8
I^OLIO .n^i if<:« T 4t- Expte. 1-225-152903/16 En Salta a los 23 dias del mes de Mayo de 2016, se reiinen los miembros de la Comision Negociadora del Convenio Colectivo de Citrus N° 442/06 para las provincias de Salta y Jujuy: En representacion del sector trabajador LA UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES (f^ESTlBADORES, los Sres. JUAN SANCHEZ ORTIZ, VICTOR SEVERO GUTIERREZ y "CLAUDIA QUIROGA, con el patrocinio letrado de la Dra. KARINA ETCHEZAR y en representacion del sector empleador: por LA ASOCIACION DE PRODUCTORES DE FRUTAS Y HORTALIZAS DE SALTA, el Dr. ROBERTO McLOUGHLIN, por LA MORALEJA S.A.. el Sr. JORGE GALIANO y por LEDESMA SAAl, la Dra. VIVIANA FERNANDEZ. Ambas partes reconocen a los nombrados con la suficiente representacion invocada y representativos de la actividad que se regula en la Convencion Colectiva N° 442/06 y declaran bajo juramento que las mismas se encuentran vigentes, quienes luego de un intercambio de opiniones ACUERDAN lo siguiente: PRIMERO: Para todo el personal comprendido en el CCT N°442/06, establecen las remuneraciones que se pactan a continuacion y que tendran vigencia durante el periodo 01 de MAYO 2016 a 30 de ABRIL 2017, segtin el siguiente detalle: SALARIO MES DE MAYO/2016 Mensual Jornal REMUNERATIVO $6,814,00 $ 272,56 ADICIONAL NO REMUNERATIVO $2,044,25 $ 81,77 TOTAL $ 8.858,25 $ 354,33 El personal que haya trabajado durante el mes de mayo 2016, que a la fecha por razon de fin de temporada, se encuentre de baja, tambien deberan percibir la proporcion por los dias qije efectuaron su labor.- SALARIOS MESES DE JUNIO A AGOSTO 2016: Juan Sanchez Ortii Secretano General c,^r.r^ N° 920 A. Saravi. ' ••''- - !=,3lta UHPIERREZ Secretario Qaaui\ 877-Lib. Gral. San hUrtin Jujuy C U t R M RAQUEL a i c n t AccMn iMc.rin-iJt.Qfli.swiiuftt Ju|ur

n^idata.triviasp.com.ar/files/parte4/conv44206acu68016.pdf · 2017-01-18 · i-0-r£y * 1. »3 •* trabajadores y beneficiarios comprendidos en el CCT N° 442/06, que se establece

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I^OLIO

.n^i i f<:« T 4t-

Expte. 1-225-152903/16

En Salta a los 23 dias del mes de Mayo de 2016, se reiinen los miembros de la Comision

Negociadora del Convenio Colectivo de Citrus N° 442/06 para las provincias de Salta y Jujuy: En

representacion del sector trabajador LA UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES

(f^ESTlBADORES, los Sres. JUAN SANCHEZ ORTIZ, VICTOR SEVERO GUTIERREZ y

"CLAUDIA QUIROGA, con el patrocinio letrado de la Dra. KARINA ETCHEZAR y en

representacion del sector empleador: por LA ASOCIACION DE PRODUCTORES DE FRUTAS Y

HORTALIZAS DE SALTA, el Dr. ROBERTO McLOUGHLIN, por LA MORALEJA S.A.. el Sr.

JORGE GALIANO y por LEDESMA SAAl, la Dra. VIVIANA FERNANDEZ. Ambas partes

reconocen a los nombrados con la suficiente representacion invocada y representativos de la

actividad que se regula en la Convencion Colectiva N° 442/06 y declaran bajo juramento que las

mismas se encuentran vigentes, quienes luego de un intercambio de opiniones ACUERDAN lo

siguiente:

PRIMERO: Para todo el personal comprendido en el CCT N°442/06, establecen las

remuneraciones que se pactan a continuacion y que tendran vigencia durante el periodo 01 de

MAYO 2016 a 30 de ABRIL 2017, segtin el siguiente detalle:

SALARIO MES DE MAYO/2016

Mensual

Jornal

REMUNERATIVO

$6,814,00

$ 272,56

ADICIONAL NO

REMUNERATIVO

$2,044,25

$ 81,77

TOTAL

$ 8.858,25

$ 354,33

El personal que haya trabajado durante el mes de mayo 2016, que a la fecha por razon de fin de

temporada, se encuentre de baja, tambien deberan percibir la proporcion por los dias qije efectuaron

su labor.-

SALARIOS MESES DE JUNIO A AGOSTO 2016:

Juan Sanchez Ortii Secretano General

c,^r.r^ N° 920 A. Saravi. ' ••''- - !=,3lta

UHPIERREZ Secretario Qaaui\

877-Lib. Gral. San hUrtin Jujuy

CUtRM RAQUEL aicnt AccMn

iMc.rin-iJt.Qfli.swiiuftt Ju|ur

Page 2: n^idata.triviasp.com.ar/files/parte4/conv44206acu68016.pdf · 2017-01-18 · i-0-r£y * 1. »3 •* trabajadores y beneficiarios comprendidos en el CCT N° 442/06, que se establece

SALARIOS A PARTIR DE SEPTIEMBRE A OCTUBRE 2016:

SALARIOS A PARTIR DE NOVIEMBRE 2016 A FEBRERO 2017:

Mensual

Jornal

BASICO

REMUNERATIVO

$ 7.700,00

$ 308,00

ADICIONAL NO

REMUNERATIVO

$ 1.158,25

$ 46,33

TOTAL

$8,858,25

$ 354,33

Mensual

Jornal

BASICO

REMUNERATIVO

$8,175,00

$ 327,00

ADICIONAL NO

REMUNERATIVO

$ 683,25

$ 27,33

TOTAL

$ 8.858,25

$ 354,33

Mensual

Jornal

BASICO

REMUNERATIVO

$8,175,00

$ 327,00

ADICIONAL NO

REMUNERATIVO

$751,25

$ 30,05

TOTAL

$ 8.926,25

$ 357,05

A partir de Marzo de 2017 y hasta la finalizacion de la vigencia de este acuerdo el 30 de abril de

2017, el jornal de $357,05 y los valores establecidos para las restantes categorias, seran

integramente REMUNERATIVOS.

!jaran en SEGUNDO: Las sumas NO REMUNERATIVAS previstas en el punto PRIMERO, se refit

forma proporcional en los salarios del personal cuya modalidad de pago sea por tajito, dep|tajo y/u

hora.

Juan Sanchez Ortiz. « <:y'^'^.^.^^"° General \ / ' S''r;c.\ '»920A.Saravia V

• - F - S a l t a I

J SKretarioGtemtaU

• Juiuy »QUEL(3UIR0<J.A ^A«l4n Social

Page 3: n^idata.triviasp.com.ar/files/parte4/conv44206acu68016.pdf · 2017-01-18 · i-0-r£y * 1. »3 •* trabajadores y beneficiarios comprendidos en el CCT N° 442/06, que se establece

Asimismo, dichas sumas incidiran en el calculo del aguinaldo.

En cuanto a las licencias pagas en general, se consideraran como dias efectivamente trabajados todas

las ausencias motivadas por Licencias Legales y/o Convencionales pagas (Ej.: Enfermedad,

Licencias por Nacimiento, Matrimonio, Fallecimiento, Donacion de Sangre).-

TERCERO: El pago del adicional no remunerativo, figurara en los recibos de haberes bajo la

denominacion de "ADICIONAL NO REMUNERATIVO. ACTA MAYO 2016". La

implementacion de estas sumas no remunerativas, obedece a la necesidad de mejorar las condiciones

de vida de los trabajadores, que desarrollan las distintas tareas que componen la actividad, siendo

este un mecanismo que permite garantizar una mejora efectiva e inmediata de las retribuciones

minimas, atendiendo las circunstancias socio economicas por las que atraviesa la region y las

especificas de esta actividad.-

CUARTO: Se establece por UNICA VEZ, en concepto de "INCENTIVO 2016", una suma FIJA

no remunerativa diaria, a razon de $ 8,17 por cada di'a de trabajo efectivo, durante los meses de

Mayo a Octubre de 2016. Hasta un maximo de $1,225,50. Sera abonada en cada quincena bajo el

concepto "INCENTIVO 2016".-

QUINTO: SEGURO DE SEPELIO: Se acuerda y queda establecido un beneficio a favor de todos

los trabajadores comprendidos en el CCT N° 442/06 consistente en un Servicio de Sepelio. A tal fin,

y en los terminos del art. 9° de la Ley 14.250 (T.O. 2004), los empleadores deberan retener de los

haberes que abonan en concepto de Fondo de Sepelio, el equivalente al 1,5% del total de

remuneraciones devengadas, para la cobertura de este servicio al trabajador y su grupo familiar

primario, que se depositara en la Cuenta Corriente N° 33-500/47 del Banco de la Nacion Argentina.

Sucursal Plaza de Mayo que posee la UATRE. La obligacion de retener por parte del empleador,

sera exigible a partir del mes siguiente de la fecha de recepcion de la conformidad por escrito del

trabajador de incorporarse a este beneficio. Ambas partes de comiin acuerdo, establecen que vencido

el termino de este Acuerdo, se mantendran subsistentes los beneficios aqui pactados.-

SEXTO: Los empleadores actuaran comc/^agentes de retencion a partir de su m^mologccion y

durante la vigencia del presente Acuerdo de la.cuota solidaria que deberan descont

Juan Sanchez Ortiz becrefano General

• - '••N' '920A. Saravia • •- '̂ - Salta

OS los

"Sacretariofifemtal Secc N'B77-Ub. Gral. S""-f'^

.I'Kl'W

J'«3UELatJR0-:l ^ A*.j%. Acckir S<xi«|

Page 4: n^idata.triviasp.com.ar/files/parte4/conv44206acu68016.pdf · 2017-01-18 · i-0-r£y * 1. »3 •* trabajadores y beneficiarios comprendidos en el CCT N° 442/06, que se establece

£ y

i-0-r* 1. »3 • *

trabajadores y beneficiarios comprendidos en el CCT N° 442/06, que se establece en el 2% sobre el

total de las remuneraciones devengadas. Los montos retenidos en tal concepto deberan ser

depositados hasta el dia 15 (quince) de cada mes, en la Cuenta especial de UATRE N° 26-026/48.

Los afiliados a la Asociacion Sindical quedan exentos del pago de esta cuota solidaria.-

i

Las partes se compromenten a presentar el presente acuerdo para su ratificacion y posterior

homologacion ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Delegacion Salta,

solicitando para ello la correspondiente audiencia.

En dicha oportunidad las partes presentaran las escalas salariales para las restantes categorias.

No siendo para mas se da por terminada el acta firmando los comparecientes previa lectura y

ratificacion se firman seis ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, ^ el luga^\y fecha mas

arriba indicados.

Juan Salrchez Ortiz Secretano General

Secc. N" 920 A. Saravia • " " Salta

Secretano G«ww*K Sect N'877.Ub. Gral. San f M n \ ''''juy

CLAUDtt RAQUEL QUIROGA Sacnt Accibn Social

lw.rin-Lfe.6(iLSin Jmur

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FOLIO

IL - |)j

ANEXOI

Mayo 2016

Categoria

1.- Peon General. Maestranza. Armadores. Clavadores. Alambradores. Rotuladores, Pegadores. Limpieza. Gosechador.

II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon de Carga y Descarga. Recibidores en cinta transportadora. Romaneo.

III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes de Electricistas o Mecanicos. Bascula. Engrasadores. Atencion camara Maduracidn. IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de Tracto-elevador. Atencion camara frigori'fica. Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2=-.

v.- Embaladora de 1-. Mayordomo.

Vl.- Capataz de seccion. Mecanico Electricista. Calderista.

Vll.- Capataz General o de planta. Capataz de Cosectia o Monte.

Remunerativo

Jornal

$ 272,56

$ 275,02

$ 283,23

$ 293,82

$297,18

$ 322,00

$325,71

Mensual

$6,814,00

$ 6.875,50

$ 7.080,75

$ 7.345,50

$ 7.429,50

$ 8.050,00

$8,142,75

Gratificacion NO remun.

Jornal

$81,77

$82,51

$ 84,97

$88,15

$89,15

$ 96,60

$ 97,71

Mensual

$ 2.044,25

$ 2.062,75

$2,124,25

$ 2.203,75

$ 2.228,75

$2,415,00

$ 2.442,75

TOTAL

Jornal

$ 354,33

$ 357,53

$ 368,20

$381,97

$ 386,33

$418,60

$ 423,42

Mensual

$ 8.858,25

$ 8.938,25

$ 9.205,00

$ 9.549,25

$ 9.658,25

$10,465,00

$10,585,50

Junio a Agosto 2015

Categoria Remunerativo Gratificacion NO remun.

Jornal Mensual Jornal Mensual

TOTAL

Jornal Mensual

I.- Peon General. Maestranza. Armadores. Clavadores. Alambradores. Rotuladores, Pegadores. Limpieza. Cosechador.

$ 308,00 $7,700,00 $ 46,33 $1,158,25 $ 354,33 $ 8.858,25

II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon de Carga y Descarga. Recibidores en cinta transportadora. Romaneo.

$310,77 $ 7.769,25 $ 46,76 $1,169,00 $ 357,53 $ 8.938,25

III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes de Electricistas o Mecanicos. Bascula. Engrasadores. Atencion camara Maduracidn.

$ 320,05 $8,001,25 $48,15 $1,203,75 $ 368,20 $9,205,00

IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de Tracto-elevador. Atencion camara frigorifica. Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2-.

$ 332,02 $ 8.300,50 $ 49,95 $ 1.248,75 $381,97 $ 9.549,25

v.- Embaladora de 1-. Mayordomo. $ 335,81 $ 8.395,25 $ 50,52 $1,263,00 $ 386,33 $ 9.658,25

VI.- Capataz de seccion. Mecanico Electricista. Calderista.

$363,86 $ 9.096,50 $ 54,74 $ 1.368,50 $418,60 $ 10.465,00

VII.- Capataz General o de planta. Capataz de Cosecha o Monte.

$ 368,05 $9,201,25 $ 55,37 $1,384,25 $ 423,42 $10,585,50

Juan SSnchez Ortiz Secretano General

Seca N" 920 A. Saravia U.A.T.R.E - Salta

, . « . . _iTlERREZ Secretario Greml*

Secc. N'877-Ub. Gral S^''!

CLAUDIA ^LQUIRi Sodal

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ANEXO II

Periodo Septiembre a Octubre 2016

Categoria

1.- Peon General. Maestranza. Armadores. Clavadores. Alambradores. Rotuladores, Pegadores. Limpieza. Cosechador.

II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon de Carga y Descarga. Recibidores en cinta transportadora. Romaneo.

III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes de Electricistas o Mecanicos. Bascula. Engrasadores. Atencion camara Maduracidn.

IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de Tracto-elevador. Atencion camara frigorifica. Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2-.

v.- Embaladora de 1-. Mayordomo.

VI.- Capataz de seccion. Mecanico Electricista. Calderista.

VII.- Capataz General o de planta. Capataz de Cosecha o Monte.

Remunerativo

Jornal

$ 327,00

$ 330,00

$ 339,88

$ 352,58

$ 356,62

$ 386,40

$ 390,85

Mensual

$8,175,00

$ 8.250,00

$ 8.497,00

$8,814,50

$8,915,50

$ 9.660,00

$9,771,25

Gratificacion NO remun.

Jornal

$ 27,33

$ 27,53

$ 28,32

$ 29,39

$ 29,71

$ 32,20

$ 32,57

Mensual

$ 683,25

$ 688,25

$ 708,00

$ 734,75

$ 742,75

$ 805,00

$814,25

TOTAL

Jornal

$ 354,33

$ 357,53

$368,20

$381,97

$ 386,33

$418,60

$ 423,42

Mensual

$ 8.858,25

$ 8.938,25

$ 9.205,00

$ 9.549,25

$ 9.658,25

$ 10.465,00

$ 10.585,50

Periodo Noviembre 2016 a Febrero 2017

Categorfa Remunerativo Gratificacion NO remun.

Jornal Mensual Jornal Mensual

TOTAL

Jornal Mensual

I.- Peon General. Maestranza. Armadores. Clavadores. Alambradores. Rotuladores, Pegadores. Limpieza. Cosechador.

$ 327,00 $8,175,00 $ 30,05 $751,25 $ 357,05 $ 8.926,25

II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon de Carga y Descarga. Recibidores en cinta transportadora. Romaneo.

$ 330,00 $ 8.250,00 $ 30,28 $ 757,00 $ 360,28 $ 9.007,00

III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes de Electricistas o Mecanicos. Bascula. Engrasadores. Atencion camara Maduracidn.

$ 339,88 $ 8.497,00 $31,15 $ 778,75 $371,03 $ 9.275,75

IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de Tracto-elevador. Atencion camara frigorifica. Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2-.

$ 352,58 $8,814,50 $ 32,32 $ 808,00 $ 384,90 $9,622,50

v.- Embaladora de 1-. Mayordomo. $ 356,62 $8,915,50 $ 32,69 $817,25 $389,31 $ 9.732,75

VI.- Capataz de seccion. Mecanico Electricista. Calderista.

$ 386,40 $ 9.660,00 $ 35,42 $ 885,50 $421,82 $ 10.545,50

VII.- Capataz General o de planta. Capataz de Cosecha o Monte.

$ 390,85 $9,771,25 $ 35,83 $ 426,68 $10,667,00

Juan S^hez Ortiz Secretano General

Secc. N" 920 A. Saravia U.A.T.R.E - Salo

VlXTDH-^flERREZ ^sTcreUrio Gremial

Secc N'877-Lib.Gral.SjnW!!'

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ANEXO III

Periodo Marzo a Abril 2017

Categoria

1.- Peon General. Maestranza. Armadores. Clavadores. Alambradores. Rotuladores, Pegadores. Limpieza. Cosechador.

II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon de Carga y Descarga. Recibidores en cinta transportadora. Romaneo.

III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes de Electricistas o Mecanicos. Bascula. Engrasadores. Atencion camara Maduracion.

IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de Tracto-elevador. Atencion camara frigorifica. Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2-.

v.- Embaladora de 1^. Mayordomo.

VI.- Capataz de seccion. Mecanico Electricista. Calderista.

VII.- Capataz General o de planta. Capataz de Cosecha o Monte.

Remunerativo

Jornal

$ 357,05

$ 360,28

$371,03

$ 384,90

$ 389,31

$421,82

$ 426,68

Mensual

$8,926,25

$ 9.007,00

$ 9.275,75

$9,622,50

$ 9.732,75

$10,545,50

$ 10.667,00

Jtl^rSnc^Ortiz cipcretano General .

s . J c N » 920 A. Saravia

c^/ riERREZ

jecretario Gremial Secc. N* 877-Ub. Gral, S»n Martin

Jujuy

E l QUIROG.*. Social

QmLiutMiilSn

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Kyi{yniAle t̂i<> cle y'ya/i^do.j

(hTnAiea u Kdeaurma^i cfoccal

EXPEDIENTE N°l-225-152.903/16

En la ciudad de Salta, a los un di'a del mes de Junio de 2016, siendo las 10:30 horas, comparecen ante mi, CPN MARIA DEL CARMEN CASTILLO- Relaciones Laborales de la Delegacion Regional Salta del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, por la UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES, los seiiores: Juan SANCHEZ ORTIZ -DNI N°92.768.095, Victor_ Severo GUTIERREZ DNI N°14.538.821; Claudia Raquel QUIROGA DNI N° 26.475.927, asistidos por la Dra. Karina ETCHEZAR. En representacion del sector empleador, por la ASOCIACION DE PRODUCTORES DE FRUTAS y HORTALIZAS DE LA PROVINCIA DE SALTA, el Doctor Roberto Juan MCLOUGHLIN-DNIN°10.161.515. L /po^ / J % Por la empresa LA MORALEJA SQCIEDAD ANONIMA, el seiior Jorge Daniel GALIANO DNI N° 12.536.691. J ^ ^ ^ ^ Por LEDESMA SOCIEDAD ANONIMA, AGRICOLA INDUSTRIAL, la Dra. Viviana Marcela FERNANDEZ-DNI N°24.612.154. ^ ' ' * | ^ Kt-Reconociendo ambas partes que los nombrados son lo suficientemente representativos de la actividad que se regula mediante la Convencion Colectiva de Trabajo N°442/06 y declaran bajo juramento que las representaciones invocadas se encuentran vigentes y agregadas en el expediente. Abierto el acto por la funcionaria actuante, y concedida la palabra a los comparecientes, manifiestan que vienen por este acto a ratificar en todo los terminos y contenido Acta Acuerdo de Incremento Salarial y Escalas Salariales de fecha 23 de Mayo de 2016, en siete (07) fojas titiles, con vigencia desde Mayo de 2016 hasta Abril de 2017, agregada a las presentes actuaciones, para el personal comprendido en el CCT N°442/2006,.i::::

•Ambas partes, en este acto, solicitan su pronta homologacion. Sin mas, y siendo las 11:10 previa lectura, firman las partes al pie en senal de conformidad, por ante mi que CERTIFICO.

PARTE SINDICAL PARTE EMPRESARIA

^^i'retario Gremial _.̂ .̂, 5^N'877.Ub.r-r.l

Juan banchez Ortiz Secretano General .

Secc. N" 920 A. Sarav.a i,.i..';,T.P.E-S3l'3

.rH-MAt^iA <^yyztm\\-\. "^Aaenclj/TSiTltot'al Salta' "-'Jlnlsler'fl de Trabaio V S.-'