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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO (REVISIÓN CURSO 2018-19) CEIP EDUARDO SANCHIZ TARAZONA DE LA MANCHA (ALBACETE) Web: http://ceip-eduardosanchiz.centros.castillalamancha.es/ Mail: [email protected] / [email protected] Facebook: https://www.facebook.com/eduardosanchiz

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NORMAS DE CONVIVENCIA,

ORGANIZACIÓN

Y FUNCIONAMIENTO

DEL CENTRO

(REVISIÓN CURSO 2018-19)

CEIP EDUARDO SANCHIZ TARAZONA DE LA MANCHA (ALBACETE) Web: http://ceip-eduardosanchiz.centros.castillalamancha.es/

Mail: [email protected] / [email protected] Facebook: https://www.facebook.com/eduardosanchiz

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La Ley Orgánica 7/2010 de Educación de Castilla la Mancha, en su artículo 108 referido a las Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del Centro, indica lo siguiente:

“Los centros docentes elaborarán las Normas de Convivencia Organización y Funcionamiento del Centro, con el objeto de asegurar el desarrollo del Proyecto Educativo, instando a la participación y a la convivencia basada en la confianza, la colaboración y el respeto a los derechos, y de garantizar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de todos los componentes de la comunidad educativa”

El documento que se desarrolla a continuación, actualizado en el curso 2015/16 de una primera versión publicada en el curso 2009/2010, se organiza en nuevos capítulos, conforme a los apartados recogidos en el artículo 26 de la Orden de 2 de julio de 2012, de Funcionamiento de los Centros de Infantil y Primaria de Castilla La Mancha. Esta actualización integra toda la Normativa educativa referente a las NCOF de los centros docentes publicada durante este periodo de tiempo, así como las propuestas de mejora indicadas en el Informe del Servicio de Inspección sobre “La supervisión de las gestión de la convivencia y de las situaciones de acoso escolar” realizado al centro en el curso 2017/18.

Una vez informado un primer documento de trabajo a toda la comunidad educativa, recogidas sus propuestas de mejora y evaluado definitivamente por el Consejo Escolar del Centro, en reunión ordinaria, el Director del mismo lo ha aprobado definitivamente el día 28 de junio de 2019.

El Director del Centro

Fdo.: Martín J. Ramírez Moya.

NOTA: Todas las referencias para las que en este documento se utiliza la forma de masculino genérico, deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y a hombres.

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ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN

2. PRINCIPIOS GENERALES

3. PROCEDIMIENTO PARA SU ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN

4. PROYECTO EDUCATIVO Y CARTA DE CONVIVENCIA

5. NORMAS GENERALES

Normas fundamentales Asistencia a clase Aseo e higiene Limpieza y conservación de instalaciones y materiales Entradas y salidas Recreos Biblioteca Aula Althia Comedor escolar Actividades extracurriculares y complementarias Alumnos que no participan en actividades extracurriculares Accidente o enfermedad Normas para las visitas de las familias al centro Reuniones con el personal docente, equipo directivo y de orientación Visitas a alumnos en horario escolar Protocolo de actuaciones ante alumnos de padres separados Conceptos jurídicos Solicitud y facilitación de información de los resultados de evaluación a padres separados Comunicación con los progenitores dentro del horario escolar Escolarización del alumno Otras decisiones relevantes Recogida del alumno fuera del horario establecido por el régimen de visitas Otros aspectos a considerar Resolución judicial con diligencias penales

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6. CRITERIOS COMUNES Y ELEMENTOS BÁSICOS DE LAS

NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO Normas para el profesorado del centro Normas para familias Procedimiento para consultas o reclamaciones Normas para talleres y otras actividades realizadas en el centro Proceso de acogida Proceso de acogida dirigido al profesorado de nueva incorporación en el centro

7. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE AULA

Criterios comunes para su elaboración Elementos básicos que debe incorporar Procedimiento de elaboración y aprobación Modelo propuesto Comportamiento y actitudes en las aulas

8. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD

EDUCATIVA Alumnos Maestros Derechos y deberes de los padres/madres de alumnos

9. LA GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO

9.1. RESPONSABLES

El profesorado y el Claustro de profesores La dirección del centro El Consejo Escolar La Comisión de convivencia La Comisión de Acoso Escolar El alumnado Las familias El personal de administración y servicios Los equipos de mediación

9.2. ACTUACIONES ANTE PROBLEMAS DE CONVIVENCIA

Conductas contrarias a las Normas de Convivencia Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro Conductas que menoscaban la autoridad del profesorado Conductas gravemente atentatorias de la autoridad del profesorado

9.3. PROCEDIMIENTO Y TRÁMITE DE AUDIENCIA A LAS FAMILIAS

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9.4. PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN ANTE DISTINTAS SITUACIONES QUE

PUEDEN ALTERAR EL CLIMA DE CONVIVENCIA DEL CENTRO Protocolo de Acoso escolar Protocolo de identidad y expresión de género Protocolo de TDAH Protocolo de Absentismo Protocolo para la prevención de la mutilación genital femenina Protocolo de Acoso laboral Instrucciones para la Protección de Datos de la comunidad educativa

9.5. OTRAS CONSIDERACIONES

Graduación de las medidas correctoras Reclamaciones Responsabilidad de los daños Prescripción

10. ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO, DE PARTICIPACIÓN, DE COORDINACIÓN DOCENTE Y OTROS RESPONSABLES. Órganos colegiados de gobierno El Equipo directivo El Consejo escolar El Claustro de profesores Órganos de participación Asociaciones de madres y padres de alumnos Otras asociaciones e instituciones Órganos de coordinación docente La tutoría El Equipo docente Los Equipos de ciclo La Comisión de coordinación pedagógica El Equipo de orientación y apoyo Otros responsables con funciones específicas El Coordinador de Formación El Coordinador de riesgos laborales El responsable del comedor escolar El responsable de Biblioteca Elección de Actividades complementarias y extracurriculares El responsable del centro de los procesos de mediación y arbitraje El asesor lingüístico El Coordinador de programas educativos internacionales El Coordinador del Prácticum y el tutor de alumnos en Prácticas Tutores de funcionarios en prácticas

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11. ORGANIZACIÓN DEL CENTRO. CURSOS Y GRUPOS, TUTORÍAS, COORDINACIONES, RESPONSABLES, COMISIONES, SUSTITUCIONES. Tutorías. Asignación de cursos y grupos Definición de cursos y grupos Creación de los grupos de alumnos en los niveles de 1º, 3º y 5º Adscripción del alumnado a los diferentes cursos y grupos Cambio de grupo de un alumno dentro de un mismo ciclo Criterios de adscripción para el alumnado de incorporación tardía al sistema educativo Coordinadores de nivel Responsable del uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC) Responsable de biblioteca Responsable del comedor escolar Responsable de actividades complementarias y extracurriculares Comisión de convivencia Comisión del Programa de gratuidad de materiales curriculares Sustitución del Profesorado ausente Criterios de nombramiento de maestros/tutores de profesorado en prácticas Normas para el desarrollo de las prácticas

12. FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO Calendario escolar Horario general del centro Horario del alumnado Horario del profesorado Horario complementario del profesorado Recreo Aprobación y cumplimiento de los horarios Asistencia a actividades de formación Comunicación con las familias Reuniones de los tutores con las familias Reuniones Equipo directivo/AMPA Faltas de asistencia a clase de los alumnos Autorizaciones, justificaciones

13. ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS Y TIEMPOS. NORMAS PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES Y RECURSOS DEL CENTRO. Criterios de reparto de espacios Espacios comunes Aulas Criterios para la adjudicación de aulas

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La biblioteca general del centro La Biblioteca/Ludoteca de infantil Aula Althia Uso de recursos de las nuevas tecnologías fuera del centro Uso del aula de ciencias naturales y artes plásticas Salón de actos/aula de usos múltiples Instalaciones deportivas Normas para el uso de los ordenadores del profesorado

14. SERVICIOS EDUCATIVOS COMPLEMENTARIOS Funcionamiento del comedor escolar y aula matinal

15. PROGRAMA DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRACURRICULARES Coordinación para la realización de actividades complementarias y extracurriculares Programa de actividades extracurriculares y talleres Uso específico de las instalaciones del centro

16. PLAN DE EMERGENCIA Y AUTOPROTECCIÓN DEL COLEGIO

17. REFERENTE NORMATIVO 18. ANEXOS

1. Alumnado 1.1. Impreso de matrícula 1.2. Elección Religión/Valores Sociales 1.3. Autorización Actividades extraescolares 1.4. Autorización utilización y difusión de imágenes 1.5. Permiso paterno atención sanitaria 1.6. Procedimiento y trámite de audiencia a las familias 1.7. Justificación faltas de asistencia

2. Profesorado 2.1. Ficha recogida de datos 2.2. Comunicación ausencias 2.3. Solicitud actividades de formación 2.4. Solicitud días “moscosos”

3. Protocolos 3.1. Acoso 3.2. Identidad y expresión de género 3.3. Absentismo escolar 3.4. Prevención de la mutilación genital femenina 3.5. Acoso laboral

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1. INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN

En el decreto 3/2008, de 08/01/2008 de la convivencia escolar en Castilla-La Mancha, se establece un Acuerdo por la convivencia para fomentar y reforzar las buenas relaciones de convivencia en los centros docentes con el compromiso de toda la sociedad.

La finalidad de este Acuerdo por la convivencia es la de apoyar y desarrollar iniciativas con el compromiso de la comunidad educativa a través de:

● La mejora del clima escolar en las aulas y en los centros docentes. ● La incorporación de medidas que refuercen la autoridad educativa y la

responsabilidad del profesorado y demás trabajadores del centro. ● La agilización de los procesos, el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de

sus deberes por parte del alumnado. ● La colaboración de las familias y del conjunto de la sociedad con el profesorado

y con los centros docentes.

La Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha donde se reflejan los derechos y deberes de la Comunidad educativa, la participación y colaboración y la respuesta a la diversidad, entre otras.

La Ley 3/2012, de 21 de mayo, de Autoridad del Profesorado, establece avanzar en el reconocimiento y dignificación de la labor docente.

La Orden de 02/07/2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha establece, que la autonomía pedagógica, de organización y de gestión de los centros docentes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 120 de la LOE, se concretan en el Proyecto educativo, el Proyecto de gestión y las “Normas de convivencia, organización y funcionamiento”, las cuales garantizarán el cumplimiento del plan de convivencia y estarán basadas en el respeto a los derechos y en el cumplimiento de los deberes y obligaciones de todos los componentes de la comunidad educativa.

Corresponde al centro docente, en el ejercicio de su autonomía, regular la convivencia a través del Proyecto educativo, siendo función del profesorado contribuir a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y libertad para fomentar en el alumnado los valores democráticos. Nuestras Normas de convivencia, organización y funcionamiento están basadas en los principios y valores de libertad, respeto, tolerancia, solidaridad y neutralidad, recogidos en el Proyecto educativo del centro. Se pretende conseguir con ellas un clima de trabajo y una estructura organizativa y funcional, que posibiliten la consecución de los fines de la educación.

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- Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE).

- Currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (Decreto 54/2014 de 10/07/2014).

- Organización y evaluación en la Educación Primaria (Orden de 05/08/2014. DOCM de 14 de agosto)

2. PRINCIPIOS GENERALES

“Nuestro colegio es, a un tiempo, centro de aprendizaje y comunidad de convivencia”

En la primera de estas acepciones, nuestro centro ha de perseguir el éxito para todos sus componentes, fomentando unos aprendizajes de calidad que permitan a nuestros alumnos progresar eficazmente en su desarrollo intelectual, con el objetivo de convertirse en personas valiosas para la sociedad en la que van a integrarse en un futuro.

En su segunda acepción, el colegio ha de ocuparse de lograr un clima positivo de convivencia, donde los valores morales, el respeto, el compromiso y la responsabilidad nos permitan trabajar en paz, disfrutando de la amistad y de unas relaciones interpersonales sanas y sinceras.

Las medidas y actuaciones se regirán por los siguientes principios recogidos en el Proyecto educativo:

- Respeto por los derechos y deberes de los componentes de la comunidad educativa y la garantía de su protección y defensa.

- Desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje en un clima de respeto mutuo. - El carácter preventivo de las medidas y actuaciones. - La participación de la comunidad educativa. - La mediación escolar como medio para la agilidad en la resolución de conflictos y el uso del consenso y la negociación. - El compromiso de la Administración educativa y la colaboración de otras

instituciones.

Los principios básicos que inspiran las presentes normas de convivencia, organización y funcionamiento, así como todo el trabajo educativo del centro, son los siguientes:

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● La educación que se imparta tendrá como objetivo el pleno desarrollo de la personalidad del alumno. La ayuda prestada al niño para que logre una imagen positiva de sí mismo, respetará y fomentará su libertad, originalidad y creatividad, para que pueda asumir progresivamente la responsabilidad de su propia educación y de las actividades complementarias de carácter cultural, asociativa, recreativa o de índole similar, que contribuyen a completar su formación.

● Una formación integral apoyada en:

- Desarrollo intelectual. El centro procurará conceder especial atención a la formación eficiente que le capacite para participar activamente en la vida social y cultural. - Sentido ético-social. Se prestará especial atención a la formación ético-social del individuo orientada a la búsqueda de valores que conduzca al alumnado, con sentido de la responsabilidad individual y colectiva, a potenciar la tolerancia, el respeto a los derechos y libertades fundamentales, la formación para la paz y la no violencia, la ecología, la salud, la cooperación y solidaridad entre los pueblos. - Fomento de la cultura del esfuerzo, tanto individual como colectivo, así como una base sólida para una buena actitud social desde el punto de vista del respeto a los valores de la persona. - El colegio, de acuerdo con la Constitución, respetará el derecho que asiste a los padres de que sus hijos reciban una formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones, poniendo cuantos medios estén a su alcance para hacer efectivo este derecho. - Cultivo de las facultades físicas. Se considerarán inseparables de su programación las actividades integradas en su educación física y deportiva, preferentemente aquellas que redunden en el desarrollo corporal armónico. - El colegio, en colaboración con los padres, procurará, por sus actividades y fines, inculcar en el alumnado la formación de hábitos de estudio y trabajo responsables, como base importante de una sólida personalidad humana dispuesta a la vida del estudio y el trabajo en una posterior inserción social. - El establecimiento de las relaciones equilibradas y constructivas con las personas en situaciones sociales conocidas, comportarse de manera solidaria, reconociendo y valorando críticamente las diferencias de tipo social y rechazando cualquier discriminación basada en diferencias de sexo, clase social, creencias, raza y otras características individuales y sociales.

● El colegio, como centro de cultura, impulsará el desarrollo de las actividades artísticas y culturales de carácter extracurricular, que propicien el enriquecimiento de todos los miembros de la comunidad y entorno social.

● Nuestro centro promoverá entre su alumnado el respeto por el medio ambiente y la idea de que el medio en que vivimos debemos cuidarlo y protegerlo.

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3. PROCEDIMIENTOS PARA SU ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN

“Las medidas y actuaciones reguladas en las presentes Normas del Centro, tienen como referencia la Constitución Española, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España”.

La regulación específica de las mismas, se desarrolla en la normativa siguiente, ordenada por fecha de publicación:

2006.08.31 Acuerdo por la Convivencia en los Centros Escolares de CLM 2008.01.08_3 DE Convivencia de CLM 2010.07.20_7 LEY de Educación de CLM. Art. 108 2012.05.10_3 LEY de Autoridad del Profesorado de CLM. Art. 2, 3, 4 y 7 2012.07.02 OR Funcionamiento de Centros Infantil y Primaria de CLM 2013.03.21_13 DE Autoridad del Profesorado de CLM. Capítulo II 2013.12.09_8 LEO Mejora Calidad Educativa (LOMCE). Art. 124 2014.07.10_54 DE Currículo Educación Primaria de CLM. Art. 4 2014.08.05 OR Organización y Evaluación Ed. Primaria CLM. Art 21.3

Las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y sus posibles modificaciones, serán elaboradas, con las aportaciones de la comunidad educativa, por el Equipo directivo, informadas por el Claustro de profesores, informadas al Consejo escolar y aprobadas por el Director del Centro.

Las Normas del Centro fueron elaboradas en el curso 2008/2009 por el Equipo Directivo mediante el siguiente procedimiento:

1. Elaboración de un proyecto o documento base que contenía todos los apartados que indicaba la normativa vigente en ese momento.

2. Este primer borrador se presentó en reunión extraordinaria del Consejo Escolar del Centro a los distintos sectores de la comunidad educativa representados en dicho órgano para su estudio y aportaciones al mismo.

3. Desde ese momento se abrió un plazo de un mes para recibir las modificaciones a las que hubiera lugar, finalizado el cual, el Equipo Directivo elaboró un segundo documento que presentó de nuevo a debate a los distintos sectores de la comunidad educativa, iniciándose un último plazo de quince días para la presentación de mociones al mismo.

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4. A la finalización de dicho plazo, el Equipo Directivo elaboró un documento final que informó al Claustro de Profesores y que presentó de nuevo al Consejo Escolar del Centro en la última reunión de dicho órgano al finalizar el curso.

5. En dicha reunión se debatió el documento, aprobándose por unanimidad.

6. Para dar publicidad a los distintos borradores o proyectos, se informó mediante circular escrita y online a toda la comunidad educativa y se dispuso un modelo de formulario para la recepción de las mociones y reformas al texto que se consideró pertinente realizar.

Las normas de convivencia, organización y funcionamiento específicas de cada aula serán elaboradas, revisadas y aprobadas anualmente por el profesorado y el alumnado que convive en el aula, coordinados por el tutor o tutora del grupo. El Consejo escolar procurará que dichas normas no contradigan a las establecidas con carácter general para todo el centro.

Una vez aprobadas, las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro serán de obligado cumplimiento para toda la comunidad educativa. El director del centro las hará públicas procurando la mayor difusión entre la citada comunidad escolar.

REVISIÓN

Las Normas del Centro, una vez aprobadas y en vigor, podrán revisarse y mejorarse mediante la presentación de propuestas de modificación del texto vigente en cualquier momento, aunque sólo se tomarán en consideración si vienen avaladas por:

● El Equipo Directivo ● La mayoría simple del Claustro de Profesores ● Un tercio de los miembros con derecho a voto del Consejo Escolar del Centro. ● Un tercio de los padres y madres incluidos en el censo electoral.

Dichas propuestas se informarán por el Claustro de Profesores del Centro con una antelación de quince días, como mínimo, a la reunión ordinaria del Consejo Escolar del Centro donde se procederá a su debate y evaluación. En dicha reunión, el Consejo elevará por mayoría una propuesta final de resolución al director del centro para que la tome en consideración y decida sobre su aprobación definitiva.

En la última hoja de este documento se relacionarán las fechas y las modificaciones más importantes llevadas a cabo en cada una de las revisiones posteriores a su aprobación.

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APLICACIÓN Y DIFUSIÓN

Una vez aprobadas las Normas del Centro o sus revisiones respectivas, el director velará para que sean conocidas y de obligado cumplimiento para toda la comunidad educativa.

El director enviará una copia a la Inspección Técnica de Educación para su evaluación.

Las Normas actualizadas serán publicadas en la página web del centro y en las redes sociales donde tenga presencia en ese momento. Así mismo, el director informará a las familias a través de una circular escrita sobre este particular, invitando a la comunidad educativa a conocerlas e informando de su entrada en vigor.

Los profesores, en sesiones de tutoría al efecto, explicarán a los alumnos aquellas novedades y aspectos que se consideren relevantes y que influyan directamente en su vida diaria en el centro, no solo a nivel de convivencia, sino también a nivel organizativo y de funcionamiento del aula y del propio centro.

4. PROYECTO EDUCATIVO Y CARTA DE CONVIVENCIA

El Proyecto educativo refleja los principios educativos que regulan la vida del centro y establecen las líneas organizativas para su desarrollo. La Carta de convivencia recoge los principios y valores que orientan la convivencia. Esta carta se elabora en cada centro escolar con la participación del profesorado, alumnado, las Asociaciones de madres y padres y familias. Estará firmada por todos los representantes de la comunidad educativa y se recogerá como una declaración de principios y valores del Proyecto educativo que regula la convivencia. Se hará pública y se colocará en lugar visible y relevante del centro.

CARTA DE CONVIVENCIA

“El alumnado es el centro y la razón de ser de la educación. El aprendizaje en la escuela debe ir dirigido a formar personas autónomas, críticas, con pensamiento propio. Todos los alumnos y alumnas tienen un sueño, todas las personas jóvenes tienen talento. Nuestras personas y sus talentos son lo más valioso que tenemos como país.

Todos los aspectos recogidos en estas Normas del Centro, se inspiran en los principios del Proyecto Educativo de Centro que se enumeran a continuación.

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1. Un ambiente de convivencia basado en la comunicación y el respeto por los

derechos y deberes de todos los componentes de la Comunidad Escolar. 2. La justicia, tolerancia y solidaridad hacia las diferencias individuales, evitando la

violencia física y verbal. 3. Una educación que favorezca la igualdad y la integración de las personas,

mejorando las relaciones, respetando las ideas y eliminado cualquier tipo de discriminación.

4. El desarrollo de hábitos y actividades de trabajo a través del diálogo, la confianza, la cordialidad y el intercambio de ideas.

5. Una educación basada en conocimientos y valores, desarrollando la iniciativa y la creatividad.

6. La superación, el esfuerzo y trabajo personal que favorezca el desarrollo de las capacidades de observación, reflexión, imaginación y cooperación.

7. Poder intervenir en las actividades del Centro, potenciando la participación, la implicación, la solidaridad y el compromiso.

8. La creación y puesta en práctica de actuaciones que fomenten y favorezcan la relación y colaboración de las familias con el Centro.

9. El conocimiento, defensa y respeto hacia el medio ambiente y el entorno, valorando la naturaleza y el medio en que vivimos.

10. El aprovechamiento de forma positiva del ocio y tiempo libre utilizando las capacidades y actitudes que favorezcan su autonomía personal y el placer de aprender a hacer cosas.

5. NORMAS GENERALES DEL CENTRO

Se establecen en nuestro centro unas normas generales que regulen la convivencia. Estas normas se darán a conocer durante el curso escolar a los componentes de la comunidad educativa.

5.1. NORMAS FUNDAMENTALES ● No se tolerarán los actos de indisciplina, injuria u ofensas graves contra los

miembros de la comunidad educativa.

● Quedan prohibidas las agresiones físicas o morales contra los demás miembros de la comunidad educativa o la discriminación grave que atente contra los derechos de los alumnos.

● El alumno hará el uso adecuado y correcto de los locales, materiales o documentos del centro o de los bienes de otros miembros de la comunidad educativa, evitando causar daño o destrozo de los mismos.

● El alumnado tiene la obligación de cuidar y mantener en buen estado los libros

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de texto y demás materiales curriculares gratuitos que el centro le proporciona, garantizando de este modo el perfecto uso de los mismos por otros alumnos en cursos posteriores.

5.2. ASISTENCIA A CLASE ● Todos los alumnos y alumnas están obligados a asistir a clase con puntualidad. ● La falta de asistencia a clase, sin motivo justificado, será puesta en conocimiento

de los padres del alumno. La falta a clase reiterada y sin justificación, así como la falta de puntualidad reiterada se comunicará al PTSC (personal técnico de servicios a la comunidad) y a la educadora socio-familiar del Ayuntamiento, tratándose los casos posteriormente en las reuniones mensuales de la Comisión de absentismo.

5.3. ASEO E HIGIENE ● El alumnado y profesorado del centro tiene la obligación de asistir a clase

correctamente vestido y aseado. ● Cuando se produzca algún caso que se considere que pueda afectar a la salud

del resto de los alumnos, deben abstenerse de asistir al centro, hasta su total curación.

● Las familias serán las responsables de tomar las medidas oportunas e informar, a través de los correspondientes medios sanitarios, al Equipo directivo del centro.

5.4. LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE INSTALACIONES Y MATERIAL ● Los espacios del colegio, aulas, aseos, pasillos o cualquier otra dependencia,

deben cuidarse, no está permitido manchar ni deteriorar las paredes o puertas, o romper y estropear cualquier objeto o utensilio, intencionadamente, aplicándose en tal caso las medidas correctoras correspondientes según la falta.

● Al finalizar la jornada escolar, los alumnos deben dejar el aula o cualquier otra dependencia o espacio que ocupen en condiciones adecuadas de orden y limpieza. Los maestros se encargarán de dirigir a los alumnos para realizar esta tarea, utilizando el tiempo que consideren conveniente antes de la salida de la última clase.

● Todo el material educativo, informático, deportivo o de cualquier otra índole del centro debe cuidarse y conservarse en óptimas condiciones, salvo que se deteriore por su uso normal. La ruptura, pérdida o deterioro de material por no utilizarlo correctamente, descuido o negligencia por parte del alumnado o familia, está determinada con la reparación, reposición o pago del citado material, teniendo en cuenta las circunstancias que hayan concurrido.

5.5. ENTRADAS Y SALIDAS ● Se debe respetar el horario establecido de entrada y salida del colegio,

insistiendo en la puntualidad. Para la entrada de los alumnos se dará un margen

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de diez minutos máximo; transcurrido este período sólo se podrá acceder al centro con una causa justificada.

● Las puertas de acceso al recinto escolar se cerrarán diez minutos después de la hora de entrada y se abrirán cinco minutos antes de la hora de salida. Antes de esta hora, los padres no deben entrar para esperar a sus hijos.

● Para facilitar el acceso de los alumnos al colegio en las entradas y salidas, los padres y madres dejarán a sus hijos en la puerta de entrada y no deben acompañarlos hasta las filas. Solo pueden ir a llevarlos y recogerlos hasta la valla de su patio, los padres de los niños y niñas de Infantil. En el edificio de 1º y 2º de Primaria los padres podrán acompañar a sus hijos hasta el comienzo de la pista polideportiva que hay en patio y no sobrepasarla a la hora de la formación de las filas en las entradas al colegio.

● Hasta la hora en punto de entrada, los padres se responsabilizarán de sus hijos/as. Los tutores se harán cargo de sus grupos de alumnos correspondientes con la máxima puntualidad, entrándolos al toque de sirena.

● Salvo causa justificada, los padres no deben pasar al interior de los edificios cuando vayan a llevar o recoger a sus hijos, deben hacerlo por el patio del colegio.

● El alumno entrará y saldrá de su aula correctamente, evitando carreras, juegos, empujones, gritos… que perturben el normal funcionamiento de otras actividades del centro.

● Las entradas y salidas del alumnado al recinto escolar se realizarán por las puertas dispuestas para ello. El acceso a cada edificio se hará desde los lugares establecidos, donde deben hacer las filas correspondientes según el curso:

− Edificio 1 de Primaria: entrada puerta principal, cursos 5º y 6º; entrada por el patio, cursos 3º y 4º. En las salidas a mediodía todos saldrán por la puerta principal en el edificio número 1.

− Edificio 2 de Primaria: entrada por el patio, cursos 1º y 2º. − Edificio 3 de Infantil: entrada puerta principal 4 y 5 años; entrada por la

rampa, 3 años. ● Los citados alumnos entrarán y subirán a sus aulas correspondientes siendo

obligatorio que vayan acompañados por el profesor con el cual tengan clase, que vigilará y controlará el cumplimiento de las normas establecidas. Igualmente se hará en las salidas.

● Tanto en las subidas como en las bajadas por las escaleras, el alumnado deberá ir en fila y sin correr, utilizando su escalera correspondiente y siempre la más cercana a sus puertas de acceso y filas, acompañado del maestro con el que tenga o haya tenido clase.

● Los alumnos de Educación infantil entrarán solos al colegio desde la valla de entrada de su patio, acompañados solamente por sus maestros/as. Las madres y padres se abstendrán de acompañarlos por el interior, salvo causa justificada. Tanto a la hora de dejarlos, como de recogerlos, deben esperarlos en la puerta

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del patio de Infantil, dejando esta libre para facilitar el acceso de los niños. ● Excepcionalmente, en días de lluvia, pueden entrar los alumnos de infantil a su

edificio, controlados por algún tutor. A la salida los padres esperarán en la puerta del patio de infantil y solo pasarán con el paraguas cuando el curso de su hijo salga a las escaleras de salida del recinto.

● A las salidas del colegio, los alumnos de infantil deberán ser recogidos por algún familiar u otra persona en la que los padres deleguen, siempre con conocimiento del tutor/a. La recogida de estos alumnos debe hacerse puntualmente, habiendo un margen de espera en el colegio de diez minutos. Si transcurrido este tiempo no han venido a recoger a los niños, se pondrá en conocimiento del Equipo directivo del centro y se avisará a las familias, comunicándolo a los servicios sociales y policía local para que se proceda según se estime oportuno.

● El alumnado que llegue al centro después del horario de entrada establecido y una vez que haya comenzado la actividad lectiva, pasará por la Secretaría para reflejar en el libro de registro de entradas del centro la causa del retraso y el Equipo Directivo o persona en quien delegue será el encargado de llevar al alumno a su aula siempre que traiga un justificante. En caso contrario, el alumno permanecerá en Secretaría hasta el cambio de clase.

● Las faltas de puntualidad no justificadas se consideran faltas de absentismo y se deben comunicar semanalmente al jefe de estudios.

● Ningún alumno podrá salir del centro en horario lectivo si no lo recoge algún familiar o persona autorizada por la familia y siempre con un motivo justificado.

● Ningún alumno abandonará su clase en el espacio comprendido entre la salida de un profesor y la entrada del siguiente, ni durante la clase, sin el consentimiento del profesor correspondiente.

● En las salidas al recreo y las salidas del centro al finalizar las jornadas de trabajo, el profesorado será el encargado de que se realicen adecuada y ordenadamente por parte del alumnado, siendo los profesores los últimos que abandonen las aulas o espacios en que se desarrollan las clases.

● Al término de cada jornada escolar, el profesor que imparte la última sesión, será el encargado de supervisar y organizar el aula (luces, persianas, sillas y mesas, ordenadores, pizarras digitales...).

● Todo el profesorado colaborará en la organización y supervisión de la sala de profesores a la finalización de cada jornada escolar (luces, persianas, ordenador, frigorífico, microondas, recogida de enseres y materiales...).

● Al principio de curso se formalizará un escrito-autorización por las familias para todas las salidas ocasionales de los alumnos dentro de la localidad. La realización de viajes requerirá autorización específica.

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5.6. RECREOS

▪ A la hora del recreo el maestro o la maestra saldrá del aula con su alumnado, intentando dejar el mobiliario y el material ordenado. En ningún caso el alumnado, un grupo o un alumno, se podrá quedar en el aula sin la presencia constante de un maestro.

▪ Al salir al recreo, el maestro que está con el grupo deberá acompañar a los alumnos que tengan algún problema de movilidad.

▪ La vigilancia de los recreos por parte del profesorado es obligatoria, de acuerdo con el calendario establecido a principio de curso.

▪ El profesorado procurará salir con la máxima puntualidad. ▪ En la PGA se establecerá al principio de curso el número de maestros que

realizarán los turnos de recreo y las zonas de vigilancia, para controlar la buena convivencia y evitar conflictos.

▪ El maestro que figure en primer lugar en el turno de recreos fijado de cada edificio tendrá las siguientes funciones:

a) control de entradas y salidas en las puertas de cada edificio b) vigilancia en los servicios c) vigilancia en los pasillos d) cura de posibles accidentes, llamadas de teléfono a las familias u otras

necesidades del alumnado. e) vigilancia del alumnado que por circunstancia excepcional no salga al patio.

▪ El profesorado restante que no figure en los distintos turnos de recreo de los edificios tendrá las siguientes funciones:

a) Sustitución de cualquier ausencia del profesorado con obligación de estar en el patio.

b) Estarán localizables en la sala del profesorado del edificio que les corresponda. ▪ Los juegos se realizarán respetando los derechos de los demás compañeros. ▪ Los alumnos deben evitar peleas y discusiones. ▪ Todos los alumnos obedecerán las indicaciones de los profesores encargados

del cuidado del recreo. ▪ Se deben usar las papeleras y contenedores para los desperdicios de bocadillos,

zumos, bollería… ▪ Para los juegos sólo se permitirán pelotas blandas y que no pesen, por lo que no

podrán traer balones de reglamento de sus casas. ▪ En la sesión de recreo no se podrá permanecer en aulas o pasillos, debiendo

salir todo el alumnado al patio, salvo en casos excepcionales en los que algún alumno, por indicación del profesor, se quede en su aula u otras dependencias del colegio y siempre bajo supervisión de éste.

▪ Todo el alumnado puede distribuirse libremente por sus correspondientes patios

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de recreo para realizar las actividades lúdicas y recreativas. No obstante, y para rentabilizar el uso de todas las instalaciones, hay establecidas unas zonas de juegos para los diferentes niveles. Esto permite también que los niños y niñas ocupen mejor todos los espacios y no haya discrepancias o discusiones al querer jugar muchos en el mismo lugar.

DíAS DE LLUVIA O CUALQUIER OTRA INCLEMENCIA O CIRCUNSTANCIA QUE NO PERMITA SALIR AL PATIO.

▪ En caso de que la climatología impida salir al recreo, los alumnos permanecerán

en las aulas atendidos por sus tutores. Los maestros especialistas y E. Directivo apoyarán la vigilancia de estos recreos en su nivel correspondiente al que están adscritos, cubriendo al tutor que requiera de ellos. Estarán en el edificio y zona de pasillo cercana a los cursos que les corresponde, con arreglo a la siguiente distribución:

o EDIFICIO Nº 1 (3º-6º):

▪ Esp. EF: 3º Primaria ▪ Esp. Religión: 4º Primaria ▪ Esp. Inglés: 5º Primaria ▪ E. Directivo: 6º Primaria

o EDIFICIO Nº 2 (1º-2º):

▪ Esp. Religión: 1º Primaria ▪ Esp. EF: 2º Primaria

o EDIFICIO Nº 3 (Infantil):

▪ Esp. PT: 3 años ▪ Esp. AL: 4 años ▪ Esp. Inglés: 5 años

▪ ASEOS: los alumnos de Primaria utilizarán los aseos habilitados al efecto en el

Edificio Nº1 y el alumnado de Infantil en su edificio, siempre de manera ordenada y controlado por el profesorado.

▪ Los días que exista la posibilidad de no salir al patio o estando en él haya que regresar a las aulas, ningún maestro deberá abandonar el Centro en horario de recreo.

▪ La decisión de salir o no al patio la tomará el Equipo Directivo. En caso negativo, se comunicará al profesorado.

▪ Queda prohibido escalar verjas o ventanas, arrojar piedras, tierra, utilizar palos u otros objetos que entrañen peligro y salirse del recinto escolar.

▪ Durante el periodo de recreo diario y sobre todo, los miércoles, día de mercado, se debe evitar entregar comida, golosinas, etc., a los alumnos a través de las

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vallas del colegio. ▪ Al término del recreo, con el toque de sirena, los alumnos entrarán al edificio

colocados en filas situados en los mismos lugares que a la entrada acompañados del maestro con el que les toque clase.

5.7. BIBLIOTECA ▪ La consulta de fondos o lectura se entiende que son las funciones genuinas de

la biblioteca, por lo que prevalecerán sobre cualquier otra función o actividad. ▪ La estancia de los alumnos en la biblioteca se hará con absoluto respeto a las

normas de uso y bajo el control del maestro que los acompañe. ▪ Los alumnos cuidarán el material y mobiliario, así como la colocación de los

libros prestados en sus lugares correspondientes. ▪ Los libros prestados serán devueltos sin demasiada demora y se deberán

reponer aquellos que hayan sido deteriorados o perdidos. Al finalizar el curso se han de devolver todos los libros prestados.

▪ El préstamo y devolución de libros serán responsabilidad del Equipo de biblioteca.

▪ Se establecerá un calendario para su utilización. ▪ Se nombrará al profesorado encargado con horas disponibles para ordenar y

clasificar libros, realizar los préstamos, controlar el material y preparar actividades relacionadas con la lectura para el alumnado.

▪ Las familias podrán colaborar en el servicio de préstamo de libros.

5.8. AULA ALTHIA ▪ Los alumnos se dirigirán al aula Althia acompañados de su profesor en silencio

para no molestar el desarrollo de las otras clases.

▪ Se sentarán en los puestos de ordenadores atendiendo a las indicaciones del profesor.

▪ Se trabajará en los ordenadores siguiendo las indicaciones del profesor, no pudiendo ningún alumno realizar otra actividad distinta a la propuesta ni entrar en páginas web no permitidas.

▪ El alumnado deberá cuidar todo el material y hacer buen uso del mismo. ▪ Al finalizar la actividad todos los alumnos apagarán sus ordenadores

correctamente, dejarán todo ordenado y saldrán hacia su aula acompañados por su profesor en orden y en silencio.

5.9. COMEDOR ESCOLAR: AULA MATINAL Y COMIDA DEL MEDIODÍA

▪ Los cuidadores y cuidadoras del comedor deberán atender al alumnado usuario los días de comedor en el horario de mañana (Aula matinal) si la hubiera y del mediodía (comida), según el horario establecido para ello.

▪ Una vez en el comedor, se respetará al resto de usuarios, manteniendo el

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debido silencio y una actitud adecuada. ▪ Antes y después de cada comida se llevará a cabo, con la supervisión de los

cuidadores y cuidadoras del comedor, el adecuado aseo e higiene. ▪ Estos ayudarán y orientarán a los alumnos en el uso correcto de cubiertos y en

las normas básicas de urbanidad en la mesa durante el desarrollo de la comida. ▪ Los alumnos atenderán y cumplirán las indicaciones del cuidador o cuidadora

en este sentido. ▪ Estos recogerán y acompañarán a los alumnos del comedor, ejerciendo el

cuidado y funciones específicas del cargo. ▪ El responsable del comedor escolar es el secretario del centro.

5.10. ACTIVIDADES EXTRACURRILARES Y COMPLEMENTARIAS ▪ Son aquellas actividades patrocinadas por la A.M.P.A., Ayuntamiento,

Diputación, etc. que se realizan fuera del horario escolar y que han sido autorizadas por el Consejo Escolar y programadas en la P.G.A.

▪ Dichas actividades se atenderán a las siguientes normas: a) El organismo que patrocine dicha actividad se responsabilizará de todo

cuanto pueda ocurrir en el centro en esas horas. b) Ha de respetar todo el material o mobiliario existente en el lugar donde se

realice, dejándolo en el mismo estado de orden y limpieza. c) Dicho organismo está obligado a reponer cualquier robo o desperfecto en el

aula donde se realice la actividad. ▪ Las actividades programadas en todos los viajes deberán ser de tipo educativo y

cultural y estar de acuerdo con los objetivos y currículo del centro. ▪ Cada grupo de alumnos irá acompañado por su tutor o maestros pertenecientes

al Claustro. En alguna ocasión y dependiendo del tipo de salida que se programe, podrán acompañar también otras personas responsables que tengan relación con el colegio y con la actividad.

▪ Los alumnos reprobados por actos de cierta importancia o con reiteradas faltas de asistencias injustificadas, así como los alumnos o grupos que hayan tenido un mal comportamiento en el transcurso de una salida del centro, pueden ser excluidos de ellas.

▪ Los horarios serán reorganizados por el Jefe de estudios de modo que las actividades ocasionen el menor perjuicio posible en el normal desarrollo de las clases.

▪ Para la realización de cualquier viaje será necesaria la asistencia de un número de alumnos suficiente que haga rentable el transporte y la actividad.

▪ Las actividades programadas que supongan un gasto por parte de los alumnos tendrán un carácter voluntario.

▪ Si por cualquier causa justificada el alumno no pudiera asistir a un viaje, se le devolverá el importe que haya abonado para esta actividad, siempre y cuando la entidad organizadora no haya pedido fianza.

▪ Cualquier desperfecto que los alumnos pudieran ocasionar en el autobús o en

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cualquier otro lugar que se visite serán abonados por las familias de esos alumnos.

▪ Los padres firmarán una autorización que tendrá validez para el año escolar en curso, para salidas en la propia localidad. Para viajes fuera de la localidad los padres, previa información de la salida, firmarán una autorización específica para dicha actividad.

▪ No podrá realizarse ninguna actividad sin conocimiento de Jefatura de Estudios, con una antelación suficiente para prever todo tipo de situaciones (acompañantes, sustituciones, etc.) que pudiera ocasionar la misma y comunicando relación de alumnado participante.

ALUMNOS QUE NO PARTICIPAN EN ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES

Los alumnos que no participen en viajes, excursiones o actividades de otra índole programadas fuera del centro, tendrán la obligación de asistir a las actividades lectivas en el horario establecido para ello, mientras dure la actividad con el grupo de alumnos de su curso. Estos alumnos serán atendidos en el centro por el profesorado específico, nombrado por la Jefatura de estudios. Los tutores de estos alumnos prepararán previamente las actividades que consideren convenientes para que las realicen en clase.

5.11. ACCIDENTE O ENFERMEDAD ● Cuando tenga lugar un accidente considerado leve o un alumno enferme en el

colegio en horario lectivo, se comunicará a la familia para su recogida y atención directa por su parte.

● Si el accidente o enfermedad se considera grave y ocurre en horario escolar se comunicará inmediatamente a la familia para su recogida. En caso de no localización de la familia o la imposibilidad de atención inmediata por parte de ésta, el tutor del alumno u otras personas del colegio y con conocimiento del equipo directivo, se responsabilizará de su traslado urgente al centro de salud. Se comunicará del incidente inmediatamente al citado centro de salud para que nos indiquen el procedimiento a seguir, según los casos.

● Se rellenará un parte de incidencias, haciendo constar el accidente y medidas adoptadas.

5.12. NORMAS PARA LAS VISITAS DE LAS FAMILIAS AL CENTRO

REUNIONES CON EL PERSONAL DOCENTE, EQUIPO DIRECTIVO Y D E ORIENTACIÓN − Se respetará el horario establecido para este tipo de reuniones (visitas, consultas,

información académica o de otra índole relacionadas con la educación). Son los lunes de 16:00 a 17:00 horas en los meses de octubre a mayo y los lunes de 13:00 a 14:00 horas los meses de septiembre y junio.

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− En horario escolar (de 9:00 a 14:00 horas), estas visitas se realizarán siempre que haya una causa justificada, a través de:

● Citación del maestro tutor o especialista. ● Citación del equipo directivo o equipo de orientación. ● Petición de los padres o tutores.

5.13. ACTUACIÓN CON ALUMNOS DE PADRES SEPARADOS

“La Ley de Autoridad del Profesorado de 2012, en su capítulo III. Medidas de Apoyo al Profesorado, indica en su artículo 8.e: Fomentar, conjuntamente con la Consejería competente en materia de asuntos sociales, el desarrollo de un Protocolo de custodia de menores en el ámbito educativo”.

CONCEPTOS JURÍDICOS − La patria potestad son los derechos y obligaciones que tienen los padres para con

sus hijos. Entre los deberes se encuentran el de velar, el de compañía, el de alimentos, educación y corrección. Generalmente, en las separaciones se establece la patria potestad compartida entre los padres. Si no existiera acuerdo, debe determinar el Juez.

− La guarda y custodia es el conjunto de medidas y decisiones que el progenitor, a cuyo cuidado queda el menor, debe tomar para garantizar a diario su cuidado y desarrollo.

− Los padres tienen derecho a la información sobre el proceso educativo de sus hijos, salvo que el progenitor tenga retirada la patria potestad por sentencia judicial. El centro escolar debe facilitar a ambos progenitores la información académica que considere conveniente y necesaria.

− Los padres y madres comunicarán al centro cualquier situación familiar (separaciones, divorcios, …) que afecte a la relación del centro con la familia.

SOLICITUD Y FACILITACIÓN DE INFORMACIÓN DE LOS RESULTADOS DE EVALUACIÓN A PADRES SEPARADOS

− El padre o madre realizará su solicitud por escrito al centro, acompañando una copia de la sentencia judicial.

− De la solicitud y copia se comunicará al progenitor que tiene la custodia del hijo, por si hubiera resolución judicial posterior. Se concede un plazo de 10 días para que pueda formular las alegaciones que estime pertinentes.

− Si no hubiera impedimento alguno, el centro hará llegar simultáneamente a ambos progenitores la información y documentos informativos y académicos relacionados con la educación de su hijo.

− El derecho a recibir información incluirá, tanto escrita como verbal y a hablar con los tutores.

− No se considerarán documentos relevantes para denegar la información al

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progenitor no custodio, denuncias, querellas, demandas, reclamaciones o ningún otro documento que no consista en resolución judicial o acuerdo entre las partes , reflejado en documento público.

− Salvo por orden judicial, no se emitirán informes por escrito distintos de los documentos oficiales.

COMUNICACIÓN CON LOS PROGENITORES DENTRO DEL HORARIO ESCOLAR

− Los progenitores, aunque no ejerzan la patria potestad, tienen derecho a

relacionarse con sus hijos menores, excepto con los adoptados por otro o en los que así disponga la resolución judicial.

− No podrán impedirse sin motivo justificado, las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes allegados.

− Salvo pena de prohibición de aproximarse o comunicarse con el niño, adoptada en procedimiento penal y que le conste al centro, el régimen de comunicaciones entre los padres y el menor en horario escolar se producirá de igual forma que lo establecido para el resto de los padres de alumnos, con los pasos siguientes: ● Se pedirá copia de la sentencia especificando el régimen de visitas. ● Se comunicará a la otra parte por si hay alguna sentencia o acuerdo posterior.

ESCOLARIZACIÓN DEL ALUMNO − Solo se admitirá una única instancia por cada alumno en la que deben constar los

datos completos del padre y la madre o tutores legales y las firmas de éstos, con independencia del estado civil de los padres. (Anexo 1.1)

− El centro escolarizará al menor en el centro, tal como lo ha solicitado el cónyuge que tiene la guarda y custodia y con quien conviva el menor habitualmente, dando traslado al órgano competente de cualquier circunstancia y cuando sea necesario al Ministerio Fiscal.

− Cuando exista desacuerdo irreconciliable, se pondrán los hechos en conocimiento de la Administración educativa para que ésta, en su caso, lo ponga en conocimiento del Ministerio Fiscal, para que garantice los derechos del menor.

OTRAS DECISIONES RELEVANTES En estos casos, ambos padres tendrán que manifestar mutuo acuerdo aportando la firma de éstos: ● Opción para dar Religión o Valores Sociales (Anexo 1.2) ● Autorización para asistir a viajes u otras actividades extracurriculares fuera de la

jornada lectiva. (Anexo 1.3)

● Autorización para la utilización y difusión de su imagen (Anexo1.4)

● Permiso familiar de atención sanitaria (Anexo 1.5) ● Traslados de matrícula. ● Cualquier decisión que se salga de las ordinarias.

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RECOGIDA DEL ALUMNO FUERA DEL HORARIO ESTABLECIDO POR EL RÉGIMEN DE VISITAS − El progenitor que tenga la custodia del alumno deberá informar al centro cuando el

otro progenitor va a recoger al alumno fuera del régimen de visitas. − En el caso de que no se haya informado de tal hecho, se deberá llamar por

teléfono al progenitor que tiene la custodia del niño, para que éste dé su consentimiento o no.

− Si no se ha podido contactar con éste, será el equipo directivo el que proceda. − En todos los casos se actuará según lo reflejado en el punto 5.5. (Entradas y

salidas).

OTROS ASPECTOS A CONSIDERAR − Se harán constar los teléfonos de contacto tanto del centro como de los

progenitores o personas autorizadas a recoger al alumno. − Se deben facilitar la tutoría a ambos progenitores, por lo que se informará a

ambos de los horarios, actividades, … − Se debe facilitar a ambos progenitores:

● el calendario escolar. ● el programa de actividades escolares y extracurriculares (excursiones, visitas,

…). − Ambos progenitores han de autorizar que el alumno desarrolle las actividades

escolares y extracurriculares. − Se debe informar a ambos progenitores de fiestas y celebraciones a las que se

autorice la asistencia de personal ajeno al centro. − Ambos progenitores han de autorizar la realización de la evaluación

psicopedagógica, así como otro tipo de autorizaciones que pueden surgir a lo largo del curso escolar.

RESOLUCIÓN JUDICIAL CON DILIGENCIAS PENALES No se facilitará información ni comunicación alguna con el menor dentro de la jornada escolar ni en los momentos en que el menor esté bajo la custodia del centro, siempre que exista resolución judicial incoando diligencias penales contra uno de los progenitores por atentar contra la vida, la integridad física, moral o la libertad o indemnidad sexual del otro progenitor o de los hijos que conviven con ambos, o diligencias por violencia doméstica.

6. CRITERIOS COMUNES Y ELEMENTOS BÁSICOS DE LAS

NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO Además de las normas de convivencia de cada aula, en nuestro colegio se establecen, de modo general, con el objeto de facilitar la consecución de un clima social que favorezca la convivencia, el respeto y la tolerancia, las siguientes normas generales de convivencia:

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1. El alumnado debe asistir a clase en buenas condiciones de salud e higiene.

2. Deben venir al colegio con puntualidad. La entrada al colegio es a las 9:00

horas. Se establece un plazo de diez minutos, pasado el cual, se cierran las puertas de acceso y los alumnos no podrán entrar, excepto si vienen del médico, con justificante por escrito o acompañados de un familiar. Si se produjeran reiteradas faltas de puntualidad, el centro se pondría en contacto con el PTSC.

3. Los alumnos respetarán la dignidad y funciones de los maestros y de cuántas

personas trabajan en el centro.

4. Asimismo, deben respetar la dignidad, integridad, libertad y demás derechos de los demás alumnos.

5. Las entradas a las aulas deberán realizarse en orden, por las escaleras y

pasillos destinados al efecto. Quedan prohibidas las carreras y los gritos dentro del edificio escolar. El grupo de alumnos siempre deberá ir acompañado con el maestro con el que le toque clase.

6. Aquellos alumnos que por cualquier circunstancia no pueden acceder a sus

aulas por las escaleras, utilizarán el ascensor siempre acompañados de sus tutores/as u otra persona mayor encargada y responsable para este fin.

7. Ningún alumno permanecerá en las aulas una vez finalizadas las clases, a no

ser por una circunstancia especial y con permiso del tutor. De igual manera, nunca habrá alumnos/as solos fuera de sus aulas en el transcurso de una clase.

8. La asistencia debe ser regular. Las faltas de asistencia de los alumnos serán

comunicadas por el tutor al jefe de estudios. La familia será informada de dichas faltas y las justificará mediante nota escrita y/o entrevista.

9. Los alumnos mantendrán las aulas ordenadas y limpias (tanto el material como el mobiliario).

10. Durante las horas de recreo, los alumnos deberán permanecer en el patio,

quedando prohibido pasar a las clases sin permiso de los maestros responsables de la vigilancia del recreo.

11. Quedan absolutamente prohibidos los juegos violentos y peligrosos que puedan

causar accidentes.

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12. El colegio tiene un horario establecido para la visita de los padres, madres o tutores. Fuera de este horario, no deberán interrumpir las clases u otras actividades programadas. Cuando un padre o madre desee hacer una consulta, sugerencia o presentar una queja, deberán dirigirse en primer lugar, previa petición de cita, al maestro objeto de la misma, o al tutor del alumno, según corresponda. Si no se resolviera satisfactoriamente, podrá dirigirse al Jefe de estudios, y finalmente al director.

13. Se prohíbe la salida del recinto escolar en horas de clase, excepto cuando se

considere necesario, previa petición del padre, madre o tutor, y con la autorización del maestro tutor, Jefe de estudios o director del centro. En todo caso, el alumno será siempre recogido por un adulto en la puerta del colegio.

14. En caso de accidente de los alumnos/as, el centro realizará las siguientes

actuaciones: se intentará localizar telefónicamente a los padres o tutores del alumno (en los números previamente facilitados al centro) para comunicarles la incidencia y recabar su presencia en el colegio. En función de la urgencia, se comunicará inmediatamente al centro médico para que nos indiquen el procedimiento a seguir, según cada caso.

15. Las salidas para realizar excursiones, visitas u otras actividades

extracurriculares fuera del recinto escolar, requerirán una autorización por escrito por parte de los padres, madres o tutores.

16. La rotura o deterioro de las instalaciones, mobiliario y material escolar, por uso

indebido, negligencia o intencionalidad deberán ser indemnizados económicamente por los responsables.

6.1. NORMAS PARA EL PROFESORADO DEL CENTRO 1. El tutor y otros maestros encargados de un aula específica serán responsables

del estado del mobiliario y material ubicado en la citada aula. 2. Se respetará el horario de sesiones de clase establecido, procurando la mayor

puntualidad por parte del profesorado. Puede darse un margen de cinco minutos máximo para cambio de clases, debiéndose tener en cuenta que los profesores deben estar en los lugares que les corresponde dentro de su horario con el fin de que los alumnos estén solos el mínimo tiempo posible. Se establecerá la prioridad de atender a los más pequeños.

3. Los maestros correspondientes que ocupen un aula según el horario lectivo,

deben atender y vigilar al alumnado de su aula, siendo responsables de ellos.

4. Bajo ningún concepto se debe expulsar a un alumno fuera de clase, para que se quede en la puerta o en el pasillo.

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5. Los alumnos que no cumplan en clase las normas establecidas, permanecerán

dentro del aula bajo la supervisión del tutor o maestro especialista que impondrá las normas correctoras en casos leves. En los casos graves o muy graves, se comunicará a la jefatura de estudios para establecer las actuaciones oportunas.

6. Todo aquel material que se considere valioso o importante, deberá guardarse

en lugar seguro (armario con llave, Secretaría del colegio, sala de profesores, Aula Althia, …).

7. Siempre que se utilice cualquier aula o sala del colegio para actividades de uso

personal o colectivo, deben cuidarse y dejarse ordenadas y cerradas cuando así se requiera para mejor seguridad.

8. Las puertas de acceso al recinto escolar deben de estar cerradas. Los

maestros utilizarán las llaves que se les facilitará en Secretaría.

9. Los alumnos castigados para realizar actividades en períodos de recreo o en otro horario no lectivo, estarán atendidos por los maestros responsables. No se deben de dejar solos o con los maestros que realizan el turno de recreo.

10. No se debe utilizar la sala de profesores para atender a alumnos en horarios o

tareas específicas (alternativa a religión, apoyos, otras, …). Para ello se utilizarán las aulas de apoyo y otras que queden disponibles (departamentos, biblioteca, Althia, tutorías o aula que esté vacía en ese momento). Solicitar información en Secretaría.

11. El turno de vigilancia de recreos es obligatorio y se deben vigilar todos los

espacios del patio, control del alumnado y limpieza del recinto. Se debe mejorar los turnos ya que hay zonas que no se controlan correctamente.

12. En las reuniones con las familias se debe recordar que los alumnos no

pueden estar solos en el horario de atención a padres dentro de los edificios escolares.

Cualquier incidencia se debe comunicar inmediatamente al Equipo directivo.

6.2. NORMAS PARA FAMILIAS 1. Es muy importante la colaboración y entendimiento entre las familias y el

profesorado para establecer un buen ambiente de convivencia en el centro. 2. Siempre que surja algún problema relacionado con el colegio, es aconsejable

informarse adecuadamente y no hacer juicios precipitados. 3. Los padres/madres deben respetar el horario de clase para no interrumpirlas,

salvo causa justificada. 4. Para hablar con los tutores y otros maestros esperarán hasta que finalicen las

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clases. 5. Deben respetar el horario establecido para las reuniones con las familias

(lunes, de 16:00 a 17:00 horas de octubre a mayo y lunes de 13:00 a 14:00 horas los meses de septiembre y junio)..

6. Deben justificar las faltas de asistencia de los alumnos. 7. En ningún momento pueden salir los alumnos solos del colegio en horario

escolar. 8. Deben de ser puntuales a la hora de entrar al colegio y de recoger a sus hijos a

la salida. 9. En las entrevistas familias/tutores y fuera del horario de clase, los alumnos no

deben de estar solos por el colegio. Esperarán fuera en el patio o, si son demasiado pequeños, estar junto a sus padres.

10. Si se descubre cualquier acto de alguna persona que ocasione daños o perjuicios y pueda demostrarse, se le podrá sancionar de acuerdo con las normas establecidas en el centro, reponiendo o reparando el material, además de otras medidas disciplinarias establecidas por el Consejo escolar.

6.2.1. PROCEDIMIENTO PARA CONSULTAS O RECLAMACIONES

Ante cualquier consulta, sugerencia o reclamación de tipo educativo que pudiera surgir en horario lectivo o en actividades programadas en la P.G.A. y que afecte directa o indirectamente al alumnado, profesorado y familias, deberá seguirse los pasos y actuaciones adecuadas y establecidas legalmente. Entre ellas, están las siguientes:

● En primer lugar, los interesados deberán informarse convenientemente sobre el problema en cuestión, consultando a todas aquellas personas que pudieran conocer o tener relación con el mismo, buscando siempre la máxima fiabilidad e imparcialidad. ● Si el problema es de tipo personal y afecta directamente a la educación, aprendizaje y comportamiento del alumno en clase u otros espacios del colegio, deberán dirigirse en primer lugar al tutor correspondiente o al profesor que le

imparta clase o vigilancia y con el que dicho problema pudiera tener relación, con el fin de tratarlo y solucionarlo. ● Si el problema es a nivel de centro o, dados los pasos reglamentarios no se hubiese podido resolver satisfactoriamente, se dirigirán al jefe de estudios y finalmente al director del colegio, con la finalidad de plantear, estudiar y resolver cualquier cuestión presentada. ● Si se considera necesario, se tomarían las medidas oportunas con el fin de exponerlo y estudiarlo a través de los demás órganos colegiados del centro (Claustro, Consejo escolar, ...) o solicitar la opinión y asesoramiento adecuado a través de la AMPA o de instancias educativas superiores (Inspección Educativa, ...), dependiendo del problema en cuestión. ● En todos los casos, deberá seguirse los pasos y cauces reglamentarios y, sobre todo, poner el máximo interés y voluntad por todas las partes implicadas

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para buscar y encontrar soluciones satisfactorias. ● Así mismo, es imprescindible el respeto mutuo y la voluntad de diálogo y colaboración entre todos los componentes de la comunidad escolar, respetando las normas de convivencia, organización y funcionamiento aprobadas en el centro.

6.3. PROCESO DE ACOGIDA El proceso de acogida contribuye a facilitar a cualquier persona su incorporación en el

centro y comunidad educativa. En este proceso está incluido el alumnado y sus

familias y el profesorado de nueva incorporación, partiendo de las necesidades y

diversidad de cada uno.

El objetivo principal será conseguir un aprendizaje de calidad a través de acuerdos y decisiones programados. Para el proceso de acogida se deben de tener en cuenta el conjunto de actividades que se realizan de forma sistemática al principio del curso escolar con el alumnado que llega por primera vez al centro (niños y niñas de Infantil de 3 años):

Cuando se incorpora un alumno nuevo a mitad de curso se realizarán las siguientes actividades:

- Enseñarle el centro al alumno y a su familia - Si la familia es extranjera explicarles las normas generales de funcionamiento

del centro escolar. - Realizar actuaciones o dinámicas de grupo el primer día que asista a clase. - Buscar un alumno tutor rotativo durante los dos primeros días.

La acogida también incluye los procesos de adaptación mutua entre docentes, alumnado y familias:

- Conocimiento de la escuela por parte de las familias y alumnado. - Conocimiento de los compañeros y profesorado.

Desarrollo del proceso:

● Primer encuentro con el alumnado y sus familias: - Protocolo para alumnado - Protocolo para padres y madres - Protocolo para el profesorado - Actividades iniciales para recibir al alumnado en el centro y en el aula.

● Los responsables serán el Equipo directivo, coordinador de nivel y los tutores correspondientes.

● Las funciones están recogidas en los protocolos de acogida correspondientes. ● Las actividades diarias que fomenten el conocimiento y respeto de la diversidad

cultural y lingüística y reconozcan la diversidad.

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● Las estrategias para potenciar la participación de todas las familias en la vida del centro.

● Los criterios para evaluar las medidas de acogida, seguimiento e inclusión.

Planificación: ● Entrevista inicial con el Equipo directivo para conocerse e informar y planificar

las futuras actuaciones a lo largo del curso. ● Visita a las instalaciones del centro para explicar el funcionamiento,

organización y servicios del mismo. ● Presentar a personas con las que tendrá una relación más inmediata. En el

caso de alumnado infantil 3 años se realiza de forma escalonada.

Alumnado de nueva incorporación: ● Informar sobre el sistema educativo. La Junta de comunidades de Castilla-La

Mancha ha editado una guía “La Educación abre puertas”, traducido a varios idiomas, pudiendo encontrarla en www.educa.jccm.es.

● Informar sobre el funcionamiento y organización del centro, normas de convivencia, actividades extracurriculares, servicios complementarios, A.M.P.A,

● Informar sobre los documentos necesarios para realizar la matrícula, documentos informativos del centro, ...

● Planificar y programar las entrevistas de las familias con el tutor/a del nuevo alumno, recoger datos sobre el historial académico del alumnado y de su familia, detectar necesidades educativas, ...

Respuesta educativa: ● Elaboración del Plan individualizado del alumno/a.

- Lo realiza el tutor/a en coordinación con la familia y resto del equipo docente con el asesoramiento de la orientadora del centro.

- Se establecerán las medidas que garanticen la respuesta educativa adecuada.

- Se determinarán actuaciones que se desarrollen dentro del aula y las medidas de aprendizaje de la lengua en el caso de alumnado que desconozca el castellano.

- Todas aquellas medidas que contribuyan a mejorar la convivencia y favorezcan el desarrollo de las relaciones interpersonales: tutoría individualizada, alumnado ayudante, tutoría entre iguales, ...

- Implicación, compromiso y coordinación entre el profesorado, alumnado y familias para desarrollar valores de ayuda y cooperación.

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6.5. PROCESO DE ACOGIDA DIRIGIDO AL PROFESORADO DE NUEVA INCORPORACIÓN EN EL CENTRO Preparación de una documentación muy concreta para todo el profesorado nuevo. Enseñarles el centro y concretar mucho en el claustro de inicio de curso (Primero). Que se enseñen las instalaciones y su funcionamiento. Con la finalidad de facilitar la incorporación de los maestros y maestras nuevos en el centro, se dispone de un Proceso de acogida que les será entregado y presentado en el momento de iniciar su labor educativa en el colegio. Ellos, a su vez, deberán cumplimentar nuestra ficha de recogida de datos (Anexo 2.1). Este Proceso debe influir en una mejor adaptación a las normas, organigrama y trabajo educativo desarrollados en el colegio y se facilitará a los interesados a través de la unidad de orientación. Consta de los siguientes contenidos:

− Calendario escolar − Normas generales del centro − Horario general del centro (actividad lectiva y complementaria, recreos,

atención a padres, …) − Entradas y salidas del alumnado (lugares donde se hacen las filas, …) − Normas para los recreos − Distribución de aulas y espacios (planos de los distintos edificios) − Composición del Claustro y Consejo Escolar − Distribución de tutorías, apoyos y especialistas − Distribución de los materiales didácticos − Modelos de autorizaciones (salidas dentro de la localidad, actividades

complementarias y extracurriculares, derechos de imagen, …) − Modelos de justificantes (faltas de asistencia, …) − Equipo de orientación y apoyo − Derivación de un alumno al equipo de orientación y apoyo − Calendario de reuniones − Calendario de evaluaciones − Actividades complementarias y extracurriculares − Normas generales de convivencia − Normas para el uso de la biblioteca, aula Althia, aula de Ciencias naturales, …

7. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE AULA

La redacción de las normas de convivencia de aula responde a unos criterios generales de:

● Conseguir una buena relación entre los alumnos del grupo y su tutor, así como entre ellos entre sí. Los especialistas deberían participar en la elaboración de dichas normas para que sean consensuadas

● Facilitar el trabajo del docente en un ambiente adecuado de trabajo, exento de distorsión y ruido.

● Asegurar el normal desarrollo del trabajo individual de cada alumno.

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● Mantener en buen estado el material y las instalaciones del aula.

Las Normas de convivencia, organización y funcionamiento específicas de cada aula serán elaboradas, revisadas y aprobadas anualmente, de forma consensuada, por el profesorado y el alumnado que convive en ellas. Finalmente, habrán de ser refrendadas por el Consejo escolar. Los responsables de la aplicación de las Normas de aula, serán los tutores y maestros que desarrollen su labor educativa en las citadas aulas, así como el alumnado responsable de algún cargo, si los hubiere: delegados de curso, …

Se reflejan a continuación los modelos de Normas aprobadas en el curso escolar 2012/2013. Las normas de convivencia, organización y funcionamiento específico de cada aula (en adelante Normas del Aula), deberán elaborarse al comienzo de cada curso de forma consensuada entre el tutor y el grupo de alumnos. En Educación Infantil las normas las propondrá el equipo de ciclo y serán consensuadas con los alumnos a principio de curso. Para ello se reflexionará sobre la conveniencia de organizar el aula con una serie de normas que faciliten la resolución de aquellas situaciones o conductas que puedan influir negativamente en la convivencia del grupo y en el desarrollo normal de las clases. Dichas normas perseguirán la reflexión sobre aquellas situaciones y conductas que son conveniente reglar y organizar para mejorar la convivencia dentro del aula.

7.1. CRITERIOS COMUNES PARA SU ELABORACIÓN Las Normas del Aula tendrán que elaborarse teniendo en cuenta los siguientes criterios comunes:

● Deberán estar adaptadas a la edad de los alumnos. ● Deberán elaborarse utilizando procedimientos democráticos, con el fin de

implicar a todos en las normas de todos. ● Deberán ser pocas, sencillas, concretas y fácilmente asumibles. ● Deberán reflejar junto a la norma, la consecuencia de incumplirla. ● Deberán reflejar tanto los aspectos a corregir, como los aspectos a potenciar. ● Deberán enunciarse en afirmativo.

7.2. ELEMENTOS BÁSICOS QUE DEBEN INCORPORAR Las Normas del Aula deberán contener los siguientes bloques temáticos:

a. Puntualidad y asistencia b. Limpieza y orden c. Cuidado de los materiales y de los espacios comunes d. Actitud y comportamiento en clase

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7.3. PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN Y APROBACIÓN

Como se indicaba al comienzo del capítulo, las Normas del Aula serán elaboradas, revisadas y aprobadas anualmente por el profesorado y el alumnado que convive en el aula, coordinados por el tutor del grupo.

El proceso para elaborarlas comenzará en las primeras sesiones del curso y será el siguiente:

1. Toma de conciencia de la necesidad de elaborar dichas normas. 2. Debate dirigido sobre el modelo propuesto por el Claustro de Profesores 3. Adaptación de dicho modelo y elaboración de uno propio 4. Publicación de las Normas en un documento

Las normas así obtenidas pasarán a ser evaluadas por el Consejo Escolar del Centro en su primera reunión ordinaria del curso. Dicho órgano comprobará que las normas del aula no vulneran las establecidas con carácter general para todo el centro.

Una vez aprobadas por el director, las Normas del Aula, pasarán a ser de obligado cumplimiento para todos los miembros del grupo.

El tutor las publicará, en forma de cartel, en un lugar preponderante del aula.

A final de curso, el tutor realizará una evaluación de las mismas, realizando propuestas de mejora, si las hubiera, para el curso siguiente.

8. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

“LOMCE Art. 124.3 - Los miembros del equipo directivo y los profesores y profesoras serán considerados autoridad pública. En los procedimientos de adopción de medidas correctoras, los hechos constatados por profesores, profesoras y miembros del equipo directivo de los centros docentes tendrán valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad «iurs tantum» o salvo prueba en contrario, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos derechos o intereses, puedan señalar o aportar los propios alumnos y alumnas”.

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A continuación, se enumeran los derechos y obligaciones de todos los miembros de la comunidad educativa (alumnos, profesores, familias), incluyendo las condiciones de participación del alumnado en la organización y funcionamiento del centro, con especial relevancia a aquellos derivados de la normativa de desarrollo de la Ley 3/2012, de Autoridad del profesorado.

8.1. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS

DERECHOS: Los alumnos y alumnas tienen derecho a: ● Recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su

personalidad. ● Que se respeten su identidad, integridad y dignidad personales. ● Que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con

objetividad. ● Recibir orientación educativa y profesional. ● Que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas y morales, de

acuerdo con la Constitución. ● La protección contra toda agresión física o moral. ● Participar en el funcionamiento y en la vida del centro, según lo dispuesto en las

Normas vigentes.

● Recibir las ayudas y apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo.

● La protección social en el ámbito educativo, en los casos de infortunio familiar o accidente.

DEBERES: Son deberes de los alumnos y alumnas: ● Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades. ● Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las escolares y

complementarias. ● Seguir las directrices del profesorado. ● Asistir a clase con puntualidad. ● Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de

un adecuado clima de estudio en el centro, respetando el derecho de sus compañeros a la educación y la autoridad y orientaciones del profesorado.

● Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

● Respetar las normas de educación, convivencia y disciplina del centro educativo.

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● Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales didácticos.

8.2. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PROFESORES

DERECHOS: Los maestros y maestras del centro tienen derecho a: ● A la protección jurídica del ejercicio de sus funciones. ● A la atención y asesoramiento por la Consejería con competencias en materia de

enseñanza no universitaria que le proporcionará información y velará para que tenga la consideración y el respeto que se merece.

● Al prestigio, crédito y respeto hacia su persona, su profesión y sus decisiones pedagógicas por parte de los padres, madres, alumnado y demás miembros de la comunidad educativa.

● A solicitar la colaboración de los docentes, equipo directivo, padres o representantes legales y demás miembros de la comunidad educativa en la defensa de sus derechos derivados del ejercicio de la docencia.

● Al orden y la disciplina en el aula que facilite la tarea de enseñanza. ● A la libertad de enseñar y debatir sobre sus funciones docentes dentro del marco

legal del sistema educativo.

● A tomar medidas disciplinarias ante las conductas disruptivas que se ocasionen en el aula y que impidan crear un buen clima de enseñanza-aprendizaje.

● A tener autonomía para tomar las decisiones necesarias de acuerdo con las normas de convivencia establecidas, que le permitan mantener un adecuado clima de convivencia y respeto durante las clases, las actividades complementarias y extraescolares.

● Recibir puntual información de cuanto afecte al funcionamiento del centro. ● Participar con voz y voto en las reuniones del Claustro. ● Elevar propuestas e informes al Claustro de profesores. ● Conocer el PEC, el PCC y la PGA, así como aportar propuestas para su

elaboración. ● Poder acceder a los órganos unipersonales y colegiados del centro de acuerdo con

la normativa vigente. ● Participar en la programación y ejecución de todo tipo de actividades escolares y

complementarias o extracurriculares. ● Usar el material y las instalaciones del centro de acuerdo con los criterios que se

establecen en estas Normas de convivencia, organización y funcionamiento. ● Ejercer sus funciones de docencia con libertad de cátedra, dentro del marco de la

constitución, respetando siempre los principios del PEC, así como los criterios definidos en el Proyecto Curricular del centro (PCC).

● Participar en actividades de perfeccionamiento y formación organizadas por las instituciones educativas de acuerdo con la normativa vigente.

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DEBERES: Los maestros y maestras del centro tienen el deber de: ● Asistir a clase con puntualidad y respetar los horarios establecidos, así como el

calendario de actividades establecido en la PGA. ● Asistir a las reuniones de Claustro y Consejo escolar convocadas

reglamentariamente por el director/a del centro y aceptar los acuerdos que en ellas se adopten.

● Velar por el cumplimiento de las normas establecidas por el Claustro y el Consejo escolar, respetando las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro.

● Colaborar con los órganos de gobierno y los de coordinación didáctica. ● Formar parte de los equipos de nivel, y en su caso, ser coordinador de nivel. ● Ser tutor, desempeñando todas las funciones inherentes a la tutoría. ● Cumplimentar la documentación académica correspondiente. ● Programar sus actividades docentes de acuerdo con el PEC y la Propuesta

Curricular de centro. ● Atender y cuidar al alumnado en los periodos de recreo y en otras actividades

complementarias o extracurriculares.

● Informar periódicamente a las familias de la evaluación en el proceso de aprendizaje de sus hijos y de aquellos aspectos de especial relevancia que pudieran influir sobre los mismos.

● Notificar cualquier ausencia al jefe de estudios y justificar la misma, según las normas vigentes.

● Asegurar de forma permanente su propio perfeccionamiento científico y pedagógico.

● Autoevaluar su propia actividad. ● Respetar la dignidad, integridad e intimidad de los alumnos, así como su libertad

de conciencia y sus convicciones religiosas y morales.

El Profesor como Autoridad Pública. El profesorado tendrá, en el desempeño de las funciones docentes, de gobierno y disciplinarias, la condición de autoridad pública y gozará de la protección reconocida a tal condición por el ordenamiento jurídico.

C.2.2. La Presunción de Veracidad del Profesor. Los hechos constatados por el profesorado en el ejercicio de las competencias correctoras o disciplinarias gozarán de la presunción de veracidad cuando se formalicen por escrito en el curso de los procedimientos administrativos tramitados en relación con las conductas que sean contrarias a las normas de convivencia, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos derechos o intereses, puedan ser señaladas o aportadas por los presuntos responsables.

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8.5. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS FAMILIAS

DERECHOS: Los padres, madres o tutores, en relación con la educación de sus hijos, tienen los siguientes derechos: ● A que reciban una educación, con la máxima garantía de calidad, respetando los

fines de la Constitución, el Estatuto de Autonomía y Leyes educativas. ● A escoger libremente el centro docente, tanto público como privado. ● A que reciban la formación religiosa y moral de acuerdo con sus propias

convicciones. ● A estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socio-

educativa de sus hijos, así como de cualquier otra actividad complementaria o extracurricular.

● A participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos. ● A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro

educativo, según establecen las Leyes. ● A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y

profesional de sus hijos.

● A conocer toda la normativa por la que se rige la comunidad educativa (Proyecto educativo y Curricular del centro, Plan de convivencia, …).

● A proponer y programar actividades complementarias y extracurriculares a través del Consejo escolar.

● A asociarse libremente en Asociaciones de padres y madres de alumnos según la normativa vigente, a tener reuniones en las dependencias del centro para tratar asuntos relacionados con la educación de sus hijos y participar en actividades de formación.

● A conocer las faltas de asistencia que se atribuyen a sus hijos, así como a ser informados sobre los problemas de convivencia de los mismos.

DEBERES:

Son deberes de las madres y padres de alumnos: ● Adoptar las medidas necesarias para que sus hijos cursen las enseñanzas

obligatorias y asistan regularmente a clase. ● Proporcionar, según sus disponibilidades, los recursos y condiciones

necesarias para el progreso escolar. ● Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les

encomienden. ● Participar en las actividades realizadas en los centros con las familias para

mejorar el rendimiento de sus hijos. ● Conocer, participar y apoyar la evolución del proceso educativo en colaboración

con los profesores y los centros. ● Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la autoridad y las

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indicaciones y orientaciones del profesorado. ● Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa. ● Conocer y cumplir las normas básicas aprobadas en el centro. ● Asistir a reuniones, respetando los horarios establecidos y colaborar con el

profesorado valorando la labor educativa. ● Responsabilizarse del cuidado y mantenimiento de los materiales curriculares de

sus hijos. ● Participar en actividades extracurriculares y complementarias. ● Realizar las reclamaciones siguiendo los procedimientos legalmente establecidos (ver

Apdo. 6.2.1.)

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9. LA GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO

9.1 RESPONSABLES

El profesorado y el Claustro de profesores - El profesorado tiene la responsabilidad de contribuir a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, tolerancia, participación y libertad que fomenten en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática. También podrá participar voluntariamente en el equipo de mediación. - El Claustro debe informar las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro, conocer la resolución de conflictos disciplinarios, la imposición de sanciones y proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

La dirección del centro El director tiene la responsabilidad de favorecer la convivencia en el centro, garantizar los procedimientos más adecuados para la resolución de los conflictos e imponer las medidas correctoras previstas.

EL CONSEJO ESCOLAR El Consejo escolar tiene la responsabilidad de conocer la resolución de conflictos disciplinarios, velar por que se atengan a la normativa vigente y proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia del centro, la educación en valores y la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

La Comisión de Convivencia del Consejo Escolar Su misión es velar por el correcto ejercicio de los derechos y deberes del alumnado y por el cumplimiento de las normas de convivencia recogidas en el presente documento. Está formada por los siguientes miembros componentes del citado Consejo:

• Director del centro • Jefe de estudios • Un representante del profesorado • Un representante de las familias • Puede formar parte también, siempre que se considere conveniente la

Orientadora del centro y un representante del alumnado de 5º o 6º de Primaria.

La Comisión de convivencia será elegida en la primera sesión de constitución del Consejo escolar cuando se produzca la renovación parcial de éste. Si algún componente de la citada Comisión causara baja, será sustituido por el componente suplente del Consejo escolar.

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Las funciones de la Comisión de convivencia son las siguientes: • Resolver conflictos. • Mediar en los conflictos. • Canalizar las iniciativas de la comunidad educativa para mejorar la convivencia

en el centro, el respeto mutuo y la tolerancia. • Elaborar el Informe anual sobre la Convivencia en el Centro que se adjuntará a

la Memoria final de cada curso.

La Comisión de Acoso escolar Conocidos los hechos que indiquen un indicio razonable de acoso escolar en el centro, el Director constituirá una Comisión de Acoso escolar lo antes posible, nunca más tarde de 48 horas. Tendrá un funcionamiento independiente de la Comisión de convivencia y según la Resolución de 18/01/2017 de la Consejería de Educación estará integrada por los siguientes miembros:

Un miembro del equipo directivo (Jefe de Estudios) La Orientadora del centro Un miembro del equipo docente del centro, designado por el director

(el/la tutor/a del alumno) Para su funcionamiento, procedimiento, medidas preventivas y actuaciones se estará a lo dispuesto en el “Protocolo de actuación ante situaciones de acoso escolar” publicado por la Consejería de Educación en la citada Resolución de 18/01/2017 (Apdo. 9.4 de estas NCOF).

El alumnado El alumnado participará de forma activa en el proceso de elaboración, aprobación y cumplimiento de las normas de convivencia, organización y funcionamiento del aula y en la promoción de la convivencia a través de los delegados de curso (siempre que esté establecido en las normas de aula), o representante en el Consejo escolar, participando voluntariamente en los equipos de mediación.

Las familias Los padres, madres o tutores contribuyen a la mejora del clima educativo, a través de los representantes del Consejo escolar, de las Asociaciones de padres y madres de alumnos o participando voluntariamente en el equipo de mediación.

El personal de administración y servicios El personal de servicios forma parte de la comunidad escolar, dado que facilita el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje y colabora en la tutela del alumnado. Depende funcionalmente de la Dirección del centro y sus deberes y derechos son los recogidos en el Reglamento de Conserjes, aprobado por el Ayuntamiento y de la Delegación Provincial de Educación. El personal de administración y servicios del centro contribuirá de forma activa a la mejora de la convivencia.

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Los Equipos de Mediación La mediación escolar es un método de resolución de conflictos en el que, mediante la intervención imparcial de una tercera persona, se ayuda a las partes implicadas a alcanzar por sí mismas un acuerdo satisfactorio. El proceso de mediación puede utilizarse como estrategia preventiva en la gestión de conflictos entre miembros de la comunidad educativa, se deriven o no de conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia del centro. Principios de la mediación escolar: La mediación escolar se basa en los principios siguientes:

a. La libertad y voluntariedad de las personas implicadas en el conflicto para acogerse o no a la mediación y para desistir de ella en cualquier momento del proceso.

b. La actuación imparcial de la persona mediadora para ayudar a las personas implicadas a que alcancen un acuerdo sin imponer soluciones ni medidas. Para garantizar este principio, la persona mediadora no puede tener ninguna relación directa con los hechos, ni con las personas que han originado el conflicto

c. El compromiso de mantenimiento de la confidencialidad del proceso de mediación, salvo los casos que determine la normativa.

d. El carácter personal que tiene el proceso de mediación, sin que pueda existir la posibilidad de sustituir a las personas implicadas por representantes o intermediarios.

e. La práctica de la mediación como herramienta educativa para que el alumnado adquiera, desde la práctica, el hábito de la solución pacífica de los conflictos.

Proceso de mediación: el proceso de mediación, que interrumpe cualquier otro procedimiento administrativo del centro, abierto al alumno o alumna, con el mismo objeto, deberá seguir estos pasos:

1. Se puede iniciar a instancia de cualquier miembro de la comunidad educativa, ya se trate de parte interesada o de una tercera persona, siempre que las partes en conflicto lo acepten voluntariamente. Dicha aceptación exige que éstas asuman ante la dirección del centro y, en el caso de menores de edad, las madres, los padres o tutores, el compromiso de cumplir el acuerdo al que se llegue.

2. Las personas mediadoras deberán ser propuestas por la dirección del centro, de entre el alumnado, padres, madres, personal docente o personal de administración y servicios, que dispongan de formación adecuada para conducir el proceso de mediación.

3. Las personas mediadoras deberán convocar un encuentro de las personas implicadas en el conflicto para concretar el acuerdo de mediación con los pactos de conciliación y o reparación a que quieran llegar.

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4. Si el proceso de mediación se interrumpe o finaliza sin acuerdo, o si se incumplen los pactos de reparación, la persona mediadora debe comunicar estas circunstancias al director o directora del centro para que actúe en consecuencia.

Miembros del equipo: el CEIP Eduardo Sanchiz designa como miembros del equipo de mediación para los casos en que se requiera los siguientes:

• La Orientadora del centro • Los dos alumnos representantes del Consejo escolar

9.2 ACTUACIONES ANTE PROBLEMAS DE CONVIVENCIA

Las conductas contrarias a las Normas de Convivencia, así como las medidas correctoras y los procedimientos para su aplicación están recogidas en el Decreto 3/2008 de la Convivencia Escolar en Castilla-La Mancha y en el Decreto 13/2013 de Autoridad del Profesorado en Castilla-La Mancha.

Se establecen cuatro tipos de conductas susceptibles de ser corregidas:

Conductas contrarias a las Normas de Convivencia

(Artículo 22 del Decreto 3/2008)

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro

(Artículo 23 del Decreto 3/2008)

Conductas que menoscaban la autoridad del profesorado (Artículo 4 del Decreto 13/2013)

Conductas gravemente atentatorias de la autoridad del profesorado (Artículo 5 del Decreto 13/2013)

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CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA (partes leves)

¿CUÁLES SON? MEDIDAS CORRECTORAS RESPONSABLES

a) Las faltas injustificadas de asistencia a clase

o de puntualidad b) La desconsideración con los otros miembros

de la comunidad escolar c) La interrupción del normal desarrollo de las

clases d) La alteración del desarrollo normal de las

actividades del centro e) Los actos de indisciplina contra miembros de

la comunidad escolar f) El deterioro intencionado de cualquier material

del centro o de otros miembros de la comunidad escolar

a) La restricción de uso de

determinados espacios y recursos del centro

b) La sustitución del recreo por una

actividad alternativa (sin recreo) c) El desarrollo de las actividades

escolares en un espacio distinto al aula, bajo el control del profesorado

d) La realización de tareas escolares en

el centro en horario no lectivo, con el conocimiento y aceptación de los padres

TUTOR

Cualquier profesor

Cualquier profesor

TUTOR

PROCEDIMIENTO: cualquier profesor en el transcurso de la clase o de otra actividad puede imponer el parte, comunicándolo a Jefatura de Estudios. La conducta se graba en Delphos, con la medida correctora establecida según se indica en esta tabla. Se comunica a la familia y se da copia al tutor para su archivo y seguimiento. El 5º parte leve que se imponga se considerará como Conducta gravemente perjudicial (h), con la medida correctora que se indica en la siguiente tabla.

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CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO (partes graves)

¿CUÁLES SON? MEDIDAS CORRECTORAS RESPONSABLES

a) Actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo

normal de las actividades del centro b) Injurias u ofensas graves contra otros miembros de la

comunidad escolar c) Acoso o violencia contra personas, y las actuaciones

perjudiciales para la salud y la integridad personal d) Vejaciones o humillaciones, particularmente las de género,

sexual, religiosa, racial o xenófoba e) Suplantación de personalidad, la falsificación o sustracción

de documentos y material académico f) Deterioro grave e intencionado de las dependencias del

centro, de su material, o pertenencias de otros miembros de la Comunidad Educativa.

g) Exhibir símbolos racistas, emblemas o manifestación de

ideologías que preconicen violencia, xenofobia o terrorismo h) Reiteración de conductas contrarias a las normas de

convivencia del centro (5 partes leves)

a) Realización en horario no lectivo de tareas

educativas por un periodo superior a una semana e inferior a un mes

b) Suspensión de la participación en determinadas

actividades extraescolares o complementarias durante un periodo inferior a un mes

c) Cambio de grupo o clase d) Expulsión del centro (hasta 5 días lectivos) e) Expulsión del centro (entre 6 y 10 días) f) Expulsión del centro (entre 11 y 15 días) g) Cambio de centro

DIRECTOR

PROCEDIMIENTO: cualquier profesor puede imponer un parte grave. Se comunica al Director y Jefe de Estudios, se procede a su grabación en Delphos y se da traslado a la Comisión de Convivencia. Posteriormente se comunica a la familia, con la que se mantendrá una reunión informativa. La familia podrá recurrir la medida al Consejo Escolar. En el caso de expulsión del centro, el Equipo docente del alumno deberá preparar un plan de trabajo para el periodo de suspensión de asistencia al centro.

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CONDUCTAS QUE MENOSCABAN LA AUTORIDAD DEL PROFESORADO

¿CUÁLES SON? MEDIDAS CORRECTORAS RESPONSABLES

a) Los actos que, menoscabando la autoridad del profesorado, perturben, impidan o dificulten el desarrollo normal de las actividades de la clase o del centro

b) La desconsideración hacia el profesorado,

como autoridad docente c) El incumplimiento reiterado de los alumnos

de su deber de trasladar a sus padres la información relativa a su proceso de enseñanza y aprendizaje

c) El deterioro intencionado del material que

utilice el profesorado para desarrollar su actividad docente

a) Realización de tareas escolares en el centro en horario no lectivo por un tiempo mínimo de 5 días lectivos

b) Suspensión de participar en actividades

complementarias o extraescolares por un periodo mínimo de 5 días y máximo de 1 mes

c) Suspensión del derecho de asistencia a

determinadas clases, por un plazo máximo de 5 días a contar desde el día que se cometió la conducta infractora

d) Expulsión del centro por un plazo

mínimo de 5 días y máximo de 10

Cualquier profesor

DIRECTOR

PROCEDIMIENTO: se procederá tal y como se establece en las conductas anteriores. En caso de expulsión del alumno,

igualmente se estará a lo dispuesto en el Artículo 26.d) del Decreto 3/2008 de la Convivencia Escolar en Castilla-La Mancha.

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CONDUCTAS GRAVEMENTE ATENTATORIAS DE LA AUTORIDAD DEL PROFESORADO (partes graves)

¿CUÁLES SON? MEDIDAS CORRECTORAS RESPONSABLES

a) Actos de indisciplina perjudiciales para el profesorado o

el funcionamiento de la clase b) Interrupción reiterada de las clases y actividades

educativas c) Acoso o violencia contra el profesorado y las actuaciones

perjudiciales para su salud y su integridad personal d) Injurias, ofensas graves, vejaciones o humillaciones

hacia el profesorado e) Suplantación de identidad, falsificación o sustracción de

documentos que estén bajo responsabilidad del profesorado

f) Introducción de objetos o sustancias peligrosas para la

salud y la integridad personal del profesorado g) Utilizar y exhibir símbolos o manifestar ideologías que

supongan un menoscabo de la autoridad y dignidad del profesorado

h) Incumplimiento de las medidas correctoras impuestas

con anterioridad

a) Realización de tareas educativas en el centro en

horario no lectivo por un tiempo mínimo de 10 días y máximo de 1 mes

b) Suspensión del derecho a participar en determinadas

Activ.Ext. o Comp. en el trimestre que se ha cometido la conducta infractora

c) El cambio de grupo o clase d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas

clases por un periodo superior a 5 días e inferior a 1 mes

e) Expulsión del centro por un periodo mínimo de 10 días

y un máximo de 15 f) Cambio de centro g) Pérdida del derecho de la evaluación continua

DIRECTOR

EL PROCEDIMIENTO será similar al establecido en las Conductas gravemente perjudiciales.

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9.3 PROCEDIMIENTO Y TRÁMITE DE AUDIENCIA A LAS FAMILIAS

Para el procedimiento de adopción de las medidas correctoras del apartado anterior se estará a los dispuesto en el Decreto 3/2008, de la Convivencia escolar en CLM, en su Artículo 28: “será preceptivo, en todo caso, el trámite de audiencia al alumno o alumna, las familias y el conocimiento del profesor responsable de la tutoría” (Anexo 1.6) INSTRUCCIONES A SEGUIR: 1.- Deberá contactarse telefónicamente con los padres/tutores del alumno, a efectos de citarles a comparecencia donde se les entregará el modelo adjunto de audiencia que corresponda. Del hecho y contenido de dicha conversación telefónica, deberá dejarse constancia con una breve diligencia suscrita por quien la realice (ya sea el tutor, jefe de estudios o director). Sería algo parecido a “Diligencia que se extiende para dejar constancia que a las X horas del día X, se ha mantenido conversación telefónica con D/Dª ----------, padres/tutores del alumno -------------------, indicándoles que deben comparecer en las dependencias de este centro el día X a la hora X, a efectos de informarles personalmente de hechos en relación con su hijo/a, y escuchar cuanto tengan que decir al respecto tanto el/la menor, como los padres/tutores del mismo”. 2.- El día de la comparecencia personal, se hará entrega del modelo adjunto de audiencia debidamente cumplimentado, pidiendo a los padres/tutores que firmen una copia del mismo. 3.- En el acto de la comparecencia –en el que deberá estar presente también el alumno - se expondrán las circunstancias dejando claro que no se trata de un castigo, sino de una medida correctora con contenido educativo, adoptada en interés del menor. 4.- Una vez oídas las alegaciones de los comparecientes se levantará acta del trámite de audiencia, en la que se reflejará el contenido de la reunión, y en la que – básicamente - se dejará constancia del día, hora, asistentes, y manifestaciones realizadas por los padres y el menor tras la exposición de los hechos por el representante del centro. 5.- Igualmente, al final del acto de comparecencia, se entregará la resolución según modelo adjunto –acorde con lo reflejado en el modelo de trámite de audiencia -, si no se han realizado alegaciones que determinen modificación en los hechos, calificación de los mismos y medida aplicable. En otro caso se dará a la resolución el contenido que proceda. 6.- En el supuesto de que citados por teléfono, no se personaran el día y hora acordados, ni comunicasen excusa para no hacerlo, se remitirá el modelo por correo con acuse de recibo, indicando que disponen de un plazo de dos días lectivos – a contar desde el siguiente al de recepción- para personarse en el centro y manifestar cuanto estimen oportuno, o bien formular alegaciones por escrito en igual plazo. Transcurrido el plazo de alegaciones –hayan o no formulado éstas- se notificará la resolución que corresponda por correo. 7.- Es importante informar de la posibilidad de reclamar la decisión conforme al modelo adjunto, en el cual se establecen garantías adicionales a las previstas en el Decreto 3/2008, y que resultan ajustadas a Derecho. 8.- La medida, siempre que resulte compatible con su naturaleza, no debe ser ejecutada hasta que se haya resuelto la posible reclamación contra la resolución que la acuerde. 9.- Para la aplicación de las medidas correctoras que conlleven Expulsión del centro, el tutor del alumno establecerá un Plan de Trabajo con las actividades a realizar en casa, donde se establecerá la forma de seguimiento y control durante el periodo de no asistencia al centro, para garantizar así el derecho a la evaluación continua del alumno. En la adopción de esta medida tienen el deber de colaborar las madres, padres o representantes legales del alumno.

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9.4 PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN ANTE DISTINTAS SITUACIONES QUE PUEDEN

ALTERAR EL CLIMA DE CONVIVENCIA DEL CENTRO

Se establecen los siguientes Protocolos de Actuación ante distintas situaciones que pueden alterar el clima de convivencia del centro en las cuales deberemos intervenir siguiendo la Normativa establecida al efecto. Son los siguientes:

PROTOCOLO DE ACOSO ESCOLAR

Aplicaremos la Resolución de 18/01/2017, de la Consejería de Educación, en la que se establecen los pasos a seguir ante estas situaciones. Para facilitar la aplicación de esta Resolución tenemos a nuestra disposición la “Guía de Actuación ante situaciones de Acoso escolar” que la Consejería publicó para ese fin. Disponible en el Portal de Educación de la Junta http://www.educa.jccm.es y en la página web del centro http://ceip-eduardosanchiz.centros.castillalamancha.es. La Resolución recoge el procedimiento a seguir en la apertura y desarrollo del Protocolo de actuación, donde básicamente hay que ir formalizando los distintos Anexos que forman la Resolución. El I y II son explicativo-descriptivos de las situaciones de Acoso y a partir del III es donde viene detallado el proceso ejecutivo del Protocolo de actuación (Anexo 3.1) - ANEXO III. Comunicación de hechos susceptibles de ser considerados acoso

escolar: agentes implicados (alumno acosado, acosadores, comunicante/s) y descripción de los hechos susceptibles de ser considerados como una situación de acoso.

- ANEXO IV. Constitución de la Comisión de acoso escolar: miembros de la misma (detallado en Apdo. 9.1), datos de víctima y acosadores, información disponible y medidas inmediatas adoptadas.

- ANEXO V. Plan de actuación: con las siguientes partes-fases:

A. Proceso de recogida y análisis de información: A.1. entrevistas realizadas a los distintos agentes de la situación A.2. Indicadores de acoso: agresiones, maltrato psicológico, … A.3. localización de las agresiones A.4. valoración de los hechos analizados B. Medidas adoptadas. En relación al alumno acosado, alumnado acosador, observadores, familias, profesionales del centro. C. Servicios, entidades y/o instituciones a las que se deriva el caso. D. Procedimientos para realizar el seguimiento de las medidas adoptadas. E. Observaciones.

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- ANEXO VI. Documentos de apoyo al Protocolo:

A. Comportamientos susceptibles de ser considerados acoso escolar: 1. Bloqueo y/o exclusión social 2. Hostigamiento y acoso psicológico 3. Manipulación por distorsión de la imagen social de la víctima 4. Coacciones 5. Intimidación, chantaje y amenazas 6. Amenazas 7. Agresiones 8. Discriminación por motivos de género, raza, identidad sexual, orientación

sexual, capacidad u otras características diferenciales 9. Acoso sexual

B. Legislación relacionada. C. Enlaces a materiales y recursos institucionales de apoyo a la prevención y

actuación ante casos de acoso escolar. D. Direcciones de interés.

PROTOCOLO DE IDENTIDAD Y EXPRESIÓN DE GÉNERO Publicado por el Instituto de la mujer, regula las actuaciones a seguir para tratar los casos sobre identidad y expresión de género para ofrecer una atención adecuada a los niños “trans” y al resto de la diversidad sexual y de género de nuestra región. Las actuaciones a llevar a cabo abarcan diferentes ámbitos, desde el de Igualdad de Género: Instituto de la mujer, ámbito educativo, servicios sociales y sanitario. En lo que respecta al ámbito educativo, el Protocolo recoge las siguientes: - ACTUACIONES DE PREVENCIÓN Y SENSIBILIZACIÓN Los centros educativos deben incluir en su PGA actividades de sensibilización entre las que se incluirán charlas, talleres o jornadas, para visibilizar la realidad del alumnado trans y del resto de la diversidad sexual y de género, dejando clara la posición contraria del centro a la discriminación por LGTBIfobia y contra cualquier tipo de violencia por razón de identidad y/o expresión de género u orientación sexual.

- COMUNICACIÓN E IDENTIFICACIÓN Cuando cualquier miembro de la comunidad educativa del centro escolar detecte alumnado que pudiera presentar indicadores (Anexo 3.2) que manifiesten que su sexo de asignación difiere de su identidad de género:

• Lo pondrá en conocimiento del tutor del grupo-clase que, a su vez lo trasladará a la jefatura de estudios y conjuntamente se procederá a la derivación al o la responsable de orientación, conforme al procedimiento de derivación establecido en el centro.

• Se informará a la familia de los aspectos observados/valorados en el contexto escolar.

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• La orientadora, previo consentimiento de la familia (Anexo 3.2) iniciará una valoración del impacto de la posible transfobia experimentada dentro del contexto educativo, para lo que se prestará especial atención a los aspectos psico-sociales, emocionales, de relación y familiares.

• Se facilitará información a la familia sobre los recursos públicos existentes al respecto y se procederá a la derivación voluntaria del alumno o alumna a los servicios o instituciones que considere necesarias en función de las características de la persona menor y/o su familia.

• En el caso de que los responsables legales de la persona menor o alguno de ellos, muestren señales de no respetar la identidad sexual de la misma, se pondrá en conocimiento del Servicio de Familia y Menores de la Consejería de Bienestar Social.

• Cuando la madre, el padre o las personas representantes legales de la alumna o el alumno comuniquen por escrito al centro que su hijo o hija tiene una identidad de género que no coincide con el sexo asignado Se trasladará esta información, de manera inmediata, al equipo docente .y posteriormente se trasladará al Servicio de Inspección Educativa. Para ello, debe contarse con la autorización familiar de intercambio de información por escrito

• Cuando el centro tenga constancia de que se trata de una persona cuya identidad de género es diferente a su sexo de asignación se podrá poner en marcha el Plan de Actuación Escolar abajo descrito (Anexo 3.2).

- PLAN DE ACTUACIÓN ESCOLAR La orientadora, el equipo directivo y el tutor diseñarán un Plan de Actuación que incluirá:

• Medidas de información y sensibilización dirigidas al alumnado del centro para trabajar cuestiones sobre identidad de género a fin de conseguir un buen desarrollo y aceptación del proceso de tránsito social de su compañero o compañera.

• Actuaciones formativas dirigidas al equipo directivo, orientador y equipo docente del centro llevadas a cabo por profesional cualificado en promoción de igualdad de género y coeducación.

• Actuaciones de sensibilización e información dirigidas a las familias y asociaciones de madres y padres del centro educativo relacionadas con la diversidad de género y sexual en la infancia y adolescencia. El centro podrá recurrir a las asociaciones, profesionales o entidades especializadas en trabajar con la diversidad sexual y/o de género que crea necesarias para llevarla a cabo.

• Derivación voluntaria del alumnado a los servicios o instituciones que considere necesarias en función de las características de la persona menor y/o su familia

• Medidas organizativas en el centro escolar: - Se indicará al profesorado y personal de administración y servicios del centro que se

dirija al alumnado trans por el nombre elegido por éste. - Se permitirá a la alumna o al alumno usar la vestimenta que, por elección, considere que

se ajuste a su identidad. - Independientemente de que en los documentos oficiales aparezca el nombre legal hasta

que por resolución judicial se proceda al cambio, se le denominará con el nombre elegido en los documentos internos no oficiales, en listas de clase, exámenes, carnet de alumna o alumno, biblioteca, etc. En las mismas condiciones y con las misma forma que al resto del alumnado.

- Se permitirá que acuda a los baños y vestuarios que se correspondan con su identidad en caso de que el centro no cuente con baños mixtos.

- En las actividades extraescolares que el centro educativo pueda realizar como excursiones, viajes de fin de curso, etc. Se garantizará que este alumnado participe

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atendiendo a su identidad sexual, sin que ello suponga una discriminación por su condición, y se facilitará que las medidas que se están aplicando en el centro tengan continuidad en este tipo de actividades.

A partir de que exista una resolución judicial u otra medida que autorice legalmente, el cambio de nombre en el registro civil, se harán efectivos los cambios en los documentos oficiales escolares. Las Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del centro deberán incluir los aspectos recogidos en el presente protocolo.

PROTOCOLO DE TDAH

Disponible en el Portal de Educación de la Junta con el nombre: Guía TDAH CLM (Ideas clave para la respuesta educativa para el alumnado TDAH), y en nuestra página web del centro http://ceip-eduardosanchiz.centros.castillalamancha.es. Para su aplicación práctica en el centro, se presentan una serie de recomendaciones generales para el aula con el objetivo de favorecer el proceso de aprendizaje del niño con TDAH. Éstas pueden dividirse en tres grupos: las que hacen referencia a la metodología o forma de dar las clases, las que inciden en el entorno de trabajo y, finalmente, se apuntan algunas características personales y profesionales del buen maestro o educador. Metodología para dar las clases

1. Cómo dar instrucciones. Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las instrucciones por parte del alumno será necesario, en primer lugar, que se establezca contacto ocular o proximidad física con el niño, asegurando así su atención. Se darán las instrucciones de una en una y éstas serán concretas, cortas y en un lenguaje positivo. Una vez se cumplan, serán elogiadas inmediatamente.

2. Cómo explicar los contenidos académicos. Conviene que las explicaciones del maestro sean motivadoras, por ejemplo, acercando el tema a la vida cotidiana del niño y dinámicas, de modo que permitan una participación frecuente por parte del alumno. Es importante que estén estructuradas y organizadas, y que el maestro se asegure de la comprensión por parte del alumno.

3. Asignación de deberes y tareas. Con el objetivo de saber si el niño con TDAH sabe o no sabe el temario, es importante que las tareas tengan un formato simple y claro, y que se asignen en una cantidad justa. En caso de tratarse de actividades largas, convendría fragmentarlas. Igualmente, será imprescindible una supervisión y refuerzo constante. También puede ser útil el uso de registros o contratos con el fin de facilitarle la planificación y realización de los deberes.

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El entorno de trabajo

Con el objetivo de reducir al máximo posible los estímulos distractores, el niño con TDAH se beneficiará cuando su asiento se sitúe cerca del maestro, facilitando el contacto ocular y la supervisión por parte de éste, lejos de murales, ventanas u otros elementos decorativos.

El maestro del alumno con TDAH

Dado que el maestro del alumno con TDAH es un pilar fundamental en la intervención del trastorno, es importante que esté informado y que sepa trabajar con estrategias específicas aplicables en el aula.

También debe conocer y creer en las posibilidades de sus alumnos, buscar alternativas para adaptarse a sus necesidades específicas y colaborar así en el desarrollo de su máximo potencial.

El joven estudiante

Es tarea del maestro también poder ayudar al niño o joven con TDAH a organizar y planificar sus tareas. Algunas orientaciones para ello podrían ser:

• Ayudar al chico a que se marque objetivos concretos y cortos. Si la tarea es muy larga fragmentarla. Para todo ello se puede ayudar de registros o contratos.

• Animarle a utilizar la agenda de forma sistemática, supervisarle y felicitarle por su uso.

• Asegurarse de que dedica un tiempo al estudio, al repaso diario y a organizar sus apuntes y tareas diarias.

• Mostrarle la importancia de evitar los estímulos distracto- res durante el tiempo de estudio y trabajo (música, llama- das telefónicas...).

• Practicar el uso de esquemas y resúmenes, muy importante para la preparación de controles y exámenes.

PROTOCOLO DE ABSENTISMO ESCOLAR

Recogido en la Orden de 09/03/2007 de las Consejerías de Educación y Bienestar Social, establece los criterios y procedimientos para la prevención, intervención y seguimiento del Absentismo escolar en Castilla-La Mancha. - ¿Qué entendemos por Absentismo Escolar? se considera absentismo escolar la falta

de asistencia regular y continuada a clase del alumnado en edad de escolaridad obligatoria, sin motivo que lo justifique.

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La orden aborda el asunto desde las medidas preventivas, pasando a las de intervención y seguimiento, finalizando con la regulación de las comisiones de absentismo.

- Medidas Preventivas. • Campañas de sensibilización y concienciación de la población en general • Programas de intervención socio-educativa en la familia y en la comunidad para la

prevención y reducción del absentismo • Programas dirigidos a todas las familias, con la colaboración de la AMPA y Ayto.,

para favorecer los procesos de acogida del alumnado de nueva incorporación • Actividades de ocio y tiempo libre de carácter educativo que fomenten en el

alumnado valores de compromiso y desarrollo personal • Actuaciones para garantizar el acceso a los servicios complementarios (comedor

escolar, aula matinal) • Programas de acompañamiento escolar • Actuaciones conjuntas Colegio-Servicios Sociales • Atención adecuada a los temporeros

- Medidas para la Intervención y seguimiento.

En caso de absentismo, se pondrán en marcha las siguientes actuaciones (esquematizadas en Anexo 3.3): 1º. El tutor llevará un control de la asistencia diaria. En caso de observar la situación de

absentismo se pondrá en primer lugar en contacto con la familia para comunicar la situación. Al mismo tiempo informará al equipo directivo de esta actuación.

2º. En caso de no remitir la situación, el tutor (si es preciso con el concurso del equipo

directivo), mantendrá una entrevista con la familia. 3º. Si la situación continúa, el Equipo de Orientación deberá realizar una valoración

personal y escolar del alumno/a. 4º. Cuando de dicho informe se deduzca que predominan los factores socio-familiares, se

solicitará a los Servicios Sociales la valoración de la situación socio-familiar. 5º. Una vez realizada, el Equipo de Orientación, con la colaboración de los SS.SS, si

fuese necesario, acordarán las medidas adecuadas para dar respuesta a la situación de absentismo, que se concretarán en un Plan de intervención socioeducativa con el alumnado y la familia.

6º. Se informará del proceso al Servicio de Inspección para garantizar el cumplimiento

de los derechos y deberes del alumnado y de las familias. 7º. El tutor, y los SS.SS, cuando intervengan, realizarán un Seguimiento periódico,

con un plazo fijo en los momentos iniciales y variable a partir de su desaparición. 8º. Se solicitará colaboración al Ayuntamiento para el seguimiento del alumnado que

presenta una situación prolongada de absentismo.

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- Comisión de absentismo.

Será el órgano encargado de coordinar y promover el desarrollo de actuaciones para la prevención, intervención y seguimiento sobre absentismo en el centro. Está formada por los siguientes miembros:

• Representantes del CEIP: J.Estudios y Orientadora • Servicios Sociales: Educadora Programa Familia y Trabajadoras sociales • Ayuntamiento: un representante de la policía local

La Comisión se reunirá una vez al mes, con una sesión inicial (octubre) y final (junio) conjunta con el IES José Isbert, donde se analizan globalmente los problemas de absentismo en el municipio. Son funciones de la Comisión: - Valorar la incidencia y analizar las causas y efectos del absentismo en la zona

geográfica de actuación. - Conocer las actuaciones que en materia de absentismo se están desarrollando en el

centro. - Proponer a los responsables municipales, educativos y de Bienestar Social, iniciativas

para la prevención y eliminación del absentismo escolar. - Elaborar una memoria anual de la situación en su zona de actuación.

PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN DE LA MUTILACIÓN GENITAL FEMENINA

Publicado por el Instituto de la mujer en 2017, desarrolla la identificación y actuaciones a seguir para prevenir los casos que se detecten en estas niñas provenientes del África central. Objetivo. El objetivo general es prevenir la práctica de la mutilación genital femenina (en adelante se denominará MGF) proporcionando orientación en la identificación de la población de riesgo a las y los profesionales que intervienen frente a este tipo de violencia de género a fin de evitar que se practique la MGF en niñas que viven en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, sin dejar de prestar atención a las mujeres que hayan sido víctimas de esta práctica. Contenido. El Protocolo consta de una primera parte en la que se analiza el significado de esta práctica desde las múltiples perspectivas que ayudan a comprender su magnitud, además se aborda el concepto de MGF, los diferentes tipos de prácticas, las consecuencias para la salud y el marco jurídico. Esta primera parte finalizará con el análisis de la realidad en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

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La segunda parte consta de un abordaje integral para prevenir los casos de MGF que se detecten en la Comunidad y ofrece medidas concretas de intervención (de sensibilización, prevención y tratamiento), en los diferentes ámbitos, así como la coordinación entre ellos. El protocolo finaliza con la evaluación a través de Comisiones de seguimiento. Factores de riesgo. El/la profesional mejor situado/a para identificar factores de riesgo e impedir la MGF en las niñas se corresponden con quienes actúan en los sistemas: sanitario, educativo, social y comunitario. Para evitar la práctica de la MGF es fundamental conocer los factores de riesgo, a saber:

- Ser mujer - Tener menos de 15 años - Nacer en una familia que procede de un país donde se practica la MGF,

perteneciente a una etnia-comunidad-tribu con prevalencia de esta tradición cultural

- Pertenecer a una familia en la que alguna mujer ya haya sido víctima de MGF - Previsión de viaje a un país donde se practica la MGF (riesgo inminente)

Mapa de prevalencia. Países de África en los que se practica la MGF (prevalencia)

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Intervención y recomendaciones. Si el profesorado detecta una situación de riesgo relativo (dudas o posicionamiento favorable de la familia ante la MGF) o inminente (viaje de la niña a un país donde se practica), comunicará al equipo directivo y al equipo de orientación y apoyo esta situación para que se ponga en marcha el abordaje interdisciplinar, que consiste en una valoración conjunta del riego procediendo a emitir las correspondientes hojas de notificación (Anexos 3.4) tanto al centro de salud como a los servicios sociales de la localidad, poniendo en conocimiento desde el centro escolar la situación detectada. El/la trabajador/a social de la localidad informará al Equipo de Orientación y Apoyo del centro de las actuaciones realizadas y del resultado final de las mismas.

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PROTOCOLO DE ACOSO LABORAL

Regulado por Resolución de 19/04/2018, de la Dirección general de la función pública, el objeto de este Protocolo es establecer un procedimiento de prevención, identificación, evaluación e intervención ante situaciones que pudieran constituir acoso en el lugar de trabajo en el ámbito de la Administración de la JCCM. El procedimiento que se desarrolla en este protocolo tiene como principios rectores asegurar el respeto, la dignidad y la integridad de las personas afectadas, la imparcialidad y la objetividad.

Con el objetivo de asegurar el derecho a la protección de su dignidad en el trabajo de todas las personas que integran el centro, la Administración de la JCCM se compromete a:

- Garantizar un entorno laboral positivo, saludable y libre de acoso en el lugar de trabajo, donde sea perseguida cualquier conducta de acoso.

- Rechazar todo tipo de conducta de acoso en el lugar del trabajo, en todas sus formas y modalidades.

- Garantizar a su personal el derecho a plantear una queja o reclamación en esta materia, sin temor a ser objeto de intimidación, trato injusto, discriminatorio o desfavorable.

- Garantizar la salud laboral de sus trabajadores/as.

Concepto de Acoso Laboral. A los efectos de este protocolo, se define el acoso psicológico en el trabajo como la exposición a conductas de violencia psicológica intensa, dirigidas de forma reiterada y prolongada en el tiempo, hacia una o más personas por parte de otra/s que actúan frente a aquélla/s desde una posición de poder (no necesariamente jerárquica sino en términos psicológicos), con el propósito o el efecto de crear un entorno hostil o humillante que perturbe la vida laboral de la víctima.

Procedimiento de actuación.

El procedimiento de actuación se inicia con una comunicación de presunto acoso que se cumplimentará según el modelo establecido como Anexo 3.5, que irá dirigido al Director Provincial de Educación. En la presentación de la comunicación se garantizará la confidencialidad, que no el anonimato de la misma y evitar la difusión de la información contenida en esta más allá del ámbito estricto de las personas que intervengan en este procedimiento.

La comunicación podrá presentarla:

a) La persona presuntamente acosada.

b) La representación legal de la persona presuntamente acosada.

c) Las personas titulares del centro (Director, J.Estudios) que tengan conocimiento del posible acoso.

d) El Coordinador de Prevención de Riesgos Laborales del centro (secretario).

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En caso de que la comunicación de presunto acoso no la presente directamente la persona presuntamente acosada se pondrá en su conocimiento y se deberá contar con su consentimiento expreso para iniciar las actuaciones señaladas en este protocolo. En ningún caso serán objeto de tramitación denuncias anónimas.

En el caso de que la situación de acoso se dé entre personal de distintos sectores del centro, será el órgano administrativo que ostente la jefatura superior de personal correspondiente a la persona presuntamente acosada quien lleve a cabo la tramitación de este procedimiento.

Valoración inicial de la comunicación.

Tras su recepción, desde la Dirección Provincial, se dará traslado de la comunicación en el plazo máximo de 48 horas al presidente del Comité Asesor para situaciones de acoso (en adelante Comité), establecido en cada una de las direcciones provinciales, designado al efecto para recopilar la información inicial que se requiera y poder efectuar una primera valoración del caso por el citado Comité.

El Comité se reunirá en el plazo máximo de 7 días naturales desde la recepción de la comunicación y en el plazo de 15 días naturales podrá decidir entre alguna de las siguientes opciones:

a) Archivar la denuncia, motivado por alguno de los siguientes supuestos:

- Desistimiento de la persona declarante (salvo que de oficio, continúe la investigación si se detectaran indicios claros de acoso).

- Falta de objeto o insuficiencia de indicios.

- Que por actuaciones previas se pueda dar por resuelto el contenido de la denuncia.

b) Si existen indicios de acoso, el Comité continuará la tramitación del procedimiento, y llevará a cabo un proceso de investigación para esclarecer el caso, pudiendo proponer la aplicación de las medidas cautelares necesarias que aconseje la valoración inicial realizada durante la tramitación del expediente.

c) Si del análisis del caso se dedujera la comisión de alguna otra falta distinta del acoso y tipificada como infracción disciplinaria, se propondrá la incoación del expediente que corresponda.

d) Si del referido informe se dedujese que se trata de un conflicto laboral de carácter interpersonal u otras situaciones de riesgo psicosocial, el Comité podrá intervenir con objeto de proporcionar pautas de actuación y propuestas que pongan fin a la situación para evitar que se produzca el deterioro del clima laboral y derive en una situación de acoso.

Fase de investigación.

Si el Comité acuerda continuar el procedimiento, se llevará a cabo una investigación en la que se seguirán las pautas que se indican en el anexo III. El secretario de dicho Comité realizará las actuaciones pertinentes para recabar la posible información complementaria

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que pueda existir con objeto de determinar si se aprecian o no indicios suficientes de situación de acoso, de lo que se informará al presunto acosador.

Al término de dicha investigación, el secretario redactará un informe que presentará al Comité. El plazo para recabar información y elaborar el informe correspondiente a esta fase no podrá ser superior a 30 días naturales.

Todas las unidades administrativas de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos deberán colaborar con el secretario en todo lo que éste les solicite, con el fin de recabar todos los elementos de juicio necesarios para concluir la investigación.

Informe de conclusiones del Comité.

Finalizada la investigación, el presidente del Comité remitirá el informe de conclusiones a la Dirección Provincial de Educación.

Fase de resolución.

Una vez recibido el informe, la Dirección Provincial, en un plazo máximo de 30 días naturales desde su recepción y a la vista del mismo podrá adoptar una de las resoluciones siguientes:

a) Propuesta de incoación de un expediente disciplinario, porque hay indicios claros de presunta existencia de acoso, o en los casos que aunque la conducta no se pueda calificar de acoso pueda ser constitutiva de otra falta disciplinaria, junto con las acciones correctoras que pongan fin a la situación producida.

b) Acordar el archivo del expediente por no existir situación de acoso o cuando no sea posible su verificación, dando por finalizado el proceso.

c) Propuesta de medidas preventivas o correctoras necesarias para el caso de que no exista situación de acoso, pero sí pueda haber situaciones de conflicto, que no sean constitutivas de infracción disciplinaria.

d) Puesta en conocimiento del Ministerio Fiscal si se estima que los hechos pudieran ser constitutivos de delito.

La resolución que se adopte se notificará a las partes implicadas, tanto a la persona presuntamente acosada como al presunto/a acosador/a. Asimismo se informará de las medidas correctoras propuestas a los Delegados de Prevención del ámbito de trabajo del presunto/a acosado/a y al Comité de Seguridad y Salud Laboral correspondiente. Adicionalmente, para garantizar la protección de todas las partes implicadas, cuando al final del proceso de investigación se determine que la denuncia se ha hecho de mala fe, o que los datos aportados o los testigos son falsos, el órgano competente podrá proponer la incoación de un expediente disciplinario.

Seguimiento y control.

El seguimiento de la ejecución, y aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas corresponderá a la Dirección Provincial, informando de estos datos al Comité

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de Seguridad y Salud Laboral correspondiente, preservando los datos identificativos de las personas implicadas.

Confidencialidad.

Las personas que intervengan en el procedimiento tienen obligación de guardar una estricta confidencialidad y reserva y no deben transmitir ni divulgar información sobre el contenido de las comunicaciones de presunto acoso presentadas o en proceso de investigación.

Toda la documentación de estos procedimientos se custodiará por la Dirección Provincial y gozará de idéntica protección que cualquier otra referente a la salud de las personas.

INSTRUCCIONES PARA LA PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD

Con ocasión de la entrada en vigor, el pasado día 25 de mayo, del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea (Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE), se establece el siguiente Decálogo de protección de datos para la Comunidad educativa: 1. Los equipos directivos, profesorado, personal administrativo y auxiliar de los centros

educativos en el ejercicio de sus funciones y tareas necesitan tratar datos de carácter personal de los alumnos y de sus familiares, lo que deberán realizar con la debida diligencia y respeto a su privacidad e intimidad, teniendo presente el interés y la protección de los menores, el deber de guardar secreto sobre dichos datos y su uso exclusivo para las finalidades legalmente previstas.

2. La Consejería de Educación, Las Direcciones Provinciales y los Centros Educativos son los responsables de los tratamientos de los datos y deben informar a los usuarios sobre los principios básicos en la Protección de Datos y cómo tratarlos correctamente.

3. Por regla general, los centros educativos no necesitan el consentimiento de los titulares de los datos para su tratamiento, que estará justificado en el ejercicio de la función educativa y orientadora, así como en la relación con los alumnos derivada de dicha función. No obstante, si un centro tiene que recoger datos, debe proporcionar la información necesaria al alumnado y/o las familias titulares de los datos.

4. Se debe Informar de manera inmediata de cualquier incidencia relacionada con la seguridad de los datos de carácter personal.

5. Las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) son herramientas fundamentales para la gestión y el aprendizaje de los alumnos. Los Centros deben conocer las aplicaciones que vayan a utilizar con los alumnos, su política de privacidad

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y sus condiciones de uso antes de utilizarlas, debiendo rechazarse las que no ofrezcan información sobre el tratamiento de los datos personales que realicen.

6. La Administración educativa y los centros educativos deben disponer de protocolos, instrucciones, guías, directrices o recomendaciones para el uso de las TIC por el profesorado, que deberá utilizar las que la Administración educativa y/o el centro hayan dispuesto. Su enseñanza y uso deberán adaptarse al grado de desarrollo del niño.

7. Las comunicaciones entre el profesorado y los padres del alumnado deben llevarse a cabo, preferentemente, a través de los medios puestos a disposición de ambos por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y por el centro educativo (plataformas educativas como Papás, Delphos, correo electrónico de la Junta). Siempre se debe utilizar el correo dominio de la Junta “@jccm.es” para temas profesionales y, especialmente, cuando se incluyen datos personales en los mismos.

8. El uso de aplicaciones de mensajería instantánea (como WhatsApp o Messenger) entre profesorado y padres o entre profesorado y alumnado, con carácter general, no se recomienda. No obstante, pueden utilizarse estas aplicaciones, con el consentimiento expreso de las personas titulares de los datos, para la organización de actividades concretas, para supuestos de necesidades especiales del alumnado o para realizar comunicaciones generales, siendo aconsejable, en todos estos casos, que la administración del grupo creado se realice por los propios padres y no por el profesorado. En aquellos casos en los que el interés superior del menor estuviera comprometido, como en caso de accidente o indisposición en una excursión escolar, y con la finalidad de informar y tranquilizar a los padres, titulares de la patria potestad, se podrían captar imágenes y enviárselas únicamente a los interesados a través de esas aplicaciones.

9. El profesorado debe tener cuidado con los contenidos del trabajo de clase que suben a Internet y procurar que no contengan datos personales. Deben enseñar a valorar la privacidad de uno mismo y la de los demás, así como informar al alumnado de que no pueden hacer fotos ni vídeos de otros compañeros ni del personal del centro escolar ni difundirlos por las redes sociales sin su consentimiento, para evitar cualquier forma de violencia (ciberacoso, grooming, sexting o de violencia de género).

10. Cuando los centros educativos organicen y celebren eventos (fiestas de Navidad, fin de curso, eventos deportivos) a los que asistan los familiares de los alumnos, constituye una buena práctica informarles, por ejemplo, al solicitarles la autorización para participar o mediante avisos o carteles, de la posibilidad de grabar imágenes exclusivamente para su uso personal y doméstico (actividades privadas, familiares y de amistad), sin que puedan difundirse estas imágenes en entornos abiertos (como internet), sin el consentimiento de los interesados.

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TABLA RESUMEN

ACOSO ESCOLAR TDAH

Resolución 18/01/2017, de la Consejería de Educación Disponible en: http://www.educa.jccm.es

ABSENTISMO IDENTIDAD DE GÉNERO

Orden de 09/03/2007, de las Consejerías de Educación y Bienestar Social Disponible en: http://www.educa.jccm.es

Actuaciones para dar una atención adecuada a los niños “trans” de nuestra Comunidad. Disponible en: http://institutomujer.castillalamancha.es

MUTILIACIÓN GENITAL FEMENINA ACOSO LABORAL

Publicado por el Instituto de la Mujer de CLM Disponible en: http://institutomujer.castillalamancha.es/sites/institutomujer.castillalamancha.es/files/documentos/paginas/archivos/protocolo_mgf.pdf

Resolución de 19/04/2018, de la Dirección General de la Función Pública. Disponible en: http://www.educa.jccm.es/profesorado/es/prevencion-riesgos-laborales/protocolo-prevencion-identificacion-actuacion-frente-acoso.ficheros/221907-PROTOCOLO%20PREVENCI%C3%93N%20ACOSO%20LABORAL%20aprobado.pdf

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9.5 OTRAS CONSIDERACIONES

GRADUACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS

- A efectos de graduar las medidas correctoras se deben tener en consideración las

siguientes circunstancias atenuantes:

• El reconocimiento espontáneo de una conducta incorrecta • La ausencia de medidas correctoras previas • La petición de excusas en los casos de injurias y ofensas • El ofrecimiento de actuaciones compensadoras del daño causado • La falta de intencionalidad • La voluntad del infractor de participar en procesos de mediación

- Así mismo se pueden considerar como circunstancias agravantes:

• Los daños, injurias y ofensas a compañeros/as de menor edad o de nueva incorporación, o que presenten condiciones personales que conlleven desigualdad o inferioridad manifiesta, o que estén asociadas a comportamientos discriminatorios, sea cual sea la causa

• Las conductas atentatorias contra los derechos de los profesionales del centro, su integridad física o moral, y su dignidad

• La premeditación y la reincidencia • La publicidad • La utilización de las conductas con fines de exhibición, comerciales o

publicitarios • Las realizadas colectivamente

RECLAMACIONES

- Las medidas correctoras que se impongan por la realización de conductas contrarias a la convivencia no podrán ser recurridas.

- Las medidas que se impongan por las conductas gravemente perjudiciales para la

convivencia del centro o gravemente atentatorias de la autoridad del profesorado podrán ser revisadas por el Consejo Escolar a instancia de los padres del alumnado.

- La reclamación se presentará por los interesados en el plazo de dos días contados

a partir de la imposición de la medida, y para su resolución se convocará una sesión extraordinaria del Consejo Escolar del centro en el plazo máximo de dos días lectivos a contar desde la presentación de aquélla, en la que este órgano confirmará o revisará la decisión adoptada, proponiendo, en su caso, las medidas que considere oportunas.

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RESPONSABILIDAD DE LOS DAÑOS

Según establece el Decreto 3/2008 de la Convivencia Escolar en Castilla-La Mancha, en su artículo 31, el alumnado que de forma imprudente o intencionada cause daños a las instalaciones del centro o a su material, así como a los bienes y pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa, queda obligado a reparar el daño causado o a hacerse cargo del coste económico de su reparación. Igualmente, quienes sustrajeren bienes del centro o de cualquier miembro de la comunidad escolar deberán restituir lo sustraído. Los alumnos y alumnas o, en su caso, los padres o tutores legales de éstos, serán responsables del resarcimiento de tales daños en los términos previstos en las Leyes.

PRESCRIPCIÓN

- Las conductas contrarias a la convivencia prescriben transcurrido el plazo de un mes a contar desde la fecha de su comisión.

- Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro prescriben por el transcurso de un plazo de 3 meses.

- Las conductas que menoscaban la autoridad del profesorado prescriben transcurrido

el plazo de 2 meses.

- Las conductas que atentan gravemente a la autoridad del profesorado prescriben transcurrido el plazo de 4 meses.

- Las medidas correctoras a las conductas contrarias (Apdo.9.2.1) prescriben

transcurrido el plazo de un mes.

- Las medidas correctoras a las conductas gravemente perjudiciales (Apdo.9.2.2) prescriben transcurrido el plazo de 3 meses.

- Las medidas correctoras a las conductas que menoscaban la autoridad del

profesorado (Apdo.9.2.3) prescriben a los 2 meses.

- Las medidas correctoras a las conductas que atentan gravemente a la autoridad del profesorado (Apdo.9.2.4) prescriben a los 4 meses.

(En el cómputo de plazos fijados en este apartado se excluirán los periodos

vacacionales establecidos en el calendario escolar de la provincia)

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10. ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO, DE PARTICIPACIÓN, DE COORDINACIÓN DOCENTE Y OTROS RESPONSABLES. RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO

“La cualidad clave que se necesita en una escuela, si ha de producirse un desarrollo, es la capacidad de reflexión. Es decir, una

capacidad para revisar con sentido crítico y de un modo reflexivo los propios procesos y las propias prácticas”.

En este capítulo se regulan diferentes aspectos que tienen que ver con la vida diaria del centro como la organización y funcionamiento de los órganos y responsables del centro, la organización de la asistencia de profesores y alumnos, y determinadas rutinas diarias (entradas y salidas, aspectos sanitarios y de higiene, etc.) que influyen de manera esencial en el buen funcionamiento del centro.

Estas normas son de obligado cumplimiento para toda la comunidad educativa y deben guardarse con el fin de mantener un orden adecuado para que la labor educativa se realice con garantía de éxito.

RESUMEN DE LA ORGANIZACIÓN DEL CENTRO

A. ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO El Equipo Directivo

B. ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO El Consejo Escolar del Centro

El Claustro de Profesores

C. ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN La Asociación de Padres y Madres de Alumnos

D. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Y DE ORIENTACIÓN La Tutoría

El Equipo Docente

El Equipo de Nivel

La Comisión de Coordinación Pedagógica

El Equipo de Orientación y Apoyo

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E. RESPONSABLES CON FUNCIONES ESPECÍFICAS El Coordinador de Formación

El Coordinador de Riesgos Laborales

El responsable del Comedor Escolar

El Responsable de Biblioteca y de Actividades Complementarias y Extracurriculares

El responsable del Centro de los Procesos de Mediación y Arbitraje

El Asesor Lingüístico

El Coordinador de Programas Educativos Internacionales

El Coordinador del Prácticum y el Tutor de Alumnos en Prácticas

Tutores de Funcionarios en Prácticas

Otros

10.1. ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO Los órganos colegiados de gobierno del Centro son el Equipo directivo, el Claustro de profesores y el Consejo Escolar, según establece la L.O.E. en sus artículos 119 y 131.

EL EQUIPO DIRECTIVO Está formado por el director, el jefe de estudios y el secretario. Los tres integran, según establece la LOE en su artículo 131, el Equipo directivo del centro, órgano ejecutivo de gobierno de los centros docentes públicos, al que le asigna las siguientes funciones y régimen de funcionamiento: - El Equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus

funciones, conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas.

- El director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo escolar, formulará propuesta de nombramiento y cese de Jefe de estudios y secretario de entre los profesores con destino en el centro.

- Todos los miembros del Equipo directivo cesarán en sus funciones al término de su mandato o cuando se produzca el cese del director.

DIRECTOR Según establece la LOE en el Capítulo IV (Dirección de los centros públicos) en su artículo 132 las competencias del director son las siguientes:

a. Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa. b. Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar.

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c. Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

d. Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

e. Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.

f. Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos y alumnas, en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.

g. Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas.

h. Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.

i. Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro del profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados, en el ámbito de sus competencias.

j. Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.

k. Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar del centro.

l. Aprobar el proyecto educativo, de gestión y las normas del centro.

m. Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

n. Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en la Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

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o. Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica.

p. Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

q. Designar a los coordinadores de nivel, a propuesta del Jefe de Estudios, oído el equipo de nivel, así como revocar su designación mediante informe razonado y previa audiencia al interesado.

COMPETENCIAS DEL JEFE DE ESTUDIOS

a. Ejercer por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.

b. Sustituir al director en caso de ausencia o enfermedad.

c. Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos en relación con el proyecto educativo, las programaciones didácticas y la programación general anual y, además, velar por su ejecución.

d. Elaborar en colaboración con el resto del equipo directivo los horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.

e. Organizar la composición de los equipos de nivel, procurando una distribución proporcionada entre los mismos de los maestros que no sean tutores. f. Coordinar la asistencia a las reuniones de los equipos de nivel que se convoquen.

g. Proponer al director los coordinadores de nivel, oído el equipo de nivel.

h. Coordinar y dirigir la acción de los tutores.

i. Organizar los actos académicos.

j. Fomentar la participación de los distintos sectores de la de la comunidad escolar, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización.

k. Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los periodos de recreo y en otras actividades no lectivas.

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l. Establecer reuniones de coordinación entre los equipos del primer nivel de primaria y del segundo ciclo de educación infantil para establecer criterios comunes en la programación y para realizar el seguimiento y la evaluación.

m. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro del ámbito de su competencia.

COMPETENCIAS DEL SECRETARIO

a. Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del director. b. Actuar como Secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director.

c. Custodiar los libros y archivos del centro.

d. Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.

e. Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.

f. Custodiar y disponer la utilización de los medios, informáticos, audiovisuales y del resto del material didáctico.

g. Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscrito al centro.

h. Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.

i. Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones del director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

j. Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del director.

k. Cualquier otra función que le encomiende el director dentro de su ámbito de competencia.

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EL CONSEJO ESCOLAR Composición Según se establece en el artículo 126 de la LOE (actualizada por LOMCE) la composición del Consejo escolar del centro es la siguiente: - El director, que es su presidente. - El jefe de estudios. - El secretario del centro, que actúa como tal del Consejo, con voz y sin voto. - Cinco maestros elegidos por el Claustro. - Cinco representantes de madres y padres del alumnado, elegidos respectivamente

por y entre ellos. Uno de ellos será designado por la asociación de padres y madres del centro, (AMPA).

- Un representante del Ayuntamiento. - Un representante de la Administración y Servicios, que generalmente es el conserje

del colegio. - Formarán parte también del Consejo escolar, dos alumnos/as del tercer ciclo de

Primaria, elegidos de igual forma que los demás componentes, con voz pero sin voto. En cualquier caso, no podrán participar en la elección y cese del director (Orden del 15 de septiembre de 2008, de la Consejería de Educación y Ciencia. Instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los colegios de educación infantil y primaria) (Ver punto 8.3.).

Régimen de Funcionamiento Según establece el artículo 19 del Reglamento Orgánico de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria (RD 82/1996), las reuniones del Consejo escolar se celebrarán en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros. En las reuniones ordinarias, el director enviará a los miembros del Consejo escolar, con una antelación mínima de una semana, la convocatoria y la documentación que vaya a ser objeto de debate y, en su caso, aprobación. Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje. El Consejo escolar se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a principio de curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones del Consejo escolar será obligatoria para todos sus miembros.

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Competencias Son competencias del Consejo escolar: - Evaluar el PEC, el Proyecto de gestión del centro y las Normas de convivencia,

organización y funcionamiento. - Evaluar la Programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias

del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente. - Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados

por los candidatos. - Participar en la selección del director del centro en los términos que se establecen

en la propia LOE. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del Equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

- Informar sobre la admisión de alumnos. - Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la

normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en el centro, el Consejo escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

- Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

- Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

- Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

- Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

- Cualesquiera otras que les sea atribuidas por la Administración educativa.

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COMISIONES DEL CONSEJO ESCOLAR El Consejo escolar del C.P. “Eduardo Sanchiz”, tiene constituidas la “Comisión de convivencia” y la “Comisión gestora de materiales curriculares”. Así mismo, también debe nombrar para cada curso escolar un representante de promover la educación en valores y la igualdad entre hombres y mujeres.

Comisión de convivencia Su misión es velar por el correcto ejercicio de los derechos y deberes del alumnado y por el cumplimiento de las normas de convivencia recogidas en el presente documento y de acuerdo con lo establecido en el Decreto 3/2008, de 8 de enero de la Convivencia Escolar en Castilla-La Mancha.

Por tanto, sus funciones son las siguientes: - Resolver conflictos - Mediar en los conflictos - Canalizar las iniciativas de la comunidad educativa para mejorar la convivencia en

el centro, el respeto mutuo y la tolerancia. Está compuesta por los siguientes miembros: - El director - El jefe de estudios - La Orientadora - Un representante de los maestros - Un representante de las familias, miembro del Consejo Escolar La Comisión de Convivencia elaborará un informe anual analizando los problemas detectados en la gestión de la convivencia y, en su caso, en la aplicación efectiva de los derechos y deberes del alumnado, que será trasladado a la dirección del centro y al Consejo Escolar del Centro y que se incluirá en la Memoria de fin de curso.

Comisión Gestora de Materiales Curriculares Su finalidad es el seguimiento, valoración, evaluación y gestión de los materiales curriculares becados aportados por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. La componen los siguientes miembros: - El secretario, que será su presidente. - Un maestro representante del profesorado. - Un representante de los padres/madres del alumnado. - Un representante del alumnado.

Funciones y régimen de funcionamiento. La Comisión se reunirá, al menos, dos veces a lo largo del curso escolar: al comienzo

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y al final del curso escolar. En ellas se encargará de las siguientes tareas:

Principio de curso: ▪ Reparto del material por niveles. ▪ Evaluar las necesidades nuevas de material. ▪ Contemplar nuevas adquisiciones. ▪ Reposición de material.

Final de curso:

▪ Revisión del material con tutores y especialistas. ▪ Decisión del gasto de la dotación por alumno. ▪ Recogida, revisión y custodia del material. ▪ Decisión sobre reposición. ▪ Elección de materiales para siguiente curso previo informe de Equipos de Nivel.

Los materiales curriculares serán registrados por el presidente-secretario y, al finalizar cada curso escolar, revisados por la Comisión para determinar su grado de conservación. Serán dados de baja cuando su deterioro no permita su uso. Su reposición será a cargo del centro cuando no se detecte un uso inadecuado, y a cargo del alumno-familia cuando se estime que el deterioro se debe a negligencia, uso inadecuado o pérdida del material.

Responsable de promover la educación en valores

Según se establece en la Orden de 15/09/2008 de la Consejería de Educación, Ciencia y Deporte, un componente del Consejo escolar será nombrado responsable de promover la educación en valores, junto con otros miembros de la comunidad educativa, así como la igualdad entre hombres y mujeres en todas las actividades educativas desarrolladas en el centro.

EL CLAUSTRO DE PROFESORES

Composición La LOE establece la definición y composición del Claustro en los siguientes términos (artículo 128): El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro. El Claustro será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro.

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Régimen de funcionamiento El RD 82/1996, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria, establece lo siguiente: - El Claustro se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque

el director o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. Será preceptiva, además, una sesión de Claustro al principio del curso y otra al final del mismo.

- La asistencia a las sesiones del Claustro es obligatoria para todos sus miembros.

Competencias El artículo 129 de la LOE refleja como competencias del Claustro de profesores las siguientes: - Formular al Equipo directivo y al Consejo escolar propuestas para la elaboración

de los proyectos del centro y de la PGA. - Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de

los proyectos y de la PGA. - Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de

los alumnos.

- Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

- Elegir sus representantes en el Consejo escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la LOE.

- Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

- Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

- Informar las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro. - Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y

velar por que éstas se atengan a la normativa vigente. - Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. - Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las

respectivas normas de organización y funcionamiento.

10.2. ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN Las Administraciones educativas garantizarán la intervención de la comunidad educativa en el control y gestión de los centros sostenidos con fondos públicos a través del Consejo Escolar.

ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS Las asociaciones de madres y padres de alumnos tienen como finalidad colaborar y participar en la planificación, desarrollo y evaluación de la actividad educativa y en la gestión y control de los servicios docentes a través de sus representantes en los órganos colegiados, así como asesorar y apoyar a las familias en lo que concierne a

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la educación de sus hijos de acuerdo con el Proyecto educativo y normativa vigente (Artículo 119 de la Ley Orgánica del centro 2/2006 de 3 de mayo de Educación). Por otra parte, es el Decreto 268/2004, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de comunidades de Castilla La Mancha, el marco legal que define y regula en nuestra Comunidad Autónoma las Asociaciones de madres y padres de alumnos (AMPAs) en los siguientes aspectos:

Finalidad

- Colaborar y participar en actividades educativas. - Intervenir en el control y gestión de los centros. - Nombrar representantes por el Consejo escolar. - Asesorar a las familias en temas educativos.

Componentes Únicamente pueden ser miembros de la AMPA de este colegio, las madres y padres o, en su caso, los tutores legales del alumnado que esté cursando estudios en este centro.

Fines Las asociaciones de madres y padres de alumnos de este centro tendrán como fines: ● Informar a los padres de las actividades propias de la asociación, potenciando su

participación. ● Promover acciones formativas con las familias dirigidas a fomentar su actuación

como educadores y a dar a conocer los derechos y deberes que, como padres, asumen en el desarrollo de la educación de sus hijos.

● Asesorar a las familias en todo aquello que concierna a la educación de sus hijos. ● Fomentar en las familias el desarrollo de actitudes y valores éticos, solidarios,

democráticos y participativos. ● Promover, dinamizar y facilitar la participación y la colaboración de las familias con

el centro para garantizar el buen funcionamiento del mismo. ● Colaborar con el centro en la programación, desarrollo y evaluación de actividades

extracurriculares a través del Consejo escolar. ● Representar a sus asociados y establecer relaciones con la administración y otras

entidades y asociaciones. ● Velar por los derechos de los padres y madres en todo lo que concierne a la

educación de sus hijos en el ámbito escolar. ● Participar en los órganos de gestión del centro que contemple la legislación

educativa. ● Promover la plena realización del principio de gratuidad en el ámbito del centro, así

como la efectiva igualdad de derechos de todo el alumnado. ● Cualesquiera otra que le asigne sus respectivos estatutos y de acuerdo con la

normativa legal.

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Derechos Para el cumplimiento de sus fines, las AMPAs tendrán derecho a: ● Presentar candidaturas diferenciadas a las elecciones al Consejo escolar. ● Participar en cuantas acciones estén dirigidas a la elaboración y revisión del

Proyecto educativo del centro (PEC) y otros documentos referidos a su organización y funcionamiento.

● Participar, a través de sus representantes, en cuantas actuaciones se desarrollen en el Consejo escolar del centro y las comisiones que se constituyan.

● Acceder a la información sobre documentos programáticos o sobre cualquiera de las actuaciones programadas por el centro con el fin de mejorar aspectos de los mismos.

● Utilizar, con preferencia, las instalaciones del centro para el desarrollo de las funciones establecidas, siempre que no interfieran el desarrollo de la actividad docente.

● Presentar y desarrollar proyectos de actividades extracurriculares que se incorporen a la programación anual.

● Participar en los procesos de evaluación interna del centro y colaborar en los de evaluación externa.

● Tener reservado en el centro un espacio para reuniones y para informar a sus socios.

Plan Anual de Actividades La AMPA planificará anualmente su actividad de acuerdo con los fines que tienen encomendados, a cuyo efecto elaborarán un Plan anual de actividades, que será presentado a la dirección del centro y al Consejo escolar.

Uso de instalaciones del centro La dirección del centro facilitará el uso de un local a la AMPA para el desarrollo de actividades de gestión y coordinación, sin que sea imprescindible la presencia del personal docente. La AMPA también podrán utilizar las instalaciones del centro para el desarrollo del Plan anual de actividades, siempre que se respete el normal desarrollo de la jornada escolar del alumnado. Los responsables de las mismas solicitarán el uso de la instalación y los materiales que precisen a lo largo del curso y con la antelación suficiente a la fecha en la que vayan a realizar dichas actividades, asegurándose el cuidado y buen uso de los mismos (Ver punto 21.3).

Cuando de la actividad se deriven gastos extraordinarios, correrán por cuenta de la propia asociación de madres y padres.

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OTRAS ASOCIACIONES E INSTITUCIONES Los derechos y obligaciones de los miembros de asociaciones e instituciones relacionadas con la Comunidad educativa se regirán según las normas establecidas para ello.

Colaboran con el centro en aquellos aspectos que desarrollen y favorezcan la convivencia, la calidad educativa y las actividades culturales, entre otras. Así mismo, se establecerán las normas básicas para intensificar las buenas relaciones y la cooperación, a través de:

● Reuniones periódicas ● Intercambio de ideas y proyectos ● Planificación y colaboración en actividades complementarias y extraescolares ● Actividades para mejorar las relaciones entre los componentes de la comunidad

escolar y que permitan alcanzar un clima agradable adecuado en el centro. ● Utilización conjunta de espacios y materiales con fines educativos y culturales.

A lo largo del curso colabora con el colegio y programa actividades diversas para el alumnado del centro el Ayuntamiento, a través del Centro joven, Biblioteca municipal, Escuelas deportivas, de música, ...

10.3. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

En los centros de Educación Infantil y Primaria existirán los siguientes órganos de coordinación docente: a. Tutoría. b. Equipo docente. c. Equipo de nivel. d. Comisión de coordinación pedagógica. e. Equipo de orientación y apoyo.

El régimen de funcionamiento de estos órganos será fijado en las Normas del Centro y el contenido de las sesiones y los acuerdos adoptados serán recogidos en un acta.

LA TUTORÍA Según la Orden de 02/07/2012 (Instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los colegios de educación infantil y primaria) y la Orden de 05/08/2014, por la que se regulan la organización y la evaluación en la Educación Primaria en Castilla-La Mancha, el tutor será designado por el director, a propuesta de la jefatura de estudios, de entre los maestros que impartan docencia al grupo de alumnos y de acuerdo con los criterios establecidos por el Claustro en estas NCOF (Apdo. 11.1 de estas NCOF).

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Tal como recoge la citada Orden de 05/08/2014, los tutores continuarán con el mismo grupo de alumnos un mínimo de dos cursos académicos y un máximo de tres. En todo caso, se garantizará que el tutor permanece con el mismo grupo en 5º y 6º cursos.

Durante el curso (Orden 02/07/2012) el tutor convocará a las familias, al menos, a tres reuniones colectivas y a una entrevista individual. El horario de tutoría con las familias se pondrá en conocimiento de las mismas y se expondrá en el tablón de anuncios del centro. El tutor ejercerá las funciones que se detallan a continuación, especialmente la que regula la orientación educativa, la convivencia y la prevención y control del absentismo escolar.

Funciones de la tutoría:

a. Desarrollar con el alumnado programas relativos al impulso de la acción tutorial como la mejora de la convivencia, el proceso de enseñanza y aprendizaje y la orientación académica y profesional. b. Llevar a cabo el Protocolo de Absentismo con el alumnado y familias que así lo requieran (Apdo. 9.4 – pag.53) para prevenir y controlar el absentismo escolar.

c. Coordinar al equipo docente garantizando la coherencia y la puesta en marcha de medidas que mejoren el proceso educativo a nivel individual o grupal, informándoles de todos aquellos aspectos relevantes en el mismo.

d. Colaborar con el resto de niveles que desarrollan la orientación especializada siguiendo las indicaciones que pueden aportar las otras estructuras, bajo la coordinación de la jefatura de estudios.

e. Facilitar el intercambio entre el equipo docente y las familias, promoviendo la coherencia en el proceso educativo del alumno y dándole a éstas un cauce de participación reglamentario.

f. Levantar un acta de cada sesión de evaluación, donde se reflejen las valoraciones y los acuerdos adoptados en relación con el grupo, con determinados alumnos y alumnas, sobre la práctica docente o cualquier otro elemento que afecte al proceso educativo del alumnado del grupo a su cargo.

g. Coordinar al equipo docente en el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo, siendo su voto de calidad en las decisiones colegiadas que hayan de tomarse.

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h. Atender a las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para proceder a la adecuación personal del currículo.

i. Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.

j. Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas.

k. Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos.

l. Informar a los padres, maestros y alumnos del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.

m. Atender y cuidar, junto con el resto de los profesores del centro, a los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.

n. Informar al equipo directivo de los casos de falta de atención y los malos resultados de determinados alumnos, con el fin de iniciar la oportuna evaluación y, posteriormente, si es preciso, una escolarización e intervención adecuadas.

EL EQUIPO DOCENTE

El Equipo Docente está constituido por el tutor, que lo coordina, y el conjunto de profesores que imparten enseñanza al grupo de alumnos. Se tratará en todo momento que su número sea el menor posible. Su régimen de funcionamiento es el de un órgano colegiado.

El responsable de la evaluación es el equipo docente. FUNCIONES: a. Reunirse en las sesiones de evaluación para valorar tanto el aprendizaje del alumnado, como la información procedente de las familias y el desarrollo de su propia práctica docente, con la finalidad de adoptar las medidas pertinentes para la mejora del proceso educativo, actuando de forma colegiada.

b. Realizar una evaluación inicial con los procedimientos que se determinen en las programaciones didácticas respectivas y, en función de los resultados y datos obtenidos, tomar decisiones sobre la revisión de las programaciones didácticas y la adopción de medidas para mejorar el nivel de rendimiento del alumnado o atender a sus necesidades educativas.

c. Realizar la evaluación final de los alumnos del grupo y adoptar la decisión sobre la promoción de curso o de etapa del alumnado, mediante la valoración del logro de los objetivos y del grado adecuado de adquisición de las competencias clave.

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d. Otorgar "Menciones Honoríficas", al final de la etapa atendiendo a la excelencia del rendimiento de determinados alumnos.

e. Estudiar las reclamaciones de las familias y adoptar un acuerdo por mayoría, debidamente motivado, de modificación o ratificación de las correspondientes calificaciones o decisiones, conforme a los criterios de evaluación, calificación y promoción establecidos para el curso o etapa.

EL EQUIPO DE NIVEL

Cada equipo de nivel estará integrado por el profesorado que imparta clase en el mismo curso. Se procurará una distribución proporcionada entre los mismos de los maestros que no sean tutores.

El profesorado especialista que no tenga asignada tutoría será adscrito al ciclo donde tenga mayor dedicación horaria, o en su caso, donde determine la jefatura de estudios, que deberá repartir proporcionalmente y de forma equilibrada la composición de los equipos.

En los niveles donde sólo exista un grupo de alumnos, el equipo docente y el de nivel se unificarán, funcionando de manera conjunta.

FUNCIONES: a. Elaborar, desarrollar y evaluar, bajo la supervisión del Jefe de estudios, las programaciones didácticas de las áreas para cada uno de los cursos, teniendo en cuenta los criterios establecidos por la Comisión de coordinación pedagógica.

b. Analizar los resultados académicos alcanzados por los alumnos en los procesos de evaluación interna y externa, y realizar propuestas de mejora de los mismos.

c. Formular propuestas a la Dirección del centro y al Claustro de profesores para la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual.

d. Diseñar y aplicar las medidas organizativas y curriculares de atención a la diversidad del alumnado, en coordinación con el Equipo de orientación y apoyo.

e. Realizar propuestas sobre la selección de materiales curriculares.

f. Formular propuestas a la Comisión de coordinación pedagógica relativas a la elaboración y evaluación de la propuesta curricular y de las programaciones didácticas. g. Mantener actualizada la metodología didáctica.

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h. Proponer, organizar y realizar las actividades complementarias y extracurriculares, que se programarán anualmente.

i. Colaborar en las evaluaciones determinadas por la Administración educativa.

Cada uno de los equipos de nivel estará dirigido por un coordinador, que deberá ser un maestro que imparta docencia en el curso respectivo y, preferentemente, que ejerzan la tutoría y tengan destino definitivo y horario completo en el centro.

FUNCIONES DEL COORDINADOR DE NIVEL:

a. Convocar y presidir las reuniones del equipo de nivel, establecer el orden del día y levantar acta de los asuntos tratados y de los acuerdos alcanzados.

b. Participar en la elaboración de la propuesta curricular de la etapa, elevando a la Comisión de Coordinación Pedagógica los acuerdos adoptados por el equipo de nivel.

c. Coordinar la acción tutorial en el nivel correspondiente.

d. Coordinar el proceso de enseñanza, de acuerdo con la programación didáctica del curso y la propuesta curricular de la etapa.

e. Aquellas otras funciones que le encomiende el Jefe de estudios en el ámbito de sus competencias, especialmente las relativas a actividades complementarias y extracurriculares y a convivencia escolar.

LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA (CCP)

La CCP es el órgano responsable de velar por la coherencia pedagógica entre las áreas y cursos de cada etapa, entre las etapas de cada centro y entre este y otros centros.

COMPOSICIÓN:

a. el director, que será su presidente,

b. el jefe de estudios,

c. la Orientadora,

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d. los Coordinadores de Nivel

e. el Coordinador de Formación

f. cualquier otra persona o representantes de alguna entidad convocados por el director.

FUNCIONES:

a. Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las programaciones didácticas.

b. Proponer al claustro las programaciones didácticas para su aprobación.

c. Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de las programaciones didácticas.

d. Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con la Jefatura de Estudios.

e. Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar las programaciones didácticas, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza.

f. Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración educativa e impulsar planes de mejora, en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

g. Impulsar medidas que favorezcan la coordinación del Proyecto educativo con el proyecto de los centros de secundaria de su área de influencia, con objeto de que la incorporación del alumnado a la educación secundaria sea gradual y positiva.

EL EQUIPO DE ORIENTACIÓN Y APOYO

El Equipo de Orientación y Apoyo tendrá carácter multidisciplinar y estará compuesto por la orientadora del centro, que será su coordinadora, la especialista en Pedagogía Terapéutica y la especialista en Audición y Lenguaje. En el caso de que el centro tuviera otro tipo de profesionales atendiendo las necesidades de los alumnos con NEE, como Asistentes Técnico Educativos, también se incluirán en el Equipo de Orientación y Apoyo durante su permanencia en el centro.

El Equipo de Orientación y Apoyo es una estructura de coordinación docente responsable de asesorar al profesorado en la planificación, desarrollo y evaluación de

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las actuaciones de orientación, de las medidas de atención específica y apoyo individualizado.

Las sesiones de evaluación contarán con el asesoramiento del responsable de orientación y la colaboración de los especialistas de apoyo, cuando sea preciso.

RESPONSABLES CON FUNCIONES ESPECÍFICAS

EL COORDINADOR DE FORMACIÓN

El Coordinador de Formación será el responsable de la implementación del Proyecto de Formación en los centros educativos. Será designado por el director, a propuesta de la jefatura de estudios, entre los miembros del equipo docente con destino definitivo.

Las funciones del Coordinador de Formación están recogidas en el artículo 11 del Decreto 59/2012 de creación del Centro Regional de Formación del Profesorado.

Ejercerá las funciones de responsable:

● de los proyectos de formación del centro, ● de la utilización de las TIC en la enseñanza, ● del asesoramiento al profesorado en las modalidades de formación y ● de la comunicación con el Centro Regional de Formación del Profesorado

EL COORDINADOR DE RIESGOS LABORALES

El coordinador de prevención será el encargado de gestionar las acciones que se promuevan en materia de prevención de riesgos laborales en el centro docente. Será nombrado por el Director Provincial de Educación, a propuesta de la dirección del centro, oído el claustro de profesores, por un periodo de 4 años.

La designación recaerá, preferentemente, en funcionariado docente de carrera con destino definitivo en el centro, y en su defecto, en cualquier funcionario docente de carrera que preste servicios en el centro. En caso de que nadie aceptase ejercer las funciones de coordinación de prevención o de que no hubiera funcionariado de carrera en el centro, las funciones serán asumidas por el equipo directivo (Secretario).

Las funciones del Coordinador de Riesgos Laborales están recogidas en el artículo 3 de la Orden de 31 de agosto de 2009, por la que se crea la Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales en los Centros Docentes Públicos no universitarios de Castilla-La Mancha.

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EL RESPONSABLE DEL COMEDOR ESCOLAR

Realizará las funciones establecidas por la OR 02.03.2004 sobre organización y funcionamiento del comedor escolar.

EL RESPONSABLE DE BIBLIOTECA

Será el encargado de coordinar la organización, funcionamiento y apertura de la Biblioteca del Centro. Asimismo, colaborará en la planificación, desarrollo y evaluación de los planes de lectura que el centro organice de modo específico.

EL RESPONSABLE DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRACURRICULARES

Coordinará todas las actuaciones precisas para la organización y ejecución de las actividades complementarias y extracurriculares, coordinando la colaboración con los órganos de participación del centro o con asociaciones e instituciones del entorno. En nuestro centro realizará estas funciones la Jefatura de Estudios.

EL COORDINADOR DEL PRACTICUM Y EL TUTOR DE ALUMNOS EN PRÁCTICAS

Aquellos centros que cuenten con alumnos de prácticas, siempre que su número sea mayor que uno, tendrán un coordinador del Prácticum cuya función principal será organizar el proceso en el centro a partir de las orientaciones de la Facultad de Educación.

También serán los encargados de supervisar y enviar las evaluaciones que los tutores realicen a los alumnos de prácticas y asistir a las reuniones convocadas por la Facultad para la evaluación del programa.

TUTORES DE FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS

Los funcionarios en prácticas serán tutorados por un maestro definitivo del centro que se encargará de supervisar el trabajo del funcionario en prácticas y de realizar una evaluación al finalizar su periodo de prácticas.

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11. CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DE RESPONSABILIDADES: TUTORÍAS, ELECCIÓN DE CURSOS Y GRUPOS Y COORDINACIONES

11.1. TUTORÍA. ASIGNACIÓN DE CURSOS Y GRUPOS

Según se establece en las Ordenes de 02/07/2012 y 05/08/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que regulan la organización y funcionamiento de los colegios de educación infantil y primaria, para la asignación de cursos y grupos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

- El nombramiento de los tutores y la asignación de cursos y grupos tendrá lugar en el primer Claustro de inicio del curso escolar. Cada grupo de alumnos dispondrá de un tutor de entre los maestros que imparten docencia al grupo.

- Se garantizará la permanencia del tutor con el mismo grupo de alumnos durante dos cursos escolares.

- Cuando, a juicio del Equipo directivo, existan razones para no respetar la continuidad de un maestro/a en los dos cursos escolares consecutivos, el director dispondrá la asignación del maestro/a a otro nivel, grupo o área docente, previo informe motivado al Servicio de Inspección.

- Se intentará que el tutor del grupo sea el que imparta un mayor número de horas en el mismo.

- Se tendrá en cuenta la especialidad y la adscripción del profesorado al puesto de trabajo.

- A los especialistas y miembros del Equipo directivo, a éstos últimos preferentemente en los niveles de 5º y 6º de Primaria, se les adjudicará tutoría en último lugar, por este orden, y sólo si es estrictamente necesario.

- Consideración aparte merecerán aquellos profesores/as que vengan al colegio a ejecutar programas determinados sujetos a normativa específica que haya solicitado el Claustro del centro.

Una vez tenidos en cuenta todos los criterios anteriores, el director, a propuesta de la jefatura de estudios y según el listado de todo el profesorado del centro por orden de antigüedad en el mismo, asignará los cursos, grupos y especialidades teniendo en cuenta los siguientes criterios y orden de preferencia:

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1. Maestros definitivos, dando preferencia a la antigüedad en el centro contando los servicios efectivos prestados en el mismo desde su toma de posesión. En caso de empate los criterios de desempate serán: 1.1. Antigüedad en el cuerpo. 1.2. Nota de oposición.

2. Maestros provisionales, dando preferencia a la antigüedad en el centro

contando los servicios efectivos prestados. En caso de empate los criterios de desempate serán: 2.1. Antigüedad en el cuerpo. 2.2. Nota de oposición.

3. Maestros interinos, si los hubiere, dando preferencia a la antigüedad en el

centro. En caso de empate el criterio de desempate será: 3.1. Orden de lista.

ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS CON CARÁCTER EXCEPCIONAL. DESPLAZAMIENTO INTERNO DEL PROFESORADO Cuando, por circunstancias de matrícula para cada curso escolar, se produzca una situación de profesorado excedente en alguna etapa o especialidad, el cual pueda ser readscrito en otra dentro del mismo centro, se procederá como establece el Real Decreto 1364/2010 del Ministerio de Educación:

- Si no hay voluntarios, sería el maestro afectado de menor antigüedad en el centro

- Si hay más solicitantes que plazas disponibles, los criterios de prioridad serán:

1. Mayor antigüedad en el centro 2. Mayor tiempo de servicios efectivos como funcionario de carrera 3. Año más antiguo de ingreso en el cuerpo y dentro de este, la mayor

puntuación obtenida en la oposición.

LA TUTORÍA INDIVIDUALIZADA Se impone un modelo de tutoría individualizada en la que cualquier maestro/a que dé clase al alumno es tutor del mismo atendiéndolo y asesorándolo en todo lo referente y relacionado con la materia educativa que le imparte.

Así mismo, atenderá a las familias en lo concerniente a las tareas de tutoría

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individualizada ejerciendo funciones similares al tutor, según lo reflejado en el punto 10.3.1.

No obstante, el maestro/a que imparta más horas de docencia al grupo, actuará como tutor principal del citado grupo.

El equipo docente del grupo de alumnos, formado por todos los maestros /as que le dan clase, tendrá la función de evaluar y la decisión de promoción de los alumnos, informando y asesorando a las familias convenientemente.

ASIGNACIÓN DE LOS MAESTROS DE APOYO

MAESTROS DE APOYO EN INFANTIL Atendiendo a lo acordado y aprobado por el equipo de etapa de Infantil y reflejado en el Acta nº14 de la reunión de 14 de marzo de 2011, se establece lo siguiente:

− Si por cualquier causa ninguno de los maestros/as quisiera coger la plaza de apoyo cuando le corresponda pasará el turno al que tenga menos antigüedad en el centro.

Las funciones generales de los maestros de apoyo están recogidas por la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura en las instrucciones de la Viceconsejería de Educación, Ciencia y Cultura por las que se determinan las funciones de las maestras/os de apoyo en el segundo ciclo de educación infantil y se establecen las condiciones para su desempeño, fechada el 19 de junio de 2010.

Para el funcionamiento de nuestro centro estimamos como funciones específicas de los maestros de apoyo las siguientes:

− Sustituciones en el caso de faltar algún compañero/a. − Se favorecerá en el horario a los alumnos de 3 años, salvo en el mes de

septiembre que es el período de adaptación y los alumnos/as pasan de manera gradual, o si la tutora solicite ayuda.

− Se ocuparán de determinados talleres: psicomotricidad, música, plástica. − Ayudarán en la estimulación del lenguaje. − Colaborarán en la ayuda a los alumnos con dificultades de aprendizaje. − Cada tutor se coordinará con el maestro/a de apoyo para decidir las actividades

que realiza en su aula. − A principio de curso se ayudará a organizar las clases y decorarlas. − Cada final de trimestre, si el tutor lo estima oportuno, participará en las

encuadernaciones de las fichas de los alumnos. − Fotocopias necesarias para cada aula que se le indiquen. − Ayuda en la ejecución de fichas de mayor complejidad. − Apoyo en la lecto-escritura en 5 años. − Ayuda en la elaboración de trabajos de plástica en días específicos (día de la

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madre, día de la paz, …). − Acompañar a los tutores en sus salidas, o viajes. − Coordinar el aula de audiovisuales y proyectar películas. − Ayuda en la elaboración del material de aula como calendario, días de la

semana, dibujos para la clase, … − Cualquier otra que se estime oportuna acordada por los tutores o el equipo

directivo.

MAESTROS DE APOYO EN PRIMARIA Los criterios serán los siguientes:

− Cada maestro realizará los apoyos en su nivel correspondiente o más próximo. − Si alguno de los tutores no pudiese apoyar al grupo que le corresponda

(mayores de 56 años, reducción de horario por coordinación, etc.), el apoyo al curso lo realizarán los maestros especialistas que impartan clase en ese ciclo.

− Si no hubiese maestros suficientes, cualquier otro maestro de otro ciclo apoyaría a ese grupo, a instancias del jefe de estudios.

− En los niveles de 1º y 2º de primaria los apoyos se organizarán a través de grupos de lectura y/o grafomotricidad.

− Siempre y cuando hayan más de 2 alumnos con desconocimiento del idioma se creará un grupo de español a cargo de un maestro del centro con disponibilidad horaria.

11.2. DEFINICIÓN DE CURSOS Y GRUPOS - Según la Orden de 15-09-2008, la organización de los grupos de alumnos respetará, en todos los casos, el criterio de heterogeneidad y el principio de no-discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

- Para garantizar una situación de enseñanza y aprendizaje adecuada, todos los grupos tendrán un número semejante de alumnado e incorporarán de manera equilibrada al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

- La organización de los grupos de alumnos en el CEIP “Eduardo Sanchiz” se realiza aplicando Resolución de 10/01/2019, por la que se establece la relación de alumnos por aula, conformando un centro de 26 unidades para el Curso 2019/20:

Infantil Primaria

3 años: 2 líneas 4 años: 2 líneas 5 años: 3 líneas

1º: 3 líneas 2º: 3 líneas 3º: 3 líneas

4º: 4 líneas 5º: 3 líneas 6º: 3 líneas

Total: 7 unidades Total: 19 unidades

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- La elección de cursos y grupos por parte de los tutores se llevará a cabo según los criterios establecidos en el punto 11.1. (Tutorías).

- Para cualquier tipo de agrupamiento, en función de las características de las actividades curriculares, se respetarán todos los criterios establecidos en el primer apartado de este punto.

- Con el fin de conseguir una mayor sociabilidad del alumnado y unos grupos homogéneos donde sea más fácil el desarrollo de la labor docente, los alumnos se reagruparán al terminar la educación infantil y al final de 2º y 4º de primaria.

- Al acabar la etapa de Infantil y cada curso par (2º y 4º) de Primaria (se repite del punto anterior), se procederá a un nuevo agrupamiento de los alumnos que pasarán a 1º, 3º y 5º curso de Primaria, con el fin de conseguir una mayor sociabilidad y un mayor conocimiento entre ellos dentro del colegio. Este sistema facilitará la labor docente a la hora de poder atender mejor a su alumnado. Los criterios que se aplicarán perseguirán, en todo momento, la homogeneización de los grupos resultantes tomando como base que cada grupo acoja la heterogeneidad de sus componentes (Apdo. siguiente)

11.3. CREACIÓN DE LOS GRUPOS DE ALUMNOS EN LOS NIVELES 1º, 3º Y 5º Al finalizar cada curso escolar, los encargados de elaborar las nuevas listas de alumnos serán:

● Para Infantil 3 años: los futuros tutores para el próximo curso escolar del nivel de 3 años, junto con la orientadora y Jefe de Estudios.

● Para 1er curso de Primaria: los tutores y maestros especialistas de Infantil 5 años, junto con la orientadora y Jefe de Estudios.

● Para 3er curso de Primaria: los tutores y maestros especialistas de 2º de Primaria, junto con la orientadora y Jefe de Estudios.

● Para 5º curso de Primaria: los tutores y maestros especialistas de 4º de Primaria, junto con la orientadora y Jefe de Estudios.

− Normas para la elaboración de los grupos de alumnos:

● Atender a los siguientes criterios objetivos, educativos y pedagógicos: sexo, alumnos de alternativa a la religión, expediente académico, dificultades de aprendizaje, conductas y comportamiento, incompatibilidades sociales y afinidades en el ámbito del proceso de aprendizaje.

● En la formación de los grupos de 3 años se tendrán en cuenta los siguientes criterios: sexo, fecha de nacimiento (atendiendo a 2 categorías: alumnos nacidos de enero a Junio y alumnos de Julio a Diciembre), alumnado con dictamen de escolarización o discapacidad y alumnos de alternativa a la religión.

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● Cuando el equipo docente considere oportuno que la relación de dependencia de los hermanos gemelos o mellizos es perjudicial en alguno de ellos, serán distribuidos en grupos diferentes al pasar a 1º de primaria.

● Los grupos resultantes deberán ser homogéneos. ● Procurar que cada grupo tenga el mismo número de alumnos. ● En los grupos donde haya algún alumno diagnosticado con algún problema,

el número de matrícula será inferior al resto de grupos según la normativa vigente.

● El alumnado extranjero se asignará a los distintos grupos de forma equitativa.

● En los niveles de 2º, 4º y 6º, los alumnos repetidores serán asignados a sus respectivos cursos teniendo en cuenta lo establecido en los puntos anteriores de estas Normas.

● Las nuevas listas de alumnos se publicarán a principios de septiembre.

11.4. ADSCRIPCIÓN DEL ALUMNADO A LOS DIFERENTES CURSOS Y GRUPOS

− Los alumnos de un mismo nivel se distribuirán según su edad, en grupos heterogéneos y lo más equitativos posibles, procurando que todos los grupos tengan el mismo número de alumnos.

− En los grupos donde se encuentre un alumno diagnosticado con necesidades educativas especiales, se reducirá en uno el número de alumnos en esa clase.

− Los alumnos que se matriculen durante el curso, se adscribirán al grupo correspondiente, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

− Grupo menos numeroso teniendo en cuenta a los acnees. − Grupo con menor número de acneaes. − Grupo cuyo tutor tenga menor antigüedad en el centro (en caso de empate al

de menor antigüedad en el cuerpo o número de lista). − Cuando un alumno cause baja o traslado a otro centro, si se vuelve a

incorporar en el mismo curso o nivel, se adscribirá al mismo grupo que estuvo antes de marcharse, si no ha variado el número de alumnos.

− En caso contrario se aplicarán las normas anteriores de adscripción de alumnos.

11.5. CAMBIO DE GRUPO DE UN ALUMNO El cambio de grupo de un alumno dentro de un mismo nivel, sólo se podrá realizar según el criterio del tutor, junto con el equipo de orientación y apoyo y equipo directivo. Se tendrán en cuenta criterios didácticos y pedagógicos que sean beneficiosos para el alumno y para el grupo-clase. En todos los casos se informará a las familias de las medidas adoptadas.

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11.6. CRITERIOS DE ADSCRIPCIÓN PARA EL ALUMNADO DE INCORPORACIÓN TARDÍA AL SISTEMA EDUCATIVO ADSCRIPCIÓN A CURSO

- La escolarización del alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo

se realizará en el curso que le corresponda por edad. Sólo quienes presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de más de dos cursos, podrán ser escolarizados en el curso inferior al que les correspondería por edad.

- Para este alumnado se adoptarán las medidas de refuerzo necesarias que faciliten

la adaptación escolar y la recuperación de su desfase y le permitan continuar con aprovechamiento sus estudios. En el caso de superar dicho desfase, se incorporarán al grupo correspondiente por edad.

- Cuando presenten graves carencias en el conocimiento del español recibirán una

atención específica para el aprendizaje de la lengua por parte del profesorado del centro con disponibilidad horario para apoyos ordinarios, que será, en todo caso, simultánea a su escolarización en los grupos ordinarios, con los que compartirán el mayor tiempo posible del horario semanal. (Extraído del Decreto de Currículo 68/2007 de Castilla-La Mancha).

ADSCRIPCIÓN A GRUPO

- En el caso de que haya más de un grupo por nivel se adscribirá aquel grupo que

presente mejores condiciones para la atención y adaptación del alumnado evitando concentrarlos en la misma aula.

- Se procederá a la adscripción del alumnado teniendo en cuenta los siguientes criterios:

1. Grupo con menos necesidades de atención educativa, además de aquél que se considere más idóneo para el nuevo alumno/a, teniendo en cuenta circunstancias favorables para su integración en el grupo-clase como nacionalidad, sexo, amistades,…

2. Grupo con menor número de alumnos Marco legislativo: - Orden de 16/12/2008 de la Consejería de Educación y Ciencia del desarrollo del

proceso de admisión del alumnado.

“En aquellos grupos en los que se escolarice alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta,

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se reducirá el número máximo de alumnos por aula en un puesto escolar según las instrucciones de admisión del curso 2016/17 tres puestos escolares”.

- LOE. Artículos 78 y 79

Escolarización:

“Corresponde a las Administraciones públicas favorecer la incorporación al sistema educativo de los alumnos que, por proceder de otros países o por cualquier otro motivo, se incorporen de forma tardía al sistema educativo español. Dicha incorporación se garantizará, en todo caso, en la edad de escolarización”.

“Las Administraciones educativas garantizarán que la escolarización del alumnado que acceda de forma tardía al sistema educativo español se realice atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico, de modo que se pueda incorporar al curso más adecuado a sus características y conocimientos previos, con los apoyos oportunos y de esta forma continuar con aprovechamiento su educación”

Programas específicos:

“El desarrollo de estos programas, será en todo caso, simultáneo a la escolarización de los alumnos en los grupos ordinarios, conforme al nivel y evolución de su aprendizaje”.

“Corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas necesarias para que los padres o tutores del alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo reciban el asesoramiento necesario sobre los derechos, deberes y oportunidades que comporta la incorporación al sistema educativo español”.

- Decreto 67/2007 que establece y ordena el currículo del segundo ciclo de la

Educación infantil.

“La respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo se desarrollará de manera normalizada e inclusiva”.

“La respuesta, en su caso, al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo partirá de la identificación de sus características, responderá a los mismos objetivos y competencias que los del resto de sus compañeros/as, se organizará de manera individualizada en el contexto del aula con los recursos necesarios y facilitará la coordinación con las familias y con el resto de los sectores implicados”.

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- Decreto 54/2014, de 10/07/2014, por el que se establece el currículo de E.P en

CLM

“La respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo se desarrollará de manera normalizada e inclusiva”.

“La escolarización se realizará atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico”.

“Cuando presenten graves carencias en la lengua castellana, recibirán una atención específica que será, en todo caso, simultánea a su escolarización en los grupos ordinarios, con los que compartirán el mayor tiempo posible del horario semanal”. “Quienes presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de más de un ciclo, podrán ser escolarizados en el curso inferior al que le correspondería por su edad”.

“Para este alumnado se adoptarán las medidas de refuerzo necesarias que faciliten su integración escolar y la recuperación de su desfase y le permitan continuar con aprovechamiento sus estudios. En el caso de superar dicho desfase, se incorporarán al grupo correspondiente a su edad”.

“Los programas específicos a los que hace referencia el artículo 79 de la LOE, para el alumnado procedente del exterior, que se incorpora al sistema educativo con el desconocimiento de la lengua castellana, garantizarán, desde el respeto a la cultura y la lengua y origen, la atención necesaria para facilitar su rápida integración social y educativa desde el respeto al principio educativo de inclusión”.

“Los centros docentes asesorarán a este alumnado y a sus familias sobre los derechos y deberes que comporta su incorporación al sistema educativo e incluirán en el Proyecto educativo medidas que agilicen su integración en la comunidad educativa”. “El tutor con el asesoramiento de la persona responsable en orientación, integrarán en el Plan de trabajo individualizado las medidas simultaneas a la escolarización tendentes a la consecución de los citados objetivos”.

“La Consejería competente en materia de educación pondrá en marcha programas de acompañamiento escolar, fuera del horario lectivo, para facilitar y generalizar el aprendizaje de la lengua castellana”.

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11.7. COORDINACIONES DE NIVEL La Orden de 05/08/2014 de la Consejería de Educación establece en su artículo 21.4 respectos del Coordinador de nivel que:

a) Cada uno de los equipos de nivel estará dirigido por un coordinador. b) Los coordinadores serán designados por el director, a propuesta del J. de

Estudios, oído el equipo de nivel. c) Los coordinadores deberán ser maestros que impartan docencia en el curso

respectivo y, preferentemente, que ejerzan la tutoría y tengan destino definitivo y horario completo en el centro.

Criterios de elección.

1. Maestro/a definitivo en el centro. 2. Antigüedad en el centro. 3. Maestros/as provisionales.

Se establecerá el criterio de rotación cada curso escolar, dando oportunidad para el cargo a todos los maestros/as del nivel.

11.8. RESPONSABLE DEL USO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN (TIC) El responsable del uso de las tecnologías de la información y la comunicación será el Coordinador de formación y estará designado por el director a propuesta del jefe de estudios (Orden de 2-7-2012) teniendo en cuenta los siguientes criterios:

1. Conocimientos y formación en las TIC 2. Interés por el cargo 3. Experiencia en el cargo 4. Antigüedad en el centro 5. Elección por el Equipo directivo

11.9. RESPONSABLE DE BIBLIOTECA El responsable de la biblioteca del centro será designado por el director, a propuesta del jefe de estudios, siguiendo los siguientes criterios:

1. Conocimientos y formación en la gestión de bibliotecas y programa ABIES. 2. Interés por el cargo 3. Experiencia en el cargo 4. Antigüedad en el centro 5. Elección por el Equipo directivo

11.10. RESPONSABLE DEL COMEDOR ESCOLAR El comedor escolar del colegio se regirá por la Orden de 02-03-2004 (modificada por la del 20-06-2005) de la Consejería de Educación y Ciencia por la que se regula la

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organización y funcionamiento de comedores escolares, en los centros con este servicio. El responsable del comedor escolar del C.P. “Eduardo Sanchiz” será el secretario del centro.

11.11. RESPONSABLE DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRACURRICULARES - Será el Jefe de estudios, quien coordinará y dirigirá el desarrollo de todas estas actividades programadas en la P.G.A. del centro durante cada curso escolar y que serán aprobadas por el Consejo escolar. - Los coordinadores de Ciclo formarán parte del equipo que planifique y desarrolle estas actividades tras la propuesta y colaboración de los diferentes tutores y maestros del centro que ayuden en la realización de las actividades programadas, junto con la AMPA del colegio y Ayuntamiento.

11.12. COMISIÓN DE CONVIVENCIA Su composición se contempla en el punto 10.1 (El Consejo escolar / Comisiones del Consejo escolar). La asignación del representante del profesorado y de los padres de esta comisión cumplirá los siguientes criterios:

- El profesor representante de los maestros será designado entre aquellos que formen parte del Consejo escolar.

- El representante de los padres/madres serán también designado entre los pertenecientes a dicho Consejo.

- Así mismo, podrá incluirse en la citada Comisión a la orientadora del centro, aunque no forme parte del Consejo escolar.

11.13. COMISIÓN DEL PROGRAMA DE REUTILIZACIÓN DE MATERIALES CURRICULARES Su composición se contempla en el punto 10.1 (Consejo escolar / Comisiones del Consejo escolar). La asignación de maestros, padres y alumnos para ejercer las responsabilidades como miembros de esta comisión se atendrá a los siguientes criterios:

- Como representante del profesorado se elegirá un maestro/a perteneciente al Consejo escolar y que no forme parte de otras comisiones. Se tendrá en cuenta también la elección de suplentes.

- El representante de los padres será designado de entre los componentes del Consejo escolar, preferentemente perteneciente a la AMPA.

- El representante de los alumnos será uno de los dos componentes que forman parte del Consejo escolar.

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11.14. SUSTITUCIÓN DEL PROFESORADO AUSENTE

El control del horario del profesorado ausente será realizado por el jefe de estudios y, en última instancia por el director. El jefe de estudios organizará la atención a los grupos afectados por las ausencias de acuerdo con los siguientes Criterios: 1º Ausencia de profesorado especialista: si la ausencia es de un especialista (Inglés, Música, EF, Religión) el grupo afectado será atendido por el tutor correspondiente, suspendiéndose aquellos apoyos que tuviese en su horario cada uno para esas sesiones.

2º Ausencia de tutores: el grupo afectado será atendido por aquellos maestros sin clase directa a su grupo, suspendiéndose los apoyos previstos. El jefe de estudios elaborará a principio de curso una tabla con la disponibilidad horaria de todo el profesorado del centro, a partir de la cual se irán cubriendo todas las sesiones afectadas por las ausencias, registrándose todas las sustituciones realizadas, intentando mantener el mayor equilibrio posible a lo largo de todos los meses del curso. Dicho Registro de Sustituciones se publicará mensualmente en el tablón de anuncios de la sala de profesores del centro para su seguimiento y control por parte de todo el profesorado.

3º A ser posible, y manteniendo el equilibrio mencionado en el criterio anterior, la ausencia de un tutor se cubrirá preferentemente con profesorado del mismo nivel. El maestro/a ausente dejará preparada la programación y material de aula cuando tenga prevista su ausencia. Cuando la falta sea imprevista, será un maestro/a de un grupo paralelo quien suministre al sustituto/a la programación correspondiente. 4º Sustituciones en otra etapa: cuando en un determinado nivel o etapa, por circunstancias excepcionales, no fuese posible cubrir las ausencias adecuadamente, se podrá recurrir a profesorado de distinto nivel o etapa, con la especialidad requerida para tal ausencia, manteniendo a lo largo del curso el equilibrio antes mencionado entre el profesorado afectado. Cada maestro/a deberá comunicar la ausencia a la jefatura de estudios y al director/a del centro, cumplimentar la solicitud oficial de permiso o licencia entregada por el jefe de estudios, así como aportar la documentación justificativa de dicha ausencia. (Anexos)

Cuando la ausencia sea igual o superior a cinco días lectivos, la dirección del centro solicitará a la Dirección de Educación y Ciencia el nombramiento de un sustituto/a para cubrir el servicio. En caso de ausencias inferiores a este período de tiempo, se cubrirán los servicios con la propia plantilla del centro. Para los dos días “moscosos” por curso escolar, su solicitud se realizará con el modelo Anexo 2.4, con una antelación mínima de 15 días y máxima de 3 meses, no pudiendo coincidir más de 3 maestros el mismo día en nuestro centro.

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Normativa: Para todas las situaciones de ausencias, bajas, IT, permisos, licencias, excedencias, su solicitud, comunicación y justificación, se estará a lo dispuesto en la siguiente normativa: − Decreto 315/1964, de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado.

− Ley 30/1984, de medidas para la Reforma de la Función Pública.

− Real Decreto 365/1995, de Reglamento de Situaciones Administrativas.

− Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.

− Ley 4/2011 del Empleo Público de Castilla-La Mancha. − Ley 6/2012, de acompañamiento de la Ley 1/2012, de Medidas Complementarias

para la aplicación del plan de garantías de los Servicios Sociales Básicos de CLM.

− Resolución de 8/5/2012 por la que se publican las instrucciones sobre el

procedimiento de actuación ante situaciones que requieran justificación de las

ausencias de trabajo por enfermedad común o accidente laboral.

− Plan “Concilia” (Plan para la conciliación de la vida familiar y laboral de la

administración de la JCCM)

− Acuerdo de 1/02/2016, de la Mesa general de negociación de los empleados

públicos de Castilla-La Mancha 2017.

− Instrucción de 16/03/2016, de la Dirección General de Recursos Humanos de la

Consejería de Educación de la JCMM, sobre los días de ausencia por enfermedad

o accidente (“griposos”), que no dan lugar a una situación de IT.

11.15. CRITERIOS DE NOMBRAMIENTO DE MAESTROS/TUTORES DE ALUMNOS DE PRÁCTICAS Y DE PROFESORADO EN PRÁCTICAS.

− Cada curso escolar, se propondrá al profesorado del centro el atender voluntariamente al alumnado en prácticas que elija este colegio para realizarlas, así como otro profesorado de prácticas que esté realizando sus funciones aquí.

− Se realizará un listado de los maestros que deseen tener alumnos de prácticas según la especialidad de cada uno de ellos.

− La Jefatura de estudios junto con los coordinadores de nivel, establecerán el orden de los maestros/tutores dentro del nivel o etapa para atender a los alumnos de prácticas, siguiendo el criterio de rotación y de acuerdo con la especialidad y condiciones que deben tener. Estos criterios de tutoría serán por este orden: antigüedad en el centro, no haber tenido prácticos en los últimos tres cursos. Los

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maestros que estén en el listado de tutores de prácticas, deberán atender, si se considera conveniente para el aprendizaje del alumno, a los distintos prácticos para que estos tengan un mejor conocimiento de los cursos y niveles de la enseñanza infantil y primaria, según las necesidades de organización del centro.

− Se tendrán en cuenta los intereses y motivación del alumnado que realiza las prácticas con el fin de facilitarle los aprendizajes necesarios. Para ello, los citados alumnos podrán realizar su periodo de prácticas en varios niveles correspondientes a los diversos niveles de la etapa educativa.

NORMAS PARA EL DESARROLLO DE LAS PRÁCTICAS La Orden de 5/6/2012 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, regula el desarrollo de las prácticas del alumnado universitario en los centros docentes no universitarios de Castilla-La Mancha.

Reconocimiento y acreditación de centros y tutores de prácticas: − Quedan reconocidos y acreditados como centros de formación en prácticas todos

los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

− Los maestros de Educación infantil y de primaria que desarrollen su labor en estos centros, quedan acreditados como tutores de prácticas, siempre que cuenten con una experiencia mínima de tres años a fecha de inicio de la tutoría.

− Serán coordinadores de prácticas en este centro los componentes del equipo directivo, por orden de rotación.

Desarrollo de las prácticas en los centros docentes: − Las organizará en cada uno de los centros el coordinador y los tutores de

prácticas según la planificación de la universidad. − La coordinación de las prácticas la ejercerá el director del centro, pudiendo

delegar en el jefe de estudios. Excepcionalmente podrá delegar esta función en otros miembros del Claustro.

− La tutoría puede recaer en cualquier miembro del Claustro que pertenezca al mismo Cuerpo y especialidad del alumnado que va a realizar el “prácticum”. La selección la hará el director teniendo en cuenta la disponibilidad personal, experiencia profesional, experiencia previa y la exigencia de un máximo de dos alumnos por tutor.

− En el caso de un solo alumno de prácticas en el centro, las funciones de coordinación y tutor serán ejercidas por un único responsable que el director del centro determinará.

− El alumno de prácticas no podrá sustituir, en ningún caso, al profesor del centro en el ejercicio de sus funciones como docente.

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Funciones de la coordinación de prácticas: − Facilitar el proyecto educativo y otros proyectos, programas o actividades del

centro. − Organizar el periodo de prácticas del centro. − Coordinar las actuaciones de la tutoría de prácticas en el centro docente y en

relación con la universidad. − Informar a la Comisión de Seguimiento del desarrollo de las prácticas. − Colaborar con el tutor elaborando el informe y valoración final de las competencias

adquiridas por el alumno.

Funciones de la tutoría: − Asegurar la acogida del alumnado en prácticas en los periodos establecidos

durante el curso. − Facilitar la programación didáctica del área o asignatura. − Iniciar y asesorar la práctica docente y orientadora del alumnado. − Evaluar el desarrollo de las prácticas a su finalización, realizando un informe de

valoración final de las competencias del alumno, en coordinación con el coordinador.

Reconocimiento de la coordinación y la tutoría de prácticas: Orden del 6/7/2010 de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura. − Las funciones de tutoría de prácticas se considera actividad de formación

permanente y tendrá una valoración de 5 créditos para coordinadores y tutores (Orden de 8 de octubre de 2008).

− El número máximo de créditos anuales a registrar por la participación como tutor o coordinador de prácticas será de 5 créditos, sea cual sea el número de alumnos que tutorice.

− Los centros docentes contemplarán dentro del horario personal del profesor tutor de prácticas, una hora semanal complementaria para el desarrollo de estas funciones.

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12.- FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO.

12.1. CALENDARIO ESCOLAR

El curso académico se iniciará el 1 de septiembre y finalizará el 31 de agosto del año siguiente. Las actividades lectivas y las derivadas de la programación didáctica, la Programación general anual y la Memoria anual se desarrollarán entre el 1 de septiembre y el 30 de junio (Orden del 2/7/2012). Durante el mes de julio, el centro docente abrirá los días necesarios con el personal directivo y no docente suficiente para matriculación, certificaciones, becas y atención e información. El director comunicará a Inspección la fecha de este mes en que se concluyen las tareas.

El número de días lectivos para las enseñanzas de Educación infantil y primaria será de 175. Las fechas de inicio y final del período lectivo serán establecidas anualmente por el Servicio Periférico de Educación, Cultura y Deportes.

Tendrán la consideración de días no lectivos:

● Las festividades oficiales, de acuerdo con el calendario laboral aprobado en el

ámbito de la comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para el año académico en que se elabora el calendario.

● Las dos festividades locales fijadas por los Ayuntamientos. Cuando una o ambas de estas festividades se celebren en periodo no lectivo, los Ayuntamientos podrán solicitar a la Delegación Provincial de Educación la declaración como días no lectivos de otras celebraciones tradicionales de la localidad distintas a las fiestas locales.

● El Día de la Enseñanza, que será fijado anualmente por la Consejería. ● El descanso escolar de Navidad, que abarcará, como mínimo, desde el día 24 de

diciembre hasta el 6 de enero, ambos inclusive.

● El descanso escolar entre el 2º y el 3er trimestre, que se realizará, como mínimo, desde el día conocido como lunes Santo hasta el lunes de Pascua, ambos inclusive o, en su caso, la semana posterior a Semana Santa.

● Los días que restan hasta completar los 175 lectivos, que se distribuirán a lo largo del curso escolar teniendo prioridad los días de celebración del Carnaval en aquellas localidades, como la nuestra, que tradicionalmente lo vienen festejando, y aquellos otros que permitan el descanso común de las familias concretados en los posibles “puentes” de cada año.

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12.2. HORARIO GENERAL DEL CENTRO

- En el horario general del centro distinguiremos entre el horario escolar, el horario del alumnado, el horario del profesorado y el horario del propio centro educativo. - Dentro del horario escolar se incluye el espacio de tiempo dedicado al proceso de enseñanza y aprendizaje, el recreo, las actividades de tutoría y las actividades complementarias y extracurriculares. - El horario del alumnado es el tiempo que dedica a las actividades educativas en el colegio. - En el horario del profesorado quedará incluido las tareas docentes, la tutoría, la coordinación pedagógica, la participación en los órganos de gobierno de los centros y actividades de formación. - El horario del centro será el correspondiente a las actividades del alumnado y profesorado además del espacio de tiempo en el que el colegio está abierto se desarrollar otras actividades de carácter educativo, cultural y social.

En el horario general del centro, el alumnado debe tener semanalmente 25 horas lectivas y, además, el profesorado tiene que llevar a cabo sus tareas de programación, coordinación, formación y de atención a las familias y tutoría. (Orden de 2/7/2012).

Para establecerlo se han tenido en cuenta los siguientes criterios pedagógicos y funcionales, atendiendo a la estructura de nuestro centro: ● Mayor carga lectiva en las primeras sesiones de la mañana, donde se consigue un

mayor rendimiento del alumno, con áreas instrumentales fundamentalmente. ● Después del recreo se tratarán más las áreas formativas, lúdicas y deportivas. ● Espacio de media hora de recreo a media mañana. ● Actividades extracurriculares y talleres por la tarde. ● Atención a padres los lunes de 16:00 a 17:00 h.

- La jornada escolar docente queda fijada de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas por la mañana. - El tiempo de comedor escolar queda establecido semanalmente de 7:30 a 9:00 horas (aula matinal) si hubiese y de 14:00 a 16:00 horas (comida de mediodía).

- Las actividades extracurriculares y talleres se desarrollarán de lunes a viernes de 16:00 a 18:00 horas, con carácter voluntario. - Tarde pedagógica, es el lunes de 15:30 a 18:30 horas. Se realizarán los Consejos escolares, Claustros, CCP, reunión con familias, formación del profesorado, … - La hora de cómputo mensual será el último miércoles de cada mes en horario de 14:00 horas a 15:00 horas. ● En el colegio se desarrollan actividades extracurriculares fuera del horario lectivo

promovidas por diversas asociaciones, instituciones y otros colectivos educativos y culturales y deportivos, ...Generalmente se realizan por la tarde, de lunes a viernes

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y de 16:00 a 18:00 horas, pudiéndose ampliar este horario si se estimase conveniente.

HORARIO GENERAL

7,30 9,00

AULA MATINAL (si la hubiera)

9,00 E N T R A D A

11,45 12,15

R E C R E O

14,00 S A L I D A

14,00 16,00

C O M I D A

16,00 18,00

ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES Y TALLERES Atención a padres (lunes)

El presente horario corresponde a los meses de octubre a mayo. Durante los meses de septiembre y junio el horario de jornada laboral será de 9:00 a 13:00 horas en periodo lectivo y de 13:00 a 14:00 en periodo no lectivo, según ha establecido el Consejo escolar y Claustro de profesores. Estas horas de obligada permanencia del profesorado podrán acumularse en dos días a la semana, destinándose una hora semanal a la atención a familias (lunes de 13:00 a 14:00 horas).

CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS HORARIOS. A la hora de la elaboración de los horarios, el jefe de estudios intentará respetar los siguientes criterios: En primer lugar, se tendrá en cuenta las necesidades del alumnado, procurando colocar las áreas instrumentales a primeras horas de la mañana y dejando para el resto de horas las demás áreas del currículo, procurando que en las horas finales de la mañana coincidan áreas formativas de características lúdicas y artísticas, de acuerdo con la organización del centro.

● Partimos del número de maestros según su adscripción y su especialidad y número de alumnos, según su curso.

● Una distribución racional de las tareas lectivas. ● El cubrir todas las tutorías, según la necesidad organizativa del centro, asignando

para ello varias tutorías a maestros / as especialistas. ● La asignación de horas en su horario personal a maestros que desempeñan otras

funciones complementarias a su horario lectivo: funciones directivas, coordinaciones de ciclo, representante del C.E.P., responsable aula Althia...

● Asignación de periodos horarios para apoyo a alumnos con necesidades educativas específicas o refuerzo educativo, de acuerdo con las medidas y

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programas establecidos en el centro. ● Planificación horaria para la utilización de aulas específicas (Althia, Música,

Biblioteca, Aula de Naturaleza, Apoyos, ...). ● Asignación de periodos horarios para apoyo a alumnos con necesidades

educativas específicas o refuerzo educativo, de acuerdo con las medidas y programas establecidos en el centro.

● Disponibilidad horaria para desarrollar los diversos Planes educativos en los que participa el centro.

● Coordinar el horario escolar general del centro con el horario del comedor escolar y aula matinal.

● Planificación del horario del centro para la realización de las actividades extracurriculares.

12.3. HORARIO DEL ALUMNADO El horario del alumnado garantizará el respeto al cómputo total de horas establecido en el currículo para todo el conjunto y cada una de las áreas (Orden del 2/7/2012).

La jefatura de estudios propondrá al Claustro para su aprobación, antes del inicio de las actividades lectivas, los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de las diferentes enseñanzas que se imparten en el centro dando prioridad a la atención a las características del alumnado y la coherencia con los principios educativos establecidos en el Proyecto educativo.

Con carácter general, los criterios establecidos para la elaboración del horario del alumnado son:

● El tutor del grupo es el maestro que más horas le imparte a dicho grupo,

procurando asignarle, siempre que sea posible, las áreas instrumentales.

● La mejora del rendimiento de los alumnos intentando que la carga curricular más fuerte y de las áreas instrumentales y básicas recaiga durante la jornada de mañana.

● Por las tardes, se intentará distribuir las sesiones más lúdicas, como Educación Física, Plástica o Religión.

● Los horarios de los alumnos se organizan por sesiones:

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Horario Sesiones Lunes a viernes

9:00 – 10:00 Áreas troncales Competencias básicas:

Comunicación lingüística Matemática

Conocimiento del mundo físico Cultural y artística Información y digital Social y ciudadana Aprender a aprender

Autonomía e iniciativa personal Emocional

Lengua

10:00 – 11:00 Matemáticas

Inglés Naturales

11:00 – 11:45 Sociales

11:45 – 12:15 Recreo

12:15 - 13:15 Áreas específicas Educación Artística

13:15 - 14:00 Educación Física Religión/Valores

12.4. HORARIO DEL PROFESORADO Según la Orden de 2/7/2012, el profesorado debe cumplir 29 horas semanales de permanencia en el centro, 25 de las cuales tendrán la consideración de lectivas y el resto de complementarias.

Horas lectivas Las horas lectivas del profesorado pueden ser dedicadas a la docencia o a otras funciones específicas, dándose prioridad a la ubicación de las horas de docencia directa. Las horas lectivas con el alumnado incluyen la docencia de las áreas, el desarrollo de las medidas de apoyo, refuerzo y ampliación para la atención a la diversidad, la orientación educativa, la atención de los recreos y las sustituciones del profesorado ausente.

Una vez asignadas las horas de docencia, el ejercicio de las funciones específicas en este centro tendrá un cómputo lectivo semanal en el horario del profesorado que las ejerza, de acuerdo con la siguiente correspondencia horaria:

● Función directiva: 16 horas (centros entre 23 y 27 unidades) ● Orientador del centro: dedicación plena ● Coordinador de formación: 2 sesiones ● Coordinador de nivel: 1 sesión ● Responsable de actividades complementarias y extracurriculares: 1 sesión ● Responsable de biblioteca: 1 sesión ● Responsable de servicios complementarios (comedor/aula matinal):2 sesiones ● Encargado de organizar actividades culturales, deportivas o talleres: 2 sesiones ● Los docentes que participen en los Consejos Escolares de localidad: reducción

del tiempo de asistencia en su horario complementario ● El coordinador de prevención de riesgos laborales: reducción según la

normativa vigente

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● El responsable de materiales curriculares: reducción según la normativa vigente ● El coordinador de proyectos de innovación o programas de cooperación

territorial: según establece la autorización

Otras consideraciones horarias Cuando un profesor ejerza más de una función específica de las anteriormente indicadas, podrá acumular las horas asignadas a cada una de ellas, en función de las necesidades organizativas del centro y de la planificación realizada por la Jefatura de Estudios. Esta posibilidad se aplica también a los miembros del equipo directivo siempre que, en su horario semanal, figuren, al menos, 6 sesiones para tareas de docencia directa.

12.5. HORARIO COMPLEMENTARIO DEL PROFESORADO

Horario del profesorado (Orden del 2/7/2012)

− La jornada laboral del profesorado es de treinta y siete horas y media − El horario semanal de obligada permanencia en el centro es de veintinueve horas. − El resto de horas hasta completar la jornada laboral es de libre disposición para

preparación de las actividades docentes, el perfeccionamiento profesional o cualquier otra actividad pedagógica.

− De las veintinueve horas semanales de permanencia en el centro, veinticinco tienen la consideración de lectivas y el resto de complementarias.

− De acuerdo con lo establecido en las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro, se puede asignar una hora complementaria del cómputo mensual para las actividades que no se hayan incluido de modo ordinario en el horario semanal, siempre que se realicen en momentos distintos a los recogidos en el horario general del centro:

● Reuniones de los órganos colegiados de gobierno ● Juntas de profesores de grupo ● Preparación y elaboración de materiales ● Formación permanente ● Atención y tutoría a familias ● Atención a la biblioteca

Horario docente

− Será de veinticinco horas lectivas y tres complementarias. − La cuarta hora de cómputo mensual no es necesario reflejarla en el horario

personal y es la dedicada a las actividades expuestas anteriormente. − Se elimina la obligación de establecer las horas complementarias en jornada de

tarde. La distribución de las horas complementarias será responsabilidad del equipo directivo (Orden del 2/7/2012).

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Actividades en el horario complementario

Las horas complementarias incluirán las siguientes actividades: ● El desarrollo de la función directiva ● La asistencia a las reuniones de los órganos colegiados de gobierno ● La asistencia a las reuniones de tutores con la jefatura de estudios y el orientador ● La atención a las familias por parte del tutor y del resto del equipo docente ● La promoción de la convivencia en el centro y medidas de respuesta a la

diversidad, tutoría y orientación ● La asistencia a las reuniones de los órganos de coordinación docente ● La colaboración con el equipo de actividades complementarias y extracurriculares

y en las actividades de biblioteca ● La coordinación y preparación de materiales curriculares ● La participación en actividades de formación e innovación realizadas en el centro ● La tutoría de prácticas de los alumnos universitarios o del profesorado funcionario

en prácticas ● Cualquier otra, de las establecidas en la PGA, que el director les asigne.

En los meses de junio y septiembre, las horas complementarias en el centro serán de 13:00 a 14:00 horas de lunes a jueves, y se repartirán de la siguiente forma:

Lunes: Atención a las familias Martes: Actividades de tutoría y CCP Miércoles y jueves: Reuniones de ciclo, programaciones

didácticas y preparación de material curricular. La programación de horarios y actividades se reflejará en la PGA cada curso escolar:

Horario

Sesiones lunes martes miércoles jueves viernes 9:00 a 11:45 DOCENCIA DIRECTA 11:45 a 12:15 VIGILANCIA RECREOS 12:15 a 14:00 DOCENCIA DIRECTA

14:00 a 15:00

Hora de cómputo mensual

15:30 a 18:30

Consejo Escolar Claustro CCP Niveles Familias Formación

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Algunas observaciones: ● Los Consejos escolares y Claustros se fijarán las veces que determine la

legislación vigente y cuando sea necesario. ● La Comisión de coordinación pedagógica se fija el último lunes de cada mes,

siendo flexibles en posibles modificaciones cada curso. ● Las reuniones de los Equipos de nivel se fijan el primer y tercer lunes de cada

mes. ● La Formación en centros se organizará en el horario atendiendo a los criterios y

disponibilidad del Grupo de formación. ● En cada nivel están integrados todos los maestros especialistas del Centro. ● Las reuniones con familias/visita de padres se realizarán todos los lunes de 16:00

a 17:00 horas.

12.6. RECREO El periodo de recreo del alumnado se considera periodo lectivo en el que se debe garantizar la debida atención y vigilancia por parte del profesorado (Orden de 15-09- 2008).

Se establece que esta atención puede organizarse por turnos respetando los siguientes criterios:

- Un profesor por cada 30 alumnos o fracción de educación infantil. - Un profesor por cada 60 alumnos o fracción en educación primaria.

El área de recreo del centro se divide en dos zonas diferenciadas que serán atendidas por el siguiente profesorado que se irá estableciendo en función de la matrícula de cada curso. El jefe de estudios elaborará para cada mes un cuadrante de turno de vigilancia de recreos donde asignará para cada día los profesores encargados de atender cada una de las zonas de recreo, en el que respetará un turno proporcionado entre el profesorado del centro. Este cuadrante se expondrá para información y conocimiento del profesorado en los tablones de anuncios correspondientes de los edificios del colegio y se entregará una copia a los coordinadores de ciclo.

NORMAS DE RECREO PARA EL PROFESORADO Se tendrán en cuenta las siguientes normas generales:

1. El tiempo de recreo es horario lectivo para los maestros, lo que implica la responsable vigilancia por parte del mismo según los turnos establecidos por la jefatura de Estudios.

2. El turno de recreo es de obligado cumplimiento por parte de todos los maestros que les corresponda diariamente, salvo causas excepcionales y justificadas. Cualquier modificación a este turno debe comunicarse con la suficiente antelación al jefe de estudios para su constancia escrita.

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3. En cada turno debe figurar como mínimo un profesor por cada 30 alumnos o fracción en educación Infantil y un profesor por cada 60 alumnos o fracción en educación primaria, procurando que, siempre que sea posible, haya un mínimo de dos profesores.

4. Los turnos serán rotativos, pudiendo ausentarse un maestro cuando otro lo sustituya, previa información y conocimiento al jefe de estudios.

5. Diariamente, dos maestros del turno de recreo (los dos primeros del listado), realizarán la vigilancia en el vestíbulo dentro de los edificios y los restantes lo harán en el patio. Atenderán también al alumnado que se accidente durante el periodo de recreo.

6. Los responsables de vigilar el edificio controlarán el orden de entrada y salida de los alumnos al patio, los alumnos sancionados, los aseos, cualquier accidente que pueda suceder,…

7. Los maestros que tienen el turno de recreo son los responsables de que los alumnos, al terminar el recreo, hagan las filas y entren por orden. El resto de profesores saldrán a recoger a sus grupos para entrar con ellos.

8. Los maestros del patio, se distribuirán procurando controlar adecuadamente diversas zonas del mismo. Atenderán a los alumnos en cualquier necesidad vigilando el comportamiento, juegos y uso de las papeleras.

9. La vigilancia de los espacios de recreo se realizará de la siguiente manera: − Patio de Infantil

● 1º lista: vestíbulo/aseos/primeros auxilios ● 2º y 3º lista: entrada del patio/zona delante del edificio ● 4º y 5º lista: pinar y zona de juegos.

− Patio de Primaria ● 1º lista: vestíbulo edificio 1/aseos/primeros auxilios ● 2º lista: vestíbulo edificio 2/primeros auxilios ● 3º lista: entrada al colegio/zona delante del edificio 1 ● 4º lista: porchado interior edificio 1. Aseos. ● 5º lista: pista de tierra/zona entre edificios 1 y 3 ● 6º y 7º lista: pistas polideportivas y gimnasio cubierto

10. Los maestros recordarán a sus alumnos la necesidad de cuidar el entorno del

patio (depositar los envoltorios y restos de comida en las papeleras y evitar juegos peligrosos y/o violentos).

11. Los maestros de cada grupo, se encargarán de que los alumnos depositen en las papeleras de cada clase los envoltorios de bocadillos y otros alimentos, así como los envases de zumos. Para ello, es conveniente tomarlos en clase unos minutos antes de la hora de salida al recreo. De esta manera se mejorará la limpieza del patio, pasillos y otras dependencias del colegio.

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12. Los días de mal tiempo o llovizna de poca intensidad se podrá utilizar el pabellón cubierto como espacio para el recreo. Los maestros responsables del turno de recreo vigilarán en este espacio.

13. DíAS DE LLUVIA: en caso de que la climatología impida salir al recreo, los alumnos permanecerán en las aulas atendidos por sus tutores. Los maestros especialistas y E. Directivo apoyarán la vigilancia de estos recreos en su nivel correspondiente al que están adscritos, cubriendo al tutor que requiera de ellos. Estarán en el edificio y zona de pasillo cercana a los cursos que les corresponde, con arreglo a la siguiente distribución:

O EDIFICIO Nº 1 (3º-6º):

- Esp. EF: 3º Primaria - Esp. Religión: 4º Primaria - Esp. Inglés.: 5º Primaria - E. Directivo: 6º Primaria

o EDIFICIO Nº 2 (1º-2º):

- Esp. Religión: 1º Primaria - Esp. EF.: 2º Primaria

o EDIFICIO Nº 3 (Infantil):

- Esp. PT: 3 años - Esp. AL: 4 años - Esp. Inglés: 5 años

14. Los alumnos/as no podrán estar durante el tiempo de recreo en las aulas u otras dependencias del centro, a no ser que estén acompañados por un maestro/a.

15. Los alumnos castigados para realizar actividades en períodos de recreo o en otro horario no lectivo, deben estar atendidos por los maestros responsables. No se deben de dejar solos o con los maestros que realizan el turno de recreo. Podrán usar la Biblioteca escolar para estudiar y/o realizar las tareas escolares encomendadas bajo la supervisión del maestro que haya impuesto la sanción.

16. Durante el periodo de recreo, el equipo directivo podrá atender a nivel administrativo, aquellos casos que se presenten relacionados con consultas, información, disciplina, organización y cualquier otro, según sus funciones y tiempo disponible para ello.

17. En aquellos casos en que, por ausencia justificada del profesorado, no se pudiera cubrir el cupo mínimo de maestros para atender las necesidades de vigilancia y atención del recreo en el patio, el equipo directivo, con carácter excepcional, podrá realizar el recreo ordinario para completar o reforzar dicho cupo, por causas necesarias para la correcta organización y funcionamiento del centro.

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18. El Equipo Directivo colaborará en la realización de las vigilancias de recreo.

12.7. APROBACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LOS HORARIOS

Según la Orden de 02/07/2012, los horarios del profesorado serán aprobados por el director, sin perjuicio de las competencias de los órganos superiores y de la supervisión de los mismos por la Inspección de Educación. Una vez aprobados, serán incorporados en el programa de gestión Delphos. Cualquier modificación requerirá notificación previa y autorización expresa de la Inspección de Educación.

● El control del horario del profesorado será realizado por el jefe de estudios y, en

última instancia, por el director. El jefe de estudios organizará la atención a los grupos cuyo profesorado esté ausente de acuerdo con los criterios establecidos en las normas de convivencia, organización y funcionamiento.

● Cualquier ausencia que se produzca deberá ser notificada por el profesor correspondiente con la mayor brevedad posible (Anexo 2.2), debiendo entregar éste al jefe de estudios, los justificantes correspondientes a tal ausencia el mismo día de su reincorporación al centro.

● Las faltas de asistencia del profesorado se grabarán en el programa de gestión Delphos. Una copia del parte de faltas generado por el programa será remitida al Servicio de Inspección, antes del día cinco de cada mes. La relación de ausencias se hará pública en la sala de profesores en un modelo normalizado que garantice la protección de datos de carácter personal.

● El director del centro comunicará al Servicio Periférico, en el plazo de tres días, cualquier incidencia de las ausencias no justificadas del personal del centro. La Inspección de Educación comunicará por escrito al interesado la ausencia no justificada, concediéndole audiencia de tres días hábiles para presentar

alegaciones, con carácter previo a la deducción de haberes, si procede, por el órgano competente.

12.8. ASISTENCIA A ACTIVIDADES DE FORMACIÓN El profesorado del centro dispondrá de siete días lectivos, como máximo, por curso académico para la asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con la práctica docente. El profesorado interesado en participar en cualquier actividad de formación deberá solicitarlo según modelo Anexo 2.3. Si coinciden dos o más maestros en su solicitud de formación en un mismo periodo el Equipo directivo organizará y decidirá la asignación a cada uno de ellos según las disponibilidades del centro.

El director del centro, según la Orden de 02/07/2012, a la vista de la petición de cada profesor, emitirá un informe que trasladará al Servicio Periférico con un mínimo de

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quince días naturales antes del inicio de la actividad. El informe reflejará el motivo del permiso solicitado y la disponibilidad del centro al respecto, garantizando la atención del alumnado, tras lo cual, el Coordinador Provincial resolverá, previo informe del Servicio de Inspección.

12.9. COMUNICACIÓN CON LAS FAMILIAS. Las relaciones colegio/familias deben ser cordiales, fluidas y de colaboración. Para ello una buena y eficaz comunicación a lo largo del curso escolar favorece la convivencia y ayudará a mejorar el ambiente escolar.

PROCEDIMIENTOS DE COMUNICACIÓN Las vías de comunicación con las familias se establecen en el centro a través de:

● Reuniones con los tutores y otros maestros. ● Reuniones con el Equipo directivo. ● Reuniones con la AMPA y otras asociaciones afines al colegio.

REUNIONES DE LOS TUTORES CON LAS FAMILIAS. ● Las reuniones de los tutores con los padres/madres de alumnos son obligatorias y

se harán, al menos, al principio y final del curso escolar, además de una trimestral preferentemente a la entrega de los resultados de la evaluación.

● También se harán reuniones cuando se crea conveniente y necesario para informar o tratar cualquier aspecto educativo del centro y comunidad escolar.

● En las reuniones trimestrales, además de informar a las familias sobre aspectos educativos, de convivencia, de organización y evaluación de sus hijos, entre otros, es conveniente entregarles los informes de evaluación trimestral y final.

● Con respecto a la reunión de principio del curso escolar, se establecen las siguientes consideraciones:

- Realizarlas no más tarde de mediados de octubre, avisando por escrito a las familias del día, hora y lugar de la reunión, con los puntos a tratar.

- Se aconseja informar de los puntos siguientes:

Presentación del tutor/a (siempre que sean nuevos en el colegio, ciclo o curso). Relación de los maestros/as que imparten clase al grupo con las materias

correspondientes. Tutoría individualizada (cada maestro/a, independientemente de las materias que

imparta, es tutor/a de sus alumnos). Informar y aclarar aspectos sobre agrupamiento de alumnos, metodología, material

escolar, normas de convivencia y comportamiento, hábitos de estudio, reuniones con familias, deberes para casa, … y cualquier otro que se considere de interés.

Informar sobre el sistema de apoyos y refuerzo educativo establecido en el centro para aquellos alumnos que lo necesiten (orientación, P.T., A.L., apoyos paralelos, desdoblamiento de grupos, …).

Informar sobre la novedad de modelos y programas educativos que se están

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desarrollando en el colegio: Interculturalidad y cohesión social (para alumnos de primaria), Plan de mejora del éxito escolar y PROA (programa de acompañamiento, para alumnos del tercer ciclo de primaria en áreas fundamentales de lengua, matemáticas e inglés).

Insistir en la puntualidad de asistencia a clase, la higiene y el aseo personal, las faltas justificadas, …

Normas sobre salidas: Los niños no pueden salir solos del colegio en horario lectivo. Ante cualquier ausencia debe recogerlos un familiar.

Se deben respetar, salvo causa justificada, los horarios semanales establecidos para visitas de familias con los tutores: lunes, de 16:00 a 17:00 horas.

Información sobre las actividades extracurriculares y complementarias que se vayan a programar de modo general o particular.

También el servicio de programas complementarios que se desarrollan en el centro: comedor escolar y aula matinal.

Información sobre las programaciones didácticas, evaluación y sistema de promoción de alumnos, en el que decidirá todo el equipo de maestros que dan clase al alumno.

Finalmente, cada tutor/a o maestro/a del nivel puede añadir lo que crea conveniente, informando a las familias que se les entregará un programa general informativo y que para cualquier consulta o aclaración deben dirigirse al Equipo directivo.

REUNIONES EQUIPO DIRECTIVO/AMPA. Periódicamente, una vez al trimestre, al principio y final del curso o cuando haya que tratar cualquier tema educativo o de otra índole relacionado con el centro, se establecen reuniones, generalmente con la directiva de la AMPA para informarles y cambiar impresiones y sugerencias sobre la organización y funcionamiento del colegio, convivencia, actividades complementarias y extracurriculares, proyectos educativos, obras y mejoras y cualquier otra cuestión que esté relacionada con la educación. Así mismo, se exponen ideas y proyectos conjuntos para mejorar la vida en el centro. Al comienzo de cada curso escolar, se acuerda un calendario de reuniones que se refleja en la PGA y Memoria Final.

FALTAS DE ASISTENCIA A CLASE DE LOS ALUMNOS. Los tutores y/o maestros encargados de los distintos grupos de alumnos controlarán diariamente el registro de asistencia a clase de sus correspondientes alumnos en los distintos períodos horarios. Las faltas de asistencia se reflejarán por los tutores diariamente a través del programa Delphos. Podrán ser justificadas por las familias verbalmente al tutor o Jef. Estudios o, si el periodo de ausencia es significativo, a través del modelo de justif. elaborado al efecto (Anexo 1.7) . Los tutores comunicarán al jefe de estudios aquellos casos de ausencias injustificadas

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que empiecen a ser preocupantes, para su tratamiento en la reunión mensual de la Comisión de Absentismo.

AUTORIZACIONES Y JUSTIFICACIONES. JUSTIFICACIÓN DE FALTAS DEL ALUMNADO

Los padres deben justificar las faltas de asistencia de sus hijos a los tutores correspondientes y/o jefatura de estudios con el justificante correspondiente o, en su caso, con el modelo existente en el colegio (Anexo 1.7) En caso de reincidencia y no justificación se le requerirá a través de la Comisión de absentismo, la justificación de las faltas. En los casos en que no puedan justificarse las faltas, tanto de asistencia, como de puntualidad, al no haberlas podido conseguir en el lugar correspondiente de visita (asistencia médica, …), los padres o tutores responsables del alumno, rellenarán el modelo de faltas justificadas elaborado en el colegio, entregándolo a su tutor o al jefe de estudios. AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES Y PARA EL USO DEL DERECHO DE IMAGEN DE LOS ALUMNOS (ANEXO 1.4)

Estas actividades complementarias y extraescolares del colegio serán las que se realicen durante este curso escolar dentro de la localidad y estarán aprobadas por el Consejo Escolar en la PGA, además de otras que puedan surgir a lo largo del curso de características similares. Las actividades programadas fuera de la localidad necesitarán autorización específica.El derecho de imagen supone el poder utilizar la imagen de su hijo/a en documentos, fotografías, web escolar, películas, que el colegio organice en las actividades escolares o extraescolares, con fines educativos y no comerciales.

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13. ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS Y TIEMPOS. NORMAS PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES Y RECURSOS DEL CENTRO

13.1. CRITERIOS DE REPARTO DE ESPACIOS El centro tiene tres edificios académicos diferenciados, además de otros dos destinados a gimnasio cubierto y almacén de material. La distribución es la siguiente:

● Edificio 1: destinado al alumnado del 2º y 3er ciclo de Primaria Biblioteca del centro, Administración y Servicios y otras dependencias. Distribución: - Planta baja: Administración y Servicios, Biblioteca, sala de profesores. - 1ª planta: Aulas para los alumnos del 2º ciclo, música, Aula de ciencia, Equipo de orientación. - 2ª planta: Aulas para los alumnos del 3er ciclo.

● Edificio 2: destinado al alumnado de 1º y 2º de Primaria, salón de actos, comedor escolar, aula AMPA y otras dependencias. Distribución:

- Planta baja: Alumnos de 1er curso, comedor y salón de actos - Planta 1ª: Alumnos de 1er y 2º curso, Aula de música e idiomas, aulas de

apoyo y sala de profesores.

● Edificio 3: destinado al alumnado de Infantil. Distribución: - Planta baja: Alumnos de 3 años, 4 años y psicomotricidad. - Planta 1ª: Alumnos de 5 años, sala de profesores, clase de inglés, biblioteca y

sala de usos múltiples.

Para hacer posible una adecuada organización de los espacios y recursos de nuestro centro, son importantes tanto los espacios educativos que configuran las aulas, como otros entornos de uso común que hay que tener en cuenta para rentabilizarlos al máximo (aulas de apoyo, aula Althia, salas de reuniones, patios de recreo, etc.).

Se gestionará a través del Servicio Periférico de Educación, Cultura y Deportes, y Ayuntamiento, la realización de las obras necesarias para la eliminación de las barreras arquitectónicas que permitan que algunos alumnos del colegio dispongan de la movilidad necesaria para su correcta integración en la vida escolar.

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13.2. ESPACIOS COMUNES Se establecen las siguientes normas: ● Dentro de los edificios y en el patio de recreo no se jugará con balones u otros

objetos que supongan riesgos para las personas y el mobiliario, salvo en los lugares del citado patio específicos para ello y bajo la vigilancia de los maestros encargados de estas actividades.

● El paso por espacios comunes (pasillos, escaleras y vestíbulo) en horario lectivo, se realizará siempre acompañados de un maestro y de la manera más ordenada y silenciosa posible, de forma que no interfiera en la realización de las actividades del resto de las aulas.

● Se respetarán, cuidarán y mejorarán, si es posible, los distintos materiales, la decoración, los trabajos expuestos, las plantas, tanto en las aulas como en los espacios comunes.

● El alumnado del centro tendrá especial cuidado al usar los aseos, cerrando siempre los grifos de los lavabos y procurando no tirar nada en los váteres que pueda producir un atasco.

● Los pasillos y dependencias del colegio deben estar limpios. No se tirarán papeles, bolsas u otros objetos al suelo y siempre se usarán las papeleras, contribuyendo al reciclado de los diversos materiales en sus contenedores específicos.

● Los ascensores no podrán ser utilizados por los alumnos, a no ser que haya algún problema físico y, en todo caso, siempre deben estar acompañados de un adulto.

● Todos los miembros de la comunidad educativa respetarán responsablemente el edificio, las instalaciones y el mobiliario y colaborarán en la limpieza y orden del centro.

13.3. AULAS ● En el colegio se dispone de espacios específicos que permitan tanto un trabajo

individualizado (cada persona necesita de un espacio considerado como propio, un lugar con el que poder identificarse, y depositar sus objetos personales), como socializado (puntos de encuentro, en pequeño y gran grupo, si es posible, para favorecer relaciones cooperativas).

● También se habilitan espacios y tiempos para articular distintos tipos de agrupamientos que permitan abordar actividades simultáneas de diverso tipo y con materiales distintos.

● Favorecer un clima de tranquilidad, comodidad y seguridad (el aula debe ser para los alumnos un espacio agradable de interacción y trabajo).

● Igualmente se fomentará entre el alumnado el respeto por las instalaciones del aula y su mobiliario, como algo suyo que deben dejar en buen estado para ser usado posteriormente por otros alumnos.

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CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DE AULAS Con la finalidad de disponer de una mejor organización de los espacios del centro, facilitando la situación, mobiliario y materiales didácticos adecuados para cada aula, según el alumnado que la debe ocupar, se establecen la siguiente distribución y criterios:

Aulas de Infantil (Edificio 3)

● Planta baja: cursos de 3 y 4 años ● Planta primera: cursos de 5 años

Aulas de Primaria (Edificio 2)

● Planta baja: cursos de 1º ● Planta primera: curso de 1º y 2os

Aulas de Primaria (Edificio 1) ● Planta primera: cursos de 3º y 4º ● Planta segunda: cursos de 5º y 6º

− En Infantil cada tutor y grupo de alumnos ocuparán cada curso sus aulas

específicas, trasladándose cada año al aula del curso siguiente. Cada profesor debe dejar el mobiliario y el material en el aula correspondiente al terminar el curso para que al curso siguiente puedan ser utilizados por otro profesor. Sólo pueden llevarse los objetos y materiales personales.

− En las aulas de Primaria, con el fin de que cada aula esté siempre dotada con material que es necesario para ese curso, el tutor ocupará cada año un aula distinta según su curso. Al final de curso no se trasladará ningún mobiliario ni material didáctico y específico de ese curso (libros, guías didácticas, diccionarios, mapas, posters y otros materiales que correspondan a ese nivel).

− Cuando falte material en algún aula, se comunicará en Secretaría para dotar a esa aula de ese material necesario.

13.4. LA BIBLIOTECA GENERAL DEL CENTRO La biblioteca escolar es un recurso educativo al servicio del currículo y el PEC y se concibe en la actualidad como un espacio dinámico de recursos y servicios de información que cumple un papel primordial en el proceso de enseñanza y aprendizaje, y como tal es un instrumento fundamental de índole pedagógica que apoya la labor docente. Tiene que actuar como centro de recursos que favorezca los proyectos interdisciplinares y el trabajo en equipo del alumnado y del profesorado, enriqueciendo la actividad en el aula y facilitando la participación en los programas y proyectos del centro.

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La buena organización de la biblioteca, la dotación adecuada, el funcionamiento adaptado a las necesidades del alumnado y la organización de actividades en torno a ella son instrumentos eficaces cuando se persigue fomentar el gusto por la lectura y la adquisición de habilidades asociadas a la búsqueda y tratamiento de la información.

La biblioteca del centro estará atendida y coordinada por el responsable de la misma que tiene como funciones las recogidas en la Orden 02/07/2012. Asimismo, todo el profesorado y en especial los tutores pueden y deben hacer uso de la misma con sus grupos de alumnos.

Al comienzo de cada curso escolar, con el fin de conseguir el objetivo de acercar a los alumnos a la lectura, el interés a los libros y a la biblioteca, así como compartir y abrir sus recursos a toda la comunidad educativa, el jefe de estudios, junto con el equipo de biblioteca, elaborará un horario de uso de la misma siguiendo los siguientes criterios:

● Cada grupo de alumnos dispondrá de, al menos, una sesión semanal con su tutor,

en la que se visitará la biblioteca para realizar actividades de lectura y consulta.

● Dos días de apertura a alumnos y maestros llevar a cabo consultas, lecturas o préstamos.

● Dos tramos horarios en los que el responsable de la biblioteca se encargará de realizar las tareas de catalogación de materiales, supervisión y mantenimiento de las instalaciones, así como de preparar actividades de animación a la lectura que se irán convocando a lo largo del curso.

● Disponibilidad en cualquier sesión lectiva y siempre que no esté ocupada, para ser utilizada por cualquier profesor con su grupo de alumnos.

La biblioteca está al servicio de toda la comunidad educativa, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. Es propiedad del colegio y figura en su inventario general. Entre sus finalidades están las de cultivar la afición a la lectura y habituar a los alumnos a que la utilicen para completar su formación cultural y científica. Los tutores orientarán a los alumnos sobre el funcionamiento y normas de uso de la biblioteca del centro. El responsable será un equipo de biblioteca formado por tres maestros del centro que tendrá la misión de elaborar y controlar el inventario de libros y materiales y custodiar la biblioteca haciendo cumplir las siguientes normas generales de uso:

- Los libros podrán prestarse con las limitaciones y garantías necesarias y siempre que el lector se comprometa a usarlos con el debido cuidado.

- No se podrá disponer de más de dos libros de literatura a la vez. - Algunas obras de consulta no podrán salir del colegio, limitándose su utilización al

horario escolar.

- Para poder sacar un libro de la biblioteca es necesario la presentación del carnet de la biblioteca.

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- Ningún lector podrá tener un libro más de 30 días. En casos especiales podrá prolongarse su tenencia, previa presentación del libro. Se establecerá una sanción por los retrasos sin motivo, que consistirá en la retirada del carnet y una vez devuelto el libro, el lector permanecerá una semana sin poder hacer uso del mismo. Pasados 15 días desde la retirada del carnet y no habiendo devuelto el libro, se le entregará una nota a la familia indicando que o, bien devuelva el libro, compre uno nuevo o abone la cantidad para comprarlo desde el centro.

- El horario de uso de la biblioteca para los alumnos/as estará en función de las horas que el maestro bibliotecario/a tenga a disposición de la misma. En esas horas, los alumnos irán bajando a la biblioteca por turnos.

BIBLIOTECA DE AULA Además de la biblioteca del centro, podrán funcionar en el colegio las bibliotecas de aula, centros de lectura complementarios. Esta biblioteca se instalará en un lugar específico y adecuado de cada aula y se activará fomentando el interés por la lectura, con material adecuado para los alumnos según su curso y edad. Las bibliotecas de aula se impulsarán con adquisición de bibliografía variada y atrayente a través de la biblioteca general del centro y específica del aula.. Habrá alumnos de la clase encargados de la biblioteca con cargos específicos y responsables del cuidado y orden de los libros y otros materiales. También debe realizarse un inventario de todo el material, pudiendo sacarlos fuera de clase para leer en casa y realizar actividades para fomentar la lectura, animación a la lectura, comprensión lectora, entre otras.

13.5. LA BIBLIOTECA/LUDOTECA DE INFANTIL

Con la finalidad de que los niños y niñas de esta etapa educativa puedan desarrollar su aprendizaje lector y lúdico, se ha adaptado un aula de ese edificio para la biblioteca infantil y ludoteca. Está dotada de libros de lectura y otros materiales adaptados a la edad del alumnado, así como diversos juegos educativos

- Se encargará de coordinar las actividades y organizar aula, el coordinador o coordinadora de este ciclo, que podrá contar con varios maestros colaboradores, formando el equipo de biblioteca/ludoteca. - Los grupos de alumnos podrán visitar la biblioteca durante en horario lectivo, siempre acompañados por un maestro. En la puerta hay una plantilla para anotar qué días y horas estará ocupada, reflejando el grupo de alumnos y maestro. - Las actividades que pueden programarse son:

● Taller de expresión oral ● Cuentacuentos ● Animación a la lectura

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● Dramatizaciones ● Proyecciones

En esta biblioteca el servicio de préstamo sólo va dirigido a las aulas, no a los niños en particular. A principio de curso se entrega al tutor de cada grupo un lote de 10 ó 15 libros para su aula. Al cambio del trimestre los lotes de libros rotan entre los grupos del mismo nivel.

Los niños pueden hacer uso del material dentro de la biblioteca bajo la supervisión de un maestro.

13.6. AULA ALTHIA El aula de medios de información y comunicación es el espacio del centro que incorpora los medios materiales, servicios y recursos informáticos necesarios para desarrollar el Programa Althia, con el que se pretende fomentar la integración de las tecnologías de la información y la comunicación dentro del entorno de trabajo habitual de docentes y alumnos. Entre otros objetivos del programa Althia destacan los siguientes:

- Integrar el uso de las tecnologías de la información y la comunicación como un recurso educativo cotidiano en la práctica docente.

- Dotar a nuestros alumnos del conocimiento práctico y teórico necesario para ser usuarios críticos de las tecnologías digitales y capaces de encontrar, analizar, sintetizar y producir información con ellas.

- Favorecer el trabajo colaborativo, la intercomunicación y el uso de nuevos medios de expresión.

- Reforzar nuestras señas de identidad a partir de una presencia en la red de mayor calidad.

El aula Althia tendrá las funciones y tareas contempladas según la orden de 02/07/2012. Asimismo, podrá ser utilizada por todo el profesorado y alumnado del centro. Con este fin, el jefe de estudios, elaborará al principio de curso un horario de uso de este espacio atendiendo y respetando los siguientes criterios:

● Asignar una hora quincenal a cada tutor de primaria en la que puedan ir con su

grupo de alumnos a trabajar cualquier área que hayan programado.

● Los especialistas también dispondrán de una sesión quincenal con cada uno de los grupos a los que imparten docencia.

Existe en el centro un aula de nuevas tecnologías e informática, dotada de veinticinco puestos de ordenador con conexión a Internet, a disposición de la comunidad educativa. A ella acuden los alumnos con sus tutores, respetando un horario previamente establecido. El jefe de estudios procurará que cada curso haya un

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profesor con acreditados conocimientos de informática que tenga varias horas lectivas semanales a disposición, con el fin de ayudar en su uso a otros profesores con menos conocimientos en dicha área.

Esta aula también puede ser utilizada por la AMPA para realizar cursos de informática dentro del Plan de actividades extracurriculares, así como por el Excmo. Ayuntamiento durante el desarrollo de Talleres y Escuelas de verano, siempre bajo supervisión y personal preparado y responsable.

El criterio general de uso de esta aula es que, debido a lo delicados que son los ordenadores, y a la amplitud de posibilidades que ofrece la conexión a Internet, los alumnos nunca deben estar solos en ella. En todo caso, las entidades ajenas al centro que utilicen esta aula, se responsabilizarán de cualquier desperfecto ocurrido en ella y contribuirán en lo posible al mantenimiento de consumibles. (Ver puntos 16.4.1. y 17.7)

13.7. USO DE RECURSOS DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS FUERA DEL CENTRO

Si algún maestro/a necesitara utilizar fuera del colegio algún recurso del centro con fines pedagógicos (portátil, cámara de fotos o de vídeo, cañón de proyección...), cumplimentará el correspondiente documento comprometiéndose a devolverlo en perfecto estado y a la mayor brevedad posible.

El maestro/a que utilice alguno de los recursos del centro, será responsable de cualquier desperfecto o pérdida, comprometiéndose a su reparación o reposición.

13.8. USO DEL AULA DE CIENCIAS NATURALES Y ARTES PLÁSTICAS

Este aula esta ubicada en la primera planta del edificio nº 1 de primaria. Está dotada de mobiliario y diverso material específico para desarrollar actividades relacionadas con el mundo natural y científico: - Biología (lupas, microorganismos, muestras,.) - Geología (cajas de rocas y minerales) - Electricidad y magnetismo (circuitos, generadores, imanes…) - Sustancias y mezclas (vasos, probetas, mecheros, balanzas…) - Geografía (mapas, globos…) - Historia (fósiles,) - Plástica (horno de arcilla…)

Puede utilizarse como aula complementaria para actividades específicas de los

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diferentes ciclos. Para ello, se dispondrá de un horario semanal y un encargado responsable que coordinará el uso y cuidado del material. Será nombrado al comienzo de cada curso escolar y reflejado en la P.G.A.

13.9. SALÓN DE ACTOS/AULA DE USOS MÚLTIPLES El Salón de actos del colegio es un espacio adaptado y acondicionado para la realización de actividades escénicas, teatrales, audiovisuales y lúdicas que permite la participación de uno o varios grupos de alumnos y cursos.

También se utilizar para realizar actividades complementarias y extraescolares, cursos, talleres y otras específicas de asociaciones e instituciones con las que colabora el centro.

A lo largo de cada curso escolar se elaborará desde la jefatura de estudios un horario para establecer la utilización del Salón de Actos por los distintos grupos y niveles.

13.10. INSTALACIONES DEPORTIVAS Las instalaciones deportivas del centro son los espacios comunes, donde se desarrolla el recreo, las clases de Educación física y otras actividades culturales o lúdicas. Es por eso que están sujetas a las mismas normas de uso y respeto que el resto por parte del alumnado y profesorado. En base a esto, las sesiones en las que los patios estén dedicados a Educación física no podrán ser utilizadas por otros grupos de alumnos, salvo que no molesten o interfieran en el desarrollo de las actividades programadas.

Cuando una asociación deportiva ajena al centro solicite el uso de las instalaciones en horario no lectivo (tardes a partir de las 16:00 horas o días no lectivos), figurará un responsable mayor de edad que procurará que no se produzcan desperfectos en aquéllas, asumiendo el arreglo de los mismos en caso de producirse.

Igualmente se responsabilizará del material escolar utilizado a través de la asociación o cualquier otra entidad que lo utilice (ver punto 21.3).

13.11. NORMAS PARA EL USO DE LOS ORDENADORES DEL PROFESORADO

Según instrucciones de los Servicios Periféricos de Educación, los ordenadores del profesorado que, hasta el curso 2012/2013, estaban provisionalmente adjudicados a cada maestro del centro, pasan a ser propiedad del colegio, el cual, debe inventariar y optimizar el uso de estos recursos entre el profesorado del centro.

- Los maestros seguirán utilizando el ordenador que se les adjudicó en su momento, mientras estén ejerciendo su labor docente en el colegio. En el momento de su cese, deberá devolverlo al centro y concretamente al secretario en la fecha de cese.

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- Cada maestro se hará responsable del buen funcionamiento y conservación del ordenador y accesorios (cargador, maletín, CDS de instalación, …), comunicando al responsable de cualquier incidencia que ocurra.

- Ante la falta de equipos informáticos suficientes para su uso en el colegio, cuando un maestro esté de baja laboral de larga duración (más de un mes), deberá dejar el

ordenador en el centro para que la persona que lo sustituye pueda utilizarlo, debido a que todas las aulas disponen de pizarra digital, y es una herramienta de trabajo del centro. Cuando se produzca la reincorporación del titular de la plaza, volverá a disponer de su ordenador correspondiente.

- Como todos sabemos, el uso que se dará a estos ordenadores será estrictamente educativo en nuestro horario laboral, por lo que no se podrán usar gestores de descargas masivas (ares, emule, torrents, …) que colapsan la red wifi del centro.

14. SERVICIOS EDUCATIVOS COMPLEMENTARIOS

14.1. FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR ESCOLAR Y AULA MATINAL El comedor escolar del C.E.I.P. “Eduardo Sanchiz”, depende orgánica y funcionalmente de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte que lo gestiona a través del Servicio Periférico.

La organización y funcionamiento del servicio del comedor escolar se regula a través de la Orden de 2 de marzo de 2004 y del decreto 138/2012. de 11 de octubre de 2012. La normativa establece que para que el servicio se preste será condición necesaria que exista un número de comensales habituales, que en el caso del servicio de mediodía es de 20 de alumnos y en el del aula matinal de 15 alumnos.

El Consejo escolar del colegio selecciona de entre su alumnado a los comensales que harán uso de él. Esta selección, en base a criterios económicos y de situación familiar, se realiza a finales de cada curso para que al terminar el mismo, los padres/madres de alumnos sepan si sus hijos/as han obtenido plaza en el citado comedor, para el curso siguiente. Las instrucciones de la dotación económica y la contratación de la empresa adjudicataria corren, igualmente, a cargo del Servicio Periférico. El precio del cubierto se ajustará a lo establecido en la normativa vigente.

Asimismo, en el centro funciona el aula matinal, igualmente dependiente del citado servicio de Educación, donde los alumnos/as del colegio pueden desayunar y hacer actividades lúdicas desde las 7:30 h. hasta las 9:00 h. de lunes a viernes. La selección se realiza en el propio centro y las cuotas también están definidas por la normativa vigente para cada curso escolar.

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INSTALACIONES: El comedor del C.E.I.P. “Eduardo Sanchiz” está situado en un aula de unos 120 metros cuadrados en la planta baja del edificio de primaria y dispone de un espacio para 80 comensales. El aula matinal también ofrece sus servicios en las instalaciones

del comedor escolar, con una matrícula de 25 alumnos aproximadamente, pudiendo variar en ambos casos a lo largo del curso escolar.

TALLERES Y ACTIVIDADES: Al comienzo de curso se realiza un proyecto de actividades el cual se va desarrollando a lo largo del mismo en función del tiempo disponible, ya que el objetivo primordial de los niños en el comedor es que coman adecuadamente y que no se vea trastornado el horario de comidas.

De 15:00 a 16:00 h. se desarrollan en el comedor y pistas deportivas, a cargo de las monitoras del mismo, diferentes talleres: cocina, deporte, teatro y pintura y manualidades...

Así mismo, en el aula matinal se realizan, fuera del desayuno, actividades lúdicas y educativas (programas infantiles de televisión, pintura, dibujo, juegos, …). (Ver puntos 16.4.2 y 17.9).

15.- PROGRAMA DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRACURRICULARES

● Las actividades complementarias se impartirán en horario lectivo y son obligatorias para todos los alumnos. Cuando estas actividades se realicen fuera del centro escolar, se pedirá autorización a las familias. Si se imparten en horario no lectivo serán voluntarias.

● Las actividades extracurriculares se programan en la P.G.A. indicando los

responsables de su realización y serán voluntarias para maestros y alumnos (Orden de 25 de junio de 2003 – D.O.C.M. de 4 de julio de 2003).

● El programa de actividades complementarias y extracurriculares lo elabora

anualmente el Equipo directivo junto con los equipos de nivel, interviniendo la AMPA del colegio y Ayuntamiento, y estarán aprobadas por el Claustro y Consejo Escolar.

● Estas actividades podrán ser a nivel general de todo el centro, de etapa o nivel.

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15.1. COORDINACION PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRACURRICULARES

- La realización de actividades complementarias y extracurriculares elaboradas y aprobadas por los ciclos al principio del curso escolar, y reflejadas en la P.G.A., son de obligado cumplimiento por parte de los tutores y maestros especialistas de cada ciclo. - Las actividades extracurriculares que no estén reflejadas en la P.G.A y surjan excepcionalmente durante el curso, son opcionales. No obstante, se debe valorar el tipo de actividad y la repercusión que pudiera tener con el resto de la comunidad educativa (alumnos, padres…) aconsejándose que haya una coordinación en el ciclo con el fin de ponerse de acuerdo sobre la realización de una actividad determinada para que participen todos los alumnos del ciclo, evitándose la exclusión de cursos determinados. De todas formas, se debe respetar la opción o decisión adoptada por cada maestro con respecto a su curso correspondiente.

15.2. PROGRAMA DE ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES Y TALLERES

− Estas actividades se complementan con las actividades curriculares realizadas en

el colegio en horario de mañana.

− Se realizarán durante los meses de octubre a mayo, ambos inclusive.

− Se desarrollarán en horario de tarde, de lunes a viernes y de 16:00 a 18:00 horas, en el colegio y en otros lugares adecuados para la realización de las distintas actividades, según sus características.

− Las actividades extraescolares están aprobadas cada curso escolar por el

Colegio, AMPA y Ayuntamiento, además de otros organismos que pueden colaborar y plantear cualquier actividad educativa adecuada al alumnado del colegio.

− En el desarrollo y programación de actividades, se intentará que sean adecuadas

para cada edad, educativas, variadas, atrayentes y coherentes con el horario establecido.

− En todas estas actividades, pueden participar todos los alumnos del colegio que lo

deseen, de forma voluntaria y siempre respetando las normas establecidas.

− El horario de estas actividades estará programado a través de los distintos organismos y entidades responsables, y se desarrollarán con monitores y personal especializado, según el tipo de actividad.

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− Dependiendo del presupuesto, algunas de ellas serán gratuitas y en otras habrá que abonar una cantidad para hacer frente a los gastos de monitores y materiales que se necesiten. Debe tenerse en cuenta que hay subvenciones para realizarlas, pero muchas veces resultan insuficientes considerando la cantidad y calidad de actividades que queremos conseguir.

− Este Programa de actividades está reflejado en el Proyecto de modificación de

tiempos escolares aprobado en el colegio en el curso 2008/09 (Punto 6: Organización de actividades complementarias y extraescolares). (Ver puntos 10.3.6 y 11.10)

15.3. USO ESPECÍFICO DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO

Se establecen unas normas para el uso específico por parte del alumnado, del profesorado y de otras personas afines al centro de su material e instalaciones en horario extraescolar. Para poder utilizar cualquier entidad, institución o asociación perteneciente a la comunidad educativa, las instalaciones del colegio Público “Eduardo Sanchiz”, y con el fin de realizar actividades extraescolares, culturales, educativas o deportivas, es necesario que los interesados lo soliciten por escrito al director del centro. Por este motivo, deberán enviar o entregar la solicitud correspondiente reflejando los datos siguientes:

- Título de la actividad. - Persona/Entidad/Asociación que la organiza. - Duración total. - Horario semanal. - Alumnado/personas a las que va dirigida. - Aulas que se necesitan. - Otro material. - Nombre y especialidad de los monitores/as que imparten la actividad. - Persona o personas responsables de la actividad. - Otras observaciones que se consideren oportunas. - Compromiso de hacerse cargo de la reparación o reposición de cualquier

desperfecto que pudiera surgir en materiales, mobiliario o instalaciones en general.

Las utilización de las instalaciones del colegio (aulas, gimnasio, pistas, aseos, …) y materiales diversos, requiere siempre su correcto cuidado y conservación. Los

espacios que se usen deben quedar limpios y ordenados, respetando el cuidado del mobiliario y recursos utilizados en cada momento y actividad. El material educativo, didáctico, lúdico o deportivo de cualquier índole deberán quedar en perfectas

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condiciones de uso y de no ser así, reponerse. Las llaves de las diversas dependencias se entregarán en la Secretaría del centro al finalizar el curso o taller. De todo ello se responsabilizarán las personas pertenecientes a la asociación o entidad que haya organizado las actividades y solicitado el colegio para realizarlas.

Si se necesita utilizar las instalaciones del centro para otra actividad específica (donantes de sangre, elecciones, celebraciones, …), los responsables deben solicitarlo también por escrito, comprometiéndose al buen uso y cuidado de los espacios y material utilizado.

En ningún caso, cualquiera de estas actividades, podrá realizarse en horario lectivo, salvo que alguna de ellas y de manera excepcional, se considere que, por sus características, se pueda desarrollar dentro del citado horario y siempre que no interfiera el normal desarrollo de las actividades lectivas y la organización del centro. Estas actividades complementarias deben estar directamente relacionadas con el alumnado del centro.

Siempre que no se cumplan las normas de uso y requisitos establecidos, la Dirección del centro podrá negar o suspender la realización en el colegio de actividades concretas.

16.- PLAN DE EMERGENCIA Y AUTOPROTECCIÓN DEL COLEGIO

Este Plan fue actualizado en el curso 2012/2013 y en él se recogen, entre otros: − La normativa vigente. − Los objetivos que se pretenden conseguir. − La situación del entorno del centro educativo. − Las características de cada edificio, otras edificaciones y patios. − El análisis y evaluación de los riesgos. − Las medidas de protección y los medios disponibles. − El procedimiento de aplicación, organización, funciones y vías de evacuación. − La realización y normas de simulacros de evacuación del centro. − La información y prevención sobre emergencias en el centro y las actuaciones

preventivas en las instalaciones.

El presente Plan de Autoprotección comprende, en líneas generales, la organización de los medios humanos y materiales para la prevención de los riesgos, así como garantizar la evacuación general y la intervención inmediata.

Las actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales están reguladas en las Instrucciones para la gestión de la prevención de los riesgos laborales en los Centros docentes públicos no universitarios de Castilla-La Mancha, de 4 de diciembre de 2009.

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17. REFERENTE NORMATIVO

2007.03.08_3 LEY Participación Social en la Educación de CLM TÍTULO II. De la participación de la comunidad educativa. Art. 26. Participación.

2013.12.09_8 LEO Mejora Calidad Educativa (LOMCE) INTRODUCCIÓN La transformación de la educación no depende sólo del sistema educativo. Es toda la sociedad la que tiene que asumir un papel activo. La educación es una tarea que afecta a empresas, asociaciones, sindicatos, organizaciones no gubernamentales, así como a cualquier otra forma de manifestación de la sociedad civil y, de manera muy particular, a las familias. El éxito de la transformación social en la que estamos inmersos depende de la educación. Ahora bien, sin la implicación de la sociedad civil no habrá transformación educativa. La realidad familiar en general, y en particular en el ámbito de su relación con la educación, está experimentando profundos cambios. Son necesarios canales y hábitos que nos permitan restaurar el equilibrio y la fortaleza de las relaciones entre alumnos y alumnas, familias y escuelas. Las familias son las primeras responsables de la educación de sus hijos y por ello el sistema educativo tiene que contar con la familia y confiar en sus decisiones.

Art.1 PRINCIPIOS

h) El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad. h bis) El reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos. k) La educación para la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos, así como para la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y en especial en el del acoso escolar.

Art. 91 FUNCIONES DEL PROFESORADO

c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias. h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.

Art. 118. PRINCIPIOS GENERALES. CAPÍTULO I. PARTICIPACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO Y GOBIERNO DE LOS CENTROS 3. Las Administraciones educativas fomentarán, en el ámbito de su competencia, el ejercicio efectivo de la participación de alumnado, profesorado, familias y personal de

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administración y servicios en los centros educativos.

4. A fin de hacer efectiva la corresponsabilidad entre el profesorado y las familias en la educación de sus hijos, las Administraciones educativas adoptarán medidas que promuevan e incentiven la colaboración efectiva entre la familia y la escuela.

Art. 121. PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO

5. Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias o tutores legales y el propio centro en los que se consignen las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado.

Art. 132. COMPETENCIAS DEL DIRECTOR

g) lmpulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas.

2014.07.10_54 DE Currículo Educación Primaria CLM Art. 4.4. Autonomía de los Centros Docentes. Los centros promoverán compromisos con las familias y con los propios alumnos y alumnas, en los que se especifiquen las actividades que unos y otros se comprometen a desarrollar para facilitar el progreso educativo. Aprobarán, además, un plan de participación de las familias, que se incluirá en las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro.

2013.09.03_66 De Atención especializada y orientación educativa y profesional del alumnado CLM Art. 34. Participación y colaboración familiar. 1. La participación es un valor básico para los ciudadanos. En este sentido, la Consejería con competencias en materia de educación garantizará la participación de la comunidad educativa en el funcionamiento de los centros, a través de los órganos colegiados de gobierno.

2. Las familias, además, podrán participar en el funcionamiento de los centros a través de las asociaciones de madres y padres. 3. Los centros educativos determinarán los procedimientos reglamentarios de comunicación entre las familias y los centros en el documento que recoge las Normas de Organización, Convivencia y Funcionamiento de los Centros, para establecer los cauces adecuados de dicha comunicación.

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4. Los proyectos educativos recogerán los medios precisos previstos para facilitar e impulsar la colaboración con las familias y el proceso de acogida del alumnado. La programación general anual recogerá la planificación de las actuaciones que se van a desarrollar con las familias en cada curso escolar.

5. Se asegurará y regulará la participación de los padres o tutores legales en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de los alumnos que presentan necesidades específicas de apoyo educativo. Igualmente se adoptarán las medidas oportunas para que los padres o tutores legales de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos.

6. Corresponde a la Consejería con competencias en educación propiciar encuentros con las asociaciones de madres y padres y la atención a las familias o asociaciones de los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, así como impulsar su labor a través de subvenciones y ayudas destinas a la mejora de la atención educativa de este alumnado.

Art. 35. Coordinación con organizaciones no gubernamentales, asociaciones sin ánimo de lucro y otras administraciones.

La Consejería con competencias en educación impulsará la relación entre las distintas administraciones públicas, la coordinación con las corporaciones locales, y establecerá convenios de colaboración y ayudas con entidades públicas y privadas o

asociaciones. Con el fi de garantizar la optimización o la adecuada atención a la diversidad y la orientación educativa y profesional, lograr una mayor efiacia y aprovechamiento de los recursos personales, así como mejorar la formación especializada de los mismos, promoverá la participación de los implicados y sectores afectados en la misma.

2014.08.05 OR Organización y Evaluación Ed. Primaria CLM Art.13.5. El equipo docente se reunirá en las sesiones de evaluación para valorar tanto el aprendizaje del alumnado, como la información procedente de las familias y el desarrollo de su propia práctica docente, con la finalidad de adoptar las medidas pertinentes para la mejora del proceso educativo. Art 19. Atención a las familias. Derecho a una evaluación objetiva. Proceso explicado en los siguientes artículos.

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18. ANEXOS

1. Alumnado 1.1. Impreso de matrícula 1.2. Elección Religión/Valores Sociales 1.3. Autorización Actividades extraescolares 1.4. Autorización utilización y difusión de imágenes 1.5. Permiso paterno atención sanitaria 1.6. Procedimiento y trámite de audiencia a las familias 1.7. Justificación faltas de asistencia

2. Profesorado 2.1. Ficha recogida de datos 2.2. Comunicación ausencias 2.3. Solicitud actividades de formación 2.4. Solicitud días “moscosos”

3. Protocolos

3.1. Acoso 3.2. Identidad y expresión de género 3.3. Absentismo escolar 3.4. Prevención de la mutilación genital femenina 3.5. Acoso laboral