14
Normativa de los Recursos Tecnológicos

Normativa de los Recursos Tecnológicos

  • Upload
    others

  • View
    2

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Normativa de los Recursos Tecnológicos

Normativa de los

Recursos

Tecnológicos

Page 2: Normativa de los Recursos Tecnológicos

2

Contenido

................................................................................................ ¡Error! Marcador no definido.

I- INTRODUCCIÓN ............................................................................................................ 3

El objetivo de esta Normativa es: ........................................................................................ 4

II. Disposiciones Generales: ................................................................................................... 4

Capítulo 1. Ámbito de aplicación de la Normativa................................................................. 4

Capítulo 2. Responsables de aplicación: ............................................................................. 4

Capítulo 3. Integración de las tecnologías como eje transversales: ....................................... 5

III. Normas de Funcionamiento de las Aulas Digitales Móviles. ................................................ 5

Capítulo 4. Tecnología Móvil y sus componentes: ............................................................... 5

HARDWARE ................................................................................................................... 5

SOFTWARE ................................................................................................................... 6

DISPOSICIONES ............................................................................................................ 6

Capítulo 5. Funcionamiento, Seguridad, manejo, uso y cuido de las Aulas Digitales Móviles: 6

Capítulo 6. Mecanismo de uso de los Dispositivos Móviles por parte de los docentes ........... 7

Capítulo 7. Normas de cuido de las Aulas Digitales Móviles. ................................................ 7

Capítulo 8. Mecanismos de control de seguridad: ................................................................ 8

Capítulo 9. Responsabilidad y Procedimientos ante pérdidas: .............................................. 9

Capítulo 10. Medidas administrativas ante pérdida de equipo. .............................................. 9

Capítulo 11. Medidas administrativas ante daño de equipos. ...............................................10

Anexo 1: BITÁCORA DE USO DE AULAS DIGITALES MOVILES ..........................................11

Anexo 2: NORMATIVA DE USO DEL DATA SHOW INTERACTIVO .......................................12

I. Uso pedagógico: .....................................................................................................12

II- Resguardo y control de uso: ........................................................................................12

Capítulo 12. Vigencia. ........................................................................................................14

Page 3: Normativa de los Recursos Tecnológicos

3

I- INTRODUCCIÓN

El Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Tecnología Educativa, en el marco

de la Ruta Educativa “Tecnología Educativa/Laboratorio” está implementando Tecnología

Móvilen centros educativos de secundaria a fin de innovar en el modelo de integración

de tecnología en la educación, como una herramienta más en la construcción de

conocimiento, desarrollo del pensamiento y productividad en el aprendizaje de nuestros

estudiantes elevando así la calidad de la educación. La implementación de este modelo

en los centros educativos público, conlleva a establecer normas y reglamento sobre el

uso pedagógico efectivo, resguardo, cuido, control y medidas administrativas, así como

definir el nivel de responsabilidad de los servidores públicos participantes a través de la

normativa sobre el uso de las Tecnologías Móviles en los centros educativos a nivel

nacional.

Sabemos que los tiempos y espacios de aprendizaje de los contenidos escolares

comenzaron a ampliarse. El aula ha dejado de ser el único espacio para el aprendizaje y

“la hora de clase” dejo de ser el único espacio posible para aprender. El proceso

educativo no solo depende de recursos materiales, sino de adecuados sistemas de

desarrollo humano, planeación, evaluación, organización, articulación y eficiencia que

aseguren resultados positivos previstos en las escuelas, así como la participación activa

y dinámica de los directores, figura clave en la incorporación de las Tecnología Móviles

para lograr una escuela con excelencia, dándole el valor a nuestro trabajo, a nuestra

manera de vivir, a nuestra manera de ser, y darle gracias a Dios y porque nos sentimos

privilegiados y orgullosos de ser nicaragüenses por gracia de Dios.

POR TANTO, SE ESTABLECE LAS SIGUIENTES NORMAS DE INELUDIBLE

CUMPLIMIENTO

Page 4: Normativa de los Recursos Tecnológicos

4

PRIMERO: Se aprueba “Normativa del Uso de las Tecnologías Digitales Móviles”,

para los centros educativos de Educación Secundaria Regular y Escuelas de Educación

Especial beneficiadas que cuentan con tecnologías móviles.

SEGUNDO: La presente Normativa entrará en vigencia a partir de la fecha de su

publicación.

El objetivo de esta Normativa es:

1- Impulsar el liderazgo directivo en la implementación y aprovechamiento de las

Tecnologías Móviles.

2- Comprender y analizar la presente normativa sobre el funcionamiento correcto de

los componentes que integran las Tecnologías Móviles.

3- Garantizar el cuido y seguridad de los componentes que forman parte de las

Tecnologías Móviles.

4- Establecer mecanismo de uso pedagógico efectivo, resguardo, control y medidas

administrativas, sobre el uso de estos recursos

II. Disposiciones Generales:

Capítulo 1. Ámbito de aplicación de la Normativa.

La presente Normativa va dirigida a los centros educativos de Educación Secundaria

Regular y Escuelas de Educación Especial que han sido protagonistas con este tipo de

tecnología móvil.

Capítulo 2. Responsables de aplicación:

Son responsables de su aplicación el director(a) de la Dirección General de Educación

Primaria Regular y Primaria Multigrado, el director(a) de la Dirección de Educación

Especial y el director(a) de la Dirección de Tecnología Educativa de la Sede Central, los

delegados(as) de las Delegaciones Departamentales y Municipales de cada

Page 5: Normativa de los Recursos Tecnológicos

5

departamento, así como los directores(as) de Centros Educativos que disponen de

Tecnologías Móviles a nivel nacional.

Los/las Delegados Departamentales, Municipales, el director/a, asesores nacionales,

asesores/as pedagógicos/as departamentales y municipales, deben motivar, promover y

dar seguimiento a la o el docente en el uso de las Tecnologías Móviles en las diferentes

disciplinas, a fin de valorar y promover el aprovechamiento del recurso educativo en el

momento de los aprendizajes. Este seguimiento se realizará conforme lo definido en esta

normativa y el documento “Orientaciones para la elaboración del Plan de trabajo de las

Tecnologías Educativas en los Centros de Estudio”.

Capítulo 3. Integración de las tecnologías como ejes transversales:

Los docentes implementarán el uso de las Tecnologías Móviles en el desarrollo de sus

clases a través de las aplicaciones educativas disponibles en los dispositivos móviles,

así como nuevas aplicaciones educativas que previamente hayan sido validadas por los

docentes especialistas.

Los estudiantes utilizarán los recursos tecnológicos móviles como herramienta de

aprendizaje para la mejora de la calidad educativa.

III. Normas de Funcionamiento de las Tecnologías Móviles.

Capítulo 4. Tecnología Móvil y sus componentes:

Es una tecnología en la que se encuentran recursos educativos que facilitan al estudiante

un mejor aprendizaje, así como acceder a espacios a programas educativos sobre

escritura, diseño, herramientas de monitoreo, dibujos y otros, los cuales serán útiles para

aprender en las diferentes áreas de conocimiento.

a) En los centros educativos, las Tecnología Móviles están compuestas por:

HARDWARE

a) Capacitación a docentes y equipos técnicos.

b) Dispositivos móviles: Laptop.

Page 6: Normativa de los Recursos Tecnológicos

6

c) Router

d) Servidor de contenidos educativos

e) Impresora para la dirección del centro.

f) carro de carga de las laptops

g) Data Show

SOFTWARE

a) Plataforma y aplicaciones educativas: aula virtual en una plataforma Moodle.

b) Libros de texto Digital de Primaria regular y primaria multigrado.

c) Portal Nicaragua Educa

d) Plataforma Educativa Tecno Aprendizaje para prosperar.

DISPOSICIONES

Los centros educativos que cuenten con más de un Tecnología Móvil, según modelo de

integración, se designan recursos tecnológicos de la siguiente forma:

La instalación de Tecnología Móvil, permitirá desarrollar el trabajo de los estudiantes y la

interacción con su docente en el aula de clase de forma innovadora y motivadora.

C) Las Tecnologías Móviles para las Escuelas de Educación Especial están

compuestas por:

a) Capacitación a docentes, Asesores/as Pedagógicos de las Delegaciones

Municipales, Asesores/as Departamentales de Tecnología Educativa.

b) Dispositivos: Laptop con software educativos previamente seleccionadas y

evaluadas de acuerdos a criterios de fiabilidad para el uso educativo con los

estudiantes.

Capítulo 5. Funcionamiento, Seguridad, manejo, uso y cuido de las Tecnologías

Móviles

a) El director/a como líder clave del centro educativo, será el principal responsable

del cuido, seguridad y préstamos de los equipos que componen la Tecnología Móvil.

Page 7: Normativa de los Recursos Tecnológicos

7

b) El director/a podrá designar un responsable para el registro en bitácora del

préstamo y control de los equipos de las Tecnologías Móviles. Es necesario que esta

persona esté disponible durante toda la jornada escolar tanto en la mañana como tarde.

c) El director/a orientará a los docentes guías en conjunto con 2 a 3 estudiantes

monitores por cada sección a que se capaciten en el funcionamiento de las Tecnologías

Móviles, con el fin de que apoyen a los docentes de las diferentes disciplinas para el

funcionamiento e integración pedagógica de las Tecnologías Móviles.

d) El director/a como principal responsable de los recursos del centro educativo, debe

garantizar que el responsable designado para el registro en bitácora, descrito en el inciso

a), Capítulo 5, registre siempre el uso de los diferentes dispositivos móviles y

componentes con los que cuenta el Tecnología Móvil. El formato de bitácora a utilizar

será el establecido en el Anexo 1 de la presente normativa.

Capítulo 6. Mecanismo de uso de los Dispositivos Móviles por parte de los

docentes

a) El docente se presentarán a la Dirección o lugar de resguardo, con un grupo de

estudiantes monitores para retirar los equipos y firmar la bitácora de control de préstamo.

Igualmente, y si el centro presta las condiciones de desplazamiento, pueden trasladar al

aula de clase el aula móvil con los dispositivos previamente cargados. En este caso si

las tabletas ya tienen instalada la aplicación móvil a utilizar, estas podrán ser trasladas 2

laptop por cada bolso en caso de que los tengan.

b) El o la docente que solicita el préstamo de los dispositivos móviles, es el responsable

inmediato de los equipos, mientras los tiene en uso en el aula de clase. Al devolver los

equipos, debe entregarlos conforme los retiró y firmar en la bitácora, la devolución de la

misma.

Capítulo 7. Normas de cuido de las Tecnologías Móviles

a) Las Tecnologías Móviles son recursos educativos tecnológicos de uso exclusivo

con los estudiantes docentes y comunidad educativa de los centros que ha sido asignado,

por tanto, deben permanecer en el mismo, de manera que se evite su pérdida o daño.

Page 8: Normativa de los Recursos Tecnológicos

8

b) El espacio físico de resguardo y carga de las Tecnologías Móviles cuando no estén

en uso, será en la Dirección del centro, Lugar designado para el resguardo o Aula de

Tecnología según el espacio disponible y que cumpla con la seguridad requerida por el

MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

C) En las Escuelas de Educación Especial la/el docente debe tomar las medidas de cuido

con el estudiante considerando las particularidades de cada uno:

Las laptops son dispositivos frágiles que pueden dañarse, por lo que se

recomienda al docente estar atento durante su uso, disponer de una mesa donde

el estudiante pueda ubicarla y trabajar con el dispositivo sin dificultad ni temor a

que se le caiga al suelo.

Cuidar que los estudiantes tengan las manos limpias y durante el uso de la tableta

no consuman alimentos ni bebidas que puedan derramar sobre la laptop

D) En los centros educativos e institutos de secundaria que fueron dotados con Aulas

Digitales Móviles, se regirán por su normativa interna ya establecida.

Capítulo 8. Mecanismos de control de seguridad:

Los y las directores de los Centros Educativos deberán garantizar los mecanismos de

control de seguridad siguientes:

a) En época de vacaciones, el director/a deberá garantizar el resguardo de las

equipos que conforman las tecnologías móviles, si el centro educativo no presta

Page 9: Normativa de los Recursos Tecnológicos

9

condiciones extremas de seguridad para el resguardo, éstas se resguardarán en

la Delegación Municipal.

b) El/la docente de tecnología o docente a cargo de los equipos, deberá entregar al

director(a), al final de cada semana el inventario de los recursos TIC disponibles

en el Aula TIC y verificar al inicio de cada semana, el mismo, a fin de garantizar el

buen estado de los equipos.

Capítulo 9. Responsabilidad y Procedimientos ante pérdidas:

a) Al momento de una pérdida o incidencia, el docente que tenga en uso o él

encargado del préstamo de las Tecnologías Móviles, deberá notificar

inmediatamente al director/a del Centro lo sucedido y procederán a levantar un

acta.

b) Una vez notificado al director/a sobre el incidente o perdida de los equipos, éste

a su vez debe inmediatamente interponer formal denuncia, ante la Delegación de

la Policía Nacional de su localidad para su debida investigación, así como a la

delegación ministerial correspondiente.

Capítulo 10. Medidas administrativas ante pérdida de equipo.

a) En caso de que el director/a reporte pérdidas o daños de equipos que componen

el Tecnología Móviles, será la delegación distrital, municipal o departamental

quien reporte al correo [email protected] y [email protected] las

incidencias ocurridas en el centro educativo a fin que de proceder al rastreo de los

equipos móviles.

b) El director/a responsable del resguardo de las Tecnologías Móviles, deberá

informar a la Delegación Municipal y Departamental con copia a la Unidad de

Control de Bienes sobre cualquier pérdida que le ocurriera al activo fijo.

Page 10: Normativa de los Recursos Tecnológicos

10

c) Toda diferencia encontrada por la unidad de control de bienes en los inventarios

personales no justificada, será investigada y en base a la gravedad del caso se

aplicarán las medidas correspondientes conforme la Normativa administrativa

vigente.

Capítulo 11. Medidas administrativas ante daño de equipos.

a) El director/a responsable del resguardo de las Tecnología Móviles ante daño para

reparación o baja, deberá solicitar asistencia técnica al Coordinador de Informática

Departamental (CID) persona asignada por la Dirección de Informática que se

encuentra en la Delegación Departamental, esto para su debida revisión y

reparación técnica de ser necesario en el lugar. En caso contrario el Coordinador

de Informática Departamental (CID) emitirá un diagnóstico del estado del equipo

el cual dejará copia al director e informará a su instancia superior Dirección de

Informática en el área de soporte técnico de la Sede Central para su debida

reparación baja o gestionar la garantía del equipo en caso que esté vigente.

b) Para el traslado de los equipos móviles una vez emitido el diagnóstico por el

Coordinador de Informática Departamental o Asesor Nacional de Tecnología

Educativa de la sede central, será a través de las coordinaciones entre el director

y los delegados municipales y o departamentales quienes estarán colaborando y

apoyando al proceso del proyecto Tecnologías Móviles, se deberá notificar él

envió de los equipos vía correo previamente al área de soporte técnico

[email protected] con copia a [email protected]

Page 11: Normativa de los Recursos Tecnológicos

11

Anexo 1: BITÁCORA DE USO DE AULAS DIGITALES

MOVILES

No

.

Nombr

es y

apellid

os

Carg

o

Fech

a y

Hora

de

salid

a

Objetiv

o del

Présta

mo

Descripci

ón o

detalle de

equipos

Fecha y

hora de

la

Devoluci

ón

Observaciones/Inciden

cias

1 XXXXX

X XXX XXX XXX XXX XXX XXX

Page 12: Normativa de los Recursos Tecnológicos

12

Anexo 2: NORMATIVA DE USO DEL DATA SHOW

I. Uso pedagógico:

a) El Data show es recurso educativo tecnológico, para el uso exclusivo en los

Institutos de Educación Secundaria.

b) El/la director/a deben indicar en su programación mensual, realizada en los

Encuentros de Interaprendizaje (EPI), la selección de los contenidos a desarrollar

en los que se requiere utilizar el Data Show como recurso, a fin de realizar una

planificación ordenada para adecuarse según la disponibilidad de los equipos.

c) El/la director/a deberá garantizar que los docentes reflejen en su plan de clases

la integración de la data show.

d) El/la director/a aprovecharán las reuniones de docentes, cadenas de liderazgo o

los EPI para que se compartan y evalúen las experiencias educativas

implementadas con sus estudiantes, utilizando el data show interactivo.

e) El/la director/a de las disciplinas deben solicitar al docente de tecnología la

búsqueda de recursos educativos en la web u otro medio para ser aprovechados

con el Data Show.

II- Resguardo y control de uso:

Page 13: Normativa de los Recursos Tecnológicos

13

a) Los data show están concebidos para el uso en los Institutos al que

han sido asignados, por tanto, deben permanecer en el mismo de manera que

se evite su pérdida o daño.

b) El espacio físico de ubicación de la data show, cuando no estén en uso, debe

ser en el Aula de Tecnología, aula asignada para el resguardo o dirección del

centro.

c) El/la director/a como responsable de los recursos tecnológicos del centro

educativo, podrá designar un responsable para llevar una bitácora de uso de la

data show en el libro de actas o bien en un libro de registro que se designe.

d) El/la docente de tecnología o persona asignada deberá entregar al director(a),

al final de cada semana el inventario de los recursos TIC disponibles en el

Aula TIC, si lo hay y verificar al inicio de cada semana, el mismo, a fin de

garantizar el buen estado de los equipos.

e) Cada director(a) de centro debe garantizar que los data show ingresen al

inventario de recursos del centro, de forma que cada equipo tenga visible su

código.

f) En ausencia del docente de tecnología, el o la directora(a) del centro será quien

autorice la entrega de la data show a las y los docentes que tienen planificado

su uso, en caso de faltar ambos, el director del centro debe asignar previamente

a un responsable a fin de no limitar su utilización.

g) Los problemas técnicos que presenten los data show deberán ser reportados al

Coordinador de Informática Departamental (CID) correspondiente, quien por

medio de la Delegación Departamental hará llegar el equipo a la Dirección de

Tecnología (DTIC) de la Sede Central del MINED.

Page 14: Normativa de los Recursos Tecnológicos

14

Capítulo 12. Vigencia.

a) Esta normativa debe ser analizada con todo el personal docente del

centro educativo. Una vez cumplido lo anterior, la normativa se debe ser

ubicada en un lugar visible del aula TIC y la Dirección del Centro educativo.

b) La presente Normativa entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación.