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Norma de Suelos Introducción El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece entre sus estrategias la de promover la remediación de suelos en sitios contaminados para cumplir con el objetivo de reducir el impacto ambiental de los residuos. El Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2007- 2012 propone como uno de sus objetivos, consolidar el marco regulatorio y aplicar prácticas para prevenir, reducir y controlar la contaminación. Para alcanzar el objetivo mencionado, el Programa establece entre sus estrategias, contar con una gestión integral y transversal que sea eficiente y eficaz para la remediación de sitios contaminados y como una de las líneas de acción, la de consolidar el marco jurídico para que se establezcan los instrumentos necesarios para la prevención, gestión, remediación y reutilización de sitios contaminados; y que permita el uso de los instrumentos económicos pertinentes para prevenir la contaminación e impulsar su remediación. Un elemento fundamental para consolidar el marco jurídico a que hace referencia el Programa Sectorial, lo constituyen las normas oficiales mexicanas. Objetivo y Campo de Aplicación La presente Norma es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional y tiene por objetivo establecer las especificaciones técnicas de muestreo y análisis de fertilidad, salinidad y clasificación de suelos, a partir de sus características específicas de constitución, formación y distribución. Giro del uso de la norma de suelo Los giros descritos en esta tabla se considerarán como compatibles en zonas clasificadas como Habitacional Densidad Alta (H4) siempre y cuando cumplan con las siguientes condicionantes generales además de las condicionantes específicas para cada giro indicado en la tabla que acompaña esta norma. Condicionantes generales:

Norma de Suelos

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Page 1: Norma de Suelos

Norma de Suelos

Introducción

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece entre sus estrategias la de promover la remediación de suelos en sitios contaminados para cumplir con el objetivo de reducir el impacto ambiental de los residuos.

El Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2007-2012 propone como uno de sus objetivos, consolidar el marco regulatorio y aplicar prácticas para prevenir, reducir y controlar la contaminación. Para alcanzar el objetivo mencionado, el Programa establece entre sus estrategias, contar con una gestión integral y transversal que sea eficiente y eficaz para la remediación de sitios contaminados y como una de las líneas de acción, la de consolidar el marco jurídico para que se establezcan los instrumentos necesarios para la prevención, gestión, remediación y reutilización de sitios contaminados; y que permita el uso de los instrumentos económicos pertinentes para prevenir la contaminación e impulsar su remediación.

Un elemento fundamental para consolidar el marco jurídico a que hace referencia el Programa Sectorial, lo constituyen las normas oficiales mexicanas.

Objetivo y Campo de Aplicación

La presente Norma es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional y tiene por objetivo establecer las especificaciones técnicas de muestreo y análisis de fertilidad, salinidad y clasificación de suelos, a partir de sus características específicas de constitución, formación y distribución.

Giro del uso de la norma de suelo

Los giros descritos en esta tabla se considerarán como compatibles en zonas clasificadas como Habitacional Densidad Alta (H4) siempre y cuando cumplan con las siguientes condicionantes generales además de las condicionantes específicas para cada giro indicado en la tabla que acompaña esta norma.

Condicionantes generales:

1.- Los giros deben ser exclusivamente para autoempleo, por lo que no se permitirán giros que cuenten con sucursales o que se trate de franquicias.

2.- Para el establecimiento del giro deberá contar con el visto bueno de la asociación de vecinos legalmente constituida.

3.- El giro no deberá ocupar la restricción frontal de la edificación ni los cajones de estacionamiento existentes.

4.- En ningún caso deberá hacerse uso de la vía pública o área común para el giro.

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Forestal y Suelos

La Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos a través de sus áreas de conservación de suelos, aprovechamiento forestal y salud forestal y conservación de recursos genéticos, tiene como funciones:

1.- Dictaminar los programas de manejo forestal y autorización de aprovechamiento de recursos forestales, maderables, no maderables, plantaciones forestales comerciales y centros de almacenamiento y transformación de materias primas forestales, así como también de los avisos de aprovechamiento de recursos forestales no maderables y plantaciones forestales comerciales.

2.- Elaborar y coordinar la aplicación de los criterios ambientales para la preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos forestales.

3.- Autorizar, suspender, revocar, anular y nulificar del cambio de uso de suelo en terrenos forestales, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

4.- Elaborar los criterios y lineamientos técnicos y jurídicos en materia forestal y de suelos para su aplicación.

5.- Elaborar los anteproyectos de normas oficiales mexicanas en materia forestal y de suelos.

6.- Evaluar los proyectos de restauración de suelos en áreas no forestales.

7.-Regular las actividades y medidas necesarias para prevenir, combatir y controlar la introducción y/o diseminación dentro del territorio nacional de las plagas y enfermedades forestales.

8.- Expedir los certificados y autorizaciones relacionadas con la aplicación de medidas fitosanitarias.

9.- Emitir notificaciones para el saneamiento de los recursos forestales.

10.- Regular el acceso, conservación y manejo del germoplasma forestal y los árboles históricos del país

Cambio de uso de suelo en terrenos forestales

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Es la remoción total o parcial de la vegetación de los terrenos forestales para destinarlos a actividades no forestales.

Los proyectos no forestales que motivan el cambio de uso de suelo autorizado son:

I.- Carreteras, líneas de distribución eléctrica, subestaciones eléctricas, desarrollos turísticos y habitacionales, mineros, caminos de acceso, agrícolas, entre otros.

II.- Las autorizaciones de cambio de uso de suelo en terrenos forestales se otorgan por excepción, atendiendo lo siguiente: Que no se comprometa la biodiversidad, que no se afecte la erosión del suelo, que no se contamine el agua y disminuya su captación y que el uso alternativo propuesto sea más productivo.

¿Dónde se presenta la solicitud de cambio de uso de suelo en terrenos forestales?

Particulares: En las oficinas de la Delegación Federal de la SEMARNAT en la Entidad Federativa que corresponda, según la ubicación del predio o predios.

Organismos federales, estatales y municipales: En el Centro Integral de Servicios de la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos.

Programa de restauración de suelos no forestales apoyado con recursos del PET.

Es un Programa Federal que consiste en hacer llegar recursos a las comunidades que realicen proyectos de restauración de suelos en terrenos degradados, de aptitud preferentemente forestal y agropecuaria.

Las áreas de atención de este programa son: Zonas de ladera o de pie de monte, no forestales en condiciones de degradación de tierras y bajo manejo agropecuario, zonas agropecuarias de frontera forestales, áreas de pastoreo extensivo, en condiciones de degradación de tierras, zonas con sequías y quemas agropecuarias recurrentes, zonas siniestradas por desastres naturales.

Los recursos del PET llegan a través de las Delegaciones Federales de la SEMARNAT, mismos que se destinan para las zonas críticas por deforestación, zonas agropecuarias dentro de cuencas o micro cuencas y zonas con sequía recurrente.

Definiciones

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Para los efectos de esta Norma, se entiende por:

Área mínima cartografiable: superficie menor que puede ser representada sobre un mapa, de acuerdo a criterios que dependen del tipo de levantamiento de suelos que se realice.

Barrenación: perforación vertical que se hace a un suelo, generalmente con una barrena de gusano, para identificar y diferenciar suelos con base en una clave preestablecida.

Asociación de suelos: agrupación de suelos distintos que ocurren en la misma posición del paisaje y representados por vecindad geográfica dentro de una unidad cartográfica.

Cartografía de suelos: proceso de mapeo mediante el cual se delimita y representa la distribución espacial de los suelos de una determinada área.

Clasificación de suelos: agrupamiento y sistematización de suelos en clases para su representación y manipulación adecuada; se reconocen dos tipos de clasificaciones de suelos, las taxonómicas y las técnicas o interpretativas.

Clasificación taxonómica: ordenamiento y agrupamiento sistemático de suelos en taxas que comparten características genéticas y morfológicas homogéneas para la denominación de los suelos de un área, con base en un sistema internacionalmente aceptado.

Clasificación técnica o interpretativa de suelos: agrupación de suelos previamente clasificados con un propósito específico, tales como uso potencial, la clasificación por aptitud al riego, la clasificación por capacidad/fertilidad, etc.

Compilación: proceso de generalización de información cartográfica de levantamiento de suelos, que genera cartografía no considerada como mapas formales de suelos.

Consociación de suelos: delimitación de una unidad de mapeo que está constituida por una población homogénea de suelos, es decir, con una clase única que pueden representarse a cualquier nivel taxonómico.

Escala: relación entre dimensiones longitudinales, medidas sobre un mapa o foto y en el terreno correspondiente.