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7/27/2019 Normas Complementarias CE
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Normas ComplementariasNormas Complementarias para la Regulación del Proceso Electoral del Consejo
Universitario Estudiantil y Representaciones de Alumnos de Facultades
TÍTULO PRIMERODe la Comisión Electoral
Art. 1° Las presentes normas serán aplicables y regularán a todos los procesos electorales de:
I. Mesa Directiva del Consejo Universitario Estudiantil (CUE) de la Universidad La
Salle.
II. Representaciones de Alumnos de Facultades de la Universidad La Salle.
Art. 2° El órgano responsable de la elaboración y ejecución de las presentes normas es la
Comisión Electoral.
Art. 3° Se entiende por proceso electoral a la siguiente secuencia de eventos:
I. Convocatoria para la formación de planillas
II. Entrega y revisión de planes de trabajo
III. Registro de planillas
IV. Campaña proselitista y debate
V. Elecciones
VI. Recepción de impugnaciones, aplicación de sanciones y escrutinio de votos.
VII. Publicación de resultados
Art. 4° Todos los asuntos relacionados con el proceso electoral serán vigilados y regulados por
la Comisión Electoral, la cual estará dotada de autonomía en todo momento. Las
decisiones que tome serán apelables frente a la Asamblea General Universitaria.
Art. 5° La Comisión Electoral deberá observar en todo momento una conducta imparcial. Sus
miembros no podrán participar activamente en planilla alguna, ni en las campañas
electorales, ni en las Representaciones de Alumnos de Facultades.
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VI. Los integrantes de la planilla no podrán dirigir, coordinar o asesorar a ningún otro
Organismo Estudiantil (Grupos Representativos, Selecciones, Grupos Estudiantiles,
Grupos Misioneros, Capítulos y Comunidades). En caso de ser así deberán
presentar su carta de renuncia a las autoridades correspondientes en la fecha
señalada en la convocatoria, con copia en original a la Comisión Electoral.
VII. En los casos en que se requiera se entregará un documento que acredite la
participación del aspirante en Representaciones de Alumnos u OrganismosEstudiantiles avalado por el área correspondiente y por el dirigente del Grupo o
Consejo. (Art. 26 del Reglamento General de CUE).
TÍTULO TERCERODe los Planes de Trabajo
Art. 9° El Plan de trabajo deberá entregarse a la Comisión Electoral en la fecha y horario
establecidos en la convocatoria.
Art. 10° El Plan de trabajo para los aspirantes a la Mesa Directiva del Consejo UniversitarioEstudiantil deberá ser realizado bajo los siguientes lineamientos:
I. Ensayo de tres cuartillas, máximo, en el que se responderá a las siguientespreguntas:
a. ¿Cuál es la inspiración de la Planilla para querer formar parte de la Mesa Directivadel Consejo Universitario Estudiantil?
b. ¿Qué caracteriza a la Planilla como la opción idónea para conformar la MesaDirectiva del CUE?
c. ¿Cómo promoverán el desarrollo del Movimiento Estudiantil en la Universidad conel fin de elevar el orgullo e identidad lasallista?
d. Menciona las 5 estrategias para incrementar la participación de la Comunidad
Universitaria en las actividades del Movimiento Estudiantil.e. ¿De qué manera piensan sistematizar su funcionamiento para lograr los fines derepresentación?
f. ¿Cómo planean dar continuidad a los proyectos realizados anteriormente por el CUE?
g. Describe las 5 acciones que te definirán como equipo al comienzo, durante y al final de la gestión.
II. Organigrama, de acuerdo al Reglamento vigente del CUE, señalando el perfilpersonal necesario para cada cargo y la descripción de las funciones de cada uno delos integrantes de la Mesa Directiva.
III. Objetivos generales, líneas de acción y metas específicas. Deberán incluirseobligatoriamente los siguientes eventos:
a. Premios CUE;b. Premios Indivisa Manent;c. Sesiones de Asamblea General Universitaria;d. Programa de Liderazgo, orientado a los Jefes de Grupo;e. Proyecto social Juguetulsa;f. Jornada de Integración: Conoce, Únete, Exprésate
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g. Bazar del Día de la Amistad y Día de las Madres
IV. Cronograma de actividades (referido a las líneas de acción) dividido en cada una delas Direcciones del Consejo Universitario Estudiantil, destacando las funciones yactividades que se realizarán.
V. Plan de campaña, que deberá incluir:
a. Los medios por los cuales se dará difusión a la planilla;b. El presupuesto desglosado para tal efecto;c. El nombre, logotipo y descripción del sentido que le darán a su campaña.d. Programa de visitas a los salones.
Deberá contar con el visto bueno de la Comisión Electoral, y no podrá ser modificadouna vez obtenido el registro.
Art. 11° El Plan de trabajo para los aspirantes a las Representaciones de las Facultades deberá
ser realizado bajo los siguientes lineamientos:
I. Ensayo de tres cuartillas, máximo, en el que se responderá a las siguientes
preguntas:
a. ¿Cuál es la inspiración de la Planilla para querer formar parte de laRepresentación de Alumnos de su Facultad?
b. ¿Qué caracteriza a la Planilla como la opción idónea para conformar la MesaDirectiva de su Facultad?
c. ¿Cómo promoverán el desarrollo del Movimiento Estudiantil con el fin de elevar el orgullo e identidad lasallista?
d. ¿De qué manera piensan sistematizar su funcionamiento para lograr los fines derepresentación?
e. ¿Cómo planean dar continuidad a los proyectos realizados anteriormente por laRepresentación de Alumnos de su Facultad?
f. Describe las 5 acciones que te definirán como equipo al comienzo, durante y al final de la gestión.
II. Organigrama, de acuerdo al Reglamento vigente del CUE, señalando el perfilpersonal necesario para cada cargo y la descripción de las funciones de cada uno delos integrantes de la Representación.
III. Objetivos generales, líneas de acción y metas específicas. Deberán incluirseobligatoriamente los siguientes eventos:
a. Propuesta de actividades y posibles ponentes para las Jornadas Académicassegún los lineamientos de las mismas y el calendario aprobado;
b. Propuesta de cómo realizarán y darán seguimiento al trabajo con los Jefes deGrupo.
IV. Cronograma de actividades (referido a las líneas de acción) dividido en cada una delas Direcciones de la Representación.
V. Plan de campaña, que deberá incluir:
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a. Los medios por los cuales se dará difusión a la planilla;b. El presupuesto desglosado para tal efecto;c. El nombre, logotipo y descripción del sentido que le darán a su campaña.d. Programa de visitas a los salones.
TÍTULO CUARTODe los Criterios para el Registro de las Planillas
Art. 12° Una vez entregado el Plan de Trabajo en las fechas establecidas se seguirá el
procedimiento indicado por la Comisión Electoral.
Art. 13° Se convocará a una reunión para la revisión de cada uno de los Planes de Trabajo.
Esta revisión será por separado, no prestándose el caso para ninguna comparación
entre Planes de Trabajo de las diferentes planillas. La hora asignada para cada planilla
se dará a conocer (por escrito) al momento de la entrega del Plan de Trabajo.
Art. 14° El resultado de esta primera revisión será la notificación a la Planilla sobre el dictamen
parcial de acuerdo a la siguiente escala:
I. Planes de Trabajo que no necesiten ninguna modificación: Aceptados
II. Planes de Trabajo que no necesiten pero que es deseable alguna o varias
modificaciones: Aceptados con recomendaciones.
III. Planes de Trabajo que necesiten una o varias modificaciones: Aceptados con
condiciones.
IV. Planes de Trabajo que no corresponden a lo mínimo indispensable para contender:No aceptados, en cuyo caso los postulantes a planilla tendrán la oportunidad de
asesorarse y presentar nuevamente su Plan de Trabajo.
Art. 15° Dependiendo del primer dictamen, cada planilla llevará un seguimiento de acuerdo con
lo siguiente:
I. Si el Plan de Trabajo tiene carácter de aceptado, se otorgará el registro en la fecha
estipulada por la Comisión Electoral; un día después, éste se dará a conocer a la
Comunidad Universitaria. Los postulantes a planilla serán notificados de la fecha en
que se tendrán que presentar a la sesión informativa, donde se les darán a conocer
los pasos del proceso para su campaña y elecciones.
II. Si el Plan de Trabajo tiene carácter de Aceptado con recomendaciones, los
postulantes a planilla serán notificados de las fechas en que se tendrán que
presentar a las sesiones de asesoría para que sean efectuadas las recomendaciones
por parte de la Comisión Electoral. Una vez realizadas, se otorgará el registro en la
fecha estipulada por la Comisión Electoral y se seguirá el proceso descrito en el
inciso anterior.
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III. Si el Plan de Trabajo tiene carácter de Aceptado con condiciones, los postulantes a
planilla serán notificados de las fechas en que se tendrán que presentar a las
sesiones de asesoría, en las que se indicarán los puntos que han de ser rectificados
y se acordará una fecha de nueva entrega, la cual no debe exceder la fecha
determinada para el registro. Los postulantes a planilla deberán entregar su Plan de
Trabajo corregido en la fecha acordada, el cual se someterá a una nueva revisión por
parte de la Comisión quien emitirá un nuevo dictamen. Si la determinación final tienecarácter de Aceptado, recibirán su registro en la fecha indicada y se seguirá el
proceso normal, de lo contrario la planilla no obtendrá el registro.
IV. Si el Plan de Trabajo tiene carácter de No Aceptado podrán reelaborarlo y
presentarlo nuevamente a la Comisión Electoral en una fecha que no excederá de la
fecha del registro. La Comisión Electoral someterá el documento a una nueva
revisión y emitirá un nuevo dictamen. Si la determinación final tiene carácter de
Aceptado se seguirá el proceso normal, de lo contrario la planilla no obtendrá el
registro.
Art. 16° Los criterios de evaluación de planes de trabajo establecidos por la Comisión Electoralson los siguientes:
I. Que cumplan con lo acordado en la solicitud de registro de planillas.
II. El ensayo deberá responder a todas y cada una de las preguntas de interés para la
Comisión. En él se deberá reflejar la capacidad de los estudiantes para responder
con responsabilidad y firmeza a los compromisos de la representatividad y la
continuidad del Movimiento Estudiantil Lasallista. Las respuestas, sea cual fuere el
tipo o estilo de redacción y las ideas que se sostengan, deberán ser congruentes con
los lineamientos del reglamento en lo concerniente a la naturaleza y fines, ya sea del
CUE o de las Representaciones de las Facultades.
III. Los objetivos generales deberán ser claros y concretos. Deberán referirse a un
periodo no mayor a un año y deben ser congruentes con las finalidades y razón de
ser del Movimiento Estudiantil como tal.
IV. Las líneas de acción deberán ser congruentes con las facultades y obligaciones del
Consejo Universitario Estudiantil y las Representaciones de Alumnos de Facultades.
Estas líneas de acción deben tener como principio la participación y
representatividad de los estudiantes así como su desarrollo. Para establecer líneas
de acción viables deben considerarse los rubros de presupuesto, recursos y tiempos.
Igualmente deberán considerarse las funciones que tendrá cada miembro del
organigrama al momento de llevar a cabo las líneas de acción.
V. Las metas específicas representan la materialización de los objetivos generales
mediante las líneas de acción. Estas deberán ser precisas, de preferencia
representadas de forma numérica.
VI. El organigrama debe partir de la base oficial estipulada en el reglamento, puede
presentar propuestas originales de organización estudiantil siempre y cuando se
respete la estructura de la mesa directiva. Las funciones que se expresen para
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cada integrante del equipo propuesto, deberán ser congruentes con los objetivos y
líneas de acción antes expresados y deberán reflejar los principales valores y
finalidades de la mesa directiva para la cual se postulan. Los perfiles para ocupar
dichos puestos en el organigrama deben incluir los conocimientos, habilidades y
aptitudes requeridas para su desempeño.
VII. El cronograma deberá estar dividido por direcciones y áreas, se deben incluir fechas
tentativas.
VIII. El Plan de Campaña debe ser congruente con lo permitido en la Universidad La Salle
y lo estipulado en este documento y además deberá contar con el visto bueno de la
Comisión Electoral y Atención a Grupos Estudiantiles. El contenido de la misma debe
estar enfocado a la difusión del Plan de Trabajo. Se debe evitar el exceso de
artículos promocionales.
IX. Además cada uno de los miembros de la planilla deberá cubrir los requisitos
planteados para formar parte de la mesa directiva. Cada uno de ellos podrá ser
entrevistado para corroborar el grado de conocimiento que tenga sobre el
Movimiento Estudiantil, así como su compromiso para contribuir al desarrollo de este
movimiento en los próximos años.
Art. 17° Una vez aceptados los Planes de Trabajo y que los postulantes a planilla hayan asistido
a sus sesiones de asesoría será expedido su registro a través de un acta otorgada por
la Comisión Electoral con la fecha del día de registro y firmada por el Presidente o
Vicepresidente de la planilla y por el Presidente y Vicepresidente de la Comisión
Electoral.
TÍTULO QUINTODe la Campaña
Art. 18° El objetivo fundamental de las campañas electorales será la promoción de los planes de
trabajo de las planillas, con énfasis en los objetivos y líneas de acción propuestos.
Art. 19° Las campañas electorales por ningún motivo podrán interrumpir o interferir con la
actividad académica de las Facultades y Escuela Preparatoria (5tos y 6tos). Los
permisos y autorizaciones que sean necesarios deberán ser obtenidos en las instancias
correspondientes por las planillas interesadas bajo la asesoría de la Comisión.
Art. 20° Todos los miembros de las planillas estarán obligados a mantener un comportamiento
ejemplar, absteniéndose de ataques físicos, verbales o de cualquier índole,
provocaciones, conductas desleales, daños a la moral, y cualquier otra conducta que la
Comisión Electoral considere reprobable, ya sea en perjuicio de algún miembro de las
planillas contendientes, algún alumno de la ULSA o cualquier miembro perteneciente a
la Comisión Electoral, de acuerdo al Título IX de las presentes normas.
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por la Comisión Electoral) que aporten entre ellos la totalidad del presupuesto necesario
para gastos de campaña, siendo el límite del mismo $15,000.00 pesos.
Art. 28° Las planillas contendientes a Mesa Directiva del CUE, tendrán la oportunidad de
conseguir hasta 3 patrocinadores (previamente autorizados por la Comisión Electoral)
que aporten entre ellos la totalidad del presupuesto necesario para gastos de campaña,
siendo el límite del mismo $30,000.00 pesos.
Art. 29° Las planillas deberán presentar el presupuesto desglosado de los insumos que utilicen
para su campaña, éste deberá presentarse en forma de tabla y deberá contener una
breve descripción del objeto, precio unitario, número de unidades, precio total por objeto
y total general de campaña. El total general no podrá exceder el límite de presupuesto
establecido en éstas Normas y deberá justificarse por medio de recibos y/o facturas,
documentos que deberán entregarse a la Comisión dentro de los tiempos establecidos
en la convocatoria.
TÍTULO SÉPTIMO
Del Debate o la Presentación de Planilla
Art. 30° Se realizará un debate público por Facultad entre los presidentes de cada una de las
planillas contendientes y otro para los aspirantes al CUE. La fecha, hora y lugar serán
determinados por la Comisión Electoral.
Art. 31° En caso de existir solamente una planilla contendiente no se realizará debate, en su
lugar se organizará una presentación en la cual la planilla podrá dar a conocer su plan
de trabajo y contestar dudas que pudiesen tener los alumnos de la Facultad a cuya
representación se aspire.
Art. 32° La estructura del debate será la siguiente:
I. El presídium estará conformado por los presidentes de cada una de las planillas
contendientes.
II. Un integrante de la Comisión Electoral fungirá como moderador del mismo.
III. El orden de participación de los presidentes de cada planilla se decidirá mediante un
sorteo realizado al inicio del debate.
IV. El formato del debate será anunciado oficialmente el día indicado por la Comisión
Electoral en la Junta Previa Obligatoria, asimismo se enviará una notificación escrita
a cada Planilla con registro y se publicará en las redes sociales de la Comisión
Electoral.
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TÍTULO OCTAVODe las Elecciones
Art. 33° La Comisión Electoral designará la fecha y el horario en que se llevará a cabo la
jornada electoral en cada Facultad. La casilla será declarada abierta por un miembro de
la Comisión Electoral y esto sucederá hasta que el acta de instalación de casilla hayasido llenada por el Presidente de Casilla.
Art. 34° Cada casilla deberá contar con lo siguiente:
I. El mobiliario necesario para colocar la documentación.
II. Boletas correspondientes a las planillas contendientes en número suficiente según la
matrícula de cada Facultad.
III. Marcadores para boletas.
IV. Tinta indeleble para marcar a los votantes.
V. Listas con la matrícula completa de alumnos de cada Facultad y Escuela
Preparatoria (5tos y 6tos).VI. Canceles para el ejercicio privado del voto y urnas para el depósito de las boletas.
VII. Funcionarios de casilla, los cuales serán designados por la Comisión Electoral:
VIII. Un Presidente de casilla
IX. Un Secretario General.
X. En su caso, un observador de cada planilla contendiente.
Art. 35° Todos los estudiantes que participen como funcionarios de casilla deberán proporcionar
sus datos de identidad a la Comisión Electoral, y deberán cumplir con las funciones que
les sean asignadas por los miembros de la Comisión.
Art. 36° En caso de cambio de turno de los funcionarios de casilla, la Comisión Electoralotorgará nuevos nombramientos, acto que deberá ser registrado en el acta de
incidentes.
Art. 37° Ninguna planilla podrá realizar actividad proselitista el día de las elecciones. Esto
incluye cualquier forma de sugestión, invitación, coerción o condicionamiento del voto,
portar botones, gafetes, plumas, camisetas o cualquier otro tipo de objeto con fines de
propaganda. No podrá haber propaganda impresa ni electrónica dentro de las
instalaciones de la Universidad La Salle.
Art. 38° Las casillas serán cerradas por un miembro de la Comisión Electoral en el horario
establecido. En ese momento se llenará el acta de cierre correspondiente a la jornadaelectoral y se sellarán las urnas.
Art. 39° Tras el cierre de casilla, las urnas serán trasladadas a las oficinas de la Comisión
Electoral. El traslado estará a cargo del presidente de casilla, quien podrá auxiliarse de
los funcionarios de casilla, todo bajo la supervisión de los miembros de la Comisión
Electoral y representantes de las planillas.
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Art. 40° El conteo se llevará a cabo en las oficinas de la Comisión bajo los procedimientos
establecidos por la misma. En este caso estarán presentes los presidentes de cada una
de las casillas quienes fungirán como escrutadores junto con algunos de los miembros
de la Comisión Electoral y el presidente de cada planilla contendiente como observador.
Art. 41° El conteo se realizará por casilla. Dicho procedimiento deberá quedar registrado en las
actas de escrutinio y cómputo.
Art. 42° Para que una planilla sea declarada vencedora, deberá obtener el mayor número de
votos emitidos durante la jornada electoral, de acuerdo al principio de mayoría absoluta
(el ganador debe obtener mínimo el 51% del total de los votos), en caso de ser única
planilla se llevara a cabo lo previsto en el título IV capitulo segundo Art. 93 del
reglamento del CUE.
Art. 43° La Comisión Electoral dará a conocer el resultado de la votación a la Comunidad
Estudiantil en los siguientes dos días hábiles después de haber sancionado el
resultado.
TÍTULO NOVENODe las Impugnaciones y las Sanciones
Art. 44° Toda conducta por parte de cualquier miembro de una planilla que falte a las presentes
normas o a cualquier reglamento de la ULSA será motivo de impugnación, sanción y/o
anulación de registro.
Art. 45° Las impugnaciones a una planilla podrán ser presentadas por cualquier miembro de una
planilla contendiente, por la Mesa Directiva del CUE o por las Representaciones de
Alumnos de Facultades en un periodo no mayor a 3 días hábiles después de ocurrir lafalta, y bajo los siguientes lineamientos:
I. Estarán redactadas en forma breve y con claridad.
II. Se acompañarán de las pruebas que se consideren pertinentes, siempre que no
resulten ofensivas o dificulten el trabajo de la Comisión Electoral. No se considerarán
pruebas testimoniales.
III. Las impugnaciones deberán ser presentadas apegadas al Principio de Lealtad y
Probidad, contemplado en estas Normas Complementarias y en el ideario Lasallista.
La Comisión Electoral procederá a recibir las impugnaciones antes del cómputo de los votos;
tendrá la obligación de recibir todas las impugnaciones que se le presenten y estará facultadapara decidir cuáles de ellas procederán y cuáles serán rechazadas por carecer de fundamento
jurídico.
Son motivo de impugnaciones:
I. Desacato a las presentes normas complementarias.
II. Falsificación de cualquier documento que se hubiese entregado a la Comisión
Electoral.
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III. Realizar proselitismo antes y después de la fecha de campaña establecida por la
Comisión Electoral.
IV. Aceptar el apoyo por parte de cualquier Organismo Estudiantil o autoridad de la
Universidad La Salle en la ejecución de su campaña o en actos del proceso electoral
que atenten contra la independencia y transparencia del proceso electoral.
V. Ataques físicos, verbales o de cualquier índole, provocaciones, conductas desleales,
daños a la moral, y cualquier otra conducta que la Comisión Electoral considerereprobable, en perjuicio de cualquier miembro de la Comunidad Universitaria.
VI. Distribución de productos prohibidos por la Universidad La Salle.
VII. Colocación de propaganda fuera de las instalaciones de la Universidad La Salle y en
lugares no autorizados.
VIII. Modificar dolosamente y sin previa justificación el organigrama o el plan de trabajo
entregados originalmente a la Comisión Electoral.
IX. Dejar propaganda en sitios públicos después del tiempo estipulado por la Comisión
Electoral.
X. Con respecto a las redes sociales se notificara a las planillas que deberán abstenerse
de publicar y aceptar cualquier publicación al término de la campaña proselitista. De
igual manera no se podrá recurrir a la difamación de miembros de las demás Planillas.
XI. Ningún participante podrá presentarse y participar en actividades realizadas por la
Universidad con fines de proselitismo político en favor de su campaña
Art. 46° Las sanciones aplicables a las planillas contendientes serán las siguientes:
I. A aquellas planillas que incurran en los incisos I, II, III, IV, V y VI del artículo anterior,
corresponde la anulación del registro.
II. A aquellas planillas que incurran en los incisos VII, VIII, IX, X y XI del artículo anterior
corresponden:
a. La anulación del 10% al 40% del total de los votos a favor contabilizados en caso
de impugnaciones presentadas al término de la campaña proselitista oreiteraciones de actitudes prohibidas por estas Normas.
b. Sanciones con respecto a su campaña proselitista en aquellos casos en que la
impugnación sea presentada antes o durante la campaña proselitista.
Art. 47° Cualquier situación no contemplada en estas normas será resuelta por la Comisión
Electoral.
TÍTULO DÉCIMO
Del Colegio Electoral
Art. 48° El Colegio Electoral será conformado, a petición expresa de la Asamblea General
Universitaria solo en caso de impugnaciones graves que puedan cuestionar la legalidad,
honorabilidad, transparencia y el resultado de las elecciones que se hayan realizado. El
Colegio dará resolución definitiva e inapelable con respecto a una resolución de la
Comisión Electoral que haya sido apelada por alguna de las planillas registradas para
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las elecciones del Consejo Universitario Estudiantil y Representaciones de Alumnos de
Facultades.
Art. 49° El Colegio Electoral se integrara por:
I. El presidente de la Comisión Electoral.
II. El presidente del Consejo Universitario Estudiantil.
III. El Secretario General de la Comisión Electoral, quien fungirá como Secretario de
Actas.
IV. El Vicerrector de Bienestar y Formación de la Universidad La Salle.
V. Un vocal por cada Facultad y Escuela Preparatoria de acuerdo al Artículo 116° del
Reglamento General del Consejo Universitario Estudiantil.
Los integrantes a que se refieren las fracciones I, II, III y IV contarán con derecho de voz, los
correspondientes a la fracción V contarán con derecho a voz y voto.
Art. 50° El procedimiento del Colegio Electoral se llevará a acabo de acuerdo a lo establecido en
el Artículo 117° del Reglamento General del CUE.
Art. 51° De ser requerido se citará a las partes afectadas para exponer el caso en cuestión.
Art. 52° En caso de empate el Presidente de la Comisión Electoral contará con voto de calidad.
Art. 53° El Colegio Electoral tendrá 2 días hábiles de plazo para sancionar y dar resolución
definitiva a todas las apelaciones presentadas en tiempo y forma, a partir de que sea
creado.
Art. 54° Las apelaciones podrán ser presentadas por las partes que se crean afectadas bajo los
siguientes lineamientos:
I. Estarán compiladas en un solo documento con formato de incisos redactados en
forma breve y con claridad.
II. Se acompañarán de las pruebas que se consideren pertinentes, siempre que no
resulten ofensivas o dificulten el trabajo del Colegio Electoral.
III. Las apelaciones deberán ser presentadas apegadas al Principio de Lealtad y
Probidad, contemplado en estas Normas Complementarias y en el ideario Lasallista.
Art. 55° Dado que es un Colegio Electoral de última instancia, el Colegio se guiará por estas
normas, pero si así lo considera, podrá resolver cualquier asunto que no se encuentreprevisto dentro de este ordenamiento jurídico.
Art. 56° El Colegio Electoral puede sesionar a puerta cerrada o abierta, como más conveniente
le parezca, pero siempre después de haber escuchado a las partes involucradas.
Art. 57° Las decisiones del Colegio Electoral serán definitivas y no se permitirán apelaciones
bajo ninguna circunstancia.
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_______________________________
Regina Santinelli Villalobos
Presidente de Comisión Electoral
_______________________________ ________________________________
Pablo Martínez De Velasco Flores Raúl Melo Jiménez
Vicepresidente de Comisión Electoral Secretario General de Comisión Electoral