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TEMA 5. NORMATIVA SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. 1 Marco normativo sobre seguridad y salud. La ley de prevención de riesgos laborables (LPRL) es el marco normativo donde se apoya todo el desarrollo en materia de seguridad. Acta única europea (Art. 118A). Convenio de la OIT (155). - PowerPoint PPT Presentation
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Normativa españolaNormativa internacional
TEMA 5. NORMATIVA SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
Directiva marco: 89/391/CEEVarios grupos de Directivas de “nuevo enfoque”
Convenio de la OIT(155)
Constitución española Art. 15 /Art.40.2 /Art. 43.1
Ley de Prevención de riesgos Laborables (LPRL) Finales 1995
Desarrollo de la legislación específica sobre seguridad y salud en el trabajo
La ley de prevención de riesgos laborables (LPRL) es el marco normativo donde se apoya todo el desarrollo en materia de seguridad
1.1 Marco normativo sobre seguridad y salud.
Acta única europea(Art. 118A)
Legislación general que desarrolla la L.P.R.L.
Legislación específica del sector electrotécnico
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Legislación general que desarrolla la L.P.R.L.
• Reglamento de los servicios de prevención
• Reales decretos sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud
• Reglamento de seguridad en las máquinas
Legislación específica del sector electrotécnico
• Reglamento electrotécnico de baja tensión• Ley del sector eléctrico• Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de transformación• Reglamento sobre líneas eléctricas aéreas de alta tensión• Legislación reguladora de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones
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5.1 LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORABLESSu objetivo es promover la seguridad y salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y desarrollo de actividades para la prevención de accidentes en su puesto de trabajo.
LPRL seClasifica:
El conjunto de actuaciones a realizar en materia de seguridad por cada uno delos siguientes colectivos
• Empresarios• Trabajadores• Fabricantes, importadores y suministradores de maquinaria y equipos
• Las administraciones públicas
Con sus derechos y obligaciones en materia de seguridad
CAPÍTULO I: Objeto, ámbito y definiciones (arts. 1-4) CAPÍTULO II: Política en materia de riesgos para proteger la seguridad y salud en el trabajo (arts. 5-13)
CAPÍTULO III: Derechos y obligaciones (arts. 14-29)
CAPÍTULO IV: Servicios de prevención (arts. 30-32)
CAPÍTULO V: Consulta y participación de los trabajadores (arts.33-40)
CAPÍTULO VI: Obligación de los fabricantes, importadores y suministradores (art. 41)
CAPÍTULO VII: Responsabilidad y sanciones (arts. 42-54) DISPOSICIONES ADICIONALES
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Aborda: la evaluación de riesgos, para una buena planificación de la prevención en la empresa
Para que la actividad preventiva que realiza la empresa queda garantizada a través de una acreditación por la autoridad laboral, de los servicios de prevención externos y por la auditoría externa del sistema de prevención
5.2 REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN
5.3 REALES DECRETOS SOBRE DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD
Se van aprobando R.D. que desarrollan la LPRL y transponen Directivas comunitariasRelacionadas con la salud y seguridad de los trabajadores:
R.D.485/1997 de 14 de abril sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo
R.D.486/1997 de 14 de abril sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo
R.D.487/1997 de 14 de abril sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas en entrañe riesgo para el trabajador
R.D.488/1997 de 14 de abril sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización de datos.
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5.3 REALES DECRETOS SOBRE DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD
R.D.1215/1997 de 18 de julio sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de equipos de trabajo
R.D.216/1999 de 5 de febrero sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las empresas de trabajo temporal
R.D.1316/1989 de 27 de octubre sobre protección de trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo
R.D.773/1997 de 30 de mayo sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual (EPIs)
5.4 NORMATIVA APLICABLE A LA SEGURIDAD EN MÁQUINAS
• Carretillas automotoras de manutención • Cables, cadenas y ganchos• Máquinas de elevación de personas (no ascensores)• Materiales y maquinaria de obra, etc.
5.5 NORMATIVA DEL SECTOR ELECTROTÉCNICO