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NORMA TÉCNICA NTC COLOMBIANA 3749 1997-04-16 INDUSTRIAS ALIMENTARIAS. PRODUCTOS DE MOLINERÍA. CEREALES LISTOS PARA EL DESAYUNO E: FOOD INDUSTRY. MILLED PRODUCTS. BREAKFAST CEREALS. CORRESPONDENCIA: DESCRIPTORES: cereal; cereal expandido; alimento preparado; producto a base de cereal. I.C.S: 67.060.00 Editada por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC) Apartado 14237 Bogotá, D.C. - Tel. 6078888 - Fax 2221435 Prohibida su reproducción

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NORMA TÉCNICA NTC COLOMBIANA 3749

1997-04-16 INDUSTRIAS ALIMENTARIAS. PRODUCTOS DE MOLINERÍA. CEREALES LISTOS PARA EL DESAYUNO E: FOOD INDUSTRY. MILLED PRODUCTS. BREAKFAST

CEREALS.

CORRESPONDENCIA: DESCRIPTORES: cereal; cereal expandido; alimento

preparado; producto a base de cereal.

I.C.S: 67.060.00 Editada por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC) Apartado 14237 Bogotá, D.C. - Tel. 6078888 - Fax 2221435 Prohibida su reproducción

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PRÓLOGO El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, ICONTEC, es el organismo nacional de normalización, según el Decreto 2269 de 1993. ICONTEC es una entidad de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuya Misión es fundamental para brindar soporte y desarrollo al productor y protección al consumidor. Colabora con el sector gubernamental y apoya al sector privado del país, para lograr ventajas competitivas en los mercados interno y externo. La representación de todos los sectores involucrados en el proceso de Normalización Técnica está garantizada por los Comités Técnicos y el período de Consulta Pública, este último caracterizado por la participación del público en general. La NTC 3749 fue ratificada por el Consejo Directivo de 1997-04-16. Esta norma está sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades y exigencias actuales. A continuación se relacionan las empresas que colaboraron en el estudio de esta norma a través de su participación en el Comité Técnico. AVESCO COLOMBINA COMPAÑÍA NACIONAL DE CHOCOLATES INDUSTRIAS ALIMENTICIAS NOEL INDUSTRIAS GRAN COLOMBIA

INVIMA KELLOGG DE COLOMBIA NESTLÉ DE COLOMBIA PRODUCTOS QUAKER

ICONTEC cuenta con un Centro de Información que pone a disposición de los interesados normas internacionales, regionales y nacionales. DIRECCIÓN DE NORMALIZACIÓN

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INDUSTRIAS ALIMENTARIAS. PRODUCTOS DE MOLINERÍA. CEREALES LISTOS PARA EL DESAYUNO 1. OBJETO Esta norma establece los requisitos que deben cumplir los cereales listos para el desayuno. 2. DEFINICIONES Para efectos de esta norma se aplica la siguiente: 2.1 Cereales listos para el desayuno: productos de textura frágil y/o crujiente, de figuras o formas variables, obtenidos a partir de cereales y sus derivados, sometidos a uno o más de los siguientes procesos: cocción, extrusión, secado, laminado, horneado, recubiertos o no, con adición de vitaminas y minerales y otros ingredientes. Están destinados para ser consumidos usualmente en combinación con jugo, leche, yogur, entre otros. 3. REQUISITOS 3.1 REQUISITOS GENERALES 3.1.1 Los cereales listos para el desayuno deben ser productos de textura frágil y/o crujiente con olor y sabor característico. 3.1.2 Los cereales listos para el desayuno no deben contener partículas extrañas, insectos, ni restos de insectos. 3.1.3 Los residuos de plaguicidas no deben exceder las tolerancias establecidas por la comisión del CODEX ALIMENTARIUS. 3.1.4 Como ingredientes se permiten entre otros, los siguientes: - azúcares naturales - edulcorantes no calóricos. - frutas y sus compuestos

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- aceite vegetal - cacao y sus derivados - sal - vitaminas - sales minerales para uso alimenticio - leche y derivados lácteos - café - especias - frutos secos Otros aptos para el consumo humano 3.1.5 Como aditivos se permite el empleo de: - aromas permitidos - gelificantes - emulsificantes - antioxidantes - conservantes para productos con fruta: no deben exceder en 1 000 mg/kg solos o

en mezcla. - colorantes permitidos - estabilizantes - acidulantes - glaseadores Y otros permitidos por la autoridad competente. Las cantidades de estos aditivos deben ser las permitidas por la autoridad competente. 3.1.6 Los cereales listos para el desayuno pueden adicionarse con vitaminas y minerales. La declaración de nutrientes debe cumplir con lo indicado en la NTC 512-2.

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3.2 REQUISITOS ESPECÍFICOS 3.2.1 Los cereales listos para el desayuno deben cumplir con los requisitos fisicoquímicos indicados en la Tabla 1. 3.2.2 Los cereales listos para el desayuno deben cumplir con los requisitos microbiológicos indicados en la Tabla 2. 3.2.3 Los cereales listos para el desayuno deben cumplir con los requisitos para metales tóxicos indicados en la Tabla 3. 3.2.4 Los cereales listos para el desayuno deben cumplir con los niveles máximos de aflatoxinas indicados en la NTC 3581.

Tabla 1. Requisitos fisicoquímicos

Requisito Valor

MÍnimo Máximo

Humedad1),% (m/m) Proteína X 5,70,% (m/m) Cenizas, % (m/m)

- 3.5% -

6.0% - 5.0%

1) Para productos con trozos de fruta deshidratada la humedad máxima debe ser del 10%.

Tabla 2. Requisitos microbiológicos

Microorganismo n c m M

Recuento de bacterias aerobias mesófilas, UFC/g NMP coliformes /g NMP coliformes fecales/g Estafilococos aureus/g Mohos y levaduras/g Salmonella/25 g

3 3 3 3 3 3

1 1 0 0 1 0

5 000 9 <3 100 1 000 0

10 000 110 - - 2 000 -

n : Número de muestras que se van a examinar c : Número de muestras permisibles con resultados entre m y M m : Índice máximo permisible para identificar nivel de buena calidad M : Índice máximo permisible para identificar nivel de calidad aceptable

Tabla 3. Contenido máximo de metales tóxicos

Metal Requisito

Arsénico, mg/kg Plomo, mg/kg

1,0 2,0

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4. TOMA DE MUESTRA Y CRITERIOS DE ACEPTACIÓN O RECHAZO 4.1 TOMA DE MUESTRA Se debe efectuar según lo indicado en la NTC 1236 4.2 CRITERIO DE ACEPTACIÓN O RECHAZO Si la muestra ensayada no cumple con uno o más de los requisitos indicados en esta norma, se debe rechazar el lote. En caso de discrepancia, se debe repetir los ensayos sobre la muestra reservada para tales efectos. Cualquier resultado no satisfactorio en este segundo caso debe ser motivo para rechazar el lote. 5. MÉTODOS DE ENSAYO 5.1 DETERMINACIÓN DE LA HUMEDAD Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la GTC 1, numeral 1.14. 5.2 DETERMINACIÓN DE PROTEÍNAS Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la GTC 1, numeral 11.3. 5.3 DETERMINACIÓN DE CENIZAS Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la GTC 1, numeral 3.4.1. 5.4 ANÁLISIS MICROBIOLOGICO Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la GTC 3, Parte 2. 5.5 DETERMINACIÓN DE ARSÉNICO Y PLOMO Método A Se efectúa por absorción atómica. Método B Se efectúa de acuerdo con la GTC 1, numerales 1.16 y 12.1 5.6 DETERMINACIÓN DEL CONTENIDO DE VITAMINAS Y MINERALES Método A Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la GTC 1. Método B Se efectúa de acuerdo con lo indicado en el AOAC Edición 16, capítulo 45. 5.7 DETERMINACIÓN DEL CONTENIDO DE AFLATOXINAS

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Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 3581. 6. EMPAQUE Y ROTULADO 6.1 EMPAQUE 6.1.1 Los empaques deben salvaguardar las condiciones higiénicas, organolépticas y nutritivas del producto. 6.1.2 Los empaques deben ser de un material inerte con respecto al producto. 6.2 ROTULADO El rotulado debe cumplir con lo indicado en la NTC 512-1 La declaración nutricional debe cumplir con lo indicado en la NTC 512-2 7. APÉNDICE 7.1 NORMAS O GUÍAS QUE DEBEN CONSULTARSE Las siguientes normas contienen disposiciones que, mediante la referencia dentro de este texto, constituyen disposiciones de esta norma. En el momento de la publicación eran válidas las ediciones indicadas. Todas las normas están sujetas a actualización; los participantes, mediante acuerdos basados en esta norma, deben investigar la posibilidad de aplicar la última versión de las normas mencionadas a continuación. NTC 512-1:1997, Industrias alimentarias. Rotulado. Parte 1. Norma General. NTC 512-2: 1997, Industrias alimentarias. Productos alimenticios. Rotulado nutricional NTC 1236:1996, Alimentos envasados. Toma de muestras. NTC 3581:1994, Industrias alimentarias. Nivel máximo permitido de aflatoxinas en alimentos. GTC 1:1994, Manual de métodos de control de calidad en la industria alimentaria. GTC 3 Parte 2:1994, Control microbiológico de la leche y sus productos lácteos. Official Methods of Analysis of AOAC: 1995, Virginia. 16 th Edition, Volume II, Chapter 45.