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Príncipe de Vergara, nº 13 – 7ª · 28001 MADRID · Tfno.: 00 34 91 577 41 13 · Fax.: 00 34 91 577 29 59 Facebook: https://www.facebook.com/federacionvigilanciauso.ftspuso - [email protected] Web: www.ftspuso.es - Twitter: https://twitter.com/ftspuso - Youtube: www.youtube.com FTSP-USO Afiliada a: NOTA INFORMATIVA A TODOS LOS SECRETARIOS GENERALES, FEDERACIONES PROVINCIALES, REGIONALES Y RESPONSABLES DE SEGURIDAD PRIVADA. Madrid 17 de julio 2016 La Federación de Trabajadores de Seguridad Privada de la USO (FTSP-USO) conjuntamente con Fes-UGT y CC.OO de Construcción y Servicios, hay procedido a la firma del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad Privada. Dicho Convenio estará vigente desde el 1 de Julio de 2015 al 31 de Diciembre de 2016. En el mismo se establece de manera resumida lo siguiente: La Mesa Negociadora del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad ha venido manifestando durante todos estos años, caracterizados por una importante crisis económica, su firme apuesta por la estabilidad del sector a través del Convenio Colectivo, herramienta que considera la más adecuada para este fin. Por ello, los negociadores han considerado imprescindible encontrar una solución negociada a un nuevo conflicto sobrevenido, antes de que pudieran enturbiarse las relaciones laborales. Para ello, se ha considerado conveniente anticipar la fecha de terminación del convenio de 2015, publicado en el BOE del 12 de enero de 2015 y sustituirlo por uno con Vigencia desde el 1 de julio de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2016, con el objetivo de adecuar el art. 45 del Convenio a la doctrina del Tribunal de .Justicia de la Unión Europea, preservando, además, el equilibrio económico de lo pactado para el ejercicio 2015. Así, se ha decidido trasladar el sobrecoste que supone el pago del promedio de todos los pluses funcionales que los trabajadores del sector deban percibir en el periodo de vacaciones a una mayor subida para las retribuciones establecidas con carácter fijo en el Anexo Salarial.

Nota Inf Convenio 2015 2016 (1)

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Nota informativa, respecto de la firma en el día de hoy por parte de nuestro sindicato USO, del convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad y de ámbito de aplicación julio 2015 diciembre 2016.

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  • Prncipe de Vergara, n 13 7 28001 MADRID Tfno.: 00 34 91 577 41 13 Fax.: 00 34 91 577 29 59Facebook: https://www.facebook.com/federacionvigilanciauso.ftspuso - [email protected]

    Web: www.ftspuso.es - Twitter: https://twitter.com/ftspuso - Youtube: www.youtube.com FTSP-USO

    Afiliada a:

    NOTA INFORMATIVA

    A TODOS LOS SECRETARIOS GENERALES, FEDERACIONES PROVINCIALES,REGIONALES Y RESPONSABLES DE SEGURIDAD PRIVADA.

    Madrid 17 de julio 2016

    La Federacin de Trabajadores de Seguridad Privada de la USO (FTSP-USO)conjuntamente con Fes-UGT y CC.OO de Construccin y Servicios, hay procedidoa la firma del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad Privada.Dicho Convenio estar vigente desde el 1 de Julio de 2015 al 31 de Diciembre de2016.

    En el mismo se establece de manera resumida lo siguiente:

    La Mesa Negociadora del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridadha venido manifestando durante todos estos aos, caracterizados por unaimportante crisis econmica, su firme apuesta por la estabilidad del sector atravs del Convenio Colectivo, herramienta que considera la ms adecuadapara este fin. Por ello, los negociadores han considerado imprescindibleencontrar una solucin negociada a un nuevo conflicto sobrevenido,antes de que pudieran enturbiarse las relaciones laborales.

    Para ello, se ha considerado conveniente anticipar la fecha de terminacin delconvenio de 2015, publicado en el BOE del 12 de enero de 2015 y sustituirlopor uno con Vigencia desde el 1 de julio de 2015 hasta el 31 de diciembre de2016, con el objetivo de adecuar el art. 45 del Convenio a la doctrina delTribunal de .Justicia de la Unin Europea, preservando, adems, el equilibrioeconmico de lo pactado para el ejercicio 2015.

    As, se ha decidido trasladar el sobrecoste que supone el pago del promedio detodos los pluses funcionales que los trabajadores del sector deban percibir enel periodo de vacaciones a una mayor subida para las retribucionesestablecidas con carcter fijo en el Anexo Salarial.

  • Aun teniendo en cuenta lo dispuesto en el 111 "Acuerdo para el Empleo y laNegociacin Colectiva 2015, 2016 y 2017 (BOE 20/06/2015)", se ha superado elporcentaje recomendado en el citado acuerdo para el ao 2016, en cuanto a laretribucin comprendida en las tablas del Anexo Salarial que se incrementan enun 1,59% en trminos de ao natural y un 2,48%, comparando las tablasaplicables desde 1 de julio de 2016, en relacin con el ao 2015 compensandode este modo las retribuciones variables adicionales que suponen elcumplimiento de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unin Europea.

    Asimismo, desde el convencimiento de la necesaria dignificacin del sectorrecomendada e impulsada desde el Observatorio Sectorial, con el ConvenioColectivo como elemento homogeneizador de las condiciones laborales de lostrabajadores. La Mesa Negociadora ha establecido una frmula de garanta delcumplimiento de lo aqu pactado, insertando una Disposicin Adicional quepretende incentivar al mximo el respeto de las condiciones econmicasque deben percibir los trabajadores del sector.

    Un Incremento sobre las tablas salariales del 2015 del 0.7%, que seaplicara desde el 1 de Enero de 2016.

    Recuperacin con efecto de 1 de julio de 2016 de las cantidadescorrespondientes a los pluses de transporte y vestuario que fueroneliminados de las pagas extraordinarias en el ao 2013.

    La cantidad que se recuperar ser la que en cada caso y categora sehubiese dejado de percibir. A modo de ejemplo, en el caso del vigilante deseguridad correspondera la cantidad de 282 euros. Esta cantidad sedividira entre 12 mensualidades para ser percibida cada mes por unimporte de 23,5 Euros desde la nmina de julio de 2016.

    A partir del 1 de julio de 2015 quedarn modificados los artculos 45 y 69del Convenio Colectivo, para asumir el contenido de la Sentencia de laAudiencia Nacional relativa a la percepcin de los pluses durante lasvacaciones. Estos pluses se modificarn para ser percibidos en la cuantatotal pactada en el convenio del 2015 pero distribuidos de forma que nocontravengan dicha sentencia y que no produzcan prdida de retribucinalguna sobre lo pactado en Convenio.

  • Se incorporara una clausula de garanta para el cumplimiento de lopactado de modo que se penalice a aquellas empresas que pretendandescolgarse y no aplicar el Convenio Colectivo.

    Las patronales Aproser y UAS retirarn el Recurso planteado contra laSentencia de la Audiencia Nacional.

    La FTSP-USO considera que este nuevo convenio, recoge y resuelve uno de losprincipales objetivos marcados por nuestra organizacin, por un lado unincremento lineal para todos los trabajadores/as y por otro la recuperacin delos importes perdidos como consecuencia de la eliminacin en el 2013 de lospluses de transporte y vestuario en las pagas extraordinarias.

    rea Estatal de Informacin

    FTSP-USO