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Normas Internas de Funcionamiento CVX-E Enero 2012 NORMAS INTERNAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE VIDA CRISTIANA EN ESPAÑA INDICE MODO DE PROCEDER PARA LOS COMPROMISOS Y LA VINCULACIÓN A LA CVX-E 1. Acogida de candidatos en la CVX-E. 2. El compromiso temporal. 3. El compromiso permanente. 4. Personas vinculadas a la CVX según la Norma General 12. 5. Libros de registro de los miembros de la CVX-E COMUNIDADES LOCALES 6. Promoción y admisión de nuevas comunidades. 7. Organización de las Comunidades Locales. CONSEJOS TERRITORIALES 8. Definición y funciones de los ConsejosTerritoriales ASAMBLEA GENERAL CVX-E 9. Convocatoria de la Asamblea General CVX-E. 10.Participación, quórum y voto. CONSEJO EJECUTIVO CVX-E 11.Miembros del Consejo Ejecutivo CVX-E. 12.Elección del Consejo Ejecutivo CVX-E. 13.Funciones del Consejo Ejecutivo CVX-E. ANEXOS 14.Fundamentos del compromiso CVX 1

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Normas Internas de Funcionamiento CVX-EEnero 2012

NORMAS INTERNAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE VIDA CRISTIANA EN ESPAÑA

INDICE

• MODO DE PROCEDER PARA LOS COMPROMISOS Y LA VINCULACIÓN A LA CVX-E

1. Acogida de candidatos en la CVX-E.2. El compromiso temporal.3. El compromiso permanente.4. Personas vinculadas a la CVX según la Norma General 12.5. Libros de registro de los miembros de la CVX-E

• COMUNIDADES LOCALES

6. Promoción y admisión de nuevas comunidades.7. Organización de las Comunidades Locales.

• CONSEJOS TERRITORIALES

8. Definición y funciones de los ConsejosTerritoriales

• ASAMBLEA GENERAL CVX-E

9. Convocatoria de la Asamblea General CVX-E.10.Participación, quórum y voto.

• CONSEJO EJECUTIVO CVX-E

11.Miembros del Consejo Ejecutivo CVX-E.12.Elección del Consejo Ejecutivo CVX-E.13.Funciones del Consejo Ejecutivo CVX-E.

• ANEXOS

14.Fundamentos del compromiso CVX

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Puesto que nuestra Comunidad se configura como un estilo de vida cristiana, estas Normas de Funcionamiento Interno, elaboradas para ayudar a los miembros de la CVX-E a vivir en plenitud su vocación y su misión, se

han de interpretar no tanto según la letra del texto, sino más bien según el espíritu del Evangelio y la ley interior del amor. (Cfr. PG 2)

MODO DE PROCEDER PARA LOS COMPROMISOS Y LA VINCULACIÓN A CVX-E

“Ser miembro de la Comunidad de Vida Cristiana presupone una vocación personal. Durante un período de tiempo especificado en las Normas Generales, el candidato es iniciado en el estilo de vida de la CVX. Este período de tiempo permite al candidato y a la comunidad discernir su vocación. Una vez tomada la decisión y aprobada por la Comunidad, el nuevo miembro asume un compromiso temporal, y con la ayuda de la comunidad comprueba su aptitud para vivir de acuerdo con el fin y el espíritu de la CVX. Pasado un período de tiempo adecuado, determinado en las Normas Generales, se asume el compromiso permanente”. (PG 10)

1. ACOGIDA DE CANDIDATOS EN LA CVX-E:

1.1.Las personas candidatas son aquellas que, habiendo sido acogidas por una Comunidad Local, aún no han formalizado su Compromiso con la CVX.

1.2.Las personas candidatas, adecuadamente acompañadas por una comunidad local en consonancia con el Plan de Formación de la CVX-E, participan en la vida de la comunidad, con idénticos derechos y deberes, excepto que no podrán ser miembros de los Consejos Ejecutivos, ni participar en Asambleas Nacionales o Territoriales. En las Asambleas locales tendrán voz y podrán tener voto para aquellos asuntos del orden del día que decida cada Comunidad Local.

1.3.Las personas candidatas deberán ser adecuadamente acompañadas por la comunidad en el nivel correspondiente de su proceso vocacional, de acuerdo a lo establecido en las NN.GG. 1 a 7 y en consonancia con las Orientaciones mundiales para la Formación y el Plan de Formación vigente en la CVX-E; de acuerdo con éste, en el momento oportuno, los candidatos deberán solicitar su Compromiso Temporal y, posteriormente, el Permanente.

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2. EL COMPROMISO TEMPORAL (CT)

2.1.Significado del compromiso temporal y medios ignacianos:

2.1.1. Quien lo hace siente atracción por el estilo de vida apostólico de la CVX y esto le lleva a un mayor conocimiento y profundización de la CVX: tiempo de formación, tiempo de probaciones, tiempo de ir consolidando el uso de los medios ignacianos.

2.1.2. Tiene como objetivo la búsqueda de la vocación a la que el Señor le llama y el discernimiento vocacional correspondiente a esta búsqueda (NC 177). La experiencia progresiva de Ejercicios ignacianos (EE) ayudará a la búsqueda de la vocación personal y antes de realizar el CT habrá de hacer EE en alguna de sus modalidades (vida corriente, varios retiros en varios años, en retiro) abarcando, al menos, desde la temática del Principio y Fundamento hasta la Segunda Semana (NG 4).

2.2. Protocolo a seguir:

Una vez que el interesado haya hecho su discernimiento personal con la ayuda de la comunidad y el grupo de vida:

2.2.1. El solicitante dirige su petición, por escrito, al Consejo Ejecutivo de la Comunidad Local.

2.2.2. El Consejo Ejecutivo Local recaba información a los responsables del Equipo de Formadores-Guías y a su Grupo de Vida, que avalan la petición y proceso del solicitante.

2.2.3. Con todo ello el Consejo Ejecutivo Local de la comunidad estudia y valora la petición y le comunica al solicitante por escrito la aprobación, retraso o negación del Compromiso Temporal.

2.2.4. Si el acuerdo del Consejo Ejecutivo Local ha sido aprobar el CT, una vez hecho el compromiso, el Presidente ha de comunicarlo al Secretariado CVX-España y al Consejo Territorial.

2.2.5. Una vez aprobado, el CT se expresará en un acto público comunitario, anunciado con antelación a la comunidad CVX del territorio y a otras comunidades locales próximas para facilitar la deseable presencia en dicho acto de miembros de otras comunidades locales.

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2.2.6. El interesado escribe su fórmula del Compromiso.

2.2.7. Recibe el Compromiso la Comunidad Local en la persona de su Presidente.

2.3.Fórmula del compromiso temporal:

2.3.1. Se deja a la iniciativa personal el contenido de la fórmula, salvada la indicación que hace la Norma General 5: “(...) tales fórmulas incluyan una referencia explícita al cumplimiento de los Principios Generales de CVX”.

3. EL COMPROMISO PERMANENTE (CP)

3.1.Significado del compromiso permanente.

El compromiso permanente se realiza sobre los siguientes supuestos, que son asumidos por el candidato:

3.1.1. La CVX es un Cuerpo Apostólico dotado de identidad y estilo propios. Es una vocación particular dentro de la Iglesia reconocida por ésta como tal.

3.1.2. Para la persona que lo desea realizar el CP supone la confirmación plena de que la CVX es la vocación a la que Dios le llama como fruto del discernimiento vocacional hecho, tras la finalización de la experiencia completa del mes de los Ejercicios de San Ignacio.

3.1.3. Y que, en consecuencia, solicita al Consejo Ejecutivo CVX-E su admisión en el mismo porque quiere pertenecer plenamente a este Cuerpo Apostólico.

3.2. Protocolo a seguir:

Una vez que la persona candidata haya hecho su discernimiento personal con la ayuda de la comunidad y el grupo de vida y avalado por la Comunidad Local:

3.2.1. Petición por escrito del solicitante al Presidente CVX-E, con copia al Presidente Local y al Consejo Territorial.

3.2.2. El Presidente CVX-E comunica al solicitante la recepción de su escrito.

3.2.3. El Consejo Ejecutivo CVX-E recaba información de los responsables de la Comunidad Local: Consejo Ejecutivo Local y Equipo de Formadores-Guías.

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3.2.4. Con todo ello el Consejo Ejecutivo CVX-E considera, estudia y valora la solicitud.

3.2.5. Y el Presidente CVX-E contesta al solicitante, con copia al Presidente Local y al Consejo Territorial.

3.2.6. Cuando la respuesta sea aprobada, se determinará la fecha de expresión del CP de mutuo acuerdo. El Consejo Ejecutivo CVX-E participará físicamente o por delegación en el día de la celebración del CP, que procurará realizarse en fechas significativas para la CVX.

3.3. Fórmula del Compromiso Permanente:

3.3.1. La fórmula para el CP debe poner de relieve la universalidad de la comunidad mundial a la que se incorpora y la identidad del Cuerpo Apostólico que el solicitante hace suya.

3.3.2. La Fórmula General del CP, aunque necesariamente breve, debe incluir los siguientes elementos:

• Dirigida a Dios, origen de la vocación.• Agradecimiento por el don de la vocación.• Contextualización: análoga al ofrecimiento de la meditación del Rey

Temporal de los Ejercicios Espirituales expresando la comunión de los santos y con referencias a la comunidad que recibe.

• Ofrecimiento y compromiso como expresión de un deseo profundo.• Aceptación de los Principios Generales y el estilo de vida CVX.• Opción clara por la vida en misión de la Iglesia.• Opción clara por pertenecer y vincularse con el Cuerpo Apostólico Mundial

de la CVX.• Petición de Gracia para crecer en fidelidad a la llamada.• Disposición a compartir (dar y recibir) lo que uno es y tiene con la

comunidad.

4. PERSONAS VINCULADAS A LA CVX SEGÚN LA NORMA GENERAL 12.

4.1.De acuerdo a la Norma General 12, en bien de la ayuda mutua y de la colaboración apostólica, una comunidad local podrá expresar vínculos

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significativos con personas o grupos que deseen compartir en alguna medida nuestro estilo de vida sin llegar a ser plenamente miembros.

4.2.El Consejo Ejecutivo Local, en diálogo con la persona o grupos interesados, definirá para cada miembro o grupo vinculado según la NG 12 el modo de su participación en la vida de la comunidad y en la mutua colaboración apostólica. Las personas o grupos vinculados podrán ser invitados por el Consejo Ejecutivo Local a participar en la asamblea local con voz pero sin voto.

5. LIBRO DE REGISTRO DE LOS MIEMBROS DE LA CVX-E

5.1.Cada comunidad deberá mantener un “Libro de registro de los miembros de la Comunidad Local”, cuyo responsable es el secretario de la Comunidad Local, donde deben constar todos los miembros de la comunidad especificando su compromiso con la CVX. Así mismo, constarán las personas y grupos vinculados según la Norma General 12.

5.2.Los miembros con Compromiso Temporal o Permanente, una vez su compromiso es aprobado, son registrados en el correspondiente “Libro de registro de los miembros de la CVX-E”, cuyo responsable será el Secretariado CVX-E. El Consejo Ejecutivo que inicie el registro de miembros recabará de las Comunidades Locales una relación de los miembros que hubiesen realizado el Compromiso Temporal o Permanente con anterioridad a la entrada en vigor de estas normas.

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• COMUNIDADES LOCALES

“Como un medio privilegiado de formación y de crecimiento continuo, los miembros se reúnen regularmente en comunidades locales estables que permiten a todos los miembros compartir profundamente su fe y su vida, asegurando una real atmósfera de comunidad y un decidido compromiso con la misión y el servicio”. (PP.GG. 11)

“Si lo estiman útil, las comunidades nacionales pueden establecer o aprobar comunidades regionales o diocesanas, o centros, que agrupen a varias comunidades locales de una determinada región, diócesis, ciudad o institución. Estas se constituyen de acuerdo con las Normas Generales y los Estatutos Nacionales”. (PP.GG. 13c)

6. PROMOCIÓN Y ADMISIÓN DE NUEVAS COMUNIDADES.

6.1. Las comunidades locales pueden ser promovidas por una o varias comunidades establecidas o por alguno de sus miembros en su misión apostólica siguiendo diferentes procesos:

6.1.1. A partir de un “grupo de acogida” o de “iniciación a la CVX” vinculado a una comunidad establecida.

6.1.2. A partir de un grupo cristiano que iniciándose en la espiritualidad ignaciana decide en un momento determinado conocer y seguir el estilo de vida CVX.

6.1.3. A partir de otra comunidad local ya aprobada o establecida de la que hay miembros CVX que la solicitan, principalmente, por razones apostólicas.

6.2. El Consejo Ejecutivo CVX-E, a través de los mecanismos que estime convenientes, como puede ser la delegación en los Consejos Territoriales u otros, acompañará y seguirá el proceso de crecimiento y aproximación hasta que considere pertinente iniciar el procedimiento para llegar a su admisión.

6.3. En todo caso, el proceso de formación de la comunidad local será acompañado siguiendo lo establecido en el Plan de Formación de la CVX-E hasta que, en su caso, se consideren cumplidos los requisitos previstos en dicho Plan, de forma que dicha comunidad en proceso de formación llegue a ser aceptada primero de forma provisional y luego de forma definitiva como Comunidad Local CVX-E.

6.4. Procedimiento para la admisión provisional:

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6.4.1. Solicitud y proyecto para la admisión provisional de una Comunidad Local.

6.4.1.1. Sólo cuando la mayoría de los miembros de estas comunidades candidatas a la incorporación a la CVX-E hayan realizado el proceso de discernimiento correspondiente se realizará la solicitud de admisión provisional, que deberá presentarse por escrito en el Secretariado CVX-E, firmada personalmente por todos y cada uno de los miembros de la comunidad que la solicita.

6.4.1.2. A la solicitud se adjuntará un Proyecto de Comunidad Local CVX que incluya:

a) Número de miembros y datos personales del grupo de personas que solicitan crear una nueva comunidad local: al menos será un grupo suficiente en número para crear una dinámica comunitaria propia de la CVX, bautizados en la Iglesia Católica y con la condición de fieles laicos y la opción inicial de cada persona por continuar discerniendo si la CVX puede llegar a ser su estilo particular de ser y estar en la Iglesia.

b) Organización y funcionamiento: documento de Reglamento Régimen Interno donde se especifique la organización inicial de la comunidad o grupo, nombre del representante y método de elección.

c) Formación: programa específico de formación para los siguientes tres años aplicando de forma concreta el Plan de Formación de la CVX-E.

d) Compromisos Temporales y Permanentes: durante el proceso desde la admisión provisional a la definitiva, la CVX-E podrá proponer y aceptar los Compromisos Temporales de aquellos de sus miembros que lo pidan, e incluso también el Compromiso Permanente.

e) Asistente Eclesiástico: garantizar que se cuenta, aunque no esté nombrado como tal por la autoridad eclesiástica, con una persona que ejerza en el periodo de establecimiento provisional como Asistente Eclesiástico y que cumpla las funciones que la CVX solicita a sus Asistentes.

f) Guía: garantía de que la CVX-E, desde una de sus instancias (local, territorial o nacional) asigna al menos un guía para la Comunidad con una formación adecuada y validada por la propia CVX y preferiblemente un guía por grupo, si es que hubiera más de un grupo.

g) Acogida provisional de los Principios Generales y Normas Generales de la CVX, de los Estatutos de la CVX-E y los de su Territorio, de los Reglamentos Permanentes de la CVX mundial y Normas Internas de Funcionamiento de la

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CVX-E, de las resoluciones aprobadas por las Asambleas Mundiales y Nacionales y de los de su Territorio.

h) Responsabilidades que se asumen: participar en las Asambleas a las que sean invitados y contribuir económicamente con la cantidad anual determinada por la Asamblea (NG. 33).

6.4.2. Informes.

La solicitud de creación de una comunidad local CVX ha de contar necesariamente con los informes favorables del guía responsable de la comunidad solicitante, del Consejo Territorial y, si lo pide el Consejo Ejecutivo CVX-E, del Equipo Nacional de Formación.

6.4.3. Aceptación de la admisión provisional de la Comunidad Local por el Consejo Ejecutivo CVX-E:

El Consejo Ejecutivo CVX-E, puede aceptar su admisión provisional a la CVX-E a la espera de su establecimiento definitivo por parte de la Asamblea.

Esta admisión provisional será revisada anualmente por el Consejo Ejecutivo CVX-E hasta completar los requisitos necesarios para presentar la Comunidad Local a la admisión definitiva por la Asamblea General CVX-E.

6.5.Procedimiento para la admisión definitiva de comunidades provisionalmente aprobadas.

6.5.1. Solicitud y proyecto para la admisión definitiva de una Comunidad Local.

6.5.1.1. Con al menos tres meses de antelación a la fecha fijada para la Asamblea General CVX-E, la Comunidad Local provisionalmente aprobada que desee la admisión definitiva presentará una solicitud a tal fin al Consejo Ejecutivo de CVX-E acompañada del Proyecto de Comunidad Local CVX, que debe incluir como contenido mínimo:

a) Personas que tras el periodo de establecimiento provisional confirman la solicitud de crear una nueva comunidad: al menos será un mínimo de miembros, constituyentes de un grupo, que permita mantener una dinámica comunitaria propia de la CVX y que garanticen una continuidad suficiente de dicha comunidad local en el tiempo; bautizados en la Iglesia Católica y con la condición de fieles laicos; con la opción de cada persona de desarrollar el estilo

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de vida CVX porque han realizado el compromiso o, si no se tiene el compromiso, de continuar discerniendo, siguiendo el Plan de Formación.

b) Organización y funcionamiento: documento de Reglamento Régimen Interno donde se especifique la organización de la comunidad aprobado en Asamblea Local en consonancia con los PP.GG. y NN.GG. de la CVX y con los Estatutos y Normas Internas de Funcionamiento de la CVX-E.

c) Formación: programa de formación local aplicando el Plan de Formación de la CVX-E y Normas y proceso de admisión.

d) Reuniones: contenido y forma. Si se reúnen semanal o quincenalmente de manera que el proceso pueda avanzar de una reunión a otra y si se practica el tipo de oración y de relaciones que fomenta un proceso de integración de la fe y la vida, permitiendo a cada miembro una continua verificación comunitaria de su crecimiento espiritual y apostólico.

e) Compromisos Temporales y Permanentes: serán los suficientes a criterio del Consejo Ejecutivo CVX-E. Como orientación, sería recomendable que al menos 5 personas tengan el compromiso temporal y sería deseable que al menos 1 persona tenga el compromiso permanente.

f) Misión: Proyecto apostólico comunitario elaborado según el DEAE.

g) Asistente Eclesiástico: nombre del Asistente Eclesiástico que cumpla las funciones que la CVX solicita a sus Asistentes y vaya a ser nombrado por la autoridad eclesiástica competente.

h) Guía: si se cuenta con al menos un guía para la Comunidad y preferiblemente un guía por grupo con una formación adecuada y validada por la CVX de ámbito territorial o nacional.

i) Declaración formal de aceptación de los Principios Generales y las Normas Generales, aceptación de los Estatutos de la CVX-E, aceptación real de todas las directrices emanadas de las Asambleas Mundiales, de las Asambleas de España y de las localidades respectivas. Promoción y cuidado eficaz entre sus miembros y candidatos de la vocación personal a pertenecer al cuerpo apostólico de la CVX y de participar activamente en la Misión de la CVX-E.

j) Responsabilidades que se asumen: participación económica regular para con la CVX-E, de acuerdo con los criterios que se establezcan en las Normas Internas de Funcionamiento de la CVX-E y participación en las Asambleas Generales CVX-E y en las Asambleas Territoriales correspondientes.

6.5.2. Informes.

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6.5.2.1. La solicitud habrá de contar con los informes favorables del guía responsable de la comunidad solicitante, de la Consejo Territorial y, si lo estima necesario a petición del Consejo Ejecutivo CVX-E, del Equipo Nacional de Formación.

6.5.2.2. Es preceptivo, en todo caso, el informe favorable del Consejo Ejecutivo de CVX-E sobre la solicitud formulada.

6.5.3. Admisión definitiva de la Comunidad Local a la CVX-E.

6.5.3.1. Las Comunidades Locales son admitidas a la CVX mundial por la Asamblea General CVX-E por mayoría absoluta de votos, a propuesta del Consejo Ejecutivo CVX-E.

6.5.3.2. La incorporación de la nueva Comunidad Local, una vez reconocida y vinculada a la CVX mundial en la Asamblea General CVX-E, se realizará formalmente mediante la aceptación y firma de los Estatutos de la CVX-E por el Presidente de la Comunidad Local aprobada y por su Asistente Eclesiástico, nombrado por la autoridad competente, ante la Asamblea General CVX-E o ante el Consejo Ejecutivo, quien podrá delegar en el Consejo Territorial correspondiente.

7. ORGANIZACIÓN DE LAS COMUNIDADES LOCALES

7.1. Niveles funcionales concéntricos.

7.1.1. Las Comunidades Locales de la CVX-E, se organizan en tres niveles funcionales concéntricos: estatal, territorial y local.

7.1.2. Cada nivel se rige en comunicación con la CVX-E por su Asamblea y el Consejo Ejecutivo correspondiente y puede redactar sus normas internas de funcionamiento particulares en conformidad con los Estatutos y Normas Internas de Funcionamiento de la CVX-E.

7.1.3. Salvo en el nivel estatal, en los demás niveles de la CVX-E y al objeto de garantizar una estabilidad suficiente que facilite la eficacia en el gobierno de la Comunidad, se recomienda que los miembros de los Consejos Ejecutivos, y en general todos los cargos electos de la CVX-E, tengan un mandato de cinco años, pudiendo éste ser renovado.

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7.2. Composición y agrupación de Comunidades Locales.

7.2.1. Las Comunidades Locales de la CVX-E se constituyen de uno o más grupos, éstos generalmente compuestos por entre ocho a doce personas.

7.2.2. Las Comunidades Locales se pueden agrupan por localidades, regiones, zonas o áreas geográficas para facilitar el acompañamiento y la promoción de nuevas comunidades, por razones de apoyo mutuo o por razones operativas en función de la misión.

7.3. Criterios de organización de las Comunidades Locales

7.3.1. La Asamblea Local, en comunión con la Asamblea General CVX-E, es el máximo órgano decisorio de la Comunidad Local.

7.3.2. Las comunidades locales se articulan a través de los Consejos Ejecutivos Locales así como de los Equipos de Formadores-Guías y Equipos Apostólicos.

7.3.3. El Consejo Ejecutivo Local es el órgano colegiado responsable del gobierno ordinario de la Comunidad Local en el periodo interasambleario.

7.3.4. Corresponde al Consejo Ejecutivo Local una labor de representación de la comunidad así como de animación y coordinación sobre planes comunes de misión, formación, celebración y otras actividades.

7.3.5. Las funciones básicas de los Consejos Locales son, entre otras:

a) Impulsar la misión común que se recoge en el Proyecto Apostólico de la comunidad.

b) Animar la creación de equipos que respondan a las prioridades apostólicas.

c) Fomentar la presencia pública de la CVX.d) Apoyar una presencia activa dentro de la Iglesia Local.e) Favorecer el carácter universal de la vocación CVX.

7.3.6. El Presidente del Consejo Local asume la representación institucional de la CVX en su ámbito local, por delegación del Consejo Ejecutivo CVX-E, y desempeña, además, la función de consultor del Consejo Territorial. Los Presidentes Locales deberán tener un Compromiso con la CVX, al menos el Temporal.

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7.3.7. El Equipo de Formadores-Guías es el órgano legitimado por el Consejo Ejecutivo Local de la comunidad, que convoca a quienes sienten una llamada especial a trabajar como formadores y guías en la CVX y al Asistente Eclesiástico.

7.3.8. Los formadores y guías deberán tener un Compromiso con la CVX, al menos el Temporal, o ser miembros de la Compañía de Jesús, de otros Institutos de Vida Religiosa o clero secular y ser aceptados para esta función por el Consejo Ejecutivo Local. El Equipo de Formadores-Guías reconocerá en determinadas personas el perfil requerido para ser guía en la CVX, a las que podrá proponer ejercer dicha función y, si éstas muestran su disponibilidad, solicitará al Consejo Ejecutivo Local de la Comunidad la aceptación en el mismo. También puede ocurrir que sea el Consejo Ejecutivo Local quien detecte esta particular sensibilidad y perfil en alguien y, tras constatar la disponibilidad de la persona propuesta, consulte al Equipo de Formadores-Guías su parecer para integrarlo.

7.3.9. Las funciones básicas de los Equipos de Formadores-Guías son, entre otras:

a) Velar y cuidar del crecimiento espiritual, vocacional y apostólico de los miembros de la comunidad.

b) Ocuparse de la formación permanente de sus miembros en sus dimensiones humana, psicológica, ignaciana, comunitaria, teológica, socio-política y otras.

c) Participar junto al Consejo Ejecutivo Local, como órgano consultivo, en la elaboración de la planificación del curso.

d) Hacerse disponible a la tarea encomendada por el Consejo Ejecutivo Local adaptándola a los procesos propuestos en las diferentes etapas preparando los materiales que sean necesarios.

e) Enviar personas a guiar los grupos de vida y a acompañar procesos específicos de cada etapa.

f) Periódicamente, compartir y evaluar la marcha de los grupos de vida y el proceso que siguen los miembros de la comunidad en cada una de las etapas.

g) Es el foro donde sus miembros pueden compartir las mociones surgidas a partir de esta Misión.

h) Acompañar y preparar las celebraciones de los actos que marcan el paso de una a otra etapa.

7.3.10. El Foro formado por los Presidentes Locales puede ser convocado por el Presidente CVX-E al menos una vez durante el periodo de servicio del Consejo Ejecutivo CVX-E. En el Foro de Presidentes Locales podrán

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proponerse líneas de trabajo y orientaciones para el Consejo Ejecutivo CVX-E y para las Comunidades Locales durante los periodos entre asambleas.

• CONSEJOS TERRITORIALES

8. DEFINICIÓN Y FUNCIONES DE LAS CONSEJOS TERRITORIALES

8.1. Coordinadora, Asambleas y Consejos Territoriales.

Para facilitar e impulsar la misión y la formación, la comunicación y colaboración entre Comunidades Locales y el desarrollo de los proyectos apostólicos, se articulan los Consejos Territoriales que aglutinan a las Comunidades Locales de un determinado ámbito geográfico.

8.1.1. La Asamblea General CVX-E definirá el ámbito territorial de las Comunidades Territoriales a propuesta del Consejo Ejecutivo CVX-E, que previamente consultará a las Comunidades Locales.

8.1.2. Cada Consejo Territorial por medio de su reunión en Asamblea se puede dotar de sus respectivos órganos de gobierno y Normas de Funcionamiento Interno para regular su funcionamiento, en conformidad con los Estatutos y Normas Internas de Funcionamiento de la CVX-E.

8.1.3. Los Coordinadores de los Consejos Territoriales deberán tener el Compromiso Permanente y asumen la representación institucional de la CVX en su ámbito geográfico, por delegación del Consejo Ejecutivo CVX-E.

8.1.4. El equipo formado por los Coordinadores de los Consejos Territoriales son considerados consultores del Consejo Ejecutivo CVX-E; para ello, podrán ser convocados por el Presidente CVX-E al menos una vez al año.

8.2. Funciones básicas de los Consejos Territoriales.

La funciones son, entre otras:

8.2.1. Acompañar, animar y apoyar el crecimiento y las iniciativas de las comunidades y las personas.

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8.2.2. Fomentar y cuidar el nacimiento y acompañamiento de nuevas comunidades y de las personas que desean conocer la CVX.

8.2.3. Proponer al Consejo Ejecutivo CVX-E la exclusión de una comunidad local por considerar que incurre en las causas de suspensión y exclusión recogidas en los Estatutos de la CVX-E.

8.2.4. Velar por la vinculación con la CVX-E y la comunidad mundial, fomentar la comunicación y establecer la coordinación necesaria.

8.2.5. Apoyar las concreciones de los Proyectos Apostólicos.

8.2.6. Fomentar y concretar la colaboración con la Compañía de Jesús.

• ASAMBLEA GENERAL CVX-E:

9. CONVOCATORIA DE LA ASAMBLEA GENERAL CVX-E.

La Convocatoria para la Asamblea General Ordinaria CVX-E la realizará el Consejo Ejecutivo CVX-E con al menos seis meses de antelación a la fecha de su celebración, y al menos con tres meses de antelación en el caso de Asamblea General Extraordinaria (Estatutos de la CVX-E).

9.1.La definición del orden del día la realizará el Consejo Ejecutivo tras un proceso de consulta en el que se tendrán en cuenta las distintas propuestas que las comunidades locales hayan hecho llegar al Consejo Territorial. Dicho orden del día podrá ser ampliado previo acuerdo tomado por mayoría absoluta de la Asamblea General Ordinaria válidamente constituída; en el caso de la Asamblea General Extraordinaria dicho acuerdo deberá ser tomado por las dos terceras partes de la misma válidamente constituida”.

9.2.Los documentos que hayan de ser aprobados o ratificados por la Asamblea habrán de ser aportados junto con el Orden del Día al inicio del plazo de seis meses en el caso de Asamblea General Ordinaria y de tres meses en el caso de Asamblea General Extraordinaria.

9.3.El plazo de presentación al Consejo Ejecutivo CVX-E de alegaciones a los documentos que necesariamente deban ser aprobados por la Asamblea será de

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un máximo de cuatro meses antes en el caso de Asamblea General Ordinaria y de dos meses antes en caso de Asamblea General Extraordinaria.

10. PARTICIPACIÓN, QUÓRUM Y VOTO.

10.1. Participarán en la Asamblea General CVX-E:

10.1.1. Con voz y voto:

a) Un mínimo de uno y un máximo de tres miembros con Compromiso Permanente o Temporal, elegidos y enviados por cada Comunidad Local de acuerdo con el procedimiento que a este efecto se establezca desde el Consejo Ejecutivo. El número de miembros que han de asistir por cada comunidad local tiene en cuenta la proporción que representa del total de miembros con Compromiso Permanente o Temporal de la CVX-E de la siguiente forma: un miembro si la comunidad local tiene hasta 15 personas con compromisos, dos miembros si tienen hasta 30 personas con compromisos y tres miembros si tienen más de 30 personas con compromisos.

b) El Consejo Ejecutivo CVX-E en pleno.

10.1.2. Con voz y sin voto:

a) Los miembros del Secretariado de la Compañía de Jesús para la CVX-E.b) Los coordinadores de los Consejos Territoriales.c) Los candidatos al nuevo Consejo Ejecutivo.d) Los coordinadores de los Equipos apostólicos y de Formación así como de las

comisiones de trabajo o consultivas de ámbito estatal.e) Los invitados por el Consejo Ejecutivo por razones de misión o de

hermanamiento.f) Un guía de la Asamblea, si el Consejo Ejecutivo CVX-E así lo estimara

conveniente.

10.1. Quórum y toma de decisiones.

10.1.1. El quórum requiere la presencia de la mitad más una de las Comunidades Locales.

10.1.2. Las decisiones se toman con un espíritu de discernimiento por mayoría de votos, supuesto que haya quórum. Si no hubiese quorum, se aplicará lo dispuesto en los Estatutos de CVX-E, es decir, se procederá a una nueva

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convocatoria, con idéntico orden del día, y con fecha comprendida en un espacio de tiempo superior a un mes e inferior a tres. En esta nueva convocatoria se considerará que las comunidades asistentes constituyen quórum.

10.2. Ejercicio del derecho a voto:

10.2.1. Al constituirse la Asamblea, los miembros enviados por las comunidades locales se convierten, como cuerpo apostólico, en la máxima representación de la CVX-E para realizar la deliberación y discernimiento, el envío, el acompañamiento y la evaluación. Cada delegado por la Comunidad Local tiene un voto. No existirá la posibilidad de delegación de voto.

10.2.2. El Consejo Ejecutivo, como comunidad de servicio que es, tendrá dos votos, que serán ejercidos por el Presidente y el Vicepresidente.

10.2.3. Si una Comunidad Local no asiste a dos Asambleas Generales CVX-E consecutivas incurre en causa de suspensión o de exclusión de la Asociación CVX y deberá clarificar con el Consejo Ejecutivo CVX-E su vinculación con la CVX y, según el caso, su establecimiento.

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• CONSEJO EJECUTIVO CVX-E.

11. MIEMBROS DEL CONSEJO EJECUTIVO CVX-E.

11.1. Los cargos del Consejo Ejecutivo que han de ser elegidos por la Asamblea General son: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y un máximo de dos consultores.

11.2. Los miembros designados del Consejo Ejecutivo son:

11.2.1. El Asistente Eclesiástico, nombrado por el Superior Provincial de la Compañía de Jesús en España.

11.2.2. El Secretario ejecutivo, según se apruebe o no este cargo en cada Asamblea General para el periodo subsiguiente, que será designado o revocado por el Consejo Ejecutivo nombrado en la misma.

11.3. El Consejo Ejecutivo, si lo desea, puede cooptar un consultor adicional.

12. ELECCIÓN DEL CONSEJO EJECUTIVO CVX-E.

12.1. Los miembros elegibles del Consejo Ejecutivo CVX-E lo serán por votación y podrán ser renovados en sus cargos en el curso de cada Asamblea General, sea ordinaria o extraordinaria, no pudiendo ser reelegidos más de una vez de forma consecutiva para cualquier cargo dentro del Consejo Ejecutivo.

12.1.1. El cargo de Presidente sólo podrá ser renovado en una Asamblea General Ordinaria.

12.1.2. Los cargos de vicepresidente, secretario, tesorero y consultor podrán ser renovados en Asamblea General Ordinaria o en Asamblea General Extraordinaria, que podrá ser coincidente con la celebración del Foro de Presidentes CVX-E.

12.2. Para facilitar la misión del Consejo Ejecutivo CVX-E, éste podrá renovarse parcialmente o por mitades a los tres años de su elección, siendo elegidos los nuevos miembros por un periodo de cinco años, continuando el resto de miembros otros dos años y así sucesivamente.

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12.3. Si algún cargo quedara sin cubrir por la inexistencia de candidatos, la retirada de los presentados o quedara vacante, el Consejo Ejecutivo CVX-E podrá completar el equipo con la aprobación de los nuevos candidatos por mayoría absoluta de los participantes en el Foro de Presidentes.

12.4. El Consejo Ejecutivo CVX-E, para mejor atender las tareas específicas de los servicios que hayan de ser elegidos por la Asamblea General o designados por el propio Consejo Ejecutivo CVX-E:

12.4.1. Propondrá criterios y perfiles que puedan ayudar u orientar la elección de candidatos.

12.4.2. Recabará de las comunidades locales y de los Consejos Territoriales la designación de los potenciales candidatos para esos servicios.

12.4.3. Elaborará las listas de candidatos, en las que figurarán sólo los candidatos que de forma explícita hayan aceptado la candidatura o la propuesta que se les haya ofrecido.

12.4.4. Esas candidaturas definitivas serán propuestas a la Asamblea General para el caso de cargos que han de ser elegidos por ella, o al mismo Consejo Ejecutivo CVX-E para los cargos a ser designados por éste.

13. FUNCIONES CONSEJO EJECUTIVO CVX-E.

Además de las incluidas en los Estatutos CVX-E, tendrá las siguientes funciones.

13.1. Corresponderá al Consejo Ejecutivo CVX-E ratificar las normas internas de funcionamiento de los niveles Territoriales y, así mismo, confirmar o no las decisiones que correspondan respecto a la organización de la CVX-E, durante el periodo interasambleario y, ambas cuestiones, con carácter provisional hasta su ratificación o no por la siguiente Asamblea General CVX-E.

13.2. El Consejo Ejecutivo, en el desarrollo de la misión recibida por la Asamblea General CVX-E, puede constituir Equipos Apostólicos y para la Formación así como comisiones de trabajo o consultivas de ámbito estatal. De igual forma, y en consonancia con lo anterior, en los niveles zonal-territorial y local los respectivos Consejos, dentro del ámbito que les es propio, pueden establecer también equipos y comisiones.

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13.3. El Consejo Ejecutivo CVX-E, previa consulta con los Coordinadores de los Consejos Territoriales, elegirá y enviará un Coordinador para los mismos así como para el resto de componentes de los Equipos Apostólicos.

13.4. Los componentes de los Equipos Apostólicos deberán tener, al menos, Compromiso Temporal con CVX; el Coordinador de cada equipo tendrá, preferentemente, el Compromiso Permanente.

13.5. Todos los miembros de los Equipos Apostólicos pueden ser convocados por el Presidente CVX-E al menos una vez al año.

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• ANEXOS

14. FUNDAMENTOS DEL COMPROMISO CVX1

El fundamento del compromiso CVX: la vocación personal

Descubrir poco a poco la vocación personal2 y responder a ella, más allá de forzar algo o suponer un acto de voluntarismo, es hallar lo que siempre se ha buscado. Decir sí, comprometerse, hacer el compromiso permanente no es un paso más, sino que es decir: “éste es mi sitio; éste, Señor, es tu plan para mí; aquí me quieres y aquí quiero estar”. Sólo insistiendo en el gozo de la llamada está garantizada una respuesta generosa. Es una cuestión de amor: la raíz del Compromiso en CVX no está en nosotros sino en Dios; el Señor es el primero en comprometerse permanente y visiblemente3; es Dios el que me llama y me elige (Jn. 15). Hacer el compromiso permanente con la CVX es hacer explícito en la vida y ante el mundo lo que es explícito en el corazón: “mi corazón te pertenece”.

El compromiso permanente nace como respuesta agradecida a tanto bien recibido y por ello es gratuito, incondicional, desinteresado y libre. Y por lo mismo abarca a la persona entera de manera permanente. Nuestro Carisma 193 señala: “Lejos de ver el compromiso permanente como una decisión arriesgada que compromete nuestra libertad en el futuro, es importante descubrir hasta qué punto la libertad de espíritu es el verdadero fundamento del Compromiso y uno de sus frutos”. Esta entrega de la libertad personal al Señor es respuesta a una iniciativa divina. Al hacer el Compromiso Permanente se proclama públicamente que se ha sentido llamado por el Señor para servirle desde la CVX: “han reconocido en la Comunidad de Vida Cristiana su particular vocación en la Iglesia” [PG 4]. La vinculación y el Compromiso Permanente son, en primer y principal lugar, con Cristo; después con la Iglesia universal, y por último, se llega a descubrir, como don, como regalo, que CVX es el modo particular de seguimiento al Señor dentro de la Iglesia, es la vocación personal.

1 Su fundamento se puede encontrar en los PG 1, 4, 7 y 10; en las NG 2, 3 y 4; y, finalmente, en NC 40, 50, 51, 186, 190, 191 y 199.

2 Tal y como señala el PG 10: “Ser miembro de la Comunidad de Vida Cristiana presupone una vocación personal”.

3 La prueba más visible es la Encarnación: “Las tres personas divinas, contemplando a toda la humanidad tan dividida por el pecado, deciden darse completamente a los hombres para liberarlos de todas sus cadenas” [PG 1].

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El Compromiso es algo entre dos: el candidato, es quien lo toma, y la Comunidad, que es quien lo recibe.

Esta vocación CVX deberá ser discernida con la ayuda de la comunidad: la CVX es una comunidad eclesial de con-vocados, y esto quiere decir que no nos hemos elegido unos a otros, sino que es el Señor quien nos ha llamado y convocado para realizar la vocación personal junto con otros. Los miembros de la CVX hemos de tomar conciencia de que nuestra amistad y “unión de ánimos”, más allá de una casualidad de la vida, es un signo claro de la voluntad de Dios. Por consiguiente, tan radical es que uno ha sido llamado personalmente por Dios como el hecho de que ha sido llamado con otros. El sí personal al Señor incluye la vinculación a la comunidad. Sin esta experiencia es difícil entender la comunidad como lugar de discernimiento, envío, acompañamiento y evaluación.

¿Cómo se concreta la ayuda de la comunidad? Durante un periodo de tiempo especificado en la Norma General 2, “el candidato es iniciado en el estilo de vida de CVX. Este periodo de tiempo permite al candidato y a la comunidad discernir su vocación. Una vez tomada la decisión y aprobada por la comunidad (...)” [PG 10]. Por tanto, ese tiempo de discernimiento lo es, para la persona, quien deberá confirmar si CVX es su vocación específica dentro de la Iglesia, y también para la comunidad, a quien corresponde acompañar y aceptar el Compromiso. Y es la comunidad la que tiene la palabra decisiva en el proceso, puesto que es en comunidad donde vivimos y compartimos nuestra vocación y misión.

Cada miembro CVX pertenece, en primer lugar, a la Comunidad Mundial, a través de su comunidad particular4. El compromiso permanente de un miembro es un signo visible de la dimensión universal de la CVX, que trasciende lo local, ya que vincula a la persona con un Cuerpo Apostólico ignaciano y laical dentro de la Iglesia. El grupo de vida y la comunidad local son sólo un medio, aunque fundamental e imprescindible, para hacer posible ese Compromiso con la Comunidad Mundial. Por ello, es ésta, representada por el Consejo Ejecutivo Local Ejecutivo CVX-E, quien acepta el compromiso permanente en su nombre.

Elementos del Compromiso Permanente

Según Nuestro Carisma 190 dos son los elementos que dan especificidad al Compromiso Permanente: (1) la Vida Apostólica en plenitud y (2) el Discernimiento Apostólico como elemento indispensable para desarrollar la misión. Esta es la

4 “Nuestra entrega personal encuentra su expresión en el compromiso personal con la Comunidad Mundial, a través de una comunidad particular libremente escogida” [PG 7].

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formulación: “el compromiso permanente corresponde, en el proceso vocacional del miembro de CVX, a la etapa de Vida Apostólica en plenitud: cuando la vocación personal es vivida como misión apostólica. Toda vocación se desarrolla y expresa en la misión. Tal y como señala el Plan de Formación de la CVX-E: “La persona con el Compromiso Permanente, que opta por responder al Señor viviendo en actitud permanente de Discernimiento Apostólico, sigue siendo «una persona en proceso», que no puede vivir de las rentas, ni tampoco perder el sentido y la proporción de los dones recibidos. (...) Se sabe y reconoce frágil y limitada; así pues la etapa de la Vida Apostólica no supone creer que ya está todo conseguido”. Esta es la formulación: “El Compromiso Permanente corresponde, en el proceso vocacional del miembro de CVX, a la etapa de Vida Apostólica en plenitud: cuando la vocación personal es vivida como misión apostólica. Toda vocación se desarrolla y expresa en la misión. Llegan al Compromiso Permanente aquellos miembros que, habiendo completado el discernimiento vocacional, han comprometido su libertad abrazando el estilo de vida de la Comunidad. Esta etapa está necesariamente asociada al Discernimiento Apostólico como elemento indispensable para desarrollar la misión”.

Antes, el número 186 de Nuestro Carisma añade un tercer elemento que es fundamental, sobre todo después de Nairobi’03 y Murguía’04: (3) “Explicitar que el Compromiso vincula a la Comunidad Mundial, Cuerpo Apostólico de la Iglesia”. Es decir, con el COMPROMISO PERMANENTE se produce la incorporación definitiva y plena como miembro de una única Comunidad Mundial, que uno empieza a vivir como algo suyo, como un miembro de cuya aportación depende el funcionamiento de todo el Cuerpo, de manera que quedan vinculados recíproca y permanentemente. Nairobi ha enriquecido la comprensión de CVX considerando a ésta como un Cuerpo Apostólico. Con el COMPROMISO PERMANENTE, además de descubrir y confirmar cada uno su vocación, se entra a formar parte en un Cuerpo Apostólico que tiene una identidad que uno hace suya5.

Como queda claro en esta “fundamentación”, el COMPROMISO, tanto el TEMPORAL como el PERMANENTE, es un asunto de dos: por un lado, el que lo toma, que pide a la Comunidad incorporarse como miembro de la misma, y por otro, la misma Comunidad, que recibe y acepta el Compromiso. Esto es lo que intenta reflejar el “procedimiento” que se explica en la Normas Internas de Funcionamiento de la CVX-E.

5 El nº 1 de la Síntesis de los Plenarios de la VII Asamblea de CVX-E, Murguía’04, dice: “La llamada que el Espíritu nos hace a través de la Asamblea de Nairobi’03 a formar Cuerpo supone un salto cualitativo adelante muy importante. El Cuerpo es el que tiene la identidad a la que cada uno libre y generosamente se incorpora dándole a cada miembro un sentido de pertenencia”.

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