25
n.o. ael 14f 14 JunIo 1977 13305 LOZANO VICENTE MINISTERIO DE LA VIVIENDA Ilmos. Sres. Subsecret'lrio, Director general de Arquitéctura Y.. Director I! aueral de la Vivienda. 5.° La presente Orden ministerial entrará' en vigor el dia de su publi.::::ación en el «Boletín Oficia.l del Estado•. ORDEN de 17 de mayo de 1977 por la que se re- visan determinadas Normas de Diseño y Calidad de las Viviendas Sociales. 13821 Ilustrisimos señores: La Orden de 24 de noviembre de 1976, por' la que se aprueban las .Normas Técnicas de Diseño y Calidad de las Viviendas ciales, dispone que,. en el plazo máximo -de seis meses desde su entrada en 'vigor, las Direcciones Generales de Arquitectura y. Tecnología· de la Edificación y de· la Vivienda, habrán de elevar al Ministro. de la Vivienda un informe sobre la aplicabilidad y operatividad de las citadas Normas, proponiendo la revisión,: en su caso, de aquellas que se considere convenienteS. Ambas Direcciones Generales, a la vista de las sugerencias que sobre las mencionadas Normas Técnicas han elevado a este Ministerio ·los promotores de Viviendas Sociales, di'rectamente ,o a través de las diferentes Asociaciones en que están los respectivos Colegios Profesionales, Yd,eroás Organismos que, directa o' indirectamente, intervienen en este sector. y teniendo en cuenta, además, la propia experiencia adquirida al respecto durante el. tiempo de vigencia de las indicadas Normas, han prop\l-esto la revisión de alguna de ellas en aras de su mejor operatividad. En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer: 1.0 aprueban los artículos y epígrafes correspondientes a las Normas Técnicas de Diseño y Calidad de las Viviendas Sociales contenidas en el anexo a esta Orden, que sustituyen a los correlatiVOS del· anexo a la Orden de 24 de noviembre de 1976, que quedan derogados. 2.° Los locales comerciales de uso diario que, de acuerdo con 10 establecido en las Normas Técnicas de Diset\o y Calidad haYlln de adscribirse a las Viviendas Sociales, como miento obligatorio, podrán quedar de'. propiedad del promotor para su enajenación o' explotación; en cuyo caso, el precio má· ximo de venta de la Vivienda Social vendrá afectado· de la deducción del 3 por 100 que señala el anexo 3 de la Orden de 24 de noviembre de 1976. . Lo que comunico a VV. n. para su conocimiento y demás efectos. Dios gUB.rde a VV. 1I. Madrid, 17 de mayo do 1977. 3.° Cuando la construcción del garaje-aparcamiento haya de resolverse dentro de la propia edificación por exigencia de .la Ordenanza Municipal aplicable, el precio máximo de venta a los beneficiarios de cada plaza de garaje será 'el que figura. en el anexo 4 de la- Orden de 24 de noviembre de 1976, mul- . tiplicado por 1,7, si atiende' a la dotación obligatoria seftalada por las Normas Técnicas de Diseño y Calidad. 4.° Quedan derogadas cuantas normas de igualo inferior rango contengan disposiciones contrarias a las Norma.s Técniéas de Diseño y Calidad de Viviendas Sociales. Inspección oficial Art. 99. Por las Delegaciones Provinciales del' Ministerio de 'Industria podrán realizarse de oficio o se efectutlni.n a instancia de los usuarios, .pr9pietarios o conservadores de los aparatos elevadores para obras, visitas de inspección oficial, que tendrán por objeto fundamental comprobar el cumplimiento de los Qreceptos del presente Reglamento Y ,ordenar, en su (,8'\0, las obras de modificación necesarias. Art. 100. La comprobación por las Provincialus de Industria durante las in,<;pecciones a que se refiere el ar- ticllio anterior del incumplimiento de las prescripciones. esta- en el presente Reglamento podrá dar Jugar a las SI- guientes sanciones: a) Multa de hasta 10.000 pesetas al proyectista, montador. fClbl'icante, conservador, propietario o arrendatario del aparato eluvador, según proceda, por la 'infracción comprobada de las prescripciones reglamentarias, previa incoación del oportuno expediente. bl Retirada temporal o definitiva a la entidad montadora o conservador¡:, de su correspondiente certificado, previa instruc- ción del oportuno expediente, si se pone de manifiesto el incum-I pI :Jniento reiterado de sus obligaciones. el Suspensión del servicio del aparato elevador si la Dele- gación Provincial de Industria estima que ofrece peligro su utilización, hasta tanto no compruebe la misma, en una nueva inspección solicitada por el p'ropio?taric, arrendatarit e conser- vador, que se han corregido las defici 'Jncia,s observadas. CAPITULO XX IIJ. Toda entidad partícular que lo desee podrá obtener el certificado de conservador de sus propias instalaciones siguiendo ]a tramitación del apartado l. IV. Todas las Empresas habilitadas para conservar áscenso- res de acuerdo con el Reglamento de Aparatos Elevadores, de 30 de junie>' de 1966, se consideran autorizadas para conservar los ascensores de obras. No obstante, si trata de una Em- presa que no posee los mínimos indicados en el apartado 1 de esta norma, no podrá llevar a efecto los reconocimientos nerales periódicos a que se refiere' el apartado h) del ar- tículo 95. Art. 98. Obligaciones del personal encargad-o del servicio ordinario.-La pérsona o personas encargadas del servicio ordi- nario del 'aparato elevador de. obra (servicio del cual puede encargarse el personal auxiliar de obra], deberá conocer con exactitud las disposiciones vigentes que afecten al servicio que les está encomendado, a cuyo efecto percibirán la oportuna ins- trucción por parte del personal de la empresa ·conservadora. En e,<;pBcial, vienen obligados a: al Comprobar diariamente los enclavamientos eléctricos y mecánicos. bl Impedir el uso del aparato elevador cuando no estén bien los enc1avamientos o funcionen deficientemente, cortando el interruptor de alimentación y colocando carteles indicadores en todas las puertas de acceso al mismo. cl Notificar las averías a la Empresa conservadora para su reparación. dl Denunciar ante la Delegación Provincial del Ministerio de lndústria correspondiente, a través del propietario o arren- datario del elevador de obra, cualquier deficiElncia o abandono en relación con la debida conservación de la instalación. el Conservar en estado de buen uso el Libro Registro de Montaje y Mantenimiento. fl Encargarse en exclusiva la memipulRción del aparuto desde el interior de la cabina,

n.o. ael ~.-Num. JunIo de MINISTERIO DE LA VIVIENDA y. · visan determinadas Normas de Diseño y Calidad de las Viviendas Sociales. 13821 Ilustrisimos señores: La Orden de 24 de

  • Upload
    ngodan

  • View
    213

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

n.o. ael ~.-Num. 14f 14 JunIo 1977 13305

LOZANO VICENTE

MINISTERIO DE LA VIVIENDA

Ilmos. Sres. Subsecret'lrio, Director general de Arquitéctura Y..Director I! aueral de la Vivienda.

5.° La presente Orden ministerial entrará' en vigor el diade su publi.::::ación en el «Boletín Oficia.l del Estado•.

ORDEN de 17 de mayo de 1977 por la que se re­visan determinadas Normas de Diseño y Calidadde las Viviendas Sociales.

13821

Ilustrisimos señores:

La Orden de 24 de noviembre de 1976, por' la que se apruebanlas .Normas Técnicas de Diseño y Calidad de las Viviendas So~

ciales, dispone que,. en el plazo máximo -de seis meses desde suentrada en 'vigor, las Direcciones Generales de Arquitectura y.Tecnología· de la Edificación y de· la Vivienda, habrán de elevaral Ministro. de la Vivienda un informe sobre la aplicabilidad yoperatividad de las citadas Normas, proponiendo la revisión,:en su caso, de aquellas que se considere convenienteS.

Ambas Direcciones Generales, a la vista de las sugerenciasque sobre las mencionadas Normas Técnicas han elevado a esteMinisterio ·los promotores de Viviendas Sociales, di'rectamente ,oa través de las diferentes Asociaciones en que están agrupados;~

los respectivos Colegios Profesionales, Yd,eroás Organismos que,directa o' indirectamente, intervienen en este sector. y teniendoen cuenta, además, la propia experiencia adquirida al respectodurante el. tiempo de vigencia de las indicadas Normas, hanprop\l-esto la revisión de alguna de ellas en aras de su mejoroperatividad.

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

1.0 S~ aprueban los artículos y epígrafes correspondientesa las Normas Técnicas de Diseño y Calidad de las ViviendasSociales contenidas en el anexo a esta Orden, que sustituyena los correlatiVOS del· anexo a la Orden de 24 de noviembrede 1976, que quedan derogados.

2.° Los locales comerciales de uso diario que, de acuerdocon 10 establecido en las Normas Técnicas de Diset\o y CalidadhaYlln de adscribirse a las Viviendas Sociales, como equipa~

miento obligatorio, podrán quedar de'. propiedad del promotorpara su enajenación o' explotación; en cuyo caso, el precio má·ximo de venta de la Vivienda Social vendrá afectado· de ladeducción del 3 por 100 que señala el anexo 3 de la Ordende 24 de noviembre de 1976. .

Lo que comunico a VV. n. para su conocimiento y demásefectos.

Dios gUB.rde a VV. 1I.Madrid, 17 de mayo do 1977.

3.° Cuando la construcción del garaje-aparcamiento hayade resolverse dentro de la propia edificación por exigencia de.la Ordenanza Municipal aplicable, el precio máximo de ventaa los beneficiarios de cada plaza de garaje será 'el que figura.en el anexo 4 de la- Orden de 24 de noviembre de 1976, mul­

. tiplicado por 1,7, si atiende' a la dotación obligatoria seftaladapor las Normas Técnicas de Diseño y Calidad.

4.° Quedan derogadas cuantas normas de igualo inferiorrango contengan disposiciones contrarias a las Norma.s Técniéasde Diseño y Calidad de Viviendas Sociales.

Inspección oficial

Art. 99. Por las Delegaciones Provinciales del' Ministerio de'Industria podrán realizarse de oficio o se efectutlni.n a instanciade los usuarios, .pr9pietarios o conservadores de los aparatoselevadores para obras, visitas de inspección oficial, que tendránpor objeto fundamental comprobar el cumplimiento de losQreceptos del presente Reglamento Y ,ordenar, en su (,8'\0, lasobras de modificación necesarias.

Art. 100. La comprobación por las Delegadone~ Provincialusde Industria durante las in,<;pecciones a que se refiere el ar­ticllio anterior del incumplimiento de las prescripciones. esta­blecida~ en el presente Reglamento podrá dar Jugar a las SI­guientes sanciones:

a) Multa de hasta 10.000 pesetas al proyectista, montador.fClbl'icante, conservador, propietario o arrendatario del aparatoeluvador, según proceda, por la 'infracción comprobada de lasprescripciones reglamentarias, previa incoación del oportunoexpediente.

bl Retirada temporal o definitiva a la entidad montadorao conservador¡:, de su correspondiente certificado, previa instruc­ción del oportuno expediente, si se pone de manifiesto el incum-IpI :Jniento reiterado de sus obligaciones.

el Suspensión del servicio del aparato elevador si la Dele­gación Provincial de Industria estima que ofrece peligro suutilización, hasta tanto no compruebe la misma, en una nuevainspección solicitada por el p'ropio?taric, arrendatarit e conser­vador, que se han corregido las defici 'Jncia,s observadas.

CAPITULO XX

IIJ. Toda entidad partícular que lo desee podrá obtener elcertificado de conservador de sus propias instalaciones siguiendo]a tramitación del apartado l.

IV. Todas las Empresas habilitadas para conservar áscenso­res de acuerdo con el Reglamento de Aparatos Elevadores, de30 de junie>' de 1966, se consideran autorizadas para conservarlos ascensores de obras. No obstante, si sé trata de una Em­presa que no posee los mínimos indicados en el apartado 1 deesta norma, no podrá llevar a efecto los reconocimientos ge~

nerales periódicos a que se refiere' el apartado h) del ar­tículo 95.

Art. 98. Obligaciones del personal encargad-o del servicioordinario.-La pérsona o personas encargadas del servicio ordi­nario del 'aparato elevador de. obra (servicio del cual puedeencargarse el personal auxiliar de obra], deberá conocer conexactitud las disposiciones vigentes que afecten al servicio queles está encomendado, a cuyo efecto percibirán la oportuna ins­trucción por parte del personal de la empresa ·conservadora. Ene,<;pBcial, vienen obligados a:

al Comprobar diariamente los enclavamientos eléctricos ymecánicos.

bl Impedir el uso del aparato elevador cuando no estén bienlos enc1avamientos o funcionen deficientemente, cortando elinterruptor de alimentación y colocando carteles indicadores entodas las puertas de acceso al mismo.

cl Notificar las averías a la Empresa conservadora para sureparación.

dl Denunciar ante la Delegación Provincial del Ministeriode lndústria correspondiente, a través del propietario o arren­datario del elevador de obra, cualquier deficiElncia o abandonoen relación con la debida conservación de la instalación.

el Conservar en estado de buen uso el Libro Registro deMontaje y Mantenimiento.

fl Encargarse en exclusiva d~~ la memipulRción del aparutodesde el interior de la cabina,

13306 14 iunio 1977 B. O. del K-Núm. 141

Porcentaje máximo del total de ViviendasSociales de la promoción

2.2. Condiciones deplanea miento

2.3. Condiciones deprogramación

Toda promoción de Viviendas Sociales habrá de contar con la disponibi·lidad de suficiente suelo para ella, .debidamente calificado como solar osusceptible de serlo, de acuerdo(~on ro. que respecto a PlaneamientoUrbano establece el Texto refundido de la vigente Ley sobre Régimendel Suelo y Ordenación Urbana. (Real Decreto 1346/1976 de 9 de abril,B. O. E. 1976-06-16 Y17).

Para favorecer la integración socia! conveniente, en la programación deViviendas, Sociales, deberá justificarse que el número de viviendas pro~

gramadas no incide en más del 30% del número tata! de viviendas de su·entorno urbanístico de. uso resídenciat, consolidado o programado.

3.1.3. Superficies y vowmenes útiles globales

Las superficies y volúmenes útiles globa~es de las Viviendas Socialesestán en función de su programa familiar y no serán inferiores a los quefiguran en el siguiente cuadro.

Número de personas Idel programa familiar 2 3' 4 .5 6 7 8 n

Superficie ulil en m2 36 46 56 66 76 86 96 16+10 n

VolumPn ulll en 013 86 110 134 158 182 206 230 38124n

De estas superficies globales, siempíe que se cumpltln en su totJlidJdlos programas funcionales mínimos, las superficiesminimas y las dimen­siones c"ríticas que exigen estas Normas Técnicas de 'Diseño, podráde~traerse hasta un 5%, y su correspondiente volumen, para destinarlo aespacios exteriores qllC adquieren el carácter de útiles, cuya superficieserá como mínimo el doble de la defrafda.

La distribución porcentual, dentro de una promoción de Viviendas Sociales,de los diversos programas familiares, queda al criterio del promotor, conlas siguientes limitaciones.

Número de personasdel programa familiar

28ómás

-s;; 4%~. 6%

El porcentaje del 4% señalado pJra !as viviendas de dos personas, sólopodrá superarse cuando razones de composición del edificio asi 10 justi­fiquen para aprovechar condicionamientos particulares de diseño deplantas bajas, plantas de alico ode cubierta.

13308 14 junio 1977

3.1.6. Superficies mínimas y dimensiones criticas

Dimensiones generalés de alturaSegún gráfico.

B. o. ilel E.-Núm. 141

Oimens;ones generales de altura

Alzado-Secr.:iÓn colas en cm

Dimensiones de huecos de pasoEl sentido de apertura y las áreas barridas por las hojas de pUGlias, venta­nas y armarios, estarán libres ·de obstáculos y no dificultarán el paso y lacirculaCión,El ancho de las hojas según su situación será:

Situación de la puerta

Acceso a la vivienda

Interior

Cuarto de aseo

I;staocia • ESuperficie mínima

Combinación de espacios en unsolo recinto

Ancho de la hoja en mm

'" 825

'" 725

? 625

Número de personas del programafamiliar . ,

2 3 4 5 6 7 8

Estancia

Estancia-comedor

E

E+C

12 12 14 14 16 16 18

13 '14 16 18 20 20 .22

Estanola-comedor·cocina E+C+K 18 20 24 26 28 30 32.

Superlicie minimaen m2

Il. O. oel E.-Núm. 141 14 junio 1977 13309

Dimensione's críticasEn toda estancia se podrá inscribir un circulo de diámetro;;:300 cm.'Según gráficos.

/,/

!

EslafICia-E mclal1gufar

Eslar1COl -[ con paramentos qu"'lJr~óos

Plantas

Comedo.-CSuperticie mínimaNo se establece.

, Dimensiones críticasSegún gráficos.

cotas en cm

"

70 70

+--__~,§>.2.. +Comedor en nieto

13310

Cocina· KSuperficie minima

H junio 1977 B. O. áel E.-Num. 141

Combinación de espacios en unsolo recinto

Número de personas del programafamiliar

2 3 4 5 6 7 8

Cocina

Cocina·comedor

Dimensiones críticasSegún gráficos.

K

K+C

5 6 8 Q 8 10 10

6 8 10 12 12 14 14

Superficie minima en m2

.€J

cobI$ en cm

Dormitorio doble conyugal. D2.

Superticle mlnima

10 1m2, sin incluir superficie para armario ropero-R

Dimensiones críticasSegún gráfico.

-227Jl§,Dormitorio doble oon)'UlIll¡~D'ao

Plaole Golas llfl cm

B. O. ael E. Num. 141' 14 íunIo 1977

Dormitorio doble· D2

Superficie mínima8 m2, sin incluir superficie para armarioropero-RDimensiones críticasSegún gráficos.

I331I

Dormilorio doble - 02

Plar¡IB8

Dormitorio individual • D1

Superficie mínima6 m2, sin jnciuir superficie para armario ropero-R

Dimensiones críticasSegún gráfico.

Dormllori~ individual-D.fl8;nl.

Cuarto de aseo· ASuperficie mínimaNo se fija.-Dimensiones críticasSegún gráficos.La superposición de áreas de uso es válida.

cotas en cm.

C;OIólS en cm

InOdoroPlanlll

SI"" Lavabo

I'@ ,.@ 1

Ds!@8a"era

.@ .@.

rnl®Du<;ha

- --------- - ---

13312 14 junio 1977

Vestíbulo· V

Supe-rficie mínima1,40 m'.

Dimensiones críticasSegun, gráfico.

~~

BIlisVeslibulo-V

, Planta cotas en cm

líistribuidor O pasillo· D

Superfici,e mínima

No se fija.

Dimensiones críticas

Según gráfico.

B. O. ilel K-Núm. 141

Olst.ibudo< o Pasillo·D

Planta

E!itrliU'llula'mienl0 aisladoPlanta cotas en Cm

Almacenamiento geileral-AG y armario ropero-RS-uperficie mínima

El espacio destinado a almacenamiento general AG en la vivienda ,será.?: O,30m'.

las superficies destinadas a armarios roperos' R empotrados o espaciosreservados para muebles armarios en la vivienda no serán inferiores a lasexpresadas en el siguiente'cuadro: .

Número de personasdel programa familiar,_ 2 3 4 5 6 7 8

Superficie minima en

j m 2 de armario ropero-R 0,8 1,2 1,6 2,0 2,4 2,8 3,2

Se dispondrá Ó,8 m2,en el dormitorio doble conyuQal Y el resto preferente­mente en dormitorios, distribuidores o vestíbulo:Dimensiones críticasSegún gráficos.

Alturaminima?:2 m. IIQ'l' 11II1I -.r-""rmfmmmnnmmmmk~l:!:Y 1IIIIIJIIII11111111111"1~ "t-

AlmaCO<1amiento 9",,,,ral-AG

P"nlas

Arrmrio ropero - R

cotas en con

Espacios exteriores que adquieren carácter de útiles de acuerdocon 3.1.3.Terrazas. solanas..T z Miradores, gale"rías acristaladas-M

~olas en cm

Tendedero·TNo se fijan dimensiones críticas.

. ,

B. O. ael E.-Num. 1.:,41:.' 1:.;4;...:.:iu:.;n_Io_I_9_77 ------'--1-3-31-3

3.3. Condiciones visuales

3.4. Cond1cioneshigiénicas

3.5. Condicioneshjgrotérmicas

Los espacios destinados a estancia, cocina y dormitorio, tendránhuecos para Iluminación natural, practicables y de superficie IraQs­parente.

La superficie de los huecos de iluminación será al menos el 8% de lasuperficie en planta, de-los recintos correspondientes, ponderándose encada caso las condiciones locales de iluminación natural y de soleamiento.

Se conseguirá el bscureclmiento de los dormitorios y estanciasdisponiendo para ello los sistemas adecuadospna este fin o dejando re·suelta la posibilidad de colocación, .por' parte d~J usuario, de elementosque tengan carácter de mobiliario y que sirvan para éste fin.

No se permitirán viviendas situadas en planta de sótano o semisótano.

Los espacios de uso común de la vivienda: E, E +e, E +e + K, abriránsobre el espacio exterior, considerándose ,como espacio exterior el defi­nido por el planeamiento .urbanistico. biEm sean: calles, plazas, zonasabiertas, patios de manzana.

la vivienda tendrá una capacidad de renovación d~ aire, por conducto,de un volumen por hora, sil') necesidad de -abrir ventanas_

Incfependlentemente las ventanas serán practicables en 1/3 de susuperficie como mínimo.

Se consideran exigibles solucione"s de diseño arquitectónico que denposibilidad de ventilación cruzada de la vivienda. Sólo se admitiránexcepcic..nes cuando la renovación dé aire se estimule mediante la ¡ntro·ducción de mecanismos de ventilación forzada estática'o dinámica.

Los humos procedentes de combustión tendrán evacuacióri directa alexterior. ,La vivienda tendrá un conducto de ventilación en la cocina cuya capa­cidad de renovación de aire se computará a los efectos de la renovación deaire general de la vivienda.

La temperatura ambiente en el interior de los recintos de la vivienda,en el periodo inverflal, será igualo superior a + 18 o e, medidos en elcentro def recinto a 1,50 mde altura.Para la determinación de -las soluciones constructivas térmicamenteadecuadas, se considerarán las siguientes condiciones del entorna" exterior,

Zona climática J

Ter;~~ratura de cál;~lo en oC--~r.'w

·1

x·4

y

·6

z

·8

3$°'"

-(1"-- '---;./ /¿x::. P '{. wX /" ~ ~I.

Mapa de zonas climáticas

13314 14 Junio 1977 B. O. oel E,-'-Num. 141

Se exceptúan de ~sta exigencia las localidades· pertenecientes a la 'zonaclimática W donde se regislren temperaturas minimas por debajode +1°C.durante menos de cinco días al ano.

Las condiciones higrotérmicas exigidas se conseguirán por medio desistemas de' calefacción con elementos fijos, ya sean individuales o centra­lizados.

La temperatura superlic/al del paramento más frío de un recinto no sedIferenciará más de 4°e de la del ambiente. de dicho recinto. exceptoen ventanas.

La vivienda será estanca a la penetración eJe agua, tanto de la proce­dente de prec',p',taciones m'eteorológicas como de la procedente del suelo.

3.6.1. Dotación de agua potable

Las condiciones del ,abastecimiento '::( las caraderísticas de la instalaciónasegurará en cocinas y cuartos de aseo, en condiciones normales de uso,un caudal porgrifo de agua fria de 0,15 l/s yO, 10 l/s a 50oepor grifo deagua caliente. '

El sistema de producción de agua éa¡iente podrá ser centralizado o indivi-dual, instantáneo o de acumulación. '

3.6.3. Suministro de energía eléctrica

En previsión de los posi6les consumos que determínarán los usuarios en elcorrespcndiente contrato con la Empresa suministradora, para el dimen­sionado de la acometida y las lineas generales en la vivienda, la previsiónde cargas se considerará de acuerdo con el siguiente cuadro:

N°de" personas del programa familiar

Nivel de posible electrificación en W

Los circ.uifos inferiores estarán diferenciados.

La dotación minima será:

2a6

5.000

7ya

8.000

,Espacios Puntos dé luz Tomas de corr~nte

Estancia-E 1 1 cada 6 m'

Comedor-C 1 1

Cocina,K 1 2 para alumbrado y otros usos

2 para calentador~' maqu,inaria do-méstica

.~

) 1 cuand9 la cocina sea eléctrica

Dormitoriodoble-D, 1 3

DormifQrioindividual-D I 1 2

'i-Cuarto de aseo-A 1 1

Veslibulo-Vy

*distrib~idor-D 1 cada 5 m' 1 cada 5 m'

b

.<

B. O. del E.~Num. 141 14 junio 1977 13315

3.6.4. Dotación de,energíacalorífica

Cuando-la energía calorifica se suministre pOr una red general, quedarángarantizadas las necesidades de consumo de la vivienda tales como cocina,agua caliente y calefacción,

En el caso de sistemas de calefacción eléctrica, se añadirá un circuitoespecífico para este fin en el suministro de energiaeléctrica y el nivel deelectrificación minimo sera de 8.000 W.

No se permitirán sistemas de calefacción qlle consllman electricidadcomo energía calorífica en las zonas X, y, Z, del Mapa Climático delapartado 3.5.

3.6.6. Equipo doméstico

Equipo doméstico mlnimo

Cocina de 3 fuegos

Horno

Fregadero" 45x'45 cm

Lavadero manual

Frigorífico·

Lavadora ••

Lavavajillas··

Número de pel"sollas del programafamiliar

2 3 4 5 6 7 8

[ 1 J [ 1 ] 1 1 1 1 1

1 1 1 1 1 1· 1

1 1 1 1 1 1 1

(1 ) (1 ) 1 1 1 1 1

1 1 1 1 1 1 1

1 1 1 1 1 1 1

(1 ) (1) 1 1 1 1 1

Número mínimo de aparatos

() Opcional

[1 Opcional 2 fuegos

• Previsión de espacio y de toma de corriente

•• Previsión de espacio e instalación de eledricidad,. toma de aguay desagüe

3.7.2. Contra la caída

Las ventanas o huecos que presupongan. peligros de caída, estaránprotegidas por un antepechO de 0,95 m de altura o barandilla de 1 mde'altura como minimo, para alturas da caída::: 25 m yde 1,05 y 1,10 mrespectivamente para alturas de calda ;:. 25 m.

Por debajo de la altura de protección no habrá huecos de dímenslónma}'or de 12 cm, para evitar el paso de un niño, ranuras al ras del suelomayores de 5 cm, ni elementos que faciliten escalar el antepecho obarandilla. .

Cuando por debajo de la altur~ de protección existan cerramientos devidrio, estos deberán ser templados, o armados con malla metálica olaminado plástico.

13318 14 junio 1977 B. O del E.-Núm. 141

3.:10. Condiciones deaccesibilidad

El acceso a la vivienda será directo y libre de obstáculos, de forma 'que'permita la evacuación rápidasn caso de siRiestro. '

En contacto con el espacio exterior accesible existirá al menos un huecopracticable de 1,50 m', con anchura mlnlma de 0,80 m, para facilitar laentrada y salida del mobiliario.

4. Condíéiones exigidas a los servicios comunes del edificio de viviendas.

4.1.3. Programa funcional mínimo

Espacios comunes Edificios con

< 5 plantas,sinco'nsiderarporchesdiáfanos

~ 5 plantas. sinconsiderarporchesdiáfanos

5151

opcional515151

opc~C'n11

si (4)

opcir -1.1

opcional'

si51

opcionalopcionali"")

5151

opcionalsi (.)

opcional

PortalCirculación interior El \'iv;,::, -riJsEstacionamiento de coches deniño y bicicletasAscensorCuarto de basurasCuarto de contúc!ores eléctricosCuarto de contadon:::s de nguaCuarto de calderasTendedero comúnGaraje~aparcam¡er~to en elpropio edificio opcional

r) Si existe calefac~ióncentral en el edificio

("") Obligatorio cuando 1::1: cuta del suelo de la ultima planta referida al nivel, de la acera en el eje cJ.:..:; portal sea> 10,75 m.

4.1.5. Superficies mínimas y dimensiones Critic3S

Portal y circu~ació.1.ínterior a viviendaSegún gráficos.

II~__.,

l~e

111" I~ ... f'

- --Tramo ~®pelda"'os

Portal y c;rculación interior. vivienda

Alzado- Sección colas en cm

,

B. O. ael E:.-Niím. 14f 14 junio 1977 13317

Espera ascensor en portal

~e+----+

,,,

N::<;eso calle

[dl L..~~¡'8a=

i::ot~ en cm

+-. ...

Pasillo Galeroa

-\ ~-mcCr-!

. \ \ i~~\ . t I '-...-

l__ .~ _~l_L L¡

,-----,-----

ESCall!lilS

---1'

L--1'@----

-------

c-

~L-

I--~

'------

-~ -

+-----.?-º--+

:-,11 :

'"~ ~7

,

---f[~, ~ ll@ '-,\

, r,@ \~~ I-t.

,,

,

" :

,--- ~--- 1'--";"-1------ -----+-,

.+2~-j_

Meseta con acceso a viviendacolasen tIlt

Plamas

Las puertas de ascensor y la e3pera ante las puertas de las viviendas,no interferirán la circulación de la esCalera.

13311í 14 iunio 1977 B. O. ael E.-Num. 141

Estacionamiento de coches de niño l/ bicicletasSuperficie == 0,3 m2/vivienda~

, jl.sllensor l/ cuarto de máquinasSuperficie y dimensiones según la legislación aplicable.

Cuarto de basurasSegún gráficos,

~·_-o:.-:- "::= .

~.~ -.--- -.--~- ~-"--_.__. --

CiJa,to de basutas

Plantas

Cuarto de contadores eléctricosSegún grálicos.

Cuarto de conl~dOfBS 'electo IGOS

Plantas

Cuarto de contadores de aguaSegún gráficos.

Cuarto de.contadOles de ligua

Plantas

:~~:;..o--._-'--:---

~~-1J----~ ~--_..... , .._--_.-=--=- T _--=-_-'~

:-=: ~- _:-----:-=-:-~

00colas en CIl)

--_._-,.. --,._-----.--------...-- - -------------

cotas ery un

000

cotas en cm

4.5. Condicioneshigrotérmicas

Los espacios comunes tendrán la consideración de locales no ealefactados.

En la zona Climática W, según el Mapa de zonas climáticas, del apartado 3,5,donde se registren' temperaturas mínimas por debajo de +1°C durantemenos de cinco días al año, se admitirá que las escaleras y espacios decirculación no tengan cerramiento (galerías abiertas, etc.) y en este casoestos espacios se considerarán a efectos térmicos como si estuvieran a laintemperie. . ,

Todas las zonas y recintos cerrados de los espacios comunes tendránasegurada su estanquidad a la penetración de agua, tanlo do la proce­dente de precipitaciones meteorológicas como de la procedonte del suelo.

D. O. ífel E.-Num. fU

4.6. Condiciones de lasdotaciones

I

14 Iunio f977 -

Espacios comunes

Portal

Circulación interior aviviendas

Estacionamiento de,coches deniño y bicicletas

I

Ascensor con capacidad de 1 plazapor cada 4 viviendas servidaso fracción

Cuarto de basuras'

Cuarto de contadores eléctricosyde agua

Cuarto de calderas

Garaje-aparcamiento en el propioedificio

( ) Opcional

4.7.2. Contra la caída

, Dotación minima

1 Casillero postal

(1) Portero eléctrico

1 Pun!o de luz cada 5 m"1 toma de corriente1 Punto de luz cada 5 m'

1 Punto de luz cada, 5 m'

1 Para edificios de := 5 plantasy 24 6 menos viviendas servidas

2 Para edifi¡:ios de ::: 5 plantasy < 8 plantas y más de24 viviendas servidas

2 Para edificios de ::: 8 plantas

1 Grifo de agua

1 Sumidero

1 Punto ae luz

1 Punto de luz cada 15 m'1 Sumidero

1 Grifo de agua

1 Sumidero

1 Punto de luz cada 15 m'

1 Toma de corrienteCumplirá las condicionesdel apartado 6,5.

/

Las ventanas o huecos que presupongan' peligro de caída, eslarán pro·tegldas por un antepecho de 0,95 m de altura o barand/tla de 1 m dealtura,.como mínimO, pat:a alturas de caida " 25 m yde 1,05 m y 1,10 mrespectivamente para a!turas de caida > 25 m.

Por debajo de' esla altura de protección no habrá huecos de dlmen~slones mayores de 12 cm, para evitar el paso de un niño, ranuras al rasdel ¡¡oelo mayores de 5 cm, ni elementos que faciliten escalar en an­tepec!10s obarandilla.Cuando por debajo de la altura de protección existan cerramientosde vidrio, deberán ser templados,o armados con malla metálica o lami­nado plástico.

4.7.3. Contra elfl.!ego

A los efectos de prótección especifica contra el fu~go. existirá un extintormanual por cada 5pl;¡n'J;As '1 al menos uno en el portalpor cada caja ,'r .escalera.

13320 l4 junIO' 1977 lJ. O. nel K-Num. 141

4.8. Condiciones deIntimidad

Los'accesos y espacios ~omunes de circulación no tendrán vistas direc­tas sobre las áreas de' uso privado de las viviendas.

El empleo .de elem'entos translúcidos o dispositivos de lamas fijas seconsideran suficieIlle para el cumplimiento de esta.condición.· .

5.1.4. Patioscerrad\)s•.La distancia entre los paramentos opuestos de los patios cerrados seestabléce en función del uso' de los iocales que abren a 'ollas y de laaltura H del patio.

La a/tura H del palla se medirá desde el nivel del pavimento de lasviviendas más bajas, cuyos localeS abran a él, hasta la línea dé caro·.nac:lónsuperlordé la. fábrica delParamento frontal considerado.

!,I cuadro siguiente determina las dlstanci~s mínimas requeridas:

Distancia entre el Distancia entreparamento con hueco' paramentos laterales

Uso del localy elparamento frontal ciegos

Paramento Paramento Pa~amento Paramentofrontal con frontal frontal con frOntalhuéCOS ciego huecos ciego

A 8 C D

Dormitorio-D A'::0,40H S ,=,0,32 H C::::O,32H D:::IJ,25HCodna-comedor-K+C :;:3,30 m ~3JOOm '::3,00 m ::2,70,m

Cocina-K A ,::0,30H S'='0,24H C,=,0,24H D:::O,19H'='3,00 m .~2,70m ,=,2,70 m · '~2,40-m.

Escalera; otros usos A:;::O,25H S'::0,20H C::::O,20H D:::O,16H'::2,70 m '::2,40 m :::2,40 m . :::2,1Qm

las dimensiones A, B o e de los patios interiores, correspoQdie"ntes aparamentos con huecos de dormitorio D, o de cocina-comedor, K+ C.podrán reducirse hasta llegar a ser igual a 0,30 H, a condición de que lasuperficie de planta del patio, obtenida a partir de las dimensiones míninias.que resultan del' cuadro, se incremente en la misma proporción en que sedisminuya la dimensión A, B o C.

Los patios situados en 'las medianerías de "los edificios cumplirán lasanteriores condiciones consi,derándose como paiam~ntofrontal ciego lalinea de. medianer,ía, o bien, se podrá considerar como patio único man~

comunado pe~eneciente a dos edificios colindantes; si se formaliza paraello escritura pública adecuada yse procede a la inscripción de la condiciónen el f'egistro de la Propiedad c~n respecto aambas fincas.

Para el caso de patios mter¡l)~es con planta no rectangular, las d.istanciasmínimas entre paramentos y su superficie mínima resLiltante se estableceráa partir de criterios de analogía con situaciones rectang"ulares asimilables, 'yde acuerdo con el cuadro,

~ión Vertical """...•

••

ÍO-__

.PlanlU

PalioS cerrado&

••

(

13. O. aeI E.-Niím. 141

5.2. Condicioneshigiénicas

14 junIo 1977

Ningún patio cerrado tendrá la consideración de espacio exterior, SElvaque sea p~tio de manzana establecido en el planeamiento urbano.

5.1.5. Patios abiertos

Se consideran patios abiertos a los entrantes di; fachadas cuya profundidadsea p :: 1,5 metros y en cuyos paramentos abran huecos de locales decualquier uso.

La profundidad del patio abierto. medida normalmente al plano de la facha­da seráp ::; 1,5 f,' siendo f el frente abierto del patio.

El minimo'frente-abiertQ f,queda determinado por la altura del patio H,medida de acuerdo con el apartado 5.1.4., cumpliéndose:

3metros ::; f ::lHPara que un patio abierto tenga la consideración de espacio exterior su

profundidad habrá de ser p ::: ~ f.

El Uso del edificio no contaminará su entorno, con residuos sólidos,Iiquidos, ni gaseosos.

En el diseño arquitectónico se tendrá en cuenta la disposición de los edi·ficios proourando el mejor aprovechamiento del sOleamienio, los vientosdominantes, ba~reras acústicas, etc.

.Para asegurar, en todo' m.onlt:mto, la suficiente circulación de aire en tospallas cerrados, se preverá una comunicación con el exterior, situadaen su parte inferior, ya seapor-condyctos de sección suficiente o a tra,vésde espacios comunes, -que asegure esta comu,nicación.

5.3.3. Suministro de energía eléctrica

La acometi¡fa al edificio será suficiente para asegurar los nivelesminimos de electrificación de las viviendas y espacios comunes exi·gidos respectivamente en el apartado 3.6.3., y 4.6., de estas NormasTécnícas de Diseño, así como la previsión de energía eléctrica para lailuminación de accesos al edificio con una intensidad mínima dé 151ux.

5.4.1. Contra el rayo

Quedarán protegido's los edificios cuyo índice de riesgo sea> 27 unidades,calculadas de acuerdo con la NTE-IPP: Instalaciones de Protección Pa.rarrayos,

5.4.5. Contra el fuego

Los edifiGÍos con más de. 9 plantas y unasola escalera, preverán, para elcaso de jnc~nd¡o, soluciones de evacuación de emergencia. '

13322 14 Junio 1977 B. O.. (lel E.-Ni:im. 141

6.1. Dotaciónobligatoria

Para que las familias que habiten en las Viviendas Sociales, puedan satis­facer de m·pdo adecuado sus necesidades primarias de carácter social ycomunitario, se establece como obligatoria, para toda la promoción deVivienda Social; la disponibilidad del equipamiento ininimo que acontinuación se expresa, situado a distancias no superiores de lasque figuran en el siguiente cuadro.

·Equipamiento social y co,!,unitario

Comercio de uso diarioGuarderia infantilCentro· de Educación General BásicaAparcamiento o garaje-aparcamientoParada de transporte colectivo

Distancia máxima en" m

~. 250

5001.000

~ 250'1 250

6.2.2. Condicion~s

espaciales

Aun cuando la exigencia de dotación y de distancia, pudiera atenderse conequipamientos sociales y comunitarios ya existentes en las proximidadesde la promoción, se establece con carácter necesario que toda promociónde Viviendas Sociales habrá de Incluir el proyecto y la construccióndel equipamiento social y comunitario definido como obligatorio, deacuerdo con lo que señalan estas Normas Técnicas de.Dlseño, a partirdel número de viviendas que se señala en cada caso y las condicionesesta~idasen cada caso por el planeamiento urbanlsticO.

Con carácter excepciopal, s6Jo se admitirán variaciones justificadas encuanto a las distanciasmáxjmas establecidas en el cuadro, para aquellosequipamil'ntos obligatorios, cuyo proyecto y construcción no haya de estarincluido necesariamente dentro de la promoción de Viviendas -Sociales,por no. alcanzar el número de éstas el limite numérico que, para cada casoy de acuerdo con el p~rrafo anterior, establecen las Normas Técnicas deDiseño. •

Con independencia del proyecto y la construcción del equipamiento socialy comunitario obligatorio, cada promoción de Viviendas Socia/es deberáatender las reservas de suelo que el planeamiento urban'/stico se"alepara otros equipamientos sociales ycC!munitar;os, que no son obliga­torios, a los efectos de la calificación objetiva de las Viviendas Sociales.

"El establecimiento o establecimientos mercantiles para la realización delcomercio diario, permitirán al consumidor cubrir sus necesidades coti~

dianas y se considerarán cumpJidás las exigencias de esiJ Norrnd cuandolos espacips queden resueltos a nivel de la ?structura. cerramientoprovisional y dotaciones necesarias para su posterior instalacián ypuesta en u~o.

6.2.2.2. Dimensiones críticas

.Anchura del local "2,40 m.Altura del local " 2,70 m.

::: 4,SOm.

B. O. élel E.-Niím. 14f

6.2.3. Condicionesacústicas

6.2.4. Condicionesvisuales

6.2.5. Condicioneshigiénicas

6.2.6. Condicioneshigrolérmicas

6.2.7. Condiciones de lasdotaciones

14 lunio 1977

La posterior instalación y puesta en uso de los locale.s.. comerciales nomodificará las· condiciones acústicas de las viviendas' ni los espacioscomunes del edificio.

En los iocales dedicados a usos comerciales, se preverá que en su mo.mento pueda alcanzarse un nivel adecuado de iluminación, con un mínimode 100 iux.

En los locales destinados a usos comerciales se dejará previsto un sis­tema dé ventilación que asegure una renovación de a.ire de 4 volú'menes por hora.

A efectos del cumplimiento del Decreto 1490175 sobre Medidas'a adoptaren' edificadones con objeto de reducir el cqnsumo de energia, el volumendestimido a locales comerciales se Considerará como calefactado, previén­dose una tempera/ura ambiente en periodo invernal '" 15° C.El cerramiento provisional en tanto no se proceda a la Instalación y puesta'en uso de los locales comerciales, impedirá el deterioro de las condiciones _higrotérmicas de las viviendas colindantes.

Se dejará prevista, en los locales destinados al uso comercial, la acometidanecesaria de aguapotable para servir a cada cuarto de aseo; que estarácompuesto como minimo por un inodoro y un lavabo.

Se preverá la acometida de energía eléctr.ica necesaria para un nivelprevisto de electrificación mínimo de 100 W/n¡2de planta.

6.2.8.1: Contra accidentes ..

Se dejará prevista la posibilidad de conexión a toma de tlerrll.Los elementos que pudieran. servir .para singularizar un comercio, nodeben por su situación produdniesgo de accidentes.

6.3.8.1. Contra el rayo

Quedarán protegidos los edificios cuyo indice de rIesgO sea> 21 unld,,­des, calculadas de, acuerdo con la .NTE-IPP: Instalaciones de ProtecciónPararrayos,

6.3.8.3. Contra la ca ida

Las ventanas o huecos, asi como escaleras, que presupongan peligrode caída, estarán protegidos con un sistema que 'impidil el paso deun niño.

Las barandillas y antepechosno tendrán /Juecós de'dimensión mayor'de 12 cm, para evitar el paso de u~ niño, ranuras a ras de suelo máyoresde 5 cm, ni elementos que faciliten escalar los petos y barandillas.

6.3.8.4. Contra el fuegoSe dispondrá un extintor en vestibulo y en accesos a escalflfa en cadaDlanta. .

13323

13324 14 íunlo 1977 n. O. ílel E.~~iím. 141

6.4.1. Ootación obligatoria Las, promociones que comprendah 40016 más Viviendas Sociales,incluirán el proyecto y la construcción de uno o' más Centros deE.G.S., como eqtlipamiento social y comunitario obligatorio al servicio deaquéllas, con las características de diseño que se expreSan en estaNorma.

La superficie de terreno destinado a Centros de E.G.B., será " 10 m"alumno, y la superficie total construida por alumno será mayor o igualque la qU,e, para cada tipo de Centro de E.G.B. señala 11> Orden de14 de agosto de 1975 (B. O.E.1976-08-27).

Para la estimación del número de 'pues,los escolares, en aquellos progra­mas que sobrepasan de 400 viviendas, se 'calculará ~l exceso del~úmero

de puestos escolares que- queden sin cubrir a razón de 0,8 puesto escolarpor vivíenda, no exigiéndose la construcción de otro Centro de E, G, 8" en

, tanto que estos excesos no alcancen los 320 puestos escolares nec~sarios

que exige el programa;funcional minimo,

El número de viviendas que da lugar al exceso de pues,los escolares noa,lendido por el Centro de E,G's" a construir, se tendrá en cuenta paradeterminar el precio máximo "de venta de todas las Viviendas Socialesincluidas en la promoción, según el Anexo Tres de la Orden de 24 deNoviembre de 1976 (B, O E, 1976-11-29).

6.4.8.4. Contra el fuego

En cocinas, cuarto de calderas y/abara torios existirá un equipo deextinción de incendios, además de las,medidas de protección del edificIo.

Se dispondrán ex1intores en vestíbulo y accesos a escalera en cadaplanta.

6.5.2.1. D,imensiones críticas

PI;lza de vehículo

Dimensiones críticas

Según gráfico. ,

rb-~r~T:C;-~:-T)-~--]I-T@I ~~JJ---- ,1 ~ '- .- ,

I l, . '

i . .. ~ .. ~ 450 ------..-- ...----~j-

·1 , ' IGaraje-aparcamientoPlar'lla

Garaje·aparcamientoDimensiones críticasSegún gráfico.

cotas en cm

B. O. ael E:.-Num. 14f 14 junIo 1977 13325

Acceso al garaje-aparcamiento según el ancho de la vía deacceso e;••,

Dimensiones crítica!j.

Según gráficos,

"colllS ~n III

Aceras de -acceso de peatonesCuando en el acceso al garaje~aparcamjento se superponga la circulaciónde peatones, se dispondrá una banda diferenciada de circula¡;ión exclusivapara éstos.

Dimensiones críticas

Se¡;ciOn cotas en cm

Plazas de aparcamientl) según su sistema de distribución

Dimensiones criticas

Según ~ráficos.

Aparcamiento en linea Aparcamiento en ángulo- 45" Aparcamiento en ba!lIria-90"

·DobIe aparcamteolo en linea

PJanld$

Doble aparcam,enlo en ¡\rlgUlo-4S" 009113 aparcamiento en baleria-90 G

colas en CtllI

--_._~-----_._--

.

6.5.7.2. Contra e,1 fuego

En los garajes-aparcamiento. la estructura 'estará prOlegida contra elfuego y como mínimo existirá un extintor por cada 20 pla~as devehículo.Cuando exista acceso al ascensor desde el garaje·aparcamiento, aq.uélse realizará a tr~vés de un espaCio cortafuegoa independiente.

13326 14 junio 1977 B. O. deIE.-Núm. 141

Electricidad

Estructuras de acero

Medio ambiente

Reglamento de líneas aéreas de alta tensión. .Decreto 3151/1968 de 28 de noviembre (S, O. E. 1968-12-27 y rectificadoen 1969-03.-(8). .

Reglamento electrotéCnico para baja tensión,Decretó 2413/1973 de 20 de septiembre (El. O. E.'1973-1 0-09).

Normas complementarias para la aplicación del reglamento electro-técnico. para baja tensión. .Orden del Ministerí.O' de Industria de 31 de octubre de 1973 (B.O.E.1973-12-27,28,29 Y31).

Regulación de medida de aislamiento de las Instalaciones eléctricas:Resoluciqn de la Dirección General de Energia (B. O. E 1974-05-07).

Reglamento de Verificaciones EléCtricas y Regularidad en el Sumi­nistro de Energia.Decreto de 12 de marzo (B. O. E. 1954-03-(5).

Norma MV-102/1975. Acero laminado para'estructuras de edificación.Real Decreto 2899/1976 de 16 de septi8n'bre lB. O. E: 1976-12-14).

Norma MV-103/1972. Cálculo de las estructuras de acero laminado enedificación.Decreto 1353/1973 de 12 de abrll·(B. O. E. 1973-06-27 Y28)

Norma MV-104/1966. Ejecución de las estructuras de acero laminadoen edificación. .Decreto 1851/1967 de 3de junio (B.O.E. 1967-08-25).

Norma MV-105/1967. Roblemes de acero.Decreto 685/1969 de 30 ele enero (B. O. E. 1969-04'-22).

Norma MV-106/196B. Tornillos ordinarios y calibrados, tuercas yarandelas de acero para estructuras de acero laminado.Decreto 685/1969 de 30.de enero (B.O.E. 1969-04-22).

Norma MV-107/196B. Tornillos de afta resistencia y sus tuercas yarandelas. •Decreto 685/1969 de 30 de enero (B.O.E. 1969-04.22).

Norma MV·10BI1976, Perfites huecos de acero para eslructuras deedificación.Real Decreto 3253/1976, de 23 de diciembre (B. O. E. 1977-02-01).

,Protección del ambiente atmosférico.Ley 38/1972 de 22 de diciembre (B.O.E. 1972-'12-26).

Desarrollo de la ley de protección del ambiente atmosférico,Decreto 83311975 de 6 de febrero (B.O.E. 1976-04-22 Y reclilieado en1975-06-09). .

Reglamento de actividedes molestas, insalubres, nocivas ypeligrosas.Decreto 2414/1961 de 30 de noviembre (B. O. E. 1961-12-7).

lJ. O. ílel E.-~iíni.l:4f 14 junIo 1977 13327

3.2.2. Solución constructiva

En 11IS soluciones cOJ1structivas de los elementos que compongan laestructura, se resolverá:

'- La rigidez ¡le la estructura;- Las juntas estructurales en el edificio.

- Su compartimiento como cerramiento en el caso <le fábricas resis-tentes, asi como los encuentros entre el cerramiento y su soporte estruc­tural en los restantes casos.- La impermeabilidad de las soleras en locales o zonas comunes.

'- La separacion,p01 un esp~cio aireado de altura ,,30 cm entre elterreno y los forjados de la planta baja en fas zonas de viviendas,asegurándose la descompresión de esta cámara por orificios cuya sumade secciones represente" 1[1.000 de la superticie en planta de la cámara.

- La protección de fas materiafes estructurales de la agresión am­bientál y de otros materiales no compatibles.

3.8.2. Solución constructiva. '

En las soluciones constructivas de los elementos que compongan los.tabiques, se resolverá;

- Que el espesor de los tabiques incluido revestimientos s.ea?: 6 cm.

- Que el espesor sea", 10 cm incluidos revestimientos, en los tabiquesy particiones que alojen conducciones de diámetro" 2 cm, salvo en elcaso de sistemas prefabricados siempre que tengan resuelto el alojamiento.de canalizaciones de esos diámetros en sus instrucciones de utilización.

- Una atenuación acústica" 45 dB(A) en las particiones entre vi­lilendas y entre zonas de uso común.y viviendas equivalente a 1[2'piede ladriUo macizo o perforado en tabla, revestido pqr ambas caras conguarnecido de 10 mm de espesor.--

3.10.2. Solución constructiva

En la solución contructiva de los elementos que compongan la cubierta,.se resolverá:

- Las soluciones constructivas que aseguren la estanquidad alaguadel recubrimiento, utilizando soldaduras, sellados u otras soluciones queproporcionen continuidad al plano de la cubierta, cuarido la pendiente deésta sea '" 10%

_ La resistencia a lapresión y succión del viento.

- Las juntas de dilatación en Itlormación de pendientes, en el reves­timiento de la cubierta y el respeto de fas estructuras.

-' La evacuación del agua de los faldones, sin que los elementossobresalientes intercepten el curso de aquélla.

- La disposición .de Imbornales de seguridad con vértido al extérior.cuando existan petos junto a canalones, o puntos en que sean posibleslos embalsamientos.

- La sección de las /Imahoyas, canalones y cazoletas de recogidade agua, en función de la pendiente, del área de recogida y de las inten­sidades de Jiuvia I segú~ el mapa de zonas pluviométricas.

13328 14 junio 1977 n. O. í1eI E.-Num. 141

3W'N f

37"N

OO'

;'-Y /¿¡L Pi P 'í> w1(; Ala"'.

oo·,1...-"\ ,. ..,,'" ~

/1"V'aPal_

Mapa de zonas pluviométricas

Zona XI" 30 mm/h'Zona Y 30< 1< 50 mm/hZona Z I ,,50 mm/h

- La distancia entre las bajanles de desagüe de rnQdo que no esténalejadas entre si más de 20 m.

- El refuerzo de la impermeabilización y la dlsposi<;:¡ón de elementosintermedios que consigan, por solapes,' dicha continuidad, en los encuen~

tras entre faldones, de éstos con -elementos sobresalientes de la cubier~a,

o con canalones o cazo,-ªtas y ~n general siempre que se 'rompa la'contInuIdad del f9Cubrim/ento.

- La protección de los elementos de fijación, cuando las membranaso las piezassolapables precisen fijación mecánica, de modo que no sepierda la estanquidad.

- Un coeficiente de transmisión térmica K del cOr)junto de la cubierta:" 1,50 kéallh.m'·C en zona W" 1,30 kcallh.m'·C en zona X" 1,20 kcallh.m'·C en zona Y" 1,10kcal/h.m' OC en zona Zsegún el mapa de zonas climáticas que tigura en el apartado 3.3.2.

- Que el coeficiente de transmisión térmica en los puentes térmicos,no supere al de la cubierta multiplicado por 1,20.

- La véntilación de las cámaras de aire, en la tormación de la cubierta,con secciones de entrada y salida" ~ sbo de su superficie en planta, deforma que los orificios no permItan la entrada de agua y estén protegidosCon rejilta Oteta metálica.

-. La situación del aislamiento ténniGO de la cubierta por debajo del planode -ventilación de ésta.

- La protección de los materiales empleados de la agresión ambiental.

- La protección de los materiales de cubierta en las zonas ajardinadasdel ataque de abonos y penetración de las raices.

B. O. ilel E.-Ni:ím. 141,

14 junio 1977 13329

3.14.2. Solución constructiva

En las soluciones constructivas de los elementos que compongan la ins­talación de fon,tanería, se resolverá:

- Que la ve/ocldaeJ eJel agua en la inslalaclón sea '" 1,5 mIs.

- La .cont;;'ulclfld del servicio, mediante las ,instalaciones necesariasque aseguren el mantenimiento de lo exigido como dotación en las NormasTécnicas de Diseño.

- La presión eJe servicio por medio de un grupo de presión, cuandQésta sea inferior a 10 m.c.d.a. o por medio de válvulas reductoras de pre·sión, cuando ésta e'xceda de 35 m.c.d.a, considerándose el punto másdesfavorable en cada caso.

- La mezcla de agua fria y caliente en los grifos de bañeras, duchas,lavabos, fregaderos y lavaderos, de forma que pueda ser regulada porel usuario.

- La posibiiidad de desagüe en todo punto de consumo o vaciado dela red.

- La independencia parcial de la InstalacIón por medio de llaves depaso en cada local húmedo,. sin que se impida el uso en los resta:ltcspuntos de consumo.

- La previsión en cada acometida de un espacio para la instalación deun contador, con dos llaves de paso.

- La disposición en cada columna de la red general de una llave devaCiado. .

- La instalación de válvulas de retención de cada columna o de la bateríade contadores, cuando exista.

- La disposición de llaves de paso en la entrada y salida de 'Iosgeneradores eJe agua caliente.

- La posibilidad de purgado de aire en la instalación de agua caliente.

- La instalación de los,'elementos o equipos reguladores de presión,cuando existan, en un local con sumidero.

- La e~tanqu¡dadde la red a una presión doble. de la prevista deuso y la no exposición lilas heladas de ningún tramo de ésta.

- La calorifu!l~ión de las canalizacIones de agua·caliente cuandoatravIesen loca/~ no calefaclados o dIscurran por el exterior.

- El trazado de las conducciones 'de agua fria de modo que no quedenafectadas por el área de InfluenCia de los focos de calor y que en los para­menfos verticales discurra por debajo de las canalizaciones paralelas deagua caliente, coillÍna separación?:: 4 cm.

- La separación de preteeclón entre .las canalizaciones paralelasde fontanerla y cualquIer conduc.ción o cuadro eléctricos, de modoque sea ?::.30 cm.

- La posibilidad de la libre dilatación de las canalizaciones, respectoti sí mismas y en los encuentros con otros elementos co.nstructivos.- La protección de .los materiales de la instalación de la agresió,l .ambiental, de olros materiales no compatibles y del agua fria o caliente.