9
Norma 20

Nom 20

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Nom 20 diciembre

Citation preview

Norma 20

Es responsabilidad del gobierno federal determinar las medidas necesarias de los productos y servicios que se comercialicen en territorio nacional contengan la información necesaria con el fin de lograr una efectiva protec-ción de los derechos del consumidor.

Esta norma oficial es aplicable tanto a los fabricantes nacionales e importadores como a los comercializadores.

La presente norma tiene como objetivo establecer la información comercial que deben tener los cueros y pieles curtidas naturales, materiales artificiales o con esa apariencia, calzado y los productos elaborados total o parcial-mente con dichos materiales, para ser objeto de comercializar dentro del territorio nacional.

Para efectos de esta norma deben especificarse claramente los principales elementos de losartículos elaborados con piel o de productos con esa apariencia o de sus substitutos de otrosmateriales como los son:

A) En el calzado: corte, forro y suela.

B) Prendas de vestir: la parte externa del producto y forro.

C) para cualquier otro producto elaborado de este materialse debe indicar el material a la vista, excepto el forro

cuando éste sea la vista.

Cuando los artículos a que se refiere la norma se comercialicen en pares , la información podra presentarse en una o ambas piezas

En las prendas de vestir como cinturones y bolsas que sean textiles cambia a la norma 004, quiere decir que deben llevar corte y forro y aparte debe tener los cuidados de la prenda :