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NORMA TÉCNICA NTG 41045 GUATEMALTECA Titulo Práctica estándar para agencias de ensayo de concreto y agregados para concreto para su uso en la construcción y criterios de evaluación para agencias de ensayo. Correspondencia Esta norma es esencialmente equivalente a la norma ASTM C1077-15. Incluye la designación propia de las normas guatemaltecas. Observaciones Aprobada: 2015-11-06 Comisión Guatemalteca de Normas Ministerio de Economía Calzada Atanasio Tzul 27-32 zona 12 Tel (502) 2447 2600 [email protected] http://www.mineco.gob.gt Referencia ICS 91.100.30

NORMA TÉCNICA GUATEMALTECA · 2019-10-30 · NTG 41010 h3 (ASTM C117) Método de ensayo. Determinación por lavado del material que pasa por el tamiz 75 µm en agregados minerales

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NORMA

TÉCNICA NTG 41045

GUATEMALTECA

Titulo

Práctica estándar para agencias de ensayo de concreto y agregados para concreto

para su uso en la construcción y criterios de evaluación para agencias de ensayo.

Correspondencia

Esta norma es esencialmente equivalente a la norma ASTM C1077-15. Incluye la

designación propia de las normas guatemaltecas.

Observaciones

Aprobada: 2015-11-06

Comisión Guatemalteca de Normas

Ministerio de Economía

Calzada Atanasio Tzul 27-32 zona 12

Tel (502) 2447 2600

[email protected]

http://www.mineco.gob.gt

Referencia ICS 91.100.30

NTG 41045 2/28

"C O N T I N Ú A"

Prólogo COGUANOR

La Comisión Guatemalteca de Normas (COGUANOR) es el Organismo Nacional de

Normalización, creada por el Decreto No. 1523 del Congreso de la República del 05

de mayo de 1962. Sus funciones están definidas en el marco de la Ley del Sistema

Nacional de la Calidad, Decreto 78-2005 del Congreso de la República.

COGUANOR es una entidad adscrita al Ministerio de Economía, su principal misión

es proporcionar soporte técnico a los sectores público y privado por medio de la

actividad de normalización.

COGUANOR, preocupada por el desarrollo de la actividad productiva de bienes y

servicios en el país, ha armonizado las normas internacionales.

El estudio de esta norma, fue realizado a través del Comité Técnico de

Normalización de Concreto (CTN Concreto), con la participación de:

Ing. Xiomara Sapón Roldán

Coordinador de Comité

Ing. Luis Alvarez Valencia

REPRESENTANTE ICCG

Ing. Estuardo Herrera

REPRESENTANTE CEMENTOS PROGRESO

Ing. Leonel Morales Aguirre

REPRESENTANTE CEMEX GUATEMALA

Ing. Sergio Quiñonez Guzmán

REPRESENTANTE PRECON

Ing. Héctor Rodolfo Orozco Avalos

REPRESENTANTE INDEPENDIENTE

Arq. Ester Maria Alfaro de Schwartz

REPRESENTANTE ARK STUDIO

Ing. Max Schwartz

REPRESENTANTE ARK STUDIO

Ing. Sergio Sevilla

REPRESENTANTE CIFA

NTG 41045 3/28

"C O N T I N Ú A"

Arq. Jorge Luis Arévalo

REPRESENTANTE CONCRETEST

Abel David Arriaza

REPRESENTANTE MACIZO

Ing. Ramiro Callejas Montufar

REPRESENTANTE FHA

Ing. Orlando Quintanilla

REPRESENTANTE FHA

Paulo Cesar Castro Barrientos

REPRESENTANTE MACROMIX

Ing. Armando Jose Diaz Aldana

REPRESENTANTE MACROMIX

Gabriel Granados

REPRESENTANTE PRECSA

Ing. Héctor Herrera

REPRESENTANTE COGUANOR

Ing. Kenneth Molina

REPRESENTANTE INDEPENDIENTE

Ing. Marlon Portillo Matta

REPRESENTANTE MUNICIPALIDAD DE GUATEMALA

Ing. Marcelo Quiñonez

REPRESENTANTE FORCOGUA

Ing. Javier Quiñonez

REPRESENTANTE CONCYT

Bradford Ramírez

REPRESENTANTE TECNOMASTER

Elder Armando Ramos

REPRESENTANTE CII-USAC

NTG 41045 4/28

"C O N T I N Ú A"

Ing. Rodolfo Rosales Bermúdez

REPRESENTANTE SUISA

Arq. Luis Fernando Salazar Girón

REPRESENTANTE CIA-USAC

NTG 41045 5/28

"C O N T I N Ú A"

ÍNDICE

Título Página

1. Objeto .................................................................................................................... 6

2. Documentos citados .............................................................................................. 6

3. Terminología ......................................................................................................... 8

4. Significado y uso ................................................................................................. 10

5. Organización ....................................................................................................... 10

6. Competencia del personal................................................................................... 11

7. Métodos de ensayo y procedimientos ................................................................. 13

8. Instalaciones, equipo y procedimientos suplementarios ..................................... 14

9. Registros y reportes de la agencia de ensayo .................................................... 16

10. Sistemas de calidad ......................................................................................... 19

11. Evaluación de la agencia de ensayo ............................................................... 21

12. Palabras clave ................................................................................................. 21

ANEXOS:

A1. Autoridades de evaluación. Organismos de inspección ...................................... 22

A2 Autoridades de evaluación. Agencias de acreditación ......................................... 26

NTG 41045 6/28

"C O N T I N Ú A"

Práctica estándar para agencias de ensayo de concreto y agregados

para concreto para su uso en la construcción y criterios de evaluación

para agencias de ensayo.

1. Objeto

1.1. Esta práctica identifica y define las obligaciones, responsabilidades y los

requisitos técnicos mínimos del personal de la agencia de ensayo y los requisitos

técnicos mínimos de los equipos utilizados en ensayos de concreto y agregados para

concreto para su uso en la construcción.

1.2. Esta práctica proporciona criterios para evaluar la capacidad de una agencia de

ensayo para desempeñar los métodos de ensayo designados según las normas NTG

y ASTM de concreto y agregados para concreto. Puede ser utilizada por una

autoridad de evaluación en la inspección o acreditación de una agencia de ensayo, o

por otros organismos para determinar si la agencia está calificada para realizar los

ensayos específicos.

NOTA 1: La especificación NTG 41079 (ASTM E329) proporciona criterios para la evaluación de

agencias que realizan inspecciones de concreto durante su colocación.

1.3. Esta práctica proporciona criterios para Organismos de Inspección y

Organismos de Acreditación que prestan servicios de evaluación de las agencias

de ensayo de acuerdo con esta práctica.

1.4. Esta norma no pretende señalar todas las medidas de seguridad, si las

hubiere, asociadas con su uso. Es responsabilidad del usuario de esta norma

establecer las prácticas apropiadas de salud y seguridad y determinar la

aplicabilidad de las limitaciones reguladoras antes de su uso.

2. Documentos citados

2.1. Normas NTG1 (ASTM2)

NTG 41061 (ASTM C31/C31M) Práctica para la elaboración y curado de

especímenes de ensayo de concreto en la obra.

NTG 41017 h1 (ASTM C39/C39M) Método de ensayo. Determinación de la

resistencia a la compresión de especímenes cilíndricos de concreto.

NTG 41017 h2 (ASTM C78/C78M) Método de Ensayo para determinar el esfuerzo de

1 Las normas NTG pueden consultarse en la Comisión Guatemalteca de Normas COGUANOR Calzada Atanasio

Tzul 27-32 zona 12, Guatemala 2

Las normas ASTM pueden consultarse en www.astm.org o en [email protected].

NTG 41045 7/28

"C O N T I N Ú A"

flexión del concreto (utilizando una viga simplemente soportada con cargas en los

tercios de la luz)

NTG 41010 h3 (ASTM C117) Método de ensayo. Determinación por lavado del

material que pasa por el tamiz 75 µm en agregados minerales.

NTG 41006 (ASTM C125) Terminología referente al concreto y agregados para

concreto.

NTG 41010 h8 (ASTM C127) Método de ensayo. Determinación de la densidad,

densidad relativa y absorción de agua del agregado grueso.

NTG 41010 h9 (ASTM C128) Método de ensayo. Determinación de la densidad,

densidad relativa y absorción de agua del agregado fino.

NTG 41010 h1 (ASTM C136) Análisis granulométrico en mallas de agregado fino y

grueso.

NTG 41017 h5 (ASTM C138/C138M) Método de ensayo. Determinación de la

densidad aparente (masa unitaria) rendimiento (volumen de concreto producido) y

contenido de aire (gravimétrico) del concreto.

NTG 41052 (ASTM C143/C143M) Método de ensayo. Determinación del

asentamiento del concreto hidráulico. Asentamiento del concreto

NTG 41057 (ASTM C172/C172M) Práctica para el muestreo de concreto recién

mezclado.

NTG 41017 h6 (ASTM C173/C173M) Método de ensayo. Determinación del

contenido de aire del concreto hidráulico recién mezclado por el método volumétrico.

NTG 41017 h7 (ASTM C231/C231M) Método de ensayo. Determinación del

contenido de aire del concreto hidráulico recién mezclado por el método de presión.

NTG 41064 (ASTM C617/C617M) Práctica para el cabeceo de especímenes

cilíndricos de concreto.

NTG 41053 (ASTM C1064/C1064M) Método de ensayo. Medición de la temperatura

del concreto hidráulico recién mezclado.

NTG 41067 (ASTM C1231/C1231M) Práctica para el uso de tapas no adheridas en la

determinación de la resistencia a compresión de cilindros de concreto endurecido.

NTG 41009 (ASTM D75) Práctica para el muestreo de los agregados para concreto.

NTG 41079 (ASTM E329) Agencias involucradas en la Inspección de la construcción,

ensayos o inspecciones especiales. Especificaciones.

NTG 41045 8/28

"C O N T I N Ú A"

2.2. Estándares ASTM2

ASTM C802 Practica para conducir un Programa de Ensayo Interlaboratorio para

determinar la precisión de los métodos de ensayo para materiales de construcción.

ASTM D2419 Método de ensayo para arena de valores equivalentes de suelos y

agregados finos.

ASTM E4 Práctica para verificación de la fuerza en máquinas de ensayo.

ASTM E11 Tamices de ensayo y malla de tejido metálico para tamices de ensayo.

Especificaciones.

ASTM E1301 Guía para Ensayos de Aptitud por Comparación Interlaboratorio

(Retirada 2012)3

2.3. Estándares ACI4

ACI 214-77 Practica recomendada para la evaluación de los resultados de ensayos

de resistencia de concreto.

2.4. Estándares ISO5:

NTG/COPANT/ISO 17011 Evaluación de conformidad. Requisitos generales para

Los organismos de acreditación que realizan la acreditación de organismos de

evaluación de la conformidad.

3. Terminología

3.1. Definiciones:

3.1.1. Para la definición de los términos utilizados en esta práctica, consultar la norma

NTG 41006 (ASTM C125).

3.2. Definiciones de los términos específicos de esta norma:

3.2.1. Autoridad de evaluación: Es una entidad independiente, separada de la

agencia de ensayo que está siendo evaluada, tiene la capacidad de proporcionar una

evaluación sin sesgo de las actividades técnicas de las agencias de ensayo de

concreto y de agregados de concreto, de acuerdo con el Anexo A1 o el Anexo A2.

3.2.1.1. Discusión: Dos métodos aceptables de evaluación son la inspección y la

3 La última versión aprobada de esta norma se encuentra en www.astm.org.

4 Disponible en el Instituto Americano de Concreto (ACI), P.O. Box 9094, Farmington Hills, MI 48333-9094,

http://www.concrete.org 5 Esta norma está disponible en la Comisión Guatemalteca de Normas COGUANOR Calzada Atanasio Tzul 27-32 zona 12, Guatemala.

NTG 41045 9/28

"C O N T I N Ú A"

acreditación, estas evaluaciones son ofrecidas por muchas autoridades de

evaluación. Una inspección es una evaluación de los equipos y procedimientos,

establecidos en la sección de Métodos y Procedimientos, junto con la revisión del

sistema de calidad. Un reporte de inspección es el paso final en el proceso de un

organismo de inspección. La agencia de ensayos que está siendo evaluada, realiza

acciones correctivas sobre las deficiencias observadas y esas correcciones son

colocadas con el resto de documentación de inspección como parte del registro

permanente de la inspección. Un organismo de acreditación utiliza los resultados del

reporte de inspección o los resultados de su propia evaluación en el lugar, como una

de las fases del proceso de acreditación. Como una fase separada, el organismo de

acreditación también revisa las acciones correctivas de la agencia de ensayo para las

deficiencias observadas y emite un certificado de acreditación una vez que todas las

deficiencias han sido corregidas. No existe una autoridad de evaluación universal

aceptada en el campo de los ensayos de materiales de construcción; por lo tanto, las

agencias de ensayo deben considerar cuidadosamente cuando se está

seleccionando una autoridad de evaluación para obtener el mayor beneficio de la

evaluación. En la mayoría de los casos, una agencia de ensayo debe seleccionar una

autoridad de evaluación como resultado de los requisitos de una especificación del

proyecto, un contrato, o en respuesta a códigos locales u otros requerimientos de la

industria. En esas circunstancias, los requisitos deben estipular las autoridades

aceptables de evaluación. Si no existen requisitos específicos y la evaluación es en

anticipación de trabajos futuros o para competir con otras agencias de ensayo

locales, entonces, la agencia debe ponerse en contacto con la(s) organización(es)

más propensas a utilizar sus servicios para obtener una lista de autoridades de

evaluación aceptables. Una lista de las autoridades de evaluación se proporciona en

la sección de Calificación de Personal y Evaluación del Laboratorio del Manual de

Ensayo de Agregados y Concreto6. La lista no es más que una colección de

organizaciones dispuestas a ofrecer este servicio y no es en representación de una

organización en particular. Otras organizaciones también pueden estar disponibles

para proporcionar este servicio.

3.2.2. Servicios técnicos externos: Servicios requeridos por una agencia de ensayo

que son proporcionados por otra organización.

3.2.3. Técnico de campo: Un empleado de la agencia que está asignado para realizar

funciones de muestreo y ensayo afuera del laboratorio.

3.2.4. Técnico de laboratorio: Es un empleado de la agencia que está asignado para

realizar las operaciones reales de ensayo, llevadas a cabo principalmente en el

laboratorio.

6 Manual de Ensayo de Agregados y Concreto, Libro anual de normas ASTM, Vol 04.02.

NTG 41045 10/28

"C O N T I N Ú A"

3.2.5. Sistemas de calidad: Son los procedimientos y prácticas internas que una

agencia utiliza para asegurar el cumplimiento continuo de las normas de ensayo

aplicables para concreto y los agregados de concreto.

3.2.6. Agencia de ensayo: Es una organización que mide, examina, realiza ensayos,

o que de alguna manera determina las características o el desempeño de materiales

o productos. Esto incluye organizaciones que ofrecen servicios de ensayos

comerciales, laboratorios de uso interno (in-house) con propósitos de control de

calidad, instituciones académicas, o cualquier otra organización que proporcione los

servicios de ensayos requeridos, ya sea realizados en el laboratorio o en el campo.

4. Significado y uso

4.1. El ensayo e inspección de concreto y agregados para concreto, son elementos

importantes para obtener la calidad en la construcción. Se debe seleccionar

cuidadosamente una agencia de ensayo que proporcione estos servicios.

4.2. Una agencia de ensayo se considerará calificada para realizar y reportar sobre

los resultados de sus ensayos si la agencia cumple con los requerimientos de esta

práctica. Los servicios de las agencias de ensayo deben de ser proporcionados bajo

la dirección técnica de un ingeniero profesional colegiado.

4.3. Esta práctica establece características esenciales pertinentes a la organización,

personal, instalaciones y los sistemas de calidad de la agencia de ensayo. Esta

práctica puede complementarse con más criterios y requerimientos específicos de los

proyectos particulares.

5. Organización

5.1. La siguiente información debe estar disponible para su revisión:

5.1.1. Descripción de la organización, incluyendo:

5.1.1.1. Nombre legal completo y dirección de la oficina principal y la ubicación de

cada una de las agencias de ensayo.

5.1.1.2. Nombres y cargos de los funcionarios principales y del ingeniero profesional

colegiado responsable, y

5.1.1.3. Descripción de la estructura organizacional de la agencia de ensayo.

5.1.2. Listado de los servicios técnicos relevantes ofrecidos, y

NTG 41045 11/28

"C O N T I N Ú A"

5.1.3. Todos los servicios técnicos externos normalmente utilizados.

5.2. La agencia de ensayo debe designar a una persona con capacidad de dirigir

quien debe tener la responsabilidad de verificar que los procedimientos requeridos en

este documento se estén llevando a cabo.

6. Competencia del personal

6.1. La información debe estar disponible para respaldar las competencias del

personal de la siguiente manera:

6.1.1. Todos los servicios de ensayo relevantes se deben proveer bajo la dirección

técnica de tiempo completo de un ingeniero profesional colegiado con al menos 5

años de experiencia en ensayo de materiales de construcción.

6.1.2. Los técnicos supervisores de laboratorio, deben poseer un mínimo de 3 años

de experiencia relevantes y una certificación técnica vigente. El programa de

certificación técnica debe incluir un examen escrito y un examen de desempeño de

los ensayos relevantes. Los ensayos relevantes que deben ser cubiertos por el

programa de certificación son: Prácticas NTG 41061 (ASTM C31/C31M) , NTG 41057

(ASTM C172/C172M) y NTG 41064 (ASTM C617/C617M) o NTG 41067 (ASTM

C1231/C1231M), y Métodos de ensayo NTG 41017 H1 (ASTM C39/C39M), NTG

41010 h3 (ASTM C117), NTG 41010 h8 (ASTM C127), NTG 41010 h9 (ASTM C128),

NTG 41010 h1 (ASTM C136), NTG 41017h5 (ASTM C138/C138M), NTG 41052

(ASTM C143/C143M), NTG 41017 h6 (ASTM C173/C173M), NTG 41017 h7 (ASTM

C231/231M) y NTG 41053 (ASTM C1064/C1064M). El método de ensayo NTG 41017

h2 (ASTM C78/C78M) también se considera relevante si es incluido en la lista de

servicios técnicos de la agencia. En casos donde el técnico supervisor del laboratorio

está supervisando a técnicos que únicamente realizan ensayos de concreto, los

ensayos relevantes que aplican son los ensayos de concreto listados en el grupo.

6.1.3. Los técnicos supervisores de campo deben poseer un mínimo de 3 años de

experiencia relevantes y una certificación técnica vigente. El programa de

certificación técnica debe incluir un examen escrito y un examen de desempeño de

los ensayos relevantes. Los ensayos relevantes que deben ser cubiertos por el

programa de certificación son: Prácticas NTG 41061 (ASTM C31/C31M) y NTG

41057 (ASTM C172/C172M) y Métodos de ensayo NTG 41017h5 (ASTM

C138/C138M), NTG 41052 (ASTM C143/C143M), NTG 41017 h6 (ASTM

C173/C173M), NTG 41017 h7 (ASTM C231/231M) y NTG 41053 (ASTM

C1064/C1064M).

6.1.4. Los técnicos de laboratorio de concreto deben poseer una certificación técnica

vigente. El programa de certificación debe incluir un examen escrito y un examen de

NTG 41045 12/28

"C O N T I N Ú A"

desempeño de los ensayos relevantes. Los ensayos relevantes que deben ser

cubiertos por el programa de certificación son: método de ensayo NTG 41017 h1

(ASTM C39/C39M) y la práctica NTG 41064 (ASTM C617/C617M) o NTG 41067

(ASTM C1231/C1231M). El método de ensayo NTG 41017 h2 (ASTM C78/C78M) es

también considerado como ensayo relevante si es incluido en la lista de servicios

técnicos de la agencia.

6.1.5. Los técnicos de laboratorio de agregados deben poseer una certificación

técnica vigente. El programa de certificación técnica debe incluir un examen escrito y

un examen de desempeño de los ensayos relevantes. Los ensayos relevantes que

deben ser cubiertos por el programa de certificación son: Métodos de ensayo NTG

41010 h3 (ASTM C117), NTG 41010 h8 (ASTM C127), NTG 41010 h9 (ASTM C128)

y NTG 41010 h1 (ASTM C136).

6.1.6. Los técnicos de campo de concreto deben poseer una certificación técnica

vigente. El programa de certificación técnica debe incluir un examen escrito y un

examen de desempeño de los ensayos relevantes. Los ensayos relevantes que

deben ser cubiertos por el programa de certificación son: Practicas NTG 41061

(ASTM NTG 41061 (ASTM C31/C31M)) y NTG 41057 (ASTM C172/C172M) y

métodos de ensayo NTG 41017h5 (ASTM C138/C138M), NTG 41052 (ASTM

C143/C143M), NTG 41017 h6 (ASTM C173/C173M), NTG 41017 h7 (ASTM

C231/231M) y NTG 41053 (ASTM C1064/C1064M).

6.1.7. El programa de certificación técnica debe cumplir los siguientes criterios:

6.1.7.1. El examen escrito debe ser lo suficientemente extenso y detallado para

cubrir el método de ensayo o práctica, incluyendo, cuando aplique: El alcance del

ensayo o de la práctica, muestreo, preparación del espécimen, procedimiento,

cálculos, y el reporte de resultados.

6.1.7.2. El examen de desempeño debe incluir una demostración del método de

ensayo o de la práctica, para documentar la habilidad del técnico al realizar

correctamente el procedimiento de acuerdo con la norma, y

6.1.7.3. Los exámenes escritos y de desempeño deben incluir todos los métodos de

ensayo relevantes que están listados en la sección anterior para el tipo de técnico a

ser certificado.

NOTA 2: Una lista de los programas de certificación técnica se proporciona en la sección de

Calificación del Personal y Evaluación de Laboratorios contenida en el Manual de Ensayos de

Agregados y Concreto7. La lista no es más que una colección de programas de certificación y no es

7 Manual de Ensayo de Agregados y Concreto, Libro anual de normas ASTM, Vol 04.02.

NTG 41045 13/28

"C O N T I N Ú A"

una aprobación de cualquier programa en particular. Otros programas también pueden estar

disponibles.

6.1.7.4. El organismo de certificación debe establecer un periodo de validez de la

certificación, pero no debe exceder en más de 5 años.

6.1.7.5. El periodo de validez de la certificación se debe mostrar de forma clara y

visible en los documentos que dan fe a la(s) certificación(es) portada(s) por la

persona.

7. Métodos de ensayo y procedimientos

7.1. La agencia de ensayo debe ser capaz de llevar a cabo los métodos de ensayo

NTG y ASTM, guías o prácticas requeridas en 7.2 y puede requerir evaluación

adicional de los métodos opcionales en 7.3 en caso esos servicios sean

proporcionados por la agencia.

7.2. Métodos de ensayo y prácticas requeridas:

7.2.1. Para agencias de ensayo de concreto:

7.2.1.1. Muestreo, práctica NTG 41057 (ASTM C172/C172M),

7.2.1.2. Asentamiento, método de ensayo NTG 41052 (ASTM C143/C143M),

7.2.1.3. Peso unitario, rendimiento y contenido de aire, método de ensayo NTG

41017h5 (ASTM C138/C138M),

7.2.1.4. Contenido de aire, método de ensayo NTG 41017 h6 (ASTM C173/C173M)

(método volumétrico), o método de ensayo NTG 41017 h7 (ASTM C231/231M)

(método de presión), o ambos.

7.2.1.5. Temperatura, método de ensayo NTG 41053 (ASTM C1064/C1064M),

7.2.1.6. Elaboración y curado de especímenes de ensayo, práctica NTG 41061

(ASTM C31/C31M),

7.2.1.7. Resistencia a la compresión, método de ensayo NTG 41017 H1 (ASTM

C39/C39M),

7.2.1.8. Cabeceo de cilindros, práctica NTG 41064 (ASTM C617/C617M) o práctica

NTG 41067 (ASTM C1231/C1231M).

NTG 41045 14/28

"C O N T I N Ú A"

7.2.2. Para agencias de ensayo de agregados de concreto:

7.2.2.1. Análisis granulométrico, método de ensayo NTG 41010 h1 (ASTM C136),

7.2.2.2. Material más fino que tamiz 75-µm (No. 200), método de ensayo NTG 41010

h3 (ASTM C117), y

7.2.2.3. Gravedad específica y absorción, método de ensayo NTG 41010 h8 (ASTM

C127) (agregados grueso) y método de ensayo NTG 41010 h9 (ASTM C128)

(agregado fino).

7.3. Métodos de ensayo o prácticas opcionales:

7.3.1. Algunas agencias de ensayo realizan otros ensayos en el concreto y en los

agregados para concreto además de los listados en la sección Métodos de Ensayo y

Prácticas Requeridas. Estos métodos de ensayo y prácticas opcionales pueden

incluir cualquiera de los métodos de ensayo o prácticas desarrolladas por el Comité

ASTM C09 y contenidas en el volumen 04.02, así como otras normas relacionadas,

como la práctica NTG 41009 (ASTM D75) y método de ensayo ASTM D2419. La

agencia debe tener evidencia de instalaciones adecuadas, equipo y personal

capacitado para cumplir con el método o práctica de ensayo que aplique, si se incluye

en el alcance de servicios definidos por la agencia. La agencia y la autoridad de

evaluación deben acordar mutuamente cual debe ser el método de ensayo o práctica

opcional a incluir en la evaluación de la agencia. La autoridad de evaluación debe

seleccionar cuál de los métodos de ensayos o prácticas opcionales ofrecidas por la

agencia deben ser demostrados por el personal.

7.4. La agencia de ensayo debe utilizar los métodos citados en su última versión,

dentro de un año desde su publicación, a menos que el cliente requiera o especifique

una versión anterior de la norma.

7.5. El personal de la agencia de ensayo debe tener fácil acceso a las normas

utilizadas.

8. Instalaciones, equipo y procedimientos suplementarios

8.1. General: La agencia de ensayos debe tener instalaciones y equipos que cumplan

los requisitos del método de ensayo que aplique. Esta sección contiene los requisitos

de equipos y procedimientos que aclaran algunas disposiciones de los métodos de

ensayo.

8.2. Procedimientos relacionados a los métodos de ensayo requeridos: Además de

los requisitos del método de ensayo estándar, las condiciones mencionadas en 8.3 y

NTG 41045 15/28

"C O N T I N Ú A"

8.4 deben cumplirse.

8.3. Para agencias de ensayo de concreto:

8.3.1. Equipo de ensayo para resistencia a la compresión, debe cumplir con los

requisitos que apliquen del método de ensayo NTG 41017 H1 (ASTM C39/C39M).

8.4. Para agencias de ensayo de agregados de concreto:

8.4.1. Precisión del tamiz: Se debe realizar una verificación de la precisión del tamiz

al menos una vez al año, en cada tamiz utilizado en el ensayo granulométrico

(Método de ensayo NTG 41010 h3 (ASTM C117) y NTG 41010 h1 (ASTM C136)).

Cualquiera de los siguientes tres métodos de verificación es aceptable. Cada método

de verificación de tamiz debe incluir una inspección de la malla del tamiz buscando

perforaciones o defectos evidentes.

8.4.1.1. Verificar cada tamiz utilizado de acuerdo a los procedimientos establecidos

en el anexo de la especificación ASTM E11.

8.4.1.2. Comparar los resultados de una muestra dividida, tamizada en diferentes

grupos de tamices. Los resultados se deben verificar con la precisión de un solo

operador, para estar dentro del rango aceptable de dos resultados, definidos en el

método de ensayo.

8.4.1.3. Participar en un programa de ensayos de aptitud de agregados con los

ensayos granulométricos, como se describe en la sección de Sistema de Calidad. Los

resultados deben ser verificados para que la precisión multi-laboratorio se encuentre

dentro del rango aceptable de dos resultados, definidos en el método de ensayo.

8.4.2. Vibrador mecánico de tamices: Cuando se usan dispositivos de tamizado

mecánico, el periodo de agitación mecánico debe ser evaluado por lo menos

anualmente para la adecuación del tamizado, como se describe en el método de

ensayo NTG 41010 h1 (ASTM C136). Los periodos de agitación mecánica deben ser

establecidos para cada tipo diferente de agregado ensayado.

NOTA 3: Los tipos diferentes de agregados se refieren a la forma y composición, no al proveedor. Por

ejemplo, pueden necesitarse periodos de agitación más extendidos para materiales alargados,

mientras que los materiales más blandos que pueden romperse con facilidad pueden requerir un

periodo más corto para minimizar la alteración de la distribución del tamaño de la partícula.

8.4.3. Densidad relativa (gravedad especifica) y ensayos de absorción: Cuando se

realizan procedimientos del método de ensayo NTG 41010 h8 (ASTM C127) y NTG

41010 h9 (ASTM C128), se deben duplicar los ensayos al menos una vez cada 6

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"C O N T I N Ú A"

meses. Los resultados deben verificarse con la precisión de un solo operador, dentro

de la tolerancia establecida en el respectivo método de ensayo. La participación en

un programa de ensayo de aptitud con densidad relativa (gravedad específica) y

ensayo de absorción es una alternativa aceptable.

8.4.4. Las balanzas o pesas para todos los ensayos de concreto y agregados deben

ser calibrados anualmente.

8.5. Procedimientos relacionados con los métodos de ensayo opcionales:

8.5.1. Si el método de ensayo aplicable, requiere un equipo calibrado y no se

especifica una frecuencia, entonces la agencia de ensayo debe establecer la

frecuencia en su programa de aseguramiento de calidad y cumplir con el mismo.

8.5.2. En el caso que la agencia de ensayo preste o alquile equipo para realizar un

método de ensayo opcional, la agencia debe ser capaz de documentar que obtuvo el

equipo adecuado y que el equipo fue calibrado, normado o verificado.

8.6. Todo el equipo listado en esta sección debe ser calibrado o verificado antes de

ser puesto en servicio. El equipo que no esté en condiciones de operar o esté fuera

de tolerancia, debe ser marcado como tal y puesto fuera de servicio hasta que sea

corregido.

9. Registros y reportes de la agencia de ensayo

9.1. La agencia de ensayo debe mantener un sistema de registro que permita la

verificación de cualquier reporte emitido.

9.2. Los registros de la agencia de ensayo deben contener la siguiente información:

9.2.1. Procedimientos de operación normados para lo siguiente:

9.2.1.1. Identificación de la muestra de ensayo,

9.2.1.2. Transporte de la muestra desde el campo a las instalaciones de ensayo, y

9.2.1.3. Registro de los resultados de ensayo.

9.2.2. Las calibraciones o verificaciones del equipo requerido por el método de

ensayo para todos los ensayos que se ofrecen en el alcance de los servicios de la

agencia de ensayos. Los registros deben incluir:

9.2.2.1. La identificación de la pieza especifica del equipo,

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9.2.2.2. La identificación del equipo utilizado para realizar la calibración o verificación,

9.2.2.3. El nombre de la persona que realizó la calibración o verificación,

9.2.2.4. La fecha en que fue realizada la calibración o verificación,

9.2.2.5. La cantidad medida por el equipo (como ejemplo: la longitud, fuerza, o

masa), y

9.2.2.6. La precisión asociada de la medición o una comparación de la cantidad

medida con las tolerancias permitidas asociadas, como necesidad para verificar que

el equipo cumple con los requisitos en los ensayos relevantes. Cuando calibraciones

o requisitos de verificación adicionales se han establecido en la sección de

instalaciones, equipo, y procedimientos suplementarios, ésta información debe ser

incluida también en los registros.

9.2.3. Los registros del personal de la agencia de ensayo que documenten la

experiencia de trabajo, educación, formación en el trabajo y métodos utilizados para

asegurar la educación continua, para desempeñar los métodos de ensayo requeridos.

9.2.4. Auditorias e inspecciones por agencias externas y todos los reportes o

certificaciones, con fechas de su realización, de cualquier evaluación o acreditación

emitida por cualquier autoridad de evaluación,

9.2.5. La agencia de ensayo debe conservar los resultados de participación en los

programas de ensayos de aptitud, incluyendo: hojas de datos, resúmenes de los

reportes y en caso de haber recibido calificaciones de baja aptitud en los ensayos, un

registro de la investigación realizada por la agencia respecto a las razones que

causaron el bajo desempeño y las acciones correctivas tomadas.

9.2.6. Normas de métodos de ensayo actuales y material pertinente de referencia en

una biblioteca,

9.2.7. Identificación de la persona que está realizando los ensayos en campo y

9.2.8. Documentos que establezcan la trazabilidad a una norma aprobada de

referencia o a una norma nacional, de las celdas de carga, anillos de prueba,

termómetros, pesos y equipo de ensayo, utilizados para verificar o calibrar el equipo

de ensayo de la agencia.

9.3. Los reportes de la agencia de ensayo deben presentar con precisión y claridad

los resultados específicos de ensayo y toda la información pertinente

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"C O N T I N Ú A"

9.4. Los reportes de ensayo deben incluir la siguiente información:

9.4.1. Nombre y dirección de la agencia de ensayo,

9.4.2. Identificación del reporte y la fecha de emisión,

9.4.3. Nombre del cliente,

9.4.4. Identificación del proyecto,

9.4.5. Identificación de la muestra,

9.4.6. Identificación de la norma del método de ensayo utilizado, con un registro

especial en dado caso la agencia de ensayo se haya desviado del procedimiento o

incumplido ciertos requisitos del método de ensayo (ver nota 5),

9.4.7. Los resultados de los ensayos y otros datos pertinentes requeridos por la

norma,

9.4.8. Nombre del ingeniero profesional colegiado o su representante, y

9.4.9. Identificación de los resultados obtenidos de los ensayos realizados por otras

agencias de ensayo.

9.5. Las correcciones o adiciones a los reportes deben ser claramente referenciados

al reporte que está siendo corregido.

9.6. Todos los registros requeridos por esta norma deben ser almacenados de forma

segura por al menos 3 años, a menos que sea requerido de otra forma por la ley o

por especificaciones del gobierno. Esos registros que son confidenciales por

naturaleza, incluidos los reportes de ensayo y otros registros generados como los

exigidos por el contrato con el cliente, deben ser almacenados de forma segura, por

la confidencialidad con el cliente, a menos que sea requerido de otra manera por la

ley, la especificación gobernante o los requerimientos del cliente.

NOTA 4: Hay circunstancias cuando un periodo mayor de almacenaje puede ser ventajoso para las

agencias de ensayo. Los registros de calibración, verificación y normalización de los equipos son un

ejemplo. Los registros de este tipo son usualmente guardados a lo largo de la vida útil del equipo.

NOTA 5: Desviarse de los métodos de ensayo estándar, puede afectar negativamente en los

resultados.

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"C O N T I N Ú A"

10. Sistemas de calidad

10.1. Las agencias de ensayo deben mantener un manual de calidad de los

procedimientos por escrito para asegurar la calidad de los servicios ofrecidos (ver

nota 8). Adicional a la siguiente información, cada página del manual debe contener

la fecha de elaboración o de revisión para asegurar que está siendo utilizado el último

procedimiento.

10.1.1. El programa de aseguramiento de calidad interno, incluyendo:

10.1.1.1. Capacitación y evaluación del personal, incluyendo una descripción del

programa de capacitación, el método de evaluación, la frecuencia de la revisión, los

criterios utilizados, y el puesto o nombre de la persona responsable de administrar las

evaluaciones,

10.1.1.2. Calibración y mantenimiento del equipo,

10.1.1.3. Una biblioteca actualizada que incluya todos los métodos de ensayo

relevantes, y

10.1.1.4. Inventario de todos los equipos de ensayo que requieren tanto calibraciones

o verificaciones iniciales y periódicamente subsecuentes o verificaciones que son

utilizadas por la agencia para realizar los métodos de ensayo cubiertos por este

estándar y dentro del alcance de los servicios de la agencia. El inventario debe incluir

la descripción del equipo, número de identificación y la próxima fecha de calibración o

de verificación.

NOTA 6: El inventario debe incluir equipos como balanzas, máquinas de compresión, y conos de

asentamiento. Equipos como las varillas de apisonamiento, suministros desechables como los cilindros

de solo un uso, no necesitan estar incluidos en el inventario.

10.1.1.5. La participación en los programas de ensayos de aptitud (Proficiency

Sample Programs PSP por sus siglas en inglés). La agencia debe participar en

programas de ensayos de aptitud de concreto o agregados o en ambos si la agencia

realiza ensayos en ambas áreas. El PSP utilizado debe cumplir con los siguientes

criterios: (1) incluir un mínimo de 10 participantes, (2) emitir un reporte que incluya los

resultados de la agencia, el promedio de todos los resultados, la desviación estándar

de los resultados y el (los) puesto(s) en base al número de desviaciones estándar

que varíen de la agencia de resultados del gran promedio de los métodos de ensayo

cubiertos, (3a) incluir al menos uno de los siguientes métodos si la agencia realiza

ensayos de concreto: NTG 41017 h1 (ASTM C39/C39M), NTG 41017h5 (ASTM

C138/C138M), NTG 41052 (ASTM C143/C143M), NTG 41017 h6 (ASTM

C173/C173M), o NTG 41017 h7 (ASTM C231/231M); y, (3b) incluir al menos uno de

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"C O N T I N Ú A"

los siguientes métodos si la agencia ensaya agregados de concreto: NTG 41010 h1

(ASTM C136), NTG 41010 h8 (ASTM C127) o NTG 41010 h9 (ASTM C128), (4) ser

independiente de las agencias que participan, (5) distribuir muestras al menos una

vez al año, y (6) mantener un registro de todos los resultados de las muestras de

ensayos de los participantes durante 3 años por lo menos.

NOTA 7: Para orientación adicional en la selección de un programa de ensayos de aptitud para la

agencia de ensayo, puede consultar la Guía ASTM E1301.

10.1.2. La agencia de ensayo debe establecer procedimientos para accionar ante un

bajo desempeño en el programa de ensayos de aptitud. Las puntuaciones se

consideran de bajo desempeño si el resultado de la agencia de ensayo es mayor a

dos desviaciones estándar del promedio total del reporte final.

10.1.3. La agencia de ensayos debe establecer procedimientos para manejar los

reclamos técnicos de los clientes, que incluya el título o nombre de la persona

responsable del manejo de la queja, el sistema de revisión de la agencia de ensayo y

el tipo de respuesta que se debe emitir.

10.1.4. El laboratorio debe establecer un procedimiento en su sistema de control de

calidad que se debe implementar cuando se determine que el equipo necesita ser

calibrado o que los procedimientos de ensayo son deficientes. El laboratorio debe

detener cualquier trabajo afectado por cualquier deficiencia hasta que las acciones

correctivas hayan sido completadas y documentadas. El laboratorio debe revisar todo

el trabajo afectado entre el lapso de tiempo que el equipo o el procedimiento de

ensayo fue verificado por última vez y cuando la deficiencia fue encontrada. El

laboratorio debe evaluar la importancia de la deficiencia y reportar los resultados y de

ser necesario, notificar a los clientes de una posible no conformidad con los

resultados del ensayo.

10.1.5. La agencia de ensayo debe establecer procedimientos para asegurar la

calidad de los servicios técnicos externos, tales como: servicios de calibración

utilizados por la agencia, equipo y materiales adquiridos por la agencia de

proveedores y subcontratistas (es decir, una agencia contratada para realizar un

método de ensayo estándar o parte de un método de ensayo). La agencia debe ser

capaz de demostrar que el subcontratista es competente y que cumple con los

requerimientos de los métodos de ensayo. La agencia debe mantener registros del

subcontratista y de las evaluaciones de proveedores. Los criterios de selección y

evaluación del subcontratista debe incluir una revisión de auditorías externas,

inspecciones, certificaciones y acreditaciones en poder de la agencia.

NOTA 8: Otros programas de calidad recomendados para una agencia de ensayos incluye: (1) llevar a

cabo cálculos estadísticos computacionales dentro del laboratorio para ensayos de concreto.

Seleccionar aleatoriamente 10 ensayos al mes determinar la desviación estándar dentro de un ensayo

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"C O N T I N Ú A"

(Ver ACI 214-77 y practica ASTM C802 para métodos estadísticos); (2) Participar en un programa de

desempeño interlaboratorio de ensayos de concreto. Un intercambio trimestral de muestras entre las

agencias de acuerdo con la práctica ASTM C802, proporcionará excelentes datos de aseguramiento

de calidad.

11. Evaluación de la agencia de ensayo

11.1. La agencia de ensayo debe evaluar a intervalos aproximados de 2 años, sus

instalaciones, equipo, personal y procedimientos por una autoridad evaluadora que

confirme su habilidad para realizar los ensayos requeridos.

11.2. Son aceptables dos métodos de evaluación, ya sea inspección o acreditación.

11.2.1. Las responsabilidades y obligaciones de las autoridades de evaluación que

realizan las evaluaciones (identificados como organismo de inspección) deben

cumplir con el Anexo A1.

11.2.2. Las responsabilidades y obligaciones de las autoridades de evaluación que

realizan las evaluaciones como parte del proceso de acreditación (identificados como

organismos de acreditación) deben cumplir con el Anexo A2.

11.3. El personal y equipo utilizado por la agencia durante la evaluación, debe

representar el personal y equipo disponible durante el periodo entre evaluaciones. No

se debe permitir la adquisición temporal de personal o equipo para mejorar los

resultados de la evaluación.

11.4. La agencia de ensayo debe brindar una respuesta escrita de acción correctiva

inicial dentro de los 30 días siguientes a la recepción de las deficiencias señaladas en

el reporte final. La agencia entonces debe completar las correcciones dentro de los

60 días siguientes a la recepción del reporte final.

11.4.1. Si se utiliza un servicio de inspección, la agencia debe adicionar al reporte

final una declaración de las acciones correctivas tomadas, la cual debe de ser

firmada por el ingeniero profesional de la agencia de ensayo.

11.4.2. Si se utiliza un servicio de acreditación, la agencia debe reportar las

correcciones de las deficiencias al organismo de acreditación, el cual debe emitir un

certificado de acreditación cuando sean cumplidos todos los requisitos previos.

12. Palabras clave

12.1. Agregados; concreto; criterios; evaluación; aseguramiento de calidad; ensayos;

agencias de ensayo.

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"C O N T I N Ú A"

ANEXOS

(Información obligatoria)

A1. AUTORIDADES DE EVALUACIÓN. ORGANISMOS DE INSPECCIÓN

A1.1 Organización y administración

A1.1.1 El organismo de inspección debe mostrar claramente en el reporte de

inspección, cualquier posible conflicto de intereses que su personal de inspección

pueda tener con la agencia de ensayo que está siendo inspeccionada. Esto debe

incluir cualquier posible conflicto que pueda demostrarse o percibirse y que pueda

perjudicar la imparcialidad en la evaluación.

A1.1.2 El organismo de inspección debe estar bajo la dirección de un administrador

que tenga conocimiento de las normas aplicadas y procesos de inspección utilizados.

A1.1.3 El organismo de inspección debe implementar un sistema de calidad

apropiado para el tipo de inspecciones a realizar. El organismo de inspección debe

mantener un manual de sistema de calidad, documentando los procedimientos y

técnicas utilizadas para cumplir los objetivos de su inspección.

A1.1.3.1 Los organismos de inspección deben mantener documentación de las

instrucciones y procedimientos para realizar y planear las inspecciones. Estos

procedimientos escritos deben estar disponibles para el personal de inspección. La

desviación en los procedimientos escritos, debe ser documentada durante la

realización de una inspección.

A1.1.4 El organismo de inspección debe mantener un programa de capacitación para

su personal, que incluya lo siguiente:

A1.1.4.1 Una revisión de cada uno de los métodos de ensayo o prácticas

enumeradas en la sección de Métodos de ensayo requeridos y prácticas.

A1.1.4.2 Demostraciones por parte del capacitador, de los procedimientos utilizados

en cada uno de los métodos de ensayo o prácticas.

A1.1.4.3 Demostraciones por el capacitador del uso adecuado de las herramientas de

medición (equipo de inspección) necesarias para evaluar el equipo de la agencia de

ensayo.

A1.1.4.4 Una evaluación realizada por el entrenador de la habilidad del alumno de

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"C O N T I N Ú A"

ejecutar correctamente los procedimientos de cada método de ensayo o práctica, y la

utilización correcta del uso de las herramientas de medición.

A1.1.4.5 Al menos un mes de supervisión por el capacitador en el lugar del trabajo de

inspección de la agencia de ensayo, realizado por el alumno; y

A1.1.4.6 Una evaluación final por el capacitador de la competencia del alumno para

realizar una inspección, basado en el desempeño durante el periodo de entreno.

A1.1.5 El organismo de inspección debe mantener un programa de evaluación para

sus inspectores que incluya lo siguiente:

A1.1.5.1 Una revisión anual de las técnicas de inspección y,

A1.1.5.2 Una revisión anual de desempeño, basado en retroalimentación de los

clientes, incluyendo el conocimiento del inspector y la comunicación durante las

inspecciones.

A1.2 Instalaciones y equipo

A1.2.1 El organismo de inspección debe tener las instalaciones y el equipo necesario

para proveer servicios de inspección efectiva para los clientes.

A1.2.1.1 Todo el equipo utilizado para capacitar e inspeccionar debe ser identificado

y documentado.

A1.2.1.2 Todo el equipo de medición debe ser mantenido de acuerdo con los

procedimientos establecidos y se debe verificar la precisión antes de ser puesto en

servicio y en los intervalos de tiempo definidos en el manual de sistema de calidad.

Cuando los resultados del equipo de medición son puestos en duda, dicho equipo no

debe de ser utilizado hasta que la precisión haya sido verificada.

A1.2.1.3 La verificación o estandarización del equipo de medición debe tener

trazabilidad hacia las normas nacionales aplicables. La frecuencia de las

verificaciones o estandarizaciones deben ser de acuerdo a la norma gobernante o al

manual de sistema de calidad del organismo de inspección. Los registros de dichas

verificaciones o estandarizaciones se deben mantener.

A1.2.1.4. Las normas de medición de referencia, deben ser utilizadas únicamente

para verificar o estandarizar el equipo de medición. Las normas de medición de

referencia deben ser estandarizadas por un organismo competente con trazabilidad

hacia normas nacionales reconocidas.

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"C O N T I N Ú A"

A1.3 Métodos de inspección y procedimientos

A1.3.1 El organismo de inspección debe ofrecer servicios de inspección para

agencias de ensayo a la frecuencia establecida en la norma, o cuando sea requerido

por la agencia de ensayo.

A1.3.2 Los servicios de inspección deben incluir ya sea, los métodos de ensayo o las

prácticas requeridas de concreto o agregados de concreto, o ambos, enumerados en

el inciso 7.2.

A1.3.3 Los organismos de inspección deben proveer servicios de inspección para

cualquier método opcional solicitado por la agencia de ensayo dentro de los alcances

de sus servicios, una vez proporcionados los equipos y procedimientos de la agencia

de ensayo, pueden ser abordados en un laboratorio.

NOTA A1.1- Existen algunos métodos de ensayo y prácticas que involucran observación y técnicas de

evaluación de personal calificado único, que puede ser no posible de evaluar por el personal de

inspección.

A1.3.4 El organismo de inspección debe evaluar el equipo y procedimientos para

cada método de ensayo o práctica presentada por la agencia de ensayo,

A1.3.4.1 El organismo de inspección debe utilizar su equipo para evaluar los equipos

de ensayo de la agencia de ensayo y verificar la capacidad del equipo de la agencia

para que las tolerancias medidas sean las especificadas en las normas relevantes.

Alternativamente, es permitido revisar la precisión de la verificación o los registros de

estandarización.

A1.3.4.2 El inspector debe observar demostraciones de las técnicas y procedimientos

por el personal de la agencia de ensayo para cada método de ensayo o práctica

presentada. A la discreción del inspector, se permite que algunos procedimientos de

los métodos de ensayo o prácticas, sean descritos por el personal de la agencia, en

lugar de realizar una demostración.

A1.3.5 El organismo de inspección debe revisar la calificación y aptitudes del

personal de ensayo de la agencia en inspección. Es permitido utilizar una muestra

representativa para evaluar la aptitud del personal de ensayo.

A1.3.6 El organismo de inspección debe entrevistar al personal de ensayo para

evaluar su conocimiento del método del ensayo y prácticas y su aptitud en la

ejecución de las mismas.

A1.3.7 El organismo de inspección debe revisar los registros de participación de al

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menos tres años anteriores de la agencia de ensayo en programas de ensayos de

aptitud como se requiriere en esta práctica.

A1.3.8 El organismo de inspección debe revisar procedimientos registrados de datos

típicos y reportes generados por la agencia de ensayo.

A1.4 Reporte de inspección.

A1.4.1 El organismo de inspección debe emitir un reporte final de inspección de los

hallazgos en donde se listen los métodos de ensayo y prácticas cubiertas. El reporte

de inspección debe hacer notar cualquier deficiencia del equipo de la agencia de

ensayo, procedimientos relacionados a las normas pertinentes, calificaciones del

personal de ensayo y otros requisitos de esta la norma.

A1.4.1.1 Las correcciones o adiciones a un reporte de inspección, o correcciones de

las deficiencias en la documentación de la agencia de ensayo, deben ser

almacenadas con el reporte original de inspección.

A1.4.1.2 El reporte de inspección completo, incluyendo la documentación de acciones

correctivas de las deficiencias, debe proporcionarse a un organismo de acreditación

cuando el reporte del organismo de inspección es utilizado como parte del proceso de

acreditación de una agencia de ensayo.

A1.5 Declaración de conformidad

A1.5.1 Bajo requerimiento, el organismo de inspección debe proveer una declaración

indicando que los servicios de inspección fueron realizados de acuerdo a este anexo.

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"C O N T I N Ú A"

A2. AUTORIDADES DE EVALUACIÓN. AGENCIAS DE ACREDITACIÓN

A2.1 Organización y administración

A2.1.1 El organismo de acreditación debe mostrar claramente cualquier posible

conflicto de intereses que su o sus asesores puedan tener con la agencia de ensayo

que está siendo acreditada. Esto debe incluir cualquier posible conflicto que pueda

ser razonablemente demostrado o percibido y que pueda perjudicar la imparcialidad

en la evaluación.

A2.1.2 El organismo de acreditación debe estar bajo la dirección de uno o más

directores que tengan conocimiento de las normas aplicadas y de los procesos de

acreditación utilizados.

A2.1.3 El organismo de acreditación debe mantener un sistema de administración

que documente el proceso que utiliza para cumplir los objetivos de la evaluación para

acreditar las agencias de ensayo.

A2.1.3.1 El sistema de administración debe documentar las obligaciones,

responsabilidades y autoridades de dirección y de los asesores. Las calificaciones de

los asesores respecto a su educación, capacitación, trabajo y experiencia de

evaluación, y el alcance del peritaje debe ser definido. El sistema debe definir que

constituye un conflicto de interés para los asesores.

A2.1.3.2 El sistema de administración debe documentar información acerca de los

procesos de evaluación y acreditación para su revisión por los usuarios de los

servicios de acreditación. La información debe incluir los procedimientos utilizados

para la supervisión de las instalaciones acreditadas, si existen, y el proceso a ser

utilizado para el manejo de quejas o apelaciones de las agencias de ensayo.

A2.1.3.3 El sistema de administración debe documentar los procedimientos utilizados

para emitir, suspender, retirar o reducir la acreditación de las agencias de ensayo.

Los procedimientos escritos deben estar disponibles para los asesores. Desviaciones

de los procedimientos escritos durante la ejecución de las evaluaciones debe ser

documentada.

A2.1.3.4 El sistema de administración debe documentar las políticas de conservación

de registros para el personal asesor y para las evaluaciones.

A2.1.3.5 El sistema de administración debe definir el proceso utilizado para informar

al público acerca del estado y alcance de las instalaciones de la agencia de ensayo

acreditada.

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"C O N T I N Ú A"

A2.1.4 El organismo de acreditación debe incluir el resultado de una inspección en

sitio de las instalaciones de la agencia de ensayo y del personal de ensayo como

parte de la evaluación para la acreditación de una instalación de la agencia de

ensayo.

A2.1.5 Si el organismo de acreditación proporciona servicios para inspecciones en

sitio de las agencias de ensayo, se debe mantener un programa de capacitación para

su personal de inspección de acuerdo con el inciso A1.1.4, y sus instalaciones y

equipo deben cumplir con el inciso A1.2.

A2.1.6 El organismo de acreditación debe mantener una revisión de la administración

y procesos de auditoría de sus asesores que incluyan lo siguiente:

A2.1.6.1 Un monitoreo periódico de los asesores por parte de pares (colegas) u otros

medios;

A2.1.6.2 Una revisión anual de las evaluaciones y

A2.1.6.3 Una revisión anual del desempeño del asesor basado en una

retroalimentación de los clientes durante la ejecución de las evaluaciones.

A2.2. Métodos de evaluación y procedimientos

A2.2.1 El organismo de acreditación está autorizada para utilizar los reportes de

inspección de diferentes Organismos de Inspección que cumplan con el Anexo A1,

para la sección de la evaluación en sitio de la evaluación.

A2.2.2 Si el organismo de acreditación realiza evaluaciones en sitio de las

instalaciones y personal como parte de la evaluación, esos métodos y procedimientos

deben cumplir con los requisitos de del inciso A1.3

A2.2.3 El organismo de acreditación debe asignar un equipo de evaluación con un

líder para sus servicios de evaluación. Los miembros del equipo de evaluación deben

ser calificados y capacitados para realizar los servicios, según lo establecido en el

manual de sistema de calidad del organismo de acreditación.

A2.2.4 El equipo de evaluación debe revisar el manual de calidad de la agencia de

ensayo y realizar una evaluación para que cumpla con los procedimientos indicados

en el manual de calidad. El manual de calidad de la agencia debe cumplir con los

requerimientos de esta práctica.

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A2.3 Reportes de evaluación

A2.3.1 El reporte de evaluación del organismo de acreditación debe incluir:

A2.3.1.1 Una evaluación, incluyendo anotaciones de las deficiencias que requieren

de acción correctiva, del manual de calidad de la agencia de ensayo. Esto debe

incluir una evaluación de las calificaciones y aptitudes de ensayo del personal.

A2.3.1.2 Una evaluación, incluyendo anotaciones de las deficiencias que requieren

de acción correctiva, del cumplimiento a las normas de los métodos de ensayo y

prácticas, realizadas por la agencia de ensayo, incluyendo el cumplimiento de los

equipos e instalaciones.

A2.3.1.3 Una evaluación, incluyendo anotaciones en las deficiencias que requieren

de acción correctiva, de la participación en programas de aptitud de ensayos de

muestras.

A2.3.2 El organismo de acreditación debe solicitar a la agencia de ensayo que

responda con documentación de investigaciones realizadas y acciones correctivas

tomadas para cualquiera de las deficiencias anotadas en el reporte de evaluación.

A2.3.3 El organismo de acreditación debe proporcionar a la agencia de ensayo una

declaración de la aceptación de las respuestas y acciones tomadas por la agencia,

para abordar las deficiencias encontradas. Esta declaración debe ser incorporada en

el registro de la agencia antes de notificar su acreditación.

A2.3.4 El organismo de acreditación debe proporcionar un certificado u otro medio

para reconocer el estado de acreditación de la agencia de ensayo. Los materiales y

normas para las cuales fue evaluada la agencia y debe de ser indicada la duración de

la acreditación en los certificados u otros medios utilizados para reconocer la

acreditación.

A2.4 Declaración de conformidad

A2.4.1 A solicitud del usuario, el organismo de acreditación, debe proveer una

declaración indicando el cumplimiento con las disposiciones de este Anexo, para

realizar una acreditación de las agencias de ensayo.

NOTA A2.1: Los organismos de acreditación que han documentado el cumplimiento de la norma

NTG/COPANT/ISO 17011, son aceptables siempre y cuando cumplan con las disposiciones del

presente anexo.

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