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ÍNDICE
Página
1 Base normativa 3
2 Objetivo 3
3 Ámbito de aplicación 3
4 Políticas 4
5 Definiciones 11
6 Descripción de actividades 14
7 Diagrama de flujo 44
8 Relación de documentos que intervienen en el procedimiento 56
Anexos
Anexo 1 Guía para la integración documental de siniestros
Anexo 2 Cédula de plazos para documentar siniestros
Anexo 3 Cédula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional
Anexo 4 Carta de reclamación de siniestro
Anexo 5 Formato de entrega de documentación sustento del siniestro
Anexo 6 Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales
Procedimiento para obtener de la compañía aseguradora la indemnización de siniestros que afecten el patrimonio institucional
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1. Base normativa Artículos 1, 59, 69, 71, 81,113 y demás relativos de la Ley Sobre el Contrato de Seguro,
publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 31 de agosto de 1935 y sus reformas.
Artículo 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 4 de abril de 2013. Artículos 5 y 70 fracción XVIII del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro
Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 18 de septiembre de 2006 y sus reformas.
Artículo 42, 43 y 44 del Reglamento de Resguardo Patrimonial del Contrato Colectivo de
Trabajo vigente. Numeral 38 al 63, Capítulo IV “Aseguramiento” del Acuerdo por el que se Regulan las
Disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2010 y sus reformas siendo la última mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2016.
2. Objetivo Establecer las actividades que permitan a los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, a las Jefaturas de Servicios de Finanzas en Delegaciones, a los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad, a las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales y a las Unidades Médicas o No Médicas del IMSS, integrar la documentación para promover ante el Área de Siniestros de la División de Control de Seguros, la reclamación de indemnizaciones ante las compañías aseguradoras por los daños a los activos institucionales derivados de fenómenos naturales o situaciones fortuitas que se encuentran cubiertas al amparo de las pólizas de seguros del Programa de Aseguramiento Integral del IMSS. 3. Ámbito de aplicación El Área de Siniestros y el Área de Registro y Control de Pagos, dependientes de la División de Control de Seguros de la Coordinación de Administración de Riesgos Institucionales; los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas; las Jefaturas de Servicios de Finanzas en Delegacionales; los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad; las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales; y las Unidades Médicas y No Médicas del IMSS.
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4. Políticas 4.1. El Área de Siniestros y el Área de Registro y Control de Pagos, dependientes de la División de Control de Seguros de la Coordinación de Administración de Riesgos Institucionales; los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas; las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas; los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad; las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales; y las Unidades Médicas y No Médicas del IMSS, deberán dar cumplimiento al presente procedimiento. 4.2. Será responsabilidad del Titular de la Coordinación de Administración de Riesgos Institucionales difundir a las Direcciones Normativas, a las Delegaciones Estatales y Regionales, a las Unidades Médicas de Alta Especialidad y a los Centros Vacacionales del IMSS, los “Contratos de seguro patrimoniales” vigentes, para que éstos a su vez los difundan a sus subordinados, a efecto de que se conozcan a nivel nacional los términos y condiciones contratadas con la compañía aseguradora; y éstos sean aplicados con estricto apego a las condiciones pactadas entre el IMSS y la compañía aseguradora. 4.3. El Titular de la Coordinación de Administración de Riesgos Institucionales, la Titular de la División de Control de Seguros y el Jefe del Área de Siniestros determinarán, según la magnitud o la complejidad de los daños causados por un siniestro, si es necesario que personal del Área de Siniestros, asista al lugar de los hechos para brindar apoyo. 4.4. El Titular de la División de Control de Seguros dará a conocer a su personal, los “Contratos de seguro patrimoniales” que darán cobertura al patrimonio institucional, a efecto de que se dé cumplimiento a las condiciones que en ellos se establecen. 4.5. Los Titulares autorizados para firmar el “Convenio de indemnización” son los siguientes, en el entendido que en caso de ausencia firmará el titular inmediato superior.
Coordinación de Administración deRiesgos Institucionales
A partir de $1'000,000.01 (Un millón depesos 01/100 M.N.)
TitularesImporte a indemnizar estipulado en el
Convenio de Indemnización
Jefe del Área de SiniestrosHasta $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100M.N.)
División de Control de SegurosA partir de $100,000.01 (Cien mil pesos01/100 M.N.) y hasta $1'000,000.00 (Unmillón de pesos 00/100 M.N.)
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4.6. Los Titulares autorizados para firmar el “Convenio de indemnización” que se mencionan en la política que antecede, no son responsables de los conceptos reclamados, conciliados y aceptados por las unidades y/o servicios afectados por la ocurrencia de un siniestro, así como de los importes a indemnizar por parte de la compañía aseguradora, que se consignan en el “Cuadro de determinación de pérdidas”, ya que únicamente formalizan el compromiso de pago que tiene la compañía aseguradora para con el Instituto. 4.7. El Jefe del Área de Siniestros supervisará aleatoriamente que el analista responsable de atención de siniestros del Área de Siniestros, efectúe el seguimiento y solicite la documentación sustento de siniestros a los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales. 4.8. El Jefe del Área de Siniestros y el analista responsable de atención de siniestros deberán revisar que el “Cuadro de determinación de pérdidas” y el “Convenio de indemnización” sean correctos de conformidad con las condiciones establecidas en los “Contratos de seguro patrimoniales”. 4.9. El Jefe del Área de Siniestros es responsable de realizar la conciliación de intereses moratorios y penas convencionales, elaborar y enviar la Minuta respectiva al Jefe del Área de Registro y Control de Pagos, para que realice el cobro a la compañía aseguradora y dar seguimiento hasta obtener el pago correspondiente. 4.10. El Jefe del Área de Siniestros y el responsable de administración de la base de datos, deberán obtener de la “Base de datos” que proporciona el Área de Siniestros, la relación de aquellos siniestros donde las compañías aseguradoras no cumplieron en tiempo y forma con los plazos para el pago de las indemnizaciones, así como con las obligaciones de servicio, que generen la aplicación de intereses moratorios y/o penas convencionales, y calcular el monto correspondiente por estos conceptos, de conformidad con lo establecido en los “Contratos de seguro patrimoniales”, dando el seguimiento con las compañías aseguradoras desde su notificación hasta la conciliación de conceptos. 4.11. El Jefe del Área de Siniestros supervisará que la improcedencia de un siniestro, esté debidamente sustentada y apegada a las condiciones de los “Contratos de seguro patrimoniales”. 4.12. El analista responsable de atención de siniestros del Área de Siniestros, deberá mantener actualizado el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”, con la documentación sustento que les envíen los despachos de ajustadores o la compañía aseguradora, los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales; y demás información que se genere en dicha Área, la cual deberá estar ordenada cronológicamente y registrada en la “Base de datos”.
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4.13. El analista responsable de atención de siniestros del Área de Siniestros, deberá registrar adecuadamente y mantener actualizada la “Base de datos”, siendo su responsabilidad los datos que en ella se capture, tales como: fechas, importes, estatus de los siniestros, etc. 4.14. El analista responsable de atención de siniestros del Área de Siniestros, deberá mantener actualizada la “Base de datos” dependiendo del estatus del siniestro, conforme a las siguientes nomenclaturas:
4.15. El analista responsable de atención de siniestros del Área de Siniestros, deberá dar seguimiento tanto con los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad, las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales, así como con los despachos de ajustadores y la compañía aseguradora, de todos aquellos casos que se encuentren pendientes de indemnización, solicitando para tal efecto la documentación sustento de siniestros que haga falta por aportar para la acreditación y resolución de los mismos. 4.16. El analista responsable de la atención de siniestros del Área de Siniestros, recibirá la documentación sustento de los siniestros que se detalla en la “Guía para la integración documental de siniestros” 6330-009-048 (anexo 1), dentro de los tiempos establecidos en la “Cédula de plazos para documentar siniestros” 6330-009-030 (anexo 2), ya que en caso de que no se cumpla con la entrega de la documentación y esta situación implique demora en la obtención de la indemnización y/o la improcedencia y/o la prescripción del siniestro, quedará bajo la estricta responsabilidad de las unidades y/o servicios afectados por la ocurrencia de un siniestro, el resarcir los daños a los bienes patrimoniales y las consecuencias que se originen.
Clave Descripción
A En proceso de documentación
B Sustentado
C Inconformidad
D En cuadro de determinación de perdidas
E En espera de Transferencia
G Recuperado o Pagado
H Improcedente
I Sin daños
P Duplicado
W Matriz siniestros en caso de afectar varias coberturas
X Anticipo
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4.17. El analista responsable de atención de siniestros del Área de Siniestros, deberá someter a revisión del Jefe del Área de Siniestros todos los casos de improcedencia, de acuerdo con las condiciones de los “Contratos de seguro patrimoniales” y la documentación e información aportada por las áreas afectadas por la ocurrencia de un siniestro. 4.18. El Jefe del Área de Registro y Control de Pagos, supervisará que el responsable de elaborar el registro contable de acuerdo al ámbito de competencia de la División de Control de Seguros, lo realice de conformidad con la “Guía Contabilizadora PREI” (página de intranet http://prei.imss.gob.mx) emitida por la División de Contabilidad dependiente de la Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones. 4.19. El Jefe de Área de Registro y Control de Pagos, supervisará que los responsables de las actividades de registro de adeudos de indemnizaciones, notificación de adeudos, seguimiento con las compañías aseguradoras para el pago respectivo, elaboración de CFDI registro contable de acuerdo al ámbito de competencia de la División de Control de Seguros y conciliación mensual, se realice en apego a las condiciones de los “Contratos de seguro patrimoniales” y al presente procedimiento. 4.20. Los responsables de elaborar el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) del Área de Registro y Control de Pagos, deberán generarlo de acuerdo a la “Guía para la Elaboración de Facturas Electrónicas”, asentando correctamente los datos y el monto total indemnizable que señala el “Cuadro de determinación de pérdidas” o bien los datos de los intereses moratorios y penas convencionales una vez conciliados con la compañía aseguradora. 4.21. Los responsables del seguimiento de pagos de indemnizaciones del Área de Registro y Control de Pagos, deberán registrar adecuadamente los datos correspondientes en el archivo de adeudos por compañía aseguradora para con el IMSS, de conformidad con los Cuadros de determinación de pérdidas y Convenios de indemnización y mantenerlo actualizado, siendo su responsabilidad los datos que en ella capture, tales como: número de expediente, numero de siniestro, número de CFDI, importes, fechas, etc., ya que con la información que ésta contenga, se realizará el seguimiento mensual de las indemnizaciones pendientes de pago. 4.22. El Responsable de la Seguridad del Inmueble (en caso de robo) o el Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica (en los demás casos) deberá reportar el siniestro al Departamento Administrativo de Nivel Central o a la Jefatura Delegacional de Servicios de Finanzas o al Departamento de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad o a la Gerencia de Finanzas en Centros Vacacionales, según corresponda, a más tardar tres días hábiles posteriores a que se tenga conocimiento de la ocurrencia del siniestro y deberá enviar acta administrativa con la descripción de lo sucedido.
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4.23. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamento de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad o las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales deberán reportar el siniestro al Área de Siniestros de la División de Control de Seguros, a más tardar 24 horas después de haber recibido el reporte de ocurrencia por parte de la Unidad Médica o No Médica, requisitando para tal efecto la “Cédula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional” 6330-009-029 (anexo 3). 4.24. Las Unidades Médicas o No Médicas o servicios afectados por la ocurrencia de un siniestro, tendrán la responsabilidad de gestionar, recopilar y enviar toda la documentación sustento de siniestros que dará soporte a la pérdida a los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad, las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales, según corresponda, con base en la “Guía para la integración documental de siniestros” 6330-009-048 (anexo 1) y en apego a lo dispuesto en la “Cédula de plazos para documentar siniestros”6330-009-030 (anexo 2), ya que en caso de que no se cumpla con la entrega de la documentación y esta situación implique: demora en la obtención de la indemnización y/o la improcedencia y/o la prescripción del siniestro, quedará bajo su responsabilidad total resarcir los daños a los bienes patrimoniales y las consecuencias que se originen. 4.25. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales, deberán privilegiar el envío de documentación e información al Área de Siniestros, a través de medios electrónicos (correo electrónico o carpetas compartidas), preferentemente en una sola exhibición en formato PDF, especificando el número de siniestro asignado por la compañía aseguradora y el número de “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” asignado por el Área de Siniestros. 4.26. Los Titulares autorizados para firmar el “Cuadro de determinación de pérdidas” son:
TitularesImporte a indemnizar estipulado en el Cuadro de determinación de pérdidas
Departamento Administrativo de las DireccionesNormativas, Jefatura Delegacional de Servicios deFinanzas, Departamentos de Finanzas en UnidadesMédicas de Alta Especialidad o Gerentes deFinanzas en Centros Vacacionales
Hasta $1'000,000.00 (Un millón de pesos00/100 M.N.)
Director Normativo, Delegado Regional o Estatal,Director General de la Unidad Médica de AltaEspecialidad o Gerente General de CentrosVacacionales
A partir de $1'000,000.01 (Un millón depesos 01/100 M.N.)
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4.27. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales, no son responsables de los conceptos reclamados, conciliados y aceptados por las unidades y/o servicios afectados por la ocurrencia de un siniestro, así como de los importes a indemnizar por parte de la compañía aseguradora, que se consignan en el “Cuadro de determinación de pérdidas”, ya que únicamente participan en la suscripción de dicho documento, supervisando el cumplimiento de la normatividad en la materia. 4.28. Será responsabilidad de cada Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro, notificar al Área de Siniestros, cuando así proceda, el proceso de desistimiento de reclamación de un siniestro ante la compañía aseguradora. 4.29. Será responsabilidad de cada Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro, llevar a cabo las acciones necesarias para restituir o reparar los bienes siniestrados. 4.30. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales son los responsables de elaborar el acta entrega recepción de los bienes que son pagados bajo la modalidad de reposición en especie, debiendo enviar dicha acta firmada a la División de Control de Seguros a más tardar cinco días hábiles posteriores a la recepción del bien. 4.31. Será responsabilidad de cada Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro, validar las características y funcionamiento del bien pagado bajo la modalidad de reposición en especie, no debiendo aceptar bienes cuyas características técnicas no sean iguales o inmediatamente superiores a las del bien siniestrado, quedando bajo su estricta responsabilidad cuando así suceda. 4.32. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales son los responsables de realizar la entrega de un bien pagado bajo la modalidad de reposición en especie a la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro. 4.33. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales, deberán llevar a cabo la difusión del presente documento normativo en el ámbito de su competencia, obteniendo constancia por escrito de su entrega.
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4.34. Ante la ocurrencia de un siniestro de robo con violencia, los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales, al recibir de las áreas competentes el resultado de los procesos de investigación laboral y de reclamación ante la empresa de vigilancia, y si en ambos se determina que no fue posible la recuperación del bien siniestrado, deberán informar a través de oficio o correo electrónico el resultado de dichas resoluciones a la División de Control de Seguros, solicitando continuar con el trámite de recuperación del bien siniestrado ante la compañía aseguradora. 4.35. Ante la ocurrencia de un siniestro de robo con violencia, los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales, al recibir de las áreas competentes el resultado de los procesos de investigación laboral y de reclamación ante la empresa de vigilancia, y si en cualquiera de ellos se determina que a través de alguna de estas instancias se hará la recuperación del bien siniestrado, deberán informar a través de oficio o correo electrónico el resultado de dichas resoluciones a la División de Control de Seguros, solicitando cancelar el trámite de recuperación del bien ante la compañía aseguradora. 4.36. La Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro a través de los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas, las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas, los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales, ante la notificación de improcedencia de un siniestro, se podrán inconformar en un periodo no mayor a 10 días naturales contados a partir de la fecha en que el personal del Área de Siniestros envíe la determinación, remitiendo para tal efecto la documentación que avale la procedencia del siniestro. En caso de no hacerlo, se entenderá que aceptan dicha improcedencia, por lo que deberán comunicar vía correo electrónico a los responsables de atención de siniestros del Área de Siniestros, en un plazo no mayor a 60 días naturales posteriores a la notificación de dicha improcedencia, sobre las acciones y resultados que se tengan en la recuperación de los bienes afectados. En caso de no informar y/o no llevar a cabo la recuperación de los bienes siniestrados, quedará bajo la responsabilidad de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro, la no recuperación del patrimonio institucional. Generales 4.37. El lenguaje empleado en el presente documento, en los anexos y formatos, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos. 4.38. La Coordinación de Administración de Riesgos Institucionales, a través de la División de Control de Seguros, interpretará para efectos administrativos el presente procedimiento y resolverá los casos no previstos en el mismo.
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4.39. El presente documento actualiza y deja sin efecto el “Procedimiento para obtener de la compañía aseguradora la indemnización de siniestros que afecten el patrimonio institucional”, clave 6330-003-002 registrado el 8 de septiembre de 2015. 5. Definiciones Para efectos de este procedimiento se entenderá por: 5.1. anticipo de indemnización: Pago parcial de la valorización final de un siniestro. 5.2. ARCP: Área de Registro y Control de Pagos dependiente de la División de Control de Seguros. 5.3. AS: Área de Siniestros dependiente de la División de Control de Seguros. 5.4. base de datos: Archivo electrónico en formato Excel que contiene la información de cada uno de los siniestros y su estatus conforme a su nomenclatura. 5.5. CFDI: Comprobante Fiscal Digital por Internet. 5.6. CIAD: Coordinación de Investigación y Asuntos de Defraudación de la Dirección Jurídica. 5.7. compañía aseguradora: Es la sociedad anónima autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para organizarse y operar como institución de seguros en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y que mediante la formalización de un contrato de seguro adjudicado en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, asume ante el IMSS la obligación de indemnizar las consecuencias dañosas producidas por siniestros cuyo riesgo es objeto de la cobertura contratada. 5.8. consulta de movimientos bancarios: Es un documento que se obtiene de la banca electrónica entregado por la División de Marco Financiero de la Coordinación de Tesorería el cual contiene por fecha, la relación de depósitos realizados a las cuentas bancarias del IMSS autorizadas para recibir recursos. 5.9. contratos de seguro patrimoniales: Acuerdo de voluntades celebrado entre una compañía aseguradora y el IMSS, mediante el cual la compañía aseguradora, a cambio del pago de una prima, se obliga a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al Instituto, al verificarse la eventualidad prevista en el contrato adjudicado en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, conforme al marco jurídico vigente. Estos contratos dan cobertura a los bienes muebles e inmuebles propiedad del IMSS o bajo su responsabilidad, quedan excluidos de este procedimiento los contratos de seguro patrimoniales que dan cobertura a los vehículos institucionales, a los inmuebles cedidos en garantía por los trabajadores que obtuvieron un crédito hipotecario otorgado por el IMSS y a las responsabilidades por daños y perjuicios a terceros causados por los actos u omisiones no dolosos que los asegurados causen en el ejercicio de sus actividades.
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5.10. convenio de indemnización: Acuerdo de voluntades que establece los bienes afectados, la valorización de los daños (montos) del evento ocurrido y la forma en la que la compañía aseguradora llevará a cabo el resarcimiento de los daños. 5.11. CTSRI: Coordinación Técnica de Seguridad y Resguardo de Inmuebles de la Coordinación de Conservación y Servicios Generales. 5.12. cuadro de determinación de pérdidas: Documento que contiene la propuesta de indemnización por parte de la compañía aseguradora, considerando la valorización de cada uno de los conceptos afectados por la ocurrencia de un siniestro, así como las condiciones particulares que establece cada contrato de seguro patrimonial. 5.13. DADN: Departamento Administrativo de las Direcciones Normativas del IMSS. 5.14. DCS: División de Control de Seguros de la Dirección de Finanzas. 5.15. desistimiento: Renuncia de derechos o pretensiones por los daños ocasionados y reportados por la ocurrencia de algún siniestro. 5.16. despacho de ajustadores: Empresa con personalidad jurídica y patrimonio propio, con giro y personal especializado en el ramo de siniestros, la cual es contratada por la compañía aseguradora para la atención de los siniestros cuyo riesgo es objeto de la cobertura, a fin de llevar a cabo la valorización de los daños. 5.17. DFUMAE: Departamento de Finanzas en UMAE. 5.18. documentación sustento del siniestro: Es todo aquel documento que solicita la compañía aseguradora a través del despacho de ajustadores, que debe aportar las unidades médicas y no médicas afectadas por un siniestro, para la acreditación del mismo, en apego a lo dispuesto en el Artículo 69 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro. 5.19. GFCV: Gerencia de Finanzas en Centros Vacacionales del IMSS. 5.20. improcedencia: Declinación del reclamo de daños en apego a las condiciones de los contratos de seguro patrimoniales. 5.21. IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social. 5.22. indemnización: Contraprestación económica o en especie que la compañía aseguradora paga al IMSS, con base en la valorización de la ocurrencia de un siniestro contemplado en el contrato de seguro patrimonial. 5.23. JSFD: Jefatura de Servicios de Finanzas en Delegación.
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5.24. lineamientos de operación: Documento que es definido por la compañía aseguradora y por el IMSS al inicio de la vigencia de un contrato de seguro patrimonial, en el que se establece, entre otros aspectos la designación de despachos de ajustadores, la periodicidad de sus visitas, los tiempos de respuesta y en general todos los aspectos propios del servicio y aplicación del contrato. 5.25. reposición en especie: Modalidad de pago en la cual la compañía aseguradora, por excepción, repone los bienes dañados por la ocurrencia de un siniestro, con otros de igual clase, calidad y uso para el que fueron destinados los bienes siniestrados. 5.26. responsable de la seguridad del inmueble: Personal institucional encargado de la seguridad en Nivel Central, Delegaciones, UMAES y Centros Vacacionales en el cual se presentó el robo de bienes propiedad del Instituto. 5.27. salvamento: Bienes siniestrados que puede disponer la compañía aseguradora una vez que cubre las indemnizaciones, derivado de su pérdida total o parcial por la ocurrencia de un siniestro, de acuerdo a las condiciones de los contratos de seguros patrimoniales. 5.28. siniestro: Ocurrencia súbita e imprevista de un evento adverso que trae como consecuencia un daño o pérdida en el patrimonio del IMSS, cuyas causas están previstas en el contrato de seguro. 5.29. sistema PREI Millenium: Sistema de Planeación de Recursos Institucionales. Sistema informático aplicativo financiero que provee información integral y en línea, a través de un software financiero denominado ERP (Enterprise Resources Planning - Planeación de los Recursos Empresariales). 5.30. UMAE: Unidad Médica de Alta Especialidad. 5.31. unidades médicas o no médicas: Unidades hospitalarias, administrativas y de servicio que forman parte del IMSS.
6. Descripción de actividades del Procedimiento para obtener de la compañía aseguradora la indemnización de siniestros que afecten el patrimonio institucional
Responsable Actividad Documentos involucrados
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Etapa I Reporte del siniestro y apertura de
expediente
Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro
1. Reporta vía telefónica al DADN, JSFD, DFUMAE, o GFCV, la ocurrencia de un siniestro y elabora el “Acta administrativa" en la que se deberá indicar como mínimo la siguiente información: i) Nombre de la Unidad afectada. ii) Dirección de la Unidad afectada. iii) Servicio afectado. iv) Relación pormenorizada de los bienes
afectados. v) Causa del siniestro. vi) Monto estimado de los daños. vii) Descripción de lo ocurrido que incluya
modo, tiempo y lugar del siniestro. viii) Nombre y cargo de la persona que
atenderá el siniestro en la unidad afectada.
NOTA 1: El reporte de siniestro debe realizarse en un plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su ocurrencia, siendo responsabilidad de la unidad o servicio afectado el cumplimiento de este plazo. NOTA 2: En caso de robo, el Responsable de la Seguridad del Inmueble deberá realizar el reporte del siniestro simultáneamente al DADN, a la CIAD y a la CTSRI en Nivel Central, o a las JSFD o al DFUMAE, según corresponda, asimismo deberá enviar el reporte a las Jefaturas de Servicios Administrativos y a las Jefaturas de Servicios Jurídicos tanto en Delegaciones y como en UMAE.
Acta administrativa
2. Envía el “Correo electrónico de reporte de siniestro” al DADN, JSFD, DFUMAE, o GFCV y anexa el “Acta administrativa".
Correo electrónico de reporte de siniestro Acta administrativa
Responsable Actividad Documentos involucrados
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DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
3. Elabora la “Cédula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional” 6330-009-029 (anexo 3), a más tardar 24 horas posteriores a la fecha de haber recibido el reporte de ocurrencia de un siniestro por parte de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado. NOTA: El cumplimiento de este plazo será responsabilidad del DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV.
6330-009-029 Anexo 3
4. Envía el “Correo electrónico de reporte de siniestro”, y anexa el “Acta administrativa” y la “Cédula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional” 6330-009-029 (anexo 3), al analista responsable de atención de siniestros del AS.
Correo electrónico de reporte de siniestro Acta administrativa 6330-009-029 Anexo 3
Analista responsable de atención de siniestros del AS
5. Recibe el “Correo electrónico de reporte de siniestro”, “Acta administrativa”, “Cédula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional” 6330-009-029 (anexo 3) y genera “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”, asignando número con la siguiente nomenclatura: AA: Últimos dos dígitos del año de ocurrencia del siniestro. PP: Número de póliza aplicable. CCC: Número consecutivo de siniestro por póliza y Delegación. DD: Número de Delegación del IMSS en donde ocurrió el siniestro. NOTA: Utiliza fólder institucional o carpeta recopiladora, dependiendo de la magnitud del evento y anota o etiqueta en la pestaña del fólder o en el lomo de la carpeta el número de expediente.
Correo electrónico de reporte de siniestro Acta administrativa 6330-009-029 Anexo 3 Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD
Responsable Actividad Documentos involucrados
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Analista responsable de atención de siniestros del AS
6. Imprime y archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” la siguiente documentación: i) Correo electrónico de reporte de
siniestro”, enviado por la DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV.
ii) “Acta administrativa” iii) “Cédula de reporte de siniestro con
afectación al patrimonio institucional” 6330-009-029 (anexo 3).
Registra en la “Base de datos” el siniestro reportado.
Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD Correo electrónico de reporte de siniestro Acta administrativa 6330-009-029 Anexo 3 Base de datos
Etapa II Análisis de procedencia del siniestro
7. Analiza el siniestro reportado de acuerdo a los términos y condiciones establecidas en los “Contratos de seguro patrimoniales” vigentes a la fecha de ocurrencia del mismo.
Contratos de seguro patrimoniales
No es procedente el siniestro
8. Envía el “Correo electrónico con informe de improcedencia” del reclamo del siniestro ante la compañía aseguradora al DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV, imprime y archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”. NOTA 1: La improcedencia deberá estar fundamentada en las condiciones de los “Contratos de seguro patrimoniales” e informarse a más tardar 10 días hábiles posteriores a la fecha en que se determinó la misma. NOTA 2: En cualquier etapa del proceso, el despacho de ajustadores o la compañía aseguradora puede determinar improcedente un siniestro, con base en la documentación proporcionada y en apego las condiciones establecidas en los “Contratos de seguro patrimoniales”.
Correo electrónico con informe de improcedencia Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD
9. Actualiza en la “Base de datos” el estatus del siniestro con la nomenclatura “H”.
Base de datos
Responsable Actividad Documentos involucrados
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DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
10. Recibe el “Correo electrónico con informe de improcedencia” y reenvía a la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro, para que se continúen con las acciones que correspondan para resarcir los daños al patrimonio institucional. NOTA: La Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia del siniestro podrá inconformarse sobre la determinación de improcedencia en un plazo máximo de 10 días naturales contados a partir de la fecha de notificación de la misma por parte del personal del Área de Siniestros. Concluye procedimiento
Correo electrónico con informe de improcedencia
Si es procedente el siniestro
Analista responsable de atención de siniestros del AS
11. Reporta a través de “Correo electrónico reporte de siniestro” o vía telefónica a la compañía aseguradora, de conformidad con lo establecido en los “Lineamientos de Operación” y en los “Contratos de seguro patrimoniales”. NOTA: El reporte del siniestro deberá realizarse a más tardar cinco días hábiles posteriores de haberse recibido la notificación del mismo.
Correo electrónico reporte de siniestro Lineamientos de operación Contratos de seguro patrimoniales
No es procedente el siniestro
12. Recibe la “Carta de improcedencia” del despacho de ajustadores o de la compañía aseguradora. Continúa en la actividad 8 NOTA: En cualquier etapa del proceso, el despacho de ajustadores o la compañía aseguradora puede determinar improcedente un siniestro, con base en la documentación proporcionada y en apego las condiciones establecidas en los “Contratos de seguro patrimoniales”.
Carta de improcedencia
Si es procedente el siniestro
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 18 de 56 Clave: 6330-003-002
Analista responsable de atención de siniestros del AS
13. Recibe el “Correo electrónico de asignaciones” de la compañía aseguradora en el cual se informa: i) El número de siniestro, y ii) El nombre del despacho de ajustadores
que atenderá el siniestro.
Correo electrónico de asignaciones
14. Envía el “Correo electrónico de asignaciones” al DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV, según corresponda con la siguiente información: i) Descripción, lugar y fecha de ocurrencia
del siniestro ii) El número del siniestro, que asigna la
compañía aseguradora; iii) El nombre del despacho de ajustadores
que atenderá el siniestro; iv) El número de “Expediente de siniestro
AA-PP-CCC/DD”; y v) La relación preliminar de documentos
que debe aportar la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado para acreditar el siniestro.
Actualiza en la “Base de datos” el estatus del siniestro con la nomenclatura “A”.
Correo electrónico de asignaciones Base de datos
15. Elabora la “Carta de reclamación de siniestro” 6330-010-001 (anexo 4) y envía a la compañía aseguradora. NOTA: El contenido de la “Carta de reclamación de siniestro” 6330-010-001 (anexo 4), puede enviarse en papel o en el cuerpo de un correo electrónico.
6330-010-001 Anexo 4
16. Imprime el “Correo electrónico de asignaciones”, y el acuse de la “Carta de reclamación de siniestro” 6330-010-001 (anexo 4), los archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”.
Correo electrónico de asignaciones 6330-010-001 Anexo 4 Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD
Responsable Actividad Documentos involucrados
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Titular de la División de Control de Seguros, Jefe de AS
17. Determina conjuntamente con el despacho de ajustadores designado para la atención del siniestro por la compañía aseguradora si es necesario realizar una visita de inspección de daños conforme a lo establecido en los “Lineamientos de Operación” que forman parte integral de los “Contratos de seguro patrimoniales”.
Lineamientos de operación Contratos de seguro patrimoniales
No es necesario realizar visita Continúa en la actividad 30
Si es necesario realizar visita
Jefe del AS o Analista responsable de atención de siniestros del AS
18. Envía el “Correo electrónico para visita de inspección”, coordinándose con el DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV y con el despacho de ajustadores designado para la atención del siniestro, para la visita de inspección de daños. NOTA: En caso de requerir la participación del personal del AS en la visita de inspección y conciliación de daños, se deberá desplazar al lugar de ocurrencia del siniestro.
Correo electrónico visita de inspección
DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
19. Recibe el “Correo electrónico para visita de inspección” y convoca a los Responsables de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo, así como a los responsables de las áreas o servicios de la Unidades Médicas o No Medicas afectadas por la ocurrencia de un siniestro.
Correo electrónico visita de inspección
Responsable Actividad Documentos involucrados
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DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV y Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo y responsables de las áreas o servicio de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro
20. Participa en la visita de inspección de daños y elabora la “Minuta de trabajo y asistencia” la cual debe incluir: i) Las actividades realizadas; ii) Los compromisos adquiridos; iii) La relación de documentos que se
aportaron en sitio y los documentos faltantes que debe aportar la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado para acreditar el siniestro;
iv) Las fechas en las cuales se entregará la documentación faltante;
v) La viabilidad de solicitud de anticipo de indemnización a la compañía aseguradora y;
vi) La relación de bienes sujetos de salvamento.
NOTA: La “Minuta de trabajo y asistencia” deberá ser firmada por cada uno de los participantes.
Minuta de trabajo y asistencia
DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
21. Envía el “Correo electrónico de minuta de trabajo y asistencia”, al Analista responsable de atención de siniestros del AS y adjunta la “Minuta de trabajo y asistencia”.
Correo electrónico de minuta de trabajo y asistencia Minuta de trabajo y asistencia
Analista responsable de atención de siniestros del AS
22. Recibe e imprime el “Correo electrónico de minuta de trabajo y asistencia”, con “Minuta de trabajo y asistencia”, y archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”.
Correo electrónico de minuta de trabajo y asistencia Minuta de trabajo y asistencia Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD
23. Actualiza en la “Base de datos” el estatus del siniestro con la nomenclatura “A”, indicando la documentación que falta para acreditar el siniestro.
Base de datos
Responsable Actividad Documentos involucrados
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DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
24. Solicita anticipo de indemnización, con base en la “Minuta de trabajo y asistencia”.
Minuta de trabajo y asistencia
25. Elabora el “Oficio de solicitud de anticipo de indemnización” o el “Correo electrónico de solicitud de anticipo de indemnización”, justificando la solicitud de anticipo de indemnización con base en las condiciones establecidas en los “Contratos de seguro patrimoniales”, y envía al Titular de la División de Control de Seguros.
Oficio de solicitud de anticipo de indemnización Correo electrónico de solicitud de anticipo de indemnización Contratos de seguro patrimoniales
Sí solicita anticipo de indemnización a la compañía aseguradora
Jefe del AS
26. Recibe del Titular de la División de Control de Seguros el “Oficio de solicitud de anticipo de indemnización” o el “Correo electrónico de solicitud de anticipo de indemnización”.
Oficio de solicitud de anticipo de indemnización Correo electrónico de solicitud de anticipo de indemnización
27. Elabora y entrega a la compañía aseguradora el “Oficio de solicitud de anticipo de indemnización en apego a contrato” y entrega una copia al Jefe del ARCP y otra al Analista responsable de atención de siniestros del AS.
Oficio de solicitud de anticipo de indemnización en apego a contrato 1O-2C
Analista responsable de atención de siniestros del AS
28. Recibe copia del “Oficio de anticipo de indemnización en apego a contrato” y archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”.
Oficio de anticipo de indemnización en apego a contrato 1C Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD
Responsable Actividad Documentos involucrados
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Analista responsable de atención de siniestros del AS
29. Actualiza en la “Base de datos” el estatus del siniestro con la nomenclatura “X” y dependiendo el tipo de esquema de capa, realiza solicitud de anticipo. Esquema de Capa de administración de la perdida Continúa en la actividad 69 Esquema de Capa en exceso o tradicional Continúa en la actividad 75
Base de datos
No solicita anticipo de indemnización a la compañía aseguradora
30. Recibe el “Correo electrónico de solicitud de documentación faltante” del despacho de ajustadores, el cual contiene el listado pormenorizado de los documentos que hacen falta por entregar para sustentar el siniestro.
Correo electrónico de solicitud de documentación faltante
31. Actualiza en la “Base de datos” el estatus del siniestro con la nomenclatura “A”, indicando los documentos que faltan por aportar.
Base de datos
32. Envía el “Correo electrónico de solicitud de documentación faltante” al DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV, para acreditar el siniestro. NOTA: En el Asunto del “Correo electrónico solicitud de documentación faltante” se deberá anotar el número de “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” asignado.
Correo electrónico de solicitud de documentación faltante
Responsable Actividad Documentos involucrados
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Analista responsable de atención de siniestros del AS
33. Imprime acuse de recibido del “Correo electrónico solicitud de documentación faltante” y archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”
Correo electrónico solicitud de documentación faltante Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD
DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
34. Recibe y reenvía el “Correo electrónico solicitud de documentación faltante” al Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro, para acreditar el evento.
Correo electrónico solicitud de documentación faltante
Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro
35. Coordina con los responsables de las áreas o servicios de las Unidades Médicas o No Médicas afectadas por la ocurrencia de un siniestro, la integración documental en apego a los tiempos establecidos en la “Cédula de plazos para documentar siniestros” 6330-009-030 (anexo 2) y en la documentación que se detalla en la “Guía para la integración documental de siniestros” 6330-009-048 (anexo 1). NOTA: Es responsabilidad de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro, el sustentar e integrar documentalmente el caso.
6330-009-030 Anexo 2 6330-009-048 Anexo 1
No continúa con el reclamo ante la compañía aseguradora
36. Elabora el “Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora” NOTA: El “Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora”, deberá estar firmado por el Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo y responsables de las áreas o servicio de la Unidad Médica o No Médica afectadas por la ocurrencia de un siniestro.
Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 24 de 56 Clave: 6330-003-002
Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro
37. Envía al DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV, el “Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora”
Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora
DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
38. Recibe el “Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora” y ratifica.
Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora
39. Envía el “Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora” al Jefe del AS.
Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora
Jefe del AS 40. Recibe el “Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora”.
Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora
41. Envía el “Correo electrónico desistimiento de siniestro” dirigido a la compañía aseguradora solicitando cancelación y cierre del expediente de siniestro. NOTA: En el “Correo electrónico desistimiento de siniestro” marcará copia al Analistas responsables de atención de siniestros del AS para cierre del “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”.
Correo electrónico desistimiento de siniestro
42. Entrega el “Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora” al analistas responsables de atención de siniestros del AS
Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora
Responsable Actividad Documentos involucrados
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Analista responsable de atención de siniestros del AS
43. Recibe el “Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora”, imprime el “Correo electrónico de desistimiento de siniestro”, archiva físicamente en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” y actualiza la “Base de Datos” con la nomenclatura “I”. Concluye procedimiento.
Oficio de desistimiento de reclamo ante la compañía aseguradora Correo electrónico desistimiento de siniestro Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” Base de datos
Sí continua el reclamo ante la compañía aseguradora
Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro
44. Envía el “Correo electrónico sustento del siniestro” al DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV, al que anexa la “Documentación sustento del siniestro”.
Correo electrónico sustento del siniestro Documentación sustento del siniestro
DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
45. Recibe, analiza y reenvía el “Correo electrónico sustento del siniestro” al Analista responsable de atención de siniestros del AS, con la “Documentación sustento del siniestro” NOTA: En el Asunto del “Correo electrónico sustento del siniestro” deberá escribirse el número de “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” que identifica el siniestro.
Correo electrónico sustento del siniestro Documentación sustento del siniestro
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 26 de 56 Clave: 6330-003-002
Analista responsable de atención de siniestros del AS
46. Recibe el “Correo electrónico sustento del siniestro” con la “Documentación sustento del siniestro” y verifica conforme al “Correo electrónico solicitud de documentación faltante” que se cumplan con los requisitos siguientes: i) se encuentre completa ii) sea la correcta y iii) sea legible
Correo electrónico sustento del siniestro Documentación sustento del siniestro Correo electrónico solicitud de documentación faltante
No está completa, correcta y legible la documentación
47. Elabora y envía el “Correo electrónico solicitud de documentación faltante” al DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV, y solicita la información completa, correcta y legible. Continúa en la actividad 33
Correo electrónico solicitud de documentación faltante
Si está completa, correcta y legible la documentación
48. Imprime el “Correo electrónico sustento del siniestro”, con la “Documentación de sustento del siniestro” y archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”. NOTA: La documentación deberá archivarse en forma cronológica.
Correo electrónico sustento del siniestro Documentación sustento parcial del siniestro Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD
49. Actualiza en la “Base de datos” el estatus del siniestro con la nomenclatura “B”, indicando que la documentación está completa.
Base de datos
Responsable Actividad Documentos involucrados
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Jefe del AS o Analista responsable de atención de siniestros del AS
50. Envía el “Correo electrónico sustento del siniestro” y/o requisita el “Formato de entrega de documentación sustento del siniestro” 6330-009-031 (anexo 5), con la “Documentación sustento del siniestro” y solicita al despacho de ajustadores que presente el “Cuadro de determinación de pérdidas”. NOTA 1: Se deberá habilitar la opción “Entrega” y “Lectura” en el programa que administra el correo electrónico. NOTA 2: En cualquier etapa del proceso, el despacho de ajustadores o la compañía aseguradora puede determinar improcedente un siniestro, con base en la documentación proporcionada y en apego las condiciones establecidas en los “Contratos de seguro patrimoniales”. NOTA 3: El “Formato de entrega de documentación sustento del siniestro” 6330-009-031 (anexo 5), deberá tener sello y firma del despacho de ajustadores, al cual se debe asentar la fecha en que recibe la información.
Correo electrónico sustento del siniestro 6330-009-031 Anexo 5 Documentación sustento del siniestro
Analistas responsables de atención de siniestros del AS
51. Actualiza en la “Base de datos” la fecha de solicitud del “Cuadro de determinación de pérdidas”.
Base de datos
Etapa III Cuadro de determinación de pérdidas
52. Recibe del despacho de ajustadores el “Cuadro de determinación de pérdidas”. NOTA: En caso de existir salvamento, deberá venir anexo al “Cuadro de determinación de pérdidas”, la relación de bienes que serán retirados por la compañía aseguradora.
Cuadro de determinación de pérdidas
53. Actualiza en la “Base de datos” el estatus del siniestro con la nomenclatura “D” e indica la fecha de recepción del “Cuadro de determinación de pérdidas”.
Base de datos
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 28 de 56 Clave: 6330-003-002
Analista responsable de atención de siniestros del AS
54. Verifica el “Cuadro de determinación de pérdidas” de conformidad con las condiciones establecidas en los “Contratos de seguro patrimoniales” y determina si es correcto.
Cuadro de determinación de pérdidas Contratos de seguro patrimoniales
No es correcto el Cuadro de determinación de pérdidas
55. Envía el “Correo electrónico solicitud de corrección de datos” al despacho de ajustadores, y solicita la corrección de la información que integra el “Cuadro de determinación de pérdidas”. Continúa en la actividad 52
Correo electrónico solicitud de corrección de datos Cuadro de determinación de pérdidas
Si es correcto el Cuadro de determinación de pérdidas
56. Envía el “Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas” al DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV, en el cual adjunta el “Cuadro de determinación de pérdidas”.
Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas Cuadro de determinación de pérdidas
DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
57. Recibe el “Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas” junto con el “Cuadro de determinación de pérdidas”, imprime y gestiona las firmas de autorización. NOTA 1: La autorización del “Cuadro de determinación de pérdidas” deberá llevarse a cabo conforme a los montos establecidos en el numeral 4.27 de las Políticas de este procedimiento. NOTA 2: El “Cuadro de determinación de pérdidas” debe entregarse firmado al AS en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de recepción del mismo, siendo responsabilidad del DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV el cumplimiento de
Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas Cuadro de determinación de pérdidas
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 29 de 56 Clave: 6330-003-002
este plazo. NOTA 3: En caso de existir salvamento, en el “Cuadro de determinación de pérdidas” deberá incluir el anexo firmado por el Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por la ocurrencia de un siniestro, que especifica la relación de bienes que serán retirados por la compañía aseguradora.
58. Recibe del área afectada el “Cuadro de determinación de pérdidas autorizado” y lo envía a través del “Oficio cuadro de determinación de pérdidas autorizado” y del “Correo electrónico de cuadro de determinación de pérdidas autorizado” al Analista responsable de atención de siniestros del AS. NOTA: En caso de existir salvamento, se deberá anexar también autorizada la relación de bienes que serán retirados por la compañía aseguradora.
Cuadro de determinación de pérdidas autorizado Oficio cuadro de determinación de pérdidas autorizado Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas autorizado
Analista responsable de atención de siniestros del AS
59. Recibe y envía a través del “Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas autorizado” y/o del “Formato de entrega de documentación sustento del siniestro” 6330-009-031 (anexo 5), el “Cuadro de determinación de pérdidas autorizado”, al despacho de ajustadores y solicita la presentación del Convenio de indemnización. NOTA: En caso de existir salvamento, se recibe y envía anexa la relación autorizada de los bienes que serán retirados por la compañía aseguradora.
Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas autorizado 6330-009-031 Anexo 5 Cuadro de determinación de pérdidas autorizado
60. Actualiza en la “Base de datos” la fecha en la cual se solicita el Convenio de indemnización.
Base de datos
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 30 de 56 Clave: 6330-003-002
Analista responsable de atención de siniestros del AS
61. Recaba el “Oficio cuadro de determinación de pérdidas autorizado” y/o el “Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas autorizado”, el “Cuadro de determinación de pérdidas autorizado” y el “Formato de entrega de documentación sustento del siniestro” 6330-009-031 (anexo 5) y archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”.
Oficio cuadro de determinación de pérdidas autorizado Correo electrónico cuadro de determinación de pérdidas autorizado Cuadro de determinación de pérdidas autorizado 6330-009-031 Anexo 5 Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD
Etapa IV Convenio de indemnización y registro de
pagos
62. Recibe del despacho de ajustadores tres tantos del “Convenio de indemnización” de conformidad con las condiciones establecidas en los “Contratos de seguro patrimoniales”.
Convenio de indemnización 3O Contratos de seguros patrimoniales
63. Actualiza en la “Base de datos” la fecha de recepción del “Convenio de indemnización”.
Base de datos Convenio de indemnización
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 31 de 56 Clave: 6330-003-002
Jefe del AS 64. Gestiona la firma de autorización de los tres tantos del “Convenio de indemnización”. NOTA: La autorización del “Convenio de indemnización” deberá llevarse a cabo conforme a los montos establecidos en el numeral 4.6 de las Políticas de este procedimiento.
Convenio de indemnización 3O
Analistas responsables de atención de siniestros del AS
65. Entrega dos tantos en original del “Convenio de indemnización autorizado” al despacho de ajustadores.
Convenio de indemnización autorizado 2O
66. Actualiza en la “Base de datos” el estatus del siniestro, con la nomenclatura “E” y asienta la fecha de entrega de los dos tantos en original del “Convenio de indemnización autorizado” al despacho de ajustadores.
Base de datos Convenio de indemnización autorizado 2O
67. Envía “Correo electrónico para cobro” al Jefe del ARCP y adjunta escaneado el “Cuadro de determinación de pérdidas autorizado” y el “Convenio de indemnización”, archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” NOTA 1: Para los anticipos de indemnización no se anexa cuadro de determinación de pérdida. NOTA 2: Se deberá enviar copia del “Correo electrónico para cobro” al Jefe del AS y al Analista responsable de la actividad del ARCP.
Correo electrónico para cobro Cuadro de determinación de perdidas autorizado Convenio de indemnización Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD
Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad
68. Recibe y clasifica el “Cuadro de determinación de pérdidas autorizado”, el “Convenio de indemnización” o el “Oficio de anticipo en apego a las condiciones de los “Contratos patrimoniales”, de acuerdo a los esquemas de aseguramiento: i) Esquema de Capa de administración de
la pérdida (ADP). Continúa en la actividad 69
Cuadro de determinación de pérdida autorizado 1C Convenio de indemnización 1C Oficio de solicitud de anticipo en
Responsable Actividad Documentos involucrados
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ii) Esquema de Capa en exceso o
tradicional. Continúa en la actividad 75
iii) Esquema de Pago a terceros. Continúa en la actividad 80
iv) Esquema de Pago en especie. Continúa en la actividad 83
apego a contrato 1C Contratos patrimoniales
Esquema de Capa de administración de la pérdida (ADP)
Analista responsable de la actividad del ARCP
69. Asigna el número consecutivo de folio.
70. Registra por compañía aseguradora en el archivo electrónico “Base de ingresos”, la siguiente información: Estatus No. consecutivo No. de siniestro Número de “Expediente de siniestro AA-
PP-CCC/DD” Régimen Delegación/UMAE Fecha de entrega del cuadro de
determinación de pérdidas Fecha límite de pago Descripción del siniestro
Base de ingresos
71. Recibe el “Correo electrónico consulta de movimientos” de personal de la División de Marco Financiero, dependiente de la Coordinación de Tesorería, con la “Consulta de movimientos bancarios” que contiene los montos que ingresan al Instituto por parte de la compañía aseguradora.
Correo electrónico consulta de movimientos Consulta de movimientos bancarios
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 33 de 56 Clave: 6330-003-002
Analista responsable de la actividad del ARCP
72. Identifica en la “Consulta de movimientos bancarios”, los pagos efectuados por la compañía aseguradora, registra y actualiza la siguiente información de los montos de siniestros indemnizados en el “Archivo electrónico base de ingresos”. Fecha de la transferencia Importe pagado Estatus del siniestro “Pagado”
Consulta de movimientos bancarios Archivo electrónico base de ingresos
73. Accede al Sistema PREI Millenium – PREI Finanzas – menú principal – contabilidad general – asientos – creación de asientos y realiza reclasificación contable de la cuenta 11090201 “Deudores por siniestros” a la cuenta 11090203 “Deudores por siniestros ADP.
Asiento contable
Jefe del ARCP 74. Solicita a través del “Correo electrónico de registro de asiento” al Área de Bienes dependiente de la División de Contabilidad, la validación del registro contable para los siniestros de ADP, imprime y archiva el “Asiento Contable” en el “expediente asientos contables” Continúa en la actividad 91
Correo electrónico de registro de asiento Asiento contable Expediente asientos contables
Esquema de Capa en exceso o tradicional
Analista responsable de la actividad del ARCP
75. Accede al Sistema PREI Millenium – Enlace – Facturación, genera el “CFDI” y asienta los datos de la compañía aseguradora, descripción corta del siniestro y el monto total indemnizable que señala el “Cuadro de determinación de pérdidas autorizado” o el “Convenio de Indemnización” NOTA: Al elaborar el CFDI el sistema genera dos archivos, el formato PDF y XML
CFDI Cuadro de determinación de pérdidas autorizado Convenio de indemnización
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 34 de 56 Clave: 6330-003-002
Analista responsable de la actividad del ARCP
76. Registra por compañía aseguradora en el archivo electrónico “Base de ingresos”, la siguiente información: Estatus Número de siniestro “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” Régimen Delegación/UMAE Serie de CFDI Folio del CFDI Fecha del CFDI Importe del CFDI Fecha de entrega del cuadro de
determinación de pérdidas Fecha límite de pago Descripción del siniestro
Base de ingresos
Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del ARCP
77. Envía el “Correo electrónico con CFDI” a las compañías aseguradoras correspondientes y anexa los “Archivos del CFDI en formato PDF y XML”, así como el “Cuadro de determinación de pérdida autorizado” y marca copia al Área de Ingresos dependiente de la División de Contabilidad para su registro contable, de acuerdo a la “Guía Contabilizadora PREI”.
Correo electrónico con CFDI Archivos del CFDI en formato PDF y XML Cuadro de determinación de pérdida autorizado Guía Contabilizadora PREI
78. Recibe el “Correo electrónico consulta de movimientos” de personal de la División de Marco Financiero, dependiente de la Coordinación de Tesorería, con la “Consulta de movimientos bancarios” que contiene los montos que ingresan al Instituto por parte de la compañía aseguradora.
Correo electrónico consulta de movimientos Consulta de movimientos bancarios
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 35 de 56 Clave: 6330-003-002
Analista responsable de la actividad del ARCP
79. Identifica en la “Consulta de movimientos bancarios”, los pagos efectuados por la compañía aseguradora, registra y actualiza la siguiente información de los montos de siniestros indemnizados en el “Archivo electrónico base de ingresos”, Fecha de la transferencia Importe pagado Estatus del siniestro “Pagado”
Continúa en la actividad 91
Archivo electrónico base de ingresos
Esquema de Pago a terceros
80. Registra por compañía aseguradora en el archivo electrónico “Base de ingresos”, la siguiente información. Estatus Número consecutivo Número de siniestro “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD” Régimen Delegación/UMAE Fecha de entrega del cuadro de
determinación de pérdidas Fecha límite de pago Descripción del siniestro
Base de ingresos
Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del ARCP
81. Recibe de la compañía aseguradora el “Correo electrónico del pago al tercero afectado” por la indemnización del siniestro.
Correo electrónico del pago al tercero afectado
82. Registra y actualiza en el archivo electrónico “Base de ingresos”, la siguiente información. 1. Fecha de la transferencia 2. Importe pagado 3. Estatus del siniestro “Pagado” Continúa en la actividad 91
Base de ingresos
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 36 de 56 Clave: 6330-003-002
Esquema de Pago en especie
Analista Responsable del AS
83. Recibe de la compañía aseguradora el “Correo electrónico pago en especie” en el cual indican fecha y hora probable de entrega del bien pagado bajo la modalidad de reposición en especie y reenvía información al DADN, JDSF, DFUMAE o GFCV, según corresponda.
Correo electrónico pago en especie
DADN, JDSF, DFUMAE o GFCV
84. Recibe físicamente el bien, elabora el “Acta entrega-recepción de bienes pagados bajo la modalidad de reposición en especie”, y la envía escaneada por el “Correo electrónico pago en especie” a los Jefes del ARCP y AS, con copia al Analista responsable de atención de siniestros.
Acta entrega-recepción de bienes pagados bajo la modalidad de reposición en especie Correo electrónico pago en especie
Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del ARCP
85. Recibe el “Correo electrónico acta entrega-recepción de bienes pagados bajo la modalidad de reposición en especie” y asigna el número de folio.
Correo electrónico acta entrega-recepción de bienes pagados bajo la modalidad de reposición en especie
86. Registra por compañía aseguradora en el archivo electrónico “Base de ingresos”, la siguiente información. Estatus Número consecutivo Número de siniestro Número de “Expediente de siniestro AA-
PP-CCC/DD” Régimen Delegación/UMAE Serie de CFDI Folio del CFDI Fecha del CFDI Importe del CFDI No. consecutivo del pago en especie Deducible pago en especie
Base de ingresos
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 37 de 56 Clave: 6330-003-002
Importe pago en especie Fecha de entrega del cuadro de
determinación de pérdidas Fecha límite de pago Descripción del siniestro
Analista responsable de la actividad del ARCP
87. Registra y actualiza en el archivo electrónico “Base de ingresos”, la siguiente información. Fecha del acta entrega -recepción del
bien repuesto en especie Número de folio de la factura del
proveedor Número de folio de la factura de traslado
de dominio emitida por la compañía aseguradora,
Importe pagado Estatus del siniestro “Pagado”
Base de ingresos
88. Accede al Sistema PREI Millenium – PREI Finanzas – menú principal – contabilidad general – asientos – creación de asientos, realiza asiento contable cargando a la cuenta 42062516 “Mantenimiento de equipo de cómputo” con abono a la cuenta 21051008 “Por material de conservación” de acuerdo a la Guía contabilizadora PREI.
Asiento Contable
Jefe del ARCP 89. Solicita a través del “Correo electrónico de registro de asiento” al Área de Bienes dependiente de la División de Contabilidad, la validación del registro contable del deducible de los siniestros bajo la modalidad de pago en especie
Correo electrónico de registro de asiento
90. Recibe el “Asiento Contable”, imprime y archiva en el “Expediente pago en especie”.
Asiento Contable Expediente pago en especie
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 38 de 56 Clave: 6330-003-002
Analista responsable de la actividad del ARCP
91. Elabora el “Volante de pago” que contiene: Número de “Expediente de siniestro AA-
PP-CCC/DD” Fecha de cheque, transferencia, o acta
de entrega recepción de pago en especie
Número de CFDI Fecha del CFDI Importe pagado en moneda nacional Tipo de cambio a la fecha de pago Importe
NOTA: Los datos de CFDI únicamente aplican para los pagos en exceso y algunos casos de pago en especie.
Volante de pago
92. Entrega al Jefe del AS o al Analista responsable de la atención de siniestros, copia simple de la “Consulta de movimientos bancarios”, en la que se identifica las indemnizaciones y otros conceptos de pago por siniestros y el “Volante de pago”. NOTA 1: Para los siniestros en el esquema de pago en especie, solo se entrega el volante de pago y copia del acta de entrega firmada por la delegación. NOTA 2: Para pago a terceros, solo se entregará el volante y comprobante de pago (cheque o transferencia)
Consulta de movimientos bancarios 1C Volante de pago
Analista responsable de atención de siniestros del AS
93. Actualiza en la “Base de siniestros” el estatus del siniestro con la nomenclatura “G” y asienta el importe pagado, el número y la fecha de emisión del CFDI o recibo y la fecha en la cual la compañía aseguradora realizó el pago del siniestro, del pago al tercero o el “Acta entrega-recepción de bienes pagados bajo la modalidad de reposición en especie”.
Base de siniestros
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 39 de 56 Clave: 6330-003-002
Analista responsable de atención de siniestros del AS
94. Recaba la “Consulta de movimiento bancario” o el “Acta entrega-recepción de bienes pagados bajo la modalidad de reposición en especie”, el “Comprobante de pago” del pago a terceros y el “Volante de pago” y archiva en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”.
Consulta de movimiento bancario 1C Acta entrega-recepción de bienes pagados bajo la modalidad de reposición en especie Comprobante de pago Volante de pago Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD
Etapa V Cálculo y notificación de intereses
moratorios y penas convencionales
Jefe del AS 95. Entrega mensualmente la “Base de datos” debidamente actualizada al Titular de la División de Control de Seguros y al Responsable de administración de la base de datos.
Base de datos
Responsable de administración de la base de datos
96. Recibe la “Base de datos”, y con esta misma elabora la “Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales” 6330-009-032 (anexo 6). NOTA: El formato “Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales” 6330-009-032 (anexo 6), cambiará conforme a las condiciones de los contratos de cada vigencia.
Base de datos 6330-009-032 Anexo 6
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 40 de 56 Clave: 6330-003-002
Responsable de administración de la base de datos
97. Identifica las compañías aseguradoras que generaron intereses moratorios y penas convencionales y envía vía correo electrónico al Jefe del AS la “Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales” 6330-009-032 (anexo 6) para revisión y autorización.
6330-009-032 Anexo 6
Jefe del AS 98. Envía el “Oficio de solicitud de pago de intereses y/o penas convencionales” a la compañía aseguradora, y anexa la “Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales” 6330-009-032 (anexo 6) y da seguimiento para su pago.
Oficio de solicitud de pago de intereses y/o penas convencionales 6330-009-032 Anexo 6
Jefe del AS y Responsable de administración de la base de datos
99. Concilia con la compañía aseguradora y entrega al Jefe del ARCP por el “Correo electrónico conciliación” o la “Minuta de trabajo”, los conceptos que causaron penas e intereses junto con la “Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales” 6330-009-032, (anexo 6), con base en la información contenida en el “Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD”.
Correo electrónico conciliación Minuta de trabajo 6330-009-032 Anexo 6 Expediente de siniestro AA-PP-CCC/DD
Jefe del ARCP 100. Recibe la “Minuta de trabajo”, con los conceptos que causaron penas e intereses junto con la “Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales” 6330-009-032, (anexo 6) y da seguimiento al pago.
Minuta de trabajo 6330-009-032 Anexo 6
Analista responsable de la actividad del ARCP
101. Accede al Sistema PREI Millenium – Enlace – Facturación, genera el “CFDI” y asienta los datos de la compañía aseguradora, descripción de los intereses moratorios y penas convencionales y el monto total indemnizable que señala la “Minuta de trabajo.”
CFDI Minuta de trabajo
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 41 de 56 Clave: 6330-003-002
Analista responsable de la actividad del ARCP
102. Registra en el archivo electrónico “Base de ingresos” el “CFDI”.
Base de ingresos CFDI
Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del ARCP
103. Envía el “Correo electrónico con CFDI” a las compañías aseguradoras correspondientes y anexa los “Archivos del CFDI en formato PDF y XML”, y marca copia al Área de Ingresos dependiente de la División de Contabilidad para su registro contable, de acuerdo a la Guía Contabilizadora PREI y los archiva en el “Expediente de intereses moratorios y penas convencionales”.
Correo electrónico con CFDI Archivos del CFDI en formato PDF y XML Expediente de intereses moratorios y penas convencionales
104. Recibe el “Correo electrónico consulta de movimientos” del personal de la División de Marco Financiero, dependiente de la Coordinación de Tesorería, con la “Consulta de movimientos bancarios” que contiene los montos que ingresan al Instituto por parte de la compañía aseguradora.
Correo electrónico consulta de movimientos Consulta de movimientos bancarios
Analista responsable de la actividad del ARCP
105. Identifica en la “Consulta de movimientos bancarios”, los depósitos efectuados por la compañía aseguradora y actualiza el “Base de ingresos” y remite vía “Correo electrónico movimientos bancarios” al Jefe del ARCP.
Consulta de movimientos bancarios Base de ingresos Correo electrónico movimientos bancarios
Etapa VI Informes de Ingresos por indemnizaciones de siniestros, Intereses moratorios, Penas convencionales, Pago en especie y Pago a
terceros
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 42 de 56 Clave: 6330-003-002
Jefe del ARCP 106. Obtiene el “Informe mensual de ingresos” y lo envía mediante correo electrónico al Jefe del AS y al Responsable de administración de la base de datos para validar la información contra la base de siniestros.
Informe mensual de ingresos
107. Envía el “Correo electrónico informe mensual de ingresos”, al Titular de la División de Control de Seguros para su aprobación con los siguientes archivos. “Informe mensual de ingresos” “Informe mensual de ingresos por cuenta
contable”
Correo electrónico informe mensual de ingresos Informe mensual de ingresos Informe mensual de ingresos por cuenta
Titular de la DCS y/o Jefe del ARCP
108. Envía a través del “Correo electrónico informe mensual de ingresos” los siguientes archivos.
a) “Informe mensual de ingresos” dirigido a
la Titular de la Coordinación de Administración de Riesgos Institucionales; a la Coordinación Técnica de Gestión Presupuestal, dependiente de la Coordinación de Presupuesto e Información Programática, Departamentos Administrativos y Áreas de Nivel Central, División de Control y Ejecución del Subsidio del Programa IMSS Prospera, Jefaturas de Finanzas en Delegaciones, Departamentos de Finanzas en UMAE, Gerencia de Finanzas en Centros Vacacionales.
b) “Informe mensual de ingresos por cuenta contable” dirigido a la División de Contabilidad dependiente de la Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones y a la División de Marco Financiero, dependiente de la Coordinación de Tesorería;
Correo electrónico informe mensual de ingresos Informe mensual de ingresos Informe mensual de ingresos por cuenta contable Cuadro de determinación de pérdidas 1C Carta entrega- recepción 1C Factura original de los bienes emitida por el proveedor 1C Factura de traslado de dominio emitida
Responsable Actividad Documentos involucrados
Página 43 de 56 Clave: 6330-003-002
c) Notificación de pago en especie a las ANNC, JSFD, DADN, DFUMAE o GFCV adjuntando: Copia del cuadro de determinación de
pérdidas Copia de carta entrega- recepción Copia de factura original de los bienes
emitida por el proveedor Copia de factura de traslado de
dominio emitida por la aseguradora
por la aseguradora 1C
Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del ARCP
109. Revisa la “Base de pendientes de pago” e identifica los siniestros para ser notificados a las compañías aseguradoras y a la División de Marco Financiero, dependiente de la Coordinación de Tesorería.
Base de pendientes de pago
110. Elabora la “Relación de pendientes de pago” y envía a través del “Correo electrónico relación de pendientes de pago” a la División de Marco Financiero, dependiente de la Coordinación de Tesorería para seguimiento correspondiente.
Relación de pendientes de pago Correo electrónico relación de pendientes de pago
111. Elabora y envía el “Oficio siniestros pendientes de pago” con la relación de siniestros pendientes de pago a la compañía aseguradora.
Oficio siniestros pendientes de pago
Jefe del ARCP y Jefe del AS
112. Realiza la “Minuta de conciliación de deducibles de pago en especie de Siniestros”, con representantes de la aseguradora para determinar el monto que el Instituto pagará a la aseguradora por concepto de deducibles.
Minuta de conciliación de deducibles de pago en especie de Siniestros
Fin del procedimiento
7. Diagrama de flujo del Procedimiento para obtener de la compañía aseguradora la indemnización de siniestros que afecten el patrimonio institucional
Página 44 de 56 Clave: 6330-003-002
Expediente AA-PP-CCC/DD
Base de datos
6330-009-029(anexo 3)
Acta Administrativa
Acta Administrativa
Reporte de siniestro
Imprime, archiva y registra expediente en la base de datos
6330-009-029 (anexo 3)
Acta Administrativa
Reporte de siniestro
6330-009-029 (anexo 3)
Acta Administrativa
Reporte de siniestro
Reporte de siniestro
Acta Administrativa
Base de datos
Informe de improcedencia
Informe de improcedencia
Contratos de seguro patrimoniales
INICIO
Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable
Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por
la ocurrencia de un siniestro
Reporta al DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV, la ocurrencia de un siniestro y
elabora NOTA1 NOTA2
Envía reporte de siniestro al DADN, JSFD, DFUMAE, o GFCV y anexa
2
6330-009-029(anexo 3)
Elabora a más tardar 24 horas posteriores a la fecha de reporte del
siniestro NOTA
3
a
a
Envía reporte y anexa al analista responsable de atención de siniestros
del AS
4
ETAPA IReporte del siniestro y apertura de
expediente
6
Analiza el siniestro de acuerdo a términos y condiciones
7
Envía improcedencia al DADN, JSFD, DFUMAE, o GFCV,
imprime y archiva en el expediente
NOTA 1 NOTA 2
8A
1
DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
ETAPA IIAnálisis de procedencia del
siniestro
Analista responsable de atención de siniestros del AS
Recibe reporte, genera expediente y asigna número.
NOTA
5
Analista responsable de atención de siniestros del AS
¿Procede el siniestro?
No
Si
Actualiza el estatus del siniestro con nomenclatura “H”
9
DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
Recibe y reenvía a la Unidad Médica o No médica o servicio afectado por la ocurrencia del
siniestro NOTA
10
12
Expediente AA-PP-CCC/DD
Expediente AA-PP-CCC/DD
Página 45 de 56 Clave: 6330-003-002
6330-010-001 (anexo 4)
Base de datos
Asignaciones
Carta de improcedencia
Contratos de seguro patrimoniales
Lineamientos de operación
6330-010-001 (anexo 4)
Asignaciones
Asignaciones
Contratos de seguro patrimoniales
Lineamientos de operación
Reporte de siniestro
A
Reporta siniestro a la compañía aseguradora
NOTA
11
Recibe improcedencia del despacho de ajustadores o de
la aseguradora. NOTA
12
13
Recibe asignaciones de la compañía aseguradora
Elabora reclamación y envía a la compañía aseguradora
NOTA
Imprime y archivacorreo y acuse de reclamación
16
Titular de la División de Control de Seguros, Jefe de AS
Determina junto con el despacho de ajustadores si es necesaria realizar visita de inspección de
daños
17
B
14Envía al DADN, JSFD,
DFUMAE, o GFCV información, actualiza estatus del siniestro
con nomenclatura “A”
15
Si¿Procede el
siniestro?
No
8
¿Es necesario realizar visita?
Si
30
No
Expediente AA-PP-CCC/DD
Página 46 de 56 Clave: 6330-003-002
Contratos de seguro patrimoniales
1O-2COficio de solicitud de
anticipo de indemnización en apego a contrato
Anticipo de indemnización
Minuta de trabajo y asistencia
Minuta de trabajo y asistencia
Minuta de trabajo y asistencia
Minuta de trabajo y asistencia
Minuta de trabajo y asistencia
C
Base de datos
B
22
Recibe, imprime y archiva
23
26DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
Envía al Analista responsable de atención de siniestros del AS y
adjunta
21
Analista responsable de atención de siniestros del AS
Actualiza el estatus del siniestro con nomenclatura “A” e indica
documentación faltante
DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
Solicita anticipo de indemnización con base en la minuta
24
Oficio de solicitud de
anticipo de indemnización
Recibe del Titular de la DCS
¿Se solicita
anticipo?
Jefe de AS
NO
Elabora y envía a la compañía aseguradora
27
Anticipo de indemnización
Oficio de solicitud de
anticipo de indemnización
25
Elabora, justifica y envía al Titular de la DCS
SI
Visita de inspección
Visita de inspección
b
b
Jefe del AS o Analista responsable de atención de
siniestros del AS
Envía y coordina la visita de inspección con DADN, JSFD,
DFUMAE, o GFCV NOTA
DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
18
Recibe y convoca a los Responsables de la Seguridad del Inmueble o Responsable
Administrativo, así como a los responsables de las áreas o
servicios de la Unidades Médicas o No Medicas afectadas
19
DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV y Responsable Administrativo
Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica afectada
por la ocurrencia de un siniestro
Minuta de trabajo y asistencia
Participa en la visita de inspección de daños y elabora NOTA
20
Expediente AA-PP-CCC/DD
D
Página 47 de 56 Clave: 6330-003-002
1COficio de solicitud de
anticipo
Base de datos
Analista responsable de atención de siniestros del AS
Recibe copia del oficio y archiva
28
29
Actualiza el estatus del siniestro con nomenclatura “X”
69
75Esquema de capa en exceso o tradicional
Expediente AA-PP-CCC/DD
C
Tipo de esquema
de capa
Esquema de Capa de administración de la perdida
(ADP)
Página 48 de 56 Clave: 6330-003-002
Base de datos
Oficio de
desistimiento de
siniestro
Solicitud de
documentación
faltante
c
c
Solicitud de documentación
faltante
Recibe del despacho de ajustadores.
30
Analista responsable de atención de siniestros del AS
17
Oficio de desistimiento de reclamo ante la
compañía aseguradora
Oficio de desistimiento de reclamo ante la
compañía aseguradora
Oficio de desistimiento de reclamo ante la
compañía aseguradora
Oficio de desistimiento de reclamo ante la
compañía aseguradora
Oficio de desistimiento de reclamo ante la
compañía aseguradora
Oficio de desistimiento de reclamo ante la
compañía aseguradora
6330-009-048 (anexo 1)
6330-009-030 (anexo 2)
Solicitud de documentación
faltante
Solicitud de documentación
faltante
Base de datos
31
Envía al DADN, JSFD, DFUMAE, o GFCV, solicitud
de documentación NOTA
32
Imprime y archiva acuse de recibo del correo de solicitud de documentación faltante.
33
Recibe y reenvía
34
DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
Coordina con la áreas afectadas, la integración
documental NOTA
Envía al DADN, JSFD, DFUMAE.
37
DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
Recibe y ratifica
38
Envía al Jefe del AS
39
Jefe del AS
Recibe
40
Desistimiento de siniestro
Envía, solicitando cancelación y cierre del expediente de
siniestros. NOTA
41
35
Entrega al analista responsable de siniestros.
42
Analista responsable de atención de siniestros del AS
43
Recibe y archiva junto con correo, actualiza con nomenclatura “I”
Actualiza el estatus del siniestro con nomenclatura “A”, indicando los documentos que
faltan por aportar
Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable
Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por
la ocurrencia de un siniestro
Oficio de desistimiento de reclamo ante la
compañía aseguradora
¿Continúa con el reclamo ante la aseguradora?
NO
Elabora NOTA
36
SI
47
D
Expediente AA-PP-CCC/DD
Expediente AA-PP-CCC/DDE
Página 49 de 56 Clave: 6330-003-002
Documentación sustento parcial
del siniestro
Correo electrónico sustento del
siniestro
d
d
Solicitud de documentación
faltante
Documentación sustento del
siniestro
Documentación sustento del
siniestro
6330-009-031 (anexo 5)
Documentación sustento del
siniestro
Documentación sustento del
siniestro
Sustento de siniestro
Solicitud de documentación
faltante
Cuadro de determinación de
pérdidas
Base de datos
Base de datos
Sustento de siniestro
Sustento de siniestro
Sustento de siniestro
44
DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
Recibe, analiza y reenvía al Analista responsable de atención
de siniestros de la AS NOTA
45
Envía al DADN, JSFD, DFUMAE, o GFCV y anexa documentación
Analista responsable de atención de siniestros del AS
Recibe correo y documentación sustento del siniestro y verifica que
cumpla con los requisitos
46
¿Cumple con los
requisitos?
Elabora y envía correo al DADN, JSFD, DFUMAE, o GFCV y solicita
la información correcta
NO
47
33
Imprime y archiva correo y documentación de sustento del
siniestro en el expediente. NOTA
SI
48
49
Jefe del AS o Analista responsable de atención de
siniestros del AS
Envía y/o requisita y solicita al despacho de ajustadores el Cuadro de determinación de pérdidas
NOTA1 NOTA2 NOTA3
50
Analista responsable de atención de siniestros del AS
Recibe del despacho de ajustadores
NOTA
51
52
Responsable de la Seguridad del Inmueble o Responsable
Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado por
la ocurrencia de un siniestro
Actualiza el estatus del siniestro con nomenclatura “B”
Actualiza en la base la fecha de solicitud del cuadro de determinación de pérdidas
Base de datos
53
Actualiza el estatus del siniestro con nomenclatura “D” e indica fecha de recepción del
cuadro de determinación de pérdidas
55
ETAPA IIICuadro de determinación
de perdidas
E
Expediente
AA-PP-CCC/DD
F
Página 50 de 56 Clave: 6330-003-002
6330-009-031 (anexo 5)
6330-009-031 (anexo 5)
Cuadro de determinación de
pérdidas autorizado
Cuadro de determinación de
pérdidas autorizado
Oficio cuadro de determinación de
pérdidas autorizado
Cuadro de determinación de
pérdidas
Cuadro de determinación de
pérdidas autorizado
Cuadro de determinación de
pérdidas autorizado
Oficio cuadro de determinación de
pérdidas autorizado
Cuadro de determinación de
pérdidas
Cuadro de determinación de
pérdidas
Cuadro de determinación de
pérdidas
Cuadro de determinación de
pérdidas autorizado
Cuadro de determinación de
pérdidas
Base de datos
Cuadro de determinación de
pérdidas
Solicitud de corrección de
datos
Contratos de seguro patrimoniales
Cuadro de determinación de
pérdidas
Verifica el cuadro de determinación de pérdidas y
determina
54
55Envía correo al DADN, JSFD, DFUMAE, o GFCV y adjunta
56
¿Es correcto?
Envía al despacho de ajustadores y solicita
correcciones
NO
52
SI
DADN, JSFD, DFUMAE o GFCV
Recibe, imprime y gestiona las firmas de autorización. NOTA1 NOTA2
NOTA3
Analista responsable de atención de siniestros del AS
57
58
Recibe y envía al despacho de ajustadores y solicita el
Convenio de indemnización. NOTA
59
60
Recaba y archiva
61
Actualiza la fecha de solicitud del convenio de
indemnización
Recibe y envía al Analista
responsable de atención de
siniestros del AS
NOTA
F
G Expediente
AA-PP-CCC/DD
Página 51 de 56 Clave: 6330-003-002
e
e
Contratos de seguro patrimoniales
3OConvenio de
indemnización
Recibe del despacho de ajustadores
62
ETAPA IVConvenio de indemnización
Y registro de pagos
Convenio de indemnización
Cuadro de determinación de
pérdida
Para cobro
Convenio de indemnización
autorizado
Oficio de solicitud de anticipo
Cuadro de determinación de
pérdidas autorizado
Convenio de indemnización
Base de datos
2OConvenio de
indemnización
Convenio de indemnización
Base de ingresos
3OConvenio de
indemnización
Base de datos
63
Jefe del AS
Gestiona firmas de autorización
NOTA
64
Entrega autorizados al despacho de ajustadores
65
Analista responsable de atención de siniestros del AS
66
Envía al Jefe del ARCP y adjunta escaneado
NOTA 1NOTA 2
67
Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad
del ARCP
Recibe y clasifica de acuerdo a los esquemas de aseguramiento
68
Asigna número consecutivo de folio
69
Registra la información por compañía aseguradora
70
Actualiza la fecha de recepción del convenio de
indemnización
Actualiza el estatus del siniestro con nomenclatura “E” y asienta fecha de entrega al
despacho de ajustadores
Esquema de capa en exceso o tradicional
Esquema de pago a terceros
Esquema de pago en especie
29
Esquema de capa deAdministración de la perdida
(ADP)
Expediente
AA-PP-CCC/DD
Registo de asiento
Asiento contable
Asiento contable
Consulta de movimientos
bancarios
Consulta de movimientos
G
H
Jefe del ARCP
74
91
Base de ingresos
Consulta de movimientos
bancarios
Recibe correo del personal de la División de Marco Financiero
71
Identifica en consulta los pagos efectuados, registra y actualiza
la información en base de ingresos
72
Accede al Sistema PREI Millenium, crea asientos y realiza reclasificación contable
73
Solicita al Área de Bienes de la División de Contabilidad la
validación del registro
Esquema de aseguramiento
Expediente
AA-PP-CCC/DD
I
J
Página 52 de 56 Clave: 6330-003-002
Esquema de pagoa terceros
Guía contabilizadora
PREI
Cuadro de determinación de
pérdidas autorizado
Archivos del CFI
en formato PDF y
XML
Base de ingresos
Base de ingresos
Consulta de movimientos
bancarios
CFDI
Base de ingresos
Convenio de indemnización
Cuadro de determinación de
pérdidas autorizado
Consulta de movimientos
CFDI
Accede al Sistema PREI Millenium, y asienta datos
NOTA
Esquema de capa enexceso o tradicional
75
76
Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del
ARCP
Envía adjuntos CFDI´s, cuadros, en correo a las aseguradoras correspondientes con copia al Área de Ingresos de la División de Contabilidad
Recibe del personal de la División de Marco Financiero
77
78
Analista responsable de la actividad del ARCP
79
Consulta de movimientos
bancarios
91
80
29
Registra la información por compañía aseguradora
Identifica en consulta los pagos efectuados, registra y actualiza la información en base de ingresos
Registra la información por compañía aseguradora
HI
Base de ingresos
82
91
Registra y actualiza la información de pago de los siniestros
indemnizados.
Pago al tercero afectado
Recibe de la compañía aseguradora pago al tercero
afectado
81
Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del
ARCP
Analista responsable de la actividad del ARCP Analista responsable de la
actividad del ARCP
Página 53 de 56 Clave: 6330-003-002
Asiento Contable
Volante de pago
Comprobante de pago
f
f
Base de ingresos
Volante de pago
Acta de entrega recepción-recepción de bienes pagados bajo la modalidad de reposición en
especie
Pago en especie
Acta de entrega-recepción
Pago en especie
Recibe correo de la aseguradora donde indica probable fecha y hora
de entrega del bien pagado y reenvía al DADN, JSFD,
DFUMAE, o GFCV
83
DADN, JDSF, DFUMAE o GFCV
Recibe físicamente el bien, elabora y envía escaneada a los
Jefes del ARCP y AS con copia al Analista responsable de atención
de siniestros
84
Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del
ARCP
Recibe correo acta de entrega y asigna número de folio.
85
86
87
Analista responsable de la actividad del ARCP
88
Jefe del ARCP
89
Analista responsable de la actividad del ARCP
Elabora, con los datos del siniestro
NOTA
90
Base de ingresos
Registra la información por compañía aseguradora
NOTA
Registra y actualiza la información de pago en especie
Asiento contable
Accede al Sistema PREI Millenium y realiza asiento contable
Registo de asiento
Expediente pago en especie
Solicita al Área de Bienes la validación del registro contable del deducible de los siniestros bajo la
modalidad de pago en especie
74
79
82
J
Esquema de pago en especie
Analista responsable del AS
Base de datos
Acta entrega-recepción de bienes
pagados bajo la modalidad de
reposición en especie
1CConsulta de movimientos
bancarios
Volante de pago
1CConsulta de movimientos
bancarios
Entrega al Jefe del AS o al Analista responsable de la atención de siniestros del AS
NOTA 1 NOTA 2
92
Analista responsable de atención de siniestros del AS
93
Recaba y archiva
94
Actualiza el estatus del siniestro con nomenclatura “G” y asienta el importe pagado, el número y la fecha de emisión del CFDI o recibo y la fecha de
pago del siniestro
Expediente AA-PP-CCC/DD
K
Recibe, imprime y archiva
91
Página 54 de 56 Clave: 6330-003-002
g
g
6330-009-032 (anexo 6)
Oficio de solicitud de pago de intereses y/o penas convencionales
6330-009-032 (anexo 6)
6330-009-032 (anexo 6)
Memoria de cálculo
Base de datos
Base de datos
Jefe del AS
Entrega mensualmente base actualizada al Titular de la DCS
y al Responsable de administración de la base de
datos.
95
Responsable de administración de la base de datos
Recibe y elabora NOTA
96
Identifica las compañías aseguradoras que generaron intereses moratorios y penas
convencionales y envía al Jefe del AS para revisión y autorización
97
Jefe del AS
Envía a la compañía aseguradora, anexa y da seguimiento para
pago
98
Expediente AA-PP-CCC/DD
6330-009-032 (anexo 6)
Minuta de trabajo
Conciliación
Concilia con la compañía aseguradora y entrega al Jefe del
ARCP
99
Jefe del AS y Responsable de administración de la base de
datos
ETAPA VCalculo y notificación de intereses moratorios y penas convencionales
CFDIPDF y XML
6330-009-032 (anexo 6)
Minuta de trabajo
Minuta de trabajo
CFDI
Movimientos bancarios
Base de ingresos
Consulta de movimientos
bancarios
CFDI
Expediente de intereses
moratorios y penas convencionales
CFDI
Base de ingresos
Jefe del ARCP
Recibe y da seguimiento al pago
Accede al Sistema PREI Millenium, genera el CFDI y
asienta datos
100
101
Registra CFDI
102
103
104
Analista responsable de la actividad del ARCP
105
Analista responsable de la actividad del ARCP
Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del
ARCP
Envía a las compañías aseguradoras, anexa y archiva
Consulta de movimientos
bancarios
Consulta de movimientos
Recibe del personal de la División de Marco Financiero
Identifica en consulta los depósitos efectuados y actualiza
base de ingresos y remite vía correo al Jefe del ARCP
K
J
Página 55 de 56 Clave: 6330-003-002
h
h
Informe mensual por cuenta contable
Informe mensual de ingresos
Informe mensual de ingresos
Informe mensual de ingresos
Informe mensual de ingresos
Jefe del ARCP
Obtiene y lo envía al Jefe del AS y al Responsable de administración
de la base de datos
106
Envía al Titular de la División de Control de Seguros
107
ETAPA VIInformes de ingresos por
indemnizaciones de siniestros,Interés moratorios, Penas
convencionales, Pago en especiey Pago a terceros
J
Relación de siniestros
pendientes de pago
Relación de pendientes de pago
1CFactura de traslado de dominio emitida por la
aseguradora
1CFactura de los bienes
emitidos por el proveedor
1CActa de entrega-
recepción
1CCuadro de
determinación de pérdidas
Minuta de conciliación de deducibles de pago
en especie de Siniestros
Oficio con los siniestros
pendientes de pago
Pendientes de pago
Informe mensual de ingresos por cuenta
contable
Informe mensual de ingresos
Informe de ingresos mensual
Titular de la DCS y/o Jefe del ARCP
Envía por correo los informes de ingresos, y notificación de pagos
en especie (de existir), a las Áreas competentes
108
Jefe del ARCP y/o Analista responsable de la actividad del
ARCP
Revisa base e identifica los siniestros
pendientes de pago para ser
notificados a las aseguradoras y a la
División de Marco Financiero
109
Elabora y envía la relación de los siniestros pendientes de pago a la
División de Marco Financiero
110
Elabora y envía a la aseguradora oficio y/o correo, anexando la
relación de pendientes de pago
111
Jefe del ARCP y Jefe del AS
Realiza minuta de conciliación de deducibles de pago en especie
con representantes de la aseguradora
112
FIN
8. Relación de documentos que intervienen en el Procedimiento para obtener de la compañía aseguradora la indemnización de siniestros que afecten el patrimonio institucional
Clave Título del documento Observaciones
Página 56 de 56 Clave: 6330-003-002
6330-009-048 Guía para la integración documental de siniestros
Anexo 1
6330-009-030 Cédula de plazos para documentar siniestros
Anexo 2
6330-009-029 Cédula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional
Anexo 3
6330-010-001 Carta de reclamación de siniestro
Anexo 4
6330-009-031 Formato de entrega de documentación sustento del siniestro
Anexo 5
6330-009-032 Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales
Anexo 6
Página 1 de 6 Clave: 6330-003-002
ANEXO 1 “Guía para la integración documental de siniestros”
Página 2 de 6 Clave: 6330-003-002
ANEXO 1
El presente anexo tiene como objetivo facilitar la integración de la documentación requerida para tramitar la indemnización de daños por siniestros.
Esta guía describe la documentación mínima necesaria para cuantificar y dar seguimiento a la reclamación de un siniestro, sin embargo, en casos excepcionales y con fundamento en el Artículo 69 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, la compañía aseguradora podrá solicitar algún otro documento por la particularidad de la reclamación.
Esta documentación deberá integrarse por cada una de las unidades de servicio afectadas por un siniestro (Régimen Ordinario, Prospera y UMAE´S), dependiendo de la particularidad y causa de los daños.
Nombre del Documento
Descripción del documento
Responsable de la Elaboración del Documento.
Acta Administrativa (Aplica a todos siniestros – por ubicación afectada)
Narrativa de hechos que indique modo, tiempo y lugar de lo ocurrido y que contenga listado de los bienes afectados.
Responsable de la Seguridad del inmueble o responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado.
Memoria o Reporte fotográfico digital a color. (Aplica a todos siniestros – por ubicación afectada)
Fotografías diversas que demuestran con imágenes, las afectaciones a los bienes y a sus componentes, mismas que permitirán demostrar el daño y extensión de los mismos.
Responsable de la Seguridad del inmueble o responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado. Cualquier trabajador que haya dado fe de los hechos.
Obra Civil - Daños al inmueble
Dictamen estructural y/o peritaje de daños. (Únicamente en caso de daño estructural)
Documento que especifica la causa y alcance de los daños, el cual tiene como finalidad conocer las condiciones de habitabilidad de un inmueble.
Gestionado por el responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado, en coordinación con la Jefatura de Servicios Administrativos y las áreas de Conservación y Construcciones. En Nivel Central deberá gestionar el documento la Coordinación de Conservación y Servicios Generales y/o la Coordinación de Infraestructura Inmobiliaria.
Presupuestos de reparación y/o reposición.
Es el documento en donde se define el costo real de una reposición y/o reparación de un inmueble afectado, describiendo de forma detallada cada uno de
Gestionado por el responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado, en coordinación con la Jefatura de Servicios
6330-009-048
Página 3 de 6 Clave: 6330-003-002
Nombre del Documento
Descripción del documento
Responsable de la Elaboración del Documento.
los conceptos que intervienen, tales como la unidad, la cantidad, el precio unitario, que da como resultado el costo del concepto; cuya suma final da como resultado, el costo real de la reposición y/o reparación del inmueble.
Administrativos y las áreas de Conservación y Construcciones. En Nivel Central deberá gestionar el documento la Coordinación de Conservación y Servicios Generales y/o la Coordinación de Infraestructura Inmobiliaria.
Generadores de obra
Es el documento mediante el cual se lleva a cabo la cuantificación ó volumetría de un trabajo o concepto de obra, debidamente ubicado y referenciado por ejes, tramos, áreas, etc.
Gestionado por el responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado, en coordinación con la Jefatura de Servicios Administrativos y las áreas de Conservación y Construcciones. En Nivel Central deberá gestionar el documento la Coordinación de Conservación y Servicios Generales y/o la Coordinación de Infraestructura Inmobiliaria.
Robo y/o daños a mobiliario, equipos electrónicos (de cómputo y médicos), daños a maquinaria,
equipos electromecánicos y recipientes sujetos a presión
Acta levantada ante Ministerio Público, o en su caso, autoridad local competente con sello de recibido (Aplica únicamente para robo)
Narrativa de hechos que indique modo, tiempo y lugar de lo ocurrido y que contenga listado de los bienes afectados.
Jefatura de Servicios Jurídicos y/o representante legal del IMSS.
Documentos de preexistencia por cada uno de los bienes afectados
Resguardo de Bienes y/o Facturas y/o Noticias de movimiento, y/o Remisiones de pedido, para consultar las características de los equipos dañados tales como: nombre, marca, modelo, número de serie y número nacional de inventario.
Jefatura de Servicios de Finanzas o Responsables del Control Administrativo de Bienes de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado. En Nivel Central deberá gestionar el documento el área usuaria de los bienes en conjunto con la Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones.
Dictamen técnico por cada uno de los equipos dañados.
Documento que especifique causa, motivo, alcance de los daños, mencionado las características de éstos, tales como: marca, modelo, número de
Gestionado por el responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado, en coordinación con la Jefatura de Servicios
6330-009-048
Página 4 de 6 Clave: 6330-003-002
Nombre del Documento
Descripción del documento
Responsable de la Elaboración del Documento.
inventario y serie; además deberá especificar si el bien es susceptible de reparación o se debe llevar a cabo la sustitución por completo.
Administrativos y las áreas de Conservación. En Nivel Central deberá gestionar el documento la Coordinación de Conservación y Servicios Generales.
Presupuestos de reparación (En caso de daños – pérdida parcial)
Documento que especifique a detalle los trabajos a realizar y las piezas a reponer, desglosando los costos de cada partida de acuerdo al dictamen técnico, incluye: los gastos en los que necesariamente se incurra, para dejar el bien en condiciones de operación en las que se encontraba antes del siniestro, incluyendo el costo de desmontaje y remontaje en caso de equipos.
Gestionado por el responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado, en coordinación con la Jefatura de Servicios Administrativos y las áreas de Conservación. En Nivel Central deberá gestionar el documento la Coordinación de Conservación y Servicios Generales.
Cotización de reposición de un bien similar al afectado, de acuerdo al resguardo de bienes. (En caso de pérdida total)
Este Documento incluye: los gastos en que necesariamente se incurra, y contempla el costo de desmontaje y remontaje en caso de equipos, gastos de adquisición y suministro, así como gastos de exportación e importación, si los hubiere.
Gestionado por el responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado, en coordinación con las áreas involucradas en el proceso de adquisición y validación de características técnicas y uso de los bienes.
Bitácoras de mantenimiento y/u órdenes de servicio y/o bitácoras de operación.
Registro de mantenimientos menores y/o mayores calendarizados, ya sea otorgado por el Instituto o por un proveedor externo.
Gestionado por el responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado, en coordinación con la Jefatura de Servicios Administrativos y las áreas de Conservación. En Nivel Central deberá gestionar el documento la Coordinación de Conservación y Servicios Generales.
Carta de reclamación a CFE y/o a la empresa de vigilancia y sus bitácoras de vigilancia (Para casos de daños por la
Documento que deberá solicitar el resarcimiento del daño por deficiencias en el servicio recibido, en estricto apego a condiciones
Gestionado por el responsable administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado, en coordinación con las
6330-009-048
Página 5 de 6 Clave: 6330-003-002
Nombre del Documento
Descripción del documento
Responsable de la Elaboración del Documento.
acción directa de la energía eléctrica y robo en el orden respectivo)
contractuales o estándares de servicio requerido por el IMSS.
Jefaturas de Servicios Jurídicos y Administrativos, así como las áreas de Conservación y Seguridad y Resguardo de Inmuebles. En Nivel Central deberá gestionar el documento la Coordinación de Conservación y Servicios Generales y la Coordinación Técnica de Seguridad y Resguardo de Inmuebles en el orden respectivo.
Robo y/o Daños a medicamentos, biológicos y/o vacunas,
Bienes de consumo y mercancía en tiendas. Acta levantada ante Ministerio Público, o en su caso, autoridad local competente con sello de recibido (Aplica únicamente para robo)
Narrativa de hechos que indique modo, tiempo y lugar de lo ocurrido y que contenga listado de los bienes afectados.
Jefatura de Servicios Jurídicos y/o representante legal del IMSS.
Inventario físico anterior y posterior a la fecha del siniestro (con sustento, kardex, marbetes, conteos)
El inventario es un conteo físico y/o en sistema de los bienes existentes antes de la ocurrencia del siniestro para identificarla y confrontarla contra la existencia registrada posterior al siniestro.
Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado en coordinación con la Jefatura de Servicios Administrativos y las áreas de Abasto, Tiendas, Farmacia, Médica, etc.
Relación valorizada de los bienes afectados.
Listado de precios de sustitución de los activos de conformidad con las condiciones establecidas en los contratos de seguro patrimoniales vigentes a la fecha del siniestro.
Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado en coordinación con la Jefatura de Servicios Administrativos y las áreas de Abasto, Adquisiciones, Tiendas, Farmacia, Médica, etc.
Dictamen de no utilidad de medicamentos.
Documento oficial que determina la Utilidad o No Utilidad de los bienes reportados como afectados.
Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado en coordinación con la Jefatura de Servicios Administrativos y de Prestaciones Médicas. En Nivel Central el documento lo gestionará la Coordinación de Control Técnico de Insumos.
6330-009-048
Página 6 de 6 Clave: 6330-003-002
Nombre del Documento
Descripción del documento
Responsable de la Elaboración del Documento.
Pérdidas consecuenciales
Comprobantes desglosados y justificados de los gastos generados.
Documento que sustenta el gasto de los servicios subrogados, compras emergentes y gastos generados por el evento.
Gestionado por el responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado en coordinación con las diversas áreas involucradas en el proceso de requerimiento, contratación y/o pago de conceptos con cobertura de pérdidas consecuenciales en apego a las condiciones de los contratos de seguro patrimoniales.
Robo o daños a dinero en efectivo o valores
Acta levantada ante Ministerio Público, o en su caso, autoridad local competente con sello de recibido (Aplica únicamente para robo)
Narrativa de hechos que indique modo, tiempo y lugar de lo ocurrido y que contenga listado de los bienes afectados.
Jefatura de Servicios Jurídicos y/o representante legal del IMSS.
Documentos de preexistencia que acrediten el origen del efectivo o valor robado o afectado
Arqueo de caja, facturas, recibos, reexpedición de cheques, comprobantes bancarios, tickets, etc.
Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado en coordinación con la Jefatura de Servicios Jurídicos, Finanzas, Incorporación y Recaudación, etc.
Procedimiento de Coordinación en Materia de Robo
Oficio dirigido a la División de Control de Seguros
Documento a través del cual se informa del resultado de los procedimientos de investigación laboral o de reclamación ante la empresa de vigilancia. Para cualquiera de las dos opciones, deberá adjuntar copia del resultado de ambos procedimientos.
Responsable Administrativo de la Unidad Médica o No Médica o servicio afectado en coordinación con la Jefatura de Servicios Jurídicos Delegacional, Coordinación Laboral, Coordinación de Investigación y Asuntos de Defraudación, la Coordinación Técnica de Seguridad y Resguardo de Inmuebles y la Unidad de Personal o Jefatura de Servicios de personal.
6330-009-048
Página 1 de 4 Clave: 6330-003-002
ANEXO 2 “Cédula de plazos para documentar siniestros”
Página 2 de 4 Clave: 6330-003-002
1.- Para siniestros cuya pérdida indemnizable sea menor a $1’000,000.00 (Un millón de pesos 00/100 M.N.)
Actividad Responsable de la actividad Plazo máximo
Proporcionar la documentación sustento del siniestro
1. Los Responsables Administrativos de la Unidad Médica o No Médica afectada por un siniestro.
2. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones
Normativas.
3. Las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas.
4. Los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad.
5. Las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales.
Se dispone para el envío de documentación sustento al Área de Siniestros, de 60 días hábiles contados a partir de la fecha de ocurrencia del siniestro.
Firma del cuadro de determinación de pérdidas
1. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas.
2. Las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas.
3. Los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad
4. Las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales
Se dispone para el envío del cuadro de determinación de pérdidas debidamente autorizado al Área de Siniestros, de 5 días hábiles contados a partir de la fecha en que el Área de Siniestros solicitó la firma correspondiente.
Total del proceso 65 días hábiles NOTA: Salvo la justificación correspondiente en los supuestos de que: i) las autoridades gubernamentales no proporcionan el Acta ante el Ministerio Público; ii)las Autoridades de Protección Civil no entreguen los dictámenes de desalojo, seguridad estructural, habitabilidad del inmueble o unidad afectada; iii) los laboratorios fabricantes o distribuidores no proporcionen la cotización de vacunas; iv) las autoridades de la Secretaría de Salud no proporcionen el dictamen de inutilización, destrucción o confinamiento de medicamentos; v) los fabricantes o distribuidores de equipos médicos de alta especialidad no entreguen los dictámenes técnicos de daños y presupuestos de reparación y/o reposición, serán interrumpidos los plazos antes mencionados.
6330-009-030
Página 3 de 4 Clave: 6330-003-002
2.- Para siniestros cuya pérdida indemnizable sea mayor a $1’000,000.01 (Un millón de pesos) y menor de $5’000,000.00 (Cinco millones de pesos 00/100 M.N)
Actividad Responsable de la actividad Plazo máximo
Proporcionar la documentación sustento del siniestro
1. Los Responsables Administrativos de la Unidad Médica o No Médica afectada por un siniestro.
2. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones
Normativas.
3. Las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas.
4. Los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad
5. Las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales
Se dispone para el envío de documentación sustento al Área de Siniestros, de 90 días hábiles contados a partir de la fecha de ocurrencia del siniestro.
Firma del cuadro de determinación de pérdidas
1. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones
Normativas.
2. Las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas.
3. Los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad
4. Las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales
Se dispone para el envío del cuadro de determinación de pérdidas debidamente autorizado al Área de Siniestros, de 5 días hábiles contados a partir de la fecha en que el Área de Siniestros solicitó la firma correspondiente.
Total del proceso 95 días hábiles NOTA: Salvo la justificación correspondiente en los supuestos de que: i) las autoridades gubernamentales no proporcionan el Acta ante el Ministerio Público; ii)las Autoridades de Protección Civil no entreguen los dictámenes de desalojo, seguridad estructural, habitabilidad del inmueble o unidad afectada; iii) los laboratorios fabricantes o distribuidores no proporcionen la cotización de vacunas; iv) las autoridades de la Secretaría de Salud no proporcionen el dictamen de inutilización, destrucción o confinamiento de medicamentos; v) los fabricantes o distribuidores de equipos médicos de alta especialidad no entreguen los dictámenes técnicos de daños y presupuestos de reparación y/o reposición, serán interrumpidos los plazos antes mencionados.
6330-009-030
Página 4 de 4 Clave: 6330-003-002
3.- Para siniestros cuya pérdida indemnizable sea mayor $5’000,000.01 (Cinco millones de pesos 01/100 M.N)
Actividad Responsable de la actividad Plazo máximo
Proporcionar la documentación sustento del siniestro
1. Los Responsables Administrativos de la Unidad Médica o No Médica afectada por un siniestro.
2. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones
Normativas.
3. Las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas.
4. Los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad
5. Las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales
Se dispone para el envío de documentación sustento al Área de Siniestros, de 120 días hábiles contados a partir de la fecha de ocurrencia del siniestro.
Firma del cuadro de determinación de pérdidas
1. Los Departamentos Administrativos de las Direcciones Normativas.
2. Las Jefaturas Delegacionales de Servicios de Finanzas.
3. Los Departamentos de Finanzas en Unidades Médicas de Alta Especialidad
4. Las Gerencias de Finanzas en Centros Vacacionales
Se dispone para el envío del cuadro de determinación de pérdidas debidamente autorizado al Área de Siniestros, de 5 días hábiles contados a partir de la fecha en que el Área de Siniestros solicitó la firma correspondiente.
Total del proceso 125 días hábiles
NOTA: Salvo la justificación correspondiente en los supuestos de que: i) las autoridades gubernamentales no proporcionan el Acta ante el Ministerio Público; ii)las Autoridades de Protección Civil no entreguen los dictámenes de desalojo, seguridad estructural, habitabilidad del inmueble o unidad afectada; iii) los laboratorios fabricantes o distribuidores no proporcionen la cotización de vacunas; iv) las autoridades de la Secretaría de Salud no proporcionen el dictamen de inutilización, destrucción o confinamiento de medicamentos; v) los fabricantes o distribuidores de equipos médicos de alta especialidad no entreguen los dictámenes técnicos de daños y presupuestos de reparación y/o reposición, serán interrumpidos los plazos antes mencionados.
6330-009-030
Página 1 de 4 Clave: 6330-003-002
ANEXO 3 “Cédula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional”
Página 2 de 4 Clave: 6330-003-002
6330-009-029
Página 3 de 4 Clave: 6330-003-002
ANEXO 3 “Cedula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional”
INSTRUCTIVO DE LLENADO No. DATO ANOTAR 1 Dirección Normativa, Delegación,
UMAE o Centro Vacacional: El nombre de la Dirección Normativa, la Delegación, la UMAE o el Centro Vacacional a la cual depende la(s) unidad(es) siniestrada(s).
2 Unidad Médica o No Médica afectada:
El nombre y número de la unidad médica o no médica afectada por la ocurrencia de un siniestro.
3 Dirección de la unidad afectada: La calle, el número, la colonia, el municipio, la ciudad, el Estado de la República Mexicana y el código postal en donde se encuentra físicamente ubicada la unidad médica o no médica en la cual ocurrió el siniestro.
4 Servicio afectado: El nombre del servicio afectado por la ocurrencia del siniestro.
5 Unidad de Información: El número de unidad de información que corresponda a la unidad médica o no médica afectada por el siniestro.
6 Centro de Costos: El número de centro de costos del servicio afectado.
7 Fecha del siniestro: La fecha de ocurrencia del siniestro DD/MM/AAAA.
8 Causa del siniestro: La causa del siniestro.
9 Relación de Bienes afectados: La relación de los bienes afectados por el siniestro.
10 Importe estimado de los daños por siniestro:
El monto estimado de los daños causados por el siniestro, que deberán estar valorizados en montos de pérdidas del inmueble, bienes de consumo y mobiliario y equipos.
11 Descripción del siniestro: Una breve descripción del siniestro.
6330-009-029
Página 4 de 4 Clave: 6330-003-002
ANEXO 3 “Cedula de reporte de siniestro con afectación al patrimonio institucional”
INSTRUCTIVO DE LLENADO No. DATO ANOTAR 12 Nombre, cargo, correo electrónico
y teléfono de la persona que atenderá al despacho de ajustadores en posible visita de inspección de daños
Datos del personal institucional que atenderá al despacho de ajustadores en posibles visitas de inspección de daños
13 Nombre y la firma del Titular del Departamento Administrativo de Dirección Normativa o del Titular Delegacional de Servicios de Finanzas o del Titular del Departamento de Finanzas en UMAE o del Gerente de Finanzas en Centros Vacacionales, al que dependa la unidad o servicio afectado por el siniestro.
Datos del personal institucional que esta cargo del servicio afectado por el siniestro
6330-009-029
Página 1 de 3 Clave: 6330-003-002
ANEXO 4 “Carta de reclamación de siniestro”
Página 2 de 3 Clave: 6330-003-002
6330-010-001
Página 3 de 3 Clave: 6330-003-002
ANEXO 4 “Carta de reclamación de siniestro”
INSTRUCTIVO DE LLENADO No. DATO ANOTAR 1 Fecha: La fecha de emisión del oficio.
2 Representante de la compañía
aseguradora: El nombre y cargo del representante de la compañía aseguradora que atiende directamente la cuenta del IMSS.
3 Referencia: Una breve descripción del siniestro, en el cual deberá especificar la causa del daño, la(s) unidad(es) afectada(s) por el siniestro, el Municipio y Estado de la República Mexicana en donde se encuentra(n) la(s) unidad(es) afectada(s) y la fecha de ocurrencia del siniestro.
4 Reporte asignado: El número de siniestro que asigna la compañía aseguradora para identificación del mismo.
5 Expediente IMSS: El número de expediente que asigna el Área de Siniestros.
6 Cantidad: El importe (con número y letra) estimado de los daños que reporta la Unidad Médica y No Médica afectada por el siniestro.
7 Nombre del despacho de ajustadores:
El nombre del despacho de ajustadores designado por la compañía aseguradora para la atención del siniestro.
8 Datos del Jefe de Área: El nombre y firma del Jefe del Área de Siniestros.
6330-010-001
Página 1 de 3 Clave: 6330-003-002
ANEXO 5 “Formato de entrega de documentación sustento del siniestro”
Página 2 de 3 Clave: 6330-003-002
6330-009-031
Página 3 de 3 Clave: 6330-003-002
ANEXO 5 “Formato de entrega de documentación sustento del siniestro”
INSTRUCTIVO DE LLENADO No. DATO ANOTAR 1 Fecha: La fecha de emisión del formato.
2 Nombre y cargo:
El nombre y cargo del representante del despacho de ajustadores que atiende directamente la cuenta del IMSS.
3 Reporte asignado: El número de siniestro que asigna la compañía aseguradora para identificación del mismo.
4 Expediente IMSS: El número de expediente que asigna el Área de Siniestros.
5 Responsable de Atención de Siniestros
El nombre y la firma del Analista responsable de atención de siniestros del Área de Siniestros que elabora el formato.
6330-009-031
Página 1 de 4 Clave: 6330-003-002
ANEXO 6 “Memoria de cálculo de intereses moratorios y penas convencionales”
Página 2 de 4 Clave: 6330-003-002
(3)
(4)
(5)
(6)
(7)
(8)
(9)
(10)
(11)
(12)
(13)
(14)
(15)
(16)
(17)
(18)
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ANEXO 6 “Memoria de cálculo de interese moratorios y penas convencionales”
INSTRUCTIVO DE LLENADO No. DATO ANOTAR 1 No. de Siniestro otorgado por la
aseguradora El número designado al siniestro por la aseguradora, para identificar el reporte del evento.
2 Expediente IMSS
El número de expediente IMSS del siniestro.
3 Importe pagado Es el importe recuperado por la compañía aseguradora derivado del siniestro
4 Moneda (MXN/USD) Indemnización efectuada en pesos o dólares.
5 Fecha de entrega del cuadro de pérdidas (firmado por el IMSS al ajustador
El día, mes y año en que el ajustador entrega al responsable de siniestros el cuadro de pérdidas.
6 Fecha de transferencia de pago El día, mes y año en aparecer reflejado el importe indemnizado por las compañías aseguradoras en las cuentas bancarias del Instituto derivado de los pagos efectúa mediante transferencia electrónica por la indemnización del siniestro.
7 Total días naturales La cantidad que resulte de la operación en Excel: numeral (6) menos numeral (5) más 1.
8 Días de atraso La cantidad que resulte de la operación: numeral (7) menos 30.
9 A Valor de la reclamación en el plazo de la indemnización
El importe de indemnización del siniestro solicitado a la aseguradora.
10 B Precio UDI a la fecha de exigibilidad legal de la indemnización
El precio de las UDIS a la fecha de exigibilidad legal (día hábil posterior a la fecha máxima de pago de indemnización), publicada por el Banco de México. Aplica únicamente para indemnizaciones pagadas en moneda nacional.
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ANEXO 6 “Memoria de cálculo de interese moratorios y penas convencionales”
INSTRUCTIVO DE LLENADO No. DATO ANOTAR 11 C Conversión a UDIS del valor de
la reclamación (aplica sólo MXN) A / B
Para indemnizaciones pagadas en moneda nacional, es el valor que resulte de dividir el valor de la reclamación entre el precio de la UDI en la fecha del plazo de indemnización. Para indemnizaciones en dólares americanos será igual a “A”.
12 D Tasa de CCP UDI (MXN o USD según corresponda) en el mes de la fecha de pago
El costo de captación promedio (CCP) en UDIS publicado en el Diario Oficial de la Federación para el mes de la fecha de pago.
13 E D * 1.25 El valor que resulte de multiplicar “D” por 1.25.
14 F E / 365 El valor que resulte de dividir “E” entre 365 (días).
15 G Interés moratorio por día de atraso en UDIS para MXN y USD para los mismos C*F
El valor que resulte de multiplicar la conversión a UDIS “C” en la fecha del plazo de indemnización por “F”.
16 H G * días de atraso
El valor que resulte de multiplicar “G” por los días de atraso (8).
17 I Precio UDI a la fecha de transferencia de pago (aplica sólo MXN)
Precio de las UDIS al día de la transferencia de pago. Aplica únicamente para indemnizaciones pagadas en moneda nacional.
18 J Interés moratorio H * I = (MXN) El importe del interés moratorio que resulte de multiplicar “H” por el precio UDI a la fecha de transferencia de pago.
19 Total
La suma de intereses moratorios de todos los casos que se presenten.
NOTA 1: El cálculo de intereses moratorios deberá aplicarse de acuerdo a las condiciones establecidas en los contratos de seguro patrimoniales, considerando las especificaciones de cada vigencia, mismo que podrá ser ajustado de acuerdo a las disposiciones emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. NOTA 2: Las penas convencionales se calculan de conformidad con lo establecido en la cláusula “Penas Convencionales” de los contratos de seguro patrimoniales
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