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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE PRESUPUESTO
Código P – 01 - 2016 Página
Elaborado por William Mirada Herrada 1
Revisión 1 de
OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN – ZED PAITA Fecha 07/12/2016 16
VºBº Oficina General de Administración
VºBº Asesoría Legal VºBº Gerente General
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE PRESUPUESTO
ZONA ESPECIAL DE DESARROLLO – ZED PAITA
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I. OBJETIVO Establecer los lineamientos en concordancia con las normas emitidas por el Estado referidas al Presupuesto Institucional de ZED PAITA.
II. ALCANCE Este procedimiento alcanza al Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o la que haga sus veces y la Gerencia General de ZED PAITA y todas las Unidades Orgánicas que intervengan en el Sistema. Los funcionarios y servidores de las Unidades Orgánicas que participan en la ejecución de los diferentes procesos y procedimientos de Presupuesto, son responsables de la aplicación y cumplimiento de las disposiciones legales, administrativas, técnicas y de control, que los regulan.
III. FINALIDAD Establecer los procedimientos para la programación y formulación, aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto institucional de ZED PAITA.
IV. APROBACION Será aprobada por la Gerencia General de ZED PAITA.
V. BASE LEGAL
• Ley N° 28569, Ley que otorga autonomía a los CETICOS. • Ley N° 29014, Ley de Adscripción de los CETICOS a sus respectivas Regiones. • Decreto Supremo N° 019-2009-PCM, Reglamento de la Ley N° 29014. • Decreto Legislativo N° 864, que crea el Centro de exportación,
Transformación, Industria, Comercialización y servicios de Paita – CETICOS PAITA.
• Decreto Supremo N° 112-97-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley emitidas en relación a los CETICOS.
• Ordenanza Regional N° 268-2013/GRP-CR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de CETICOS PAITA.
• Cuadro de Asignación de Personal, aprobado mediante Resolución de Gerencia General N° 019-2014-CETICOS PAITA.
• Resolución de Gerencia General N° 007-2015-CETICOS PAITA que aprueba el Manual de Organización de Funciones.
• Decreto Supremo N° 023-96-ITINCI, Aprueba el Reglamento de los Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización-CETICOS.
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• Decreto Supremo N° 005-97-ITINCI, Modifica diversos artículos del Reglamento de los CETICOS.
• Ley N° 28411 “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto” • Ley N° 28112 “Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público” • Ley N° 30281 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. • Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto de las
Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal y sus modificatorias de ser el caso.
• Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de las Entidades de tratamiento empresarial para el año Fiscal y sus modificatorias de ser el caso.
• Directiva para la Ejecución del presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal y sus modificatorias de ser el caso
• Directiva para la Evaluación del presupuesto Institucional (semestral y anual) de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal y sus modificatorias de ser el caso.
• Ley N° 30446, ley que establece el marco legal complementario para las ZONAS ESPECIALES DE DESARROLLO, LA ZONA FRANCA y LA ZONA COMERCIAL DE TACNA.
VI. PROCEDIMIENTOS 6.1. Programación y Formulación del Presupuesto
a) Publicación de la Directiva para la Programación y Formulación del
Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal.
b) Las unidades orgánicas de la entidad remiten al Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o la que haga sus veces la información referente a sus necesidades y los proyectos a implementar para el Año Fiscal.
c) En función a la información recibida y a la disponibilidad de ingresos y
la demanda de egresos, el Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o la que haga sus veces elabora la propuesta del Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos, en función a los
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lineamientos de la Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal.
d) La Gerencia General en reunión con los Jefes de las unidades orgánicas
revisan la propuesta del Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos esté en concordancia con los Objetivos Estratégicos de la entidad.
e) El Presupuesto de Ingresos y Egresos Institucional para el Año Fiscal debidamente visado y/o firmado son remitidas a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas dentro del plazo establecido.
f) En reunión de Formulación Presupuestaria programada en el
dispositivo legal, entre la Entidad y la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, se hace la sustentación correspondiente, al término de la cual, se puede ajustar y/o modificar el Proyecto de Presupuesto.
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MEF
Unidades orgánicas
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6.1. Programación y Formulación del Presupuesto
Inicio
Publicación de la Di rect iva para la Programación y Formulación del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año F iscal.
Las unidades orgánicas de la entidad remiten al Área de Presupuesto de la O ficina General de
Administración o la que haga sus veces la información referente a sus necesidades y los proyectos a implementar para el Año Fiscal.
Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración
o la que haga sus veces
En función a la información recibida y a la disponibi lidad de ingresos y la demanda de
egresos, elabora la propuesta del Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos, en función a
los lineamientos de la Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto de las Ent idades de Tratamiento Empresarial
para el Año F iscal
La Gerencia General en reunión con los Jefes de las unidades orgánicas
Revisan la propuesta del Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos esté en
concordancia con los Objetivos Estratégicos de la entidad
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6.1. Programación y Formulación del Presupuesto
El Presupuesto de Ingresos y Egresos Institucional para el Año F iscal debidamente
visado y/o firmado son remitidas a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio
de Economía y F inanzas dentro del plazo establecido
Reunión entre la Entidad y la Dirección General del Presupuesto Público
del Ministerio de Economía y Finanzas
En reunión de Formulación Presupuestar ia programada en el disposit ivo legal, entre la
Ent idad y la Dirección General del Presupuesto Público del Minister io de Economía y Finanzas,
se hace la sustentación correspondiente, al término de la cual, se puede ajustar y/o modificar el Proyecto de Presupuesto.
Fin
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6.2. Aprobación del Presupuesto a) La Secretaria de Gerencia General recepciona el Oficio emitido por la
Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas en donde se remite el reporte oficial denominado “Aprobación Institucional de Apertura para el Año Fiscal” (PIA)
b) La Secretaria de Gerencia General remite el Oficio recepcionado hacia al Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o a la que haga sus veces.
c) El área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o a la que haga sus veces emite la información en los formatos y anexos establecidos en la “Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de las Entidades de Tratamiento Empresarial”.
d) Los formatos y anexos emitidos son visados y/o firmados por el Contador y el encargado del área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o el que haga sus veces.
e) El encargado del área de Presupuesto de la Oficina General de
Administración o el que haga sus veces remite los formatos y anexos emitidos debidamente visados y/o firmados a la Gerencia General para que sean visados y/o firmados.
f) La Gerencia General presenta el Presupuesto institucional de Apertura
a la Junta de Administración
g) La Junta de Administración aprueba mediante acuerdo el Presupuesto institucional de Apertura.
h) La Oficina de Asesoría Legal proyecta el modelo de Resolución que se
encuentra en la Directiva y lo remite a la Gerencia General para su aprobación.
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i) La Gerencia General firma la Resolución para la aprobación del Presupuesto institucional de Apertura (la aprobación del PIA debe efectuarse a más tardar el 31 de diciembre del año fiscal).
j) El expediente con la aprobación del presupuesto es presentado, dentro del plazo establecido en la Directiva a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.
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6.2. Aprobación del Presupuesto
Inicio
Recepciona el Oficio emitido por la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y F inanzas en donde se remite el
reporte oficial denominado “Aprobación Institucional de Apertura para el Año Fiscal”
(PIA)
Remite el Oficio recepcionado hacia al Área de Presupuesto de la Oficina General de
Administración o a la que haga sus veces.
Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración
o la que haga sus veces
Los formatos y anexos emitidos son visados y/o firmados por el Contador y el encargado del área de Presupuesto de la
Oficina General de Administración o el que haga sus veces
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Secretaria de la Gerencia General
Emite la información en los formatos y anexos establecidos en la “Directiva para la Aprobación del Presupuesto Insti tucional de Apertura de las
Ent idades de Tratamiento Empresarial”.
Contador Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración
o la que haga sus veces
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6.2. Aprobación del Presupuesto
El encargado del área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o el que haga sus veces remite los formatos y anexos emitidos
debidamente visados y/o firmados a la Gerencia General para que sean visados y/o
firmados
Presenta el Presupuesto institucional de Apertura a la Junta de Administración para su
aprobación mediante acuerdo
Gerencia General
Junta de Administración
Aprueba mediante acuerdo el Presupuesto institucional de Apertura
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Asesoría Legal
Proyecta el modelo de Resolución que se encuentra en la Directiva y lo remite a la
Gerencia General para su aprobación
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6.2. Aprobación del Presupuesto
Firma la Resolución para la aprobación del Presupuesto institucional de Apertura (la aprobación del PIA debe efectuarse a más tardar el 31 de diciembre del año fiscal).
Gerencia General
El expediente con la aprobación del presupuesto es presentado, dentro del plazo establecido en la Directiva a la Comisión de
Presupuesto y Cuenta General de la R epública del Congreso de la Repúbl ica, a la Contraloría
General de la R epública y a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de
Economía y Finanzas
Comisión de Presupuesto y Cuenta General
de la Repúbl ica del Congreso de la República
Contra loría General de la Repúbl ica
Dirección General de l Presupuesto P úblico del
Ministerio de Economía y Finanzas
Fin
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6.3. Ejecución del Presupuesto a) A solicitud de la Oficina General de Administración emite documentos
otorgando coberturas presupuestales (certificación de crédito presupuestario) antes de que se comprometa gastos con cargo al Presupuesto Institucional.
b) En base al comportamiento de la ejecución presupuestal, modifica y/o propone, según sea el caso, las cuales deberán ser aprobadas por el titular del pliego mediante resolución, en concordancia con lo establecido en la Directiva de Ejecución Presupuestal.
c) Trimestralmente el área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o a la que haga sus veces elabora los informes de Ejecución Presupuestal, previa validación de la misma por parte del Contador, del Area de Presupuesto de la Oficina General de Administración o el que haga sus veces y Gerente General.
d) Dichos Informes son remitidos por la Gerencia General a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía Y Finanzas, al Congreso de la República y Contraloría General de la República, según corresponda, en los formatos y plazos establecidos por la Directiva de Ejecución Presupuestaria.
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6.3. Ejecución del Presupuesto
Inicio
A solicitud de la Oficina General de Administración emite documentos otorgando
coberturas presupuestales (certificación de crédito presupuestario) antes de que se
comprometa gastos con cargo al Presupuesto Institucional
En base al comportamiento de la ejecución presupuestal, modifica y/o propone, según sea el caso, las cuales deberán ser aprobadas por el
titular del pliego mediante resolución, en concordancia con lo establecido en la Directiva
de Ejecución Presupuestal
Trimestralmente s elabora los informes de Ejecución Presupuestal, previa val idación de la misma por parte del Contador, del Jefe de la Oficina General de Administración y Gerente
General
Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración
o la que haga sus veces
Jefatura de la Oficina General de Administración Gerencia General
Dichos Informes son remitidos por la Gerencia General a la Dirección General del Presupuesto Público del Minister io de Economía Y F inanzas,
al Congreso de la República y Contraloría General de la R epública, según corresponda, en
los formatos y plazos establecidos por la Directiva de Ejecución Presupuestaria
Congreso de la República Contra loría General de la Repúbl ica
Dirección General de l Presupuesto P úblico del
Ministerio de Economía y Finanzas
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6.4. Evaluación Semestral y Anual del Presupuesto
a) El área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o el que haga sus veces elabora y firma el Informe de Evaluación del Presupuesto Institucional semestral o Anual, según corresponda, después lo presenta para la firma del Gerente General.
b) La Gerencia General revisa y firma el Informe de Evaluación del Presupuesto Institucional semestral o Anual, según corresponda y lo remite a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, Congreso de la República y Contraloría General de la República (en los plazos establecidos en la Directiva para la Evaluación del presupuesto Institucional de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal).
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6.4. Evaluación semestral y anual del Presupuesto
Inicio
Elabora y fi rma el Informe de Evaluación del Presupuesto Inst itucional semestral o Anual,
según corresponda, después lo presenta para la firma del Gerente General
Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración
o la que haga sus veces
Gerencia General
Revisa y fi rma el Informe de Evaluación del Presupuesto Inst itucional semestral o Anual, según corresponda y lo remite a la Di rección
General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y F inanzas, Congreso de la
Repúbl ica y Contralor ía General de la República (en los plazos establecidos en la Directiva para la Evaluación del presupuesto Institucional de las Entidades de Tratamiento Empresarial para
el Año F iscal).
Congreso de la República Contra loría General de la Repúbl ica
Dirección General de l Presupuesto P úblico del
Ministerio de Economía y Finanzas
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VII. VIGENCIA
El presente manual de procedimientos entrará en vigencia el día siguiente de su comunicación o publicación.