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NORMAS DE HIGIENE SEGURIDAD Y FUNCIONAMIENTO Tener un botiquín de primeros u!i"ios #on mteri" pr #ur#iones$ Es#ribir #on #o"ores &istosos ' en "etr (rnde) &isib #"ridd pr #u"quier person) " pro*undidd m+!im " pis#in$ , &ered perimetr" #ontr+ #on un re&estimiento de mteri" impermeb"e) ntides"i-nte ' de *+#i" "&do$ .r e" trtmiento de" (u de "s pis#ins) se pro/íbe p"i##i0n dire#t de produ#tos1 dem+s) "s inst"#ion deben #ontr #on un sistem de dosi2##i0n utom+ti#o qu *un#ione 3untmente #on " re#ir#u"#i0n de" (u) permitiendo " dosi2##i0n tot" /omo(4ne de "os produ# uti"i-dos en e" trtmiento$

Normas de Higiene Seguridad y Funcionamiento Clubesss

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Todas las normas de Higiene Seguridad y salud en el trabajo.

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NORMAS DE HIGIENE SEGURIDAD Y FUNCIONAMIENTO

NORMAS DE HIGIENE SEGURIDAD Y FUNCIONAMIENTOTener un botiqun de primeros auxilios con material para curaciones. Escribir con colores vistosos y en letra grande, visible con claridad para cualquier persona, la profundidad mxima de la piscina.La vereda perimetral contar con un revestimiento de material impermeable, antideslizante y de fcil lavado.Para el tratamiento del agua de las piscinas, se prohbe la aplicacin directa de productos; adems, las instalaciones deben contar con un sistema de dosificacin automtico que funcione juntamente con la recirculacin del agua, permitiendo la dosificacin total homognea de los productos utilizados en el tratamiento.

La manipulacin y almacenamiento de productos qumicos debe realizarse en lugares no accesibles a los usuarios y con mximo aislamiento.Durante el tiempo de funcionamiento de la piscina, el agua debe ser renovada continuamente a travs de recirculacin, previa depuracin y/o por entrada de agua nueva.Las tapas de drenaje debern estar cubiertas con rejillas convexas de superficie libre, aseguradas de modo tal que no puedan ser retiradas por los baistas.Todas las bocas de desage estarn distribuidas de forma tal que aseguren una circulacin y cloracin de la masa total del agua de la piscina.Los trampolines y plataformas debern ser mantenidos en perfecto estado de conservacin, debern poseer una superficie con materiales impermeables y antideslizantes.

REGLAMENTOS DE PISCINAS

Quines podrn hacer uso de la Piscina y sus instalaciones: El uso de la piscina es EXCLUSIVAMENTE para socios y sus invitados, los mismos, que debern haber pagado su derecho de ingreso en la puerta. Los nios menores de 5 aos debern estar acompaados de una persona mayor en todo momento para evitar accidentes. Los nios mayores de 6 aos hasta los 12 aos, solo podrn hacer uso de la piscina grande bajo la vigilancia y responsabilidad de sus padres. No esta permitido el ingreso:El personal dependiente de los Miembros que ingresen al Club, debern asistir debidamente uniformados y no podr hacer uso de la Piscina.No se permite el ingreso a la piscina a las personas que tenga heridas abiertas, parches o vendajes de cualquier tipo o afeccin a la piel, mucosas o vas respiratorias. Est prohibido el ingreso de personas que estn bajo los efectos del alcohol.

Condiciones para utilizar la Piscina y sus instalaciones:Ducharse antes de entrar a la Piscina.Usar traje de bao convencional. Debern usar los baos de paso de sus respectivos camarines, previo secado de su cuerpo y con calzado adecuadamente seco.El Club no se hace responsable de los artculos de valor, objetos y efectos olvidados en el rea de la piscina o camarines.No esta permitido:El consumo de golosinas, bebidas y alimentos mientras se est en la Piscina. Ingresar con colchonetas, pelotas u objetos que perturben la permanencia de las dems personas.Realizar practicas peligrosas (saltos desde las barandas, empujarse, etc).Cambiarse en las reas verdes o al contorno de la piscina.

Prevencin del tabacoLEY N 28705LEY GENERAL PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE LOS RIESGOS DEL CONSUMO DEL TABACO, PARA ADECUARSE AL CONVENIO MARCO DE LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD(OMS) PARA EL CONTROL DEL TABACO.

Articulo1 La presente tiene por objeto modificar la ley nm. 28705, con la finalidad de proteger de la exposicin al humo del tabaco y mejorar las advertencias sobre el dao a la salud que produce el fumar.Articulo3 De la proteccin contra la exposicin al humo de tabaco3.1 Prohbese fumar en los establecimientos dedicados a la salud o a la educacin, en las dependencias publicas, en los interiores de los lugares de trabajo, en los espacios pblicos cerrados y en cualquier medio de transporte publico, los que son ambientes ciento por ciento libres de humo de tabaco.Articulo4 De la obligatoriedad de un anuncio en lugares donde esta prohibido fumarEn todos los establecimientos a los que se refiere el articulo 3, deben colocarse en un lugar visible, carteles con la siguiente inscripcin: "AMBIENTE 100% LIBRE DE HUMO DE TABACO"

Prevencin del alcoholREGLAMENTO DE LA LEY N 28681, LEY QUE REGULA LACOMERCIALIZACIN, CONSUMO Y PUBLICIDAD DE BEBIDAS ALCOHLICASArtculo 6.- IMPEDIMENTO DE OTORGAR AUTORIZACINLas municipalidades, en ningn caso, podrn otorgar autorizacin temporal o definitivaa establecimientos y/o espacios pblicos que se encuentren situados a menos de cien(100) metros de instituciones educativas y se dediquen exclusivamente a la venta yconsumo de bebidas alcohlicas. Para el caso de establecimientos que ya cuentencon licencia de funcionamiento, se regirn por las ordenanzas municipales.Artculo 14.- PROHIBICIN PARA MENORES DE EDADSe prohbe la venta, distribucin, expendio y suministro de bebidas alcohlicas, a ttulooneroso o gratuito, a menores de 18 aos de edad, en cualquier modalidad de venta oexpendio y en cualquier tipo de establecimiento o actividad, an cuando el local dondese realice tenga autorizacin municipal para su giro o modalidad. La infraccin a estadisposicin ser motivo de la sancin ms severa que dispone el presente.