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NÚMERO: 162 (Año III) FECHA: 11/07/2020 ACCEDE AL BLOG DE LA COMISIÓN SOCIAL DE JUEZAS Y JUECES PARA LA DEMOCRACIA (aquí) ASÓCIATE A JUEZAS Y JUECES PARA LA DEMOCRACIA (aquí) LEGISLACIÓN Illes Balears Decret 21/2020, de 10 de juliol, pel qual es regula el Defensor dels Usuaris del Sistema Sanitari Públic de les Illes Balears ir al texto Ordre del conseller de Model Econòmic, Turisme i Treball de dia 10 de juliol de 2020 per la qual s’aproven les bases reguladores i la convocatòria extraordinària d’ajuts per reiniciar o continuar l’activitat per compte propi i consolidar el projecte d’autoocupació, de les persones físiques aut ònoms afectats directament per la COVID-19 ir al texto Murcia Orden de 10 de julio de 2020, del titular de la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades, por la que se establecen servicios mínimos a realizar por trabajadores convocados a huelga desde las cero horas del día 13 de julio hasta las 24 horas del 14 de julio en la empresa Zardoya Otis, S.A., que presta servicios públicos o de reconocida o inaplazable necesidad. ir al texto VOLVER AL PRINCIPIO JURISPRUDENCIA Tribunal Constitucional TUTELA JUDICIAL EFECTIVA STC 49/2020, de 15 de junio ir al texto

NÚMERO: 162 (Año III) FECHA: 11/07/2020 ACCEDE AL BLOG DE ... · 2 Recurso de amparo 4744-2018. Promovido por doña Vicenta Sousa Rodríguez respecto de las resoluciones dictadas

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Page 1: NÚMERO: 162 (Año III) FECHA: 11/07/2020 ACCEDE AL BLOG DE ... · 2 Recurso de amparo 4744-2018. Promovido por doña Vicenta Sousa Rodríguez respecto de las resoluciones dictadas

NUacuteMERO 162 (Antildeo III) FECHA 11072020

ACCEDE AL BLOG DE LA COMISIOacuteN SOCIAL DE JUEZAS Y JUECES PARA LA DEMOCRACIA (aquiacute) ASOacuteCIATE A JUEZAS Y JUECES PARA LA DEMOCRACIA (aquiacute)

LEGISLACIOacuteN

Illes Balears Decret 212020 de 10 de juliol pel qual es regula el Defensor dels Usuaris del Sistema Sanitari Puacuteblic

de les Illes Balears ir al texto

Ordre del conseller de Model Econogravemic Turisme i Treball de dia 10 de juliol de 2020 per la qual

srsquoaproven les bases reguladores i la convocatograveria extraordinagraveria drsquoajuts per reiniciar o continuar

lrsquoactivitat per compte propi i consolidar el projecte drsquoautoocupacioacute de les persones fiacutesiques autogravenoms

afectats directament per la COVID-19 ir al texto

Murcia Orden de 10 de julio de 2020 del titular de la Consejeriacutea de Empleo Investigacioacuten y Universidades por

la que se establecen servicios miacutenimos a realizar por trabajadores convocados a huelga desde las cero

horas del diacutea 13 de julio hasta las 24 horas del 14 de julio en la empresa Zardoya Otis SA que presta

servicios puacuteblicos o de reconocida o inaplazable necesidad ir al texto

VOLVER AL PRINCIPIO

JURISPRUDENCIA

Tribunal Constitucional TUTELA JUDICIAL EFECTIVA STC 492020 de 15 de junio

ir al texto

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Recurso de amparo 4744-2018 Promovido por dontildea Vicenta Sousa Rodriacuteguez respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia e instruccioacuten de Amposta en procedimiento de ejecucioacuten hipotecaria Vulneracioacuten del derecho a la tutela judicial sin indefensioacuten diligencia de ordenacioacuten emitida por el letrado de la administracioacuten de justicia que resuelve cuestiones de la exclusiva competencia del juez (STC 2082015)

STC 502020 de 15 de junio

ir al texto Recurso de amparo 5545-2018 Promovido por Euroinversiones Inmobiliarias Costa Sur S L respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia e instruccioacuten de Lorca en procedimiento de ejecucioacuten hipotecaria Vulneracioacuten del derecho a la tutela judicial efectiva STC 402020 [inadecuada utilizacioacuten de la direccioacuten electroacutenica habilitada como cauce de comunicacioacuten del primer emplazamiento procesal (SSTC 62019 y 472019) e inadmisioacuten de la oposicioacuten a la ejecucioacuten resultante de la confusioacuten del deber de las personas juriacutedicas de relacionarse con la administracioacuten de justicia por medio de comunicaciones electroacutenicas con la regulacioacuten del primer emplazamiento en los procesos civiles]

STC 632020 de 15 de junio

ir al texto Recurso de amparo 1002-2019 Promovido por Seditex Global SL y Seditex Valladolid SL en relacioacuten con las resoluciones dictadas por un juzgado de lo social de Leoacuten en proceso por despido Vulneracioacuten del derecho a la tutela judicial sin indefensioacuten inadecuada utilizacioacuten de la direccioacuten electroacutenica habilitada como cauce de comunicacioacuten del primer emplazamiento de las entidades demandadas (STC 472019)

Tribunal Supremo CESIOacuteN ILEGAL STS 10062020

ir al texto Roj STS 19692020 - ECLI ESTS20201969 No de Recurso 2372018 No de Resolucion 4212020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Cesioacuten Ilegal Se revoca sancion impuesta por autoridad laboral de 187515 euros a la empresa demandante al apreciar la existencia de una situacion de cesion ilegal de trabajadores en la subcontratacion llevada a cabo por la misma con terceras empresas en los terminos que seguidamente analizaremos Inexistenica de cesion ilegal las tareas subcontratadas por la demandante no abarcan la totalidad de actividades que su vez le ha subcontratado Telefonica de Espana SU sino que se restringe a una parte singular y especifica de las mismas limitada a la atencion al cliente en la instalacion y mantenimiento de fibra optica en domicilios de

particulares sin afectar a la obra civil y tendido de lineas y cables que forman parte de la totalidad de aquella contrata Eso es precisamente lo que lleva a afirmar a la sentencia de instancia que existe una justificacion tecnica de la subcontrata para esa labor especifica En lo que atane a la aportacion de la infraestructura material y de los medios productivos necesarios para el desarrollo de la actividad la sentencia concluye motivadamente que la ejecucion de esos servicios no requiere de medios materiales especialmente complejos destaca seguidamente que los vehiculos utilizados por los trabajadores en sus desplazamientos son propiedad de las subcontratadas que el material a instalar en el domicilio de los clientes routers telefonos etces propiedad de Telefonica mientras que las herramientas y los demas materiales requeridos para ejecutar la instalacion (ropa de trabajo fusionadoras lapiz optico escaleras taladros etc) les han sido vendidos o alquilados por la empresa demandante descontando su importe de la facturacion de los servicios Es evidente que los aparatos que se instalan en los domicilios de los clientes- routers telefonos- deben ser de la empresa proveedora del servicio de fibra optica al que deben conectarse por lo que esa circunstancia no es relevante para valorar la existencia de cesion ilegal Por lo demas la ejecucion de ese servicio en el domicilio del cliente no exige maquinaria ni medios materiales especiales mas alla de las pequenas herramientas necesarias a tal efecto y de los vehiculos que hayan de utilizar los trabajadores en sus desplazamientos que ya se ha dicho que son propiedad de cada una de las empresas subcontratadas En cuanto a esas otras herramientas tecnicas es verdad que les son vendidas o alquiladas por la empresa demandante pero no solo no hay indicios ni elementos de prueba que permitan considerar que esos negocios juridicos de alquiler o compraventa puedan ser ficticios y simulados sino bien al contrario se ha declarado probado el pago por las empresas subcontratadas de la correspondiente contraprestacion En lo que se refiere al mantenimiento de las facultades organizativas y de direccion sobre la actividad de los trabajadores la sentencia concluye rotundamente que las empresas subcontratadas mantienen en su integridad ese cumulo de facultades que caracterizan el efectivo ejercicio del poder empresarial organizacion del trabajo gestion de turnos vacaciones jornada poder disciplinario etc sin que haya ningun elemento de juicio que permita considerar que la empresa principal intervenga de alguna manera en ese ambito Sobre este particular anade que el sistema de gestion para la ejecucion de los encargos resulta especialmente sencillo a traves de la aplicacion informatica de la que se descargan tras lo que cada empresa imparte las ordenes a sus trabajadores para su ejecucion asi como la circunstancia de que la empresa subcontratada es libre de aceptar o rechazar cada uno de tales encargos y de aceptarlo se ponia en contacto con el cliente para acudir a su domicilio a fin de realizar la instalacion o reparar la averia

CONFLICTO COLECTIVO STS 11062020 ir al texto No de Recurso 1562019 No de Resolucion 4402020 Ponente CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA

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Resumen Conflicto colectivo inadecuacioacuten de procedimiento tratandose de un sumatorio de reclamaciones individuales -que podrian dar lugar en su caso a una acumulacion- de un conflicto denominado plural y no colectivo resultaba inadecuada la modalidad procesal elegida por la parte actora y plenamente ajustada a derecho la estimacion de la excepcion que realiza la sentencia impugnada de manera motivada

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19962020 - ECLI ESTS20201996 No de Recurso 1672018 No de Resolucion 4492020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen conflicto colectivo no hay inadecuacioacuten de procedimiento porque se trata de un genuino conflicto colectivo El conflicto colectivo planteado afecta a todo el personal laboral temporal que cubre las situaciones de incapacidad temporal vacaciones y otras necesidades al servicio de la empresa unos 400 trabajadores aunque segun los momentos y necesidades puedan oscilar los que se encuentran en activo y que forman la lista de candidatos en reserva para puestos de trabajo de ITV (Tecnicos Inspectores y Administrativos) en todos los centros de trabajo de Andalucia 72 ITV

STS 15062020

ir al texto Roj STS 20112020 - ECLI ESTS20202011 No de Recurso 722019 No de Resolucion 4522020 n Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Conflicto colectivo legitimacion activa del sindicato la parte actora no ostenta legitimacion activa tal y como ha resuelto la Sala de instancia Senala que ya la propia parte actora reconoce que su implantacion a los efectos del presente proceso solo la ostenta en los centros de Malaga y Granada cuando su pretension se extiende tambien a los de Jaen y Almeria Con ello es evidente que no puede actuar en la condicion que pretende en este proceso Reitera doctrina SSTS de 9 de mayo de 2017 y 25 de octubre de 2018

CONVENIO COLECTIVO STS 11062020

ir al texto Roj STS 19572020 - ECLI ESTS20201957 No de Recurso 92019 No de Resolucion 4382020 Ponente ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER Resumen Convenio Colectivo Empresas Multiservicios Convenio aplicable Ante la ausencia de un convenio colectivo propio de la empresa multiservicio demandada las relaciones laborales quedaran reguladas por el convenio colectivo sectorial cuyo ambito

funcional comprenda la actividad que llevan a cabo los trabajadores en el marco de la contrata yal como ha quedado configurada en los hechos probados En efecto al hacerse de esta forma las condiciones laborales de los trabajadores que prestan servicios en los centros a que se refiere el presente conflicto se determinaran en funcion de la clase de trabajo prestado que es el parametro mas adecuado y objetivo frente al alternativo de la actividad preponderante de la empresa multiservicios en su conjunto que por un lado no se conoce y por otro aunque fuese conocido y otro diferente nada tendria que ver con la actividad realmente desempenada por los trabajadores En consecuencia el criterio que debemos aplicar para establecer el convenio de aplicacion es el de la real y verdadera actividad ejercida por los trabajadores en relacion a la prestacion de servicios por la empresa multiservicios a la empresa cliente Mas aun en un caso como el presente en el que la actividad que presta la demandad en el ambito del conflicto es una sola Con esta solucion se atiende a lo que dispone el convenio de referencia que esta penado precisamente para situaciones como la que contemplamos y ademas no se afecta a la competencia en el mercado de trabajo pues se establece una misma regulacion unitaria a todos los trabajadores que realizan el mismo trabajo con independencia de la configuracion juridica del sujeto empleador esto es de si se trata de una empresa especializada en la prestacion de un solo servicio o una empresa multiservicios

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19672020 - ECLI ESTS20201967 No de Recurso 1592019 No de Resolucion 4532020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Convenio colectivo desestimacion del recurso sobre convenio colectivo aplicable puesto que que se considera razonable la interpretacion efectuada en la instancia puesto que se basa en la interpretacion conjunta de todas las previsiones incorporadas en el pliego de las clausulas administrativas particulares del servicio de contratacion del servicio de limpiezarecogidatransporte de residuos de la zona centro dependientes de la entidad publica Portos Galicia - Defiende consiguientemente que si el Pliego de clausulas administrativas establece que el contrato se regira por lo dispuesto en el propio Pliego en el Cuadro de Caracteristicas del contrato y en el pliego de prescripciones tecnicas donde se establecio expresamente que la determinacion de las condiciones retributivas del personal se ajustaran a las normas laborales vigentes y aplicables no asi a las normas laborales tenidas en cuenta para fijar el precio de mercado del contrato indicadas unica y exclusivamente a dichos fines y constatado que el ambito de aplicacion del convenio controvertido se aplicaba unicamente al personal del centro de Xove no incluido por tanto entre los centros de trabajo afectados por el conflicto (hecho probado tercero) a quienes se aplicaban los convenios colectivos de CESPA y GESECO la interpretacion realizada por la Sala de instancia es ajustada a derecho - Subraya en cualquier caso que la sentencia recurrida no contradice la doctrina de la sentencia de la propia Sala de 6 de junio de 2012 porque en aquel supuesto no constaba la clausula del apartado 29 del Cuadro de Caracteristicas del Contrato

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LIBERTAD SINDICAL STS 10062020

ir al texto Roj STS 19772020 - ECLI ESTS20201977 No de Recurso 482019 No de Resolucion 4292020 Ponente CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA Resumen Libertad sindical Falta de legitimacioacuten de un afiliado para anular un Congreso eleccion y correlativa revocacion no lo es mediante la participacion directa y universal de los afiliados de manera que tampoco cabra atribuir la legitimacion postulada en la actual demanda para desde una posicion exclusivamente individual anular el congreso en el que no se ha sido delegado ni ostentado cargo de direccion o responsabilidad alguna en la estructura del sindicato (hecho conforme recogido en el HP 1o) De otro modo no cabe afirmar que el actor ostente un derecho subjetivo o el interes legitimo para ejercitar la accion formulada que requiere aquel art 17 LRJS

MODIFICACIOacuteN SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE TRABAJO STS 11062020

ir al texto Roj STS 19782020 - ECLI ESTS20201978 No de Recurso 1682019 No de Resolucion 4372020 Procedimiento Recurso de casacion Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen MSCT se estima la pretension de la empresa de que la fijacion de los objetivos necesarios para la obtencion de la retribucion variable asi como la determinacion del peso de los mismos ya sean de empresa de unidad de gestion o individuales corresponde propiamente a la empresa porque asi lo dispone el convenio colectivo y la propia practica empresarial que ha sido pacifica durante muchos anos - Consiguientemente la variacion del peso de los objetivos para 2019 no constituyo una modificacion sustancial de condiciones de trabajo especialmente porque las variaciones producidas son idoneas razonables y proporcionadas a la finalidad de la retribucion variable que permite a la empresa segun las circunstancias concurrentes primar unos objetivos u otros cada ano -

PERSONAL LABORAL ADMINISTRACIOacuteN PUacuteBLICA STS 10062020

ir al texto Roj STS 19812020 - ECLI ESTS20201981 No de Recurso 12352019 No de Resolucion 4202020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso

de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19722020 - ECLI ESTS20201972 No de Recurso 2342018 No de Resolucion 4272020 Ponente ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO Resumen Personal Laboral de la Administracion Publica Se desestima la pretension que afecta a la totalidad del personal laboral que presta sus servicios en la Agencia Madrilena de Atencion Social (AMAS) sucesora del Servicio Regional de Bienestar Social (SRBS) dependiente de la Consejeria de Politicas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid (CAM) consistente en que se declare el derecho del personal afectado al disfrute como permiso retribuido y no recuperable de seis dias correspondientes al ano 2016 subsumiendose como dias de trabajo efectivo realizado

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19792020 - ECLI ESTS20201979 No de Recurso 42712018 No de Resolucion 4172020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19822020 - ECLI ESTS20201982 No de Recurso 38692018 No de Resolucion 4162020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente

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seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19852020 - ECLI ESTS20201985 No de Recurso 35452018 No de Resolucion 4142020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19652020 - ECLI ESTS20201965 No de Recurso 31992018 No de Resolucion 4342020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19612020 - ECLI ESTS20201961 No de Recurso 37092018 No de Resolucion 4312020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19832020 - ECLI ESTS20201983 No de Recurso 34912018 No de Resolucion 4412020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19882020 - ECLI ESTS20201988 No de Recurso 48412018 No de Resolucion 4422020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ

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Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19582020 - ECLI ESTS20201958 No de Recurso 35622018 No de Resolucion 4462020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19892020 - ECLI ESTS20201989 No de Recurso 22252018 No de Resolucion 4482020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19862020 - ECLI ESTS20201986 No de Recurso 6592019 No de Resolucion 4512020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo

Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19602020 - ECLI ESTS20201960 No de Recurso 50202018 No de Resolucion 4502020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19712020 - ECLI ESTS20201971 No de Recurso 35732018 No de Resolucion 4472020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 16062020

ir al texto Roj STS 20122020 - ECLI ESTS20202012 No de Recurso 36212017 No de Resolucion 4592020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

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RECURSO DE SUPLICACIOacuteN STS 10062020

ir al texto Roj STS 20102020 - ECLI ESTS20202010 No de Recurso 18932017 No de Resolucion 4282020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Recurso de suplicacion falta de acceso a recurso de suplicacion por razon de cuantia de un recurso en que cuestion objeto del recurso es la de determinar si la trabajadora tiene derecho a percibir la cantidad de 4950 euros a la que se circunscribe la demanda por la puntual realizacion de un exceso de jornada de 305 horas en la anualidad de 2015

STS 23062020

IR AL TEXTO Roj STS 20032020 - ECLI ESTS20202003 No de Recurso 2292018 No de Resolucion 4922020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Recurso de suplicacion es valida la modificacion de los hechos probados realizada en suplicacion con base en los hechos probados en otra sentencia dictada en otro procedimiento que se incorporo a los autos con el recurso de suplicacion con arreglo a lo dispuesto en el art 233 LRJS - SI EL art 233 LRJS admite la inclusion de sentencias firmes cuando resulten decisivas para la resolucion del recurso de suplicacion o de casacion habiendose admitido incluso en casacion unificadora siempre que se cumplan los requisitos expuestos es patente que dicha inclusion no seria inteligible si no fuera viable para la revision de los hechos probados de la sentencia recurrida

REVISIOacuteN DE SENTENCIAS FIRMES STS 18062020

ir al texto Roj STS 19922020 - ECLI ESTS20201992 No de Recurso 252019 No de Resolucion 4872020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Revision de sentencias firmes desestimacion falta de agotamiento de los recursos jurisdiccionales La la sentencia cuestionada se notifico al letrado del senor Luis Antonio el 3 de abril de 2018 en cuyo pie de recurso se le advirtio que podia anunciar contra la misma recurso de suplicacion donde pudo hacer valer las supuestas irregularidades que denuncia extemporaneamente ahora - No habiendose hecho asi la sentencia devino firme el 7 de junio de 2018 lo que impide admitir como defiende el Ministerio Fiscal la demanda de revision puesto que lo impide expresamente el art 2361 LRJS al no haber agotado previamente los recursos jurisdiccionales que la ley preve para que la sentencia pueda considerarse firme como hemos manifestado en multiples sentencias entre otras STS 3102018 rec 302017

Tribunal de Justicia de la Unioacuten Europea PROTECCION DE DATOS PERSONALES STJUE 09072020

IR AL TEXTO laquoProcedimiento prejudicial mdash Artiacuteculo 267 TFUE mdash Concepto de ldquoorgano jurisdiccionalrdquo mdash Proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales mdash Reglamento (UE) 2016679 mdash Aacutembito de aplicacioacuten mdash Artiacuteculo 2 apartado 2 letra a) mdash Concepto de ldquoactividad no comprendida en el ambito de aplicacioacuten del Derecho de la Unioacutenrdquo mdash Artiacuteculo 4 punto 7 mdash Concepto de ldquoresponsable del tratamientordquo mdash Comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro mdash Artiacuteculo 15 mdash Derecho de acceso del interesadoraquo En el asunto C-27219 que tiene por objeto una peticioacuten de decisioacuten prejudicial planteada con arreglo al artiacuteculo 267 TFUE por el Verwaltungsgericht Minden (Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Wiesbaden Alemania) mediante resolucioacuten de 27 de marzo de 2019 recibida en el Tribunal de Justicia el 1 de abril de 2019 en el procedimiento entre VQ y Land Hessen el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara El artiacuteculo 4 punto 7 del Reglamento (UE) 2016679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulacioacuten de estos datos y por el que se deroga la Directiva 9546CE (Reglamento general de proteccioacuten de datos) debe interpretarse en el sentido de que en la medida en que una comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro determina sola o junto con otros los fines y los medios del tratamiento esa comisioacuten debe calificarse de laquoresponsable del tratamientoraquo a efectos de dicha disposicioacuten de modo que el tratamiento de datos personales efectuado por la mencionada comisioacuten estaacute comprendido en el aacutembito de aplicacioacuten de dicho Reglamento en particular de su artiacuteculo 15

Tribunal Europeo de Derechos Humanos DERECHO A LA VIDA PRIVADA STEDH 09072020

ir al texto Art 8 bull Respeto por la vida privada bull Negativa injustificada a otorgarle a un transexual su reasignacioacuten de sexo en el registro del estado civil a pesar de que su identidad fiacutesica y social y familiar se modifico durante mucho tiempo bull Marco legal que permite examinar en esencia el solicitud de conversioacuten sexual incluso en ausencia de un procedimiento especifico a este respecto bull No hay violacion de la integridad fisica del demandante debido al hecho de que no puede realizar una cirugiacutea sin un reconocimiento previo de su conversion sexual por decision judicial bull Preservacion del principio de indisponibilidad del estado de las personas la fiabilidad y la coherencia del estado civil que justifica el establecimiento de procedimientos rigurosos para verificar las motivaciones profundas de una solicitud de cambio legal de identidad bull Falta de razonamiento de los tribunales en cuanto a la naturaleza exacta del intereacutes general que justifica la negativa y el

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equilibrio de este intereacutes con el derecho del demandante para el reconocimiento de su identidad sexual bull Recomendaciones emitidas por organismos internacionales sobre medidas para permitir el cambio de nombre y sexo en documentos oficiales de manera raacutepida transparente y accesible

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ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO

OIT NEWS La COVID-19 y el sector mariacutetimo

La OIT celebra el acuerdo sobre los derechos de la gente de mar frente a la COVID-19

Con cientos de miles de marinos varados en el mar debido a la pandemia un nuevo acuerdo

internacional los reconoce como trabajadores esenciales que deben ser protegidos IR AL TEXTO

Page 2: NÚMERO: 162 (Año III) FECHA: 11/07/2020 ACCEDE AL BLOG DE ... · 2 Recurso de amparo 4744-2018. Promovido por doña Vicenta Sousa Rodríguez respecto de las resoluciones dictadas

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Recurso de amparo 4744-2018 Promovido por dontildea Vicenta Sousa Rodriacuteguez respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia e instruccioacuten de Amposta en procedimiento de ejecucioacuten hipotecaria Vulneracioacuten del derecho a la tutela judicial sin indefensioacuten diligencia de ordenacioacuten emitida por el letrado de la administracioacuten de justicia que resuelve cuestiones de la exclusiva competencia del juez (STC 2082015)

STC 502020 de 15 de junio

ir al texto Recurso de amparo 5545-2018 Promovido por Euroinversiones Inmobiliarias Costa Sur S L respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia e instruccioacuten de Lorca en procedimiento de ejecucioacuten hipotecaria Vulneracioacuten del derecho a la tutela judicial efectiva STC 402020 [inadecuada utilizacioacuten de la direccioacuten electroacutenica habilitada como cauce de comunicacioacuten del primer emplazamiento procesal (SSTC 62019 y 472019) e inadmisioacuten de la oposicioacuten a la ejecucioacuten resultante de la confusioacuten del deber de las personas juriacutedicas de relacionarse con la administracioacuten de justicia por medio de comunicaciones electroacutenicas con la regulacioacuten del primer emplazamiento en los procesos civiles]

STC 632020 de 15 de junio

ir al texto Recurso de amparo 1002-2019 Promovido por Seditex Global SL y Seditex Valladolid SL en relacioacuten con las resoluciones dictadas por un juzgado de lo social de Leoacuten en proceso por despido Vulneracioacuten del derecho a la tutela judicial sin indefensioacuten inadecuada utilizacioacuten de la direccioacuten electroacutenica habilitada como cauce de comunicacioacuten del primer emplazamiento de las entidades demandadas (STC 472019)

Tribunal Supremo CESIOacuteN ILEGAL STS 10062020

ir al texto Roj STS 19692020 - ECLI ESTS20201969 No de Recurso 2372018 No de Resolucion 4212020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Cesioacuten Ilegal Se revoca sancion impuesta por autoridad laboral de 187515 euros a la empresa demandante al apreciar la existencia de una situacion de cesion ilegal de trabajadores en la subcontratacion llevada a cabo por la misma con terceras empresas en los terminos que seguidamente analizaremos Inexistenica de cesion ilegal las tareas subcontratadas por la demandante no abarcan la totalidad de actividades que su vez le ha subcontratado Telefonica de Espana SU sino que se restringe a una parte singular y especifica de las mismas limitada a la atencion al cliente en la instalacion y mantenimiento de fibra optica en domicilios de

particulares sin afectar a la obra civil y tendido de lineas y cables que forman parte de la totalidad de aquella contrata Eso es precisamente lo que lleva a afirmar a la sentencia de instancia que existe una justificacion tecnica de la subcontrata para esa labor especifica En lo que atane a la aportacion de la infraestructura material y de los medios productivos necesarios para el desarrollo de la actividad la sentencia concluye motivadamente que la ejecucion de esos servicios no requiere de medios materiales especialmente complejos destaca seguidamente que los vehiculos utilizados por los trabajadores en sus desplazamientos son propiedad de las subcontratadas que el material a instalar en el domicilio de los clientes routers telefonos etces propiedad de Telefonica mientras que las herramientas y los demas materiales requeridos para ejecutar la instalacion (ropa de trabajo fusionadoras lapiz optico escaleras taladros etc) les han sido vendidos o alquilados por la empresa demandante descontando su importe de la facturacion de los servicios Es evidente que los aparatos que se instalan en los domicilios de los clientes- routers telefonos- deben ser de la empresa proveedora del servicio de fibra optica al que deben conectarse por lo que esa circunstancia no es relevante para valorar la existencia de cesion ilegal Por lo demas la ejecucion de ese servicio en el domicilio del cliente no exige maquinaria ni medios materiales especiales mas alla de las pequenas herramientas necesarias a tal efecto y de los vehiculos que hayan de utilizar los trabajadores en sus desplazamientos que ya se ha dicho que son propiedad de cada una de las empresas subcontratadas En cuanto a esas otras herramientas tecnicas es verdad que les son vendidas o alquiladas por la empresa demandante pero no solo no hay indicios ni elementos de prueba que permitan considerar que esos negocios juridicos de alquiler o compraventa puedan ser ficticios y simulados sino bien al contrario se ha declarado probado el pago por las empresas subcontratadas de la correspondiente contraprestacion En lo que se refiere al mantenimiento de las facultades organizativas y de direccion sobre la actividad de los trabajadores la sentencia concluye rotundamente que las empresas subcontratadas mantienen en su integridad ese cumulo de facultades que caracterizan el efectivo ejercicio del poder empresarial organizacion del trabajo gestion de turnos vacaciones jornada poder disciplinario etc sin que haya ningun elemento de juicio que permita considerar que la empresa principal intervenga de alguna manera en ese ambito Sobre este particular anade que el sistema de gestion para la ejecucion de los encargos resulta especialmente sencillo a traves de la aplicacion informatica de la que se descargan tras lo que cada empresa imparte las ordenes a sus trabajadores para su ejecucion asi como la circunstancia de que la empresa subcontratada es libre de aceptar o rechazar cada uno de tales encargos y de aceptarlo se ponia en contacto con el cliente para acudir a su domicilio a fin de realizar la instalacion o reparar la averia

CONFLICTO COLECTIVO STS 11062020 ir al texto No de Recurso 1562019 No de Resolucion 4402020 Ponente CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA

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Resumen Conflicto colectivo inadecuacioacuten de procedimiento tratandose de un sumatorio de reclamaciones individuales -que podrian dar lugar en su caso a una acumulacion- de un conflicto denominado plural y no colectivo resultaba inadecuada la modalidad procesal elegida por la parte actora y plenamente ajustada a derecho la estimacion de la excepcion que realiza la sentencia impugnada de manera motivada

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19962020 - ECLI ESTS20201996 No de Recurso 1672018 No de Resolucion 4492020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen conflicto colectivo no hay inadecuacioacuten de procedimiento porque se trata de un genuino conflicto colectivo El conflicto colectivo planteado afecta a todo el personal laboral temporal que cubre las situaciones de incapacidad temporal vacaciones y otras necesidades al servicio de la empresa unos 400 trabajadores aunque segun los momentos y necesidades puedan oscilar los que se encuentran en activo y que forman la lista de candidatos en reserva para puestos de trabajo de ITV (Tecnicos Inspectores y Administrativos) en todos los centros de trabajo de Andalucia 72 ITV

STS 15062020

ir al texto Roj STS 20112020 - ECLI ESTS20202011 No de Recurso 722019 No de Resolucion 4522020 n Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Conflicto colectivo legitimacion activa del sindicato la parte actora no ostenta legitimacion activa tal y como ha resuelto la Sala de instancia Senala que ya la propia parte actora reconoce que su implantacion a los efectos del presente proceso solo la ostenta en los centros de Malaga y Granada cuando su pretension se extiende tambien a los de Jaen y Almeria Con ello es evidente que no puede actuar en la condicion que pretende en este proceso Reitera doctrina SSTS de 9 de mayo de 2017 y 25 de octubre de 2018

CONVENIO COLECTIVO STS 11062020

ir al texto Roj STS 19572020 - ECLI ESTS20201957 No de Recurso 92019 No de Resolucion 4382020 Ponente ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER Resumen Convenio Colectivo Empresas Multiservicios Convenio aplicable Ante la ausencia de un convenio colectivo propio de la empresa multiservicio demandada las relaciones laborales quedaran reguladas por el convenio colectivo sectorial cuyo ambito

funcional comprenda la actividad que llevan a cabo los trabajadores en el marco de la contrata yal como ha quedado configurada en los hechos probados En efecto al hacerse de esta forma las condiciones laborales de los trabajadores que prestan servicios en los centros a que se refiere el presente conflicto se determinaran en funcion de la clase de trabajo prestado que es el parametro mas adecuado y objetivo frente al alternativo de la actividad preponderante de la empresa multiservicios en su conjunto que por un lado no se conoce y por otro aunque fuese conocido y otro diferente nada tendria que ver con la actividad realmente desempenada por los trabajadores En consecuencia el criterio que debemos aplicar para establecer el convenio de aplicacion es el de la real y verdadera actividad ejercida por los trabajadores en relacion a la prestacion de servicios por la empresa multiservicios a la empresa cliente Mas aun en un caso como el presente en el que la actividad que presta la demandad en el ambito del conflicto es una sola Con esta solucion se atiende a lo que dispone el convenio de referencia que esta penado precisamente para situaciones como la que contemplamos y ademas no se afecta a la competencia en el mercado de trabajo pues se establece una misma regulacion unitaria a todos los trabajadores que realizan el mismo trabajo con independencia de la configuracion juridica del sujeto empleador esto es de si se trata de una empresa especializada en la prestacion de un solo servicio o una empresa multiservicios

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19672020 - ECLI ESTS20201967 No de Recurso 1592019 No de Resolucion 4532020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Convenio colectivo desestimacion del recurso sobre convenio colectivo aplicable puesto que que se considera razonable la interpretacion efectuada en la instancia puesto que se basa en la interpretacion conjunta de todas las previsiones incorporadas en el pliego de las clausulas administrativas particulares del servicio de contratacion del servicio de limpiezarecogidatransporte de residuos de la zona centro dependientes de la entidad publica Portos Galicia - Defiende consiguientemente que si el Pliego de clausulas administrativas establece que el contrato se regira por lo dispuesto en el propio Pliego en el Cuadro de Caracteristicas del contrato y en el pliego de prescripciones tecnicas donde se establecio expresamente que la determinacion de las condiciones retributivas del personal se ajustaran a las normas laborales vigentes y aplicables no asi a las normas laborales tenidas en cuenta para fijar el precio de mercado del contrato indicadas unica y exclusivamente a dichos fines y constatado que el ambito de aplicacion del convenio controvertido se aplicaba unicamente al personal del centro de Xove no incluido por tanto entre los centros de trabajo afectados por el conflicto (hecho probado tercero) a quienes se aplicaban los convenios colectivos de CESPA y GESECO la interpretacion realizada por la Sala de instancia es ajustada a derecho - Subraya en cualquier caso que la sentencia recurrida no contradice la doctrina de la sentencia de la propia Sala de 6 de junio de 2012 porque en aquel supuesto no constaba la clausula del apartado 29 del Cuadro de Caracteristicas del Contrato

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LIBERTAD SINDICAL STS 10062020

ir al texto Roj STS 19772020 - ECLI ESTS20201977 No de Recurso 482019 No de Resolucion 4292020 Ponente CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA Resumen Libertad sindical Falta de legitimacioacuten de un afiliado para anular un Congreso eleccion y correlativa revocacion no lo es mediante la participacion directa y universal de los afiliados de manera que tampoco cabra atribuir la legitimacion postulada en la actual demanda para desde una posicion exclusivamente individual anular el congreso en el que no se ha sido delegado ni ostentado cargo de direccion o responsabilidad alguna en la estructura del sindicato (hecho conforme recogido en el HP 1o) De otro modo no cabe afirmar que el actor ostente un derecho subjetivo o el interes legitimo para ejercitar la accion formulada que requiere aquel art 17 LRJS

MODIFICACIOacuteN SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE TRABAJO STS 11062020

ir al texto Roj STS 19782020 - ECLI ESTS20201978 No de Recurso 1682019 No de Resolucion 4372020 Procedimiento Recurso de casacion Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen MSCT se estima la pretension de la empresa de que la fijacion de los objetivos necesarios para la obtencion de la retribucion variable asi como la determinacion del peso de los mismos ya sean de empresa de unidad de gestion o individuales corresponde propiamente a la empresa porque asi lo dispone el convenio colectivo y la propia practica empresarial que ha sido pacifica durante muchos anos - Consiguientemente la variacion del peso de los objetivos para 2019 no constituyo una modificacion sustancial de condiciones de trabajo especialmente porque las variaciones producidas son idoneas razonables y proporcionadas a la finalidad de la retribucion variable que permite a la empresa segun las circunstancias concurrentes primar unos objetivos u otros cada ano -

PERSONAL LABORAL ADMINISTRACIOacuteN PUacuteBLICA STS 10062020

ir al texto Roj STS 19812020 - ECLI ESTS20201981 No de Recurso 12352019 No de Resolucion 4202020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso

de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19722020 - ECLI ESTS20201972 No de Recurso 2342018 No de Resolucion 4272020 Ponente ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO Resumen Personal Laboral de la Administracion Publica Se desestima la pretension que afecta a la totalidad del personal laboral que presta sus servicios en la Agencia Madrilena de Atencion Social (AMAS) sucesora del Servicio Regional de Bienestar Social (SRBS) dependiente de la Consejeria de Politicas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid (CAM) consistente en que se declare el derecho del personal afectado al disfrute como permiso retribuido y no recuperable de seis dias correspondientes al ano 2016 subsumiendose como dias de trabajo efectivo realizado

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19792020 - ECLI ESTS20201979 No de Recurso 42712018 No de Resolucion 4172020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19822020 - ECLI ESTS20201982 No de Recurso 38692018 No de Resolucion 4162020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente

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seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19852020 - ECLI ESTS20201985 No de Recurso 35452018 No de Resolucion 4142020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19652020 - ECLI ESTS20201965 No de Recurso 31992018 No de Resolucion 4342020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19612020 - ECLI ESTS20201961 No de Recurso 37092018 No de Resolucion 4312020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19832020 - ECLI ESTS20201983 No de Recurso 34912018 No de Resolucion 4412020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19882020 - ECLI ESTS20201988 No de Recurso 48412018 No de Resolucion 4422020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ

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Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19582020 - ECLI ESTS20201958 No de Recurso 35622018 No de Resolucion 4462020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19892020 - ECLI ESTS20201989 No de Recurso 22252018 No de Resolucion 4482020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19862020 - ECLI ESTS20201986 No de Recurso 6592019 No de Resolucion 4512020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo

Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19602020 - ECLI ESTS20201960 No de Recurso 50202018 No de Resolucion 4502020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19712020 - ECLI ESTS20201971 No de Recurso 35732018 No de Resolucion 4472020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 16062020

ir al texto Roj STS 20122020 - ECLI ESTS20202012 No de Recurso 36212017 No de Resolucion 4592020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

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RECURSO DE SUPLICACIOacuteN STS 10062020

ir al texto Roj STS 20102020 - ECLI ESTS20202010 No de Recurso 18932017 No de Resolucion 4282020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Recurso de suplicacion falta de acceso a recurso de suplicacion por razon de cuantia de un recurso en que cuestion objeto del recurso es la de determinar si la trabajadora tiene derecho a percibir la cantidad de 4950 euros a la que se circunscribe la demanda por la puntual realizacion de un exceso de jornada de 305 horas en la anualidad de 2015

STS 23062020

IR AL TEXTO Roj STS 20032020 - ECLI ESTS20202003 No de Recurso 2292018 No de Resolucion 4922020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Recurso de suplicacion es valida la modificacion de los hechos probados realizada en suplicacion con base en los hechos probados en otra sentencia dictada en otro procedimiento que se incorporo a los autos con el recurso de suplicacion con arreglo a lo dispuesto en el art 233 LRJS - SI EL art 233 LRJS admite la inclusion de sentencias firmes cuando resulten decisivas para la resolucion del recurso de suplicacion o de casacion habiendose admitido incluso en casacion unificadora siempre que se cumplan los requisitos expuestos es patente que dicha inclusion no seria inteligible si no fuera viable para la revision de los hechos probados de la sentencia recurrida

REVISIOacuteN DE SENTENCIAS FIRMES STS 18062020

ir al texto Roj STS 19922020 - ECLI ESTS20201992 No de Recurso 252019 No de Resolucion 4872020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Revision de sentencias firmes desestimacion falta de agotamiento de los recursos jurisdiccionales La la sentencia cuestionada se notifico al letrado del senor Luis Antonio el 3 de abril de 2018 en cuyo pie de recurso se le advirtio que podia anunciar contra la misma recurso de suplicacion donde pudo hacer valer las supuestas irregularidades que denuncia extemporaneamente ahora - No habiendose hecho asi la sentencia devino firme el 7 de junio de 2018 lo que impide admitir como defiende el Ministerio Fiscal la demanda de revision puesto que lo impide expresamente el art 2361 LRJS al no haber agotado previamente los recursos jurisdiccionales que la ley preve para que la sentencia pueda considerarse firme como hemos manifestado en multiples sentencias entre otras STS 3102018 rec 302017

Tribunal de Justicia de la Unioacuten Europea PROTECCION DE DATOS PERSONALES STJUE 09072020

IR AL TEXTO laquoProcedimiento prejudicial mdash Artiacuteculo 267 TFUE mdash Concepto de ldquoorgano jurisdiccionalrdquo mdash Proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales mdash Reglamento (UE) 2016679 mdash Aacutembito de aplicacioacuten mdash Artiacuteculo 2 apartado 2 letra a) mdash Concepto de ldquoactividad no comprendida en el ambito de aplicacioacuten del Derecho de la Unioacutenrdquo mdash Artiacuteculo 4 punto 7 mdash Concepto de ldquoresponsable del tratamientordquo mdash Comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro mdash Artiacuteculo 15 mdash Derecho de acceso del interesadoraquo En el asunto C-27219 que tiene por objeto una peticioacuten de decisioacuten prejudicial planteada con arreglo al artiacuteculo 267 TFUE por el Verwaltungsgericht Minden (Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Wiesbaden Alemania) mediante resolucioacuten de 27 de marzo de 2019 recibida en el Tribunal de Justicia el 1 de abril de 2019 en el procedimiento entre VQ y Land Hessen el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara El artiacuteculo 4 punto 7 del Reglamento (UE) 2016679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulacioacuten de estos datos y por el que se deroga la Directiva 9546CE (Reglamento general de proteccioacuten de datos) debe interpretarse en el sentido de que en la medida en que una comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro determina sola o junto con otros los fines y los medios del tratamiento esa comisioacuten debe calificarse de laquoresponsable del tratamientoraquo a efectos de dicha disposicioacuten de modo que el tratamiento de datos personales efectuado por la mencionada comisioacuten estaacute comprendido en el aacutembito de aplicacioacuten de dicho Reglamento en particular de su artiacuteculo 15

Tribunal Europeo de Derechos Humanos DERECHO A LA VIDA PRIVADA STEDH 09072020

ir al texto Art 8 bull Respeto por la vida privada bull Negativa injustificada a otorgarle a un transexual su reasignacioacuten de sexo en el registro del estado civil a pesar de que su identidad fiacutesica y social y familiar se modifico durante mucho tiempo bull Marco legal que permite examinar en esencia el solicitud de conversioacuten sexual incluso en ausencia de un procedimiento especifico a este respecto bull No hay violacion de la integridad fisica del demandante debido al hecho de que no puede realizar una cirugiacutea sin un reconocimiento previo de su conversion sexual por decision judicial bull Preservacion del principio de indisponibilidad del estado de las personas la fiabilidad y la coherencia del estado civil que justifica el establecimiento de procedimientos rigurosos para verificar las motivaciones profundas de una solicitud de cambio legal de identidad bull Falta de razonamiento de los tribunales en cuanto a la naturaleza exacta del intereacutes general que justifica la negativa y el

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equilibrio de este intereacutes con el derecho del demandante para el reconocimiento de su identidad sexual bull Recomendaciones emitidas por organismos internacionales sobre medidas para permitir el cambio de nombre y sexo en documentos oficiales de manera raacutepida transparente y accesible

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ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO

OIT NEWS La COVID-19 y el sector mariacutetimo

La OIT celebra el acuerdo sobre los derechos de la gente de mar frente a la COVID-19

Con cientos de miles de marinos varados en el mar debido a la pandemia un nuevo acuerdo

internacional los reconoce como trabajadores esenciales que deben ser protegidos IR AL TEXTO

Page 3: NÚMERO: 162 (Año III) FECHA: 11/07/2020 ACCEDE AL BLOG DE ... · 2 Recurso de amparo 4744-2018. Promovido por doña Vicenta Sousa Rodríguez respecto de las resoluciones dictadas

particulares sin afectar a la obra civil y tendido de lineas y cables que forman parte de la totalidad de aquella contrata Eso es precisamente lo que lleva a afirmar a la sentencia de instancia que existe una justificacion tecnica de la subcontrata para esa labor especifica En lo que atane a la aportacion de la infraestructura material y de los medios productivos necesarios para el desarrollo de la actividad la sentencia concluye motivadamente que la ejecucion de esos servicios no requiere de medios materiales especialmente complejos destaca seguidamente que los vehiculos utilizados por los trabajadores en sus desplazamientos son propiedad de las subcontratadas que el material a instalar en el domicilio de los clientes routers telefonos etces propiedad de Telefonica mientras que las herramientas y los demas materiales requeridos para ejecutar la instalacion (ropa de trabajo fusionadoras lapiz optico escaleras taladros etc) les han sido vendidos o alquilados por la empresa demandante descontando su importe de la facturacion de los servicios Es evidente que los aparatos que se instalan en los domicilios de los clientes- routers telefonos- deben ser de la empresa proveedora del servicio de fibra optica al que deben conectarse por lo que esa circunstancia no es relevante para valorar la existencia de cesion ilegal Por lo demas la ejecucion de ese servicio en el domicilio del cliente no exige maquinaria ni medios materiales especiales mas alla de las pequenas herramientas necesarias a tal efecto y de los vehiculos que hayan de utilizar los trabajadores en sus desplazamientos que ya se ha dicho que son propiedad de cada una de las empresas subcontratadas En cuanto a esas otras herramientas tecnicas es verdad que les son vendidas o alquiladas por la empresa demandante pero no solo no hay indicios ni elementos de prueba que permitan considerar que esos negocios juridicos de alquiler o compraventa puedan ser ficticios y simulados sino bien al contrario se ha declarado probado el pago por las empresas subcontratadas de la correspondiente contraprestacion En lo que se refiere al mantenimiento de las facultades organizativas y de direccion sobre la actividad de los trabajadores la sentencia concluye rotundamente que las empresas subcontratadas mantienen en su integridad ese cumulo de facultades que caracterizan el efectivo ejercicio del poder empresarial organizacion del trabajo gestion de turnos vacaciones jornada poder disciplinario etc sin que haya ningun elemento de juicio que permita considerar que la empresa principal intervenga de alguna manera en ese ambito Sobre este particular anade que el sistema de gestion para la ejecucion de los encargos resulta especialmente sencillo a traves de la aplicacion informatica de la que se descargan tras lo que cada empresa imparte las ordenes a sus trabajadores para su ejecucion asi como la circunstancia de que la empresa subcontratada es libre de aceptar o rechazar cada uno de tales encargos y de aceptarlo se ponia en contacto con el cliente para acudir a su domicilio a fin de realizar la instalacion o reparar la averia

CONFLICTO COLECTIVO STS 11062020 ir al texto No de Recurso 1562019 No de Resolucion 4402020 Ponente CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA

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Resumen Conflicto colectivo inadecuacioacuten de procedimiento tratandose de un sumatorio de reclamaciones individuales -que podrian dar lugar en su caso a una acumulacion- de un conflicto denominado plural y no colectivo resultaba inadecuada la modalidad procesal elegida por la parte actora y plenamente ajustada a derecho la estimacion de la excepcion que realiza la sentencia impugnada de manera motivada

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19962020 - ECLI ESTS20201996 No de Recurso 1672018 No de Resolucion 4492020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen conflicto colectivo no hay inadecuacioacuten de procedimiento porque se trata de un genuino conflicto colectivo El conflicto colectivo planteado afecta a todo el personal laboral temporal que cubre las situaciones de incapacidad temporal vacaciones y otras necesidades al servicio de la empresa unos 400 trabajadores aunque segun los momentos y necesidades puedan oscilar los que se encuentran en activo y que forman la lista de candidatos en reserva para puestos de trabajo de ITV (Tecnicos Inspectores y Administrativos) en todos los centros de trabajo de Andalucia 72 ITV

STS 15062020

ir al texto Roj STS 20112020 - ECLI ESTS20202011 No de Recurso 722019 No de Resolucion 4522020 n Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Conflicto colectivo legitimacion activa del sindicato la parte actora no ostenta legitimacion activa tal y como ha resuelto la Sala de instancia Senala que ya la propia parte actora reconoce que su implantacion a los efectos del presente proceso solo la ostenta en los centros de Malaga y Granada cuando su pretension se extiende tambien a los de Jaen y Almeria Con ello es evidente que no puede actuar en la condicion que pretende en este proceso Reitera doctrina SSTS de 9 de mayo de 2017 y 25 de octubre de 2018

CONVENIO COLECTIVO STS 11062020

ir al texto Roj STS 19572020 - ECLI ESTS20201957 No de Recurso 92019 No de Resolucion 4382020 Ponente ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER Resumen Convenio Colectivo Empresas Multiservicios Convenio aplicable Ante la ausencia de un convenio colectivo propio de la empresa multiservicio demandada las relaciones laborales quedaran reguladas por el convenio colectivo sectorial cuyo ambito

funcional comprenda la actividad que llevan a cabo los trabajadores en el marco de la contrata yal como ha quedado configurada en los hechos probados En efecto al hacerse de esta forma las condiciones laborales de los trabajadores que prestan servicios en los centros a que se refiere el presente conflicto se determinaran en funcion de la clase de trabajo prestado que es el parametro mas adecuado y objetivo frente al alternativo de la actividad preponderante de la empresa multiservicios en su conjunto que por un lado no se conoce y por otro aunque fuese conocido y otro diferente nada tendria que ver con la actividad realmente desempenada por los trabajadores En consecuencia el criterio que debemos aplicar para establecer el convenio de aplicacion es el de la real y verdadera actividad ejercida por los trabajadores en relacion a la prestacion de servicios por la empresa multiservicios a la empresa cliente Mas aun en un caso como el presente en el que la actividad que presta la demandad en el ambito del conflicto es una sola Con esta solucion se atiende a lo que dispone el convenio de referencia que esta penado precisamente para situaciones como la que contemplamos y ademas no se afecta a la competencia en el mercado de trabajo pues se establece una misma regulacion unitaria a todos los trabajadores que realizan el mismo trabajo con independencia de la configuracion juridica del sujeto empleador esto es de si se trata de una empresa especializada en la prestacion de un solo servicio o una empresa multiservicios

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19672020 - ECLI ESTS20201967 No de Recurso 1592019 No de Resolucion 4532020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Convenio colectivo desestimacion del recurso sobre convenio colectivo aplicable puesto que que se considera razonable la interpretacion efectuada en la instancia puesto que se basa en la interpretacion conjunta de todas las previsiones incorporadas en el pliego de las clausulas administrativas particulares del servicio de contratacion del servicio de limpiezarecogidatransporte de residuos de la zona centro dependientes de la entidad publica Portos Galicia - Defiende consiguientemente que si el Pliego de clausulas administrativas establece que el contrato se regira por lo dispuesto en el propio Pliego en el Cuadro de Caracteristicas del contrato y en el pliego de prescripciones tecnicas donde se establecio expresamente que la determinacion de las condiciones retributivas del personal se ajustaran a las normas laborales vigentes y aplicables no asi a las normas laborales tenidas en cuenta para fijar el precio de mercado del contrato indicadas unica y exclusivamente a dichos fines y constatado que el ambito de aplicacion del convenio controvertido se aplicaba unicamente al personal del centro de Xove no incluido por tanto entre los centros de trabajo afectados por el conflicto (hecho probado tercero) a quienes se aplicaban los convenios colectivos de CESPA y GESECO la interpretacion realizada por la Sala de instancia es ajustada a derecho - Subraya en cualquier caso que la sentencia recurrida no contradice la doctrina de la sentencia de la propia Sala de 6 de junio de 2012 porque en aquel supuesto no constaba la clausula del apartado 29 del Cuadro de Caracteristicas del Contrato

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LIBERTAD SINDICAL STS 10062020

ir al texto Roj STS 19772020 - ECLI ESTS20201977 No de Recurso 482019 No de Resolucion 4292020 Ponente CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA Resumen Libertad sindical Falta de legitimacioacuten de un afiliado para anular un Congreso eleccion y correlativa revocacion no lo es mediante la participacion directa y universal de los afiliados de manera que tampoco cabra atribuir la legitimacion postulada en la actual demanda para desde una posicion exclusivamente individual anular el congreso en el que no se ha sido delegado ni ostentado cargo de direccion o responsabilidad alguna en la estructura del sindicato (hecho conforme recogido en el HP 1o) De otro modo no cabe afirmar que el actor ostente un derecho subjetivo o el interes legitimo para ejercitar la accion formulada que requiere aquel art 17 LRJS

MODIFICACIOacuteN SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE TRABAJO STS 11062020

ir al texto Roj STS 19782020 - ECLI ESTS20201978 No de Recurso 1682019 No de Resolucion 4372020 Procedimiento Recurso de casacion Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen MSCT se estima la pretension de la empresa de que la fijacion de los objetivos necesarios para la obtencion de la retribucion variable asi como la determinacion del peso de los mismos ya sean de empresa de unidad de gestion o individuales corresponde propiamente a la empresa porque asi lo dispone el convenio colectivo y la propia practica empresarial que ha sido pacifica durante muchos anos - Consiguientemente la variacion del peso de los objetivos para 2019 no constituyo una modificacion sustancial de condiciones de trabajo especialmente porque las variaciones producidas son idoneas razonables y proporcionadas a la finalidad de la retribucion variable que permite a la empresa segun las circunstancias concurrentes primar unos objetivos u otros cada ano -

PERSONAL LABORAL ADMINISTRACIOacuteN PUacuteBLICA STS 10062020

ir al texto Roj STS 19812020 - ECLI ESTS20201981 No de Recurso 12352019 No de Resolucion 4202020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso

de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19722020 - ECLI ESTS20201972 No de Recurso 2342018 No de Resolucion 4272020 Ponente ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO Resumen Personal Laboral de la Administracion Publica Se desestima la pretension que afecta a la totalidad del personal laboral que presta sus servicios en la Agencia Madrilena de Atencion Social (AMAS) sucesora del Servicio Regional de Bienestar Social (SRBS) dependiente de la Consejeria de Politicas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid (CAM) consistente en que se declare el derecho del personal afectado al disfrute como permiso retribuido y no recuperable de seis dias correspondientes al ano 2016 subsumiendose como dias de trabajo efectivo realizado

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19792020 - ECLI ESTS20201979 No de Recurso 42712018 No de Resolucion 4172020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19822020 - ECLI ESTS20201982 No de Recurso 38692018 No de Resolucion 4162020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente

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seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19852020 - ECLI ESTS20201985 No de Recurso 35452018 No de Resolucion 4142020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19652020 - ECLI ESTS20201965 No de Recurso 31992018 No de Resolucion 4342020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19612020 - ECLI ESTS20201961 No de Recurso 37092018 No de Resolucion 4312020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19832020 - ECLI ESTS20201983 No de Recurso 34912018 No de Resolucion 4412020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19882020 - ECLI ESTS20201988 No de Recurso 48412018 No de Resolucion 4422020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ

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Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19582020 - ECLI ESTS20201958 No de Recurso 35622018 No de Resolucion 4462020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19892020 - ECLI ESTS20201989 No de Recurso 22252018 No de Resolucion 4482020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19862020 - ECLI ESTS20201986 No de Recurso 6592019 No de Resolucion 4512020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo

Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19602020 - ECLI ESTS20201960 No de Recurso 50202018 No de Resolucion 4502020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19712020 - ECLI ESTS20201971 No de Recurso 35732018 No de Resolucion 4472020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 16062020

ir al texto Roj STS 20122020 - ECLI ESTS20202012 No de Recurso 36212017 No de Resolucion 4592020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

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RECURSO DE SUPLICACIOacuteN STS 10062020

ir al texto Roj STS 20102020 - ECLI ESTS20202010 No de Recurso 18932017 No de Resolucion 4282020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Recurso de suplicacion falta de acceso a recurso de suplicacion por razon de cuantia de un recurso en que cuestion objeto del recurso es la de determinar si la trabajadora tiene derecho a percibir la cantidad de 4950 euros a la que se circunscribe la demanda por la puntual realizacion de un exceso de jornada de 305 horas en la anualidad de 2015

STS 23062020

IR AL TEXTO Roj STS 20032020 - ECLI ESTS20202003 No de Recurso 2292018 No de Resolucion 4922020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Recurso de suplicacion es valida la modificacion de los hechos probados realizada en suplicacion con base en los hechos probados en otra sentencia dictada en otro procedimiento que se incorporo a los autos con el recurso de suplicacion con arreglo a lo dispuesto en el art 233 LRJS - SI EL art 233 LRJS admite la inclusion de sentencias firmes cuando resulten decisivas para la resolucion del recurso de suplicacion o de casacion habiendose admitido incluso en casacion unificadora siempre que se cumplan los requisitos expuestos es patente que dicha inclusion no seria inteligible si no fuera viable para la revision de los hechos probados de la sentencia recurrida

REVISIOacuteN DE SENTENCIAS FIRMES STS 18062020

ir al texto Roj STS 19922020 - ECLI ESTS20201992 No de Recurso 252019 No de Resolucion 4872020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Revision de sentencias firmes desestimacion falta de agotamiento de los recursos jurisdiccionales La la sentencia cuestionada se notifico al letrado del senor Luis Antonio el 3 de abril de 2018 en cuyo pie de recurso se le advirtio que podia anunciar contra la misma recurso de suplicacion donde pudo hacer valer las supuestas irregularidades que denuncia extemporaneamente ahora - No habiendose hecho asi la sentencia devino firme el 7 de junio de 2018 lo que impide admitir como defiende el Ministerio Fiscal la demanda de revision puesto que lo impide expresamente el art 2361 LRJS al no haber agotado previamente los recursos jurisdiccionales que la ley preve para que la sentencia pueda considerarse firme como hemos manifestado en multiples sentencias entre otras STS 3102018 rec 302017

Tribunal de Justicia de la Unioacuten Europea PROTECCION DE DATOS PERSONALES STJUE 09072020

IR AL TEXTO laquoProcedimiento prejudicial mdash Artiacuteculo 267 TFUE mdash Concepto de ldquoorgano jurisdiccionalrdquo mdash Proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales mdash Reglamento (UE) 2016679 mdash Aacutembito de aplicacioacuten mdash Artiacuteculo 2 apartado 2 letra a) mdash Concepto de ldquoactividad no comprendida en el ambito de aplicacioacuten del Derecho de la Unioacutenrdquo mdash Artiacuteculo 4 punto 7 mdash Concepto de ldquoresponsable del tratamientordquo mdash Comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro mdash Artiacuteculo 15 mdash Derecho de acceso del interesadoraquo En el asunto C-27219 que tiene por objeto una peticioacuten de decisioacuten prejudicial planteada con arreglo al artiacuteculo 267 TFUE por el Verwaltungsgericht Minden (Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Wiesbaden Alemania) mediante resolucioacuten de 27 de marzo de 2019 recibida en el Tribunal de Justicia el 1 de abril de 2019 en el procedimiento entre VQ y Land Hessen el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara El artiacuteculo 4 punto 7 del Reglamento (UE) 2016679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulacioacuten de estos datos y por el que se deroga la Directiva 9546CE (Reglamento general de proteccioacuten de datos) debe interpretarse en el sentido de que en la medida en que una comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro determina sola o junto con otros los fines y los medios del tratamiento esa comisioacuten debe calificarse de laquoresponsable del tratamientoraquo a efectos de dicha disposicioacuten de modo que el tratamiento de datos personales efectuado por la mencionada comisioacuten estaacute comprendido en el aacutembito de aplicacioacuten de dicho Reglamento en particular de su artiacuteculo 15

Tribunal Europeo de Derechos Humanos DERECHO A LA VIDA PRIVADA STEDH 09072020

ir al texto Art 8 bull Respeto por la vida privada bull Negativa injustificada a otorgarle a un transexual su reasignacioacuten de sexo en el registro del estado civil a pesar de que su identidad fiacutesica y social y familiar se modifico durante mucho tiempo bull Marco legal que permite examinar en esencia el solicitud de conversioacuten sexual incluso en ausencia de un procedimiento especifico a este respecto bull No hay violacion de la integridad fisica del demandante debido al hecho de que no puede realizar una cirugiacutea sin un reconocimiento previo de su conversion sexual por decision judicial bull Preservacion del principio de indisponibilidad del estado de las personas la fiabilidad y la coherencia del estado civil que justifica el establecimiento de procedimientos rigurosos para verificar las motivaciones profundas de una solicitud de cambio legal de identidad bull Falta de razonamiento de los tribunales en cuanto a la naturaleza exacta del intereacutes general que justifica la negativa y el

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equilibrio de este intereacutes con el derecho del demandante para el reconocimiento de su identidad sexual bull Recomendaciones emitidas por organismos internacionales sobre medidas para permitir el cambio de nombre y sexo en documentos oficiales de manera raacutepida transparente y accesible

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ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO

OIT NEWS La COVID-19 y el sector mariacutetimo

La OIT celebra el acuerdo sobre los derechos de la gente de mar frente a la COVID-19

Con cientos de miles de marinos varados en el mar debido a la pandemia un nuevo acuerdo

internacional los reconoce como trabajadores esenciales que deben ser protegidos IR AL TEXTO

Page 4: NÚMERO: 162 (Año III) FECHA: 11/07/2020 ACCEDE AL BLOG DE ... · 2 Recurso de amparo 4744-2018. Promovido por doña Vicenta Sousa Rodríguez respecto de las resoluciones dictadas

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Resumen Conflicto colectivo inadecuacioacuten de procedimiento tratandose de un sumatorio de reclamaciones individuales -que podrian dar lugar en su caso a una acumulacion- de un conflicto denominado plural y no colectivo resultaba inadecuada la modalidad procesal elegida por la parte actora y plenamente ajustada a derecho la estimacion de la excepcion que realiza la sentencia impugnada de manera motivada

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19962020 - ECLI ESTS20201996 No de Recurso 1672018 No de Resolucion 4492020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen conflicto colectivo no hay inadecuacioacuten de procedimiento porque se trata de un genuino conflicto colectivo El conflicto colectivo planteado afecta a todo el personal laboral temporal que cubre las situaciones de incapacidad temporal vacaciones y otras necesidades al servicio de la empresa unos 400 trabajadores aunque segun los momentos y necesidades puedan oscilar los que se encuentran en activo y que forman la lista de candidatos en reserva para puestos de trabajo de ITV (Tecnicos Inspectores y Administrativos) en todos los centros de trabajo de Andalucia 72 ITV

STS 15062020

ir al texto Roj STS 20112020 - ECLI ESTS20202011 No de Recurso 722019 No de Resolucion 4522020 n Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Conflicto colectivo legitimacion activa del sindicato la parte actora no ostenta legitimacion activa tal y como ha resuelto la Sala de instancia Senala que ya la propia parte actora reconoce que su implantacion a los efectos del presente proceso solo la ostenta en los centros de Malaga y Granada cuando su pretension se extiende tambien a los de Jaen y Almeria Con ello es evidente que no puede actuar en la condicion que pretende en este proceso Reitera doctrina SSTS de 9 de mayo de 2017 y 25 de octubre de 2018

CONVENIO COLECTIVO STS 11062020

ir al texto Roj STS 19572020 - ECLI ESTS20201957 No de Recurso 92019 No de Resolucion 4382020 Ponente ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER Resumen Convenio Colectivo Empresas Multiservicios Convenio aplicable Ante la ausencia de un convenio colectivo propio de la empresa multiservicio demandada las relaciones laborales quedaran reguladas por el convenio colectivo sectorial cuyo ambito

funcional comprenda la actividad que llevan a cabo los trabajadores en el marco de la contrata yal como ha quedado configurada en los hechos probados En efecto al hacerse de esta forma las condiciones laborales de los trabajadores que prestan servicios en los centros a que se refiere el presente conflicto se determinaran en funcion de la clase de trabajo prestado que es el parametro mas adecuado y objetivo frente al alternativo de la actividad preponderante de la empresa multiservicios en su conjunto que por un lado no se conoce y por otro aunque fuese conocido y otro diferente nada tendria que ver con la actividad realmente desempenada por los trabajadores En consecuencia el criterio que debemos aplicar para establecer el convenio de aplicacion es el de la real y verdadera actividad ejercida por los trabajadores en relacion a la prestacion de servicios por la empresa multiservicios a la empresa cliente Mas aun en un caso como el presente en el que la actividad que presta la demandad en el ambito del conflicto es una sola Con esta solucion se atiende a lo que dispone el convenio de referencia que esta penado precisamente para situaciones como la que contemplamos y ademas no se afecta a la competencia en el mercado de trabajo pues se establece una misma regulacion unitaria a todos los trabajadores que realizan el mismo trabajo con independencia de la configuracion juridica del sujeto empleador esto es de si se trata de una empresa especializada en la prestacion de un solo servicio o una empresa multiservicios

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19672020 - ECLI ESTS20201967 No de Recurso 1592019 No de Resolucion 4532020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Convenio colectivo desestimacion del recurso sobre convenio colectivo aplicable puesto que que se considera razonable la interpretacion efectuada en la instancia puesto que se basa en la interpretacion conjunta de todas las previsiones incorporadas en el pliego de las clausulas administrativas particulares del servicio de contratacion del servicio de limpiezarecogidatransporte de residuos de la zona centro dependientes de la entidad publica Portos Galicia - Defiende consiguientemente que si el Pliego de clausulas administrativas establece que el contrato se regira por lo dispuesto en el propio Pliego en el Cuadro de Caracteristicas del contrato y en el pliego de prescripciones tecnicas donde se establecio expresamente que la determinacion de las condiciones retributivas del personal se ajustaran a las normas laborales vigentes y aplicables no asi a las normas laborales tenidas en cuenta para fijar el precio de mercado del contrato indicadas unica y exclusivamente a dichos fines y constatado que el ambito de aplicacion del convenio controvertido se aplicaba unicamente al personal del centro de Xove no incluido por tanto entre los centros de trabajo afectados por el conflicto (hecho probado tercero) a quienes se aplicaban los convenios colectivos de CESPA y GESECO la interpretacion realizada por la Sala de instancia es ajustada a derecho - Subraya en cualquier caso que la sentencia recurrida no contradice la doctrina de la sentencia de la propia Sala de 6 de junio de 2012 porque en aquel supuesto no constaba la clausula del apartado 29 del Cuadro de Caracteristicas del Contrato

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LIBERTAD SINDICAL STS 10062020

ir al texto Roj STS 19772020 - ECLI ESTS20201977 No de Recurso 482019 No de Resolucion 4292020 Ponente CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA Resumen Libertad sindical Falta de legitimacioacuten de un afiliado para anular un Congreso eleccion y correlativa revocacion no lo es mediante la participacion directa y universal de los afiliados de manera que tampoco cabra atribuir la legitimacion postulada en la actual demanda para desde una posicion exclusivamente individual anular el congreso en el que no se ha sido delegado ni ostentado cargo de direccion o responsabilidad alguna en la estructura del sindicato (hecho conforme recogido en el HP 1o) De otro modo no cabe afirmar que el actor ostente un derecho subjetivo o el interes legitimo para ejercitar la accion formulada que requiere aquel art 17 LRJS

MODIFICACIOacuteN SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE TRABAJO STS 11062020

ir al texto Roj STS 19782020 - ECLI ESTS20201978 No de Recurso 1682019 No de Resolucion 4372020 Procedimiento Recurso de casacion Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen MSCT se estima la pretension de la empresa de que la fijacion de los objetivos necesarios para la obtencion de la retribucion variable asi como la determinacion del peso de los mismos ya sean de empresa de unidad de gestion o individuales corresponde propiamente a la empresa porque asi lo dispone el convenio colectivo y la propia practica empresarial que ha sido pacifica durante muchos anos - Consiguientemente la variacion del peso de los objetivos para 2019 no constituyo una modificacion sustancial de condiciones de trabajo especialmente porque las variaciones producidas son idoneas razonables y proporcionadas a la finalidad de la retribucion variable que permite a la empresa segun las circunstancias concurrentes primar unos objetivos u otros cada ano -

PERSONAL LABORAL ADMINISTRACIOacuteN PUacuteBLICA STS 10062020

ir al texto Roj STS 19812020 - ECLI ESTS20201981 No de Recurso 12352019 No de Resolucion 4202020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso

de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19722020 - ECLI ESTS20201972 No de Recurso 2342018 No de Resolucion 4272020 Ponente ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO Resumen Personal Laboral de la Administracion Publica Se desestima la pretension que afecta a la totalidad del personal laboral que presta sus servicios en la Agencia Madrilena de Atencion Social (AMAS) sucesora del Servicio Regional de Bienestar Social (SRBS) dependiente de la Consejeria de Politicas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid (CAM) consistente en que se declare el derecho del personal afectado al disfrute como permiso retribuido y no recuperable de seis dias correspondientes al ano 2016 subsumiendose como dias de trabajo efectivo realizado

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19792020 - ECLI ESTS20201979 No de Recurso 42712018 No de Resolucion 4172020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19822020 - ECLI ESTS20201982 No de Recurso 38692018 No de Resolucion 4162020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente

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seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19852020 - ECLI ESTS20201985 No de Recurso 35452018 No de Resolucion 4142020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19652020 - ECLI ESTS20201965 No de Recurso 31992018 No de Resolucion 4342020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19612020 - ECLI ESTS20201961 No de Recurso 37092018 No de Resolucion 4312020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19832020 - ECLI ESTS20201983 No de Recurso 34912018 No de Resolucion 4412020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19882020 - ECLI ESTS20201988 No de Recurso 48412018 No de Resolucion 4422020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ

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Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19582020 - ECLI ESTS20201958 No de Recurso 35622018 No de Resolucion 4462020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19892020 - ECLI ESTS20201989 No de Recurso 22252018 No de Resolucion 4482020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19862020 - ECLI ESTS20201986 No de Recurso 6592019 No de Resolucion 4512020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo

Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19602020 - ECLI ESTS20201960 No de Recurso 50202018 No de Resolucion 4502020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19712020 - ECLI ESTS20201971 No de Recurso 35732018 No de Resolucion 4472020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 16062020

ir al texto Roj STS 20122020 - ECLI ESTS20202012 No de Recurso 36212017 No de Resolucion 4592020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

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RECURSO DE SUPLICACIOacuteN STS 10062020

ir al texto Roj STS 20102020 - ECLI ESTS20202010 No de Recurso 18932017 No de Resolucion 4282020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Recurso de suplicacion falta de acceso a recurso de suplicacion por razon de cuantia de un recurso en que cuestion objeto del recurso es la de determinar si la trabajadora tiene derecho a percibir la cantidad de 4950 euros a la que se circunscribe la demanda por la puntual realizacion de un exceso de jornada de 305 horas en la anualidad de 2015

STS 23062020

IR AL TEXTO Roj STS 20032020 - ECLI ESTS20202003 No de Recurso 2292018 No de Resolucion 4922020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Recurso de suplicacion es valida la modificacion de los hechos probados realizada en suplicacion con base en los hechos probados en otra sentencia dictada en otro procedimiento que se incorporo a los autos con el recurso de suplicacion con arreglo a lo dispuesto en el art 233 LRJS - SI EL art 233 LRJS admite la inclusion de sentencias firmes cuando resulten decisivas para la resolucion del recurso de suplicacion o de casacion habiendose admitido incluso en casacion unificadora siempre que se cumplan los requisitos expuestos es patente que dicha inclusion no seria inteligible si no fuera viable para la revision de los hechos probados de la sentencia recurrida

REVISIOacuteN DE SENTENCIAS FIRMES STS 18062020

ir al texto Roj STS 19922020 - ECLI ESTS20201992 No de Recurso 252019 No de Resolucion 4872020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Revision de sentencias firmes desestimacion falta de agotamiento de los recursos jurisdiccionales La la sentencia cuestionada se notifico al letrado del senor Luis Antonio el 3 de abril de 2018 en cuyo pie de recurso se le advirtio que podia anunciar contra la misma recurso de suplicacion donde pudo hacer valer las supuestas irregularidades que denuncia extemporaneamente ahora - No habiendose hecho asi la sentencia devino firme el 7 de junio de 2018 lo que impide admitir como defiende el Ministerio Fiscal la demanda de revision puesto que lo impide expresamente el art 2361 LRJS al no haber agotado previamente los recursos jurisdiccionales que la ley preve para que la sentencia pueda considerarse firme como hemos manifestado en multiples sentencias entre otras STS 3102018 rec 302017

Tribunal de Justicia de la Unioacuten Europea PROTECCION DE DATOS PERSONALES STJUE 09072020

IR AL TEXTO laquoProcedimiento prejudicial mdash Artiacuteculo 267 TFUE mdash Concepto de ldquoorgano jurisdiccionalrdquo mdash Proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales mdash Reglamento (UE) 2016679 mdash Aacutembito de aplicacioacuten mdash Artiacuteculo 2 apartado 2 letra a) mdash Concepto de ldquoactividad no comprendida en el ambito de aplicacioacuten del Derecho de la Unioacutenrdquo mdash Artiacuteculo 4 punto 7 mdash Concepto de ldquoresponsable del tratamientordquo mdash Comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro mdash Artiacuteculo 15 mdash Derecho de acceso del interesadoraquo En el asunto C-27219 que tiene por objeto una peticioacuten de decisioacuten prejudicial planteada con arreglo al artiacuteculo 267 TFUE por el Verwaltungsgericht Minden (Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Wiesbaden Alemania) mediante resolucioacuten de 27 de marzo de 2019 recibida en el Tribunal de Justicia el 1 de abril de 2019 en el procedimiento entre VQ y Land Hessen el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara El artiacuteculo 4 punto 7 del Reglamento (UE) 2016679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulacioacuten de estos datos y por el que se deroga la Directiva 9546CE (Reglamento general de proteccioacuten de datos) debe interpretarse en el sentido de que en la medida en que una comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro determina sola o junto con otros los fines y los medios del tratamiento esa comisioacuten debe calificarse de laquoresponsable del tratamientoraquo a efectos de dicha disposicioacuten de modo que el tratamiento de datos personales efectuado por la mencionada comisioacuten estaacute comprendido en el aacutembito de aplicacioacuten de dicho Reglamento en particular de su artiacuteculo 15

Tribunal Europeo de Derechos Humanos DERECHO A LA VIDA PRIVADA STEDH 09072020

ir al texto Art 8 bull Respeto por la vida privada bull Negativa injustificada a otorgarle a un transexual su reasignacioacuten de sexo en el registro del estado civil a pesar de que su identidad fiacutesica y social y familiar se modifico durante mucho tiempo bull Marco legal que permite examinar en esencia el solicitud de conversioacuten sexual incluso en ausencia de un procedimiento especifico a este respecto bull No hay violacion de la integridad fisica del demandante debido al hecho de que no puede realizar una cirugiacutea sin un reconocimiento previo de su conversion sexual por decision judicial bull Preservacion del principio de indisponibilidad del estado de las personas la fiabilidad y la coherencia del estado civil que justifica el establecimiento de procedimientos rigurosos para verificar las motivaciones profundas de una solicitud de cambio legal de identidad bull Falta de razonamiento de los tribunales en cuanto a la naturaleza exacta del intereacutes general que justifica la negativa y el

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equilibrio de este intereacutes con el derecho del demandante para el reconocimiento de su identidad sexual bull Recomendaciones emitidas por organismos internacionales sobre medidas para permitir el cambio de nombre y sexo en documentos oficiales de manera raacutepida transparente y accesible

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ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO

OIT NEWS La COVID-19 y el sector mariacutetimo

La OIT celebra el acuerdo sobre los derechos de la gente de mar frente a la COVID-19

Con cientos de miles de marinos varados en el mar debido a la pandemia un nuevo acuerdo

internacional los reconoce como trabajadores esenciales que deben ser protegidos IR AL TEXTO

Page 5: NÚMERO: 162 (Año III) FECHA: 11/07/2020 ACCEDE AL BLOG DE ... · 2 Recurso de amparo 4744-2018. Promovido por doña Vicenta Sousa Rodríguez respecto de las resoluciones dictadas

funcional comprenda la actividad que llevan a cabo los trabajadores en el marco de la contrata yal como ha quedado configurada en los hechos probados En efecto al hacerse de esta forma las condiciones laborales de los trabajadores que prestan servicios en los centros a que se refiere el presente conflicto se determinaran en funcion de la clase de trabajo prestado que es el parametro mas adecuado y objetivo frente al alternativo de la actividad preponderante de la empresa multiservicios en su conjunto que por un lado no se conoce y por otro aunque fuese conocido y otro diferente nada tendria que ver con la actividad realmente desempenada por los trabajadores En consecuencia el criterio que debemos aplicar para establecer el convenio de aplicacion es el de la real y verdadera actividad ejercida por los trabajadores en relacion a la prestacion de servicios por la empresa multiservicios a la empresa cliente Mas aun en un caso como el presente en el que la actividad que presta la demandad en el ambito del conflicto es una sola Con esta solucion se atiende a lo que dispone el convenio de referencia que esta penado precisamente para situaciones como la que contemplamos y ademas no se afecta a la competencia en el mercado de trabajo pues se establece una misma regulacion unitaria a todos los trabajadores que realizan el mismo trabajo con independencia de la configuracion juridica del sujeto empleador esto es de si se trata de una empresa especializada en la prestacion de un solo servicio o una empresa multiservicios

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19672020 - ECLI ESTS20201967 No de Recurso 1592019 No de Resolucion 4532020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Convenio colectivo desestimacion del recurso sobre convenio colectivo aplicable puesto que que se considera razonable la interpretacion efectuada en la instancia puesto que se basa en la interpretacion conjunta de todas las previsiones incorporadas en el pliego de las clausulas administrativas particulares del servicio de contratacion del servicio de limpiezarecogidatransporte de residuos de la zona centro dependientes de la entidad publica Portos Galicia - Defiende consiguientemente que si el Pliego de clausulas administrativas establece que el contrato se regira por lo dispuesto en el propio Pliego en el Cuadro de Caracteristicas del contrato y en el pliego de prescripciones tecnicas donde se establecio expresamente que la determinacion de las condiciones retributivas del personal se ajustaran a las normas laborales vigentes y aplicables no asi a las normas laborales tenidas en cuenta para fijar el precio de mercado del contrato indicadas unica y exclusivamente a dichos fines y constatado que el ambito de aplicacion del convenio controvertido se aplicaba unicamente al personal del centro de Xove no incluido por tanto entre los centros de trabajo afectados por el conflicto (hecho probado tercero) a quienes se aplicaban los convenios colectivos de CESPA y GESECO la interpretacion realizada por la Sala de instancia es ajustada a derecho - Subraya en cualquier caso que la sentencia recurrida no contradice la doctrina de la sentencia de la propia Sala de 6 de junio de 2012 porque en aquel supuesto no constaba la clausula del apartado 29 del Cuadro de Caracteristicas del Contrato

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LIBERTAD SINDICAL STS 10062020

ir al texto Roj STS 19772020 - ECLI ESTS20201977 No de Recurso 482019 No de Resolucion 4292020 Ponente CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA Resumen Libertad sindical Falta de legitimacioacuten de un afiliado para anular un Congreso eleccion y correlativa revocacion no lo es mediante la participacion directa y universal de los afiliados de manera que tampoco cabra atribuir la legitimacion postulada en la actual demanda para desde una posicion exclusivamente individual anular el congreso en el que no se ha sido delegado ni ostentado cargo de direccion o responsabilidad alguna en la estructura del sindicato (hecho conforme recogido en el HP 1o) De otro modo no cabe afirmar que el actor ostente un derecho subjetivo o el interes legitimo para ejercitar la accion formulada que requiere aquel art 17 LRJS

MODIFICACIOacuteN SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE TRABAJO STS 11062020

ir al texto Roj STS 19782020 - ECLI ESTS20201978 No de Recurso 1682019 No de Resolucion 4372020 Procedimiento Recurso de casacion Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen MSCT se estima la pretension de la empresa de que la fijacion de los objetivos necesarios para la obtencion de la retribucion variable asi como la determinacion del peso de los mismos ya sean de empresa de unidad de gestion o individuales corresponde propiamente a la empresa porque asi lo dispone el convenio colectivo y la propia practica empresarial que ha sido pacifica durante muchos anos - Consiguientemente la variacion del peso de los objetivos para 2019 no constituyo una modificacion sustancial de condiciones de trabajo especialmente porque las variaciones producidas son idoneas razonables y proporcionadas a la finalidad de la retribucion variable que permite a la empresa segun las circunstancias concurrentes primar unos objetivos u otros cada ano -

PERSONAL LABORAL ADMINISTRACIOacuteN PUacuteBLICA STS 10062020

ir al texto Roj STS 19812020 - ECLI ESTS20201981 No de Recurso 12352019 No de Resolucion 4202020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso

de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19722020 - ECLI ESTS20201972 No de Recurso 2342018 No de Resolucion 4272020 Ponente ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO Resumen Personal Laboral de la Administracion Publica Se desestima la pretension que afecta a la totalidad del personal laboral que presta sus servicios en la Agencia Madrilena de Atencion Social (AMAS) sucesora del Servicio Regional de Bienestar Social (SRBS) dependiente de la Consejeria de Politicas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid (CAM) consistente en que se declare el derecho del personal afectado al disfrute como permiso retribuido y no recuperable de seis dias correspondientes al ano 2016 subsumiendose como dias de trabajo efectivo realizado

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19792020 - ECLI ESTS20201979 No de Recurso 42712018 No de Resolucion 4172020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19822020 - ECLI ESTS20201982 No de Recurso 38692018 No de Resolucion 4162020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente

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seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19852020 - ECLI ESTS20201985 No de Recurso 35452018 No de Resolucion 4142020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19652020 - ECLI ESTS20201965 No de Recurso 31992018 No de Resolucion 4342020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19612020 - ECLI ESTS20201961 No de Recurso 37092018 No de Resolucion 4312020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19832020 - ECLI ESTS20201983 No de Recurso 34912018 No de Resolucion 4412020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19882020 - ECLI ESTS20201988 No de Recurso 48412018 No de Resolucion 4422020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ

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Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19582020 - ECLI ESTS20201958 No de Recurso 35622018 No de Resolucion 4462020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19892020 - ECLI ESTS20201989 No de Recurso 22252018 No de Resolucion 4482020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19862020 - ECLI ESTS20201986 No de Recurso 6592019 No de Resolucion 4512020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo

Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19602020 - ECLI ESTS20201960 No de Recurso 50202018 No de Resolucion 4502020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19712020 - ECLI ESTS20201971 No de Recurso 35732018 No de Resolucion 4472020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 16062020

ir al texto Roj STS 20122020 - ECLI ESTS20202012 No de Recurso 36212017 No de Resolucion 4592020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

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RECURSO DE SUPLICACIOacuteN STS 10062020

ir al texto Roj STS 20102020 - ECLI ESTS20202010 No de Recurso 18932017 No de Resolucion 4282020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Recurso de suplicacion falta de acceso a recurso de suplicacion por razon de cuantia de un recurso en que cuestion objeto del recurso es la de determinar si la trabajadora tiene derecho a percibir la cantidad de 4950 euros a la que se circunscribe la demanda por la puntual realizacion de un exceso de jornada de 305 horas en la anualidad de 2015

STS 23062020

IR AL TEXTO Roj STS 20032020 - ECLI ESTS20202003 No de Recurso 2292018 No de Resolucion 4922020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Recurso de suplicacion es valida la modificacion de los hechos probados realizada en suplicacion con base en los hechos probados en otra sentencia dictada en otro procedimiento que se incorporo a los autos con el recurso de suplicacion con arreglo a lo dispuesto en el art 233 LRJS - SI EL art 233 LRJS admite la inclusion de sentencias firmes cuando resulten decisivas para la resolucion del recurso de suplicacion o de casacion habiendose admitido incluso en casacion unificadora siempre que se cumplan los requisitos expuestos es patente que dicha inclusion no seria inteligible si no fuera viable para la revision de los hechos probados de la sentencia recurrida

REVISIOacuteN DE SENTENCIAS FIRMES STS 18062020

ir al texto Roj STS 19922020 - ECLI ESTS20201992 No de Recurso 252019 No de Resolucion 4872020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Revision de sentencias firmes desestimacion falta de agotamiento de los recursos jurisdiccionales La la sentencia cuestionada se notifico al letrado del senor Luis Antonio el 3 de abril de 2018 en cuyo pie de recurso se le advirtio que podia anunciar contra la misma recurso de suplicacion donde pudo hacer valer las supuestas irregularidades que denuncia extemporaneamente ahora - No habiendose hecho asi la sentencia devino firme el 7 de junio de 2018 lo que impide admitir como defiende el Ministerio Fiscal la demanda de revision puesto que lo impide expresamente el art 2361 LRJS al no haber agotado previamente los recursos jurisdiccionales que la ley preve para que la sentencia pueda considerarse firme como hemos manifestado en multiples sentencias entre otras STS 3102018 rec 302017

Tribunal de Justicia de la Unioacuten Europea PROTECCION DE DATOS PERSONALES STJUE 09072020

IR AL TEXTO laquoProcedimiento prejudicial mdash Artiacuteculo 267 TFUE mdash Concepto de ldquoorgano jurisdiccionalrdquo mdash Proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales mdash Reglamento (UE) 2016679 mdash Aacutembito de aplicacioacuten mdash Artiacuteculo 2 apartado 2 letra a) mdash Concepto de ldquoactividad no comprendida en el ambito de aplicacioacuten del Derecho de la Unioacutenrdquo mdash Artiacuteculo 4 punto 7 mdash Concepto de ldquoresponsable del tratamientordquo mdash Comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro mdash Artiacuteculo 15 mdash Derecho de acceso del interesadoraquo En el asunto C-27219 que tiene por objeto una peticioacuten de decisioacuten prejudicial planteada con arreglo al artiacuteculo 267 TFUE por el Verwaltungsgericht Minden (Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Wiesbaden Alemania) mediante resolucioacuten de 27 de marzo de 2019 recibida en el Tribunal de Justicia el 1 de abril de 2019 en el procedimiento entre VQ y Land Hessen el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara El artiacuteculo 4 punto 7 del Reglamento (UE) 2016679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulacioacuten de estos datos y por el que se deroga la Directiva 9546CE (Reglamento general de proteccioacuten de datos) debe interpretarse en el sentido de que en la medida en que una comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro determina sola o junto con otros los fines y los medios del tratamiento esa comisioacuten debe calificarse de laquoresponsable del tratamientoraquo a efectos de dicha disposicioacuten de modo que el tratamiento de datos personales efectuado por la mencionada comisioacuten estaacute comprendido en el aacutembito de aplicacioacuten de dicho Reglamento en particular de su artiacuteculo 15

Tribunal Europeo de Derechos Humanos DERECHO A LA VIDA PRIVADA STEDH 09072020

ir al texto Art 8 bull Respeto por la vida privada bull Negativa injustificada a otorgarle a un transexual su reasignacioacuten de sexo en el registro del estado civil a pesar de que su identidad fiacutesica y social y familiar se modifico durante mucho tiempo bull Marco legal que permite examinar en esencia el solicitud de conversioacuten sexual incluso en ausencia de un procedimiento especifico a este respecto bull No hay violacion de la integridad fisica del demandante debido al hecho de que no puede realizar una cirugiacutea sin un reconocimiento previo de su conversion sexual por decision judicial bull Preservacion del principio de indisponibilidad del estado de las personas la fiabilidad y la coherencia del estado civil que justifica el establecimiento de procedimientos rigurosos para verificar las motivaciones profundas de una solicitud de cambio legal de identidad bull Falta de razonamiento de los tribunales en cuanto a la naturaleza exacta del intereacutes general que justifica la negativa y el

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equilibrio de este intereacutes con el derecho del demandante para el reconocimiento de su identidad sexual bull Recomendaciones emitidas por organismos internacionales sobre medidas para permitir el cambio de nombre y sexo en documentos oficiales de manera raacutepida transparente y accesible

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Con cientos de miles de marinos varados en el mar debido a la pandemia un nuevo acuerdo

internacional los reconoce como trabajadores esenciales que deben ser protegidos IR AL TEXTO

Page 6: NÚMERO: 162 (Año III) FECHA: 11/07/2020 ACCEDE AL BLOG DE ... · 2 Recurso de amparo 4744-2018. Promovido por doña Vicenta Sousa Rodríguez respecto de las resoluciones dictadas

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LIBERTAD SINDICAL STS 10062020

ir al texto Roj STS 19772020 - ECLI ESTS20201977 No de Recurso 482019 No de Resolucion 4292020 Ponente CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA Resumen Libertad sindical Falta de legitimacioacuten de un afiliado para anular un Congreso eleccion y correlativa revocacion no lo es mediante la participacion directa y universal de los afiliados de manera que tampoco cabra atribuir la legitimacion postulada en la actual demanda para desde una posicion exclusivamente individual anular el congreso en el que no se ha sido delegado ni ostentado cargo de direccion o responsabilidad alguna en la estructura del sindicato (hecho conforme recogido en el HP 1o) De otro modo no cabe afirmar que el actor ostente un derecho subjetivo o el interes legitimo para ejercitar la accion formulada que requiere aquel art 17 LRJS

MODIFICACIOacuteN SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE TRABAJO STS 11062020

ir al texto Roj STS 19782020 - ECLI ESTS20201978 No de Recurso 1682019 No de Resolucion 4372020 Procedimiento Recurso de casacion Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen MSCT se estima la pretension de la empresa de que la fijacion de los objetivos necesarios para la obtencion de la retribucion variable asi como la determinacion del peso de los mismos ya sean de empresa de unidad de gestion o individuales corresponde propiamente a la empresa porque asi lo dispone el convenio colectivo y la propia practica empresarial que ha sido pacifica durante muchos anos - Consiguientemente la variacion del peso de los objetivos para 2019 no constituyo una modificacion sustancial de condiciones de trabajo especialmente porque las variaciones producidas son idoneas razonables y proporcionadas a la finalidad de la retribucion variable que permite a la empresa segun las circunstancias concurrentes primar unos objetivos u otros cada ano -

PERSONAL LABORAL ADMINISTRACIOacuteN PUacuteBLICA STS 10062020

ir al texto Roj STS 19812020 - ECLI ESTS20201981 No de Recurso 12352019 No de Resolucion 4202020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso

de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19722020 - ECLI ESTS20201972 No de Recurso 2342018 No de Resolucion 4272020 Ponente ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO Resumen Personal Laboral de la Administracion Publica Se desestima la pretension que afecta a la totalidad del personal laboral que presta sus servicios en la Agencia Madrilena de Atencion Social (AMAS) sucesora del Servicio Regional de Bienestar Social (SRBS) dependiente de la Consejeria de Politicas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid (CAM) consistente en que se declare el derecho del personal afectado al disfrute como permiso retribuido y no recuperable de seis dias correspondientes al ano 2016 subsumiendose como dias de trabajo efectivo realizado

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19792020 - ECLI ESTS20201979 No de Recurso 42712018 No de Resolucion 4172020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19822020 - ECLI ESTS20201982 No de Recurso 38692018 No de Resolucion 4162020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente

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seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19852020 - ECLI ESTS20201985 No de Recurso 35452018 No de Resolucion 4142020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19652020 - ECLI ESTS20201965 No de Recurso 31992018 No de Resolucion 4342020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19612020 - ECLI ESTS20201961 No de Recurso 37092018 No de Resolucion 4312020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19832020 - ECLI ESTS20201983 No de Recurso 34912018 No de Resolucion 4412020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19882020 - ECLI ESTS20201988 No de Recurso 48412018 No de Resolucion 4422020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ

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Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19582020 - ECLI ESTS20201958 No de Recurso 35622018 No de Resolucion 4462020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19892020 - ECLI ESTS20201989 No de Recurso 22252018 No de Resolucion 4482020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19862020 - ECLI ESTS20201986 No de Recurso 6592019 No de Resolucion 4512020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo

Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19602020 - ECLI ESTS20201960 No de Recurso 50202018 No de Resolucion 4502020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19712020 - ECLI ESTS20201971 No de Recurso 35732018 No de Resolucion 4472020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 16062020

ir al texto Roj STS 20122020 - ECLI ESTS20202012 No de Recurso 36212017 No de Resolucion 4592020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

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RECURSO DE SUPLICACIOacuteN STS 10062020

ir al texto Roj STS 20102020 - ECLI ESTS20202010 No de Recurso 18932017 No de Resolucion 4282020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Recurso de suplicacion falta de acceso a recurso de suplicacion por razon de cuantia de un recurso en que cuestion objeto del recurso es la de determinar si la trabajadora tiene derecho a percibir la cantidad de 4950 euros a la que se circunscribe la demanda por la puntual realizacion de un exceso de jornada de 305 horas en la anualidad de 2015

STS 23062020

IR AL TEXTO Roj STS 20032020 - ECLI ESTS20202003 No de Recurso 2292018 No de Resolucion 4922020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Recurso de suplicacion es valida la modificacion de los hechos probados realizada en suplicacion con base en los hechos probados en otra sentencia dictada en otro procedimiento que se incorporo a los autos con el recurso de suplicacion con arreglo a lo dispuesto en el art 233 LRJS - SI EL art 233 LRJS admite la inclusion de sentencias firmes cuando resulten decisivas para la resolucion del recurso de suplicacion o de casacion habiendose admitido incluso en casacion unificadora siempre que se cumplan los requisitos expuestos es patente que dicha inclusion no seria inteligible si no fuera viable para la revision de los hechos probados de la sentencia recurrida

REVISIOacuteN DE SENTENCIAS FIRMES STS 18062020

ir al texto Roj STS 19922020 - ECLI ESTS20201992 No de Recurso 252019 No de Resolucion 4872020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Revision de sentencias firmes desestimacion falta de agotamiento de los recursos jurisdiccionales La la sentencia cuestionada se notifico al letrado del senor Luis Antonio el 3 de abril de 2018 en cuyo pie de recurso se le advirtio que podia anunciar contra la misma recurso de suplicacion donde pudo hacer valer las supuestas irregularidades que denuncia extemporaneamente ahora - No habiendose hecho asi la sentencia devino firme el 7 de junio de 2018 lo que impide admitir como defiende el Ministerio Fiscal la demanda de revision puesto que lo impide expresamente el art 2361 LRJS al no haber agotado previamente los recursos jurisdiccionales que la ley preve para que la sentencia pueda considerarse firme como hemos manifestado en multiples sentencias entre otras STS 3102018 rec 302017

Tribunal de Justicia de la Unioacuten Europea PROTECCION DE DATOS PERSONALES STJUE 09072020

IR AL TEXTO laquoProcedimiento prejudicial mdash Artiacuteculo 267 TFUE mdash Concepto de ldquoorgano jurisdiccionalrdquo mdash Proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales mdash Reglamento (UE) 2016679 mdash Aacutembito de aplicacioacuten mdash Artiacuteculo 2 apartado 2 letra a) mdash Concepto de ldquoactividad no comprendida en el ambito de aplicacioacuten del Derecho de la Unioacutenrdquo mdash Artiacuteculo 4 punto 7 mdash Concepto de ldquoresponsable del tratamientordquo mdash Comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro mdash Artiacuteculo 15 mdash Derecho de acceso del interesadoraquo En el asunto C-27219 que tiene por objeto una peticioacuten de decisioacuten prejudicial planteada con arreglo al artiacuteculo 267 TFUE por el Verwaltungsgericht Minden (Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Wiesbaden Alemania) mediante resolucioacuten de 27 de marzo de 2019 recibida en el Tribunal de Justicia el 1 de abril de 2019 en el procedimiento entre VQ y Land Hessen el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara El artiacuteculo 4 punto 7 del Reglamento (UE) 2016679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulacioacuten de estos datos y por el que se deroga la Directiva 9546CE (Reglamento general de proteccioacuten de datos) debe interpretarse en el sentido de que en la medida en que una comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro determina sola o junto con otros los fines y los medios del tratamiento esa comisioacuten debe calificarse de laquoresponsable del tratamientoraquo a efectos de dicha disposicioacuten de modo que el tratamiento de datos personales efectuado por la mencionada comisioacuten estaacute comprendido en el aacutembito de aplicacioacuten de dicho Reglamento en particular de su artiacuteculo 15

Tribunal Europeo de Derechos Humanos DERECHO A LA VIDA PRIVADA STEDH 09072020

ir al texto Art 8 bull Respeto por la vida privada bull Negativa injustificada a otorgarle a un transexual su reasignacioacuten de sexo en el registro del estado civil a pesar de que su identidad fiacutesica y social y familiar se modifico durante mucho tiempo bull Marco legal que permite examinar en esencia el solicitud de conversioacuten sexual incluso en ausencia de un procedimiento especifico a este respecto bull No hay violacion de la integridad fisica del demandante debido al hecho de que no puede realizar una cirugiacutea sin un reconocimiento previo de su conversion sexual por decision judicial bull Preservacion del principio de indisponibilidad del estado de las personas la fiabilidad y la coherencia del estado civil que justifica el establecimiento de procedimientos rigurosos para verificar las motivaciones profundas de una solicitud de cambio legal de identidad bull Falta de razonamiento de los tribunales en cuanto a la naturaleza exacta del intereacutes general que justifica la negativa y el

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equilibrio de este intereacutes con el derecho del demandante para el reconocimiento de su identidad sexual bull Recomendaciones emitidas por organismos internacionales sobre medidas para permitir el cambio de nombre y sexo en documentos oficiales de manera raacutepida transparente y accesible

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ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO

OIT NEWS La COVID-19 y el sector mariacutetimo

La OIT celebra el acuerdo sobre los derechos de la gente de mar frente a la COVID-19

Con cientos de miles de marinos varados en el mar debido a la pandemia un nuevo acuerdo

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de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19722020 - ECLI ESTS20201972 No de Recurso 2342018 No de Resolucion 4272020 Ponente ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO Resumen Personal Laboral de la Administracion Publica Se desestima la pretension que afecta a la totalidad del personal laboral que presta sus servicios en la Agencia Madrilena de Atencion Social (AMAS) sucesora del Servicio Regional de Bienestar Social (SRBS) dependiente de la Consejeria de Politicas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid (CAM) consistente en que se declare el derecho del personal afectado al disfrute como permiso retribuido y no recuperable de seis dias correspondientes al ano 2016 subsumiendose como dias de trabajo efectivo realizado

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19792020 - ECLI ESTS20201979 No de Recurso 42712018 No de Resolucion 4172020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19822020 - ECLI ESTS20201982 No de Recurso 38692018 No de Resolucion 4162020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente

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seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19852020 - ECLI ESTS20201985 No de Recurso 35452018 No de Resolucion 4142020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19652020 - ECLI ESTS20201965 No de Recurso 31992018 No de Resolucion 4342020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

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ir al texto Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19612020 - ECLI ESTS20201961 No de Recurso 37092018 No de Resolucion 4312020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19832020 - ECLI ESTS20201983 No de Recurso 34912018 No de Resolucion 4412020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19882020 - ECLI ESTS20201988 No de Recurso 48412018 No de Resolucion 4422020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ

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Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19582020 - ECLI ESTS20201958 No de Recurso 35622018 No de Resolucion 4462020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19892020 - ECLI ESTS20201989 No de Recurso 22252018 No de Resolucion 4482020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19862020 - ECLI ESTS20201986 No de Recurso 6592019 No de Resolucion 4512020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo

Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19602020 - ECLI ESTS20201960 No de Recurso 50202018 No de Resolucion 4502020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19712020 - ECLI ESTS20201971 No de Recurso 35732018 No de Resolucion 4472020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 16062020

ir al texto Roj STS 20122020 - ECLI ESTS20202012 No de Recurso 36212017 No de Resolucion 4592020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

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RECURSO DE SUPLICACIOacuteN STS 10062020

ir al texto Roj STS 20102020 - ECLI ESTS20202010 No de Recurso 18932017 No de Resolucion 4282020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Recurso de suplicacion falta de acceso a recurso de suplicacion por razon de cuantia de un recurso en que cuestion objeto del recurso es la de determinar si la trabajadora tiene derecho a percibir la cantidad de 4950 euros a la que se circunscribe la demanda por la puntual realizacion de un exceso de jornada de 305 horas en la anualidad de 2015

STS 23062020

IR AL TEXTO Roj STS 20032020 - ECLI ESTS20202003 No de Recurso 2292018 No de Resolucion 4922020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Recurso de suplicacion es valida la modificacion de los hechos probados realizada en suplicacion con base en los hechos probados en otra sentencia dictada en otro procedimiento que se incorporo a los autos con el recurso de suplicacion con arreglo a lo dispuesto en el art 233 LRJS - SI EL art 233 LRJS admite la inclusion de sentencias firmes cuando resulten decisivas para la resolucion del recurso de suplicacion o de casacion habiendose admitido incluso en casacion unificadora siempre que se cumplan los requisitos expuestos es patente que dicha inclusion no seria inteligible si no fuera viable para la revision de los hechos probados de la sentencia recurrida

REVISIOacuteN DE SENTENCIAS FIRMES STS 18062020

ir al texto Roj STS 19922020 - ECLI ESTS20201992 No de Recurso 252019 No de Resolucion 4872020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Revision de sentencias firmes desestimacion falta de agotamiento de los recursos jurisdiccionales La la sentencia cuestionada se notifico al letrado del senor Luis Antonio el 3 de abril de 2018 en cuyo pie de recurso se le advirtio que podia anunciar contra la misma recurso de suplicacion donde pudo hacer valer las supuestas irregularidades que denuncia extemporaneamente ahora - No habiendose hecho asi la sentencia devino firme el 7 de junio de 2018 lo que impide admitir como defiende el Ministerio Fiscal la demanda de revision puesto que lo impide expresamente el art 2361 LRJS al no haber agotado previamente los recursos jurisdiccionales que la ley preve para que la sentencia pueda considerarse firme como hemos manifestado en multiples sentencias entre otras STS 3102018 rec 302017

Tribunal de Justicia de la Unioacuten Europea PROTECCION DE DATOS PERSONALES STJUE 09072020

IR AL TEXTO laquoProcedimiento prejudicial mdash Artiacuteculo 267 TFUE mdash Concepto de ldquoorgano jurisdiccionalrdquo mdash Proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales mdash Reglamento (UE) 2016679 mdash Aacutembito de aplicacioacuten mdash Artiacuteculo 2 apartado 2 letra a) mdash Concepto de ldquoactividad no comprendida en el ambito de aplicacioacuten del Derecho de la Unioacutenrdquo mdash Artiacuteculo 4 punto 7 mdash Concepto de ldquoresponsable del tratamientordquo mdash Comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro mdash Artiacuteculo 15 mdash Derecho de acceso del interesadoraquo En el asunto C-27219 que tiene por objeto una peticioacuten de decisioacuten prejudicial planteada con arreglo al artiacuteculo 267 TFUE por el Verwaltungsgericht Minden (Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Wiesbaden Alemania) mediante resolucioacuten de 27 de marzo de 2019 recibida en el Tribunal de Justicia el 1 de abril de 2019 en el procedimiento entre VQ y Land Hessen el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara El artiacuteculo 4 punto 7 del Reglamento (UE) 2016679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulacioacuten de estos datos y por el que se deroga la Directiva 9546CE (Reglamento general de proteccioacuten de datos) debe interpretarse en el sentido de que en la medida en que una comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro determina sola o junto con otros los fines y los medios del tratamiento esa comisioacuten debe calificarse de laquoresponsable del tratamientoraquo a efectos de dicha disposicioacuten de modo que el tratamiento de datos personales efectuado por la mencionada comisioacuten estaacute comprendido en el aacutembito de aplicacioacuten de dicho Reglamento en particular de su artiacuteculo 15

Tribunal Europeo de Derechos Humanos DERECHO A LA VIDA PRIVADA STEDH 09072020

ir al texto Art 8 bull Respeto por la vida privada bull Negativa injustificada a otorgarle a un transexual su reasignacioacuten de sexo en el registro del estado civil a pesar de que su identidad fiacutesica y social y familiar se modifico durante mucho tiempo bull Marco legal que permite examinar en esencia el solicitud de conversioacuten sexual incluso en ausencia de un procedimiento especifico a este respecto bull No hay violacion de la integridad fisica del demandante debido al hecho de que no puede realizar una cirugiacutea sin un reconocimiento previo de su conversion sexual por decision judicial bull Preservacion del principio de indisponibilidad del estado de las personas la fiabilidad y la coherencia del estado civil que justifica el establecimiento de procedimientos rigurosos para verificar las motivaciones profundas de una solicitud de cambio legal de identidad bull Falta de razonamiento de los tribunales en cuanto a la naturaleza exacta del intereacutes general que justifica la negativa y el

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equilibrio de este intereacutes con el derecho del demandante para el reconocimiento de su identidad sexual bull Recomendaciones emitidas por organismos internacionales sobre medidas para permitir el cambio de nombre y sexo en documentos oficiales de manera raacutepida transparente y accesible

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ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO

OIT NEWS La COVID-19 y el sector mariacutetimo

La OIT celebra el acuerdo sobre los derechos de la gente de mar frente a la COVID-19

Con cientos de miles de marinos varados en el mar debido a la pandemia un nuevo acuerdo

internacional los reconoce como trabajadores esenciales que deben ser protegidos IR AL TEXTO

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seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 10062020

ir al texto Roj STS 19852020 - ECLI ESTS20201985 No de Recurso 35452018 No de Resolucion 4142020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 31682017) 4372019 de 11 junio (rec 26102018) 4422019 de 11 junio (rec 11612018)

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19652020 - ECLI ESTS20201965 No de Recurso 31992018 No de Resolucion 4342020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19612020 - ECLI ESTS20201961 No de Recurso 37092018 No de Resolucion 4312020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19832020 - ECLI ESTS20201983 No de Recurso 34912018 No de Resolucion 4412020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19882020 - ECLI ESTS20201988 No de Recurso 48412018 No de Resolucion 4422020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ

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Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19582020 - ECLI ESTS20201958 No de Recurso 35622018 No de Resolucion 4462020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19892020 - ECLI ESTS20201989 No de Recurso 22252018 No de Resolucion 4482020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19862020 - ECLI ESTS20201986 No de Recurso 6592019 No de Resolucion 4512020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo

Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19602020 - ECLI ESTS20201960 No de Recurso 50202018 No de Resolucion 4502020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19712020 - ECLI ESTS20201971 No de Recurso 35732018 No de Resolucion 4472020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 16062020

ir al texto Roj STS 20122020 - ECLI ESTS20202012 No de Recurso 36212017 No de Resolucion 4592020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

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RECURSO DE SUPLICACIOacuteN STS 10062020

ir al texto Roj STS 20102020 - ECLI ESTS20202010 No de Recurso 18932017 No de Resolucion 4282020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Recurso de suplicacion falta de acceso a recurso de suplicacion por razon de cuantia de un recurso en que cuestion objeto del recurso es la de determinar si la trabajadora tiene derecho a percibir la cantidad de 4950 euros a la que se circunscribe la demanda por la puntual realizacion de un exceso de jornada de 305 horas en la anualidad de 2015

STS 23062020

IR AL TEXTO Roj STS 20032020 - ECLI ESTS20202003 No de Recurso 2292018 No de Resolucion 4922020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Recurso de suplicacion es valida la modificacion de los hechos probados realizada en suplicacion con base en los hechos probados en otra sentencia dictada en otro procedimiento que se incorporo a los autos con el recurso de suplicacion con arreglo a lo dispuesto en el art 233 LRJS - SI EL art 233 LRJS admite la inclusion de sentencias firmes cuando resulten decisivas para la resolucion del recurso de suplicacion o de casacion habiendose admitido incluso en casacion unificadora siempre que se cumplan los requisitos expuestos es patente que dicha inclusion no seria inteligible si no fuera viable para la revision de los hechos probados de la sentencia recurrida

REVISIOacuteN DE SENTENCIAS FIRMES STS 18062020

ir al texto Roj STS 19922020 - ECLI ESTS20201992 No de Recurso 252019 No de Resolucion 4872020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Revision de sentencias firmes desestimacion falta de agotamiento de los recursos jurisdiccionales La la sentencia cuestionada se notifico al letrado del senor Luis Antonio el 3 de abril de 2018 en cuyo pie de recurso se le advirtio que podia anunciar contra la misma recurso de suplicacion donde pudo hacer valer las supuestas irregularidades que denuncia extemporaneamente ahora - No habiendose hecho asi la sentencia devino firme el 7 de junio de 2018 lo que impide admitir como defiende el Ministerio Fiscal la demanda de revision puesto que lo impide expresamente el art 2361 LRJS al no haber agotado previamente los recursos jurisdiccionales que la ley preve para que la sentencia pueda considerarse firme como hemos manifestado en multiples sentencias entre otras STS 3102018 rec 302017

Tribunal de Justicia de la Unioacuten Europea PROTECCION DE DATOS PERSONALES STJUE 09072020

IR AL TEXTO laquoProcedimiento prejudicial mdash Artiacuteculo 267 TFUE mdash Concepto de ldquoorgano jurisdiccionalrdquo mdash Proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales mdash Reglamento (UE) 2016679 mdash Aacutembito de aplicacioacuten mdash Artiacuteculo 2 apartado 2 letra a) mdash Concepto de ldquoactividad no comprendida en el ambito de aplicacioacuten del Derecho de la Unioacutenrdquo mdash Artiacuteculo 4 punto 7 mdash Concepto de ldquoresponsable del tratamientordquo mdash Comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro mdash Artiacuteculo 15 mdash Derecho de acceso del interesadoraquo En el asunto C-27219 que tiene por objeto una peticioacuten de decisioacuten prejudicial planteada con arreglo al artiacuteculo 267 TFUE por el Verwaltungsgericht Minden (Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Wiesbaden Alemania) mediante resolucioacuten de 27 de marzo de 2019 recibida en el Tribunal de Justicia el 1 de abril de 2019 en el procedimiento entre VQ y Land Hessen el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara El artiacuteculo 4 punto 7 del Reglamento (UE) 2016679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulacioacuten de estos datos y por el que se deroga la Directiva 9546CE (Reglamento general de proteccioacuten de datos) debe interpretarse en el sentido de que en la medida en que una comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro determina sola o junto con otros los fines y los medios del tratamiento esa comisioacuten debe calificarse de laquoresponsable del tratamientoraquo a efectos de dicha disposicioacuten de modo que el tratamiento de datos personales efectuado por la mencionada comisioacuten estaacute comprendido en el aacutembito de aplicacioacuten de dicho Reglamento en particular de su artiacuteculo 15

Tribunal Europeo de Derechos Humanos DERECHO A LA VIDA PRIVADA STEDH 09072020

ir al texto Art 8 bull Respeto por la vida privada bull Negativa injustificada a otorgarle a un transexual su reasignacioacuten de sexo en el registro del estado civil a pesar de que su identidad fiacutesica y social y familiar se modifico durante mucho tiempo bull Marco legal que permite examinar en esencia el solicitud de conversioacuten sexual incluso en ausencia de un procedimiento especifico a este respecto bull No hay violacion de la integridad fisica del demandante debido al hecho de que no puede realizar una cirugiacutea sin un reconocimiento previo de su conversion sexual por decision judicial bull Preservacion del principio de indisponibilidad del estado de las personas la fiabilidad y la coherencia del estado civil que justifica el establecimiento de procedimientos rigurosos para verificar las motivaciones profundas de una solicitud de cambio legal de identidad bull Falta de razonamiento de los tribunales en cuanto a la naturaleza exacta del intereacutes general que justifica la negativa y el

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equilibrio de este intereacutes con el derecho del demandante para el reconocimiento de su identidad sexual bull Recomendaciones emitidas por organismos internacionales sobre medidas para permitir el cambio de nombre y sexo en documentos oficiales de manera raacutepida transparente y accesible

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OIT NEWS La COVID-19 y el sector mariacutetimo

La OIT celebra el acuerdo sobre los derechos de la gente de mar frente a la COVID-19

Con cientos de miles de marinos varados en el mar debido a la pandemia un nuevo acuerdo

internacional los reconoce como trabajadores esenciales que deben ser protegidos IR AL TEXTO

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Roj STS 19622020 - ECLI ESTS20201962 No de Recurso 42672018 No de Resolucion 4322020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 11062020

ir al texto Roj STS 19612020 - ECLI ESTS20201961 No de Recurso 37092018 No de Resolucion 4312020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19832020 - ECLI ESTS20201983 No de Recurso 34912018 No de Resolucion 4412020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 12062020

ir al texto Roj STS 19882020 - ECLI ESTS20201988 No de Recurso 48412018 No de Resolucion 4422020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ

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Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19582020 - ECLI ESTS20201958 No de Recurso 35622018 No de Resolucion 4462020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19892020 - ECLI ESTS20201989 No de Recurso 22252018 No de Resolucion 4482020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19862020 - ECLI ESTS20201986 No de Recurso 6592019 No de Resolucion 4512020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo

Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19602020 - ECLI ESTS20201960 No de Recurso 50202018 No de Resolucion 4502020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19712020 - ECLI ESTS20201971 No de Recurso 35732018 No de Resolucion 4472020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 16062020

ir al texto Roj STS 20122020 - ECLI ESTS20202012 No de Recurso 36212017 No de Resolucion 4592020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

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RECURSO DE SUPLICACIOacuteN STS 10062020

ir al texto Roj STS 20102020 - ECLI ESTS20202010 No de Recurso 18932017 No de Resolucion 4282020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Recurso de suplicacion falta de acceso a recurso de suplicacion por razon de cuantia de un recurso en que cuestion objeto del recurso es la de determinar si la trabajadora tiene derecho a percibir la cantidad de 4950 euros a la que se circunscribe la demanda por la puntual realizacion de un exceso de jornada de 305 horas en la anualidad de 2015

STS 23062020

IR AL TEXTO Roj STS 20032020 - ECLI ESTS20202003 No de Recurso 2292018 No de Resolucion 4922020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Recurso de suplicacion es valida la modificacion de los hechos probados realizada en suplicacion con base en los hechos probados en otra sentencia dictada en otro procedimiento que se incorporo a los autos con el recurso de suplicacion con arreglo a lo dispuesto en el art 233 LRJS - SI EL art 233 LRJS admite la inclusion de sentencias firmes cuando resulten decisivas para la resolucion del recurso de suplicacion o de casacion habiendose admitido incluso en casacion unificadora siempre que se cumplan los requisitos expuestos es patente que dicha inclusion no seria inteligible si no fuera viable para la revision de los hechos probados de la sentencia recurrida

REVISIOacuteN DE SENTENCIAS FIRMES STS 18062020

ir al texto Roj STS 19922020 - ECLI ESTS20201992 No de Recurso 252019 No de Resolucion 4872020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Revision de sentencias firmes desestimacion falta de agotamiento de los recursos jurisdiccionales La la sentencia cuestionada se notifico al letrado del senor Luis Antonio el 3 de abril de 2018 en cuyo pie de recurso se le advirtio que podia anunciar contra la misma recurso de suplicacion donde pudo hacer valer las supuestas irregularidades que denuncia extemporaneamente ahora - No habiendose hecho asi la sentencia devino firme el 7 de junio de 2018 lo que impide admitir como defiende el Ministerio Fiscal la demanda de revision puesto que lo impide expresamente el art 2361 LRJS al no haber agotado previamente los recursos jurisdiccionales que la ley preve para que la sentencia pueda considerarse firme como hemos manifestado en multiples sentencias entre otras STS 3102018 rec 302017

Tribunal de Justicia de la Unioacuten Europea PROTECCION DE DATOS PERSONALES STJUE 09072020

IR AL TEXTO laquoProcedimiento prejudicial mdash Artiacuteculo 267 TFUE mdash Concepto de ldquoorgano jurisdiccionalrdquo mdash Proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales mdash Reglamento (UE) 2016679 mdash Aacutembito de aplicacioacuten mdash Artiacuteculo 2 apartado 2 letra a) mdash Concepto de ldquoactividad no comprendida en el ambito de aplicacioacuten del Derecho de la Unioacutenrdquo mdash Artiacuteculo 4 punto 7 mdash Concepto de ldquoresponsable del tratamientordquo mdash Comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro mdash Artiacuteculo 15 mdash Derecho de acceso del interesadoraquo En el asunto C-27219 que tiene por objeto una peticioacuten de decisioacuten prejudicial planteada con arreglo al artiacuteculo 267 TFUE por el Verwaltungsgericht Minden (Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Wiesbaden Alemania) mediante resolucioacuten de 27 de marzo de 2019 recibida en el Tribunal de Justicia el 1 de abril de 2019 en el procedimiento entre VQ y Land Hessen el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara El artiacuteculo 4 punto 7 del Reglamento (UE) 2016679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulacioacuten de estos datos y por el que se deroga la Directiva 9546CE (Reglamento general de proteccioacuten de datos) debe interpretarse en el sentido de que en la medida en que una comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro determina sola o junto con otros los fines y los medios del tratamiento esa comisioacuten debe calificarse de laquoresponsable del tratamientoraquo a efectos de dicha disposicioacuten de modo que el tratamiento de datos personales efectuado por la mencionada comisioacuten estaacute comprendido en el aacutembito de aplicacioacuten de dicho Reglamento en particular de su artiacuteculo 15

Tribunal Europeo de Derechos Humanos DERECHO A LA VIDA PRIVADA STEDH 09072020

ir al texto Art 8 bull Respeto por la vida privada bull Negativa injustificada a otorgarle a un transexual su reasignacioacuten de sexo en el registro del estado civil a pesar de que su identidad fiacutesica y social y familiar se modifico durante mucho tiempo bull Marco legal que permite examinar en esencia el solicitud de conversioacuten sexual incluso en ausencia de un procedimiento especifico a este respecto bull No hay violacion de la integridad fisica del demandante debido al hecho de que no puede realizar una cirugiacutea sin un reconocimiento previo de su conversion sexual por decision judicial bull Preservacion del principio de indisponibilidad del estado de las personas la fiabilidad y la coherencia del estado civil que justifica el establecimiento de procedimientos rigurosos para verificar las motivaciones profundas de una solicitud de cambio legal de identidad bull Falta de razonamiento de los tribunales en cuanto a la naturaleza exacta del intereacutes general que justifica la negativa y el

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equilibrio de este intereacutes con el derecho del demandante para el reconocimiento de su identidad sexual bull Recomendaciones emitidas por organismos internacionales sobre medidas para permitir el cambio de nombre y sexo en documentos oficiales de manera raacutepida transparente y accesible

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ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO

OIT NEWS La COVID-19 y el sector mariacutetimo

La OIT celebra el acuerdo sobre los derechos de la gente de mar frente a la COVID-19

Con cientos de miles de marinos varados en el mar debido a la pandemia un nuevo acuerdo

internacional los reconoce como trabajadores esenciales que deben ser protegidos IR AL TEXTO

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Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19582020 - ECLI ESTS20201958 No de Recurso 35622018 No de Resolucion 4462020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19892020 - ECLI ESTS20201989 No de Recurso 22252018 No de Resolucion 4482020 Ponente JESUS GULLON RODRIGUEZ Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19862020 - ECLI ESTS20201986 No de Recurso 6592019 No de Resolucion 4512020 Ponente IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo

Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19602020 - ECLI ESTS20201960 No de Recurso 50202018 No de Resolucion 4502020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19712020 - ECLI ESTS20201971 No de Recurso 35732018 No de Resolucion 4472020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 16062020

ir al texto Roj STS 20122020 - ECLI ESTS20202012 No de Recurso 36212017 No de Resolucion 4592020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

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RECURSO DE SUPLICACIOacuteN STS 10062020

ir al texto Roj STS 20102020 - ECLI ESTS20202010 No de Recurso 18932017 No de Resolucion 4282020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Recurso de suplicacion falta de acceso a recurso de suplicacion por razon de cuantia de un recurso en que cuestion objeto del recurso es la de determinar si la trabajadora tiene derecho a percibir la cantidad de 4950 euros a la que se circunscribe la demanda por la puntual realizacion de un exceso de jornada de 305 horas en la anualidad de 2015

STS 23062020

IR AL TEXTO Roj STS 20032020 - ECLI ESTS20202003 No de Recurso 2292018 No de Resolucion 4922020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Recurso de suplicacion es valida la modificacion de los hechos probados realizada en suplicacion con base en los hechos probados en otra sentencia dictada en otro procedimiento que se incorporo a los autos con el recurso de suplicacion con arreglo a lo dispuesto en el art 233 LRJS - SI EL art 233 LRJS admite la inclusion de sentencias firmes cuando resulten decisivas para la resolucion del recurso de suplicacion o de casacion habiendose admitido incluso en casacion unificadora siempre que se cumplan los requisitos expuestos es patente que dicha inclusion no seria inteligible si no fuera viable para la revision de los hechos probados de la sentencia recurrida

REVISIOacuteN DE SENTENCIAS FIRMES STS 18062020

ir al texto Roj STS 19922020 - ECLI ESTS20201992 No de Recurso 252019 No de Resolucion 4872020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Revision de sentencias firmes desestimacion falta de agotamiento de los recursos jurisdiccionales La la sentencia cuestionada se notifico al letrado del senor Luis Antonio el 3 de abril de 2018 en cuyo pie de recurso se le advirtio que podia anunciar contra la misma recurso de suplicacion donde pudo hacer valer las supuestas irregularidades que denuncia extemporaneamente ahora - No habiendose hecho asi la sentencia devino firme el 7 de junio de 2018 lo que impide admitir como defiende el Ministerio Fiscal la demanda de revision puesto que lo impide expresamente el art 2361 LRJS al no haber agotado previamente los recursos jurisdiccionales que la ley preve para que la sentencia pueda considerarse firme como hemos manifestado en multiples sentencias entre otras STS 3102018 rec 302017

Tribunal de Justicia de la Unioacuten Europea PROTECCION DE DATOS PERSONALES STJUE 09072020

IR AL TEXTO laquoProcedimiento prejudicial mdash Artiacuteculo 267 TFUE mdash Concepto de ldquoorgano jurisdiccionalrdquo mdash Proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales mdash Reglamento (UE) 2016679 mdash Aacutembito de aplicacioacuten mdash Artiacuteculo 2 apartado 2 letra a) mdash Concepto de ldquoactividad no comprendida en el ambito de aplicacioacuten del Derecho de la Unioacutenrdquo mdash Artiacuteculo 4 punto 7 mdash Concepto de ldquoresponsable del tratamientordquo mdash Comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro mdash Artiacuteculo 15 mdash Derecho de acceso del interesadoraquo En el asunto C-27219 que tiene por objeto una peticioacuten de decisioacuten prejudicial planteada con arreglo al artiacuteculo 267 TFUE por el Verwaltungsgericht Minden (Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Wiesbaden Alemania) mediante resolucioacuten de 27 de marzo de 2019 recibida en el Tribunal de Justicia el 1 de abril de 2019 en el procedimiento entre VQ y Land Hessen el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara El artiacuteculo 4 punto 7 del Reglamento (UE) 2016679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulacioacuten de estos datos y por el que se deroga la Directiva 9546CE (Reglamento general de proteccioacuten de datos) debe interpretarse en el sentido de que en la medida en que una comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro determina sola o junto con otros los fines y los medios del tratamiento esa comisioacuten debe calificarse de laquoresponsable del tratamientoraquo a efectos de dicha disposicioacuten de modo que el tratamiento de datos personales efectuado por la mencionada comisioacuten estaacute comprendido en el aacutembito de aplicacioacuten de dicho Reglamento en particular de su artiacuteculo 15

Tribunal Europeo de Derechos Humanos DERECHO A LA VIDA PRIVADA STEDH 09072020

ir al texto Art 8 bull Respeto por la vida privada bull Negativa injustificada a otorgarle a un transexual su reasignacioacuten de sexo en el registro del estado civil a pesar de que su identidad fiacutesica y social y familiar se modifico durante mucho tiempo bull Marco legal que permite examinar en esencia el solicitud de conversioacuten sexual incluso en ausencia de un procedimiento especifico a este respecto bull No hay violacion de la integridad fisica del demandante debido al hecho de que no puede realizar una cirugiacutea sin un reconocimiento previo de su conversion sexual por decision judicial bull Preservacion del principio de indisponibilidad del estado de las personas la fiabilidad y la coherencia del estado civil que justifica el establecimiento de procedimientos rigurosos para verificar las motivaciones profundas de una solicitud de cambio legal de identidad bull Falta de razonamiento de los tribunales en cuanto a la naturaleza exacta del intereacutes general que justifica la negativa y el

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equilibrio de este intereacutes con el derecho del demandante para el reconocimiento de su identidad sexual bull Recomendaciones emitidas por organismos internacionales sobre medidas para permitir el cambio de nombre y sexo en documentos oficiales de manera raacutepida transparente y accesible

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La OIT celebra el acuerdo sobre los derechos de la gente de mar frente a la COVID-19

Con cientos de miles de marinos varados en el mar debido a la pandemia un nuevo acuerdo

internacional los reconoce como trabajadores esenciales que deben ser protegidos IR AL TEXTO

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Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19602020 - ECLI ESTS20201960 No de Recurso 50202018 No de Resolucion 4502020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaacuteticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razon en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 15062020

ir al texto Roj STS 19712020 - ECLI ESTS20201971 No de Recurso 35732018 No de Resolucion 4472020 Ponente JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

STS 16062020

ir al texto Roj STS 20122020 - ECLI ESTS20202012 No de Recurso 36212017 No de Resolucion 4592020 Ponente MARIA LUZ GARCIA PAREDES Resumen Personal laboral Administracion Publica en el ambito del empleo publico un contrato de interinidad por vacante que se celebra cumpliendo todas las exigencias legales no queda desnaturalizado automaticamente como consecuencia del transcurso de los tres anos a que alude el articulo 70 EBEP y no se convierte por esa sola razoacuten en indefinido no fijo Reitera doctrina STS 3222019 de 24 abril (rec 10012017) fue inmediatamente seguida por otras como las SSTS 4022019 de 28 mayo (rec 3168

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RECURSO DE SUPLICACIOacuteN STS 10062020

ir al texto Roj STS 20102020 - ECLI ESTS20202010 No de Recurso 18932017 No de Resolucion 4282020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Recurso de suplicacion falta de acceso a recurso de suplicacion por razon de cuantia de un recurso en que cuestion objeto del recurso es la de determinar si la trabajadora tiene derecho a percibir la cantidad de 4950 euros a la que se circunscribe la demanda por la puntual realizacion de un exceso de jornada de 305 horas en la anualidad de 2015

STS 23062020

IR AL TEXTO Roj STS 20032020 - ECLI ESTS20202003 No de Recurso 2292018 No de Resolucion 4922020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Recurso de suplicacion es valida la modificacion de los hechos probados realizada en suplicacion con base en los hechos probados en otra sentencia dictada en otro procedimiento que se incorporo a los autos con el recurso de suplicacion con arreglo a lo dispuesto en el art 233 LRJS - SI EL art 233 LRJS admite la inclusion de sentencias firmes cuando resulten decisivas para la resolucion del recurso de suplicacion o de casacion habiendose admitido incluso en casacion unificadora siempre que se cumplan los requisitos expuestos es patente que dicha inclusion no seria inteligible si no fuera viable para la revision de los hechos probados de la sentencia recurrida

REVISIOacuteN DE SENTENCIAS FIRMES STS 18062020

ir al texto Roj STS 19922020 - ECLI ESTS20201992 No de Recurso 252019 No de Resolucion 4872020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Revision de sentencias firmes desestimacion falta de agotamiento de los recursos jurisdiccionales La la sentencia cuestionada se notifico al letrado del senor Luis Antonio el 3 de abril de 2018 en cuyo pie de recurso se le advirtio que podia anunciar contra la misma recurso de suplicacion donde pudo hacer valer las supuestas irregularidades que denuncia extemporaneamente ahora - No habiendose hecho asi la sentencia devino firme el 7 de junio de 2018 lo que impide admitir como defiende el Ministerio Fiscal la demanda de revision puesto que lo impide expresamente el art 2361 LRJS al no haber agotado previamente los recursos jurisdiccionales que la ley preve para que la sentencia pueda considerarse firme como hemos manifestado en multiples sentencias entre otras STS 3102018 rec 302017

Tribunal de Justicia de la Unioacuten Europea PROTECCION DE DATOS PERSONALES STJUE 09072020

IR AL TEXTO laquoProcedimiento prejudicial mdash Artiacuteculo 267 TFUE mdash Concepto de ldquoorgano jurisdiccionalrdquo mdash Proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales mdash Reglamento (UE) 2016679 mdash Aacutembito de aplicacioacuten mdash Artiacuteculo 2 apartado 2 letra a) mdash Concepto de ldquoactividad no comprendida en el ambito de aplicacioacuten del Derecho de la Unioacutenrdquo mdash Artiacuteculo 4 punto 7 mdash Concepto de ldquoresponsable del tratamientordquo mdash Comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro mdash Artiacuteculo 15 mdash Derecho de acceso del interesadoraquo En el asunto C-27219 que tiene por objeto una peticioacuten de decisioacuten prejudicial planteada con arreglo al artiacuteculo 267 TFUE por el Verwaltungsgericht Minden (Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Wiesbaden Alemania) mediante resolucioacuten de 27 de marzo de 2019 recibida en el Tribunal de Justicia el 1 de abril de 2019 en el procedimiento entre VQ y Land Hessen el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara El artiacuteculo 4 punto 7 del Reglamento (UE) 2016679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulacioacuten de estos datos y por el que se deroga la Directiva 9546CE (Reglamento general de proteccioacuten de datos) debe interpretarse en el sentido de que en la medida en que una comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro determina sola o junto con otros los fines y los medios del tratamiento esa comisioacuten debe calificarse de laquoresponsable del tratamientoraquo a efectos de dicha disposicioacuten de modo que el tratamiento de datos personales efectuado por la mencionada comisioacuten estaacute comprendido en el aacutembito de aplicacioacuten de dicho Reglamento en particular de su artiacuteculo 15

Tribunal Europeo de Derechos Humanos DERECHO A LA VIDA PRIVADA STEDH 09072020

ir al texto Art 8 bull Respeto por la vida privada bull Negativa injustificada a otorgarle a un transexual su reasignacioacuten de sexo en el registro del estado civil a pesar de que su identidad fiacutesica y social y familiar se modifico durante mucho tiempo bull Marco legal que permite examinar en esencia el solicitud de conversioacuten sexual incluso en ausencia de un procedimiento especifico a este respecto bull No hay violacion de la integridad fisica del demandante debido al hecho de que no puede realizar una cirugiacutea sin un reconocimiento previo de su conversion sexual por decision judicial bull Preservacion del principio de indisponibilidad del estado de las personas la fiabilidad y la coherencia del estado civil que justifica el establecimiento de procedimientos rigurosos para verificar las motivaciones profundas de una solicitud de cambio legal de identidad bull Falta de razonamiento de los tribunales en cuanto a la naturaleza exacta del intereacutes general que justifica la negativa y el

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equilibrio de este intereacutes con el derecho del demandante para el reconocimiento de su identidad sexual bull Recomendaciones emitidas por organismos internacionales sobre medidas para permitir el cambio de nombre y sexo en documentos oficiales de manera raacutepida transparente y accesible

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ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO

OIT NEWS La COVID-19 y el sector mariacutetimo

La OIT celebra el acuerdo sobre los derechos de la gente de mar frente a la COVID-19

Con cientos de miles de marinos varados en el mar debido a la pandemia un nuevo acuerdo

internacional los reconoce como trabajadores esenciales que deben ser protegidos IR AL TEXTO

Page 12: NÚMERO: 162 (Año III) FECHA: 11/07/2020 ACCEDE AL BLOG DE ... · 2 Recurso de amparo 4744-2018. Promovido por doña Vicenta Sousa Rodríguez respecto de las resoluciones dictadas

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RECURSO DE SUPLICACIOacuteN STS 10062020

ir al texto Roj STS 20102020 - ECLI ESTS20202010 No de Recurso 18932017 No de Resolucion 4282020 Ponente SEBASTIAN MORALO GALLEGO Resumen Recurso de suplicacion falta de acceso a recurso de suplicacion por razon de cuantia de un recurso en que cuestion objeto del recurso es la de determinar si la trabajadora tiene derecho a percibir la cantidad de 4950 euros a la que se circunscribe la demanda por la puntual realizacion de un exceso de jornada de 305 horas en la anualidad de 2015

STS 23062020

IR AL TEXTO Roj STS 20032020 - ECLI ESTS20202003 No de Recurso 2292018 No de Resolucion 4922020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Recurso de suplicacion es valida la modificacion de los hechos probados realizada en suplicacion con base en los hechos probados en otra sentencia dictada en otro procedimiento que se incorporo a los autos con el recurso de suplicacion con arreglo a lo dispuesto en el art 233 LRJS - SI EL art 233 LRJS admite la inclusion de sentencias firmes cuando resulten decisivas para la resolucion del recurso de suplicacion o de casacion habiendose admitido incluso en casacion unificadora siempre que se cumplan los requisitos expuestos es patente que dicha inclusion no seria inteligible si no fuera viable para la revision de los hechos probados de la sentencia recurrida

REVISIOacuteN DE SENTENCIAS FIRMES STS 18062020

ir al texto Roj STS 19922020 - ECLI ESTS20201992 No de Recurso 252019 No de Resolucion 4872020 Ponente RICARDO BODAS MARTIN Resumen Revision de sentencias firmes desestimacion falta de agotamiento de los recursos jurisdiccionales La la sentencia cuestionada se notifico al letrado del senor Luis Antonio el 3 de abril de 2018 en cuyo pie de recurso se le advirtio que podia anunciar contra la misma recurso de suplicacion donde pudo hacer valer las supuestas irregularidades que denuncia extemporaneamente ahora - No habiendose hecho asi la sentencia devino firme el 7 de junio de 2018 lo que impide admitir como defiende el Ministerio Fiscal la demanda de revision puesto que lo impide expresamente el art 2361 LRJS al no haber agotado previamente los recursos jurisdiccionales que la ley preve para que la sentencia pueda considerarse firme como hemos manifestado en multiples sentencias entre otras STS 3102018 rec 302017

Tribunal de Justicia de la Unioacuten Europea PROTECCION DE DATOS PERSONALES STJUE 09072020

IR AL TEXTO laquoProcedimiento prejudicial mdash Artiacuteculo 267 TFUE mdash Concepto de ldquoorgano jurisdiccionalrdquo mdash Proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales mdash Reglamento (UE) 2016679 mdash Aacutembito de aplicacioacuten mdash Artiacuteculo 2 apartado 2 letra a) mdash Concepto de ldquoactividad no comprendida en el ambito de aplicacioacuten del Derecho de la Unioacutenrdquo mdash Artiacuteculo 4 punto 7 mdash Concepto de ldquoresponsable del tratamientordquo mdash Comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro mdash Artiacuteculo 15 mdash Derecho de acceso del interesadoraquo En el asunto C-27219 que tiene por objeto una peticioacuten de decisioacuten prejudicial planteada con arreglo al artiacuteculo 267 TFUE por el Verwaltungsgericht Minden (Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Wiesbaden Alemania) mediante resolucioacuten de 27 de marzo de 2019 recibida en el Tribunal de Justicia el 1 de abril de 2019 en el procedimiento entre VQ y Land Hessen el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara El artiacuteculo 4 punto 7 del Reglamento (UE) 2016679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulacioacuten de estos datos y por el que se deroga la Directiva 9546CE (Reglamento general de proteccioacuten de datos) debe interpretarse en el sentido de que en la medida en que una comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro determina sola o junto con otros los fines y los medios del tratamiento esa comisioacuten debe calificarse de laquoresponsable del tratamientoraquo a efectos de dicha disposicioacuten de modo que el tratamiento de datos personales efectuado por la mencionada comisioacuten estaacute comprendido en el aacutembito de aplicacioacuten de dicho Reglamento en particular de su artiacuteculo 15

Tribunal Europeo de Derechos Humanos DERECHO A LA VIDA PRIVADA STEDH 09072020

ir al texto Art 8 bull Respeto por la vida privada bull Negativa injustificada a otorgarle a un transexual su reasignacioacuten de sexo en el registro del estado civil a pesar de que su identidad fiacutesica y social y familiar se modifico durante mucho tiempo bull Marco legal que permite examinar en esencia el solicitud de conversioacuten sexual incluso en ausencia de un procedimiento especifico a este respecto bull No hay violacion de la integridad fisica del demandante debido al hecho de que no puede realizar una cirugiacutea sin un reconocimiento previo de su conversion sexual por decision judicial bull Preservacion del principio de indisponibilidad del estado de las personas la fiabilidad y la coherencia del estado civil que justifica el establecimiento de procedimientos rigurosos para verificar las motivaciones profundas de una solicitud de cambio legal de identidad bull Falta de razonamiento de los tribunales en cuanto a la naturaleza exacta del intereacutes general que justifica la negativa y el

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Tribunal de Justicia de la Unioacuten Europea PROTECCION DE DATOS PERSONALES STJUE 09072020

IR AL TEXTO laquoProcedimiento prejudicial mdash Artiacuteculo 267 TFUE mdash Concepto de ldquoorgano jurisdiccionalrdquo mdash Proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales mdash Reglamento (UE) 2016679 mdash Aacutembito de aplicacioacuten mdash Artiacuteculo 2 apartado 2 letra a) mdash Concepto de ldquoactividad no comprendida en el ambito de aplicacioacuten del Derecho de la Unioacutenrdquo mdash Artiacuteculo 4 punto 7 mdash Concepto de ldquoresponsable del tratamientordquo mdash Comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro mdash Artiacuteculo 15 mdash Derecho de acceso del interesadoraquo En el asunto C-27219 que tiene por objeto una peticioacuten de decisioacuten prejudicial planteada con arreglo al artiacuteculo 267 TFUE por el Verwaltungsgericht Minden (Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Wiesbaden Alemania) mediante resolucioacuten de 27 de marzo de 2019 recibida en el Tribunal de Justicia el 1 de abril de 2019 en el procedimiento entre VQ y Land Hessen el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara El artiacuteculo 4 punto 7 del Reglamento (UE) 2016679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la proteccioacuten de las personas fiacutesicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulacioacuten de estos datos y por el que se deroga la Directiva 9546CE (Reglamento general de proteccioacuten de datos) debe interpretarse en el sentido de que en la medida en que una comisioacuten de peticiones del Parlamento de un Estado federado de un Estado miembro determina sola o junto con otros los fines y los medios del tratamiento esa comisioacuten debe calificarse de laquoresponsable del tratamientoraquo a efectos de dicha disposicioacuten de modo que el tratamiento de datos personales efectuado por la mencionada comisioacuten estaacute comprendido en el aacutembito de aplicacioacuten de dicho Reglamento en particular de su artiacuteculo 15

Tribunal Europeo de Derechos Humanos DERECHO A LA VIDA PRIVADA STEDH 09072020

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