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CÓDIGO 3960 Nº RESOLUCIÓN Hospital Base de Linares HOSPITAL BASE DE LINARES UNIDAD DE FARMACIA HOSPITAL DE LINARES FECHA REVISIÓN Marzo 2014 Nº VERSIÓN 1.0 UNIDAD DE CALIDAD Y SEGURIDAD DEL PACIENTE HOSPITAL BASE DE LINARES Página 1 de 34 NORMAS DE ALMACENAMIENTO Y MANTENCION DE LOS DEPOSITOS PARA MEDICAMENTOS EN SERVICIOS Y UNIDADES CLINICAS DEL HOSPITAL DE LINARES

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Participaron en la elaboración de este documento:

Dr. Claudio Paredes Jefe CR Pediátrico

Dr. José Martínez M Jefe CR Gineco-obstétrico

Dr. Ramón Jara Jefe CR Médico

Dr. Alfredo Cáceres Jefe CR Quirúrgico

Dr. Adolfo Jones Jefe CR Dental

Dra. QF. Ana Cecília Cáceres Jefe CR Farmacia

Dra. QF. Alejandra Valenzuela Jefe (s) Farmacia

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I N D I C E

1. Introducción………………………………………………………………………Pág. 4

2. Propósito…………………………………………………………………………..Pág. 4

3. Objetivos…………………………………………………………………………..Pág. 4

4. Alcance…………………………………………………………………..…………Pág. 5

5. Documentos Referencia …………………………………………………..Pág. 5

6. Responsabilidad………………………………………………………………..Pág. 5

6.1 Responsables de aplicación directa de protocolo…………Pág. 5

6.2 Responsables de supervisión y/o control……………………..Pág. 9

6.3 Responsable monitoreo………………………………………………..Pág. 9

7. Definiciones……………………………………………………………………….Pág. 9

8. Desarrollo………………………………………………………………………….Pág. 10

8.1 Disposiciones Generales………………………………………….Pág. 10

8.2 Disposiciones Específicas………………………………………..Pág. 12

9. Flujograma………………………………………………………………………..Pág. 22

10. Evaluación………………………………………………………………………..Pág. 23

10.1 Plan Monitoreo……………………………………………………………...Pág. 23

10.2 Pauta Cotejo………………………………………………………………….Pág. 24

11. Distribución……………………………………………………………………..Pág. 29

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1. INTRODUCCIÓN

Los medicamentos del Arsenal del Hospital Base de Linares deben mantenerse en

la Unidad de Farmacia para su dispensación contra presentación de receta

médica, sin perjuicio de lo anterior, se dispondrá de depósitos autorizados en las

Unidades Clínicas con el objeto de facilitar la práctica clínica de tal forma que

permita otorgar atención segura y oportuna a los pacientes.

Cada Unidad Clínica debe contar con :

- Depósito de medicamentos para tratamiento diario de los pacientes (stock

farmacoterapia diaria)

- Depósito de medicamentos para las modificaciones de terapia e inicio de

tratamiento (botiquín)

- Deposito de medicamentos que el paciente trae a su ingreso (custodia).

Además cada unidad clínica debe contar con Carros de Paro y Almacenes o

bodeguitas de insumos clínicos.

Para todos estos depósitos se debe definir una ubicación física independiente

que cumpla con las condiciones establecidas en el presente protocolo.

2. PROPÓSITO

Garantizar que todo medicamento a ser utilizado en los pacientes cumpla

con las condiciones de almacenamiento y conservación apropiadas.

3. OBJETIVOS

- Definir las responsabilidades asistenciales y administrativas respecto al

proceso de almacenamiento de medicamentos.

- Lograr que todo el personal clínico identifique las condiciones de

almacenamiento adecuadas para cada medicamento

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4. ALCANCE

Dirigido a los equipos clínicos que trabajan en unidades asistenciales del

Hospital Base de Linares.

5. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

- Decreto Supremo 1876. Actualización Enero 2005. Sistema Nacional de

Control de Productos Farmacéuticos.

- Decreto Supremo N’ 404 y N’ 405. Medicamentos Sujetos a Control Legal

- Decreto N’ 466. Reglamento de Farmacias, Droguerías, Almacenes

Farmacéuticos, Botiquines y depósitos autorizados.

- Directrices Almacenamiento Medicamentos Esenciales. Colaboración OMS

John, Inc. / DELIVER

- Guía para la organización y funcionamiento de la atención farmacéutica en

los Hospitales del SNSS

- Protocolo de Control y Gestión de Botiquines de Medicamentos. Agencia de

salud de Valencia, España. Versión 2 - 2006

6. RESPONSABILIDAD

6.1. Responsables de aplicación directa de protocolo

Es de aplicación general y obligatoria para todos los profesionales médicos,

no médicos y técnicos que se desempeñan en la Unidad de Farmacia y

Servicio y Unidades Clínicas del Establecimiento, tanto de la atención

abierta como cerrada.

6.1.1 Profesional Responsable de la Unidad Clínica:

a. Organizar el botiquín definiendo la ubicación de cada medicamento en él,

además de considerar facilidad de acceso, resguardo, conservación y

almacenamiento adecuado de cada medicamento.

b. Garantizar y vigilar el correcto funcionamiento del botiquín conforme a las

normas establecidas en el presente protocolo informando a su superior

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jerárquico cualquier alteración en el correcto uso, manejo, etc. que impida

cumplir el protocolo establecido.

c. Velar por adecuado uso de los medicamentos.

d. Velar por la correcta conservación y almacenamiento de los medicamentos.

e. Revisar el botiquín periódicamente, al menos una vez por mes, para retirar

medicamentos vencidos, mal rotulados, deteriorados, excedentes o no

autorizados, si los hubiere. Utilizar formulario del anexo 2.

f. Mantener cuaderno para el registro de las revisiones realizadas al botiquín

especificando los datos de fecha del formulario del anexo 2, firma, detalle de

las disconformidades encontradas.

g. Devolver (y/o canjear) formalmente a Farmacia los medicamentos próximos

a vencer, vencidos, mal rotulados, deteriorados, excedentes, no autorizados

en botiquín, a través de documento que indique fecha de revisión, detalle de

medicamentos a devolver, causa de la devolución, cantidad a devolver,

nombre y firma del profesional responsable.

h. Vigilar el registro diario de temperatura del refrigerador.

i. Consultar formalmente a Farmacia cualquier duda sobre almacenamiento,

conservación, condiciones y estabilidad de los medicamentos del botiquín.

6.1.2 Técnico Paramédico Encargado la Unidad Clínica :

a. Cumplir las normas generales establecidas en este protocolo.

b. Almacenar, conservar y mantener la ubicación de cada uno de

medicamentos dentro del botiquín de acuerdo a rótulos que identifique cada

cajetín o espacio físico establecido

c. Mantener la identificación, rotulado y etiquetado de los medicamentos tal

como los dispensa Farmacia.

d. Consultar a profesional responsable cualquier duda referente a

almacenamiento, conservación, estabilidad, condiciones de los

medicamentos del botiquín.

e. Mantener el orden adecuado los medicamentos del botiquín de tal manera

de facilitar su uso, rotación del stock, depositando los lotes más antiguos ó

de fecha de vencimiento mayor (más lejana) más atrás que los más

recientes.

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f. Mantener una altura máxima de un metro para los sueros que se almacenan

apiladas en cajas, conservando además la caja original de envase de suero.

g. Almacenar los medicamentos termo sensible en refrigerador.

h. Llevar el registro de Temperatura del refrigerador y avisar a profesional

responsable las variaciones de temperatura inferior a 2º C y superior a 8º C

i. Almacenar medicamentos fotosensibles protegidos de la luz

j. Mantener cantidad máxima establecida para cada medicamento del stock

informando a profesional responsable los excedentes.

k. Almacenar solamente los medicamentos autorizados en botiquín y que

procedan de Farmacia Hospital de Linares, informado a profesional

responsable las disconformidades.

l. Almacenar medicamentos que trae el paciente al ingreso en ubicación aparte

definida y destinada para dichos fines (custodia).

m. Almacenar medicamentos de la farmacoterapia del paciente dispensados

desde Farmacia en horario de atención habitual en ubicación aparte definida

y destinada para dicho fin (stock).

n. Almacenar estupefacientes y psicotrópicos con el debido resguardo según lo

establecido en este protocolo.

o. Mantener la limpieza y el orden del botiquín.

p. Llevar el cuaderno de registro de uso de cada botiquín, manteniendo

disponible, asequible y actualizado

q. Facilitar tareas de revisión del profesional responsable y de supervisión de

Farmacia.

r. Dispensar en Farmacia las recetas de reposición del botiquín en el horario de

atención de Farmacia más próximo a la fecha y horario de uso; máximo

dentro de las 24 horas posteriores a la utilización de los medicamentos

informando al profesional responsable los medicamentos que no fueron

dispensados por Farmacia para su reposición.

s. Proponer al profesional responsable todas las modificaciones cualitativas y

cuantitativas del botiquín que considere necesarias según su experiencia.

t. Mantener disponible, asequible y actualizado los protocolos de manejo de

botiquín, resoluciones del mismo, copias de revisiones y supervisiones.

u. Separar los medicamentos No aptos para uso (vencidos, deteriorados, mal

rotulados, etc.)

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6.1.3 Unidad de Farmacia, para el correcto funcionamiento de los

Depósitos de Medicamentos:

a. Realizar mínimo una supervisión anual intempestiva a cada botiquín.

b. Revisar y actualizar el presente protocolo estándar de manejo de

medicamentos en Unidades Clínicas del Hospital Base de Linares.

c. Realizar la revisión preliminar de las solicitudes de implementación y/o

modificación de botiquines comparando datos de consumo cualitativos y

cuantitativos de la unidad clínica solicitante, valorizando a precio vigente el

costo involucrado, definiendo pertinencia de solicitud en lo referente a

pertenencia de medicamentos al Arsenal del Hospital Base de Linares,

restricción de prescripción de medicamentos.

d. Confeccionar resoluciones de autorización de botiquín, designación de

responsables, encargados según lo establecido en este protocolo.

e. Entregar información solicitada formalmente por Unidad Clínica respecto del

almacenamiento, conservación, estabilidad, excedentes, deteriorados y

condiciones de uso de los medicamentos del botiquín.

f. Recibir las devoluciones formales de medicamentos de la Unidad Clínica,

valorizándolos a precio actual.

g. Informar devoluciones al Comité Farmacia y autoridades correspondientes

incluyendo al monto de dinero involucrado.

h. Recibir las devoluciones formales de medicamentos de los depósitos de las

distintas unidades clínicas, aplicando este protocolo e informando a la

autoridad competente.

i. Supervisar registro de Temperatura del refrigerador y cumplimiento del

protocolo para mantención de cadena de frío para los medicamentos

termolábiles.

j. Supervisar protocolo de estupefacientes y psicotrópicos para los

medicamentos almacenados en stock, botiquín y custodia al menos una vez

por año.

k. Dispensar las recetas correctamente extendidas de cada unidad Clínica.

l. Entregar listado de medicamentos dispensados, que deberá firmar el

Técnico Paramédico de la Unidad Clínica indicando conformidad.

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m. Informar a Comité de Farmacia las supervisiones realizadas.

n. Proponer al Comité de Farmacia las modificaciones a botiquines fundados en

al experiencia e información obtenida de la supervisión y dispensación de

medicamentos a las Unidades Clínicas.

o. Informar al menos una vez al año el consumo de medicamentos

dispensados a cada Unidad Clínica para la revisión de stock mínimo y

máximo.

6.2. Responsables de Supervisión y/o Control de Aplicación

Es responsabilidad del Jefe y Supervisoras de las Unidades Clínicas velar

por el cumplimiento de los criterios establecidos en este protocolo

6.3. Responsable del Monitoreo

Jefe de Farmacia, Integrante del Comité de Calidad de la Unidad de

Farmacia y Encargado de la Unidad de Calidad y Seguridad del Paciente

7. DEFINICIONES

- Stock farmacoterapia diaria: Deposito de medicamentos

correspondiente a todos los medicamentos dispensados por Farmacia

producto de prescripciones medicas en horario de atención de Farmacia

días hábiles, festivos y fines de semana y que se utilizan en la terapia

diaria del paciente. En el caso de Unidades Clínicas con sistema de

dispensación por dosis unitaria estos medicamentos deben estar

contenidos en las caseteras individuales de cada paciente a excepción los

de mayor volumen que se deben disponer en ubicación determinada

- Custodia de medicamentos apostados por paciente: Deposito de

medicamentos que el paciente o sus familiares entregan al personal de

salud al ingreso o durante su hospitalización y que constituye la

farmacoterapia vigente que el paciente consume en forma ambulatoria.

- Botiquín Modificaciones farmacoterapia: Deposito de medicamentos

que corresponde a listado predefinido y autorizado por autoridad

competente, que se utiliza para suplir las necesidades de cambio de

tratamiento, inicio de tratamiento y eventuales accidentes (ruptura de

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ampolla, por ejemplo.) que se presenten en horarios que Farmacia no

atiente.

- Carro de Paro : Deposito de medicamentos, insumos clónicos y equipos

contenidos en una unidad móvil compacta, que facilite la atención clínica

inmediata de emergencias médicas con amenaza inminente a la vida como

paro cardiorrespiratorio, colapso cardiovascular, u otras definidas por la

unidad clínica

- Almacén de Insumos Clínicos: Deposito de insumos clínicos necesarios

para el funcionamiento de la unidad clínica o una sección de ella, en un

periodo determinado

8. DESARROLLO

8.1 DISPOSICIONES GENERALES

8.1.1 MEDICAMENTOS EN GENERAL:

a. El funcionamiento y manejo de cada depósito se realizará acorde a las

instrucciones de este protocolo.

b. Cada depósito debe contar con una ubicación determinada que facilite la

mantención, conservación y utilización de los medicamentos que se

almacenan

c. Cada depósito debe cumplir condiciones adecuadas de higiene,

temperatura, luz, humedad, ventilación, aislamiento y resguardo necesario

para optimizar el almacenamiento y conservación de medicamentos.

d. Los medicamentos termolábiles se guardarán refrigerados entre 2º y 8º

en refrigerador exclusivo para este uso con registro de temperatura.

e. Los medicamentos fotosensibles se almacenan protegido de la luz.

f. El almacenamiento especifico de los medicamentos debe ser acorde a las

especificaciones del laboratorio farmacéutico fabricante para lo cual debe

revisarse cuidadosamente el etiquetado del envase.

g. Los medicamentos almacenados en cada depósito deben contar con

identificación que incluya al menos nombre principio activo, dosificación y

forma farmacéutica.

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h. Debe mantenerse el rótulo y el envase de cada medicamento tal como lo

entrega Farmacia.

i. El orden de cada medicamento dentro del depósito debe considerar

precauciones necesarias para evitar pérdidas por caídas, ruptura de

envase de vidrio, aplastamiento, derrames, etc.

j. La altura máxima para apilar cajas de suero o envases de gran volumen es

de un metro.

k. Los medicamentos caducados, deteriorados y sobrantes se devolverán a

Farmacia con memorándum de Enfermera responsable.

l. En cada depósito se dispondrá un ejemplar del presente protocolo.

m. Se consultará formalmente a Farmacia cualquier duda sobre condiciones

de almacenamiento, rotulado, estabilidad, etiquetado, etc. tendientes al

óptimo manejo de los medicamentos.

8.1.2 ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICOS

a. Como norma general debe reducirse en la medida de lo posible la

tenencia de estos medicamentos en las Unidades Clínicas.

b. Para cada medicamento estupefacientes y psicotrópicos debe

implementarse una tarjeta de control de inventario con

fecha/ingreso/egreso/motivo/cantidad/saldo.

c. El saldo de cada tarjeta de control de inventario debe coincidir con la

existencia física de dicho medicamento.

8.1.3 MEDICAMENTOS TERMOLABILES

a. Todos los medicamentos que deben almacenar entre 2º C y 8º C en

refrigerador exclusivo para este uso.

b. El refrigerador debe contar con un termómetro de máxima y mínima,

instrumento con el cual se medirá la temperatura del momento, la máxima

y la mínima en las últimas 24 horas.

c. Se mantendrá un registro de control de temperatura en registro

correspondiente

d. La lectura de la temperatura se realizará en forma diaria y a la misma hora.

e. Si la temperatura excede los limites de 2º c y 8º C se informará a …..

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f. El refrigerador deberá permanecer conectado a grupo electrógeno para

evitar la interrupción de cadena de frío.

g. Operaciones logísticas informará cortes de suministro de energía eléctrica

para adoptar medidas de resguardo.

h. Se mantendrá un registro con los últimos 12 meses de planillas de control

de temperatura del refrigerador.

8.2. Disposiciones específicas para cada depósito

8.2.1 STOCK

Generalidades

Corresponde al depósito de medicamento que se utiliza en la terapia

diaria del paciente, que cada médico tratante ha prescrito y se ha

dispensado en Farmacia

Ubicación

a. La ubicación del stock se define por la Unidad Clínica y será

de

conocimiento de todo el personal de dicha Unidad y de Farmacia

b. Debe corresponder a un espacio físico (estantería, anaqueles por

ejemplo) que cumpla con las disposiciones generales que este protocolo

establece para todo los depósitos de medicamentos.

c. Debe ser de fácil acceso para el personal autorizado y al mismo tiempo

permitir el debido resguardo.

d. Debe permanecer al abrigo de la luz solar directa, alejado de focos de

calor y fuentes de humedad.

e. En caso de Unidades Clínicas con sistema de dispensación por dosis

unitaria la ubicación del stock corresponderá a las caseteras de dosis

unitaria más un espacio para almacenamiento de sueros o medicamentos

de gran volumen.

Composición

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El contenido del stock corresponde a todos los medicamentos prescritos

por el médico tratante u otro facultativo durante la hospitalización del

paciente y dispensados en Farmacia Hospitalizados.

Funcionamiento

a. En el espacio físico definido para el stock se dispondrá de un cajetín para

cada medicamento, el cual se rotulará con:

- Nombre principio activo y/o comercial

- Dosificación (mg, mcg, ml, etc.)

- Forma farmacéutica (comprimido, capsula, jarabe, ampolla)

- Vía administración

- Condiciones especiales de almacenamiento y

- Conservación estipulada por el fabricante si existieran.

b. Los cajetines se adecuaran situando juntos todos los medicamentos para

vía oral, aparte de los medicamentos para vía parenteral. Además

considerando criterios de peso y volumen.

c. El rótulo de cada cajetín debe permanecer visible.

d. En las Unidades Clínicas sin dosis unitaria, después de la dispensación y

traslado de los medicamentos a dicha Unidad, se procederá a ordenar los

medicamentos en cada cajetín del stock por funcionarios autorizados.

e. En los horarios de administración de medicamentos, los funcionarios

autorizados en las Unidades Clínicas deben extraer del stock los

medicamentos necesarios.

f. Al menos una vez cada 15 días el funcionario encargado limpiará el stock

de cada uno de los cajetines extrayendo los medicamentos de él y

colocándolos nuevamente en el cajetín correspondiente par su uso.

Sistema reposición del Stock:

Los medicamentos contenidos en el Stock se reponen con receta médica

8.2.2 BOTIQUIN

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Generalidades

a. El listado de medicamentos del botiquín es sancionado y autorizado por

la autoridad competente.

b. El botiquín debe contar con un profesional responsable y un técnico

paramédico encargado nombrados por resolución, cuyas funciones se

detallan en este protocolo.

c. El botiquín debe contar con un registro de uso, revisión y supervisión.

d. El listado de medicamentos que contiene el Botiquín debe mantenerse

en la misma ubicación de éste y a la vista.

Solicitud y Autorización

a. Según Normas Técnica Nº113 del Minsal, el Comité de Farmacia y

Terapéutica Asistencial recibirá y analizará las solicitudes de

implementación y modificación de botiquines de las Unidades Clínicas

proponiendo al Director para su sanción y aprobación por resolución.

b. La solicitud de implementación o modificación del botiquín se presentará

al Comité de Farmacia por la Unidad Clínica que lo requiera enviando

Formulario correspondiente (Anexo Nº 1) con memorándum al Presidente

del Comité quién lo remitirá a Farmacia para análisis preliminar

(valorización al último precio vigente, medicamentos pertenecientes a

arsenal, consumo, etc.)

Ubicación

a. La ubicación del botiquín de medicamentos será definida por la Unidad

Clínica y de conocimiento de todo el personal de dicha Unidad y de

Farmacia.

b. Debe corresponder a un espacio físico destinado para almacenar los

medicamentos necesarios para modificación e inicio de tratamiento en

horarios que Farmacia no atiende

c. Debe cumplir condiciones adecuadas de higiene, temperatura, luz,

humedad, ventilación, aislamiento y acceso restringido.

d. Debe facilitar el acceso a los medicamentos y adecuado resguardo de los

mismos.

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e. Debe permanecer limpio, al abrigo de la luz solar directa, alejado de

focos de calor (la temperatura menor a 25º C) y alejado de fuentes de

humedad.

Composición

El contenido del Botiquín será definido por las Unidad Clínicas que lo

solicitan considerando los siguientes criterios:

- Medicamentos incluidos en el arsenal del Hospital Base de Linares.

- Especialidades médicas de la Unidad Clínica o necesarios para

urgencias.

- Consumo histórico de medicamentos en Unidad Clínica

(proporcionados por Farmacia)

- Demanda (Nº de camas, Nº Intervenciones Quirúrgicas, etc.)

- Experiencia de la Unidad Clínica

- Sistema de dispensación de medicamentos a la Unidad Clínica.

El contenido cualitativo y cuantitativo del Botiquín se recogerá en un

listado en que debe contener nombre del principio activo, forma

farmacéutica, dosificación, unidad, stock máximo y mínimo de cada

medicamento.

Funcionamiento

a. Los medicamentos se almacenarán de forma tal que siempre puedan

identificarse los siguientes parámetros:

- Nombre principio activo y/o comercial

- Dosificación (mg, mcg, ml, etc.)

- Fecha vencimiento.

- Lote fabricación.

- Vía administración.

- Condiciones especiales de almacenamiento y conservación

estipulada por el fabricante si existen.

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b. Se utilizará de forma exclusiva un cajetín para cada medicamento que será

rotulado con la identificación de nombre del principio activo, forma

farmacéutica, dosificación. En este rótulo debe registrarse además

cualquier condición especial que permita la adecuada conservación.

c. Al almacenar cajas, el rótulo o etiqueta de ellos debe quedar visible (hacia

delante).

d. La ubicación facilitará que se usen los lotes más antiguos o de fecha de

vencimiento más cercano para asegurar la renovación y rotación de stock.

No debe acumularse medicamentos en cantidades superiores a las

establecidas como máximo en listado autorizado.

e. No deben almacenarse medicamentos que no estén autorizados en el

botiquín.

f. Todo medicamento almacenado en el botiquín debe proceder de la Unidad

de Farmacia del Hospital.

g. e implementará un cuaderno de registro para el botiquín en que se

registrará de forma cronológica la utilización anotando fecha, hora de uso,

nombre paciente, Nº ficha, medicamento utilizado y su cantidad, médico

tratante que extiende receta para su reposición.

h. Para cada botiquín se establecerá por resolución un profesional de la

Unidad Clínica como responsable y un técnico paramédico como

encargado.

Sistema reposición del Botiquín:

Los medicamentos utilizados del botiquín se repone con receta médica

extendida, obviamente, a nombre del paciente en que se utilizaron.

8.2.3. CARRO DE PARO

Generalidades

a. El listado de medicamentos e insumos clínicos del carro de paro será

sancionado y autorizado por la autoridad competente.

b. El carro de paro debe contar con un profesional responsable y un técnico

paramédico encargado nombrados por resolución, cuyas funciones se

detallan en este protocolo.

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c. El carro de paro debe contar con un registro de uso, revisión y supervisión.

d. El listado de medicamentos e insumos clínicos que contiene el carro de paro

debe mantenerse en la misma ubicación de éste y a la vista.

Solicitud y Autorización

Según Normas Técnica Nº113/ del Minsal, el Comité de Farmacia recibirá y

analizará las solicitudes de implementación y modificación de carros de paro de

las Unidades Clínicas proponiendo al Director para su sanción y aprobación por

resolución.

Ubicación

a. La ubicación del carro de paro será definida por la Unidad Clínica y de

conocimiento de todo el personal de dicha Unidad y de Farmacia.

b. Debe corresponder a un espacio físico donde se ubica un carro de paro

que cumpla condiciones de accesibilidad para la oportuna atención clinica

c. Debe cumplir adecuadas condiciones de higiene, temperatura, luz,

humedad, ventilación, aislamiento, acceso sólo para los fines propios

d. Debe facilitar el acceso a los medicamentos e insumos clinicos y

adecuado resguardo de los mismos.

Composición

a. Medicamentos, insumos clínicos y equipos requeridos para cubrir las

necesidades de un paro cardiorrespiratorio y otras emergencias medicas

definidas por la unidad clínica

b. El contenido del carro de paro será definido por las Unidad Clínicas que lo

soliciten

c. El contenido cualitativo y cuantitativo del carro de paro se recogerá en

un listado que debe señalar detalle de los medicamentos (nombre del

principio activo, forma farmacéutica, dosificación, unidad, cantidad),

insumos clínicos (descripción, cantidad) y equipos que contiene

Funcionamiento

a. Los medicamentos se almacenarán de forma tal que siempre puedan

identificarse los siguientes parámetros:

- Nombre principio activo y/o comercial

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- Dosificación (mg, mcg, ml, etc.)

- Fecha vencimiento.

- Lote fabricación.

- Vía administración.

- Condiciones especiales de almacenamiento y conservación

estipulada por el fabricante si existen.

b. Se utilizará de forma exclusiva un cajetín para cada medicamento que

será rotulado con la identificación de nombre del principio activo, forma

farmacéutica, dosificación. En este rótulo debe registrarse además

cualquier condición especial que permita la adecuada conservación.

c. No deben almacenarse medicamentos que no estén autorizados en el

carro de paro.

d. Todo medicamento almacenado en el carro de paro debe proceder de la

Unidad de Farmacia del Hospital.

e. Se implementará un cuaderno de registro para el carro de paro en que

se registrará de forma cronológica la utilización anotando fecha, hora de

uso, nombre paciente, Nº ficha, medicamento utilizado y su cantidad,

médico tratante que extiende receta para su reposición.

f. Para cada carro de paro se establecerá por resolución un profesional de

la Unidad Clínica como responsable y un técnico paramédico como

encargado, quienes se responsabilizarán de la reposición y revisión de

existencias, de forma que siempre esté actualizado e inaccesible para

otros fines que no sean los propios. Para ello ejecutaran al menos las

siguientes actividades:

- Revisar diariamente que el carro de paro este sellado.

- Revisar fechas de vencimiento de insumos y medicamentos

menos una vez al mes si la apertura del carro es ocasional,

manteniendo vigencia mayor a 2 o 3 meses

- Revisar funcionamiento de equipos (Ambú y mascarilla,

laringoscopio, etc.), tomas eléctricas, redes de oxigeno.

Sistema reposición del Carro de Paro:

- medicamentos: se reponen con Receta Medica

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- insumos clinicos: se reponen desde el Almacen de

Insumos de la Unidad Clinica, en caso que aquí no se

disponga de determinado insumo, se repone desde

Bodega de Farmacia enviando libro de pedido.

8.2.4 CUSTODIA

Generalidades

Corresponde a los medicamentos entregados por los pacientes o sus

familiares al personal de la Unidad Clínica que se almacenarán en un

depósito determinado que debe cumplir con las disposiciones de este

protocolo.

Ubicación

a. La ubicación de la custodia de medicamentos será definida por la Unidad

Clínica y de conocimiento de todo el personal de dicha Unidad y de

Farmacia.

b. Debe corresponder a un espacio físico exclusivo para almacenar los

medicamentos que aporta el paciente, de acceso restringido al personal

autorizado.

c. Debe permanecer al abrigo de la luz solar directa, alejado de focos de

calor y fuentes de humedad.

Composición

El contenido de la custodia corresponde a todos los medicamentos que el

paciente entrega al personal de salud al ingreso o durante su

hospitalización y que corresponde a su farmacoterapia ambulatoria

vigente,

Funcionamiento

a. En ubicación definida se almacenarán los medicamentos entregados por

el paciente o sus familiares al ingreso o durante la hospitalización,

disponiéndolos en empaques (cajas, bolsas) rotulados con el nombre y

RUT (o ficha) del paciente que contengan bolsas individuales para cada

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medicamento debidamente rotuladas con nombre del medicamento,

dosificación y forma farmacéutica.

b. Los funcionarios autorizados para recibir dichos medicamentos deberán

verificar que corresponde a la terapia ambulatoria vigente del paciente,

sus condiciones de conservación (evitar recibir medicamentos en mal

estado de conservación), y de caducidad (no recibir medicamentos

vencidos)

Sistema reposición de medicamentos de la custodia:

Este deposito de medicamentos se NO se repone pues consiste en los

medicamentos que el paciente trae al ingreso hospitalaria

8.2.5. ALMACEN INSUMOS CLINICOS

Generalidades

Corresponde al listado de insumos clínicos definido por la unidad clínica y

sancionada y autorizada por la autoridad competente.

Ubicación

a. La ubicación del almacén de insumos clínico será definida por la Unidad

Clínica y de conocimiento de todo el personal de dicha Unidad y de

Farmacia

b. Debe corresponder a un espacio físico que cumpla condiciones de

accesibilidad para la oportuna atención clínica

c. Debe cumplir adecuadas condiciones de higiene, temperatura, luz,

humedad, ventilación, aislamiento, acceso sólo para los fines propios

Composición

a. Insumos clínicos requeridos para cubrir la atención sanitaria de unidad

clínica

b. El contenido del almacén será definido por la unidad clínicas que lo

solicita

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c. El contenido cualitativo y cuantitativo del almacén de insumos clínicos se

recogerá en un listado que debe señalar descripción y cantidades

máxima y mínima

Funcionamiento

a. El almacén debe contar con un profesional responsable y un técnico

paramédico encargado nombrados por resolución, cuyas funciones se

detallan en este protocolo.

b. El almacén debe contar con un registro de uso, revisión y supervisión

c. El listado de insumos clínicos que contiene el almacén debe mantenerse

en la misma ubicación de éste y a la vista

d. Se utilizará de forma exclusiva un cajetín para cada insumo clínico que

será rotulado con la identificación (descripción completa) mas la

denominación común .

e. Todo insumo clínico almacenado en el almacén debe proceder de la

Unidad de Farmacia del Hospital

Sistema reposición Insumos clínicos

a. Bodega de Farmacia distribuirá a las unidades Clínicas los Insumos Clínicos

según pedido formulado por dicha unidad en libro pedido respectivo que

considere cantidad necesarias para un mes.

b. Las fechas de pedido se establecerán en calendario debidamente informado

a las unidades clínicas.

c. Las unidades clínicas designaran formalmente funcionarios que puedan

solicitar insumos clínicos los cuales deberán registrar firma en libro

destinado para este fin en Bodega de Farmacia.

d. Una vez despachado el pedido el funcionario encargado de la unidad clínica

procederá a ordenarlo en estantería destinada para este fin.

e. Una vez por semana el funcionario encargado revisará si cuenta con

cantidad suficiente de cada insumo clínico para la semana informando al

profesional responsable de la Unidad Clínica aquellos insumos en cantidad

insuficiente para solicitarlos a Bodega de Farmacia.

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f. Cada semana, el funcionario encargado entregara a las diferentes

dependencias de la unidad clínica las cantidades de insumos clínicos

necesarios para una semana.

9.FLUJOGRAMA

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Paciente ambulatorioPaciente hospitalizado

Carro de Paro

Dispensación de

medicamentos al

paciente / acompañante

Sistema de Dosis Unitaria

Almacenamiento de

Medicamentos en stock,

botiquín o carro de paro

Revisión de

medicamentos

entregados por TP del

servicio clínico

Sistema tradicional de

dispensación

Farmacia dispensa

medicamentos

Prescripción

médica de

medicamentos

Revisión de

medicamentos por TP

de servicio clínico

Administ ración de

medicamentos al

paciente

¿ Cuáles son los

tipos de

almacenamiento

?

Botiquín Stock

¿ Que hacer

con los

medicamentos

vencidos?

Devolver a

Farmacia

Revisión permanente en

servicio clínico

10. EVALUACION

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10.1. PLAN DE MONITOREO

Tipo de Indicador Proceso Descripción % unidades Clínicas que cuentan con depósitos de

medicamentos según protocolo

Formula de Cálculo Nº U. clínicas monitoreadas con depósitos separados x 100 Nº total de unidades clínicas

Estándar 100 %

Umbral 90%

Responsable Enfermeras Supervisoras

Tipo de Indicador Proceso

Descripción % depósitos que almacenan medicamentos refrigerados que cuentan con registro Tº máx. y min.

Formula de Cálculo Nº depósitos monitoreadas que almacenan medicamentos refrigerados y cuentan con registro Tº máx. y min. x 100 Nº total de depósitos monitoreadas que almacenan refrigerados

Estándar 100 %

Umbral 90%

Responsable Enfermeras Supervisoras

Tipo de Indicador Proceso

Descripción % depósitos que almacenan estupefacientes y psicotrópicos que cuentan con registro ingresos, egresos y saldos concordantes

Formula de Cálculo Nº depósitos monitoreadas que almacenan estupefacientes y psicotrópicos con registro concordante x 100 Nº total de depósitos monitoreadas que almacenan estupefacientes y psicotrópicos

Estándar 100 % Umbral 90%

Responsable Enfermeras Supervisoras

Tipo de Indicador Resultado Descripción % depósitos que cumplen con criterios obligatorios de

almacenamiento señalados en Pauta Cotejo

Formula de Cálculo Nº depósitos monitoreadas que cumplen criterios mínimos obligatorios x 100 Nº total de depósitos monitoreados

Estándar 100 %

Umbral 90%

Responsable Enfermeras Supervisoras 10.2. PAUTAS DE COTEJO

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ALMACENAMIENTO Y CONSERVACION MEDICAMENTOS

Fecha de Supervisión: Unidad clínica:

Unidad Clínica cuenta con los siguientes depósitos de medicamentos e insumos clínicos:

Botiquín SI__ NO__ / Stock SI___ NO__ / Carro de Paro SI__ NO__ Cuántos____ Custodia SI__ NO__ / Alm.Insumos SI__NO__

BOTIQUIN

CRITERIOS

SI NO

NA

Cuenta con una ubicación definida separada de otros deposito de medicamentos almacenados

* Deposito cumple condiciones adecuadas de higiene, temperatura, luz, humedad, ventilación, aislamiento y resguardo

* Los medicamentos termolábiles se guardan refrigerados entre 2º y 8º en refrigerador

* El refrigerador cuenta con registro de temperatura. El refrigerador es exclusivo para almacenamiento de medicamentos

* Los medicamentos fotosensibles se almacenan protegido de la luz.

* Los cajetines donde se almacena los medicamentos cuentan con identificación que incluya al menos nombre principio activo, dosificación y forma farmacéutica.

* Existe en el deposito, medicamentos vencidos, deteriorados, no aptos para su uso

Se dispone en el deposito un ejemplar del Protocolo Medicamentos

El listado de medicamentos del botiquín esta sancionado y autorizado

Se dispone de resolución que designa profesional responsable y un técnico paramédico encargado del botiquín El botiquín cuenta con un registro de uso, revisión y supervisión

* Los medicamentos almacenados en el botiquín cuentan con identificación que incluya al menos nombre principio activo, dosificación, forma farmacéutica y fecha de vencimiento * Existe un lugar exclusivo para el almacenamiento de estupefacientes y Psicotrópico que permita conservarlos permanentemente bajo llave y con las demás medidas necesarias para prevenir su hurto, robo, sustracción o extravío. * CRITERIOS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO

STOCK

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CRITERIOS

SI NO NA

Cuenta con una ubicación definida separada de otros deposito de medicamentos almacenados * Deposito cumple condiciones adecuadas de higiene, temperatura, luz, humedad, ventilación, aislamiento y resguardo

* Los medicamentos termolábiles se guardan refrigerados entre 2º y 8º en refrigerador * El refrigerador cuenta con registro de temperatura.

El refrigerador es exclusivo para almacenamiento de medicamentos

* Los medicamentos fotosensibles se almacenan protegido de la luz.

* Los cajetines donde se almacena los medicamentos cuentan con identificación que incluya al menos nombre principio activo, dosificación y forma farmacéutica.

* Existe en el deposito, medicamentos vencidos, deteriorados, no aptos para su uso Se dispone en el deposito un ejemplar del Protocolo Medicamentos

El listado de medicamentos del botiquín esta sancionado y autorizado Se dispone de resolución que designa profesional responsable y un técnico paramédico encargado del botiquín

El botiquín cuenta con un registro de uso, revisión y supervisión

* Los medicamentos almacenados en el botiquín cuentan con identificación que incluya al menos nombre principio activo, dosificación, forma farmacéutica y fecha de vencimiento

* Existe un lugar exclusivo para el almacenamiento de estupefacientes y Psicotrópico que permita conservarlos permanentemente bajo llave y con las demás medidas necesarias para prevenir su hurto, robo, sustracción o extravío. * CRITERIOS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO

CARRO DE PARO

CRITERIOS

SI NO NA

Cuenta con una ubicación definida separada de otros deposito de medicamentos almacenados

* Deposito cumple condiciones adecuadas de higiene, temperatura, luz, humedad, ventilación, aislamiento y resguardo

* Los medicamentos termolábiles se guardan refrigerados entre 2º y 8º en refrigerador

* El refrigerador cuenta con registro de temperatura. El refrigerador es exclusivo para almacenamiento de medicamentos

* Los medicamentos fotosensibles se almacenan protegido de la luz.

* Los cajetines donde se almacena los medicamentos cuentan con identificación que incluya al menos nombre principio activo, dosificación y forma farmacéutica.

* Existe en el deposito, medicamentos vencidos, deteriorados, no aptos para su uso

Se dispone en el deposito un ejemplar del Protocolo Medicamentos

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El listado de medicamentos del carro paro esta sancionado y autorizado Se dispone de resolución que designa profesional responsable y un técnico paramédico encargado del carro paro

El carro paro cuenta con un registro de uso, revisión y supervisión

* Los medicamentos almacenados en el carro paro cuentan con identificación que incluya al menos nombre principio activo, dosificación, forma farmacéutica y fecha de vencimiento

* Existe un lugar exclusivo para el almacenamiento de estupefacientes y Psicotrópico que permita conservarlos permanentemente bajo llave y con las demás medidas necesarias para prevenir su hurto, robo, sustracción o extravío. * CRITERIOS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO

CUSTODIA

CRITERIOS

SI NO NA

Cuenta con una ubicación definida separada de otros deposito de medicamentos almacenados

* Deposito cumple condiciones adecuadas de higiene, temperatura, luz, humedad, ventilación, aislamiento y resguardo

* Los medicamentos termolábiles se guardan refrigerados entre 2º y 8º en refrigerador

* El refrigerador cuenta con registro de temperatura.

El refrigerador es exclusivo para almacenamiento de medicamentos

* Los medicamentos fotosensibles se almacenan protegido de la luz. *Se almacena los medicamentos con identificación del paciente correspondiente.

* Existe en el deposito, medicamentos vencidos, deteriorados, no aptos para su uso Se dispone en el deposito un ejemplar del Protocolo Medicamentos

Se dispone de resolución que designa profesional responsable y un técnico paramédico encargado de la custodia de medicamentos La custodia cuenta con un registro de uso, revisión y supervisión

* Los medicamentos almacenados en custodia cuentan con identificación que incluya al menos nombre principio activo, dosificación, forma farmacéutica y fecha de vencimiento * Existe almacenamiento de estupefacientes o psicotrópicos en custodia.

* CRITERIOS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO ALMACEN INSUMOS CLINICOS

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CRITERIOS

SI NO NA

Cuenta con una ubicación definida separada de otros deposito de medicamentos almacenados

*Deposito cumple condiciones adecuadas de higiene, temperatura, luz, humedad, ventilación, aislamiento y resguardo

Dispone de listado de insumos clínicos del deposito que señale cantidad minima y máxima

Dispone de resolución que designa profesional responsable y un técnico paramédico encargado

* Existe en el deposito, insumos clínicos vencidos, deteriorados, no aptos para su uso

El almacén de insumos clínicos cuenta con un registro de uso, revisión y supervisión

*Los insumos clinicos almacenados cuentan con identificación que incluya al menos nombre, descripción de metodo de esterilización y fecha de vencimiento * CRITERIOS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO

CONTROL ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICOS DISPONIBLES EN UNIDAD CLÍNICA

ESTUPEFACIENTES – PSICOTROPICOS BOTIQUIN

ESTUPEFACIENTES –PSICOTROPICOS DISPONIBLES SI

NO

Sal do

Uds. Aut.

Uds Ret.

ALPRAZOLAM 0.5 CM

ANFETAMINA 10 MG. CM

CLOBAZAM 10MG CM (GRIFOCLOBAN)

CLONAZEPAM 2MG CM (RAVOTRIL) CLONAZEPAN 2,5MG/10ML FC (RAVOTRIL GOTAS)

CODEINA FOSFATO GR

DIAZEPAM 10 MG/2 ML AM

DIAZEPAM 5 MG CM

FENOBARBITAL SODICO 200 MG FA FENOBARBITAL 100 MG CM

FENOBARBITAL 15MG CM

FENTANILO CITRATO 0,1MG/2ML AM

HIDRATO CLORAL GR

KETAMINA 500 MG F.A. LORAZEPAM 2MG CM

LORAZEPAM 4MG/2ML AM

METADONA 10MG/2ML AM

METILFENIDATO 10MG CM RECUB LIBERACION PROL METILFENIDATO 20MG CM RECUB LIBERACION PROL

MIDAZOLAM 50MG/10ML AM

MIDAZOLAN 5MG/1ML AM (DORMONID)

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MORFINA CLORHIDRATO GR

MORFINA 10 MG/1ML. AM MORFINA 20MG/1ML. AM

PETIDINA 100MG/2ML. AM

REMIFENTANYL 1MG FRASCO AMPOLLA (ULTIVA)

(Ud. Aut.; unidades autorizadas en resolución que autoriza Botiquín )

ESTUPEFACIENTES – PSICOTROPICOS STOCK

ESTUPEFACIENTES– PSICOTROPICOS DISPONIBLES

SI NO Sal

do

Uds. para tto

Uds. Ret.

ALPRAZOLAM 0.5 CM

ANFETAMINA 10 MG. CM

CLOBAZAM 10MG CM (GRIFOCLOBAN)

CLONAZEPAM 2MG CM (RAVOTRIL) CLONAZEPAN 2,5MG/10ML FC (RAVOTRIL GOTAS)

CODEINA FOSFATO GR

DIAZEPAM 10 MG/2 ML AM

DIAZEPAM 5 MG CM FENOBARBITAL SODICO 200 MG FA

FENOBARBITAL 100 MG CM

FENOBARBITAL 15MG CM

FENTANILO CITRATO 0,1MG/2ML AM

HIDRATO CLORAL GR KETAMINA 500 MG F.A.

LORAZEPAM 2MG CM

LORAZEPAM 4MG/2ML AM

METADONA 10MG/2ML AM

METILFENIDATO 10MG CM RECUB LIBERACION PROL METILFENIDATO 20MG CM RECUB LIBERACION PROL

MIDAZOLAM 50MG/10ML AM

MIDAZOLAN 5MG/1ML AM (DORMONID)

MORFINA CLORHIDRATO GR MORFINA 10 MG/1ML. AM

MORFINA 20MG/1ML. AM

PETIDINA 100MG/2ML. AM

REMIFENTANYL 1MG FRASCO AMPOLLA (ULTIVA)

Uds.Tto.: unidades para tratamiento pacientes hasta próx. dispensación en Farmacia.

OBSERVACIONES: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

HOSPITAL BASE LINARES NORMAS ALMACENAMIENTO Y MANTENCION DEPOSITOS MEDICAMENTOS E INSUMOS CLINICOS

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REVISION BOTIQUIN / CARRO DE PARO UNIDAD CLINICA:________________________________________________ FECHA: ___________ FUNCIONARIO:_______________________________ DEPOSITO REVISADO:____________________________________________

Revisión de:estructura del depósitorótulosniveles de existencias (cantidad de productos existentes y existencias mínimas establecidas)fecha de caducidaddeterioro de medicamnentos y/o insumos clinicosalteracion de caracteristicas físicas de medicamentos y/o insumos clinicos

MEDICAMENTO INSUMOS CLINICOS RETIRADOS

ant.

d

Motivo (vencido,

deteriorado, venc.

cercano

Devolución a Farmacia

Canje (farmacia,

otra Unidad clinica

Obs.

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CÓDIGO

3960 Nº RESOLUCIÓN

Hospital Base de Linares

HOSPITAL BASE DE LINARES

UNIDAD DE FARMACIA

HOSPITAL DE LINARES FECHA REVISIÓN

Marzo 2014

Nº VERSIÓN

1.0

UNIDAD DE CALIDAD Y SEGURIDAD DEL PACIENTE

HOSPITAL BASE DE LINARES

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FARMACIA HOSPITAL LINARES

REGISTRO DIARIO TEMPERATURA REFRIGERADOR

BODEGA DE FARMACIA (NºINVENTARIO:_______________)

MES/AÑO:_______________________

T ºC 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31

M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T M T

16º

15º

14º

13º

12º

11º

10º

- 1º

- 2º

- 3º

- 4º

- 5º

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Observaciones:

Instrucciones para la medicion y registro diarios de temperatura:

leer la temperatura máxima, mínima y del momento

registrar con simbolo diferente cada uno de estos valores de Tº :

x para Tºmáx. - para Tº mín. º para Tº del momento

presionar boton para regular barras de maxima y minima dejantola pegadas a barra de Mercurio

Instrucciones para la medicion y registro diarios de temperatura:

leer la temperatura máxima, mínima y del momento

registrar con simbolo diferente cada uno de estos valores de Tº :

x para Tºmáx. - para Tº mín. º para Tº del momento

presionar boton para regular barras de maxima y minima dejantola pegadas a barra de Mercurio

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11. DISTRIBUCIÓN

- CR. Medico - CR Quirúrgico - CR. Pediátrico - CR. Gineco- obstétrico - Unidad de Emergencia - Consultorio Adosado - Dirección - Unidad de Calidad y Seg. De Paciente - Hospital de San Javier - Hospital de Parral