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PPPPTT CCóóddiiggoo 11000000
NET747813: “SERVICIO DE GESTIÓN Y
DINAMIZACIÓN EN EL EQUIPAMIENTO DE
USO PÚBLICO CENTRO DE VISITANTES
LAGUNA DE ZOÑAR”
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
PLIEGO PRESCRIPCIONES TÉCNICAS © AGENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA DE ANDALUCÍA - Todos los derechos reservados Página 2 de 94
ÍNDICE
1 OBJETO ....................................................................................................................................... 4
2 ANTECEDENTES ........................................................................................................................ 4
3 DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Y OBJETIVOS ......................................................................... 5
3.1 TRABAJOS Y SERVICIOS A PRESTAR ...................................................................... 6
3.1.1 SERVICIOS PRINCIPALES .................................................................................. 7
3.1.2 SERVICIOS COMPLEMENTARIOS ................................................................... 15
3.1.3 SERVICIOS AUXILIARES ................................................................................... 19
3.1.4 TRABAJOS COMPLEMENTARIOS .................................................................... 20
3.2 LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS TRABAJOS ........................................................ 23
3.3 DURACIÓN DE LOS TRABAJOS. HORARIO DE APERTURA Y CIERRE. ............... 24
4 RÉGIMEN ECONÓMICO ........................................................................................................... 24
4.1 PRESUPUESTO Y FACTURACIÓN ........................................................................... 24
4.2 REMUNERACIÓN FIJA ............................................................................................... 25
4.3 REMUNERACIÓN VARIABLE ..................................................................................... 25
4.3.1 SERVICIO DE DINAMIZACIÓN I (PROGRAMA DE VISITAS A ESPACIOS
NATURALES) ..................................................................................................................... 25
4.3.2 SERVICIO DE DINAMIZACIÓN II (PLAN DE DINAMIZACIÓN) ......................... 27
4.4 SUMINISTROS Y MANTENIMIENTOS ....................................................................... 27
CUADRO RESUMEN ....................................................................................................................... 29
ANEXO 1: NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO PARA EQUIPAMIENTOS DE USO
PÚBLICO .......................................................................................................................................... 32
1 OBJETIVO .................................................................................................................................. 33
2 UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES ................................................................................. 33
3 NORMAS DEL ESPACIO NATURAL Y COHERENCIA AMBIENTAL ...................................... 34
4 IDENTIDAD E IMAGEN ............................................................................................................. 34
5 PERSONAL INTERVINIENTE EN LA REALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS ........................... 36
6 VIGILANCIA ............................................................................................................................... 36
7 MOBILIARIO .............................................................................................................................. 36
8 HOJA DE RECLAMACIONES ................................................................................................... 37
9 TARIFAS Y PRECIOS ............................................................................................................... 37
10 TICKETS ............................................................................................................................. 37
ANEXO 2. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA TIENDA ...................................................... 38
1 INTRODUCCIÓN ....................................................................................................................... 39
2 GESTIÓN DE LA TIENDA RENPA ............................................................................................ 39
2.1 SELECCIÓN DE PRODUCTOS .................................................................................. 39
2.2 COMPRA DE PRODUCTOS ....................................................................................... 40
2.3 EXPOSICIÓN Y REGISTRO DEL PRODUCTO ......................................................... 43
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2.4 RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA ............................................................................. 44
2.5 ALMACENAMIENTO ................................................................................................... 44
3 INFORMACIÓN DE VENTAS .................................................................................................... 45
ANEXO 3: HORARIO DE APERTURA ............................................................................................ 46
ANEXO 4: PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA DE VISITAS. ..................... 47
1 CONDICIONES GENERALES PARA EL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN EN LOS
EQUIPAMIENTOS DE USO PÚBLICO”. ......................................................................................... 48
1.1 OBJETIVOS Y PRESENTACIÓN ................................................................................ 48
1.2 CONTENIDOS DEL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN EN EQUIPAMIENTOS E
INSTALACIONES....................................................................................................................... 49
1.3 ACTIVIDADES Y SERVICIOS SOMETIDOS A TARIFA ............................................. 50
1.4 ACTIVIDADES GRATUITAS ....................................................................................... 59
2 PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DEL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN EN LOS
EQUIPAMIENTOS DE USO PÚBLICO ............................................................................................ 64
2.1 INTRODUCCIÓN ......................................................................................................... 64
2.2 EL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN ............................................................................. 64
2.2.1 OBJETIVOS DEL SERVICIO .............................................................................. 64
2.2.2 ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN ...................... 64
2.3 PRINCIPIO BÁSICOS REGULADORES DEL SERVICIO .......................................... 67
2.4 PROCEDIMIENTOS DEL SERVICIO DE DE DINAMIZACIÓN .................................. 71
2.4.1 PROGRAMACIÓN .............................................................................................. 71
2.4.2 EJECUCIÓN DEL PLAN DE DINAMIZACIÓN .................................................... 75
2.5 PLAN DE COMUNICACIÓN ........................................................................................ 80
2.6 SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN .................... 80
2.6.1 DOCUMENTO PARA EL SEGUIMIENTO DEL PLAN DE DINAMIZACIÓN ...... 80
2.6.2 DOCUMENTO PARA EL SEGUIMIENTO DEL PLAN DE COMUNICACIÓN .... 82
2.6.3 DOCUMENTACIÓN PARA LA EVALUACIÓN .................................................... 83
3 MODELOS FICHAS TÉCNICAS PARA EL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN ............................ 84
3.1 FICHA TÉCNICA PARA EL PROGRAMA DE VISITAS: ACTIVIDADES A
DESARROLLAR EN “LA NATURALEZA Y TÚ” ........................................................................ 84
3.2 FICHA TÉCNICA PROGRAMA DE VISITAS: ACTIVIDADES A DESARROLLAR EN
“NATURALEZA PARA TODOS” ................................................................................................ 85
3.3 FICHA TÉCNICA PARA EL PROGRAMA DE DINAMIZACIÓN.................................. 86
3.4 MODELO DE FICHAS DIDÁCTICAS “LA NATURALEZA Y TÚ” ................................ 88
ANEXO 5: LISTADO DE PUBLICACIONES SUJETAS AL SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN .......... 90
ANEXO 6: PÓLIZAS DE SEGURO ....................................... ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO.
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1 OBJETO
El presente pliego de prescripciones técnicas tiene por objeto establecer las condiciones y
requisitos que regularán la contratación del “SERVICIO DE GESTIÓN Y DINAMIZACIÓN EN EL
EQUIPAMIENTO DE USO PÚBLICO CENTRO DE VISITANTES LAGUNA DE ZOÑAR”.
2 ANTECEDENTES
En Andalucía, los equipamientos de recepción e información de los Espacios Naturales Protegidos
que forman parte de la Red de Espacios Naturales de Andalucía (RENPA) están orientados a
proporcionar acogida a los visitantes y proporcionarles la información necesaria para interpretar
los valores naturales y culturales más relevantes del espacio protegido, facilitando el primer
contacto con el entorno y estimulando al visitante a recorrerlo, conocerlo, disfrutarlo y conservarlo.
La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía (en
adelante CMAOT) mediante la Orden de 26 de octubre de 1998, encarga a la Empresa de Gestión
Medioambiental, S.A. (ahora Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía) la gestión de la
red de equipamientos de uso público y servicios asociados en los Espacios Naturales de
Andalucía, facultándola para llevar a cabo una gestión integrada de los equipamientos de la
Comunidad Autónoma de conformidad con las condiciones que la Orden establece.
Anualmente la CMAOT publica una Orden en la que se acuerda la transferencia de financiación y
la relación de equipamientos sujetos a este sistema de gestión. El equipamiento de uso público
objeto del presente contrato se incluye en la Orden correspondiente al presente ejercicio. La
Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía (en adelante LA AGENCIA), para fomentar el
desarrollo económico local, favorecer la participación de los grupos locales en su gestión y
promover incentivos para la acción local, debe sacar a licitación la gestión de estos equipamientos.
En el presente pliego se van a determinar las características de los servicios a prestar así como
las normas y procesos relativos a los equipamientos de recepción e información, que son:
Centro de visitantes: Equipamiento que es punto de referencia de toda la oferta de uso
público y está destinado a cumplir los servicios de recepción, información e interpretación
relacionados con el espacio natural protegido, sus valores naturales y culturales y su
gestión, su oferta relacionada, así como de orientación para la visita mediante información
de la oferta de uso público, y de promoción y desarrollo de programas de actividades y
servicios vinculados al uso público o turismo y a la educación ambiental. La información e
interpretación se realiza tanto con atención personalizada como con exposiciones
interpretativas. (EUROPARC-España, 2005)
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Punto de información: Equipamiento destinado a la recepción e información del visitante
(sobre actividades, oportunidades de uso público, ofertas de alojamiento, oferta de
servicios relacionados, instalaciones disponibles, material de apoyo para el mejor
conocimiento del espacio protegido, etcétera). El punto puede ser o no atendido por
personal. (EUROPARC-España, 2005)
Ecomuseo: Equipamiento destinado a revelar al visitante elementos naturales (especias,
hábitat o paisajes) y etnológicos (actividades, obras o expresiones humanas tales como
comportamientos y tradiciones) del espacio natural protegido y su entorno. (EUROPARC-
España, 2005)
En su definición, estos equipamientos están orientados a apoyar las actividades más elementales
de uso público, es decir las de obtener información, orientar y recibir al visitante, observar el
paisaje y sus recursos naturales y culturales, y recorrer el medio, que son funciones que el
visitante puede realizar en su relación directa con la naturaleza.
3 DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Y OBJETIVOS
La responsabilidad última de la gestión del equipamiento corresponde exclusivamente a LA
AGENCIA (en adelante LA AGENCIA), sin que hechos como la tenencia de llaves o el libre acceso
a las instalaciones por parte del contratista (en adelante la Empresa Gestora) impliquen cambio
alguno en la titularidad del equipamiento.
Según la nueva Estrategia de Acción para la Gestión del Uso Público de la Red de Espacios
Naturales Protegidos de Andalucía (RENPA) “[…] la puesta en marcha de estos centros, debe
suponer la apertura de una vía de apoyo al desarrollo de las comarcas en las que se implantan,
dotándolas de un lugar de dinamización educativa, empresarial y social. Si damos una paso más
allá podríamos llegar a hablar de una gestión participativa por parte de los habitantes del entorno y
sus agentes dinamizadores.”
Los objetivos que persigue el Modelo de Gestión de Centros de Visitantes de la RENPA son:
Configurar equipamientos social y económicamente sostenibles.
Fomentar la participación de la Comunidad Local en la utilización del Centro de Visitantes,
proyectando este equipamiento como un recurso a su servicio.
Apoyar la dinamización del Centro de Visitantes a través de la realización de actividades
en el propio Centro o en el Espacio Protegido; proyectar los equipamientos como “lugares
donde pasan cosas”
Fomentar sinergias entre distintas instalaciones.
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De acuerdo con estas directrices, la Empresa Gestora deberá prestar una serie de servicios y
actividades en el Centro de Visitantes dirigidos a:
Proporcionar una correcta recepción y acogida a los visitantes.
Ofrecer información completa, adecuada y diversa a los visitantes con el objetivo último de
facilitar la interpretación de los valores naturales y socioculturales del espacio natural y
atender sus demandas complementarias (servicios, instalaciones, actividades, etc.).
Optimizar el rendimiento de los recursos disponibles.
Fomentar el emprendizaje, la innovación y el dinamismo
Lograr una mayor integración del equipamiento, los servicios y las empresas en el territorio
Garantizar el mantenimiento necesario del equipamiento de uso público (servicios de
limpieza, mantenimiento menor, jardinería…)
Los criterios básicos que han de orientar la gestión del equipamiento son:
Integración de la participación ciudadana en la gestión.
Cooperación entre la Empresa Gestora y LA AGENCIA para alcanzar los objetivos
comunes.
Optimización y eficiencia en el uso de los recursos disponibles.
Flexibilidad en la gestión.
Mejora continua en la prestación de los servicios.
Continuidad en el servicio.
Profesionalización de la gestión.
Diversificación de líneas de negocios de productos.
3.1 TRABAJOS Y SERVICIOS A PRESTAR
La prestación de los servicios, se llevará a cabo de acuerdo con lo previsto en los
correspondientes documentos contractuales, sin perjuicio de la aplicación en todo caso de las
disposiciones legales y reglamentarias que afecten a cada tipo de servicio a prestar.
La Empresa Gestora prestará en el equipamiento objeto del presente documento los servicios que
se concreten y expresamente se indiquen en el correspondiente CUADRO RESUMEN, anexo a
este pliego, así como los que se recojan, a partir del plan de uso y gestión presentado en la oferta,
en el contrato correspondiente. Todos los servicios se prestarán atendiendo a las Normas
Generales de Funcionamiento en Equipamientos de Uso Público expresadas en el Anexo 1. Se
podrán proponer servicios tanto dentro de las instalaciones objeto del presente pliego, como a lo
largo del espacio natural donde se encuentra ubicado el equipamiento, y que sirvan de
complemento a los servicios recogidos en el presente documento. El desarrollo de estos nuevos
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servicios no podrá incumplir la normativa de aplicación y deberán tenerse en vigor los preceptivos
permisos de la administración ambiental competente.
Para satisfacer los objetivos establecidos, la Empresa Gestora deberá prestar tres tipos de
servicios y trabajos internos:
Servicios principales. Son los que se relacionan directamente con el público visitante y
son considerados como esenciales.
Servicios complementarios. Aquellos que resultan sinérgicos con los servicios
principales y también se encuentran relacionados con el visitante.
Servicios auxiliares, que comprenden todas las tareas relativas al mantenimiento del
equipamiento en condiciones adecuadas de funcionamiento, orden, seguridad básica,
limpieza e higiene.
Trabajos internos. Este bloque integra todos los procesos internos de control,
seguimiento, mejora y evaluación necesarios para garantizar el adecuado funcionamiento
de los servicios y la correcta comunicación entre la Empresa Gestora y LA AGENCIA.
A continuación se ofrece una descripción detallada de cada uno de los servicios y trabajos a
desarrollar por parte de la Empresa Gestora, si así es especificado en el CUADRO RESUMEN.
3.1.1 SERVICIOS PRINCIPALES
La Empresa Gestora prestará en el equipamiento objeto del presente contrato los siguientes
servicios directamente relacionados con los visitantes:
Recepción e información al visitante
Explotación de los recursos básicos existentes en la instalación (tienda, cafetería y/u otros
servicios asociados a la instalación)
Dinamización del Centro (Educación Ambiental e Interpretación del Patrimonio,
Participación Ciudadana y otras Actividades Complementarias compatibles con los usos y
vocación del Centro y el Espacio Natural)
3.1.1.1 SERVICIO DE INFORMACIÓN AL VISITANTE
Es esta una función básica que debe de asumir la Empresa Gestora. Los contenidos deben poder
ser transmitidos por parte del personal que atiende este servicio tanto en español como en inglés.
Aquí se engloban las siguientes tareas:
Recepción y atención al visitante: Ofrecer información y orientación destinada a satisfacer las
necesidades del visitante en relación a los diferentes servicios e instalaciones del Espacio Natural
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en el que se ubica o asocia el equipamiento, así como consejos básicos para su bienestar y su
seguridad.
Información al visitante, principalmente en lo referente al contenido (sobre el mínimo facilitado
por LA AGENCIA) de los siguientes apartados:
a) Interpretación ambiental de los valores naturales y culturales del Espacio Natural en el que
se ubica o asocia el equipamiento.
b) Legislación y normativa vigente para la protección y conservación de los valores
anteriormente señalados. La Empresa Gestora, también, deberá prestar la información
relativa a la normativa sobre uso público y recomendaciones que se han aprobado
mediante instrumentos de ordenación y regulación tanto de carácter general (Orden de
Turismo Activo, de 20 de marzo de 2003 y el Decreto 15/2011, de 1 de febrero, por el que
se establece el régimen general de planificación de usos y actividades en los parques
naturales y se aprueban medidas de agilización de procedimientos administrativos), como
específicamente para este Espacio Natural. Desde LA AGENCIA, se suministrará un
resumen sobre la normativa de aplicación y sus procedimientos, de forma que el
informador pueda orientar correctamente al usuario en el desarrollo de su actividad en el
Espacio Natural.
c) Actuación que realiza la CMAOT para el cumplimiento de los objetivos fijados en el Plan
Andaluz de Medio Ambiente y en la normativa específica de los Espacios Protegidos.
d) Dar a conocer los diferentes servicios e instalaciones de Uso Público y atender otras
demandas complementarias relativas al Espacio Natural donde se ubica el equipamiento.
e) Facilitar la realización de actividades, libres u organizadas, que permitan al visitante
ocupar su tiempo de ocio de forma más o menos activa y espontánea, en el medio natural.
f) Suministrar información de calidad sobre el territorio en general y la oferta patrimonial,
cultural y de servicios del mismo.
g) Ofertar los servicios específicos del equipamiento.
Este servicio se prestará obligatoriamente acorde con la información contenida en el “Libro de
Información Básica” proporcionado por LA AGENCIA, en caso de que exista, a la Empresa
Gestora, siendo su actualización una obligación de la Empresa Gestora siguiendo las
instrucciones que aquella proporcione. LA AGENCIA supervisará y aprobará los contenidos.
El “Libro de Información Básica” pretende ser un libro de consulta, control y recopilación de la
información que reclama el visitante, creando no solo una información mínima en este servicio,
sino también un procedimiento de intercambio de información entre LA AGENCIA, la CMAOT y las
Empresas-informadores gestores de los equipamientos de Atención e Información al Visitante.
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Este Libro servirá para determinar qué información esencial es la que se debe prestar en cada
equipamiento a tres niveles: nivel equipamiento, nivel espacio natural y nivel RENPA, incluyendo
no sólo información genérica, sino de programas y actuaciones que la CMAOT (en cualquiera de
sus centros directivos) está desarrollando en el territorio. Mientras tanto, el procedimiento de
intercambio de información permitirá que todos los informadores sean conocedores de forma fluida
y rápida de las novedades a nivel regional (por ejemplo, inicio de las restricciones por peligro de
incendio) o particulares (por ejemplo, el cierre de una instalación en concreto)
Consta de una parte documental con información del espacio natural, una hoja de control donde
se recogen información actual y dinámica y un boletín de creación mensual con la participación de
la CMAOT, LA AGENCIA y las Empresas Colaboradoras.
De igual modo se deberá disponer en el equipamiento de un tablón de anuncios divulgativo o
similar, en sitio visible, donde se informe de cuantos eventos en materia ambiental, social o
cultural se celebren en el entorno del equipamiento, así como del programa de visitas. Este
servicio será actualizable, para lo cual la Empresa Gestora deberá contactar con Ayuntamientos y
Organizaciones con objeto de recopilar la información necesaria, exponiéndola adecuadamente.
Además, se facilitará a la Empresa Gestora un “Protocolo de actuación para el Servicio de
Atención e Información al Visitante”, de obligado cumplimiento, donde se pretende dar a los
informadores unas pautas para optimizar los recursos informativos que se dispone en los
equipamientos de uso público, con el objeto de cubrir las necesidades de los visitantes, haciendo
estos equipamientos más útiles en las visitas a los espacios naturales. La Empresa Gestora, al
inicio de los trabajos y periódicamente, deberá desarrollar propuestas de optimización de los
recursos disponibles en el equipamiento, con el objeto de especificar el Protocolo para el
equipamiento objeto del presente documento. Estas propuestas deberán contar con la aprobación
de LA AGENCIA.
Se incluye en este apartado el servicio de interpretación de los contenidos expositivos del
equipamiento objeto del presente contrato. Este servicio será remunerado por los visitantes
interesados, sin necesidad de que hayan realizado una reserva previa, estableciéndose una cuota
por persona que la Empresa Gestora deberá proponer en su oferta y posteriormente será validado
por LA AGENCIA.
3.1.1.2 SERVICIO DE VENTA DE ARTÍCULOS.
La Empresa Gestora prestará el servicio de venta de artículos, debiendo hacerlo sin menoscabo
alguno para el Servicio de Información y Atención al Visitante y sin comprometer en ningún
momento la imagen y finalidad del Equipamiento.
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Este servicio se prestará conforme a las normas de LA AGENCIA relativas a la gestión de tiendas
RENPA, que se adjuntan en el Anexo 2 Normas de funcionamiento de la tienda del presente
pliego.
Las tiendas RENPA ofrecen una diversa oferta de productos basadas en las necesidades del
visitante, facilitando de este modo el acceso a productos locales, mejora la difusión del territorio y
el patrimonio que alberga y ofrece un mayor conocimiento y disfrute de los espacios naturales
protegidos de Andalucía.
Este servicio constituye un eje estratégico en la atención y prestación de facilidades al visitante
que ofrece el equipamiento, con fines de apoyo al ocio y el descanso. Además aporta elementos
complementarios al servicio de atención e información al visitante: adquisición de material gráfico
como planos, guías, o bibliografía especifica del espacio natural, material de montaña para el
desarrollo de actividades, acceso a productos locales y artesanales, recuerdos, etc.
De este modo se han definido distintas secciones o líneas de artículos comprendidos en las
categorías siguientes:
Publicaciones: Publicaciones propias de la CMAOT y publicaciones de naturaleza
ambiental destinada tanto a adultos como a público infantil.
Marca Parque Natural de Andalucía: Productos de alimentación y artesanía certificados
según este sello de calidad.
Productos Locales: Productos de artesanía, cosmética natural y alimentación que
pertenecen al ámbito del espacio natural donde se ubica el equipamiento.
Salida al campo: Artículos diversos que son utilizados para disfrute directo del entorno del
espacio natural.
Productos RENPA: Productos personalizados con las denominaciones de los espacios
naturales.
Fauna y Flora de Andalucía: Artículos que dan a conocer los recursos naturales de los
EE.NN.PP.
Siempre se podrá considerar incluir otro tipo de artículos que mejoren la oferta y cumplan con los
objetivos básicos de las Tiendas RENPA
Independientemente de la línea de productos, todos los artículos a la venta deberán cumplir lo
siguiente:
Procedencia: Tienen preferencia y por orden los artículos locales, aquellos pertenecientes
al espacio natural, los pertenecientes a otros espacios naturales y los procedentes del
resto de Andalucía.
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Respeto a la normativa vigente: Los productos seleccionados cumplirán con la normativa
vigente, sobre etiquetaje, sanitaria, etc., cuando les sea de aplicación.
Singularidad: Los artículos adquiridos aportan por su composición, temática, diseño o
procedencia, un valor añadido al usuario que los adquiere.
Respeto al medio ambiente: Tienen preferencia productos certificados y/o que fabrican sus
artículos bajo criterios de sostenibilidad.
Todos los productos a la venta en la tienda deberán formar parte de uno de los dos catálogos
existentes, disponiéndose que el espacio dedicado a la exposición de los productos se distribuya a
partes iguales entre el Catálogo general y el Catálogo específico.
Catálogo General
LA AGENCIA cuenta con un catálogo de productos promocionales e infantiles, así como de
publicaciones, adecuados para cada equipamiento y espacio natural, también denominado
Catálogo general. Dicho catálogo contiene toda la información de cada producto (descripción,
código Agencia, precio coste, PVP, plazo de reposición…). Este catálogo estará incorporado en la
plataforma de ventas y vendrá determinado por LA AGENCIA.
La tienda contará con un stock inicial de productos del Catálogo general, siendo abonado por la
Empresa Gestora a ésta. El precio venta público (PVP) de estos productos será el estipulado por
LA AGENCIA, beneficiándose la Empresa Gestora del margen total entre el precio coste
determinado por LA AGENCIA y el PVP.
Los productos contenidos en este catálogo son el resultado de un amplio estudio y selección, así
como análisis de los perfiles de los visitantes a los equipamientos de uso público, por lo que en la
mayoría de los casos, son productos muy demandados. Por otro lado, y debido al alto volumen de
adquisición de productos que realiza LA AGENCIA, los precios de coste de estos productos son
muy competitivos, aumentando el margen de beneficio que obtendrá la Empresa Gestora.
LA AGENCIA velará porque cada tienda tenga una representatividad mínima en lo referente a
productos RENPA y publicaciones de la CMAOT.
Catálogo específico
Con el fin de dar mayor representatividad de los espacios naturales y sus singularidades,
promover los proyectos empresariales locales y responder a la demanda del visitante, la
CMAOT fomenta la presencia de productos locales en las tiendas RENPA.
La Empresa Gestora deberá hacer una propuesta de catálogo específico para el equipamiento,
siendo responsabilidad de esta su actualización.
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Para la adquisición de un stock de estos productos la Empresa Gestora será la responsable de
la obtención de los artículos (artesanales y/o emblemáticos, elaborados en el E.N.P. en el que
se ubica el equipamiento de recepción) y del acuerdo comercial con los proveedores locales
LA AGENCIA no recibirá contraprestación alguna de la Empresa Gestora por la venta de los
artículos de este catálogo.
Este catálogo específico deberá hacer especial hincapié en productos de la marca Parque Natural
y productos locales de la zona, así como otros productos que la Empresa Gestora considere de
interés, siempre y cuando no solapen con las tipologías de los productos suministrados por el
catálogo General.
No obstante y con el objetivo de guardar la necesaria homogeneidad en la red de tiendas, LA
AGENCIA se reserva la opción de dar de baja algún artículo si la venta de los productos
perjudicara de alguna manera la imagen de LA AGENCIA o de la CMAOT.
Por otro lado, se contempla la actividad de autoventa por máquinas expendedoras o vending que
la Empresa Gestora ponga a disposición del servicio.
Al inicio del contrato se realizará el reparto y distribución del espacio expositivo, siguiendo la
proporción anteriormente descrita, la cual puede variar durante la vigencia del contrato por
acuerdo entre ambas partes.
3.1.1.3 SERVICIO DE CAFETERÍA Y VENDING
Cuando el equipamiento disponga o pueda disponer, de instalaciones apropiadas para ello, la
Empresa Gestora podrá prestar el servicio de cafetería.
Se deberá ofrecer preferentemente los productos más representativos del espacio natural donde
se ubica el equipamiento, así como de los municipios de la zona.
Este servicio también se podrá prestar a través de máquinas vending, siempre que cuente con
autorización expresa de LA AGENCIA. Tanto maquinaria como instalación serán asumidas bajo
cuenta y riesgo de la Empresa Gestora,
En cualquiera de los casos, la Empresa Gestora deberá cumplir la legislación vigente en cada
caso.
3.1.1.4 SERVICIO DE DINAMIZACIÓN.
Dentro de este servicio, distinguimos dos grandes bloques de servicios y actividades que debe
prestar la Empresa Gestora:
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1. Programa de visitas a los Espacios Naturales: Estos son un conjunto de servicios y
actividades que la Empresa Gestora debe prestar de forma obligatoria. Así la Empresa Gestora
debe organizar y ejecutar obligatoriamente las siguientes actividades del Programa de visitas,
considerándolas como el mínimo exigible para este equipamiento según la serie histórica de datos
del propio Programa de visitas incluido en el correspondiente CUADRO RESUMEN.
Estos grupos del Programa de visitas son el número mínimo de actividades que debe organizar la
Empresa Gestora dentro del citado Programa, siendo posible la ampliación del número de las
mismas hasta un máximo que dependerá del importe máximo establecido para este apartado en la
información económica. Los instrumentos y medidas que pondrá en marcha la Empresa Gestora
para fomentar la participación de los diferentes colectivos y usuarios del Programa de visitas,
deben recogerse dentro del Plan de Comunicación al que se hace referencia en el punto 3 de este
epígrafe.
Se incluye en este pliego, en el Anexo 4, el protocolo de funcionamiento del Programa de visitas,
de obligado conocimiento y aplicación para la Empresa Gestora. Este protocolo de funcionamiento
puede sufrir variaciones para adaptar el Programa de visitas a las necesidades de gestión de las
distintas partes. Estas modificaciones serán comunicadas convenientemente a la Empresa
Gestora para su aplicación en el plazo estipulado. En este anexo, actualmente, se recoge la
existencia de una Secretaría técnica que tiene entre sus funciones la de actuar como central de
reservas para las actividades del Programa de visitas en todos los equipamientos de uso público.
Así la Empresa Gestora no asume las tareas de central de reservas de los grupos del Programa
de visitas.
2. Plan de Dinamización: La Empresa Gestora desarrollará un Plan de Dinamización de
Equipamiento revisable compuesto por actividades dirigidas a la proyección y vitalización de la
instalación de cara no sólo a sus visitantes sino también a la población local. El Plan de
Dinamización debe permitir al equipamiento ir más allá de las funciones de información y
recepción para ser generador de desarrollo socio-económico local y sostenible. Las actividades
propuestas no podrán solaparse ni en temática ni en destinatarios, con ninguna de las campañas
del Programa de visitas, a no ser que esté plenamente justificado y aprobado por LA AGENCIA.
Este Plan recogerá tres bloques diferenciados de actividades:
a) Actividades de Educación Ambiental e Interpretación del Patrimonio: sus objetivos
principales serán lograr una mayor divulgación del patrimonio natural, cultural y social y
fomentar el aprendizaje de conocimientos, destrezas y valores ambientales, desarrollando
experiencias positivas.
Dentro de estas actividades podemos incluir, al menos, la siguiente tipología de
actividades: talleres de educación ambiental, talleres temáticos, recorridos e itinerarios
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interpretativos, visitas guiadas, juegos de sensibilización ambiental, dinámicas de
sensibilización, etc.
b) Actividades de Participación: su objetivo es avanzar hacia una gestión participativa por
parte de los habitantes del entorno y sus agentes dinamizadores que favorezca la
promoción, conocimiento y dinamización del centro por parte de la población local,
organizada o no. En este sentido, el equipamiento se configura como un lugar de
dinamización educativa, empresarial y social.
Dentro de estas actividades podemos incluir, al menos, la siguiente tipología de
actividades: encuentros sectoriales, jornadas y encuentros temáticos, mesas de debate,
foros de participación, colaboraciones con entidades para la realización de jornadas,
encuentros, exposiciones, elaboración de publicaciones o materiales divulgativos,
asesorías técnicas u otro tipo de actividades...
c) Actividades Complementarias: su objetivo es completar la oferta de dinamización del
centro con actividades compatibles que permitan una mayor participación de los agentes
socioeconómicos locales, en especial de las empresas del sector ambiental, turístico y
recreativo, en la dinamización, vitalización, aprovechamiento y optimización del
equipamiento. Ejemplos de estas actividades sería oferta de deportes de naturaleza,
turismo activo, interpretación, promoción de ecoturismo, investigación, etc.
En este apartado la Empresa Gestora deberá incluir un Programa estable de Rutas
Turísticas Guiadas para el público general y ligado al equipamiento. Este servicio
consistirá en la conducción de los visitantes por los itinerarios y por lo medios que sean
ofertados por la Empresa Gestora y supervisados por LA AGENCIA, aportando a los
participantes las informaciones oportunas sobre fauna, flora, geología, climatología,
patrimonio cultural, etnografía,… del espacio natural en cuestión.
El Plan de Dinamización del equipamiento se desarrollará de acuerdo con la propuesta que
formule la Empresa Gestora y apruebe LA AGENCIA y siempre deberá recoger la propuesta de
actividades, su tipología, objetivos, público destinatario, metodología a desarrollar, materiales y
espacios necesarios y valoración económica. Los contenidos mínimos que deberá reunir la
propuesta se especifican en el apartado correspondiente de documentación a aportar para la
oferta técnica de los licitadores. La propuesta de Plan de Dinamización combinará actividades
gratuitas para los usuarios con actividades de pago.
Para las actividades puntuales que deba desarrollar la Empresa Gestora coherentes con en el
Plan de Dinamización así como por otro encargo de LA AGENCIA independientes del Programa
de visitas o del Plan de Dinamización (bien directamente, bien a través de colaboradores), la
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Empresa Gestora asumirá las tareas de Secretaría Técnica, es decir, las tareas de captación de
asistentes, secretaría para la gestión de inscripciones, etc., gestión de materiales y desarrollo y
ejecución, todo ello sin perjuicio de la eventual tutela de LA AGENCIA.
3. Plan de Comunicación. Junto a la propuesta de Dinamización del equipamiento, la
Empresa Gestora deberá presentar un Plan de Comunicación que permita una mayor
conocimiento del centro entre la población y de participación en las actividades que organicen en
el mismo, especialmente entre la población residente en el ámbito de influencia del equipamiento.
Este plan debe estar íntimamente relacionado con el Plan de Dinamización y el Programa de
visitas ya que será una herramienta fundamental para su materialización. La ejecución de este
Plan de Comunicación, una vez aprobado por LA AGENCIA, correrá por cuenta de la Empresa
Gestora.
3.1.2 SERVICIOS COMPLEMENTARIOS
La Empresa Gestora prestará en el equipamiento objeto del presente contrato, como mínimo, los
siguientes servicios complementarios a los principales:
Recepción de Reuniones de Trabajo, Encuentros, Seminarios, Cursos y otros
Distribución de publicaciones de la CMAOT
Central de Reservas de actividades en el espacio natural
3.1.2.1 SERVICIO DE RECEPCIÓN DE REUNIONES DE TRABAJO, ENCUENTROS,
SEMINARIOS, CURSOS Y OTROS
Se podrá prestar este servicio cuando el equipamiento cuente con instalaciones adecuadas para
ello (salas de usos múltiples o similares) y así se hiciera constar expresamente en el CUADRO
RESUMEN.
Los objetivos de formalizar la utilización de estas salas es poder regular los usos, fomentar ciertas
actividades y fomentar las líneas de negocio de las Empresas Colaboradoras.
Existirán dos modalidades de uso de estas salas:
I) Uso de la sala sin servicios extraordinarios (Reserva de sala). El personal del
equipamiento realizará las funciones con grupos de visitantes que utiliza la sala de usos
múltiples:
a. Recogida e información de solicitudes
b. Recibir e informar al grupo y organizadores
c. Suministrar información de utilidad sobre alojamiento, hostelería…
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d. Puesta en marcha de los medios del equipamiento
e. Vigilancia y control del cumplimiento de las normas de uso durante el evento
Esta modalidad sólo estará disponible durante el horario habitual de apertura del
equipamiento.
II) Uso de la sala con servicios extraordinarios. El informador realizará, además de las
funciones anteriores, las siguientes:
a. Personal de apoyo a disposición de los organizadores, tanto para el uso de los medios
del centro como en la propia logística del evento.
b. Visita guiada al equipamiento
Esta modalidad se realizará invariablemente cuando el evento esté fuera del horario
habitual de apertura del equipamiento o bien, a petición de los organizadores, durante el
horario habitual.
Ampliando estas funciones las empresas podrían particularizar su oferta y ofrecer servicios
adicionales (comidas, alojamientos, actividades deportivas, contenidos formativos e
informativos…), siempre que cumplan con todos los requisitos necesarios para ofertarlos.
Las empresas colaboradoras que desarrollen la opción II) durante el horario habitual deberán
contar con un segundo informador para poder realizar las funciones requeridas sin influir en la
calidad de los servicios habituales a prestar.
Las tarifas según modalidad de utilización se incluyen en el correspondiente CUADRO RESUMEN.
Las tarifas podrán ser modificadas por acuerdo entre ambas partes.
Quedan exentos de tarifas los eventos que realicen la CMAOT, los Ayuntamientos de los
municipios del espacio natural y las instituciones supra-municipales de carácter público (GDR,
Mancomunidades…), siempre y cuando la actividad que realicen no tenga ánimo de lucro. Estas
entidades sólo se podrán acoger al Tipo I y en horario habitual. La reserva se realiza por los
mismos trámites que otros organizadores para su perfecta contabilización y control.
La reserva de las salas deberá ponerse en conocimiento de LA AGENCIA, a través del modelo
establecido para ello que debe ser cumplimentado por los organizadores del evento.
Para el correcto desarrollo de los servicios se tendrán en cuenta las siguientes normas de uso:
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La disposición de las sillas y mesas de la sala, correrá a cargo de la entidad solicitante en la
opción I (Funciones habituales del informador), siendo imprescindible que al finalizar el acto,
la sala quede colocada nuevamente con todas sus sillas en Plenario.
En ningún caso se puede bloquear, dificultar el acceso, obstaculizar o tapar las salidas de
emergencia, la señalización de emergencia, los extintores y pulsadores de alarma, o los
detectores de incendio, ni cualquier otro elemento de seguridad y prevención.
Se deberá mantener y conservar el buen estado de todos aquellos enseres contenidos en la
sala (sillas, mesas, consolas de calor/aire acondicionado) y de los cuartos de baño. Especial
atención y cuidado de los aparatos de proyección. Todos aquellos desperfectos o roturas
ocasionados por uso negligente en cualquiera de los materiales prestados correrán a cargo
de la entidad que solicita el uso de la sala.
Las instalaciones están limitadas al aforo de las salas, siendo responsables los solicitantes
en caso de superar dichos límites. Ni LA AGENCIA ni la Empresa Gestora se hacen
responsables de los bienes personales que pudieran olvidarse en la instalación.
Al finalizar el acto, el solicitante se compromete y se responsabiliza de retirar cualquier
elemento que forme parte del montaje.
Por último, para impulsar el desarrollo de este servicio la Empresa Gestora podrá acogerse a
convenios con Administraciones Públicas, para ser Centro receptor homologado de cursos de
formación u otras opciones compatibles que puedan plantearse.
3.1.2.2 SERVICIO DE DEPÓSITO Y DISTRIBUCIÓN DE PUBLICACIONES VARIAS PARA EL
FOMENTO DEL USO PÚBLICO
LA AGENCIA dispone de un fondo editorial de publicaciones que fomentan el uso público de los
espacios naturales protegidos de Andalucía y que desea distribuir entre los establecimientos
minoristas localizados en estos espacios naturales y su área de influencia, entendiéndose como lo
más adecuado para ello, que la Empresa Gestora sea el distribuidor de todas estas publicaciones,
en el territorio del espacio natural donde se encuentra el equipamiento siguiendo las indicaciones
reflejadas a continuación y que se desarrollan en el anexo 5 del presente documento:
LA AGENCIA podrá ampliar el listado de publicaciones mientras dure la vigencia de este contrato,
así como disminuirla, no incurriendo en responsabilidad siempre que lo comunique con
anterioridad a la Empresa Gestora.
La Empresa Gestora contará con un stock inicial de publicaciones, siendo abonado por la
Empresa Gestora a ésta. El precio venta público (PVP) de estos productos será el
estipulado por LA AGENCIA, beneficiándose la Empresa Gestora del margen total entre el
precio coste determinado por LA AGENCIA y el PVP.
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La reposición de estas publicaciones será solicitado por la Empresa Gestora a LA AGENCIA
antes de los días 20 de cada mes, y se regirán por el plazo estipulado en el catálogo de
publicaciones. El coste de las reposiciones que se realicen a partir del stock inicial correrán
por cuenta de la Empresa Gestora, que realizará la compra directamente a LA AGENCIA y
se beneficiará del margen entre el precio coste determinado por LA AGENCIA y el PVP.
El precio de venta al público de las publicaciones será, en todos los casos, determinado por
LA AGENCIA.
La Empresa Gestora no podrá vender o comercializar las publicaciones de LA AGENCIA,
fuera del territorio determinado. Por su parte LA AGENCIA no venderá ni comercializará en
el territorio descrito, directa o indirectamente, las publicaciones objeto del servicio.
La Empresa Gestora venderá en su propio nombre y por su cuenta en el territorio, las
publicaciones que le sean suministradas por LA AGENCIA, esforzándose por aumentar el
volumen de ventas y por defender los intereses de ésta.
LA AGENCIA facilitará el listado de empresas adheridas a la Carta Europea de Turismo
Sostenible (CETS) y a la Marca Parque Natural de Andalucía (MPNA), para que se les sea
ofrecida de manera prioritaria la comercialización de las publicaciones.
La Empresa Gestora no podrá proveerse de las publicaciones objeto de este acuerdo por
ningún otro suministrador distinto de LA AGENCIA.
La Empresa Gestora dispondrá de una organización de ventas adecuada, con los medios y
el personal necesarios para la optimización de este servicio.
Para realizar el seguimiento del servicio, la Empresa Gestora se obliga a presentar una
relación de empresas minoristas a las que se les haya ofertado la comercialización de las
publicaciones de LA AGENCIA. Especialmente se verán relacionadas las empresas
adheridas a la CETS y a la MPNA.
Las publicaciones que inicialmente serán objeto de este servicio son las que se relacionan en el
Anexo 5, pudiendo LA AGENCIA ampliarla mientras dura la vigencia de este contrato, así como
disminuirla.
3.1.2.3 SERVICIO DE CENTRAL DE RESERVAS.
La Empresa Gestora prestará el servicio de central de reservas, ofreciendo rutas, actividades,
alojamientos y otros servicios a desarrollar en el Espacio Natural, que presten empresas que se
encuentren vinculadas a los procesos de “Carta Europea de Turismo Sostenible” o con licencia de
uso de la “Marca Parque Natural”.
Para ello, las empresas o grupos de empresas deberán suscribir un acuerdo de colaboración entre
ellas, respetando la legalidad vigente en cuanto a estos servicios, y que incluya las comisiones
que la Empresa Gestora percibirá por la tramitación de la contratación de servicios.
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La Empresa Gestora, con el apoyo y supervisión de LA AGENCIA, una vez firmado el contrato,
convocará una sesión informativa para todas las empresas que cumplan los requisitos anteriores,
con el objeto de informar sobre la posibilidad de este servicio y las condiciones en las que se
desarrollará.
Este servicio se deberá prestar de forma objetiva e imparcial por parte de la Empresa Gestora.
Independientemente de lo anterior, desde el equipamiento se informará obligatoriamente sobre las
demás empresas autorizadas por la Dirección del Espacio Natural para poder realizar actividades
de turismo, así como publicidad institucional (CMAOT, Diputación, GDR, Oficinas de Turismo,…),
no pudiéndose ofertar a empresas no autorizadas.
3.1.3 SERVICIOS AUXILIARES
Dentro de este bloque, la Empresa Gestora prestará los servicios relacionados con la limpieza,
mantenimiento y jardinería del equipamiento.
3.1.3.1 SERVICIO DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO MENOR
Todas las dependencias que constituyen las instalaciones el equipamiento han de tener
permanentemente un buen estado de limpieza e higiene. En este sentido, la Empresa Gestora
será responsable de mantener el equipamiento en correctas condiciones. Para ello desarrollará
tareas de limpieza y mantenimiento menor de las infraestructuras e instalaciones tanto interiores
como exteriores.
Este servicio comprenderá el mantenimiento menor de las instalaciones expositivas, de
audiovisuales, mobiliario en general, mobiliario e instalaciones de venta de artículos, instalación
eléctrica y luminarias, instalaciones y elementos de fontanería no ocultos, cristales y pintura. El
material necesario para la realización de estas tareas será dispuesto por cuenta de la Empresa
Gestora.
La Empresa Gestora será responsable de la correcta retirada selectiva de los residuos generados
conforme a la normativa sectorial vigente y las prescripciones del Espacio Natural, para lo cual
dispondrá de contenedores adecuados. A tal efecto, se contará con la colaboración de LA
AGENCIA.
3.1.3.2 SERVICIO DE JARDINERÍA.
La Empresa Gestora, será responsable de realizar las tareas de mantenimiento y riego de las
zonas ajardinadas en los exteriores del equipamiento. En cualquier caso, el mantenimiento
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conllevará la limpieza, poda, plantación, abono y riego de las zonas ajardinadas, así como la
eliminación de malas hierbas.
El material necesario para la realización de estas tareas se proveerá por cuenta de la Empresa
Gestora, que será también responsable de la correcta retirada selectiva de los residuos, para los
que se dispondrá de contenedores específicos.
3.1.4 TRABAJOS COMPLEMENTARIOS
Constituyen trabajos complementarios todos aquéllos procesos internos de organización, control y
mejora continua diseñados para asegurar la eficacia en la prestación de los servicios y una
adecuada comunicación interna entre la Empresa Gestora y LA AGENCIA. Se trata en particular
de los siguientes trabajos:
Coordinación y comunicación
Seguimiento.
Formación interna.
Evaluación y mejora continua.
3.1.4.1 COORDINACIÓN Y COMUNICACIÓN
Es de obligado cumplimiento disponer, por parte de la Empresa Gestora, de dirección electrónica y
teléfono operativo de su titularidad, independientemente de los contactos disponibles en el
equipamiento, por lo que deberán estar atendidos plenamente en el horario de apertura oficial así
como cuando se realicen actividades programadas fuera de horario oficial. El teléfono deberá estar
disponible las 24 horas para atender cualquier emergencia o apertura fuera del horario pactado del
equipamiento.
Con la periodicidad que LA AGENCIA estime operativa, la Empresa Gestora deberá estar al
corriente de la información suministrada a través del Boletín “Espacios Naturales” ya que éste será
el canal informativo y de comunicación genérico de difusión de novedades e instrucciones con
respecto a los equipamientos de la Red de Espacios Naturales de Andalucía.
Por otra parte, la Empresa Gestora, participará en los encuentros empresariales promovidos por
LA AGENCIA, conforme a las instrucciones dispuestas por los responsables de LA AGENCIA
adscritos al evento.
Así mismo la Empresa Gestora, deberá participar como tal en los foros de participación social
promovidos por la CMAOT o LA AGENCIA, así como por otras entidades, siempre y cuando se
considere beneficioso para la prestación de algún servicio propio del equipamiento.
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3.1.4.2 SEGUIMIENTO
LA AGENCIA, a través de las personas que oportunamente designe, podrá inspeccionar los
servicios en cualquier momento y sin previo aviso para comprobar el cumplimiento de las
disposiciones legales y reglamentarias de pertinente aplicación, del Contrato y de las instrucciones
que se den en cumplimiento y desarrollo del mismo.
Las personas designadas por LA AGENCIA tendrán libre acceso a todos los lugares donde se
estén prestando los servicios. La Empresa Gestora facilitará la visita o examen de cualquier
edificio, instalación u hojas de reclamaciones.
En caso de que en alguna de las visitas de inspección de las personas designadas por LA
AGENCIA se detecte alguna irregularidad o incidencia reseñable, se solicitará a la empresa su
subsanación a la mayor brevedad o según el caso se levantará “Acta de Incidencia en la
Prestación del Servicio”, de la cual será debidamente informada la Empresa Gestora. Esto
supondrá, una vez comprobadas las circunstancias, automáticamente la retención del pago de la
última factura anual (la que acompaña a la Memoria de Gestión Anual), pudiendo incluso
conllevar, a criterio de LA AGENCIA, a que definitivamente no sea abonada dicha factura.
La Empresa Gestora deberá elaborar y remitir a LA AGENCIA, en la fecha y a la dirección que
expresamente le sea indicado:
• Informes mensuales y/o trimestrales y Memoria anual sobre los aspectos técnicos de los
servicios prestados. A tal efecto, con posterioridad, LA AGENCIA presentará a la Empresa
Gestora un guión para la elaboración de los Informes.
• Encuestas a una muestra que represente, al menos, el 1% de los usuarios del servicio,
según el método y modelo que a tal efecto le indicará LA AGENCIA.
• Estadísticas (diarias y mensuales) de visitas al equipamiento de uso público, conforme al
modelo que proporcionará LA AGENCIA.
• Estadísticas (diarias y mensuales) de llamadas telefónicas y correos electrónicos
atendidos. Para ello la Empresa Gestora mantendrá un libro de registro, en el que se
recogerán, según las indicaciones que dará LA AGENCIA, los datos relacionados con
estas llamadas telefónicas y correos electrónicos.
Las encuestas y estadísticas se remitirán a LA AGENCIA o a quien esta designe antes del día 5
de cada mes.
Junto a ello, y también a efectos de seguimiento y tutela, la Empresa Gestora realizará las
siguientes tareas:
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• Recogida de Hojas de Sugerencias de la instalación, según procedimientos y formularios
indicados por LA AGENCIA
• Actualización continúa del Libro de Mantenimiento externo de Instalaciones. Este
documento sirve para realizar el seguimiento de todas las empresas externas que realizan
mantenimientos en el equipamiento (extintores, alarmas, desratización/desinsectación,
legionella, depuradora…). Debe ser actualizado y rellenado por el técnico de la empresa
externa, encargado del mantenimiento, dejando albarán de todos los trabajos realizados.
Las Hojas de Quejas y Reclamaciones se remitirán a LA AGENCIA en un plazo máximo de 48
horas, ya que según la legislación vigente se debe dar respuesta a los consumidores un plazo no
superior a 10 días hábiles.
3.1.4.3 FORMACIÓN INTERNA
LA AGENCIA, para aumentar y actualizar los conocimientos, impartirá unas Jornadas de
Formación (al menos una vez al año), que serán de asistencia obligatoria para la Empresa
Gestora.
3.1.4.4 MEMORIA DE GESTIÓN ANUAL
En cada anualidad de contrato, la Empresa Gestora estará obligada a presentar una “MEMORIA
DE GESTIÓN ANUAL” en la que se recogerán tanto los aspectos técnicos y económicos de su
gestión (balance del año, cuenta de resultados, evaluación pormenorizada de todos los servicios
prestados, evaluación de las mejoras propuestas en la oferta) como la Planificación del Año
siguiente, según modelo facilitado por LA AGENCIA.
En particular, se deberá desarrollar, programar y temporalizar el Plan de Dinamización. Sobre la
base de la propuesta inicial formulada por la Empresa Gestora en su oferta, se incluirán todos
aquellos aspectos de Mejora1 que se hayan detectado durante el año transcurrido y se consideren
oportunos. El Plan de Dinamización deberá concretar y definir, con un detalle que permita su
ejecución, los siguientes elementos:
1. Propuesta de mejoras del Programa de visitas a Espacios Naturales.
2. Propuesta de actividades del Plan de Dinamización.
3. Propuesta de sistema de autoevaluación del Servicio de Dinamización.
1 Las Mejoras podrán afectar al número de actividades, número y diversidad de colectivos diana, materiales,
temporalización, duración de las actividades, interrelación de actividades, etc. Todas las propuestas serán valoradas por AGENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA, que se reserva el derecho de aprobar o rechazar la totalidad o parte de la propuesta.
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Con objeto de lograr un aprovechamiento óptimo de espacios y recursos y de mejorar el servicio,
en esta Memoria de Gestión se incluirá un capítulo de propuestas en el que se revisarán los
planes de Desarrollo de los Servicios y Dinamización presentados inicialmente. Podrán
considerarse en esta revisión los siguientes aspectos:
1. Propuesta justificada de modificación del horario de apertura y cierre, siempre y cuando se
respeten los horarios mínimos
2. Propuesta justificada de necesidades de mobiliario, maquinaria, inversiones u otros.
3. Propuesta de acciones formativas a integrar en el Plan de Formación de la Empresa.
4. Propuesta justificada de replanteo de la tienda, con el objetivo de adaptar las referencias a
la demanda y lograr una mayor rentabilidad. Las propuestas, que serán valoradas por LA
AGENCIA, podrán afectar a todos o alguno de los elementos siguientes:
o Catálogo de productos (cantidad y tipología) proporcionados de LA AGENCIA.
o Catálogo de productos (Cantidad y tipología) comercializados directamente por La
Empresa Gestora.
o Distribución porcentual de productos de LA AGENCIA y productos propios.
o Propuesta de elementos expositivos.
o Configuración del espacio expositivo
o Distribución de artículos en el espacio expositivo.
5. Propuesta de modificación del Equipo (Recursos Humanos, dedicación, funciones, etc.)
Todas estas propuestas tendrán como eje común el aprovechamiento de oportunidades y serán
valoradas por LA AGENCIA, sin que el hecho de que alguna llegue a ponerse en práctica implique
incumplimiento por parte de la empresa. No obstante lo anterior, la aprobación de la Memoria de
Gestión y la Planificación del año siguiente será un requisito necesario para la prórroga del
contrato, junto al informe de evaluación del servicio elaborado por LA AGENCIA.
LA AGENCIA desarrollará unas pautas para diseñar metodologías de trabajo comunes y en
grupos entre distintas Empresas Colaboradoras, que posibiliten la mejora en los distintos servicios.
Estos grupos fomentarán la coordinación entre Empresas Colaboradoras con el objeto de
optimizar sus esfuerzos, al encontrar intereses y objetivos comunes, siendo de obligado
cumplimiento la participación de la Empresa Gestora en los que determine LA AGENCIA.
3.2 LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS TRABAJOS
Sin perjuicio de las posibles reuniones de coordinación o las necesidades específicas relacionadas
con la asistencia a eventos, los trabajos se desarrollarán en el equipamiento descrito en el
correspondiente CUADRO RESUMEN y a lo largo del espacio natural en el que se sitúa.
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3.3 DURACIÓN DE LOS TRABAJOS. HORARIO DE APERTURA Y CIERRE.
Para la posible prórroga del contrato, se tendrá en cuenta:
Aprobación de la “Memoria de gestión anual”
Aprobación de la “Planificación del Año siguiente”
Asistencia a Jornadas formativas impartidas por LA AGENCIA
Ejecución del Plan de Dinamización
Evaluación de la evolución global del centro
La apertura del equipamiento será obligatoria de acuerdo con el régimen mínimo de apertura que
figura en el Anexo 3, y ello sin perjuicio de las propuestas de ampliación de horario que formule la
Empresa Gestora.
La Empresa Gestora deberá responder a los plazos máximos de puesta en marcha de cada
servicio que se indican en el Cuadro de Características Técnicas que acompaña el presente
Pliego.
La Empresa Gestora estará obligada a atender a requerimiento de LA AGENCIA todas las
peticiones de aperturas extraordinarias del equipamiento que se realicen con un mínimo de 48
horas de antelación, sin repercutir coste alguno por ello hasta un máximo de 50 horas al año.
El servicio de venta de artículos y/o cafetería se ajustará al horario de apertura del equipamiento.
Si por razones de prestación de estos servicios, la Empresa Gestora quisiera tener una banda
horaria distinta lo tendrá que comunicar a LA AGENCIA, para que esta lo autorice expresamente.
La Empresa Gestora expondrá en lugar visible y en el exterior de las instalaciones un cartel
anunciador con indicación del régimen de apertura, horario mínimo, teléfono de atención al
visitante y cuantas modificaciones en los mismos se produzcan. El citado cartel cumplirá las
condiciones generales de imagen corporativa expresadas en este Pliego y requerirá el visto bueno
por escrito de LA AGENCIA.
4 RÉGIMEN ECONÓMICO
4.1 PRESUPUESTO Y FACTURACIÓN
La remuneración por los servicios que se presten en el marco de esta contratación se estructurará
de la siguiente manera:
Remuneración fija, en concepto de los servicios principales, auxiliares e internos.
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Remuneración variable:
o Servicio de Dinamización I (Programa de visitas a Espacios Naturales)
o Servicio de Dinamización II (Plan de Dinamización: actividades adicionales de
Educación Ambiental e Interpretación del Patrimonio, Participación Ciudadana y
Actividades complementarias).
Estas remuneraciones se realizarán mediante facturación independiente. Así se presentará una
factura mensual de conceptos fijos y otra correspondiente a los variables.
4.2 REMUNERACIÓN FIJA
Dentro de la remuneración fija anual se considerarán los siguientes servicios:
Servicios Principales: Recepción e información de visitantes
Servicios Auxiliares: limpieza interior y exterior, mantenimiento menor y jardinería.
Trabajos internos: coordinación y comunicación, seguimiento, formación interna y
evaluación y mejora continua.
La Empresa Gestora facturará mensualmente a LA AGENCIA, antes del día 5 de cada mes, una
treceava parte del importe total fijo, acompañando la factura de los resúmenes mensuales de
estadísticas, cuestionarios realizados a usuarios del equipamiento y hojas de sugerencias y
volumen de ventas (tanto del catálogo específico como del general).
LA AGENCIA abonará las facturas, siempre y cuando vengan acompañadas de todos los
documentos requeridos.
Cuando las facturas no sean conformes con los trabajos efectuados, la Empresa Gestora estará
obligada a corregirlas en el plazo máximo de dos días desde que sea requerido para ello por LA
AGENCIA verbalmente o por escrito.
La última factura deberá remitirse conjuntamente con la “Memoria de Gestión Anual”.
4.3 REMUNERACIÓN VARIABLE
La remuneración variable vendrá determinada por el desarrollo de actividades de dinamización.
Los términos en los que se articulará la parte variable de la remuneración se exponen a
continuación.
4.3.1 SERVICIO DE DINAMIZACIÓN I (PROGRAMA DE VISITAS A ESPACIOS NATURALES)
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La Empresa Gestora presentará anualmente una propuesta detallada de trabajo, para obtener el
mayor grado de participación posible en el Programa de visitas a Espacios Naturales, es decir, un
mayor número de grupos de escolares, de personas con discapacidad y público general que sea
posible. Recordemos que existe un mínimo obligatorio de actividades, expresado en el pliego
técnico. Este número mínimo de actividades se ha extraído de la serie histórica de afluencia de
participantes del Programa de visitas a Espacios Naturales en el espacio natural en cuestión. La
Empresa Gestora deberá en todo caso superar estos números en cada una de sus categorías en
todas las anualidades. En caso de no hacerlo, se supondrá como incumplido el servicio, lo que
podrá afectar a la renovación del contrato.
Por encima de estos grupos mínimos, la Empresa Gestora, pondrá en marcha los mecanismos de
mejora a los que se comprometa en su oferta técnica, para conseguir un mayor número de grupos.
Se delimitará un máximo de actividades anuales, en función del importe máximo que contemple el
contrato para este apartado. En cualquier caso para cada anualidad se mantendrá la proporción
de actividades entre las distintas campañas a desarrollar, siguiendo la proporción marcada en los
mínimos de este pliego que se incluyen en el correspondiente CUADRO RESUMEN.
Las tarifas a aplicar para la facturación de estas actividades dependerán del ratio de los guías-
monitores por campaña. Para el conjunto de estas actividades, se considera que cada grupo
estará compuesto por un mínimo de 30 personas y un máximo de 60, excepto para el caso de la
campaña “Naturaleza para Todos”, para la que el número mínimo puede ser de 15 personas. El
ratio de los guías-monitores será el siguiente:
- Campaña “La Naturaleza y Tú”: Ratio máximo de 1 guía-monitor/a por cada 20
participantes, excepto en los grupos de Educación Infantil y Primer Ciclo de Primario donde
será de 1 monitor/a por cada 15 participantes.
- campaña “Naturaleza para Todos”: Ratio máximo de 1 guía-monitor/a por cada 15
participantes.
- Campaña “Jornadas de Puertas Abiertas”. Ratio máximo de 1 guía-monitor/a por cada 25
participantes, excepto casos excepcionales que serán comunicados previa y expresamente
por LA AGENCIA.
- Campañas “Caminando por los Espacios Naturales” y La propuesta del mes”. Dependerá
de la tipología de la actividad programada y se acordará previa ejecución.
Las cantidades estipuladas para la inscripción en actividades, serán realizadas por los usuarios en
la cuenta bancaria que disponga la Empresa Gestora, y dicho importe total se descontará en la
facturación de las actividades que emita a LA AGENCIA.
Así mismo, el máximo de facturación anual relacionada con el Programa de visitas a Espacios
Naturales se incluye también en el correspondiente CUADRO RESUMEN.
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Las actividades organizadas dentro del Programa de visitas a Espacios Naturales, a excepción de
las destinadas a público general, deberán organizarse y realizarse, prioritariamente y siempre que
sea posible, fuera del horario de apertura fijado para el equipamiento. Estas aperturas
extraordinarias, no se facturarán ya que el equipamiento estará abierto para una actividad
económica de la que ya será beneficiaria la Empresa Gestora.
4.3.2 SERVICIO DE DINAMIZACIÓN II (PLAN DE DINAMIZACIÓN)
La Empresa Gestora desarrollará dentro del Plan de Dinamización las actividades de Educación
Ambiental e Interpretación del Patrimonio, de Participación Ciudadana y Complementarias que
estimen viables en el equipamiento y su entorno. Esta actividades deberán estar presupuestadas e
informadas a LA AGENCIA con anterioridad a la realización, para su análisis, negociación y
aprobación por parte de LA AGENCIA.
Sin perjuicio de los acuerdos singulares que puedan formalizarse entre las partes, las actividades
que finalmente sean aprobadas por parte de LA AGENCIA serán facturadas por la Empresa
Gestora tras su ejecución, facturándose mensualmente todo lo ejecutado y justificado. Se
entenderá por justificada toda actividad realizada y cuya documentación acreditativa haya sido
recibida en LA AGENCIA.
La facturación mensual incluirá únicamente la totalidad o la parte proporcional de las actividades
que hayan sido soportadas en base al presupuesto de este epígrafe. Para considerar correcta esta
facturación, se deberán haber desarrollado todas las actividades planificadas en el mes, gratuitas
para el ciudadano o no. En el caso de que no se hayan podido desarrollar, se deberá remitir junto
a la factura un breve informe justificativo y una replanificación temporal de aquellas actividades
que no se hayan celebrado. Para las actividades en las que el usuario realice algún pago, total o
parcial, este importe se facturará directamente a los usuarios, dando cuenta a LA AGENCIA del
balance de resultados con frecuencia trimestral.
No se establece un límite máximo para este tipo de actividades. El importe máximo a facturar
anualmente bajo este epígrafe viene definido en el correspondiente CUADRO RESUMEN.
4.4 SUMINISTROS Y MANTENIMIENTOS
LA AGENCIA será titular de los suministros de energía eléctrica, gas, combustible, teléfono y agua
de que disponga el conjunto de las instalaciones puestas a disposición del servicio. Sin embargo y
según lo indicado en el CUADRO RESUMEN y la Oferta Económica presentada por la Empresa
Gestora, esta podrá hacerse cargo de los costes derivados de su consumo. El mismo tratamiento
podrán tener los contratos celebrados con objeto de cubrir el mantenimiento de las instalaciones
sobre las que se pudieran prestar estos suministros, así como los costes derivados del
cumplimiento de la normativa vigente relativa a la prevención y protección contra incendios
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(incluyendo la dotación, verificación y mantenimiento del estado de carga de los extintores),
normativa sanitaria (incluyendo el tratamiento anual de desratización, desinfección y
desinsectación y el control de la legionellosis) y normativa ambiental (incluyendo el control de los
recursos naturales, la producción de residuos y su vertido al medio ambiente y los convenios de
mantenimiento con los gestores debidamente autorizados para cada actividad con el objeto del
cumplimiento legal de los equipos e instalaciones)
La repercusión de estos conceptos, en caso de que sean asumidos por la Empresa Gestora, se
realizarán detrayendo el importe correspondiente de la facturación por los servicios contemplados
en el Apartado 1.1 Remuneración Fija.
En todo caso, será responsabilidad de la Empresa Gestora la correcta cumplimentación del Libro
de Mantenimiento Integral de Instalaciones que LA AGENCIA le proporciona al equipamiento, y
que se le puede solicitar para su revisión a requerimiento de la misma.
LA AGENCIA y la Empresa Gestora colaborarán en las gestiones que hubieran de realizarse ante
las compañías suministradoras y mantenimiento, bien con el objeto de obtener una adecuada
calidad en la prestación de los servicios contratados, bien en la formulación de las
correspondientes reclamaciones.
En todo caso, LA AGENCIA deberá abonar las tasas municipales correspondientes a la recogida
de residuos urbanos e impuesto de bienes inmuebles.
Si, a criterio de LA AGENCIA, se produjeran gastos derivados del abuso, uso incorrecto o excesivo
de las instalaciones o suministros, tales gastos se repercutirán en la Empresa Gestora, y se
podrán considerar como causa de resolución del contrato suscrito entre ambos.
LA AGENCIA y la Empresa Gestora, coordinarán y colaborarán en los procesos de adecuación,
control y supervisión de las cuestiones exigidas en relación a la certificación ISO14001.
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CUADRO RESUMEN
Nº DE EXPEDIENTE: NET747813
TÍTULO DEL EXPEDIENTE: “SERVICIO DE GESTIÓN Y DINAMIZACIÓN EN EL
EQUIPAMIENTO DE USO PÚBLICO CENTRO DE VISITANTES LAGUNA DE ZOÑAR”.
OBJETO
El objeto de este CUADRO RESUMEN y los ANEXOS es definir las prescripciones técnicas
particulares del contrato de “SERVICIO DE GESTIÓN Y DINAMIZACIÓN EN EL EQUIPAMIENTO
DE USO PÚBLICO CENTRO DE VISITANTES LAGUNA DE ZOÑAR”.
LUGAR DE EJECUCIÓN
Centro de Visitantes Laguna de Zoñar, en el T.M. de Aguilar de la Frontera (Córdoba) y sus
entornos.
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
La empresa adjudicataria dispondrá de un plazo máximo de 15 días desde la firma del contrato,
para la puesta en funcionamiento de todos los servicios, siempre que cuenta con autorización de
la AGENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA.
La empresa adjudicataria deberá realizar la limpieza y mantenimiento de las zonas ajardinadas
que se encuentran dentro de las instalaciones del centro.
La empresa adjudicataria deberá contar o tramitar las habilitaciones legales necesarias para
prestar los servicios correspondientes y serán presentados a la AGENCIA DE MEDIO AMBIENTE
Y AGUA para su comprobación una vez obtenidos.
El adjudicatario deberá garantizar (aportando declaración responsable) que el servicio de
información se prestará tanto en inglés como en español, valorándose positivamente la adición de
otras lenguas en el servicio.
Del importe correspondiente al Plan de Dinamización (6.000 €/año), 1.500 € corresponderán a
Efemérides (Programa de Promoción).
El importe correspondiente al Programa Regional (Programa de visitas) es una estimación
tomando como referencia los datos de años anteriores. Este importe será ampliable en caso de
superar las necesidades previstas inicialmente para los programas regionales de escolares y
personas con discapacidad.
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El Programa propio recoge las siguientes tipologías de actividades:
o Talleres y actividades de educación ambiental
o Servicios de interpretación guiados
o Actividades de turismo activo
o Organización de eventos a demanda
o Actividades específicas según instalaciones y necesidades de visitantes.
Las propuestas técnicas buscarán un reparto proporcional de las actividades entre
dichas tipologías si bien deberán adaptarse a las necesidades específicas del Espacio
Natural
El Programa Local recoge las siguientes tipologías de actividades:
o Encuentros sectoriales
o Jornadas y encuentros temáticos
o Mesas de debate y foros de participación
o Exposiciones
o Actividades formativas
o Colaboraciones con otras entidades
Las propuestas técnicas buscarán un reparto proporcional de las actividades entre
dichas tipologías si bien deberán adaptarse a las necesidades específicas del Espacio
Natural
El modelo de ficha técnica que hay que presentar en la oferta es el que aparece en el Pliego de
Clausulas Administrativas Particulares, aunque posteriormente a la adjudicación, las distintas
actividades según el Programa se deberán especificar según las fichas que aparecen en el Pliego
de Prescripciones Técnicas.
El Plan de Comunicación deberá ser elaborado una vez resulte adjudicatario, no siendo necesario
su presentación en la oferta.
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Todos los servicios prestados estarán fundamentalmente asociados al equipamiento y al espacio
natural en que éste se encuentra ubicado si bien se podrá plantear la prestación de determinados
servicios fuera del mismo previa autorización de la Agencia.
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ANEXO 1: NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO PARA EQUIPAMIENTOS DE
USO PÚBLICO
1 OBJETIVO .................................................................................................................................. 33
2 UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES ................................................................................. 33
3 NORMAS DEL ESPACIO NATURAL Y COHERENCIA AMBIENTAL ...................................... 34
4 IDENTIDAD E IMAGEN ............................................................................................................. 34
5 PERSONAL INTERVINIENTE EN LA REALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS ........................... 36
6 VIGILANCIA ............................................................................................................................... 36
7 MOBILIARIO .............................................................................................................................. 36
8 HOJA DE RECLAMACIONES ................................................................................................... 37
9 TARIFAS Y PRECIOS ............................................................................................................... 37
10 TICKETS .................................................................................................................................... 37
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1 OBJETIVO
El objetivo de estas nomas es conseguir un correcto nivel de calidad en la prestación de los
servicios y trabajos, que en todo momento satisfaga las necesidades y las expectativas de los
usuarios compatibles con una imagen institucional, que la Empresa Gestora asume, conocedor de
la titularidad pública del equipamiento y del servicio.
Estas normas serán de obligado cumplimiento tanto por LA AGENCIA como por la Empresa
Gestora, cada uno en sus respectivas funciones y cometidos, según se desprenda de los
apartados siguientes y del resto de documentos contractuales.
2 UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES
Las instalaciones que forman parte del equipamiento de uso público deberán ser destinadas al
objeto y propósito señalado en el presente Pliego o al expresamente pactado en el resto de
documentos, pudiendo la Empresa Gestora proponer un uso distinto, con carácter general o para
eventos concretos, siempre que cuente con la autorización expresa.
El hecho de dar un uso distinto al equipamiento sin contar con la autorización expresa, conllevaría
la correspondiente penalidad establecida en el Pliego de Clausulas Administrativas.
Para el desarrollo del presente apartado es necesaria la definición de las actividades compatibles
con los equipamientos de uso público. Para ello nos referimos a los objetivos de la Orden de
Transferencia de Uso Público, así cualquier actividad que facilite la consecución de dichos
objetivos podrá ser contemplada:
Desarrollar los servicios e instalaciones de Uso Público en los Espacios Naturales
Garantizar el derecho ciudadanos al uso y disfrute de la naturaleza
Consolidar iniciativas de desarrollo local
Desarrollar una economía de escala y adquirir ventajas de comercialización para los
productos y servicios locales
Sin que venga en detrimento de lo anterior, la CMAOT, a través de LA AGENCIA, podrá rechazar
la celebración de cualquier evento si el contenido no es compatible a los fundamentos de creación
y utilización de estos equipamientos, es decir:
Que fomenten principios de autoritarismo, competitividad, consumismo, sectarismo,
sexismo y proselitismo ideológico.
Contra la dignidad de las personas y derechos fundamentales.
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Contra la regulación de la CMAOT en protección y usos de los espacios naturales.
Del mismo modo no se deben desarrollar usos que ocasionen modificaciones permanentes (si no
son autorizadas) o sean incompatibles con la actividad habitual de los equipamientos.
3 NORMAS DEL ESPACIO NATURAL Y COHERENCIA AMBIENTAL
La Empresa Gestora quedará obligada a cumplir las normas de planeamiento del Espacio Natural
donde se ubica el equipamiento, dictadas por la Administración Ambiental o, en su caso, por la
Junta Rectora, así como los programas básicos de actuación, especialmente el de Uso Público y
demás normas de aplicación.
Así, la Empresa Gestora se responsabilizará ante la Administración competente por los actos u
omisiones que en el ejercicio de la prestación de los servicios, impliquen incumplimiento o
infracción a lo dispuesto en la normativa vigente que le resulte aplicable en materia
medioambiental.
En coherencia con la actividad que se pretende desarrollar y su ubicación dentro de un espacio
natural, es obligación dla Empresa Gestora el establecimiento entre su personal de buenas
prácticas ambientales que garanticen la coherencia ambiental en las instalaciones objeto del
presente documento, para lo cual, LA AGENCIA facilitará al inicio de los trabajos el documento
“Buenas prácticas ambientales y actuación ante situaciones de emergencia”.
4 IDENTIDAD E IMAGEN
La Empresa Gestora se responsabilizará de la imagen identificativa de los Espacios Naturales de
Andalucía en el ámbito del equipamiento o servicio encomendado, debiendo figurar en todo
momento la marca genérica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la
Junta de Andalucía según lo establecido en la Guía Básica de Identidad Visual de la Red de
Espacios Naturales de Andalucía (Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio-
Junta de Andalucía). Asimismo, esta misma normativa afecta a las páginas web de las empresas
colaboradoras de la RENPA, así como cualquier otro medio de comunicación que el contratista
utilice para la publicidad del servicio prestado o del equipamiento (mailing, contestador
automático, invitaciones, folletos, etc.). En ellos deberá mostrarse de manera visible que es
“Empresa Gestora de la Red de Espacios Naturales de Andalucía”, de la manera y forma que se
indica gráficamente, archivo que será proporcionado por LA AGENCIA, con objeto de seguir los
criterios de unificación y homogeneización del mismo.
En caso de realizar cualquier intervención en medios de comunicación escritos o audiovisuales
relacionada con el equipamiento o los servicios asociados, la Empresa Gestora estará obligado a
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poner en conocimiento de LA AGENCIA dicha intervención, debiendo quedar expresamente
reflejado en dichas intervenciones su colaboración con la Red de Espacios Naturales Protegidos
de Andalucía.
Las partes deberán atenerse en lo relativo a la imagen, al Manual de Identidad Corporativa de la
Junta de Andalucía y a los manuales que de éste se deriven. La adaptación, instalación y
mantenimiento en cuanto a señalización de uso público, será responsabilidad de LA AGENCIA,
salvo que de forma expresa se establezca lo contrario.
Cualquier material editado por la Empresa Gestora relacionado con el equipamiento o servicios
asociados, deberá contar con la supervisión previa y autorización expresa de LA AGENCIA.
Si existe la figura de un informador en el equipamiento o se prestan servicios de educación
ambiental y/o rutas guiadas, LA AGENCIA le proporcionará vestuario identificativo de la Red de
Espacios Naturales para este servicio, a fin de homogeneizar la imagen corporativa en
equipamientos de uso público que ofrecen información al visitante del espacio, y siguiendo las
directrices de la Guía Básica de Identidad Visual de la RENPA, o en su defecto, definirá algunos
elementos básicos que deberá cumplir la Empresa Gestora. Una vez facilitado este vestuario, no
se permite en este personal el uso de otro vestuario, salvo los propios del giro o tráfico comercial,
o que expresamente lo autorice LA AGENCIA en la forma y condiciones que se pacten.
En cualquier caso, desde el inicio de la actividad y en todo momento, el personal que desarrolle
tareas o funciones relacionadas con los servicios objeto de este contrato deberá portar en lugar
perfectamente visible una acreditación que identifique la empresa que presta el servicio, y que
siga el siguiente modelo:
Por otra parte, la Empresa Gestora, participará en los encuentros empresariales promovidos por
LA AGENCIA, conforme a las instrucciones dispuestas por los responsables de LA AGENCIA
adscritos al evento.
Así mismo la Empresa Gestora, deberá participar como tal en el los foros de participación social
promovidos por la CMAOT o por LA AGENCIA, así como por otras entidades, siempre y cuando
se considere beneficioso para la prestación de algún servicio propio del equipamiento.
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5 PERSONAL INTERVINIENTE EN LA REALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS
Para cubrir de manera efectiva todos los servicios incluidos en el contrato, la Empresa Gestora
contará con los recursos humanos necesarios, designando además un responsable de los
servicios con el que contactará LA AGENCIA para cualquier tipo de notificación o modificación
referente a la prestación de los servicios contratados.
Todo el personal que intervenga en la prestación de los servicios deberá contar con un perfil
profesional adecuado y proporcional a la responsabilidad y tareas que tenga asignadas, debiendo
así mismo estar informado de las condiciones básicas a las que está sometida la prestación del
servicio derivadas del acuerdo con LA AGENCIA, así como de la titularidad pública del
equipamiento o servicio. En especial, la Empresa Gestora garantizará el cumplimiento de las
necesarias medidas de seguridad e higiene en el trabajo respecto del personal que intervenga en
la prestación de los servicios.
El personal adscrito a los servicios dependerá exclusivamente, a nivel funcional en el
equipamiento o actividades, de la Empresa Gestora, aunque pertenezca a otras empresas con
acuerdos autorizados de subcontratación. La Empresa Gestora tendrá todos los derechos y
deberes inherentes a su calidad de contratista respecto su personal.
6 VIGILANCIA
La Empresa Gestora será responsable de la vigilancia del equipamiento durante el horario de
apertura (salvo condiciones contractuales distintas que puedan establecerse). La Empresa
Gestora no asume en ningún caso la responsabilidad de vigilancia del Espacio Natural en el que
se encuentra enclavado el equipamiento. No obstante, es facultad suya emplear los medios que
estime necesarios para complementar en las instalaciones anteriores el servicio de vigilancia.
7 MOBILIARIO
La Empresa Gestora recibirá un inventario actualizado que se acompañará como Anexo al
contrato, de todos los bienes muebles que se le entregan al inicio de la prestación del los
servicios, quedando obligado a su custodia, conservación y mantenimiento menor.
La Empresa Gestora estará obligada a mantener permanentemente actualizado dicho inventario
de bienes y a la devolución de los mismos en correcto estado al tiempo de la extinción o
resolución del contrato. Cualquier otro mobiliario o máquina que la Empresa Gestora estime
necesario incorporar, deberá tener la autorización expresa de LA AGENCIA.
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8 HOJA DE RECLAMACIONES
La Empresa Gestora estará obligada a disponer de Hojas de Quejas-Reclamaciones y de Buzón
de sugerencias a disposición de los usuarios, así como anunciar su existencia en español e inglés.
9 TARIFAS Y PRECIOS
Se deberán respetar los precios públicos y tarifas máximas y mínimas establecidas por la Junta de
Andalucía para productos y servicios. Así, los folletos y/o artículos de reparto expresamente
gratuitos, editados por la administración ambiental o cualquier otra entidad pública o privada,
deberán estar expuestos para la libre adquisición de los usuarios, quedando terminantemente
prohibido cobrar tarifa alguna por su adquisición.
La Empresa Gestora deberá exponer en lugar visible las tarifas vigentes de los servicios y
productos ofertados.
En todo caso, el acceso al equipamiento tendrá carácter gratuito.
10 TICKETS
La Empresa Gestora deberá expedir una factura o ticket por cada uno de los productos y servicios
prestados, siendo ésta una condición esencial del contrato.
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ANEXO 2. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA TIENDA
1 INTRODUCCIÓN ....................................................................................................................... 39
2 GESTIÓN DE LA TIENDA RENPA ............................................................................................ 39
2.1 SELECCIÓN DE PRODUCTOS .................................................................................. 39
2.2 COMPRA DE PRODUCTOS ....................................................................................... 40
2.3 EXPOSICIÓN Y REGISTRO DEL PRODUCTO ......................................................... 43
2.4 RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA ............................................................................. 44
2.5 ALMACENAMIENTO ................................................................................................... 44
3 INFORMACIÓN DE VENTAS .................................................................................................... 45
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1 INTRODUCCIÓN
A continuación se detalla el procedimiento relativo a la gestión de las tiendas RENPA ubicadas en
los equipamientos de uso público gestionados por LA AGENCIA.
El presente documento tiene en cuenta que LA AGENCIA dispone de un servicio de plataforma
logística, en adelante “plataforma”, que participa en los procesos de gestión administrativa y
logística.
LA AGENCIA se reserva la facultad de modificar los procedimientos para adecuarse a los cambios
que pudieran sucederse en su sistema de gestión.
2 GESTIÓN DE LA TIENDA RENPA
2.1 SELECCIÓN DE PRODUCTOS
La selección de productos para suministro de las tiendas RENPA obedece a una temática y a unos
criterios dirigidos a un mejor conocimiento y disfrute de los espacios naturales protegidos de
Andalucía.
Temática:
Publicaciones: Publicaciones de la CMAOT y publicaciones de naturaleza ambiental
destinada tanto a adultos como a público infantil.
Marca Parque Natural de Andalucía: Productos de alimentación y artesanía certificados
según este sello de calidad.
Comercio Justo: Productos de artesanía que garantizan un trato comercial justo entre
productores y consumidores.
Productos Locales: Productos de artesanía, cosmética natural y alimentación que
pertenecen al ámbito del espacio natural donde se ubica el equipamiento.
Salida al campo: Artículos diversos que son utilizados para disfrute directo del entorno del
espacio natural.
Productos Renpa: Productos personalizados con las denominaciones de los espacios
naturales.
Fauna y Flora de Andalucía: Artículos que dan a conocer los recursos naturales de los
EE.NN.PP.
Criterios:
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Procedencia: Tienen preferencia y por orden los artículos locales, aquellos pertenecientes
al espacio natural, los pertenecientes a otros espacios naturales y los procedentes del
resto de Andalucía.
Respeto a la normativa vigente: Los productos seleccionados cumplen con la normativa
vigente, sobre etiquetaje, sanitaria, etc, cuando les sea de aplicación.
Singularidad: Los artículos adquiridos aportan por su composición, temática, diseño o
procedencia, un valor añadido al usuario que los adquiere.
Respeto al medio ambiente: Tienen preferencia productos certificados y/o que fabrican sus
artículos bajo criterios de sostenibilidad.
La gestión de Tiendas RENPA se basa en el desarrollo de los siguientes catálogos:
General: se trata de productos promocionales y publicaciones que tienen como objetivo
ampliar el conocimiento y difundir una imagen homogénea de la red de espacios
naturales. En este catálogo LA AGENCIA actúa como suministrador y plataforma
logística.
Específico: son productos artesanales, de la Marca Parque Natural y/o emblemáticos,
elaborados en el espacio natural en el que se ubica el equipamiento de recepción y que
dan una mayor representatividad al territorio y sus singularidades. Para la adquisición de
este stock la Empresa Gestora debe establecer acuerdos comerciales con los
proveedores locales que garanticen la presencia de estos productos.
2.2 COMPRA DE PRODUCTOS
Catálogo general
La tienda contará con un stock de productos del Catálogo general, seleccionado por la Empresa
Gestora y que será transferido a ésta al precio coste determinado por LA AGENCIA, siendo
abonado por la Empresa Gestora a ésta. El precio venta público (PVP) de estos productos será el
estipulado por LA AGENCIA, beneficiándose la Empresa Gestora del margen total entre el precio
coste determinado por LA AGENCIA y el PVP.
LA AGENCIA velará porque cada tienda tenga una representatividad mínima en lo referente a
productos RENPA y publicaciones de la CMAOT.
Para la reposición de los productos concernientes al Catálogo general, la Empresa Gestora lo
tramitará a través de la plataforma. LA AGENCIA formalizará el pedido siguiendo lo especificado
en el Catálogo general referente a plazos, stock, unidades mínimas…
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El coste de las reposiciones se realiza mediante el mismo procedimiento que la adquisición, es
decir la compra se realiza directamente a LA AGENCIA.
La Empresa Gestora podrá solicitar reposiciones como máximo una vez al mes, no siendo nunca
el pedido inferior a 200€. En caso de ser inferior a esta cantidad, los gastos de transporte serán
por cuenta de la Empresa Gestora.
En aquellos equipamientos que por razones de horario o difícil acceso, se ocasionen problemas en
la entrega de mercancía, se deberá prever una dirección y un horario alternativo para realizar los
envíos.
En relación a la recepción de los artículos del Catálogo general los pasos a seguir por la Empresa
Gestora una vez recibida la mercancía son:
Firma del albarán incluido en el envío, haciendo constar fecha y nombre completo de la persona
que lo recepciona, así como todas aquellas observaciones e incidencias que correspondan. Dicho
albarán deberán subirlo a la plataforma en un plazo máximo de tres días desde la recepción, con
idea de que pueda ser revisado el pedido en su totalidad. Fuera de este plazo, cualquier
reclamación sobre este no será atendida.
Catálogo específico
Con el fin de dar mayor representatividad de los espacios naturales y sus singularidades,
promover los proyectos empresariales locales y responder a la demanda del visitante, la CMAOT
fomenta la presencia de productos locales en las tiendas RENPA.
Para la adquisición de un stock de estos productos será la Empresa Gestora será la
responsable de la obtención de los artículos (artesanales y/o emblemáticos, elaborados en el
E.N.P. en el que se ubica el equipamiento de recepción) y del acuerdo comercial con los
proveedores locales.
En este catálogo estarán incluidos los productos de la marca Parque Natural, y en este sentido los
productos con licencia de uso de la marca y que pueden estar incluidos en los catálogos de los
equipamientos son:
Producto Natural: son productos naturales obtenidos en el ámbito de los parques naturales
de Andalucía. En productos agroalimentarios, la materia prima procede de explotaciones
donde el sistema de producción está acreditado como agricultura ecológica o producción
integrada.
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Producto Artesanal: productos artesanales en los cuales los procesos de fabricación sean
total o parcialmente manuales y donde sus características se vean determinadas, al
menos en parte, por la habilidad y experiencia del productor.
Turismo de Naturaleza: se trata de actividades turísticas realizadas en el ámbito de los
parques naturales de Andalucía: campings, alojamientos rurales, hoteles, restaurantes y
actividades ligadas al conocimiento y disfrute del medio natural.
Otros que cumplan unos parámetros de calidad, de identidad, de especificidad…
El listado de artículos certificados por parque natural se puede consultar en la página
www.andanatura.org.
LA AGENCIA no recibirá contraprestación alguna de la Empresa Gestora por la venta de los
artículos de este catálogo.
No obstante y con el objetivo de guardar la necesaria homogeneidad en la red de tiendas, LA
AGENCIA se reserva la opción de dar de baja algún artículo si la venta de los productos
perjudicara de alguna manera la imagen de LA AGENCIA o de la CMAOT.
Previamente a su exposición en el punto de venta, todos los productos deberán obtener la
conformidad de la gerencia de LA AGENCIA correspondiente.
Para ello se enviará información de cada producto propuesto en la siguiente ficha:
PRODUCTO CATÁLOGO ESPECÍFICO
CÓDIGO
NOMBRE
MARCA PARQUE NATURAL SI NO
DESCRIPCIÓN
TIPO DE ENVASE O CARACTERÍSTICAS
ESPECIALES
FAMILIA DEL PRODUCTO
P.V.P
PROVEEDOR
FOTOGRAFÍA
FECHA DE AUTORIZACIÓN
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Una vez que se le haya dado el visto bueno por parte de la gerencia provincial, se podrá incluir en
el catálogo específico de la tienda y ser expuesto.
El visto bueno de la gerencia de LA AGENCIA no es óbice para que la Empresa Gestora cumpla la
normativa vigente en lo que respecta a la exposición y venta de los productos, especialmente los
alimenticios.
El catálogo se podrá constituir mediante formato digital o por catálogo físico que incluya todas las
fichas de productos. La Gerencia Provincial deberá contar con una versión actualizada del
catálogo ya sea en papel o en formato digitalizado.
Se incluyen en este grupo aquellos productos que se vendan mediante vending.
2.3 EXPOSICIÓN Y REGISTRO DEL PRODUCTO
Todos los productos del catálogo general y específico destinados a la venta deberán estar
expuestos en la tienda RENPA.
Todos ellos deben estar referenciados o etiquetados con el código generado por la Plataforma
(llamado código AGENCIA en adelante) y el PVP. En las publicaciones y en otros artículos de
superficie frágil se indicarán estos datos a lápiz para evitar estropearlos al retirar la etiqueta.
Estos códigos y precios son de aplicación desde el momento en que se conozcan. Cualquier
modificación de PVP LA AGENCIA lo comunicará por correo electrónico, además de incluirse en la
Plataforma.
LA AGENCIA estipula, en consenso con la Empresa Gestora, la organización de la tienda en
cuanto a expositores, estanterías y ubicación de productos.
Se ha dispuesto que el espacio dedicado a la exposición de los productos se distribuya a partes
iguales entre el Catálogo general y el Catálogo específico.
La Empresa Gestora, a través de la plataforma, podrá dirigir a LA AGENCIA aquellas sugerencias
que a este respecto deseen presentar.
Como normas generales de aplicación para la exposición del producto:
Evitar que productos destinados a la venta convivan en el mismo espacio con otros que no
lo son (p.e. folletos gratuitos con mapas guías).
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Exponer cada producto en cantidad acorde al espacio disponible y evitar que expositores y
estanterías queden vacíos o con un número insuficiente de ellos. Si ello ocurriera se
deberá sustituir la referencia por otra hasta que se reponga el artículo.
Si la tienda dispone de muebles bajos con puertas, se utilizarán éstos para la reposición
inmediata y evitar tener que tocar la exposición de la vitrina.
Los artículos destinados al público infantil deben estar expuesto por debajo de los 130
cms.
El mobiliario de la tienda y los productos destinados a la venta deben estar en buen estado y
presencia. Por ello se establecerá una rutina que asegure la limpieza integral de la tienda y que
revise el estado de los artículos y la conformidad de las caducidades de los productos
2.4 RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA
Los pasos a seguir por la Empresa Gestora una vez recibida la mercancía son:
Firma del recibo de la empresa de transporte, incluyendo nombre, nif, fecha y hora de
recepción. Deberá anotarse en este documento las incidencias que pudieran afectar al
envío (mal estado, problemas en la entrega, etc), y ser guardado para su envío posterior a
la Plataforma. Si la entrega no fuera directa por el transportista, se indicará en el
documento esta incidencia y se comunicará inmediatamente a la Plataforma por si
correspondiera alguna reclamación a la empresa de transporte. En el caso en que sea el
técnico provincial de uso público el que haga entrega del envío, se anotará esta incidencia
en el albarán correspondiente para su control.
Comprobación inmediata de la mercancía recibida con el albarán del proveedor o de la
Plataforma (si el envío proviniera de los almacenes centrales). La comprobación consistirá
en verificar las unidades y estado de los artículos recibidos y si correspondiera, su fecha
de caducidad. En este caso esta fecha debe anotarse en el albarán.
Firma del albarán incluyendo nombre y fecha de la persona que lo recepciona y todas
aquellas observaciones e incidencias que correspondan. Si el equipamiento dispone de
fax, se enviará inmediatamente a la Plataforma, si no es así se comunicará por email su
recepción y posteriormente se enviará por correo postal en el plazo máximo de tres días.
La Plataforma si fuera necesario tras la comprobación del albarán de entrega, se pondrá
en contacto con el responsable de la tienda para comunicar los eventuales cambios en los
precios de venta o los nuevos códigos para los productos recién añadidos al catálogo.
2.5 ALMACENAMIENTO
Los productos depositados en el almacén del equipamiento deben estar organizados de tal
manera que cumpla los criterios básicos de seguridad (señalización, plan de evacuación,
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iluminación de emergencia, extintores, almacenamiento seguro (cargas, separación de productos
tóxicos, etc.) y los estándares marcados por la Norma ISO14001 (aplicación de normativa en
materia ambiental en especial gestión de residuos y residuos peligrosos)
De una manera general se deberán aplicar los siguientes principios:
Ubicación de los artículos teniendo en cuenta su fragilidad, volumen y peso, condiciones
ambientales, identificación física, caducidad, estacionalidad, etc.
Identificar las cajas con fichas que indiquen la referencia y descripción de los productos
que contienen.
3 INFORMACIÓN DE VENTAS
La Empresa Gestora será la encargada de informar a la plataforma del volumen de ventas, tanto
del catálogo específico como del general, al menos con una periodicidad trimestral.
La Empresa Gestora deberá cumplir la legislación vigente relacionada con la expedición de tickets
o comprobantes de compra.
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ANEXO 3: HORARIO DE APERTURA
L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D
1 2 3 1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4 5 6 1 2 3
4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 14 7 8 9 10 11 12 13 4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 21 14 15 16 17 18 19 20 11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28 21 22 23 24 25 26 27 18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30 31 29 28 29 30 31 25 26 27 28 29 30
L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D
1 1 2 3 4 5 1 2 3 1 2 3 4 5 6 7
2 3 4 5 6 7 8 6 7 8 9 10 11 12 4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 14
9 10 11 12 13 14 15 13 14 15 16 17 18 19 11 12 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 21
16 17 18 19 20 21 22 20 21 22 23 24 25 26 18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28
23 24 25 26 27 28 29 27 28 29 30 25 26 27 28 29 30 31 29 30 31
30 31
L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D
1 2 3 4 1 2 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4
5 6 7 8 9 10 11 3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11
12 13 14 15 16 17 18 10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 12 13 14 15 16 17 18
19 20 21 22 23 24 25 17 18 19 20 21 22 23 21 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25
26 27 28 29 30 24 25 26 27 28 29 30 28 29 30 26 27 28 29 30 31
31
MAÑANA Y TARDE
MORNINGS AND AFTERNOONS
MAÑANA Y TARDE
MORNINGS AND AFTERNOONS
MAÑANA Y TARDE
MORNINGS AND AFTERNOONS
MAÑANA
MORNINGS
MAÑANA
MORNINGS
CERRADO Cita previa para visitas en grupo
CLOSED Groups by appointment call
2016 HORARIO / TIMETABLE
CENTRO DE VISITANTES / VISITOR CENTRE "LAGUNA DE ZÓÑAR"
ENERO / JANUARY FEBRERO / FEBRUARY MARZO / MARCH ABRIL / APRIL
Tel. 957 335 252
666 016 016
MAYO / MAY JUNIO / JUNE JULIO / JULY AGOSTO / AUGUST
SEPTIEMBRE / SEPTEMBER OCTUBRE / OCTOBER NOVIEMBRE / NOVEMBER DICIEMBRE / DECEMBER
9:00 a 14:00 h y 16:00 a 18:00 h
9:00 a 14:00 h y 18:00 a 20:00 h
9:00 a 13:00 h y 18:00 a 20:00 h
9:00 a 14:00 h
9:00 a 13:00 h
¡Gracias por su visita!
Thanks for your visit!
¡Gracias por su visita!
Thanks for your visit!
El contratista estará obligado a mantener abierto el centro un mínimo de 774 Horas/año, según
calendario, a no ser que se acuerde otra distribución horaria, para cuyo caso deberá obtener
aprobación expresa del Responsable del Contrato de LA AGENCIA.
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ANEXO 4: PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA DE VISITAS.
1 CONDICIONES GENERALES PARA EL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN EN LOS
EQUIPAMIENTOS DE USO PÚBLICO”. ......................................................................................... 48
1.1 OBJETIVOS Y PRESENTACIÓN ................................................................................ 48
1.2 CONTENIDOS DEL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN EN EQUIPAMIENTOS E
INSTALACIONES....................................................................................................................... 49
1.3 ACTIVIDADES Y SERVICIOS SOMETIDOS A TARIFA ............................................. 50
1.4 ACTIVIDADES GRATUITAS ....................................................................................... 59
2 PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DEL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN EN LOS
EQUIPAMIENTOS DE USO PÚBLICO ............................................................................................ 64
2.1 INTRODUCCIÓN ......................................................................................................... 64
2.2 EL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN ............................................................................. 64
2.2.1 OBJETIVOS DEL SERVICIO .............................................................................. 64
2.2.2 ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN ...................... 64
2.3 PRINCIPIO BÁSICOS REGULADORES DEL SERVICIO .......................................... 67
2.4 PROCEDIMIENTOS DEL SERVICIO DE DE DINAMIZACIÓN .................................. 71
2.4.1 PROGRAMACIÓN .............................................................................................. 71
2.4.2 EJECUCIÓN DEL PLAN DE DINAMIZACIÓN .................................................... 75
2.5 PLAN DE COMUNICACIÓN ........................................................................................ 80
2.6 SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN .................... 80
2.6.1 DOCUMENTO PARA EL SEGUIMIENTO DEL PLAN DE DINAMIZACIÓN ...... 80
2.6.2 DOCUMENTO PARA EL SEGUIMIENTO DEL PLAN DE COMUNICACIÓN .... 82
2.6.3 DOCUMENTACIÓN PARA LA EVALUACIÓN .................................................... 83
3 MODELOS FICHAS TÉCNICAS PARA EL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN ............................ 84
3.1 FICHA TÉCNICA PARA EL PROGRAMA DE VISITAS: ACTIVIDADES A
DESARROLLAR EN “LA NATURALEZA Y TÚ” ........................................................................ 84
3.2 FICHA TÉCNICA PROGRAMA DE VISITAS: ACTIVIDADES A DESARROLLAR EN
“NATURALEZA PARA TODOS” ................................................................................................ 85
3.3 FICHA TÉCNICA PARA EL PROGRAMA DE DINAMIZACIÓN.................................. 86
3.4 MODELO DE FICHAS DIDÁCTICAS “LA NATURALEZA Y TÚ” ................................ 88
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1 CONDICIONES GENERALES PARA EL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN EN LOS
EQUIPAMIENTOS DE USO PÚBLICO”.
1.1 OBJETIVOS Y PRESENTACIÓN
El presente documento tiene como objeto establecer las Condiciones Generales de Participación
en cualquiera de los servicios y/o actividades incluidos en el Servicio de Dinamización en las
instalaciones de la CMAOT en los Espacios Naturales. Estas condiciones tienen un carácter
general y mínimo, de forma que para conocer su aplicación particular en cada actividad o servicio,
los usuarios deberán referirse a la ficha técnica publicada para la actividad correspondiente.
En Andalucía los equipamientos de recepción e información de los espacios naturales protegidos
que forman parte de la Red de Espacios Naturales de Andalucía (RENPA) están orientados a
proporcionar acogida a los visitantes y proporcionarles la información necesaria para interpretar
los valores naturales y culturales más relevantes del espacio natural, facilitando el primer contacto
con el entorno y estimulando al visitante a recorrerlo, conocerlo, disfrutarlo y conservarlo.
Los objetivos que persiguen los equipamientos de recepción e información de la RENPA son:
Informar y acoger a los visitantes al espacio natural acerca de su patrimonio y orientar la
visita y la oferta de actividades
Desarrollar actitudes positivas hacia la conservación de los valores naturales y culturales
de los espacios naturales
Apoyar la dinamización del equipamiento a través de la realización de actividades en el
propio centro o en el espacio natural; proyectar los equipamientos como “lugares donde
pasan cosas”
Fomentar la participación de la comunidad local en la utilización de las instalaciones,
proyectando este equipamiento como un recurso a su servicio.
Configurar equipamientos social y económicamente sostenibles.
Fomentar sinergias entre distintas instalaciones y entidades del territorio.
Gracias a la coordinación de los servicios al ciudadano con otras redes de equipamientos e
instalaciones de la CMAOT (CREA, CREMA, Muladares,…) que por sus condicionantes propios
hacen posible que el disfrute del patrimonio natural de nuestra comunidad por parte de los
ciudadanos se multiplique exponencialmente.
En este marco, los equipamientos de recepción e información de la RENPA y de Andalucía deben
contar con un Servicio de Dinamización, que incluya una propuesta de actividades y servicios de
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educación e interpretación ambiental, a disposición del público general, tejido asociativo y
empresarial, entidades educativas,…
1.2 CONTENIDOS DEL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN EN EQUIPAMIENTOS E
INSTALACIONES
Las actividades y servicios a desarrollar en el Programa de Dinamización están basados en el
conocimiento de las instalaciones y el patrimonio natural y cultural que alberga el territorio donde
se encuentra, sus recursos y el entorno humano, siendo guiadas por monitores especializados y
conocedores de los valores naturales y culturales en los que se basa dicha actividad. Las
actividades consideradas de Turismo Activo sólo podrán ser llevadas a cabo por aquellas
empresas inscritas en el Registro de Actividades Turísticas, poseyendo el personal la formación y
títulos necesarios, tal y como especifica el Decreto 20/2002, de 29 de Enero, de Turismo en el
Medio Rural y Turismo Activo.
El servicio de dinamización se realiza a través de una serie de actividades diseñadas en función
de los destinatarios y objetivos del servicio (educación y sensibilización con el patrimonio
ambiental, desarrollo sostenible, promoción, ocio en el medio natural y acceso del espacio natural
y el uso público para todos, etc.).
Los equipamientos de recepción e información de la CMAOT cuentan con una programación de
actividades particulares para cada una ellos, así para las instalaciones asociadas a ellos, y que se
resumen en los siguientes programas:
En líneas generales, estos programas se deben basar en las siguientes tipologías de actividades:
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Actividades de Educación Ambiental e Interpretación del Patrimonio
Actividades de Participación
Actividades Complementarias
Actividades Promocionales
Las actividades permitirá la divulgación de los valores naturales y culturales de los espacios
naturales en entidades locales, centros educativos, establecimientos turísticos, otros
equipamientos ambientales…
Las actividades independientemente de su tipología o temática podrán estar total o parcialmente
financiadas por la CMAOT o no contar con ningún tipo de financiación por tanto son abonadas por
el participante.
1.3 ACTIVIDADES Y SERVICIOS SOMETIDOS A TARIFA
Actividades a demanda y programadas del equipamiento, con un amplio rango de temáticas
(educativas, lúdicas y recreativas, formativas, culturales, etc.,) y qué cuentan con una cuota o
tarifa (integra o parcial para la actividad) que debe ser abonada por los participantes..
En el desarrollo de dichas actividades y servicios se debe cumplir:
DESTINATARIOS
Los destinatarios del Servicio de Dinamización en instalaciones de la CMAOT son cualquier tipo
de público, organizado o con carácter particular, siempre y cuando cumplan los requisitos que se
estipulen en la ficha técnica o similar de la actividad en la que se quiera participar.
CUOTA DE PARTICIPACIÓN
Cada actividad o servicio presenta una cuota de participación o tarifa que se especifica en la ficha
técnica correspondiente. A esta cuota, se le aplicará en general un descuento de un 20% en los
siguientes casos:
En actividades/servicios para público general, a los participantes que cumplan uno de los
siguientes requisitos:
Estudiantes o poseedores del Carné Junta Joven: se acreditará presentando carné en
vigor
Mayores de 65 años: se acreditará presentando DNI
Menores de 14 años: se acreditará presentando DNI
Desempleados: se acreditará con la tarjeta de demanda de empleo en vigor
Grupos de más de 10 personas
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En actividades/servicios para colectivos, a aquellos que cumplan uno de los siguientes
requisitos:
Centros de Compensación Educativa: se acreditará con copia del BOJA para el curso
vigente
Asociaciones de Personas con Discapacidad
En el caso de las actividades/servicios para la comunidad escolar, los docentes no serán
considerados como participantes a efectos de la cuota de participación. A su vez, su participación
en la actividad será obligatoria, siendo ellos, los responsables directos de que el grupo de alumnos
mantenga un comportamiento correcto en el desarrollo de la misma.
INSCRIPCIONES Y RESERVAS
Los cupos de participación en las actividades y servicios serán limitados en el número de posibles
participantes (a no ser que se establezca lo contrario en la ficha técnica correspondiente). Se
establece en cada una de ellas un número mínimo de participantes (por debajo del cual la entidad
organizadora se reserva el derecho de cancelación de la actividad) y un número máximo de
participantes, dependiendo del tipo de actividad y las condiciones de seguridad en las que se debe
desarrollar, la fragilidad del recurso utilizado, los posibles impactos en el medio y la calidad de los
servicios a ofertar. Superándose dicho cupo, en el caso de las actividades programadas, las
personas que así lo deseen podrán inscribirse en una lista de espera para ocupar una plaza en
caso de cancelación de una reserva anterior.
Las inscripciones a las actividades programadas o servicios podrán desarrollarse por dos
medios:
a. En el propio equipamiento en el que se desarrolle la actividad, así como los medios dispuestos
por sus gestores.
b. A través de LA AGENCIA y los medios telefónicos y telemáticos que pone a disposición de
todos los usuarios. LA AGENCIA remitirá los datos a la Empresa Gestora para que esta realice
la inscripción efectiva, (en el momento que entre en vigor la Plataforma on line igualmente LA
AGENCIA podrá finalizar la reserva).
Sea cual sea el medio de inscripción, se confirmará al usuario la recepción de la solicitud de
inscripción en un plazo no superior a 2 días hábiles. Esta confirmación se realizará siempre por
correo electrónico, excepto en los casos en que el usuario no lo facilite, en estos casos que serán
excepcionales, deberá ir justificado el medio a utilizar (fax,…). En este correo electrónico o
comunicación, se le indicará al usuario el procedimiento para el pago de la actividad y su número
de inscripción.
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Independientemente del cauce utilizado para la inscripción, la reserva de plazas puede conllevar
el pago de un porcentaje del coste estipulado por cada persona asistente (según lo estipulado en
la ficha técnica correspondiente) que se deberá ingresar en la cuenta corriente dispuesta para tal
efecto. En este caso la reserva de plazas se dará por confirmada cuando el justificante del pago
sea remitido por correo electrónico/fax. Efectuado este pago en las actividades programadas a
cada usuario inscrito se le asignará un número de reserva, el cual deberá consignarse en el
justificante del pago. Previamente al desarrollo de la actividad, debe realizarse el pago del total del
coste la actividad.
Los plazos en los que deben realizarse los pagos, debe incluirse en cada ficha técnica.
En el caso de que así se disponga en la ficha técnica correspondiente y no dificulte el desarrollo
de otras actividades ya programadas o reservadas con anterioridad, los servicios de educación e
interpretación ambiental podrán contratarse sin reserva previa, realizando el pago estipulado
íntegramente.
ADMISIÓN
La admisión en todos los casos se realizará según riguroso orden de inscripción. La edad mínima
para participar en las actividades dirigidas a público general es de 16 años, permitiéndose la
inscripción de menores únicamente si están acompañados por un adulto responsable. En el caso
de que a las actividades o servicios les sea de aplicación lo estipulado en el Decreto 20/2002, de
29 de Enero, de Turismo en el Medio Rural y Turismo Activo, los menores de 16 años deberán
contar con una autorización de los padres o del tutor o tutora, previa y por escrito.
En caso de cualquier situación excepcional de los participantes que pueda interferir en el
desarrollo de la actividad deberá ser puesto en conocimiento del personal de la empresa que
desarrolla la actividad en el momento de la reserva. En caso de que no se haya procedido a su
puesta en conocimiento, LA AGENCIA y los gestores de los equipamientos declinan toda
responsabilidad sobre las consecuencias derivadas de ello.
PARTICIPACIÓN, MATERIALES Y SERVICIOS INCLUIDOS EN LA MISMA
En líneas generales, las actividades y los servicios de educación e interpretación ambiental
comprenden la visita guiada al equipamiento de recepción e información, jardines
botánicos/micológico y/o al espacio natural, actividades lúdicas y recreativas, cursos y los talleres
ambientales o culturales o sociales asociados a los recursos patrimoniales del espacio natural, así
como los materiales necesarios para su desarrollo y los seguros que dicta la normativa vigente,
según la tipología de actividad.
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Los gastos de desplazamiento y manutención correrán por cuenta de los participantes, a no ser
que se indique expresamente lo contrario en la ficha técnica correspondiente.
Los participantes deberán ir provistos del equipo y material complementario que se indique
específicamente en la ficha de la actividad.
Todos los participantes serán informados previamente al inicio de la actividad por los monitores de
la misma acerca de las normas y datos generales de la actividad, comportamiento para preservar
el entorno y de los posibles riesgos e impactos de la actividad, y si se realizan actividades de
Turismo Activo deberán ser informados, previamente a su inicio, por los monitores de la actividad
sobre los riesgos derivados de su realización y de las medidas de seguridad adoptadas, así como
de otros datos generales de la actividad, conocimientos y dificultades que implica la práctica,
destrezas y estado físico necesario, materiales a utilizar… En este caso, los participantes dejarán
por escrito constancia de haber sido informados debidamente.
LA AGENCIA y los gestores de los equipamientos declinan cualquier responsabilidad por las
consecuencias derivadas del mal uso de materiales, malas prácticas en la realización de las
actividades o por la omisión a los consejos de seguridad prestados por el personal especializado
que dirige la actividad.
CANCELACIONES
En cualquier caso y de manera genérica hay que seguir también los siguientes criterios de
cancelación, siempre que se haya realizado una reserva previa de la misma:
A instancia de LA AGENCIA y/o gestores de los equipamientos:
Directrices Generales de la CMAOT en lo referente a la realización de determinadas
actividades en el Medio Natural (por ejemplo: en época de incendios, con motivo de
eventuales plagas o enfermedades, cuestiones de conservación y seguridad, etc.)
Para una actividad concreta, a través de una directriz específica de los Servicios
Centrales de la Dirección General competente o Delegación Provincial y comunicada
por escrito
Declaración del estado de Alerta por Protección Civil o por recomendaciones de la
Dirección General de Tráfico. En este caso la cancelación se comunicará por escrito a
la Delegación de la provincia en la que se vayan a realizar las actividades, así como a
la Dirección General competente
Por motivos meteorológicos.
Otras circunstancias debida a causas mayores.
La cancelación de la actividad por alguno de estos motivos será notificada por parte del gestor a
los participantes con una antelación mínima de 2 días hábiles, salvo circunstancias de fuerza
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mayor. Siempre que sea posible dicha anulación conllevará el cambio de fecha de la actividad
(siendo ésta notificada en la mayor brevedad posible).
Anulación por parte de los usuarios:
La cancelación de la reserva por parte de los usuarios con derecho a devolución del importe
pagado, habrá de hacerse con una antelación mínima de 2 días hábiles. Pasado este plazo no se
devolverá el importe de la cuota de participación. Por otro lado hay que tener en cuenta en
relación con los pagos que una vez efectuada y pagada la reserva de plazas de servicios a
actividades programadas, el participante podrá anular su participación y ver reembolsado el
importe si hace la anulación al menos con 2 días hábiles de antelación a la celebración de la
actividad, excepto en el caso de que este coste o parte de él se consideren gastos de gestión,
hecho que debe reseñarse muy claramente en la ficha técnica de la actividad.
Los cambios de fecha seguirán los mismos criterios que para la política de cancelaciones.
Para notificar todas las posibles incidencias o modificaciones, los usuarios deberán ofrecer un
teléfono y correo electrónico en el momento de la reserva de la actividad. El usuario deberá
garantizar el contacto a través de dichos medios en los períodos estipulados en el presente
documento. En caso de no ser así, LA AGENCIA y los gestores de los equipamientos declinan
toda responsabilidad derivada de la falta de información del usuario.
CALENDARIO Y DIFUSIÓN
Toda la información necesaria para la participación e inscripción en las actividades se publicarán
con la antelación suficiente en la página web www.ventanadelvisitante.es y sus redes sociales,
conjuntamente con los medios dispuestos por el gestor del equipamiento.
Los servicios de educación e interpretación son servicios permanentes, a no ser que se requiera
una temporalidad concreta para su desarrollo. Se prestarán de manera y forma particular en cada
equipamiento, atendiendo a sus particularidades. Igualmente se publicará en la página web
www.ventanadelvisitante.es y redes sociales.
Las actividades programadas se difundirán trimestralmente. A partir de ese instante, los usuarios
podrán realizar la reserva de sus plazas.
En este grupo de actividades se encuentra las pertenecientes al programa “LA NATURALEZA Y
TÚ” (Programa destinado al colectivo escolar), que cuentan con sus condiciones específicas y
por tanto debe cumplir:
OBJETIVOS Y PRESENTACIÓN
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Este Programa, parcialmente financiado por la CMAOT y dirigido a escolares, plantea una
oportunidad privilegiada de acercar a los más jóvenes a la Red de Espacios Naturales Protegidos
de Andalucía. El Programa contempla diferentes tipos de actividades según el ciclo educativo, que
partiendo de una visita guiada al Centro de Visitantes, siempre que sea posible, se realizarán una
serie de actividades adaptadas a las distintas edades, con una duración aproximada de 4-5 horas
en horario de mañana.
Todas las actividades serán guiadas por monitores especializados y conocedores del Espacio
Natural en el que se desarrolla dicha actividad.
DESTINATARIOS
En este Programa podrán participar únicamente Centros Educativos de la Comunidad Autónoma
de Andalucía.
INSCRIPCIÓN Y ADMISIÓN
Se establece un número mínimo de participantes de 15 alumnos. Se aconseja, pensando en la
calidad de la experiencia y en la consecución de los objetivos didácticos, no sobrepasar en una
misma actividad los 60 alumnos. LA AGENCIA se reserva la admisión de grupos de mayor número
de participantes en función de las características del espacio natural a visitar y sus posibilidades.
La admisión se realizará según riguroso orden de inscripción y pago de la reserva estipulada
(1€/participante previsto), dicha cuota de inscripción no se devolverá en ningún caso. La
inscripción se realizará únicamente mediante formulario electrónico en la página web de LA
AGENCIA. En el caso de incidencia o imposibilidad de acceso a medios digitales, se podrá realizar
el procedimiento por comunicación telefónica en el teléfono 902 52 51 00.
Al final de cada ficha, se encuentra el formulario de inscripción a esa actividad en concreto. Una
vez enviada la inscripción con todos los campos requeridos; en un plazo máximo de 2 días
hábiles, la organización del programa se pondrá en contacto con el responsable del grupo por el
correo electrónico indicado en la inscripción con los siguientes pasos a realizar para confirmar la
reserva. En caso de no recibir esta comunicación en dicho plazo, aconsejamos que los
responsables del grupo contacte con la organización del programa a través del teléfono 902 52 51
00 para subsanar la posible incidencia.
En caso de cualquier situación excepcional de los participantes, que puedan interferir en el
desarrollo de la actividad deberá ser puesto en conocimiento de la organización del programa en
el momento de la reserva. En caso de que no se haya procedido a su puesta en conocimiento, LA
AGENCIA declina toda responsabilidad sobre las consecuencias derivadas de ello.
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CUOTA DE PARTICIPACIÓN, MATERIALES Y SERVICIOS INCLUIDOS EN LA MISMA
Centros no CCE: 4 €/alumno. Una vez recibida la confirmación de la inscripción, se deberá
realizar el pago de 1€/alumno (sin derecho a devolución) previsto en el plazo de una
semana. El resto de la cuota, 3€/alumno, será abonada con 3 días hábiles de anterioridad a
la celebración de la actividad.
Centros CCE: 1 €/alumno (sin derecho a devolución), que será abonado en el plazo de una
semana a partir de la confirmación de la inscripción. Los Centros de Compensación
Educativa, deben acreditar su condición de tales, remitiendo por fax o correo electrónico a la
organización del programa la Resolución de la Consejería de Educación de la Junta e
Andalucía en la que se les incluye dentro de listado de Centros de Compensación Educativa
para el curso correspondiente. El correo electrónico para dicha comunicación es
A efectos de pago, el personal docente no será considerado como participantes.
Dicho programa comprende únicamente la visita guiada al espacio natural, las actividades de
educación ambiental y el material informativo y divulgativo complementario para la realización de
la misma, así como los seguros que dicta la normativa vigente.
Los gastos de desplazamiento y manutención correrán por cuenta del centro educativo.
Los participantes deberán ir provistos de la equipación y material complementario que se indique
específicamente en la ficha de la actividad.
LA AGENCIA declina cualquier responsabilidad por las consecuencias derivadas del mal uso de
materiales o malas prácticas en la realización de las actividades.
LUGARES DE CELEBRACIÓN
Actualmente se pueden realizar actividades en una treintena de Espacios Naturales Protegidos
(Parques Nacionales, Parques Naturales, Reservas Naturales, Paisajes Protegidos, Parajes
Naturales…), pudiendo optar a más de 40 actividades didácticas.
FASES Y PROGRAMACIÓN
De septiembre a noviembre: período de inscripción preferente. (se especificará la fecha
concreta en cada caso).
Una vez confirmada la inscripción por correo electrónico, se deberá abonar en el plazo de una
semana y en concepto de reserva de plazas, 1€ por alumno/a (sin derecho a devolución) previsto
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al nº de cuenta que se le proporcionará. Una vez realizado el pago, el centro remitirá el resguardo
de dicho ingreso a la dirección de correo electrónico o número de fax que se le indicará mediante
correo electrónico en el correo de confirmación de inscripción. Además el centro deberá indicar su
CIF, nombre, dirección, Código de Centro y teléfono de contacto, así como la persona responsable
de la actividad en el centro educativo.
Con posterioridad al periodo preferente de inscripción, los centros escolares podrán inscribirse
durante todo el curso escolar, pudiendo realizar actividades sólo en aquellas fechas y espacios
naturales que se encuentren libres, es decir, no solicitadas por algún centro en el periodo
preferente de inscripción. La inscripción debe realizarse con dos semanas de antelación a la fecha
deseada. La reserva de fecha para estos centros, no será de 1€ por alumno/a (excepto si son
CCE), sino que deberán aportar el total del coste, es decir, 4€ por alumno/a.
Noviembre: publicación del lista provisional de admitidos en la página web de LA AGENCIA.
De noviembre a Diciembre: presentación de alegaciones.
Diciembre: publicación de las listas definitivas de admitidos.
Septiembre – junio(*): Desarrollo del programa. 3 días hábiles antes de la realización de la
actividad, los centros inscritos en el periodo de inscripción preferente deberán abonar el
restante del total de la cuota de participación, habiendo sido éste ajustado con el número
final de alumnos participantes. El resguardo de dicho ingreso será remitido al mismo correo
electrónico o fax al que realizó la reserva, junto con el CIF, nombre, dirección, Código de
Centro y teléfono de contacto, así como nombre de la actividad realizada y fecha en la que
se realizará. En el caso de los centros CCE con el primer pago se completa el total de la
cuota.
Julio: evaluación del programa
(*)Nota: El plazo para la realización de las actividades correspondientes a este programa será
preferentemente entre los meses de enero a junio (ambos inclusive), aunque se realizan durante todo
el curso escolar.
En caso de incumplimiento de alguno de estos plazos, LA AGENCIA se reserva el derecho de
anulación de la reserva con todos sus efectos.
Una vez efectuado y acreditado el pago de la actividad, LA AGENCIA notificará vía telefónica, fax
y/o correo electrónico la reserva definitiva. No obstante, los participantes deberán acreditarse
previamente a la celebración de la actividad.
CANCELACIONES
La actividad se cancelará únicamente en los siguientes supuestos:
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A instancia de la CMAOT o LA AGENCIA
Directrices Generales de la CMAOT en lo referente a la realización de determinadas
actividades en el Medio Natural (por ejemplo: en época de incendios, con motivo de
eventuales plagas o enfermedades, cuestiones de conservación y seguridad, etc.)
Para una actividad concreta, a través de una directriz específica de los Servicios Centrales
de la Dirección General Espacios Naturales y Participación Ciudadana o Delegación
Provincial y comunicada por escrito.
Declaración del estado de Alerta por Protección Civil o por recomendaciones de la Dirección
General de Tráfico. En este caso la cancelación se comunicará por escrito a la Delegación
de Medio Ambiente de la provincia en la que se vayan a realizar las actividades, así como a
la Dirección General Espacios Naturales y Participación Ciudadana.
Por motivos meteorológicos.
Otras circunstancias debida a causas mayores.
La cancelación de la actividad por estos motivos será notificada por LA AGENCIA al centro
educativo con una antelación mínima de 2 días hábiles, salvo circunstancias de fuerza mayor.
Dicha anulación conllevará el cambio de fecha de la actividad (siendo ésta notificada en la mayor
brevedad posible) o la devolución de los importes abonados a la fecha (excepto importe de la
reserva), sin derecho a indemnización por parte de LA AGENCIA. En caso de notificar la
cancelación en un período menor al estimado, LA AGENCIA se compromete, además de devolver
el importe de las cuotas abonados a la fecha, la realización de una actividad en igual o similares
circunstancias de manera gratuita.
Anulación de reserva por parte del Centro Educativo:
La cancelación de la reserva por parte de los Centros Escolares (CCE y no CCE) con derecho a
devolución habrá de hacerse con una antelación mínima de 2 días hábiles. Pasado este plazo no
se devolverá el importe de la cuota.
Los cambios de fecha seguirán los mismos criterios que para la política de cancelaciones.
El medio para notificar todas las incidencias será la llamada 902 52 51 00 o el envio de un correo
electrónico a [email protected], siendo estos los únicos medios de
comunicación establecidos para estas cuestiones. LA AGENCIA declina toda responsabilidad de
las anulaciones notificadas por otros cauces.
DIFUSIÓN
Toda la información necesaria para la participación e inscripción en las actividades se publicarán
con la antelación suficiente en el portal de la Ventana del visitante de la CMAOT.
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NOTA:
La participación en la actividad por parte del personal docente acompañante del grupo, será
OBLIGATORIA, siendo éstos, los responsables directos de que el grupo de alumnos
mantenga un comportamiento correcto en el desarrollo de la misma.
Se establece la posibilidad de desarrollar actividades de jornada completa con los Centros
Educativos que así lo soliciten, considerando una nueva cuota de participación para la
actividad solicitada. En todos los demás aspectos, estas actividades se regirán por las
condiciones expuestas en este documento para esta campaña.
Aquellas entidades que deseen participar en este Programa deberán atender un nuevo
presupuesto según la actividad solicitada. En todos los demás aspectos, estas actividades
se regirán por las condiciones expuestas en este documento para esta campaña.
1.4 ACTIVIDADES GRATUITAS
Estas actividades forman parte de la programación para la dinamización con la que cuenta cada
equipamiento y están dirigidas principalmente al público general, aunque no se excluyen las
destinadas a colectivos. Tienen un carácter gratuito y eminentemente divulgativo y promocional.
Estas actividades no están sujetas al pago de reserva, aunque en la ficha técnica si deberá estar
indicado la necesidad de realizar una reserva previa u orden de inscripción para el desarrollo de la
actividad, o si por el contrario no es necesario la inscripción previa y el usuario puede presentarse
en el lugar de la actividad sin previo aviso.
RESERVA E INSCRIPCIÓN
Las inscripciones a actividades programadas o la reserva de servicios podrán desarrollarse por
dos medios:
En el propio equipamiento en el que se desarrolle la actividad, así como los medios
dispuestos por sus gestores, a excepción de las actividades del Programa regional
Naturaleza para Todos qué sólo podrá realizar la reserva de la misma a través de LA
AGENCIA según procedimiento específico, tal y como se detalla en este epígrafe.
A través de LA AGENCIA y los medios telefónicos y telemáticos que pone a disposición de
todos los usuarios. LA AGENCIA remitirá los datos a la Empresa Gestora (en el momento que
entre en vigor la Plataforma on-line igualmente LA AGENCIA podrá finalizar la reserva).
A cada usuario inscrito se le asignará un número de inscripción, la cual podrá ser requerida al
usuario al inicio de la actividad. Una vez efectuada la inscripción y realizada la reserva para la
actividad se deberá contactar con el participante para confirmar la reserva de participación al
menos con 48 horas de antelación a la celebración de la actividad.
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Los medios a través de los cuales notificar todas las posibles incidencias y anulaciones serán los
mismos que han servido para realizar la reserva de la plaza.
ADMISIÓN, PARTICIPACIÓN y MATERIALES Y SERVICIOS INCLUIDOS EN LA MISMA
Las condiciones generales para estos aspectos serán idénticas a las contempladas para las
actividades sometidas a tarifa.
CANCELACIONES
En cualquier caso y de manera genérica hay que seguir también los siguientes criterios de
cancelación, siempre que se haya realizado una reserva previa de la misma:
A instancia de LA AGENCIA y/o gestores de los equipamientos:
Directrices Generales de la CMAOT en lo referente a la realización de determinadas
actividades en el Medio Natural (por ejemplo: en época de incendios, con motivo de
eventuales plagas o enfermedades, cuestiones de conservación y seguridad, etc.)
Para una actividad concreta, a través de una directriz específica de los Servicios
Centrales de la Dirección General competente o Delegación Provincial y comunicada
por escrito
Declaración del estado de Alerta por Protección Civil o por recomendaciones de la
Dirección General de Tráfico. En este caso la cancelación se comunicará por escrito a
la Delegación de la provincia en la que se vayan a realizar las actividades, así como a
la Dirección General competente
Por motivos meteorológicos.
Otras circunstancias debida a causas mayores.
La cancelación de la actividad por alguno de estos motivos será notificada por parte del gestor a
los participantes con una antelación mínima de 2 días hábiles, salvo circunstancias de fuerza
mayor. Siempre que sea posible dicha anulación conllevará el cambio de fecha de la actividad
(siendo ésta notificada en la mayor brevedad posible).
Los cambios de fecha seguirán los mismos criterios que para la política de cancelaciones.
Para notificar todas las posibles incidencias o modificaciones, los usuarios deberán ofrecer un
teléfono y correo electrónico en el momento de la reserva de la actividad. El usuario deberá
garantizar el contacto a través de dichos medios en los períodos estipulados en el presente
documento. En caso de no ser así, LA AGENCIA y los gestores de los equipamientos declinan
toda responsabilidad derivada de la falta de información del usuario.
CALENDARIO Y DIFUSIÓN
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Toda la información necesaria para la participación e inscripción en las actividades se publicarán
con la antelación suficiente en la página web www.ventanadelvisitante.es y sus redes sociales,
conjuntamente con los medios dispuestos por el gestor del equipamiento.
Las actividades programadas se difundirán trimestralmente. A partir de ese instante, los usuarios
podrán realizar la reserva de sus plazas.
En este grupo de actividades se encuentra las pertenecientes al programa “NATURALEZA PARA
TODOS” (Programa destinado a colectivos de personas con discapacidad), que cuentan con sus
condiciones específicas y por tanto debe cumplir:
OBJETIVOS Y PRESENTACIÓN
Este Programa, financiado por la CMAOT en su totalidad y con la colaboración del CERMI está
dirigido al colectivo de personas con discapacidad con el objetivo de ofrecer una oportunidad
privilegiada de acercar a este colectivo a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía.
El Programa contempla diferentes tipos de actividades adaptadas y accesibles según las
características de los usuarios. Partiendo de una visita guiada a un Centro de recepción de
visitantes, que se realizará siempre que sea posible, se desarrollarán una serie de actividades de
sensibilización ambiental adaptadas a las capacidades de los participantes, con una duración
aproximada de 4 horas en horario de mañana.
Todas las actividades serán guiadas por monitores especializados y conocedores del Espacio
Natural en el que se desarrolla dicha actividad.
DESTINATARIOS Y TEMPORALIDAD
En este Programa podrán participar únicamente asociaciones de personas con discapacidad de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
La actividad se podrá desarrollar cualquier día del año, y el horario se podrá adaptar a las
necesidades de los usuarios, siendo la duración de la actividad tipo, de las 10.00 a las 14.00,
aunque el horario se puede modificar en función de los requerimientos de los participantes, pero
no excediendo de 4 horas de duración.
INSCRIPCIÓN Y ADMISIÓN
Se establece un número mínimo de participantes de 12 usuarios por actividad. Se aconseja,
pensando en la calidad de la experiencia y en la consecución de los objetivos didácticos, no
sobrepasar en una misma actividad los 30 usuarios por turno. LA AGENCIA se reserva la admisión
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de grupos de mayor número de participantes en función de las características del espacio natural
a visitar y sus posibilidades.
Respecto a la inscripción, se abrirán tres convocatorias anuales correspondientes a los trimestres
de: Enero-Marzo, Abril-Junio y Septiembre-Noviembre, coordinadas con el CERMI-Andalucía a
través de las 12 federaciones que la componen. Cada federación, según su criterio, seleccionará 5
asociaciones por trimestre que serán las que realicen las visitas a los espacios naturales que
deseen y así lo notificará al CERMI-Andalucía y a la organización del Programa de visitas al correo
electrónico [email protected] o al teléfono 902 52 51 00 .
En caso de asociaciones o entidades no pertenecientes a las federaciones que componen el
CERMI, pueden solicitar su participación mediante solicitud remitida al correo
En caso de cualquier situación excepcional de los participantes que puedan interferir en el
desarrollo de la actividad deberá ser puesto en conocimiento del personal de LA AGENCIA en el
momento de la reserva. En caso de que no se haya procedido a su puesta en conocimiento, LA
AGENCIA declina toda responsabilidad sobre las consecuencias derivadas de ello.
LUGARES DE CELEBRACIÓN
Actualmente se pueden realizar actividades en más de 25 Espacios Naturales Protegidos
(Parques Nacionales, Parques Naturales, Reservas Naturales, Paisajes Protegidos, Parajes
Naturales…).
En caso de incumplimiento de alguno de estos plazos, LA AGENCIA se reserva el derecho de
anulación de la reserva con todos sus efectos.
CANCELACIONES
La actividad se cancelará únicamente en los siguientes supuestos:
A instancia de la CMAOT o LA AGENCIA
Directrices Generales de la CMAOT en lo referente a la realización de determinadas
actividades en el Medio Natural (por ejemplo: en época de incendios, con motivo de
eventuales plagas o enfermedades, cuestiones de conservación y seguridad, etc.)
Para una actividad concreta, a través de una directriz específica de los Servicios Centrales
de la Dirección General Espacios Naturales y Participación Ciudadana o Delegación
Provincial y comunicada por escrito
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Declaración del estado de Alerta por Protección Civil o por recomendaciones de la Dirección
General de Tráfico. En este caso la cancelación se comunicará por escrito a la Delegación
de la provincia en la que se vayan a realizar las actividades, así como a la Dirección
General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana.
Por motivos meteorológicos
Otras circunstancias debida a causas mayores
La cancelación de la actividad por estos motivos será notificada por LA AGENCIA a la asociación
con una antelación mínima de 2 días hábiles, salvo circunstancias de fuerza mayor. Dicha
anulación conllevará el cambio de fecha de la actividad (siendo ésta notificada en la mayor
brevedad posible)
Anulación de reserva por parte de la asociación
Los cambios de fecha seguirán los mismos criterios que para la política de cancelaciones.
El medio para notificar todas las incidencias será la llamada al 902 52 51 00 o el envío de un
correo electrónico a [email protected], siendo estos los únicos medios
de comunicación establecidos para estas cuestiones. LA AGENCIA declina toda responsabilidad
de las anulaciones notificadas por otros cauces.
SERVICIOS INCLUIDOS
Dicho Programa comprende únicamente la visita guiada al Espacio Natural, las actividades de
educación ambiental y el material informativo y divulgativo complementario para la realización de
la misma, así como los seguros que dicta la normativa vigente.
Los gastos de desplazamiento y manutención correrán por cuenta del centro educativo.
Los participantes deberán ir provistos de la equipación y material complementario que se indique
específicamente en la ficha de la actividad.
LA AGENCIA declina cualquier responsabilidad por las consecuencias derivadas del mal uso de
materiales o malas prácticas en la realización de las actividades.
DIFUSIÓN
Toda la información necesaria para la participación e inscripción en las actividades se coordinará a
través del CERMI y las federaciones correspondientes.
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2 PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DEL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN EN LOS
EQUIPAMIENTOS DE USO PÚBLICO
2.1 INTRODUCCIÓN
El presente documento tiene como objeto establecer las especificaciones y buenas prácticas
necesarias para la programación, ejecución y evaluación del Servicio de Dinamización en
equipamientos de recepción e información así como de otras instalaciones de la CMAOT con
capacidad y disposición para el desarrollo de actividades de uso público (jardines botánicos,
CREAS, CREMA, etc.)
En la primera parte del documento se establece las bases y ámbito de actuación de los distintos
Programas que componen el Servicio de Dinamización (objeto, naturaleza, destinatarios y alcance
de los mismos)
En segundo lugar se recogen las consideraciones o estipulaciones generales del Servicio
independientemente del Programa, con carácter de obligatoriedad para la Empresa Gestora del
equipamiento o del servicio de dinamización.
Por último, se detalla la forma y modo de proceder para programar, ejecutar y evaluar los
programas que componen el Servicio de Dinamización: Programa propio, Programa local
participativo y Programas regionales (programas auspiciados por la administración como el
Programa de Visitas a Espacios Naturales o el Programa de Educación para la Conservación), así
como el Plan de Comunicación.
2.2 EL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN
2.2.1 OBJETIVOS DEL SERVICIO
Dinamizar las instalaciones y servicios del equipamiento para el uso público y social de una
manera ordenada, segura y sostenible.
2.2.2 ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN
En Andalucía los equipamientos de recepción e información de los espacios naturales protegidos
que forman parte de la Red de Espacios Naturales de Andalucía (RENPA) están orientados a
proporcionar acogida a los visitantes y proporcionarles la información necesaria para interpretar
los valores naturales y culturales más relevantes del espacio natural, facilitando el primer contacto
con el entorno y estimulando al visitante a recorrerlo, conocerlo, disfrutarlo y conservarlo.
Los objetivos que persiguen los equipamientos de recepción e información de la RENPA son:
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Informar y acoger a los visitantes al espacio natural acerca de su patrimonio y orientar la visita y la
oferta de actividades.
Desarrollar actitudes positivas hacia la conservación de los valores naturales y culturales de los
espacios naturales.
Apoyar la dinamización del equipamiento a través de la realización de actividades en el propio
centro o en el espacio natural; proyectar los equipamientos como “lugares donde pasan cosas”.
Fomentar la participación de la comunidad local en la utilización de las instalaciones, proyectando
este equipamiento como un recurso a su servicio.
Configurar equipamientos social y económicamente sostenibles.
Fomentar sinergias entre distintas instalaciones y entidades del territorio.
En este marco, los equipamientos de recepción e información de la RENPA e instalaciones de la
CMAOT con disposición de acoger actividades de uso público como la Red de Jardines Botánicos
de Andalucía, CREAS, CREMAS, Muladares, etc. deben contar con un Servicio de Dinamización,
que incluya una propuesta de actividades y servicios de educación e interpretación ambiental, a
disposición del público general, tejido asociativo y empresarial, entidades educativas,…
Gracias a la coordinación de los servicios al ciudadano de ambas redes, así como con la
agregación de otro tipo de instalaciones que lo permitan por sus condicionantes propios, debe
hacer posible que el disfrute del patrimonio natural de nuestra comunidad por parte de los
ciudadanos se multiplique exponencialmente, así como la colaboración entre la Administración y
los territorios que permitirá una gestión más moderna y empresarial del conjunto de las
instalaciones de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (CMAOT).
SERVICIO DE DINAMIZACIÓN EN EQUIPAMIENTOS DE USO PÚBLICO
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En función de su financiación las actividades podrán ser total o parcialmente financiadas por LA
AGENCIA, o sin financiación:
Programa propio Destinatario/s
objetivo
Actividades sin
financiación
Actividades
parcialmente
financiadas
Actividades
totalmente
financiadas
Actividades a
demanda Público general X
Actividades
programadas
Público general
y colectivos X
Programa local
Destinatario/s
objetivo
Actividades sin
financiación
Actividades
parcialmente
financiadas
Actividades
totalmente
financiadas
Actividades
programadas
Público general
y colectivos
locales
Excepcionalmente
en conocimiento de
LA AGENCIA
X
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Reuniones del
proceso de
participación
Agentes locales
(entidades
públicas,
empresarios,
educadores,
asociaciones) y
vecinos
X
Programa regional
(colectivos)
Destinatario/s
objetivo
Actividades sin
financiación
Actividades
parcialmente
financiadas
Actividades
totalmente
financiadas
La Naturaleza para
todos
Colectivo
(personas con
discapacidad)
x
La Naturaleza y tú Colectivo
(escolares) X
Programa
promoción
Destinatario/s
objetivo
Actividades sin
financiación
Actividades
parcialmente
financiadas
Actividades
totalmente
financiadas
Celebración de
efemérides
Público general
y colectivos x
Actividades
Promocionales Público general X
2.3 PRINCIPIO BÁSICOS REGULADORES DEL SERVICIO
La Empresa Gestora deberá presentar anualmente un Plan de Dinamización para el
equipamiento con la programación completa de todas las actividades y servicios de uso público a
prestar o realizar en el equipamiento, junto al Plan de Comunicación del mismo.
El PLAN tanto en su programación, como en su ejecución deberá cumplir los mínimos
establecidos en las Condiciones Generales de Participación y las condiciones particulares
especificadas en cada ficha técnica. Todo usuario que participe en alguna actividad o servicio
debe ser conocedor de ambos documentos a la hora de realizar la reserva y/o los pagos
estipulados.
Las Condiciones Generales de Participación podrán verse alteradas sólo en casos particulares,
siempre y cuando esté justificado por condiciones o características de las actividades o servicios
propuestos y haya sido informada LA AGENCIA. De estas modificaciones deberán también ser
informados los usuarios a través de la ficha básica de la actividad en concreto.
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Para poder desarrollar el Servicio de Dinamización será obligatorio que la Empresa Gestora remita
a LA AGENCIA, debidamente cumplimentados, firmados y sellados los siguientes documentos:
Declaración Responsable de cumplimiento de exigencias legales en la materia de prestación del
servicio para el que se ha contratado.
Copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil que cubre la actividad a desarrollar dentro
del objeto del contrato.
Último recibo de pago de esta póliza.
En el caso de subcontrataciones, la empresa contratada deberá remitir un escrito informando y
pidiendo autorización a LA AGENCIA sobre los pormenores de la subcontratación de servicios.
Listado de personal adscrito al desarrollo del Servicio en el que se incluirá: nombre, DNI titulación
y trabajo a desarrollar.
Acta de coordinación de actividades empresariales, en caso de que la actividad se desarrolle
parcial o totalmente en un equipamiento de uso público encomendado a LA AGENCIA.
En el caso de incluir actividades de turismo activo se precisará: Copia de la resolución de la
Delegación Provincial de la Consejería de Turismo, Comercio y Transporte por la que se aprueba
la inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía, exigible para desarrollar actividades de
turismo activo.
En el caso de incluir actividades que requieran permisos por parte de la Administración: se
precisará Autorización de la Delegación Provincial correspondiente de la Consejería de Medio
Ambiente y Ordenación del Territorio para la realización de dicha actividad o en su caso,
documento acreditativo de la solicitud de la misma con Registro de Entrada en el citado organismo
público.
Todas las actividades que se realicen deberán adaptarse en todo momento a la legislación
vigente, en especial a la Legislación Medioambiental y a los PORN y PRUG. La Empresa Gestora
deberá tramitar las autorizaciones para las actividades a realizar en las correspondientes
Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Estas
solicitudes y posteriores autorizaciones deberán remitirse a la dirección técnica de los trabajos en
LA AGENCIA.
El desarrollo de estas actividades y servicios no podrá suponer un menoscabo a los otros servicios
de los que son responsables los gestores (en caso de que así sea), especialmente el Servicio de
Atención e Información y el Servicio de Venta de Artículos.
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Durante la actividad, el servicio se realizará bajo las pautas y disciplinas de la interpretación del
Patrimonio, y los monitores, teniendo que ser TODOS los guías y animadores expertos
conocedores del entorno natural y preferentemente naturales de la comarca.
Los monitores, guías y animadores deberán ir perfectamente identificados durante las actividades.
Para ello LA AGENCIA facilitará uniformes para guías y monitores. En cualquier caso, desde el
inicio de la actividad y en todo momento, el personal que desarrolle tareas o funciones
relacionadas con los servicios de dinamización deberá portar en lugar perfectamente visible una
acreditación que identifique la empresa que presta el servicio y que siga el siguiente modelo:
TODOS los monitores, guías y animadores serán expertos conocedores del entorno natural o del
patrimonio de la comarca según la actividad a ejecutar.
La Empresa Gestora estará obligada a garantizar el servicio de forma que si por cualquier causa
faltara algún monitor, guía o animador, se sustituya por otro con una antelación mínima de 2 días
laborales a la realización de la siguiente actividad.
Para el Programa La Naturaleza y Tú, la Empresa Gestora cumplirá en todas las actividades con
un ratio máximo de 1 monitor/a por cada 20 alumnos, excepto en los grupos de Educación Infantil
y Primer Ciclo de Primario donde será de 1 monitor/a por cada 15 alumnos.
En el caso del Programa La Naturaleza para Todos, la Empresa Gestora cumplirá en todas las
actividades con un ratio máximo de 1 monitor/a por cada 12 usuarios.
Los desplazamientos de los monitores, guías y animadores al punto de inicio, comidas, etc.,
correrán por parte de la Empresa Gestora.
No computarán, a efectos de temporalización y facturación de los programas, las pausas que se
produzcan durante los mismos para el desayuno, almuerzo, merienda, etc.
Se deberá hacer una descripción del material necesario para el desarrollo de los talleres y de
cualquier otra actividad complementaria que se plantee. La Empresa Gestora aportará todo el
material necesario no fungible y fungible para la realización de las actividades que se vayan a
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realizar durante el día de visita. La imposibilidad de realizar el programa completo por falta de
material, será responsabilidad exclusiva de la Empresa Gestora
Todos los resultados y documentos realizados en la ejecución de los trabajos objeto del servicio
serán propiedad de LA AGENCIA, que podrá reproducirlos o divulgarlos total o parcialmente. Para
ello, la Empresa Gestora deberá adquirir los derechos de todos los elementos sometidos a la ley
de propiedad intelectual (imágenes, sonidos, música, software, textos, etc.) para cederlos a través
de documento a LA AGENCIA. La Empresa Gestora podrá hacer uso de los mismos, ya sea como
referencia o como base de futuros trabajos, sólo con la autorización expresa de LA AGENCIA.
En cada actividad que se realice, la Empresa Gestora de la actividad o servicio debe aportar un
botiquín de primeros auxilios.
En caso de accidentes en el desarrollo de una actividad, se desarrollará el siguiente protocolo:
La empresa contratada informará de manera inmediata vía telefónica al personal técnico provincial
de uso público en LA AGENCIA
La referida comunicación del punto anterior se realizará también por vía escrita, preferentemente
correo electrónico y con una demora máxima de 12 horas desde la hora del accidente. Esta
comunicación deberá incluir un informe detallado del accidente, nombre del accidentado, protocolo
seguido con el accidentado -que debe contemplar en todo caso el acompañamiento hasta unos
servicios médicos adecuados y puesta a su disposición del seguro de la empresa- y cualquier otra
documentación que se estime oportuno
Se realizará, por parte de la empresa todas las gestiones necesarias para la resolución de los
posibles conflictos surgidos a raíz del accidente y mantendrá informada a LA AGENCIA de todos
los pormenores que vayan aconteciendo, pactando con ésta los pasos a seguir desde el momento
en que ocurra el accidente.
A la finalización de las actividades que se desarrollen en las instalaciones de la CMAOT, de forma
total o parcial, la Empresa Gestora deberá recoger todos los residuos generados y devolver las
instalaciones al estado previo a su realización.
La Empresa Gestora se compromete a entregar a los participantes cuestionarios de evaluación de
la actividad y a remitirlos a LA AGENCIA junto con 5 fotografías de la actividad y un listado de
participantes dentro de las 72 horas siguientes a la realización de la actividad. LA AGENCIA por su
parte facilitará los modelos de dichos cuestionarios y de listado Excel a la Empresa Gestora.
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Anualmente se desarrollarán reuniones anuales del Servicio de Dinamización que convocará LA
AGENCIA: una al inicio del curso escolar y otra de evaluación de resultados que se convocará a
final de curso. La Empresa Gestora tiene la obligación de acudir a ambas.
2.4 PROCEDIMIENTOS DEL SERVICIO DE DE DINAMIZACIÓN
2.4.1 PROGRAMACIÓN
a) PLAN DE DINAMIZACIÓN DEL EQUIPAMIENTO/INSTALACIÓN
Este documento tiene por objeto recoger aquella información necesaria para garantizar la
realización y seguimiento de las acciones relativa a la prestación del Servicio de dinamización del
equipamiento con carácter anual, que se recogerá en un documento programático o Plan de
dinamización.
Con antelación al inicio de una nueva anualidad o al inicio de la prestación del Servicio, la
Empresa Gestora desarrollará este documento, revisable para el conjunto de instalaciones,
compuesto por las actividades y servicios de dinamización que se prestan en el equipamiento.
Independientemente de su carácter anual el Plan de dinamización deberá estar planificado
trimestralmente para todos los programas que componen el servicio.
El Plan de dinamización contará con un Plan de Comunicación propio para su difusión, pero
además LA AGENCIA podrá dar difusión a las actividades del Plan a través de los canales y
medios definidos para este fin (ver b) PLAN DE COMUNICACIÓN).
El índice mínimo para la redacción del Plan de dinamización debe ser el siguiente:
PLAN DE DINAMIZACIÓN. PROGRAMACIÓN ANUAL (a presentar dos meses antes del inicio de
la anualidad)
Presentación
Objetivos generales del servicio
Justificación de la propuesta
Listado de actividades:
o 1ºTrimestre.
o 2ºTrimestre.
o 3º Trimestre.
o 4º Trimestre.
Resumen de tarifas/actividad
Anexo. Fichas de actividades
Programa propio:
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o Actividades a demanda
o Actividades programadas
Programa local:
o Actividades programadas
o Reuniones-talleres
Programa regional:
o Fichas técnicas y fichas didácticas asociadas a las temáticas propuestas para las
actividades “Naturaleza y tú”
o Fichas técnicas y fichas didácticas asociadas a las temáticas propuestas para las
actividades “La Naturaleza para todos”
Esta propuesta será sometida al análisis, negociación y aprobación por parte de LA AGENCIA.
PROGRAMACIÓN TRIMESTRAL (a presentar un mes antes del inicio del trimestre)
Listado de actividades planificadas en el Plan anual
Listado de actividades para realizar en el trimestre
Fichas técnicas de las actividades no incluidas en la programación anual
Justificación de cambios o modificaciones
NOTIFICACIÓN MENSUAL (a presentar una semana antes del inicio del mes)
Listado de actividades para realizar en el mes
Confirmación de la ficha técnica de la actividad
Material de difusión
Documentación específica para el desarrollo de las actividades (si no ha sido presentada al inicio
de la prestación del servicio), acompañada de declaración jurada de tener a disposición de LA
AGENCIA toda la documentación para su realización
Las fechas recogidas en la programación podrán estar abiertas a las modificaciones que se
estimen oportunas, justificadas bien por la organización de nuevas actividades por parte de LA
AGENCIA o a solicitud de la Empresa Gestora cuando se considere que se mejora la prestación
del servicio y la calidad percibida por los colectivos. De cualquier manera todo cambio debe contar
con el visto bueno de LA AGENCIA.
En cualquier caso la Empresa Gestora está obligada a informar con antelación a cualquier
actividad o servicio a realizar que no se encuentre recogida en la planificación anterior o sufra
modificación con un plazo no inferior a 3 semanas de su realización a LA AGENCIA. Igualmente
se debe notificar las anulaciones de actividades en el mismo plazo.
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Todas las actividades incluidas en el Plan de Dinamización deberá seguir el modelo de Ficha
Técnica establecido en el documento Ficha-tipo para el Servicio de Dinamización.
Los contenidos mínimos a incluir en la ficha técnica son los siguientes:
Descripción de la actividad: Programa, nombre de la actividad, ENP, equipamiento y
fecha,
Datos técnicos: Metodología, objetivos, público destinatario, recursos, medios, horario,
duración, etc.
Datos económicos: Coste global, tarifas a usuarios y presupuesto desglosado. Este
apartado se incluirá incluso en el caso de actividades sin coste para el usuario.
b) PLAN DE COMUNICACIÓN
El Plan de Comunicación incluirá, entre otros contenidos, el Programa de promoción del
equipamiento asociado al equipamiento y a su dinamización.
El documento que constituya el PLAN DE COMUNICACIÓN deberá contemplar los siguientes
aspectos:
Objetivos a alcanzar con la ejecución de las acciones del plan.
Definir concretamente a quién va dirigida la comunicación, es decir los perfiles de los potenciales
receptores (público objetivo, objetivos y estrategias de medios para cada tipo). Al menos deberá
definir perfiles para la población local y visitantes.
Definir las estrategias de comunicación.
Elaborar los mensajes que se quieren transmitir. Desarrollar las diferentes acciones en fichas y
calendarizar las mismas trimestralmente. Incluye las actividades del Programa de promoción.
Definir el Plan de medios (se debe ajustar los medio a emplear, frecuencia y costes totales).
Especificar los medios: portales, medios de comunicación, buscadores, mercados verticales,
tiendas, comunidades especializadas… y formatos: banners, microsedes, e-mail marketing, etc.
En todo caso, se deberá contar con medios de difusión propios de la Empresa Gestora. Como
mínimo deberá desarrollar los siguientes medios: boletines, carteles y folletos electrónicos y
página en Facebook. El resto de medios serán opcionales (boletines, carteles y folletos en papel,
perfil en Twitter, otros perfiles en redes sociales, web o blog del equipamiento y/o Empresa
Gestora…)
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Igualmente se deben definir que indicadores de impacto del Plan sobre el objetivo se van a aplicar
(popularidad en enlaces webs, en bases de datos, estadísticas, etc.).
FICHAS DE ACTIVIDADES DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN
Celebración de efemérides
Promoción de eventos
Tendrá carácter anual y se entregará su programación completa junto al Plan de Dinamización
del Equipamiento. Aunque las actividades del Programa de Promoción se deberán programar
trimestralmente y notificar mensualmente al igual que la dinamización. Las fichas de estas
actividades seguirán el modelo de las incluidas en el Plan de Dinamización para los otros
Programas.
Una vez entregado a LA AGENCIA, este Plan seguirá el mismo procedimiento de desarrollo
establecido para el Plan de Dinamización.
En la elaboración del Plan de Comunicación, la Empresa Gestora deberá tener en cuenta las
actuaciones de divulgación y difusión que a nivel regional se realizan por LA AGENCIA y la
CMAOT.
Con esta finalidad, las acciones derivadas del desarrollo del Plan de Dinamización de cada
Empresa Gestora podrán ser difundidas a través de los canales y medios definidos para este fin y
que se indican a continuación:
Medios gráficos: darán difusión actividades del Programa Regional y actividades en
instalaciones con uso público:
Edición en papel de pasquín
Medios digitales: darán publicidad a las actividades de dinamización programas para el
mes y el trimestre:
Boletines electrónicos distribuidos por e-mail (información mensual)
Página Web de la Ventana del visitante (información trimestral)
Página Web de LA AGENCIA.( información trimestral)
Redes sociales:
Página de Facebook de la Ventana del visitante.
Twitter de la Ventana del visitante.
Para que las actividades del Plan de Dinamización de la Empresa Gestora puedan ser publicitadas
a través de los medio anteriores, hay que cumplir con una serie de requisitos gráficos que se
recogen en la Instrucción Técnica de Difusión que se facilitará a la Empresa Gestora por parte
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de LA AGENCIA y los plazos de programación y notificación definidos en el apartado 4.1.A del
presente documento.
Toda la información generada en el cumplimiento de este Plan de Comunicación deberá contar
con la supervisión del Gabinete de Comunicación de la CMAOT.
2.4.2 EJECUCIÓN DEL PLAN DE DINAMIZACIÓN
2.4.2.1 ACTIVIDADES SIN FINANCIACIÓN O PARCIALMENTE FINANCIADAS2:
RESERVA E INSCRIPCIÓN
Las inscripciones a actividades programadas o la reserva de servicios podrán desarrollarse por
dos medios:
En el propio equipamiento en el que se desarrolle la actividad, así como los medios dispuestos por
sus gestores, a excepción de las actividades del Programa regional: “La Naturaleza y Tú” qué sólo
podrá realizar la reserva de la misma a través de LA AGENCIA según procedimiento específico, tal
y como se detalla en este epígrafe.
A través de LA AGENCIA y los medios telefónicos y telemáticos que pone a disposición de todos
los usuarios. LA AGENCIA remitirá los datos a la Empresa Gestora (en el momento que entre en
vigor la Plataforma on-line igualmente LA AGENCIA podrá finalizar la reserva).
Cada actividad o servicio presentará una cuota de participación que se especificará en la ficha
técnica correspondiente y que se deberá comunicar previamente a la ejecución de la actividad a
LA AGENCIA. Sin embargo, se aplicará en general un descuento de un 20% en los casos que
recogen las Condiciones Generales para este Servicio.
Si la inscripción o reserva conllevará el pago previo de un porcentaje del coste estipulado por cada
persona asistente (según lo estipulado en la ficha técnica correspondiente para actividades con
cuota de pago) se deberá ingresar en la cuenta corriente dispuesta para tal efecto por la Empresa
Gestora y que deberá informar de ella a LA AGENCIA para comunicar dicha información al
usuario. En este caso la reserva se dará por confirmada cuando el justificante del pago sea
remitido por correo electrónico/fax.
En las actividades programadas con cuota de pago a cada usuario inscrito se le asignará un
número de inscripción, el cual deberá consignarse en el justificante del pago. Recibido el pago, se
2 Es decir, toda aquella actividad que comporte un pago por parte del ciudadano, independientemente del Programa y tipo
de actividad
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le confirmará al usuario su recepción y su número de reserva, así como el número de plazas,
actividad y fecha. En las actividades con turnos a diferentes horarios, también se enviará esta
información.
Se deberá expedir un recibo del pago de la actividad en el caso de realizarse directamente en el
Equipamiento y que deberá ser guardado una copia por la Empresa Gestora por si fuera necesario
o requerido para cualquier tipo de inspección.
Una vez efectuada la inscripción y pagada la reserva para la actividad el participante podrá anular
su participación y ver reembolsado el importe si hace la anulación al menos con 48 horas de
antelación a la celebración de la actividad. Los medios a través de los cuales notificar todas las
posibles incidencias y anulaciones serán los mismos que han servido para realizar la reserva de la
plaza. Si existen gastos de gestión que no pueden ser reembolsados por anulación, deberá
indicarse en la ficha técnica de la actividad para que el usuario sea consciente de ello.
2.4.2.1.1 EJECUCIÓN DEL PROGRAMA REGIONAL: “LA NATURALEZA Y TÚ”:
2.4.2.1.1.1 CALENDARIO
El desarrollo de las visitas, será entre los meses de septiembre y junio (duración del año escolar).
Durante estos meses y los previos, la Secretaría Técnica del Programa de Visitas (LA AGENCIA)
será quien esté en contacto directo con los centros escolares.
Además la Empresa Gestora se compromete a realizar la difusión del Programa La Naturaleza y
Tú en, al menos, los centros escolares de los municipios cuyo término municipal se encuentre
dentro de los límites del espacio natural o espacios naturales que afecten a su ámbito de
contratación. Así la Empresa Gestora deberá proponer los medios propios mediante los que
realizará dicha difusión.
2.4.2.1.1.2 RESERVA E INSCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
Una vez terminado el plazo de inscripción preferente en el programa “La Naturaleza y Tú” (Aunque
los centros pueden inscribirse a lo largo de todo el curso escolar, existe un plazo de inscripción
preferente de septiembre a noviembre), la Empresa Gestora recibirá el listado de centros
educativos que han solicitado actividades en ese espacio natural que será facilitado por LA
AGENCIA. La Secretaria técnica de los Programas Regionales remitirá cada jueves a las
Delegaciones provinciales de la CMAOT, los directores conservadores, los Técnicos provinciales
de LA AGENCIA y los Empresas Gestoras las actividades que se vayan a realizar durante la
siguiente semana correspondiente al Programa. Esas fechas y número de alumnos, serán
definitivos y se habrán comunicado previamente a los centros, por lo que la Empresa Gestora no
podrá proponer cambios de fecha alguna.
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La Empresa Gestora deberá facilitar, al menos un número de teléfono móvil y un correo
electrónico a la que puedan dirigirse tanto LA AGENCIA como los centros escolares para realizar
las consultas que estimen oportunas sobre el desarrollo de las actividades. El teléfono facilitado,
deberá estar operativo sin interrupción, al menos, de lunes a viernes y en horario de 8:00 a 15:00
h.
Además la Empresa Gestora deberá aportar un número de cuenta bancaria en la que los centros
realizarán el pago de las reservas y de las actividades. El importe que cada centro escolar debe
abonar es de 4€ por alumno/a (IVA incluido), excepto en el caso de Centros de Compensación
Educativa (CCE) que será de tan sólo 1€ por alumno/a, tal y como se recoge en las condiciones
generales de participación del programa. A efectos de pago, el personal docente no será
considerado como participantes. Los gastos de desplazamiento y manutención correrán por
cuenta del centro educativo.
El justificante de este ingreso realizado por el centro escolar a la Empresa Gestora, se remitirá
escaneado y por correo electrónico a la Empresa Gestora. Este importe se descontará de la
facturación de los monitores que hayan realizado cada actividad, debiendo aparecer en cada
factura un abono igual al importe del justificante bancario de cada actividad. Este justificante
escaneado, debe remitirlo a LA AGENCIA la Empresa Gestora.
2.4.2.1.1.3 CONFIRMACIÓN DE ACTIVIDAD
La Empresa Gestora será responsable de contactar telefónicamente dos veces con los centros
educativos con, al menos, 7 y 3 días de antelación, respectivamente, a la visita. En la primera
llamada la Empresa Gestora confirmará los datos de nº de alumnos, fecha de la visita y profesores
responsables del grupo con el centro escolar.
También se informará de que cualquier SUSPENSIÓN de actividad o CAMBIO de fecha por
PARTE DEL CENTRO ESCOLAR con menos de 2 días laborales de antelación supone su
anulación automática de la actividad y anula el derecho a devolución del importe pagado por el
centro.
En la segunda llamada la Empresa Gestora volverá a confirmar los asistentes e informará también
al centro sobre la previsión meteorológica y recomendará al centro escolar la realización,
postergación o anulación de la visita por meteorología adversa o por cualquier otra razón de fuerza
mayor. Es fundamental que los docentes sean conscientes de que si, con la advertencia previa por
parte de la empresa de adversidades climatológicas o de otro tipo, deciden hacer la actividad, el
centro tendrá que realizarla y que si finalmente no la realizan, deberán volver a pagar para
realizarla en una fecha posterior, excepto si la suspensión ha sido por razones de fuerza mayor.
Como criterio genérico, LA AGENCIA, fija en un tope de 40% de previsión de lluvias según
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LA AGENCIA Estatal de Meteorología (AEMET), el límite a partir del que deben cambiarse
las fechas de las actividades.
Igualmente en el caso de que sea la Empresa Gestora la que decida realizar la actividad y
finalmente esta no se puede realizar por adversidades meteorológica o de otro tipo, no se pagará
la factura, excepto si la suspensión ha sido por razones de fuerza mayor.
Cualquier cambio de fecha por parte del centro tendrá que solicitarse, para su autorización a LA
AGENCIA. La Empresa Gestora comunicará al centro la procedencia o no del cambio de
fecha en el momento en el que se lo comunique LA AGENCIA.
El miércoles de cada semana, LA AGENCIA o en su caso la Secretaría Técnica designada por
esta, remitirá a la Empresa Gestora el listado de centros previsto para la siguiente semana. El
jueves de esa semana a las 12:00 h, la Empresa Gestora deberá remitir ese mismo fichero a LA
AGENCIA y en su caso a la Secretaría Técnica, con las correcciones necesarias. El servicio no
se considerará totalmente efectuado y finalizado hasta el momento en que LA AGENCIA
reciba los listados de asistentes, las encuestas, las fotografías ya referidas y los
documentos justificativos de los ingresos de los centros escolares.
2.4.2.2 ACTIVIDADES FINANCIADAS
2.4.2.2.1 RESERVA E INSCRIPCIÓN
En actividades gratuitas no será necesario el cobro por reserva, pero se debe definir igualmente
en la ficha técnica si es necesaria la previa reserva u orden de inscripción para el desarrollo de la
actividad o si bien, el usuario se puede presentar en el lugar de la actividad sin previo aviso.
Las inscripciones a actividades programadas o la reserva de servicios podrán desarrollarse por
dos medios:
En el propio equipamiento en el que se desarrolle la actividad, así como los medios dispuestos por
sus gestores, a excepción del Programa regional: “La Naturaleza para todos” que se realizará a
través de LA AGENCIA, según procedimiento específico para su ejecución, tal y como se indica en
este epígrafe.
A través de LA AGENCIA y los medios telefónicos y telemáticos que pone a disposición de todos
los usuarios. LA AGENCIA remitirá los datos a la Empresa Gestora (en el momento que entre en
vigor la Plataforma on-line igualmente LA AGENCIA podrá finalizar la reserva).
A cada usuario inscrito se le asignará un número de inscripción, la cual podrá ser requerida al
usuario al inicio de la actividad. Una vez efectuada la inscripción y realizada la reserva para la
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actividad se deberá contactar con el participante para confirmar la reserva de participación al
menos con 48 horas de antelación a la celebración de la actividad.
Los medios a través de los cuales notificar todas las posibles incidencias y anulaciones serán los
mismos que han servido para realizar la reserva de la plaza.
2.4.2.2.2 EJECUCIÓN DEL PROGRAMA REGIONAL: “LA NATURALEZA PARA TODOS”.
2.4.2.2.2.1 CALENDARIO
El desarrollo de las visitas, será entre los trimestres de enero-marzo, abril-junio y septiembre-
noviembre.
La actividad ofertada es muy genérica: se ofertan los espacios naturales en su conjunto y las
actividades se diseñan teniendo en cuenta las capacidades de los usuarios. En este sentido, se
tendrán en cuenta el grado de accesibilidad del equipamiento elegido teniendo presente las
características de los participantes.
2.4.2.2.2.2 RESERVA E INSCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
Durante estos meses, la Secretaría Técnica del Programa de Visitas (LA AGENCIA) será quien
recepcione las inscripciones.
La Empresa Gestora será sólo responsable de contactar telefónicamente con las entidades
después de haber recibido el listado de participantes con el fin de diseñar junto a la entidad la
actividad a desarrollar teniendo en cuenta las capacidades de los usuarios. En esta llamada
primera, la Empresa Gestora confirmará los datos de nº de participantes, fecha de la visita y
monitores responsables del grupo con el centro. También se informará de que cualquier
suspensión de actividad o cambio de fecha por parte del centro con menos de 2 días laborales de
antelación supone su anulación automática de la actividad con los consiguientes gastos que
supone para el programa y que irá en detrimento del resto de asociaciones.
La Empresa Gestora deberá facilitar, al menos un número de teléfono y un correo electrónico a la
que puedan dirigirse tanto LA AGENCIA como las asociaciones para realizar las consultas que
estimen oportunas sobre el desarrollo de las actividades. El teléfono facilitado, deberá estar
operativo sin interrupción, al menos, de lunes a viernes y en horario de 8:00 a 15:00 h.
LA AGENCIA facilitará a la Empresa Gestora el listado de centros que van solicitando actividades
en ese espacio natural. El listado incluirá los datos de: nombre de centro, fecha solicitada, número
de usuarios que se han reservado, persona de contacto, teléfono y mail o fax.
2.4.2.2.2.3 CONFIRMACIÓN DE ACTIVIDAD
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El miércoles de cada semana, la Secretaría Técnica, remitirá a la Empresa Gestora el listado de
centros previsto para la siguiente semana. El jueves de esta semana a las 12:00 h, la Empresa
Gestora deberá remitir ese mismo fichero a LA AGENCIA con las correcciones necesarias.
En una segunda llamada 3 días laborables antes de la actividad, la Empresa informará también al
centro sobre la previsión meteorológica y recomendará al centro la realización, postergación o
anulación de la visita por meteorología adversa o por cualquier otra razón de fuerza mayor. Como
criterio genérico, LA AGENCIA, fija en un tope de 40% de previsión de lluvias según LA
AGENCIA Estatal de Meteorología (AEMET), el límite a partir del que deben cambiarse las
fechas de las actividades.
Igualmente en el caso de que sea la empresa la que decida realizar la actividad y finalmente esta
no se puede realizar por adversidades meteorológica o de otro tipo, no se pagará la factura,
excepto si la suspensión ha sido por razones de fuerza mayor. Cualquier cambio de fecha por
parte de la entidad tendrá que solicitarse, para su autorización a LA AGENCIA. La Empresa
comunicará a la entidad la procedencia o no del cambio de fecha en el momento en el que se lo
comunique LA AGENCIA.
2.5 PLAN DE COMUNICACIÓN
Tal y como o se recoge en este documento en el punto 4.1.b), la Empresa Gestora deberá hacer
difusión de las actividades del equipamiento mediante una serie de medios propios y siguiendo las
indicaciones de la Instrucción Técnica de Difusión.
El Plan de Comunicación deberá ejecutarse en función de las fichas técnicas y plazos aprobadas
en la Plan anual y notificar mensualmente al igual que la dinamización. No obstante y como ya se
indicó en el apartado de referencia para la programación del Plan, en caso de anulación o
modificación de cualquier actividad o servicio a realizar o que no se hubiera programado
anteriormente, deberá notificarse con un plazo no inferior a 3 semanas de su realización a LA
AGENCIA, y en cualquier caso deberá contar con el visto bueno de LA AGENCIA para su
ejecución.
2.6 SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN
LA AGENCIA realizará un control de la documentación de las Empresas Gestoras trimestralmente.
Una vez programadas y aprobadas las actividades se comprobará que toda la documentación
requerida se ha entregado correctamente. Además al final de la anualidad se evaluarán los
resultados finales del PLAN DE DINAMIZACION y del PLAN DE COMUNICACIÓN.
2.6.1 DOCUMENTO PARA EL SEGUIMIENTO DEL PLAN DE DINAMIZACIÓN
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LA AGENCIA realizará un control continuo de la documentación recibida por parte de las
Empresas Gestoras. Se realizará el seguimiento de las actividades programadas, se comprobará
que la documentación se ha entregado correctamente, así como el control de la satisfacción de las
actividades ejecutadas por parte del visitante (cuestionarios de satisfacción).
El servicio no se considerará totalmente efectuado y finalizado hasta el momento en que LA
AGENCIA reciba la documentación referida a continuación. En el caso del programa “La
Naturaleza y Tú” también son necesarios los justificantes de pago de los centros escolares.
Tras el desarrollo de las actividades, la Empresa Gestora deberá remitir en el plazo máximo de
una semana a LA AGENCIA la siguiente documentación:
Cuestionarios de satisfacción3: la Empresa Gestora debe entregar a los participantes
cuestionarios de evaluación de la actividad o servicio (en el caso de actividades de grupo, la
información se solicitará al responsable de grupo) y otros que considere de utilidad LA
AGENCIA. Al menos deberán ser facilitados un 50% de cuestionarios, respecto al número de
usuarios en cada actividad para actividades con público general y el 100% de los grupos.
Justificantes de pago de los centros escolares: solo de aplicación para el Programa
regional: “La Naturaleza y tú y se remitirá igualmente vía electrónica junto a la anterior
documentación.
Registro fotográfico: la Empresa Gestora tomará al menos, cinco fotografías de cada
actividad, (soporte digital, no podrán ser tomadas desde teléfonos móviles y tendrán que
tener una calidad mínima de 1 megapixel y una resolución de 300 píxeles por pulgadas) que
remitirá vía electrónica.
Listado de participantes y resumen de actividades: la Empresa Gestora deberá remitir por
correo electrónico un resumen de las actividades realizadas la semana anterior y los listados
de participantes a las mismas. Estos últimos deberán ir preferiblemente en formato hoja de
3 LA AGENCIA por su parte facilitará los modelos de dichos cuestionarios. Las encuestas de
evaluación entregadas a los participantes serán utilizadas como material esencial para la
valoración del servicio prestado, independientemente de otros mecanismos de evaluación de
la calidad que establezca LA AGENCIA.
En cualquier caso el tratamiento de los datos extraídos a partir de las encuestas o relación de
participantes se acogerá a lo previsto en la Ley Orgánica de Protección de Datos (Ley
Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre).No se podrá transferir información alguna sobre los
trabajos a personas o entidades no explícitamente mencionados en este sentido en el contrato
sin el consentimiento, por escrito de LA AGENCIA.
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cálculo y se presentará una hoja resumen para cada actividad según modelos facilitados por
LA AGENCIA.
Los listados de participantes deberán recoger los siguientes contenidos en general para las
actividades realizadas por particulares y colectivos:
Nombre de la actividad
Fecha de realización de la actividad
Número de registro de la reserva
Nombre y DNI/pasaporte de la persona que hace la reserva
Contacto (correo electrónico y teléfono)
Número de participantes reservados
Número de participantes definitivos
Reserva previa (si/no)
Forma de pago (reserva y actividad)
Para las actividades de afluencia libre como exposiciones, muestras, etc., se invitará al visitante a
aportar su opinión sobre la acción y dejar su opinión en el buzón de sugerencias en fichas o
modelos tipo. Además la Empresa Gestora registrará el número de participantes a dichos eventos
y enviará si hay reserva los listados y los datos de afluencia. Se intentará al menos registrar los
siguientes datos:
Nombre de la actividad.
Fecha de realización de la actividad.
Número de visitas.
Reserva previa (si/no).
En el caso de reuniones de seguimiento o trabajo del proceso participativo ciudadano del
equipamiento el listado registrará los siguientes datos:
Nombre de la actividad.
Fecha de realización de la actividad.
Nombre y contacto (teléfono y correo electrónico) y entidad, empresa a la que representa.
Conclusiones y acuerdos adoptados.
2.6.2 DOCUMENTO PARA EL SEGUIMIENTO DEL PLAN DE COMUNICACIÓN
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Tras el desarrollo de las actividades del Programa de Promoción, la Empresa Gestora deberá
remitir en el plazo máximo de una semana a LA AGENCIA la misma documentación que se solicita
en el Plan de Dinamización, según tipología de la actividad (cuestionario de satisfacción, registro
fotográfico y listado de participantes y resumen de actividades o acciones realizadas) y siguiendo
los modelos facilitados por LA AGENCIA.
La documentación con registro semanal será remitida en un envío conjunto a la del Plan de
Dinamización.
2.6.3 DOCUMENTACIÓN PARA LA EVALUACIÓN
La Empresa Gestora realizará un informe ÚNICO de evaluación del Servicio de Dinamización con
carácter anual. Se deberá desglosar en cada apartado aquellos aspectos relacionados con los
Programas Propio, Local, Regional que forman parte del PLAN DE DINAMIZACIÓN. Junto a este
documento se adjuntará igualmente la evaluación del PLAN DE COMUNICACIÓN que incluirá el
Programa de promoción que deberá remitirse a LA AGENCIA en soporte informático un mes
después del final de año y deberá contener, al menos los siguientes epígrafes:
INFORME ANUAL DE EVALUACIÓN DEL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN
1. INTRODUCCIÓN
2. PLAN DE DINAMIZACIÓN
Cuadro con datos de grupos participantes: fecha visita, actividades realizadas,
anuladas y nº de participantes.
Resumen estadístico: Nº de grupos y participantes por actividad, por programa,
porcentaje de anulaciones, porcentaje por provincia de procedencia de los centros.
Incidencias destacadas.
Recomendaciones hechas por los colectivos y participantes.
Recomendaciones hechas por parte de la empresa.
Análisis de datos y evaluación de actividades.
Anexo fotográfico.
3. PLAN DE COMUNICACIÓN
Evaluación de objetivos (%)
Asistencia de visitantes/Evento promocional.
Asistencia de visitantes/Efeméride.
Relación de medios utilizados/ efeméride o evento.
Resultado de los indicadores aplicados.
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Recomendaciones hechas por los colectivos y participantes.
o Conclusiones y recomendaciones hechas por parte de la empresa.
o Relación de medios gráficos, audiovisuales u otro tipo empleados
Anexo fotográfico de actividades y eventos.
Por otro lado LA AGENCIA realizará Trimestralmente una evaluación provisional del avance de las
Programas Regionales.
LA AGENCIA además evaluará los resultados del Servicio completo a lo largo de la anualidad,
Con este fin elaborará un informe de valoración del cumplimiento y éxito los resultados anuales
del Servicio de Dinamización. Se emitirá en el mes de marzo con los resultados del año anterior
e irá acompañado de un análisis de resultados en los diversos ámbitos – Análisis por programa de
dinamización, relación de medios de comunicación y éxito de asistencia, valoración del programa
promocional, comparativas a nivel de espacio natural y regional, resultados de la aplicación
indicadores y propuesta para el siguiente año, conclusiones y recomendaciones-
3 MODELOS FICHAS TÉCNICAS PARA EL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN
3.1 FICHA TÉCNICA PARA EL PROGRAMA DE VISITAS: ACTIVIDADES A DESARROLLAR
EN “LA NATURALEZA Y TÚ”
Siguiendo la metodología de la Ficha adjunta, las Empresas Colaboradoras, tendrán que proponer
Fichas Técnicas, para la realización de las actividades, teniendo en cuenta el público destinatario:
Educación Infantil y 1er ciclo de primaria
Segundo y Tercer ciclo de Primaria
Secundaria
Bachillerato
En algún caso, siempre y cuando la actividad así lo permita, la misma actividad (ficha) podrá ser
realizada por dos o más niveles educativos.
A continuación se incluye ficha técnica a modo de ejemplo:
FICHA TÉCNICA
Nombre de la actividad: Proponer nombre concreto a cada actividad
Espacio Natural Protegido: P.N. Los Alcornocales – P.N. Sª de Grazalema
Fecha: Todo el curso escolar
Lugar de partida: Centro de Visitantes Cortes de la Frontera
Duración (*): 4 horas.
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Dificultad: Baja
Público destinatario: Escolares (una ficha para cada uno de las 4 agrupaciones de
ciclos, descritas con anterioridad)
Distancia aproximada:
Objetivos de la visita:
o Conocer los principales valores naturales y culturales del parque natural.
o Conocer el entorno social y cultural, desde una perspectiva amplia; valorar y disfrutar el
medio natural, contribuyendo a su conservación y mejora.
o Despertar el espíritu crítico sobre los procesos naturales y humanos que se dan en nuestro
entorno.
o Fomentar una visión global de nuestro patrimonio, con técnicas de observación y análisis de
nuestro entorno
Temporalización de la actividad:
o 10:00 horas: Recepción y bienvenida del grupo en el Centro de visitantes.
o 10:15 horas: Formación de grupos, uno por cada monitor. Visita al Centro de visitantes.
Explicación de la actividad y desplazamiento al inicio del sendero.
o 11:00 horas: Realización de Itinerario Guiado. PROPONER ITINERARIO, ASÍ COMO
TALLER/ACTIVIDAD DE EDUCACION AMBIENTAL PARA COMPLEMENTAR LA
ACTIVIDAD
o 13:30 horas: Juegos de despedida, conclusiones y evaluación.
o 14:00 horas: Fin de la actividad
(*) Esta sería la duración media de la actividad, la cual puede variar en 60 minutos arriba o abajo en función
de las condiciones climatológicas.
* La actividad únicamente cubre el servicio de guía de los monitores, los materiales necesarios y los seguros
pertinentes. En ningún caso está incluido el transporte a los lugares donde se realizan las actividades ni el
avituallamiento.
Recomendaciones:
Se aconseja que los asistentes vayan provistos de: agua y comida, ropa, botas de montaña y / o chubasquero
o bien protección solar.
3.2 FICHA TÉCNICA PROGRAMA DE VISITAS: ACTIVIDADES A DESARROLLAR EN
“NATURALEZA PARA TODOS”
Siguiendo la metodología de la Ficha adjunta, las empresas de guías-monitores, tendrán que
proponer Fichas Técnicas, para la realización de las actividades, teniendo en cuenta en nivel de
discapacidad del grupo se realizaran un tipo de actividades u otras, siempre consensuado con la
persona responsable de la asociación. Lo que proponemos en la ficha es la temporalidad y la
metodología, tanto el posible sendero a realizar como los talleres se cerraran una vez se contacte
con la persona responsable.
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La Empresa Colaboradora, no obstante, siguiendo el modelo de ficha tendrá que remitir a LA
AGENCIA propuestas de posibles actividades a realizar.
A continuación se incluye ficha técnica a modo de ejemplo:
FICHA TÉCNICA
Espacio Natural Protegido: P.N. Los Alcornocales – P.N. Sª de Grazalema
Lugar de partida: Centro de Visitantes Cortes de la Frontera
Dificultad: Baja
Público destinatario: Personas con Discapacidad
Duración (*): 4 horas (*)
(*) Esta sería la duración media de la actividad, la cual puede variar en 60 minutos arriba o abajo en función
de las condiciones climatológicas.
Objetivos de la Visita:
o Conocer el Espacio Natural
o Reconocer los valores naturales y culturales de este espacio
o Analizar la problemática ambiental del entorno.
o Sensibilizar y promover actitudes positivas relacionadas con la conservación de la
Naturaleza.
Temporalización de la actividad:
o 10:00 horas: Recepción y bienvenida del grupo.
o 10:15 horas: Visita del equipamiento de uso público.
o 11:00 horas: Comienzo del sendero y/o realización de actividades de educación ambiental.
PROPONER ITINERARIO (OJO, ADAPTADO SI ES EL CASO), ASÍ COMO
TALLER/ACTIVIDAD DE EDUCACION AMBIENTAL PARA COMPLEMENTAR LA
ACTIVIDAD
o 14:00 horas: Fin de la actividad.
Las actividades están adaptadas en función de las capacidades de los participantes.
Recomendaciones:
Se aconseja que los asistentes vayan provistos de: ropa adecuada, calzado cómodo, agua y comida.
3.3 FICHA TÉCNICA PARA EL PROGRAMA DE DINAMIZACIÓN
Siguiendo como base el esquema de Ficha adjunta, la Empresa Gestora tendrá que proponer
Fichas Técnicas, para la realización de las actividades o servicios.
FICHA TÉCNICA
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Nombre de la actividad:
Espacio Natural Protegido:
Fecha:
Equipamientos implicados en la actividad:
Lugar de partida:
Contenido:
Público destinatario (indicar máx-mín participantes):
Dificultad:
Duración (*):
Objetivos de la actividad/servicio:
Metodología:
Recursos materiales/humanos (**) :
Temporalización de la actividad (:
Recomendaciones:
Otros (***):
(*) Esta sería la duración media de la actividad, la cual puede variar en 60 minutos arriba o abajo
en función de las condiciones climatológicas.
(**) Ratio monitor/participantes (en caso de que difiera del establecido en las CGP) y justificación
de su modificación.
(***) Plazos y períodos de inscripción (en caso de que difiera del establecido en las CGP) y
justificación de su modificación.
Política de cancelaciones (en caso de que difiera del establecido en las CGP) y justificación de su
modificación.
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3.4 MODELO DE FICHAS DIDÁCTICAS “LA NATURALEZA Y TÚ”
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D/Dña. ……………………………………………………………………………………………………, con
DNI……………….y cargo…………………………………….., en nombre y representación de
……………………………………………con C.I.F. …………………………. o actuando en su propio
nombre y derecho, declara haber leído y aceptado el contenido y las condiciones del presente
pliego.
Firmado (El OFERTANTE)
D/Dña.
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ANEXO 5: LISTADO DE PUBLICACIONES SUJETAS AL SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN
1º.- COLECCIÓN DE SENDEROS AUTOGUIADOS DE LAS RRNN LAGUNAS DEL SUR DE
CÓRDOBA. EDITA AGENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA DE ANDALUCIA.
2º.- FOLLETO INDIVIDUAL DE SENDERO AUTOGUIADO PERTENECIENTE A LAS RRNN
LAGUNAS DEL SUR DE CÓRDOBA. EDITA AGENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA DE
ANDALUCIA.
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ANEXO 6: PÓLIZAS DE SEGURO
El contratista dispondrá de un Seguro de Responsabilidad Civil General, como
condición indispensable para la ejecución del contrato. Deberá entregar al responsable
del contrato un ejemplar de las pólizas, que estarán en vigor a la fecha de efecto del
mismo, así como el recibo de pago de las primas correspondientes al periodo en curso.
El póliza de seguro disponible, por parte del contratista, deberá cumplir los requisitos
que se establecen en el presente anexo:
CONDICIONADOS GENERALES
a) En las pólizas de seguro figurará como tomador del seguro la empresa
adjudicataria del contrato.
b) La/s póliza/s habrá/n de ser contratada/s con compañías de seguros con sede
dentro del Estado Español, de reconocida capacidad y solvencia acreditada.
c) El contratista asumirá el pago de las primas, debiendo acreditar a La Agencia la
contratación de las pólizas y el pago de las primas.
d) Se admitirán las exclusiones de riesgos normalmente aceptadas por los usos
mercantiles en este tipo de seguros.
e) No se admitirá la aplicación de franquicias en caso de siniestro.
f) No se admitirán exclusiones ni franquicias que dejen sin efecto total o parcial el
objeto de la cobertura.
g) Las distintas pólizas a contratar se suscribirán y mantendrán durante toda la
duración del contrato.
h) Cualquier modificación en las pólizas deberá ser conocida y aprobada por el
órgano de contratación.
1.-SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL:
La empresa contratista deberá formalizar una póliza de seguro de responsabilidad civil
que garantice los daños y perjuicios que se puedan causar en las instalaciones (de
AMA o de terceros) y a las personas, como consecuencia de los servicios prestados y
actividades realizadas tanto dentro como fuera de las instalaciones.
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ACTIVIDAD OBJETO DEL SEGURO:
Mantenimiento, gestión y dinamización del equipamiento de uso público conforme a la
Descripción de los Trabajos que recoge el punto 3 del Pliego y demás servicios
incluidos en el contrato.
GARANTÍAS:
1. Responsabilidad Civil General de Explotación, entendiéndose por tal las
indemnizaciones pecuniarias que el contratista deberá satisfacer por daños personales,
materiales y perjuicios consecutivos ocasionados involuntariamente por su personal
tanto a terceras personas como al personal, locales, mobiliario e instalaciones o
cualquier propiedad de la Agencia de Medio Ambiente y Agua, de acuerdo con la
legislación vigente, por hechos que se deriven de la actividad objeto del seguro.
2. Responsabilidad Civil locativa, entendiéndose por tal en la que pueda incurrir el
contratista por los daños y perjuicios que puedan ocasionar a los inmuebles y/o
instalaciones que ocupen en régimen de alquiler, leasing, o cualquier otra figura
jurídica que implique o suponga el uso de inmuebles o instalaciones de terceros.
3. Responsabilidad Civil Patronal, entendiéndose por tal la que pueda derivarse para el
contratista por daños personales sufridos por sus asalariados, como consecuencia de
accidentes de trabajo - reconocidos y aceptados como tales por los Organismos
Laborales competentes - ocurridos al servicio exclusivo del mismo en el desarrollo de
la actividad descrita.
4. Responsabilidad Civil Cruzada, entendiéndose por tal la que para la empresa
contratista resulte de daños corporales sufridos por empleados de Contratistas y
Subcontratistas del asegurado. Por esta garantía se establece la condición de terceros
civilmente responsables entre sí, para todos y cada uno de los contratistas y
subcontratistas implicados en la misma ejecución de los servicios.
5. Responsabilidad Civil Subsidiaria de subcontratistas, entendiéndose por tal garantía
con la que queda expresamente asegurada la responsabilidad Civil subsidiaria,
solidaria, conjunta e indirecta del contratista derivada de la directa de los
subcontratistas ocupados en los trabajos objeto del contrato.
6. Responsabilidad civil de productos, para garantizar la responsabilidad civil
extracontractual que pueda derivarse para el contratista por los daños causados
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involuntariamente a terceros por los productos diseñados, fabricados, almacenados,
etiquetados, montados, embalados, acondicionados, distribuidos o vendidos, después
de su entrega o por los trabajos realizados o servicios prestados, una vez terminados,
entregados o prestados a terceros y que tengan como hecho generador un vicio propio
del servicio o un error cometido durante su concepción, preparación, fabricación,
transformación, reparación, montaje, almacenamiento, presentación, instrucciones de
uso, entrega, o, en el caso de trabajos y/o servicios, durante su prestación.
Asimismo quedarán garantizados los daños y perjuicios que se puedan causar como
consecuencia de la instalación y puesta en funcionamiento de las máquinas
expendedoras (vending) así como del consumo de los productos suministrados.
7. Responsabilidad civil por polución o contaminación accidental, entendiéndose como
tal, la que garantiza la responsabilidad civil, así como los costes y gastos consecuentes
a la misma, derivados de polución o contaminación de la atmósfera, las aguas, la
tierra o cualquier otro bien tangible, siempre y cuando sea el resultado de un evento
repentino ocurrido durante la vigencia del seguro.
8. Responsabilidad civil derivada de la celebración de Espectáculos públicos y
actividades recreativas conforme a la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, entendiéndose
como tal la que deben asumir las personas físicas o jurídicas promotoras, que de
forma habitual u ocasional organicen espectáculos públicos o actividades recreativas
asumiendo, frente a la Administración y frente al público las responsabilidades y
obligaciones inherentes a la organización y celebración de los mismos, sean o no
titulares de los establecimientos públicos donde los organicen. Deberán estar
cubiertos, en todo caso, los daños materiales y personales ocasionados a las personas
asistentes al espectáculo público o al desarrollo de la actividad recreativa.
El límite asegurado por siniestro y año se cuantificarán en función del aforo del
establecimiento público en donde se celebre el espectáculo público o desarrolle la
actividad recreativa de que se trate, del tipo de espectáculo o actividad recreativa de
que se trate y de que los mismos se celebren o desarrollen en espacios abiertos o en
vías y zonas de dominio público de aforo indeterminado:
a) Establecimientos públicos con aforo autorizado hasta 50 personas:
225.000 euros.
b) Establecimientos públicos con aforo autorizado de 51 a 100 personas:
375.000 euros.
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c) Establecimientos públicos con aforo autorizado de 101 hasta 300 personas:
526.000 euros.
d) Establecimientos públicos con aforo autorizado de 301 hasta 700 personas:
901.000 euros.
e) Establecimientos públicos con aforo autorizado superior a 700 personas:
1.201.000 euros.
d) En espacios abiertos o zonas de dominio público de aforo indeterminado:
151.000 euros
En todo caso el límite por víctima será de 151.000 euros.
Asimismo deberá quedar expresamente incluida cualquier reclamación contra La
Agencia que tenga su origen en el servicio objeto del contrato y de la que el
asegurado sea responsable.
SUMAS ASEGURADAS:
1. Límite de indemnización por siniestro: Se adecuará a las circunstancias y
cuantía del contrato, no debiendo ser inferior a trescientos mil euros (300.000
€).
2. La garantía de Responsabilidad civil derivada de la celebración de Espectáculos
públicos y actividades recreativas, fijará el límite exigido en función del aforo.
3. El sublímite de indemnización por víctima no deberá ser inferior a ciento
cincuenta y un mil euros (151.000 €).