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Servicio de Agua Potable y Alcantarilladode La Libertad Sociedad Anónima
“DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES NO DOMESTICAS A LA RED PUBLICA DE
ALCANTARILLADO SANITARIO”
Ms. Juan del Carmen Mimbela LeónJefe de los Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales
SEDALIB S.A.
TRUJILLO, 21 DE JUNIO DEL 2012
Servicio de Agua Potable y Alcantarilladode La Libertad Sociedad Anónima
TALLER: “APLICACIÓN DE LOS VALORES MAXIMOS ADMISIBLES (VMA) DE LAS DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES NO DOMESTICAS EN EL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO DE LA CIUDAD DE TRUJILLO”
AGUAS RESIDUALES
Las aguas residuales son los residuos líquidos derivados de la actividad doméstica o de procesos industriales, comerciales y hospitalarios, los cuales por razones de salud pública y por consideraciones de recreación, económica y estética, no pueden descargarse sin tratamiento en un cuerpo receptor de agua.
Servicio de Agua Potable y Alcantarilladode La Libertad Sociedad Anónima
TALLER: “APLICACIÓN DE LOS VALORES MAXIMOS ADMISIBLES (VMA) DE LAS DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES NO DOMESTICAS EN EL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO DE LA CIUDAD DE TRUJILLO”
COMPOSICION DE LAS AGUAS RESIDUALES
CARGA ORGANICA
CARGA INORGANICA
CARGA BACTERIAL
AGUAS RESIDUALES
DBO, DQO, COV, AyG, N,P,K, ETC
SERIE SOLIDOS COLIMETRIA,
PARASITOS, VIRUS, ETC
TIPOS DE AGUAS DE LAS AGUAS RESIDUALES
Aguas residuales domésticas:
Aguas residuales hospitalarias.
Aguas residuales comerciales.
Aguas residuales industriales.
Infiltración y aportaciones incontroladas.
Aguas de lluvia.
Sólidos Totales (ST) mg/L 350 720 1,200Disueltos totales (SDT) mg/L 250 500 850Fijos mg/L 145 300 525Volátiles mg/L 105 200 325Sólidos en suspención mg/L 100 220 350Fijos mg/L 20 55 75Volátiles mg/L 80 165 275Sólidos Sedimentables mg/L 5 10 20DBO5 mg/L 110 220 400Carbono Orgánico Total mg/L 80 160 290DQO mg/L 250 500 1000Nitrógeno ( Total en N ) mg/L 20 40 85Orgánico mg/L 8 15 35Amoníaco Libre mg/L 12 25 50Nitritos mg/L 0 0 0Nitratos mg/L 0 0 0Fósforo Total (Total en P) mg/L 4 8 15Orgánico mg/L 1 3 5Inorgánico mg/L 3 5 10
Cloruros a mg/L 30 50 100
Sulfatos a mg/L 20 30 50
Alcalinidad ( como CaCO3) mg/L 50 100 200Grasas mg/L 50 100 150
Coliformes Totales b nº/100ml 106-107 107-108 108-109
FUERTECONTAMINANTES UNIDADES DEBIL MEDIA
COMPOSICION TIPICA DE LAS AGUAS RESIDUALES URBANAS
Servicio de Agua Potable y Alcantarilladode La Libertad Sociedad Anónima
TALLER: “APLICACIÓN DE LOS VALORES MAXIMOS ADMISIBLES (VMA) DE LAS DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES NO DOMESTICAS EN EL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO DE LA CIUDAD DE TRUJILLO”
SISTEMA DE ALCANTARILLADO DE LA CIUDAD DE TRUJILLO
- PROBLEMÁTICA -
CAPACIDAD DE TRATAMIENTO:
CAUDAL : 880 lps
DBO: 320 mg/L
Capacidad : 24,800 Kg Dbo / día
PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES COVICORTI – SEDALIB S.A.
SOBRECARGA DE LAS LAGUNAS FACULTATIVAS PRODUCTO DE VERTIMIENTO INCONTROLADO DE AGUAS RESIDUALES NO
DOMESTICAS
INCREMENTO DE LODOS FLOTANTES EN EL ESPEJO DE AGUA DE LAS LAGUNAS FACULTATIVAS Y LA GENERACION DE MALOS OLORES
LEGISLACIÓN SOBRE EL VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES NO DOMESTICAS A LA RED PÚBLICA DE ALCANTARILLADO
•Decreto Supremo Nº 021-2009-VIVIENDA, Aprueban Valores Máximos Admisibles (VMA) de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario.
•Decreto Supremo Nº 003-2011-VIVIENDA, Reglamento del Decreto Supremo N° 021-20090-VIVIENDA que aprueban Valores Máximos Admisibles (VMA) de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario.
•Resolución del Consejo Directivo N°025-2011-SUNASS-CD, Aprueban Metodología para determinar el pago adicional por exceso de concentración de los parámetros fijados en el Anexo 1 del D.S. 021-2001-2009-VIVIENDA y modifican el Reglamento General de Tarifas así como el Reglamento de Calidad de la Prestación de Servicios de Saneamiento.
TALLER: “APLICACIÓN DE LOS VALORES MAXIMOS ADMISIBLES (VMA) DE LAS DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES NO DOMESTICAS EN EL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO DE LA CIUDAD DE TRUJILLO”
Servicio de Agua Potable y Alcantarilladode La Libertad Sociedad Anónima
Artículo 3º.- Definición de Valores Máximos Admisibles (VMA)
Entiéndase por VMA como aquel valor de la concentración de elementos, sustancias o parámetros físicos y/o químicos, que caracterizan a un efluente no doméstico que va a ser descargado a la red de alcantarillado sanitario, que al ser excedido causa daño inmediato o progresivo a las instalaciones, infraestructura sanitaria, maquinarias y equipos de los sistemas de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.
DECRETO SUPREMO Nro 021-2009-VIVIENDA
DECRETO SUPREMO Nro 003-2011-VIVIENDA
Artículo 4º.- Definición de Agua Residual No doméstica:
Agua residual no domestica: Descarga de líquidos producidos por alguna actividad económica, comercial e industrial, distintos a los generados como producto de la preparación de alimentos, del aseo personal y de los desechos fisiológicos
D.S. 021-2009-VIVIENDA Aprueban VMA de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario Fecha publicación: 20.11.2009 / Vigencia: intedeterminada
Artículo 1 - Finalidad, ámbito de aplicación y obligatoriedad de la norma
VMA son de obligatorio cumplimiento para todos los usuarios que efectúen descargas de aguas residuales no domésticas en los sistemas de alcantarillado. Cumplimiento es exigible por la empresa prestadora
Artículo 2 - Aprobación de VMA para el sector saneamiento
Se aprueba los VMA de las descargas de aguas residuales no domésticas en los sistemas de alcantarillado sanitario en anexos 1 y 2. Los usuarios cuyas descargas sobrepasen los valores contenidos en anexo 1 deben pagar la tarifa establecida por el ente competente.
EPS pueden cobrar a usuarios no domésticos el pago adicional correspondinete al exceso de concentración de: DBO, DQO, sólidos suspendidos totales, aceites y grasas medidos en la caja de registro de la red de alcantarillado o un dispositivo adecuado para e
La metodología para la determinación de los pagos adicionales por exceso de concentración será elaborada y aprobada por SUNASS en la fecha de entrada en vigencia del Reglamento de la presente norma. La metodología deberá ser incorporada en el Reglamento de Prestación de Servicios correspondiente de la EPS
Artículo 5 - Suspensión del servicio de alcantarillado
Las EPS pueden imponer el cobro de tarifas aprobadas por la SUNASS o disponer la suspensión del servicio de descargas al sistema de alcantarillado de acuerdo a lo que será regulado en el reglamento
Artículo 6 - Caso fortuito o fuerza mayor
Si el usuario efectúa descargas superando los VMA del anexo 2 por caso fortuito o fuerza mayor, la EPS evaluará si procede exonerar temporalmente al usuario de los alcances del artículo 5, de acuerdo a reglamento
Artículo 4 - Pago por exceso de concentración en la descarga de aguas residuales no domésticas en los sistemas de alcantarillado sanitario
D.S. 021-2009-VIVIENDA Aprueban VMA de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario Fecha publicación: 20.11.2009 / Vigencia: intedeterminada
DECRETO SUPREMO Nro 021-2009-VIVIENDA: Aprueban Valores Máximos Admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario.
DECRETO SUPREMO Nro 021-2009-VIVIENDA: Aprueban Valores Máximos Admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario.
D.S. 003-2011-VIVIENDA Reglamento del DS 021_2009-VIVIENDA, que aprueba los VMA de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario Fecha publicación: 22.05.2011 / Vigencia: intedeterminada
D.S. 003-2011-VIVIENDA Reglamento del DS 021_2009-VIVIENDA, que aprueba los VMA de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario Fecha publicación: 22.05.2011 / Vigencia: intedeterminada
Valores Máximos Admisibles (VMAs)Decreto Supremo N° 021-2009-VIVIENDADecreto Supremo N° 003-2011-VIVIENDA
UND: Registro de
Usuarios No
Domésticos
EPS: Monitoreo
de Resultados
de la Declaración Jurada
EPS: Inspección y Control
EPS: Muestra
Inopinada
• Pago por exceso al VMA (anexo 1)
• Suspensión del servicio exceso al VMA (anexo 2)
• Exceso al VMA (anexo 1)
• Exceso al VMA (anexo 2)
• Reclamo• Situación de
emergencia
D.S. 003-2011-VIVIENDA Reglamento del DS 021_2009-VIVIENDA, que aprueba los VMA de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario Fecha publicación: 22.05.2011 / Vigencia: intedeterminada
RCD Nº 025-2011-SUNASS-CD Metodología para determinar el pago adicional por exceso de concentración de los parámetros fijados en Anexo 1 DS 021-2009-VIVIENDA y modifican Reglamento General de Tarifas, Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de SaneamientoFecha publicación: 20.07.2011 / Vigencia: intedeterminada
ANEXO Nº 1 METODOLOGÍA PARA DETERMINAR EL PAGO ADICIONAL POR EXCESO DE
CONCENTRACIÓN DE LOS PARAMETROS FIJADOS EN EL ANEXO Nº 1 DEL DECRETO SUPREMO Nº 021-2009-VIVIENDA
I. Consideraciones generales
Establecimiento de rangos La presente metodología establece 05 rangos de concentración de los parámetros
(DBO5, DQO, SST, A y G) en relación a los incrementos de concentraciones establecidas como VMA de las descargas de aguas residuales en el sistema de recolección del servicio de alcantarillado y la transición de estos valores en relación a la dilución de la ciudad y los efectos generados y proyectados en la operación y mantenimiento de la red colectora y plantas de tratamiento de desagües con la finalidad de incentivar en los usuarios no domésticos la adecuación de sus sistemas con un pre tratamiento antes de verter sus desagües a la red colectora.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO NRO 025-2011-SUNASS-CD
RCD Nº 025-2011-SUNASS-CD
ASIGNACIÓN PORCENTUAL
PARÁMETROASIGNACIÓN PORCENTUAL
Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO) 25%Demanda Química de Oxígeno (DQO) 35%Sólidos Suspendidos Totales (SST) 20%Aceites y Grasas (AyG) 20%
RCD Nº 025-2011-SUNASS-CD
DEFINICIÓN DE RANGOS DE PARÁMETROS
DBO5 DQO SST AyGVMA (mg/L) 500 1000 500 100
Rango 1 500,1 - 550 1000,1 - 1100 500,1 - 550 100,1 - 150Rango 2 550,1 - 600 1100,1 - 1200 550,1 - 600 150,1 - 200Rango 3 600,1 - 1000 1200.1 - 2500 600,1 - 1000 200,1 - 450Rango 4 1000,1 - 10000 2500,1 - 10000 1000,1 - 10000 450,1 - 1000Rango 5 Mayor que 10000 Mayor que 10000 Mayor que 10000 Mayor que 1000
PARÁMETROSRANGO
RCD Nº 025-2011-SUNASS-CD
DEFINICIÓN DE LÍMITE DE PAGO ADICIONAL
Rango 1 25% del importe facturado por el servicio de alcantarilladoRango 2 75% del importe facturado por el servicio de alcantarilladoRango 3 100% del importe facturado por el servicio de alcantarilladoRango 4 10 veces el importe facturado por el servicio de alcantarilladoRango 5 20 veces el importe facturado por el servicio de alcantarillado
RANGO LIMITE DE PAGO ADICIONAL
RCD Nº 025-2011-SUNASS-CD
ECUACIÓN 1
Importe a facturar por el
servicio de alcantarillado
PA = x F
PA = Pago adicionalF = Factor de ajuste para calcular el pago adicional
RCD Nº 025-2011-SUNASS-CD
FACTORES POR CADA RANGO
FDBO5 FDQO FSST FAyG
Asignación porcentual 25% 35% 20% 20%
Rango 1 6% 9% 5% 5% 25%Rango 2 19% 26% 15% 15% 75%Rango 3 25% 35% 20% 20% 100%Rango 4 250% 350% 200% 200% 10 veces másRango 5 500% 700% 400% 400% 20 veces más
RANGO
TOTAL
FACTORES INDIVIDUALES
RCD Nº 025-2011-SUNASS-CD
ECUACIÓN 2
F = Factor de ajuste para calcular el pago adicional
FDBO5 = Factor de exceso de FDBO5 de acuerdo al rangoFDQO = Factor de exceso de DQO de acuerdo al rangoFSST = Factor de exceso de SST de acuerdo al rangoFAyG = Factor de exceso de AyG de acuerdo al rango
F = FDBO5 + FDQO + FSST + FAyG
RCD Nº 025-2011-SUNASS-CD
APLICACIÓN
DBO5 DQO SST AyGVMA (mg/L) 500 1000 500 100
Rango 1 500,1 - 550 1000,1 - 1100 500,1 - 550 100,1 - 150Rango 2 550,1 - 600 1100,1 - 1200 550,1 - 600 150,1 - 200Rango 3 600,1 - 1000 1200.1 - 2500 600,1 - 1000 200,1 - 450Rango 4 1000,1 - 10000 2500,1 - 10000 1000,1 - 10000 450,1 - 1000Rango 5 Mayor que 10000 Mayor que 10000 Mayor que 10000 Mayor que 1000
PARÁMETROSRANGO
FDBO5 FDQO FSST FAyG
Asignación porcentual 25% 35% 20% 20%
Rango 1 6% 9% 5% 5% 25%Rango 2 19% 26% 15% 15% 75%Rango 3 25% 35% 20% 20% 100%Rango 4 250% 350% 200% 200% 10 veces másRango 5 500% 700% 400% 400% 20 veces más
RANGO
TOTAL
FACTORES INDIVIDUALES
Rango 1 25% del importe facturado por el servicio de alcantarilladoRango 2 75% del importe facturado por el servicio de alcantarilladoRango 3 100% del importe facturado por el servicio de alcantarilladoRango 4 10 veces el importe facturado por el servicio de alcantarilladoRango 5 20 veces el importe facturado por el servicio de alcantarillado
RANGO LIMITE DE PAGO ADICIONAL
Ejemplo Tarifa Industrial 4.095 Nuevos Soles / m3Industria X Consumo = 850 m3
DBO = 850 Rango 3 25%DQO = 2500 Rango 3 35%
SST = 2000 Rango 4 200%AyG = 165 Rango 2 15%
F= 275%
3480.75 Nuevos SolesPago Adicional = 9572.06 Nuevos Soles
Cargo Fijo = 4.70 Nuevos SolesTotal= 13057.51 Nuevos Soles
Ratio PA/IFSA = 2.75 < 10 veces (OK!)
Importe a facturar por el servicio de alcantarillado =
Plazos para la implementación de los VMA
Norma UND Existentes UND Nuevos
D.S. N°021-2009-VIVIENDAPublicado 20.11.09
5 años a partir de la vigencia del Reglamento
En forma inmediata a la vigencia del Reglamento
D.S. N° 003-2011-VIVIENDAPublicado 22.05.11
21 de junio de 2016 Vigente a partir del 21 de junio de 2011. Aplicación de los VMA a partir de esa fecha.
D.S. N° 010-2012-VIVIENDAPublicado 04.03.12
18 meses después de la vigencia del D.S.5 de setiembre de 2013
ACCIONES REALIZADAS POR SEDALIB S.A. RESPECTO A LA IMPLEMENTACION DE LA
NORMATIVIDAD SOBRE EL VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES NO DOMESTICAS A LA RED DE
ALCANTARILLADO PUBLICO
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CONFORMACION DEL COMITÉ TECNICO COMERCIAL PARA LA EJECUCIÓN DEL D.S. 021-
2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO
El Comité Técnico-Comercial, se encuentra formado por los siguientes profesionales:
1.- Ing° Juan del Carmen Mimbela León (Presidente) por la GOM
2.- Ing° Henry Franco Plasencia (Miembro) por la GC.
3.- Dr. José Moreno Márquez (Miembro) por la SGAJ.
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En coordinación con la Oficina de Imagen Institucional se han publicado en los principales diarios de la ciudad notas de prensa y diferentes artículos sobre el D.S 021-2009-VIVIENDA y su reglamento.
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Declaraciones y entrevistas tanto en los medios escritos como radiales en la ciudad de Trujillo
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Atención a los usuarios que mostraban inquietudes y preocupaciones referente al corte de servicio de alcantarillado.
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Ejecución del Primer Taller:
“Aplicación de los VMA de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario de la ciudad de Trujillo “ 05 de Septiembre del 2011
• Reuniones permanentes, con el equipo Técnico Comercial, mientras se publicaban los demás instrumentos legales complementarios al D.S. 021-2009-MVCS y su Reglamento. Como resultado de ello, tenemos la propuesta para la modificación del Reglamento de Servicios de SEDALIB S.A. en donde se incorpora lo concerniente al D.S. 021-2009-MVCS y su Reglamento.
•De acuerdo a lo establecido en la presente normatividad, se debe publicar en la pagina web de SEDALIB S.A. el D.S. 021-2009-MVCS, su Reglamento y dispositivos complementarios.
• Se han cursado más de 800 cartas a los usuarios no domésticos dando a conocer la nueva normatividad sobre el vertimiento de aguas residuales no domésticas a la red de alcantarillado sanitario.
MAS ACCIONES REALIZADAS EN EL PRESENTE TEMA:
• Convenio con la Escuela de Ingeniería Ambiental de la Facultad de Ingeniería Química, de Universidad Nacional de Trujillo, para la participación de los alumnos de los últimos ciclos para la ejecución de los trabajos de inspección, levantamiento de información, capacitación, toma de muestras y el manejo integral de residuos sólidos peligrosos que se van a generar producto de la implementación del D.S. 021-2009- VIVIENDA y su reglamento.
• •Participación en los 04 talleres para la elaboración del Reglamento y Metodología de Cobro diferenciado por carga contaminante organizado por el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento los años 2011 y 2012.
•Participación en el Taller de implementación de la Normatividad sobre vertimiento de aguas residuales no domesticas en red de alcantarillado en la ciudad de Lima, organizado por ANEPSSA.
MAS ACCIONES REALIZADAS EN EL PRESENTE TEMA:
¿ QUE NOS FALTA POR HACER ?
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Programa de Implementación en las EPS
Arreglos de carácter institucional y legal Modificaciones de la gestión comercial Modificaciones de la gestión operacional Fortalecimiento de capacidades Formular e implementar un Plan de
Comunicación
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Arreglos de carácter institucional y legal
Conformación de Equipo de Trabajo, por ejemplo:◦ Gerencia de Operaciones e Ingeniería◦ Gerencia Comercial: Jefe de Departamento de
Medición, Catastro y Facturación◦ Jefe de la Oficina de Planeamiento◦ Jefe de la Oficina de Asesoría Legal◦ Jefe de la Oficina de Informática◦ Jefe de la Oficina de Imagen Institucional
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Arreglos de carácter institucional y legalResponsables de la fiscalización de los VMA en la EPS:OPCIONES: Encargar nuevas funciones a unidades existentes Crear nueva Unidad Orgánica
Cualquiera que sea la decisión: Modificar el Reglamento de Prestación de Servicios de la
EPS Modificar el ROF y MOF Formular, modificar y aprobar instrumentos normativos
para las actividades técnico operativas y comerciales que deriven de la implementación de los VMA
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Modificar normas internas existentes (ejemplo)
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Formular y aprobar Manual de procedimientos para el Registro de
Usuarios No Domésticos Directiva para el monitoreo de aguas residuales no
domésticas de los Usuarios No Domésticos (UND) Directiva para los cortes y reaperturas por
incumplimiento de los VMA del anexo 2 del D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA y aplicación de sanciones a los UND tipificadas en el D.S. 003-2011-VIVIENDA
Instructivo para la estimación del impacto de las descargas de aguas residuales de Usuarios No Domésticos en el sistema de alcantarillado y plantas de tratamiento de aguas residuales
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Modificar la Gestión Comercial Implementar el Registro de Usuarios No
Domésticos Modificar el software comercial para
permitir la clasificación de UND de acuerdo con el CIIU y para facturar el pago adicional de los UND que excedan los VMA del Anexo 1 del D.S. N° 021-2009-VIVIENDA
Facturación y cobranza a los UND para quienes ya es exigible el cumplimiento de los VMA
Ya es exigible el RUND
A partir del 21 de junio de 2011 ya son aplicables los alcances del D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA y su reglamento, en todos sus extremos, para los nuevos Usuarios No Domésticos, por lo que el Registro de UND y el requerimiento de las Declaraciones Juradas de acuerdo con el Anexo I del D.S. N° 003-2011-VIVIENDA debe iniciarse con dichos UND.
Base de datos inicial: Catastro de Usuarios – Nuevos Usuarios a partir del 21.06.11
Determinar Universo de UND: Comercial (no todos), Estatal (no todos), Industrial (todos)
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Modificar la Gestión Operacional Realizar el monitoreo con inspecciones y
toma de muestras inopinadas Sancionar a los UND de acuerdo con lo
establecido en el D.S. N° 003-2011-VIVIENDA y el D.S. N° 010-2012-VIVIENDA
Realizar el estudio del daño que causan las descargas de parámetros que superan los VMA al sistema de alcantarillado y a las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales.
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RCD N° 056-2011-SUNASS-CD
Infracciones Leves: ◦ No exhibir listado de laboratorios acreditados por
INDECOPI
Infracciones Graves:◦ Incumplir con el monitoreo y control de los VMA◦ No implementar ni actualizar el Registro de UND◦ No realizar pruebas de ensayo inopinadas a los UND
del Registro, en forma anual, como mínimo en el 5% de los UND
◦ No realizar, una vez al año, el estudio del daño que causan las descargas de parámetros que superan los VMA a las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales
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Fortalecimiento de Capacidades
Realizar talleres de capacitación al personal de la EPS que tengan a su cargo las actividades relacionadas al cumplimiento de la normatividad de los VMA
Contratar personal especializado para el desarrollo de las actividades relacionadas a la implementación de los VMA. Sustento: Incremento de Actividades
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Plan de Comunicaciones
Elaborar un diagnóstico de actitudes de los clientes de la EPS, sobre los servicios que recibe a través de una encuesta, así como de los actores relevantes (internos y externos) a través de entrevistas a profundidad
Con base al diagnóstico formular el Plan de Comunicación
Implementar el Plan de Comunicación que incluye campañas de difusión para dar a conocer los objetivos y alcances de la normatividad referida a los VMA
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Plan de Comunicaciones
a.Identificación, elaboración y/o edición de documentos de posicionamiento y mensajes.
b.Identificación y desarrollo de hechos noticiables, con ángulos que tengan impacto.
c.Coordinación con medios de comunicación (prensa, radio, televisión e internet y agencias de noticias con sede en el Perú) para difundir esta información.
d.Diseño creativo de una Campaña de Difusióne.Identificación y Desarrollo de Formatos de Comunicación
adecuados.f. Coordinación de entrevistas con voceros autorizados (previo
entrenamiento). g.Relacionamiento con autoridades, líderes de opinión, gremios
empresariales y organizaciones estratégicas afines al proyecto.
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Agenda pendiente en el Sector Llenar los vacíos normativos y regulatorios
◦ RCD SUNASS en torno a los VMA◦ Norma del MVCS para la selección de parámetros de
acuerdo al CIIU Fortalecer capacidades de las EPS
◦ Implementación de VMA◦ Nueva Unidad Orgánica (ver ventajas y desventajas)◦ Capacidad analítica de laboratorio◦ Nueva percepción del usuario respecto de los servicios de
alcantarillado y tratamiento de aguas residuales◦ Servicios de asesoría a UND para cumplir con los VMA
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CONCLUSIONES• EXISTE LA NORMATIVIDAD NACIONAL Y LOS MECANISMOS LEGALES NECESARIOS PARA IMPLEMENTAR EL CONTROL DEL VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES NO DOMESTICOS EN LA RED DE ALCANTARILADO PUBLICO.
•LA EMPRESA SEDALIB S.A. ESTA CON LOS TIEMPOS VENCIDOS PARA DESARROLLAR E IMPLEMENTAR LAS ACCIONES CORRESPONDIENTES PARA ADECUAR SUS ACTIVIDADES A LAS EXIGENCIAS DEL D.S. 021-009-VIVIENDA, SU REGLAMENTO Y SUS DISPOSICTIVOS COMPLEMENTARIOS.
• LA EMPRESA SEDALIB S.A. ASI COMO SUS FUNCIONARIOS, ESTAN SUJETOS A MULTAS Y SANCIONES POR PARTE DE LA SUNASS SI NO SE CUMPLE OPORTUNAMENTE CON LO DISPUESTO EN LA NORMATIVIDAD ANTES MENCIONADA.
RECOMENDACIONES
• RATIFICAR Y FORTALECER AL EQUIPO TECNICO – COMERCIAL FORMADO PARA ESTE FIN, CON EL COMPROMISO FORMAL LAS GERENCIAS Y SUB GERENCIAS DE LA EMPRESA SEDALIB S.A. PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE DEMANDE LA APLICABILIDAD DEL D.S. 021-2009-VIVIENDA, SU REGLAMENTO Y DISPOSITIVOS COMPLEMENTARIOS.
• DECLARAR AL COMITÉ TECNICO - COMERCIAL EN REUNIÓN PERMANENTE, HASTA LA FORMALIZACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS ACTIVIDADES ENCOMENDADAS EN EL D.S.021-2009-VIVIENDA, SU REGLEMENTO Y SUS DISPOSITIVOS COMPLEMENTARIOS.