44
NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, jueves 3 de setiembre de 2009 401895 Año XXVI - Nº 10720 AÑO DE LA UNIÓN NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA D.U. N° 090-2009.- Modifican el monto máximo autorizado para las Operaciones de Endeudamiento Externo del Gobierno Nacional para el año Fiscal 2009 y Reestructura las Fuentes de Financiamiento del Presupuesto del Servicio de la Deuda para el Año Fiscal 2009 401897 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS D.S. N° 055-2009-PCM.- Prorrogan Estado de Emergencia por sesenta días en diversas provincias y distritos de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Cusco y Junín, a que se refiere el D.S. N° 044-2009-PCM 401898 D.S. N° 056-2009-PCM.- Decreto Supremo que modifica la Resolución Ministerial N° 380-2006-PCM y le da fuerza de Decreto Supremo 401899 R.S. N° 225-2009-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a Costa Rica, El Salvador y Guatemala y encargan su Despacho al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 401900 R.S. N° 226-2009-PCM.- Constituyen Comisión Especial encargada de analizar alcances de recomendación emitida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos respecto a petición formulada por el SIFUSE y analizar hechos que han dado lugar a la petición formulada por el Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua 401902 R.M. 392-2009-PCM.- Aceptan renuncia de representante de la PCM ante la Comisión Multisectorial creada mediante D.S. N° 027-2008-PCM, modificado por D.S. N° 065-2008-PCM 401902 AGRICULTURA R.D. Nº 068-2009-AG-AGRO RURAL-DE.- Designan Jefe de la Agencia Zonal de Santiago de Chuco de la Dirección Zonal de la Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 401903 R.J. Nº 0573-2009-ANA.- Encargan funciones de la Administración Local de Agua Huaraz 401903 AMBIENTE D.S. N° 016-2009-MINAM.- Aprueban actualización del Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas 401904 DEFENSA R.S. N° 367-2009-DE/SG.- Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno durante Estado de Emergencia en diversas provincias y distritos de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica , Cusco y Junín 401904 R.S. N° 368-2009-DE/CCFFAA.- Autorizan viaje de delegación para asistir a la XIV Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Ecuador y Perú 401905 R.S. N° 369-2009-DE/FAP.- Autorizan viaje de Personal Militar FAP a Brasil, en comisión de servicios 401905 RR.SS. N°s. 370 y 371-2009-DE/MGP.- Autorizan viajes de oficiales de la Marina de Guerra a Panamá y Chile, en comisión de servicios 401906 ECONOMIA Y FINANZAS DD.SS. N°s. 196 y 197-2009-EF.- Aprueban operaciones de endeudamiento externo y financiamiento contingente con el BIRF 401908 R.S. N° 088-2009-EF.- Autorizan viaje de Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas a Colombia para participar en la XII Conferencia Regional de Directores Generales de Aduanas (CRDGA) de las Américas y el Caribe 401910 R.S. N° 089-2009-EF.- Autorizan viaje de Intendente Nacional Jurídico, de la SUNAT a Italia para participar en la Conferencia Técnica del CIAT 401911 EDUCACION R.S. N° 027-2009-ED.- Designan representante de los Gobiernos Regionales ante el Consejo de Administración del FONDEP 401912 R.S. N° 028-2009-ED.- Autorizan salida temporal del país de bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación a Chile 401912 R.S. N° 029-2009-ED.- Precisan el ámbito de las funciones de la Comisión de Adecuación de la Estructura Académica y Administrativa de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú 401913 R.M. Nº 0249-2009-ED.- Aprueban que obra en institución educativa ubicada en el distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, se contrate conforme al proceso regulado en el D.U. N° 041-2009 401913 ENERGIA Y MINAS R.M. Nº 377-2009-MEM/DM.- Aprueban donación efectuada a favor de la Dirección General de Electrificación Rural, que será destinada a Comunidades Rurales beneficiarias del Programa Euro - Solar 401914 Sumario

Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

  • Upload
    others

  • View
    0

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESwww.elperuano.com.pe

FUNDADOEN 1825 POR

EL LIBERTADORSIMÓN BOLÍVAR

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009

401895Año XXVI - Nº 10720

AÑO DE LA UNIÓN NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA

PODER EJECUTIVO

DECRETOS DE URGENCIA

D.U. N° 090-2009.- Modifi can el monto máximo autorizado para las Operaciones de Endeudamiento Externo del Gobierno Nacional para el año Fiscal 2009 y Reestructura las Fuentes de Financiamiento del Presupuesto del Servicio de la Deuda para el Año Fiscal 2009 401897

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

D.S. N° 055-2009-PCM.- Prorrogan Estado de Emergencia por sesenta días en diversas provincias y distritos de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Cusco y Junín, a que se refi ere el D.S. N° 044-2009-PCM 401898D.S. N° 056-2009-PCM.- Decreto Supremo que modifi ca la Resolución Ministerial N° 380-2006-PCM y le da fuerza de Decreto Supremo 401899R.S. N° 225-2009-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a Costa Rica, El Salvador y Guatemala y encargan su Despacho al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 401900R.S. N° 226-2009-PCM.- Constituyen Comisión Especial encargada de analizar alcances de recomendación emitida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos respecto a petición formulada por el SIFUSE y analizar hechos que han dado lugar a la petición formulada por el Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua 401902R.M. Nº 392-2009-PCM.- Aceptan renuncia de representante de la PCM ante la Comisión Multisectorial creada mediante D.S. N° 027-2008-PCM, modifi cado por D.S. N° 065-2008-PCM 401902

AGRICULTURA

R.D. Nº 068-2009-AG-AGRO RURAL-DE.- Designan Jefe de la Agencia Zonal de Santiago de Chuco de la Dirección Zonal de la Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 401903R.J. Nº 0573-2009-ANA.- Encargan funciones de la Administración Local de Agua Huaraz 401903

AMBIENTE

D.S. N° 016-2009-MINAM.- Aprueban actualización del Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas 401904

DEFENSA

R.S. N° 367-2009-DE/SG.- Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno durante Estado de Emergencia en diversas provincias y distritos de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica , Cusco y Junín 401904R.S. N° 368-2009-DE/CCFFAA.- Autorizan viaje de delegación para asistir a la XIV Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Ecuador y Perú 401905R.S. N° 369-2009-DE/FAP.- Autorizan viaje de Personal Militar FAP a Brasil, en comisión de servicios 401905RR.SS. N°s. 370 y 371-2009-DE/MGP.- Autorizan viajes de ofi ciales de la Marina de Guerra a Panamá y Chile, en comisión de servicios 401906

ECONOMIA Y FINANZAS

DD.SS. N°s. 196 y 197-2009-EF.- Aprueban operaciones de endeudamiento externo y fi nanciamiento contingente con el BIRF 401908R.S. N° 088-2009-EF.- Autorizan viaje de Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas a Colombia para participar en la XII Conferencia Regional de Directores Generales de Aduanas (CRDGA) de las Américas y el Caribe 401910R.S. N° 089-2009-EF.- Autorizan viaje de Intendente Nacional Jurídico, de la SUNAT a Italia para participar en la Conferencia Técnica del CIAT 401911

EDUCACION

R.S. N° 027-2009-ED.- Designan representante de los Gobiernos Regionales ante el Consejo de Administración del FONDEP 401912R.S. N° 028-2009-ED.- Autorizan salida temporal del país de bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación a Chile 401912R.S. N° 029-2009-ED.- Precisan el ámbito de las funciones de la Comisión de Adecuación de la Estructura Académica y Administrativa de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú 401913R.M. Nº 0249-2009-ED.- Aprueban que obra en institución educativa ubicada en el distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, se contrate conforme al proceso regulado en el D.U. N° 041-2009 401913

ENERGIA Y MINAS

R.M. Nº 377-2009-MEM/DM.- Aprueban donación efectuada a favor de la Dirección General de Electrifi cación Rural, que será destinada a Comunidades Rurales benefi ciarias del Programa Euro - Solar 401914

Sumario

Page 2: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401896

INTERIOR

R.M. Nº 0605-2009-IN/1501.- Designan Director de la Ofi cina de Planifi cación de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio 401916

JUSTICIA

R.S. N° 204-2009-JUS.- Deniegan pedido de extradición activa de ciudadano peruano formulado por el Primer Juzgado Penal Transitorio de San Juan de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de Lima 401916R.S. N° 205-2009-JUS.- Deniegan pedido de extradición pasiva de ciudadano argentino 401916R.S. N° 206-2009-JUS.- Acceden a solicitud de traslado activo de condenado recluido en centro penitenciario de España para que cumpla el resto de su condena en el Perú 401917

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL

R.M. Nº 346-2009-MIMDES.- Designan representante del MIMDES ante la Mesa de Diálogo para el Desarrollo Integral de los Pueblos Andinos en Extrema Pobreza 401917

RELACIONES EXTERIORES

R.M. Nº 1253/RE.- Autorizan viaje de funcionario diplomático a Chile para participar en ceremonias de conmemoración de los 50 años de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) 401918

SALUD

R.M. Nº 581-2009/MINSA.- Designan Subdirector General del Hospital Nacional “Hipólito Unanue” de la Dirección de Salud IV Lima Este 401918R.M. Nº 582-2009/MINSA.- Designan Directora Ejecutiva de la Ofi cina de Prensa y Relaciones Públicas de la Ofi cina General de Comunicaciones 401919

TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES

R.S. N° 046-2009-MTC.- Autorizan viaje de Inspector de Operaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Ucrania para asistir a curso de capacitación en simulador de helicóptero 401919R.S. N° 047-2009-MTC.- Autorizan viajes de inspecciones técnicas de vigilancia de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Ecuador, Costa Rica, EE.UU., Colombia, Venezuela y Paraguay 401920RR.MM. Nºs. 606, 607, 608 y 609-2009-MTC/02.- Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Chile, EE.UU. y México, en comisión de servicios 401921

ORGANISMOS EJECUTORES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Res. Nº 447-2009/SUNAT/A.- Dejan en suspenso disposiciones del Procedimiento de “Depósito Aduanero” INTA - PG.03 (V.4) 401925

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL

R.J. Nº 219-2009-INDECI.- Aprueban transferencia fi nanciera de recursos a favor del Gobierno Regional de Lambayeque 401926

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA

INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

Res. Nº 158-2009-OS/CD.- Aprueban Bases Ajustadas para la Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Edelnor S.A.A., Luz del Sur S.A.A., Edecañete S.A., Electro Sur Este S.A.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., Electropuno S.A.A. y Electrosur S.A., de la Licitación ED-01-2009-LP 401927

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

Res. Adm. Nº 525-2009-P-CSJLI/PJ.- Reconforman la Segunda Sala Laboral de Lima 401928

ORGANOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

Res. Nº 505-2009-JNE.- Disponen inscripción de “Ingeniería para la Investigación de Mercado y Opinión S.R.L.” en el Registro Electoral de Encuestadoras 401929

OFICINA NACIONAL DE

PROCESOS ELECTORALES

R.J. Nº 134-2009-J/ONPE.- Aprueban “Disposiciones sobre el Sorteo de Miembros de Mesa para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales y las Nuevas Elecciones Municipales 2009” 401929

SUPERINTENDENCIA DE BANCA,

SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Res. Nº 10795-2009.- Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros para operar como Ajustador Marítimo Transportes y Ajustador Marítimo Cascos 401930

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD

Ordenanza Nº 029-2008-GR-LL/CR.- Disponen que la Procuraduría Pública Regional se allane y desista en los procesos judiciales sobre subsidio y gratifi caciones 401931

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

Res. Nº 559-2009-PRES.- Aprueban relación de proyectos cuya contratación estará sujeta a lo establecido por el artículo 6° del D.U. N° 026-2007 401932

Page 3: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401897

PODER EJECUTIVO

DECRETOS DE URGENCIA

DECRETO DE URGENCIANº 090-2009

MODIFICA EL MONTO MÁXIMO AUTORIZADO PARA LAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO

EXTERNO DEL GOBIERNO NACIONAL PARA EL AÑO FISCAL 2009 Y REESTRUCTURA LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO DEL

PRESUPUESTO DEL SERVICIO DE LA DEUDA PARA EL AÑO FISCAL 2009

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, se autorizó al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por el equivalente a la suma de UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 1 346 370 000);

Que, la crisis fi nanciera internacional, viene afectando a los principales mercados de exportación de los productos peruanos, generando una drástica reducción en los precios de los commodities, lo cual implicará obtener una recaudación tributaria inferior a la prevista;

Que, se espera una menor actividad económica en el 2009 y por ende una desaceleración de la tasa de crecimiento del PBI por debajo del nivel obtenido en el año 2008, que refl ejaría una reducción de la demanda interna;

Que, el Gobierno ha decidido implementar una política anticíclica a través del lanzamiento de un Plan de Estímulo Económico que involucra utilizar un mayor monto de recursos públicos en obras de infraestructura y de otra índole que permitan mitigar la desaceleración de la economía;

Que, en este nuevo escenario, el Marco Macroeconómico Multianual 2010-2012 actualizado, aprobado en Sesión de Consejo de Ministros del 28.8.2009, proyecta un défi cit fi scal de 2,4% para el año 2009 y de 1,8% para el año 2010, lo cual representa un cambio sustancial respecto a las previsiones que sustentaron el monto máximo de endeudamiento autorizado en la Ley Nº 29290 para la concertación de operaciones de endeudamiento externo del Gobierno Nacional en el presente año;

Que, es de interés nacional mantener el ritmo de inversiones del Sector Público, como estímulo a la actividad económica del país, y a la vez asegurar el cumplimiento de compromisos del gobierno de carácter ineludible, como la atención del servicio de deuda;

Que, con el propósito de mantener el equilibrio de las fi nanzas públicas, resulta necesario dictar medidas económicas y fi nancieras extraordinarias con carácter de urgente para contrarrestar, en parte, el menor ingreso de recursos por la fuente ordinaria, permitiendo la captación de los montos correspondientes vía endeudamiento público externo;

Que, para tal fi n, se requiere modifi car el monto máximo autorizado en la Ley Nº 29290 para la concertación de operaciones de endeudamiento externo del Gobierno Nacional en el presente año;

Que, de otro lado, de acuerdo con la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, la atención del servicio de la deuda pública para el año 2009 sería con cargo a las Fuentes de Financiamiento “Recursos Ordinarios” y en menor medida con la de “Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito”;

Que, dada la menor captación de recursos ordinarios por parte del Tesoro Público producto del impacto de la crisis fi nanciera internacional, así como la necesidad de atender determinados gastos para reactivar la economía del país con tales recursos ordinarios, resulta necesario reestructurar los montos de las Fuentes de Financiamiento del Servicio de la Deuda Pública para el

MUNICIPALIDAD DE

SAN MARTIN DE PORRES

D.A. Nº 016-2009/MDSMP.- Amplían plazo consignado en el rubro de identifi cación y registro de agentes participantes que contiene el cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo para el ejercicio fi scal 2010 401937

MUNICIPALIDAD DE

SAN MIGUEL

Ordenanza Nº 181-MDSM.- Modifican la Ordenanza N° 172-MDSM que declara zona rígida diversas cuadras de la Calle Jorge Castro Harrison 401938

SEPARATA ESPECIAL

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA

INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

Res. N° 155-2009-OS/CD.- Prepublicación Proyecto de Resolución que aprueba la prepublicación del proyecto de Norma “Opciones Tarifarias y Condiciones de Aplicación de las Tarifas a Usuario Final” 2 a 16Res. N° 156-2009-OS/CD.- “Proyecto de Resolución que fi ja las Tarifas y Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmisión y Sistemas Complementarios de Transmisión aplicables al período comprendido entre el 01 de noviembre de 2009 y el 30 de abril de 2013” 2 a 60

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA

Acuerdo Nº 023-2009-CR/GOB.REG.TACNA.- Exoneran de Proceso de Selección la contratación del servicio de preparación y colocación de mezcla asfáltica en caliente en el tramo Tarata - Ticaco en la obra Carretera Tacna-Tarata-Candarave-Umalso 401933

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE

D.A. Nº 008.- Aprueban Reglamento de Modalidad Formativa Laboral de Aprendizaje con Predominio en el Centro de Formación Profesional - Prácticas Pre Profesionales - y Modalidad Formativa Laboral de Prácticas Profesionales en la Municipalidad Distrital de Ate 401934D.A. Nº 009.- Aprueban Directiva “Normas para el Uso, Control, Mantenimiento y Reparación de Vehículos de la Municipalidad Distrital de Ate” 401934D.A. Nº 010.- Aprueban Directiva “Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina en el Gasto para el Año Fiscal 2009” 401935D.A. Nº 011.- Aprueban Directiva “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas” 401936

MUNICIPALIDAD DE COMAS

D.A. Nº 09-2009-A/MC.- Modifi can el Cronograma del “Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2010 del Distrito de Comas” 401936

Page 4: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401898

año 2009, permitiendo que el servicio de la deuda sea atendido oportunamente con recursos provenientes del endeudamiento público;

Que, es de interés nacional dictar medidas extraordinarias con carácter de urgente, de naturaleza económica y fi nanciera, que permitirán mantener el equilibrio de las fi nanzas públicas, y a la vez, asegurar el cumplimiento de compromisos del gobierno de carácter ineludible, como la atención del servicio de deuda, lo cual contribuye con preservar la califi cación de grado de inversión otorgado al Perú por las principales califi cadoras internacionales;

En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Estado;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,Con cargo de dar cuenta al Congreso de la

República;

DECRETA:Artículo 1º.- Modifi cación del numeral 5.1 del

artículo 5º de la Ley Nº 29290Modifíquese el numeral 5.1 del artículo 5º de la Ley Nº

29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, cuyo texto será el siguiente:

“5.1 Autorícese al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a la suma de UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 1 767 370 000,00) destinado a lo siguiente:

a) Sectores económicos y sociales, hasta US$ 1 246 370 000,00b) Apoyo a la balanza de pagos, hasta US$ 521 000 000,00”

Artículo 2º.- Reestructuración de Fuentes de Financiamiento

Autorícese al Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas a reestructurar los montos de las Fuentes de Financiamiento previstas en el Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002 - Administración de la Deuda en el Año Fiscal 2009, a efectos de rebajar el marco presupuestal de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por S/. 1 323 960 000,00 (UN MIL TRESCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) e incrementar la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito en el mismo importe, sin que ello implique superar el monto total de los recursos previstos en el Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002 - Administración de la Deuda, del Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 3º.- Servicio de la DeudaLa reestructuración de los montos de las Fuentes de

Financiamiento autorizada en el artículo 2º precedente se efectuará dentro del total del crédito presupuestario aprobado para el pago del Servicio de la Deuda programado en la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009.

Artículo 4º.- Notas de Modifi cación PresupuestariaLa Ofi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces

en el Pliego instruye a la Unidad Ejecutora, bajo su ámbito para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi caciones Presupuestarias” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 5º.- RefrendoEl presente Decreto de Urgencia será refrendado por

el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de setiembre del año dos mil nueve.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la RepúblicaJAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de MinistrosLUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

392482-1

PRESIDENCIA DEL

CONSEJO DE MINISTROS

Prorrogan Estado de Emergencia por sesenta días en diversas provincias y distritos de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Cusco y Junín, a que se refiere el D.S. Nº 044-2009-PCM

DECRETO SUPREMONº 055-2009-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2009-PCM de fecha 08 de julio de 2009, se prorrogó por el término de sesenta (60) días, a partir del 13 de julio de 2009, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convención del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de Concepción y en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junín;

Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia referido en el considerando precedente, aún subsisten las condiciones que determinaron la declaratoria del Estado de Emergencia en las provincias y distritos allí indicados;

De conformidad con el artículo 118°, numerales 4) y 14) de la Constitución Política del Perú; con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;

DECRETA:Artículo 1º.- Prórroga de Estado de EmergenciaProrrogar por el término de sesenta (60) días, a partir

del 11 de septiembre del 2009, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convención del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de Concepción y en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junín.

Artículo 2º.- Suspensión del ejercicio de Derechos Constitucionales

Durante el término del Estado de Emergencia a que se refi ere el artículo anterior, queda suspendido el ejercicio de los derechos constitucionales contemplados en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú.

Artículo 3º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por

el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de setiembre del año dos mil nueve.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la RepúblicaJAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de MinistrosRAFAEL REY REYMinistro de DefensaOCTAVIO SALAZAR MIRANDAMinistro del InteriorAURELIO PASTOR VALDIVIESOMinistro de Justicia392482-2

Page 5: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401899

Decreto Supremo que modifica la Resolución Ministerial Nº 380-2006-PCM y le da fuerza de Decreto Supremo

DECRETO SUPREMONº 056-2009-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial Núm. 380-2006-PCM, de fecha 25 de octubre de 2006, se conformó la Comisión Multisectorial de Prevención de Confl ictos Sociales, cuyo objeto es coordinar las acciones necesarias para la prevención y atención de confl ictos, así como proporcionar al Presidente del Consejo de Ministros la información y asesoría para la implementación de estrategias, políticas y acciones que anticipen, prevengan y contribuyan a resolver situaciones de riesgo o amenaza a la gobernabilidad democrática;

Que, dicha Comisión está conformada por un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la preside; un representante del Ministerio de Energía y Minas; un representante del Ministerio del Interior; un representante del Ministerio de Agricultura; un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; un representante del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA); un representante del Ministerio de Salud; un representante de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA); y, un representante del Consejo Nacional del Ambiente (CONAM);

Que, en tanto, la labor de la citada Comisión comprende la evaluación de las situaciones de confl icto que se puedan generar en el país, con el fi n de permitir la detección y solución de los factores que originan tales situaciones, las que atentan contra la gobernabilidad del país, es necesario incluir en la referida Comisión a un representante de los Ministerios de Justicia; Ambiente; Educación; Mujer y Desarrollo Social; de la Producción; Relaciones Exteriores; Transportes y Comunicaciones; Vivienda, Construcción y Saneamiento; Comercio Exterior y Turismo; y, Economía y Finanzas; y Defensa;

Que, asimismo, es necesario excluir a los representantes del CONAM, del INRENA y de DIGESA de la conformación de la Comisión Multisectorial debido a que de acuerdo al marco legal vigente el CONAM ha sido fusionado en el Ministerio del Ambiente; se han distribuido las competencias del INRENA entre el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, adscrito al Ministerio del Ambiente, y en otros organismos del Ministerio de Agricultura; y en el caso de DIGESA esta se encontraría representada por el representante del Ministerio de Salud al encontrarse adscrita al dicho Sector;

Que, por otro lado, a partir del 21 de diciembre de 2007 entró en vigencia la Ley Núm. 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la cual establece en su artículo 36º que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza permanente son creadas con fi nes específi cos para cumplir funciones de seguimiento, fi scalización, o emisión de informes técnicos. Se crean formalmente mediante decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados. Cuentan con Reglamento Interno aprobado por Resolución Ministerial del Sector al cual están adscritas;

Que, es necesario que la Comisión Multisectorial de Prevención de Confl ictos Sociales creada mediante la Resolución Ministerial Núm. 380-2006-PCM se enmarque dentro de las disposiciones previstas para las Comisiones Multisectoriales de naturaleza permanente, adecuándose a lo dispuesto por la Ley Núm. 29158;

Que, asimismo, debe dársele fuerza de Decreto Supremo a la Resolución Ministerial Núm. 380-2006-PCM;

De conformidad con lo establecido en la Ley Núm. 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

DECRETA:

Artículo 1º.- Modifi cación del artículo 2º y del inciso c) del artículo 4º de la Resolución Ministerial Núm. 380-2006-PCM

Modifi car el artículo 2º y el inciso c) del artículo 4º de la Resolución Ministerial Núm. 380-2006-PCM de acuerdo al siguiente texto:

“Artículo 2º.- De la Conformación de la Comisión Multisectorial

La Comisión Multisectorial estará integrada de la siguiente manera:

1. Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidirá;

2. Un representante del Ministerio del Ambiente;3. Un representante del Ministerio de Justicia;4. Un representante del Ministerio de Educación;5. Un representante del Ministerio de Salud;6. Un representante del Ministerio del Interior;7. Un representante del Ministerio de Agricultura;8. Un representante del Ministerio de Trabajo y

Promoción del Empleo;9. Un representante del Ministerio de la Mujer y

Desarrollo Social;10. Un representante del Ministerio de la Producción;11. Un representante del Ministerio de Relaciones

Exteriores;12. Un representante del Ministerio de Transportes y

Comunicaciones;13. Un representante del Ministerio de Vivienda,

Construcción y Saneamiento;14. Un representante del Ministerio de Comercio

Exterior y Turismo;15. Un representante del Ministerio de Economía y

Finanzas;16. Un representante del Ministerio de Defensa; y,17. Un representante del Ministerio de Energía y

Minas.

Artículo 4º.- De las funciones(...)c) Asesorar en materia de prevención de confl ictos

sociales, haciendo el seguimiento de cada uno de los confl ictos sociales que puedan suscitarse y desplazarse a los lugares en que se requiera su presencia, cuando sea necesario.

(...)”

Artículo 2º.- Designación de los representantesEl Ministro del Sector correspondiente designará

mediante Resolución Ministerial al representante titular y alterno ante dicha Comisión Multisectorial, en un plazo que no excederá a los diez (10) días calendario de publicado el presente Decreto Supremo.

Artículo 3º.- Reglamento InternoEn el plazo de treinta días calendario la Comisión

Multisectorial deberá presentar ante la Presidencia del Consejo de Ministros su proyecto de Reglamento Interno a efectos que sea aprobado por Resolución Ministerial.

Artículo 4º.- GastosCada ministerio asumirá los gastos que pudiera

generar el ejercicio de las funciones de su representante.

Artículo 5º.- Resolución Ministerial Núm. 380-2006-PCM

Dése fuerza de Decreto Supremo a la Resolución Ministerial Núm. 380-2006-PCM.

Artículo 6º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo deberá ser refrendado

por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros del Ambiente; Justicia; Educación; Salud; Interior; Agricultura; Trabajo y Promoción del Empleo; de la Mujer y Desarrollo Social; de la Producción; Relaciones Exteriores; Transportes y Comunicaciones; Vivienda, Construcción y

Page 6: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401900

Saneamiento; Comercio Exterior y Turismo; Economía y Finanzas; Energía y Minas; y, Defensa.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de setiembre del año dos mil nueve.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZMinistro de Agricultura

ANTONIO JOSÉ BRACK EGGMinistro del Ambiente

MARTÍN PÉREZ MONTEVERDEMinistro de Comercio Exterior y Turismo

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOMinistro de Educación

PEDRO SÁNCHEZ GAMARRAMinistro de Energía y Minas

OCTAVIO SALAZAR MIRANDAMinistro del Interior

AURELIO PASTOR VALDIVIESOMinistro de Justicia

NIDIA VILCHEZ YUCRAMinistra de la Mujer y Desarrollo Social

OSCAR UGARTE UBILLUZMinistro de Salud

MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZMinistra de la Producción

RAFAEL REY REYMinistro de Defensa yEncargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores

MANUELA GARCÍA COCHAGNEMinistra de Trabajo y Promoción del Empleo

ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Transportes y Comunicaciones

FRANCIS ALLISON OYAGUEMinistro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

392482-3

Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a Costa Rica, El Salvador y Guatemala y encargan su Despacho al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

RESOLUCIÓN SUPREMANº 225-2009-PCM

Lima, 2 de setiembre de 2009

CONSIDERANDO:

Que, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, señor MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE, viajará a las ciudades de San José (República de Costa Rica), San Salvador (República del Salvador) y Ciudad de Guatemala (República de Guatemala), del 20 al 26 de setiembre de 2009, presidiendo una Misión Comercial

en la que participará la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ y un grupo de empresarios peruanos, con el fi n de fortalecer las relaciones comerciales con los países de Centroamérica, realizar contactos para iniciar un proceso de negociación con algunos países de dicha región, así como difundir las oportunidades de inversión en los sectores productivos vinculados a la exportación;

Que, por tanto, es necesario autorizar el viaje del Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo a las ciudades de San José, San Salvador y Ciudad de Guatemala y encargar la Cartera Ministerial a su cargo, en tanto dure su ausencia;

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a las ciudades de San José (República de Costa Rica), San Salvador (República del Salvador) y Ciudad de Guatemala (República de Guatemala), del 20 al 26 de setiembre de 2009, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes : US$ 1 773,03Viáticos : US$ 1 400,00Tarifa CORPAC : US$ 31,00

Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al señor Francis Allison Oyague, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a partir del 20 de setiembre de 2009 y en tanto dure la ausencia del Titular.

Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.

Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

MARTIN PÉREZ MONTEVERDEMinistro de Comercio Exterior y Turismo

392482-8

Constituyen Comisión Especial encargada de analizar alcances de recomendación emitida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos respecto a petición formulada por el SIFUSE y analizar hechos que han dado lugar a la petición formulada por el Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste - Talara

RESOLUCIÓN SUPREMANº 226-2009-PCM

Lima, 2 de setiembre de 2009.

Page 7: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401901

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, aprobada por Decreto Ley Nº 22231, el Estado Peruano ha reconocido la competencia contenciosa de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en adelante la Comisión, para conocer de los asuntos relacionados con el cumplimiento de sus compromisos contraídos;

Que, la Comisión es el órgano competente que formula recomendaciones a los gobiernos de los Estados miembros para que adopten medidas progresivas a favor de los derechos humanos dentro del marco de sus leyes internas y sus preceptos constitucionales;

Que, la Procuraduría Pública Especializada Supranacional ha recibido de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos - CIDH el informe de admisibilidad y fondo Nº 8/09 respecto al CASO12.384, aprobado en su sesión Nº 1778, celebrada el 17 de marzo de 2009; y el informe de admisibilidad Nº 56/08 respecto al CASO Nº 11.602, aprobado durante la sesión celebrada el 24 de julio de 2008; en tal sentido es necesario se adopten las medidas que el caso requiere;

Que, en el informe de admisibilidad y fondo Nº 8/09 respecto a la petición formulada por el Sindicato de Funcionarios, Profesionales y Técnicos de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SIFUSE, la Comisión ha recomendado al Estado Peruano adoptar las medidas necesarias para que los peticionarios tengan acceso a un recurso judicial o de otra naturaleza que sea adecuado y efectivo a fi n de lograr una reparación por la violación de sus derechos, generada por la aplicación retroactiva del Decreto Ley Nº 25876 y por la falta de protección judicial ante esta situación;

Que, el informe de admisibilidad Nº 56/08 respecto a la petición formulada por el Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú Zona Noreste - Talara, la Comisión toma en cuenta que la Corte Interamericana en jurisprudencia con relación a un caso de similar naturaleza ocurrido próximamente a la época de los hechos del presente caso en Perú, estableció que en atención al contexto de los impedimentos normativos y prácticos para asegurar un acceso real a la justicia, los peticionarios “no tenían certeza acerca de la vía a la que debían o podían acudir para reclamar los derechos que se consideraran vulnerados, fuera administrativa, contencioso administrativa o de amparo” por lo que han satisfecho el requisito establecido en el artículo 46.1 de la Convención;

Que, en este orden, la Comisión considera que los hechos alegados por los peticionarios, relativos a la separación de los cargos que desempeñaban en la Empresa Petróleos PETROPERU S.A. mediante la aplicación de un proceso administrativo en vulneración del debido proceso, al no habérseles permitido ejercer el derecho a la defensa para la impugnación administrativa de su despido, así como la falta de remedio judicial efectivo, podrían caracterizar prima fase la violación de los artículos 8º y 25º de la Convención Americana;

Que el Estado Peruano, frente a hechos similares a los que han dado lugar a la petición del Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú Zona Noreste - Talara, ha adoptado una serie de acciones a fi n de reparar a los trabajadores cesados en forma irregular durante los años 1990 a 2000, implementando las recomendaciones derivadas de sendas comisiones;

Que, en la Sesión Extraordinaria del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, el 7 de julio del año en curso, se acordó proponer la conformación de una Comisión de Alto Nivel que atienda los informes de admisibilidad y fondo antes referidos, emitidos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y, con el propósito de no prolongar innecesariamente el trámite ante este órgano supranacional, de acuerdo a la legislación vigente, es conveniente conformar una Comisión Especial de naturaleza temporal que permita a los peticionarios contar con un procedimiento adecuado y efectivo que les permita la protección contra actos que violen sus derechos fundamentales a fi n que se implemente un Acuerdo de Solución Amistosa, en su caso;

De conformidad con lo dispuesto en los incisos 1 y 9 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el

numeral 4 del artículo 11º y numeral 2 del artículo 36º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Constitución de la Comisión Especial.Constituir una Comisión Especial de naturaleza

temporal encargada de:

1.1 Analizar los alcances de la recomendación emitida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y proponer los mecanismos de implementación de la misma, respecto a la petición formulada por el Sindicato de Funcionarios, Profesionales y Técnicos de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SIFUSE, a favor de 233 trabajadores (en adelante los peticionarios).

1.2 Analizar los hechos que han dado lugar a la petición formulada por el Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú Zona Noreste - Talara, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a fi n de recomendar la adopción de medidas pertinentes a favor de 85 trabajadores (en adelante los peticionarios).

En ambos casos, proponer los mecanismos de implementación de un Acuerdo de Solución Amistosa.

Esta Comisión Especial estará adscrita al Ministerio de Justicia.

Artículo 2º.- Integrantes de la Comisión Especial, forma y plazo para su designación.

La Comisión Especial estará integrada por las siguientes personas:

- Dos representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, uno de los cuales asumirá la presidencia;

- Dos representantes del Ministerio de Energía y Minas; y,

- Un representante del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado.

Los representantes serán designados mediante Resolución del Titular del Sector o de la Entidad, según sea el caso, dentro del quinto día hábil de publicada la presente Resolución Suprema.

Artículo 3º.- De la Secretaría Técnica de la Comisión Especial.

La Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado actuará como Secretaría Técnica de la Comisión Especial y tendrá su sede en las instalaciones del Ministerio de Justicia, sito en calle Scipión Llona Nº 350, distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima.

Artículo 4º.- Plazo de funcionamiento de la Comisión Especial.

El plazo máximo de funcionamiento de la Comisión Especial será de noventa (90) días hábiles contados a partir de su instalación.

Artículo 5º.- Procedimiento.

De la instalación:La Comisión Especial deberá instalarse en el plazo de

tres (3) días hábiles de efectuada la última designación de sus miembros.

De la formación del expedientillo:Dentro del plazo de diez (10) días hábiles de publicada

la presente Resolución Suprema, la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL y la Empresa de Petróleos del Perú S.A. - PETROPERU deberán entregar a la Comisión Especial el legajo de cada uno de los peticionarios, con los antecedentes referidos a la petición formulada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que dio lugar a la recomendación en referencia.

Sin perjuicio de lo anterior, en el mismo plazo, los peticionarios podrán presentar ante la Secretaría Técnica de la Comisión Especial, sin necesidad de fi rma de abogado, los medios probatorios que convenga a

Page 8: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401902

su derecho, señalando domicilio real para las futuras notifi caciones.

De la califi cación:Vencido el plazo anterior, la Comisión Especial evaluará

la documentación presentada en el lapso de veinte (20) días hábiles. De considerarlo necesario, dentro de ese mismo plazo, podrá citar a los peticionarios, a SEDAPAL o a PETRO PERÚ, en su caso, para que efectúen algún esclarecimiento sobre los hechos alegados.

De la vista de la causa:Dentro del tercero día hábil de vencido el plazo

señalado en el párrafo precedente, si los peticionarios consideran favorable a su derecho, podrán solicitar el uso de la palabra, a fi n de presentar un informe oral sobre hechos o derecho ante el Pleno de la Comisión Especial, la que deberá citarlos con una anticipación no menor a tres (3) días hábiles de notifi cados.

Las vistas de la causa deberán programarse en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente de la fecha de solicitud del peticionario.

Del informe fi nal:Una vez producido el último informe oral o transcurrido

el plazo sin haberse solicitado alguno, la Comisión Especial dentro del plazo improrrogable de veinte (20) días hábiles deberá emitir pronunciamiento sobre:

i) Los alcances de la recomendación emitida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos respecto a la petición formulada por el Sindicato de Funcionarios, Profesionales y Técnicos de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SIFUSE, así como los mecanismos de implementación de la misma.

ii) Los hechos que han dado lugar a la resolución de admisibilidad de la petición formulada por el y por el Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú Zona Noreste - Talara, así como las recomendaciones para la adopción de medidas pertinentes a favor de los 85 peticionarios.

La Comisión Especial remitirá al Presidente del Consejo de Defensa Jurídica del Estado el informe fi nal que elabore luego de la revisión y evaluación respectiva a fi n que, de corresponder, se implemente el (los) Acuerdo (s) de Solución Amistosa.

Artículo 6º.- Refrendo.La presente Resolución Suprema será refrendada

por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo y el Ministro de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELÁSQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

AURELIO PASTOR VALDIVIESOMinistro de Justicia

MANUELA GARCÍA COCHAGNEMinistra de Trabajo y Promoción del Empleo

PEDRO SÁNCHEZ GAMARRAMinistro de Energía y Minas

392482-9

Designan representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua

RESOLUCIÓN SUPREMANº 227-2009-PCM

Lima, 2 de setiembre de 2009

Visto, el Ofi cio Núm. 1008-2009-VIVIENDA/SG del Secretario General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Núm. 29338 - Ley de Recursos Hídricos creó el Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos con el objeto de articular el accionar del Estado, para conducir los procesos de gestión integrada y de conservación de los recursos hídricos en los ámbitos de cuencas, de los ecosistemas que lo conforman y de los bienes asociados; así como para establecer espacios de concertación y coordinación entre las entidades de la administración pública y los actores involucrados en dicha gestión;

Que, el artículo 14º de la citada Ley establece que la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector y la máxima autoridad técnica normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, responsable del funcionamiento de dicho sistema;

Que, asimismo, el artículo 19º de la Ley dispone que el Consejo Directivo es la máxima instancia de la Autoridad Nacional del Agua, la cual estará conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo que su designación se efectuará mediante resolución suprema expedida por la Presidencia del Consejo de Ministros considerando como requisito que el designado sea un funcionario del más alto nivel con rango de director general o similar;

Que, mediante Resolución Suprema Núm. 074-2009-PCM se designó al señor José Luis Becerra Silva, Director Nacional de Saneamiento del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento como representante de dicho Ministerio ante el Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua;

Que, por Resolución Ministerial Núm. 218-2009-VIVIENDA se aceptó la renuncia del señor José Luis Becerra Silva en el cargo de Director Nacional de Saneamiento del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, de acuerdo al documento del visto resulta pertinente dar por concluida la precitada designación y designar en su reemplazo al actual Director Nacional de Saneamiento del Viceministerio de Construcción y Saneamiento como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua;

De conformidad con lo establecido por la Ley Núm. 29338;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor JOSE LUIS BECERRA SILVA, ex Director Nacional de Saneamiento del Viceministerio de Construcción y Saneamiento como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar al señor JUAN CARLOS PAREDES AGUILAR, Director Nacional de Saneamiento del Viceministerio de Construcción y Saneamiento como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua.

Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

392482-10

Page 9: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401903

Aceptan renuncia de representante de la PCM ante la Comisión Multisectorial creada mediante D.S. Nº 027-2008-PCM, modificado por D.S. Nº 065-2008-PCM

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 392-2009-PCM

Lima, 2 de setiembre de 2009

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Núm. 027-2008-PCM se creó la Comisión Multisectorial cuyo objetivo es reunir la información necesaria para determinar los montos recuperados del Fondo Nacional de Vivienda – FONAVI, las inversiones efectuadas con dichos recursos, así como la identidad de los benefi ciarios, determinando entre ellos a los aportantes al FONAVI, además de otros aspectos vinculados a dicho Fondo;

Que, dentro de la conformación de la citada Comisión se encuentra un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidirá;

Que, por Decreto Supremo Núm. 065-2008-PCM se ampliaron las funciones de la Comisión Multisectorial creada por Decreto Supremo Núm. 027-2008-PCM, encargándosele efectuar la determinación de los montos susceptibles de ser devueltos a favor de los aportantes al FONAVI, sobre la base del Informe Técnico descrito en el artículo 3° de dicho Decreto Supremo;

Que, por Resolución Ministerial Núm. 126-2008-PCM se designó al señor Benjamín Fernando Vera Chamochumbi como representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante la Comisión Multisectorial creada mediante el Decreto Supremo Núm. 027-2008-PCM;

Que, el señor Benjamín Fernando Vera Chamochumbi ha presentado su renuncia a la citada representación, la que es pertinente aceptar;

De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Núm. 063-2007-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aceptar la renuncia del señor BENJAMIN FERNANDO VERA CHAMOCHUMBI como representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante la Comisión Multisectorial creada mediante el Decreto Supremo Núm. 027-2008-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Núm. 065-2008-PCM, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2°.- Otorgar el plazo de siete (7) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente resolución para que la persona mencionada en el artículo 1° haga entrega a la Ofi cina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros de la documentación que haya podido ser elaborada durante su gestión o, en su defecto, indique las sedes de los lugares donde pueda ser recogida, prestando las facilidades para su recojo, bajo responsabilidad.

Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER VELÁSQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

392168-1

AGRICULTURA

Designan Jefe de la Agencia Zonal de Santiago de Chuco de la Dirección Zonal de La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL

RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVANº 068-2009-AG-AGRO RURAL-DE

Lima, 1 de setiembre de 2009

CONSIDERANDO:

Que, la Segunda Disposición Complementaria y Final del Decreto Legislativo Nº 997 – que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, crea el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, como Unidad Ejecutora adscrita al Viceministerio de Agricultura, con el objetivo de promover el desarrollo agrario rural, a través del fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en zonas rurales en el ámbito agrario;

Que, el Artículo 2.5.3.2 del Manual Operativo del Programa Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG, conforma dentro de su estructura orgánica a las Agencias Zonales, cuya jurisdicción abarca una o más provincias y distritos, las cuales se encuentran a cargo de un Jefe Zonal designado mediante Resolución Directoral Ejecutiva;

Que, en la actualidad resulta necesario efectuar la designación del Jefe de la Agencia Zonal de Santiago de Chuco de la Dirección Zonal de La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las facultades otorgadas a través del Manual Operativo, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- DESIGNAR, al Ing. SANTOS MELANIO BLAS SOLORZANO en el cargo de Jefe de la Agencia Zonal de Santiago de Chuco de la Dirección Zonal de La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, cargo considerado de confi anza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RODOLFO LUIS BELTRAN BRAVODirector EjecutivoPrograma de Desarrollo ProductivoAgrario Rural - AGRO RURAL

391919-1

Encargan funciones de la Administración Local de Agua Huaraz

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 0573-2009-ANA

Lima, 1 de setiembre de 2009

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0015-2009-ANA se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Huaraz, al Ingeniero Segundo Esteban Delgado Solorzano;

Que, con Resolución Jefatural Nº 0428-2009-ANA se autorizó el viaje al exterior, del Ingeniero Segundo Esteban Delgado Solórzano, para participar en el XXI Curso Internacional de Técnicas de Riego y Gestión de Regadíos que se realizará en la ciudad de Madrid - España, asimismo se le otorgó permiso sin goce de haber por el periodo comprendido entre el 07.09.09 al 30.10.09;

Que, ante la ausencia del Ingeniero Segundo Esteban Delgado Solórzano resulta necesario encargar al profesional que asuma las funciones de la Administración Local de Agua Huaraz; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Final del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2008-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Encargar al Ingeniero Rene Bladimir Reynalte Palacios las funciones de la Administración Local de Agua Huaraz.

Page 10: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401904

Artículo 2º.- Precisar que la encargatura de las funciones señalada en el artículo precedente se mantendrá vigente en tanto dure el permiso sin goce de haber otorgado mediante Resolución Jefatural Nº 0428-2009-ANA, a favor del ingeniero Segundo Esteban Delgado Solórzano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVAJefeAutoridad Nacional del Agua

392463-1

AMBIENTE

Aprueban actualización del Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas

DECRETO SUPREMONº 016-2009-MINAM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 68º estipula que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas;

Que, la Ley de Áreas Naturales Protegidas - Ley Nº 26834, establece que dichas áreas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonifi caciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científi co, así como por contribución al desarrollo sostenible del país;

Que, la misma norma señala al Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas como el documento que contiene los lineamientos de política y planeación estratégica de las Áreas Naturales Protegidas en su conjunto, el mismo que será elaborado y revisado bajo un amplio proceso participativo y que deberá contener el marco conceptual para la constitución y operación a largo plazo de las Áreas Naturales Protegidas del SINANPE, Áreas de Conservación Regionales y Áreas de Conservación Privadas; así como analizar los tipos de hábitat del Sistema y las medidas para conservar y completar la cobertura ecológica requerida.

Que, adicionalmente el artículo 35º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, precisa que el Plan Director defi ne los lineamientos de políticas y planeamiento estratégico, así como el marco conceptual para un gerenciamiento efi caz y la constitución y operación a largo plazo (10 años) de las Áreas Naturales Protegidas y del SINANPE, formulando las medidas para conservar y complementar la cobertura ecológica requerida, constituyendo el instrumento máximo de planifi cación y orientación del desarrollo de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 010-99-AG se aprobó la Estrategia Nacional de las Áreas Naturales Protegidas o Plan Director, proyecto que pierde vigencia en el presente año;

Que, entre los años 2005 al 2008, se desarrolló la actualización del Plan Director en el marco de un amplio proceso participativo a través de talleres, grupos temáticos de trabajo, foros virtuales, que congregaron a diferentes actores involucrados con la gestión de las áreas naturales protegidas en el Perú;

Que, la citada propuesta de actualización del Plan Director cuenta con la opinión favorable del Consejo de Coordinación del SINANPE;

De conformidad con la Ley de Áreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 038-2001-AG

y el Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM; y de acuerdo a lo dispuesto por el Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158;

DECRETA:

Artículo 1º.- Apruébase la actualización del Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas, el mismo que forma parte del presente Decreto Supremo.

Artículo 2º.- Encárguese al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, cautelar por la aplicación del Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas.

Artículo 3º.- Dispóngase que el citado Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas sea publicado en la página web ofi cial del Ministerio del Ambiente y del SERNANP.

Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Ambiente y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de setiembre del año dos mil nueve.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ANTONIO JOSE BRACK EGGMinistro del Ambiente

392482-6

DEFENSA

Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno durante Estado de Emergencia en diversas provincias y distritos de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Cusco y Junín

RESOLUCIÓN SUPREMANº 367-2009-DE/SG

Lima, 2 de setiembre de 2009

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-2009-PCM de fecha 2 de septiembre de 2009, se prorrogó por el término de sesenta (60) días, a partir del 11 de septiembre de 2009, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convención del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de Concepción y en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junín;

Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 137º de la Constitución Política del Perú, las Fuerzas Armadas en Estado de Emergencia, asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno por el tiempo que dure el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convención del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de Concepción y en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junín.

Page 11: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401905

La Policía Nacional del Perú contribuirá al logro de dicho objetivo en los departamentos, provincias y distritos indicados en el párrafo anterior.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

RAFAEL REY REYMinistro de Defensa

OCTAVIO SALAZAR MIRANDAMinistro del Interior

392482-16

Autorizan viaje de delegación para asistir a la XIV Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Ecuador y Perú

RESOLUCIÓN SUPREMANº 368-2009-DE/CCFFAA

Lima, 2 de setiembre de 2009

Vista, la Carta del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de Ecuador de fecha 22 de junio de 2009, mediante la cual cursa invitación a la Delegación Peruana, para que participen en la XIV Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Ecuador y Perú, a realizarse en la ciudad de Quito – Ecuador, del 13 al 19 de setiembre de 2009.

CONSIDERANDO:

Que, es conveniente por ser interés del Estado asegurar la permanencia y continuidad de las Rondas de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Ecuador y Perú, teniendo por fi nalidad el fomento de la confi anza mutua y el desarrollo de una concepción de seguridad integral, dentro de un marco regional sudamericano, que propicie una estrecha amistad y creciente cooperación entre ambas naciones, siendo necesario por ello autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al personal militar, para que participen en la XIV Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Perú y Ecuador;

Que, de acuerdo con el Artículo 5º y el Anexo Nº 01 del Reglamento para las Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Perú y Ecuador, la Delegación Ofi cial de las Fuerzas Armadas del Perú debe estar constituida, entre otros, por el Jefe de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas del Perú, los Jefes de los Estados Mayores Generales del Ejército, Marina y Fuerza Aérea del Perú, los integrantes del Grupo de Trabajo conformados por un representante del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, un representante de cada uno de las Instituciones de las Fuerzas Armadas del Perú y un Secretario de Actas de ambas Fuerzas Armadas;

Que, la realización de la antes citada Ronda de Conversaciones se encuentra prevista en los Ítems 61 y 126 del Rubro 5.- Medidas de Confi anza Mutua del Plan Anual al Extranjero del Sector Defensa Año 2009, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 028-2009-DE de fecha 19 de enero de 2009 y en los Ítems 30 y 101, Rubro 5 modifi cado, anexo 2 de la Resolución Suprema Nº 183-2009-DE de fecha 29 de mayo de 2009, que modifi có el Plan Anual al Extranjero del Sector Defensa año 2009, aprobado por la Resolución Suprema Nº 028-2009;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 – Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de

fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con los Decretos Supremos Nº 008-2004-DE/SG y Nº 028-2006-DE/SG de fechas 30 de junio de 2004 y 13 de diciembre de 2006, respectivamente;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, como integrantes de la Delegación Peruana para asistir a la XIV Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Ecuador y Perú, a realizarse en la ciudad de Quito – Ecuador, del 13 al 18 de setiembre de 2009, al Personal Militar siguiente:

- General de División Abilio FOX Calle- Contralmirante Jorge Ricardo MOSCOSO Flores- Vicealmirante Reynaldo PIZARRO Antram- Teniente General FAP Carlos SAMAME Quiñones- General de Brigada Miguel Francisco VEGA Succar- Coronel EP Owen Julio GELDRES De La Rosa- Coronel EP Jorge Helmutt SANABRIA Monroy- Capitán de Navío Pedro RAMIREZ Nuques- Coronel FAP Gonzalo PEREZ-WICHT San Roman- Teniente Coronel EP Luís Humberto ORTIZ Herrera

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y las Instituciones Armadas, efectuarán los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes:US$ 490. x 10 Ofi ciales (Lima –QUITO (ECUADOR)

– Lima)

Viáticos:US$ 200.00 x 06 días x 10 Ofi ciales

Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:US$ 31.00 x 10 Ofi ciales

Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la autorización, a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados.

Artículo 4º.- El mencionado Personal Militar deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004 - DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con los Decretos Supremos Nº 008-2004-DE/SG y Nº 028-2006-DE/SG de fechas 30 de junio de 2004 y 13 de diciembre de 2006, respectivamente.

Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

RAFAEL REY REYMinistro de Defensa

392482-17

Autorizan viaje de Personal Militar FAP a Brasil, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMANº 369-2009-DE/FAP

Lima, 2 de setiembre de 2009

Page 12: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401906

Visto, la Papeleta de Trámite NC-35-SGFA-Nº 3109 de fecha 25 de junio de 2009, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; la Papeleta de Trámite NC-50-EMED-Nº 1026 de fecha 24 de junio de 2009 y el Mensaje EMED-131300 del mes de julio de 2009, del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú;

CONSIDERANDO:

Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República Federativa del Brasil, del 27 de setiembre al 11 de octubre de 2009, al Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, quienes recibirán asesoramiento para la elaboración de programas de capacitación técnica para la integración de la Fuerza Aérea del Perú al Cuarto Centro Integrado de Defensa Aérea y Control de Tránsito Aéreo (CINDACTA IV) de Brasil, ubicado en la ciudad de Manaus; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Fuerza Aérea del Perú;

Que, la citada comisión se encuentra incluida en el Rubro 5.- Medidas de Confi anza Mutua, Item 118, del Anexo 1 del Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para el Año Fiscal 2009, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 028-2009 DE/SG de 19 de enero de 2009; y,

De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley N° 29075 – Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y por el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG del 03 de febrero de 2009, Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República Federativa del Brasil, del 27 de setiembre al 11 de octubre de 2009, al Personal Militar FAP que se indica a continuación, quienes recibirán asesoramiento para la elaboración de programas de capacitación técnica para la integración de la Fuerza Aérea del Perú al Cuarto Centro Integrado de Defensa Aérea y Control de Tránsito Aéreo (CINDACTA IV) de Brasil, ubicado en la ciudad de Manaus:

Coronel FAP EDGARDO JAIME BARRUETO PLAZAComandante FAP SERGIO MARTIN GASTELO SUAREZ

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes: Lima- Manaus - LimaUS $ 1.299,25 x 2 personas

ViáticosUS $ 200 x 15 días x 2 personas

Tarifa Única por Uso de AeropuertoUS $ 31 x 2 personas

Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados.

Artículo 4º.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004.

Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

RAFAEL REY REYMinistro de Defensa

392482-18

Autorizan viajes de oficiales de la Marina de Guerra a Panamá y Chile, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMANº 370-2009-DE/MGP

Lima, 2 de setiembre de 2009

Visto el Ofi cio P.1000-1231 del Director General del Personal de la Marina de fecha 17 de julio de 2009;

CONSIDERANDO:

Que, desde el año 2003 se viene desarrollando anualmente en la zona geográfi ca de la República de Panamá el ejercicio Multinacional FA-PANAMAX 2009, cubriendo las áreas de mar colindantes tanto del lado del Océano Pacífi co como del Mar Caribe y cuya ejecución se realiza bajo el auspicio de la Marina de los Estados Unidos de América, contando con la participación de las marinas de Argentina, Canadá, Colombia, Ecuador, Chile, Costa Rica, El Salvador, Honduras, Panamá, Perú, República Dominicana y Uruguay;

Que, este ejercicio cubre niveles estratégico, operacional y táctico, permitiendo planifi car y ejercitar dentro de los objetivos y políticas de Estado en defensa de los intereses comunes de la Región ante nuevas amenazas asimétricas, especialmente el narcotráfi co, tráfi co ilegal de insumos, dinero y personas, lo cual afectaría uno de los principales medios para el intercambio de bienes y el comercio exterior a nivel mundial como es el Canal de Panamá;

Que, las operaciones se realizan mediante actividades de control de espacios marítimos e interdicción marítima y aéreas a nivel de Grupo de Tarea, la cual demanda una elaborada actividad de planeamiento y coordinación previa, mediante la ejecución de tres conferencias previas de planeamiento: Inicial, Intermedia y Final, los mismos que se realizaron a través de comités de trabajo con Ofi ciales de las diferentes marinas participantes para efectos de la organización del citado ejercicio;

Que, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de Personal Naval para que integren el Estado Mayor Multinacional, quienes viajarán por vía aérea, a partir del 11 al 22 de setiembre de 2009; así como las dotaciones del B.A.P. ”QUIÑONES” (FM-58), B.A.P. ”HERRERA” (CM-24), Helicóptero (AB-212) y Personal especializado en Operaciones Especiales y Salvamento y Buceo, para que participen en el Ejercicio Multinacional FA-PANAMAX 2009, a realizarse en la ciudad de Panamá - REPÚBLICA DE PANAMÁ, a partir del 3 al 30 de setiembre de 2009; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú;

Que, el citado viaje se encuentra incluido en el Anexo 1 del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2009, Rubro 4: Actividades Operacionales, Ítems 29, 30 y 31, aprobado por Resolución Suprema Nº 028-2009-DE de fecha 19 de enero de 2009 y sus modifi catorias;

De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de visitas al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la

Page 13: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401907

Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio de 2004;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Edmundo Luis Enrique DEVILLE Del Campo, CIP. 02799637, DNI. 43390592, Capitán de Fragata Antonio Bautista VILDOSO Concha, CIP. 01801752, DNI. 09355035, Capitán de Fragata César Emilio ZELADA Levy, CIP. 01808795, DNI. 43339696, Capitán de Corbeta Renzo COBOS Chavarri, CIP. 00912128, DNI. 43343058, Capitán de Corbeta Freddy Alfonso RAMIREZ Rodríguez, CIP. 00917382, DNI. 43442694, Teniente Primero Jorge DENEGRI Boltán, CIP. 00909403, DNI. 43390611 y Teniente Primero Rafael Alfredo ANDUAGA Salinas, CIP. 00907431 DNI. 43826452, quienes integrarán el Estado Mayor Multinacional, para que participen en el Ejercicio Multinacional FA-PANAMAX 2009, a realizarse en la ciudad de Panamá - REPÚBLICA DE PANAMÁ, a partir del 11 al 22 de setiembre de 2009.

Artículo 2°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval que se detalla en la relación del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, a bordo del B.A.P. ”QUIÑONES” (FM-58), B.A.P. ”HERRERA” (CM-24) y Helicóptero (AB-212); así como Personal especializado en Operaciones Especiales y Salvamento y Buceo, para que participen en el Ejercicio Multinacional FA-PANAMAX 2009, a realizarse en la ciudad de Panamá - REPÚBLICA DE PANAMÁ, a partir del 3 al 30 de setiembre de 2009. El referido Anexo deberá publicarse en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa www.mindef.gob.pe.

Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes: Lima - Panamá (Panamá) - Lima US $. 1,636.10 x 7 personas

Viáticos:US $. 200.00 x 12 días x 7 personas

Tarifa Única de Uso de AeropuertoUS $. 31.00 x 7 personas

Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero:US.$. 48.00 X 8 días x 10 Ofi ciales SuperioresUS.$. 40.00 X 8 días x 27 Ofi ciales Subalternos US.$. 30.00 X 8 días x 215 Personal SubalternoUS.$. 21.00 X 8 días x 15 Personal de Marinería

Artículo 4º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º y el reemplazo de cualquier personal que por motivos de fuerza mayor no pueda participar en la referida Comisión de Servicio, sin exceder el total de días y cantidad de personal autorizado.

Artículo 5º.- El referido Personal Naval, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha de 5 junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero 2004, modifi cado con el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004.

Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

RAFAEL REY REYMinistro de Defensa

392482-19

RESOLUCIÓN SUPREMANº 371-2009-DE/MGP

Lima, 2 de setiembre de 2009

Visto el Ofi cio P.200-1151 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 6 de julio de 2009;

CONSIDERANDO:

Que, la Marina de Guerra del Perú ha participado, en las reuniones de Estados Mayores con la Armada de Chile desde el año 2002 y en las reuniones Bilaterales de Inteligencia desde el año 1987; habiéndose establecido en los acuerdos de estas reuniones, que la realización de la VII Reunión de Estados Mayores y la XX Reunión Bilateral de Inteligencia, a desarrollarse en la República de Chile;

Que, en tal sentido se ha dispuesto la participación de una delegación de la Marina de Guerra del Perú, en las referidas reuniones, teniendo como propósito, la búsqueda, identifi cación y análisis de nuevos campos de cooperación y entendimiento recíproco, así como la intención de fomentar el incremento de la confi anza mutua, intercambio de información, desarrollo de un concepto de seguridad y adopción de medidas prácticas para ambas Instituciones;

Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2009, la autorización de viaje de Personal Naval para que participen en las mencionadas Reuniones;

Que, los viajes se encuentran incluidos en el Anexo 1 del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2009, Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, Ítems 84 y 85, aprobados mediante Resolución Suprema Nº 028-2009-DE de fecha 19 de enero de 2009 y sus modifi catorias;

Que, en la Resolución Suprema indicada en el considerando precedente se establece que la XX Reunión Bilateral de Inteligencia se realizaría en el mes de abril 2009; sin embargo, los organizadores por razones operacionales han dispuesto se efectúe el cambio de fecha, aplazando la reunión para el mes de setiembre 2009;

Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de Personal Naval para que participen en la VII Reunión de Estados Mayores y en la XXII Reunión Bilateral de Inteligencia, a realizarse en la ciudad de Valparaíso - REPÚBLICA DE CHILE, a partir del 28 de setiembre al 2 de octubre de 2009, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional e Institucional;

De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto

Page 14: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401908

Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Jorge Antonio DE LA PUENTE Ribeyro CIP. 03742222 y DNI. 43864221, Capitán de Navío Pablo Enrique Vicente MONZON Zevallos CIP. 01712998 y DNI. 43305708 y Capitán de Navío Oscar Jorge FERNANDEZ-DAVILA Fernández-Dávila, CIP. 00809093 y DNI. 43332236, para que participen en la VII Reunión de Estados Mayores; así como, del Contralmirante Pedro Augusto GARCIA Llaque, CIP. 03701633 y DNI. 43345042 y Capitán de Navío Rogelio Eduardo Jorge Guillermo FERNANDEZ Del Castillo CIP. 04829281 y DNI. 43427399, para que participen en la XX Reunión Bilateral de Inteligencia, a realizarse en la ciudad de Valparaíso - REPÚBLICA DE CHILE, a partir del 28 de setiembre al 2 de octubre de 2009.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a las disposiciones vigentes:

Pasaje: Lima - Santiago (CHILE) - LimaUS$. 324.01 x 5 personas

Pasaje Terrestre : Santiago - Valparaíso - Santiago US$. 30.00 x 5 personas

Viáticos:US$. 200.00 x 5 días x 5 Personas

Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:US$. 31.00 x 5 personas

Artículo 3°.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de las autorizaciones a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados.

Artículo 4°.- El mencionado Personal Naval deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

RAFAEL REY REYMinistro de Defensa

392482-20

ECONOMIA Y FINANZAS

Aprueban operaciones de endeudamiento externo y financiamiento contingente con el BIRF

DECRETO SUPREMONº 196-2009-EF

APRUEBAN OPERACIÓN DE ENDEUDAMIENTO EXTERNO Y FINANCIAMIENTO CONTINGENTE

CON EL BIRF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el numeral 5.1 del artículo 5° de la Ley N° 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto de equivalente a US$ 1 346 370 000,00 (UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS);

Que, en el marco del Programa de Reformas vinculadas a la sostenibilidad ambiental del país, se ha negociado una operación de endeudamiento externo denominada “Préstamo Programático de Política Ambiental” por US$ 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), a ser ejecutada por el Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, el monto de la operación de endeudamiento externo hasta por US$ 20 000 000,00, será aprobado dentro del marco de la Ley N° 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, en la cual se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo;

Que, tal endeudamiento se efectuará con cargo al “Apoyo a la Balanza de Pagos” referido en el literal b) del numeral 5.1 del Artículo 5° de la Ley N° 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009;

Que, el citado endeudamiento será destinado a atender parte del pago del servicio de la deuda pública en armonía con lo establecido en el Marco Macroeconómico Multianual 2010-2012, aprobado en la Sesión del Consejo de Ministros del 30 de mayo de 2009;

Que la operación de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley N° 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, y la Ley N° 28563 y sus modifi catorias, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento;

Que, mediante el numeral 59.1 del Artículo 59° de la Ley N° 28563 y sus modifi catorias, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, a negociar y celebrar fi nanciamientos contingentes que tengan por objeto obtener recursos ante la eventual ocurrencia de un desastre de origen natural y/o tecnológico, para destinarlos a fi nanciar la rehabilitación y reconstrucción de la infraestructura y de servicios públicos ubicados en las zonas que eventualmente pudiesen ser afectadas o devastadas por dichos desastres y atender de manera inmediata las necesidades de la población afectada, así como para mitigar los riesgos de situaciones de emergencia y crisis de tipo económico en el país;

Que, en mérito de la citada autorización, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, ha negociado con el BIRF un fi nanciamiento contingente hasta por US$ 310 000 000,00 (TRESCIENTOS DIEZ MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), el cual consiste en un instrumento fi nanciero del citado Banco denominado “Deferred Drawdown Option – DDO”;

Que, el desembolso del citado fi nanciamiento contingente se solicitará en el caso de ocurrencia de un desastre natural y/o tecnológico y de crisis de tipo económico, y los recursos serán destinados para los fi nes del numeral 59.1 del artículo 59° de la Ley N° 28563 y sus modifi catorias, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento;

Que, sobre la operación de endeudamiento externo y del fi nanciamiento contingente antes indicados han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, por el carácter fungible de la operación de endeudamiento externo y del fi nanciamiento contingente no se requiere de disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional;

Page 15: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401909

Que, asimismo la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la operación de endeudamiento, en aplicación del literal l) del artículo 22° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, la Ley N° 28563 y modifi catorias, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1°.- Aprobación de la operación de endeudamiento externo

Aprobar la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF-, hasta por la suma de US$ 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) denominado “Préstamo Programático de Política Ambiental”.

La Unidad Ejecutora del “Préstamo Programático de Política Ambiental” será el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, y de la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales – UCPS.

Artículo 2°.- Aprobación del fi nanciamiento contingente

Aprobar el fi nanciamiento contingente a ser acordado entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF -, hasta por la suma de US$ 310 000 000,00 (TRESCIENTOS DIEZ MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS).

La Unidad Ejecutora del fi nanciamiento contingente será el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público.

Artículo 3°.- Condiciones Financieras La operación de endeudamiento externo y el

fi nanciamiento contingente, de efectuarse el desembolso del mismo, tendrán iguales condiciones fi nancieras, de acuerdo al siguiente detalle:

La cancelación se efectuará mediante ocho (8) cuotas, las cuales vencerán en las siguientes fechas: 15 de Setiembre de 2022, 15 de Marzo de 2023, 15 de Setiembre de 2023, 15 de Marzo de 2028, 15 de Setiembre de 2028, 15 de Marzo de 2029, 15 de Setiembre de 2029, 15 de Marzo de 2030; devengando una tasa de interés basada en la LIBOR a seis (6) meses, más un margen variable a ser determinado por el BIRF de acuerdo a su política sobre tasas de interés.

Asimismo, se pagará una comisión de fi nanciamiento equivalente al 0,25% sobre el monto total de US$ 330 000 000,00.

Artículo 4°.- Suscripción de documentosAutorizar al Ministro de Economía y Finanzas,

o a quien él designe, a suscribir en representación de la República del Perú, el contrato de préstamo de la operación de endeudamiento externo y del financiamiento contingente que se aprueban en el artículo 1° y 2° de esta norma legal, así como al Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementarlo.

Artículo 5°.- Servicio de la deudaEl servicio de amortización, intereses, comisiones y

demás gastos que genere la operación de endeudamiento externo y el fi nanciamiento contingente que se aprueban en esta norma legal, serán atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.

Artículo 6°.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de setiembre del año dos mil nueve.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

392482-4

DECRETO SUPREMONº 197-2009-EF

APRUEBAN OPERACIÓN DE ENDEUDAMIENTO EXTERNO Y FINANCIAMIENTO CONTINGENTE

CON EL BIRF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el numeral 5.1 del artículo 5° de la Ley Nº 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 346 370 000,00 (UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS);

Que, en el marco del Programa de Reformas, el cual está vinculado a temas sociales, se ha negociado una operación de endeudamiento externo denominada “Préstamo Programático de Reformas en los Sectores Sociales II” por US$ 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), a ser ejecutada por el Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, el monto de la operación de endeudamiento externo hasta por US$ 20 000 000,00, será aprobado dentro del marco de la Ley N° 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, en la cual se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo;

Que, tal endeudamiento se efectuará con cargo al “Apoyo a la Balanza de Pagos” referido en el literal b) del numeral 5.1 del Artículo 5° de la Ley Nº 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009;

Que, el citado endeudamiento será destinado a atender parte del pago del servicio de la deuda pública en armonía con lo establecido en el Marco Macroeconómico Multianual 2010-2012, aprobado en la Sesión del Consejo de Ministros del 30 de mayo de 2009;

Que la operación de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, y la Ley Nº 28563 y sus modifi catorias, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento;

Que, mediante el numeral 59.1 del Artículo 59° de la Ley N° 28563 y sus modifi catorias, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, a negociar y celebrar fi nanciamientos contingentes que tengan por objeto obtener recursos ante la eventual ocurrencia de un desastre de origen natural y/o tecnológico, para destinarlos a fi nanciar la rehabilitación y reconstrucción de la infraestructura y de servicios públicos ubicados en las zonas que eventualmente pudiesen ser afectadas o devastadas por dichos desastres y atender de manera inmediata las necesidades de la población afectada, así como para mitigar los riesgos de situaciones de emergencia y crisis de tipo económico en el país;

Page 16: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401910

Que, en mérito de la citada autorización, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, ha negociado con el BIRF un fi nanciamiento contingente hasta por US$ 310 000 000,00 (TRESCIENTOS DIEZ MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), el cual consiste en un instrumento fi nanciero del citado Banco denominado “Deferred Drawdown Option – DDO”;

Que, el desembolso del citado fi nanciamiento contingente se solicitará en el caso de ocurrencia de un desastre natural y/o tecnológico y de crisis de tipo económico, y los recursos serán destinados para los fi nes del numeral 59.1 del artículo 59° de la Ley N° 28563 y sus modifi catorias, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento;

Que, sobre la operación de endeudamiento externo y del fi nanciamiento contingente antes indicados han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, por el carácter fungible de la operación de endeudamiento externo y del fi nanciamiento contingente no se requiere de disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional;

Que, asimismo la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la operación de endeudamiento, en aplicación del literal l) del artículo 22° de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, la Ley N° 28563 y sus modifi catorias, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1°.- Aprobación de la operación de endeudamiento externo

Aprobar la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF-, hasta por la suma de US$ 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) denominada “Préstamo Programático de Reformas en los Sectores Sociales II”.

La Unidad Ejecutora del “Préstamo Programático de Reformas en los Sectores Sociales II” será el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, y de la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales – UCPS.

Artículo 2°.- Aprobación del fi nanciamiento contingente

Aprobar el fi nanciamiento contingente a ser acordado entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF -, hasta por la suma de US$ 310 000 000,00 (TRESCIENTOS DIEZ MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS).

La Unidad Ejecutora del fi nanciamiento contingente será el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público.

Artículo 3°.- Condiciones Financieras La operación de endeudamiento externo y el

fi nanciamiento contingente, de efectuarse el desembolso del mismo, tendrán iguales condiciones fi nancieras, de acuerdo al siguiente detalle:

La cancelación se efectuará mediante ocho (8) cuotas, las cuales vencerán en las siguientes fechas: 1 de Abril de 2022, 1 de Octubre de 2022, 1 de Abril de 2028, 1 de Octubre de 2028, 1 de Abril de 2029, 1 de Octubre de 2029, 1 de Abril de 2030 y, 1 de Octubre de 2030; devengando una tasa de interés basada en la LIBOR a seis (6) meses, más un margen variable a ser determinado por el BIRF de acuerdo a su política sobre tasas de interés.

Asimismo, se pagará una comisión de fi nanciamiento equivalente al 0,25% sobre el monto total de US$ 330 000 000,00.

Artículo 4°.- Suscripción de documentosAutorizar al Ministro de Economía y Finanzas, o a quien

él designe, a suscribir en representación de la República

del Perú, el contrato de préstamo de la operación de endeudamiento externo y del fi nanciamiento contingente que se aprueban en el artículo 1° y 2° de esta norma legal, así como al Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementarlo.

Artículo 5°.- Servicio de la deudaEl servicio de amortización, intereses, comisiones y

demás gastos que genere la operación de endeudamiento externo y el fi nanciamiento contingente que se aprueban en esta norma legal, serán atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.

Artículo 6°.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos díasd del mes de setiembre del año dos mil nueve.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

392482-5

Autorizan viaje de Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas a Colombia para participar en la XII Conferencia Regional de Directores Generales de Aduanas (CRDGA) de las Américas y el Caribe

RESOLUCIÓN SUPREMANº 088-2009-EF

Lima, 2 de setiembre de 2009

Visto, el Ofi cio Nº 259-2009-SUNAT/1A0000, de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, sobre autorización de viaje.

CONSIDERANDO:

Que, mediante comunicación electrónica de fecha 05 de agosto de 2009, la Vicepresidenta para la Región de las Américas y el Caribe de la Organización Mundial de Aduanas, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria –SUNAT- para participar en la XII Conferencia Regional de Directores Generales de Aduanas (CRDGA) de las Américas y el Caribe, que se llevará a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 07 al 09 de setiembre de 2009;

Que, el citado evento es un foro mediante el cual se toman decisiones de alto nivel y se defi nen las pautas a seguir por las Direcciones de Aduanas a nivel de las Américas y el Caribe, que forman parte de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), dicho bloque regional analiza y evalúa sus necesidades y prioridades aduaneras frente a las nuevas tendencias internacionales del comercio exterior;

Que, la mencionada Conferencia se enmarca en el cumplimiento de los objetivos institucionales de la administración Aduanera y en el cumplimiento del objetivo estratégico establecido por el gobierno de fortalecer la integración regional y subregional en las esferas económico y comercial;

Page 17: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401911

Que, la participación de la SUNAT resulta de vital importancia para intervenir en las decisiones a nivel regional y cumplir con los compromisos asumidos a nivel internacional, y estando a que dicho evento está dirigido a los Directores Generales de Aduanas de la Región de Latinoamérica y el Caribe, se ha estimado conveniente la asistencia del señor Carlos Martín Ramírez Rodríguez, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas;

Que, en consecuencia es necesario autorizar el mencionado viaje, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa Unifi cada por Uso de Aeropuerto (TUUA);

De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29289, y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Carlos Martín Ramírez Rodríguez, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas, de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria –SUNAT-, del 06 al 10 de setiembre de 2009, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes US$ 568,58Viáticos US$ 800,00Tarifa CORPAC (TUUA) US$ 31,00

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario deberá presentar ante el Titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

392482-11

Autorizan viaje de Intendente Nacional Jurídico de la SUNAT a Italia para participar en la Conferencia Técnica del CIAT

RESOLUCIÓN SUPREMANº 089-2009-EF

Lima, 2 de setiembre de 2009

Visto, el Ofi cio Nº 258-2009-SUNAT/1A0000, de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, sobre autorización de viaje.

CONSIDERANDO:

Que, mediante comunicación de fecha 21 de mayo de 2009, el Secretario Ejecutivo del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias – CIAT -, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT - para participar en la Conferencia Técnica del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias – CIAT -, la misma que tendrá como tema central “El Fortalecimiento de la Capacidad de la Administración Tributaria”, que se llevará a cabo en la ciudad de Nápoles, República Italiana, del 19 al 22 de octubre de 2009;

Que, la SUNAT participará en el mencionado evento, con la elaboración de un documento sobre el Caso Práctico 3.2: “Integración económica y armonización de los sistemas y administraciones tributarias”, el cual deberá ser presentado durante la sesión programada para el día 22 de octubre de 2009;

Que, la participación de la SUNAT se enmarca en el objetivo estratégico establecido por el Gobierno de fortalecer la capacidad de la Administración Tributaria;

Que, en tal sentido, considerando que el Perú es miembro del CIAT y dada la importancia que reviste el citado evento para el desarrollo de las funciones de dicha Superintendencia, redundando en el cumplimiento de sus metas y objetivos institucionales y, por ende del país, se ha estimado conveniente la participación de la señorita Clara Rossana Urteaga Goldstein, Intendente Nacional Jurídico de la SUNAT, en la citada conferencia;

Que, en consecuencia es necesario autorizar el mencionado viaje, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa Unifi cada por Uso de Aeropuerto (TUUA);

De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29289, y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señorita Clara Rossana Urteaga Goldstein, Intendente Nacional Jurídico, de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT -, del 17 al 23 de octubre de 2009, a la ciudad de Nápoles, República Italiana, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT -, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes US $ 2 311,24Viáticos US $ 1 560,00Tarifa CORPAC (TUUA) US $ 31,00

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje la referida funcionaria deberá presentar ante el Titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

392482-12

Page 18: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401912

EDUCACION

Designan representante de los Gobiernos Regionales ante el Consejo de Administración del FONDEP

RESOLUCIÓN SUPREMANº 027-2009-ED

Lima, 2 de setiembre de 2009

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 28332, Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana, se establece la organización y los mecanismos para el funcionamiento del precitado Fondo, creado por Ley Nº 28044, Ley General de Educación;

Que, el artículo 9º del mencionado dispositivo legal, establece que el Consejo de Administración del FONDEP es el máximo órgano encargado de la administración del Fondo. Está constituido, entre otros, por un representante de los Gobiernos Regionales, por un período de cuatro años;

Que, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros comunica mediante Ofi cio Nº 1353-2007-PCM/SD, la designación del señor Ángel María Manrique Linares como representante de los Gobiernos Regionales, ante el antes referido Consejo, en consecuencia resulta necesario su designación, dando por concluida la designación efectuada mediante la Resolución Suprema Nº 027-2006-ED;

De conformidad con lo dispuesto por el numeral 4 del artículo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor David Jiménez Sardón, como representante de los Gobiernos Regionales, ante el Consejo de Administración del FONDEP, efectuada mediante Resolución Suprema Nº 027-2006-ED.

Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha, al señor Ángel María Manrique Linares, como representante de los Gobiernos Regionales, ante el Consejo de Administración del FONDEP.

Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOMinistro de Educación

392482-13

Autorizan salida temporal del país de bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación a Chile

RESOLUCIÓN SUPREMANº 028-2009-ED

Lima, 2 de setiembre de 2009

Visto, el Ofi cio N° 1708-2009-DN/INC, de fecha 21 de agosto de 2009, cursado por la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Expediente N° 020525-2009/INC, el señor Carlos Aldunate Del Solar, Director del Museo Chileno de Arte Precolombino, solicitó autorización para la salida temporal del país de veintinueve (29) bienes integrantes

del patrimonio cultural de la Nación, pertenecientes a la Asociación Rafael Larco Hoyle (11) y al Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú (18), a fi n que conformen la exposición denominada “Chile bajo el Imperio Inka”, organizada por la Fundación Familia Larraín Echenique, la cual se llevará a cabo del 29 de octubre de 2009 al 30 de mayo de 2010, en las salas de exposición del Museo Chileno de Arte Precolombino, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile;

Que, la Dirección de Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, mediante certifi cado expedido el día 21 de julio de 2009, comunicó el patrocinio de dicho ministerio para la realización de la exposición a que se refi ere el considerando precedente;

Que, los bienes culturales cuya autorización de salida temporal del país se solicita, se encuentran cubiertos contra todo riesgo en la modalidad “clavo a clavo”, en mérito de la Póliza Nº 13013980 de la Compañía de Seguros Generales Penta-Security S.A, con una cobertura que abarca desde el 01 de octubre de 2009 hasta el 15 de junio de 2010;

Que, el artículo 34° de la Ley N° 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación- establece que procede la salida del país de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación para casos de exhibición con fi nes científi cos, artísticos y culturales, la misma que se autoriza mediante Resolución Suprema;

Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura cautelar y difundir el patrimonio cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que dicha institución recomienda autorizar la salida temporal del país de los bienes culturales a que se refi ere la presente resolución;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158; el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley N° 26510; y la Ley N° 28296;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar, a partir del 10 de octubre de 2009 y hasta el 10 de junio de 2010, la salida temporal del país de veintinueve (29) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, detallados en el anexo adjunto a la presente resolución, a fi n que conformen la exposición denominada “Chile bajo el Imperio Inka”, organizada por la Fundación Familia Larraín Echenique, la cual se llevará a cabo del 29 de octubre de 2009 al 30 de mayo de 2010, en las salas de exposición del Museo Chileno de Arte Precolombino, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile.

Artículo 2°.- El Instituto Nacional de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verifi car las características, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a que se contrae la presente Resolución.

Artículo 3°.- Designar comisario de los bienes culturales cuya salida temporal del país se autoriza, a la señora Rosa Julia Martínez Navarro, con D.N.I. Nº 25722415, quien cumplirá la labor de verifi cación del estado de conservación; visará las fi chas de registro de cada una de las piezas; supervisará el embalaje y desembalaje, tanto a la ida como al retorno; conocerá del montaje, desmontaje y elaborará un informe detallado y documentado de su participación. Dicho informe será alcanzado a la Dirección Nacional del INC en un plazo no mayor de 15 días luego de concluida su participación tanto a la ida, como al retorno de los bienes cuya salida temporal autoriza esta Resolución Suprema.

Los gastos del comisario designado por conceptos de transporte, alojamiento, viáticos, seguro de viaje, impuestos de aeropuerto, y movilidad local tanto en el Perú como en el extranjero, serán íntegramente asumidos por la entidad organizadora de la exposición.

Artículo 4°.- Todos los gastos que ocasione la realización de la mencionada exposición, incluyendo los gastos de embalaje, fl etes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución, serán íntegramente cubiertos por la entidad organizadora de la exposición.

Page 19: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401913

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOMinistro de Educación

RELACIÓN DE BIENES CULTURALES PARA LA EXPOSICIÓNTEMPORAL “CHILE BAJO EL IMPERIO INKA”.

Del 29 de octubre de 2009 al 30 de mayo de 2010

NºNº de

Registro Nacional

Otros códigos

Tipo de bien / Denominación

Cultura / Escuela Material

1 0000000015 M-6729 Brazalete No determinada Metal2 0000001096 M-4638 Disco No determinada Metal3 0000001103 M-1314 Corona No determinada Metal4 0000001146 M-6253 Orejera No determinada Metal5 0000001147 M-6254 Orejera No determinada Metal6 0000066765 MO-10388 Vaso Sur andina Orgánico7 0000066912 M-2461 Brazalete No determinada Metal8 0000066915 M-6632 Espejo No determinada Metal9 0000066916 M-7070 Tocado No determinada Metal10 0000066950 MO-0096 Vaso Inca Orgánico11 0000066956 MO-0095 Vaso Inca Orgánico12 0000067034 MO-5655 Porra Inca Lítico y orgánico13 0000067287 L-8450 Maqueta No determinada Lítico14 0000067305 RT-22053 Uncu Inca Textil15 0000067306 RT-2377 Uncu Inca Textil16 0000067310 RT-29933 Uncu Inca Textil17 0000067379 RT-1321 Bolsa Inca Textil18 0000067383 RT-1762 Bolsa Inca Textil19 0000000014 ML040400 Aríbalo Inca Cerámica20 0000041379 ML026610 Paccha Inca Cerámica21 0000041407 ML026638 Aríbalo Inca Cerámica22 0000041485 ML026716 Cántaro Inca Cerámica23 0000046414 ML031645 Aríbalo Inca Cerámica24 0000046415 ML031646 Cántaro No determinada Cerámica25 0000050788 ML035991 Plato Inca Cerámica26 0000050805 ML036008 Olla Inca Cerámica27 0000057202 ML040326 Cántaro No determinada Cerámica28 0000058012 ML040408 Aríbalo Inca Cerámica29 0000058013 ML040409 Aríbalo Inca Cerámica

392482-14

Precisan el ámbito de las funciones de la Comisión de Adecuación de la Estructura Académica y Administrativa de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú

RESOLUCIÓN SUPREMANº 029-2009-ED

Lima, 2 de setiembre de 2009

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 001-2009-ED, se constituyó la Comisión de Adecuación de la estructura académica y administrativa de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú a los requisitos de la Ley N° 23733, Ley Universitaria, según lo dispuesto por la Ley Nº 29292;

Que, el inciso a) del artículo 2º de la precitada Resolución señala como una de las funciones que debe desarrollar la Comisión de Adecuación, conducir la gestión de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú y adoptar las medidas necesarias para el normal

desarrollo de las actividades educativas, económicas y administrativas;

Que, con la fi nalidad que dicha Comisión cumpla con el encargo encomendado, y ejerza sus funciones a cabalidad resulta necesario precisar el ámbito de las mismas a través de una norma de igual jerarquía;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29518, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Precisar que la Comisión de Adecuación de la Estructura Académica y Administrativa de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, dentro de la función establecida en el inciso a) del artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 001-2009-ED, puede ejecutar todas las acciones de administración y evaluación del personal administrativo y docente de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú sin excepción, adoptando según corresponda las decisiones necesarias como otorgamiento de incentivos, pago de liquidaciones e indemnizaciones, y cese, conforme al ordenamiento jurídico vigente.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOMinistro de Educación

392482-15

Aprueban que obra en institución educativa ubicada en el distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, se contrate conforme al proceso regulado en el D.U. Nº 041-2009

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0249-2009-ED

Lima, 1 de septiembre de 2009

VISTOS; el Memorando Nº 3447-2009-ME/VMGI-OINFE del Jefe (e) de la Ofi cina de Infraestructura Educativa y el Ofi cio Nº 1916-2009-ME/SG-OGA-UA, del Jefe (e) de la Unidad de Abastecimiento, ambos del 13 de agosto de 2009, y;

CONSIDERANDO;

Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 1124-2009-ED de fecha 08 de julio de 2009, emitida por el Jefe (e) de la Oficina de Infraestructura Educativa, se ha aprobado el expediente técnico para la ejecución de la obra en la Institución Educativa Nº 11017 “Nicolás La Torre García”, en el distrito de Chiclayo, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, con un costo a suma alzada de S/. 3’123,735.58 (Tres millones ciento veintitrés mil setecientos treinta y cinco y 58/100 nuevos soles) con precios unitarios vigentes al 30 de abril de 2009 y un plazo de ejecución de 180 días naturales;

Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 0027-2009-ED de fecha 16 de enero de 2009, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones correspondiente a la Unidad Ejecutora 108 de la entidad, incluyendo el proceso para la ejecución del proyecto sustitución de la infraestructura educativa y equipamiento en la Institución Educativa Nº 11017 “Nicolás La Torre García”, por un valor estimado de contratación ascendente a S/. 3’112,653.00 (Tres millones ciento doce mil seiscientos cincuenta y tres y 00/100 nuevos soles);

Page 20: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401914

Que, a través de la Hoja de Coordinación Interna Nº 1253-2009-ME/SPE-UP el Jefe de la Unidad de Presupuesto emite certifi cación presupuestaria para la ejecución de la obra en la Institución Educativa Nº 11017 “Nicolás La Torre Ugarte”, a favor de la Unidad Ejecutora 108, con cargo a la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios;

Que, el Proyecto de Inversión Pública PIP 42919 “Sustitución de la Infraestructura y Equipamiento en la Institución Educativa Nº 11017 Nicolás La Torre García –Chiclayo-Chiclayo-Lambayeque”, ha sido declarado viable hasta por el monto de S/. 3,377,856 (Tres millones trescientos setenta y siete mil ochocientos cincuenta y seis y 00/100 nuevos soles);

Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 041-2009 de fecha 28 de marzo de 2009, se ha autorizado, excepcionalmente, a las entidades comprendidas en el alcance de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017, a realizar la contratación de ejecución de obras cuyos proyectos están declarados viables en el Sistema Nacional de Inversión Pública y por su monto correspondan a una licitación pública, cuyo valor referencial no sea mayor a S/. 10’000,000.00 (Diez millones con 00/100 nuevos soles), mediante un proceso de selección más expeditivo, a utilizarse sólo durante el bienio 2009- 2010;

Que, según la Primera disposición Complementaria y Final del Decreto de Urgencia Nº 041-2009 establece que la relación de las obras a ser ejecutadas siguiendo el procedimiento dispuesto en ese Decreto de Urgencia, será aprobada mediante Resolución del Titular de la Entidad;

Que, a través del Memorando Nº 3447-2009-ME/VMGI-OINFE, la Jefatura de la Ofi cina de Infraestructura Educativa considera pertinente acogerse a lo estipulado en el Decreto de Urgencia Nº 041-2009 a fin de agilizar la ejecución de la obra en la citada institución educativa; y a través del Oficio Nº 1916-2009-ME/SG-OGA-UA el Jefe (e) de la Unidad de Abastecimiento solicita que se emita la resolución que incorpore esta contratación en los alcances del Decreto de Urgencia Nº 041-2009;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos formativos y difusión de normas legales de carácter general, se deben publicar obligatoriamente las resoluciones administrativas de interés general y observancia obligatoria cuando su contenido proporcione información relevante y sea de interés para los usuarios de los servicios que presta la administración pública, o su difusión permita establecer mecanismos de transparencia en la gestión pública, así como control y participación ciudadana;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por la Ley Nº 26510, el Decreto de Urgencia Nº 041-2009 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º .- Aprobar que la obra en la Institución Educativa nro. 11017 Nicolás La Torre García, ubicada en el distrito de Chiclayo, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, se contrate conforme al proceso regulado en el Decreto de Urgencia Nº 041-2009.

Artículo 2º .- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web del Ministerio de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOMinistro de Educación

392309-1

ENERGIA Y MINAS

Aprueban donación efectuada a favor de la Dirección General de Electrificación Rural, que será destinada a Comunidades Rurales beneficiarias del Programa Euro - Solar

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 377-2009-MEM/DM

Lima, 1 de setiembre de 2009

CONSIDERANDO:

Que, la República del Perú, debidamente representada por el Ministerio de Energía y Minas, suscribió el 17 de enero de 2007, el Convenio de Financiación ALA/2006/017-223 con la Comunidad Europea, para la ejecución del Programa Euro – Solar en el Perú;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2º del Convenio de Financiación ALA/2006/017-223, la Comunidad Europea se obliga a fi nanciar el Programa Euro – Solar, por un total de (€) 23 119 570,00 Euros (Veintitrés Millones Ciento Diecinueve Mil Quinientos Setenta y 00/100 Euros), en benefi cio de los países suscriptores del convenio;

Que, mediante Carta de Donación HeR/VV (2009) 580 del 18 de mayo de 2009, la Delegación de la Comisión Europea en el Perú manifi esta su voluntad de donar bienes a la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, con la fi nalidad de ejecutar el Programa Euro – Solar destinado a generar energía eléctrica, mediante el aprovechamiento de energías renovables solar y eólica, en benefi cio de las comunidades rurales pertenecientes a las regiones de Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica, Junín, Lambayeque, Piura, Puno y Tacna;

Que, asimismo en la Carta antes citada, se establece que el valor total de la donación asciende a (€) 1 312 697,51 Euros (Un Millón Trescientos Doce Mil Seiscientos Noventa y Siete y 51/100 Euros) consistente en módulos fotovoltaicos, aerogeneradores, reguladores de carga, baterías, bancadas, ordenadores y accesorios, proyectores, equipo multifunción, teléfonos IP, neveras, tableros de control, sistemas de esterilización de agua, torre metálica, cargadores de baterías y pilas, conectores con cable de 4mm2 tipo hembra y macho, entre otros, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución;

Que, el inciso k) del Artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF, señala que no están gravados con el impuesto, la importación o transferencia de bienes que se efectúen a título gratuito, a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público, excepto empresas; así como a favor de Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (EINEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional, inscritas en el registro correspondiente que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) del Ministerio de Relaciones Exteriores, siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente;

Estando a lo propuesto por el Director General de Electrifi cación Rural y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Vice Ministro de Energía;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 809 - Ley General de Aduanas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF; la Ley Nº 28905 - Ley de Facilitación del Despacho de Mercancías Donadas provenientes del Exterior y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-EF; el Decreto Supremo Nº 055-99-EF - Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo; el Decreto Supremo

Page 21: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401915

Nº 096-2007-EF - Reglamento para la Inafectación del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y Derechos Arancelarios a las Donaciones; el Decreto Ley 25962 - Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada en el marco del Convenio de Financiación ALA/2006/017-223 por la Delegación de la Comisión Europea en el Perú a favor de la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas de los bienes, cuyos detalles están contenidos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, con un valor DDU total ascendente a (€) 1 312 697,51 Euros (Un Millón Trescientos Doce Mil Seiscientos Noventa y Siete y 51/100 Euros), que serán destinados a las Comunidades Rurales benefi ciarias del Programa Euro-Solar pertenecientes a las regiones de Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica, Junín, Lambayeque, Piura, Puno y Tacna.

Artículo 2º.- Los bienes donados no podrán ser transferidos o cedidos por ningún título, ni destinados a fi n distinto del que origina el benefi cio de Inafectación, de conformidad con lo establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF, y el artículo 5º del Reglamento para la Inafectación del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y Derechos Arancelarios a las Donaciones, aprobado por Decreto Supremo 096-2007-EF.

Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a la Aduana Marítima del Callao en el plazo de un día a partir de su expedición.

Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a la Delegación de la Comisión Europea en el Perú, a la Contraloría General de la República, a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el plazo de cinco días a partir de su expedición.

Artículo 5º.- Encargar a la Ofi cina de Informática de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional en el plazo de diez días.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO SÁNCHEZ GAMARRAMinistro de Energía y Minas

Anexo de la Resolución MinisterialNº 377-2009-MEM/DM

Equipos y Materiales donados por laComunidad Europea

CANT. UNIDAD DESCRIPCIÓN ESTADO VALOR (€)ESTIMADO OBSERVACIONES

590 unidades Módulo fotovoltaico 170Wp

Nuevo 220.660,00€ Marca: ZYTECHModelo: ZT 170S

63 unidades Módulo fotovoltaico 160Wp

Nuevo 22.176,00€ Marca: ZYTECHModelo: ZT 160S

100 unidades Aerogenerador Nuevo 42.000,00€ Marca: ARIModelo: ARI-450Proveedor: AMIGANET, S.L.

108 unidades Regulador de carga Nuevo 29.700,00€ Marca: SOLENERModelo: SOLETEL-S Proveedor: Soluc. energética, S.A.

1224 unidades Baterías de gel Nuevo 332.928,00€ Marca: EXIDEModelo: Sönnenschein 10OPzV1200 solar V0Proveedor: EXIDE TECHNOLOGIES, S.A.

101 unidades Bancada Nuevo 17.340,00€ Marca: EXIDEModelo: PGS 2-14HHProveedor: EXIDE TECHNOLOGIES, S.A.

CANT. UNIDAD DESCRIPCIÓN ESTADO VALOR (€)ESTIMADO OBSERVACIONES

506 unidades Ordenadores y accesorios Incluye:- Conexión Kensington- Teclado Qwerty- Ratón óptico- Memoria USB

Nuevo 217.297,35€ Marca: Fujitsu Siemens Modelo: Mobile V6535Proveedor: TICNOVA,S.L.

102 unidades ProyectorIncluye maleta

Nuevo 38.887,50€ Marca: OPTOMAModelo: DX606Proveedor: TICNOVA,S.L.

102 unidades Equipo Multifunción Nuevo 23.348,82€ Marca: HPModelo: Photosmart C4480Proveedor: TICNOVA,S.L.

103 unidades Punto acceso inalámbrico (Router wi-fi )

Nuevo 6.079,06€ Marca: LINKSYSModelo: WRT110Proveedor: TICNOVA,S.L.

102 unidades NeveraIncluye:- Termómetro- Tarjeta electrónica de

cambio de frecuencia

Nuevo 43,268.40€ Marca: LIEBHERRModelo: CT2051Proveedor: Vidrafoc

103 unidades Teléfono IP Nuevo 4.532,00€ Marca: PLANETModelo: VIP254TProveedor: TICNOVA,S.L.

101 unidades Cajas Conexiones Nuevo 2.915,87€ Marca: Petit RétolObservaciones: Fabricado según planos enviados por CYMI S.A.

101 unidades Sistema de esterilización de agua

Nuevo 23 008.94€ Incluye:- Portacartuchos

de tres piezas- Lámpara UV- Cartucho

bobinado fi ltrante en polipropileno expandido

- Escuadra simple para porta cartuchos

- Recambios de Lámpara UV y Cartucho bobinado fi ltrante

101 unidades Tablero de control Nuevo 99,314.40€ Marca: Control Y Montajes Industriales, CYMI, S.A.

101 unidades Cargador de baterías Nuevo 2,353.30€ Marca: FERVEModelo: F-903Proveedor: FERVE, S.A.

102 unidades Cargador de baterías AA/AAAIncluye pilas

Nuevo 1,240.32€ Marca: Modelo: PB510BS250GS-B4 GPProveedor: General de pilas

602 unidades Baterías recargables (Pilas) AA

Nuevo 872.20€ Marca: Modelo: 250AAHC-CB4-GP Proveedor: General de pilas

1010 unidades Baterías recargables (Pilas) AAA

Nuevo 1,363.50€ Marca: Modelo: 100AAAHC-CB4-GPProveedor: General de pilas

101 unidades Linterna LED’s Nuevo 444.40€ Marca: SILVER electronicsModelo: 11416Proveedor: Productos electronicos, S.L.

101 unidades Torre metálica Nuevo 70,520.45€ Marca: MYTASModelo: Fabricación propia según planos EURO-SOLAR

424 unidades Pernos de anclaje y plantillas estructura

Nuevo 2,424.00€ Accesorio de torre metálica.Envío parcial

640 unidades Conectores con cable de 4mm² tipo hembraConectores con cable de 4mm² tipo macho(Conectores MC)

Nuevo 5.094,40€ Marca: Multi-ContactModelo: MC4 32.1103-40021Marca: Multi-ContactModelo: MC4 32.1104-40021

2.020 Metros Enrejado de acero de h=2m con acabado galvanizado con tela (incluye puerta)

Nuevo 45.000,00€ Marca: RIVISAModelo: Malla Electro Plas y Puerta LIGERAProveedor: RIVISA

Page 22: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401916

CANT. UNIDAD DESCRIPCIÓN ESTADO VALOR (€)ESTIMADO OBSERVACIONES

2.020 metros Canal para paso de cables eléctricos

Nuevo 2.686,60€ Marca: GEWISSModelo: NF30x60Prov.: Productos Eléctricos, S.L.

5.050 metros Cable ethernet Nuevo1.398,00€

Marca: ICSModelo: EthernetProv.: Productos Eléctricos, S.L.

202 unidades Rosetas de montaje en pared para cable comunicaciones

Nuevo 1.277,00€ Marca: ICSProv.: Productos Eléctricos, S.L.

505 metros Cable coaxial Nuevo 144,00€ Marca: ISCModelo: coaxialProv.: Productos Eléctricos, S.L.

1.212 metros Cable 2X35 mm² RV-K 0,6/1Kv

Nuevo 4.162,00€ Marca: BARRIFLEXProveedor: Miguelez

12.700 metros Cable 1x2.5mm²RV-K 0,6/1Kv

Nuevo 8.649,00€ Marca: BARRIFLEXProveedor: Miguelez

1.212 metros Cable 3X10 mm²RV-K 0,6/1Kv

Nuevo 1.771,00€ Marca: BARRIFLEXProveedor: Miguelez

27.270 metros Cable 3G10 mm²RV-K 0,6/1Kv

Nuevo 39.841,00€ Marca: BARRIFLEXProveedor: Miguelez

Valor Estimado de la presente Donación Euros (€) 1.312.697,51

391945-1

INTERIOR

Designan Director de la Oficina de Planificación de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0605-2009-IN/1501

Lima, 1 de setiembre de 2009

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo público de confi anza de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, Director de la Ofi cina de Planifi cación de la Dirección General de Gobierno Interior;

Que, es necesario designar al funcionario que desempeñará el cargo público de confi anza de Director de Sistema Administrativo II, nivel F-3 a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la citada ofi cina;

Con la visación de la Dirección General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 -Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2005-IN, Modifi cado por el Decreto Supremo N° 003-2007-IN;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar a partir de la fecha a propuesta del Director General de Gobierno Interior, al señor economista Carlos Guillermo DELGADO SANCHEZ, en el cargo público de confi anza de Director de Sistema Administrativo II, nivel F-3, Director de la Ofi cina de Planifi cación de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OCTAVIO E. SALAZAR MIRANDAMinistro del Interior

391906-1

JUSTICIA

Deniegan pedido de extradición activa de ciudadano peruano formulado por el Primer Juzgado Penal Transitorio de San Juan de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de Lima

RESOLUCIÓN SUPREMANº 204-2009-JUS

Lima, 2 de setiembre de 2009

VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 86-2009/COE-TC del 31 de agosto de 2009, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano EDIN ASTO ARIAS, formulada por el Primer Juzgado Penal Transitorio de San Juan de Lurigancho de la Corte Superior de Justicia de Lima;

CONSIDERANDO:Que, por Resolución Consultiva de fecha 21 de agosto

de 2009, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano EDIN ASTO ARIAS, por la presunta comisión del Delito contra el Patrimonio-Estafa, en agravio de Antenor Ñaupa Neyra (Expediente Nº 62-2009);

Que, mediante el Informe Nº 86-2009/COE-TC del 31 de agosto de 2009, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente;

Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 515º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolución consultiva favorable, el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente;

Estando a lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, y el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:Artículo 1º.- Denegar el pedido de extradición activa

del ciudadano peruano EDIN ASTO ARIAS, formulado por el Primer Juzgado Penal Transitorio de San Juan de Lurigancho de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

AURELIO PASTOR VALDIVIESOMinistro de Justicia

RAFAEL REY REYMinistro de DefensaEncargado del Despacho delMinisterio de Relaciones Exteriores

392482-21

Deniegan pedido de extradición pasiva de ciudadano argentino

RESOLUCIÓN SUPREMANº 205-2009-JUS

Lima, 2 de setiembre de 2009

Page 23: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401917

VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 83-2009/COE-TC del 5 de agosto de 2009, sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano argentino GERARDO FEDERICO HARMEYER, formulada por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 9 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina y tramitada en nuestro país por el Séptimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao;

CONSIDERANDO:Que, por Resolución Consultiva de fecha 8 de

julio de 2009, la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró “PROCEDENTE la solicitud de extradición del Gobierno de la República Argentina respecto al procesado GERARDO FEDERICO HARMEYER por los delitos de estafa en grado de tentativa y encubrimiento agravado; APLAZARON la entrega hasta que haya concluido el proceso penal del expediente número dos mil setenta y tres-dos mil ocho, por delito contra la salud pública - tráfi co ilícito de drogas, en agravio del Estado, a cargo de la Corte Superior de Justicia del Callao, o hasta que haya cumplido la condena -si la hubiera-”, formulada por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 9 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina (Expediente Nº 51-2009);

Que, mediante Informe Nº 83-2009/COE-TC del 5 de agosto de 2009, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente;

Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 515º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolución consultiva favorable el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente;

Estando a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y lo dispuesto en el literal “b” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:Artículo 1º.- Denegar el pedido de extradición

pasiva del ciudadano argentino GERARDO FEDERICO HARMEYER quien es requerido por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 9 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

AURELIO PASTOR VALDIVIESOMinistro de Justicia

RAFAEL REY REYMinistro de DefensaEncargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores

392482-22

Acceden a solicitud de traslado activo de condenado recluido en centro penitenciario de España para que cumpla el resto de su condena en el Perú

RESOLUCIÓN SUPREMANº 206-2009-JUS

Lima, 2 de setiembre de 2009

VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 71-2009/COE-TC del 7 de julio de 2009, sobre la solicitud de traslado activo del condenado de nacionalidad peruana CARLOS ALBERTO RUIZ MORENO;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Consultiva de fecha 7 de mayo de 2009, la Primera Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, declaró procedente la solicitud de traslado activo del Reino de España a la República del Perú del condenado de nacionalidad peruana CARLOS ALBERTO RUIZ MORENO, quien se encuentra cumpliendo condena en el Centro Penitenciario de Topas-Salamanca del Reino de España, por la comisión del Delito contra la Salud Pública - Tráfi co de Drogas, en agravio del Reino de España;

Que, mediante Informe Nº 71-2009/COE-TC del 7 de julio de 2009, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente;

Estando a lo dispuesto por el literal “c” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, el numeral 2) del artículo 540º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, y el Tratado entre la República del Perú y el Reino de España sobre “Transferencia de Personas Sentenciadas a Penas Privativas de Libertad y Medidas de Seguridad Privativas de Libertad así como de Menores bajo Tratamiento Especial”, suscrito en Lima el 25 de febrero de 1986;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de traslado activo del condenado de nacionalidad peruana CARLOS ALBERTO RUIZ MORENO, recluido en el Centro Penitenciario de Topas-Salamanca del Reino de España, para que cumpla el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales del Reino de España en el Perú, solicitud que fuera declarada procedente por la Primera Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

AURELIO PASTOR VALDIVIESOMinistro de Justicia

RAFAEL REY REYMinistro de DefensaEncargado del Despacho del Ministeriode Relaciones Exteriores

392482-23

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL

Designan representante del MIMDES ante la Mesa de Diálogo para el Desarrollo Integral de los Pueblos Andinos en Extrema Pobreza

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 346-2009-MIMDES

Lima, 01 de septiembre de 2009

Vista la Nota Nº 143-2009-MIMDES/JGA de fecha 26 de agosto de 2009 de la Jefa del Gabinete de Asesores;

Page 24: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401918

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema Nº 135-2009-PCM, se constituyó la Mesa de Diálogo para el Desarrollo Integral de los Pueblos Andinos en Extrema Pobreza, con la fi nalidad que el Estado, con la participación de las Comunidades Campesinas, las autoridades regionales y locales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de Apurímac, Ayacucho y Huancavelica, atienda a la solución de las demandas concretas de las comunidades campesinas de los departamentos antes señalados, y elabore un plan de desarrollo integral para la zona;

Que, el artículo 2 de la precitada Resolución Suprema estableció la conformación de la Mesa de Diálogo para el Desarrollo Integral de los Pueblos Andinos en Extrema Pobreza, señalando entre sus miembros a un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES;

Que, el artículo 3 de la Resolución Suprema Nº 135-2009-PCM establece que los representantes del Poder Ejecutivo serán designados mediante Resolución del Titular del Sector correspondiente, por lo que es necesario proceder a emitir la Resolución Ministerial por la que se designe al representante del MIMDES ante la citada Mesa de Diálogo;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y la Resolución Suprema Nº 135-2009-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar al señor ELMER DELFÍN GALVÁN BERMÚDEZ, Director de la Dirección de Apoyo y Protección a Desplazados de la Dirección General de Desplazados y Cultura de Paz del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, como representante del MIMDES ante la Mesa de Diálogo para el Desarrollo Integral de los Pueblos Andinos en Extrema Pobreza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NIDIA VILCHEZ YUCRAMinistra de la Mujer y Desarrollo Social

392347-1

RELACIONES EXTERIORES

Autorizan viaje de funcionario diplomático a Chile para participar en ceremonias de conmemoración de los 50 años de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1253/RE

Lima, 31 de agosto de 2009

CONSIDERANDO:

Que, el 03 y 04 de septiembre de 2009, se conmemorará en la ciudad de Santiago, República de Chile, los 50 años de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH);

Que, el Gobierno de Chile ha invitado a que el Perú esté representado en dicha conmemoración que incluirá una ceremonia protocolar con la presencia de las más altas autoridades de dicho país, de la Organización de Estados Americanos y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); y un seminario que será ocasión para refl exionar sobre el aporte de la CIDH a la vigencia de los derechos humanos en el hemisferio y los retos actuales que se le presentan;

Teniendo en cuenta el Memorándum de la Subsecretaría para Asuntos Multilaterales Nº SME0851/2009, de 28 de agosto de 2009;

De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Juan Pablo Vegas Torres, Director General de Derechos Humanos de la Subsecretaría para Asuntos Multilaterales, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 03 al 04 de septiembre de 2009, a fi n que represente al Perú durante las ceremonias de conmemoración de los 50 años de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 33855 – Participación en Organismos Internacionales, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión de servicio, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

PasajesUS$

Viáticospor día

US$

Númerode

días

Totalviáticos

US$

Tarifaaeropuerto

US$Juan PabloVegas Torres 651.00 200.00 2+1 600.00 31.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones desarrolladas durante el viaje autorizado.

Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL REY REY Ministro de DefensaMinistro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores

392345-1

SALUD

Designan Subdirector General del Hospital Nacional “Hipólito Unanue” de la Dirección de Salud IV Lima Este

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 581-2009/MINSA

Lima, 2 de setiembre del 2009

Visto el Expediente Nº 09-064908-001 que contiene el Ofi cio Nº 3989-2009-DG-HNHU del Director General

Page 25: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401919

del Hospital Nacional “Hipólito Unanue” de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 453-2007/MINSA del 4 de junio de 2007, se designó al médico cirujano Santiago Hugo Castro Palomino, en el cargo de Subdirector General del Hospital Nacional “Hipólito Unanue” de la Dirección de Salud IV Lima Este;

Que estando a lo solicitado con el documento de visto resulta necesario dar término a la designación del citado profesional y designar en su reemplazo al profesional propuesto;

Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios, en la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2009, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276 y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del médico cirujano SANTIAGO HUGO CASTRO PALOMINO, en el cargo de Subdirector General, Nivel F-4, del Hospital Nacional “Hipólito Unanue” de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud.

Artículo 2º.- Designar al médico cirujano JOSE GABRIEL SOMOCURCIO VILCHEZ, en el cargo de Subdirector General, Nivel F-4, del Hospital Nacional “Hipólito Unanue” de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZMinistro de Salud

392375-1

Designan Directora Ejecutiva de la Oficina de Prensa y Relaciones Públicas de la Oficina General de Comunicaciones

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 582-2009/MINSA

Lima, 2 de setiembre del 2009

Visto el Expediente Nº 09-069781-001 que contiene la renuncia presentada por el señor Edgar Octavio Roca Buiza y la Nota Informativa Nº 139-2009-OGC/MINSA del Director General de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 876-2007/MINSA del 27 de octubre de 2007, se designó al señor Edgar Octavio Roca Buiza, en el cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina de Prensa y Relaciones Públicas de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud;

Que estando a lo solicitado con el documento de visto resulta necesario aceptar la renuncia presentada por el citado profesional y designar en su reemplazo a la profesional propuesta;

Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo

en el nombramiento y designación de funcionarios, en la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2009, en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276 y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor EDGAR OCTAVIO ROCA BUIZA, al cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Ofi cina de Prensa y Relaciones Públicas de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar a la bachiller en comunicación social SILVIA IVONNE GUTTI BARRENECHEA en el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Ofi cina de Prensa y Relaciones Públicas de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZMinistro de Salud

392375-2

TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES

Autorizan viaje de Inspector de Operaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Ucrania para asistir a curso de capacitación en simulador de helicóptero

RESOLUCIÓN SUPREMANº 046-2009-MTC

Lima, 2 de setiembre de 2009

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado;

Que, el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, entre otros, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y dentro de sus competencias se encuentra la de ejecutar la política aérea nacional;

Que, con Informe Nº 045-2009-MTC/12.CPO de fecha 3 de julio de 2009, el Coordinador del Proyecto OACI de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha indicado que del 8 al 18 de setiembre del 2009 se realizará el Curso de Capacitación en Simulador Helicóptero MI-8TV en el Colegio de Aviación de Kremenchug (CAK), Universidad Aeronáutica de Ucrania, ciudad de Kiev, Ucrania;

Page 26: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401920

Que, la asistencia al Curso de Capacitación en Simulador Helicóptero MI-8TV, tiene por objeto, contar con inspectores de operaciones habilitados y vigentes en helicópteros de fabricación soviética para que los integrantes de las tripulaciones de vuelo de las compañías aéreas certifi cadas que les correspondan chequeos por vigilancia, profi ciencia o califi cación, puedan ser atendidos debida y oportunamente;

Que, el señor Carlos Antonio Banda Quintana, Inspector de Operaciones de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, asistirá a la referida capacitación;

Que, el costo del referido viaje será fi nanciado dentro del marco del Acuerdo de Gestión de Servicios PER/07/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Ley Nº 29132, de conformidad con los términos de la Autorización de la Beca/Misión Int. Nº 010-07-2009, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI;

De conformidad con la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Antonio Banda Quintana, Inspector de Operaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Kiev, Ucrania, del 5 al 19 de setiembre de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje serán cubiertos por el Convenio de Gestión de Servicios PER/07/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión Int. Nº 010-07-2009 y al siguiente detalle:

Pasajes US$ 2,490.47Viáticos US$ 3,380.00Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto US$ 31.00

Artículo 3º.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de su retorno al país, el inspector mencionado, deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspector mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, deberá presentar dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Transportes y Comunicaciones

392482-24

Autorizan viajes de inspecciones técnicas de vigilancia de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Ecuador, Costa Rica, EE.UU., Colombia, Venezuela y Paraguay

RESOLUCIÓN SUPREMANº 047-2009-MTC

Lima, 2 de setiembre de 2009

VISTOS:

El Informe Nº 511-2009-MTC/12 del 31 de julio de 2009, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 300-2009-MTC/12.04 del 30 de julio de 2009, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado;

Que, por la Ley Nº 29289 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, en el numeral 9.3 del artículo 9º, se establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado literal serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, en el artículo 4º señala que es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes;

Que, el numeral 8.2 del artículo 8º de la citada Ley, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil debe efectuar la supervisión permanente de las operaciones aéreas de los explotadores bajo su control, a fi n de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al público, un servicio de transporte aéreo comercial seguro y fi able;

Que, la Ley Nº 28404 - Ley de Seguridad de la Aviación Civil, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil está facultada para regular todo lo relacionado a la seguridad de la aviación y es responsable de la elaboración, puesta en ejecución, vigilancia y cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil;

Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14º establece que los inspectores debidamente identifi cados a que se refi ere la Ley, son competentes según su especialidad, para verifi car las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil;

Que, la seguridad y efi ciencia de las operaciones aéreas, se verifi ca, entre otras formas, a través de inspecciones técnicas a las estaciones de los explotadores aéreos ubicadas en el extranjero;

Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los Inspectores de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil designados mediante el Informe Nº 300-2009-MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones que les asigne la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones técnicas de vigilancia a que se contraen las Órdenes de Inspección Nºs. 1701-2009-MTC/12.04, 1702-2009-MTC/12.04, 1703-2009-MTC/12.04 y 1704-2009-MTC/12.04;

Que, los gastos por concepto de viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto, serán con cargo

Page 27: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401921

al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, el 31 de julio de 2009, la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración emitió la Certifi cación del Crédito Presupuestario Nº 07767-2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 77º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

De conformidad con la Ley Nº 29289, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar los viajes de inspecciones técnicas de vigilancia de los señores Allan Salvador Trigoso Pissani, Pedro Rafael Chung Bartra, Alfredo Federico Álvarez Zevallos y Victor Manuel Suárez Llaque, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán desde el 14 al 24 de setiembre de 2009, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 300-2009-MTC/12.04 y Nº 511-2009-MTC/12.

Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3°.- Dentro de los siete (7) días calendario de su retorno al país, los mencionados inspectores deberán

presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados.

Artículo 4º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los inspectores mencionados en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, deberán presentar dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Transportes y Comunicaciones

RELACIÓN DE VIAJES POR PLAN DE VIGILANCIA INTERNACIONAL DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - EN CUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES ASIGNADAS A LA DIRECCIÓN GENERAL

DE AERONÁUTICA CIVIL - LEY Nº 27261. COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 14 AL 24 DE SETIEMBRE DE 2009 Y SUSTENTADOEN LOS INFORMES Nº 300-2009-MTC/12.04 Y Nº 511-2009-MTC/12

ORDENINSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$)

TUUA (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE

1701-2009-MTC/12.04 14-Sep 18-Sep US$ 1,000.00US$ 31.00 MTC Trigoso Pissani,

Allan Salvador Quito EcuadorInspección técnica de estación

de las empresas Lan Perú S.A. y Taca Perú por plan de vigilancia de operaciones aéreas internacionales

1702-2009-MTC/12.04 14-Sep 17-Sep US$ 600.00US$ 31.00 MTC Chung Bartra,

Pedro Rafael San José Costa RicaInspección técnica de estación de la empresa Taca Perú, por plan de vigilancia de operaciones aéreas

internacionales

1703-2009-MTC/12.04 14-Sep 19-Sep US$ 1,200.00US$ 31.00 MTC Álvarez Zevallos,

Alfredo Federico

Miami,Bogotá yMedellín,Caracas

EUAColombia yVenezuela

Inspecciones técnicas de Línea, en Ruta, Plataforma y Estaciones

de la empresa Cielos del Perú S.A., por plan de vigilancia de las

operaciones aéreas internacionales

1704-2009-MTC/12.04 21-Sep 24-Sep US$ 600.00US$ 31.00 MTC Suárez Llaque

Víctor Manuel Asunción ParaguayInspección técnica de estación de

la empresa Taca Perú, por plan de vigilancia de las operaciones

aéreas internacionales

392482-25

Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Chile, EE.UU. y México, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 606-2009-MTC/02

Lima, 1 de setiembre de 2009

VISTO:

El Informe Nº 526-2009-MTC/12.04 del 10 de agosto de 2009, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 308-2009-MTC/12.04 del 06 de agosto de 2009 emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado;

Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, en su artículo 1 señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619;

Que, la Ley Nº 29289 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, en el numeral 9.3 del artículo 9, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto que las

Page 28: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401922

excepciones a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Ministerial, entre las cuales se encuentra el viaje que realizarán los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil;

Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean;

Que, la empresa Lan Perú S.A. ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil su solicitud para ser atendida durante el mes de setiembre de 2009, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, asimismo, la empresa Lan Perú S.A. ha cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto;

Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de la respectiva Orden de Inspección y referida en el Informe Nº 526-2009-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29289, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ricardo Rafael Pazos Raygada, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará del 16 al 20 de setiembre de 2009, a la ciudad de Santiago, Chile, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 308-2009-MTC/12.04 y Nº 526-2009-MTC/12.04.

Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto.

Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Transportes y Comunicaciones

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVILESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 16 AL 20 DE SETIEMBRE DE 2009Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 308-2009-MTC/12.04 Y Nº 526-2009-MTC/12.04

ORDENINSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$)

TUUA (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLERECIBOS DE ACOTACION

Nºs.

1754-2009-MTC/12.04 16-Sep 20-Sep US$ 1,000.00US$ 31.00 Lan Perú S.A. Pazos Raygada,

Ricardo Rafael Santiago Chile

Chequeo en línea y chequeos técnicos Up Grade y Base

Check en simulador de vuelo del equipo A-319/320 a tripulantes

técnicos.

12794-12839

391604-1

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 607-2009-MTC/02

Lima, 1 de setiembre de 2009

VISTO:

El Informe Nº 534-2009-MTC/12.04 del 14 de agosto de 2009, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 312-2009-MTC/12.04 del 11 de agosto de 2009 emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado;

Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, en su artículo 1 señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619;

Que, la Ley Nº 29289 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, en el numeral 9.3 del artículo 9, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Ministerial, entre las cuales se encuentra el viaje que realizarán los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil;

Page 29: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401923

Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean;

Que, la empresa LC Busre S.A.C. ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil su solicitud para ser atendida durante el mes de setiembre de 2009, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, asimismo, la empresa LC Busre S.A.C. ha cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto;

Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de la respectiva Orden de Inspección y referida en el Informe Nº 534-2009-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29289, Decreto Supremo Nº 047-

2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil;

SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Víctor

Augusto Fajardo Cámero, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará del 16 al 20 de setiembre de 2009, a la ciudad de Saint Louis, Estados Unidos de América, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 312-2009-MTC/12.04 y Nº 534-2009-MTC/12.04.

Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa LC Busre S.A.C. a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto.

Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Transportes y Comunicaciones

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

- DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 16 AL 20 DE SETIEMBRE DE 2009 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 312-2009-MTC/12.04 Y Nº 534-2009-MTC/12.04

ORDENINSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$)

TUUA (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLERECIBOS DE ACOTACION

Nºs.

1755-2009-MTC/12.04 16-Sep 20-Sep US$ 660.00US$ 31.00 Lc Busre SAC Fajardo Cámero,

Víctor Augusto Saint Louis EUAChequeo técnico de refresco en simulador de vuelo del equipo

Metroliner III a tripulante técnico.12836-12837

391603-1

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 608-2009-MTC/02

Lima, 1 de setiembre de 2009

VISTOS:

El Informe Nº 517-2009-MTC/12.07 del 05 de agosto de 2009, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 157-2009-MTC/12.07 del 03 de agosto de 2009 emitido por la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado;

Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, en su artículo 1 señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación

del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619;

Que, la Ley Nº 29289 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, en el numeral 9.3 del artículo 9, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Ministerial, entre las cuales se encuentra el viaje que realizarán los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil;

Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, en virtud a dicha competencia la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de

Page 30: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401924

la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean;

Que, la empresa Lan Perú S.A. ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil, su solicitud para ser atendida durante el mes de setiembre de 2009, acompañando los requisitos establecidos en el marco de los Procedimientos Nos. 12 y 16 correspondientes a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, asimismo, Lan Perú S.A. ha cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondiente a los Procedimientos a que se refi eren en el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto;

Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Ordenes de Inspección, y referidas en el Informe Nº 517-2009-MTC/12.07 de la Dirección General de Aeronáutica Civil;

De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29289, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil;

SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar los viajes en comisión de

servicios de los señores Lino Roberto Molina Valencia, Lucio Chicoma Fernández y Luis Guillermo Sipán Hernández, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán del 07 al 10 de setiembre de 2009, a la ciudad de Cancún, México, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 157-2009-MTC/12.07 y Nº 517-2009-MTC/12.07.

Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto.

Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Transportes y Comunicaciones

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

- DIRECCION DE CERTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 07 AL 10 DE SETIEMBRE DEL 2009 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES N° 157-2009-MTC/12.07 Y N° 517-2009-MTC/12.07

ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$)

TUUA (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLERECIBOS DE ACOTACION

Nºs.

650-2009-MTC/12.07 07-Sep 10-Sep US$ 880.00US$ 31.00 Lan Perú S.A. Molina Valencia,

Lino Roberto Cancún MéxicoInspecciones técnicas a Estaciones e inspección al TMA como parte de ampliación de operaciones aéreas

11404-11405-11406-11407-11408-11409

651-2009-MTC/12.07 07-Sep 10-Sep US$ 880.00US$ 31.00 Lan Perú S.A. Chicoma

Fernandez, Lucio Cancún MéxicoInspecciones técnicas a Estaciones e inspección al TMA como parte de ampliación de operaciones aéreas

11404-11405-11406-11407-11408-11409

652-2009-MTC/12.07 07-Sep 10-Sep US$ 880.00US$ 31.00 Lan Perú S.A. Sipán Hernández,

Luis Guillermo Cancún MéxicoInspecciones técnicas a Estaciones e inspección al TMA como parte de ampliación de operaciones aéreas

11404-11405-11406-11407-11408-11409

391597-1

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 609-2009-MTC/02

Lima, 1 de setiembre de 2009

VISTO:

El Informe Nº 515-2009-MTC/12.04 del 04 de agosto de 2009 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 304-2009-MTC/12.04 del 03 de agosto de 2009 emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619;

Que, el numeral 9.3 del artículo 9 de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Ministerial, entre las cuales se encuentra el viaje que realizarán los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil;

Page 31: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401925

Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean;

Que, las empresas Lan Perú S.A. y Aero Transporte S.A. – ATSA, han presentado ante la autoridad aeronáutica civil, sus solicitudes para ser atendidas durante el mes de setiembre de 2009, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, asimismo, las empresas Lan Perú S.A. y Aero Transporte S.A. – ATSA, han cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto;

Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Órdenes de Inspección y referidas en el Informe Nº 515-2009-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29289, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar los viajes de los señores Simón Samolski Edery y Pedro Rafael Chung Bartra, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán desde el 04 al 12 de setiembre de 2009, a las ciudades de Santiago y New York, Chile y Estados Unidos de América, respectivamente, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 304-2009-MTC/12.04 y Nº 515-2009-MTC/12.04.

Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas Lan Perú S.A. y Aero Transporte S.A. - ATSA a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto.

Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Transportes y Comunicaciones

391602-1

ORGANISMOS EJECUTORES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL

DE ADMINISTRACION

TRIBUTARIA

Dejan en suspenso disposiciones del Procedimiento de “Depósito Aduanero” INTA-PG.03 (V.4)

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIANACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS

N° 447-2009/SUNAT/A

Callao, 2 de setiembre de 2009

CONSIDERANDO:

Que por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.º 145-2009/SUNAT/A se emitió el procedimiento de Depósito Aduanero INTA-PG.03 (versión 4), dentro del marco de la Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo N.º 1053, y del Sistema de Calidad de la SUNAT;

Que resulta necesario dejar en suspenso ciertas disposiciones del referido procedimiento relacionadas con el artículo 111º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.º 010-2009-EF; al determinarse que dicho artículo se encuentra directamente vinculado con la entrega de la mercancía en el punto de llegada, regulada en la Sección Cuarta - Ingreso y Salida de Mercancías, cuya vigencia regirá a partir del 01.01.2010; por lo que el citado artículo también entraría en vigencia a partir de dicho momento;

Que conforme al artículo 14º del Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad,

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

- DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 04 AL 12 DE SETIEMBRE DE 2009 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 304-2009-MTC/12.04 Y Nº 515-2009-MTC/12.04

ORDENINSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$)

TUUA (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLERECIBOS DE ACOTACION

Nºs.

1705-2009-MTC/12.04 04-Sep 06-Sep US$ 600.00US$ 31.00 LAN PERU S.A. Samolski Edery,

Simón Santiago Chile

Chequeo en línea y chequeos técnicos de habilitación Cat.II/III y profi ciencia en simulador de vuelo del equipo Boeing 767 a

tripulantes técnicos

11276-11277-11278

1706-2009-MTC/12.04 08-Sep 12-Sep US$ 660.00US$ 31.00 ATSA Chung Bartra,

Pedro RafaelLa Guardia, New York EUA

Chequeo técnico de Refresco en simulador de vuelo del

equipo B-1900D a tripulantes técnicos

6635-6636

Page 32: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401926

Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General aprobado por Decreto Supremo N.º 001-2009-JUS, del 20.07.2009 al 23.07.2009 se procedió a pre-publicar en el portal web de la institución, el proyecto de la presente norma;

En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N.º 122-2003/SUNAT, en mérito a lo dispuesto en el literal g) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N.º 115-2002-PCM y estando a la Resolución de Superintendencia N.º 049-2009/SUNAT;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Déjese en suspenso hasta el 31.12.2009 las disposiciones del procedimiento de Depósito Aduanero INTA-PG.03 (versión 4) relacionadas con el artículo 111º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.º 010-2009-EF, fecha hasta la cual, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 97º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.º 011-2005-EF.

Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS MARTÍN RAMÍREZ RODRÍGUEZSuperintendente Nacional Adjunto de Aduanas

392183-1

INSTITUTO NACIONAL

DE DEFENSA CIVIL

Aprueban transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Lambayeque

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 219-2009-INDECI

25 de agosto de 2009

VISTOS: Los Ofi cios Nº 159/2009-CRDC.LAMB/P.DC del 18.MAY.2009, Nº 638/2009-GR.LAMB/PEOT-GG del 26.MAY.2009, Nº 518/2009-GR.LAMB/GG del 10.JUN.2009 y Nº 571-2009-GR.LAMB/GGR-GRIN del 23.JUN.2009, del Gobierno Regional de Lambayeque, el Informe Técnico Nº 002-2009-INDECI/DNPE/EPEFT, el Informe Técnico Nº 002-2009-INDECI/14.0, ambos del 10.JUL.2009, y el Memorándum Nº 512-2009-INDECI/14.0 del 25.AGO.2009, de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes;

CONSIDERANDO:

Que, la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2009, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente, así como rehabilitar la infraestructura pública. Además, en caso de ser necesario mitigar los efectos dañinos a la actividad agropecuaria altoandina, se considerará una respuesta oportuna la provisión de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 794-2008-EF/15 se aprobó la Directiva Nº 004-2008-EF/68.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para el

uso de los recursos a que se refi ere la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009”;

Que, el numeral 9.1 del artículo 9º de la mencionada Directiva señala que Declarada la emergencia u ocurrido el desastre, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29291, de acuerdo a lo establecidos en la presente Directiva;

Que, con los Ofi cios de Vistos, el Gobierno Regional de Lambayeque remitió 01 (una) Ficha Técnica de Actividad de Emergencia dirigida al alquiler de maquinaria para la recuperación del servicio de agua de riego en el Canal Huallabamba, luego de ocurridas las lluvias intensas registradas entre los meses de Enero y Marzo del año en curso;

Que, conforme lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º de la Directiva Nº 004-2008-EF/68.01, el INDECI evalúa las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente las aprueba expresamente a través del Informe del Director Nacional del órgano de línea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerárquicos que amerite la aprobación, incorporación y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus términos por el Director Nacional del INDECI correspondiente;

Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 002-2009-INDECI/DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluación correspondiente aprobó la Ficha Técnica presentada por el Gobierno Regional de Lambayeque, señalando que la solución planteada se encuentra en relación directa con el impacto producido por las lluvias ocurridas en el ámbito de la Región Lambayeque, que han ocasionado que el Canal Huallabamba se vea dañado, según se refi ere en la Ficha Técnica, afectando la transitabilidad del agua de riego, siendo el alquiler de maquinaria una solución técnica que permitiría la operatividad de la maquinaria requerida para la recuperación de la transitabilidad del agua de riego en el referido Canal, cumpliendo con lo establecido en el numeral 11.3 de la Directiva Nº 004-2008-EF/68.01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 794-2008-EF/15;

Que, efectuada la evaluación correspondiente a la intervención solicitada y analizada la documentación pertinente, el referido Equipo concluye que el requerimiento presentado cumple con las condiciones estipuladas en la Directiva Nº 004-2008-EF/68.01, por lo que de conformidad con lo señalado en el numeral 11.4 de su artículo 11º, se aprueba la solicitud de fi nanciamiento efectuada a través de la 01 (una) Ficha Técnica, hasta por el importe de S/. 1 096 321,00 (UN MILLON NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), cuyo plazo y modalidad de ejecución se encuentra detallado en el Anexo adjunto a la presente Resolución, con cargo a la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009;

Que, el Director Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, mediante el Informe Técnico Nº 002-2009-INDECI/14.0 de Vistos, aprobó la Ficha Técnica formulada por el Gobierno Regional de Lambayeque, hasta por la suma de S/. 1 096 321,00 (UN MILLON NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES);

Que, en el marco de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29291, mediante Decreto Supremo Nº 178-2009-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de S/. 1 096 321,00 (UN MILLON NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios;

Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final

Page 33: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401927

de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano;

Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Lambayeque, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI mediante Decreto Supremo Nº 178-2009-EF, hasta por la suma de S/. 1 096 321,00 (UN MILLON NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecución de la actividad señalada en el Anexo adjunto a la presente Resolución;

De conformidad con la Ley Nº 29291 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modifi catorias, Directiva Nº 004-2008-EF/68.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 794-2008-EF/15; y,

En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por Decretos Supremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM, y;

Con la visación de la Sub Jefatura, de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, Planifi cación y Presupuesto, Administración y la Dirección Nacional de Proyectos Especiales;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución, la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Lambayeque, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante Decreto Supremo Nº 178-2009-EF, hasta por la suma de S/. 1 096 321,00 (UN MILLON NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecución de la Actividad señalada en el Anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución.

El monto total transferido, conforme aparece en el referido Anexo, corresponde a la suma total de 01 (una) Actividad, cuyo monto individual debe ser respetado en la etapa de ejecución.

Artículo 2º.- La Ofi cina de Administración del INDECI, dará cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución.

Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI la coordinación correspondiente para la suscripción del respectivo Convenio entre el INDECI y el Gobierno Regional de Lambayeque para el control y seguimiento de ejecución de metas físicas, conforme a la normatividad vigente.

Artículo 4º.- Encargar a la Ofi cina de Estadística y Telemática disponer la Publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional (www.indeci.gob.pe).

Artículo 5º.- Disponer que la Secretaría General e Imagen Institucional registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, publique la misma en el Diario Ofi cial El Peruano y remita copia autenticada por Fedatario al Gobierno Regional de Lambayeque, a la Sub Jefatura, a las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fi nes pertinentes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZJefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

391252-1

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR

DE LA INVERSION EN

ENERGIA Y MINERIA

Aprueban Bases Ajustadas para la Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Edelnor S.A.A., Luz del Sur S.A.A., Edecañete S.A., Electro Sur Este S.A.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., Electropuno S.A.A. y Electrosur S.A., de la Licitación ED-01-2009-LP

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVOORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍAOSINERGMIN N° 158-2009-OS/CD

Lima, 1 de setiembre de 2009

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 5.1 del Artículo 5° de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica (en adelante la “Ley”), establece que es obligación del Distribuidor iniciar un proceso de Licitación con una anticipación mínima de tres (3) años, a fi n de evitar que la demanda de sus Usuarios Regulados quede sin cobertura de contratos;

Que, complementariamente, el 14 de octubre de 2007 se publicó el Decreto Supremo N° 052-2007-EM que aprobó el Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad (en adelante el “Reglamento”). El Reglamento estableció en su Disposición Transitoria Única que OSINERGMIN aprobará los procedimientos necesarios para el cumplimiento de su función;

Que, el numeral 6.2 del Artículo 6° de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitación, modelos de contrato, términos y condiciones del proceso de licitación, formulas de actualización de precios fi rmes y supervisar su ejecución. En este sentido, y con la fi nalidad de otorgar mayor transparencia y predictibilidad al proceso de aprobación de bases para licitaciones de suministro, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 688-2008-OS/CD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 26 de diciembre de 2008, se aprobó la norma “Procedimientos para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros en el Marco de la Ley Nº 28832” (en adelante el “Procedimiento”);

Que, el Procedimiento, conforme lo establece su numeral 2.1, es de aplicación obligatoria a todas las Licitaciones que se efectúen en el marco del numeral 5.1 del Artículo 5° de la Ley;

Que, asimismo, el Artículo 5° del Procedimiento establece los pasos, las responsabilidades, actividades y plazos para el proceso de aprobación de las Bases Ajustadas de la Licitación;

Que, el 15 de marzo de 2009 Edelnor S.A.A. manifestó su intención de iniciar tres procesos de licitación de largo plazo, por períodos de 8, 10 y 12 años, denominadas Licitación ED-01-2009-LP, Licitación ED-02-2009-LP y Licitación ED-03-2009-LP, respectivamente, al amparo de la Ley Nº 28832, efectuando la correspondiente publicación en un diario de circulación nacional y publicando en su página web su propuesta de Bases;

Que, con fecha 16 de marzo de 2009, Edelnor S.A.A. remitió a OSINERGMIN copia su publicación de expresión de interés, así como sus respectivas propuestas de Bases;

Que, dentro de los plazos establecidos en el Reglamento y en el Procedimiento, las empresas Luz

Page 34: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401928

del Sur S.A.A., Edecañete S.A., Electro Sur Este S.A.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., Electropuno S.A.A. y Electrosur S.A., manifestaron su intención de integrarse al proceso, remitiendo la información de los Puntos de Suministro y demandas de potencia, correspondientes;

Que, el 29 de abril de 2009 se recibió de Edelnor S.A.A. la Carta GRyGE-110-2009 con su Propuesta de Bases Ajustadas para sus tres licitaciones públicas de suministro, proyecto que incluyó los requerimientos de energía y potencia de las empresas: Edelnor S.A.A., Luz del Sur S.A.A., Edecañete S.A., Electro Sur Este S.A.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., Electropuno S.A.A. y Electrosur S.A. Al respecto, se procedió a analizar el contenido de dicho documento y se emitieron, mediante Ofi cio Nº 0680-2009-GART del 11 de junio de 2009, las observaciones a las Propuestas de Bases Ajustadas, solicitándose que las respuestas sean debidamente fundamentadas;

Que, mediante Oficio GRyGE-214-2009, recibido el 19 de agosto de 2009, Edelnor S.A.A., en su calidad de Conductor del Proceso de Licitación, presentó la versión modificada del Proyecto de Bases Ajustadas de su Licitación ED-01-2009-LP exclusivamente, en atención a las observaciones formuladas por OSINERGMIN;

Que, se han emitido el Informe N° 0375-2009-GART de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y el Informe N° 0379-2009-GART de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, en los que se analiza el proyecto de Bases Ajustadas remitido por la Licitante. Los mencionados informes complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, en ese sentido, no habiéndose encontrado observaciones, corresponde aprobar las Bases para la Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Edelnor S.A.A., Luz del Sur S.A.A., Edecañete S.A., Electro Sur Este S.A.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., Electropuno S.A.A. y Electrosur S.A., de la Licitación ED-01-2009-LP;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica; en el Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2007-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la norma “Procedimientos para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros en el Marco de la Ley N° 28832”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN Nº 688-2008-OS/CD.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar las Bases Ajustadas para la Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Edelnor S.A.A., Luz del Sur S.A.A., Edecañete S.A., Electro Sur Este S.A.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., Electropuno S.A.A. y Electrosur S.A., de la Licitación ED-01-2009-LP, la misma que como Anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe.

ALFREDO DAMMERT LIRAPresidente del Consejo Directivo

391990-1

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES

DE JUSTICIA

Reconforman la Segunda Sala Laboral de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPresidencia

Ofi cina de Coordinación Administrativay de Asuntos Jurídicos

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 525-2009-P-CSJLI/PJ

Lima, 1 de setiembre del 2009

VISTO:

La Resolución Administrativa Nº 371-2009-P-CSJLI/PJ, de fecha 16 de junio del presente año; y,

CONSIDERANDO:Que, mediante la resolución de visto, fue promovida

la doctora Elina Emilce Chumpitaz Rivera para que integre la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la licencia del doctor Luis Felipe Almenara Bryson.

Que, estando que el doctor Almenara Bryson, se reincorporó a sus labores jurisdiccionales en la Corte Suprema de Justicia, la doctora Chumpitaz Rivera retornará a la Corte Superior de Justicia de Lima.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:Artículo Primero.- Reconformar la Segunda Sala

Laboral de Lima, a partir del día 01 de setiembre del presente año, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera:

Segunda Sala Laboral de Lima: Dra. Elina Emilce Chumpitaz Rivera (T) PresidentaDr. Omar Toledo Toribio (T)Dr. Guillermo Emilio Nue Bobbio (P)

Artículo Segundo.- Dándosele las gracias a la doctora Rosa Amelia Barreda Mazuelos, por su labor realizada en la Segunda Sala Laboral de Lima, quien retornará a su juzgado de origen.

Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

CÉSAR JAVIER VEGA VEGAPresidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima

392061-1

Page 35: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401929

ORGANOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL

DE ELECCIONES

Disponen inscripción de “Ingeniería para la Investigación de Mercado y Opinión S.R.L.” en el Registro Electoral de Encuestadoras

RESOLUCIÓN N° 505-2009-JNE

Expediente N° J-2009-497

Lima, cinco de agosto de dos mil nueve.

VISTO el pedido de inscripción en el Registro Electoral de Encuestadoras formulado por el señor Manuel Marín Mozombite, representante de la empresa “INGENIERÍA PARA LA INVESTIGACIÓN DE MERCADO Y OPINIÓN S.R.L.”

CONSIDERANDO:1. En virtud de lo prescrito por la Ley N° 26859, Ley

Orgánica de Elecciones, y por la Ley N° 27369, que la modifi ca, el Jurado Nacional de Elecciones, mediante Resolución N° 390-2005-JNE, modifi cada por Resolución N° 355-2006-JNE, aprobó el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, cuyo artículo 4 establece los requisitos para la inscripción en el citado registro.

2. Con los documentos adjuntados, indicación del domicilio y acreditación del profesional califi cado, la empresa satisface los requisitos previstos en el artículo 4 del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, por lo que debe disponerse la inscripción de la empresa “INGENIERÍA PARA LA INVESTIGACIÓN DE MERCADO Y OPINIÓN S.R.L.” como encuestadora, asignándosele un número de registro y procediéndose a la apertura de la partida correspondiente.

3. El artículo 191 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, prevé que la publicación o difusión de encuestas y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones a través de los medios de comunicación puede efectuarse hasta el domingo anterior al día de las elecciones.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante la Resolución N° 130-2008-JNE.

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;

RESUELVE:Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Electoral

de Encuestadoras a la empresa “INGENIERÍA PARA LA INVESTIGACIÓN DE MERCADO Y OPINIÓN S.R.L.”, la que deberá sujetar su actividad a las atribuciones y prohibiciones establecidas en las normas electorales respectivas.

Artículo Segundo.- Abrir la partida correspondiente a dicha encuestadora, asignándole como código de identifi cación el Registro N° 146-REE/JNE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

SIVINA HURTADO

MINAYA CALLE

MONTOYA ALBERTI

VELARDE URDANIVIA

Bravo Basaldúa,Secretario General

382042-1

OFICINA NACIONAL DE

PROCESOS ELECTORALES

Aprueban “Disposiciones sobre el Sorteo de Miembros de Mesa para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales y las Nuevas Elecciones Municipales 2009”

RESOLUCION JEFATURALNº 134-2009-J/ONPE

Lima, 31 de agosto de 2009

VISTOS; el Memorándum Nº 387-2009-OGAJ/ONPE, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 732-2009-OGPP/ONPE, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 183-2009-OGAJ/ONPE, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Nº 440-2009-JNE, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 28 de junio de 2009, el Jurado Nacional de Elecciones convocó a “Consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales”, en diversas circunscripciones de la República, para el día domingo 15 de noviembre de 2009; reprogramada para el domingo 29 de noviembre del mismo año, mediante Resolución Nº 491-2009-JNE, publicada en el Diario Ofi cial el 26 de julio de 2009;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 050-2009-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 25 de julio de 2009, el Presidente de la República convocó a nuevas Elecciones Municipales para el día domingo 29 de noviembre de 2009, con la fi nalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales en diversas circunscripciones de la República;

Que, de conformidad con el artículo 176º de la Constitución Política del Perú, los organismos electorales tienen por fi nalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean refl ejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa;

Que, la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE es un organismo constitucionalmente autónomo, que cuenta con personería de derecho público interno y goza de atribuciones en materia técnica, administrativa, económica y fi nanciera; siendo la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum u otras consultas populares, de conformidad con el artículo 1º de su Ley Orgánica, Nº 26487, concordante con el artículo 37º de la Ley Orgánica de Elecciones, Nº 26859;

Que, de conformidad con el artículo 55º de la Ley Orgánica de Elecciones, la designación de los miembros de mesa, titulares y suplentes, se realiza por sorteo, siendo la ONPE el organismo constitucionalmente autónomo competente para realizar el referido sorteo;

Que, por lo manifestado, y de conformidad con el inciso g) del artículo 5º de la Ley Orgánica de la ONPE, que establece que este organismo dicta las resoluciones y reglamentación necesaria para su funcionamiento; le corresponde a la ONPE establecer las disposiciones necesarias que permitan completar los vacíos normativos o las situaciones no previstas por la norma legal, en lo que concierne a la conformación de las mesas de sufragio;

Que, si bien es cierto, con arreglo a los artículos 55º y 58º de la Ley Orgánica de Elecciones, los ciudadanos mayores de 70 años deben ser considerados en el sorteo de miembros de mesa; no es menos cierto que, de conformidad con el artículo 31º de la Constitución Política, el voto para estos ciudadanos es voluntario o facultativo, motivo por el cual su falta de ejercicio no debe dar lugar

Page 36: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401930

a sanción alguna; así como tampoco debe dar lugar a sanción alguna la falta de ejercicio del cargo de miembro de mesa, bajo el principio jurídico de que lo accesorio sigue la suerte de lo principal;

Que, en efecto, la posibilidad de desempeñar el cargo de miembro de mesa es una situación accesoria y derivada de la condición de elector; entonces, para aquellos ciudadanos para los cuales no es obligatorio ejercer el voto, el ejercicio del cargo de miembro de mesa también debería ser voluntario; tan es así que el propio artículo 58º de la Ley Orgánica de Elecciones establece que ser mayor de 70 años es causal para renunciar al ejercicio del cargo de miembro de mesa;

Que, por otro lado, si bien el artículo 57º de la Ley Orgánica de Elecciones no impide expresamente que los ciudadanos promotores de los derechos de participación y control ciudadanos, como el referéndum o la revocatoria, sean miembros de mesa; resulta por demás evidente que estos ciudadanos, al haberse manifestado por una opción dentro de la consulta popular, no podrían desempeñar dicha función de miembro de mesa con imparcialidad y neutralidad, tal como ocurre con los miembros de los concejos municipales o con los candidatos y personeros de las organizaciones políticas, quienes sí están impedidos expresamente del desempeño del cargo de miembros de mesa, de conformidad a los incisos a) y c) del artículo 57 de la Ley Orgánica de Elecciones;

Que, por lo manifestado en el considerando anterior, resulta necesario excluir a los promotores de la posibilidad que sean sorteados para desempeñar dicha función.

Por estos fundamentos y conforme a las atribuciones otorgadas a la Jefa de la ONPE por el inciso g) del artículo 5 de la Ley Orgánica de la ONPE, y por los literales d) y p) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 073-2009-J/ONPE; y con el visado de la Gerencia de Sistemas e Informática Electoral, de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar las “Disposiciones sobre el Sorteo de Miembros de Mesa para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales y las Nuevas Elecciones Municipales 2009”, que consta de tres artículos que forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y de las Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales, el contenido de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional, www.onpe.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RUBÉN DURAND PARDOJefe (e)

DISPOSICIONES SOBRE EL SORTEODE MIEMBROS DE MESA PARA LA CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO

DE AUTORIDADES MUNICIPALES Y LAS NUEVAS ELECCIONES MUNICIPALES 2009

Artículo 1º.- Situación de los ciudadanos mayores de 70 años

Los electores mayores de 70 años que, con arreglo al artículo 55º de la Ley Orgánica de Elecciones, hayan resultado sorteados como miembros de mesa, titulares o suplentes, y que por cualquier circunstancia no lleguen a ejercer tal función, no serán considerados como omisos al desempeño del cargo de miembro de mesa.

Artículo 2º.- Exclusión del sorteo de los ciudadanos promotores de las revocatorias

Los ciudadanos que tengan la condición de promotores

de las revocatorias, serán excluidos del sorteo de miembros de mesa en la consulta popular.

Artículo 3º.- Competencias de las unidades orgánicas de la ONPE

Corresponde a la Gerencia de Sistemas e Informática Electoral y a la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, en el marco de sus respectivas competencias, tomar las medidas pertinentes para efectivizar lo dispuesto en los artículos precedentes.

391349-1

SUPERINTENDENCIA

DE BANCA, SEGUROS Y

ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros para operar como Ajustador Marítimo Transportes y Ajustador Marítimo Cascos

RESOLUCIÓN SBS N° 10795-2009

Lima, 17 de agosto de 2009

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS

VISTA:

La solicitud presentada por el señor Dante Dino Martín Di Liberto Stagnaro para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros - Sección A: Personas Naturales Sección III de Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Ajustadores y Peritos de Seguros;

Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa;

Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 03-2009-RESS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y,

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Dante Dino Martín Di Liberto Stagnaro, con matrícula Nº AN-292 en el Registro del Sistema de Seguros - Sección A: Personas Naturales Sección III de Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros, para operar como Ajustador Marítimo Transportes y Ajustador Marítimo Cascos.

Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARMANDO CÁCERES VALDERRAMASuperintendente Adjunto de Seguros

391289-1

Page 37: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401931

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL

DE LA LIBERTAD

Disponen que la Procuraduría Pública Regional se allane y desista en los procesos judiciales sobre subsidio y gratificaciones

(Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional La Libertad, mediante Ofi cio Nº 1122-2009-GR-LL-PRE/GGR, recibido el 1 de setiembre de 2009)

ORDENANZA REGIONALNº 029-2008-GR-LL/CR

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNOREGIONAL LA LIBERTAD

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, de conformidad con lo previsto en el Artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867, su modifi catoria, Ley Nº 27902 y demás normas complementarias;

EL CONSEJO REGIONAL LA LIBERTAD

VISTO:

En Sesión Extraordinaria de fecha doce de febrero del dos mil nueve, el dictamen sobre el levantamiento de las observaciones formuladas por el Presidente Regional del Gobierno Regional La Libertad a la Ordenanza Regional Nº 029-2008-GR-LL/CR, relativo a disponer que la Procuraduría Pública Regional del Gobierno Regional La Libertad se allane en los procesos judiciales, en donde el Gobierno Regional La Libertad es parte demandada, sobre subsidio y gratifi caciones; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993 y el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia.

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 modifi cada por la Ley Nº 27902, establece en su Artículo 38º que las Ordenanzas Regionales norman la organización del Gobierno Regional.

Que, mediante Informe Nº 208-2007-GR-LL-PPR la Procuradora Pública Regional del Gobierno Regional La Libertad, según inventario de procesos judiciales reportados al mes de octubre del año 2007, tiene una carga procesal sumamente alta, siendo que sólo de acciones contenciosos administrativas promovidos por los administrados ascienden a 5,012 expedientes, siendo del orden del 17.44% (996) expedientes que corresponden a casos de subsidio por luto y gastos por sepelio, y el 15.23%, (870) son de gratifi cación por haber cumplido 20, 25 y 30 años de servicios prestados al Estado; que sumados estos dos rubros dan un total de 1866 expedientes, que representa el 32.67% de la carga procesal, sólo de acciones contenciosos administrativas, en donde el Gobierno Regional pierde todos los procesos por decisiones judiciales uniformes ajustados a jurisprudencia de orden vinculante, lo que ocasiona un doble gasto al Gobierno Regional de recursos humanos (Pago de

Abogados) y gastos materiales (Útiles de Escritorio y Equipo de Ofi cina) en casos que de antemano se saben que se van a perder.

Que, conforme a lo anteriormente señalado en uniforme jurisprudencia el Tribunal Constitucional ha señalado el criterio interpretativo de la normativa aplicable a tales criterios, dictada entre otros en los Expedientes Nº 2257-2002-AA/TC, Nº 2848-2002-AC/TC, Nº 1339-2004-AA/TC, Nº 1249-2003-AA/TC, Nº 3360-2003-AA/TC, Nº 2273-2004-AA/TC, Nº 3149-2004-AC/TC, Nº 4437-2004-AA/TC y Nº 428-2001-AA/TC.

Que, las resoluciones administrativas de subsidio por luto y gastos por sepelio y la gratifi cación por haber cumplido 20, 25 y 30 años de servicios, en base de la remuneración total permanente, contradice lo establecido por el Tribunal Constitucional en las sentencias expedidas en los expedientes señalando dichos pagos son en base a la remuneración total, por eso las sentencias expedidas por los Juzgados y Salas Civiles de la Corte Superior de Justicia de La Libertad declaran nulas estas resoluciones administrativas y ordenan el pago como lo tiene dispuesto el Tribunal Constitucional.

Que, consecuentemente el Gobierno Regional La Libertad teniendo presente las decisiones del supremo intérprete de la constitucional y la decisión de los órganos jurisdiccionales el cálculo para el pago de los subsidios y asignaciones debe efectuarse sobre la base de la remuneración total y no de la remuneración total permanente.

Que, también dada la magnitud de los procesos judiciales sobre la materia es necesario que el Ejecutivo mediante Decreto Regional autorice a la Procuraduría Pública allanarse y desistirse en los procesos antes acotados y lograr fi nalmente su aprobación por el órgano jurisdiccional.

Que, en este contexto, en los procesos judiciales donde se emitan sentencias de primera instancia que amparen las pretensiones en el sentido arriba anotado, resulta innecesaria la defensa en apelación por parte de la Procuraduría Pública Regional, puesto que en dichos procesos ya no existe trasgresión del interés o del derecho del Gobierno Regional La Libertad, que en buena cuenta constituye el objeto de la defensa que debe asumir la Procuradora Pública Regional del Gobierno Regional, conforme lo señala el numeral 16.1. del Artículo 16º del Decreto Legislativo Nº 1068; máxime que la postura sobre estos temas responde al acatamiento de sentencias judiciales del máximo intérprete de la constitucionalidad.

Que, dado el impacto social en este tipo de procesos judiciales y teniendo en cuenta el principio de economía procesal, cuyo ámbito de aplicación se extiende a los procedimientos de toda índole, tiene como fi nalidad buscar la obtención de un pronunciamiento judicial utilizando el menor esfuerzo de las partes e inclusive del Estado, lo que implica un menor gasto pecuniario, consecuentemente resulta innecesario seguir procesos judiciales donde el derecho discutido no resulta controvertido, aun más, si se tiene en cuenta lo esbozado líneas arriba, en el sentido de que los resultados por arribarse son previsibles; razón por lo que se justifi ca la emisión de la Ordenanza Regional, cuyo alcance lo que hace sino situarse en la línea justiciera establecida por el Tribunal Constitucional.

Que, a fi n de evitar contradicción en la autoridad que expide la Resolución Ejecutiva Regional y en la que se va aplicar esta ordenanza, se exceptúan del allanamiento y desistimiento a los procesos que se resuelva la primera o segunda instancia administrativa con Resolución Ejecutiva Regional y en aquellos casos en los que los administrados no acrediten su derecho.

Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 16 de Diciembre del 2008, se dispuso que la Procuraduría Pública Regional se allane y desista en los procesos judiciales sobre subsidios y gratifi caciones.

Que, con Ofi cio Nº 1332-2008-GRLL/CR-S, de fecha 16 de Diciembre del 2008, se envía a la Presidencia Regional la Ordenanza Regional Nº 029-2008-GR-LL/CR para su promulgación.

Que, dentro del plazo de ley y de conformidad establecido en el segundo párrafo del Artículo 62º del Reglamento Interno del Consejo Regional el Presidente del Gobierno Regional mediante Ofi cio Nº 020-2009-GRLL-PRE, observa la Ordenanza Regional Nº 029-2008-GR-LL/CR.

Page 38: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401932

Que, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, se reunió y emitió dictamen levantado las observaciones formuladas a la mencionada Ordenanza Regional dentro del plazo establecido en el cuarto párrafo del Artículo 60º del acotado Reglamento Interno planteando un texto sustitutorio a la mencionada Ordenanza Regional observada.

En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modifi catorias por la Ley Nº 27902 y Ley Nº 29053, y estando a lo acordado.

Ha tomado la Ordenanza Regional siguiente:

Artículo Primero.- DISPONER, que la Procuraduría Pública Regional se allane en los procesos judiciales, en donde el Gobierno Regional La Libertad es parte demandada, sobre subsidio por luto y gastos por sepelio, y gratifi caciones por cumplir 20, 25 y 30 años de servicios, así como se desista del recurso de apelación interpuesto contra las sentencias emitidas a favor de los demandantes, a fi n de dar solución a los confl ictos generados a consecuencia de la emisión de resoluciones administrativas por las que se dispuso el pago a los administrados sobre la base a la remuneración permanente, con excepción de los casos en que se resuelva la primera o segunda instancia administrativa con Resolución Ejecutiva Regional y en aquellos casos en los que los administrados no acrediten su derecho.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Ejecutivo la regulación del procedimiento para el allanamiento y desistimiento de la Procuraduría Pública Regional mediante Decreto Regional, en el plazo de treinta (30) días hábiles de la entrada de su vigencia.

Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional La Libertad para su promulgación.

En Trujillo, a los doce días del mes de febrero del año dos mil nueve.

ALEXIS NICOLAS REBAZA LÓPEZConsejero Delegado

AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

POR TANTO:

Mando se publique, registre y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad a 12 de febrero de 2009.

JOSE H. MURGIA ZANNIERPresidente Regional

391263-1

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

Aprueban relación de proyectos cuya contratación estará sujeta a lo establecido por el artículo 6º del D.U. Nº 026-2007

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONALNº 559-2009-PRES

Huacho, 25 de agosto del año 2009

VISTO: el Decreto de Urgencia Nº 026-2007, del 17 de agosto de 2007; el Decreto de Urgencia Nº 003-2008, del 07 de enero de 2008; el Decreto de Urgencia Nº 005-2009, del 19 de enero de 2009; el Decreto de Urgencia Nº 046-2009, del 09 de abril de 2009, el Decreto Supremo Nº 125-

2009-EF, del 04 de junio de 2009, el Decreto Supremo Nº 188-2009-EF, del 18 de agosto de 2009, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680, “las Regiones tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia”;

Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, éstos tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales conforme a Ley;

Que, el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007, establece el procedimiento a seguir por las entidades para la contratación de bienes, servicios y obras que sean necesarias para la construcción de la infraestructura pública dañada por el sismo del 15 de agosto de 2007, estableciendo además que la relación de bienes, servicios y obras deberán ser aprobados mediante resolución del titular;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 003-2008, se precisa que durante el plazo de dos años las contrataciones de bienes, servicios y obras relacionadas con la rehabilitación, construcción y reconstrucción de la infraestructura dañada por el sismo del 15 de agosto de 2007, que se ejecuten con cargo a los recursos del FORSUR se sujetarán al procedimiento contemplado en artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 005-2009, se dictan disposiciones extraordinarias para viabilizar y facilitar la ejecución inmediata de proyectos prioritarios que forman parte del Plan de Reconstrucción del Sur, incorporando en anexo adjunto la relación en global de proyectos priorizados y estableciendo que las Unidades Ejecutoras que se detallan en el mencionado anexo llevarán a cabo el proceso de selección de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 003-2008, el mismo que a su vez nos remite al procedimiento establecido en el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007;

Que, el Decreto Supremo Nº 125-2009-EF, mediante el cual se incorporan recursos en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, destinados a fi nanciar la continuidad del las acciones del FORSUR;

Que, con Decreto Supremo Nº 188-2009-EF, se autoriza nuevamente un Crédito Suplementario a favor de diversos pliegos en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, para fi nanciar los proyectos, programas y actividades aprobados por Acuerdo del Directorio de FORSUR para la reconstrucción integral de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 046-2009, se establecen disposiciones modifi catorias y complementarias al Decreto de Urgencia Nº 005-2009, a fi n de mejorar el avance de la inversión pública a favor de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007;

Que, de las consideraciones expuestas en los párrafos precedentes resulta necesario aprobar la relación de proyectos cuya contratación estará sujeta a lo al procedimiento establecido por el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007;

Con los vistos de la Gerencia Regional de Infraestructura, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, de la Sub Gerencia Regional de Administración, de la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Lima;

En uso de las atribuciones conferidas por los incisos a) y d) del artículo 21º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR la relación de proyectos cuya contratación estará sujeta a lo establecido por el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007, los mismos que a continuación se detallan:

1. Reconstrucción y equipamiento del Instituto Tecnológico de Cañete.

2. Reconstrucción de ambientes educativos y equipamiento del Instituto Tecnológico Superior Público de Pacaran.

Page 39: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401933

3. Reconstrucción de ambientes, SSHH, losa y cerco perimétrico en la I.E.P. 20970.

4. Reconstrucción de 08 aulas, SSHH, cerco perimétrico del C.E.P Nº 20145 de la Localidad de Imperial.

5. Reconstrucción de 03 aulas, servicios higiénicos, cerco perimétrico y losa deportiva de la I.E.P Nº 20974.

6. Reconstrucción de dos aulas, servicios higiénicos, área administrativa, sala de profesores y cerco perimétrico I.E. Inicial Nº 618 Cerro Alegre.

7. Reconstrucción de 02 aulas, SSHH y cerco perimétrico en la I.E.I. Nº 504.

8. Reconstrucción de 01 aula, servicios higiénicos, cerco perimétrico y equipamiento de la I.E. Inicial Nº 638 – Las Lomas.

9. Reconstrucción de 06 aulas, rehabilitación de 06 aulas y cerco perimétrico en la I.E.P Nº 20957.

10. Reconstrucción de tres aulas, servicios higiénicos, área administrativo y cerco perimétrico en la I.E. Inicial Nº 481 Santa Rosa.

11. Reconstrucción de dos aulas, servicios higiénicos y cerco perimétrico de la I.E. Nº 023 San Vicente de Cañete.

Artículo Segundo: PUBLÍQUESE la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico de la Entidad, conforme a Ley.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

NELSON O. CHUI MEJÍAPresidente Regional

392244-1

GOBIERNO REGIONAL

DE TACNA

Exoneran de Proceso de Selección la contratación del servicio de preparación y colocación de mezcla asfáltica en caliente en el tramo Tarata - Ticaco en la obra Carretera Tacna-Tarata-Candarave-Umalso

ACUERDO DE CONSEJO REGIONALNº 023-2009-CR/GOB.REG.TACNA

Tacna, 31 de agosto del 2009

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNOREGIONAL DE TACNA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado establece que: “Las Regiones tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, asimismo el artículo 192 de la misma Carta Magna, señala: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo”;

Que, artículo 20 del Decreto Legislativo Nº 1017 – Ley de Contrataciones del Estado, establece que están exonerados de los procesos de selección las contrataciones que se realicen: “a) Entre Entidades, siempre que en razón de costos de oportunidad resulten más efi cientes y técnicamente viables para satisfacer la necesidad y no se contravenga lo señalado en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú.”, asimismo, el artículo 21 del mismo cuerpo legal: “Las contrataciones derivadas de exoneración de procesos de selección se realizarán de manera directa, previa aprobación mediante Resolución del Titular de la Entidad, Acuerdo del Directorio, del Consejo Regional o del Concejo Municipal,

según corresponda, en función a los informes técnico y legal previos que obligatoriamente deberán emitirse”;

Que, el artículo 127 del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, el cual Reglamenta el Decreto Legislativo Nº 1017 – Ley de Contrataciones del Estado, señala respecto a la Contratación entre Entidades: “Esta exoneración no resultará aplicable a las contrataciones en las que actúe como proveedor una empresa del Estado organizada bajo la forma que establezca la legislación vigente, ya sea de propiedad del Gobierno Central, Regional o Entidades del Estado que realizan actividades empresariales de manera habitual en el rubro de la contratación”;

Que, con Ofi cio Nº 462-2009-PR-GOB.REG.TACNA la Presidencia Regional solicita al Consejo Regional la exoneración de procesos de selección por Contratación entre Entidades, para la contratación del servicio de preparación y colocación de mezcla asfáltica en caliente para la Obra “Carretera Tacna-Tarata-Candarave-Umalso, Km. 87+00 al 97+500, tramo Tarata-Ticaco” hasta por S/. 491,000.00, adjuntándose al mismo el Ofi cio Nº 859-2009-SGPRE-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el Informe Nº 773-2009-ORAJ/G.R.TACNA de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 300-2009-ORA/GOB.REG.TACNA de la Ofi cina Regional de Administración y el Ofi cio Nº 2909/2009-GRI-GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional de Infraestructura, todos los documentos opinan y recomiendan la aprobación de la propuesta normativa;

Que, el Gobierno Regional de Tacna, desde el inicio de la presente gestión ha prestado atención prioritaria en mejorar las vías de comunicación en benefi cio de todos los pobladores de la Región, asimismo en promover el desarrollo y la economía regional fomentando actividades y servicios públicos, en concordancia con las políticas nacionales, más aún en las zonas altoandinas de la Región Tacna;

Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno en Sesión Extraordinaria de la fecha, en uso a sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 y artículo 27 del Reglamento Interno del Consejo Regional y demás artículos pertinentes, el Pleno del Consejo Regional;

ACUERDA:

Artículo Primero.- APROBAR LA EXONERACIÓN DE PROCESOS DE SELECCIÓN POR CONTRATACIÓN ENTRE ENTIDADES, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PREPARACIÓN Y COLOCACIÓN DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE PARA LA OBRA “CARRETERA TACNA-TARATA-CANDARAVE-UMALSO, KM. 87+00 AL 97+500, TRAMO TARATA-TICACO”, HASTA POR S/. 491,000.00 NUEVOS SOLES (CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 00/100), PROVENIENTES DE LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS DETERMINADOS – RUBRO 18 CANON Y SOBRECANON, REGALÍAS Y PARTICIPACIONES.

Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia General Regional y los demás entes regionales implementen el presente Acuerdo Regional.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría Técnica del Consejo Regional la publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones – SEACE, asimismo remitir el presente Acuerdo, informes técnicos y legales a la Contraloría General de la República, conforme al artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 1017 – Ley de Contrataciones del Estado.

Artículo Cuarto.- DIFUNDIR el contenido del presente en el Portal Electrónico de la institución, conforme lo dispone el Artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

POR TANTO:

Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla.

ROBERT JULIO PERALTA REYNOSOConsejero Delegado Consejo Regional de Tacna

392261-1

Page 40: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401934

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE

Aprueban Reglamento de Modalidad Formativa Laboral de Aprendizaje con Predominio en el Centro de Formación Profesional - Prácticas Preprofesionales - y Modalidad Formativa Laboral de Prácticas Profesionales en la Municipalidad Distrital de Ate

DECRETO DE ALCALDÍANº 008

Ate, 19 de agosto de 2009

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE ATE;

VISTO el Informe Nº 463-2009 y Nº 915-2009-MDA/OGA-OP de la Ofi cina de Personal, el Informe Nº 099-2009-MDA/OGP de la Ofi cina General de Planifi cación, el Informe Nº 359-2009 y Nº 625-2009-MDA/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 155-2009-MDA/OGA de la Ofi cina General de Administración, los Proveído Nº 2464-2009 y 3141-2009/MDA/GM de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política de Estado, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, la persona es el centro del proceso formativo, teniendo derecho a acceder en igualdad de oportunidades y sin discriminación alguna a la formación profesional que le permita tener mejores oportunidades en el mercado laboral.

Que, la Ley Nº 28518 – Ley sobre Modalidades Formativas Laborales – señala, que resulta imprescindible que la formación profesional recibida, se complemente con una adecuada experiencia práctica en el seno de la empresa, confi rmando así la necesidad del principio de adecuación a la realidad del proceso formativo.

Que, en ese sentido, la Municipalidad Distrital de Ate, brinda oportunidad a los estudiantes y egresados debidamente acreditados, para que en aplicación del artículo 2º, numeral 1, literal b) de la Ley Nº 28518, puedan realizar sus prácticas Preprofesionales y Profesionales en las diferentes áreas que conforman la estructura orgánica de la Municipalidad, acorde con la especialidad que registren los estudiantes, fomentando así la formación y capacitación laboral como mecanismo de mejoramiento del empleo de productividad, lo cual se regirá conforme a las disposiciones del empleo de productividad y se regirá conforme a las disposiciones establecidas en la Ley acotada, su Reglamento y demás normas pertinentes.

Que, la subvención que corresponde a los practicantes asciende a la suma equivalente a la Remuneración Mínima Vital, por una jornada completa de seis (06) horas diarias o treinta (30) horas semanales o parte proporcional, según corresponda conforme a la Ley Nº 28518 y sus normas Reglamentarias.

Que, considerando la existencia de disponibilidad presupuestaria para dicho fi n, afectando la específi ca de gasto 2.3.27.52 – Propinas de practicantes del Presupuesto Municipal, conforme al Memorando Nº 053-2009-MDA/OGP-OPr de la Ofi cina de Presupuesto, así como los requerimientos de prácticas Pre Profesionales y

Profesionales y la necesidad de contar con sus servicios, se hace necesario la materialización de dichas prácticas.

Que, fi nalmente es necesario conferir facultades para la suscripción de los Convenios de Prácticas Preoprofesionales y Profesionales, los acuerdos de extinción del Convenio por Mutuo disenso, decidir sobre la extinción del convenio por decisión unilateral de la Municipalidad, encargarse del procedimiento de admisión de practicantes, imponer la sanción de extinción del Convenio de prácticas de ofi cio o a propuesta del jefe del área usuaria y en general resolver los demás confl ictos derivados del cumplimiento del presente Reglamento; así como encargar la supervisión de las prácticas Preprofesionales y Profesionales a los funcionarios de las dependencias correspondientes.

Que, mediante Informe Nº 625-2009-MDA/OGAJ la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, indica que desde el punto de vista legal, encuentra conforme el proyecto y sugiere su respectiva aprobación mediante Decreto de Alcaldía.

Que, mediante los Proveídos Nº 2464-2009 y 3141-2009/MDA/GM el Gerente Municipal, señala se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente.

Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972;

SE DECRETA:

Artículo 1º.- APROBAR EL REGLAMENTO DE MODALIDAD FORMATIVA LABORAL DE APRENDIZAJE CON PREDOMINIO EN EL CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL - PRÁCTICAS PREPROFESIONALES – Y MODALIDAD FORMATIVA LABORAL DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE, la misma que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2º.- AUTORIZAR una subvención por practicante, por la suma equivalente a la Remuneración Mínima Vital por una jornada completa de seis (06) horas diarias o treinta (30) horas semanales o parte proporcional según corresponda, conforme a la Ley Nº 28518 y sus normas Reglamentarias.

Artículo 3º.- FACULTAR al Jefe de la Ofi cina de Personal, Lic. Nora Asunciona Ojeda Acosta, para que en representación de la Municipalidad, previa autorización del Gerente Municipal, suscriba los Convenios de Prácticas Preprofesionales y Profesionales, y los acuerdos de extinción del Convenio por Mutuo disenso. Asimismo, encargar el cumplimiento del presente reglamento en todo cuanto le corresponda.

Artículo 4º.- ENCARGAR la supervisión de las prácticas Preprofesionales y Profesionales a los funcionarios de las dependencias donde se efectuarán las mismas, quienes en forma mensual deberán emitir la conformidad correspondiente.

Artículo 5º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Ofi cina General de Administración, Ofi cina de Personal y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍAAlcalde

391258-1

Aprueban Directiva “Normas para el Uso, Control, Mantenimiento y Reparación de Vehículos de la Municipalidad Distrital de Ate”

DECRETO DE ALCALDÍAN° 009

Ate, 19 de agosto de 2009

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE ATE;

Page 41: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401935

VISTO: Los Informes Nº 223-2009-MDA/OGP y Nº 224-2009-MDA/OGP de la Ofi cina General de Planifi cación, el Proveído Nº 3212-2009/MDA/GM de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; ello, en concordancia con lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, de acuerdo al artículo 6º de la Ley Nº 27972, la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa.

Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece además en su artículo 20°, numeral 3 y 6 que son atribuciones del Alcalde Distrital ejecutar los Acuerdos del Concejo Municipal bajo responsabilidad, y dictar Decretos de Alcaldía con sujeción a las Leyes y Ordenanzas.

Que el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Decretos de Alcaldía establecen Normas Reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente Administración Municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal.

Que, mediante Informe Nº 223-2009-MDA/OGP, la Ofi cina General de Planifi cación remite el proyecto de Directiva “Normas para el Uso, Control, Mantenimiento y Reparación de Vehículos de la Municipalidad Distrital de Ate”, el mismo que cuenta con el Vº Bº de las Unidades Orgánicas correspondientes que forman parte del citado proyecto, siendo éstas la Ofi cina de Servicios Generales y Ofi cina de Racionalización y Estadística.

Que, el objeto de la Directiva es establecer las disposiciones que permitan asegurar el correcto uso, control, mantenimiento y reparación de los vehículos ofi ciales de la Municipalidad.

Que, la fi nalidad de la Directiva, es lograr optimizar el uso de vehículos con que cuenta la Municipalidad garantizando que este sea con fi nes ofi ciales y mantener disponible y habilitada la fl ota de vehículos de la Municipalidad y reducir gastos por concepto de reparación.

Que, mediante Informe Nº 224-2009-MDA/OGP, la Ofi cina General de Planifi cación remite a la Gerencia Municipal el Proyecto de Directiva “Normas para el Uso, Control, Mantenimiento y Reparación de Vehículos de la Municipalidad Distrital de Ate”, el mismo que cuenta con su Vº Bº, y solicita la aprobación del mismo mediante el dispositivo legal correspondiente.

Que, mediante Proveído Nº 3212-2009-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía respectivo.

Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972;

SE DECRETA:

Artículo 1º.- APROBAR, la Directiva Nº 003-2009-MDA “Normas para el Uso, Control, Mantenimiento y Reparación de Vehículos de la Municipalidad Distrital de Ate”, la misma que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Ofi cina General de Planifi cación, Ofi cina General de Administración, Ofi cina de Servicios Generales y demás unidades orgánicas pertinentes de esta Corporación Municipal.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JUAN ENRIQUE DUPUY GARCIAAlcalde

391259-1

Aprueban Directiva “Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina en el Gasto para el Año Fiscal 2009”

DECRETO DE ALCALDÍAN° 010

Ate, 19 de agosto de 2009

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE ATE;

VISTO el Informe Nº 032-2009-MDA/OGP-ORE de la Oficina de Racionalización y Estadística, el Informe N° 217-2009 y Nº 222-2009-MDA/OGP de la Ofi cina General de Planifi cación, el Proveído N° 3214-2009/MDA/GM de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, sostiene en su Art. 42º que los Decretos de Alcaldía, establecen Normas Reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente Administración Municipal y resuelven o regulan asuntos de Orden General y de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal.

Que, mediante Informe Nº 032-2009-MDA/OGP-ORE la Ofi cina de Racionalización y Estadística de la Ofi cina General de Planifi cación, remite el proyecto de Directiva “Medidas de Austeridad y Racionalidad en el Gasto para el año fi scal 2009”, para su aprobación; señalando que es necesario establecer y/o adoptar las medidas de Austeridad, Racionalidad, Disciplina Presupuestal y límites en el gasto público para el año 2009, para cumplir con los objetivos generales del Gobierno Municipal, así como mantener el equilibrio presupuestario.

Que, mediante Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto y la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto para el año fi scal 2009; establecen la regulación y las normas sobre la Ejecución de los Gastos Públicos, que deberán ser observadas por las entidades integrantes de los poderes del estado, sin excepción y los Gobiernos Regionales y Locales.

Que, mediante el Proveído N° 3214-2009/MDA/GM el Gerente Municipal, señala se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente.

Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972;

SE DECRETA:

Artículo 1º.- APROBAR la Directiva N° 004-2009/MDA “Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina en el Gasto para el Año Fiscal 2009”, la misma que como anexo forma parte integrante del presente, en mérito a las consideraciones antes expuestas.

Artículo 2°.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Ofi cina General de Administración , Ofi cina General de Planifi cación y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JUAN ENRIQUE DUPUY GARCIAAlcalde

391259-2

Page 42: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401936

Aprueban Directiva “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas”

DECRETO DE ALCALDÍAN° 011

Ate, 19 de agosto de 2009

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE ATE;

VISTO el Informe Nº 034-2009-MDA/OGP-ORE de la Oficina de Racionalización y Estadística, el Informe N° 221-2009 y Nº 225-2009-MDA/OGP de la Ofi cina General de Planifi cación, el Proveído N° 3211-2009/MDA/GM de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; ello, en concordancia con lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, de acuerdo al artículo 6º de la Ley 27972, la alcaldía es el órgano Ejecutivo del gobierno local. El Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa.

Que, el objeto de la Directiva es establecer las disposiciones que permita establecer “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas”.

Que, la fi nalidad de la Directiva, es establecer disposiciones y procedimientos para la utilización, rendición y control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas de la Municipalidad Distrital de Ate.

Que, mediante Informe Nº 221-2009-MDA/OGP la Ofi cina General de Planifi cación, solicita la aprobación del Proyecto de Directiva “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas”.

Que, mediante Informe Nº 225-2009-MDA/OGP la Ofi cina General de Planifi cación, remite el proyecto de Directiva “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas”, el mismo que cuenta con el Vº Bº de la Ofi cina General de Administración y la Ofi cina de Racionalización y Estadística de la Municipalidad Distrital de Ate.

Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, sostiene en su Art. 42º que los Decretos de Alcaldía, establecen Normas Reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente Administración Municipal y resuelven o regulan asuntos de Orden General y de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal.

Que, mediante el Proveído N° 3211-2009/MDA/GM el Gerente Municipal, señala se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente.

Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972;

SE DECRETA:

Artículo 1º.- APROBAR la Directiva N° 005-2009/MDA sobre “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas”, la misma que como anexo forma parte integrante del presente en mérito a las consideraciones antes expuestas.

Artículo 2°.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Ofi cina General de Administración, Ofi cina de Tesorería y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JUAN ENRIQUE DUPUY GARCIAAlcalde

391259-3

MUNICIPALIDAD DE COMAS

Modifican el Cronograma del “Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2010 del distrito de Comas”

DECRETO DE ALCALDÍANº 09 -2009-A/MC

Comas, 3 de agosto de 2009.

VISTO: El Informe Nº 066-2009-GPP/MC de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, mediante el cual se presenta la propuesta de Modifi cación al Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2010 del Distrito de Comas.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales se constituyen en órganos de Gobierno Local y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 73º numeral 5 de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Municipalidades asumen competencias y ejercen las funciones específi cas en materia de participación vecinal, debiendo proponer, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local, integrar y organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de la circunscripción;

Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y modificada mediante Ley Nº 29289 y su Reglamento, establecen el proceso de programación presupuestaria del Presupuesto en los Gobiernos Regionales y Locales como un mecanismo que permite el fortalecimiento de las relaciones Estado – Sociedad Civil y la optimización del uso de los recursos a través de un adecuado control social en las acciones públicas;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01 la Dirección Nacional del Presupuesto Público, aprobó el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo”, el mismo que precisa los lineamientos Técnicos para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;

Que, mediante Ordenanza Nº 287-C/MC de fecha 19 de mayo de 2009, se aprueba la Modifi cación al Texto Único del “Marco Normativo que regula el Proceso de Programación, Participación y Concertación para la Formulación y Aprobación del Presupuesto Participativo para el Distrito de Comas”, en el cual se establece la aprobación del Cronograma mediante Decreto de Alcaldía;

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 008-2009-A/MC publicado en el Diario Ofi cial El Peruano en fecha 08/07/2009 se aprueba el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2010 del Distrito de Comas, el mismo que por factores externos vinculados a la protección de la salud y salubridad y a la disponibilidad de locales ubicados en Instituciones Educativas, es necesario ajustar, a fi n de garantizar una efectiva implementación del proceso;

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9 de la Ley Orgánica de

Page 43: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de setiembre de 2009 401937

Municipalidades y con el Visto Bueno de las Gerencias de Planifi cación y Presupuesto, Administración y Finanzas, Asuntos Jurídicos y Gerencia Municipal.

DECRETA:

Artículo Primero.- MODIFICAR, el Cronograma del “Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2010 del Distrito de Comas”, de acuerdo al Cuadro Anexo que forma parte integrante del presente Decreto.

Articulo Segundo.- DISPONER, a la Sub Gerencia de Participación Vecinal y Registro de Organizaciones

Sociales atender la acreditación de los Agentes Participantes pre - inscritos en el Módulo Virtual, hasta el 14 de agosto de 2009; de conformidad con la documentación requerida.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a las Gerencias de Planifi cación y Presupuesto y Participación Vecinal.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.

MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUIAlcalde

CRONOGRAMA DEL PROCESO DEL PRESUPUESTOPARTICIPATIVO DEL AÑO FISCAL 2010 DEL DISTRITO DE COMAS

FASE ACTIVIDADES FECHAS1. PREPARACION Y

CAPACITACION1.- Convocatoria, Identifi cación, Registro y Acreditación de Agentes Participantes. 1 Julio al 7 Agosto 2009

2.-Capacitación de Agentes Participantes. 27 Agosto 2009

II. CONCERTACION

3.- Taller Distrital. I SesiónValidación del PDC, Rendición de Cuentas 2008-2009, Asignación de Recursos 2010, Defi nición de Criterios de Priorización de Proyectos 10 Setiembre 2009

II SesiónAprobación del Reglamento y Elección del Comité de Vigilancia. 11 Setiembre 20094.-Talleres de Diagnóstico Territorial (14 Zonales), Sectorial e Institucional, Identifi cación de Proyectos y Acciones.

15 Setiembre al 15 Octubre 2009

5.-Talleres de Evaluación Técnica y Priorización de Proyectos y Acciones.

III. COORDINACION ENTRE NIVELES DE

GOBIERNO6.-Articulación de Iniciativas de Inversión entre niveles de gobierno. 16 al 23 Octubre 2009

IV. FORMALIZACION DE ACUERDOS Y COMPROMISOS

7.-Taller Distrital de Aprobación de Proyectos Priorizados y suscripción de Acta de Acuerdos y Compromisos. 30 Octubre 2009

8.-Taller de Rendición de Cuentas del Presupuesto Participativo 2009. 13 Noviembre 2009

391449-1

MUNICIPALIDAD DE SAN

MARTIN DE PORRES

Amplían plazo consignado en el rubro de identificación y registro de agentes participantes que contiene el cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo para el ejercicio fiscal 2010

DECRETO DE ALCALDÍANº 016-2009/MDSMP

San Martín de Porres, 31 de agosto del 2009

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍNDE PORRES

CONSIDERANDO:

VISTO: El Informe Nº 110-2009-GPC/MDSMP de la Gerencia de Participación Ciudadana, sobre ampliación del plazo contenido en el Cronograma respecto a la Ordenanza Nº 274-MDSMP; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Nº 274–MDSMP (01.AGOSTO.2009) se aprueba el Reglamento del Proceso del

Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal 2010 en el distrito de San Martín de Porres, cuya Primera Disposición Transitoria y Complementaria señala que el alcalde queda autorizado a modifi car en caso necesario mediante Decreto de Alcaldía el cronograma de dicho proceso;

Que, a través del Informe de Visto, la Gerencia de Participación Ciudadana sostiene que las organizaciones sociales de la jurisdicción vienen solicitando la ampliación del plazo para la identifi cación y registro de sus agentes participantes, siendo atendible dicha petición, ya que brindará mayor cobertura a la participación ciudadana; por lo que corresponde emitirse la respectiva disposición municipal;

De conformidad con los artículos 20, inciso 6) y 42 de la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 274-MDSMP;

DECRETA:

Artículo Único.- AMPLIAR el plazo consignado en el rubro de Identifi cación y Registro de Agentes Participantes que contiene el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal 2010 aprobado mediante Ordenanza Nº 274-MDSMP (01.AGOSTO.200), hasta el 02.SETIEMBRE.2009; manteniendo plena vigencia y validez legal lo demás que contiene dicha Ordenanza y su respectivo Cronograma.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

FREDDY S. TERNERO CORRALESAlcalde

392388-1

Page 44: Normas Legales 20090903€¦ · Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú en Zona Noreste-Talara 401900 R.S. N° 227-2009-PCM.- Designan representante del Ministerio

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de setiembre de 2009401938

MUNICIPALIDAD DE

SAN MIGUEL

Modifican la Ordenanza Nº 172-MDSM que declara zona rígida diversas cuadras de la Calle Jorge Castro Harrison

ORDENANZA Nº 181-MDSM

San Miguel, 28 de agosto de 2009

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL

POR CUANTO

El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de la fecha;

CONSIDERANDO:

Que, mediante ordenanza Nº 172-MDSM se declara zona rígida para el transporte público y privado las cuadras dos, tres y cuatro de la calle Jorge Castro Harrison, prohibiéndose el estacionamiento de vehículos menores, vehículos particulares, vehículos de transporte urbano y/o de carga pesada, igualmente, se prohíbe que en dicha zona se desarrollen actividades de comercio u otras que perjudiquen el libre acceso de vehículos y peatones;

Que, a través de los informes Nº 290-2009-SGEOP-GDU-MDSM y Nº 045-2009-GDU-MDSM la Subgerencia de Estudios y Obras Públicas y la Gerencia de Desarrollo Urbano respectivamente, reportan que, luego de la evaluación técnica efectuada, se advierte que las cuadras uno y cinco de la calle Jorge Castro Harrison así como las cuadras uno y dos del jirón Caminos de Inca soportan la

ocupación continua del 40% de la sección vial de la pista convertida ahora en zona de estacionamiento informal, generando congestionamiento vehicular e impidiendo el libre tránsito de vehículos y peatones;

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que los gobiernos locales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los incisos 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO PRIMERO DE LA ORDENANZA Nº 172-MDSM QUE DECLARA ZONA RÍGIDA DIVERSAS CUADRAS DE

LA CALLE JORGE CASTRO HARRISON

Artículo Único.- MODIFIQUÉSE el artículo primero de la Ordenanza Nº 172-MDSM, bajo el siguiente texto:

“Articulo 1º.- DECLARAR ZONA RÍGIDA para el transporte público y privado las cuadras uno, dos, tres, cuatro y cinco de la calle Jorge Castro Harrison y las cuadras uno y dos del jirón Caminos del Inca, prohibiéndose el estacionamiento de vehículos particulares, vehículos de transporte urbano y/o de carga pesada, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente ordenanza.”

Regístrese, publíquese y cúmplase.

SALVADOR HERESI CHICOMAAlcalde

391266-1