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NORMATIVA NORMATIVA AERONAÚTICA AERONAÚTICA

Normativa Parte 1 con EDU

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Tema de normativa de Edu, SEV111

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Page 1: Normativa Parte 1 con EDU

NORMATIVA NORMATIVA AERONAÚTICAAERONAÚTICA

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““LA IGNORANCIA DE LAS LA IGNORANCIA DE LAS LEYES NO EXIME DE SU LEYES NO EXIME DE SU

CUMPLIMIENTO”CUMPLIMIENTO”

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EVOLUCIÓN DE LA EVOLUCIÓN DE LA LEGISLACIÓN:LEGISLACIÓN:

En 1903 los hermanos Wright En 1903 los hermanos Wright realizan el primer vuelo en la pradera realizan el primer vuelo en la pradera Kitty Hawk el 17 de diciembre.Kitty Hawk el 17 de diciembre.

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EVOLUCIÓN DE LA EVOLUCIÓN DE LA LEGISLACIÓN:LEGISLACIÓN:

Surge la necesidad de regular:Surge la necesidad de regular:

En 1908, 10 globos alemanes cruzan En 1908, 10 globos alemanes cruzan la frontera francesa sin permiso.la frontera francesa sin permiso.

En 1910 cuatro colisiones en vuelo en En 1910 cuatro colisiones en vuelo en UK UK

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EVOLUCIÓN DE LA EVOLUCIÓN DE LA LEGISLACIÓN:LEGISLACIÓN:

A partir de la 1ª GM se ve la A partir de la 1ª GM se ve la aviación como un arma más que aviación como un arma más que pone en peligro soberanía de los pone en peligro soberanía de los Edos.Edos.

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ANTECEDENTES:ANTECEDENTES:

• NECESIDAD DE ESTABLECER NORMAS.NECESIDAD DE ESTABLECER NORMAS.

• CONVENCIÓN DE PARIS (1919)CONVENCIÓN DE PARIS (1919)

• CONVENIO IBEROAMERICANO (1926)CONVENIO IBEROAMERICANO (1926)

• CONVENCIÓN DE LA HABANA (1929)CONVENCIÓN DE LA HABANA (1929)

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CONVENCIÓN DE PARÍS CONVENCIÓN DE PARÍS (1917)(1917) Acaba la 1ª G.M. los aliados Acaba la 1ª G.M. los aliados

proponen un convenio. proponen un convenio. Se reúnen 33 Estados. Se reúnen 33 Estados. Se crea CINA (Comisión Int de la N.A.)Se crea CINA (Comisión Int de la N.A.)

PROBLEMA!!!!! No USA, RUSIA.PROBLEMA!!!!! No USA, RUSIA. PROBLEMA!!!!!!!!!!! DESIGUALDAD.PROBLEMA!!!!!!!!!!! DESIGUALDAD.

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Convenio iberoamericano de Convenio iberoamericano de N.A.N.A.

No se crea ningún org permanente.No se crea ningún org permanente.

España, Portugal + 19 Estados.España, Portugal + 19 Estados.

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CONVENCIÓN DE LA HABANA CONVENCIÓN DE LA HABANA (1929).(1929).

SE FIRMA EL CONVENIO DE LA SE FIRMA EL CONVENIO DE LA

HABANAHABANA

LO FIRMAN USA + 11LO FIRMAN USA + 11

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EVOLUCIÓN DE LA EVOLUCIÓN DE LA LEGISLACIÓN:LEGISLACIÓN:

Llega la 2ª GM.Llega la 2ª GM.

Gran evolución de la aviación.Gran evolución de la aviación.

En 1942 se reúnen USA, UK y CANADÁ En 1942 se reúnen USA, UK y CANADÁ para ver el futuro tras la Guerra.para ver el futuro tras la Guerra.

Y el 1 Noviembre de Y el 1 Noviembre de 1944……………………1944……………………

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CONVENIO DE CHICAGO:CONVENIO DE CHICAGO:

Se reúnen en Chicago entre el 1 de Se reúnen en Chicago entre el 1 de Noviembre y el 7 de Diciembre de 1944 52 Noviembre y el 7 de Diciembre de 1944 52 países ( España incluida ). Actualmente 190 países ( España incluida ). Actualmente 190 países.países.

Se tratan de resolver 3 problemas Se tratan de resolver 3 problemas fundamentales:fundamentales:

Adaptación de las normas jurídicas vigentes.Adaptación de las normas jurídicas vigentes. Derechos aerocomerciales en el tráfico aéreo Derechos aerocomerciales en el tráfico aéreo

internacional.internacional. Creación de un organismo que vele por el TAI. Creación de un organismo que vele por el TAI. 4 partes, 96 artículos y 18 anexos.4 partes, 96 artículos y 18 anexos.

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Convenio Convenio de de

Chicago Chicago

NAVEGACIÓNNAVEGACIÓNAÉREAAÉREA

OACIOACI T.A.IT.A.I DISPOSICIONESDISPOSICIONESFINALESFINALES

ANEXOSANEXOS

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LA OACI LA OACI (Organización de Aviación Civil Internacional)(Organización de Aviación Civil Internacional)

Sede principal en Sede principal en Montreal (Canadá).Montreal (Canadá). OACI OACI

ASAMBLEA CONSEJO

NO PERMANTENO PERMANTE PERMANTEPERMANTE

El objetivo principal de la OACI viene El objetivo principal de la OACI viene recogido en el articulo 44 del convenio de recogido en el articulo 44 del convenio de Aviación Civil Internacional es:Aviación Civil Internacional es:

Fomentar el desarrollo del transporte Fomentar el desarrollo del transporte aéreo internacional mediante el aéreo internacional mediante el establecimiento de principios, acuerdos, establecimiento de principios, acuerdos, normas y reglamentos necesarios para la normas y reglamentos necesarios para la seguridad, regularidad y economía del seguridad, regularidad y economía del transporte aéreo. Idiomas oficiales chino, transporte aéreo. Idiomas oficiales chino, ruso, inglés, francés y español.ruso, inglés, francés y español.

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SOBERANÍA:SOBERANÍA:

Todo Estado tiene soberanía plena Todo Estado tiene soberanía plena sobre su territorio y sobre las aguas sobre su territorio y sobre las aguas territoriales adyacentes.territoriales adyacentes.

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ANEXOS AL CONVENIO:ANEXOS AL CONVENIO:1.- Licencias al personal.1.- Licencias al personal.2.- Reglas del aire.2.- Reglas del aire.3.- Meteorología.3.- Meteorología.4.- Cartas aeronáuticas.4.- Cartas aeronáuticas.5.- Unidades de medida.5.- Unidades de medida.6.- 6.- Operación de aeronavesOperación de aeronaves..7.- Marcas de nacionalidad y matrícula.7.- Marcas de nacionalidad y matrícula.8.- Aeronavegabilidad.8.- Aeronavegabilidad.9.- 9.- Facilitación.Facilitación.

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ANEXOS AL CONVENIO:ANEXOS AL CONVENIO:

10.- 10.- Telecomunicaciones Aeronáuticas.Telecomunicaciones Aeronáuticas.

11.- Servicios de Tránsito Aéreo. 11.- Servicios de Tránsito Aéreo.

12.- Búsqueda y Salvamento.12.- Búsqueda y Salvamento.

13.- Investigación de accidentes e incidentes.13.- Investigación de accidentes e incidentes.

14.- Aeródromos.14.- Aeródromos.

15.- Servicios de Información aeronáutica.15.- Servicios de Información aeronáutica.

16.- Protección de Medio Ambiente.16.- Protección de Medio Ambiente.

17.- Seguridad.17.- Seguridad.

18.- 18.- Transporte de Mercancías Transporte de Mercancías PeligrosasPeligrosas . .

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1ª.- DERECHO A EJERCER EL 1ª.- DERECHO A EJERCER EL SOBREVUELO SOBRE UN SOBREVUELO SOBRE UN

ESTADOESTADOEjemplo: Iberia vuela por encima de países Ejemplo: Iberia vuela por encima de países

europeos en su vuelo a Dinamarcaeuropeos en su vuelo a Dinamarca

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2ª.- DERECHO A EFECTUAR 2ª.- DERECHO A EFECTUAR ESCALA TÉCNICA ESCALA TÉCNICA

( SIN FIN COMERCIAL).( SIN FIN COMERCIAL).

Ejemplo: Iberia reposta combustible en el Ejemplo: Iberia reposta combustible en el Alemania en su vuelo a DinamarcaAlemania en su vuelo a Dinamarca

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3ª.- DERECHO A DESEMBARCAR 3ª.- DERECHO A DESEMBARCAR PAX, CARGA, CORREO PAX, CARGA, CORREO

PROCEDENTE DEL ESTADO DE PROCEDENTE DEL ESTADO DE MATRÍCULAMATRÍCULA

Iberia lleva pasajeros, carga y correo a Iberia lleva pasajeros, carga y correo a DinamarcaDinamarca

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4ª.- DERECHO A EMBARCAR 4ª.- DERECHO A EMBARCAR PAX, CARGA Y CORREO CON PAX, CARGA Y CORREO CON

DESTINO AL ESTADO DE DESTINO AL ESTADO DE MATRICULAMATRICULA

Iberia trae pasajeros, carga y correo de Iberia trae pasajeros, carga y correo de Dinamarca a EspañaDinamarca a España

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5ª.- DERECHO A EMBARCAR Y 5ª.- DERECHO A EMBARCAR Y DESEMBARCAR PAX, CARGA Y DESEMBARCAR PAX, CARGA Y

CORREO CON DESTINO O CORREO CON DESTINO O PROCEDENTE DE TERCEROS PROCEDENTE DE TERCEROS

ESTADOS.ESTADOS.

Iberia toma pasajeros en Alemania con destino a Iberia toma pasajeros en Alemania con destino a Dinamarca (5ª Libertad entre España y Alemania)Dinamarca (5ª Libertad entre España y Alemania)Iberia toma pasajeros de Dinamarca con destino a Iberia toma pasajeros de Dinamarca con destino a Alemania (5ª Libertad entre España y Dinamarca)Alemania (5ª Libertad entre España y Dinamarca)

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6ª.- HACER ESCALAS 6ª.- HACER ESCALAS COMERCIALES EN EL ESTADO DE COMERCIALES EN EL ESTADO DE

MATRICULAMATRICULA

Iberia toma pasajeros en Alemania para Iberia toma pasajeros en Alemania para llevarlos a Brasil con escala en Madrid e llevarlos a Brasil con escala en Madrid e

incluso con cambio de avión.incluso con cambio de avión.

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7ª. DERECHO A QUE EL 7ª. DERECHO A QUE EL OPERADOR AÉREO DE UN OPERADOR AÉREO DE UN

ESTADO TRANSPORTE TRÁFICO ESTADO TRANSPORTE TRÁFICO COMERCIAL ENTERAMENTE COMERCIAL ENTERAMENTE FUERA DE SU TERRITORIO. FUERA DE SU TERRITORIO.

Iberia transporta pasajeros, carga y correo entre Iberia transporta pasajeros, carga y correo entre Alemania y Dinamarca, sin venir a España con Alemania y Dinamarca, sin venir a España con

un avión basado en Alemaniaun avión basado en Alemania

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8ª.- 8ª.- El derecho a que el El derecho a que el operador aéreo de un estado operador aéreo de un estado transporte tráfico comercial transporte tráfico comercial dentro del territorio de otro dentro del territorio de otro

estado (cabotaje)estado (cabotaje)

Iberia transporta pasajeros entre Berlin y Iberia transporta pasajeros entre Berlin y Stuttgart (ambas en Alemania)Stuttgart (ambas en Alemania)

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Convenio de Varsovia Convenio de Varsovia (1929)(1929) Tiene por objeto la regulación del transporte Tiene por objeto la regulación del transporte

internacional de personas, equipajes y internacional de personas, equipajes y mercancías.mercancías.

Determina el contenido del billete de Determina el contenido del billete de pasaje, el talón de equipajes y la carta de pasaje, el talón de equipajes y la carta de porte aéreo.porte aéreo.

Fija el sistema de responsabilidad subjetiva Fija el sistema de responsabilidad subjetiva del transportista y fija las indemnizaciones a del transportista y fija las indemnizaciones a pagar por el porteador responsable del daño. pagar por el porteador responsable del daño.

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Convenio de Tokio (1963)Convenio de Tokio (1963)

Sobre las infracciones y ciertos otros actos Sobre las infracciones y ciertos otros actos cometidos a bordo de las aeronaves.cometidos a bordo de las aeronaves.

Empleo de la fuerza, ordenar a la tripulación o Empleo de la fuerza, ordenar a la tripulación o solicitar al pasaje ayuda.solicitar al pasaje ayuda.

Entra en vigor según el convenio desde que se Entra en vigor según el convenio desde que se aplica potencia de despegue y desde el cierre de aplica potencia de despegue y desde el cierre de las puertas para comandante.las puertas para comandante.

Se juzga por las leyes del estado de matricula, Se juzga por las leyes del estado de matricula, excepto que los actos atenten contra la seguridad excepto que los actos atenten contra la seguridad u ocasionen daños en dicho pais.u ocasionen daños en dicho pais.

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Convenio de Roma (1952)Convenio de Roma (1952)

Daños causados por las aeronaves a Daños causados por las aeronaves a terceros en la superficieterceros en la superficie

Ratificado por España en 1957Ratificado por España en 1957

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Convenio de la Haya (1970)Convenio de la Haya (1970)

Regula las facultades y obligaciones Regula las facultades y obligaciones de los Estados respecto al delito de de los Estados respecto al delito de apoderamiento ilícito de aeronaves.apoderamiento ilícito de aeronaves.

Ratificado por España 1972Ratificado por España 1972

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Convenio de Montreal Convenio de Montreal (1971)(1971)

Trata sobre la represión de actos Trata sobre la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la ilícitos contra la seguridad de la aviación civil.aviación civil.

Ratificado por España 1972Ratificado por España 1972

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ORGANIZACIONES ORGANIZACIONES INTERNACIONALESINTERNACIONALES

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FAA (Federal Aviation Administration)FAA (Federal Aviation Administration)FAR(Federal Aviation Regulation)FAR(Federal Aviation Regulation)

IATA (International Air Transport IATA (International Air Transport Association)Association)IACA (International Air Carrier Association)IACA (International Air Carrier Association)ERA (European Regional Assotiation)ERA (European Regional Assotiation)EASA (Agencia Europea de Seguridad EASA (Agencia Europea de Seguridad Aérea)Aérea)

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CEAC CEAC (Comisión Europea de Aviación (Comisión Europea de Aviación Civil) Civil) EUROCONTROLEUROCONTROL, , Organización Europea Organización Europea para el Estudio y Explotación de las Ayudas de para el Estudio y Explotación de las Ayudas de Tráfico Aéreo.Tráfico Aéreo.AECA (AECA (Asociación Española de Compañías Asociación Española de Compañías Aéreas) Aéreas)

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Page 38: Normativa Parte 1 con EDU

JAAJAA

Se crea a principios de los 90, para Se crea a principios de los 90, para establecer normas conjuntas y de establecer normas conjuntas y de aplicación en todos los Estados aplicación en todos los Estados miembros, en el ámbito de la miembros, en el ámbito de la seguridad operacional de Aviación seguridad operacional de Aviación conjuntaconjunta

estas normas se llaman estas normas se llaman JARJAR

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OBJETIVOS JAA:OBJETIVOS JAA:

o Asegurar altos niveles de seguridad, Asegurar altos niveles de seguridad, comunes a todos los Estados comunes a todos los Estados miembros, mediante la cooperación miembros, mediante la cooperación entre todos ellos.entre todos ellos.

o Contribuir al desarrollo de una Contribuir al desarrollo de una competencia adecuado entre los competencia adecuado entre los Estados miembrosEstados miembros

o Aspirar a conseguir la seguridad con Aspirar a conseguir la seguridad con una mínima carga reguladora.una mínima carga reguladora.

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FUNCIONES DE LA JAAFUNCIONES DE LA JAA

o Desarrollar las Desarrollar las JARJAR

o Poner en práctica las JARPoner en práctica las JAR

o Establecer procedimientos para la Establecer procedimientos para la certificación conjunta de productos y certificación conjunta de productos y servicios aeronáuticos.servicios aeronáuticos.

o Cooperar sobre todo con la Cooperar sobre todo con la FAAFAA

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JARJAR• Para nosotros la + importante será:Para nosotros la + importante será:

– JJAR-OPS 1 SUBPARTE O. AR-OPS 1 SUBPARTE O. • normas operativas generales, el equipamiento de las aeronaves y la normas operativas generales, el equipamiento de las aeronaves y la

formación y entrenamiento de las tripulaciones y del personal formación y entrenamiento de las tripulaciones y del personal involucrado en la operación aérea.involucrado en la operación aérea.

– SUBPARTE QSUBPARTE Q• LIMITACIONES DEL TIEMPO DE VUELO Y ACTIVIDAD Y REQUISITOS DE DESCANSOLIMITACIONES DEL TIEMPO DE VUELO Y ACTIVIDAD Y REQUISITOS DE DESCANSO

– JAR-FCL 1JAR-FCL 1• requisitos para obtener la titulación necesaria para actuar como requisitos para obtener la titulación necesaria para actuar como

tripulante de vuelotripulante de vuelo

– JAR-FCL 3JAR-FCL 3• pruebas médicas que los tripulantes de vuelo y de cabina de pruebas médicas que los tripulantes de vuelo y de cabina de

pasajeros deben superar para ejercer como tales tripulantes.pasajeros deben superar para ejercer como tales tripulantes.

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LA LEY DE NAVEGACIÓN LA LEY DE NAVEGACIÓN AÉREA (1960)AÉREA (1960)• Tiene 19 CapítulosTiene 19 Capítulos

• Soberanía nacionalSoberanía nacional

• De las aeronavesDe las aeronaves

• MatrículasMatrículas

• Registros y documentos que deben llevar a bordoRegistros y documentos que deben llevar a bordo

• De los aeropuertos y aeródromosDe los aeropuertos y aeródromos

• Del personal aeronáuticoDel personal aeronáutico

• Del tráfico aéreoDel tráfico aéreo

• Del contrato de transporteDel contrato de transporte

• De los seguros aéreos y responsabilidades en caso de De los seguros aéreos y responsabilidades en caso de accidenteaccidente

• De la aviación privada y las escuelas de aviaciónDe la aviación privada y las escuelas de aviación

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LEY PENAL Y PROCESAL DE LEY PENAL Y PROCESAL DE LA NAVEGACIÓN AÉREA LA NAVEGACIÓN AÉREA (1964)(1964) Se tipifican y se establecen las penas a imponer a los Se tipifican y se establecen las penas a imponer a los

autores de los delitos y faltas contra la seguridad de las autores de los delitos y faltas contra la seguridad de las aeronaves, el tráfico aéreo, el abandono de servicio, la aeronaves, el tráfico aéreo, el abandono de servicio, la ingestión de bebidas alcohólicas o drogas, el transporte ingestión de bebidas alcohólicas o drogas, el transporte de armas, gases tóxicos y mercancías peligrosas, el de armas, gases tóxicos y mercancías peligrosas, el ejercicio de la profesión sin la correspondiente ejercicio de la profesión sin la correspondiente titulación, el apoderamiento ilícito de las aeronaves, titulación, el apoderamiento ilícito de las aeronaves, la denegación de auxilio, los delitos contra la la denegación de auxilio, los delitos contra la autoridad (maltrato, desacato, desobediencia, autoridad (maltrato, desacato, desobediencia, amenazas), el abuso de autoridad, la negligencia, amenazas), el abuso de autoridad, la negligencia, imprudencia e impericia, la falsedad de documentos y imprudencia e impericia, la falsedad de documentos y matrículas de la aeronave, los delitos contra la matrículas de la aeronave, los delitos contra la propiedad (robos y hurtos), el polizonaje y los delitos propiedad (robos y hurtos), el polizonaje y los delitos contra la seguridad aérea y la policía del aeropuerto.contra la seguridad aérea y la policía del aeropuerto.

Page 44: Normativa Parte 1 con EDU

LEY DE SEGURIDAD AÉREA LEY DE SEGURIDAD AÉREA (2003)(2003)

• Complementa la Ley de Navegación Complementa la Ley de Navegación Aérea con una norma legal que regula Aérea con una norma legal que regula las potestades públicas de ordenación y las potestades públicas de ordenación y supervisión de la aviación civil, supervisión de la aviación civil, determina sus fines y dota a la autoridad determina sus fines y dota a la autoridad aeronáutica con los medios necesarios aeronáutica con los medios necesarios para asegurar la regularidad de los para asegurar la regularidad de los servicios aeronáuticos y el orden y la servicios aeronáuticos y el orden y la seguridad del transporte aéreo.seguridad del transporte aéreo.

Page 45: Normativa Parte 1 con EDU

EU OPS 1 (2008)EU OPS 1 (2008)

• Modificaciones de la JAR OPS 1 sobre Modificaciones de la JAR OPS 1 sobre Requisitos Técnicos y Requisitos Técnicos y procedimientos administrativos procedimientos administrativos comunes aplicables al transporte comunes aplicables al transporte comercial por avión aplicable en comercial por avión aplicable en Europa.Europa.

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CIRCULARES OPERATIVAS DE CIRCULARES OPERATIVAS DE LA AUTORIDAD AERONAÚTICALA AUTORIDAD AERONAÚTICA

• Entre estas pueden citarse como Entre estas pueden citarse como más importantes, la circular 16-B que más importantes, la circular 16-B que regula las condiciones mínimas de regula las condiciones mínimas de trabajo y descanso de las trabajo y descanso de las tripulaciones, o la que regula la tripulaciones, o la que regula la concesión de certificados de vuelo concesión de certificados de vuelo para los tripulantes de cabina de para los tripulantes de cabina de pasajeros.pasajeros.

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MANUAL DE OPERACIONES DE MANUAL DE OPERACIONES DE LA COMPAÑIALA COMPAÑIA

• Las compañías aéreas deben tener un Las compañías aéreas deben tener un Manual de Operaciones, en el que se Manual de Operaciones, en el que se contengan todas las instrucciones e contengan todas las instrucciones e información necesaria para que el información necesaria para que el personal de operaciones pueda realizar personal de operaciones pueda realizar sus funciones.sus funciones.

Page 48: Normativa Parte 1 con EDU

ORGANISMOS NACIONALES ORGANISMOS NACIONALES DE AVIACIÓN CIVILDE AVIACIÓN CIVIL

AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AÉREA (AESA)AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AÉREA (AESA)

LA DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL ( DGAC ).LA DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL ( DGAC ).

AEROPUERTOS ESPAÑOLES Y NAVEGACIÓN AÉREA AEROPUERTOS ESPAÑOLES Y NAVEGACIÓN AÉREA (AENA).(AENA).

SOCIEDAD ENSEÑANZAS AERONÁUTICAS CIVILES SOCIEDAD ENSEÑANZAS AERONÁUTICAS CIVILES (SENASA)(SENASA)

COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL (CIAIAC)INCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL (CIAIAC)

COMISION DE ESTUDIO Y ANALISIS DE COMISION DE ESTUDIO Y ANALISIS DE NOTIFICACIONES DE INCIDENTES DE TRAFICO AEREO NOTIFICACIONES DE INCIDENTES DE TRAFICO AEREO (CEANITA)(CEANITA)

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LA DGACLA DGACMINISTERIO

DE FOMENTO

DGAC DGAC

S GENERALDE EXPLOTACIÓN

S GENERAL DE CONTROL

S GENERAL DE SISTEMAS DE NA Y AEROPUERTOS

Page 50: Normativa Parte 1 con EDU

DGACDGAC

• Responsabilidades asignadas en la Ley de Responsabilidades asignadas en la Ley de Seguridad aérea:Seguridad aérea:– Ordenación e inspección de actividades y Ordenación e inspección de actividades y

seguridad en el TA.seguridad en el TA.– Análisis e informe de nuevas infraestructuras Análisis e informe de nuevas infraestructuras

aeroportuarias y de NA.aeroportuarias y de NA.– Regulación y expedición de títulos.Regulación y expedición de títulos.– Dirección de la Comisión de accidentes aéreos.Dirección de la Comisión de accidentes aéreos.– Registro de matrícula de aeronaves.Registro de matrícula de aeronaves.– Dirección y coordinación de las actividades de Dirección y coordinación de las actividades de

las Delegaciones de Seguridad en Vuelo. las Delegaciones de Seguridad en Vuelo.

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AENAAENA

• Creado en 1990 con la forma de Entidad Creado en 1990 con la forma de Entidad Pública Empresarial y dependiente del Pública Empresarial y dependiente del Ministerio de Fomento.Ministerio de Fomento.

• Funciones: ( en los 39 AD)Funciones: ( en los 39 AD)– Ordenación, dirección, coordinación, Ordenación, dirección, coordinación,

explotación, gestión y admon de los ATS, explotación, gestión y admon de los ATS, COM, FIS, AD.COM, FIS, AD.

– Aprobación y ejecución y control de Aprobación y ejecución y control de proyectos e inversionesproyectos e inversiones

Page 52: Normativa Parte 1 con EDU

SENASASENASA

• En 1990 se constituye SENASA (“Sociedad Estatal para las En 1990 se constituye SENASA (“Sociedad Estatal para las enseñanzas aeronáuticas”) como sociedad pública enseñanzas aeronáuticas”) como sociedad pública participada al 100% por el Estado Español y adscrita al participada al 100% por el Estado Español y adscrita al Ministerio de Fomento por medio de DGAC.Su principal objeto Ministerio de Fomento por medio de DGAC.Su principal objeto social era el de la formación de pilotos de aeronaves y la social era el de la formación de pilotos de aeronaves y la realización de las prácticas para la obtención, homologación, realización de las prácticas para la obtención, homologación, convalidación y renovación de titulos aeronáuticos.convalidación y renovación de titulos aeronáuticos.

• En 1992 SENASA amplía su objeto social adoptando el de la En 1992 SENASA amplía su objeto social adoptando el de la formación de controladores aéreos, el mantenimiento de las formación de controladores aéreos, el mantenimiento de las aeronaves y formación de pilotos de aviación deportiva.aeronaves y formación de pilotos de aviación deportiva.

• En 2006 se le cambia su denominación social por la de: En 2006 se le cambia su denominación social por la de: “Servicios y Estudios para la Navegación Aérea y la seguridad “Servicios y Estudios para la Navegación Aérea y la seguridad aeronáutica.”aeronáutica.”

Page 53: Normativa Parte 1 con EDU

CIAIACCIAIAC

• Sus siglas corresponden a “Comisión de Investigación de Sus siglas corresponden a “Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil”Accidentes e Incidentes de Aviación Civil”

• Es el organismo encargado de investigar los accidentes e Es el organismo encargado de investigar los accidentes e incidentes graves de aviación civil que se producen en incidentes graves de aviación civil que se producen en territorio español.territorio español.

• Es un organismo colegiado adscrito al Ministerio de Es un organismo colegiado adscrito al Ministerio de Fomento pero independiente de AESA y DGAC. La razón de Fomento pero independiente de AESA y DGAC. La razón de esta independencia es la de poder garantizar la plena esta independencia es la de poder garantizar la plena objetividad en el desarrollo de las investigaciones.objetividad en el desarrollo de las investigaciones.

• La CIAIC cuenta con personal altamente cualificado para la La CIAIC cuenta con personal altamente cualificado para la elaboración de sus investigaciones y además cuenta con elaboración de sus investigaciones y además cuenta con colaboraciones puntuales de otros organismos o colaboraciones puntuales de otros organismos o especialistas externos.especialistas externos.

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CEANITACEANITA

• El órgano encargado de gestionar las notificaciones de El órgano encargado de gestionar las notificaciones de incidentes de tránsito aéreo en España es CEANITA (Comisión incidentes de tránsito aéreo en España es CEANITA (Comisión de Estudio y Análisis de Notificaciones de Incidentes de Tránsito de Estudio y Análisis de Notificaciones de Incidentes de Tránsito aéreo) Es un órgano interministerial colegiado adscrito a AESAaéreo) Es un órgano interministerial colegiado adscrito a AESA

• Funciona desde 1980 pero a partir de 2003 con la nueva Funciona desde 1980 pero a partir de 2003 con la nueva normativa europea que obliga a cada Estado Miembro de normativa europea que obliga a cada Estado Miembro de disponer de un sistema de notificación de sucesos (SNS), disponer de un sistema de notificación de sucesos (SNS), CEANITA asume dicha responsabilidad.CEANITA asume dicha responsabilidad.

• Su principal labor es la de recibir y tramitar las notificaciones de Su principal labor es la de recibir y tramitar las notificaciones de Incidentes de Tránsito aéreo que recibe. Después realiza Incidentes de Tránsito aéreo que recibe. Después realiza estudios de dichas notificaciones que plasma en una memoria estudios de dichas notificaciones que plasma en una memoria anual en la que se recogen las estadísticas de lso sucesos anual en la que se recogen las estadísticas de lso sucesos notificados y se analiza el riesgo que los mismos comportan.notificados y se analiza el riesgo que los mismos comportan.

Page 55: Normativa Parte 1 con EDU

EL TRANSPORTE AÉREOEL TRANSPORTE AÉREO

Page 56: Normativa Parte 1 con EDU

DEFINICIÓN:DEFINICIÓN:

Definición de transporte aéreo:Definición de transporte aéreo:

Operación cuya finalidad es trasladar personas o bienes de un lugar a Operación cuya finalidad es trasladar personas o bienes de un lugar a otro por vía aéreaotro por vía aérea

Licencia de explotación o AOC (Certificado de Operador aéreo)Licencia de explotación o AOC (Certificado de Operador aéreo)

Autorización concedida por el Ministerio de Fomento a través de la Autorización concedida por el Ministerio de Fomento a través de la DGAC a una empresa por la que le permite es transporte de DGAC a una empresa por la que le permite es transporte de pasajeros, correo y carga a cambio de una remuneración o pago de pasajeros, correo y carga a cambio de una remuneración o pago de alquiler en las condiciones que figuran en dicha licencia Sin este alquiler en las condiciones que figuran en dicha licencia Sin este certificado no se puede ejercer el transporte aéreo certificado no se puede ejercer el transporte aéreo

En terminología aeronáutica: En terminología aeronáutica: ExplotadorExplotador En la LNA: En la LNA: ConcesionariosConcesionarios

Page 57: Normativa Parte 1 con EDU

El contrato de transporteEl contrato de transporte

Definición:Definición: aquel en el que una entidad o aquel en el que una entidad o persona (transportista) se obliga, a cambio persona (transportista) se obliga, a cambio de un precio, a trasladar de un lugar a otro, de un precio, a trasladar de un lugar a otro, en una aeronave, a una persona o bienes en una aeronave, a una persona o bienes determinados, o ambos a la vez.determinados, o ambos a la vez.

Elementos fundamentales:Elementos fundamentales: Transporte de personas y/o bienesTransporte de personas y/o bienes Utilización de la aeronave como medioUtilización de la aeronave como medio

Page 58: Normativa Parte 1 con EDU

Transporte aéreo de personasTransporte aéreo de personas Art 93 LNA: es nominativo e intransferibleArt 93 LNA: es nominativo e intransferible Art 97 LNA: obligación de transportar de forma conjunta a Art 97 LNA: obligación de transportar de forma conjunta a

los viajeros, y dentro del precio del billete el equipaje, con los viajeros, y dentro del precio del billete el equipaje, con los límites de peso y volumen que se fijen por los los límites de peso y volumen que se fijen por los reglamentos pertinentes.reglamentos pertinentes.

Obligaciones del pasajero:Obligaciones del pasajero: Pagar el billetePagar el billete Facilitar el cumplimiento del contrato presentándose a Facilitar el cumplimiento del contrato presentándose a

la hora señalada en el billetela hora señalada en el billete Someterse a la autoridad del comandante de la Someterse a la autoridad del comandante de la

aeronave en lo relativo al orden y disciplina a bordo.aeronave en lo relativo al orden y disciplina a bordo.

Page 59: Normativa Parte 1 con EDU

Transporte aéreo de personasTransporte aéreo de personas

El billete de pasaje contendrá:El billete de pasaje contendrá: Lugar y fecha de emisiónLugar y fecha de emisión Nombre y dirección del transportistaNombre y dirección del transportista Punto de salida y destinoPunto de salida y destino Nombre del pasajeroNombre del pasajero Clase y precio del transporteClase y precio del transporte Fecha y hora del viajeFecha y hora del viaje Indicación de la vía a seguir y escalasIndicación de la vía a seguir y escalas

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EL TRANSPORTE AÉREO DE MERCANCÍAS: LA EL TRANSPORTE AÉREO DE MERCANCÍAS: LA CARTA DE PORTE AÉREOCARTA DE PORTE AÉREO

Obliga al transportista a expedir la carta de porte, Obliga al transportista a expedir la carta de porte, comprometiéndose a realizar el transporte al lugar y comprometiéndose a realizar el transporte al lugar y en la forma y tiempos convenidos y a entregar la en la forma y tiempos convenidos y a entregar la mercancía al destinatario. La Ley de Navegación mercancía al destinatario. La Ley de Navegación Aérea obliga al transportista a custodiar las Aérea obliga al transportista a custodiar las mercancías, pero no a responder de averías debidas mercancías, pero no a responder de averías debidas a la naturaleza de las cosas. Se obliga también a a la naturaleza de las cosas. Se obliga también a entregarlas inmediatamente después de su llegada a entregarlas inmediatamente después de su llegada a destino. destino.

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EL TRANSPORTE AÉREO DE MERCANCÍAS: LA EL TRANSPORTE AÉREO DE MERCANCÍAS: LA CARTA DE PORTE AÉREOCARTA DE PORTE AÉREO

La carta de porte aéreo reflejará los siguientes datos:La carta de porte aéreo reflejará los siguientes datos:

El transportistaEl transportista El remitente o cargadorEl remitente o cargador El destinatario o consignatarioEl destinatario o consignatario El contenido de la cargaEl contenido de la carga

Page 62: Normativa Parte 1 con EDU

El contrato de transporte charterEl contrato de transporte charter

La LNA establece que se considerará La LNA establece que se considerará tráfico aéreo regular el prestado para el tráfico aéreo regular el prestado para el transporte aéreo comercial de pasajeros, transporte aéreo comercial de pasajeros, correo o carga, con arreglo a tarifas, correo o carga, con arreglo a tarifas, itinerarios y horarios fijos de conocimiento itinerarios y horarios fijos de conocimiento general. Será tráfico aéreo eventual, o no general. Será tráfico aéreo eventual, o no regular, cualquier otro de carácter comercial regular, cualquier otro de carácter comercial no comprendido en el párrafo anterior.no comprendido en el párrafo anterior.

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LA RESPONSABILIDAD EN EL LA RESPONSABILIDAD EN EL TRANSPORTE AÉREO INTERNACIONALTRANSPORTE AÉREO INTERNACIONAL Convenio de Varsovia (1929)Convenio de Varsovia (1929)

Art. 23, Convenio de VarsoviaArt. 23, Convenio de VarsoviaPlazo: 2 años a partir de la llegada al destino o del día que ha debido llegarPlazo: 2 años a partir de la llegada al destino o del día que ha debido llegar

PROCEDIMIENTOS DE RECLAMACIÓNPROCEDIMIENTOS DE RECLAMACIÓN DE DAÑOS AL RESPONSABLEDE DAÑOS AL RESPONSABLE

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LA RESPONSABILIDAD SEGÚN LA LNA - LA RESPONSABILIDAD SEGÚN LA LNA - LEY DE NAVEGACIÓN AÉREA.LEY DE NAVEGACIÓN AÉREA.

Esta ley regula la navegación aérea nacional en todo caso, y la internacional sobre territorio Esta ley regula la navegación aérea nacional en todo caso, y la internacional sobre territorio de soberanía española. La diferencia fundamental entre la LNA y el Convenio de Varsovia de soberanía española. La diferencia fundamental entre la LNA y el Convenio de Varsovia está en la aplicación en la norma española de principio de responsabilidad objetiva.está en la aplicación en la norma española de principio de responsabilidad objetiva.

  EL PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD OBJETIVAEL PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD OBJETIVA   La razón de indemnizar tiene su base objetiva en el accidente o daño y procederá, hasta los La razón de indemnizar tiene su base objetiva en el accidente o daño y procederá, hasta los

límites de responsabilidad que en este capítulo se establecen, en cualquier supuesto. Artículo límites de responsabilidad que en este capítulo se establecen, en cualquier supuesto. Artículo 20.20.

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SUBPARTE B OPS 1020 LEYES, REGLAMENTOS Y PROCEDIMIENTOS, RESPONSABILIDADES DEL SUBPARTE B OPS 1020 LEYES, REGLAMENTOS Y PROCEDIMIENTOS, RESPONSABILIDADES DEL OPERADOROPERADOR

SUBPARTE B OPS 1025 - IDIOMA COMUNSUBPARTE B OPS 1025 - IDIOMA COMUN SUBPARTE B OPS 1125 - DOCUMENTOS DE A BORDOSUBPARTE B OPS 1125 - DOCUMENTOS DE A BORDO SUBPARTE B OPS 1155 – CONSERVACION DE DOCUMENTOSSUBPARTE B OPS 1155 – CONSERVACION DE DOCUMENTOS SUBPARTE D OPS 1200 MANUAL DE OPERACIONESSUBPARTE D OPS 1200 MANUAL DE OPERACIONES SUBPARTE D OPS 1 390 – RADIACION COSMICASUBPARTE D OPS 1 390 – RADIACION COSMICA

  

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INDEMNIZACIONES A LOS PASAJEROSINDEMNIZACIONES A LOS PASAJEROS– artículo 117 de la Ley 48/1960 LNAartículo 117 de la Ley 48/1960 LNA

INDEMNIZACIONES RESPECTO A LA CARGA, EQUIPAJE DE MANO Y EQUIPAJE FACTURADO, EN CASO DE PÉRDIDA O RETRASO EN LA ENTREGAINDEMNIZACIONES RESPECTO A LA CARGA, EQUIPAJE DE MANO Y EQUIPAJE FACTURADO, EN CASO DE PÉRDIDA O RETRASO EN LA ENTREGA– la Ley 48/1960 LNAla Ley 48/1960 LNA

  INDEMNIZACIONES RELATIVAS A DAÑOS EN LA SUPERFICIEINDEMNIZACIONES RELATIVAS A DAÑOS EN LA SUPERFICIE– artículo 119 de la Ley 48/1960artículo 119 de la Ley 48/1960

LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO EN LOS ACCIDENTES DE AVIACIÓNLA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO EN LOS ACCIDENTES DE AVIACIÓN SUBPARTE D OPS 1420 COMUNICACIÓN DE INCIDENCIASSUBPARTE D OPS 1420 COMUNICACIÓN DE INCIDENCIAS

– IncidenteIncidente– Incidente graveIncidente grave– AccidenteAccidente

  

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Contrato por el que una persona (el asegurador) se obliga a cambio de una prima a indemnizar a otra (asegurado) hasta el limite de una suma fijada, por daños sufridos de Contrato por el que una persona (el asegurador) se obliga a cambio de una prima a indemnizar a otra (asegurado) hasta el limite de una suma fijada, por daños sufridos de los intereses de los asegurados en una expedición aérea. El seguro aéreo cumple una función social al permitir la indemnización por los daños sufridos prescindiendo los intereses de los asegurados en una expedición aérea. El seguro aéreo cumple una función social al permitir la indemnización por los daños sufridos prescindiendo de la solvencia de la empresa.de la solvencia de la empresa.

Esta ley establece como obligatorios:Esta ley establece como obligatorios:

-el seguro por daños a terceros en superficie, -el seguro por daños a terceros en superficie,

-el seguro de pasajeros y -el seguro de pasajeros y

-el seguro de cosas transportadas. -el seguro de cosas transportadas.

La aeronave en sí se debe asegurar si esta destinada al servicio de líneas aéreas o si es objeto de hipoteca.La aeronave en sí se debe asegurar si esta destinada al servicio de líneas aéreas o si es objeto de hipoteca.

  

EL SEGURO AÉREOEL SEGURO AÉREO

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TERMINOS UTILIZADOS EN LA TERMINOS UTILIZADOS EN LA LEY DE SEGURIDADLEY DE SEGURIDAD

Aeronave en vuelo (TOKIO 1963):Aeronave en vuelo (TOKIO 1963): desde que se desde que se aplica fuerza motriz para despegar hasta que aplica fuerza motriz para despegar hasta que termina el recorrido de aterrizajetermina el recorrido de aterrizaje

Ley penal y Procesal de la NA:Ley penal y Procesal de la NA: comienza la NA comienza la NA en el momento en que una acft se pone en mov en el momento en que una acft se pone en mov con su propia fuerza motriz para emprender el con su propia fuerza motriz para emprender el vuelo y termina cuando se para la acft y los vuelo y termina cuando se para la acft y los motoresmotores

Aeronave en vuelo (MONTREAL 1971):Aeronave en vuelo (MONTREAL 1971): desde desde que se cierran las puertas hasta que se abra que se cierran las puertas hasta que se abra una de ella y en caso de aterrizaje forzoso hasta una de ella y en caso de aterrizaje forzoso hasta que las autoridades se hagan cargo de la aftc.que las autoridades se hagan cargo de la aftc.

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ALGUNOS DELITOSALGUNOS DELITOS

SEDICIÓN:SEDICIÓN: Es una forma de insubordinación o Es una forma de insubordinación o alzamiento contra la autoridadalzamiento contra la autoridad

APODERAMIENTO ILÍCITO:APODERAMIENTO ILÍCITO: Actuación violenta Actuación violenta o de intimidación que pretende la interferencia o o de intimidación que pretende la interferencia o ejercicio del control de una ejercicio del control de una aeronave en vuelo.aeronave en vuelo.

DELITOS DE FALSEDAD:DELITOS DE FALSEDAD: Manipulación Manipulación fraudulenta de las marcas de nacionalidad y fraudulenta de las marcas de nacionalidad y matrícula, documentos a bordo, etcmatrícula, documentos a bordo, etc

POLIZONAJE:POLIZONAJE: Embarque clandestino en una Embarque clandestino en una aeronave comercial.aeronave comercial.