View
214
Download
0
Embed Size (px)
DESCRIPTION
Noticia Consejo del Poder Judicial
Citation preview
Unidad del Poder Judicial
1
Inicia proceso de conformación del Consejo
del Poder Judicial
(Santo Domingo, 31 de enero de 2011). El
Consejo Nacional de la Magistratura aprobó la Ley
Orgánica del Consejo del Poder Judicial el 21 de
enero del presente año, en atención al Art. 155,
párrafo II de la Constitución Dominicana. Entre
otros aspectos, esta ley dispone la naturaleza
jurídica, las atribuciones, funciones y alcance del
Consejo del Poder Judicial.
A fin de continuar con el proceso institucional
iniciado por las cámaras legislativas, hoy el pleno
de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) juramentará
una comisión electoral de 9 integrantes para la designación de los miembros del
referido Consejo. La comisión será presidida por el juez Hugo Álvarez Valencia, de
la Segunda Sala de la SCJ.
La ley orgánica establece en su Art. 4 que el Consejo del Poder Judicial se
conformará y elegirá de la siguiente forma:
La ley orgánica establece en el mismo artículo que los miembros del Consejo
tendrán sus respectivos sustitutos. Por tanto, la comisión electoral designada por la
SCJ deberá atender lo concerniente a las personas que remplazarían a los futuros
miembros.
Unidad del Poder Judicial
2
En la actualidad, se vive un proceso de conformación de planchas, las cuales
pretenden integrarse por jueces de los distintos niveles y escalafones judiciales. No
obstante, aún no se han socializado las reglas con las que contará el proceso
eleccionario.
Se recuerda que el Consejo asumirá funciones que anteriormente estaban en
manos de la SCJ. Entre las mismas se encuentran: el conocimiento de los asuntos
presupuestarios, nombramientos, sanciones y de más actividades de índole
administrativo en el sistema de justicia.
Para más detalles, ver la Ley Orgánica del Poder Judicial.