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Numero de boletin: 27552
Fecha: 16/06/2011
INDICE:
Sección Legislación y Normativa Provincial
21981---DECRETO 1519 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-13
21983---DECRETO 1520 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-13
21984---DECRETO 1524 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-13
21987---DECRETO 1563 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
21980---DECRETO 1564 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
21977---DECRETO 1565 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
21978---DECRETO 1566 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
21979---DECRETO 1590 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
21982---DECRETO 1756 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
21986---DECRETO 1757 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
21988---DECRETO 1759 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
21990---DECRETO 1767 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
21989---DECRETO 1768 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
21997---DECRETO 1769 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
21993---DECRETO 1773 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
21999---DECRETO 1774 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
21992---DECRETO 1780 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
21995---DECRETO 1781 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
21991---DECRETO 1782 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
22006---DECRETO 1783 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
22005---DECRETO 1784 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
22004---DECRETO 1789 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
22001---DECRETO 1790 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-03
21994---RESOLUCIONES 266 / 2011 RESOLUCION / 2011-05-26
21985---RESOLUCIONES 270 / 2011 RESOLUCION / 2011-05-26
21976---RESOLUCIONES 320 / 2011 RESOLUCION SINTETIZADA / 2011-05-31
21998---RESOLUCIONES 321 / 2011 RESOLUCION / 2011-05-31
22003---RESOLUCIONES 359 / 2011 RESOLUCION SINTETIZADA / 2011-06-09
21996---RESOLUCIONES 366 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-09
22002---RESOLUCIONES 50 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-08
22000---RESOLUCIONES 51 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-08
22007---RESOLUCIONES 89 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-15
Sección Avisos
159115---JUICIOS VARIOS / CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROV. DE TUC. C/ SANCHEZ
TARDAN EDGARDO A.
158998---JUICIOS VARIOS / DIAZ ISIDORO RODOLFO C/ GALARZA FELICIANA ISABEL SI DIVORCIO
VINCULAR
158708---JUICIOS VARIOS / "DIAZ NORMA BEATRIZ Y OTRAS S/ CANCELACION (ESPECIAL)"
158953---JUICIOS VARIOS / HERRERA BLANCA ROSA S/ PRESCRIPCION ADQ
159000---JUICIOS VARIOS / MONTENEGRO NORMA DEL VALLE C/ COLOMBRES GARMENDIA LUIS
OSCAR
158871---JUICIOS VARIOS / "MONTOYA MIRTA SUSANA C/ CIA. AZUCARERA BELLA VISTA S.A S/
PRESCRIPCION ADQUISITIVA"
158856---JUICIOS VARIOS / MORENO DE CORDOBA MARIA RAMONA Y OTROS C/BARROS MIGUEL
ANGEL Y OTROS
158739---JUICIOS VARIOS / OTAROLA HUGO OSCAR
159052---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUC. -DGR- C/ EXPRESO MELHEM S.R.L.
159046---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUC. -DGR- C/ TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS
TUCMA S.R.L.
159108---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN C/ CARLETTI RUBEN HUGO
159110---JUICIOS VARIOS / "PROVINCIA DE TUCUMAN C/ GUTIERREZ ANTONIO S/ COBRO
EJECUTIVO. EXPTE. N° 823/09"
158942---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ ALONSO CASIMIRO
159048---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ R.D. DISTRIBUCIONES S.R.L.
159074---JUICIOS VARIOS / PULIDO MIGUEL ANGEL S/ CONCURSO PREVENTIVO
158737---JUICIOS VARIOS / "ROMAY TOMAS MILDONIO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
158731---JUICIOS VARIOS / SAAVEDRA JAVIERA ADELINA C/ SUCESION CHRESTIA LUIS FRANCISCO
JOSE
158952---JUICIOS VARIOS / SANATORIO RIVADAVIA S.A.C/ VIDAL JOSE ENRIQUE
159103---JUICIOS VARIOS / SUPERCANAL S.A..C/ TELSAT S.R.L.
158957---JUICIOS VARIOS / TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA C/ AVELLANEDA MARIA
MAGDALENA
158694---JUICIOS VARIOS / VEGA ANTONIA C/ ANGILICOLA DE GALVEZ JUANA RITA Y OTROS S/
PRESCRIPCION ADQUISITIVA
159015---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD LICITACION
PUBLICA N° 09/2011
159017---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD LICITACION
PUBLICA Nº 10/2011
158860---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / GOBIERNO DE TUCUMAN LIC. PUB. Nº 01/2011
158855---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / GOBIERNO DE TUCUMAN LIC. PUB. Nº 02/2011
158983---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PUBLICA N° 02-2011- MINISTERIO DE
SEGURIDAD CIUDADANA
159120---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PUBLICA N° 7/2011 - FUNDACION MIGUEL
LILLO
158911---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACION PUBLICA Nº 04/2011. MINISTERIO DE
EDUCACION DE LA NACION ARGENTINA
159044---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MINISTERIO DE SEGURIDAD CIUDADANA-LIC PUB Nº 05-
2011
159081---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SECRETARIA TRABAJO - DIRECC. COMPRAS Y
CONTRATACIONES
159072---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL LIC. PUB. 01/11
159062---REMATES / CARRASCOSA FATIMA BEATRIZ C/CORNEJO JUAN FACUNDO Y OTRO
159109---REMATES / ELIAS ALEJANDRO JOSE C/ CASTRO BUADAS CECILIA
159106---REMATES / "FERNANDEZ DE MEDINA MARIA CRISTINA C/CARRERO HNOS. Y OTRO S/
COBROS (ORDINARIO)"
159085---REMATES / INTECA S.A.
159105---SOCIEDADES / ALDERETES EDUCATIVO
159094---SOCIEDADES / ALDERETES PARA TODOS
159097---SOCIEDADES / A.P.A.P. ARTISTAS PARA AGUILARES Y EL P AIS
159099---SOCIEDADES / AYUDA SOCIAL FEMENINA
159061---SOCIEDADES / BIBLIOTECA POPULAR NICOLAS AVELLANEDA
158966---SOCIEDADES / (CADIAT)
158967---SOCIEDADES / (CADIAT)
159014---SOCIEDADES / CEMENTERIO PARQUE COLONIAL
159002---SOCIEDADES / CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE TAFI DEL VALLE -TUCUMAN
158974---SOCIEDADES / CENTRO VECINAL, CULTURAL Y DEPORTIVO AMPLIACION VILLA ALEM
159013---SOCIEDADES / COLEGIO DE PROFESIONALES EN SERVICIO O TRABAJO SOCIAL
159129---SOCIEDADES / COMPROMISO Y PARTICIPACION SOCIAL
159092---SOCIEDADES / ENCUENTRO SOCIAL
159093---SOCIEDADES / ESPERANZA EN MARCHA
159122---SOCIEDADES / FRENTE UNION Y TRABAJO
159124---SOCIEDADES / MOVIMIENTO, HONESTIDAD Y TRABAJO
159101---SOCIEDADES / PARTICIPACION Y ACCION VECINAL
159095---SOCIEDADES / PARTIDO MOVIVIENTO DE INCLUSION Y ORGANIZACIÓN (M.I.O.)
159125---SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "24 DE SEPTIEMBRE
159132---SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "ALDERETES EN ACCION
159133---SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "ALTERNATIVA VECINAL POR ALDERETES
159127---SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "CON CONVICCION SE PUEDE
159126---SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "CRECIMIENTO Y PROGRESO
159134---SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "LUCHEMOS JUNTOS POR ALDERETES
159128---SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "LUZ Y VIDA
159130---SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "MILITANCIA Y LEALTAD
159121---SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "MOVIMIENTO DE ACCION MUNICIPAL
159131---SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "NUEVA DIRIGENCIA
159123---SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "VECINOS UNIDOS POR DEMOCRACIA
159116---SOCIEDADES / PARTIDO TUCUMAN EN POSITIVO
159102---SOCIEDADES / POR SIEMPRE JÓVENES
159111---SOCIEDADES / SOCIEDAD SIRIO LIBANESA DE TUCUMAN
159096---SOCIEDADES / UN LUGAR EN EL MUNDO
159007---SUCESIONES / ABELARDO CAYO FERNANDEZ PERRIS
159119---SUCESIONES / ALBERTO RAMON HARO
159066---SUCESIONES / ANTONIO ALFREDO VELAZQUEZ
159086---SUCESIONES / BETTY LUISA CRISTIANI L.C. Nº 8.921.155
158988---SUCESIONES / BONIFACIO DE JESUS PACHECO
159104---SUCESIONES / CARLOS VICENTE BACHE
159100---SUCESIONES / CARMEN ABELLA M.I. Nº 2.525.035
159006---SUCESIONES / ENRIQUE HUGO TULA
159107---SUCESIONES / FERMIN JUSTO GRAMAJO
159012---SUCESIONES / GEREZ LUIS PABLO D.N.I. Nº 4.374.477
159082---SUCESIONES / IDALIA DEL CARMEN IÑIGO M.I. Nº 6.637.539
159001---SUCESIONES / JOSE ANTONIO RODRIGUEZ
159117---SUCESIONES / "JOSE MERCEDES GRANEROS"
159091---SUCESIONES / JOSE NAPOLEON ORTEGA
159114---SUCESIONES / JOSE VICENTE SILVA M.I. Nº 11.910.595
158989---SUCESIONES / LAURO HERRERA (H) ROSARIO DIAZ
159069---SUCESIONES / MANUEL BENJAMIN SIGAMPA M.I. Nº 11.197.109
159054---SUCESIONES / MARIA ISABEL GALVAN
159009---SUCESIONES / MARIA LUISA ABACA
158986---SUCESIONES / MARIANA BEATRIZ IBAR
159008---SUCESIONES / MIGUEL MARTIN
159118---SUCESIONES / RAMON EDUARDO CAMPBELL D.N.I. Nº 7.016.350
159056---SUCESIONES / REYNOSO ENRIQUE ANTONIO
159098---SUCESIONES / ROBIN BRITO
159058---SUCESIONES / SABINA ROLDAN Y/O SAVINA ROLDAN
159059---SUCESIONES / SEGUNDO FROILAN AMAYA, Nº 3.842.650
159042---SUCESIONES / VITO LA BRUNA
159135---VARIOS / FE DE ERRATAS - LEALTAD ES LO PRIMERO
Aviso número 21981
DECRETO 1519 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-13
DECRETO N° 1.519/3 (ME), del 13/05/2011. --- Autorízase, al Dr. Pedro Yñigo,
personal planta permanente a la Dra. Ana Marcilla y a la Dra. Mariel Turbay, Dra.
Andrea Vince y Dra. Elizabeth Lumetto, dependientes del Ministerio de Economía, a
trasladarse a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, -usando la vía terrestre- el
día 17 de mayo de 2011, a fin de que los citados profesionales, puedan cumplir
con la misión oficial encomendada, durante los días 18 al 20 de mayo del
corriente año, retornando a nuestra provincia el día 21 de mayo de 2011.
Aviso número 21983
DECRETO 1520 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-13
DECRETO N° 1.520/9 (MDP), del 13/05/2011. Expte. N° 531/330-D-11. --- Autorízase
al señor Director de Flora, Fauna Silvestre y Suelos Arq. Daniel Manso, a
trasladarse vía terrestre a la provincia de Jujuy el día 16 de mayo de 2011 con
regreso el 18 del mismo mes y año.
Aviso número 21984
DECRETO 1524 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-13
DECRETO N°1.524/3 (ME), del 13/05/2011. Expte. N° 306/369-D-2011. --- Autorízase
al Ing. Luís CHAIN y al Ing. Julio Cesar Pastrana, dependientes de la Dirección
de Informática del Ministerio de Economía, a trasladarse a la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires el día 18 de mayo de 2011, a fin de cumplir la misión oficial
mencionada en los considerandos que anteceden durante los días 18 al 20 de mayo,
regresando a nuestra provincia el día 20 de mayo de 2011.
Aviso número 21987
DECRETO 1563 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1563/3 (ME), el 16/05/2011. Expte. N° 11001/376-D-2011. --- Autorizase
a la C.P.N. Liliana del Valle Diaz, al C.P.N. Julio Cesar Ramón Toledo y al Sr.
Ricardo Antonio Plaza, dependientes de la Dirección General de Rentas, a
trasladarse a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 17 de mayo de 2011 -
usando la vía aérea-, a fin de que los mencionados profesionales puedan verificar
documentación de contribuyentes que pusieron a disposición en dichas
jurisdicciones, durante los días 17 al 20 de mayo del año en curso, regresando a
nuestra provincia el día 20 de mayo de 2011.
Aviso número 21980
DECRETO 1564 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.564/3 (ME), del 16/05/2011. --- Autorizase, al Lic FELIPE RAMÓN
FERNÁNDEZ del Ministerio de Economía, a trasladarse a la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, -usando la vía aérea- el día 17 de mayo de 2011, a fin de que el
citado profesional pueda asistir a una reunión en la Comisión Federal de
Impuestos, regresando a nuestra provincia el día 17 del mismo mes y año.
Aviso número 21977
DECRETO 1565 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.565/5 (MEd), del 16/05/2011. --- AUTORÍZASE, al señor Supervisor de
Educación Técnica -Prof. Miguel Angel DULOR y al señor Director del Centro de
Educación Profesional EMETA - Ing. Francisco Alberto AGUILERA- dependientes del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, a ausentarse de la Provincia en misión oficial -vía
aérea- con destino a la Ciudad de Natal - Brasil, siguiendo el itinerario Tucumán
- Buenos Aires - Brasil y viceversa, desde el día 21 al 30 de mayo de 2.011, con
regreso en la última fecha indicada.
Aviso número 21978
DECRETO 1566 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.566/5 (MEd), del 16/05/2011. --- AUTORIZASE, a la Prof. Analía
Fátima DARUICH (D.N.I. N° 14.073.787) - Referente Bibliotecológico del Programa
BERA dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, a ausentarse de la Provincia en
misión oficial -vía terrestre- con destino a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
desde el día 17 al 20 de mayo de 2.011, con regreso en la última fecha indicada.
Aviso número 21979
DECRETO 1590 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.590/9 (MDP), del 16/05/2011. --- Autorízase al señor Ministro de
Desarrollo Productivo C.P.N. Jorge Salvador Gassenbauer, a trasladarse vía aérea
a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 17 de mayo de 2011, con regreso el 18
del mismo mes y año.
Aviso número 21982
DECRETO 1756 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
DECRETO N° 1.756/1 (SEP), del 30/05/2011. Expte. N° 202/112-D-2011. --- Dispónese
la adscripción de la sra. Estela del Valle Luis DNI 12.597.319 de la Secretaría
de Estado de Planeamiento -planta permanente cat. 18-, para que preste servicios
a partir de la fecha del presente instrumento legal y hasta el 28/10/11, en la
Dirección General de Recursos Humanos.
Aviso número 21986
DECRETO 1757 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
DECRETO N° 1.757/3 (SO), del 30/05/2011. Expte. N° 974/320-C-2010. ---
Sustitúyase el Artículo 4° del Decreto N° 3110/3-(S.O.) del 26 de diciembre de
1989 y sus modificatorios, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 4°: "El Consejo del Registro estará integrado por diez (10) miembros
titulares y nueve (9) suplentes. Serán titulares: 1) El Director o Jefe del
Registro General de Constructores de Obras Públicas; 2) Un representante de la
Dirección Provincial de Vialidad; 3°) Un representante de la Dirección de
Arquitectura y Urbanismo; 4°) Un representante de la Dirección Provincial del
Agua; 5°) Un representante del Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento;
6°) Un representante de Contaduría General de la Provincia; 7°) Un representante
del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano; 8°) Un representante
de la Dirección de Materiales y Construcciones Escolares; 9°) Un representante de
la Cámara Argentina de la Construcción filial Tucumán; 10°) Un representante de
la Cámara Tucumana de la Construcción.
Aviso número 21988
DECRETO 1759 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
DECRETO N° 1.759/9 (MDP), del 30/05/2011. Expte. N° 317/313-D-2010. ---
Autorizase al señor Secretario de Estado de Medio Ambiente, dependiente del
Ministerio de Desarrollo Productivo, a suscribir un contrato de locacion de
servicios con el Técnico Roberto Gerardo Zonca, DNI N° 10.714.140.
Aviso número 21990
DECRETO 1767 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
DECRETO N° 1.767/4 (SEATyDL), del 30/05/2011. Expte. N° 11.700/425-PA-2010. ---
Apruébase al solo efecto de rendir cuentas, el gasto por el monto total de
$637.500,00.-, ocasionado como consecuencia del pago efectuado por la Secretaría
de Estado de Articulación Territorial y Desarrollo Local del Ministerio de
Desarrollo Social, a la firma "CORLASA SA", por la provisión de 1.250 bolsas de
leche entera en polvo, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, libre de
impurezas, ajustadas al C.A.A., por 25 kg., marca "Corlasa", destinado a reforzar
la prestación alimentaria a los establecimientos-escolares bajo programa, según
lo planificado para los meses de Octubre y Noviembre de 2.010, autorizado por
Resolución N° 1.004/4-SEATyDL de fecha 09/08/10. La erogación resultante fue
atendida con fondos de la Orden de Pago N° 72700/10.-
Aviso número 21989
DECRETO 1768 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
DECRETO N° 1.768/4 (SEATyDL), del 30/05/2011. Expte. N° 11.696/425-PA-2.010. ---
Apruébase al solo efecto de rendir cuentas, el gasto por el monto total de
$348.000,00.- ocasionado como consecuencia del pago efectuado por la Secretaría
de Estado de Articulación Territorial y Desarrollo Local del Ministerio de
Desarrollo Social, a la firma "Cerros Tucumanos" de José Lucas Medici, por la
provisión de 10.000 potes de dulce de leche por 5 Kg. y de 1.000 potes de dulce
de leche por 1 kg, destinados a reforzar la prestación alimentaria de los
establecimientos escolares bajo programa, según lo planificado para octubre y
noviembre de 2.010, autorizado por Resolución N° 1.063/4-SEATyDL de fecha
20/08/10. La erogación resultante fue atendida con fondos de la Orden de Pago N°
83.884/10.-
Aviso número 21997
DECRETO 1769 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
DECRETO N° 1.769/4 (SENAyF), del 30/05/2011. Expte. N° 020/474-I-2.011. ---
Desígnase como Personal Temporario en la U. de O. 890 - Instituto de Puericultura
"Alfredo Guzman" dependiente de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y
Familia del Ministerio de Desarrollo Social, al señor Jorge Luis CARO DNI N°
33.375.681,con una remuneración equivalente a la Categoría 15.
Aviso número 21993
DECRETO 1773 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
DECRETO N° 1.773/5 (MEd), del 30/05/2011. --- RECTIFICASE, el considerando del
Decreto N° 1.334/5 (MEd) de fecha 02 de mayo de 2.011, quedando firmes las demás
partes integrantes de dicho Decreto: Donde dice: "El Ministerio de Educación de
la Nación contempla las erogaciones de pasajes y viáticos de los participantes"
Debe decir: "El Ministerio de Educación de la Nación contempla únicamente las
erogaciones de pasajes de los participantes. Sustituyese el Artículo 2° del
Decreto N° 1.334/5 (MEd) de fecha 02 de mayo de 2.011, quedando redactado el
mismo de la siguiente manera: "ARTICULO 2°: Impútase el gasto resultante a lo
establecido en el Articulo precedente únicamente en lo que se refiere a viáticos
del Equipo Técnico del Departamento de Infraestructura-, a las Partidas
Específicas que a tales efectos cuenta el MINISTERIO DE EDUCACION. El Ministerio
de Educación de la Nación contempla las erogaciones de pasajes de los
participantes."
Aviso número 21999
DECRETO 1774 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
DECRETO N° 1.774/1, del 30/05/2011. --- Modifícase el Decreto N° 1.308/1 de fecha
29 de abril de 2011 y su Anexo, en el único sentido que el responsable de la
firma del Contrato de Locación será el señor Director de la Dirección de
Administración de la Secretaría General de la Gobernación, C.P.N. Sergio E. Gomez
Salas, D.N.I. N° 11.708.305.
Aviso número 21992
DECRETO 1780 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
DECRETO N° 1.780/1, del 30/05/2011. Expte. N° 536/700-C-2011. --- Dispónese la
adscripción, de la señora Patricia Elena Rodríguez Herrera, D.N.I. N° 12.598.083,
Categoría 20, Planta Permanente de la Dirección General de Recursos Humanos, para
que preste servicios en el Centro de Atención y Orientación en Violencia
Familiar, dependiente del Ministerio de Seguridad Ciudadana, a partir del
19/05/11 y hasta el 28/10/2011.
Aviso número 21995
DECRETO 1781 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
DECRETO N° 1.781/7 (MSC), del 30/05/2011. Expte. N° 534/700-R-2010. ---
Titularízase, conforme lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 4346/1 de
fecha 29/12/2009, al personal dependiente del Ministerio de Seguridad Ciudadana y
de la Secretaria de Estado de Seguridad Ciudadana, que se indica MINISTERIO DE
SEGURIDAD CIUDADANA (148) Apellido y Nombres DNI: GONZALEZ, Ramiro Jose
26.368.980; GARCIA MONTENEGRO, Julio 23.020.638; LONGO, Hector Alberto
22.414.095; PEREZ, Luis Tadeo 25.923.185; VEGA, Miguel Salvador 25.498.096;
MANSILLA, Silvia Elena 14.984.920; MEDINA, Sara Isabel 17.866.510; TAPIA, Jorge
Ernesto 12.414.038; VEGA, José Eduardo 26.378.754. SECRETARIA DE ESTADO DE
SEGURIDAD CIUDADANA (149): Apellido y Nombres DNI: RUIZ, Roberto Ruben
18.203.669; MORALES, Christian Ariel 25.498.026.
Aviso número 21991
DECRETO 1782 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
DECRETO N° 1.782/7 (SSC), del 30/05/2011. Expte. N° 1.520/215-2010. ---
Convalídase lo actuado por la DIRECCION GENERAL DE INSTITUTOS PENALES respecto de
la contratación directa con el Departamento de Producción del Organismo por la
provisión de raciones de comida durante los meses de enero y febrero de 2011
según se detalla mas abajo; y apruébase el gasto por la suma de $661.237,95.-
RESUMEN GENERAL: ENERO/2011 36.957 raciones $348.059,58.- FEBRERO/2011
33.271,50.- raciones $313.178,37.- TOTAL $661.237.95.- Autorízase a la DIRECCION
GENERAL DE INSTITUTOS PENALES a contratar en forma directa con el Departamento de
Producción del Organismo la cantidad de 40.809 raciones mensuales de comida, a
partir del mes de marzo del año 2011, a razón de $11,74.- para las raciones
comunes y de $13,50.- para las raciones medicas.
Aviso número 22006
DECRETO 1783 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
DECRETO N° 1.783/7 (SSC), del 30/05/2011. Expte. N° 018/212-2011. --- Autorízase
a la señora Directora del PATRONATO DE INTERNOS Y LIBERADOS DE TUCUMÁN, Lic.
Josefina KLYVER DE GALLEGOS, a suscribir con las personas que a continuación se
indican, los respectivos Contratos de Locación de Obra: - Licenciada en Trabajo
Social, Sra. Juana Angela CISTERNA DE GARCIA, DNI N° 11.065.282, clase 1953; y -
Licenciada en Trabajo Social, Srta. Noelia Lorena TAPIA, DNI N° 29.816.411, clase
1983.
Aviso número 22005
DECRETO 1784 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
DECRETO N° 1.784/9 (MDP), del 30/05/2011. Expte. N° 1161/330-J-10. --- Apruébase
la Licitación Pública N° 03/10 realizada con fecha 9/12/10 por la Subsecretaría
de Asuntos Agrarios y Alimentos, y adjudícase a la firma Patricio Palmero S.A.,
con domicilio en provincia de Buenos Aires la provisión una (1) excavadora nueva
0 Km. marca John Deere modelo 160 D LC, con un año de garantía sin límite de
horas de uso, incluido el servicio de mantenimiento obligatorio mientras dure la
garantía, con provisión de repuestos y mano de obra, los gastos de flete, entrega
con seguro y patentamiento, con destino a la Dirección de Flora, Fauna Silvestre
y Suelos de acuerdo a las especificaciones solicitadas en el pliego y demás
especificaciones técnicas obrantes en la oferta por la suma de $889.300.-
Aviso número 22004
DECRETO 1789 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
DECRETO N° 1.789/7 (SSC), del 30/05/2011. Expte. N° 85.091/213-2011. ---
Dispónese el pase a situación de Retiro Voluntario del Sargento Primero del
DEPARTAMENTO GENERAL DE POLICIA, Sr. Miguel Nicolás MORENO, C. I. N° 537595,
clase 1959, por encontrarse comprendido en las prescripciones de los artículos
10° y 11° de la Ley N° 3.886/1972 y sus modificatorias (de Retiros y Pensiones
Policiales), restablecido transitoriamente en su vigencia por el Decreto N° 10/14
(MGyJ)-99, ratificado por la Ley N° 6.993 y las cláusulas octava a undécima del
Convenio de Transferencia del Sistema Provincial de Previsión y Seguridad Social
a la Nación, ratificado por el artículo 1° de la Ley N° 6.772. Déjase establecido
que lo dispuesto por el artículo anterior, es sin perjuicio de que pueda
modificarse la causal de desvinculación de autos, de acuerdo al resultado de las
causas pendientes de resolución que registra el causante.-
Aviso número 22001
DECRETO 1790 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-03
DECRETO N° 1.790/9 (MDP), del 30/05/2011. Expte. N° 1109/330-D-2010. ---
Autorízase a la Subsecretaría de Asuntos Agrarios y Alimentos a contratar en
forma directa, por la suma de $114.920,00.- con la firma "CRIOGENICA S.R.L.", con
domicilio en calle Diego de Villarroel N° 256 de San Miguel de Tucumán- CUIT 30-
70852339-5, el servicio de inseminación artificial con método IATF a tiempo fijo
de 900 vientres bovinos en cuatro localidades de la provincia: Taco Ralo (Dpto.
Graneros), Atahona (Dpto. Simoca), San Pedro de Colalao (Dpto. Trancas) y en el
Dpto. Trancas.
Aviso número 21994
RESOLUCIONES 266 / 2011 RESOLUCION / 2011-05-26
JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 266/11-H.J.E.P., del 26/05/2011. --- I-
Reconocer personalidad jurídico política a la agrupación POR UN CAMBIO SOCIAL"
para actuar como partido político en la jurisdicción del Municipio de Tafi del
Valle, Departamento homonimo. II- Otorgar el número 307 al mencionado partido
según lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley 5.454 y resolución de la H.
Junta Electoral del 22/04/03.- III- Publíquense edictos por un día, Libre de
Derechos, en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndose conocer la
Declaración de Principios y Bases de Acción Política, Carta Orgánica y la
presente Resolución.- Hágase Saber.- Dr. Antonio Daniel Estofan, Presidente. Dr.
Pedro Vicente Giudice, Vocal. Leg. Regino Néstor Amado, Vocal Presidente
Subrogante de la H. Legislatura de Tucumán.
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS
El PARTIDO POR UN CAMBIO SOCIAL reconoce como principios fundamentales que han de
regir su accionar político, el cumplimiento en el ámbito municipal de los fines
expresados en los preámbulos de las constituciones de nación y de la provincia.
Se considera esencial, el principio de la soberanía del pueblo que se expresa en
el sistema representativo como medio idóneo de manifestación. Considera, además,
esencial la plena vigencia del Sistema Republicano, caracterizado por la
publicidad de los actos de gobierno, la separación de los Poderes del Estado y la
Periodicidad de las Magistraturas. Declara además que el sistema Federal es el
que mejor expresa la realidad argentina y constituye el medio mas idóneo de
gobierno cuyo origen en nuestro país de encuentra en las Comunas, Municipios y
Provincias, razón por la cual los Constituyentes lo erigieron en Institución
Básica y conteniendo necesario de las Constituciones Provinciales. Así mismo se
reconocen como principios esenciales de nuestra Nación las Libertades, Derechos y
Garantía reconocida en la Constitución Nacional y de la Provincia, que
constituyen las expresiones de los Derechos Humanos cuya violación implica no
solamente una agresión contra la Nación sino un delito que afecta el orden
internacional, cuando la violación proviene del propio Gobierno d Estado. Que
dentro del Sistema Federal adoptado por la Constitución no es posible el pleno
desarrollo de la Nación, sin la existencia y el desarrollo previo de las
Entidades Políticas que la componen.
BASES DE ACCIÓN POLÍTICA
Con el objeto de asegurar la plena vigencia de los Principios señalados el
PARTIDO POR UN CAMBIO SOCIAL persigue: 1°. Convertir al municipio en un ámbito
de orden, paz, progreso y respeto a los derechos ciudadanos. 2°. Responder a las
necesidades de los habitantes, espiritual y materialmente, mediante la
concentración de la mayor cantidad de servicios destinados a satisfacer los
requerimientos del bienestar ciudadano. 3°. Una intensa participación de los
ciudadanos en la gestión municipal asegurándoles: A. El derecho a informarse con
el empleo de la más amplia publicidad relacionada con la percepción e inversión
de las rentas municipales, los actos de gestión y el cumplimiento de los planes
aprobados. B. El derecho a expresarse ante las autoridades sea en forma
individual o colectivamente. C. El derecho de asociarse con fines públicos de
participación en la vida comunitaria, fomentando la formación de Centro y
Organizaciones no Gubernamentales, e instrumentando su participación en la
formulación de planes y la ejecución de obras de interés Municipal. D. La
presencia en el gobierno municipal, y el concepto de que el bien común constituye
la creación y mantenimiento de las condiciones necesarias para que cada uno logre
su perfección en el ejercicio de su libertad. E. Un Municipio convertido en un
instrumento ágil y dinámico de gobierno, reduciendo la capacidad ociosa de su
personal mediante su redistribución racional en nuevos e indispensable servicios.
Y proveyendo a su capacitación permanente, y estableciendo una carrera
administrativa que le asegure su estabilidad y una retribución digna. 4°. En el
orden de la Cultura y Educación contribuir con las rentas y la acción Municipal a
la gratuidad de la enseñanza, cooperando con la acción que cumplen las escuelas
municipales y parroquiales, mediante la provisión elementos didácticos necesarios
y alimentación de los alumnos. Promover la acción cultural y las manifestaciones
del arte, manteniendo salas de exposiciones, conferencias, conciertos, creando
centro de recreación y deporte y manteniendo los ya existentes y subvencionando
actividades de esa naturaleza. Crear y sostener escuelas, colegios e institutos
de cultura superior, y en especial fomentar los establecimientos que tenderán a
capacitar para el trabajo. 5°. En el orden de la salud, organizar en el Municipio
para todos sus habitantes una mejor calidad de vida. Crear nuevos servicios
asistenciales, salas de primeros auxilios y todo lo necesario para complementar
la acción de los centros hospitalarios y centros de atención primaria de la salud
ya existentes, cubriendo todas las necesidades de estos. 6°. En el orden a la
Política Económica Financiera: Llevar adelante una política presupuestaria
acordando prioridad a las obras de infraestructura para fomentar la actividad
económica en el Municipio, generando empleos. Mantener el principio de la justa
imposición, estableciendo tasas y alícuota razonables, acorde con la capacidad
contributiva de la población, determinada mediante el catastro de las propiedades
y con los medios técnicos necesarios la determinación justa de todos los
impuestos provinciales. Evitar el gasto publico superfluo, aplicando el principio
de subsidiariedad, de tal suerte, que el Municipio tome a su cargo, solo aquellas
actividades y servicios que no puedan ser prestados con ventaja por la actividad
privada o en iguales condiciones, exceptuando siempre la salud, la educación y la
seguridad. 7°. En materia de obras publicas ejecutar las obras que se adecuen las
exigencias de una planificación y zonificación provincial para insertarnos con
más y mejores posibilidades en la región. Cooperar con la Nación, la Provincia y
las Comunas en los planes de vivienda, participando en los mismos, mediante la
cesión de los inmuebles necesarios o la afectación de los recursos del caso. 8°.
Promover un Estado sin corrupción: La corrupción destruye a cualquier Estado,
distorsiona las prioridades, dilapida recursos y enriquece a unos pocos. En los
últimos años no alcanzo los más altos niveles de Administración, es difícil medir
el daño que ocasiona, no solo a la Administración Pública sino a las
Instituciones Democráticas y a la moral colectiva de los habitantes del
Municipio.
DECLARACIÓN
El ¨PARTIDO POR UN CAMBIO SOCIAL del Municipio de TAFI DEL VALLE de la provincia
de Tucumán organiza su gobierno de acuerdo con los principios y propósitos a
consagrados en la presente Carta Orgánica obligándose a respetar y a atacar la
Constitución Nacional, Provincial y las Leyes que se dictaren en su consecuencia.
TITULO I
DE LA FORMACIÓN DEL PARTIDO POR UN CAMBIO SOCIAL
Articulo 1° - El PARTIDO POR UN CAMBIO SOCIAL del Municipio de TAFI DEL VALLE de
la Provincia de Tucumán se construye con los siguientes organismos: A. Honorable
Convención Provincial. B. H. Junta de Gobierno. C. Tribunal de Conducta. D.
Tribunal de Cuentas. E. Honorable Junta Electoral. Articulo 2°- El Gobierno del
Partido será ejercicio por la H. Junta de Gobierno, de acuerdo a las
prescripciones que a continuación se expresan. Articulo 3°- Los miembros de los
Cuerpos a que se refiere el Articulo 1° duraran tres (3) años en el ejercicio de
sus funciones. Articulo 4°- Las autoridades Partidarias y los candidatos a
cargos electivos públicos serán elegidos por el voto directo y secreto de los
afiliados, conforme a las normas electorales vigentes. En todo caso el sistema de
distribución de cargos partidarios y electivos será el régimen proporcional Sáenz
Peña de mayoría y minoría. Salvo en los casos que la Ley Electoral no lo permita.
TITULO II - DE LA HONORABLE CONVENCIÓN PROVINCIAL
Articulo 5°- La Autoridad Superior del Partido estará a cargo de la H. Convención
Provincial, la que tendrá como base de integración por Sección Electoral en
carácter de Convencionales Titulares. La representación será la siguiente: 11
(once) MIEMBROS TITULARES Y 4 (cuatro) MIEMBRO SUPLENTES. Articulo 6° - Para ser
Delegado de la H. Convención Provincial, se requiere : por a) ciudadanía
Argentina en ejercicio; b) Dos (2) años de afiliación al Partido; c) veintiún
(21) años de edad como mínimo; d) Ser nativo de la provincia o con dos (2) años
de residencia en ella. Articulo 7° - La H. Convención será convocada por la
junta de Gobierno para su constitución. No mediando convocatoria hasta los (15)
días de producida la proclamación de los convencionales, los electos podrán darse
por convocados con la conformidad de un tercio (1/3) de los integrantes del
Cuerpo, en ambos casos se procederá de la siguiente manera: A. Reunidos los
Delegados en el lugar y hora que designe la Junta de Gobierno, o en el que
fijen los Convencionales autoconvocados se constituirá en Sección Preparatoria
siempre que estuviesen presentes la mitad mas uno de sus miembros. Se procederá a
designar un Presidente Provisional y un Secretario Ad-hoc, nombrándose una
Comisión de Poderes, de tres (3) miembros que determinara la validez de los
Títulos de los Delegados Convencionales. B. Producido el Dictamen de la Comisión
de Poderes, este será tratado conforme al Reglamento de la H. Cámara de
Legisladores de la Provincia de Tucumán, que regirá supletoriamente en todas las
deliberaciones de la H. Convención Provincial. C. La H. Convención Provincial
quedara constituida una vez que fuesen aprobados los títulos de las tres cuartas
(3/4) partes del total de sus miembros y procederá a elegir la Mesa Directiva del
Cuerpo, la que estará constituida por: UN (1) PRESIDENTE, UN (1) VICEPRESIDENTE Y
TRES (3) SECRETARIOS, cuyas funciones serán las siguientes: del SECRETARIO de
ACTAS Y REGISTROS : responsable de su confección y de proporcionar la información
pertinente; del SECRETARIO de ORGANIZACIÓN : responsable de los tramites de
convocatoria de las Asamblea y de la organización necesarias para organizar
sesiones. Articulo 8°- La H. Convención estará en Quórum legal con la presencia
de la mitad mas uno de sus miembros. Pasada media (1/2) hora de fijada para la
reunión, sesionara con la tercera (3ª) parte de sus componentes. Para determinar
el quórum solo se computara el total de sus miembros titulares. Articulo 9°- La
H. Convención, tendrá las siguientes atribuciones: A. Formular la Declaración de
Principios del Partido. B. Dictar el Programa y Plataforma Electoral, con
sujeción a las orientaciones y principios contenidos Declaración de Principios y
Bases de Acción Política. C. Reformar la presente Carta Orgánica y la Declaración
de Principios, necesitándose el voto de las dos terceras (2/3) partes de los
miembros presentes para considerar oportuna tal reforma y simple mayoría para
aprobarla. D. Recibir los informes que deberían presentar anualmente los
afiliados del Partido que ejerzan funciones públicas electivas. E. Elevar las
inconductas de las autoridades partidarias en el cumplimiento de la Carta
Orgánica y las de los funcionarios públicos electivos al Tribunal de Conducta;
observándose lo dispuesto en el Inciso siguiente en el caso de expulsión. F.
Resolver en apelación las penalidades impuestas por el Tribunal de Conducta,
exigiéndose el voto de las dos terceras (2/3) partes de los miembros presentes
para resolver la expulsión. Siendo esta sanción inapelable, como cualquier otra
tomada como Tribunal de Apelación. G. Elegirá los miembros de la H. Junta
Electoral, Tribunal de Conducta y Tribunal de Cuentas. H. Designar los candidatos
partidarios para elecciones generales cuando hubiese sido imposible la
realización de comicios internos. Para ello será necesario sesionar en quórum de
dos tercios (2/3), debiéndose resolver previamente sobre la eventual
responsabilidad de funcionarios partidarios en la situación producida, aplicado
si así correspondiese las sanciones de rigor.
I. Resolver acerca de la eventual incorporación de candidatos de otros partidos
y/o independientes a cargos públicos electivos. Para ello será necesario la
decisión de dos tercios (2/3) de votos presentes para aprobarlo. J. Emitir
opinión y dictamen sobre los demás Cuerpos Partidarios. K. Tomar posición
definitiva acerca de cuestiones que afectaren profundamente la unidad partidaria
por conflictos que surgiesen entre los demás elementos partidarios o sectores
internos. Articulo 10°- El orden del Día de la H. Convención Provincial podrá
ser reformado e incluirse nuevos asuntos si así lo resuelve los dos tercios (2/3)
de sus miembros presentes. Los miembros de la Junta de Gobierno tiene voz pero no
voto en las deliberaciones de la H. Convención. Tendrán el mismo derecho los
Presidentes de los Bloques Parlamentarios y de los Legisladores Nacionales y
Provinciales. Articulo 11°- La H. Convención, celebrara reuniones ordinarias y
extraordinarias. Las ordinarias se realizaran dos (2) veces al año en las
siguientes fechas el último domingo de Junio y el primer domingo del mes de
Diciembre, para lo cual la Mesa de la H. Convención efectuara las convocatorias
correspondientes, debiendo concurrir a estas reuniones las autoridades
partidarias y los afiliados que ejerzan funciones electivas para evacuar los
informes que el Organismo considere pertinente. Las sesiones extraordinarias
tendrán lugar: A. A pedido de la Junta de Gobierno B. Por pedido del veinticinco
por ciento de los Señores Convencionales. C. Por citación de la Mesa Directiva de
la H. Convención. En cada caso se expresara el Orden del Día. La citación se hará
con tres (3) días de anticipación por lo menos.
TITULO II - DE LA JUNTA DE GOBIERNO
Articulo N° 12 La Autoridad Ejecutiva del PARTIDO POR UN CAMBIO SOCIAL estará a
cargo de una Junta de Gobierno con asiento en la ciudad de San Miguel de Tucumán,
compuesta de 7 (siete) miembros titulares y 2 (dos) miembros suplentes. El
Presidente de la Junta de Gobierno será elegido a simple pluralidad de sufragios
por el voto directo y secreto de los afiliados, y será quien encabece la lista
ganadora. El resto de los integrantes de la Junta de Gobierno se distribuirán
conforme al sistema proporcional de mayoría y minorías Sáenz Peña, y una vez
constituidos procederán a la designación de los cargos que se estimen necesarios
para el mejor Gobierno del Partido. Articulo N° 13 El Presidente y 2 (dos)
miembros designados por la Junta de Gobierno, constituirán la Mesa Directiva, la
que tendrá facultades para abocarse al conocimiento de los asuntos cuya decisión
juzgue de urgencia. Articulo N° 14 Para ser miembro de la Junta de Gobierno se
requiere: A. Tener ciudadanía Argentina. B. Tener veintiún (21) años o más de
edad como mínimo. C. Ser elector en la Provincia, con una antigüedad de dos (2)
años como mínimo, en el Padrón Electoral. D. Tener 2 (dos) años de antigüedad en
la afiliación partidaria. Articulo N° 15 - La Junta de Gobierno tendrá las
siguientes atribuciones y deberes: A. Dictar un Reglamento Interno B. Dictar las
normas y disposiciones necesarias para cumplir y hacer cumplir esta Carta
Orgánica y las resoluciones de los Organismo Superiores del Parido. C. Dirigir la
campaña electoral, la propaganda y el proselitismo en concordancia con la
Plataforma Electoral y Declaración de Principios del Partido. D. Llevar el
fichero general de los afiliados del Partido, organizar la inscripción de
afiliados disponiendo su cierre, conjuntamente con cada convocatoria a elecciones
internas. E. Dirigir en general la marcha del Partido y adoptar todas las medidas
necesarias para desarrollar el interés por la actividad cívica para mantener la
disciplina partidaria, y para afirmar el espíritu de solidaridad entre los
afiliados. F. Administrar el patrimonio del Partido y llevar los libros conforme
a las disposiciones legales vigentes. G. Reglamentar la forma de recepción de la
renta partidaria y su distribución. H. Presentar informe a la H. Convención sobre
la marcha y estado del Partido. I. Mantener las relaciones del Partido con
Autoridades Nacionales y/o Provinciales, así también con los funcionarios y
autoridades electivas. J. Someter al Tribunal de Conducta las faltas y los actos
de inconducta o indisciplina, en que a juicio del cuerpo, incurren los afiliados
del Partido. K. Convocar a la H. Convención en los casos previstos. L. Designar
al Apoderado General del Partido, Titular y Suplente, para que represente al
partido ante las autoridades oficiales, no existiendo incompatibilidad con otros
cargos partidarios de los mismos. M. Convocar a elecciones partidarias internas
en las oportunidades que correspondan, conforme lo indica esta Carta Orgánica,
debiéndose comunicar esta convocatoria a la H. Junta Electoral dentro de las
cuarenta y ocho (48) horas de producida tal Resolución. N. Pronunciarse en
definitiva sobre los casos previstos en esta Carta Orgánica, así como las
consultas sobre los casos no previstos en esta Carta Orgánica. O. Fomentar en la
medida de lo posible una amplia labor cultural, social, de docencia popular y de
proselitismo político, crear la biblioteca del Partido, centros de cultura,
difusión y discusión de la doctrina del Partido. P. Autorizar la creación de
Comisiones Partidarias.
Q. Convocar a Asamblea General de afiliados en una o diversas concentraciones en
caso de producirse situaciones de suma gravedad en la vida institucional o
política del País, la Provincia o del Partido, que rebasaren la capacidad de
decisión de los Cuerpos Orgánicos, para tomar posición o actuar en consecuencia.
Articulo 16° - En caso de acefalia de la Junta de Gobierno, se procederá a una
nueva elección por el voto directo y secreto de los afiliados, siempre que falte
más de un año y medio (1 y 1/2) para la terminación del mandato. En caso
contrario designará a los miembros faltantes la H. Convención Provincial a simple
mayoría de votos. En tanto dure la acefalia se hará cargo de la Junta de Gobierno
la Mesa Directiva de la H. Convención. Los nuevos miembros serán elegidos para
completar periodo. Articulo 17° - La Junta de Gobierno por simple mayoría y en
quórum legal podrá dejar cesantes a sus componentes que no acepten sus cargos a
contar de los treinta (30) días de su elección o que dejarán de asistir tres (3)
sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) reuniones ordinarias alternativas sin
previo aviso y sin justificación debida. Articulo 18° - La Junta de Gobierno
tendrá quórum legal con cuatro (4) de sus miembros titulares. Los Concejales
Municipales y el Intendente, y los miembros de la Mesa Directiva de la H.
Convención Provincial podrán asistir a sus deliberaciones con voz pero sin voto.
Articulo 19° - La Junta de Gobierno podrá celebrar sesiones extraordinarias en
los siguientes supuestos: A. Por pedido de tres (3) de sus miembros. B. Por
pedido de por lo menos diez (10) afiliados del Partido. C. Por resolución de la
mayoría de sus miembros. En todos los casos deberá efectuarse la reunión para
tratar un tema determinado.
TITULO IV - DE LA H. JUNTA ELECTORAL
Articulo 20° - La H. Junta Electoral del ¨PARTIDO POR UN CAMBIO SOCIAL se
compondrá de dos (2) miembros titulares y (1) suplente. Articulo 21° - Para ser
miembros de la H. Junta Electoral se requiere tener treinta (30) años como mínimo
de edad y dos (2) años de afiliado. Articulo 22° - Celebrará sus sesiones en el
local partidario, eligiendo en su seno, un (1) Presidente y (1) Secretario. La
elección de autoridades se hará en la sesión constitutiva del cuerpo. Articulo
23° - Sus funciones serán las que establece la Ley Electoral de la Provincia,
para el Tribunal Electoral y condiciones a las disposiciones de la presente Carta
Orgánica y especialmente a las siguientes: A. Confeccionar el Padrón de Afiliados
conforme al fichero llevado por la Junta de Gobierno. Previa depuración lo hará
público y abrirá un Periodo de Tachas no menor de tres (3) días durante los
cuales los afiliados podrán oponer observaciones sobre la base de las siguientes
causales: 1°) Estar comprendidos dentro de una de las causales de inhabilidad de
las establecidas en las Leyes Nacionales y Provinciales de la materia. 2°) Haber
sido suspendido en la afiliación o expulsado del Partido. 3°) Haber renunciado.
B. Pronunciarse en definitiva sobre las tachas opuestas y aprobar los Padrones
por lo menos veinticinco (25) días antes de las Elecciones Internas. C. Presidir,
Organizar, y Fiscalizar las Elecciones Internas, hacer el Escrutinio Definitivo
de las mismas y Proclamar a los Electos. Cuando se trate de elecciones a cargos
Públicos lo comunicará al Apoderado del Partido para su oficialización ante la
Justicia Electoral. Articulo 24° - Una vez que la Junta de Gobierno haya
convocado a Elecciones Internas y le fuera a la H. Junta Electoral, ésta
procederá de inmediato a cumplir con su cometido. Articulo 25° - La H. Junta
Electoral confeccionará el Cronograma Electoral, que especialmente tendrá en
cuenta lo siguiente: A. Exhibición del Padrón (Art. 26 Inc. A) B. Tachas y
Observaciones (Art. 26 Inc. A) C. Aprobación del Padrón (Art. 26 Inc. B) D.
Oficialización de Listas E. Tachas y Observaciones de Listas F. Aprobación de
Listas G. Designación de Autoridades H. Designación de Locales Electorales I.
Oficialización de Boletas Electorales J. Presentación de Mazos de Boletas y Votos
Testigos. K. Elección
Articulo 26° - Inmediatamente de realizad el Acto Electoral, la H. Junta
Electoral sesionará con carácter permanente y procederá al recuento de los votos
o las Mesas donde lo soliciten alguno de los Apoderados de las Listas
participantes y procederá a verificar el Escrutinio Definitivo y Proclamará su
resultado conforme al Art. 26 Inc. C. Articulo 27° - Todas las resoluciones de la
H. Junta Electoral se adoptarán en reuniones a las que asistan por lo menos (2)
de sus miembros. Los votos serán fundados en todos los casos.
Convocados los afiliados a Elección Interna, la ausencia de cualquiera de los
miembros de la H. Junta Electoral a tres (3) reuniones consecutivas, provocará la
separación automática del miembro ausente. En este caso lo reemplazará el
suplente. Para él supuesto que no pudiera integrarse el Tribunal Electoral
conforme al primer párrafo de este Art., el miembro presente podrá requerir a la
Junta de Gobierno designará el o los afiliados que reemplazará al o a los
ausentes quién o quienes reunirán las condiciones que exige el Art. 24 de esta
Carta Orgánica.
TITULO VI - DEL TRIBUNAL DE CONDUCTA
Articulo 28° - El Tribunal de Conducta estará integrado por tres (3) miembros
titulares y (1) suplente, requiriéndose para ser miembro tener como mínimo
cuarenta (40) años de edad y tres (3) años de afiliado, Articulo 29° - De su seno
designará un (1) presidente, un (1) Vicepresidente y (1) un Secretario, sesionará
válidamente con un mínimo de dos (2) de sus miembros. Articulo 30° - Corresponde
al Tribunal de Conducta instruir proceso a los afiliados, juzgar sus conductas y
aplicar las penalidades que correspondan de conformidad a ésta Carta Orgánica.
Articulo 31° - El Tribunal de Conducta actuará a requerimiento de la Junta de
Gobierno, de la H. Junta Electoral o de la H. Convención. Fijará sus propias
reglas de procedimiento sobre la base de que esta debe ser verbal, actuado y
público con intervención y defensa del acusado, pudiendo juzgar en rebeldía. La
resolución definitiva deberá producirse dentro del término de sesenta (60) días,
contados desde la iniciación de las actuaciones. Concluido dicho termino sin
producirse resolución, quedará sin efecto y como no presentada la acusación, sin
prejuicio de las responsabilidades de los miembros del Tribunal de Conducta ante
el H. Convención. El Tribunal de Conducta podrá dictar providencias para mejor
proveer y tomar informaciones de todas las autoridades partidarias. Podrá citar a
los interesados y a cualquier afiliado como testigo bajo pena de sancionarlo en
caso de incompetencia. Se considerará reiterada la incomparencia a dos (2)
citaciones consecutivas e injustificadas. Articulo 32° - Las resoluciones del
Tribunal de Conducta serán apelables, las que serán recurribles ante la H.
Convención dentro de los (5) días de notificadas. Hasta tanto se pronuncie la H.
Convención el afiliado quedará suspendido en el goce de sus derechos como tal.
Articulo 33° - Las resoluciones del Tribunal de Conducta se tomarán por la
mayoría de votos de sus miembros componentes.
TITULO VII - DE LA DISCIPLINA PARTIDARIA
Articulo 34° - Los afiliados del Partido por falta que cometieran están sujetos a
las siguientes penalidades: A. Amonestación B. Suspensión hasta (5) años C.
Expulsión Salvo la amonestación o suspensión menor de tres (3) meses, las
penalidades llevan implícitas la pena accesoria de pérdida de la antigüedad
partidaria y la de la cancelación de ficha, con la de que el sancionado no podrá
solicitar su reafiliacion hasta después de diez (10) años de la sanción. El
expulsado no podrá afiliarse nuevamente al Partido. Articulo 35° - Las
resoluciones finales serán comunicadas a todos los Organismos del Partido.
TITULO VIII - PATRIMONIO PARTIDARIO
Articulo 36° - El patrimonio del ¨PARTIDO POR UN CAMBIO SOCIAL se formará: A. Con
el aporte obligatorio del diez (10) por ciento de los haberes que por todo
concepto perciban los Concejales y el Intendente y afiliados que desempeñan
funciones en gestión del signo del Partido hasta el rango de Subdirector y sus
Asesores en el Departamento Ejecutivo Municipal. El aporte obligatorio del diez
(10) por ciento de los haberes que por todo concepto perciban los afiliados que
desempeñan funciones como Secretarios, Pro Secretarios y Asesores de los Bloques
partidarios B. Los aportes de los Concejales y los Funcionarios del Municipio
serán efectuados ante la Tesorería de la Junta de Gobierno. C. Con las donaciones
de los afiliados y simpatizantes del Partido. D. Con la cuota mensual que
anualmente fije la Junta de Gobierno como contribución obligatoria de los
afiliados. E. Con el producto de las colectas, emisión de bonos, rifas y
cualquier otro medio que disponga la Junta de Gobierno para proveer fondos al
Partido. F. Toda otra contribución que establezca la Junta de Gobierno para
funciones no prevista por este Titulo. Articulo 37° - Anualmente la Junta de
Gobierno realizará un Balance que será remitido para su consideración al Tribunal
de Cuentas del Partido, cuyos miembros tendrán acceso a la Contabilidad. Los
fondos del Partido deberán depositarse en Banco a la orden del Presidente o
Vicepresidente y del Tesorero de la Junta de Gobierno.
TITULO IX - DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
Articulo 38° - El Tribunal de Cuenta estará integrado por dos (2) miembros
titulares y un (1) suplente. Por lo menos (1) miembro titular de éste organismo
deberá contar con título habilitante en Ciencias Económicas. Reunir las
condiciones exigidas en el Art. 6° de ésta Carta Orgánica. El Tribunal de Cuentas
tendrá por misión: A. Revisar las cuentas del Partido. B. Controlar los egresos e
ingresos.
TITULO X - DE LOS AFILIADOS
Articulo 39° - Podrán afiliarse al ¨PARTIDO POR UN CAMBIO SOCIAL los ciudadanos
de ambos sexos que fueran Argentinos nativos o naturalizados y estén en
condiciones de usar el Derecho del Sufragio, quienes deberán acreditar su
identidad con los documentos exigidos por la Ley Electoral y se encuentren
inscriptos en el Padrón Electoral de la Provincia. Articulo 40° - Cuando un (1)
ciudadano haya efectuado cambio de domicilio y no figure en el Padrón oficial
podrá afiliarse y ejercer el Derecho de Sufragio interno justificado esta
circunstancia con la presentación del documento idóneo que acredite tal
situación. Los ciudadanos recién enrolados que no figuren en el Padrón Oficial
podrán afiliarse y ejercer el Derecho del Sufragio interno justificando ésta
circunstancia con la presentación del Documento respectivo. Articulo 41° -
Exigense tres (3) meses de antigüedad en la afiliación para intervenir sufragando
en cualquier elección interna del Partido. Articulo 42° - Los afiliados que
hubieran dejado de pertenecer al Partido, al reingresar serán considerados como
afiliados nuevos. Articulo 43° - Cuando el Partido deba adoptar alguna decisión
de trascendental importancia, la Junta de Gobierno podrá convocar a Asamblea de
afiliados para referéndum, dando amplia publicidad a la convocatoria que deberá
hacerse con cinco (5) días de anticipación por lo menos. Articulo 44° - Ningún
afiliado o grupo de afiliados, podrán dar a publicidad ninguna presentación
dirigida a las autoridades partidarias antes de haberlas hecho llegar a estas.
Articulo 45° - Todo afiliado que desempeñe función pública electiva está obligado
a informar a la H. Convención Provincial de su gestión en el cargo que desempeña.
Este informe deberá presentarse en la sesión ordinaria última del año que celebre
el Organismo.
TITULO XI - DE LOS CANDIDATOS
Articulo 46° - Para ser candidato a cualquier cargo público electivo se requiere
tener dos (2) años de afiliación al Partido. Los candidatos a cargo Electivos
deberán suscribir a favor del Partido un compromiso formal de cesión lisa y llana
de haberes en la proporción establecida por ésta Carta Orgánica sin cuya
formalización la H. Junta Electoral, no oficializará candidatura alguna
El ¨PARTIDO POR UN CAMBIO SOCIAL podrá llevar candidatos extrapartidarios o
independientes solo en el caso de contar los mismos, con autorización expresa de
la Junta de Gobierno. Articulo 47° - Para ser candidato del Partido se requiere
obtener el Comicio Interno, la simple mayoría de los sufragios validos emitidos y
haber efectuado la promesa de cesión del Art. 36° inc. A. Articulo 48° - En el
caso de reelección de un (1) candidato en cualquier cargo electivo cuando no
fuera posible el Comicio Interno y sea la H. Convención Provincial que deba
designar los candidatos, se resolverá por lo establecido en el Art. 59° de esta
Carta Orgánica.
TITULO XII - DE LAS INHABILIDADES
Articulo 49° - No podrán ser miembros de la Junta de Gobierno los afiliados que
en el Distrito desempeñan cargos no electivos con funciones ejecutivas hasta el
cargo de Director, Subdirector o equivalente. Articulo 50° - Todos los cargos
electivos partidarios son incompatibles entre sí. Articulo 51° - Ningún afiliado
podrá desempeñarse simultáneamente en dos (2) cargos electivos, debiendo optar
por uno de ellos, si el caso se presenta.
TITULO XIII - DE LA ELECCIÓN INTERNA
Articulo 52° - A los fines de la renovación de las autoridades creadas por ésta
Carta Orgánica, la Junta de Gobierno deberá convocar con una anticipación de
sesenta (60) días a la finalización de los mandatos a los afiliados del Partido a
Comicios Internos. A éste efecto deberá publicarse la Convocatoria conforme a la
legislación vigente (Ley Orgánica de los Partidos Políticos Provincial) Articulo
53° - Para el caso de que la Junta de Gobierno no cumpliera en término con la
obligación a que se refiere el Artículo anterior, la Mesa Directiva de la H.
Convención Provincial, deberá hacerse cargo de las funciones de aquella y
procederá a dar cumplimiento a lo estatuido en el Art. 56°. A este único efecto
los mandatos de los Convencionales que cesaren se considerarán prorrogados hasta
que se realicen la nueva elección interna. Articulo 54° - Los candidatos a ocupar
los cargos electivos de Gobernador, Intendentes Municipales, Comisionados
Comunales, Legisladores Provinciales, Concejales Municipales y Legisladores
Nacionales serán elegidos por el voto directo y secreto de los afiliados, salvo
en el caso del Régimen de Lemas. Para este comicio, la Junta de Gobierno deberá
convocar con una anticipación no menor de los noventa (90) días de la fecha
estipulada para la Elección General. Articulo 55° - En el supuesto de que por
cualquier motivo no se hubiese podido cumplimentar con el proceso comicial
interno respecto de cualquier candidatura, los candidatos serán elegidos por la
H. Convención Provincial, conforme a las siguientes normas: A. Decidirá el voto
de los dos tercios (2/3) de los componentes del Cuerpo, la necesidad de
procederse a la elección por la H. Convención Provincial. B. Cumplimentando el
requisito a que se refiere el Inciso precedente, procederá a elegir todos los
candidatos del Partido con simple mayoría de los votos. Articulo 56° - Para la
elección a candidatos a Gobernador de la Provincia y Legisladores Nacionales se
considerará la Provincia como Distrito único. En la elección de Legisladores
Provinciales, Concejales Municipales, Intendentes y Comisionados Comunales se
dividirá la Provincia en tantas Secciones Electorales como las que fija la Ley
Electoral Provincial. Se utilizara al efecto el sistema proporcional de mayoría y
minoría Sáenz Peña, salvo que la legislación electoral lo impidiese. Articulo
57°- Para la proclamación se deberá seguir el orden de Lista tanto para titulares
como para suplementes. Articulo 58° - El Comicio Interno se organizará de la
siguiente forma: A. Las listas se oficializaran ante la H. Junta Electoral por
intermedio de sus Apoderados. Deberán ser firmadas por el grupo de afiliados que
las auspician con la verificación de los datos de sus documentos de identidad.
Los apoderados deberán constituir domicilio legal en la Sede de la H. Junta
Electoral, que fijara el horario de notificaciones. B. El número de afiliados que
se determina para apoyar y auspiciar las distintas Listas, será de cien (100) o
más. C. La H. Junta Electoral tachará los nombres de los candidatos que no
reúnan las condiciones de afiliación y antigüedad requerida por esta Carta
Orgánica. Dicha resolución será comunicada inmediatamente a cada uno de los
Apoderados de las Listas con la expresiones de las causas que motivan las Tachas.
D. Las Listas no observadas por la H. Junta Electoral o por cualquier afiliado
dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de su presentación quedaran de hecho
aprobadas. E. Objetada una Lista, H. Junta Electoral deberá expedirse, con
carácter irrevocable dentro de las veinticuatro (24) horas de formulada la
objeción. F. Para la elección de candidatos a cargos electivos Provinciales,
Municipales y Comunales, podrán presentarse Listas en una o más secciones
electorales en que sea dividida la Provincia o en uno o más Municipios o
Comunas. Para la elección de Todas las Listas serán auspiciadas con la firma de
cien (100) afiliados como mínimo. Para la elección de las Autoridades de de la H.
Junta de Gobierno se considerará a la Provincia Distrito único. Todas las
candidaturas deberán ser acompañadas con la correspondiente aceptación firmada
por el respectivo candidato. En los casos de resolución de H. Junta Electoral
haciendo lugar a una impugnación o a impugnaciones parciales los Apoderados de
las Listas procederán a su reemplazo. G. Los candidatos partidarios podrán
designar Apoderados ante las Mesas Receptoras para fiscalizar el acto. Los
candidatos por sí o por intermedio de los Apoderados podrán formular cualquier
observación o queja dejando de ello constancia de en el Acta del Comicio. H. El
voto será secreto, emitido en cuarto oscuro y sobre cerrado, que firmarán el
Presidente de la Mesa y los Fiscales que deseen hacerlo. I. Las boletas de
sufragio deberán presentarse impresas y ajustadas a la reglamentación que en cada
caso dictará la H. Junta Electoral. J. Las Boletas del sufragio no oficializadas
por la H. Junta Electoral, no podrán ser colocadas en los locales destinados al
Comicio y a las Listas o grupos a que pertenezcan no podrán designar fiscales
para controlar el Acto Electoral. Si al hacerse el Escrutinio aparecieran votos
emitidos con estas Boletas serán considerados Nulos. K. La H. Junta Electoral
presupuestará el Comicio, el que será solventado por las Listas participantes al
momento de la Reserva de Color o de Lista con el veinte por ciento (20 %) y
conjuntamente con la presentación de la Lista para su Oficialización con el
restante ochenta por ciento (80 %). El no cumplimiento de este Inciso dará lugar
a considerar a la Lista como no presentada. Articulo 59° - Inmediatamente después
de clausurado el Acto Comicial, en presencia de los fiscales y afiliados que
acudieron el Presidente realizará las operaciones pertinentes de acuerdo con el
Código Electoral Nacional (C.E.N).
Articulo 60° - Para la validez del Comicio se fija un margen de cinco (5) en más
o menos en relación con el numero que conste en el Acta respectiva. Articulo 61°
- La H. Junta Electoral reglamentará la elección interna en todo lo no previsto
en ésta Carta Orgánica.
TITULO XIV - DE LOS BLOQUES PARLAMENTARIOS
Articulo 62° - Los representantes del ¨PARTIDO POR UN CAMBIO SOCIAL en el Concejo
Deliberante se construirán en Bloques Orgánicos para sostener el Programa
Partidario en cada caso. En cuestiones fundamentales de orden político, la
Representación Municipal deberá consultar a la Junta de Gobierno para recibir las
directivas oficiales del Partido, a las que deberán ajustar sus conductas
pudiendo aquella darle de oficio. Articulo 63° - Las Autoridades de cada Bloque
deberán acatar y hacer cumplir lo dispuesto por ésta carta Orgánica y los
mandatos emanados de H. Convención Provincial y los consejos de la Junta de
Gobierno. Deberán hacer efectivo en tiempo y forma ante la Tesorería del Partido,
los aportes partidarios obligatorios establecidos por ésta Carta Orgánica.
Solicitarán la conformidad previa de la Junta de Gobierno para designar Asesores
del Bloque o reemplazar las Autoridades Administrativas del mismo.
TITULO XV - DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 64° - La Declaración de Principios y las Bases de Acción Política,
deberá sostener los fines de la Constitución Nacional y expresar la adhesión al
Sistema Democrático, Representativo, Republicano, Pluripartidista, el respeto a
los Derechos Humanos y condenar el empleo de la violencia para modificar el orden
jurídico y llegar al poder. El ¨PARTIDO POR UN CAMBIO SOCIAL observará en la
práctica y en todo momento los principios contenidos en ésta Carta Orgánica, en
la Declaración de Principios y las Bases de Acción Política. Articulo 65° - En
los casos en que no concurrieran a las reuniones de los Órganos Partidarios sus
miembros titulares, los reemplazarán los suplentes por orden de colocación en las
listas. En la reunión constitutiva de cada organismo partidario solo podrán hacer
quórum los miembros titulares. Articulo 66° - Para los casos no previstos por
ésta Carta Orgánica, los Organismos Partidarios se regirán por el Reglamento de
la H. Legislatura de la Provincia. Articulo 67° - La presente Carta Orgánica y
las resoluciones dictadas por los Organismos que Ella crea, será Ley Obligatoria
de los afiliados del ¨PARTIDO POR UN CAMBIO SOCIAL Articulo 68° - Las Elecciones
de autoridades partidarias se realizarán en lo posible, simultáneamente con la
de candidatos a cargos públicos electivos. Articulo 69° - No podrán ser elegidos
para ningún cargo público electivo o partidario, o si ya lo hubiese sido, seguir
desempeñándose en funciones; el afiliado que no se encontrare al día en el pago
de algunas de las cuotas establecidas en el Articulo 36° Inc. A de ésta Carta
Orgánica.
TITULO XVI - DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Articulo 70° - El régimen de incompatibilidad que fija ésta Carta Orgánica
comenzará a regir a medida que se vayan renovando los Organismos Partidarios.
Articulo 71° - Esta Carta Orgánica entrará en vigencia a partir del momento de su
sanción.
Aviso número 21985
RESOLUCIONES 270 / 2011 RESOLUCION / 2011-05-26
JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 270/11-H.J.E.P., del 26/05/2011. --- I-
Reconocer personalidad jurídico política a la agrupación MILITANCIA TERRITORIAL"
para actuar como partido político en la jurisdicción de la Provincia de Tucumán.
II- Otorgar el número 311 al mencionado partido según lo dispuesto por el
artículo 26° de la Ley 5.454 y resolución de la H. Junta Electoral del 22/04/03.-
III- Publíquense edictos por un día, Libre de Derechos, en el Boletín Oficial de
la Provincia, haciéndose conocer la Declaración de Principios y Bases de Acción
Política, Carta Orgánica y la presente Resolución.- Hágase Saber.- Dr. Antonio
Daniel Estofan, Presidente. Dr. Pedro Vicente Giudice, Vocal. Leg. Regino Néstor
Amado, Vocal Presidente Subrogante de la H. Legislatura de Tucumán.
BASE DE ACCION POLITICA
Artículo 1°:- El partido Militancia Territorial tendrá presencia en todo el
territorio de la provincia de Tucumán. Artículo 2°:- Con el objeto de asegurar la
plena vigencia de los propios asegurados, el partido Militancia Territorial
persigue: 1) Convertir a todas las comunas rurales y municipales en un ámbito de
órdenes, progreso y respeto de los derechos de los ciudadanos. 2) Darle
respuestas a las necesidades legales, laborales y materiales mediante la
concentración de la mayor cantidad de servicios destinados a satisfacer los
requerimientos de los ciudadanos. 3) En cada sede, Municipalidad, Comuna Rural y
cámara legislativa, dar una intensa participación de los ciudadanos en todas las
gestiones asegurándoles el derecho a informarse con el empleo de la más amplia
publicidad relacionada con los actos de gestión y cumplimiento de los planes
aprobados por el gobierno. El derecho a expresarse ante las autoridades, sea en
forma individual o colectiva. Artículo 3°:- El derecho a asociarse con fines
públicos de participación en la vida comunitaria, fomentando la formación de
centros comunitarios, clubes deportivos y culturales, centros vecinales,
cooperativas y consorcios, instrumentando su participación en la formulación de
planes de ejecución de obras de interés de la comunidad. Artículo 4°:- Convertir
en un instrumento ágil y dinámico de gobierno al poder legislativo, municipal y
comunal, reduciendo la capacidad ociosa de su personal mediante su redistribución
nacional en nuevos e indispensables servicios y, proveyendo a su capacitación
permanente. Artículo 5°:- Proporcionar la modificación de la constitución
provincial a fin de dejar en manos de los vecinos el poder de organizar las
competencias de las autoridades municipales, comunales y legislativa en los
límites de la constitución. Artículo 6°:- A) Realizar una acción cívica tendiente
a asegurar la plena vigencia de los Regimenes Municipales, Comunales y
Provinciales establecidos en la constitución provincial y nacional, conforme con
la declaración de principios y base de acción política. B) Contribuir de modo
permanente la formación de sus afiliados. C) Difundir en el medio que actúe su
programa de acción política de cooperar con las autoridades en todos los actos
que contribuyan del bien común local. D) Cooperar con las autoridades en todos
los actos que contribuyan al bien común. E) Estudiar mediante comisiones
estables, las necesidades de los habitantes de los municipios y comunas, y
proponerles las soluciones que tiendan a satisfacerlas. F) Elegir y proponer
lista de candidatos para participar en todos los comicios de la provincia. G)
Realizar cualquier tipo de actividad política encuadrada en la constitución
provincial y las leyes que tiendan al progreso de la provincia y bienes de sus
habitantes.
DECLARACION DE PRINCIPIOS
CAPITULO PRIMERO
Artículo 1°:- El partido provincial Militancia Territorial reconoce como
principios fundamentales que ha de regir su acción política, en cumplimiento en
el ámbito de toda la provincia, y de los fines expresados en los preámbulos de
las constituciones de la nación y de la provincia. Artículo 2°:- Se considera
esencial el principio de la soberanía del pueblo, que se expresa en el sistema
representativo como medio idóneo de manifestación. Considera además, esencial la
plena vigencia del sistema republicano. Caracterizado por lla publicidad de los
actos del gobierno, la separación de los poderes del estado y la periodicidad de
la magistratura. Declara además, que el sistema federal es el que mejor expresa
la realidad argentina y constituye el medio mas idóneo de gobierno cuyo origen en
nuestro país se encuentra en los municipios y ciudades, razón por la cual los
contribuyentes eligieron en instituciones básicas y contenido necesario de las
constituciones provinciales. Artículo 3°:- El Partido Militancia Territorial
sostiene el sistema representativo, republicano y federal de la Nación Argentina,
la plena vigencia del sistema democrático y el derecho de la ciudadanía de
agruparse libremente, sin ninguna clase de excepciones, en otros partidos o entes
de cualquier índole que expresen ideas políticas conforme el ordenamiento
constitucional del país y del distrito. Artículo 4°:- Dentro del orden
constitucional de la Nación y de la Provincia, el Partido Militancia Territorial
respetará a todo gobierno que sea representante de la voluntad mayoritaria del
pueblo argentino, expresada libremente y sin exclusiones; y en ese orden no
propicia la sustitución del sistema democrático, el empleo ilegal y sistemático
de la fuerza ni la concentración personal del poder para obtener el acceso al
gobierno o la transformación jurídica del Estado Argentino. Artículo 5°:- El
Partido Militancia Territorial sostiene la plena vigencia de los derechos humanos
y la igualdad de todos los habitantes de la Nación sin exclusiones por motivos de
raza, religión o política. Artículo 6°:- El partido Militancia Territorial podrá
celebrar alianzas o confederarse con otras fuerzas partidarias.
CARTA ORGANICA
CAPITULO PRIMERO: PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 1°:- El partido Militancia Territorial tendrá su domicilio legal en el
municipio de San Miguel de Tucumán. Artículo 2°:- Constituyen el Partido
Militancia Territorial los ciudadanos argentinos, nativos o por opción, que
habiéndose adherido a su declaración de principios y bases de acción política
mediante la pertinente afiliación se encuentran inscriptos en los registros
oficiales que lleven las autoridades partidarias de la provincia. Artículo 3°:-
Los registros partidarios estarán permanentemente abiertos a los fines de la
afiliación. Podrán afiliarse: a) los ciudadanos que figuren inscriptos en los
padrones electorales de la Provincia de Tucumán; b) los que por error u omisión
no figuren en dichos padrones pero acrediten domicilio electoral en la Provincia;
c) los que se hubieran enrolado con posterioridad a la confesión de los padrones
electorales.
CAPITULO SEGUNDO: AFILIACION
Artículo 1°:- No podrán afiliarse, y en caso de ser afiliados perderán su calidad
de tales, dándoseles de baja del padrón partidario: a) los encuadrados en las
causales del artículo 24 de la ley 23298; b) quienes figuren como inhabilitados
en el padrón electoral o nacional o incurriesen en las mismas causas de
inhabilitación con posterioridad a su enrolamiento; c) quienes hubieren violado
lo preceptuado en esta Carta Orgánica o no cumplieren con el programa y demás
resoluciones aprobadas por los organismos del Partido; d) quienes voluntaria y
maliciosamente adulteren o mutilaren su libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica o
Documento Nacional de Identidad, las listas oficiales del Partido o documentación
perteneciente a éste; e) quienes hayan intentado inscripción múltiple en el
padrón partidario; f) quienes no tengan medio de vida lícito; g) quienes
desprestigiaren públicamente a candidatos oficiales del Partido; h) quienes sean
simultáneamente afiliados a otros partidos o participen de las actividades de
éstos; i) los que dieren lugar a la cancelación de su ficha en virtud de causa
fundada y resolución de autoridad partidaria competente. Artículo 2°:- La
afiliación será gestionada por el interesado suscribiendo la ficha de afiliación,
que implica la aceptación de la Declaración de Principios, las Bases de Acción
Política y las disposiciones de la Carta orgánica Provincial, así como del
programa y resoluciones que dicten los organismos competentes. La Junta Electoral
Partidaria Provincial dictará la reglamentación respectiva de conformidad con la
Ley 5454 y según las siguientes pautas: igualdad de procedimiento en todos los
Consejos de Localidad; determinación de días y horas para la afiliación en los
locales partidarios; justificación de la identidad del solicitante mediante la
exhibición de su documento electoral; exhibición de la solicitud de afiliación en
un lugar visible de La Junta Electoral Partidaria durante el término de 10 días,
incluido el de presentación; derecho de cualquier afiliado a deducir oposición
con causa, de la que se corre traslado al solicitante por el término perentorio
de 5 días. Artículo 3°:- La eliminación de cualquier afiliado del Registro
partidario es facultad del Tribunal de Disciplina, mediante resolución fundada,
por las causales indicadas en la Carta Orgánica.
CAPITULO TERCERO: AUTORIDADES PARTIDARIAS
Artículo 1°:- Las autoridades del Partido Militancia Territorial son: El Consejo
Provincial, Junta Municipal, Junta Comunal, el Tribunal de Disciplina, la Junta
Electoral y la Comisión Revisora de Cuentas. Los integrantes de dichos organismos
durarán 2 (dos) años en sus funciones, pudiendo ser reelectos.
CAPITULO CUARTO: CONSEJO PROVINCIAL
Artículo 1°:- La autoridad superior del Partido será ejercida por el Consejo
Provincial. Estará formada por Consejos elegidos por el voto directo de los
afiliados de cada MUNICIPIO en la siguiente proporción: 3 (Tres) Titulares y 1
(uno) suplente, por cada MUNICIPIO. Artículo 2°:- Para ser elegido Consejero
Provincial se requiere tener una antigüedad no menor de seis meses como afiliado.
Artículo 3°:- El Consejo Provincial se reunirá ordinariamente una vez al mes y
extraordinariamente cuando sea citada por el Consejo Provincial o lo solicite un
mínimo de cuatro Consejeros. Artículo 4°:- Para sesionar válidamente se requiere
la presencia de 11 (once) Consejeros Provinciales. Artículo 5°:- Son facultades
del Consejo Provincial: a) sancionar el programa del Partido en cada período
electoral, como asimismo las reformas que resulten necesarias; b) dictar la Carta
Orgánica y sancionar las reformas conducentes; c) considerar los informes anuales
de la representación parlamentaria y del Consejo Provincial; d) disponer la
concurrencia o decretar la abstención ante elecciones; e) decidir sobre la
concertación de alianzas transitorias con motivo de una determinada elección,
nombre adoptado, plataforma electoral común y formas a acordar para la
designación de las listas comunes de candidatos, e igualmente sobre la
integración de Confederaciones, fusión de partidos y concertación de fórmulas
comunes; f) actuar como tribunal de alzada en las apelaciones de los fallos del
Tribunal de Disciplina; g) designar, por simple mayoría de Consejeros presentes,
a los integrantes del Tribunal de Disciplina y de la Junta Electoral; h)
sancionar, cuando exista causa Legal y mediante resolución fundada, a los
representantes del Partido que ocupen cargos electivos; i) aprobar los Balances
sometidos a su consideración por el Consejo Provincial. Artículo 6°:- Constituido
El Consejo Provincial procederá a elegir de su seno una Mesa Directiva integrada
por 1 (un) Presidente, 1 (un) Vicepresidente y 1 (un) Secretario; 1(un)
Prosecretario, 1 (un) Tesorero, y 1 (un) Protesorero. La votación será nominal y
por simple mayoría de votos. Dentro de los 90 (noventa) días de su elección El
Consejo Provincial deberá ser citada por el Consejo Provincial para su sucesión
constitutiva; pasado ese plazo podrá autoconvocarse. Artículo 7°:- El Consejo
Provincial tendrá a su cargo el control del Tesoro partidario y la custodia de
los bienes que integran el patrimonio del Partido Militancia Territorial en el
orden provincial; asimismo confeccionará los balances, previo informe de la
Comisión Revisora de Cuentas, y los someterá a la aprobación de los Consejos
Municipales. La Comisión Revisora de Cuentas estará integrada por 3 (Tres)
afiliados titulares y 3 (Tres) suplentes y será designada por los CONSEJEROS
PROVINCIALES, en elección y la votación será nominal y por simple mayoría.
Artículo 8°:- Anualmente LA MESA DIRECTIVA dará cuenta al Consejo Provincial en
su sección ordinaria, de la marcha y labor general del Partido. Artículo 9°:- El
Consejo Provincial resolverá los asuntos sometidos a su consideración por los
Consejos MUNICIPALES. Artículo 10°:- El Consejo Provincial designará los
apoderados titulares y suplentes ante los juzgados, Tribunales y Juntas
Electorales de la Nación, de la Provincia o de los Municipios.
CAPITULO QUINTO: CONSEJO MUNICIPAL
Artículo 1°:- En cada MUNICIPIO se podrá constituir un Consejo con el nombre de
la misma, compuesto de 5 (cinco) miembros titulares e igual número de suplentes,
elegidos por el voto directo y secreto de los Afiliados respectivos. Artículo
2°:- Para ser miembro de los Consejos Municipales, se requieren las mismas
condiciones que para ser Electo Consejero Provincial. Artículo 3°:- Los
Consejeros Municipales designarán de entre su seno y por simple mayoría, en
votación nominal, una mesa directiva que junto al Presidente deberá ser integrada
por un Secretario y un Tesorero. Artículo 4°:- Los Consejos Municipales deberán
reunirse ordinariamente por lo menos una vez al mes, extraordinariamente cuando
lo disponga el Presidente o lo solicite como mínimo un tercio de sus miembros.
Artículo 5°:- Compete a los Consejeros Partidarios Municipales en especial: a)
orientar y considerar la actuación de los representantes del partido en los
CONSEJOS DELIBERANTE MUNICIPALES; b) remitir anualmente al Consejo Provincial una
memoria de sus actividades y un balance de tesorería; c) cumplimentar las tareas
de proselitismo y trabajos electorales conforme a la orientación dada par el
Consejo Provincial.
CAPITULO SEXTO: CONSEJO COMUNAL
Artículo 1°:- Los Consejos Comunales se elegirán 3 (tres) titulares y 3 (tres)
suplentes y serán elegidos en asamblea de afiliados de cada Comuna Rural. Podrán
disponer la creación de comisiones barriales, determinando su jurisdicción. Los
mismos funcionarán bajo la dependencia de aquellos. El Consejo Comunal del lugar
que pertenece elegirá por la simple mayoría el candidato a Delegado Comunal en
las elecciones generales de la Provincia. Artículo 2°. - Los cargos partidarios
serán designados por el voto directo y secreto de los afiliados. El acto
eleccionario deberá efectuarse entre los 15 (quince) y 40 (cuarenta) días
anteriores a la fecha de terminación de los mandatos respectivos. El Consejo
Provincial convocará a las correspondientes elecciones internas con una
anticipación de 35 (treinta y cinco) días. Articulo 3°. - En los casos de
elecciones, Provinciales, municipales, y Comunales para ocupar cargos electivos,
el Consejo Provincial deberá adoptar oportunamente las medidas, inclusive
elecciones internas, que adaptándose a la legislación electoral vigente aseguren
el cumplimiento de las decisiones partidarias relativas a la participación en
aquéllas, garantizando la libre expresión de los afiliados al respecto. Articulo
4°. - El Consejo Provincial deberá efectuar la mayor publicidad posible respecto
a las convocatorias a comicios internos. El padrón partidario respectivo será
confeccionado por la Junta Electoral, a cuyo efecto el Consejo Provincial deberá
entregarle los registros y fichas de afiliación, remitidos oportunamente por los
Consejos Municipales y Comunales de Localidad. La Junta Electoral deberá
establece periodo de tachas, subsanar omisiones y exhibir ampliamente el padrón.
Articulo 5°. - En todos los casos la elección se hará por listas y con voto
secreto y directo, adjudicándose a las minorías representación según el sistema
D'Hont. El Consejo ProAncial reglamentará el régimen electoral. Articulo 6°. -
Las listas de candidatos deberán presentarse ante la Junta Electoral para su
oficialización hasta 10 (diez) días antes de las elecciones, acompañadas por los
nombres de sus respectivos apoderados y un breve resumen de su programa. Artículo
7°. - Si vencido el plazo de presentación se hubiere presentado una sola lista de
candidatos se dejará sin efecto la realización de los comicios, procediéndose a
la proclamación de la misma. Articulo 8°. - La incorporación a los cargos
electivos obtenidos por el partido en la elección general se cumplirá ateniéndose
al orden de lista, quedando como suplentes en primer término los candidatos a
titulares que no hubieren resultado elegidos. Artículo 9°. - Para ser candidato a
funciones electivas se requieren las mismas condiciones que para ser Consejero
Provincial, pero igualmente podrán presentarse candidaturas extrapartidarias
previa conformidad del Consejo Provincial. Articulo 10°. - No podrán ser
designados en cargos partidarios ni como candidatos a funciones electivas: a) lo
excluidos del Registro Electoral Nacional como consecuencia las disposiciones
legales vigentes.
CAPITULO SEPTIMO: ACEFALIA
Artículo 58°:- En caso de acefalía partidaria asumirá la conducción un Consejo de
Emergencia, constituido por los Presidentes de los Consejos Municipales que se
encuentren reconocidos, el que deberá convocar a elecciones en un plazo no mayor
a 90 (noventa) días.
CAPITULO OCTAVO: PATRIMONIO
Artículo 1°:- El patrimonio del Partido se formará con: a) la contribución de los
afiliados y simpatizantes expresa exclusión de las contribuciones o donaciones
prohibidas por el artículo 41 de la ley 23298; b) cualquier otro ingreso ilícito;
c) las cuotas mensuales o anuales que fije el Consejo Provincial, a cargo de los
afiliados o de los miembros de los diversos organismos partidarios provinciales y
de localidad; d) el 3 (tres) por ciento mensual de las remuneraciones que
perciban los funcionarios y representantes electivos del Partido, cualquiera sea
la denominación de las mismas. Artículo 2°:- Los fondos del Partido deberán
efectuarse en Bancos Oficiales a nombre del Partido MILITANCIA TERRITORIAL y a la
orden del Presidente, Secretario y Tesorero de la Mesa Directiva Artículo 3°:-
Los bienes inmuebles adquiridos con fondos partidarios, oque provinieren de
donaciones efectuadas a ese efecto, deberán ser inscriptos a nombre del Partido
Militancia Territorial. Artículo 4°:- El Consejo Provincial deberá cumplimentar,
en materia de control patrimonial, las exigencias de la ley 5454.
CAPITULO NOVENO: TRIBUNAL DE DISCIPLINA
Artículo 1°:- El Tribunal de Disciplina estará integrado por 3 (tres) miembros
titulares y 3 (tres) suplentes y será designado por el Consejo Provincial por la
simple mayoría de votos y en votación nominal. Durarán en sus funciones el mismo
tiempo que el Consejo Provincial que los designe, pudiendo ser reelectos. Para
ser designado miembro del Tribunal se requieren las mismas condiciones que para
ser Consejero Provincial. Artículo 2°:- Dentro de los 30 (treinta) días de su
designación el Comité Provincial deberá citar a los miembros electos para la
reunión constitutiva del Tribunal, en la que los mismo designarán de su seno un
Presidente, un Vicepresidente y un Secretario. El quórum legal es de 2 (dos)
miembros y el Presidente tiene voto en todos los casos y vota doble en caso de
empate. Artículo 3°:- El Tribunal de Disciplina tiene como función especifica
juzgar la disciplina y la conducta política de los afiliados, pudiendo aplicar
las siguientes sanciones siempre que medien resolución fundada y causa legal o
reglamentaria: a) llamado de atención; b) suspensión en la afiliación por un
plazo no mayor de 2 (dos) años; c) Pérdida de la antigüedad; d) Expulsión. Las
tres últimas sanciones podrán ser apeladas ante el Consejo Provincial dentro de
los 10 (diez) días de la notificación al interesado por medio fehaciente.
CAPITULO DECIMO: JUNTA ELECTORAL
Artículo 1°:- Todas las cuestiones relativas a la organización, realización y
aprobación del proceso electoral interno, como asimismo la proclamación de los
electos, estarán a cargo de la Junta Electoral Artículo 2°:- La Junta Electoral
estará integrada por 3 (tres) miembros titulares y 2 (dos) suplentes, designados
por el Consejo Provincial a simple mayoría de votos y en votación nominal.
Durarán en sus funciones el mismo tiempo que el Consejo Provincial que los
designe, pudiendo ser reelectos. Para ser designado miembro de la Junta se
requieren las mismas condiciones que para ser Consejero Provincial. Artículo 3°:-
Dentro de los 30 (treinta) días de su designación el Consejo Provincial deberá
citar a los miembros electos para la reunión constitutiva de la Junta Electoral,
en la que los mismos designarán de su seno un Presidente, un Vicepresidente y un
Secretario. El quórum legal es de 2 (dos) miembros y el Presidente tiene voto en
todos los casos y voto doble en caso de empate.
CAPITULO DECIMO PRIMERO: REGIMEN ELECTORAL
Artículo 1°:- Los cargos partidarios serán designados por el voto directo y
secreto de los afiliados. El acto eleccionario deberá efectuarse entre los 15
(quince) y 40 (cuarenta) días anteriores a la fecha de terminación de los
mandatos respectivos. El Consejo Provincial convocará a las correspondientes
elecciones internas con una anticipación de 35 (treinta y cinco) días. Artículo
2°:- En los casos de elecciones Provinciales, Municipales y Comunales para ocupar
cargos electivos, el Consejo Provincial deberá adoptar oportunamente las medidas,
inclusive elecciones internas, que adaptándose a la legislación electoral vigente
aseguren el cumplimiento de las decisiones partidarias relativas a la
participación en aquellas, garantizando la libre expresión de los afiliados al
respecto. Artículo 3°:- El consejo Provincial deberá efectuar la mayor publicidad
posible respecto a las convocatorias a comicios internos. El padrón partidario
respectivo será confeccionado por la Junta Electoral, a cuyo efecto el Consejo
Provincial deberá entregarle los registros y fichas de afiliación, remitidos
oportunamente por los Consejos Municipales y Comunales de Localidad. La Junta
Electoral deberá establecer período de tachas, subsanar omisiones y exhibir
ampliamente el padrón. Artículo 4°:- En todos los casos la elección se hará por
listas y con voto secreto y directo, adjudicándose a las minorías representación
según el sistema DHont. El Consejo Provincial reglamentará el régimen electoral.
Artículo 5°:- Las listas de candidatos deberán presentarse ante la Junta
Electoral para su oficialización hasta 10 (diez) días antes de las elecciones,
acompañadas por los nombres de sus respectivos apoderados y un breve resumen de
su programa. Artículo 6°:- Si vencido el plazo de presentación se hubiere
presentado una sola lista de candidatos se dejará sin efecto la realización de
los comicios, procediéndose a la proclamación de la misma. Artículo 7°:- La
incorporación a los cargos electivos obtenidos por el partido en la elección
general se cumplirá atendiéndose al orden de lista, quedando como suplentes en
primer término los candidatos a titulares que no hubieran resultado elegidos.
Artículo 8°:- Para ser candidato a funciones electivas se requieren las mismas
condiciones que para ser Consejero Provincial, pero igualmente podrán presentarse
candidaturas extrapartidarias previa conformidad del Consejo Provincial. Artículo
9°:- No podrán ser designados en cargos partidarios ni como candidatos a
funciones electivas: a) los excluidos del Registro Electoral Nacional como
consecuencia de las disposiciones legales vigentes.
CAPITULO DECIMO SEGUNDO: LIBROS Y DOCUMENTACION
Artículo 1°:- El Consejo Provincial deberá llevar en forma regular los siguientes
libros rubricados y sellados por la JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL: a) Libro de
Inventario; b) Libro de Caja; c) Libro de Acta, debiendo conservarse la
documentación bajo responsabilidad de la Mesa Directiva. Además deberá custodiar
el fichero de afiliados.
CAPITULO DECIMO TERCERO: DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1°:- El partido MILITANCIA TERRITORIAL sólo podrá extinguirse, por las
cláusulas previstas legalmente en la ley 5454 de los Partido Políticos. Artículo
2°:- La presente Carta Orgánica es la ley suprema del Partido MILITANCIA
TERRITORIAL dentro de la provincia de TUCUMÁN, su reforma sólo podrá efectuarse
por el Consejo Provincial previa declaración sobre su necesidad, con indicación
de los artículos a modificar, aprobada por los Consejeros Provinciales con el
voto de la mayoría de sus miembros. La reforma, en sí misma, se podrá sancionar
con el voto de la mayoría absoluta de los presentes. Artículo 3°:- El Consejo
Provincial queda facultado para establecer excepciones al requisito de antigüedad
en todos los casos en que ésta es exigida por la presente Carta Orgánica para
ocupar cargos.
Aviso número 21976
RESOLUCIONES 320 / 2011 RESOLUCION SINTETIZADA / 2011-05-31
JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 320/11-H.J.E.P., del 31/05/2011. --- I-
Reconocer personalidad jurídico política a la agrupación JOVENES EN ACCION" para
actuar como partido político en la jurisdicción del Municipio de Tafí del Valle,
Departamento homónimo. II- Otorgar el número 327 al mencionado partido según lo
dispuesto por el artículo 26° de la Ley 5.454 y resolución de la H. Junta
Electoral del 22/04/03.- III- Publíquense edictos por un día, Libre de Derechos,
en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndose conocer la Declaración de
Principios y Bases de Acción Política, Carta Orgánica y la presente Resolución.-
Hágase Saber.- Dr. Antonio Daniel Estofan, Presidente. Dr. Pedro Vicente Giudice,
Vocal. Leg. Regino Néstor Amado, Vocal Presidente Subrogante de la H. Legislatura
de Tucumán.
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS
El PARTIDO JOVENES EN ACCION reconoce como principios fundamentales que han de
regir su accionar político, el cumplimiento en el ámbito municipal de los fines
expresados en los preámbulos de las constituciones de nación y de la provincia.
Se considera esencial, el principio de la soberanía del pueblo que se expresa en
el sistema representativo como medio idóneo de manifestación. Considera, además,
esencial la plena vigencia del Sistema Republicano, caracterizado por la
publicidad de los actos de gobierno, la separación de los Poderes del Estado y la
Periodicidad de las Magistraturas. Declara además que el sistema Federal es el
que mejor expresa la realidad argentina y constituye el medio mas idóneo de
gobierno cuyo origen en nuestro país de encuentra en las Comunas, Municipios y
Provincias, razón por la cual los Constituyentes lo erigieron en Institución
Básica y conteniendo necesario de las Constituciones Provinciales. Así mismo se
reconocen como principios esenciales de nuestra Nación las Libertades, Derechos y
Garantía reconocida en la Constitución Nacional y de la Provincia, que
constituyen las expresiones de los Derechos Humanos cuya violación implica no
solamente una agresión contra la Nación sino un delito que afecta el orden
internacional, cuando la violación proviene del propio Gobierno d Estado. Que
dentro del Sistema Federal adoptado por la Constitución no es posible el pleno
desarrollo de la Nación, sin la existencia y el desarrollo previo de las
Entidades Políticas que la componen.-
BASES DE ACCIÓN POLÍTICA
Con el objeto de asegurar la plena vigencia de los Principios señalados el
PARTIDO JOVENES EN ACCION persigue: 1°. Convertir al municipio en un ámbito de
orden, paz, progreso y respeto a los derechos ciudadanos. 2°. Responder a las
necesidades de los habitantes, espiritual y materialmente, mediante la
concentración de la mayor cantidad de servicios destinados a satisfacer los
requerimientos del bienestar ciudadano. 3°. Una intensa participación de los
ciudadanos en la gestión municipal asegurándoles: A. El derecho a informarse con
el empleo de la más amplia publicidad relacionada con la percepción e inversión
de las rentas municipales, los actos de gestión y el cumplimiento de los planes
aprobados. B. El derecho a expresarse ante las autoridades sea en forma
individual o colectivamente. C. El derecho de asociarse con fines públicos de
participación en la vida comunitaria, fomentando la formación de Centro y
Organizaciones no Gubernamentales, e instrumentando su participación en la
formulación de planes y la ejecución de obras de interés Municipal. D. La
presencia en el gobierno municipal, y el concepto de que el bien común constituye
la creación y mantenimiento de las condiciones necesarias para que cada uno logre
su perfección en el ejercicio de su libertad. E. Un Municipio convertido en un
instrumento ágil y dinámico de gobierno, reduciendo la capacidad ociosa de su
personal mediante su redistribución racional en nuevos e indispensable servicios.
Y proveyendo a su capacitación permanente, y estableciendo una carrera
administrativa que le asegure su estabilidad y una retribución digna. 4°. En el
orden de la Cultura y Educación contribuir con las rentas y la acción Municipal a
la gratuidad de la enseñanza, cooperando con la acción que cumplen las escuelas
municipales y parroquiales, mediante la provisión elementos didácticos necesarios
y alimentación de los alumnos. Promover la acción cultural y las manifestaciones
del arte, manteniendo salas de exposiciones, conferencias, conciertos, creando
centro de recreación y deporte y manteniendo los ya existentes y subvencionando
actividades de esa naturaleza. Crear y sostener escuelas, colegios e institutos
de cultura superior, y en especial fomentar los establecimientos que tenderán a
capacitar para el trabajo. 5°. En el orden de la salud, organizar en el Municipio
para todos sus habitantes una mejor calidad de vida. Crear nuevos servicios
asistenciales, salas de primeros auxilios y todo lo necesario para complementar
la acción de los centros hospitalarios y centros de atención primaria de la salud
ya existentes, cubriendo todas las necesidades de estos. 6°. En el orden a la
Política Económica Financiera: Llevar adelante una política presupuestaria
acordando prioridad a las obras de infraestructura para fomentar la actividad
económica en el Municipio, generando empleos. Mantener el principio de la justa
imposición, estableciendo tasas y alícuota razonables, acorde con la capacidad
contributiva de la población, determinada mediante el catastro de las propiedades
y con los medios técnicos necesarios la determinación justa de todos los
impuestos provinciales. Evitar el gasto publico superfluo, aplicando el principio
de subsidiariedad, de tal suerte, que el Municipio tome a su cargo, solo aquellas
actividades y servicios que no puedan ser prestados con ventaja por la actividad
privada o en iguales condiciones, exceptuando siempre la salud, la educación y la
seguridad. 7°. En materia de obras publicas ejecutar las obras que se adecuen las
exigencias de una planificación y zonificación provincial para insertarnos con
más y mejores posibilidades en la región. Cooperar con la Nación, la Provincia y
las Comunas en los planes de vivienda, participando en los mismos, mediante la
cesión de los inmuebles necesarios o la afectación de los recursos del caso. 8°.
Promover un Estado sin corrupción: La corrupción destruye a cualquier Estado,
distorsiona las prioridades, dilapida recursos y enriquece a unos pocos. En los
últimos años no alcanzo los más altos niveles de Administración, es difícil medir
el daño que ocasiona, no solo a la Administración Pública sino a las
Instituciones Democráticas y a la moral colectiva de los habitantes del
Municipio.
DECLARACIÓN
El PARTIDO JOVENES EN ACCION del Municipio de TAFI DEL VALLE de la provincia de
Tucumán organiza su gobierno de acuerdo con los principios y propósitos a
consagrados en la presente Carta Orgánica obligándose a respetar y a atacar la
Constitución Nacional, Provincial y las Leyes que se dictaren en su consecuencia.
TITULO I - DE LA FORMACIÓN DEL
PARTIDO JOVENES EN ACCION
Articulo 1°- El PARTIDO JOVENES EN ACCION del Municipio de TAFI DEL VALLE de la
Provincia de Tucumán se construye con los siguientes organismos: A. Honorable
Convención Provincial B. H. Junta de Gobierno C. Tribunal de Conducta D. Tribunal
de Cuentas E. Honorable Junta Electoral Articulo 2°- El Gobierno del Partido será
ejercicio por la H. Junta de Gobierno, de acuerdo a las prescripciones que a
continuación se expresan. Articulo 3°- Los miembros de los Cuerpos a que se
refiere el Articulo 1° duraran tres (3) años en el ejercicio de sus funciones.
Articulo 4°- Las autoridades Partidarias y los candidatos a cargos electivos
públicos serán elegidos por el voto directo y secreto de los afiliados, conforme
a las normas electorales vigentes. En todo caso el sistema de distribución de
cargos partidarios y electivos será el régimen proporcional Sáenz Peña de mayoría
y minoría. Salvo en los casos que la Ley Electoral no lo permita.
TITULO II - DE LA HONORABLE CONVENCIÓN PROVINCIAL
Articulo 5°- La Autoridad Superior del Partido estará a cargo de la H. Convención
Provincial, la que tendrá como base de integración por Sección Electoral en
carácter de Convencionales Titulares. La representación será la siguiente: 11
(once) MIEMBROS TITULARES Y 4 (cuatro) MIEMBRO SUPLENTES Articulo 6°- Para ser
Delegado de la H. Convención Provincial, se requiere: por a) ciudadanía Argentina
en ejercicio; b) Dos (2) años de afiliación al Partido; c) veintiún (21) años de
edad como mínimo; d) Ser nativo de la provincia o con dos (2) años de residencia
en ella. Articulo 7°- La H. Convención será convocada por la junta de Gobierno
para su constitución. No mediando convocatoria hasta los (15) días de producida
la proclamación de los convencionales, los electos podrán darse por convocados
con la conformidad de un tercio (1/3) de los integrantes del Cuerpo, en ambos
casos se procederá de la siguiente manera: A. Reunidos los Delegados en el lugar
y hora que designe la Junta de Gobierno, o en el que fijen los Convencionales
autoconvocados se constituirá en Sección Preparatoria siempre que estuviesen
presentes la mitad mas uno de sus miembros. Se procederá a designar un Presidente
Provisional y un Secretario Ad-hoc, nombrándose una Comisión de Poderes, de tres
(3) miembros que determinara la validez de los Títulos de los Delegados
Convencionales. B. Producido el Dictamen de la Comisión de Poderes, este será
tratado conforme al Reglamento de la H. Cámara de Legisladores de la Provincia de
Tucumán, que regirá supletoriamente en todas las deliberaciones de la H.
Convención Provincial. C. La H. Convención Provincial quedara constituida una
vez que fuesen aprobados los títulos de las tres cuartas (3/4) partes del total
de sus miembros y procederá a elegir la Mesa Directiva del Cuerpo, la que estará
constituida por: UN (1) PRESIDENTE, UN (1) VICEPRESIDENTE Y TRES (3) SECRETARIOS,
cuyas funciones serán las siguientes: del SECRETARIO de ACTAS Y REGISTROS:
responsable de su confección y de proporcionar la información pertinente; del
SECRETARIO de ORGANIZACIÓN: responsable de los tramites de convocatoria de las
Asamblea y de la organización necesarias para organizar sesiones. Articulo 8°- La
H. Convención estará en Quórum legal con la presencia de la mitad mas uno de sus
miembros. Pasada media (1/2) hora de fijada para la reunión, sesionara con la
tercera (3ª) parte de sus componentes. Para determinar el quórum solo se
computara el total de sus miembros titulares. Articulo 9°- La H. Convención,
tendrá las siguientes atribuciones: A. Formular la Declaración de Principios del
Partido. B. Dictar el Programa y Plataforma Electoral, con sujeción a las
orientaciones y principios contenidos Declaración de Principios y Bases de Acción
Política. C. Reformar la presente Carta Orgánica y la Declaración de Principios,
necesitándose el voto de las dos terceras (2/3) partes de los miembros presentes
para considerar oportuna tal reforma y simple mayoría para aprobarla. D. Recibir
los informes que deberían presentar anualmente los afiliados del Partido que
ejerzan funciones públicas electivas. E. Elevar las inconductas de las
autoridades partidarias en el cumplimiento de la Carta Orgánica y las de los
funcionarios públicos electivos al Tribunal de Conducta; observándose lo
dispuesto en el Inciso siguiente en el caso de expulsión. F. Resolver en
apelación las penalidades impuestas por el Tribunal de Conducta, exigiéndose el
voto de las dos terceras (2/3) partes de los miembros presentes para resolver la
expulsión. Siendo esta sanción inapelable, como cualquier otra tomada como
Tribunal de Apelación. G. Elegirá los miembros de la H. Junta Electoral, Tribunal
de Conducta y Tribunal de Cuentas. H. Designar los candidatos partidarios para
elecciones generales cuando hubiese sido imposible la realización de comicios
internos. Para ello será necesario sesionar en quórum de dos tercios (2/3),
debiéndose resolver previamente sobre la eventual responsabilidad de funcionarios
partidarios en la situación producida, aplicado si así correspondiese las
sanciones de rigor. I. Resolver acerca de la eventual incorporación de candidatos
de otros partidos y/o independientes a cargos públicos electivos. Para ello será
necesario la decisión de dos tercios (2/3) de votos presentes para aprobarlo. J.
Emitir opinión y dictamen sobre los demás Cuerpos Partidarios. K. Tomar posición
definitiva acerca de cuestiones que afectaren profundamente la unidad partidaria
por conflictos que surgiesen entre los demás elementos partidarios o sectores
internos. Articulo 10°- El orden del Día de la H. Convención Provincial podrá ser
reformado e incluirse nuevos asuntos si así lo resuelve los dos tercios (2/3) de
sus miembros presentes. Los miembros de la Junta de Gobierno tiene voz pero no
voto en las deliberaciones de la H. Convención. Tendrán el mismo derecho los
Presidentes de los Bloques Parlamentarios y de los Legisladores Nacionales y
Provinciales. Articulo 11°- La H. Convención, celebrara reuniones ordinarias y
extraordinarias. Las ordinarias se realizaran dos (2) veces al año en las
siguientes fechas el último domingo de Junio y el primer domingo del mes de
Diciembre, para lo cual la Mesa de la H. Convención efectuara las convocatorias
correspondientes, debiendo concurrir a estas reuniones las autoridades
partidarias y los afiliados que ejerzan funciones electivas para evacuar los
informes que el Organismo considere pertinente. Las sesiones extraordinarias
tendrán lugar: A. A pedido de la Junta de Gobierno B. Por pedido del veinticinco
por ciento de los Señores Convencionales. C. Por citación de la Mesa Directiva de
la H. Convención. En cada caso se expresara el Orden del Día. La citación se hará
con tres (3) días de anticipación por lo menos.
TITULO II - DE LA JUNTA DE GOBIERNO
Articulo N° 12 La Autoridad Ejecutiva del PARTIDO JOVENES EN ACCION estará a
cargo de una Junta de Gobierno con asiento en la ciudad de San Miguel de Tucumán,
compuesta de 7 (siete) miembros titulares y 2 (dos) miembros suplentes. El
Presidente de la Junta de Gobierno será elegido a simple pluralidad de sufragios
por el voto directo y secreto de los afiliados, y será quien encabece la lista
ganadora. El resto de los integrantes de la Junta de Gobierno se distribuirán
conforme al sistema proporcional de mayoría y minorías Sáenz Peña, y una vez
constituidos procederán a la designación de los cargos que se estimen necesarios
para el mejor Gobierno del Partido. Articulo N° 13 El Presidente y 2 (dos)
miembros designados por la Junta de Gobierno, constituirán la Mesa Directiva, la
que tendrá facultades para abocarse al conocimiento de los asuntos cuya decisión
juzgue de urgencia. Articulo N° 14 Para ser miembro de la Junta de Gobierno se
requiere: A. Tener ciudadanía Argentina. B. Tener veintiún (21) años o más de
edad como mínimo. C. Ser elector en la Provincia, con una antigüedad de dos (2)
años como mínimo, en el Padrón Electoral. D. Tener 2 (dos) años de antigüedad en
la afiliación partidaria. Articulo N° 15 - La Junta de Gobierno tendrá las
siguientes atribuciones y deberes: A. Dictar un Reglamento Interno B. Dictar las
normas y disposiciones necesarias para cumplir y hacer cumplir esta Carta
Orgánica y las resoluciones de los Organismo Superiores del Parido. C. Dirigir la
campaña electoral, la propaganda y el proselitismo en concordancia con la
Plataforma Electoral y Declaración de Principios del Partido. D. Llevar el
fichero general de los afiliados del Partido, organizar la inscripción de
afiliados disponiendo su cierre, conjuntamente con cada convocatoria a elecciones
internas. E. Dirigir en general la marcha del Partido y adoptar todas las medidas
necesarias para desarrollar el interés por la actividad cívica para mantener la
disciplina partidaria, y para afirmar el espíritu de solidaridad entre los
afiliados. F. Administrar el patrimonio del Partido y llevar los libros conforme
a las disposiciones legales vigentes. G. Reglamentar la forma de recepción de la
renta partidaria y su distribución. H. Presentar informe a la H. Convención sobre
la marcha y estado del Partido. I. Mantener las relaciones del Partido con
Autoridades Nacionales y/o Provinciales, así también con los funcionarios y
autoridades electivas. J. Someter al Tribunal de Conducta las faltas y los actos
de inconducta o indisciplina, en que a juicio del cuerpo, incurren los afiliados
del Partido. K. Convocar a la H. Convención en los casos previstos. L. Designar
al Apoderado General del Partido, Titular y Suplente, para que represente al
partido ante las autoridades oficiales, no existiendo incompatibilidad con otros
cargos partidarios de los mismos. M. Convocar a elecciones partidarias internas
en las oportunidades que correspondan, conforme lo indica esta Carta Orgánica,
debiéndose comunicar esta convocatoria a la H. Junta Electoral dentro de las
cuarenta y ocho (48) horas de producida tal Resolución. N. Pronunciarse en
definitiva sobre los casos previstos en esta Carta Orgánica, así como las
consultas sobre los casos no previstos en esta Carta Orgánica. O. Fomentar en la
medida de lo posible una amplia labor cultural, social, de docencia popular y de
proselitismo político, crear la biblioteca del Partido, centros de cultura,
difusión y discusión de la doctrina del Partido. P. Autorizar la creación de
Comisiones Partidarias. Q. Convocar a Asamblea General de afiliados en una o
diversas concentraciones en caso de producirse situaciones de suma gravedad en
la vida institucional o política del País, la Provincia o del Partido, que
rebasaren la capacidad de decisión de los Cuerpos Orgánicos, para tomar posición
o actuar en consecuencia. Articulo 16° - En caso de acefalia de la Junta de
Gobierno, se procederá a una nueva elección por el voto directo y secreto de los
afiliados, siempre que falte más de un año y medio (1 y 1/2) para la terminación
del mandato. En caso contrario designará a los miembros faltantes la H.
Convención Provincial a simple mayoría de votos. En tanto dure la acefalia se
hará cargo de la Junta de Gobierno la Mesa Directiva de la H. Convención. Los
nuevos miembros serán elegidos para completar periodo. Articulo 17° - La Junta de
Gobierno por simple mayoría y en quórum legal podrá dejar cesantes a sus
componentes que no acepten sus cargos a contar de los treinta (30) días de su
elección o que dejarán de asistir tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o
seis (6) reuniones ordinarias alternativas sin previo aviso y sin justificación
debida. Articulo 18°- La Junta de Gobierno tendrá quórum legal con cuatro (4) de
sus miembros titulares. Los Concejales Municipales y el Intendente, y los
miembros de la Mesa Directiva de la H. Convención Provincial podrán asistir a sus
deliberaciones con voz pero sin voto. Articulo 19°- La Junta de Gobierno podrá
celebrar sesiones extraordinarias en los siguientes supuestos: A. Por pedido de
tres (3) de sus miembros. B. Por pedido de por lo menos diez (10) afiliados del
Partido. C. Por resolución de la mayoría de sus miembros. En todos los casos
deberá efectuarse la reunión para tratar un tema determinado.
TITULO IV - DE LA H. JUNTA ELECTORAL
Articulo 20°- La H. Junta Electoral del PARTIDO JOVENES EN ACCION se compondrá de
dos (2) miembros titulares y (1) suplente. Articulo 21°- Para ser miembros de la
H. Junta Electoral se requiere tener treinta (30) años como mínimo de edad y dos
(2) años de afiliado. Articulo 22°- Celebrará sus sesiones en el local
partidario, eligiendo en su seno, un (1) Presidente y (1) Secretario. La elección
de autoridades se hará en la sesión constitutiva del cuerpo. Articulo 23° - Sus
funciones serán las que establece la Ley Electoral de la Provincia, para el
Tribunal Electoral y condiciones a las disposiciones de la presente Carta
Orgánica y especialmente a las siguientes: A. Confeccionar el Padrón de Afiliados
conforme al fichero llevado por la Junta de Gobierno. Previa depuración lo hará
público y abrirá un Periodo de Tachas no menor de tres (3) días durante los
cuales los afiliados podrán oponer observaciones sobre la base de las siguientes
causales: 1°) Estar comprendidos dentro de una de las causales de inhabilidad de
las establecidas en las Leyes Nacionales y Provinciales de la materia. 2°) Haber
sido suspendido en la afiliación o expulsado del Partido. 3°) Haber renunciado.
B. Pronunciarse en definitiva sobre las tachas opuestas y aprobar los Padrones
por lo menos veinticinco (25) días antes de las Elecciones Internas. C. Presidir,
Organizar, y Fiscalizar las Elecciones Internas, hacer el Escrutinio Definitivo
de las mismas y Proclamar a los Electos. Cuando se trate de elecciones a cargos
Públicos lo comunicará al Apoderado del Partido para su oficialización ante la
Justicia Electoral. Articulo 24°- Una vez que la Junta de Gobierno haya convocado
a Elecciones Internas y le fuera a la H. Junta Electoral, ésta procederá de
inmediato a cumplir con su cometido. Articulo 25°- La H. Junta Electoral
confeccionará el Cronograma Electoral, que especialmente tendrá en cuenta lo
siguiente: A. Exhibición del Padrón (Art. 26 Inc. A) B. Tachas y Observaciones
(Art. 26 Inc. A) C. Aprobación del Padrón (Art. 26 Inc. B) D. Oficialización de
Listas E. Tachas y Observaciones de Listas F. Aprobación de Listas G. Designación
de Autoridades H. Designación de Locales Electorales I. Oficialización de Boletas
Electorales J. Presentación de Mazos de Boletas y Votos Testigos. K. Elección
Articulo 26°- Inmediatamente de realizad el Acto Electoral, la H. Junta Electoral
sesionará con carácter permanente y procederá al recuento de los votos o las
Mesas donde lo soliciten alguno de los Apoderados de las Listas participantes y
procederá a verificar el Escrutinio Definitivo y Proclamará su resultado conforme
al Art. 26 Inc. C. Articulo 27°- Todas las resoluciones de la H. Junta Electoral
se adoptarán en reuniones a las que asistan por lo menos (2) de sus miembros. Los
votos serán fundados en todos los casos. Convocados los afiliados a Elección
Interna, la ausencia de cualquiera de los miembros de la H. Junta Electoral a
tres (3) reuniones consecutivas, provocará la separación automática del miembro
ausente. En este caso lo reemplazará el suplente. Para él supuesto que no pudiera
integrarse el Tribunal Electoral conforme al primer párrafo de este Art., el
miembro presente podrá requerir a la Junta de Gobierno designará el o los
afiliados que reemplazará al o a los ausentes quién o quienes reunirán las
condiciones que exige el Art. 24 de esta Carta Orgánica.
TITULO VI - DEL TRIBUNAL DE CONDUCTA
Articulo 28°- El Tribunal de Conducta estará integrado por tres (3) miembros
titulares y (1) suplente, requiriéndose para ser miembro tener como mínimo
cuarenta (40) años de edad y tres (3) años de afiliado, Articulo 29° - De su seno
designará un (1) presidente, un (1) Vicepresidente y (1) un Secretario, sesionará
válidamente con un mínimo de dos (2) de sus miembros. Articulo 30°- Corresponde
al Tribunal de Conducta instruir proceso a los afiliados, juzgar sus conductas y
aplicar las penalidades que correspondan de conformidad a ésta Carta Orgánica.
Articulo 31°- El Tribunal de Conducta actuará a requerimiento de la Junta de
Gobierno, de la H. Junta Electoral o de la H. Convención. Fijará sus propias
reglas de procedimiento sobre la base de que esta debe ser verbal, actuado y
público con intervención y defensa del acusado, pudiendo juzgar en rebeldía. La
resolución definitiva deberá producirse dentro del término de sesenta (60) días,
contados desde la iniciación de las actuaciones. Concluido dicho termino sin
producirse resolución, quedará sin efecto y como no presentada la acusación, sin
prejuicio de las responsabilidades de los miembros del Tribunal de Conducta ante
el H. Convención. El Tribunal de Conducta podrá dictar providencias para mejor
proveer y tomar informaciones de todas las autoridades partidarias. Podrá citar a
los interesados y a cualquier afiliado como testigo bajo pena de sancionarlo en
caso de incompetencia. Se considerará reiterada la incomparencia a dos (2)
citaciones consecutivas e injustificadas. Articulo 32° - Las resoluciones del
Tribunal de Conducta serán apelables, las que serán recurribles ante la H.
Convención dentro de los (5) días de notificadas. Hasta tanto se pronuncie la H.
Convención el afiliado quedará suspendido en el goce de sus derechos como tal.
Articulo 33°- Las resoluciones del Tribunal de Conducta se tomarán por la mayoría
de votos de sus miembros componentes.
TITULO VII - DE LA DISCIPLINA PARTIDARIA
Articulo 34° - Los afiliados del Partido por falta que cometieran están sujetos a
las siguientes penalidades: A. Amonestación B. Suspensión hasta (5) años
C. Expulsión Salvo la amonestación o suspensión menor de tres (3) meses, las
penalidades llevan implícitas la pena accesoria de pérdida de la antigüedad
partidaria y la de la cancelación de ficha, con la de que el sancionado no podrá
solicitar su reafiliacion hasta después de diez (10) años de la sanción. El
expulsado no podrá afiliarse nuevamente al Partido. Articulo 35°- Las
resoluciones finales serán comunicadas a todos los Organismos del Partido.
TITULO VIII - PATRIMONIO PARTIDARIO
Articulo 36 ° - El patrimonio del PARTIDO JOVENES EN ACCION se formará: A. Con el
aporte obligatorio del diez (10) por ciento de los haberes que por todo concepto
perciban los Concejales y el Intendente y afiliados que desempeñan funciones en
gestión del signo del Partido hasta el rango de Subdirector y sus Asesores en el
Departamento Ejecutivo Municipal. El aporte obligatorio del diez (10) por ciento
de los haberes que por todo concepto perciban los afiliados que desempeñan
funciones como Secretarios, Pro Secretarios y Asesores de los Bloques partidarios
B. Los aportes de los Concejales y los Funcionarios del Municipio serán
efectuados ante la Tesorería de la Junta de Gobierno. C. Con las donaciones de
los afiliados y simpatizantes del Partido. D. Con la cuota mensual que anualmente
fije la Junta de Gobierno como contribución obligatoria de los afiliados. E. Con
el producto de las colectas, emisión de bonos, rifas y cualquier otro medio que
disponga la Junta de Gobierno para proveer fondos al Partido. F. Toda otra
contribución que establezca la Junta de Gobierno para funciones no prevista por
este Titulo. Articulo 37°- Anualmente la Junta de Gobierno realizará un Balance
que será remitido para su consideración al Tribunal de Cuentas del Partido, cuyos
miembros tendrán acceso a la Contabilidad. Los fondos del Partido deberán
depositarse en Banco a la orden del Presidente o Vicepresidente y del Tesorero de
la Junta de Gobierno.
TITULO IX - DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
Articulo 38°- El Tribunal de Cuenta estará integrado por dos (2) miembros
titulares y un (1) suplente. Por lo menos (1) miembro titular de éste organismo
deberá contar con título habilitante en Ciencias Económicas. Reunir las
condiciones exigidas en el Art. 6° de ésta Carta Orgánica. El Tribunal de Cuentas
tendrá por misión: A. Revisar las cuentas del Partido. B. Controlar los egresos e
ingresos.
TITULO X - DE LOS AFILIADOS
Articulo 39°- Podrán afiliarse al PARTIDO JOVENES EN ACCION los ciudadanos de
ambos sexos que fueran Argentinos nativos o naturalizados y estén en condiciones
de usar el Derecho del Sufragio, quienes deberán acreditar su identidad con los
documentos exigidos por la Ley Electoral y se encuentren inscriptos en el Padrón
Electoral de la Provincia. Articulo 40°- Cuando un (1) ciudadano haya efectuado
cambio de domicilio y no figure en el Padrón oficial podrá afiliarse y ejercer el
Derecho de Sufragio interno justificado esta circunstancia con la presentación
del documento idóneo que acredite tal situación. Los ciudadanos recién enrolados
que no figuren en el Padrón Oficial podrán afiliarse y ejercer el Derecho del
Sufragio interno justificando ésta circunstancia con la presentación del
Documento respectivo. Articulo 41°- Exigense tres (3) meses de antigüedad en la
afiliación para intervenir sufragando en cualquier elección interna del Partido.
Articulo 42°- Los afiliados que hubieran dejado de pertenecer al Partido, al
reingresar serán considerados como afiliados nuevos. Articulo 43°- Cuando el
Partido deba adoptar alguna decisión de trascendental importancia, la Junta de
Gobierno podrá convocar a Asamblea de afiliados para referéndum, dando amplia
publicidad a la convocatoria que deberá hacerse con cinco (5) días de
anticipación por lo menos. Articulo 44° - Ningún afiliado o grupo de afiliados,
podrán dar a publicidad ninguna presentación dirigida a las autoridades
partidarias antes de haberlas hecho llegar a estas. Articulo 45° - Todo afiliado
que desempeñe función pública electiva está obligado a informar a la H.
Convención Provincial de su gestión en el cargo que desempeña. Este informe
deberá presentarse en la sesión ordinaria última del año que celebre el
Organismo.
TITULO XI - DE LOS CANDIDATOS
Articulo 46°- Para ser candidato a cualquier cargo público electivo se requiere
tener dos (2) años de afiliación al Partido. Los candidatos a cargo Electivos
deberán suscribir a favor del Partido un compromiso formal de cesión lisa y llana
de haberes en la proporción establecida por ésta Carta Orgánica sin cuya
formalización la H. Junta Electoral, no oficializará candidatura alguna El
PARTIDO JOVENES EN ACCION podrá llevar candidatos extrapartidarios o
independientes solo en el caso de contar los mismos, con autorización expresa de
la Junta de Gobierno. Articulo 47° - Para ser candidato del Partido se requiere
obtener el Comicio Interno, la simple mayoría de los sufragios validos emitidos y
haber efectuado la promesa de cesión del Art. 36° inc. A Articulo 48° - En el
caso de reelección de un (1) candidato en cualquier cargo electivo cuando no
fuera posible el Comicio Interno y sea la H. Convención Provincial que deba
designar los candidatos, se resolverá por lo establecido en el Art. 59° de esta
Carta Orgánica.
TITULO XII - DE LAS INHABILIDADES
Articulo 49°- No podrán ser miembros de la Junta de Gobierno los afiliados que en
el Distrito desempeñan cargos no electivos con funciones ejecutivas hasta el
cargo de Director, Subdirector o equivalente. Articulo 50°- Todos los cargos
electivos partidarios son incompatibles entre sí. Articulo 51°- Ningún afiliado
podrá desempeñarse simultáneamente en dos (2) cargos electivos, debiendo optar
por uno de ellos, si el caso se presenta.
TITULO XIII - DE LA ELECCIÓN INTERNA
Articulo 52°- A los fines de la renovación de las autoridades creadas por ésta
Carta Orgánica, la Junta de Gobierno deberá convocar con una anticipación de
sesenta (60) días a la finalización de los mandatos a los afiliados del Partido a
Comicios Internos. A éste efecto deberá publicarse la Convocatoria conforme a la
legislación vigente (Ley Orgánica de los Partidos Políticos Provincial) Articulo
53° - Para el caso de que la Junta de Gobierno no cumpliera en término con la
obligación a que se refiere el Artículo anterior, la Mesa Directiva de la H.
Convención Provincial, deberá hacerse cargo de las funciones de aquella y
procederá a dar cumplimiento a lo estatuido en el Art. 56°. A este único efecto
los mandatos de los Convencionales que cesaren se considerarán prorrogados hasta
que se realicen la nueva elección interna. Articulo 54°- Los candidatos a ocupar
los cargos electivos de Gobernador, Intendentes Municipales, Comisionados
Comunales, Legisladores Provinciales, Concejales Municipales y Legisladores
Nacionales serán elegidos por el voto directo y secreto de los afiliados, salvo
en el caso del Régimen de Lemas. Para este comicio, la Junta de Gobierno deberá
convocar con una anticipación no menor de los noventa (90) días de la fecha
estipulada para la Elección General. Articulo 55°- En el supuesto de que por
cualquier motivo no se hubiese podido cumplimentar con el proceso comicial
interno respecto de cualquier candidatura, los candidatos serán elegidos por la
H. Convención Provincial, conforme a las siguientes normas: A. Decidirá el voto
de los dos tercios (2/3) de los componentes del Cuerpo, la necesidad de
procederse a la elección por la H. Convención Provincial. B. Cumplimentando el
requisito a que se refiere el Inciso precedente, procederá a elegir todos los
candidatos del Partido con simple mayoría de los votos. Articulo 56°- Para la
elección a candidatos a Gobernador de la Provincia y Legisladores Nacionales se
considerará la Provincia como Distrito único. En la elección de Legisladores
Provinciales, Concejales Municipales, Intendentes y Comisionados Comunales se
dividirá la Provincia en tantas Secciones Electorales como las que fija la Ley
Electoral Provincial. Se utilizara al efecto el sistema proporcional de mayoría y
minoría Sáenz Peña, salvo que la legislación electoral lo impidiese. Articulo
57°- Para la proclamación se deberá seguir el orden de Lista tanto para titulares
como para suplementes. Articulo 58°- El Comicio Interno se organizará de la
siguiente forma: A. Las listas se oficializaran ante la H. Junta Electoral por
intermedio de sus Apoderados. Deberán ser firmadas por el grupo de afiliados que
las auspician con la verificación de los datos de sus documentos de identidad.
Los apoderados deberán constituir domicilio legal en la Sede de la H. Junta
Electoral, que fijara el horario de notificaciones. B. El número de afiliados que
se determina para apoyar y auspiciar las distintas Listas, será de cien (100) o
más. C. La H. Junta Electoral tachará los nombres de los candidatos que no
reúnan las condiciones de afiliación y antigüedad requerida por esta Carta
Orgánica. Dicha resolución será comunicada inmediatamente a cada uno de los
Apoderados de las Listas con la expresiones de las causas que motivan las Tachas.
D. Las Listas no observadas por la H. Junta Electoral o por cualquier afiliado
dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de su presentación quedaran de hecho
aprobadas. E. Objetada una Lista, H. Junta Electoral deberá expedirse, con
carácter irrevocable dentro de las veinticuatro (24) horas de formulada la
objeción. F. Para la elección de candidatos a cargos electivos Provinciales,
Municipales y Comunales, podrán presentarse Listas en una o más secciones
electorales en que sea dividida la Provincia o en uno o más Municipios o Comunas.
Para la elección de Todas las Listas serán auspiciadas con la firma de cien (100)
afiliados como mínimo. Para la elección de las Autoridades de de la H. Junta de
Gobierno se considerará a la Provincia Distrito único.Todas las candidaturas
deberán ser acompañadas con la correspondiente aceptación firmada por el
respectivo candidato. En los casos de resolución de H. Junta Electoral haciendo
lugar a una impugnación o a impugnaciones parciales los Apoderados de las Listas
procederán a su reemplazo. G. Los candidatos partidarios podrán designar
Apoderados ante las Mesas Receptoras para fiscalizar el acto. Los candidatos por
sí o por intermedio de los Apoderados podrán formular cualquier observación o
queja dejando de ello constancia de en el Acta del Comicio. H. El voto será
secreto, emitido en cuarto oscuro y sobre cerrado, que firmarán el Presidente de
la Mesa y los Fiscales que deseen hacerlo. I. Las boletas de sufragio deberán
presentarse impresas y ajustadas a la reglamentación que en cada caso dictará la
H. Junta Electoral. J. Las Boletas del sufragio no oficializadas por la H. Junta
Electoral, no podrán ser colocadas en los locales destinados al Comicio y a las
Listas o grupos a que pertenezcan no podrán designar fiscales para controlar el
Acto Electoral. Si al hacerse el Escrutinio aparecieran votos emitidos con estas
Boletas serán considerados Nulos. K. La H. Junta Electoral presupuestará el
Comicio, el que será solventado por las Listas participantes al momento de la
Reserva de Color o de Lista con el veinte por ciento (20%) y conjuntamente con la
presentación de la Lista para su Oficialización con el restante ochenta por
ciento (80%). El no cumplimiento de este Inciso dará lugar a considerar a la
Lista como no presentada. Articulo 59° - Inmediatamente después de clausurado el
Acto Comicial, en presencia de los fiscales y afiliados que acudieron el
Presidente realizará las operaciones pertinentes de acuerdo con el Código
Electoral Nacional (C.E.N). Articulo 60°- Para la validez del Comicio se fija un
margen de cinco (5) en más o menos en relación con el numero que conste en el
Acta respectiva. Articulo 61° - La H. Junta Electoral reglamentará la elección
interna en todo lo no previsto en ésta Carta Orgánica.
TITULO XIV - DE LOS BLOQUES PARLAMENTARIOS
Articulo 62° - Los representantes del PARTIDO JOVENES EN ACCION en el Concejo
Deliberante se construirán en Bloques Orgánicos para sostener el Programa
Partidario en cada caso. En cuestiones fundamentales de orden político, la
Representación Municipal deberá consultar a la Junta de Gobierno para recibir las
directivas oficiales del Partido, a las que deberán ajustar sus conductas
pudiendo aquella darle de oficio. Articulo 63° - Las Autoridades de cada Bloque
deberán acatar y hacer cumplir lo dispuesto por ésta carta Orgánica y los
mandatos emanados de H. Convención Provincial y los consejos de la Junta de
Gobierno. Deberán hacer efectivo en tiempo y forma ante la Tesorería del Partido,
los aportes partidarios obligatorios establecidos por ésta Carta Orgánica.
Solicitarán la conformidad previa de la Junta de Gobierno para designar Asesores
del Bloque o reemplazar las Autoridades Administrativas del mismo.
TITULO XV - DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 64°- La Declaración de Principios y las Bases de Acción Política, deberá
sostener los fines de la Constitución Nacional y expresar la adhesión al Sistema
Democrático, Representativo, Republicano, Pluripartidista, el respeto a los
Derechos Humanos y condenar el empleo de la violencia para modificar el orden
jurídico y llegar al poder. El PARTIDO JOVENES EN ACCION observará en la práctica
y en todo momento los principios contenidos en ésta Carta Orgánica, en la
Declaración de Principios y las Bases de Acción Política, Articulo 65°- En los
casos en que no concurrieran a las reuniones de los Órganos Partidarios sus
miembros titulares, los reemplazarán los suplentes por orden de colocación en las
listas. En la reunión constitutiva de cada organismo partidario solo podrán hacer
quórum los miembros titulares. Articulo 66°- Para los casos no previstos por ésta
Carta Orgánica, los Organismos Partidarios se regirán por el Reglamento de la H.
Legislatura de la Provincia. Articulo 67°- La presente Carta Orgánica y las
resoluciones dictadas por los Organismos que Ella crea, será Ley Obligatoria de
los afiliados del PARTIDO JOVENES EN ACCION Articulo 68°- Las Elecciones de
autoridades partidarias se realizarán en lo posible, simultáneamente con la de
candidatos a cargos públicos electivos. Articulo 69°- No podrán ser elegidos para
ningún cargo público electivo o partidario, o si ya lo hubiese sido, seguir
desempeñándose en funciones; el afiliado que no se encontrare al día en el pago
de algunas de las cuotas establecidas en el Articulo 36° Inc. A de ésta Carta
Orgánica.
TITULO XVI - DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Articulo 70°- El régimen de incompatibilidad que fija ésta Carta Orgánica
comenzará a regir a medida que se vayan renovando los Organismos Partidarios.
Articulo 71°- Esta Carta Orgánica entrará en vigencia a partir del momento de su
sanción.
Aviso número 21998
RESOLUCIONES 321 / 2011 RESOLUCION / 2011-05-31
JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 321/11-H.J.E.P., del 31/05/2011. --- I-
Reconocer personalidad jurídico política a la agrupación ORGULLO TAFINISTO
(O.T.)" para actuar como partido político en la jurisdicción del Municipio de
Tafí del Valle, Departamento homónimo. II- Otorgar el número 328 al mencionado
partido según lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley 5.454 y resolución de la
H. Junta Electoral del 22/04/03.- III- Publíquense edictos por un día, Libre de
Derechos, en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndose conocer la
Declaración de Principios y Bases de Acción Política, Carta Orgánica y la
presente Resolución.- Hágase Saber.- Dr. Antonio Daniel Estofan, Presidente. Dr.
Pedro Vicente Giudice, Vocal. Leg. Regino Néstor Amado, Vocal Presidente
Subrogante de la H. Legislatura de Tucumán.
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS
El ¨PARTIDO ORGULLO TAFINISTO (O.T.) reconoce como principios fundamentales que
han de regir su accionar político, el cumplimiento en el ámbito municipal de los
fines expresados en los preámbulos de las constituciones de nación y de la
provincia. Se considera esencial, el principio de la soberanía del pueblo que se
expresa en el sistema representativo como medio idóneo de manifestación.
Considera, además, esencial la plena vigencia del Sistema Republicano,
caracterizado por la publicidad de los actos de gobierno, la separación de los
Poderes del Estado y la Periodicidad de las Magistraturas. Declara además que el
sistema Federal es el que mejor expresa la realidad argentina y constituye el
medio mas idóneo de gobierno cuyo origen en nuestro país de encuentra en las
Comunas, Municipios y Provincias, razón por la cual los Constituyentes lo
erigieron en Institución Básica y conteniendo necesario de las Constituciones
Provinciales. Así mismo se reconocen como principios esenciales de nuestra Nación
las Libertades, Derechos y Garantía reconocida en la Constitución Nacional y de
la Provincia, que constituyen las expresiones de los Derechos Humanos cuya
violación implica no solamente una agresión contra la Nación sino un delito que
afecta el orden internacional, cuando la violación proviene del propio Gobierno d
Estado. Que dentro del Sistema Federal adoptado por la Constitución no es posible
el pleno desarrollo de la Nación, sin la existencia y el desarrollo previo de las
Entidades Políticas que la componen.-
BASES DE ACCIÓN POLÍTICA
Con el objeto de asegurar la plena vigencia de los Principios señalados el
¨PARTIDO ORGULLO TAFINISTO (O.T.) persigue: 1°. Convertir al municipio en un
ámbito de orden, paz, progreso y respeto a los derechos ciudadanos. 2°. Responder
a las necesidades de los habitantes, espiritual y materialmente, mediante la
concentración de la mayor cantidad de servicios destinados a satisfacer los
requerimientos del bienestar ciudadano. 3°. Una intensa participación de los
ciudadanos en la gestión municipal asegurándoles: A. El derecho a informarse con
el empleo de la más amplia publicidad relacionada con la percepción e inversión
de las rentas municipales, los actos de gestión y el cumplimiento de los planes
aprobados. B. El derecho a expresarse ante las autoridades sea en forma
individual o colectivamente. C. El derecho de asociarse con fines públicos de
participación en la vida comunitaria, fomentando la formación de Centro y
Organizaciones no Gubernamentales, e instrumentando su participación en la
formulación de planes y la ejecución de obras de interés Municipal. D. La
presencia en el gobierno municipal, y el concepto de que el bien común constituye
la creación y mantenimiento de las condiciones necesarias para que cada uno logre
su perfección en el ejercicio de su libertad. E. Un Municipio convertido en un
instrumento ágil y dinámico de gobierno, reduciendo la capacidad ociosa de su
personal mediante su redistribución racional en nuevos e indispensable servicios.
Y proveyendo a su capacitación permanente, y estableciendo una carrera
administrativa que le asegure su estabilidad y una retribución digna. 4°. En el
orden de la Cultura y Educación contribuir con las rentas y la acción Municipal a
la gratuidad de la enseñanza, cooperando con la acción que cumplen las escuelas
municipales y parroquiales, mediante la provisión elementos didácticos necesarios
y alimentación de los alumnos. Promover la acción cultural y las manifestaciones
del arte, manteniendo salas de exposiciones , conferencias, conciertos, creando
centro de recreación y deporte y manteniendo los ya existentes y subvencionando
actividades de esa naturaleza. Crear y sostener escuelas, colegios e institutos
de cultura superior, y en especial fomentar los establecimientos que tenderán a
capacitar para el trabajo. 5°. En el orden de la salud, organizar en el Municipio
para todos sus habitantes una mejor calidad de vida. Crear nuevos servicios
asistenciales, salas de primeros auxilios y todo lo necesario para complementar
la acción de los centros hospitalarios y centros de atención primaria de la salud
ya existentes, cubriendo todas las necesidades de estos. 6°. En el orden a la
Política Económica Financiera: Llevar adelante una política presupuestaria
acordando prioridad a las obras de infraestructura para fomentar la actividad
económica en el Municipio, generando empleos. Mantener el principio de la justa
imposición, estableciendo tasas y alícuota razonables, acorde con la capacidad
contributiva de la población, determinada mediante el catastro de las propiedades
y con los medios técnicos necesarios la determinación justa de todos los
impuestos provinciales. Evitar el gasto publico superfluo, aplicando el principio
de subsidiariedad, de tal suerte, que el Municipio tome a su cargo, solo aquellas
actividades y servicios que no puedan ser prestados con ventaja por la actividad
privada o en iguales condiciones, exceptuando siempre la salud, la educación y la
seguridad. 7°. En materia de obras publicas ejecutar las obras que se adecuen las
exigencias de una planificación y zonificación provincial para insertarnos con
más y mejores posibilidades en la región. Cooperar con la Nación, la Provincia y
las Comunas en los planes de vivienda, participando en los mismos, mediante la
cesión de los inmuebles necesarios o la afectación de los recursos del caso. 8°.
Promover un Estado sin corrupción: La corrupción destruye a cualquier Estado,
distorsiona las prioridades, dilapida recursos y enriquece a unos pocos. En los
últimos años no alcanzo los más altos niveles de Administración, es difícil medir
el daño que ocasiona, no solo a la Administración Pública sino a las
Instituciones Democráticas y a la moral colectiva de los habitantes del
Municipio.
DECLARACIÓN
El ¨PARTIDO ORGULLO TAFINISTO (O.T.) del Municipio de TAFI DEL VALLE de la
provincia de Tucumán organiza su gobierno de acuerdo con los principios y
propósitos a consagrados en la presente Carta Orgánica obligándose a respetar y
a atacar la Constitución Nacional, Provincial y las Leyes que se dictaren en su
consecuencia.
TITULO I - DE LA FORMACIÓN DEL ¨PARTIDO ORGULLO TAFINISTO (O.T.)
Articulo 1°- El ¨PARTIDO ORGULLO TAFINISTO (O.T.) del Municipio de TAFI DEL
VALLE de la Provincia de Tucumán se construye con los siguientes organismos: A.
Honorable Convención Provincial. B. H. Junta de Gobierno. C. Tribunal de
Conducta. D. Tribunal de Cuentas. E. Honorable Junta Electoral. Articulo 2°- El
Gobierno del Partido será ejercicio por la H. Junta de Gobierno, de acuerdo a las
prescripciones que a continuación se expresan. Articulo 3°- Los miembros de los
Cuerpos a que se refiere el Articulo 1° duraran tres (3) años en el ejercicio de
sus funciones. Articulo 4°- Las autoridades Partidarias y los candidatos a
cargos electivos públicos serán elegidos por el voto directo y secreto de los
afiliados, conforme a las normas electorales vigentes. En todo caso el sistema de
distribución de cargos partidarios y electivos será el régimen proporcional Sáenz
Peña de mayoría y minoría. Salvo en los casos que la Ley Electoral no lo permita.
TITULO II - DE LA HONORABLE CONVENCIÓN PROVINCIAL
Articulo 5°- La Autoridad Superior del Partido estará a cargo de la H. Convención
Provincial, la que tendrá como base de integración por Sección Electoral en
carácter de Convencionales Titulares. La representación será la siguiente: 11
(once) MIEMBROS TITULARES Y 4 (cuatro) MIEMBRO SUPLENTES. Articulo 6°- Para ser
Delegado de la H. Convención Provincial, se requiere : por a) ciudadanía
Argentina en ejercicio; b) Dos (2) años de afiliación al Partido; c) veintiún
(21) años de edad como mínimo; d) Ser nativo de la provincia o con dos (2) años
de residencia en ella. Articulo 7°- La H. Convención será convocada por la junta
de Gobierno para su constitución. No mediando convocatoria hasta los (15) días
de producida la proclamación de los convencionales, los electos podrán darse por
convocados con la conformidad de un tercio (1/3) de los integrantes del Cuerpo,
en ambos casos se procederá de la siguiente manera: A. Reunidos los Delegados en
el lugar y hora que designe la Junta de Gobierno, o en el que fijen los
Convencionales autoconvocados se constituirá en Sección Preparatoria siempre que
estuviesen presentes la mitad mas uno de sus miembros. Se procederá a designar un
Presidente Provisional y un Secretario Ad-hoc, nombrándose una Comisión de
Poderes , de tres (3) miembros que determinara la validez de los Títulos de los
Delegados Convencionales. B. Producido el Dictamen de la Comisión de Poderes,
este será tratado conforme al Reglamento de la H. Cámara de Legisladores de la
Provincia de Tucumán , que regirá supletoriamente en todas las deliberaciones de
la H. Convención Provincial. C. La H. Convención Provincial quedara constituida
una vez que fuesen aprobados los títulos de las tres cuartas (3/4) partes del
total de sus miembros y procederá a elegir la Mesa Directiva del Cuerpo, la que
estará constituida por: UN (1) PRESIDENTE, UN (1) VICEPRESIDENTE Y TRES (3)
SECRETARIOS, cuyas funciones serán las siguientes: del SECRETARIO de ACTAS Y
REGISTROS : responsable de su confección y de proporcionar la información
pertinente; del SECRETARIO de ORGANIZACIÓN: responsable de los tramites de
convocatoria de las Asamblea y de la organización necesarias para organizar
sesiones. Articulo 8°- La H. Convención estará en Quórum legal con la presencia
de la mitad mas uno de sus miembros. Pasada media (1/2) hora de fijada para la
reunión, sesionara con la tercera (3ª) parte de sus componentes. Para determinar
el quórum solo se computara el total de sus miembros titulares. Articulo 9°- La
H. Convención, tendrá las siguientes atribuciones: A. Formular la Declaración de
Principios del Partido. B. Dictar el Programa y Plataforma Electoral, con
sujeción a las orientaciones y principios contenidos Declaración de Principios y
Bases de Acción Política. C. Reformar la presente Carta Orgánica y la Declaración
de Principios, necesitándose el voto de las dos terceras (2/3) partes de los
miembros presentes para considerar oportuna tal reforma y simple mayoría para
aprobarla. D. Recibir los informes que deberían presentar anualmente los
afiliados del Partido que ejerzan funciones públicas electivas. E. Elevar las
inconductas de las autoridades partidarias en el cumplimiento de la Carta
Orgánica y las de los funcionarios públicos electivos al Tribunal de Conducta;
observándose lo dispuesto en el Inciso siguiente en el caso de expulsión. F.
Resolver en apelación las penalidades impuestas por el Tribunal de Conducta,
exigiéndose el voto de las dos terceras (2/3) partes de los miembros presentes
para resolver la expulsión. Siendo esta sanción inapelable, como cualquier otra
tomada como Tribunal de Apelación. G. Elegirá los miembros de la H. Junta
Electoral, Tribunal de Conducta y Tribunal de Cuentas. H. Designar los candidatos
partidarios para elecciones generales cuando hubiese sido imposible la
realización de comicios internos . Para ello será necesario sesionar en quórum de
dos tercios (2/3) , debiéndose resolver previamente sobre la eventual
responsabilidad de funcionarios partidarios en la situación producida, aplicado
si así correspondiese las sanciones de rigor. I. Resolver acerca de la eventual
incorporación de candidatos de otros partidos y/o independientes a cargos
públicos electivos. Para ello será necesario la decisión de dos tercios (2/3) de
votos presentes para aprobarlo. J. Emitir opinión y dictamen sobre los demás
Cuerpos Partidarios. K. Tomar posición definitiva acerca de cuestiones que
afectaren profundamente la unidad partidaria por conflictos que surgiesen entre
los demás elementos partidarios o sectores internos. Articulo 10°- El orden del
Día de la H. Convención Provincial podrá ser reformado e incluirse nuevos
asuntos si así lo resuelve los dos tercios (2/3) de sus miembros presentes. Los
miembros de la Junta de Gobierno tiene voz pero no voto en las deliberaciones de
la H. Convención. Tendrán el mismo derecho los Presidentes de los Bloques
Parlamentarios y de los Legisladores Nacionales y Provinciales. Articulo 11°- La
H. Convención, celebrara reuniones ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias
se realizaran dos (2) veces al año en las siguientes fechas el último domingo de
Junio y el primer domingo del mes de Diciembre, para lo cual la Mesa de la H.
Convención efectuara las convocatorias correspondientes, debiendo concurrir a
estas reuniones las autoridades partidarias y los afiliados que ejerzan funciones
electivas para evacuar los informes que el Organismo considere pertinente. Las
sesiones extraordinarias tendrán lugar: A. A pedido de la Junta de Gobierno B.
Por pedido del veinticinco por ciento de los Señores Convencionales. C. Por
citación de la Mesa Directiva de la H. Convención. En cada caso se expresara el
Orden del Día. La citación se hará con tres (3) días de anticipación por lo
menos.
TITULO II - DE LA JUNTA DE GOBIERNO
Articulo N° 12 La Autoridad Ejecutiva del PARTIDO ORGULLO TAFINISTO (O.T.) estará
a cargo de una Junta de Gobierno con asiento en la ciudad de San Miguel de
Tucumán, compuesta de 7 (siete) miembros titulares y 2 (dos) miembros suplentes.
El Presidente de la Junta de Gobierno será elegido a simple pluralidad de
sufragios por el voto directo y secreto de los afiliados, y será quien encabece
la lista ganadora. El resto de los integrantes de la Junta de Gobierno se
distribuirán conforme al sistema proporcional de mayoría y minorías Sáenz Peña, y
una vez constituidos procederán a la designación de los cargos que se estimen
necesarios para el mejor Gobierno del Partido. Articulo N° 13 El Presidente y 2
(dos) miembros designados por la Junta de Gobierno, constituirán la Mesa
Directiva, la que tendrá facultades para abocarse al conocimiento de los asuntos
cuya decisión juzgue de urgencia. Articulo N° 14 Para ser miembro de la Junta de
Gobierno se requiere: A. Tener ciudadanía Argentina. B. Tener veintiún (21) años
o más de edad como mínimo. C. Ser elector en la Provincia, con una antigüedad de
dos (2) años como mínimo, en el Padrón Electoral. D. Tener 2 (dos) años de
antigüedad en la afiliación partidaria. Articulo N° 15 - La Junta de Gobierno
tendrá las siguientes atribuciones y deberes: A. Dictar un Reglamento Interno. B.
Dictar las normas y disposiciones necesarias para cumplir y hacer cumplir esta
Carta Orgánica y las resoluciones de los Organismo Superiores del Parido. C.
Dirigir la campaña electoral, la propaganda y el proselitismo en concordancia con
la Plataforma Electoral y Declaración de Principios del Partido. D. Llevar el
fichero general de los afiliados del Partido, organizar la inscripción de
afiliados disponiendo su cierre, conjuntamente con cada convocatoria a elecciones
internas. E. Dirigir en general la marcha del Partido y adoptar todas las medidas
necesarias para desarrollar el interés por la actividad cívica para mantener la
disciplina partidaria, y para afirmar el espíritu de solidaridad entre los
afiliados. F. Administrar el patrimonio del Partido y llevar los libros conforme
a las disposiciones legales vigentes. G. Reglamentar la forma de recepción de la
renta partidaria y su distribución. H. Presentar informe a la H. Convención sobre
la marcha y estado del Partido. I. Mantener las relaciones del Partido con
Autoridades Nacionales y/o Provinciales, así también con los funcionarios y
autoridades electivas. J. Someter al Tribunal de Conducta las faltas y los actos
de inconducta o indisciplina, en que a juicio del cuerpo, incurren los afiliados
del Partido. K. Convocar a la H. Convención en los casos previstos. L. Designar
al Apoderado General del Partido, Titular y Suplente, para que represente al
partido ante las autoridades oficiales, no existiendo incompatibilidad con otros
cargos partidarios de los mismos. M. Convocar a elecciones partidarias internas
en las oportunidades que correspondan, conforme lo indica esta Carta Orgánica,
debiéndose comunicar esta convocatoria a la H. Junta Electoral dentro de las
cuarenta y ocho (48) horas de producida tal Resolución. N. Pronunciarse en
definitiva sobre los casos previstos en esta Carta Orgánica, así como las
consultas sobre los casos no previstos en esta Carta Orgánica. O. Fomentar en la
medida de lo posible una amplia labor cultural, social, de docencia popular y de
proselitismo político, crear la biblioteca del Partido, centros de cultura,
difusión y discusión de la doctrina del Partido. P. Autorizar la creación de
Comisiones Partidarias. Q. Convocar a Asamblea General de afiliados en una o
diversas concentraciones en caso de producirse situaciones de suma gravedad en
la vida institucional o política del País, la Provincia o del Partido, que
rebasaren la capacidad de decisión de los Cuerpos Orgánicos, para tomar posición
o actuar en consecuencia. Articulo 16° - En caso de acefalia de la Junta de
Gobierno, se procederá a una nueva elección por el voto directo y secreto de los
afiliados, siempre que falte más de un año y medio (1 y 1/2) para la terminación
del mandato. En caso contrario designará a los miembros faltantes la H.
Convención Provincial a simple mayoría de votos. En tanto dure la acefalia se
hará cargo de la Junta de Gobierno la Mesa Directiva de la H. Convención. Los
nuevos miembros serán elegidos para completar periodo. Articulo 17° - La Junta de
Gobierno por simple mayoría y en quórum legal podrá dejar cesantes a sus
componentes que no acepten sus cargos a contar de los treinta (30) días de su
elección o que dejarán de asistir tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o
seis (6) reuniones ordinarias alternativas sin previo aviso y sin justificación
debida. Articulo 18°- La Junta de Gobierno tendrá quórum legal con cuatro (4) de
sus miembros titulares. Los Concejales Municipales y el Intendente, y los
miembros de la Mesa Directiva de la H. Convención Provincial podrán asistir a sus
deliberaciones con voz pero sin voto. Articulo 19° - La Junta de Gobierno podrá
celebrar sesiones extraordinarias en los siguientes supuestos: A. Por pedido de
tres (3) de sus miembros. B. Por pedido de por lo menos diez (10) afiliados del
Partido. C. Por resolución de la mayoría de sus miembros. En todos los casos
deberá efectuarse la reunión para tratar un tema determinado.
TITULO IV - DE LA H. JUNTA ELECTORAL
Articulo 20° - La H. Junta Electoral del ¨PARTIDO ORGULLO TAFINISTO (O.T.) se
compondrá de dos (2) miembros titulares y (1) suplente. Articulo 21° - Para ser
miembros de la H. Junta Electoral se requiere tener treinta (30) años como mínimo
de edad y dos (2) años de afiliado. Articulo 22° - Celebrará sus sesiones en el
local partidario, eligiendo en su seno, un (1) Presidente y (1) Secretario. La
elección de autoridades se hará en la sesión constitutiva del cuerpo. Articulo
23° - Sus funciones serán las que establece la Ley Electoral de la Provincia,
para el Tribunal Electoral y condiciones a las disposiciones de la presente Carta
Orgánica y especialmente a las siguientes: A. Confeccionar el Padrón de Afiliados
conforme al fichero llevado por la Junta de Gobierno. Previa depuración lo hará
público y abrirá un Periodo de Tachas no menor de tres (3) días durante los
cuales los afiliados podrán oponer observaciones sobre la base de las siguientes
causales: 1°) Estar comprendidos dentro de una de las causales de inhabilidad de
las establecidas en las Leyes Nacionales y Provinciales de la materia. 2°) Haber
sido suspendido en la afiliación o expulsado del Partido. 3°) Haber renunciado.
B. Pronunciarse en definitiva sobre las tachas opuestas y aprobar los Padrones
por lo menos veinticinco (25) días antes de las Elecciones Internas. C. Presidir,
Organizar, y Fiscalizar las Elecciones Internas, hacer el Escrutinio Definitivo
de las mismas y Proclamar a los Electos. Cuando se trate de elecciones a cargos
Públicos lo comunicará al Apoderado del Partido para su oficialización ante la
Justicia Electoral. Articulo 24° - Una vez que la Junta de Gobierno haya
convocado a Elecciones Internas y le fuera a la H. Junta Electoral, ésta
procederá de inmediato a cumplir con su cometido. Articulo 25° - La H. Junta
Electoral confeccionará el Cronograma Electoral, que especialmente tendrá en
cuenta lo siguiente: A. Exhibición del Padrón (Art. 26 Inc. A) B. Tachas y
Observaciones (Art. 26 Inc. A) C. Aprobación del Padrón (Art. 26 Inc. B) D.
Oficialización de Listas E. Tachas y Observaciones de Listas F. Aprobación de
Listas G. Designación de Autoridades H. Designación de Locales Electorales I.
Oficialización de Boletas Electorales J. Presentación de Mazos de Boletas y Votos
Testigos. K. Elección Articulo 26° - Inmediatamente de realizad el Acto
Electoral, la H. Junta Electoral sesionará con carácter permanente y procederá al
recuento de los votos o las Mesas donde lo soliciten alguno de los Apoderados de
las Listas participantes y procederá a verificar el Escrutinio Definitivo y
Proclamará su resultado conforme al Art. 26 Inc. C. Articulo 27° - Todas las
resoluciones de la H. Junta Electoral se adoptarán en reuniones a las que asistan
por lo menos (2) de sus miembros. Los votos serán fundados en todos los casos.
Convocados los afiliados a Elección Interna, la ausencia de cualquiera de los
miembros de la H. Junta Electoral a tres (3) reuniones consecutivas, provocará la
separación automática del miembro ausente. En este caso lo reemplazará el
suplente. Para él supuesto que no pudiera integrarse el Tribunal Electoral
conforme al primer párrafo de este Art., el miembro presente podrá requerir a la
Junta de Gobierno designará el o los afiliados que reemplazará al o a los
ausentes quién o quienes reunirán las condiciones que exige el Art. 24 de esta
Carta Orgánica.
TITULO VI - DEL TRIBUNAL DE CONDUCTA
Articulo 28° - El Tribunal de Conducta estará integrado por tres (3) miembros
titulares y (1) suplente, requiriéndose para ser miembro tener como mínimo
cuarenta (40) años de edad y tres (3) años de afiliado, Articulo 29° - De su seno
designará un (1) presidente, un (1) Vicepresidente y (1) un Secretario, sesionará
válidamente con un mínimo de dos (2) de sus miembros. Articulo 30° - Corresponde
al Tribunal de Conducta instruir proceso a los afiliados, juzgar sus conductas y
aplicar las penalidades que correspondan de conformidad a ésta Carta Orgánica.
Articulo 31° - El Tribunal de Conducta actuará a requerimiento de la Junta de
Gobierno, de la H. Junta Electoral o de la H. Convención. Fijará sus propias
reglas de procedimiento sobre la base de que esta debe ser verbal, actuado y
público con intervención y defensa del acusado, pudiendo juzgar en rebeldía. La
resolución definitiva deberá producirse dentro del término de sesenta (60) días,
contados desde la iniciación de las actuaciones. Concluido dicho termino sin
producirse resolución, quedará sin efecto y como no presentada la acusación, sin
prejuicio de las responsabilidades de los miembros del Tribunal de Conducta ante
el H. Convención. El Tribunal de Conducta podrá dictar providencias para mejor
proveer y tomar informaciones de todas las autoridades partidarias. Podrá citar a
los interesados y a cualquier afiliado como testigo bajo pena de sancionarlo en
caso de incompetencia. Se considerará reiterada la incomparencia a dos (2)
citaciones consecutivas e injustificadas. Articulo 32° - Las resoluciones del
Tribunal de Conducta serán apelables, las que serán recurribles ante la H.
Convención dentro de los (5) días de notificadas. Hasta tanto se pronuncie la H.
Convención el afiliado quedará suspendido en el goce de sus derechos como tal.
Articulo 33° - Las resoluciones del Tribunal de Conducta se tomarán por la
mayoría de votos de sus miembros componentes.
TITULO VII - DE LA DISCIPLINA PARTIDARIA
Articulo 34° - Los afiliados del Partido por falta que cometieran están sujetos a
las siguientes penalidades: A. Amonestación B. Suspensión hasta (5) años C.
Expulsión Salvo la amonestación o suspensión menor de tres (3) meses, las
penalidades llevan implícitas la pena accesoria de pérdida de la antigüedad
partidaria y la de la cancelación de ficha, con la de que el sancionado no podrá
solicitar su reafiliacion hasta después de diez (10) años de la sanción. El
expulsado no podrá afiliarse nuevamente al Partido. Articulo 35° - Las
resoluciones finales serán comunicadas a todos los Organismos del Partido.
TITULO VIII - PATRIMONIO PARTIDARIO
Articulo 36°- El patrimonio del ¨PARTIDO ORGULLO TAFINISTO (O.T.) se formará: A.
Con el aporte obligatorio del diez (10) por ciento de los haberes que por todo
concepto perciban los Concejales y el Intendente y afiliados que desempeñan
funciones en gestión del signo del Partido hasta el rango de Subdirector y sus
Asesores en el Departamento Ejecutivo Municipal. El aporte obligatorio del diez
(10) por ciento de los haberes que por todo concepto perciban los afiliados que
desempeñan funciones como Secretarios, Pro Secretarios y Asesores de los Bloques
partidarios. B. Los aportes de los Concejales y los Funcionarios del Municipio
serán efectuados ante la Tesorería de la Junta de Gobierno. C. Con las donaciones
de los afiliados y simpatizantes del Partido. D. Con la cuota mensual que
anualmente fije la Junta de Gobierno como contribución obligatoria de los
afiliados. E. Con el producto de las colectas, emisión de bonos, rifas y
cualquier otro medio que disponga la Junta de Gobierno para proveer fondos al
Partido. F. Toda otra contribución que establezca la Junta de Gobierno para
funciones no prevista por este Titulo. Articulo 37° - Anualmente la Junta de
Gobierno realizará un Balance que será remitido para su consideración al Tribunal
de Cuentas del Partido, cuyos miembros tendrán acceso a la Contabilidad. Los
fondos del Partido deberán depositarse en Banco a la orden del Presidente o
Vicepresidente y del Tesorero de la Junta de Gobierno.
TITULO IX - DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
Articulo 38° - El Tribunal de Cuenta estará integrado por dos (2) miembros
titulares y un (1) suplente. Por lo menos (1) miembro titular de éste organismo
deberá contar con título habilitante en Ciencias Económicas. Reunir las
condiciones exigidas en el Art. 6° de ésta Carta Orgánica. El Tribunal de Cuentas
tendrá por misión: A. Revisar las cuentas del Partido. B. Controlar los egresos e
ingresos.
TITULO X - DE LOS AFILIADOS
Articulo 39° - Podrán afiliarse al ¨PARTIDO ORGULLO TAFINISTO (O.T.) los
ciudadanos de ambos sexos que fueran Argentinos nativos o naturalizados y estén
en condiciones de usar el Derecho del Sufragio, quienes deberán acreditar su
identidad con los documentos exigidos por la Ley Electoral y se encuentren
inscriptos en el Padrón Electoral de la Provincia. Articulo 40° - Cuando un (1)
ciudadano haya efectuado cambio de domicilio y no figure en el Padrón oficial
podrá afiliarse y ejercer el Derecho de Sufragio interno justificado esta
circunstancia con la presentación del documento idóneo que acredite tal
situación. Los ciudadanos recién enrolados que no figuren en el Padrón Oficial
podrán afiliarse y ejercer el Derecho del Sufragio interno justificando ésta
circunstancia con la presentación del Documento respectivo. Articulo 41° -
Exigense tres (3) meses de antigüedad en la afiliación para intervenir sufragando
en cualquier elección interna del Partido. Articulo 42° - Los afiliados que
hubieran dejado de pertenecer al Partido, al reingresar serán considerados como
afiliados nuevos. Articulo 43° - Cuando el Partido deba adoptar alguna decisión
de trascendental importancia, la Junta de Gobierno podrá convocar a Asamblea de
afiliados para referéndum, dando amplia publicidad a la convocatoria que deberá
hacerse con cinco (5) días de anticipación por lo menos. Articulo 44° - Ningún
afiliado o grupo de afiliados, podrán dar a publicidad ninguna presentación
dirigida a las autoridades partidarias antes de haberlas hecho llegar a estas.
Articulo 45° - Todo afiliado que desempeñe función pública electiva está obligado
a informar a la H. Convención Provincial de su gestión en el cargo que desempeña.
Este informe deberá presentarse en la sesión ordinaria última del año que celebre
el Organismo.
TITULO XI - DE LOS CANDIDATOS
Articulo 46° - Para ser candidato a cualquier cargo público electivo se requiere
tener dos (2) años de afiliación al Partido. Los candidatos a cargo Electivos
deberán suscribir a favor del Partido un compromiso formal de cesión lisa y llana
de haberes en la proporción establecida por ésta Carta Orgánica sin cuya
formalización la H. Junta Electoral, no oficializará candidatura alguna El
¨PARTIDO ORGULLO TAFINISTO (O.T.) podrá llevar candidatos extrapartidarios o
independientes solo en el caso de contar los mismos, con autorización expresa de
la Junta de Gobierno. Articulo 47° - Para ser candidato del Partido se requiere
obtener el Comicio Interno, la simple mayoría de los sufragios validos emitidos y
haber efectuado la promesa de cesión del Art. 36° inc. A. Articulo 48° - En el
caso de reelección de un (1) candidato en cualquier cargo electivo cuando no
fuera posible el Comicio Interno y sea la H. Convención Provincial que deba
designar los candidatos, se resolverá por lo establecido en el Art. 59° de esta
Carta Orgánica.
TITULO XII - DE LAS INHABILIDADES
Articulo 49° - No podrán ser miembros de la Junta de Gobierno los afiliados que
en el Distrito desempeñan cargos no electivos con funciones ejecutivas hasta el
cargo de Director, Subdirector o equivalente. Articulo 50° - Todos los cargos
electivos partidarios son incompatibles entre sí. Articulo 51° - Ningún afiliado
podrá desempeñarse simultáneamente en dos (2) cargos electivos, debiendo optar
por uno de ellos, si el caso se presenta.
TITULO XIII - DE LA ELECCIÓN INTERNA
Articulo 52° - A los fines de la renovación de las autoridades creadas por ésta
Carta Orgánica, la Junta de Gobierno deberá convocar con una anticipación de
sesenta (60) días a la finalización de los mandatos a los afiliados del Partido a
Comicios Internos. A éste efecto deberá publicarse la Convocatoria conforme a la
legislación vigente (Ley Orgánica de los Partidos Políticos Provincial) Articulo
53° - Para el caso de que la Junta de Gobierno no cumpliera en término con la
obligación a que se refiere el Artículo anterior, la Mesa Directiva de la H.
Convención Provincial, deberá hacerse cargo de las funciones de aquella y
procederá a dar cumplimiento a lo estatuido en el Art. 56°. A este único efecto
los mandatos de los Convencionales que cesaren se considerarán prorrogados hasta
que se realicen la nueva elección interna. Articulo 54° - Los candidatos a ocupar
los cargos electivos de Gobernador, Intendentes Municipales, Comisionados
Comunales, Legisladores Provinciales, Concejales Municipales y Legisladores
Nacionales serán elegidos por el voto directo y secreto de los afiliados, salvo
en el caso del Régimen de Lemas. Para este comicio, la Junta de Gobierno deberá
convocar con una anticipación no menor de los noventa (90) días de la fecha
estipulada para la Elección General. Articulo 55° - En el supuesto de que por
cualquier motivo no se hubiese podido cumplimentar con el proceso comicial
interno respecto de cualquier candidatura, los candidatos serán elegidos por la
H. Convención Provincial, conforme a las siguientes normas: A. Decidirá el voto
de los dos tercios (2/3) de los componentes del Cuerpo, la necesidad de
procederse a la elección por la H. Convención Provincial. B. Cumplimentando el
requisito a que se refiere el Inciso precedente, procederá a elegir todos los
candidatos del Partido con simple mayoría de los votos. Articulo 56° - Para la
elección a candidatos a Gobernador de la Provincia y Legisladores Nacionales se
considerará la Provincia como Distrito único. En la elección de Legisladores
Provinciales, Concejales Municipales, Intendentes y Comisionados Comunales se
dividirá la Provincia en tantas Secciones Electorales como las que fija la Ley
Electoral Provincial. Se utilizara al efecto el sistema proporcional de mayoría y
minoría Sáenz Peña, salvo que la legislación electoral lo impidiese. Articulo
57°- Para la proclamación se deberá seguir el orden de Lista tanto para titulares
como para suplementes. Articulo 58° - El Comicio Interno se organizará de la
siguiente forma: A. Las listas se oficializaran ante la H. Junta Electoral por
intermedio de sus Apoderados. Deberán ser firmadas por el grupo de afiliados que
las auspician con la verificación de los datos de sus documentos de identidad.
Los apoderados deberán constituir domicilio legal en la Sede de la H. Junta
Electoral, que fijara el horario de notificaciones. B. El número de afiliados que
se determina para apoyar y auspiciar las distintas Listas, será de cien (100) o
más. C. La H. Junta Electoral tachará los nombres de los candidatos que no
reúnan las condiciones de afiliación y antigüedad requerida por esta Carta
Orgánica. Dicha resolución será comunicada inmediatamente a cada uno de los
Apoderados de las Listas con la expresiones de las causas que motivan las Tachas.
D. Las Listas no observadas por la H. Junta Electoral o por cualquier afiliado
dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de su presentación quedaran de hecho
aprobadas. E. Objetada una Lista, H. Junta Electoral deberá expedirse, con
carácter irrevocable dentro de las veinticuatro (24) horas de formulada la
objeción. F. Para la elección de candidatos a cargos electivos Provinciales,
Municipales y Comunales, podrán presentarse Listas en una o más secciones
electorales en que sea dividida la Provincia o en uno o más Municipios o
Comunas. Para la elección de Todas las Listas serán auspiciadas con la firma de
cien (100) afiliados como mínimo. Para la elección de las Autoridades de de la H.
Junta de Gobierno se considerará a la Provincia Distrito único. Todas las
candidaturas deberán ser acompañadas con la correspondiente aceptación firmada
por el respectivo candidato. En los casos de resolución de H. Junta Electoral
haciendo lugar a una impugnación o a impugnaciones parciales los Apoderados de
las Listas procederán a su reemplazo. G. Los candidatos partidarios podrán
designar Apoderados ante las Mesas Receptoras para fiscalizar el acto. Los
candidatos por sí o por intermedio de los Apoderados podrán formular cualquier
observación o queja dejando de ello constancia de en el Acta del Comicio. H. El
voto será secreto, emitido en cuarto oscuro y sobre cerrado, que firmarán el
Presidente de la Mesa y los Fiscales que deseen hacerlo. I. Las boletas de
sufragio deberán presentarse impresas y ajustadas a la reglamentación que en cada
caso dictará la H. Junta Electoral. J. Las Boletas del sufragio no oficializadas
por la H. Junta Electoral, no podrán ser colocadas en los locales destinados al
Comicio y a las Listas o grupos a que pertenezcan no podrán designar fiscales
para controlar el Acto Electoral. Si al hacerse el Escrutinio aparecieran votos
emitidos con estas Boletas serán considerados Nulos.
K. La H. Junta Electoral presupuestará el Comicio, el que será solventado por las
Listas participantes al momento de la Reserva de Color o de Lista con el veinte
por ciento (20 %) y conjuntamente con la presentación de la Lista para su
Oficialización con el restante ochenta por ciento (80 %). El no cumplimiento de
este Inciso dará lugar a considerar a la Lista como no presentada. Articulo 59° -
Inmediatamente después de clausurado el Acto Comicial, en presencia de los
fiscales y afiliados que acudieron el Presidente realizará las operaciones
pertinentes de acuerdo con el Código Electoral Nacional (C.E.N). Articulo 60° -
Para la validez del Comicio se fija un margen de cinco (5) en más o menos en
relación con el numero que conste en el Acta respectiva. Articulo 61° - La H.
Junta Electoral reglamentará la elección interna en todo lo no previsto en ésta
Carta Orgánica.
TITULO XIV - DE LOS BLOQUES PARLAMENTARIOS
Articulo 62° - Los representantes del ¨PARTIDO ORGULLO TAFINISTO (O.T.) en el
Concejo Deliberante se construirán en Bloques Orgánicos para sostener el Programa
Partidario en cada caso. En cuestiones fundamentales de orden político, la
Representación Municipal deberá consultar a la Junta de Gobierno para recibir las
directivas oficiales del Partido, a las que deberán ajustar sus conductas
pudiendo aquella darle de oficio. Articulo 63° - Las Autoridades de cada Bloque
deberán acatar y hacer cumplir lo dispuesto por ésta carta Orgánica y los
mandatos emanados de H. Convención Provincial y los consejos de la Junta de
Gobierno. Deberán hacer efectivo en tiempo y forma ante la Tesorería del Partido,
los aportes partidarios obligatorios establecidos por ésta Carta Orgánica.
Solicitarán la conformidad previa de la Junta de Gobierno para designar Asesores
del Bloque o reemplazar las Autoridades Administrativas del mismo.
TITULO XV - DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 64° - La Declaración de Principios y las Bases de Acción Política,
deberá sostener los fines de la Constitución Nacional y expresar la adhesión al
Sistema Democrático, Representativo, Republicano, Pluripartidista, el respeto a
los Derechos Humanos y condenar el empleo de la violencia para modificar el orden
jurídico y llegar al poder. El ¨PARTIDO ORGULLO TAFINISTO (O.T.) observará en la
práctica y en todo momento los principios contenidos en ésta Carta Orgánica, en
la Declaración de Principios y las Bases de Acción Política. Articulo 65° - En
los casos en que no concurrieran a las reuniones de los Órganos Partidarios sus
miembros titulares, los reemplazarán los suplentes por orden de colocación en las
listas. En la reunión constitutiva de cada organismo partidario solo podrán hacer
quórum los miembros titulares. Articulo 66° - Para los casos no previstos por
ésta Carta Orgánica, los Organismos Partidarios se regirán por el Reglamento de
la H. Legislatura de la Provincia. Articulo 67° - La presente Carta Orgánica y
las resoluciones dictadas por los Organismos que Ella crea, será Ley Obligatoria
de los afiliados del ¨PARTIDO ORGULLO TAFINISTO (O.T.) Articulo 68° - Las
Elecciones de autoridades partidarias se realizarán en lo posible,
simultáneamente con la de candidatos a cargos públicos electivos. Articulo 69° -
No podrán ser elegidos para ningún cargo público electivo o partidario, o si ya
lo hubiese sido, seguir desempeñándose en funciones; el afiliado que no se
encontrare al día en el pago de algunas de las cuotas establecidas en el Articulo
36° Inc. A de ésta Carta Orgánica.
TITULO XVI - DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Articulo 70° - El régimen de incompatibilidad que fija ésta Carta Orgánica
comenzará a regir a medida que se vayan renovando los Organismos Partidarios.
Articulo 71° - Esta Carta Orgánica entrará en vigencia a partir del momento de su
sanción.
Aviso número 22003
RESOLUCIONES 359 / 2011 RESOLUCION SINTETIZADA / 2011-06-09
JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 359/11-H.J.E.P., del 09/06/2011. --- I-
Reconocer personalidad jurídico política a la agrupación RENOVACION POR
ALDERETES" para actuar como partido político en la jurisdicción del Municipio de
Alderetes, Departamento Cruz Alta. II- Otorgar el número 347 al mencionado
partido según lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley 5.454 y resolución de la
H. Junta Electoral del 22/04/03.- III- Publíquense edictos por un día, Libre de
Derechos, en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndose conocer la
Declaración de Principios y Bases de Acción Política, Carta Orgánica y la
presente Resolución.- Hágase Saber.- Dr. Antonio Daniel Estofan, Presidente. Dr.
Pedro Vicente Giudice, Vocal. Leg. Regino Néstor Amado, Vocal Presidente
Subrogante de la H. Legislatura de Tucumán.
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS Y BASES DE ACCION POLITICA
El partido RENOVACIÓN POR ALDERETES se sustenta respondiendo a las aspiraciones
de amplios sectores, con el objeto de ratificar las bases fundacionales
del mandato del Pueblo expresados en su Carta Magna en cuanto a exaltar y
garantizar. Su esencia es profundamente democrática, inspirada en principios
simples, prácticos y populares, cristianos y humanistas, fundando su actuación en
intergiversables manifestaciones del pueblo, cuya voluntad consulta y aspira a
representar defendiendo sus intereses en el ámbito nacional y asegurando actuar
dentro de los dictados de la Ley y sus principios republicanos y
federales. Entendemos que para asegurar el Progreso del Pueblo debemos
consolidar. La Paz Social incluyendo a todos y cada unos de los habitantes del
Municipio como destinatarios del accionar de las indelegables responsabilidades
del Estado y de sus representantes, contribuyendo con todos los
sacrificios que sean necesarios para tal fin. Los integrantes del partido
RENOVACIÓN POR ALDERETES, tenemos como objetivo superior contribuir a la
implementación de todas las acciones de gobierno que aseguren la
Justicia Social como convicción señera de todo accionar político.
Exigiremos a las demás expresiones políticas y partidarias el accionar dentro
de las reglas igualitarias de la Constitución el respeto de todos los derechos
para manifestarse en libertad de acción y conciencia como medio de
convivencia política que fomente el dialogo y consolide el
sistema democrático para nosotros y las generaciones futuras.
El partido RENOVACIÓN POR ALDERETES se propone concitar la voluntad y la
acción de todos los ciudadanos, encuadrando su dinámica en la filosofía
justicia social para obtener la unidad que fomente y consolide la
felicidad del pueblo y la grandeza de la patria. Sus fundadores, invocando la
protección de Dios para que guíe sus pasos por senderos, de verdad y justicia se
someten al juicio de los Ciudadanos, afirmando su insobornable decisión de servir
exclusivamente los intereses del pueblo y la grandeza de la nación.-
CARTA ORGANICA
Título I: Generalidades
Art. 1°: El Partido Municipal RENO VACION POR ALDERETES se integra con ciudadanos
inscriptos en los padrones oficiales, de conformidad con esta Carta Orgánica,
su reglamentación y la legislación vigente en materia electoral. Art. 2°: El
Partido Municipal tiene su sede en la Ciudad de Alderetes, en la Provincia de
Tucumán, así como también los órganos partidarios de Gobierno.-
Título II: Afiliados
Art. 3°: Los registros de afiliados y adherentes del Partido Municipal quedarán
permanentemente abiertos a los fines de la afi liación.- Art. 4°: Todos los
afiliados son iguales en el seno del Partido, inclusive aquel que desempeña
funciones partidarias o gubernativas de cualquier naturaleza, que no tendrá ni
podrá exigir trato preferencial. -Todos los afiliados tendrán, en principio, voz
en todas las reuniones de los organismos partidarios, pudiendo la autoridad de
estos reglamentar el uso de este derecho para preservar el mejor orden de la
sesión.-Art. 5°: Para afiliarse al Partido Municipal se debe tener domicilio
legal en la Ciudad de Alderetes y 18 años de edad. - 1. Aceptar sus principios
Doctrinarios y su Carta Orgánica. 2. No podrán afiliarse quienes estuvieran
impedidos según las disposiciones de la Ley de Partidos Políticos y las de esta
Carta Orgánica.-Art. 6°: El procedimiento de la afiliación se seguirá por lo
dispuesto en la Ley de Partidos Políticos. -Art. 7°: Los menores de 14 a 18 años
podrán inscribirse como adherentes incorporándose a un padrón de menores que los
habilitara para ingresar a una organización partidaria cuyo reglamento será dado
por el Congreso.- Art. 8°: La afiliación se extingue por muerte, renuncia,
expulsión, afiliación a otro partido político o inhabilitación establecida por
las leyes electorales. -Asimismo, perderán su condición quienes violen lo
prescripto por la Carta Orgánica y demás disposiciones o resoluciones del
Partido.-
Título III: Organización y Gobierno del Partido.
Art. 9°: El Partido Municipal será gobernado por un Congreso partidario y un
Consejo.-Funcionará, además un organismo disciplinario, la Junta de Disciplina y
Conducta, en relación con los actos electorales la Junta Electoral y en lo
referido a las finanzas y cuentas la Junta Fiscalizadora. Art. 10°: No existirán
otros organismos partidarios que los expresamente autorizados por esta Carta
Orgánica y reconocidos por las autoridades que ella establece.-Los afiliados que
formen parte de organismos partidarios no autorizados o reconocidos, incurren en
inconducta partidaria y se hacen pasibles de las sanciones disciplinarias
correspondientes.-Art. 11°: A los fines de la constitución de los organismos
partidarios la ciudad será un solo distrito.-
Titulo IV: Congreso
Art. 12°: La autoridad superior del Partido será ejercida por el Congreso,
organismo soberano integrado por diez miembros titulares y cinco suplentes.-
El Congreso se renovará íntegramente cada tres años. El ejercicio del cargo es
personal e indelegable. Art. 13°: Para ser Congresal se requiere ser argentino,
naturalizado, mayor de 18 años de edad, con domicilio legal electoral y real en
la Ciudad de Alderetes, y tener dos años de antigüedad en la afiliación.-Los
Congresales durarán tres años en sus funciones pudiendo ser reelegidos. Art. 14°:
El Congreso tendrá las siguientes autoridades: un Presidente, un Vicepresidente,
un Secretario General, y un Secretario de Actas, elegidos de entre sus miembros
en votación directa a simple pluralidad de votos en la primera reunión del
organismo. La reunión constitutiva de esta será presidida por el Presidente de la
Junta Electoral, asistido por el Secretario de la misma. Art. 15°: El Congreso,
para constituirse y funcionar válidamente necesita un quórum de la mitad mas uno
de sus miembros, una hora después de la convocatoria podrá sesionar con la
asistencia de cinco congresales como mínimo.-En caso de ausencia de los titulares
éstos serán reemplazados por los suplentes. Art. 16°: El Congreso se reunirá
ordinariamente una vez al año, y extraordinariamente cuando así lo requiera el
tercio de los congresales o el Consejo a través de su Presidencia. El Congreso
será convocado por su Presidente con, por lo menos quince días de anticipación,
excepto el caso de circunstancias excepcionales en que este plazo podrá ser hasta
de cuarenta y ocho horas. La convocatoria deberá contener el día, hora, lugar de
la reunión y el temario. Art. 17: Serán atribuciones del Congreso: A) Estable cer
las pautas y planes de acción política, social, cultural y económica del
Partido. B) Redactar y aprobar la Plataforma electoral que el Partido sostendrá
en las elecciones a las que concurriere. C) Reformar la Carta Orgánica, con el
voto de los 2/3 de los miembros presentes. D) Juzgar en grado de apelación, de
acuerdo a la reglamentación que oportunamente se dicte, la conducta de los
miembros de los cuerpos partidarios y de los afiliados. Sus decisiones serán
irrecurribles. E) Considerar anualmente los informes que deberán elevar los
organismos partidarios y la representación legislativa. F) Excepcionalmente,
cuando razones de fuerza mayor, debidamente comprobadas impidan la realización de
comicios partidarios y/o cargos electivos municipales, con el voto de las dos
terceras partes de sus miembros, procederá a designar los candidatos a Intendente
y Concejales. En el caso de Concejales las designaciones se efectuarán por Listas
de Candidatos mediante votación nominal y su distribución se hará por el sistema
DHont. En el caso de Intendente la nominación se hará por candidato mediante
votación nominal, debiendo reunir el propuesto la mitad más uno del total de los
miembros del cuerpo. Si no alcanzare ninguno de los propuestos los votos
necesarios, se efectuará una segunda votación entre los dos candidatos que
hubiesen obtenido mayor número de votos y será electo el que obtuviese mayoría
simple. En caso de empate desempatará el Presidente del Congreso. Reunido el
Congreso a estos fines, con quórum legal, la sesión no podrá ser levantada ni
postergada hasta que no se hayan elegido la totalidad de los candidatos, se haya
efectuado el escrutinio definitivo y se hayan proclamado a los electos. G)
Autorizar la enajenación de bienes inmuebles o muebles registrables al Consejo
Superior requiriendo para ello la mitad mas uno de sus integrantes presentes.
Titulo V: Consejo
Art. 18: El Consejo ejerce el Gobierno y la Administración del Partido.- En todos
los actos estará representada por el Presidente y el Secretario General por
quienes hagan sus veces, constituyendo Domicilio Legal en la cuidad de Alderetes,
Provincia de Tucumán.-Art. 19: El Consejo se renovará íntegramente cada tres años
y se compondrá de cuatro miembros titulares y dos miembros suplentes elegidos por
el voto directo y secreto de los afiliados.-Art. 20: Para ser miembro del Consejo
se exigen los mismos requisitos que para ser Congresal. Los miembros del Consejo
podrán ser reelegidos.-Art. 21: El Consejo tendrá las siguientes autoridades: Un
Presidente, un Secretario de Actas y Administración, un Tesorero y un
Secretario de Prensa y Difusión.- Los Suplentes reemplazarán a los titulares.
Proclamados los miembros elegidos en votación directa, se asignarán los cargos
entre ellos a simple mayoría de votos.-Art. 22°: El Consejo deberá reunirse por
lo menos una vez cada seis meses.-Art. 23°: En las reuniones del Consejo se
harán, por invitación del Presidente, la que incluirá el Orden del Día y con
tiempo no menor a diez días. Para las extraordinarias en circunstancias
excepcionales y por razones de urgencia, el plazo podrá ser menor de por lo menos
cuarenta y ocho horas de anticipación.-La convocatoria deberá contener bajo pena
de nulidad; lugar, día y hora de la reunión.-Art. 24°: A pedido formulado por
escrito de tres de los miembros del Consejo, el Presidente deberá convocar a
sesión dentro de los quince días del requerimiento.-Si, cumplido ese tiempo no
hubiera realizado la convocatoria, podrá hacerlo cualquiera de los integrantes de
la Mesa Ejecutiva o la Autoridad Judicial Electoral requerida por igual número de
integrantes de la Junta. Art. 25°: El quórum del Consejo se formará con la mitad
más uno de sus miembros, entre quienes obligatoriamente deberá contarse el
Presidente o su reemplazante natural. Art. 26°: El Consejo tendrá las siguientes
facultades y obligaciones: 1. Dirigir la marcha del Partido de acuerdo con esta
Carta Orgánica y las resoluciones dictadas por el Congreso. 2. Organizar los
trabajos relativos a las candidaturas proclamadas y al período preelectoral. 3.
Darse su propio reglamento. 4. Designar comisiones permanentes o especiales y
comisiones asesoras. Estas podrán integrarse con afiliados que no sean miembros
de la Junta que tendrán voz pero no voto en las reuniones. 5. Capacitar a los
cuadros partidarios en la problemática municipal, provincial, regional y
nacional. 6. Llevar la contabilidad de todo ingreso de fondos o especies con
indicación de fecha, nombre y domicilio de quienes los hubieran ingresado o
recibido. Conservar esta contabilidad durante tres (3) ejercicios. Reglamentar el
uso y distribución de los fondos del Partido que integrarán el patrimonio. 7.
Aprobar los Balances y Memoria Anual, previo informe de la Comisión Revisora de
Cuentas, lo que requerirá una mayoría de la mitad más uno de los presentes. 8.
Entregar a la Convención para su aprobación la Memoria Anual y el Balance
certificado por Contador Público Nacional y por el órgano de control respectivo,
antes del treinta y uno de Marzo de cada año. 9. El Balance, la cuenta de
ingresos y egresos y el estado anual del Patrimonio del Partido. 10. Presentar
anualmente a la Justicia Electoral el estado anual del Patrimonio y la cuenta de
ingresos y egresos certificada por Contador Público Nacional y por el órgano de
control respectivo y aprobado por el Congreso, sesenta (60) días de finalizado
cada ejercicio. 11. Presentar a la Secretaria Electoral dentro de los sesenta
(60) días de celebrado del Acto Electoral en que haya participado en Partido,
cuenta detallada de los ingresos y egresos relacionados con la Campaña Electoral.
12. Ejercer la dirección general del Partido y la representación legal de éste.
13. Solicitar al Congreso el procedimiento de revocación de mandato de cargos
partidarios, por resolución de su plenario, con una mayoría de las dos terceras
(2/3) partes del total de sus miembros. 14. Designar a los miembros de la Junta
Electoral. 15. Designar con la mayoría absoluta de sus miembros los integrantes
de la Junta de Disciplina y Conducta, cuando dicho organismo esté acéfalo o quede
desintegrado. Dichas designaciones definitiva, para lo cual deberá ser convocado
dentro de los cuarenta y cinco (45) días. 16. Designar apoderados judiciales. 17.
Ejecutar cuantos actos les estén autorizados a los órganos de dirección de las
Personas Jurídicas.-El Consejo podrá proponer al Congreso el estudio de: 1.
Modificaciones a la Carta Orgánica. 2. Actualización de sus doctrinas a las
cambiantes circunstancias de la sociedad y permanentes necesidades del pueblo. 3.
Alianzas con otros partidos.
Titulo VI: Disposiciones Comunes
Art. 27°: Los miembros suplentes de los órganos del Partido solo podrán
reemplazar a los titulares en caso de fallecimiento, renuncia, eliminación del
padrón de afiliados, ausencia justificada o impedimento debidamente comprobado y
aceptado por el organismo a que pertenezca. Actuarán en la sesión correspondiente
ala que se hubiesen incorporado. Art. 28°: Los órganos del Partido, por
resolución de la mayoría de sus miembros, podrán llamar a su seno, cuando los
estimen oportuno, a los afiliados del Partido. Art. 29°: En los debates de los
órganos del Partido se observaran las prácticas ordinarias de los cuerpos
colegiados. Art. 30: Las sesiones de los órganos del Partido serán públicas,
pudiendo hacerse reservadas si así lo resolvería la mayoría de los miembros
presentes.- Art. 31: Los órganos del Partido deberán llevar los libros y
documentos exigidos por la ley Orgánica de Partidos Políticos.
Titulo VII: Junta de Disciplina y Conducta
Art. 32°: La Junta de Disciplina y Conducta tiene como función específica el
juzgar la conducta política y partidaria de los afiliados proponiendo al Congreso
Partidario las sanciones a aplicar. Estará compuesta por tres miembros titulares
y tres suplentes que serán designados por la Convención en su reunión ordinaria
del mes de Noviembre. Duran dos años en sus funciones, término que puede ser
prorrogado. Para ser miembro de este organismo se exigen los mismos requisitos
que para ser congresal. Art. 33°: La Junta de Disciplina y Conducta se
constituirá designando en su seno un (1) Presidente, un Vicepresidente y un
Secretario. Sesionarán válidamente con dos de sus miembros y sus decisiones se
adoptarán por simple mayoría de votos, debiendo ser éstas por escrito y fundadas.
Art. 34°: Las sanciones que podrá proponer la Junta de Disciplina y Conducta son:
Amonestación privada.-Amonestación pública.-Suspensión temporaria (no superior a
un (1) año).-Inhabilitación para ocupar cargos partidarios o electivos (hasta dos
(2) años).-Expulsión.- Art. 35°: Toda resolución deberá tomarse previa citación
del imputado y asegurándose su derecho de defensa. Todas las sanciones serán
aplicadas por el Congreso.- Art. 36°: Toda resolución sancionatoria o
expulsatoria podrá interponerse o apelarse ante el Congreso dentro del término de
quince días de notificado, comunicándola al Congreso.- Art. 37°: La Junta de
Disciplina y Conducta podrá actuar como Comisión Investigadora a requerimiento de
las autoridades partidarias o de los representantes del Partido en los bloques
municipales. En función de ello podrá requerir informes a cualquier afiliado del
Partido, aún autoridades, y citarlos como testigos. La no comparencia reiterada e
injustificada significará falta de colaboración culpable, merecedora de las
sanciones que estime el Consejo.- Art. 38°: Las acusaciones contra los
representantes del Partido en el ejercicio de cargos electivos por razón de
hechos producidos ejerciendo dichos cargos, podrán ser formuladas por cualquier
afiliado, debiendo hacerse por escrito, en un plazo de ciento ochenta días de
conocida. Puede ser dirigida a cualquier organismo directivo.- Art.39°: A los
efectos de este Capítulo, tampoco existirá diferencia alguna entre los afiliados
que ocupen cargos electivos y/o partidarios.-
Titulo VIII: Junta Electoral
Art. 40°: Los actos electorales internos del Partido y la organización de las
elecciones de candidatos a cargos electivos serán fiscalizadas por la Junta
Electoral partidaria, único organismo partidario competente para entender en todo
proceso electoral.- Art. 41°: La Junta Electoral Provincial estará integrada por
tres miembros, afiliados del partido, tendrá un Presidente y dos Vocales
designados por el Consejo. Los miembros de la Junta Electoral durarán cuatro
años en sus funciones.- Art. 42°: La Junta Electoral funcionara en la sede del
Concejo.- Art. 43°: Se establecen los de Abril y Octubre como periodos de tachas
e impugnaciones para los padrones partidarios.-Art. 44°: Será responsabilidad de
la Junta Electoral: Formar el padrón partidario, manteniendo actualizado. Tener
bajo su custodia las fichas de afiliación.-Reunir toda la documentación exigida
para la fiscalización de las listas de candidatos y presentar ante la Secretaría
Electoral que corresponda, a través del Apoderado, la documentación requerida
por la presente Carta Orgánica y las leyes electorales.-Dictar el Reglamento
Comicial. Resolver sobre las impugnaciones o protestas efectuadas al acto
eleccionario, desde su convocatoria hasta el escrutinio definido. Dichas
resoluciones deberán ser notificada s dentro de las veinticuatro horas serán
apelables en el mismo plazo, ante la Justicia Electoral.-La Junta Electoral
deberá notificar dentro de las cuarenta y ocho horas el fallo sobre el escrutinio
definitivo, que será apelable en el mismo plazo ante Justicia Electoral. El acto
de impugnación deberá ser fundado por escrito y ofrecer toda la prueba que
intenta valerse, el recurrente. Deberá quedar diligenciado dentro de los diez
días corridos subsiguientes a la fecha de presentación de la impugnación,
veinticuatro horas después de concluido el periodo de prueba o declarada la
cuestión de puro derecho, de la que no habrá recurso alguno, la Junta Electoral
dictará resolución fundada.-Las Juntas Electorales Locales cumplirán con el mismo
procedimiento. Sus resoluciones serán apelables en el plazo de veinticuatro
horas desde la notificación, en forma escrita y fundada. Esta actuación se
presentará ante la Junta Electoral Local, que inmediatamente elevará lo actuado a
la Junta Electoral Provincial que resolverá dentro de las veinticuatro horas de
recepcionadas, notificando lo resuelto a las partes.-Art. 45°: Las autoridades
del Partido, y en su caso sus candidatos para los cargos electivos, serán
elegidos por el voto secreto y directo de sus afiliados inscriptos en los
padrones oficializados por la Junta Electoral.-Art. 46°: La convocatoria para la
elección de candidatos a cargos electivos se hará con, por lo menos sesenta días
de anticipación al día del comicio.-La convocatoria para la renovación de
autoridades partidarias deberá hacerse, por lo menos, setenta y cinco días antes
del vencimiento del mandatos.-Art. 47°: La convocatoria contendrá, bajo pena de
nulidad: día, hora y lugar de la elección, los cargos a elegir o a las
candidaturas a elegir y el plazo de presentación de lista. Art. 48°: La elección
se efectuará en día domingo de ocho a dieciocho horas.- Art. 49°: Luego del
escrutinio provisorio realizado por las autoridades de mesa, todos los documentos
de elección, protestas, si las hubiere, y los resultados se elevarán dentro de
las veinticuatro horas a la Junta Electoral Provincial, se resolverá y realizará
el escrutinio definitivo en menor tiempo posible.-
Titulo IX: Candidatos
Art. 50°: Los requisitos para ocupar cargos partidarios, han sido dispuestos por
esta Carta Orgánica en los capítulos correspondientes.-Los requisitos para ser
candidatos a cargos electivos serán los mismos que para ser Congresales del
Partido.-Art. 51°: En caso de que el Congreso autorizase la incorporación en la
lista de Candidatos de afiliados que no cumplieren con el requisito de la
antigüedad en la afiliación, el número de candidatos en esa condición no podrá
superar un tercio (1/3) del total de la lista. Art. 52°: Para la oficialización
de la listas, de estas deberán contener necesariamente: 1. Número de
precandidatos igual al número de cargos a elegir. 2. Aceptación de las
candidaturas por medios de su firmas, telegramas colacionados u otro medio
auténtico. 3. Nombre y domicilio de su apoderado. Art. 53°: La Junta Electoral
provincial o las Locales, en su caso darán vista de las listas presentadas, a los
apoderados de las mismas en el término de cuarenta y ocho horas Vencido el plazo.
Dentro de los tres días siguientes, dictará resolución respecto de la calidad de
los candidatos.-El apoderado de la lista en el cual algunos candidatos no
reuniera los requisitos necesarios, podrá sustituirlo en el término de cuarenta y
ocho horas. De no producirse la sustitución se tendrá por desistida. Art. 54°:
Las listas podrán diferenciarse únicamente por sus colores. Art. 55°: Motivos que
no sean causa suficiente para rechazar una lista, darán lugar a la intimación al
apoderado para que subsane los vicios o defectos, bajo apercibimiento de rechazo.
Art. 56°: No será necesaria la presentación de avales para la presentación de
listas, bastando las firmas de los afiliados en la presentación de las
candidaturas. Art. 57°: Los apoderados de las listas podrán designar fiscales
generales y de mesa con las facultades establecidas en el Código Electoral
Nacional. Art. 58°: La propiedad de las bancas corresponde al Partido. Art. 59°:
El afiliado que resulte electo para desempeñar una función pública o política,
deberá presentar al Consejo una Declaración Jurada de sus bienes lo que repetirá
anualmente.
Titulo X: Elección de Candidatos a cargos Partidarios y Electivos
Art. 60°: La elección de candidatos a cargos electivos se efectuará a simple
pluralidad de sufragios por el voto directo y secreto de los afiliados. Art. 61°:
El padrón de afiliados deberá ser exhibido en la Sede del Consejo a fin de
asegurar su fiscalización y quedará cerrado con setenta días de anticipación a
los comicios Art. 62°: Podrán ser candidatos a cargos electivos ciudadanos no
afiliados al Partido.-Los candidatos deberán ser aceptados por el Congreso y
siempre deberán aceptar la Plataforma Partidaria y el Programa Político del
Partido.-Art. 63°: Las listas de candidatos a Concejales deberán presentarse
completas.-Art. 64°: Tanto para elecciones de los cuerpos orgánicos del Partido
como a cargos electivos municipales, si a la fecha que fijará la Junta Electoral
sólo se presentara una solo lista, ésta será proclamada triunfadora por la Junta
Electoral con lo quedará sin efecto el acto electoral.-Titulo XII: JUNTA
FISCALIZADORA. Art. 65°: La Junta Fiscalizadora, estará integrado por tres
miembros titulares y tres suplentes, elegidos por el voto directo y secreto de
los afiliados por lo menos uno de los miembros titulares deberá tener título de
Contador Publico Nacional. Art. 66°: Los miembros de la Junta Fiscalizadora de
Cuentas, durarán tres años en sus funciones y pueden ser reelectos. Art. 67°:
Para ser miembro de la Junta, se requieren los mismos requisitos que para ser
Congresal. Art. 68°: Los miembros elegirán entre si, un Presidente, revistiendo
los restantes el carácter de Secretarios. El quórum para reunirse será de dos
miembros; las decisiones se adoptarán por simple mayoría; en caso de empate el
Presidente decide. Art. 69°: Son funciones, Derechos y Deberes de la Junta: a)
Revisar las cuentas y estado patrimonial y financiero del Partido. B) Fiscalizar
los gastos, distribución y percepción de recursos. C) Controlar en forma
periódica las cuentas de ingresos y egresos. D) Semestralmente elevaran informe
al Congreso Municipal. e) Informarán al Consejo Municipal sobre el resultado de
controles y/o verificaciones.
Título XI: PATRIMONIO
Art. 70°: El Patrimonio del Partido se integrará con: La contribución y
donaciones voluntarias de afiliados y simpatizantes.-El producto de actos,
festivales, y cualquier otra entrada lícita.-Los frutos de los bienes de
propiedad del Partido.-Subsidios del Estado Nacional, Provincial y/o Municipal.-
El cinco por ciento (5%) mensual de la remuneración neta de bolsillo de los
afiliados que ocupen cargos electivos y políticos de la Nación, Provincia y/o
Municipios. El incumplimiento de esta obligación será considerada falta
disciplinaria grave, merecedora de la sanción que estime la Junta de Disciplina y
Conducta.-Todo otro ingreso autorizado por la Ley Orgánica de los Partidos
Políticos. Art. 71°: El Consejo dispondrá de la autorización de los fondos
partidarios para el funcionamiento administrativo y electoral partidario,
reglamentando el uso y distribución de los mismos, habilitará las cuentas
corrientes necesarias para el mejor manejo de los fondos a la orden conjunta del
Presidente o Vicepresidente, Secretario General o Secretario Operativo y Tesorero
o Pro- tesorero, a la orden conjunta de tres (3).-Art. 72°: El control y
fiscalización estará a cargo de una Comisión Revisora de Cuentas, conformada por
tres (3) afiliados titulares y tres (3) suplentes designados por el Congreso y
caducarán en sus mandatos cuando se remueve el Congreso.-El cargo de miembro de
la Comisión Revisora de Cuentas es incompatible con el desempeño con cualquier
cargo paritario.-
Titulo XIII: Incompatibilidades
Art. 73°: Son incompatibles los siguientes cargos partidarios: Congresales y
miembro del Consejo.-Art. 74°: El cargo de miembro de la Junta de Disciplina y
Conducta y de la Junta Electoral, es incompatible con el desempeño de cualquier
otro cargo partidario.-Art. 75°: Es compatible el desempeño simultáneo de
funciones electivas o legislativas, o políticas en el Departamento Ejecutivo
Municipal, entendiéndose por éstas a las de Intendente, Secretarios, Directores,
Sub-Directores, Administradores Municipales y Concejales con los cargos
partidarios.-Art. 76°: Ningún afiliado podrá desempeñar simultáneamente más de un
cargos partidarios. Las funciones transitorias no serán consideradas a los fines
de la presente incompatibilidad.-Art. 77°: Las inhabilidades previstas en los
artículos anteriores rigen para el desempeño simultáneo y efectivo de funciones
incompatibles, no debiendo tenerse en cuenta para impugnar candidaturas.-Art.
78°: En caso de resultar electo o designado para dos funciones incompatibles, el
interesado deberá optar por una de ellas.- Si así no lo hiciera en el plazo de
diez días, el Consejo determinará en cual cesa.-Art. 79°: Son incompatibles con
los cargos electivos, las funciones de directores o asesores de empresas que
presten servicios públicos o que exploten riquezas fundamentales para la economía
del Municipio y que deban ser controladas por el Estado.- Art. 80°: Las
cuestiones planteadas con relación a las inhabilidades dispuestas, serán
sustanciadas por la Junta de Disciplina y Conducta, dando traslado por diez días
al impugnado para que conteste el escrito de impugnación.-Evacuado el mismo, se
podrá ofrecer y producir pruebas en el plazo de 15 días. La Junta de Disciplina
enviará lo obrado a la Convención para que resuelva en decisión inapelable.-
Título XIV: Caducidad y Extinción del Partido
Art. 81°: Se producirá la caducidad y extinción del Partido Municipal por algunas
de las siguientes causas: Las establecidas en la Ley Provincial de Partidos
Políticos o las vigentes en la materia.-Cuando así lo estableciera el Partido, de
acuerdo a los dispuesto por esta Carta Orgánica.-En caso de fusión prevista en
esta Carta Orgánica.-Art. 82°: En caso de extinción del Partido Municipal, el
Consejo procederá a la liquidación de los bienes. El remanente será destinado a
instituciones privadas de bien público.-
Aviso número 21996
RESOLUCIONES 366 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-09
JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 366/11-H.J.E.P., del 09/06/2011. --- I-
Reconocer personalidad jurídico política a la agrupación PRO PROPUESTA
REPUBLICANA" para actuar como partido político en la jurisdicción de la Provincia
de Tucumán. II- Otorgar el número 354 al mencionado partido según lo dispuesto
por el artículo 26° de la Ley 5.454 y resolución de la H. Junta Electoral del
22/04/03.- III- Publíquense edictos por un día, Libre de Derechos, en el Boletín
Oficial de la Provincia, haciéndose conocer la presente Resolución.- Hágase
Saber.- Dr. Antonio Daniel Estofan, Presidente. Dr. Pedro Vicente Giudice, Vocal.
Leg. Regino Néstor Amado, Vocal Presidente Subrogante de la H. Legislatura de
Tucumán.
Aviso número 22002
RESOLUCIONES 50 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-08
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. RESOLUCIÓN N° I 50-11, del 08/06/2011. Expte. N°
31375/376-S-2010. --- Artículo 1°.- Inscribir de oficio en la DIRECCIÓN GENERAL
DE RENTAS a partir de 01/2005 inclusive, a TEVES REYNALDO FABIAN CUIT 20-
23997865-8 con domicilio en MENDOZA N° 3073, localidad SAN MIGUEL DE TUCUMAN
Provincia de TUCUMAN, como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
bajo el código de actividad 930201, disponiéndose su incorporación al Sistema
Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán SARET XXI-, con
encuadre en las disposiciones establecidas por la RG (DGR) N° 6/94 y RG (DGR) N°
21/94. El domicilio citado en el párrafo anterior revestirá el carácter de
domicilio fiscal conforme a lo establecido por el artículo 36 y concordantes de
la Ley N° 5121 (t.c. 2009). Artículo 2°.- La incorporación al Sistema
Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán SARET XXI-,
tendrá vigencia a partir de la posición o período fiscal inclusive- por el cual
corresponde la inscripción de oficio dispuesta por el artículo anterior.Artículo
3°.- Conforme a lo resuelto por el artículo 1°, expedir constancia de inscripción
en formulario 901 (F.901) a los efectos establecidos por el artículo 8° de la RG
(DGR) N° 176/10, el cual como anexo forma parte integrante de la presente
resolución.Artículo 4°.- Notificar al contribuyente y a los Departamentos,
Divisiones y Secciones que componen el Organismo y gestionar su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia. Cumplido archivar.
Aviso número 22000
RESOLUCIONES 51 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-08
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. RESOLUCIÓN N° I 51-11, DEL 08/06/2011. Expte. N°
31377/376-S-2010. --- Artículo 1°.- Inscribir de oficio en la DIRECCIÓN GENERAL
DE RENTAS a partir de 09/2009 inclusive, a LIMA GUTIERREZ JHOANNA WHENDY CUIT 27-
93649648-8 con domicilio en AVENIDA ROCA N° 158, localidad SAN MIGUEL DE TUCUMAN
Provincia de TUCUMAN, como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
bajo el código de actividad 930201, disponiéndose su incorporación al Sistema
Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán SARET XXI-, con
encuadre en las disposiciones establecidas por la RG (DGR) N° 6/94 y RG (DGR) N°
21/94. El domicilio citado en el párrafo anterior revestirá el carácter de
domicilio fiscal conforme a lo establecido por el artículo 36 y concordantes de
la Ley N° 5121 (t.c. 2009). Artículo 2°.- La incorporación al Sistema
Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán SARET XXI-,
tendrá vigencia a partir de la posición o período fiscal inclusive- por el cual
corresponde la inscripción de oficio dispuesta por el artículo anterior. Artículo
3°.- Conforme a lo resuelto por el artículo 1°, expedir constancia de inscripción
en formulario 901 (F.901) a los efectos establecidos por el artículo 8° de la RG
(DGR) N° 176/10, el cual como anexo forma parte integrante de la presente
resolución.Artículo 4°.- Notificar al contribuyente y a los Departamentos,
Divisiones y Secciones que componen el Organismo y gestionar su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia. Cumplido archivar.
Aviso número 22007
RESOLUCIONES 89 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-15
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. RESOLUCIÓN GENERAL Nº 89/11, del 15/06/2011.
VISTO la Ley Nº 8380 y las RG (DGR) Nros. 65/11, 72/11 y 81/11, y
CONSIDERANDO:
Que en el día de la fecha operó el vencimiento del pago de la condición
establecida por la ley citada en el Visto, respecto de las obligaciones
tributarias cuyos vencimientos operaron entre el 1° de noviembre de 2010 y el 31
de mayo de 2011, ambas fechas inclusive, y habida cuenta que un grupo importante
de contribuyentes no pudieron materializar el pago de dicha condición, es que
corresponde, por última vez, contemplar tal situación al solo efecto de permitir
el cumplimiento de la misma y facilitar el acceso al Régimen Excepcional de
Facilidades de Pago establecido por la Ley Nº 8380;
Por ello, en virtud de lo establecido en el artículo 42 y concordantes del Código
Tributario Provincial, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1° de la
RG (DGR) N° 112/08,
EL JEFE DEL DEPARTAMENTO TÉCNICO TRIBUTARIO
A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- Considerar por última vez, y al solo efecto de lo dispuesto en el
primer y segundo párrafo del artículo 3º de la Ley Nº 8380, cumplidas en tiempo y
forma a sus respectivos vencimientos las obligaciones tributarias que se abonen
como plazo límite hasta el día 30 de junio de 2011 inclusive, con los respectivos
intereses establecidos en el artículo 50 del Código Tributario Provincial,
conforme a lo dispuesto en el tercer párrafo del citado artículo 3º, cuyos
vencimientos operaron a partir del 1º de noviembre de 2010 y hasta el 31 de mayo
de 2011, ambas fechas inclusive, según la obligación de que se trate.-
Artículo 2º.- Lo dispuesto precedentemente no obsta la generación, a partir de la
fecha de vencimiento establecida mediante RG (DGR) Nros. 183/09 y 160/10 y sus
respectivas modificatorias, de los intereses y accesorios que correspondan como
así también de las sanciones y toda acción que posea esta Autoridad de Aplicación
respecto a las obligaciones citadas en el artículo anterior.-
Artículo 3º.- Notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 159115
JUICIOS VARIOS / CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROV. DE TUC. C/
SANCHEZ TARDAN EDGARDO A.
POR 3 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado en lo Civil y Comercial
Común de la Tercera Nominación, a cargo del Sr. Juez Subrogante Dra. Graciela
Dalla Fontana, y Secretaria Vespertina a cargo de la Proc. Julieta Ramirez,
tramitan los autos caratulados: "CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROV. DE TUC. C/
SANCHEZ TARDAN EDGARDO A. S/ COBROS (SUMARIO)", Expediente N° 3347/06, se ha
dispuesto la providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 20 de Abril
de 2011. Asimismo atento lo solicitado, declárese rebelde a Edgardo Alfonso
Sanchez Tardan, y hágasele saber que las notificaciones se practicarán conforme
lo prevee el art. 191 del CPCC .. - Fdo.: Dra Graciela Dalla Fontana Juez.-
PT".Saludo a Ud. Atte. E 16 y V 21/06/2011. $83,69. Aviso N° 159.115.
Aviso número 158998
JUICIOS VARIOS / DIAZ ISIDORO RODOLFO C/ GALARZA FELICIANA ISABEL SI
DIVORCIO VINCULAR
POR 3 DÍAS - Se hace saber a Feliciana Isabel Galarza, D.N.I. n° 5.476.343, que
por ante este Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Sexta Nominación, a
cargo de la Dra. Claudia Inés López, Secretaría de la Dra. Ma. Laura García
Lizárraga y de la Dra. Marta María Norry, se tramitan los autos caratulados: DIAZ
ISIDORO RODOLFO C/ GALARZA FELICIANA ISABEL S/ DIVORCIO VINCULAR, Exp. N° 392/10,
demanda que fue fundada artículo 214, inciso 2 del Código Civil. Se hace constar
que las copias para traslado se encuentran en Secretaría a disposición de los
interesados. Queda Ud. Notificada/do. Secretaría, San Miguel de Tucumán, 26 de
mayo de 2011. Fdo. Dra. Maria Laura Lizarraga, secret. Jud. E 14 y V 16/06/2011.
$79,70. Aviso N° 158.998.
Aviso número 158708
JUICIOS VARIOS / "DIAZ NORMA BEATRIZ Y OTRAS S/ CANCELACION
(ESPECIAL)"
POR 15 DIAS: Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial
Común de la Ia. Nominación, Secretaría a cargo de la Dra. Fabiana P. Borquez,
tramitan los autos caratulados: "DIAZ NORMA BEATRIZ Y OTRAS S/ CANCELACION
(ESPECIAL)" expte. n° 1799/10, en los cuales se ha dictado el siguiente proveído:
San Miguel de Tucumán, 27 de abril de 2011.- Atento a las constancias de autos, y
según lo solicitado, publíquese Edictos en el Boletín Oficial conforme lo
ordenado en el punto III) del proveído de fecha 07/07/2010 (fs.14).- Fdo. Dr.
Ricardo Molina Juez P/T San Miguel de Tucumán, 7 de julio de 2010 .I)Téngase a
la Sra. Defensora Oficial Maria Isabel Vidal Sanz, por presentada, con el
domicilio legal constituido en su público despacho. Désele intervención. II)
Téngase por iniciada la cancelación judicial del certificado de plazo fijo N°
0869507/08 suscripto en fecha 19/4/2010 y con fecha de vencimiento el día
19/5/2010; emitido por la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán -
Sucursal Trancas- por un monto de $ 8.428,48 (Pesos ocho mil cuatrocientos
veintiocho con 48/100). III) Notifíquese mediante Edictos en el Boletín Oficial,
por el término de 15 días, para que quien se creyera con derecho a su cobro,
comparezca a tomar intervención en estos autos, bajo apercibimiento de que una
vez transcurrido el plazo de sesenta días desde la última publicación de edictos,
sin haberse deducido oposición, dicho valor Quedara Privado de Toda Eficacia
Jurídica (art. 89 y ccdtes. Dto. Ley 5965/63, aplicable al caso). IV) Líbrese
Cédula la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán -Sucursal Trancas.
V) Previamente preste el actor caución juratoria de ley Lunes y Jueves para
notificaciones en Secretaría o día subsiguiente hábil en caso de feriado. VI)
Previo a todo trámite, atento lo solicitado, informes acompañados y según lo
prescripto en el art. 268 del C.P.C., permítase al actor litigar sin gastos. Del
pedido Beneficio para litigar sin gastos, córrase vista a Fiscalía Civil, que por
turno corresponda. A tal fin, remítansele los presentes autos. Fdo. Dra. Maria
Isabel Tenreyro Juez. -Secretaría. San Miguel de Tucumán, 29 de abril de 2011.
Fdo. Fabiana P. Borquez, Secretaria. E 03 y V 24/06/2011. Libre de Derechos.
Aviso N° 158.708.
Aviso número 158953
JUICIOS VARIOS / HERRERA BLANCA ROSA S/ PRESCRIPCION ADQ
POR 10 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil y Comercial Común de la IIa. Nominación del Centro Judicial de Concepción,
a cargo de la Dra. Marcela Fabiana Ruiz, se tramitan los autos caratulados:
HERRERA BLANCA ROSA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA (09/04/10 rec. sin causa pasa a
C.C.C. lla. Nom.), en los cuales la Sra. Juez que entiende en la causa a dictado
el siguiente proveído: Concepción, 14 de abril de 2011.- Téngase presente lo
manifestado. Atento lo peticionado, cítese a: Alderete Justa y/o sus herederos
y/o las personas que se creyeren con derecho sobre el inmueble motivo del juicio,
Ubicado en: Localidad de Amberes, Dpto. Monteros, en el km. 749 de la ruta
Nacional N° 38, desde allí, por camino vecinal a 7km aproximadamente. Linderos:
al Norte: Alderete Manuel Antonio; Sur: Camino Vecinal; Este: María Alderete de
Díaz, hoy Acuña; y al Oeste: Camino Vecinal.- Dimensión: Según Plano de Mensura
para información posesoria N° 13826/89, aprobado por la Dirección General de
Catastro mediante expte. 2698D/R/1989, de fecha 29/03/1989, mide: del punto A-S:
279,16m.; del punto S-C: 13,39m.; del punto C-D: 495,12m.; del Punto O-E: 281,21
m.; y del punto E-A punto de partida: 499,77m. superficie: Tiene una superficie
total de 14 Has. 3053,1268 m2.- Nomenclatura catastral: Padrón Inmobiliario
Provincial: 40400, Circunscripción: II, Sección G, Mat./Ord.: 19305/55, Manzana
365, Parcela 127 , para que se apersonen a estar a derecho y córraseles traslado
de la demanda para que la evacuen en el plazo de SEIS días, bajo apercibimiento
de designárseles en su representación a un Defensor de Ausentes (art. 284 Inc.
5°, 393, 394 Procesal). A sus efectos publíquense edictos en el Boletín Oficial
por el término de Diez Días, haciéndose constar el inmueble del juicio y que se
han designado los días martes y viernes o subsiguiente hábil en caso de feriado
para las notificaciones en Secretaría, donde se reservan las copias para
traslado. Fdo. Dra. Marcela Fabiana Ruiz - Juez." Concepción, 27 de abril de
2011.- MFL Dr. Paulo Federico Uribio, Sec. Judicial. E 13 y V 27/06/2011.
$789,21. Aviso N° 158.953.
Aviso número 159000
JUICIOS VARIOS / MONTENEGRO NORMA DEL VALLE C/ COLOMBRES GARMENDIA
LUIS OSCAR
POR 10 DÍAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de
la Ia. Nominación, , Secretaría a cargo de la Dra. Fabiana P. Borquez , tramitan
los autos caratulados: "MONTENEGRO NORMA DEL VALLE C/ COLOMBRES GARMENDIA LUIS
OSCAR Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA" expte. n° 3806/09, en los cuales se ha
dictado el siguiente proveído: San Miguel de Tucumán, 22 de marzo de 2011. Atento
a lo solicitado y según constancias de autos, publíquense edictos en el Boletín
Oficial por el término de diez días, haciéndose conocer la iniciación del
presente juicio por prescripción adquisitiva que promueve la Sra. Montenegro
Norma del Valle, respecto del inmueble ubicado en calle Rondeau n°1997/99,
ciudad, identificado con padrón n° 131425, matrícula/n° de orden 11399/3213, C.
I, Sección 13, parcela I, manzana n°67, en contra de Luis Oscar Colombres
Garmendia, Antonio Colombres Garmendia y Mario Colombres Garmendia en el caracter
de herederos de Clementino Colombres Garmendia. En los mismos cítese a Luis Oscar
Colombres Garmendia, Antonio Colombres Garmendia y Mario Colombres Garmendia y/o
sus herederos, y/o quienes se creyeren con derecho, a fín de que dentro del
temino de seis días contesten demanda, bajo apercibimiento de designarseles como
su legítimo representante al Defensor Oficial de Ausentes.- Lunes y Jueves, para
las notificaciones en Secretaría o día subsiguiente hábil en caso de feriado. ML
3806/09.-" Fdo. Dra. Hilda Graciela Vazquez Juez P/T.- Secretaría. San Miguel de
Tucumán, 11 de abril de 2011.- Dra. Fabiana P. Borquez, Sec. Judicial. E 14 y V
28/06/2011. $592. Aviso N° 159.000.
Aviso número 158871
JUICIOS VARIOS / "MONTOYA MIRTA SUSANA C/ CIA. AZUCARERA BELLA
VISTA S.A S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA"
POR 10 DIAS - Por disposición del Sr. Juez del juzgado Civil y Comercial Común de
la Cuarta Nominación, Dr. Dra Emely Ana Amenabar; Secretaría a cargo de la Dra.
Andrea Josefina Gallegos, por ante el cual se tramitan los autos caratulados :
"MONTOYA MIRTA SUSANA C/ CIA.AZUCARERA BELLA VISTA S.A S/ PRESCRIPCION
ADQUISITIVA", Expediente N° 1663/07, se ha dispuesto por este medio notificar la
providencia que se transcribe a continuación: "San Miguel de Tucumán, 16 de mayo
de 2011.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de diez días,
haciéndose conocer la iniciación del presente juicio que por prescripción
adquisitiva promueve Mirta Susana Montoya, sobre el siguiente inmueble: Lote N°
8, Padrón 178.850 sito en calle 9 de Julio 130 (ex Agustina B. de García
Fernández, Cuartos Nuevos), B° Las Moreras de la ciudad de Bella Vista, Dpto.
Leales (ex-Famaillá).- En los mismos cítese a Cía. Azucarera Bella Vista S.A y/o
quienes se creyeren con derecho, a fin de que dentro del término de seis días se
apersonen a estar a derecho, bajo apercibimiento de designarse como representante
legal al Defensor Oficial de Ausentes; en el mismo acto córraseles traslado de la
demanda la que deberán contestar dentro de igual plazo.- Lunes y jueves para las
notificaciones en Secretaría o día siguiente hábil en caso de feriado.
Secretaría, 30/05/2011. Fdo. Andrea Josefina Gallegos, Secretaria. E 09 y V
23/06/2011. $527,62. Aviso N° 158.871.
Aviso número 158856
JUICIOS VARIOS / MORENO DE CORDOBA MARIA RAMONA Y OTROS C/BARROS
MIGUEL ANGEL Y OTROS
POR 10 DIAS - Por disposición del Sr. Juez del juzgado Civil y Comercial Común de
la Cuarta Nominación, Dr. Dra. Emely Ana Amenabar; Secretaría a cargo de la Dra.
Andrea Josefina Gallegos, por ante el cual se tramitan los autos caratulados :
"MORENO DE CORDOBA MARIA RAMONA Y OTROS C/BARROS MIGUEL ANGEL Y OTROS S/
ESCRITURACION", Expediente N° 2700/04, se ha dispuesto por este medio notificar
la providencia que se transcribe a continuación: "San Miguel de Tucumán, 12 de
abril de 2011. Atento lo ordenado por el Tribunal Superior, practíquese la
notificación faltante que dá cuenta el informe de la Excma. Cámara en fecha
26/08/2010 (fs. 179),. A sus efectos, notifíquese la resolución de fecha
01/09/09, cuya parte pertinente se transcribirá, a los demandados Jacobo León,
Eduardo Augusto Abregú, Miguel Ángel Barros y Alicia Tobías Leavy De Barros,
mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial por el término de diez
días.- Publíquese edictos haciéndose constar que son "libres de derecho - ley
6.314".- "San Miguel de Tucumán, 01 de Setiembre de 2009 Autos y Visto: ......
Resulta: ..... Considerando: .... Resuelvo: I- Hacer Lugar a la presente demanda
por escrituración seguida por María Ramona Moreno de Córdoba y Víctor Horacio
Córdoba, en contra de Miguel Ángel Barros, Alicia Tobías Leavy de Barros, Jacobo
León, Alfredo León y Eduardo Augusto Abregú. En consecuencia condeno a los
demandados a suscribir a favor de los actores la escritura traslativa del dominio
del inmueble ubicado en calle Esquiú al 200, manzana F, lote 11, Barrio Los
Fresnos, Yerba Buena, Provincia de Tucumán, de las siguientes medidas
perimetrales: 10 mts de frente por 10 mts de contrafrente; por 30 mts de fondo en
su lado Oeste y 30 mts de fondo en su lado Este. Linda al Norte con calle
pública; al Sud con lote N° 20 F; al Oeste con lote N° 10 F y al Este con lote N°
12 F. Padrón Catastral 483.388; matrícula 7713 bis, Circunscripción |; sección N;
manzana/lámina 125; parcela 26; sub-parcela 11 F. Dicho lote forma parte de un
inmueble de mayor extensión inscripto en el Registro Inmobiliario bajo el N° T-
01936. La escritura traslativa de dominio deberá otorgarse dentro de los diez
días de quedar firme la presente resolución, bajo apercibimiento de otorgarla el
Juzgado en su representación y a su cargo. ||- Las Costas se impondrán a los
demandados vencidos en forma solidaria e ilimitada, conforme se considera, (art.
106 C.P.C y C.T). |||- Reservar pronunciamiento sobre regulación de honorarios
para su oportunidad. Hágase Saber". Secretaría, 17/05/2011. E 09 y V 23/06/2011.
Libre de Derechos. Aviso N° 158.856.
Aviso número 158739
JUICIOS VARIOS / OTAROLA HUGO OSCAR
POR 10 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado Civil y Comercial Común de
la Ia. Nominación del Centro Judicial de Concepción, Pcia. de Tucumán, a cargo de
la Dra. María Jose Posse, Secretaría de la Dra. Mirta Estela Casares, se tramitan
los autos caratulados: "OTAROLA HUGO OSCAR S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA,
Expediente n°: 159/10, y que la Sra. Juez de la causa ha dictado la Providencia
que a continuación se transcribe: "Concepción, 10 de mayo de 2011.- 1°)-
publíquense edictos citatorios en el Boletín Oficial durante diez días,
emplazándose a Barrionuevo de Cabrera Gabina y/o sus herederos, y/o a las
personas que se creyeren con derecho sobre el inmueble de litis, para que dentro
de seis días comparezcan a tomar intervención que les corresponda en éste
proceso, bajo apercibimiento de designarse al Sr. Defensor de Ausentes que por
turna corresponda, para que los represente.- Fdo. Dra. María Jose Posse. Juez".-
En fecha 31/03/10 se presenta el Señor Hugo Oscar Otarola, Argentino, mayor de
edad, casado, y con domicilio en calle Juan José Paso n°: 166 - Juan B. Alberdi,
e inicia juicio de Prescripción Adquisitiva de Dominio respecto del inmueble
ubicado en Yaquilo - Juan Bautista Alberdi, Opto. Alberdi, de una superficie de
9.244,3590 m2, cuyos linderos son: Norte: Sucesión Silvio Peluffo y Roque
Cabrera, Sur: camino vecinal que va de Juan B. Alberdi a Yaquilo, al Este: Oyola,
camino vecinal de por medio, y al Oeste: Sucesión Silvio Pelufo, Padrón n°:
60792, M: 39328, Orden: 28, C: II, S:B, L: 391, P: 124. Señala que tiene la
posesión del fundo a título de dueño en forma pública, pacífica, quieta e
ininterrumpida como continuador de dicha posesión que ejerció su hermano de parte
de madre Fernando Julio Cabrera, quién adquirió el inmueble referido mediante
escritura pública de cesión de acciones y derechos hereditarios n°: 272 del
26/06/74, a la Señora Romelia del Carmen Cabrera de Reynoso. Manifiesta que
ejerce la posesión del inmueble hace más de 30 años a título de dueño, ejerciendo
diversos actos posesorios como ser alambrado, limpieza, construcción del hogar.
Ofrece Pruebas cita derecho.- Secretaría, Concepción, 17 de mayo de 2011.- Dra.
Mirta Estela Casares, Sec. Judicial. E 06 y V 17/06/2011. Libre de Derechos.
Aviso N° 158.739.
Aviso número 159052
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUC. -DGR- C/ EXPRESO MELHEM S.R.L.
POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda
Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E. Garrocho Terán, y Claudia
Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/
EXPRESO MELHEM S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL. Expte. N° 10447/08".-, se hace saber
Expreso Melhem S.R.L., cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del
rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de
Tucumán, 30 de mayo de 2011.- Atento a lo peticionado y constancias obrantes en
autos: cúmplase con la medida ordenada con fecha, 07/05/2009 mediante la
publicación de edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese.- BARROSL -
10447/08 - Fdo: Dra. Adriana Elizabeth Berni- Juez de Cobros y Apremios II° Nom.
San Miguel de Tucumán, 7 de mayo de 2009.- I) Por apersonado y con domicilio
legal constituido, désele intervención de ley al presentante en el carácter
invocado. II) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de las sumas de
$36.752,48 y $7.350,00 en concepto de capital y acrecidas, respectivamente. En
defecto de pago, Cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil
subsiguiente al de su notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere
bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 160 y 164
del Código Tributario). A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de que el
deudor no fuese hallado en su domicilio, el en cargado de cumplir las medidas
precedentemente ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts.
517 y 158 del C.P.C. y en el mismo acto dejará las copias del art. 129, Ley
citada. III) Atento a lo solicitado autorizase al letrado Federico Rodríguez (MP
6149) para retirar y diligenciar oficios y cédulas pertenecientes a los autos del
rubro. Notificaciones diarias en Secretaría.- SMS 10447/08 - Fdo: Dra. Adriana
Elizabeth Berni - Juez de Cobros y Apremios II° Nom. "Se hace constar que las
copias se encuentran a su disposición en Secretaría.- Secretaría. 30 de mayo de
2011. Dras. Liliana E. Garrocho Terán, Sec. Judicial. E 15 y V 17/06/2011. Libre
de Derechos. Aviso N° 159.052.
Aviso número 159046
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUC. -DGR- C/ TRANSPORTE COLECTIVO DE
PASAJEROS TUCMA S.R.L.
POR 5 DIAS - Edictos Libre de derechos - Por disposición del Juzgado de Cobros y
Apremios de la Segunda Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E.
Garrocho Terán, y Claudia Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados:
"PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS TUCMA S.R.L. S/
EJECUCION FISCAL. Expte. N° 2573/08".-, se hace saber a Transporte Colectivo de
Pasajeros Tucma S.R.L., cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del
rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de
Tucumán, 16 de mayo de 2011. Atento a lo peticionado y constancias obrantes en
autos: cúmplase con la medida ordenada con fecha, 01/08/2008 mediante la
publicación de edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese.- San
Miguel de Tucumán, 01 de agosto de 2008.- I) Por apersonado y con domicilio legal
constituido, désele intervenci6n se Ley al presentante en el carácter invocado.
II) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de las sumas de $126.456,20
y $25.291,00 en concepto de capital y acrecidas, respectivamente. En defecto de
pago, Cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de
su notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento
de llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 160 y 164 del Código
Tributario). A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese
hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente
ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts. 517 y 158 del C.
P. C. y en el mismo acto dejará las copias del art. 129, Ley citada. III) Atento
a lo solicitado autorizase al letrado Federico Rodríguez (MP 6149) para retirar y
diligenciar oficios y cédulas pertenecientes a los autos del rubro.
Notificaciones diarias en Secretaría.- CLC 2573/08 - Fdo: Dra. Adriana Elizabeth
Berni - Juez de Cobros y Apremios II° Nom. " Se hace constar que las copias se
encuentran a su disposición en Secretaría.- Secretaría. 16 de mayo de 2011. Dras.
Liliana E. Garrocho Terán, Sec. Judicial. E 15 y V 22/06/2011. Libre de Derechos.
Aviso N° 159.046.
Aviso número 159108
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN C/ CARLETTI RUBEN HUGO
POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda
Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E. Garrocho Terán, y Claudia
Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN C/ CARLETTI
RUBEN HUGO S/ COBRO EJECUTIVO. EXPTE. N° 3785/09".-, se hace saber al Sr.
Carletti, Rubén Hugo, cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del
rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de
Tucumán, 20 de mayo de 2011. Atento a lo peticionado y constancias obrantes en
autos: cúmplase con la medida ordenada con fecha. 07/10/2009 mediante la
publicación de edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese. Miguel de
Tucumán, 7 de octubre de 2009. I) Por apersonado y con domicilio legal
constituido, désele intervención de ley al presentante en el carácter invocado.
II) Resérvese la documentación en Caja de seguridad del juzgado. IV) Intímese a
la parte demandada al pago en el acto de la suma de $1.000,00 y $200,00 por
capital y acrecidas, respectivamente. Al mismo tiempo, Cítesela de remate para
que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su notificación, oponga las
excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la
presente ejecución (Art. 502 Inc. I y Ccs. del C.P.C. y C.). A sus efectos
líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese hallado en su domicilio,
el encargado de cumplir las medidas precedentemente ordenadas, procederá de
acuerdo a lo prescripto por los arts. 517 y 158 del C. P. C. y en el mismo acto
dejará las copias del art. 129, Ley citada. Notificaciones diarias en Secretaría.
"Se hace constar que las copias se encuentran a su disposición en Secretaría.-
Secretaría. 20 de mayo de 2011.- Dras. Liliana E. Garrocho Terán, Sec. Judicial.
E 16 y V 23/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.108.
Aviso número 159110
JUICIOS VARIOS / "PROVINCIA DE TUCUMAN C/ GUTIERREZ ANTONIO S/ COBRO
EJECUTIVO. EXPTE. N° 823/09"
POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda
Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E. Garrocho Teran, y Claudia
Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN C/ GUTIERREZ
ANTONIO S/ COBRO EJECUTIVO. EXPTE. N° 823/09", se hace saber al Sr. Gutierrez,
Antonio, cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del rubro se ha
dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán. 20 de
abril de 2011. Atento a lo peticionado y constancias obrantes en autos: cúmplase
con la medida ordenada con fecha, 20/05/09 mediante la publicación de edictos
durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese.- SMS-823/09 - Fdo Dra. Adriana
Elizabeth Berni- Juez de Cobros y Apremios II° NOM" .-"San Miguel de Tucumán. 20
de mayo de 2009. I) Por apersonado y con domicilio legal constituido, désele
intervención de ley al presentante en el carácter invocado. II) Resérvese la
documentación en Caja de seguridad del juzgado. III) A la reserva: Téngase
presente IV) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de la suma de
$1.204,00 y $240,00 por capital y acrecidas, respectivamente. Al mismo tiempo,
Cítesela de Remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su
notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de
llevarse adelante la presente ejecución (Art. 502 Inc. I y Ccs. del C.P.C. y C.).
A sus efectos Iíbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese hallado en
su domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente ordenadas,
procederá de acuerdo a lo prescripto por los arts. 517 y 158 del C. P. C. y en el
mismo acto dejará las copias del art. 129, ley citada. Notificaciones Diarias en
Secretaría. 823/C9 CIC Fdo: Dra. Adriana Elizabeth Berni- Juez de Cobros y
Apremios II° NOM.- Secretaría. 20 de abril de 2011.-SMS. Fdo. Claudia L. Salas de
Zossi, Secretaria. E 16 y V 23/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.110.
Aviso número 158942
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ ALONSO CASIMIRO
POR 5 DIAS - Se hace saber a Alonso, Casimiro, cuyo domicilio actual se ignora,
que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Dra. Ana María Antun de
Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y Sylvia Liliana
Liendo se tramitan los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ ALONSO
CASIMIRO S/ EJECUCION FISCAL", Expediente N° 4134/08, en el que se ordenó la
siguiente providencia que a continuación se transcribe: San Miguel de Tucumán, 20
de abril de 2011.- Agréguese. Téngase presente. Atento lo solicitado practíquese
la medida ordenada mediante providencia de fecha 07/8/2008, mediante edictos,
debiéndose efectuar su publicación por cinco días, en el Boletín Oficial libre de
derechos, quedando a su disposición para ser compulsada las fotocopias de la
demanda en Secretaría Actuaria. Fdo.: Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez.- San
Miguel de Tucumán, 7 de agosto de 2008. I) Por apersonado y con domicilio legal
constituido, désele intervención de ley al presentante en el carácter invocado.
II) Resérvese en caja fuerte del juzgado la documentación original presentada.
III) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de la suma de $811,44 y
$600,00en concepto de capital y acrecidas respectivamente. Al mismo tiempo,
cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su
notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de
llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 160 y 164 del Código Tributario).A
sus efectos líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese hallado en su
domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente ordenadas,
procederá con arreglo a lo prescripto por los arts. 517 y 158 del C. P. C. y en
el mismo acto dejará las copias del art. 129, ley citada. Notificaciones diarias
en Secretaría. Acredite el presentante su condición frente al IVA adjuntando la
correspondiente constancia.- Fdo.: Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez". San
Miguel de Tucumán, 17 de mayo de 2011. Dra. Sylvia Liliana Liendo, Sec. Judicial.
E 13 y V 17/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 158.942.
Aviso número 159048
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ R.D. DISTRIBUCIONES
S.R.L.
POR 5 DIAS - Edictos Libre de derechos - Por disposición del Juzgado de Cobros y
Apremios de la Segunda Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E.
Garrocho Terán, y Claudia Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados:
"PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ R.D. DISTRIBUCIONES S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL.
Expte. N° 483/10".-, se hace saber a la firma R.D. Distribuciones S.R.L. C.U.I.T.
N° 30-69721676-2., cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del rubro
se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán,
30 de mayo de 2011. Téngase presente. Atento a lo peticionado y constancias
obrantes en autos: cúmplase con la medida ordenada con fecha, 12 14/10 mediante
la publicación de edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese.- San
Miguel de Tucumán, 12 de abril de 2010.- I) Por apersonado y con domicilio legal
constituido, désele intervención de Ley al presentante en el carácter invocado.
II) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de las sumas de $41.616,44 y
$8.323,00 en concepto de capital y acrecidas, respectivamente. En defecto de
pago, Cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de
su notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento
de llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 160 y 164 del Código
Tributario). A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese
hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente
ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts. 516 y 157 del C.
P. C. y en el mismo acto dejará las copias del art. 128, Ley citada. III) Atento
a lo solicitado autorizase al letrado Débora Lis Schinardi (MP 6621) y Diego
Matías Alderete (MP 7061), para retirar y diligenciar oficios y cédulas
pertenecientes a los autos del rubro. Notificaciones diarias en Secretaría.- Se
hace constar que las copias se encuentran a su disposición en Secretaría.-
Secretaría. 30 de mayo de 2011.- Dras. Liliana E. Garrocho Terán, Sec. Judicial.
E 15 y V 22/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.048.
Aviso número 159074
JUICIOS VARIOS / PULIDO MIGUEL ANGEL S/ CONCURSO PREVENTIVO
POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado en lo Civil y Comercial
Común de la Tercera Nominación, a cargo de la Sra. Juez. Dra. Emely Amenabar, y
Secretaría a cargo de la Dra. Alejandra V. Chemes, tramitan los autos
caratulados: "PULIDO MIGUEL ANGEL S/ CONCURSO PREVENTIVO", Expediente N° 3023/09,
se ha dispuesto la providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 06 de
junio del 2011.- Habiéndose denunciado el domicilio con posterioridad a la fecha
en que el Dr. Juan Carlos Augier retiró los edictos, realícese una publicación
comlementaria con los datos contenidos en el presente escrito.- Fdo.: Dra. Emely
Amenabar - Juez - P/T". Se hace constar que la síndico atenderá las demandas de
verificación de créditos, consultas de legajos así como las impugnaciones u
observaciones y sus eventuales contestaciones en el presente proceso concursal,
en las oficinas de calle San Martín 938 (altos), de esta Capital, de Lunes a
Jueves de 9 a 12 horas y de 18 a 20 horas.- San Miguel de Tucumán, 10 de junio
de 2011 .E 15 y V 22/06/2011. $194,81. Aviso N° 159.074.
Aviso número 158737
JUICIOS VARIOS / "ROMAY TOMAS MILDONIO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
POR 10 DIAS: Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de
la Ia. Nominación del Centro Judicial de Concepción, Pcia. de Tucumán, a cargo de
la Dra. María José Posse, Secretaría de la Dra. Mirta Estela Casares, se tramitan
los autos caratulados:- "ROMAY TOMAS MILDONIO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA,
Exepdiente n°:450/09, y que la Sra. Juez de la causa ha dictado la Providencia
que a continuación se transcribe: "Concepción, 27 de abril de 2011.- 1°)
publíquense edictos citatorios en el Boletín Oficial durante diez días,
emplazándose a Miguel Ignacio Avila y a Luis Antepara y/o sus herederos, y/o a
las personas que se creyeren con derecho sobre el inmueble de litis, para que
dentro de seis días comparezcan a tomar intervención que les corresponda en este
proceso, bajo apercibimiento de designarse al Sr. Defensor de Ausentes que por
turno corresponda, para que los represente Hágase constar en el mismo que se
tramita Libre de Derecho NOR.,- Fdo. Dra. Maria Jose Posse. Juez".- En fecha
18/09/09 se presenta Tomás Mildonio Romay, DNI n°:6.978.006, Argentino, mayor de
edad, casado, y con domicilio en la localidad de Belicha, Dpto. Chicligasta, e
inicia juicio de Prescripción Adquisitiva de Dominio respecto del inmueble
ubicado en la localidad de Belicha, Dpto. Chicligasta, de 13 has 7486,8226 m2,
cuyos linderos son: Norte: César Díaz, Sur: Ignacio Nieva, Valdez y Saracho,
camino público de por medio, al Este: Mildonio Roldan y José Romay, y al Oeste:
Alberto Saracho y Enrique Avila, Padrón n°:50480, 50607, M: 32823 y 32819, C:II,
S:D, L: 209, P: 334, 331, Orden: 79 y 75. Señala que posee dicho inmueble desde
hace más de 50 años en forma ininterrumpida, pacífica y a título de dueño,
ejerciendo diversos actos posesorios, ocupando dicho fundo para el cultivo y
cosecha de caña de azúcar, huerta para consumo familiar, levantando en la misma
una vivienda familiar de material de cuatro habitaciones, piso de cemento, techo
de chapas de zinc, baño instalado, energía eléctrica, agua potable, cría de
animales domésticos, etc. Ofrece Pruebas. Cita Derecho.- Secretaría, Concepción,
30 de mayo de 2011. Libre de Derecho (Ley 6314). Fdo Maria Estela Casares,
Secretaria. E 06 y V 17/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 158.737.
Aviso número 158731
JUICIOS VARIOS / SAAVEDRA JAVIERA ADELINA C/ SUCESION CHRESTIA LUIS
FRANCISCO JOSE
POR 10 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de
la Ia. Nominación, Secretaría a cargo de la Dra. Fabiana P. Borquez, tramitan los
autos caratulados: "SAAVEDRA JAVIERA ADELINA C/ SUCESION CHRESTIA LUIS FRANCISCO
JOSE Y/O SUS HEREDEROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA" expte. n° 1776/07, en los
cuales se ha dictado el siguiente proveído: San Miguel de Tucumán, 22 de mayo de
2009.- Conforme a las facultades conferidas por el art.37 del CPC y C, déjase sin
efecto el proveído de fecha 29/04/09 (fs. 57).- A la sustitutiva: Publíquense
Edictos en el Boletín Oficial por el término de Diez Días , haciéndose conocer la
iniciación del presente juicio que por prescripción adquisitiva promueve Javiera
Adelina Saavedra sobre el inmueble ubicado en calle Ramirez de Velazco 1.470 de
esta ciudad C:I, S:6B Manz 23D, Parc. 6 padrón 124.264.-En los mismos cítese de
remate a la Sucesión de Luis Francisco José Chrestia y/o sus herederos, y/o
quienes se creyeren con derecho, a fin de que en el término de seis días se
apersonen a estar a derecho bajo apercibimiento de designarse como representante
legal al Defensor Oficial de Ausentes, en el mismo acto córraseles traslado de la
demanda la que deberán contestar dentro de igual plazo. Lunes y Jueves para las
notificaciones en Secretaría o día subsiguiente hábil en caso de feriado.- Fdo.
Dra. María Isabel Tenreyro - Juez P/T .-Secretaría. San Miguel de Tucumán, 16 de
mayo de 2011.- Dra. Fabiana P. Borquez, Sec. Judicial. E 06 y V 17/06/2011. Libre
de Derechos. Aviso N° 158.731.
Aviso número 158952
JUICIOS VARIOS / SANATORIO RIVADAVIA S.A.C/ VIDAL JOSE ENRIQUE
POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado Civil en Documentos y
Locaciones de la Vlla. Nominación, a cargo de la Dra. Ana Pizzicanella Blasi,
Juez; Secretaría de la autorizante, Dra. Julia Beatriz Ousset Lizondo, tramitan
los autos caratulados: "SANATORIO RIVADAVIA S.A.C/ VIDAL JOSE ENRIQUE S/ COBRO
EJECUTIVO.- Exp N° 9783/10".- En los cuales se ha dispuesto notificar por edictos
a: José Enrique Vidal, DNI.10.218.686, la providencia que a continuación se
transcribe:"San Miguel de Tucumán, 10 de noviembre de 2010 ... Intímese a la
parte demandada el pago en el acto de la suma de $14.442 en concepto de capital,
con más la de $4.815 calculada provisoriamente para acrecidas.- Al mismo tiempo
cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su
notificación oponga las excepciones legítimas que tuviere, bajo apercibimiento de
llevarse adelante la presente ejecución.- A sus efectos líbrese mandamiento al
Sr. Oficial de Justicia que corresponda.- En caso de que el deudor no fuese
hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente
ordenadas procederá con arreglo a lo prescripto por los arts.500 y I57 (antes 517
y 158) del Cód. de Proc. Civiles y en el mismo acto dejará las copias del art.128
(antes 129) Ley citada.- Notificaciones diarias en Secretaría.- Fdo. Dra Ana
Cecilia Pizzicanella Blasi. Juez. Las copias de traslado se encuentran reservadas
en el Juzgado y, que en caso de no comparecer el citado al vencimiento del plazo
de los edictos, se nombrará Defensor de Ausente para que la represente en el
juicio.- Dra. Julia B. Ousset Lizondo, Sec. Judicial. E 13 y V 17/06/2011.
$307,66. Aviso N° 158.952.
Aviso número 159103
JUICIOS VARIOS / SUPERCANAL S.A..C/ TELSAT S.R.L.
POR 5 DIAS - Se hace saber TELSAT S.R.L. que por ante el Juzgado de Ia. Instancia
en lo Civil y Comercial Común de la Séptima Nominación, a cargo de la Dra. Nilda
Graciela Dalla Fontana, Juez; Secretaría del Dr. Guillermo Garmendia, tramitan
los autos caratulados:"SUPERCANAL S.A.. C/ TELSAT S.R.L. S/ DIVISION DE
CONDOMINIO", Expte. n° 1977/08, en los cuales se ha dictado el proveído que se
transcribe: "15 de noviembre de 2010.- . San Miguel de Tucumán, 15 de noviembre
de 2010.-Téngase por adecuada la demanda en los términos de esta presentación, en
consecuencia, cítese a los accionados para que se apersonen a estar a derecho en
la presente causa y córraseles traslado de la demanda por el término de quince
días, bajo apercibimiento de ley. Personal. A sus efectos y atenta a que no pudo
determinarse el domicilio social de la demandada TELSAT S.R.L., publíquense
edictos por el termino de Cinco Días en el Boletín oficial, con un extracto de la
demanda . ............-1977/08 - GG Fdo. Dra. Nilda Graciela Dalla Fontana-
(Juez) Extracto de la Demanda: A fs. 194 se presenta el letrado Marcelo Daniel
Yanotti en el carácter de apoderado de Aconquija Televisora Satelital S.R.L
(empresa absorbida por fusión por SUPERCANAL S.A., según consta en el acuerdo
definitivo de fusión, formalizado por escritura publica n° 491 de fecha
24.10.08), con domicilio en Avda Mate de Luna 4695 de esta ciudad , ordinarizando
demanda por división de condominio en contra de TELSAT S.R.L., con domicilio en
calle Huemul 125 de esta ciudad, respecto de la red de cable coaxil tendida en
ciertos barrios de la ciudad de San Miguel de Tucumán y zonas aledañas. La misma
se encuentra destinada a la prestación del servicio de televisión por circuito
cerrado (el "Sevicio"), siendo la actora copropietaria con TELSAT por partes
iguales en virtud de un contrato celebrado el 19/07/93, el cual venció el
18/07/08. Esta comunidad de bienes se compone de un cable coaxil, amplificadores
troncales, y de distribución, fuentes de alimentación, derivadores, tabs
(dispositivos para conexión al usuario), y las acometidas a los domicilios de los
clientes usuarios. En virtud de lo manifestado, es que inicia la presente acción
solicitando se proceda a dividir el condominio existente sobre la red de CATV,
presentando a sus efectos un proyecto de partición. Acto seguido ofrece pruebas y
solicita que se haga lugar a la presente acción. Secretaría 24 de Febrero de 2011
Fdo. Dra. Nilda Graciela Dalla Fontana- . San Miguel de Tucumán, 24 de mayo de
2011. Secretaría. - Dr. Guillermo Garmendia, Sec. Judicial. E 16 y V 23/06/2011.
$481,93. Aviso N° 159.103.
Aviso número 158957
JUICIOS VARIOS / TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA C/ AVELLANEDA
MARIA MAGDALENA
POR 5 DIAS - Se hace saber a Avellaneda, María Magdalena, cuyo domicilio actual
se ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Dra Ana María
Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y Sylvia
Liliana Liendo se tramitan los autos caratulados: "TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA
PROVINCIA C/ AVELLANEDA MARIA MAGDALENA S/ APREMIOS", Expediente N° 1330107, en
el que se ordenó la siguiente providencia que a continuación se transcribe: San
Miguel de Tucumán, 18 de marzo de 2011. Agréguese. Téngase presente. Atento lo
solicitado practíquese la medida ordenada mediante providencia de fecha
02/7/2007, mediante edictos, debiéndose efectuar su publicación por cinco días,
en el Boletín Oficial libre de derechos, quedando a su disposición para ser
compulsada las fotocopias de la demanda en Secretaría Actuaria. Fdo Dra. Ana
María Antun de Nanni - Juez.- San Miguel de Tucumán, 2 de julio de 2007.- I) Por
apersonado y con domicilio legal constituido, désele intervención de ley al
presentante en el carácter invocado. II) Resérvese en caja fuerte de Secretaría
la documentación original presentada. III) Intímese a la parte demandada al pago
en el acto de la suma de $8.500,00 y $2.550,00 en concepto de capital y acrecidas
respectivamente. Al mismo tiempo, Cítesela de remate para que dentro del quinto
día hábil subsiguiente al de su notificación, oponga las excepciones legítimas
que tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución (Art.
501 Y Ccs. del C.P.C. y C.). A sus efectos líbrese Mandamiento. En caso de que el
deudor no fuese hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas
precedentemente ordenadas, procederá de acuerdo a lo prescripto por los Arts. 517
y 158 del C.P.C. y en el mismo acto dejará las copias del Art. 129, Ley citada.
Notificaciones diarias en Secretaría.- Fdo.: Dra. Ana María Antun de Nani -
Juez". San Miguel de Tucumán, 3 de marzo de 2011.- Dra. Sylvia Liliana Liendo,
Sec. Judicial. E 13 y V 17/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 158.957.
Aviso número 158694
JUICIOS VARIOS / VEGA ANTONIA C/ ANGILICOLA DE GALVEZ JUANA RITA Y
OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
POR 10 DÍAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de
la VIII Nominación, Titular Dra. María Isabel Tenreyro, Secretaría autorizante
Dra. Estela Del Valle Ruiz, tramitan los autos caratulados: "VEGA ANTONIA C/
ANGILICOLA DE GALVEZ JUANA RITA Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA" Expte. N°
2164/08, se ha dictado el siguiente proveído: San Miguel de Tucumán, 4 de
septiembre de 2009.- Atento lo solicitado y constancias de autos, cítese a Galvez
José Antonio, Galvez de Rubino Isabel, Nélida Galvez de Ross, Galvez de Racedo
Parmeliade Jesús, Galvez de Ponce Antonia Rosa, Galvez Domingo Salvador, Galvez
Francisco Ramón, Galvez Pedro Toribio, Angilicola de Galvez Juana Rita, Galvez
José Luis (h) y/o sus herederos y/o quienes se creyeren con algún derecho sobre
el inmueble motivo de esta litis, a fin de que en el término de Seis Días, se
apersonen a estar a derecho y córrasele traslado de la demanda para que en igual
plazo la contesten, bajo apercibimiento de designársele como su representante al
Sr. Defensor de Ausentes... "Fdo. Dra. María Isabel Tenreyro.- Se hace constar
que el presente proceso fue iniciado por la Sra. Antonia Vega D.N.I.00.647.979,
con domicilio real en El Nogalito, Departamento de Lules. El inmueble cuya
prescripción se reclama se encuentra ubicado en El Nogalito, ruta Provincial N°
341, Km. 43,07, con una superficie de 55 hectáreas, Padrón N° 76193, Matrícula
18775/25 Circ. 2, Secc. E, Lam. 48, Parcela 10. Linderos: Norte: Chiu-Dar-Nan y
Quebrada de los Murciélagos, al Sur: Río Duraznillo, al Este: Mercedes Clemencia
Villagran y Gloria Gladys Figueroa y al Oeste: José Cancedo, Juan Ruiz, Delia
Cruz, Isolina Cruz y Nicolás Felipe Cruz. Secretaría. San Miguel de Tucumán, 17
de marzo de 2011. Dra. Alejandra María Paz, Secretaria. E 03 y V 16/06/2011.
$669,33. Aviso N° 158.694.
Aviso número 159015
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD
LICITACION PUBLICA N° 09/2011
GOBIERNO DE TUCUMAN
Dirección Provincial de Vialidad
Licitación Pública N° 09/2011
Expediente N° 1327-C-2011
POR 4 DIAS - Objeto de la licitación: Combustibles y lubricantes: Prov. de 500 Tn
de Cemento Asfaltico 70-100 y 160 Tn de Emulsión Asfaltica para Riego de Liga,
Valor del Pliego: $ 5.500, Lugar y fecha de apertura: Div. Compras y Suministros-
Mendoza N° 1565- P.B. San Miguel de Tucumán, el día 28/06/2011, a horas 10:00.
Consulta y Adquisición de Pliegos: Div. Compras y Suministros Mendoza N° 1565-
P.B. San Miguel de Tucumán de Lunes a Viernes de 07: a 14:00 Llamado autorizado
por Resol. N° 0640/DPV-2011. E 14 y V 17/06/2011. Aviso N° 159.015.
Aviso número 159017
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD
LICITACION PUBLICA Nº 10/2011
GOBIERNO DE TUCUMAN
Dirección Provincial de Vialidad
Licitación Pública N° 10/2011
Expediente N° 3023-T-2011
POR 4 DIAS - Objeto de la licitación: Vehículos: Adquisición de 10 Vehículos
(camionetas tipo pick up), Valor del Pliego: S 3.840,00, Lugar y fecha de
apertura: Div. Compras y Suministros- Mendoza N° 1565- P.B.- San Miguel de
Tucumán, el día 28/06/2011, a horas 11:00. Consulta y Adquisición de Pliegos:
Div. Compras y Suministros- Mendoza N° 1565- P.B.- San Miguel de Tucumán. Llamado
autorizado por Resol. N° 0682/DPV-11. E 14 y V 17/06/2011. Aviso N° 159.017.
Aviso número 158860
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / GOBIERNO DE TUCUMAN LIC. PUB. Nº
01/2011
MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION ARGENTINA
Gobierno de Tucumán
El Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento ha accedido a financiar y
asistir al Gobierno Argentino, en la ejecución de las obras correspondientes al
Proyecto de Mejoramiento de la Educación Rural Subcomponente A1-Mejoramiento de
Obras de Infraestructura Escolar y Equipamiento, mediante el préstamo BIRF 7353 -
AR. En el marco del citado proyecto, se anuncia el llamado a Licitación Pública
para la remodelación de edificios escolares.
Licitación Pública N° 01/2011.
POR 10 DIAS - Objeto: Ampliación y Refacción. Escuela: N° 164 "Padre José
Carrone" - Loc. Valle de San Javier - Dpto. Tafí Viejo - Provincia de Tucumán.
Garantía de Oferta Exigida: $13.593,00. (pesos trece mil quinientos noventa y
tres con 00/100). Fecha de Apertura: 06/07/2011 Hora: 10:00. Lugar: Coord.
Provincial PROMER - Av. Sarmiento 850 - San Miguel de Tucumán. Plazo de Entrega:
180 (Ciento Ochenta) días corridos. Valor del pliego: $ 300. Lugar de Adquisición
del Pliego: Coord. Provincial PROMER - Av. Sarmiento 850 - San Miguel de
Tucumán.- Financiamiento BIRF (Préstamo 7353-AR) a través del Ministerio de
Educación de la Nación Argentina. E 10 y V 24/06/2011. Aviso N° 158.860.
Aviso número 158855
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / GOBIERNO DE TUCUMAN LIC. PUB. Nº
02/2011
MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION ARGENTINA
Gobierno de Tucumán
El Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento ha accedido a financiar y
asistir al Gobierno Argentino, en la ejecución de las obras correspondientes al
Proyecto de Mejoramiento de la Educación Rural Subcomponente A1-Mejoramiento de
Obras de Infraestructura Escolar y Equipamiento, mediante el préstamo BIRF 7353 -
AR. En el marco del citado proyecto, se anuncia el llamado a Licitación Pública
para la remodelación de edificios escolares.
Licitación Pública N° 02/2011.
POR 10 DIAS - Objeto: Ampliación y Refacción. Escuela: N° 263 "Tierra del Fuego"
- Loc. Donato Álvarez - Dpto. Juan Bautista Alberdi - Provincia de Tucumán.
Garantía de Oferta Exigida: $13.401,00. (pesos trece mil cuatrocientos uno con
00/100). Fecha de Apertura: 06/07/2011 Hora: 12:00. Lugar: Coord. Provincial
PROMER - Av. Sarmiento 850 - San Miguel de Tucumán. Plazo de Entrega: 180 (Ciento
Ochenta) días corridos. Valor del Pliego: $ 300. Lugar de Adquisición del Pliego:
Coord. Provincial PROMER - Av. Sarmiento 850 - San Miguel de Tucumán.-
Financiamiento BIRF (Préstamo 7353-AR) a través del Ministerio de Educación de la
Nación Argentina. E 10 y V 24/06/2011. Aviso N° 158.855.
Aviso número 158983
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PUBLICA N° 02-2011-
MINISTERIO DE SEGURIDAD CIUDADANA
GOBIERNO DE TUCUMAN
Ministerio de Seguridad Ciudadana
Dirección Gral. de Transporte
Licitación Pública N° 02-2011
Expediente n° 3723-323-D-2011
POR 4 DIAS - Objeto de la licitación: Neumáticos: Cubiertas Radiales, Valor del
Pliego: gratuito, Lugar y fecha de apertura: Ministerio de Seguridad Ciudadana 25
De Mayo 90, 1er piso San Miguel de Tucumán, el día 28/06/2011, a horas 11:00.
Consulta y Adquisición de Pliegos: Dirección General de Compras y Contrataciones
25 de Mayo 90, San Miguel de Tucumán. Llamado autorizado por Resolución
Ministerial 148/7 (STSV) de fecha 18 de Mayo de 2011. E 14 y V 17/06/2011. Aviso
N° 158.983.
Aviso número 159120
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PUBLICA N° 7/2011 -
FUNDACION MIGUEL LILLO
FUNDACIÓN MIGUEL LILLO
Licitación Pública N° 7/2011
Expte. N° 085-PCAV-2011
POR 15 DIAS - Obra: "Remodelación y Revalorización parte Histórica del Viejo
Edificio de Botánica". Sitio Ejecución de Obra: Miguel Lillo N° 251 S.M. de
Tucumán.
Condiciones e Informes: Dirección General de Administración, Departamento de
Compras y Suministros, Calle Miguel Lillo N° 251, S.M. de Tucumán, días hábiles
de 8 a 12.30 horas. Valor Pliego: $ 800. Presupuesto Oficial: $ 840.563. Apertura
de Sobres: El día 08/07/2011 horas: 10 (Diez). Publicación en Boletín Oficial de
la Prov. de Tucumán (quince) días a partir del 16/06/2011. Consulta de Pliego por
Internet: www.argentmacompra.gov.ar. Fdo. Olga C. Mercado de Said, Directora de
compras. E 16/06 y V 07/07/2011. $415,70. Aviso N° 159.120.
Aviso número 158911
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACION PUBLICA Nº 04/2011.
MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION ARGENTINA
MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION ARGENTINA
Ministerio de Educación de Tucumán
En el marco del Programa "Plan de Obras" se anuncia el llamado a Licitación
Pública.
Licitación Pública N° 04/2011.
POR 15 DIAS - Objeto: Edificio Nuevo. Escuela: Primaria Brig. Gral. Diego de
Rojas - Famaillá - Provincia de Tucumán. Presupuesto Oficial: $ 5.238.423,81.
Garantía de Oferta Exigida: $ 52.384,23. Fecha de Apertura: 27/07/2011 Hora:
11:00. Lugar: Salta 805 - San Miguel de Tucumán. Plazo de Entrega: 360
(Trescientos Sesenta) días corridos. Valor del Pliego: $ 3.500. Fecha límite de
venta de pliego: 25/07/2011 Hora: 12:00. Lugar de Adquisición del Pliego: Salta
N° 805 - San Miguel de Tucumán. Financiamiento: Ministerio de Educación de la
Nación Argentina. E 13/06 y V 04/07/2011. Aviso N° 158.911.
Aviso número 159044
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MINISTERIO DE SEGURIDAD CIUDADANA-LIC
PUB Nº 05-2011
GOBIERNO DE TUCUMAN
Ministerio de Seguridad Ciudadana
Dirección General de Institutos Penales
Licitación pública N° 05-2011.
Expediente N° 163/215-2011
POR 4 DIAS - Objeto de la licitación: Equipos sanitarios y de laboratorios:
Guantes y Barbijos Descartables, Valor del Pliego: Gratuito, Lugar y fecha de
apertura: Ministerio de Seguridad Ciudadana -25 de Mayo 90 (Casa de Gobierno) -
1° piso, San Miguel de Tucumán., el día 01/07/2011, a horas 11:00. Consulta y
Adquisición de Pliegos: Dirección General de Compras y Contrataciones, 25 de Mayo
90, San Miguel de Tucumán. Llamado autorizado por Resolución Ministerial N° 166/7
(SSC). E 15 y V 21/06/2011. Aviso N° 159.044.
Aviso número 159081
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SECRETARIA TRABAJO - DIRECC. COMPRAS
Y CONTRATACIONES
GOBIERNO DE TUCUMAN
Secretaría Trabajo - Direcc. Compras y Contrataciones
Licitación pública N° 02/2010 (segundo llamado).
Expediente N° 915/180/SH/2010.
POR 2 DIAS - Objeto de la licitación: 1 unidad de Servicio Integral de Limpieza y
Mantenimiento, Valor del pliego: gratuito, Lugar y fecha de apertura: Dirección
General de Compras y Contrataciones - 25 de mayo 90 - planta baja - Casa de
Gobierno - San Miguel de Tucumán, el día 04/07/2011, a horas 11:00. Consulta y
Adquisición de Pliegos: Dirección General de Compras y Contrataciones - 25 de
mayo 90 planta baja- Casa de Gobierno - San Miguel de Tucumán. Pliegos
disponibles en la página Web. Llamado autorizado por Resolución Ministerial N°
187/14-SET. E 16 y V 17/06/2011. Aviso N° 159.081.
Aviso número 159072
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL
LIC. PUB. 01/11
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL
Programa de Apoyo para el Desarrollo de la Infraestructura Universitaria
Licitación Pública N° 01/11
POR 15 DÍAS - Presupuesto Oficial $2.887.525,97. Facultad Regional Tucumán
"Pabellón Laboratorios, Aulas y Biblioteca - Etapa 1" San Miguel de Tucumán -
Tucumán. Objeto: Obras Públicas. Lugar donde deben retirarse o consultarse los
pliegos Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional Tucumán Rivadavia 1050
- San Miguel de Tucumán Tel: (0381) 430-5872 Fax: 421-7150 Consulta y Venta de
pliegos: a partir del 15/06/2011. Lugar de Presentación de las ofertas: Facultad
Regional Tucumán Rivadavia 1050 - San Miguel de Tucumán. Fecha de Apertura: 14 de
Julio de 2011. Hora de apertura: 18,00. Fechas de publicación: del 15/06 al
06/07/2011. Valor del Pliego: $2.900,00. Valor de garantía de oferta: 1% del
presupuesto oficial. Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios. Ministerio de Educación. E 15/06 y V 06/07/2011. $546,68. Aviso N°
159.072.
Aviso número 159062
REMATES / CARRASCOSA FATIMA BEATRIZ C/CORNEJO JUAN FACUNDO Y OTRO
Martillero: Rubén María Sal
POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil de Conciliación y
Trámite del Trabajo de la Tercera Nominación, a cargo de la Dra. Delicia Legname,
Juez; Secretaría de la Dra. Cristina Carino de Alonso y de la Dra. Mariel F. V.
Melero, tramitan los autos caratulados: "CARRASCOSA FATIMA BEATRIZ C/CORNEJO JUAN
FACUNDO Y OTRO S/ X - INSTANCIA UNICA CON BLOQUEO DE SALA", Expediente N° 149/99,
en los cuales se ha dictado el presente proveído que se transcribe a
continuación: "San Miguel De Tucumán, 26 de mayo de 2011.- A lo solicitado, no
habiéndose abonado al actor el capital condenado $8.507,47 atento las constancias
y encontrándose cumplidos los recaudos exigidos por el art. 555 del C.P.C.y C. de
aplicación supletoria, señalase el día 24/06/11 a hs.11, para que el Martillero
Rubén María Sal M.P.039 proceda al remate en la sede del Colegio de Martilleros
sito en calle 9 de Julio 421 de esta ciudad, del automotor Marca Renault, Modelo
Traffic, Corto Nafta, Dominio BHO 105 de propiedad de All Music SRL.- Que según
acta de fs.918 el citado vehículo presenta abolladuras en compuertas traseras con
rotura de una bisagra en puerta derecha, sin paragolpe plástico trasero
izquierdo; rotura de faro trasero izquierdo; insignia trasera despegada; falta el
tapizado de la puerta derecha; picado y herrumbrado en ambos pasaruedas
delanteros; paragolpe delantero roto y parrilla delantera quebrada; tapizado de
ambos asientos deteriorados y tapizados de compuertas traseras ausentes; sin
rueda de auxilio; sin gato herramienta ni batería y no cuenta con equipo de GNC;
sin cinturones de seguridad; las cubiertas se encuentran en regular estado; no
tiene stereo.- Colocada una batería el vehículo arranca y puede salir en marcha.-
Registra las infracciones que da cuenta el informe de fs. 937/939 del Tribunal
Municipal de Faltas; según informe del Registro Nacional de la Propiedad
Automotor registra los embargos e inhibiciones que constan a fs.932/935; adeuda a
la Dirección General de Rentas de la Provincia $1328,78 (fs.938 vta.).- La
subasta se efectuará sin base en dinero de contado efectivo y al mejor postor.-
Comisión al Martillero 10%, Sellado de Ley 3%, a cargo del comprador y 0,5%
L.7268 para el Colegio de Martilleros a cargo del resultado de la subasta.- Mayor
información en Secretaría Actuaria, cualquier día hábil en horas de despacho, o
al Martillero interviniente.- Atento lo dispuesto por Acordada N°88/83, ofíciese
a Secretaría de Superintendencia de la Excma. Corte, comunicando fecha y hora del
remate.- Por su naturaleza de carácter alimentario de la presente causa laboral,
está exceptuada de suspensión de ejecuciones, art.12 L.25.589.- Publíquense
edictos en el Boletín Oficial, por cinco días, libre de derechos, art13 L.6204.-
Comuníquese al Sr. Juez del Juzgado Federal de Tucumán, Secretaría de Ejecuciones
Fiscales N° 1, para que tome razón en las causas "Fisco Nacional vs. All Music
SRL S/ Ejeción Fiscal", exptes., N°5454//04, N°1547/05, N°4015/04 y N°2907/06 y
al Sr. Juez del Juzgado Federal de Tucumán N°2, Secretaría de Ejeciciones
Fiscales, para que tome razón en las causas "Fisco Nacional vs. All Music s/
Ejec.Fiscal", exptes.N° 77/06 y N°935/06.- Personal.-Fdo. Dra. Delicia Legname-
Juez" San Miguel de Tucumán, 1 de junio de 2011. Secretaría.- E 15 y V
22/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.062.
Aviso número 159109
REMATES / ELIAS ALEJANDRO JOSE C/ CASTRO BUADAS CECILIA
Martillero: Juan Alejandro Tezeira
POR 3 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado Civil en Documentos y
Locaciones de la Segunda Nominación, a cargo de la Dra. Lucía del Valle Alcorta,
Secretaría de la Dra. María del V. Antonio de Montivero y Escribana Marcela B.
Arnut, en los autos caratulados: "ELIAS ALEJANDRO JOSE C/ CASTRO BUADAS CECILIA
S/ COBRO EJECUTIVO DE PESOS" EXPTE. N° 130/06 se ha dispuesto sacar a remate por
el Martillero Público Juan Alejandro Tezeira (Mat. 103), conforme decreto que a
continuación se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 11 de mayo de 2011.- Atento
lo solicitado, constancias de autos, sáquese a remate por el Martillero Público
designado Juan Alejandro Tezeira MP: N° 103 el vehículo prendado marca Ford,
Modelo: Ecosport 2.0L 4WD XLT -2004-, Motor: CJJA48568516, Dominio EQK096, cuyas
demás características constan en autos y en el estado visto en que se encuentre.-
La subasta se realizará el día 23 de Junio de 2011, a hs.10 ó día subsiguiente
hábil a la misma hora en caso de feriado en el Salón de Remate de Tribunales sito
en calle 9 de Julio N° 421 de esta ciudad.- El remate se hará tomando como base
la suma de $ 30.800 (capital).- En caso de no haber postores se sacará nuevamente
a remate en el mismo acto sin base, dinero en efectivo de contado y al mejor
postor, debiendo el comprador depositar en el acto de la subasta el importe total
que resulte en definitiva por la subasta, más el 10% por comisión del martillero
más el 3% de sellado de Ley.- Publíquese edictos por tres días de anticipación a
la fecha de subasta en el Boletín Oficial y en otro diario de gran circulación y
por el término de tres días.- Se hace constar que los impuestos y multas y que
constan en autos son a cargo del comprador.- Se hace saber que el vehículo se
encuentra depositado en la calle Maipú N° 1.933 de esta ciudad.- Notifíquese a
las partes y martillero actuante y los Juzgados interesados que surgen de informe
del estado de dominio agregado a fs. 251 de autos.- Ofíciese a la Excma. Corte a
los fines pertinentes y al Colegio de Martilleros.-....- Fdo. Dra. Lucía del
Valle Alcorta.- Juez.- Las características del vehículo a rematar son: Dominio:
EQK096; Marca: Ford; Modelo: Ecosport 2.0L 4WD XLT 2.004; Marca Motor: Ford; N°
Motor: CJJA48568516; Tipo: Camioneta; Marca Chasis: Ford; N° de chasis:
9BFZE13F748568516.- Gravámenes sobre el vehículo: Inhibiciones: Fecha:
31/10/2008.- Carátula: Tribunal: Juzgado Federal, Secretaría 1 de Ejec. Fiscales
de Tucumán - Autos: Expte. N° 4882 año 2006, Castro Buadas Cecilia, Monto
$7.159,63, Intereses $1.073.94.- Fecha: 20/04/2010.- Carátula: Tribunal: Juzgado
Federal, Secretaría 2 de Ejec. Fiscales de Tucumán - Autos: Expte. N° 1375 Año
2007, Castro Buadas Cecilia, Monto $4.384,85, Intereses $ 657.72.- Fecha:
30/06/2010.- Carátula: Provincia de Tucumán DGR c/ Castro Buadas Cecilia s/
Ejecución Fiscal.- Expte. N° 15578/06, Juzgado de Cobros y Apremios de la II.
Nom. del Centro Judicial Capital.- Embargos: Fecha Inscrip.: 02/03/2009 Monto:
$30.800; Autos: Elías Alejandro José c/ Castro Buadas Cecilia s/ Cobro Ejecutivo
de pesos.- Juzgado en Documentos y Locaciones de la 2° Nominación.- Expte. N°
130/06.- Fecha Inscrip.: 27/11/2009 Monto: $6.336.65; Autos: Fisco Nacional vs.
Castro Buadas s/ Ejec. Fiscal.- Expte. N° 4094/2005, Juzgado Federal de Tucumán
N° 1.- San Miguel de Tucumán, 30 de mayo de 2011.- Escribana Marcela B. Arnut,
Sec. Judicial. E 16 y V 21/06/2011. $386,95. Aviso N° 159.109.
Aviso número 159106
REMATES / "FERNANDEZ DE MEDINA MARIA CRISTINA C/CARRERO HNOS. Y OTRO
S/ COBROS (ORDINARIO)"
Martillero: Andrés Emilio Alu
POR 2 DÍAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de
la Ia. Nominación, Secretaría a cargo de la Dra. Fabiana P. Borquez , tramitan
los autos caratulados: "FERNANDEZ DE MEDINA MARIA CRISTINA C/CARRERO HNOS. y OTRO
S/ COBROS (ORDINARIO)" expte. N° 467/95, en los cuales se ha dictado el siguiente
proveído: San Miguel de Tucumán, 5 de abril de 2011.- Atento lo solicitado y
constancias de autos, fíjase nueva fecha para el día 24/06/2011, a horas nueve,
para que tenga lugar la pública subasta ordenada mediante sentencia dictada el
17/11/2010 (fs.546) Personal.- Fdo. Dra, Hilda Graciela Vazquez -Juez p/t queda
ud. Debidamente notificado////San Miguel de Tucumán, 17 de noviembre de 2010.-
autos y vistos:.. considerando: ..resuelvo :I) Disponer la venta del referido
automotor al fin se fija para el día 21/03/2011, en el horario de 10 a 13 hs.,
para que tenga lugar la pública subasta del automotor de propiedad de Eduardo
Antonio Medina (DNI 8.788.448), dominio T-0132404, marca Ford, modelo Galaxy 2.0
L Ghia, tipo Sedán, 04 puertas, año 1992. La subasta se llevará a cabo en el
Salón del Colegio de Martilleros sito en calle -9 de Julio N° 421 de esta ciudad.
El martillero que llevará adelante el remate es Andrés Emilio Alu. Se fija como
precio base de la subasta, la suma de $ 10.000.- (diez mil), y para el caso de no
existir ofertas por la base señalada, media hora más tarde se dispondrá un
segundo llamado sin base. El pago del precio será dinero de contado y al mejor
postor, debiendo abonar el comprador, en el acto del remate, el 10% en concepto
de seña, más el 3% de comisión de martillero enajenador (Ley 7268, art. 49 inc.
b), y 3% en concepto de impuestos de sellos (Ley 5121). El pago del saldo del
precio deberá efectuarse dentro del tercer día de aprobada la subasta, y el bien
será retirado por el adjudicatario una vez pagado el saldo del precio. En caso de
abonar el comprador el total del precio de venta en el día del remate, podrá
retirar el bien una vez aprobado el remate. No se admite la compra en comisión,
ni la cesión. Se hace saber que vencido el plazo de tres días previsto en los
arts. 539 y 542 CPCCT, si el adjudicatario no deposita el precio, pierde su
derecho y la seña dada en oportunidad de la subasta, en cuyo caso el Juez
adjudicará el bien a la segunda mejor oferta. Se hace constar que según detalle
analítico de impuesto automotor (emitido el 23/02/06, fs. 455/458), el vehículo a
subastarse adeuda la suma de $ 1.452,93.- (pesos mil cuatrocientos cincuenta y
dos con 93/100). Asimismo según informe del Tribunal Municipal de Faltas (fs.
461/463 bis), el citado automóvil no registra causas por infracción. Para mayores
informes los interesados podrán consultar el Expediente en Secretaría cualquier
día y hora de despacho y/o al martillero Andrés Emilio Alu. II) Publicar edictos
por dos días en el Boletín Oficial y en otro diario local de amplia difusión, y
autorizase al martillero Alu a realizar publicidad adicional. III) Ofíciese a los
Juzgados que ordenaron medidas precautorias sobre el automotor a subastarse,
haciéndoles saber la fecha y hora del remate. IV) Ofíciese a la Excma. Corte
Suprema de Justicia, Secretaría de Superintendencia (Acordada 88/33), al Colegio
de Martilleros, y al Registro Automotor para la anotación preventiva de la fecha
de subasta. Hagase Saber.- Fdo· Dra. Nilda Dalla Fontana - Juez P/T.-Secretaría.
San Miguel de Tucumán de mayo de 2011.Fdo. Fabiana P. Borquez, Secretaria. E 16 y
V 17/06/2011. $260,70. Aviso N° 159.106.
Aviso número 159085
REMATES / INTECA S.A.
POR 3 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado de Ia. Instancia en lo Civil
y Comercial Común de la Octava Nominación, a cargo de la Dra. María Isabel
Tenreyro, Juez; Secretaría Concursal del Dr. José Luis Guerra, se tramitan los
autos caratulados: "INTECA S.A. S/ Z- CONCURSO PREVENTIVO (HOY QUIEBRA)",
Expediente N° 2955/95, en los cuales se ha dictado la presente resolución que se
transcribe a continuación: San Miguel de Tucumán, 6 de junio de 2011.- Autos Y
Vistos:... Considerando:... Resuelvo: I° - Disponer que el día martes 06 de Julio
del cte. año, a hs. 10,00 o el inmediato posterior en caso de feriado, a la misma
hora, el Martillero Público Mario Rafael Nadal, Matrícula n° 185, desinsaculado
en autos, en el local de remates, sito en calle 9 de Julio n° 421 de esta ciudad,
proceda a subastar el inmueble Ubicado en Avenida Benjamín Aráoz N°1.181 de esta
ciudad, Padrón Pcial. N°32.112, Padrón Municipal N°247.612, cuenta del servicio
de agua 123-25228-00, Matrícula Registral S-6815. La propiedad se encuentra sobre
una zona comercial, con todos los servicios de agua, luz, gas y cloacas, varias
líneas de ómnibus urbanas y rurales a 50 mts. del puente Lucas Córdoba y
Autopista de ingreso a Ruta N° 302 y Ruta N° 9. La propiedad se encuentra en la
arteria principal de unión de San Miguel de Tucumán con el este de la Pcia. El
terreno es en forma de "L", con una medida de 12,02 mts. de frente por 61,52 mts.
de fondo, con un total de 739,47 m2. Un martillo de 24,05 m2 por 14 mts. sumando
un total de 336,7 m2, lo que determina un total de terreno de 1.076,17 m2. La
edificación está dividida en una principal y otra interna. La principal tiene un
galpón con un frente amurado, con portón de ingreso de hierro, se observan dos
ventanas con enrejado con una altura de 12 mts. Mampostería de ladrillo con
cimiento antisísmico y encadenado completo y contrapiso.- Cableado eléctrico para
luz trifásica, con canales en altura tipo portacables aeréos, buen estado
general. Techos de chapa con canaletas, encadenado completo, se observan sectores
con chapas traslúcidas lo que le permite el ingreso de luz natural. Se observa un
espacio divisorio de 50 m2 de mampostería de ladrillo con marcos de aluminio.
Edificación Interna y accesorios: oficinas y baños divididas en dos plantas.
Planta Baja: dos oficinas con pisos de granito, baño recubierto con cerámico,
cañería de plomo, sanitarios completos con duchas, escalera planta alta con
depósito en planta baja amplio con dos baños para personal. Cuatro duchas con
migitorios y dos bidet y ante-baño. Planta Alta: sala de espera principal con
piso de granito, un dormitorio con piso alfombrado, un porch central posterior
que comunica a una escalera con vista general del galpón y al depósito posterior
con mampostería de 1 mts de altura con marcos de hierro, el depósito posee una
entrada independiente posterior. Medidas de Edificación: Galpón: 1.076,17 m2,
Oficinas y Depósito: 162,40 m2.- Según Inspección Ocular de fs.1036 surge que el
inmueble se encuentra libre de ocupantes y de bienes. Se trata de un galpón
completamente cubierto y cerrado en toda la extensión del terreno (Superficie
903,27 m2), con cabriada y cubierta metálica (chapa de zinc acanaladas), tipo
bóveda y de una altura de siete metros aproximadamente. Cuenta con una entrada
principal para camiones, un salón de 8x6 mts, un office o privado de 2x2, 50
mts., una habitación de 3x3 mts., un baño instalado, otro salón de 8x12 mts.
aproximadamente. En la planta alta un salón de 8x6 mts. Una habitación de 3x3
mts. y un baño, se accede a la planta alta por una escalera interna y otra
externa. Hacia atrás dos divisiones de 4x8 mts. Construido en mampostería de
ladrillos, piso de cemento alisado en gran parte, cerámico, piso granítico y una
sola habitación alfombrada. La zona cuenta con todos los servicios, agua potable,
luz eléctrica, gas natural, línea telefónica, cable video, etc. y sobre calle/
avenida pavimentada. Su estado general de conservación es regular.- II° -
Adeudan: DRM (padrón N°247.612), la suma de $2.321,79; SAT (cuenta N° 00025228),
la suma de $19.358,96 y DGR (padrón N°32.112), la suma de $27.216,51.- III° - La
Subasta se realizará ad-corpus por la suma de $598.500,00 (pesos quinientos
noventa y ocho mil quinientos), monto que surge del informe realizado por
Sindicatura a fs. 1081, el que se toma como base para tal fin, pagadero con
dinero efectivo, de contado, debiéndose adjudicar al mejor postor, siendo a cargo
de éste, hacer entrega en el acto de la Subasta, el 10% del valor total que
resultare de la realización del inmueble, en concepto de seña; 3% comisión del
martillero y 3% de sellado de ley; al igual que la suma correspondiente a la
transferencia del inmueble. De lo obtenido, se retendrá el 3% en concepto del
importe establecido en el art. 6, inc. 2 de la Resolución General n° 3026 de la
D.G.I.- IV° - HÁGASE conocer que la propiedad podrá ser visitada por los
interesados el día jueves 01 de Julio del cte. año, desde hs. 10 hasta hs. 12,00,
debiendo estar presente el Martillero Mario Rafael Nadal Matrícula n°185 en el
domicilio del inmueble en la fecha indicada para tal fin.- V° - Notifíquese de la
presente resolución a la Fallida en su domicilio procesal. Personal.- VI° -
Publíquese Edictos por tres días, en el Boletín Oficial, (art. 536 C.P.C.), libre
de derechos.- VII°- Comuníquese mediante oficio a la Secretaría de
Superintendencia de la Excma. Corte Suprema de Justicia y al Colegio den
Martilleros de esta provincia.- Hágase Saber.-.-JLG. Fdo. María Isabel Tenreyro.
Juez.- San Miguel de Tucumán, 8 de junio de 2011.- Secretaria Concursal.- Dr.
José Luis Guerra, Sec. Concurso y Quiebras. E 15 y V 17/06/2011. Libre de
Derechos. Aviso N° 159.085.
Aviso número 159105
SOCIEDADES / ALDERETES EDUCATIVO
POR 1 DIA - Que por Resolución N° 02/2011 de techa 10/06/2011, de la Junta
Electoral Adhoc del Partido Municipal "ALDERETES EDUCATIVO" de Ciudad de
Alderetes. Resolvió: Proclamar y oficializar a las siguientes personas para
cargos partidarios. Concejo Partidario - Presidente: Piccineti Pedro Antonio-DNI
N° 4.961.475 - Vice Presidente: Berarducci José Ricardo-DNI N° 18.228.706....
Asamblea Partidaria-Presidente: Páez Beatriz Virginia-DNI N° 11.736.342 -
Vicepresidente: Piccineti Damián Antonio-DNI N° 29.701.770.... Comisión
Fiscalizadora - Presidente: González Andrés Martín-DNI N° 7.062.569 -
Vicepresidente: Díaz Juan Lorenzo-DNI N° 8.063.358... - Tribunal de conducta -
Presidente: Berarducci Ana Lucía-DNI N° 16.838.313 - Vicepresidente: Balverde
Elena Encamación-DNI N° 6.635.519.... Junta Electoral -Presidente: Jiménez Fanny
Daniela-DNI N° 23.171.396 - Vicepresidente: De Jesús Héctor Alfredo-DNI N°
28.498.041. Luna, Enrique Humberto, Apoderado.- E y V 16/06/2011. $36,59. Aviso
N° 159.105.
Aviso número 159094
SOCIEDADES / ALDERETES PARA TODOS
POR 1 DIA - El Partido Político Municipal "ALDERETES PARA TODOS", fija fecha de
Elección Interna Partidaria para el día 18 de Junio de 2011. Por consulta de
Cronograma dirigirse a la sede Partidaria. Ramon Oscar Martinez, Apoderado. E y V
16/06/2011. $25. Aviso N° 159.094.
Aviso número 159097
SOCIEDADES / A.P.A.P. ARTISTAS PARA AGUILARES Y EL P AIS
POR 1 DIA - Por Resolución N° 168/11 - D.P.J. de Fecha 14/06/2011.- La Dirección
de Personas Jurídicas convoca a: Asamblea General Ordinaria, atento los
considerandos precedentes, a los asociados de la Asociación Civil "A.P.A.P.
ARTISTAS PARA AGUILARES Y EL PAIS" con domicilio legal en calle Pringles N° 685,
Localidad Aguilares, Dpto. Río Chico Provincia de Tucumán, en el domicilio de
calle Islas Malvinas y La Rioja Localidad Aguilares, Dpto. Río Chico para el día
17/06/2.011, a hs. 19:00, a fin de tratar el siguiente Orden del Día: 1.- Lectura
del presente Instrumento. 2.- Motivo de la celebración de la Asamblea fuera de la
sede social. 3.- Motivo de la demora en la convocatoria asamblearia. 4.-
Tratamiento de Libros Obligatorios. 5.-Tratamiento de Memorias, Balances,
Inventario de Bienes y los Informes de Comisión Revisora de Cuentas de los
ejercicios cerrados desde el 31/12/2004 al 31/12/2010. 6.- Elección de Junta
Electoral, la que tendrá a su cargo: a) Determinación del calendario electoral,
b) Conscripción y confección del Padrón Electoral, c) Recepción de Impugnaciones
al padrón, d) Resolución sobre Impugnaciones, e) Recepción de listas de
candidatos, f) Recepción de Impugnaciones a las listas, g) Resolución sobre
Impugnaciones, h) Oficialización de listas de candidatos, i) Control del
Escrutinio, y Proclamación de Autoridades. 7.- Designación de dos asociados para
firmar el acta. Y para el día 24/06/2.011, se convoca a Asamblea General
Ordinaria para tratar el siguiente orden del día: 1).- Elección de autoridades a
horas 18:00 a 20:00. 2).- Designación de dos asociados para firmar el acta. En
caso de presentarse una sola Lista la misma será proclamada y puesta en funciones
a horas: 19:00. Artículo 2°: Indicar a las autoridades electas, que deberán
presentar a rubricar Libros Obligatorios en un plazo de hasta 30 (treinta) días
corridos a contarse desde el reconocimiento a las mismas por el Organismo de
Contralor. Artículo 3°: Notifíquese, Regístrese, Publíquese en Boletín Oficial y
archívese. E y V 16/06/2011. $76,41. Aviso N° 159.097.
Aviso número 159099
SOCIEDADES / AYUDA SOCIAL FEMENINA
POR 1 DIA - AYUDA SOCIAL FEMENINA en reunión de Comisión Directiva realizada el
día 10 del corriente, resuelve convocar a Asamblea Gral. Ordinaria para el día
29/06/2011 a hs 11:00 en su sede de 25 de Mayo 401, a fin de tratar el siguiente
orden del día: 1- Memoria, Balance e Inventario correspondiente al periodo 2010.
2- Elección de dos socios para firmar el acta. Elmina Paz, Presidente. E y V
16/06/2011. $25. Aviso N° 159.099.
Aviso número 159061
SOCIEDADES / BIBLIOTECA POPULAR NICOLAS AVELLANEDA
POR 4 DIAS - La Asociación Civil "BIBLIOTECA POPULAR NICOLAS AVELLANEDA", sita en
calle San Martín 1650 de la Ciudad de Concepción, invita a los señores asociados
a Asamblea General Ordinaria para el Martes 21 de Junio de 2011 a Hrs. 21:00, en
el local de la Institución, para tratar el siguiente orden del día: 1- Lectura
del presente Instrumento. 2-Designación de dos socios para firmar el acta. 3 -
Informe acerca de la demora en esta convocatoria. 4- Renovación parcial de
autoridades según Estatuto (cap IV Art. 18) Maria Estela del Valle López.
Presidente. E 15 y V 21/06/2011. $86,88. Aviso N° 159.061.
Aviso número 158966
SOCIEDADES / (CADIAT)
POR 5 DIAS - Por disposición del Consejo Directivo de la CÁMARA DE DISTRIBUIDORES
DE INSUMOS AGROPECUARIOS DE TUCUMÁN (CADIAT) se convoca a todos los socios
fundadores y activos a la Asamblea General Extraordinaria de asociados (Art. 11,
inc. 3 ES) para el día 24 de junio de 2011 a realizarse en la sede social ubicada
en Av. Alfredo Guzmán N° 10 de la localidad de Alderetes, Departamento Cruz Alta,
Provincia de Tucumán, a las 13:30 hs en primera convocatoria y a las 14:30 hs en
segunda convocatoria a efectos de considerar el siguiente Orden del Día: 1°)
Ratificación de la convocatoria a Asamblea. 2°) Designación de dos socios para
firmar el acta de asamblea junto con el Presidente del Consejo Directivo. 3°)
Reforma de los Artículos 10, 30, 32, 36, 45, 49, 51, 53, 54, 57 y 58 de los
Estatutos Sociales. Fdo. CPN Gerardo Pablo Patricio Anadon DNI N° 11.708.317 -
Presidente - Cámara de Distribuidores de Insumos Agropecuarios de Tucumán
(CADIAT). E 13 y V 17/06/2011. $182,60. Aviso N° 158.966.
Aviso número 158967
SOCIEDADES / (CADIAT)
POR 5 DIAS - Por disposición del Consejo Directivo de la Cámara de Distribuidores
de Insumos Agropecuarios de Tucumán (CADIAT) se convoca a todos los socios
fundadores y activos a la Asamblea General Ordinaria de asociados (Art. 11, inc.
3 ES) para el día 24 de junio de 2011 a realizarse en la sede social ubicada en
Av. Alfredo Guzmán N° 10 de la localidad de Alderetes, Departamento Cruz Alta,
Provincia de Tucumán, a las 13:00 hs en primera convocatoria y a las 14:00 hs en
segunda convocatoria a efectos de considerar el siguiente Orden del Día: 1°)
Ratificación de la convocatoria a Asamblea. 2) Designación de dos socios para
firmar el acta de asamblea junto con el Presidente del Consejo Directivo. 3°)
Razones de la demora en la convocatoria. 4°) Consideración y resolución de la
Memoria, Balance General, Inventario, Cuentas de Gastos y Recursos e informe de
la Comisión Revisora de Cuenta, correspondiente al ejercicio económico N° 1
cerrado el 31 de Agosto de 2010. Fdo. CPN Gerardo Pablo Patricio Anadon DNI N°
11.708.317 - Presidente - Cámara de Distribuidores de Insumos Agropecuarios de
Tucumán (CADIAT). E 13 y V 17/06/2011. $212,94. Aviso N° 158.967.
Aviso número 159014
SOCIEDADES / CEMENTERIO PARQUE COLONIAL
POR 3 DIAS - CEMENTERIO PARQUE COLONIAL - Citacion a los deudos de las personas
sepultadas en dicho cementerio. El Directorio de la sociedad Cuatro Estaciones
S.A., titular del cementerio Parque Colonial cita a los deudos de las personas
exhumadas en dicho cementerio, a los efectos de programar el retiro de los
cuerpos inhumados, en atención al cambio de destino del cementerio. En caso de no
apersonarse los deudos, la exhumación y traslado de los cuerpos será realizada
por el propio cementerio e inhumados los restos en otros establecimientos
públicos o privados. Para mayor información comunicarse con Empresa San Antonio
S.R.L., teléfono 0381 4227220 - 4302913 con domicilio en calle San Martín Nro 32,
a los efectos de programar la exhumación y traslado. Fdo. Directorio de Cuatro
Estaciones S.A. María Florencia Espasa, Presidente. E 14 y V 16/06/2011. $96,13.
Aviso N° 159.014.
Aviso número 159002
SOCIEDADES / CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE TAFI DEL VALLE -
TUCUMAN
POR 3 DÍAS - La Comisión Especial de la Asociación Civil CENTRO DE JUBILADOS Y
PENSIONADOS DE TAFI DEL VALLE - TUCUMÁN - Convoca a Asamblea General Ordinaria
para el día 15 de junio de 2011 a horas 15 en su sede en el Cruce, Ruta N° 307 -
Km. 61 1/2, Los cuartos, Departamento Tafí del Valle, para tratar el siguiente
orden del día: 1) Elección de autoridades de 15 a 18. En caso de presentarse una
sola lista será proclamada y puesta en funcionamiento a partir de horas 18:30. 2)
Designación de dos afiliados para firmar el acta. E 14 y V 16/06/2011. $61,38.
Aviso N° 159.002.
Aviso número 158974
SOCIEDADES / CENTRO VECINAL, CULTURAL Y DEPORTIVO AMPLIACION VILLA
ALEM
POR 5 DIAS - La Comisión Directiva del CENTRO VECINAL, CULTURAL Y DEPORTIVO
AMPLIACIÓN VILLA ALEM, con domicilio en calle Chacabuco 1596 de esta ciudad,
personería Jurídica N° 473, convoca a sus asociados a Asamblea General Ordinaria
para el dia 23/06/2011 a HS. 21 fin de tratar el siguiente Orden del Día: 1)
Informe a los sres. Socios por la demora en el llamado a Asamblea. 2) Tratamiento
de Memoria y Balance e Inventario años 2009 y 2010, informe de la Comisión
Revisora de Cuentas. 3) Elección de La Junta Electoral, tres titulares y tres
suplentes, entre los asociados activos, los que tendrán a su cargo todo lo
relacionado con el proceso electoral (elecciones parciales de comisión directiva)
como ser determinación del calendario electoral, confección de padrones,
recepción de lista de candidatos, resolución sobre impugnaciones a la lista De
candidatos, oficialización de lista de candidatos, control del escrutinio y
puesta en función de las autoridades electas.4) Designación de dos socios para
firmar el acta. Ponce Oscar, Presidente. E 13 y V 17/06/2011. $198,14. Aviso N°
158.974.
Aviso número 159013
SOCIEDADES / COLEGIO DE PROFESIONALES EN SERVICIO O TRABAJO SOCIAL
POR 5 DIAS - COLEGIO DE PROFESIONALES EN SERVICIO O TRABAJO SOCIAL: Se convoca a
Asamblea Extraordinaria para el 24/06/11 a horas 19 en Chacabuco 268, 1° piso.
Temario: 1) designación de 2 asambleístas para firmar el Acta. 2) recursos de
reconsideración y apelación en subsidio presentados por el Lic. Hernán Abel Zampa
Gaiero. Fdo. Gladis Omill, Presidente y Rodrigo Azcuy, Vocal 1°. E 14 y V
21/06/2011. $75,48. Aviso N° 159.013.
Aviso número 159129
SOCIEDADES / COMPROMISO Y PARTICIPACION SOCIAL
POR 1 DIA - Partido Municipal "COMPROMISO Y PARTICIPACIÓN SOCIAL" Cronograma
electoral de elecciones internas del partido para cubrir cargos electivos en las
elecciones provinciales del día 28 de agosto de 2011 a saber: a. Fíjase para el
día 18 de junio del corriente año a hs. 08:00 exhibición de padrones provisorios;
b. Hs. 10:00 vencimiento para la presentación de listas para cubrir cargos
electivos; c. Hs. 11:00 periodo de impugnaciones, resolución de las mismas; d. Hs
13:00 exhibición de padrones definitivos designación de autoridades de mesas y
lugar de votación; e. Hs. 16:30 presentación de voto testigo y mazo de votos; f.
Día 19 de junio Hs.08:00 Apertura de mesas para elección cargos electivos y
cierre de escrutinio a hs.18:00; g. Hs.20:00 escrutinio definitivo y proclamación
de lista ganadora. Fdo. Eduardo Moussa, Apoderado. E y V 16/06/2011. $32,01.
Aviso N° 159.129.
Aviso número 159092
SOCIEDADES / ENCUENTRO SOCIAL
POR 1 DIA - La Junta Directiva del partido ENCUENTRO SOCIAL, dispone el llamado a
elecciones internas cerradas para la elección de candidatos a cargos electivos,
según el siguiente cronograma: 1) 14/06/2011: 20:00 hs. vence plazo para
presentación de listas de candidatos. 2) 15/06/2011: Designación del Presidente
de mesa. 3) 15/06/2011: 20:00 hs. vence plazo para presentar impugnaciones. 4)
17/06/2011: Comicios partidarios de 08:00 á 18:00 hs. 5) 17/06/2011: cómputos de
sufragios de 18:00 á 20:00 hs. 6) 17/06/2011: 20:00 hs. proclamación de lista
ganadora. Fdo. F. Plinio González. Presidente Junta Directiva. E y V 16/06/2011.
$25. Aviso N° 159.092.
Aviso número 159093
SOCIEDADES / ESPERANZA EN MARCHA
POR 1 DIA - El Partido Político Municipal "ESPERANZA EN MARCHA", fija fecha de
Elección Interna Partidaria para el día 18 de Junio de 2011. Por consulta de
Cronograma dirigirse a la sede Partidaria. Angel Enrique Andrada, Apoderado. E y
V 16/06/2011. $25. Aviso N° 159.093.
Aviso número 159122
SOCIEDADES / FRENTE UNION Y TRABAJO
POR 1 DIA - Partido Municipal "FRENTE UNION Y TRABAJO". Cronograma electoral de
elecciones internas del partido para cubrir cargos electivos municipales en las
elecciones provinciales del día 28 de agosto de 2011 a saber: a. Fíjase para el
día 18 de junio del corriente año a hs. 08:00 exhibición de padrones provisorios;
b. Hs. 10:00 vencimiento para la presentación de listas para cubrir cargos
electivos; c. Hs. ll:00 periodo de impugnaciones, resolución de las mismas; d. Hs
13:00 exhibición de padrones definitivos designación de autoridades de mesas y
lugar de votación; e. Hs. 16:30 presentación de voto testigo y mazo de votos; f.
Día 19 de junio Hs.08:00 Apertura de mesas para elección cargos electivos y
cierre de escrutinio a hs.18:00; g. Hs.20:00 escrutinio definitivo y proclamación
de lista ganadora. Fdo. Eduardo Moussa, Apoderado. E y V 16/06/2011. $31,56.
Aviso N° 159.122.
Aviso número 159124
SOCIEDADES / MOVIMIENTO, HONESTIDAD Y TRABAJO
POR 1 DIA - Partido Municipal "MOVIMIENTO HONESTIDAD Y TRABAJO". Cronograma
electoral de elecciones internas del partido para cubrir cargos electivos en las
elecciones provinciales del día 28 de agosto de 2011 a saber: a. Fíjase para el
día 18 de junio del corriente año a hs. 08:00 exhibición de padrones provisorios;
b. Hs. 10:00 vencimiento para la presentación de listas para cubrir cargos
electivos; c. Hs. 11.00 período de impugnaciones, resolución de las mismas; d. Hs
13:00 exhibición de padrones definitivos designación de autoridades de mesas y
lugar de votación; e. Hs. 16:30 presentación de voto testigo y mazo de votos; f.
Fíjase el día 19 de junio Hs. 08:00 Apertura de mesas para elección cargos
electivos y cierre de escrutinio a hs. 18:00; g. Hs. 20:00 escrutinio definitivo
y proclamación de lista ganadora. Fdo. Eduardo Moussa, Apoderado. E y V
16/06/2011. $31,97. Aviso N° 159.124.
Aviso número 159101
SOCIEDADES / PARTICIPACION Y ACCION VECINAL
POR 1 DIA - Partido Municipal PARTICIPACION y ACCION VECINAL Junta Electoral Acta
N° 8: En la ciudad de Concepción, departamento Chicligasta , a los 08 días del
mes de Mayo de dos mil once y siendo las 08:00 hs., esta Junta Electoral se
constituye en la sede partidaria ubicada en la calle República 1346, a los fines
de proceder a Oficializar, a la única lista de candidatos presentadas, tanto para
los cargos Partidarios como para Intendentes y Concejales a presentar por el
Partido Municipal PARTICIPACION Y ACCION VECINAL, en las próximas elecciones del
28 de Agosto del presente año y que es la Lista Celeste y Blanca. Comisionar al
Sr. Apoderado de este Partido Municipal PARTICIPACION Y ACCION VECINAL, Don
Ybarra, Facundo David DNI N° 34.242.641, a presentar por ante la Honorable Junta
Electoral de la Provincia, solicitud de esta Junta Electoral Partidaria, mediante
nota y adjuntando la presente Acta, solicitando autorización de la misma a los
fines de proceder a interrumpir el Cronograma Electoral, y proceder a Consagrar y
poner en posesión de sus cargos a los postulantes de la Lista Celeste y Blanca,
debido a haber sido la única presentada. Siendo las horas 11:45 y habiendo dado
cumplimiento a lo estipulado en el Cronograma Electoral previsto para las
elecciones internas partidarias, se procede a firmar la presente acta a los fines
de dejar constancia de lo actuado. Lista Celeste y Blanca: Asamblea General
Municipal:
1° Delegado Bagne Maria Laura DNI: 31137923, 2° Delegado Cano José Luís DNI:
12675790, 3° Delegado Carrizo Benito Cirilo DNI: 10429444. Mesa Ejecutiva:
Presidente Lara Maria Justina, DNI:16175574, Vicepresidente Luna Roberto Gustavo,
DNI: 32235149, Sec. Actas y Org. Nieva Elizabeth Del Valle, DNI: 31543249.
Comisión Revisora de Cuentas: Presidente Alvarez Ana Vilma DNI: 25541888,
Vicepresidente Abdala Lucas Rolando, DNI: 27721164, Secretario Davila Adriano
Ruben, DNI: 31543112. Junta Electoral: De Jesús Diego Martín, DNI: 36157511,
Bayona Cesar Antonio, DNI: 30299960, Galarce Anahi Celeste, DNI: 33835181. E y V
16/06/2011. $76,96. Aviso N° 159.101.
Aviso número 159095
SOCIEDADES / PARTIDO MOVIVIENTO DE INCLUSION Y ORGANIZACIÓN (M.I.O.)
POR 1 DIA - Junta Electoral: PARTIDO MOVIMIENTO DE INCLUSION y ORGANIZACIÓN
(M.I.O.) Resolución N° 11. En la ciudad de Concepción, Departamento Chicligasta.
a los 11 días del mes de Junio del 2011 y siendo las horas 08:00, esta junta
electoral, reunida en la sede partidaria de calle República de Siria 1346 de esta
ciudad, a los fines de resolver y tratar lo que a continuación exponemos; que
hasta el día de la fecha esta Junta Electoral, ha venido dando cumplimiento a
cada uno de los puntos previstos en el Cronograma Electoral fijado para la
próximas elecciones Partidarias convocadas para el 14 de mes en curso, mediante
las cuales se determinaran los candidatos que el Partido Provincial MOVIMIENTO DE
INCLUSION y ORGANIZACION. (M.I.O.), presentara para consideración de la
ciudadanía en la elecciones provinciales generales del 28 de Agosto próximo en
las categorías de Legisladores, Intendentes, Concejales y Comisionados Comunales
y teniendo en cuenta, que por ante nosotros como Órgano partidario responsable,
en la organización y fiscalización de tales comicios, solo se presento una Única
lista de candidatos identificada como Lista Blanca, la cual solo presenta
candidatos en las categorías de legisladores, intendentes, concejales y
comisionados comunales, que tal situación merece ser tratada y resuelta por esta
Junta Electoral, por ellos resolvemos lo siguiente: 1- Oficializar, a la
totalidad de los Candidatos presentados por la Lista Blanca, presentados por ante
esta Junta Electoral. 2- Dar por interrumpido el Cronograma Electoral previsto y
que a la fecha se daba cumplimiento, por la razón de la presentación de una única
lista de candidatos, la cual en el punto precedente se da por oficializada. 3-
Remitir las actuaciones llevadas a cabo por esta Junta Electoral, amparadas en el
Cronograma eleccionario previsto, a las autoridades del Partido Provincial
MOVIMIENTO DE INCLUSION y ORGANIZACIÓN (M.I.O.), para que los mismos procedan a
comunicar a las autoridades de la Honorable Junta Electoral Provincial, de lo
resuelto. Sin más que tratar y resolver, siendo las 09:55 horas, se da por
finalizada la presente reunión de esta Junta Electoral, procediéndose a firmar
dos ejemplares de un mismo tenor y para un solo fin. E y V 16/06/2011. $84,18.
Aviso N° 159.095.
Aviso número 159125
SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "24 DE SEPTIEMBRE
POR 1 DIA - Partido Municipal "24 DE SEPTIEMBRE". Cronograma electoral de
elecciones internas del partido para cubrir cargos electivos en las elecciones
provinciales del día 28 de agosto de 2011 a saber: a. Fíjase para el día 18 de
junio del corriente año a hs. 08:00 exhibición de padrones provisorios; b. Hs.
10:00 vencimiento para la presentación de listas para cubrir cargos electivos; c.
Hs. 11.00 período de impugnaciones, resolución de las mismas; d. Hs 13:00
exhibición de padrones definitivos designación de autoridades de mesas y lugar de
votación; e. Hs. 16:30 presentación de voto testigo y mazo de votos; f. Fíjase el
día 19 de junio Hs. 08:00 Apertura de mesas para elección cargos electivos y
cierre de escrutinio a hs. 18:00; g. Hs.20:00 escrutinio definitivo y
proclamación de lista ganadora. Fdo. Eduardo Moussa, Apoderado. E y V 16/06/2011.
$31,38. Aviso N° 159.125.
Aviso número 159132
SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "ALDERETES EN ACCION
POR 1 DIA - Partido Municipal " ALDERETES EN ACCION". Cronograma electoral de
elecciones internas del partido para cubrir cargos electivos en las elecciones
provinciales del día 28 de agosto de 2011 a saber: a. Fíjase para el día 18 de
junio del corriente año a hs. 08:00 exhibición de padrones provisorios; b. Hs.
10:00 vencimiento para la presentación de listas para cubrir cargos electivos; c.
Hs. 11:00 período de impugnaciones, resolución de las mismas; d. Hs 13:00
exhibición de padrones definitivos designación de autoridades de mesas y lugar de
votación; e. Hs. 16:30 presentación de voto testigo y mazo de votos; f. Fíjase el
día 19 de junio Hs. 08:00 Apertura de mesas para elección cargos electivos y
cierre de escrutinio a hs. 18:00; g. Hs. 20:00 escrutinio definitivo y
proclamación de lista ganadora. Fdo. Eduardo Moussa, Apoderado. E y V 16/06/2011.
$31,457. Aviso N° 159.132.
Aviso número 159133
SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "ALTERNATIVA VECINAL POR ALDERETES
POR 1 DIA - Partido Municipal "ALTERNATIVA VECINAL POR ALDERETES". Cronograma
electoral de elecciones internas del partido para cubrir cargos electivos en las
elecciones provinciales del día 28 de agosto de 2011 a saber: a. Fíjase para el
día 18 de junio del corriente año a hs. 08:00 exhibición de padrones provisorios;
b. Hs. 10:00 vencimiento para la presentación de listas para cubrir cargos
electivos; c. Hs. 11:00 período de impugnaciones, resolución de las mismas; d. Hs
13:00 exhibición de padrones definitivos designación de autoridades de mesas y
lugar de votación; e. Hs. 16:30 presentación de voto testigo y mazo de votos; f.
Fíjase el día 19 de junio Hs.08:00 Apertura de mesas para elección cargos
electivos y cierre de escrutinio a hs. 18:00; g. Hs. 20:00 escrutinio definitivo
y proclamación de lista ganadora. Fdo. Eduardo Moussa, Apoderado. E y V
16/06/2011. $31,97. Aviso N° 159.133.
Aviso número 159127
SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "CON CONVICCION SE PUEDE
POR 1 DIA - Partido Municipal "CON CONVICCION SE PUEDE". Cronograma electoral de
elecciones internas del partido para cubrir cargos electivos en las elecciones
provinciales del día 28 de agosto de 2011 a saber: a. Fíjase para el día 18 de
junio del corriente año a hs. 08:00 exhibición de padrones provisorios; b. Hs.
10:00 vencimiento para la presentación de listas para cubrir cargos electivos; c.
Hs. 11:00 periodo de impugnaciones, resolución de las mismas; d. Hs 13:00
exhibición de padrones definitivos designación de autoridades de mesas y lugar de
votación; e. Hs. 16:30 presentación de voto testigo y mazo de votos; f. Día 19 de
junio Hs. 08:00 Apertura de mesas para elección cargos electivos y cierre de
escrutinio a hs. 18:00; g. Hs. 20:00 escrutinio definitivo y proclamación de
lista ganadora. Fdo. Eduardo Moussa, Apoderado. E y V 16/06/2011. $31,64. Aviso
N° 159.127.
Aviso número 159126
SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "CRECIMIENTO Y PROGRESO
POR 1 DIA - Partido Municipal "CRECIMIENTO Y PROGRESO". Cronograma electoral de
elecciones internas del partido para cubrir cargos electivos en las elecciones
provinciales del día 28 de agosto de 2011 a saber: a. Fíjase para el día 18 de
junio del corriente año a hs. 08:00 exhibición de padrones provisorios; b. Hs.
10:00 vencimiento para la presentación de listas para cubrir cargos electivos; c.
Hs. 11:00 período de impugnaciones, resolución de las mismas; d. Hs 13:00
exhibición de padrones definitivos designación de autoridades de mesas y lugar de
votación; e. Hs. 16:30 presentación de voto testigo y mazo de votos; f. Día 19 de
junio Hs. 08:00 Apertura de mesas para elección cargos electivos y cierre de
escrutinio a hs. 18:00; g. Hs.20:00 escrutinio definitivo y proclamación de lista
ganadora. Fdo. Eduardo Moussa, Apoderado. E y V 16/06/2011. $31,60. Aviso
N°159.126.
Aviso número 159134
SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "LUCHEMOS JUNTOS POR ALDERETES
POR 1 DIA - Partido Municipal "LUCHEMOS JUNTOS POR ALDERETES". Cronograma
electoral de elecciones internas del partido para cubrir cargos electivos en las
elecciones provinciales del día 28 de agosto de 2011 a saber: a. Fíjase para el
día 18 de junio del corriente año a hs. 08:00 exhibición de padrones provisorios;
b. Hs. 10:00 vencimiento para la presentación de listas para cubrir cargos
electivos; c. Hs. 11:00 período de impugnaciones, resolución de las mismas; d. Hs
13:00 exhibición de padrones definitivos designación de autoridades de mesas y
lugar de votación; e. Hs. 16:30 presentación de voto testigo y mazo de votos; f.
Fíjase el día 19 de junio Hs. 08:00 Apertura de mesas para elección cargos
electivos y cierre de escrutinio a hs. 18:00; g. Hs. 20:00 escrutinio definitivo
y proclamación de lista ganadora. Fdo. Eduardo Moussa, Apoderado. E y V
16/06/2011. $31,82. Aviso N° 159.134.
Aviso número 159128
SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "LUZ Y VIDA
POR 1 DIA - Partido Municipal "LUZ Y VIDA". Cronograma electoral de elecciones
internas del partido para cubrir cargos electivos en las elecciones provinciales
del día 28 de agosto de 2011 a saber: a. Fíjase para el día 18 de junio del
corriente año a hs. 08:00 exhibición de padrones provisorios; b. Hs. 10:00
vencimiento para la presentación de listas para cubrir cargos electivos; c. Hs.
11:00 periodo de impugnaciones, resolución de las mismas; d. Hs 13:00 exhibición
de padrones definitivos designación de autoridades de mesas y lugar de votación;
e. Hs. 16:30 presentación de voto testigo y mazo de votos; f. Fíjase el día 19 de
junio Hs. 08:00 Apertura de mesas para elección cargos electivos y cierre de
escrutinio a hs. 18:00; g. Hs. 20:00 escrutinio definitivo y proclamación de
lista ganadora. Fdo. Eduardo Moussa, Apoderado. E y V 16/06/2011. $31,15. Aviso
N° 159.128.
Aviso número 159130
SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "MILITANCIA Y LEALTAD
POR 1 DIA - Partido Municipal "MILITANCIA Y LEALTAD" Cronograma electoral de
elecciones internas del partido para cubrir cargos electivos en las elecciones
provinciales del día 28 de agosto de 2011 a saber: a. Fíjase para el día 18 de
junio del corriente año a hs. 08:00 exhibición de padrones provisorios; b. Hs.
10:00 vencimiento para la presentación de listas para cubrir cargos electivos; c.
Hs. 11:00 periodo de impugnaciones, resolución de las mismas; d. Hs 13:00
exhibición de padrones definitivos designación de autoridades de mesas y lugar de
votación; e. Hs. 16:30 presentación de voto testigo y mazo de votos; f. Fíjase el
día 19 de junio Hs. 08:00 Apertura de mesas para elección cargos electivos y
cierre de escrutinio a hs. 18:00; g. Hs. 20:00 escrutinio definitivo y
proclamación de lista ganadora. Fdo. Eduardo Moussa, Apoderado. E y V 16/06/2011.
$31,49. Aviso N° 159.130.
Aviso número 159121
SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "MOVIMIENTO DE ACCION MUNICIPAL
POR 1 DIA - Partido Municipal "MOVIMIENTO DE ACCION MUNICIPAL" Cronograma
electoral de elecciones internas del partido para cubrir cargos electivos en las
elecciones provinciales del día 28 de agosto de 2011 a saber: a. Fíjase para el
día 18 de junio del corriente año a hs. 08:00 exhibición de padrones provisorios;
b. Hs. 10:00 vencimiento para la presentación de listas para cubrir cargos
electivos; c. Hs. 11:00 periodo de impugnaciones, resolución de las mismas; d. Hs
13:00 exhibición de padrones definitivos designación de autoridades de mesas y
lugar de votación; e. Hs. 16:30 presentación de voto testigo y mazo de votos; f.
Día 19 de junio Hs.08:00 Apertura de mesas para elección cargos electivos y
cierre de escrutinio a hs.18:00; g. Hs.20:00 escrutinio definitivo y proclamación
de lista ganadora. Fdo. Eduardo Moussa, Apoderado. E y V 16/06/2011. $31,86.
Aviso N° 159.121.
Aviso número 159131
SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "NUEVA DIRIGENCIA
POR 1 DIA - Partido Municipal "NUEVA DIRIGENCIA" Cronograma electoral de
elecciones internas del partido para cubrir cargos electivos en las elecciones
provinciales del día 28 de agosto de 2011 a saber: a. Fíjase para el día 18 de
junio del corriente año a hs. 08:00 exhibición de padrones provisorios; b. Hs.
10:00 vencimiento para la presentación de listas para cubrir cargos electivos; c.
Hs. 11:00 periodo de impugnaciones, resolución de las mismas; d. Hs 13:00
exhibición de padrones definitivos designación de autoridades de mesas y lugar de
votación; e. Hs. 16:30 presentación de voto testigo y mazo de votos; f. Día 19 de
junio Hs. 08:00 Apertura de mesas para elección cargos electivos y cierre de
escrutinio a hs. 18:00; g. Hs.20:00 escrutinio definitivo y proclamación de lista
ganadora. Fdo. Eduardo Moussa, Apoderado. E y V 16/06/2011. $31,34. Aviso N°
159.131.
Aviso número 159123
SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL "VECINOS UNIDOS POR DEMOCRACIA
POR 1 DIA - Partido Municipal "VECINOS UNIDOS POR DEMOCRACIA". Cronograma
electoral de elecciones internas del partido para cubrir cargos electivos en las
elecciones provinciales del día 28 de agosto de 2011 a saber: a. Fíjase para el
día 18 de junio del corriente año a hs. 08:00 exhibición de padrones provisorios;
b. Hs. 10:00 vencimiento para la presentación de listas para cubrir cargos
electivos; c. Hs. ll:00 periodo de impugnaciones, resolución de las mismas; d. Hs
13:00 exhibición de padrones definitivos designación de autoridades de mesas y
lugar de votación; e. Hs. 16:30 presentación de voto testigo y mazo de votos; f.
Día 19 de junio Hs.08:00 Apertura de mesas para elección cargos electivos y
cierre de escrutinio a hs.18:00; g. Hs.20:00 escrutinio definitivo y proclamación
de lista ganadora. Fdo. Eduardo Moussa, Apoderado. E y V 16/06/2011. $31,86.
Aviso N° 159.123.
Aviso número 159116
SOCIEDADES / PARTIDO TUCUMAN EN POSITIVO
POR 1 DIA - "PARTIDO TUCUMAN EN POSITIVO" Fernando Rogel Chaler, apoderado del
Partido Tucumán en Positivo, me dirijo a Ud. a fin informarle que habiéndose
cumplido con la debida convocatoria a internas para cargos partidarios y cargos
electivos para las elecciones del 28 de agosto del corriente año, cumpliéndose en
tiempo y forma con el cronograma electoral, solo se presentó la lista N° 1
Celeste y Blanca, presentando candidatos para todos los cargos partidarios y para
legisladores en las tres secciones electorales de la Provincia, intendentes y
concejales de los diferentes municipios, y comisionados comunales de toda la
Provincia. En consecuencia y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 41 de
la Ley 5.454, no es necesaria la celebración de internas del Partido Tucumán en
Positivo, procediéndose a la proclamación de candidatos. Siendo las autoridades
partidarias las siguientes. Presidente Vargas Aignasse Emiliano, D.N.I.
25.373.978, Vicepresidente Primero, Mendez Isabel, D.N.I. 18.013.485,
Vicepresidente Segundo, Rogel Chaler Fernando J., D.N.I. 20.991.300, Secretario,
Alvarez Argentina Del Carmen, D.N.I. 10.219.093, Tesorero, Ibarra Ines Alicia,
D.N.I. 12.869.324, Vocal Prensa, Aguirre Rosa Ramona, D.N.I. 22.725.619, Vocal
Propaganda, Forqueras Elina Mercedes, D.N.I. 26.782.364, Vocal Movilización,
Trejo Teofilo Armando, D.N.I. 11.708.089 y Vocal Gestion General, Jerez Maria
Ines, D.N.I. 12.209.612. Asamblea Provincial compuesta por Capital Soria Marcos
Eduardo, D.N.I. 28.147.230, Villareal David Diego, D.N.I. 27.886.502, Molina
Horacio Martín, D.N.I. 14.414.524, Salguero Hector Adolfo, D.N.I. 14.353.011, Paz
Hector Rafael, D.N.I. 16.027.763, García Alonso Carolina Raquel, D.N.I.
22.685.164, Carabajal Nancy Cristina, D.N.I. 22.031.174, López Maria Antonia
D.N.I. 16.932.677 e Interior Aguilar Francisco Manuel D.N.I. 8.477.801,
Albarracin Adrián Alfredo, D.N.I. 32.459.503, Albornoz Cristian Rene, D.N.I.
26.137.341, Arroyo Antonio Cayetano D.N.I. 23.238.728, Cabrera Carmen Reinalda,
D.N.I. 1783237, Cuevas Juan Adrian, D.N.I. 30.550.945, Emeterio Toscano Matías
Luciano, D.N.I. 36.865.350, Herrera Daiana Yanette, D.N.I. 34.860.963. Núcleo de
Base, Figueredo Pedro Víctor D.N.I. 7.048.849, Luna Ana Lia, D.N.I. 21.336.402,
Espeche Esteban Rodolfo, D.N.I. 28.290.364, Nieva Blanca Alicia, D.N.I. 2276924
Concejo de Garantia y Etica, Maria Cristina Sandoval, D.N.I. 20.759.937, Roldan
Teresita, D.N.I. 14.225.684, Nazar Nora Imelda Del V., D.N.I. 10.739.994, Ibarra
Stella Maris, D.N.I. 14.226.584, Molina Olga Ramona, D.N.I. 18.570.150, Cabrera
Silvia Beatriz, D.N.I. 18.184.878., Robles Ester Fanny, D.N.I. 25.503.280.
Comisión de Control Finaciero, Mazzaglia Nelida, D.N.I. 5.136.672, Sleiman Marta
Mercedes, D.N.I. 27.594.785, Spelzini Amalia Mercedes, D.N.I. 6261280, Alonso
Marta Elena Fatima, D.N.I. 11.064.880, Zarate Gloria Marcela, D.N.I. 27.631.268
Junta Electoral: Galvan, Marta Lindaura, D.N.I. 4.939.204, Monserrat Julio Cesar,
D.N.I. 14.410.190, Villagra Juan Manuel D.N.I. 22.331.337, Wilde Julio Cesar
D.N.I. 11.915.195, Rosales Walter Ruben, D.N.I. 13279553, López Marta Antonia,
D.N.I. 24.622.681, Puebla Adriana Marcela, D.N.I. 25.444.033. Reservando la
presentación de los candidatos a legisladores, intendentes, concejales y
comisionados comunales en las tres secciones electorales para su oportunidad.
Fdo.: Fernando Rogel Chaler, Apoderado. E y V 16/06/2011. $126,36. Aviso N°
159.116.
Aviso número 159102
SOCIEDADES / POR SIEMPRE JÓVENES
POR 1 DÍA - La comisión Directiva del Departamento de la Tercera Edad "POR
SIEMPRE JÓVENES", convoca a sus asociados a Asamblea General Ordinaria para el
día 22 de Junio del 2011, a Horas 17, en el local de la Dirección de Deportes,
situado en calle Leandro Araoz N° 257 de la Ciudad de Monteros, para tratar el
siguiente Orden del Día: 1°) Lectura y aprobación de Memoria, Inventario,
Balance, Informe de Comisión Revisora de Cuentas, correspondiente al ejercicio
2010, (01/01/10 al 31/12/10). 2°) Designación de dos socios para firmar el acta.
Graciela Eleas de Senise, Presidenta. E y V 16/06/2011. $25. Aviso N° 159.102.
Aviso número 159111
SOCIEDADES / SOCIEDAD SIRIO LIBANESA DE TUCUMAN
POR 2 DIAS - La Comisión Directiva de la SOCIEDAD SIRIO LIBANESA DE TUCUMAN, con
sede social sita en calle Maipú N° 575, de esta ciudad capital mediante Acta de
fecha 10 de mayo de 2.011, resuelve: Convocar a Asamblea General Anual Ordinaria
de socios para el día 30 de julio de 2.011 a partir de horas 17:00, en su sede
sita en calle Maipú N° 575, de esta ciudad capital, con el siguiente orden del
día: 1°: Designación de dos socios para la firma junto a la Comisión Directiva de
las actas. 2°: Tratamiento y aprobación de la memoria, inventario, estados
contables. Informe de la Comisión Revisora de Cuentas del ejercicio económico
iniciado el 01 de abril de 2.010 y finalizado el día 31 de marzo de 2.011.
Asimismo se pone a disposición de los asociados toda la documentación
correspondiente.- Firmado: Sr. Segundo José El Eter -Presidente; CPN. José
Alberto Asfoura - Secretario.- E 16 y V 17/06/2011. $67,27. Aviso N° 159.111.
Aviso número 159096
SOCIEDADES / UN LUGAR EN EL MUNDO
POR 1 DIA - La Comisión Directiva del Centro de Jubilados y Pensionados "UN LUGAR
EN EL MUNDO" cita a sus asociados a la asamblea general ordinaria a realizarse el
día 21 de junio del corriente a las 17:30 horas en su sede de calle Belizario
Lopez 504 para tratarse el siguiente orden del día: 1- Elección de 2 socios para
refrendar el Acta. 2- Elección de los miembros de la Junta Electoral y el día 21
de julio acto eleccionario de 13:00 a 18:00 hs, y a las 18:00 hs proclamación de
las Autoridades electas y elección de 2 socios para refrendar el acta. Pilar
Garcia, Presidente. E y V 16/06/2011. $25. Aviso N° 159.096.
Aviso número 159007
SUCESIONES / ABELARDO CAYO FERNANDEZ PERRIS
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Claudia Inés Lopez a cargo del
Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VIª Nom., cítese por tres días a los
herederos o acreedores de ABELARDO CAYO FERNANDEZ PERRIS, cuya sucesión tramítase
por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 14 de Abril de
2011. Fdo. Dra. Ma. Laura García Lizarraga, Sec. Jud. E 14 y V 16/06/2011. $30.
Aviso N° 159.007.
Aviso número 159119
SUCESIONES / ALBERTO RAMON HARO
POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°
Nominación, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante:
ALBERTO RAMON HARO M.I. N° 8.090.845, fallecido el 07 de Noviembre de 2009, cuya
sucesión tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
06 de Junio de 2011. Fdo.: Dra. De Piero Maria Giselle, Secretaria. E 16 y V
21/06/2011. $30. Aviso Nº 159. 119.
Aviso número 159066
SUCESIONES / ANTONIO ALFREDO VELAZQUEZ
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez Dra. Sara Nilda del V. Valverde, del
Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Ia. Nominación, del Centro Judicial
Concepción, Depto. Chicligasta, Provincia de Tucumán, Secretaría del
autorizante, cítese por tres días a los herederos o acreedores ANTONIO ALFREDO
VELAZQUEZ, D.N.I. N° 6.978.540 , cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría
del autorizante. Concepción, 12 de Mayo de 2011. Fdo. Dr. Roberto Javier Jose
Zelaya, secretario. E 15 y V 17/06/2011. $30. Aviso N° 159.066.
Aviso número 159086
SUCESIONES / BETTY LUISA CRISTIANI L.C. Nº 8.921.155
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Claudia Inés Lopez a cargo del
Juzgado en Familia y Sucesiones de la VIª Nom., cítese por tres días a los
herederos o acreedores de BETTY LUISA CRISTIANI, L.C. N° 8.921.155, cuya sucesión
tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 7 de
Junio de 2011. Fdo. Dra. Marta María Norry, Secretaria. E 15 y V 17/06/2011.
$30. Aviso N° 159.086.
Aviso número 158988
SUCESIONES / BONIFACIO DE JESUS PACHECO
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez Dra. Sara Nilda del V. Valverde, del
Juzgado Civil en familia y sucesiones de la Ia. Nominación, del Centro Judicial
Concepción, Depto. Chicligasta, Provincia de Tucumán, Secretaría de la Dra. María
Elisa Gallo, cítese por tres días a los herederos o acreedores de BONIFACIO DE
JESUS PACHECO, M.I. N° 3.487.214, cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría
del autorizante. Concepción, 6 de octubre de 2010. Dra. María Elisa Gallo, Sec.
Judicial. E 14 y V 16/06/2.011. $30. Aviso N° 158.988.
Aviso número 159104
SUCESIONES / CARLOS VICENTE BACHE
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días
a los herederos o acreedores de CARLOS VICENTE BACHE (D.I. N° 8.066.104), cuya
sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
30 de mayo de 2011.- Proc. Marcela Fabiana Flores, Sec. Judicial. E 16 y V
21/06/2.011. $30. Aviso N° 159.104.
Aviso número 159100
SUCESIONES / CARMEN ABELLA M.I. Nº 2.525.035
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Claudia Inés Lopez a cargo del
Juzgado en Familia y Sucesiones de la VIª Nom., cítese por tres días a los
herederos o acreedores de CARMEN ABELLA M.I. N° 2.525.035 , cuya sucesión
tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 31 de
Mayo de 2011. Fdo. Dra. Marta María Norry, Secretaria. E 16 y V 21/06/2011. $30.
Aviso N° 159.100.
Aviso número 159006
SUCESIONES / ENRIQUE HUGO TULA
POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°
Nominación, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante:
ENRIQUE HUGO TULA, M.I. N° 7.072.680, fallecido el 07 de Julio 09, cuya sucesión
tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 09 de
Junio de 2011. Fdo. Guillermo Isaías Grabar, Pros. Jud. E 14 y V 16/06/2011. $30.
Aviso N° 159.006.
Aviso número 159107
SUCESIONES / FERMIN JUSTO GRAMAJO
POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°
Nominación, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante:
FERMIN JUSTO GRAMAJO, D.N.I N° 20.757.732, fallecido el 20 de Noviembre de 2008,
cuya sucesión tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de
Tucumán, 11 de Mayo de 2011. Fdo. Guillermo Isaias Grabar, Secretario. E 16 y V
21/06/2011. $30. Aviso N° 159.107.
Aviso número 159012
SUCESIONES / GEREZ LUIS PABLO D.N.I. Nº 4.374.477
POR 3 DIAS - Por Disposición de la Sra. Juez, Dra. Maria Elisa Villafañe de De
Mitri, del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la IIa. Nominación Centro
Judicial de Concepción, cítese por tres días a los herederos o acreedores de la
sucesión de: GEREZ LUIS PABLO D.N.I. N° 4.374.477. Concepción, 06 de Junio de
2011. Fdo. Proc. Sandra M. de Papiz Cruz, Prosecretario. E 14 y V 16/06/2011.
$30. Aviso N° 159.012.
Aviso número 159082
SUCESIONES / IDALIA DEL CARMEN IÑIGO M.I. Nº 6.637.539
POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°
Nominación, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante:
IDALIA DEL CARMEN IÑIGO, M.I. N° 6.637.539, fallecida el 04 de Abril de 2004,
cuya sucesión tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de
Tucumán, 31 de Mayo de 2011. Fdo. María Angélica Gonzalez de García,
Prosecretario. Libre de Derechos.- E 15 y V 17/06/2011. Libre de Derechos. Aviso
N° 159.082.
Aviso número 159001
SUCESIONES / JOSE ANTONIO RODRIGUEZ
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Sylvia García Zavalía de
Sanchez Iturbe del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la II° Nominación,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de JOSE ANTONIO RODRIGUEZ, D.I.
N° 8.518.144, cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del autorizante.
Libre de Derechos. San Miguel de Tucumán, 23 de Mayo de 2011. Fdo.Dra Marta
María Posse, Sec. Judi. E 14 y V 16/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.001.
Aviso número 159117
SUCESIONES / "JOSE MERCEDES GRANEROS"
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Familia y Sucesiones
IIIa. Nom. Centro Judicial Concepción, cítese por tres días a los herederos o
acreedores de "JOSE MERCEDES GRANEROS", cuya sucesión tramítase por ante la
Secretaría del autorizante. Secretaría, 31 de Mayo de 2011. Fdo. Rolando Andrés
Cabrera, Secretario. E 16 y V 21/06/2011. $30. Aviso N° 159.117.
Aviso número 159091
SUCESIONES / JOSE NAPOLEON ORTEGA
POR 3 DIAS - Por Disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°
Nominación, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante:
JOSE NAPOLEON ORTEGA, M.I. N° 3.629.401, fallecido el 15 de Marzo de 1994 y MARIA
DOMINGA LOPEZ, M.I. N° 0.964.268, Fallecida el 16 de Noviembre de 1984, cuya
sucesión tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
13 de Junio de 2011. Fdo. Guillermo Isaias Gabar, Secretario. E 16 y V
21/06/2011. $30. Aviso N° 159.091.
Aviso número 159114
SUCESIONES / JOSE VICENTE SILVA M.I. Nº 11.910.595
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Claudia Inés Lopez a cargo del
Juzgado en Familia y Sucesiones de la VIª Nom., cítese por tres días a los
herederos o acreedores de JOSE VICENTE SILVA, M.I. N° 11.910.595, cuya sucesión
tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de Mayo
de 2011. Fdo. Dra. María Laura García Lizarraga, Secretaria. E 16 y V 21/06/2011.
$30. Aviso N° 159.114.
Aviso número 158989
SUCESIONES / LAURO HERRERA (H) ROSARIO DIAZ
POR 3 DIAS - Por disposición de S.S. Dra. Silvia Karina Lescano de Francesco,
Juez a cargo del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Primera Nominación,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de LAURO (H) HERRERA, Y ROSARIO
DIAZ, cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel
de Tucumán, 24 de Mayo de 2011. Dr José Fabricio Argiro, Sec.Jud. E 14 y V
16/06/2011. $30. Aviso N° 158.989.
Aviso número 159069
SUCESIONES / MANUEL BENJAMIN SIGAMPA M.I. Nº 11.197.109
POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°
Nominación, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante:
MANUEL BENJAMIN SIGAMPA, M.I. N° 11.197.109, fallecido el 10 de Febrero de 2009,
cuya sucesión tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de
Tucumán, 31 de Mayo de 2011. Fdo. Dr. Guillermo Isaias Gabar, Prosecretario. E 15
y V 17/06/2011. $30. Aviso N° 159.069.
Aviso número 159054
SUCESIONES / MARIA ISABEL GALVAN
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez Dra. Claudia Inés López, a cargo del
Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VIa. Nom., cítese por tres días a los
herederos o acreedores de MARIA ISABEL GALVAN, D.N.I. N° 13.475.022, cuya
sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. Libre de derechos Ley N°
6314. San Miguel de Tucumán, 26 de mayo de 2011. Dra. Marta María Norry, Sec.
Jud. E 15 y V 17/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.054.
Aviso número 159009
SUCESIONES / MARIA LUISA ABACA
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez Dra. Claudia Inés López, a cargo del
Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VIa. Nom., cítese por tres días a los
herederos o acreedores de MARIA LUISA ABACA, M.I. N° F 5.083.561, cuya sucesión
tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 10 de
junio de 2011. Dra. Marta María Norry, Sec. Jud. E 14 y V 16/06/2011. $30. Aviso
N° 159.009.
Aviso número 158986
SUCESIONES / MARIANA BEATRIZ IBAR
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado en Familia y Sucesiones
de la III° Nom. Centro Judicial Concepción, cítese por tres días a los herederos
o acreedores de "MARIANA BEATRIZ IBAR", cuya sucesión tramítase por ante la
Secretaría del autorizante. Secretaría, 08 de junio de 2011. Rolando Andrés
Cabrera,. Sec. Jud. E 14 y V 16/06/2011. $30. Aviso N° 158.986.
Aviso número 159008
SUCESIONES / MIGUEL MARTIN
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez Dra. Claudia Inés López, a cargo del
Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VIa. Nom., cítese por tres días a los
herederos o acreedores de MIGUEL MARTIN, D.N.I. N° 7.161.317 y de EMILIA RUIZ F.
1.611.429, cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San
Miguel de Tucumán, 9 de junio de 2011. Dra. Marta María Norry, Sec. Judicial. E
14 y V 16/06/2011. $30. Aviso N° 159.008.
Aviso número 159118
SUCESIONES / RAMON EDUARDO CAMPBELL D.N.I. Nº 7.016.350
POR 3 DIAS - Por disposición de S.S. Dra. Silvia Karina Lescano de Francesco,
Juez a cargo del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Primera Nominación,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de RAMON EDUARDO CAMPBELL
D.N.I. N° 7.016.350, cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del
autorizante. San Miguel de Tucumán, 24 de Mayo de 2011.- Fdo. José Fabricio
Argiro, Sec. Judicial. E 16 y V 21/06/2011. $30. Aviso N° 159.118.
Aviso número 159056
SUCESIONES / REYNOSO ENRIQUE ANTONIO
POR 3 DIAS - Por Disposición de la Sra. Juez, Dra. María Elisa Villafañe de De
Mitri, del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la IIa. Nominación Centro
Judicial de Concepción, cítese por tres días a los herederos o acreedores de la
sucesión de: "REYNOSO ENRIQUE ANTONIO, D.N.I. N° 35.914.186.- Concepción, 29 de
octubre de 2010. Proc. Sandra M. de Papiz Cruz, Sec. Jud. E 15 y V 17/06/2011.
$30. Aviso N° 159.056.
Aviso número 159098
SUCESIONES / ROBIN BRITO
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Familia y Sucesiones
IIIa. Nom. Centro Judicial Concepción, cítese por tres días a los herederos o
acreedores de "ROBIN BRITO", cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del
autorizante. Secretaría, 1 de Junio de 2011. Fdo. Rolando Andrés Cabrera,
Prosecretario. E 16 y V 21/06/2011. $30. Aviso N° 159.098.
Aviso número 159058
SUCESIONES / SABINA ROLDAN Y/O SAVINA ROLDAN
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días
a los herederos o acreedores de SABINA ROLDAN Y/O SAVINA ROLDAN D.I. N°
9.476.107, cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San
Miguel de Tucumán, 26 de Mayo de 2011. Fdo. Marcela Fabiana Flores, Secret.
Judicial. E 15 y 17/06/2011. $30. Aviso N° 159.058.
Aviso número 159059
SUCESIONES / SEGUNDO FROILAN AMAYA, Nº 3.842.650
POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°
Nominación, cítase por Tres Días a los herederos o acreedores del causante:
SEGUNDO FROILAN AMAYA, N° 3.842.650, fallecido el 04 de Febrero de 2006, cuya
sucesión tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
16 de Mayo de 2011. Fdo. Dr. Robin Marquez Raul Angel, Sec. Judicial. E 15 y V
17/06/2011. $30. Aviso N° 159.059.
Aviso número 159042
SUCESIONES / VITO LA BRUNA
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez Dra. Claudia Inés López, a cargo del
Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VIa. Nom., cítese por tres días a los
herederos o acreedores de VITO LA BRUNA, cuya sucesión tramita por ante la
Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 7 de junio de 2011. Dra. Marta
María Norry, Sec. Judicial. E 15 y V 17/06/2011. $30. Aviso N° 159.042.
Aviso número 159135
VARIOS / FE DE ERRATAS - LEALTAD ES LO PRIMERO
Fe de Erratas - Se hace saber que en Aviso N° 159.067 publicado en el Boletín de
fecha 15/06/2011, correspondiente a Partido Municipal LEALTAD ES LO PRIMERO,
donde dice: "f. Dia 11 de junio..." debió decir: "f. Dia 17 de junio..."
Numero de boletin: 27552
Fecha: 16/06/2011