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Normativa de los
Recursos
Tecnológicos
2
Contenido
................................................................................................ ¡Error! Marcador no definido.
I- INTRODUCCIÓN ............................................................................................................ 3
El objetivo de esta Normativa es: ........................................................................................ 4
II. Disposiciones Generales: ................................................................................................... 4
Capítulo 1. Ámbito de aplicación de la Normativa................................................................. 4
Capítulo 2. Responsables de aplicación: ............................................................................. 4
Capítulo 3. Integración de las tecnologías como eje transversales: ....................................... 5
III. Normas de Funcionamiento de las Aulas Digitales Móviles. ................................................ 5
Capítulo 4. Tecnología Móvil y sus componentes: ............................................................... 5
HARDWARE ................................................................................................................... 5
SOFTWARE ................................................................................................................... 6
DISPOSICIONES ............................................................................................................ 6
Capítulo 5. Funcionamiento, Seguridad, manejo, uso y cuido de las Aulas Digitales Móviles: 6
Capítulo 6. Mecanismo de uso de los Dispositivos Móviles por parte de los docentes ........... 7
Capítulo 7. Normas de cuido de las Aulas Digitales Móviles. ................................................ 7
Capítulo 8. Mecanismos de control de seguridad: ................................................................ 8
Capítulo 9. Responsabilidad y Procedimientos ante pérdidas: .............................................. 9
Capítulo 10. Medidas administrativas ante pérdida de equipo. .............................................. 9
Capítulo 11. Medidas administrativas ante daño de equipos. ...............................................10
Anexo 1: BITÁCORA DE USO DE AULAS DIGITALES MOVILES ..........................................11
Anexo 2: NORMATIVA DE USO DEL DATA SHOW INTERACTIVO .......................................12
I. Uso pedagógico: .....................................................................................................12
II- Resguardo y control de uso: ........................................................................................12
Capítulo 12. Vigencia. ........................................................................................................14
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I- INTRODUCCIÓN
El Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Tecnología Educativa, en el marco
de la Ruta Educativa “Tecnología Educativa/Laboratorio” está implementando Tecnología
Móvilen centros educativos de secundaria a fin de innovar en el modelo de integración
de tecnología en la educación, como una herramienta más en la construcción de
conocimiento, desarrollo del pensamiento y productividad en el aprendizaje de nuestros
estudiantes elevando así la calidad de la educación. La implementación de este modelo
en los centros educativos público, conlleva a establecer normas y reglamento sobre el
uso pedagógico efectivo, resguardo, cuido, control y medidas administrativas, así como
definir el nivel de responsabilidad de los servidores públicos participantes a través de la
normativa sobre el uso de las Tecnologías Móviles en los centros educativos a nivel
nacional.
Sabemos que los tiempos y espacios de aprendizaje de los contenidos escolares
comenzaron a ampliarse. El aula ha dejado de ser el único espacio para el aprendizaje y
“la hora de clase” dejo de ser el único espacio posible para aprender. El proceso
educativo no solo depende de recursos materiales, sino de adecuados sistemas de
desarrollo humano, planeación, evaluación, organización, articulación y eficiencia que
aseguren resultados positivos previstos en las escuelas, así como la participación activa
y dinámica de los directores, figura clave en la incorporación de las Tecnología Móviles
para lograr una escuela con excelencia, dándole el valor a nuestro trabajo, a nuestra
manera de vivir, a nuestra manera de ser, y darle gracias a Dios y porque nos sentimos
privilegiados y orgullosos de ser nicaragüenses por gracia de Dios.
POR TANTO, SE ESTABLECE LAS SIGUIENTES NORMAS DE INELUDIBLE
CUMPLIMIENTO
4
PRIMERO: Se aprueba “Normativa del Uso de las Tecnologías Digitales Móviles”,
para los centros educativos de Educación Secundaria Regular y Escuelas de Educación
Especial beneficiadas que cuentan con tecnologías móviles.
SEGUNDO: La presente Normativa entrará en vigencia a partir de la fecha de su
publicación.
El objetivo de esta Normativa es:
1- Impulsar el liderazgo directivo en la implementación y aprovechamiento de las
Tecnologías Móviles.
2- Comprender y analizar la presente normativa sobre el funcionamiento correcto de
los componentes que integran las Tecnologías Móviles.
3- Garantizar el cuido y seguridad de los componentes que forman parte de las
Tecnologías Móviles.
4- Establecer mecanismo de uso pedagógico efectivo, resguardo, control y medidas
administrativas, sobre el uso de estos recursos
II. Disposiciones Generales:
Capítulo 1. Ámbito de aplicación de la Normativa.
La presente Normativa va dirigida a los centros educativos de Educación Secundaria
Regular y Escuelas de Educación Especial que han sido protagonistas con este tipo de
tecnología móvil.
Capítulo 2. Responsables de aplicación:
Son responsables de su aplicación el director(a) de la Dirección General de Educación
Primaria Regular y Primaria Multigrado, el director(a) de la Dirección de Educación
Especial y el director(a) de la Dirección de Tecnología Educativa de la Sede Central, los
delegados(as) de las Delegaciones Departamentales y Municipales de cada
5
departamento, así como los directores(as) de Centros Educativos que disponen de
Tecnologías Móviles a nivel nacional.
Los/las Delegados Departamentales, Municipales, el director/a, asesores nacionales,
asesores/as pedagógicos/as departamentales y municipales, deben motivar, promover y
dar seguimiento a la o el docente en el uso de las Tecnologías Móviles en las diferentes
disciplinas, a fin de valorar y promover el aprovechamiento del recurso educativo en el
momento de los aprendizajes. Este seguimiento se realizará conforme lo definido en esta
normativa y el documento “Orientaciones para la elaboración del Plan de trabajo de las
Tecnologías Educativas en los Centros de Estudio”.
Capítulo 3. Integración de las tecnologías como ejes transversales:
Los docentes implementarán el uso de las Tecnologías Móviles en el desarrollo de sus
clases a través de las aplicaciones educativas disponibles en los dispositivos móviles,
así como nuevas aplicaciones educativas que previamente hayan sido validadas por los
docentes especialistas.
Los estudiantes utilizarán los recursos tecnológicos móviles como herramienta de
aprendizaje para la mejora de la calidad educativa.
III. Normas de Funcionamiento de las Tecnologías Móviles.
Capítulo 4. Tecnología Móvil y sus componentes:
Es una tecnología en la que se encuentran recursos educativos que facilitan al estudiante
un mejor aprendizaje, así como acceder a espacios a programas educativos sobre
escritura, diseño, herramientas de monitoreo, dibujos y otros, los cuales serán útiles para
aprender en las diferentes áreas de conocimiento.
a) En los centros educativos, las Tecnología Móviles están compuestas por:
HARDWARE
a) Capacitación a docentes y equipos técnicos.
b) Dispositivos móviles: Laptop.
6
c) Router
d) Servidor de contenidos educativos
e) Impresora para la dirección del centro.
f) carro de carga de las laptops
g) Data Show
SOFTWARE
a) Plataforma y aplicaciones educativas: aula virtual en una plataforma Moodle.
b) Libros de texto Digital de Primaria regular y primaria multigrado.
c) Portal Nicaragua Educa
d) Plataforma Educativa Tecno Aprendizaje para prosperar.
DISPOSICIONES
Los centros educativos que cuenten con más de un Tecnología Móvil, según modelo de
integración, se designan recursos tecnológicos de la siguiente forma:
La instalación de Tecnología Móvil, permitirá desarrollar el trabajo de los estudiantes y la
interacción con su docente en el aula de clase de forma innovadora y motivadora.
C) Las Tecnologías Móviles para las Escuelas de Educación Especial están
compuestas por:
a) Capacitación a docentes, Asesores/as Pedagógicos de las Delegaciones
Municipales, Asesores/as Departamentales de Tecnología Educativa.
b) Dispositivos: Laptop con software educativos previamente seleccionadas y
evaluadas de acuerdos a criterios de fiabilidad para el uso educativo con los
estudiantes.
Capítulo 5. Funcionamiento, Seguridad, manejo, uso y cuido de las Tecnologías
Móviles
a) El director/a como líder clave del centro educativo, será el principal responsable
del cuido, seguridad y préstamos de los equipos que componen la Tecnología Móvil.
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b) El director/a podrá designar un responsable para el registro en bitácora del
préstamo y control de los equipos de las Tecnologías Móviles. Es necesario que esta
persona esté disponible durante toda la jornada escolar tanto en la mañana como tarde.
c) El director/a orientará a los docentes guías en conjunto con 2 a 3 estudiantes
monitores por cada sección a que se capaciten en el funcionamiento de las Tecnologías
Móviles, con el fin de que apoyen a los docentes de las diferentes disciplinas para el
funcionamiento e integración pedagógica de las Tecnologías Móviles.
d) El director/a como principal responsable de los recursos del centro educativo, debe
garantizar que el responsable designado para el registro en bitácora, descrito en el inciso
a), Capítulo 5, registre siempre el uso de los diferentes dispositivos móviles y
componentes con los que cuenta el Tecnología Móvil. El formato de bitácora a utilizar
será el establecido en el Anexo 1 de la presente normativa.
Capítulo 6. Mecanismo de uso de los Dispositivos Móviles por parte de los
docentes
a) El docente se presentarán a la Dirección o lugar de resguardo, con un grupo de
estudiantes monitores para retirar los equipos y firmar la bitácora de control de préstamo.
Igualmente, y si el centro presta las condiciones de desplazamiento, pueden trasladar al
aula de clase el aula móvil con los dispositivos previamente cargados. En este caso si
las tabletas ya tienen instalada la aplicación móvil a utilizar, estas podrán ser trasladas 2
laptop por cada bolso en caso de que los tengan.
b) El o la docente que solicita el préstamo de los dispositivos móviles, es el responsable
inmediato de los equipos, mientras los tiene en uso en el aula de clase. Al devolver los
equipos, debe entregarlos conforme los retiró y firmar en la bitácora, la devolución de la
misma.
Capítulo 7. Normas de cuido de las Tecnologías Móviles
a) Las Tecnologías Móviles son recursos educativos tecnológicos de uso exclusivo
con los estudiantes docentes y comunidad educativa de los centros que ha sido asignado,
por tanto, deben permanecer en el mismo, de manera que se evite su pérdida o daño.
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b) El espacio físico de resguardo y carga de las Tecnologías Móviles cuando no estén
en uso, será en la Dirección del centro, Lugar designado para el resguardo o Aula de
Tecnología según el espacio disponible y que cumpla con la seguridad requerida por el
MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
C) En las Escuelas de Educación Especial la/el docente debe tomar las medidas de cuido
con el estudiante considerando las particularidades de cada uno:
Las laptops son dispositivos frágiles que pueden dañarse, por lo que se
recomienda al docente estar atento durante su uso, disponer de una mesa donde
el estudiante pueda ubicarla y trabajar con el dispositivo sin dificultad ni temor a
que se le caiga al suelo.
Cuidar que los estudiantes tengan las manos limpias y durante el uso de la tableta
no consuman alimentos ni bebidas que puedan derramar sobre la laptop
D) En los centros educativos e institutos de secundaria que fueron dotados con Aulas
Digitales Móviles, se regirán por su normativa interna ya establecida.
Capítulo 8. Mecanismos de control de seguridad:
Los y las directores de los Centros Educativos deberán garantizar los mecanismos de
control de seguridad siguientes:
a) En época de vacaciones, el director/a deberá garantizar el resguardo de las
equipos que conforman las tecnologías móviles, si el centro educativo no presta
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condiciones extremas de seguridad para el resguardo, éstas se resguardarán en
la Delegación Municipal.
b) El/la docente de tecnología o docente a cargo de los equipos, deberá entregar al
director(a), al final de cada semana el inventario de los recursos TIC disponibles
en el Aula TIC y verificar al inicio de cada semana, el mismo, a fin de garantizar el
buen estado de los equipos.
Capítulo 9. Responsabilidad y Procedimientos ante pérdidas:
a) Al momento de una pérdida o incidencia, el docente que tenga en uso o él
encargado del préstamo de las Tecnologías Móviles, deberá notificar
inmediatamente al director/a del Centro lo sucedido y procederán a levantar un
acta.
b) Una vez notificado al director/a sobre el incidente o perdida de los equipos, éste
a su vez debe inmediatamente interponer formal denuncia, ante la Delegación de
la Policía Nacional de su localidad para su debida investigación, así como a la
delegación ministerial correspondiente.
Capítulo 10. Medidas administrativas ante pérdida de equipo.
a) En caso de que el director/a reporte pérdidas o daños de equipos que componen
el Tecnología Móviles, será la delegación distrital, municipal o departamental
quien reporte al correo [email protected] y [email protected] las
incidencias ocurridas en el centro educativo a fin que de proceder al rastreo de los
equipos móviles.
b) El director/a responsable del resguardo de las Tecnologías Móviles, deberá
informar a la Delegación Municipal y Departamental con copia a la Unidad de
Control de Bienes sobre cualquier pérdida que le ocurriera al activo fijo.
10
c) Toda diferencia encontrada por la unidad de control de bienes en los inventarios
personales no justificada, será investigada y en base a la gravedad del caso se
aplicarán las medidas correspondientes conforme la Normativa administrativa
vigente.
Capítulo 11. Medidas administrativas ante daño de equipos.
a) El director/a responsable del resguardo de las Tecnología Móviles ante daño para
reparación o baja, deberá solicitar asistencia técnica al Coordinador de Informática
Departamental (CID) persona asignada por la Dirección de Informática que se
encuentra en la Delegación Departamental, esto para su debida revisión y
reparación técnica de ser necesario en el lugar. En caso contrario el Coordinador
de Informática Departamental (CID) emitirá un diagnóstico del estado del equipo
el cual dejará copia al director e informará a su instancia superior Dirección de
Informática en el área de soporte técnico de la Sede Central para su debida
reparación baja o gestionar la garantía del equipo en caso que esté vigente.
b) Para el traslado de los equipos móviles una vez emitido el diagnóstico por el
Coordinador de Informática Departamental o Asesor Nacional de Tecnología
Educativa de la sede central, será a través de las coordinaciones entre el director
y los delegados municipales y o departamentales quienes estarán colaborando y
apoyando al proceso del proyecto Tecnologías Móviles, se deberá notificar él
envió de los equipos vía correo previamente al área de soporte técnico
[email protected] con copia a [email protected]
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Anexo 1: BITÁCORA DE USO DE AULAS DIGITALES
MOVILES
No
.
Nombr
es y
apellid
os
Carg
o
Fech
a y
Hora
de
salid
a
Objetiv
o del
Présta
mo
Descripci
ón o
detalle de
equipos
Fecha y
hora de
la
Devoluci
ón
Observaciones/Inciden
cias
1 XXXXX
X XXX XXX XXX XXX XXX XXX
12
Anexo 2: NORMATIVA DE USO DEL DATA SHOW
I. Uso pedagógico:
a) El Data show es recurso educativo tecnológico, para el uso exclusivo en los
Institutos de Educación Secundaria.
b) El/la director/a deben indicar en su programación mensual, realizada en los
Encuentros de Interaprendizaje (EPI), la selección de los contenidos a desarrollar
en los que se requiere utilizar el Data Show como recurso, a fin de realizar una
planificación ordenada para adecuarse según la disponibilidad de los equipos.
c) El/la director/a deberá garantizar que los docentes reflejen en su plan de clases
la integración de la data show.
d) El/la director/a aprovecharán las reuniones de docentes, cadenas de liderazgo o
los EPI para que se compartan y evalúen las experiencias educativas
implementadas con sus estudiantes, utilizando el data show interactivo.
e) El/la director/a de las disciplinas deben solicitar al docente de tecnología la
búsqueda de recursos educativos en la web u otro medio para ser aprovechados
con el Data Show.
II- Resguardo y control de uso:
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a) Los data show están concebidos para el uso en los Institutos al que
han sido asignados, por tanto, deben permanecer en el mismo de manera que
se evite su pérdida o daño.
b) El espacio físico de ubicación de la data show, cuando no estén en uso, debe
ser en el Aula de Tecnología, aula asignada para el resguardo o dirección del
centro.
c) El/la director/a como responsable de los recursos tecnológicos del centro
educativo, podrá designar un responsable para llevar una bitácora de uso de la
data show en el libro de actas o bien en un libro de registro que se designe.
d) El/la docente de tecnología o persona asignada deberá entregar al director(a),
al final de cada semana el inventario de los recursos TIC disponibles en el
Aula TIC, si lo hay y verificar al inicio de cada semana, el mismo, a fin de
garantizar el buen estado de los equipos.
e) Cada director(a) de centro debe garantizar que los data show ingresen al
inventario de recursos del centro, de forma que cada equipo tenga visible su
código.
f) En ausencia del docente de tecnología, el o la directora(a) del centro será quien
autorice la entrega de la data show a las y los docentes que tienen planificado
su uso, en caso de faltar ambos, el director del centro debe asignar previamente
a un responsable a fin de no limitar su utilización.
g) Los problemas técnicos que presenten los data show deberán ser reportados al
Coordinador de Informática Departamental (CID) correspondiente, quien por
medio de la Delegación Departamental hará llegar el equipo a la Dirección de
Tecnología (DTIC) de la Sede Central del MINED.
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Capítulo 12. Vigencia.
a) Esta normativa debe ser analizada con todo el personal docente del
centro educativo. Una vez cumplido lo anterior, la normativa se debe ser
ubicada en un lugar visible del aula TIC y la Dirección del Centro educativo.
b) La presente Normativa entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación.