/DD

Registo de asiento

Asiento contable

Asiento contable

Consulta de movimientos

bancarios

Consulta de movimientos

G

H

Jefe del ARCP

74

91

Base de ingresos

Consulta de movimientos

bancarios

Recibe correo del personal de la División de Marco Financiero

71

Identifica en consulta los pagos efectuados, registra y actualiza

la información en base de ingresos

72

Accede al Sistema PREI Millenium, crea asientos y realiza reclasificación contable

73

Solicita al Área de Bienes de la División de Contabilidad la

validación del registro

Esquema de aseguramiento

Expediente

AA-PP-CCC/DD

I

J

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Página 52 de 56 Clave: 6330-003-002

Esquema de pagoa terceros

Guía contabilizadora

PREI

Cuadro de determinación de

pérdidas autorizado

Archivos del CFI

en formato PDF y

XML

Base de ingresos

Base de ingresos

Consulta de movimientos

bancarios

CFDI

Base de ingresos

Convenio de indemnización

Cuadro de determinación de

pérdidas autorizado

Consulta de movimientos

CFDI

Accede al Sistema PREI Millenium, y asienta datos

NOTA

Esquema de capa enexceso o tradicional

75

76

Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del

ARCP

Envía adjuntos CFDI´s, cuadros, en correo a las aseguradoras correspondientes con copia al Área de Ingresos de la División de Contabilidad

Recibe del personal de la División de Marco Financiero

77

78

Analista responsable de la actividad del ARCP

79

Consulta de movimientos

bancarios

91

80

29

Registra la información por compañía aseguradora

Identifica en consulta los pagos efectuados, registra y actualiza la información en base de ingresos

Registra la información por compañía aseguradora

HI

Base de ingresos

82

91

Registra y actualiza la información de pago de los siniestros

indemnizados.

Pago al tercero afectado

Recibe de la compañía aseguradora pago al tercero

afectado

81

Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del

ARCP

Analista responsable de la actividad del ARCP Analista responsable de la

actividad del ARCP

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Página 53 de 56 Clave: 6330-003-002

Asiento Contable

Volante de pago

Comprobante de pago

f

f

Base de ingresos

Volante de pago

Acta de entrega recepción-recepción de bienes pagados bajo la modalidad de reposición en

especie

Pago en especie

Acta de entrega-recepción

Pago en especie

Recibe correo de la aseguradora donde indica probable fecha y hora

de entrega del bien pagado y reenvía al DADN, JSFD,

DFUMAE, o GFCV

83

DADN, JDSF, DFUMAE o GFCV

Recibe físicamente el bien, elabora y envía escaneada a los

Jefes del ARCP y AS con copia al Analista responsable de atención

de siniestros

84

Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del

ARCP

Recibe correo acta de entrega y asigna número de folio.

85

86

87

Analista responsable de la actividad del ARCP

88

Jefe del ARCP

89

Analista responsable de la actividad del ARCP

Elabora, con los datos del siniestro

NOTA

90

Base de ingresos

Registra la información por compañía aseguradora

NOTA

Registra y actualiza la información de pago en especie

Asiento contable

Accede al Sistema PREI Millenium y realiza asiento contable

Registo de asiento

Expediente pago en especie

Solicita al Área de Bienes la validación del registro contable del deducible de los siniestros bajo la

modalidad de pago en especie

74

79

82

J

Esquema de pago en especie

Analista responsable del AS

Base de datos

Acta entrega-recepción de bienes

pagados bajo la modalidad de

reposición en especie

1CConsulta de movimientos

bancarios

Volante de pago

1CConsulta de movimientos

bancarios

Entrega al Jefe del AS o al Analista responsable de la atención de siniestros del AS

NOTA 1 NOTA 2

92

Analista responsable de atención de siniestros del AS

93

Recaba y archiva

94

Actualiza el estatus del siniestro con nomenclatura “G” y asienta el importe pagado, el número y la fecha de emisión del CFDI o recibo y la fecha de

pago del siniestro

Expediente AA-PP-CCC/DD

K

Recibe, imprime y archiva

91

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Página 54 de 56 Clave: 6330-003-002

g

g

6330-009-032 (anexo 6)

Oficio de solicitud de pago de intereses y/o penas convencionales

6330-009-032 (anexo 6)

6330-009-032 (anexo 6)

Memoria de cálculo

Base de datos

Base de datos

Jefe del AS

Entrega mensualmente base actualizada al Titular de la DCS

y al Responsable de administración de la base de

datos.

95

Responsable de administración de la base de datos

Recibe y elabora NOTA

96

Identifica las compañías aseguradoras que generaron intereses moratorios y penas

convencionales y envía al Jefe del AS para revisión y autorización

97

Jefe del AS

Envía a la compañía aseguradora, anexa y da seguimiento para

pago

98

Expediente AA-PP-CCC/DD

6330-009-032 (anexo 6)

Minuta de trabajo

Conciliación

Concilia con la compañía aseguradora y entrega al Jefe del

ARCP

99

Jefe del AS y Responsable de administración de la base de

datos

ETAPA VCalculo y notificación de intereses moratorios y penas convencionales

CFDIPDF y XML

6330-009-032 (anexo 6)

Minuta de trabajo

Minuta de trabajo

CFDI

Movimientos bancarios

Base de ingresos

Consulta de movimientos

bancarios

CFDI

Expediente de intereses

moratorios y penas convencionales

CFDI

Base de ingresos

Jefe del ARCP

Recibe y da seguimiento al pago

Accede al Sistema PREI Millenium, genera el CFDI y

asienta datos

100

101

Registra CFDI

102

103

104

Analista responsable de la actividad del ARCP

105

Analista responsable de la actividad del ARCP

Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del

ARCP

Envía a las compañías aseguradoras, anexa y archiva

Consulta de movimientos

bancarios

Consulta de movimientos

Recibe del personal de la División de Marco Financiero

Identifica en consulta los depósitos efectuados y actualiza

base de ingresos y remite vía correo al Jefe del ARCP

K

J

Page 55: ÍNDICE - cvoed.imss.gob.mxcvoed.imss.gob.mx/COED/home/normativos/DPM/...Página 3 de 56 Clave: 6330-003-002 Base normativa Artículos 1, 59, 69, 71, 81,113 y demás relativos de la

Página 55 de 56 Clave: 6330-003-002

h

h

Informe mensual por cuenta contable

Informe mensual de ingresos

Informe mensual de ingresos

Informe mensual de ingresos

Informe mensual de ingresos

Jefe del ARCP

Obtiene y lo envía al Jefe del AS y al Responsable de administración

de la base de datos

106

Envía al Titular de la División de Control de Seguros

107

ETAPA VIInformes de ingresos por

indemnizaciones de siniestros,Interés moratorios, Penas

convencionales, Pago en especiey Pago a terceros

J

Relación de siniestros

pendientes de pago

Relación de pendientes de pago

1CFactura de traslado de dominio emitida por la

aseguradora

1CFactura de los bienes

emitidos por el proveedor

1CActa de entrega-

recepción

1CCuadro de

determinación de pérdidas

Minuta de conciliación de deducibles de pago

en especie de Siniestros

Oficio con los siniestros

pendientes de pago

Pendientes de pago

Informe mensual de ingresos por cuenta

contable

Informe mensual de ingresos

Informe de ingresos mensual

Titular de la DCS y/o Jefe del ARCP

Envía por correo los informes de ingresos, y notificación de pagos

en especie (de existir), a las Áreas competentes

108

Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del

ARCP

Revisa base e identifica los siniestros

pendientes de pago para ser

notificados a las aseguradoras y a la

División de Marco Financiero

109

Elabora y envía la relación de los siniestros pendientes de pago a la

División de Marco Financiero

110

Elabora y envía a la aseguradora oficio y/o correo, anexando la

relación de pendientes de pago

111

Jefe del ARCP y Jefe del AS

Realiza minuta de conciliación de deducibles de pago en especie

con representantes de la aseguradora

112

FIN

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8. Relación de documentos que intervienen en el Procedimiento para obtener de la compañía aseguradora la indemnización de siniestros que afecten el patrimonio institucional

Clave Título del documento Observaciones

Página 56 de 56 Clave: 6330-003-002

6330-009-048 Guía para la integración documental de siniestros

Anexo 1

6330-009-030 Cédula de plazos para documentar siniestros

Anexo 2

6330-009-029 Cédula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional

Anexo 3

6330-010-001 Carta de reclamación de siniestro

Anexo 4

6330-009-031 Formato de entrega de documentación sustento del siniestro

Anexo 5

6330-009-032 Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales

Anexo 6

Page 57: ÍNDICE - cvoed.imss.gob.mxcvoed.imss.gob.mx/COED/home/normativos/DPM/...Página 3 de 56 Clave: 6330-003-002 Base normativa Artículos 1, 59, 69, 71, 81,113 y demás relativos de la

Página 1 de 6 Clave: 6330-003-002

ANEXO 1 “Guía para la integración documental de siniestros”

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Página 2 de 6 Clave: 6330-003-002

ANEXO 1

El presente anexo tiene como objetivo facilitar la integración de la documentación requerida para tramitar la indemnización de daños por siniestros.

Esta guía describe la documentación mínima necesaria para cuantificar y dar seguimiento a la reclamación de un siniestro, sin embargo, en casos excepcionales y con fundamento en el Artículo 69 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, la compañía aseguradora podrá solicitar algún otro documento por la particularidad de la reclamación.

Esta documentación deberá integrarse por cada una de las unidades de servicio afectadas por un siniestro (Régimen Ordinario, Prospera y UMAE´S), dependiendo de la particularidad y causa de los daños.

Nombre del Documento

Descripción del documento

Responsable de la Elaboración del Documento.

Acta Administrativa (Aplica a todos siniestros – por ubicación afectada)

Narrativa de hechos que indique modo, tiempo y lugar de lo ocurrido y que contenga listado de los bienes afectados.

Responsable de la Seguridad del inmueble o responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado.

Memoria o Reporte fotográfico digital a color. (Aplica a todos siniestros – por ubicación afectada)

Fotografías diversas que demuestran con imágenes, las afectaciones a los bienes y a sus componentes, mismas que permitirán demostrar el daño y extensión de los mismos.

Responsable de la Seguridad del inmueble o responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado. Cualquier trabajador que haya dado fe de los hechos.

Obra Civil - Daños al inmueble

Dictamen estructural y/o peritaje de daños. (Únicamente en caso de daño estructural)

Documento que especifica la causa y alcance de los daños, el cual tiene como finalidad conocer las condiciones de habitabilidad de un inmueble.

Gestionado por el responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado, en coordinación con la Jefatura de Servicios Administrativos y las áreas de Conservación y Construcciones. En Nivel Central deberá gestionar el documento la Coordinación de Conservación y Servicios Generales y/o la Coordinación de Infraestructura Inmobiliaria.

Presupuestos de reparación y/o reposición.

Es el documento en donde se define el costo real de una reposición y/o reparación de un inmueble afectado, describiendo de forma detallada cada uno de

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Nombre del Documento

Descripción del documento

Responsable de la Elaboración del Documento.

los conceptos que intervienen, tales como la unidad, la cantidad, el precio unitario, que da como resultado el costo del concepto; cuya suma final da como resultado, el costo real de la reposición y/o reparación del inmueble.

Administrativos y las áreas de Conservación y Construcciones. En Nivel Central deberá gestionar el documento la Coordinación de Conservación y Servicios Generales y/o la Coordinación de Infraestructura Inmobiliaria.

Generadores de obra

Es el documento mediante el cual se lleva a cabo la cuantificación ó volumetría de un trabajo o concepto de obra, debidamente ubicado y referenciado por ejes, tramos, áreas, etc.

Gestionado por el responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado, en coordinación con la Jefatura de Servicios Administrativos y las áreas de Conservación y Construcciones. En Nivel Central deberá gestionar el documento la Coordinación de Conservación y Servicios Generales y/o la Coordinación de Infraestructura Inmobiliaria.

Robo y/o daños a mobiliario, equipos electrónicos (de cómputo y médicos), daños a maquinaria,

equipos electromecánicos y recipientes sujetos a presión

Acta levantada ante Ministerio Público, o en su caso, autoridad local competente con sello de recibido (Aplica únicamente para robo)

Narrativa de hechos que indique modo, tiempo y lugar de lo ocurrido y que contenga listado de los bienes afectados.

Jefatura de Servicios Jurídicos y/o representante legal del IMSS.

Documentos de preexistencia por cada uno de los bienes afectados

Resguardo de Bienes y/o Facturas y/o Noticias de movimiento, y/o Remisiones de pedido, para consultar las características de los equipos dañados tales como: nombre, marca, modelo, número de serie y número nacional de inventario.

Jefatura de Servicios de Finanzas o Responsables del Control Administrativo de Bienes de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado. En Nivel Central deberá gestionar el documento el área usuaria de los bienes en conjunto con la Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones.

Dictamen técnico por cada uno de los equipos dañados.

Documento que especifique causa, motivo, alcance de los daños, mencionado las características de éstos, tales como: marca, modelo, número de

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Nombre del Documento

Descripción del documento

Responsable de la Elaboración del Documento.

inventario y serie; además deberá especificar si el bien es susceptible de reparación o se debe llevar a cabo la sustitución por completo.

Administrativos y las áreas de Conservación. En Nivel Central deberá gestionar el documento la Coordinación de Conservación y Servicios Generales.

Presupuestos de reparación (En caso de daños – pérdida parcial)

Documento que especifique a detalle los trabajos a realizar y las piezas a reponer, desglosando los costos de cada partida de acuerdo al dictamen técnico, incluye: los gastos en los que necesariamente se incurra, para dejar el bien en condiciones de operación en las que se encontraba antes del siniestro, incluyendo el costo de desmontaje y remontaje en caso de equipos.

Gestionado por el responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado, en coordinación con la Jefatura de Servicios Administrativos y las áreas de Conservación. En Nivel Central deberá gestionar el documento la Coordinación de Conservación y Servicios Generales.

Cotización de reposición de un bien similar al afectado, de acuerdo al resguardo de bienes. (En caso de pérdida total)

Este Documento incluye: los gastos en que necesariamente se incurra, y contempla el costo de desmontaje y remontaje en caso de equipos, gastos de adquisición y suministro, así como gastos de exportación e importación, si los hubiere.

Gestionado por el responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado, en coordinación con las áreas involucradas en el proceso de adquisición y validación de características técnicas y uso de los bienes.

Bitácoras de mantenimiento y/u órdenes de servicio y/o bitácoras de operación.

Registro de mantenimientos menores y/o mayores calendarizados, ya sea otorgado por el Instituto o por un proveedor externo.

Gestionado por el responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado, en coordinación con la Jefatura de Servicios Administrativos y las áreas de Conservación. En Nivel Central deberá gestionar el documento la Coordinación de Conservación y Servicios Generales.

Carta de reclamación a CFE y/o a la empresa de vigilancia y sus bitácoras de vigilancia (Para casos de daños por la

Documento que deberá solicitar el resarcimiento del daño por deficiencias en el servicio recibido, en estricto apego a condiciones

Gestionado por el responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado, en coordinación con las

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Nombre del Documento

Descripción del documento

Responsable de la Elaboración del Documento.

acción directa de la energía eléctrica y robo en el orden respectivo)

contractuales o estándares de servicio requerido por el IMSS.

Jefaturas de Servicios Jurídicos y Administrativos, así como las áreas de Conservación y Seguridad y Resguardo de Inmuebles. En Nivel Central deberá gestionar el documento la Coordinación de Conservación y Servicios Generales y la Coordinación Técnica de Seguridad y Resguardo de Inmuebles en el orden respectivo.

Robo y/o Daños a medicamentos, biológicos y/o vacunas,

Bienes de consumo y mercancía en tiendas. Acta levantada ante Ministerio Público, o en su caso, autoridad local competente con sello de recibido (Aplica únicamente para robo)

Narrativa de hechos que indique modo, tiempo y lugar de lo ocurrido y que contenga listado de los bienes afectados.

Jefatura de Servicios Jurídicos y/o representante legal del IMSS.

Inventario físico anterior y posterior a la fecha del siniestro (con sustento, kardex, marbetes, conteos)

El inventario es un conteo físico y/o en sistema de los bienes existentes antes de la ocurrencia del siniestro para identificarla y confrontarla contra la existencia registrada posterior al siniestro.

Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado en coordinación con la Jefatura de Servicios Administrativos y las áreas de Abasto, Tiendas, Farmacia, Médica, etc.

Relación valorizada de los bienes afectados.

Listado de precios de sustitución de los activos de conformidad con las condiciones establecidas en los contratos de seguro patrimoniales vigentes a la fecha del siniestro.

Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado en coordinación con la Jefatura de Servicios Administrativos y las áreas de Abasto, Adquisiciones, Tiendas, Farmacia, Médica, etc.

Dictamen de no utilidad de medicamentos.

Documento oficial que determina la Utilidad o No Utilidad de los bienes reportados como afectados.

Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado en coordinación con la Jefatura de Servicios Administrativos y de Prestaciones Médicas. En Nivel Central el documento lo gestionará la Coordinación de Control Técnico de Insumos.

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Nombre del Documento

Descripción del documento

Responsable de la Elaboración del Documento.

Pérdidas consecuenciales

Comprobantes desglosados y justificados de los gastos generados.

Documento que sustenta el gasto de los servicios subrogados, compras emergentes y gastos generados por el evento.

Gestionado por el responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado en coordinación con las diversas áreas involucradas en el proceso de requerimiento, contratación y/o pago de conceptos con cobertura de pérdidas consecuenciales en apego a las condiciones de los contratos de seguro patrimoniales.

Robo o daños a dinero en efectivo o valores

Acta levantada ante Ministerio Público, o en su caso, autoridad local competente con sello de recibido (Aplica únicamente para robo)

Narrativa de hechos que indique modo, tiempo y lugar de lo ocurrido y que contenga listado de los bienes afectados.

Jefatura de Servicios Jurídicos y/o representante legal del IMSS.

Documentos de preexistencia que acrediten el origen del efectivo o valor robado o afectado

Arqueo de caja, facturas, recibos, reexpedición de cheques, comprobantes bancarios, tickets, etc.

Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado en coordinación con la Jefatura de Servicios Jurídicos, Finanzas, Incorporación y Recaudación, etc.

Procedimiento de Coordinación en Materia de Robo

Oficio dirigido a la División de Control de Seguros

Documento a través del cual se informa del resultado de los procedimientos de investigación laboral o de reclamación ante la empresa de vigilancia. Para cualquiera de las dos opciones, deberá adjuntar copia del resultado de ambos procedimientos.

Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado en coordinación con la Jefatura de Servicios Jurídicos Delegacional, Coordinación Laboral, Coordinación de Investigación y Asuntos de Defraudación, la Coordinación Técnica de Seguridad y Resguardo de Inmuebles y la Unidad de Personal o Jefatura de Servicios de personal.

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ANEXO 2 “Cédula de plazos para documentar siniestros”

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1.- Para siniestros cuya pérdida indemnizable sea menor a $1’000,000.00 (Un millón de pesos 00/100 M.N.)

Actividad Responsable de la actividad Plazo máximo

Proporcionar la documentación sustento del siniestro

1. Los Responsables Administrativos de la Unidad Médica o No Médica afectada por un siniestro.

2. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones

Normativas.

3. Las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas.

4. Los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad.

5. Las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales.

Se dispone para el envío de documentación sustento al Área de Siniestros, de 60 días hábiles contados a partir de la fecha de ocurrencia del siniestro.

Firma del cuadro de determinación de pérdidas

1. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas.

2. Las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas.

3. Los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad

4. Las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales

Se dispone para el envío del cuadro de determinación de pérdidas debidamente autorizado al Área de Siniestros, de 5 días hábiles contados a partir de la fecha en que el Área de Siniestros solicitó la firma correspondiente.

Total del proceso 65 días hábiles NOTA: Salvo la justificación correspondiente en los supuestos de que: i) las autoridades gubernamentales no proporcionan el Acta ante el Ministerio Público; ii)las Autoridades de Protección Civil no entreguen los dictámenes de desalojo, seguridad estructural, habitabilidad del inmueble o unidad afectada; iii) los laboratorios fabricantes o distribuidores no proporcionen la cotización de vacunas; iv) las autoridades de la Secretaría de Salud no proporcionen el dictamen de inutilización, destrucción o confinamiento de medicamentos; v) los fabricantes o distribuidores de equipos médicos de alta especialidad no entreguen los dictámenes técnicos de daños y presupuestos de reparación y/o reposición, serán interrumpidos los plazos antes mencionados.

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2.- Para siniestros cuya pérdida indemnizable sea mayor a $1’000,000.01 (Un millón de pesos) y menor de $5’000,000.00 (Cinco millones de pesos 00/100 M.N)

Actividad Responsable de la actividad Plazo máximo

Proporcionar la documentación sustento del siniestro

1. Los Responsables Administrativos de la Unidad Médica o No Médica afectada por un siniestro.

2. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones

Normativas.

3. Las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas.

4. Los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad

5. Las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales

Se dispone para el envío de documentación sustento al Área de Siniestros, de 90 días hábiles contados a partir de la fecha de ocurrencia del siniestro.

Firma del cuadro de determinación de pérdidas

1. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones

Normativas.

2. Las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas.

3. Los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad

4. Las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales

Se dispone para el envío del cuadro de determinación de pérdidas debidamente autorizado al Área de Siniestros, de 5 días hábiles contados a partir de la fecha en que el Área de Siniestros solicitó la firma correspondiente.

Total del proceso 95 días hábiles NOTA: Salvo la justificación correspondiente en los supuestos de que: i) las autoridades gubernamentales no proporcionan el Acta ante el Ministerio Público; ii)las Autoridades de Protección Civil no entreguen los dictámenes de desalojo, seguridad estructural, habitabilidad del inmueble o unidad afectada; iii) los laboratorios fabricantes o distribuidores no proporcionen la cotización de vacunas; iv) las autoridades de la Secretaría de Salud no proporcionen el dictamen de inutilización, destrucción o confinamiento de medicamentos; v) los fabricantes o distribuidores de equipos médicos de alta especialidad no entreguen los dictámenes técnicos de daños y presupuestos de reparación y/o reposición, serán interrumpidos los plazos antes mencionados.

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3.- Para siniestros cuya pérdida indemnizable sea mayor $5’000,000.01 (Cinco millones de pesos 01/100 M.N)

Actividad Responsable de la actividad Plazo máximo

Proporcionar la documentación sustento del siniestro

1. Los Responsables Administrativos de la Unidad Médica o No Médica afectada por un siniestro.

2. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones

Normativas.

3. Las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas.

4. Los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad

5. Las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales

Se dispone para el envío de documentación sustento al Área de Siniestros, de 120 días hábiles contados a partir de la fecha de ocurrencia del siniestro.

Firma del cuadro de determinación de pérdidas

1. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas.

2. Las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas.

3. Los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad

4. Las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales

Se dispone para el envío del cuadro de determinación de pérdidas debidamente autorizado al Área de Siniestros, de 5 días hábiles contados a partir de la fecha en que el Área de Siniestros solicitó la firma correspondiente.

Total del proceso 125 días hábiles

NOTA: Salvo la justificación correspondiente en los supuestos de que: i) las autoridades gubernamentales no proporcionan el Acta ante el Ministerio Público; ii)las Autoridades de Protección Civil no entreguen los dictámenes de desalojo, seguridad estructural, habitabilidad del inmueble o unidad afectada; iii) los laboratorios fabricantes o distribuidores no proporcionen la cotización de vacunas; iv) las autoridades de la Secretaría de Salud no proporcionen el dictamen de inutilización, destrucción o confinamiento de medicamentos; v) los fabricantes o distribuidores de equipos médicos de alta especialidad no entreguen los dictámenes técnicos de daños y presupuestos de reparación y/o reposición, serán interrumpidos los plazos antes mencionados.

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ANEXO 3 “Cédula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional”

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ANEXO 3 “Cedula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional”

INSTRUCTIVO DE LLENADO No. DATO ANOTAR 1 Dirección Normativa, Delegación,

UMAE o Centro Vacacional: El nombre de la Dirección Normativa, la Delegación, la UMAE o el Centro Vacacional a la cual depende la(s) unidad(es) siniestrada(s).

2 Unidad Médica o No Médica afectada:

El nombre y número de la unidad médica o no médica afectada por la ocurrencia de un siniestro.

3 Dirección de la unidad afectada: La calle, el número, la colonia, el municipio, la ciudad, el Estado de la República Mexicana y el código postal en donde se encuentra físicamente ubicada la unidad médica o no médica en la cual ocurrió el siniestro.

4 Servicio afectado: El nombre del servicio afectado por la ocurrencia del siniestro.

5 Unidad de Información: El número de unidad de información que corresponda a la unidad médica o no médica afectada por el siniestro.

6 Centro de Costos: El número de centro de costos del servicio afectado.

7 Fecha del siniestro: La fecha de ocurrencia del siniestro DD/MM/AAAA.

8 Causa del siniestro: La causa del siniestro.

9 Relación de Bienes afectados: La relación de los bienes afectados por el siniestro.

10 Importe estimado de los daños por siniestro:

El monto estimado de los daños causados por el siniestro, que deberán estar valorizados en montos de pérdidas del inmueble, bienes de consumo y mobiliario y equipos.

11 Descripción del siniestro: Una breve descripción del siniestro.

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ANEXO 3 “Cedula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional”

INSTRUCTIVO DE LLENADO No. DATO ANOTAR 12 Nombre, cargo, correo electrónico

y teléfono de la persona que atenderá al despacho de ajustadores en posible visita de inspección de daños

Datos del personal institucional que atenderá al despacho de ajustadores en posibles visitas de inspección de daños

13 Nombre y la firma del Titular del Departamento Administrativo de Dirección Normativa o del Titular Delegacional de Servicios de Finanzas o del Titular del Departamento de Finanzas en UMAE o del Gerente de Finanzas en Centros Vacacionales, al que dependa la unidad o servicio afectado por el siniestro.

Datos del personal institucional que esta cargo del servicio afectado por el siniestro

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ANEXO 4 “Carta de reclamación de siniestro”

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Página 3 de 3 Clave: 6330-003-002

ANEXO 4 “Carta de reclamación de siniestro”

INSTRUCTIVO DE LLENADO No. DATO ANOTAR 1 Fecha: La fecha de emisión del oficio.

2 Representante de la compañía

aseguradora: El nombre y cargo del representante de la compañía aseguradora que atiende directamente la cuenta del IMSS.

3 Referencia: Una breve descripción del siniestro, en el cual deberá especificar la causa del daño, la(s) unidad(es) afectada(s) por el siniestro, el Municipio y Estado de la República Mexicana en donde se encuentra(n) la(s) unidad(es) afectada(s) y la fecha de ocurrencia del siniestro.

4 Reporte asignado: El número de siniestro que asigna la compañía aseguradora para identificación del mismo.

5 Expediente IMSS: El número de expediente que asigna el Área de Siniestros.

6 Cantidad: El importe (con número y letra) estimado de los daños que reporta la Unidad Médica y No Médica afectada por el siniestro.

7 Nombre del despacho de ajustadores:

El nombre del despacho de ajustadores designado por la compañía aseguradora para la atención del siniestro.

8 Datos del Jefe de Área: El nombre y firma del Jefe del Área de Siniestros.

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ANEXO 5 “Formato de entrega de documentación sustento del siniestro”

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Página 3 de 3 Clave: 6330-003-002

ANEXO 5 “Formato de entrega de documentación sustento del siniestro”

INSTRUCTIVO DE LLENADO No. DATO ANOTAR 1 Fecha: La fecha de emisión del formato.

2 Nombre y cargo:

El nombre y cargo del representante del despacho de ajustadores que atiende directamente la cuenta del IMSS.

3 Reporte asignado: El número de siniestro que asigna la compañía aseguradora para identificación del mismo.

4 Expediente IMSS: El número de expediente que asigna el Área de Siniestros.

5 Responsable de Atención de Siniestros

El nombre y la firma del Analista responsable de atención de siniestros del Área de Siniestros que elabora el formato.

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ANEXO 6 “Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales”

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ANEXO 6 “Memoria de cálculo de interese moratorios y penas convencionales”

INSTRUCTIVO DE LLENADO No. DATO ANOTAR 1 No. de Siniestro otorgado por la

aseguradora El número designado al siniestro por la aseguradora, para identificar el reporte del evento.

2 Expediente IMSS

El número de expediente IMSS del siniestro.

3 Importe pagado Es el importe recuperado por la compañía aseguradora derivado del siniestro

4 Moneda (MXN/USD) Indemnización efectuada en pesos o dólares.

5 Fecha de entrega del cuadro de pérdidas (firmado por el IMSS al ajustador

El día, mes y año en que el ajustador entrega al responsable de siniestros el cuadro de pérdidas.

6 Fecha de transferencia de pago El día, mes y año en aparecer reflejado el importe indemnizado por las compañías aseguradoras en las cuentas bancarias del Instituto derivado de los pagos efectúa mediante transferencia electrónica por la indemnización del siniestro.

7 Total días naturales La cantidad que resulte de la operación en Excel: numeral (6) menos numeral (5) más 1.

8 Días de atraso La cantidad que resulte de la operación: numeral (7) menos 30.

9 A Valor de la reclamación en el plazo de la indemnización

El importe de indemnización del siniestro solicitado a la aseguradora.

10 B Precio UDI a la fecha de exigibilidad legal de la indemnización

El precio de las UDIS a la fecha de exigibilidad legal (día hábil posterior a la fecha máxima de pago de indemnización), publicada por el Banco de México. Aplica únicamente para indemnizaciones pagadas en moneda nacional.

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ANEXO 6 “Memoria de cálculo de interese moratorios y penas convencionales”

INSTRUCTIVO DE LLENADO No. DATO ANOTAR 11 C Conversión a UDIS del valor de

la reclamación (aplica sólo MXN) A / B

Para indemnizaciones pagadas en moneda nacional, es el valor que resulte de dividir el valor de la reclamación entre el precio de la UDI en la fecha del plazo de indemnización. Para indemnizaciones en dólares americanos será igual a “A”.

12 D Tasa de CCP UDI (MXN o USD según corresponda) en el mes de la fecha de pago

El costo de captación promedio (CCP) en UDIS publicado en el Diario Oficial de la Federación para el mes de la fecha de pago.

13 E D * 1.25 El valor que resulte de multiplicar “D” por 1.25.

14 F E / 365 El valor que resulte de dividir “E” entre 365 (días).

15 G Interés moratorio por día de atraso en UDIS para MXN y USD para los mismos C*F

El valor que resulte de multiplicar la conversión a UDIS “C” en la fecha del plazo de indemnización por “F”.

16 H G * días de atraso

El valor que resulte de multiplicar “G” por los días de atraso (8).

17 I Precio UDI a la fecha de transferencia de pago (aplica sólo MXN)

Precio de las UDIS al día de la transferencia de pago. Aplica únicamente para indemnizaciones pagadas en moneda nacional.

18 J Interés moratorio H * I = (MXN) El importe del interés moratorio que resulte de multiplicar “H” por el precio UDI a la fecha de transferencia de pago.

19 Total

La suma de intereses moratorios de todos los casos que se presenten.

NOTA 1: El cálculo de intereses moratorios deberá aplicarse de acuerdo a las condiciones establecidas en los contratos de seguro patrimoniales, considerando las especificaciones de cada vigencia, mismo que podrá ser ajustado de acuerdo a las disposiciones emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. NOTA 2: Las penas convencionales se calculan de conformidad con lo establecido en la cláusula “Penas Convencionales” de los contratos de seguro patrimoniales

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