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7/23/2019 o 653898 http://slidepdf.com/reader/full/o-653898 1/4   C   O   P   I   A   S   I   N    V   A   L   O   R    L   E   G   A   L    "    V   e   r   s    i    ó   n    d    i   g    i    t   a    l    d   e   c   o   n   s   u    l    t   a  ,   c   a   r   e   c   e    d   e   v   a    l   o   r    l   e   g   a    l    (   a   r    t    í   c   u    l   o    8    d   e    l   a    L   e   y    d   e    l    P   e   r    i    ó    d    i   c   o    O    f    i   c    i   a    l    )    " P ERIODICO  O FICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Las leyes y demás disposiciones  son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico.  Registrado  como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921. Fundado en 1867 TOMO CLVII Morelia, Mich., Viernes 13 de Septiembre del 2013  NUM. 79 Responsable de la Publicación Secretaría de Gobierno D I R E C T O R I O Gobernador del Estado de Michoacán de Ocampo Lic. José Jesús Reyna García Secretario de Gobierno Lic. José Jaime Mares Camarena Director del Periódico Oficial Lic. Edgar Bravo Avellaneda Aparece ordinariamente de lunes a viernes. Tiraje: 250 ejemplares Esta sección consta de 4 páginas Precio por ejemplar: $ 17.00 del día $ 23.00 atrasado Para consulta en Internet: www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial www.congresomich.gob.mx Correo electrónico [email protected] Director: Lic. Edgar Bravo Avellaneda Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 SEGUNDA S ECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84 C O N T E N I D O H.AYUNTAMIENTOCONSTITUCIONALDE TINGÜINDÍN, MICHOACÁN REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO MUNICIPALDE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE DEL MUNICIPIO DE TINGÜINDÍN, MICHOACÁN ACTA  N O. 68 En la población de Tingüindín, Michoacán de Ocampo siendo las 14:00 horas del día 14 de Agosto del año 2013, en la sala de sesiones del H. Ayuntamiento, ubicada en Portal Hidalgo No. 4 cuatro se reúnen en sesión Ordinaria los integrantes del Ayuntamiento bajo el siguiente: ORDEN DEL DÍA 1.- . . . 2.- . . . 3.- Asuntos Generales. 4.- . . . ................................................................................................................................................. ................................................................................................................................................. .............................. 3.- ASUNTOS GENERALES: a) … b) … c) … d) El Ing. Miguel Lépiz Ildefonso, presenta a los miembros de Ayuntamiento el Reglamento del Consejo Municipal de Desarrollo Rural Sustentable del Municipio de Tingüindín, Michoacán, así como también el acta de Asamblea donde es autorizado por el Comité Técnico del Consejo Municipal de Desarrollo Sustentable del Municipio de Tingüindín, Michoacán. Se anexan Copias: ................................................................................................................................................. ................................................................................................................................................. ..............................

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  G  A  L

   "   V  e  r  s   i   ó  n   d   i  g   i   t  a   l   d  e  c  o  n  s  u   l   t  a ,  c  a  r  e  c  e   d  e  v  a   l  o  r   l  e  g  a   l   (  a  r   t   í  c  u   l  o   8   d  e   l  a   L  e  y   d  e   l   P  e  r   i   ó

   d   i  c  o   O   f   i  c   i  a   l   )   "

P E R I O D I C O  O F I C I A LDEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO

DE MICHOACÁN DE OCAMPO

Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarseen este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.

Fundado en 1867 

TOMO CLVII Morelia, Mich., Viernes 13 de Septiembre del 2013  NUM. 79

Responsable de la Publicación

Secretaría de Gobierno

D I R E C T O R I O

Gobernador del Estado de

Michoacán de Ocampo

Lic. José Jesús Reyna García

Secretario de Gobierno

Lic. José Jaime Mares Camarena

Director del Periódico Oficial

Lic. Edgar Bravo Avellaneda

Aparece ordinariamente de lunes a viernes.

Tiraje: 250 ejemplares

Esta sección consta de 4 páginas

Precio por ejemplar:

$ 17.00 del día$ 23.00 atrasado

Para consulta en Internet:

www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficialwww.congresomich.gob.mx

Correo electrónico

[email protected]

Director: Lic. Edgar Bravo Avellaneda

Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 SEGUNDA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84

C O N T E N I D O

H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE

TINGÜINDÍN, MICHOACÁN

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLORURAL SUSTENTABLE DEL MUNICIPIO DE TINGÜINDÍN, MICHOACÁN

ACTA NO. 68

En la población de Tingüindín, Michoacán de Ocampo siendo las 14:00 horas del día 14 deAgosto del año 2013, en la sala de sesiones del H. Ayuntamiento, ubicada en Portal HidalgoNo. 4 cuatro se reúnen en sesión Ordinaria los integrantes del Ayuntamiento bajo el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1.- . . .

2.- . . .3.- Asuntos Generales.4.- . . .

.................................................................................................................................................

.................................................................................................................................................

..............................

3.- ASUNTOS GENERALES:

a) …

b) …

c) …

d) El Ing. Miguel Lépiz Ildefonso, presenta a los miembros de Ayuntamiento el Reglamentodel Consejo Municipal de Desarrollo Rural Sustentable del Municipio de Tingüindín,Michoacán, así como también el acta de Asamblea donde es autorizado por el Comité Técnicodel Consejo Municipal de Desarrollo Sustentable del Municipio de Tingüindín, Michoacán.Se anexan Copias:

.................................................................................................................................................

.................................................................................................................................................

..............................

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PERIODICO OFICIALPAGINA 2 Viernes 13 de Septiembre del 2013. 2a. Secc.

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  S  I  N   V  A

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  G  A  L

   "   V  e  r  s   i   ó  n   d   i  g   i   t  a   l   d  e  c  o  n  s  u   l   t  a ,  c  a  r  e  c  e   d

  e  v  a   l  o  r   l  e  g  a   l   (  a  r   t   í  c  u   l  o   8   d  e   l  a   L  e  y   d  e   l   P  e  r   i   ó   d   i  c  o   O   f   i  c   i  a   l   )   "

El cual después de ser analizado a detalle es aprobado porunanimidad.

.......................................................................................................

.......................................................................................................

....................................

4.- Clausura de Sesión.- No habiendo más asuntos que tratar, seda por terminada la sesión siendo las 15:45 horas del mismo día 14de Agosto del 2013. (Firmados).

_______________________________

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO MUNICIPALDE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE DELMUNICIPIO DE TINGÜINDÍN, MICHOACÁN

CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1º.- El presente Reglamento General tiene comoobjeto regular el funcionamiento del Consejo Municipal para elDesarrollo Rural Sustentable del Municipio de Tingüindín,Michoacán; que se constituye por el mandato de la Ley deDesarrollo Rural Sustentable en apego a los artículos 18, 23, párrafoII, 24, 25, párrafo II y V.

ARTÍCULO 2º.- Para los efectos de este Reglamento se entenderápor:

CONSEJO ESTATAL: Consejo Estatal de Desarrollo RuralSustentable.

CONSEJO DISTRITAL: Consejo Distrital para el Desarrollo Rural

Sustentable.

CONSEJO MUNICIPAL: Consejo Municipal para el DesarrolloRural Sustentable.

SAGARPA: Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural,Pesca y Alimentación.

GOBIERNO ESTATAL: Gobierno del Estado de Michoacán.

SEDRU: Secretaria de Desarrollo Rural del Gobierno del Estadode Michoacán de Ocampo.

DISTRITO: Distrito de Desarrollo Rural.

LEY: Ley de Desarrollo Rural Sustentable y la Ley de DesarrolloRural Integral Sustentable del Estado de Michoacán.

REGLAMENTO: Reglamento General del Consejo Municipalpara el Desarrollo Rural Sustentable.

CAPÍTULO IIDE LAS FACULTADES

ARTÍCULO 3º.-  El Consejo Municipal tiene las facultades quele confieren los artículos 29, 30 y 31 de la Ley que establecen lasatribuciones como sigue:

a) El Consejo Municipal es la base de la organización territorialy administrativa de las dependencias de la AdministraciónPública, Municipal, Federal, Estatal y Descentralizada;

b) Aprobación de los términos del Reglamento Interno y susposibles modificaciones;

c) Impulsar l a c reac ión de las comis iones inte rnasmunicipales;

d) Apoyar la formulación y apl icación de programasMunicipales, Distritales y Estatales del Desarrollo RuralSustentable;

e) Proteger y respetar los usos, costumbres y formasespecíficas de organización social indígena;

f) Integrar a sus programas, metas, objetivos y lineamientosestratégicos en apego al Plan de Desarrollo Municipal;

g) Definir la representatividad de los principales sistemaproducto así como el representante de los productoresde las diferentes ramas productivas tanto del sector socialcomo del privado;

h) Proponer al Consejo Distrital y Estatal como resultado delas consultas respectivas, los programas que este debaconocer en su seno y se consideren necesarios para elfomento de las actividades productivas y del DesarrolloRural Sustentable; y,

i) Evaluar los resultados de la aplicación de los programasFederales y Estatales e informar al Consejo Distrital yEstatal al respecto.

CAPÍTULO IIIDEL MUNICIPIO EN EL DESARROLLO RURAL

ARTÍCULO 4º.- El Municipio tendrá un Consejo Municipal parael Desarrollo Rural Sustentable, Órgano Colegiado; en élparticiparan las secretarías, dependencias y entidades competentesfederales, estatales y municipales correspondientes, así como larepresentación de los productores, organizaciones de los sectoressocial, productivo y privado de la demarcación, además de losrepresentantes de las comunidades como: Jefes de Tenencia,Encargados del Orden, Comisariados Ejidales y Representantesde Bienes Comunales.

ARTÍCULO 5º.- En base a los acuerdos del Consejo Municipal,coordinará la ejecución de las siguientes acciones:

a) Art iculación de las polí ticas del Desarrol lo RuralSustentable tomando en consideración las acciones dedotación de infraestructura básica a cargo de lasdependencias Federales, Estatales y Municipalescompetentes;

b) Cumplir con las responsabilidades que se le asignen enlos convenios que celebren el Gobierno Estatal, el Federaly el Municipal para la operación de los programasgubernamentales;

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PAGINA 3PERIODICO OFICIAL Viernes 13 de Septiembre del 2013. 2a. Secc.

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  S  I  N   V  A

  L  O  R   L  E

  G  A  L

   "   V  e  r  s   i   ó  n   d   i  g   i   t  a   l   d  e  c  o  n  s  u   l   t  a ,  c  a  r  e  c  e   d

  e  v  a   l  o  r   l  e  g  a   l   (  a  r   t   í  c  u   l  o   8   d  e   l  a   L  e  y   d  e   l   P  e  r   i   ó   d   i  c  o   O   f   i  c   i  a   l   )   "

c) Asesorar a los productores en la gestión en materia deapoyo a la producción, organización, comercialización yen general en todas las relacionadas con los aspectosproductivos agropecuarios y de desarrollo rural;

d) Procurar la prestación de los servicios a los productores

en los apoyos institucionales que sean destinados al mediorural;

e) Vigilar la aplicación de las normas de carácter fitosanitariosy de sanidad acuícola, agrícola y ganadera;

f) Promoción de la participación activa de los agentes de lasociedad rural en las acciones institucionales y sectoriales;

g) Promover las acciones consideradas en los programas, conlos sectores industrial, comercial y de servicios con objetode diversificar e incrementar el empleo en el campo;

h) Realizar las consultas y acciones de concertación y

consenso con los productores y sus organizaciones parael cumplimiento de sus fines;

i) Constituirse en la fuente principal de obtención y difusiónde cifras y estadísticas en su ámbito territorial para lo cualcoadyuvaran en el levantamiento de censos y encuestassobre el desempeño e impacto de los programas;

 j) Apoyar la par tic ipación de las comunida des en laplaneación, operación y evaluación de las acciones para elDesarrollo Rural Sustentable; y,

k) Las demás que le asigne la Ley y su Reglamento y losconvenios de coordinación que se celebren.

CAPÍTULO IVDE LA INTEGRACIÓN

ARTÍCULO 6º.-  El Consejo Municipal quedara integrado de lasiguiente manera:

a) Un presidente.- El Presidente Municipal como Presidentedel Consejo;

b) Un Secretario Técnico.- El Jefe del CADER 04 Tocumbo;

c) R egidores de: Asuntos Agropec ua ri os y Ges ti ónAmbiental, Obras Públicas y Desarrollo Urbano Salud y

Asistencia Social;

d) Consejeros con derecho a voz y voto:

1. Un representante de cada ejido o comunidad.

2. Un representante de cada organización o asociaciónde producción rural.

3. Un representante de las comunidades (jefes detenencia y encargados del orden).

4. Representante de la pequeña propiedad.

5. Representante del sector salud.

e) Invitados permanentes con derecho a voz.- Representantesde las dependencias y entidades presentes en el área delmunicipio que forman parte de la comisión intersecretarialy las dependencias y entidades federales que se consideren

necesarias de acuerdo con los temas que se traten, así comolos funcionarios que el Gobierno Municipal determine.

ARTÍCULO 7º.-  En sus ausencias el Presidente y los invitadospermanentes con derecho a voz y voto podrán ser suplidos porrepresentante designados oficialmente.

ARTÍCULO 8º.- Los cargos que se desempeñen en el ConsejoMunicipal de Tingüindín, Michoacán; serán honoríficos.

ARTÍCULO 9º.- Cuando un consejero incurra en tres faltasconsecutivas, será reconvenido por la comisión de honor y justicia,y se le invitará a participar de no querer, su lugar será ocupado porun productor de una misma especie producto o de una persona

que asista en su representación.

ARTÍCULO 10.- El acceso a las reuniones de Consejo Municipalserá libre y se firmara una lista de asistencia con objeto de propiciarla participación de todas las personas que estén interesadas en lostemas y en el quehacer de su comunidad.

ARTÍCULO 11.- Son atribuciones del Presidente del ConsejoMunicipal:

a) Presidir o en su caso designar a una persona que lo supladurante las sesiones del Consejo Municipal, en las cualestendrá voz y voto para la toma de decisiones;

b) Aplicar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones ylos acuerdos del Consejo Municipal;

c) Promover l as acc iones que se requieran para e lfuncionamiento adecuado del Consejo Municipal encumplimiento de sus objetivos;

d) Coordinar la participación de los integrantes del ConsejoMunicipal en la discusión y resolución de los asuntos quetraten;

e) Proponer los cambios que estimen pertinentes a laestructura, integración y funcionamiento del Consejo;

f) Sol ic it ar al Secre ta rio Técnico, l a Integración ypresentación de informes de los avances físico y financierosde los programas de ejecución ante los ConsejosMunicipal, Distrital y Estatal; y,

g) Las demás que les asignen otras disposiciones legales oadministrativas sobre la materia.

ARTÍCULO 12.- Son atribuciones del Secretario Técnico delConsejo Municipal:

a) Elaborar los trabajos que encomendó el Consejo Municipaly resolver las consultas que se sometan a su consideración;

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PERIODICO OFICIALPAGINA 4 Viernes 13 de Septiembre del 2013. 2a. Secc.

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  G  A  L

   "   V  e  r  s   i   ó  n   d   i  g   i   t  a   l   d  e  c  o  n  s  u   l   t  a ,  c  a  r  e  c  e   d

  e  v  a   l  o  r   l  e  g  a   l   (  a  r   t   í  c  u   l  o   8   d  e   l  a   L  e  y   d  e   l   P  e  r   i   ó   d   i  c  o   O   f   i  c   i  a   l   )   "

b) Coordinar los trabajos de las comisiones que determineformar el Consejo Municipal;

c) Vigilar el cumplimiento de la normatividad aplicable;

d) Recibir y someter al pleno las propuestas de los Consejeros

y de los invitados permanentes;

e) Coadyuvar en la integración de los informes establecidospara el Consejo Municipal;

f) Ser el representante del Consejo Municipal ante el Distritalcomo representante gubernamental; y,

g) Las demás funciones que le confieran el Pleno del ConsejoMunicipal o su presidente.

ARTÍCULO 13.-  Son atribuciones de los consejeros:

a) Participar en las reuniones ordinarias y extraordinarias

del Consejo Municipal teniendo derecho a voz y voto enla toma de decisiones;

b) Proponer al Consejo Municipal: los planteamientosestratégicos, los programas, las metas y la participaciónpresupuestal, desde el punto de vista social y/o de los tresniveles de Gobierno, en los asuntos de interés para el Municipio;

c) Informar a sus representados sobre las disposiciones yacuerdos surgidos del Consejo Municipal;

d) Promover el cumplimiento de los acuerdos y disposicionesdel Consejo Municipal, ante sus representados;

e) Participar en las comisiones internas de trabajo que elConsejo Municipal cree para el estudio y gestión deproyectos, así como solución de problemáticas internas;

f) Ser un contralor social en base a la participación de losConsejeros Municipales en la ventilación de programas yacciones públicos; y,

g) Las demás funciones que determine el Pleno del ConsejoMunicipal.

ARTÍCULO 14.- Son atribuciones de los invitados, institucionesy público en general.

a) Participar en las reuniones ordinarias y extraordinariasdel Consejo Municipal teniendo derecho a voz, pero no avoto, solo será válido su voto cuando vengan enrepresentación de un consejero propietario;

b) Presentar al Conse jo Munic ipal los programas ypresupuestos para el desarrollo rural sustentable de lainstitución que representa y que den respuesta a losplanteamientos del sector social y privado;

c) Informar al Pleno del Consejo Municipal sobre los avancesde los programas de Desarrollo Rural sustentable de lainstitución que representa;

d) Cumplir con los acuerdos del Consejo Municipal, que lecorrespondan de acuerdo a las atribuciones de ladependencia que representan; y,

e) Las demás funciones que determine el Pleno del ConsejoMunicipal.

ARTÍCULO 15.- Las oficinas que ocupa la presidencia municipalde Tingüindín será la sede del Consejo Municipal, pero se podrásesionar en otros lugares dentro de la cabecera Municipal, pordecisión del Consejo.

ARTÍCULO 16.- El Consejo de Desarrollo Rural sesionará cadados meses de manera ordinaria y la reunión se convocara para ellunes de la última semana del mes correspondiente. El presidentedel consejo podrá convocar reuniones extraordinarias si surgenasuntos que requieran atención inmediata.

Las sesiones del Consejo serán presididas por el Presidente delConsejo Municipal o su suplente, determinado por el mismo.

ARTÍCULO 17.- Para que el Consejo Municipal sesione deberáquedar legalmente constituido considerándose así cuando estépresente al menos el cincuenta por ciento más uno de los consejerosa la hora convocada, cuando se de una asistencia menor a esta, elpresidente de este órgano colegiado dará un receso de 15 minutoscon el fin de contar con el quórum, legal; si transcurrido este tiempono se llega a completar el quórum referido, la sesión podrá instalarselegalmente; pasado este tiempo y de no estar presentes la cantidadrequerida se sesionara con los asistentes, considerándose comosegunda convocatoria con los consejeros presentes.

ARTÍCULO 18.-  En las sesiones del Consejo Municipal, setrataran los puntos expresos que contenga el orden del día, pero si

el Consejo determina que es necesario incluir o modificar algúnpunto en especial es necesario que se someta a consideración yvotado por los consejeros con derecho a voz y voto.

ARTÍCULO 19.- Los asuntos del Consejo Municipal que ameritenvotación, deberán de observar las siguientes reglas:

a) La votación será particular expresándolo con la mano enalto; y,

b) La votación se decidirá por mayoría absoluta, es decir, delcincuenta por ciento más uno de los consejeros presentesy en caso de empate el Presidente del Consejo Municipal

tendrá voto de calidad.

ARTÍCULO 20.- Una vez efectuada la votación de los asuntosdel Consejo Municipal el Secretario Técnico asentara el resultadoen el acta correspondiente sometiéndola a firmas en la asambleasiguiente, previa lectura de la misma.

Este Reglamento fue elaborado, consensado y supervisado por elComité Técnico del Consejo Municipal de Desarrollo RuralSustentable del Municipio de Tingüindín, Michoacán; y fuevalidado en la reunión del día 24 de Junio del 2013, ya aprobadoy validado entra en vigor a partir de esta misma fecha por tiempoindefinido. (Firmado).